El documento presenta extractos del Código de Comunicación Comercial del Perú sobre la protección a la intimidad. Establece que los anuncios no pueden usar imágenes o referencias a personas sin su consentimiento y deben respetar la dignidad personal y familiar. Sin embargo, las normas no se aplican a fotografías grupales donde los individuos no son el foco principal de una manera difamatoria u ofensiva.