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Buenos Aires,3 de agosto de 2012


Resumen de acusación de Molina Pico por Homicidio de María Marta
García Belsunce c/ Carlos Carrascosa y descargo con pruebas

                               a) Mi versión de los hechos.

Comencemos con mi versión de los hechos:


Declarado en el acta de inspección (30/10/02) por Carlos Carrascosa:

   •   Aproximadamente a las 18:45hs regreso a mi domicilio proveniente de una casa
       vecina.
   •   Cuando estoy llegando veo a un oficial de vigilancia (Ortiz) que esperaba ser
       atendido por alguien de la casa ya que la masajista (Michelini) se encontraba en la
       guardia esperado la autorización para ingresar.
   •   Sin haber entrado a mi domicilio digo al guardia Ortiz que la autorice a ingresar al
       country y posteriormente entro a mi casa.
   •   Subo y veo vapor de agua saliendo del baño.
   •   Entro al baño y encuentro a mi mujer en la bañera, totalmente inconsciente y con el
       agua corriendo sin rebalsar.
   •   Saco a mi mujer de la bañera y le pido ayuda a Michelini que ya estaba ahí.
   •   Veo agua con sangre en el sector de la bañera y un golpe en la frente de mi mujer.
   •   Llamo a una ambulancia.
   •   Le realizan las tareas de reanimación y más tarde me comunican que falleció.


Declarado en la primera testimonial prestada por el señor Carlos Carrascosa:

   •   Salgo de lo de Bártoli, llego a mi casa y me encuentro con el guardia (Ortiz) que
       estaba tocando timbre. Avisa a la guardia que entre la masajista y se va.
   •   Entro a mi casa y voy al lavadero a ver si la perra estaba guardada. Veo a la perra y
       también veo la campera que había usado María Marta, colgada.
   •   La puerta de casa estaba sin llave, es lo normal durante el día, sólo ponemos llave a
       la noche.
   •   Luego subí y al hacerlo vi los vidrios empañados. Fui hacia el baño y al lado del
       inodoro vi algo de sangre. Inmediatamente giré hacia la bañera y vi a mi mujer boca

                                                                                              1
abajo con el agua por rebalsar. La cabeza estaba como flotando en el agua, y el agua
       estaba teñida con sangre; no recuerdo si el cuerpo estaba adentro de la bañera, por lo
       que me contaron después el pantalón estaba seco pero el celular tenía agua, ella lo
       llevaba siempre en la cintura.
   •   La tomé de abajo de los brazos y la acosté entre la puerta del baño y el dormitorio
       porque ya estaba llegando la masajista. Fui hacia la ventana y le pedí que subiera
       rápido.
   •   Subió, me vio en shock y dijo: "llamá" (o algo así). Lo primero que se me ocurrió
       fue llamar a Bártoli mientras ella trataba de reanimarla.
   •   Llegó Guillermo y siguieron con la reanimación mientras yo llamaba a la
       ambulancia. Insistí varias veces. Llamé dos veces a la guardia para que, si llegaba
       una ambulancia, la acompañaran (1). Le preguntaba a la masajista si tenía pulso y
       ella estaba tan nerviosa que me decía que no sabía.
   •   En un momento subió la perra, no sé si alguien le abrió o si se escapó. Estuvo unos
       minutos y la guardé.
   •   Cuando llegaron los médicos me dijeron que espere abajo. Yo veía que subían y
       bajaban, nunca me informaron si estaba viva cuando ellos llegaron.
   (1) Las llamadas Realizadas y recibidas hasta este momento se efectúan desde la planta alta.



En su primer declaración indagatoria (fojas 850/55):

   •   Ese día fuimos a almorzar a lo de Binello, después volvimos a casa. Mi mujer se
       cambió para ir a jugar al tenis y yo me quedé un rato en casa.
   •   Luego fui a lo de Bártoli a ver el partido de River y Boca (2). Estaban Diego Piazza,
       la novia, los chicos de Bártoli, Binello, Irene y una persona del servicio.
   •   Empezó a llover y vinieron mi mujer y la de Binello.
   •   Como llovía, Bártoli se ofrece a llevarlos. Lleva a Piazza y a la novia, pero mi
       mujer decide volver en bicicleta. Me pide la campera que tenía en el auto y se va.
   •   Bártoli regresa enseguida porque Piazza vive cerca. Nos quedamos viendo el partido
       de independiente. Diez minutos después del gol de independiente (3) me retiro, eran
       cerca de las siete.
   •   Voy hacia la casa de Taylor para ver cómo le había ido al hijo en un torneo pero no
       había ningún auto así que sigo hasta mi casa.
   •   Cuando llego a casa veo al guardia (Ortiz) que estaba tocando el timbre. Me
       pregunta si le doy autorización a la masajista (Michelini) para entrar. Le digo que sí
       y estaciono el auto.

                                                                                                  2
•   Entro a la casa, la puerta estaba sin llave. Veo a la perra en el lavadero y subo la
    escalera mientras digo: "Negra". No me contesta. Al llegar al hall veo los vidrios
    empañados. Voy hacia el baño, que estaba abierto y veo una mancha de sangre al
    lado del inodoro. Entro corriendo y veo a mi mujer boca abajo, en la bañera, junto a
    los grifos con la bañera casi llena.
•   Corrí, la tomé de los brazos y la saqué hacia la puerta del baño, quedando mitad
    adentro y mitad afuera.
•   Voy a la antesala, abro la ventana y le grito a la masajista que suba rápido, que mi
    mujer había tenido un accidente.
•   La masajista subió y me dijo que llame a Bártoli, y comenzó a hacerle respiración.
•   Llamé a Bártoli y me atendió Irene. Le dije que María Marta había tenido un
    accidente, que viniera.
•   Corté y llamé a OSDE mientras la masajista le seguía haciendo respiración. Le
    pregunté si estaba viva y me dijo que no encontraba el pulso. Le tuve que explicar a
    los de OSDE cómo llegar (4).
•   Llega Bártoli y se pone a hacer respiración junto a la masajista.
•   Llamé a la guardia para decirles que ni bien llegara la ambulancia le pusieran un
    móvil para guiarla porque llegar a casa no es fácil.
•   Un poco después llegó Irene y salió a buscar a algún médico de los del country. Al
    único que encontró fue a Piazza que era estudiante de medicina que vino y se quedó
    con la masajista y Guillermo haciendo maniobras de reanimación.
•   Llega la primera ambulancia sube sacan suero, ampollas y me piden que baje (5). Se
    quedan con la masajista y Piazza.
•   Al rato llega la segunda ambulancia. Escuché que los médicos de la primera
    ambulancia dijeron que si tenía oxígeno, que lo subieran.
•   Yo estaba abajo junto a Binello y su mujer, Irene y Guillermo.
•   Al rato baja un médico, me dice que le hicieron durante 20 minutos reanimación,
    algo de RCP o no sé cómo se llama y me dicen que había fallecido. Me abracé con
    Bibi Binello, que era la que tenía al lado.
•   El médico me dijo que dejara el cuerpo como estaba, que la funeraria se iba a
    encargar. Hablamos del certificado de defunción y me dijo que lo iba a encargar la
    funeraria. Me dio el pésame, ordenó limpiar y me dijo esperara un rato hasta que
    terminaran de limpiar para que no viera todos los elementos que habían tirado en la
    reanimación y se fue. Supongo que limpió la masajista o alguno de los médicos.
•   Después subí con Pichi Taylor y estuvimos un rato al lado de María Marta. Imaginé
    cómo había sido el accidente. Lloramos, no podía entender lo que me pasaba.

                                                                                         3
•   Bajé y Guillermo se ofreció a hacer los trámites.
(2) Horario inicio partido Boca-River 16:10 hs (Según informe de la AFA - Cuerpo 1)
(3) Horario del gol de Independiente 18:48 hs (Según informe de la AFA - Cuerpo 1)
(4) Llamado que se realizo a Osde desde la planta alta (VAIC)
(5) Momento en que Carrascosa baja a la planta inferior por pedido del médico



                            Siempre dije lo mismo (Carlos Carrascosa)


    •   Que estuve en lo de Bártoli
    •   Que llegué a mi casa alrededor de las 19 hs y me encontré con el vigilador Ortiz
        tocando el timbre quien me pregunta si autorizo el ingreso de la masajista
        (Michelini), le respondo que sí y estaciono.
    •   Entro a mi casa y voy hacia el lavadero. Luego subo, veo vapor y al mirar hacia el
        baño veo una mancha de sangre al lado del inodoro.
    •   Entro y veo a mi mujer caída con la mitad del cuerpo en la bañera. La saco y
        mientras lo hago escucho que llega la masajista. Dejo a mi mujer con mitad del
        cuerpo dentro del baño y mitad fuera, y corro hacia la ventana para decirle a
        Michelini que suba rápido.
    •   Al subir me dice que llame a Bártoli y comienza a hacerle respiración.
    •   Llamo a Bártoli y llamo a OSDE.
    •   Llega Bártoli y ayuda a Michelini con la reanimación.
    •   Llega Irene y vuelve a salir para buscar un médico.
    •   Irene llega con Piazza y minutos después llega la primera ambulancia cuyo médico
        me pide que baje.




                                                                                        4
b) Las distintas versiones de la fiscalía (Molina Pico)
Requerimiento de elevación a juicio afirma:
    •   Que entre las 18:15 y 18:55 hs (lapso en el cual se afirmaba entonces que había
        ocurrido el homicidio). Dice el fiscal que me retiré de lo de Bártoli. Concurrí a mi
        casa. Participé de un enfrentamiento con mi esposa. Colaboré o presencié impávido
        la pelea y los disparos, y luego fabriqué mi propia coartada yendo al Club House.
    •   Que permanecí en el House entre 15 y 30 minutos tomando un lemoncello y
        fumando un cigarrillo. Haciendo tiempo hasta que llegara la masajista y mientras
        los coautores terminaban de arreglar la escena del crimen para que pareciera un
        accidente. De esa forma, al llegar la masajista, yo podría armar la escena de decir
        que la había encontrado muerta luego de un accidente hogareño.

Comentario de Carlos Carrascosa en consecuencia a la afirmación del fiscal: Una coartada un
poco extraña la de mi supuesta concurrencia al House, ya que siempre la negué. Siempre dije que
había estado en lo de Bártoli hasta aproximadamente diez minutos después del gol de
independiente (18:47hs).

(¿Con qué fin armaría una coartada que luego, siempre y en todo momento, negaría?)

Comentario de Carlos Carrascosa en consecuencia: como el fiscal no puede creer que tanto la
masajista como el médico (Gauvry Gordon) hayan creído que había muerto por un accidente y que
procedieran a limpiar convencidos de esa idea; supone que negocié con ellos y sucumbieron
automáticamente a mi poder mafioso. Recordemos que a Gauvry Gordon, médico de la primera
ambulancia, yo no lo había visto jamás en mi vida. Y otra cosa: si se supone yo pude extorsionarlo
para que dijera que había sido un accidente, ¿por qué no le pedí también que me firmara el
certificado de defunción?



Primer síntesis según el fiscal Molina Pico de mi accionar en el requerimiento de elevación a juicio:



    •   Que me fui de lo de Bártoli a casa. Que maté a mi mujer. Que fui al Club House
        para tener una coartada e hice tiempo en el House hasta la hora en que llegaba la
        masajista.
    •   Que al llegar la masajista, la convencí para que limpiara la escena.
    •   Que al llegar el médico lo convencí para que dijera que había muerto de un
        accidente.


                                                                                                    5
Al final del debate, el fiscal afirma:

    •   Que me retiré de lo de Bártoli, y fui al Club House, tomé lemoncello y fumé un
        cigarrillo, y luego fui a mi casa y maté a mi esposa.
    •   Que yo estaba dentro de mi casa cuando llegó el vigilador Ortiz, y que por eso éste
        miente al afirmar que estaba tocando el timbre a las 19 hs.
    •   Que Ortiz llega a mi casa a las 19:14hs, después de la llamada que hice a OSDE
        pidiendo una ambulancia (llamada registrada por el VAIC a las 19:07:58 hs). Por lo
        tanto mintió.

Según el fiscal, yo mato a mi mujer y luego me comploto con Ortiz para que mienta
diciendo que me ve llegar alrededor de las 19 hs. Por eso mismo dice que la masajista
Michelini nunca pudo estar en mi casa en el momento en que realizo la llamada a OSDE y
que la voz femenina que se escucha en la grabación de esa llamada, no puede ser de
Michelini. Sin embargo, se deduce de mi declaración, de la de Ortiz, y de la de Michelini;
que ésta estaba en mi casa al momento en que realizo la llamada a OSDE, ya que cuando
ella llega me encuentra solo y sin haber llamado a nadie. Si fuera cierta la versión del
fiscal, no sólo soborné al médico, a Ortiz, y a Michelini para que limpiara, sino que
también a ésta la convencí para que dijera que yo estaba solo cuando ella llegó.
Esta hipótesis del fiscal es aceptada por el Tribunal de Casación que me condena como
coautor del homicidio.

Segunda síntesis según el fiscal Molina Pico de mi accionar en la finalización del juicio oral (2007):




    •   Que me fui de lo de Bártoli al Club House, luego fui a mi casa y maté a mi mujer.
    •   Que llamé a la ambulancia a las 19:07 hs.
    •   Que cuando llega el vigilador Ortiz, yo salgo de mi casa y lo convenzo para que
        diga que llegó poco antes de las 19 hs, tocó el timbre y me vio llegar a mí.




                                                                                                     6
En su alegato final, el fiscal afirma:
    •   Que la masajista llegó a la entrada del country a las 18:57 hs y esperó allí entre 15 y
        20 minutos, y al emprender camino hacia mi casa, se demoró otros 6 minutos más.
    •   Que a las 19:07 hs se produjo el llamado a OSDE y no estaba Michelini. Sino que
        junto a mí estaban Irene Hurtig y Guillermo Bártoli.


No existe ninguna prueba que certifique que Michelini estuvo esperando veinte minutos en
la entrada, sí hay pruebas de que no lo hizo, y son las imágenes capturadas por la cámara de
seguridad, que muestran a uno de los vigiladores yendo al playón a decirle que podía pasar.
Además el recorrido cronometrado desde la guardia hasta mi casa, a una velocidad menor a
la permitida, toma menos de tres minutos. Cuando llamé a OSDE Michelini ya estaba en
casa. A las 19:11 hs. Irene llamó a la guardia para pedir otra ambulancia. Atendió el
vigilador Vera y le pasó la comunicación a Maciel. Se llamó automáticamente a la
ambulancia de Emernort (19:12 hs). Curiosamente Vera dice que en ese momento, el
automóvil de la masajista todavía estaba ahí (19:13 hs), si realmente hubiera estado
podrían haberle avisado que estábamos llamando a la ambulancia.


Primer síntesis según el fiscal Molina Pico de mi accionar en el requerimiento de
elevación a juicio:


Síntesis del fiscal en su alegato final sobre mi supuesto accionar




    •   Que la masajista esperó veinte minutos en la entrada del country y luego se demoró
        seis minutos en llegar a mi casa.
    •   Dice que cuando realicé la llamada a OSDE, Michelini estaba en la guardia.
    •   Cuando Irene llama a la guardia para pedir la otra ambulancia, Michelini seguía en
        la guardia... y nadie le avisó lo que pasaba.




                                                                                             7
En el recurso de Casación el fiscal dijo:
   •   Que el vigilador Ortiz, efectivamente había mentido, y que el mismo llegó a mi casa
       a las 19:14 hs.
   •   Que Michelini efectivamente esperó veinte minutos en la entrada y demoró entre
       cinco y siete minutos recorrer el camino hacia la casa.
   •   Que la llamada de las 19:13 hs proveniente de OSDE fue atendida desde el teléfono
       que está en la planta baja, y que cuando digo: "viene la guardia", es que está
       llegando Ortiz (19:14hs)
   •   Los testimonios de los vigiladores: Vera, Maciel y Páez sostienen que Michelini
       estuvo veinte minutos esperando en la guardia.

Sin embargo los dichos de Ortiz se encuentran respaldados por los vigiladores Maciel, Páez
y Rivero. Todos dicen que poco antes de las 19 hs., modula diciendo que en mi casa se
escucha sonar el teléfono y nadie atiende, y Páez le contesta que es él el que está llamando.
Esta llamada, la que oye Ortiz y nadie contesta es la de las 18:59 hs registrada por el VAIC.
Por lo tanto Ortiz dice la verdad y está probado de manera inobjetable y concordante. Esto
quiere decir que no es posible que haya ingresado al country a esa misma hora (18:59 hs)
teniendo en cuenta el tiempo que toma modular al guardia que se encuentre más próximo al
lugar y el traslado de éste a mi casa, de lo que se ocupa prolijamente el fiscal en su alegato.
A esto hay que agregar que, antes de la llamada de las 18:59 hs, desde la guardia se intentó
comunicarse con mi casa por los internos (llamados que no registra el VAIC) y como no
contestaba nadie, se probó, por si el interno no funcionaba, con el teléfono de línea: ésta es
la llamada de las 18:59 hs, que no es la primera, sino la última. Quiere decir que Michelini
ingresó al country, indefectiblemente, bastante antes de esa hora. ¿A qué hora lo hizo? No
lo sabemos con precisión ya que en el mismo video de vigilancia aparecen dos horarios
distintos de la misma toma, y en el libro de guardia figura otro (18:55 hs). Pero la propia
Michelini dice que ingresa a las 18:55 hs coincidiendo con la planilla del vigilador.

No se puede, sin incurrir en la arbitrariedad, sostener que el vigilador Ortiz miente, ya que
su testimonio está respaldado por los dichos de testigos no objetados por nadie, y por las
constancias del VAIC. Ortiz dice, por lo tanto, la verdad cuando afirma que arribó al lugar
antes de las 19:00 hs. Además, la versión de Ortiz con respecto a los vehículos en el
estacionamiento de mi casa, que dice que hay uno sólo al momento en que él llega, también
se ajusta a lo que dice después Michelini: que están las dos camionetas, pero debajo de la
de mi esposa el piso estaba seco, y debajo de la mía, mojado. Es decir, que yo recién


                                                                                             8
llegaba. No se puede afirmar, por ende, que Michelini no se encontraba en mi casa al
momento de realizar la llamada a OSDE, y menos aún puede afirmarse que esa voz no le
pertenezca a ella sino a otra persona.

Pero prescindiendo de este análisis, nadie se ha preguntado hasta ahora cómo se explica que
yo haya decidido matar a mi mujer, y que mis supuestos cómplices hayan aceptado tomar
parte en el hecho, justamente sobre la hora en que, desde hacía dos años y en forma
rutinaria, la masajista Michelini venía a hacerle masajes a mi esposa, en vez de hacerlo sin
riesgo de aparición de testigos en cualquier otro momento. Tampoco nadie se explica cómo
es que autoricé el ingreso de la masajista, hecho que tampoco está discutido, si es que
realmente sabía que mi esposa estaba muerta dentro de la vivienda. La forma más sencilla
de sacarme a un testigo molesto es decirle al vigilador que esperara un momento a que yo
ingresara a la vivienda para ver por qué mi esposa no atendía los llamados, y al verla en ese
estado decirle al vigilador que despidiesen a la masajista ya que la persona que iba a recibir
los masajes no estaba precisamente para esos menesteres. Sino también hubiera podido
decirle al guardia que esperara mientras yo veía por qué mi mujer no atendía, y luego ir
corriendo hacia él y hacerme el sorprendido contándole que mi esposa estaba muerta.
Acaso no era más sencillo armarle una escena a él, que ya estaba ahí, en lugar de hacerlo
con Michelini? O también, si fue como dice el fiscal, que yo "convencí" a Ortiz para que
dijera que yo llegué a las 19:00 hs, no era mejor convencerlo directamente de decir que
ambos habíamos encontrado a mi mujer sin vida? No hubiera sido mucho más "creíble"?
Pues, entonces, si autoricé el ingreso de la masajista antes de ingresar a la casa fue
precisamente porque no tenía la más mínima idea de que mi mujer había sido
asesinada. Tampoco se explica cómo es posible que quien haya matado a su esposa y
quiere encubrir el hecho y su autoría, llame, no a una, sino a dos ambulancias con médicos
desconocidos y supuestamente expertos. O de que una de las personas que ahora parecen
estar sospechadas de intervenir en el hecho (Irene Hurtig) haya salido corriendo por todo el
country en busca de cualquier médico que estuviera al alcance de la mano.
Esta última versión del fiscal Molina Pico (en la que dice que Ortiz miente) no había
aparecido en toda la historia de la causa y el fiscal ni siquiera la menciona en su
requerimiento de elevación a juicio. Hasta ese entonces se creía en la veracidad de los
dichos de Ortiz. Recién al final del juicio el fiscal la esgrime por primera vez, en las
conclusiones que ponen fin al debate oral, modificando en una medida sustancial los
hechos. A pesar de que el Tribunal de juicio la rechaza, el Tribunal de Casación la acepta,
condenándome sobre esta base a prisión de por vida.



                                                                                            9
Por ahora digamos que para que una hipótesis acusatoria sea aceptada
como verdadera de conformidad con las exigencias del principio de la presunción de
inocencia, no basta que sea compatible con varios datos probatorios, sino que también hace
falta que no sea contradicha por ninguno de los datos virtualmente disponibles. Si una sola
de las contrapruebas es aceptada como verdadera, ello es suficiente para excluir la
decisión del juez sobre la verdad de la hipótesis y para basar, conforme al criterio de
la coherencia, la decisión sobre su falsedad.
                 Todo esto que acabamos de ver tiene relación con la cuestión de si yo me
encontraba o no presente en el lugar de los hechos al momento en que estos sucedieron.
Como hemos visto, mediante una valoración arbitraria de la prueba la Casación, haciéndose
eco de las fantasías del fiscal, considera que estuve presente y considera a ese dato como
esencial para condenarme a prisión perpetua por homicidio calificado. Esa arbitrariedad ha
quedado aquí al desnudo, dado que se ha prescindido de valorar prueba esencial, que nunca
ha sido refutada, que desmiente la afirmación de la Casación, y que confirma mi afirmación
de que llegué al lugar de los hechos con posterioridad a que sucedieran.
                 No puede cerrase este apartado sin que se advierta lo obvio: nos
encontramos inmersos en una discusión de minutos, en una interpretación de tiempos
pasados, con todo lo equívoco que puede resultar la percepción del paso del tiempo, y eso,
a la luz de elementales reglas de la lógica que gobiernan el pensamiento humano, no puede
nunca ser tomado como prueba autónoma para fundar una sanción penal –y mucho menos
una de encierro de por vida-. La controversia sobre la inconsistencia o consistencia horaria
podrá tener, en el mejor de los casos, efecto indiciario, pero nunca jamás de soporte
probatorio per se.



El modo en que se supone que ocurrieron los hechos y mi supuesta intervención en ellos.
                 Ahora veamos si existe prueba que preste apoyo al modo en que
sucedieron los hechos y mi supuesta intervención en ellos. El fiscal había arriesgado, en su
requerimiento de juicio, una descripción de los hechos, que nunca volvió a ser mencionada
en esta causa, ni por el Tribunal de Juicio, ni por el de Casación y ni siquiera por el propio
fiscal al concluir el debate. Es más, como vimos al comienzo, fue sustancialmente
modificada. Veamos:

                     “Ese día domingo 27 de octubre de 2002, luego de tomar un té en la casa
de la familia Bártoli, María Marta se dirigió a su domicilio pedaleando a bordo de su
bicicleta rosa. Allí estaba vestida con su ropa de tenis, calzas de color azul, una remera

                                                                                           10
blanca y la campera que le había pedido a su marido para cubrirse de la lluvia. Llegó
pasadas las 18:10 hs. Ingresa a su domicilio; ingresar obviamente no le costó trabajo. Se
dirigió a la planta superior con el fin de quitarse la ropa de tenis, ducharse y prepararse
para la rutinaria sesión de masajes de los domingos. Posiblemente escuchó el ruido de la
puerta que se abría nuevamente, o tal vez reaccionó ante un llamado o voces dentro de su
casa, de todos modos la gente que entraba era de su intimidad por lo que no tuvo que abrir
ni franquear la entrada. Se puso rápidamente un pantalón bombachudo color crema para
encontrarse con las personas, alguna muy cercana, quienes luego serían sus asesinos. Allí
de inmediato se generó un rápido enfrentamiento por posibles cuestiones de manejo de
dinero ilegítimo o manejo ilegítimo de dinero. El enfrentamiento pronto degeneró
incrementando la agresividad y la saña de manera tal que María Marta se dio cuenta del
inminente peligro de su vida. La pelea involucró el uso de un atizador, con manchas de
sangre y tuvo un crescendo de violencia tal que en la antecámara recibe un golpe, un
‘tortazo’ diríamos, que le dejó rastros de plata en su cabeza y luego el primero de los seis
disparos el cual acanala el hueso del cráneo, salpicando con gotitas de su sangre las
paredes y el cuadro de la antecámara en la que se encontraban. Trató de sostenerse o
aferrarse a algo antes de sucumbir dejando la marca del arrastre de cuatro dedos en la
pared… Ya inconsciente fue trasladada hasta el baño. Una vez allí, dejaron su cuerpo en el
suelo, donde totalmente indefensa, fue sometida a la violencia de los restantes cinco
disparos a la distancia “0/1 de Raffo” como dice la autopsia, o sea, con el caño del arma
pegada a la cabeza para no fallar. Allí, depositada a un costado del inodoro, permaneció
perdiendo sangre y masa encefálica… Hubo que llenar la bañera con agua caliente para
que de esta manera tuviera sentido la invocación a un accidente en la bañera, golpeándose
con la punta de los grifos…”


                El fiscal se pregunta a continuación “qué hizo en tanto el marido
Carrascosa”, respondiendo de la siguiente manera:

                “Una vez terminado el partido, que terminó a las 18:07 hs., Carrascosa se
retiró sólo en camioneta de la casa de Bártoli quedando sin definición actuarial precisa
dónde estuvo hasta que más tarde, pasadas las 18:00, se dirigió en su camioneta, al
restaurante del Club House que queda frente al ingreso al Country. ¿Qué sucedió en el
intervalo entre el término del partido y su llegada al Club House? Esto pasó. Carrascosa
se dirigió a su casa, entró a la misma sólo o junto a otra u otras personas que lo
esperaban. Participó en el enfrentamiento con su mujer María Marta, colaboró o
presenció impávido la pelea y los disparos. Y luego dejó a otro u otros el arreglo de la

                                                                                         11
escena del crimen. No olvidemos que las pericias de sangre detectan la presencia de dos
hombres y una mujer, además de María Marta, en los lugares donde existen los rastros
hemáticos. A esta altura no sabemos si parientes, amigos o gente totalmente extraña a las
personas que conocemos de la investigación. Carrascosa dejó a los demás coautores
organizando la primera escenografía del encubrimiento del asesinato. Los encargados de
la escenografía llenaron la bañera con agua. Sumergieron a la víctima en ella mojándose
su ropa y ensangrentando el agua con sangre y con coágulos de sangre… Algo sin
embargo interrumpió la macabra tarea probablemente las llamadas del vigilador Ortiz y
los llamados telefónicos de la guardia anunciando a la masajista Michelini. Y hubo de
suspenderse la tarea de arreglos en el cadáver que quedó tirado la mitad dentro del baño y
la mitad dentro del dormitorio manando abundante sangre de su cabeza apoyada en la
alfombra”.

                (…)
                “En la otra cuadrícula de la escena Carrascosa, fabricando su propia
coartada, estacionó su camioneta en el parking del Club House, y se dirigió caminando
lentamente hasta el interior del restaurante. Una vez allí, tomó asiento en una de las mesas
que se encuentran frente a la barra. Requirió un café y le pidió al mozo que le convidara
un cigarrillo. Permaneció en el lugar entre 15 y 30 minutos, manteniendo en ese lapso de
tiempo una charla con la encargada del local quien le convidó con un lemoncello… ¿Por
qué se tomó el trabajo de concurrir al restaurante del Club House si a la postre lo iba a
negar rotundamente? Simplemente es posible obtener la respuesta en que necesitaba hacer
tiempo hasta que llegara la masajista de su mujer, para luego poder así firmemente armar
la escena de haber encontrado a María Marta luego de que ésta sufriese un fatal accidente
hogareño”.

                (…)

                Y temprano después de su irrisoria pasada por el Club House regresó en
su auto al hogar donde sabía lo esperaba la muerte de su esposa. Cuando llega en la
puerta está el vigilador Ortiz y la Masajista Michelini esperando entrar. Autoriza el
ingreso de esta. Entra. Carrascosa se dirige al piso alto donde sabe el cuadro espantoso
que lo espera y vuelve de inmediato encontrándose en la escalera con la masajista
Michelini, a quien ya le había hablado a través de la ventana. Allí nomás le espeta la
teoría del accidente y comienza el recorrido de llamados a los diversos allegados. Se piden
ambulancias pero no a las ambulancias de Emernort sino a las de OSDE. Aparecen el
primer médico, Gordon y su chofer. Y allí se lleva a cabo la primera negociación con


                                                                                         12
Michelini y el médico. Tan alto o tan convincente es el poder económico de la negociación
que ambos, Gordon el médico y Michelini la masajista se convierten en los más rápidos y
más voluntariosos títeres del encubrimiento. Gordon con su chofer desparrama 20 u 30
ampollas de adrenalina alrededor del cadáver. Le aplican quizás resucitación por
electroshock le hacer respiración asistida pero ya saben que no reaccionará. Ven los
agujeros de donde mana sangre y comienzan con las recomendaciones de que hay que
limpiar para impedir que los parientes vean el cuadro horrible”.


                 Hasta aquí la descripción de los hechos según el fiscal en el requerimiento
de juicio. Hemos visto que el propio fiscal, al emitir sus conclusiones al finalizar el debate,
modifica los hechos sosteniendo que la ida al Club House fue en realidad previa al
homicidio y que el tiempo de comisión del delito se “estiraba” un poco más dado que,
según sostiene, la llegada de Ortiz a mi domicilio fue posterior al momento en que éste
afirma y que el arribo de Michelini fue también posterior a lo que se suponía. Así lo
expresa: “Carrascosa se dirigió al Club House y estuvo allí por un lapso aproximado de
quince minutos. Seguidamente, retornó a su domicilio. Allí continuó una discusión que
había comenzado el día anterior. La discusión verbal pasó a mayores y se transformó en
agresión física”. Este cambio, que, como vimos, no tiene sustento alguno, obligaba a una
nueva descripción de los hechos, con una nueva presentación de las circunstancias de
modo, tiempo y lugar. Ahora la tan meneada concurrencia al Club House ya no parece tener
por objeto distraer la atención mientras otros terminan de arreglar la escena del crimen para
“que parezca un accidente”, haciendo tiempo hasta la llegada de Michelini, sino que es
previa al hecho, sin que se sepa ahora para qué se supone que concurrí a ese lugar. ¿Acaso
para hacer tiempo para matarla cerca de la hora en llegaba Michelini? Lo ridículo de esta
suposición hace innecesario todo comentario. Ahora habría que suponer que todas las
acciones descriptas en el requerimiento de juicio (que se haya suscitado una discusión
dentro de la casa, que ésta pasara a mayores, que se procediera a golpear con el atizador a
María Marta, que se le hiciera el primer disparo que dejara un surco acanalado en su
cráneo, el desvanecimiento consiguiente de María Marta, el posterior traslado del cuerpo al
baño, el depositarlo entre el inodoro y el bidet, el llenar la bañadera y el depositarla dentro
de ella para simular un accidente doméstico –o depositarla allí aprovechando que estuviera
ya llena de agua-) habrían sucedido después de regresar del Club House y no antes de ir
hacia dicho lugar. Esta nueva descripción de cómo sucedieron los hechos jamás fue
realizada, ni por el fiscal al emitir sus conclusiones, ni por el tribunal del juicio, ni por el
tribunal de casación. Tampoco queda ahora claro si fue un asesinato “a sangre fría” o “a

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sangre caliente”. Pasar por el Club House y tomarse un café y un lemoncello, departiendo
amablemente con una persona, para después asesinar a su esposa con una violencia
inusitada, supone un asesinato “a sangre fría”; en cambio, asesinar a alguien tras la
efervescencia de una discusión supone un asesinato “a sangre caliente”.

                 La verdadera razón por la que no se hizo esta nueva descripción de los
hechos es que nadie, ni el fiscal, ni el tribunal de juicio, ni el de casación tienen la
posibilidad, con las pruebas con que se cuenta, de fijar los hechos que supuestamente
indican mi autoría.
                 Ese déficit se ve corroborado en el ingente esfuerzo que el fiscal hace para
valorar como dato incriminatorio lo que, según él sostiene, fueron las conductas de los
posibles coautores al momento inmediatamente posterior al homicidio. Se trata de la
valoración que hace de la grabación de la llamada a OSDE. Llamada peritada por
Gendarmería, y sobre la cual el doctor Gurlekián (creador del software utilizado para
realizar dicha pericia) manifestó que estaba mal realizada porque no fue hecha por personal
entrenado y porque agregaron texto al sonido, cuando en realidad, el programa no es capaz
de traducir voz a texto. Veamos entonces lo que decía el fiscal:

                 “… 19:07 hs. Carrascosa efectuó un llamado telefónico pidiendo una
ambulancia a OSDE. Allí estaba en el lugar al momento del hecho, junto a Bártoli y otra
mujer que no es la masajista. Se trata de Irene Hurtig. Hace notar que durante toda la
conversación las voces de fondo no cambiaron. Carrascosa **** hablaba con
tranquilidad, frialdad. Al pedir la ambulancia dijo que era para una persona que estaba en
la bañadera como medio ahogada. Los peritos de Gendarmería manifestaron que la voz se
mostraba agitada –lo cual considera lógico, ya que acababan de mantener una pelea y dar
muerte a María Marta-. Se demostró que de fondo en dicha conversación, otro hombre y
una mujer pronunciaron frases como: “Tenela”, “Tocala”, “Cerrá la puerta”. En su
opinión, cuando uno tiene un accidente lo primero que hace es buscar ayuda, abrirse hacia
los demás. En este caso, considera que las frases demuestran que hubo una división de
tareas e intención de ocultar el delito que acababan de cometer. Al comienzo de la
conversación hay dos preguntas que denotan preocupación en el ambiente porque ya hacía
unos minutos que estaban recibiendo la presión de la masajista por ingresar -preguntas
tales como: “No la ves?” o “Alguien va a llamar?”-. No se percibieron llantos o lamentos
en la comunicación. (…) la división de tareas y dominio del hecho que a su juicio se
percibe a partir de la comunicación telefónica (“Cerrá la puerta”, “Tocala”, “Tenela”,
etc.). Considera que bastaba con que uno de los participantes no estuviera de acuerdo
para que se evitara la comisión del delito. Los intervinientes se encontraron en el lugar a

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la hora de los hechos (…) En la escucha telefónica no hubo frases tendientes a ayudar a la
víctima. Se refirieron a qué hacer con el cuerpo, cerrar la puerta y cómo hacer para que
nadie supiera lo que acababa de ocurrir.

                  Este párrafo es una muestra perfecta de la orfandad probatoria, de la
arbitrariedad en la valoración de la prueba que ha dominado todo esto proceso y de la
intención de que yo fuera condenado que ha dominado a funcionarios alcanzados por el
deber   de    objetividad.   La    propia   juez    Etcheverry   se   encarga   de   señalarlo:
“Independientemente de que tales apreciaciones resultan sumamente apresuradas,
arbitrarias y hasta cercanas al absurdo, hay que decir que, jurídicamente, no alcanzan
para sostener la acusación”. Se dice que yo hablaba con frialdad, pero al renglón siguiente
se dice que yo estaba agitado. Se dice que lo normal en estos casos es abrirse a los demás,
lo que se contrapondría a estos diálogos (no se sabe por qué) y está probado que yo llamé
inmediatamente a una ambulancia, Irene a otra y ésta salió corriendo por todo el country en
busca de médicos, es decir que no hay dudas de que “nos abrimos a los demás”, y de qué
manera. Pero lo más grave es que se infiere de estos diálogos la coautoría (división de
tareas), lo cual no puede ser más absurdo: si no se sabe a ciencia cierta quiénes, cómo y
cuándo la mataron, cómo se puede saber cuál fue el aporte objetivo realizado por cada
sujeto. Nada hay en estos diálogos que indique la realización de un homicidio y, menos
aún, el reparto de roles de cada uno de los supuestos coautores en dicho hecho. Sería el
primer caso de “coautoría funcional” donde no se sabe nada de las funciones que
cumplieron los supuestos coautores.
                  Se ha destacado la enorme importancia que tiene, en cualquier forma de
razonamiento inductivo, pero en particular en el judicial, que las pruebas presentadas para
fundar la probabilidad de una hipótesis proporcionen una imagen suficientemente
“completa” de los hechos en cuestión. En otras palabras, aunque los estándares de
convicción incluyen un “componente de probabilidad”, exigen también un “componente de
completud”: la insuficiencia de información sobre los hechos debería evitar asignar una alta
probabilidad a la hipótesis sobre los mismos, porque la información de que no se dispone
podría, si se dispusiera de ella, negar la hipótesis.

                  Tan débil es la prueba con que cuentan quienes quieren sustentar la
hipótesis de que fui el autor, sea del homicidio o del encubrimiento, que ni siquiera pueden
cumplir el primer paso del razonamiento judicial: la formulación correcta, clara, precisa,
circunstanciada y completa de dichas hipótesis.




                                                                                            15
Los pasos que siguen, a saber: a) la confirmación de la hipótesis con una
pluralidad de pruebas (indicios graves, precisos y concordantes); b) supervivencia a la
refutación; y c) descarte de las hipótesis alternativas más allá de toda duda razonable, no
han podido tampoco ser cumplidos en la presente causa.

                 En efecto, la certeza más allá de toda duda razonable, que implica la
presunción de inocencia, supone:
                 a) Que la hipótesis acusatoria sea ante todo “confirmada por una
pluralidad de pruebas o datos probatorios. A tal fin, debe ser formulada de tal modo que
implique la verdad de varios datos probatorios y la explicación de todos los datos
disponibles. En efecto, una hipótesis verdadera es siempre fecunda, esto es, idónea para
explicar muchos más hechos de aquellos para los que ha sido formulada y, por tanto, para
producir por modus ponens…, múltiples y variadas confirmaciones. En la pluralidad de
estas confirmaciones o verificaciones, de las que no es pre determinable el número y la
calidad, consiste la condición o garantía de la prueba: que, así pues, comporta la necesidad
de adquirir no un dato probatorio, sino un sistema coherente de datos -graves, precisos y
concordantes-”[32].

                 Como hemos visto, en la presente causa, la debilidad de las pruebas
disponibles ha impedido siquiera formular en forma estable una hipótesis acusatoria en
punto a mi autoría del homicidio y la hipótesis del móvil -central cuando no hay pruebas
directas del hecho- ha sido abandonada por el propio fiscal y hoy brilla por su ausencia.
Tampoco se ha podido sostener la hipótesis del encubrimiento.

                 b) Todavía más importante que la necesidad de la prueba es la garantía del
contradictorio, esto es, “la posibilidad de la refutación o de la contraprueba. En efecto, si la
verificación de una hipótesis es imposible, dado que su verdad no puede ser demostrada
sino sólo confirmada, es en cambio posible su refutación por modus tollens…Y mientras
que ninguna prueba o confirmación es suficiente para justificar la libre convicción del juez
sobre la verdad de la acusación.


Ampliación de los testimonios que se incorporaron en el juicio por encubrimiento
relevantes para la causa por homicidio y condena de Carlos Carrascosa. Estos testimonios
determinan el horario de la muerte de María Marta García Belsunce, el horario en
que Carlos Carrascosa llama la casa de Bartoli informando sobre el accidente de
María Marta y la razón por la cual el peritaje de audio no es válida.

                                                                                             16
Fernando Díaz Cantón, letrado de Carrascosa le informa a la Corte Suprema de la provincia de
Buenos Aires :

1) Que, en primer lugar, adjuntamos al presente un testimonio del acta de la audiencia del día 6 de
julio del corriente año, expedido por el Tribunal a pedido de uno de los abogados defensores de ese
juicio. En él se aprecia la ampliación de la acusación de los fiscales que actúan en ese proceso
respecto del imputado Guillermo Bártoli, donde se incluyen hechos que son considerados como
constitutivos de encubrimiento agravado que no se encontraban descriptos en la acusación
originaria.

Lo curioso del caso es que esos mismos hechos habían sido invocados por los fiscales, unos pocos
días antes y en dos oportunidades, ambas fallidas debido a la denegatoria del Tribunal, como
fundamento para formular respecto del mismo Bártoli una acusación (alternativa) de homicidio en
calidad de coautor, con las mismas consideraciones fácticas que, además, habían constituido la
imputación del fiscal Molina Pico como coautor de homicidio agravado a Carlos Carrascosa y a
otras dos personas, una de las cuales, según él, era precisamente Bártoli y la otra una mujer que no
era precisamente Beatriz Michelini sino, siempre a su juicio, Irene Hurtig.

Más allá de que esta mutación de la acusación proviene de la frustración de los fiscales por no haber
podido lograr que se acogiera la imputación alternativa de coautoría en el homicidio, lo relevante
para el caso a estudio de esta Corte finca en la liviandad con que idénticos hechos son considerados,
de acuerdo a la coyuntura en la que se encuentren los fiscales, como indicativos de encubrimiento o
como indicativos de coautoría de un homicidio. La circunstancia de que se trata de los mismos
hechos ha sido reconocida por los propios jueces del Tribunal (ver el voto del juez Introzzi Truglia
y el del juez Ortolani al resolver la cuestión). Esos mismos hechos han sido, me permito insistir, los
que han dado fundamento a la acusación y, peor aún, a la condena de Carrascosa como coautor de
homicidio agravado.

Esta manipulación fáctica es inaceptable, sobre todo si se repara en la diferencia abismal existente
entre las escalas penales del encubrimiento agravado y del homicidio agravado, pero por sobre
todas las cosas demuestra que los propios fiscales consideran que esos hechos no son indicativos de
coautoría sino de encubrimiento, lo cual confirma que tampoco desde un punto de vista óntico esos
hechos indican coautoría.




                                                                                                   17
La reflexión que se impone es la siguiente: si estos hechos ahora son constitutivos de
encubrimiento, no existe ninguna razón atendible para que, por los mismos hechos, se considere a
Carrascosa coautor, que es por lo que éste ha sido condenado por la Casación.




2) Declaración testimonial de Catalina Vargas: el testimonio de esta mujer, que trabajó como
empleada doméstica en el domicilio de los Bártoli, había sido considerado como fundamental para
derribar la coartada de Carlos Carrascosa en el juicio llevado a cabo en su momento, en el sentido
de que el nombrado, según sus dichos, había permanecido en la casa de Bártoli hasta poco después
de las 18:47 horas, en que tuvo lugar el gol de Independiente en el partido Independiente vs.
Rosario Central. Esta mujer había declarado en el juicio a Carrascosa que cuando escuchó la señal
sonora indicativa de las seis de la tarde se trasladó al living a hacer la limpieza y que allí no
quedaba nadie y el televisor se encontraba apagado.

Sin embargo, en este nuevo juicio dijo que, en ese momento, cuando se encontraba en las tareas de
limpieza, sonó el teléfono y al instante escuchó a Irene Hurtig gritar que había que llamar a una
ambulancia y salir “disparando”, lo cual ocurrió, según se encuentra probado, a las 19 horas. Lo
cual evidencia que lo que ella relata no ocurrió a las 18 sino a las 19 horas y demuestra una enorme
confusión de la testigo, quien reveló tener problemas de memoria a lo largo de toda la declaración.
Además, dijo algo que había omitido en el juicio a Carrascosa: que cinco meses antes del homicidio
de García Belsunce, había sufrido un accidente automovilístico que afectó su memoria, lo que sí
había manifestado ante el fiscal Gonzalo Aquino en la investigación por coautoría que se inició con
posterioridad a la condena de Carrascosa por el Tribunal 6 de San Isidro y que los defensores le
recordaron a la testigo en la audiencia (se acompaña, asimismo, copia de la declaración prestada
ante dicho fiscal).

Hasta ahora no hemos podido conseguir el acta de la declaración de esta testigo –dado que el
Tribunal es renuente a brindárnosla con el argumento de que no somos parte de ese proceso- razón
por la cual acompañamos, por el momento, el cable de la agencia de noticias “Télam”, destacando
los párrafos que se refieren a lo que acabamos de señalar. No bien contemos con el testimonio, se
presentará en esa Corte. Sin embargo, de lo que no puede dudarse a esta altura es que este
testimonio carece de aptitud para invalidar la coartada de Carrascosa y que se cae uno de los pilares
en que se fundó su condena como coautor.




                                                                                                  18
3) Declaración del médico forense Héctor Horacio Moreira: este médico fue el encargado de la
autopsia de García Belsunce y, en lo que aquí interesa como circunstancia que no había sido antes
señalada, manifestó que detectó “una o dos costillas fracturadas” fracturas que, de acuerdo a su
evaluación, fueron producidas durante las maniobras de resucitación. Aclaró que eran fracturas de
características “no vitales” y que para ello es necesario que haya pasado “al menos una hora” entre
el momento del deceso y la reanimación. Acompaño el cable de “Télam” que así lo indica y no bien
podamos acompañaremos el testimonio de dicha declaración.

Si tomamos en cuenta que la única maniobra de reanimación que pudo haber producido dichas
fracturas fue la que llevó a cabo el médico de la ambulancia que llegó en primer lugar, es decir el
Dr. Gauvry Gordon, que habría llegado a la casa a las 19:30 hs. –porque la segunda ambulancia
arribó al lugar cuando ya era seguro el fallecimiento- esto indica que la muerte de García Belsunce
se produjo, de acuerdo a este testimonio, antes de las 18:30 horas. Y esto suponiendo que la fractura
no se haya producido con las maniobras de reanimación realizadas por Bártoli, que fueron
anteriores en el tiempo. Pero resulta que, según el propio fiscal Molina Pico, Carrascosa recién
arribó a su casa a las 18:41, dado que hasta ese momento se encontraba en el Club House y, también
según el fiscal, la muerte de María Marta no fue algo inmediato sino que fue luego de “una
discusión que pasó a mayores”, hipótesis ésta que fue aceptada por la Casación en su sentencia, lo
cual supone los siguientes pasos: a) comenzar un diálogo; b) elevarse su volumen; c) llegarse al
clímax; d) desencadenarse la furia colectiva; e) librarse la pelea; f) buscar el arma; g) dispararle a
García Belsunce; h) lograr el resultado muerte.

Todo ese trámite no puede haber demandado menos de veinte minutos. Lo cierto es que los fiscales
de este nuevo juicio, en sintonía con Molina Pico pero con mayor precisión horaria, sitúan el
momento del homicidio entre las 18:50 y las 19:07 (llamada a OSDE). Así lo dijeron en los
fundamentos del pedido de detención de Irene Hurtig, denegado por el juez Costa.

Lo declarado por el perito Moreira demuestra que esta hipótesis es falsa y que Carrascosa no se
encontraba en la casa en el momento en que su esposa era atacada y ultimada.




A continuación las declaraciónes de Moreira, Catalina Vargas y el ingeniero Gurlekian.




                                                                                                   19
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Descargo de carrascosa con pruebas a las distintas versiones de molina pico

  • 1. Buenos Aires,3 de agosto de 2012 Resumen de acusación de Molina Pico por Homicidio de María Marta García Belsunce c/ Carlos Carrascosa y descargo con pruebas a) Mi versión de los hechos. Comencemos con mi versión de los hechos: Declarado en el acta de inspección (30/10/02) por Carlos Carrascosa: • Aproximadamente a las 18:45hs regreso a mi domicilio proveniente de una casa vecina. • Cuando estoy llegando veo a un oficial de vigilancia (Ortiz) que esperaba ser atendido por alguien de la casa ya que la masajista (Michelini) se encontraba en la guardia esperado la autorización para ingresar. • Sin haber entrado a mi domicilio digo al guardia Ortiz que la autorice a ingresar al country y posteriormente entro a mi casa. • Subo y veo vapor de agua saliendo del baño. • Entro al baño y encuentro a mi mujer en la bañera, totalmente inconsciente y con el agua corriendo sin rebalsar. • Saco a mi mujer de la bañera y le pido ayuda a Michelini que ya estaba ahí. • Veo agua con sangre en el sector de la bañera y un golpe en la frente de mi mujer. • Llamo a una ambulancia. • Le realizan las tareas de reanimación y más tarde me comunican que falleció. Declarado en la primera testimonial prestada por el señor Carlos Carrascosa: • Salgo de lo de Bártoli, llego a mi casa y me encuentro con el guardia (Ortiz) que estaba tocando timbre. Avisa a la guardia que entre la masajista y se va. • Entro a mi casa y voy al lavadero a ver si la perra estaba guardada. Veo a la perra y también veo la campera que había usado María Marta, colgada. • La puerta de casa estaba sin llave, es lo normal durante el día, sólo ponemos llave a la noche. • Luego subí y al hacerlo vi los vidrios empañados. Fui hacia el baño y al lado del inodoro vi algo de sangre. Inmediatamente giré hacia la bañera y vi a mi mujer boca 1
  • 2. abajo con el agua por rebalsar. La cabeza estaba como flotando en el agua, y el agua estaba teñida con sangre; no recuerdo si el cuerpo estaba adentro de la bañera, por lo que me contaron después el pantalón estaba seco pero el celular tenía agua, ella lo llevaba siempre en la cintura. • La tomé de abajo de los brazos y la acosté entre la puerta del baño y el dormitorio porque ya estaba llegando la masajista. Fui hacia la ventana y le pedí que subiera rápido. • Subió, me vio en shock y dijo: "llamá" (o algo así). Lo primero que se me ocurrió fue llamar a Bártoli mientras ella trataba de reanimarla. • Llegó Guillermo y siguieron con la reanimación mientras yo llamaba a la ambulancia. Insistí varias veces. Llamé dos veces a la guardia para que, si llegaba una ambulancia, la acompañaran (1). Le preguntaba a la masajista si tenía pulso y ella estaba tan nerviosa que me decía que no sabía. • En un momento subió la perra, no sé si alguien le abrió o si se escapó. Estuvo unos minutos y la guardé. • Cuando llegaron los médicos me dijeron que espere abajo. Yo veía que subían y bajaban, nunca me informaron si estaba viva cuando ellos llegaron. (1) Las llamadas Realizadas y recibidas hasta este momento se efectúan desde la planta alta. En su primer declaración indagatoria (fojas 850/55): • Ese día fuimos a almorzar a lo de Binello, después volvimos a casa. Mi mujer se cambió para ir a jugar al tenis y yo me quedé un rato en casa. • Luego fui a lo de Bártoli a ver el partido de River y Boca (2). Estaban Diego Piazza, la novia, los chicos de Bártoli, Binello, Irene y una persona del servicio. • Empezó a llover y vinieron mi mujer y la de Binello. • Como llovía, Bártoli se ofrece a llevarlos. Lleva a Piazza y a la novia, pero mi mujer decide volver en bicicleta. Me pide la campera que tenía en el auto y se va. • Bártoli regresa enseguida porque Piazza vive cerca. Nos quedamos viendo el partido de independiente. Diez minutos después del gol de independiente (3) me retiro, eran cerca de las siete. • Voy hacia la casa de Taylor para ver cómo le había ido al hijo en un torneo pero no había ningún auto así que sigo hasta mi casa. • Cuando llego a casa veo al guardia (Ortiz) que estaba tocando el timbre. Me pregunta si le doy autorización a la masajista (Michelini) para entrar. Le digo que sí y estaciono el auto. 2
  • 3. Entro a la casa, la puerta estaba sin llave. Veo a la perra en el lavadero y subo la escalera mientras digo: "Negra". No me contesta. Al llegar al hall veo los vidrios empañados. Voy hacia el baño, que estaba abierto y veo una mancha de sangre al lado del inodoro. Entro corriendo y veo a mi mujer boca abajo, en la bañera, junto a los grifos con la bañera casi llena. • Corrí, la tomé de los brazos y la saqué hacia la puerta del baño, quedando mitad adentro y mitad afuera. • Voy a la antesala, abro la ventana y le grito a la masajista que suba rápido, que mi mujer había tenido un accidente. • La masajista subió y me dijo que llame a Bártoli, y comenzó a hacerle respiración. • Llamé a Bártoli y me atendió Irene. Le dije que María Marta había tenido un accidente, que viniera. • Corté y llamé a OSDE mientras la masajista le seguía haciendo respiración. Le pregunté si estaba viva y me dijo que no encontraba el pulso. Le tuve que explicar a los de OSDE cómo llegar (4). • Llega Bártoli y se pone a hacer respiración junto a la masajista. • Llamé a la guardia para decirles que ni bien llegara la ambulancia le pusieran un móvil para guiarla porque llegar a casa no es fácil. • Un poco después llegó Irene y salió a buscar a algún médico de los del country. Al único que encontró fue a Piazza que era estudiante de medicina que vino y se quedó con la masajista y Guillermo haciendo maniobras de reanimación. • Llega la primera ambulancia sube sacan suero, ampollas y me piden que baje (5). Se quedan con la masajista y Piazza. • Al rato llega la segunda ambulancia. Escuché que los médicos de la primera ambulancia dijeron que si tenía oxígeno, que lo subieran. • Yo estaba abajo junto a Binello y su mujer, Irene y Guillermo. • Al rato baja un médico, me dice que le hicieron durante 20 minutos reanimación, algo de RCP o no sé cómo se llama y me dicen que había fallecido. Me abracé con Bibi Binello, que era la que tenía al lado. • El médico me dijo que dejara el cuerpo como estaba, que la funeraria se iba a encargar. Hablamos del certificado de defunción y me dijo que lo iba a encargar la funeraria. Me dio el pésame, ordenó limpiar y me dijo esperara un rato hasta que terminaran de limpiar para que no viera todos los elementos que habían tirado en la reanimación y se fue. Supongo que limpió la masajista o alguno de los médicos. • Después subí con Pichi Taylor y estuvimos un rato al lado de María Marta. Imaginé cómo había sido el accidente. Lloramos, no podía entender lo que me pasaba. 3
  • 4. Bajé y Guillermo se ofreció a hacer los trámites. (2) Horario inicio partido Boca-River 16:10 hs (Según informe de la AFA - Cuerpo 1) (3) Horario del gol de Independiente 18:48 hs (Según informe de la AFA - Cuerpo 1) (4) Llamado que se realizo a Osde desde la planta alta (VAIC) (5) Momento en que Carrascosa baja a la planta inferior por pedido del médico Siempre dije lo mismo (Carlos Carrascosa) • Que estuve en lo de Bártoli • Que llegué a mi casa alrededor de las 19 hs y me encontré con el vigilador Ortiz tocando el timbre quien me pregunta si autorizo el ingreso de la masajista (Michelini), le respondo que sí y estaciono. • Entro a mi casa y voy hacia el lavadero. Luego subo, veo vapor y al mirar hacia el baño veo una mancha de sangre al lado del inodoro. • Entro y veo a mi mujer caída con la mitad del cuerpo en la bañera. La saco y mientras lo hago escucho que llega la masajista. Dejo a mi mujer con mitad del cuerpo dentro del baño y mitad fuera, y corro hacia la ventana para decirle a Michelini que suba rápido. • Al subir me dice que llame a Bártoli y comienza a hacerle respiración. • Llamo a Bártoli y llamo a OSDE. • Llega Bártoli y ayuda a Michelini con la reanimación. • Llega Irene y vuelve a salir para buscar un médico. • Irene llega con Piazza y minutos después llega la primera ambulancia cuyo médico me pide que baje. 4
  • 5. b) Las distintas versiones de la fiscalía (Molina Pico) Requerimiento de elevación a juicio afirma: • Que entre las 18:15 y 18:55 hs (lapso en el cual se afirmaba entonces que había ocurrido el homicidio). Dice el fiscal que me retiré de lo de Bártoli. Concurrí a mi casa. Participé de un enfrentamiento con mi esposa. Colaboré o presencié impávido la pelea y los disparos, y luego fabriqué mi propia coartada yendo al Club House. • Que permanecí en el House entre 15 y 30 minutos tomando un lemoncello y fumando un cigarrillo. Haciendo tiempo hasta que llegara la masajista y mientras los coautores terminaban de arreglar la escena del crimen para que pareciera un accidente. De esa forma, al llegar la masajista, yo podría armar la escena de decir que la había encontrado muerta luego de un accidente hogareño. Comentario de Carlos Carrascosa en consecuencia a la afirmación del fiscal: Una coartada un poco extraña la de mi supuesta concurrencia al House, ya que siempre la negué. Siempre dije que había estado en lo de Bártoli hasta aproximadamente diez minutos después del gol de independiente (18:47hs). (¿Con qué fin armaría una coartada que luego, siempre y en todo momento, negaría?) Comentario de Carlos Carrascosa en consecuencia: como el fiscal no puede creer que tanto la masajista como el médico (Gauvry Gordon) hayan creído que había muerto por un accidente y que procedieran a limpiar convencidos de esa idea; supone que negocié con ellos y sucumbieron automáticamente a mi poder mafioso. Recordemos que a Gauvry Gordon, médico de la primera ambulancia, yo no lo había visto jamás en mi vida. Y otra cosa: si se supone yo pude extorsionarlo para que dijera que había sido un accidente, ¿por qué no le pedí también que me firmara el certificado de defunción? Primer síntesis según el fiscal Molina Pico de mi accionar en el requerimiento de elevación a juicio: • Que me fui de lo de Bártoli a casa. Que maté a mi mujer. Que fui al Club House para tener una coartada e hice tiempo en el House hasta la hora en que llegaba la masajista. • Que al llegar la masajista, la convencí para que limpiara la escena. • Que al llegar el médico lo convencí para que dijera que había muerto de un accidente. 5
  • 6. Al final del debate, el fiscal afirma: • Que me retiré de lo de Bártoli, y fui al Club House, tomé lemoncello y fumé un cigarrillo, y luego fui a mi casa y maté a mi esposa. • Que yo estaba dentro de mi casa cuando llegó el vigilador Ortiz, y que por eso éste miente al afirmar que estaba tocando el timbre a las 19 hs. • Que Ortiz llega a mi casa a las 19:14hs, después de la llamada que hice a OSDE pidiendo una ambulancia (llamada registrada por el VAIC a las 19:07:58 hs). Por lo tanto mintió. Según el fiscal, yo mato a mi mujer y luego me comploto con Ortiz para que mienta diciendo que me ve llegar alrededor de las 19 hs. Por eso mismo dice que la masajista Michelini nunca pudo estar en mi casa en el momento en que realizo la llamada a OSDE y que la voz femenina que se escucha en la grabación de esa llamada, no puede ser de Michelini. Sin embargo, se deduce de mi declaración, de la de Ortiz, y de la de Michelini; que ésta estaba en mi casa al momento en que realizo la llamada a OSDE, ya que cuando ella llega me encuentra solo y sin haber llamado a nadie. Si fuera cierta la versión del fiscal, no sólo soborné al médico, a Ortiz, y a Michelini para que limpiara, sino que también a ésta la convencí para que dijera que yo estaba solo cuando ella llegó. Esta hipótesis del fiscal es aceptada por el Tribunal de Casación que me condena como coautor del homicidio. Segunda síntesis según el fiscal Molina Pico de mi accionar en la finalización del juicio oral (2007): • Que me fui de lo de Bártoli al Club House, luego fui a mi casa y maté a mi mujer. • Que llamé a la ambulancia a las 19:07 hs. • Que cuando llega el vigilador Ortiz, yo salgo de mi casa y lo convenzo para que diga que llegó poco antes de las 19 hs, tocó el timbre y me vio llegar a mí. 6
  • 7. En su alegato final, el fiscal afirma: • Que la masajista llegó a la entrada del country a las 18:57 hs y esperó allí entre 15 y 20 minutos, y al emprender camino hacia mi casa, se demoró otros 6 minutos más. • Que a las 19:07 hs se produjo el llamado a OSDE y no estaba Michelini. Sino que junto a mí estaban Irene Hurtig y Guillermo Bártoli. No existe ninguna prueba que certifique que Michelini estuvo esperando veinte minutos en la entrada, sí hay pruebas de que no lo hizo, y son las imágenes capturadas por la cámara de seguridad, que muestran a uno de los vigiladores yendo al playón a decirle que podía pasar. Además el recorrido cronometrado desde la guardia hasta mi casa, a una velocidad menor a la permitida, toma menos de tres minutos. Cuando llamé a OSDE Michelini ya estaba en casa. A las 19:11 hs. Irene llamó a la guardia para pedir otra ambulancia. Atendió el vigilador Vera y le pasó la comunicación a Maciel. Se llamó automáticamente a la ambulancia de Emernort (19:12 hs). Curiosamente Vera dice que en ese momento, el automóvil de la masajista todavía estaba ahí (19:13 hs), si realmente hubiera estado podrían haberle avisado que estábamos llamando a la ambulancia. Primer síntesis según el fiscal Molina Pico de mi accionar en el requerimiento de elevación a juicio: Síntesis del fiscal en su alegato final sobre mi supuesto accionar • Que la masajista esperó veinte minutos en la entrada del country y luego se demoró seis minutos en llegar a mi casa. • Dice que cuando realicé la llamada a OSDE, Michelini estaba en la guardia. • Cuando Irene llama a la guardia para pedir la otra ambulancia, Michelini seguía en la guardia... y nadie le avisó lo que pasaba. 7
  • 8. En el recurso de Casación el fiscal dijo: • Que el vigilador Ortiz, efectivamente había mentido, y que el mismo llegó a mi casa a las 19:14 hs. • Que Michelini efectivamente esperó veinte minutos en la entrada y demoró entre cinco y siete minutos recorrer el camino hacia la casa. • Que la llamada de las 19:13 hs proveniente de OSDE fue atendida desde el teléfono que está en la planta baja, y que cuando digo: "viene la guardia", es que está llegando Ortiz (19:14hs) • Los testimonios de los vigiladores: Vera, Maciel y Páez sostienen que Michelini estuvo veinte minutos esperando en la guardia. Sin embargo los dichos de Ortiz se encuentran respaldados por los vigiladores Maciel, Páez y Rivero. Todos dicen que poco antes de las 19 hs., modula diciendo que en mi casa se escucha sonar el teléfono y nadie atiende, y Páez le contesta que es él el que está llamando. Esta llamada, la que oye Ortiz y nadie contesta es la de las 18:59 hs registrada por el VAIC. Por lo tanto Ortiz dice la verdad y está probado de manera inobjetable y concordante. Esto quiere decir que no es posible que haya ingresado al country a esa misma hora (18:59 hs) teniendo en cuenta el tiempo que toma modular al guardia que se encuentre más próximo al lugar y el traslado de éste a mi casa, de lo que se ocupa prolijamente el fiscal en su alegato. A esto hay que agregar que, antes de la llamada de las 18:59 hs, desde la guardia se intentó comunicarse con mi casa por los internos (llamados que no registra el VAIC) y como no contestaba nadie, se probó, por si el interno no funcionaba, con el teléfono de línea: ésta es la llamada de las 18:59 hs, que no es la primera, sino la última. Quiere decir que Michelini ingresó al country, indefectiblemente, bastante antes de esa hora. ¿A qué hora lo hizo? No lo sabemos con precisión ya que en el mismo video de vigilancia aparecen dos horarios distintos de la misma toma, y en el libro de guardia figura otro (18:55 hs). Pero la propia Michelini dice que ingresa a las 18:55 hs coincidiendo con la planilla del vigilador. No se puede, sin incurrir en la arbitrariedad, sostener que el vigilador Ortiz miente, ya que su testimonio está respaldado por los dichos de testigos no objetados por nadie, y por las constancias del VAIC. Ortiz dice, por lo tanto, la verdad cuando afirma que arribó al lugar antes de las 19:00 hs. Además, la versión de Ortiz con respecto a los vehículos en el estacionamiento de mi casa, que dice que hay uno sólo al momento en que él llega, también se ajusta a lo que dice después Michelini: que están las dos camionetas, pero debajo de la de mi esposa el piso estaba seco, y debajo de la mía, mojado. Es decir, que yo recién 8
  • 9. llegaba. No se puede afirmar, por ende, que Michelini no se encontraba en mi casa al momento de realizar la llamada a OSDE, y menos aún puede afirmarse que esa voz no le pertenezca a ella sino a otra persona. Pero prescindiendo de este análisis, nadie se ha preguntado hasta ahora cómo se explica que yo haya decidido matar a mi mujer, y que mis supuestos cómplices hayan aceptado tomar parte en el hecho, justamente sobre la hora en que, desde hacía dos años y en forma rutinaria, la masajista Michelini venía a hacerle masajes a mi esposa, en vez de hacerlo sin riesgo de aparición de testigos en cualquier otro momento. Tampoco nadie se explica cómo es que autoricé el ingreso de la masajista, hecho que tampoco está discutido, si es que realmente sabía que mi esposa estaba muerta dentro de la vivienda. La forma más sencilla de sacarme a un testigo molesto es decirle al vigilador que esperara un momento a que yo ingresara a la vivienda para ver por qué mi esposa no atendía los llamados, y al verla en ese estado decirle al vigilador que despidiesen a la masajista ya que la persona que iba a recibir los masajes no estaba precisamente para esos menesteres. Sino también hubiera podido decirle al guardia que esperara mientras yo veía por qué mi mujer no atendía, y luego ir corriendo hacia él y hacerme el sorprendido contándole que mi esposa estaba muerta. Acaso no era más sencillo armarle una escena a él, que ya estaba ahí, en lugar de hacerlo con Michelini? O también, si fue como dice el fiscal, que yo "convencí" a Ortiz para que dijera que yo llegué a las 19:00 hs, no era mejor convencerlo directamente de decir que ambos habíamos encontrado a mi mujer sin vida? No hubiera sido mucho más "creíble"? Pues, entonces, si autoricé el ingreso de la masajista antes de ingresar a la casa fue precisamente porque no tenía la más mínima idea de que mi mujer había sido asesinada. Tampoco se explica cómo es posible que quien haya matado a su esposa y quiere encubrir el hecho y su autoría, llame, no a una, sino a dos ambulancias con médicos desconocidos y supuestamente expertos. O de que una de las personas que ahora parecen estar sospechadas de intervenir en el hecho (Irene Hurtig) haya salido corriendo por todo el country en busca de cualquier médico que estuviera al alcance de la mano. Esta última versión del fiscal Molina Pico (en la que dice que Ortiz miente) no había aparecido en toda la historia de la causa y el fiscal ni siquiera la menciona en su requerimiento de elevación a juicio. Hasta ese entonces se creía en la veracidad de los dichos de Ortiz. Recién al final del juicio el fiscal la esgrime por primera vez, en las conclusiones que ponen fin al debate oral, modificando en una medida sustancial los hechos. A pesar de que el Tribunal de juicio la rechaza, el Tribunal de Casación la acepta, condenándome sobre esta base a prisión de por vida. 9
  • 10. Por ahora digamos que para que una hipótesis acusatoria sea aceptada como verdadera de conformidad con las exigencias del principio de la presunción de inocencia, no basta que sea compatible con varios datos probatorios, sino que también hace falta que no sea contradicha por ninguno de los datos virtualmente disponibles. Si una sola de las contrapruebas es aceptada como verdadera, ello es suficiente para excluir la decisión del juez sobre la verdad de la hipótesis y para basar, conforme al criterio de la coherencia, la decisión sobre su falsedad. Todo esto que acabamos de ver tiene relación con la cuestión de si yo me encontraba o no presente en el lugar de los hechos al momento en que estos sucedieron. Como hemos visto, mediante una valoración arbitraria de la prueba la Casación, haciéndose eco de las fantasías del fiscal, considera que estuve presente y considera a ese dato como esencial para condenarme a prisión perpetua por homicidio calificado. Esa arbitrariedad ha quedado aquí al desnudo, dado que se ha prescindido de valorar prueba esencial, que nunca ha sido refutada, que desmiente la afirmación de la Casación, y que confirma mi afirmación de que llegué al lugar de los hechos con posterioridad a que sucedieran. No puede cerrase este apartado sin que se advierta lo obvio: nos encontramos inmersos en una discusión de minutos, en una interpretación de tiempos pasados, con todo lo equívoco que puede resultar la percepción del paso del tiempo, y eso, a la luz de elementales reglas de la lógica que gobiernan el pensamiento humano, no puede nunca ser tomado como prueba autónoma para fundar una sanción penal –y mucho menos una de encierro de por vida-. La controversia sobre la inconsistencia o consistencia horaria podrá tener, en el mejor de los casos, efecto indiciario, pero nunca jamás de soporte probatorio per se. El modo en que se supone que ocurrieron los hechos y mi supuesta intervención en ellos. Ahora veamos si existe prueba que preste apoyo al modo en que sucedieron los hechos y mi supuesta intervención en ellos. El fiscal había arriesgado, en su requerimiento de juicio, una descripción de los hechos, que nunca volvió a ser mencionada en esta causa, ni por el Tribunal de Juicio, ni por el de Casación y ni siquiera por el propio fiscal al concluir el debate. Es más, como vimos al comienzo, fue sustancialmente modificada. Veamos: “Ese día domingo 27 de octubre de 2002, luego de tomar un té en la casa de la familia Bártoli, María Marta se dirigió a su domicilio pedaleando a bordo de su bicicleta rosa. Allí estaba vestida con su ropa de tenis, calzas de color azul, una remera 10
  • 11. blanca y la campera que le había pedido a su marido para cubrirse de la lluvia. Llegó pasadas las 18:10 hs. Ingresa a su domicilio; ingresar obviamente no le costó trabajo. Se dirigió a la planta superior con el fin de quitarse la ropa de tenis, ducharse y prepararse para la rutinaria sesión de masajes de los domingos. Posiblemente escuchó el ruido de la puerta que se abría nuevamente, o tal vez reaccionó ante un llamado o voces dentro de su casa, de todos modos la gente que entraba era de su intimidad por lo que no tuvo que abrir ni franquear la entrada. Se puso rápidamente un pantalón bombachudo color crema para encontrarse con las personas, alguna muy cercana, quienes luego serían sus asesinos. Allí de inmediato se generó un rápido enfrentamiento por posibles cuestiones de manejo de dinero ilegítimo o manejo ilegítimo de dinero. El enfrentamiento pronto degeneró incrementando la agresividad y la saña de manera tal que María Marta se dio cuenta del inminente peligro de su vida. La pelea involucró el uso de un atizador, con manchas de sangre y tuvo un crescendo de violencia tal que en la antecámara recibe un golpe, un ‘tortazo’ diríamos, que le dejó rastros de plata en su cabeza y luego el primero de los seis disparos el cual acanala el hueso del cráneo, salpicando con gotitas de su sangre las paredes y el cuadro de la antecámara en la que se encontraban. Trató de sostenerse o aferrarse a algo antes de sucumbir dejando la marca del arrastre de cuatro dedos en la pared… Ya inconsciente fue trasladada hasta el baño. Una vez allí, dejaron su cuerpo en el suelo, donde totalmente indefensa, fue sometida a la violencia de los restantes cinco disparos a la distancia “0/1 de Raffo” como dice la autopsia, o sea, con el caño del arma pegada a la cabeza para no fallar. Allí, depositada a un costado del inodoro, permaneció perdiendo sangre y masa encefálica… Hubo que llenar la bañera con agua caliente para que de esta manera tuviera sentido la invocación a un accidente en la bañera, golpeándose con la punta de los grifos…” El fiscal se pregunta a continuación “qué hizo en tanto el marido Carrascosa”, respondiendo de la siguiente manera: “Una vez terminado el partido, que terminó a las 18:07 hs., Carrascosa se retiró sólo en camioneta de la casa de Bártoli quedando sin definición actuarial precisa dónde estuvo hasta que más tarde, pasadas las 18:00, se dirigió en su camioneta, al restaurante del Club House que queda frente al ingreso al Country. ¿Qué sucedió en el intervalo entre el término del partido y su llegada al Club House? Esto pasó. Carrascosa se dirigió a su casa, entró a la misma sólo o junto a otra u otras personas que lo esperaban. Participó en el enfrentamiento con su mujer María Marta, colaboró o presenció impávido la pelea y los disparos. Y luego dejó a otro u otros el arreglo de la 11
  • 12. escena del crimen. No olvidemos que las pericias de sangre detectan la presencia de dos hombres y una mujer, además de María Marta, en los lugares donde existen los rastros hemáticos. A esta altura no sabemos si parientes, amigos o gente totalmente extraña a las personas que conocemos de la investigación. Carrascosa dejó a los demás coautores organizando la primera escenografía del encubrimiento del asesinato. Los encargados de la escenografía llenaron la bañera con agua. Sumergieron a la víctima en ella mojándose su ropa y ensangrentando el agua con sangre y con coágulos de sangre… Algo sin embargo interrumpió la macabra tarea probablemente las llamadas del vigilador Ortiz y los llamados telefónicos de la guardia anunciando a la masajista Michelini. Y hubo de suspenderse la tarea de arreglos en el cadáver que quedó tirado la mitad dentro del baño y la mitad dentro del dormitorio manando abundante sangre de su cabeza apoyada en la alfombra”. (…) “En la otra cuadrícula de la escena Carrascosa, fabricando su propia coartada, estacionó su camioneta en el parking del Club House, y se dirigió caminando lentamente hasta el interior del restaurante. Una vez allí, tomó asiento en una de las mesas que se encuentran frente a la barra. Requirió un café y le pidió al mozo que le convidara un cigarrillo. Permaneció en el lugar entre 15 y 30 minutos, manteniendo en ese lapso de tiempo una charla con la encargada del local quien le convidó con un lemoncello… ¿Por qué se tomó el trabajo de concurrir al restaurante del Club House si a la postre lo iba a negar rotundamente? Simplemente es posible obtener la respuesta en que necesitaba hacer tiempo hasta que llegara la masajista de su mujer, para luego poder así firmemente armar la escena de haber encontrado a María Marta luego de que ésta sufriese un fatal accidente hogareño”. (…) Y temprano después de su irrisoria pasada por el Club House regresó en su auto al hogar donde sabía lo esperaba la muerte de su esposa. Cuando llega en la puerta está el vigilador Ortiz y la Masajista Michelini esperando entrar. Autoriza el ingreso de esta. Entra. Carrascosa se dirige al piso alto donde sabe el cuadro espantoso que lo espera y vuelve de inmediato encontrándose en la escalera con la masajista Michelini, a quien ya le había hablado a través de la ventana. Allí nomás le espeta la teoría del accidente y comienza el recorrido de llamados a los diversos allegados. Se piden ambulancias pero no a las ambulancias de Emernort sino a las de OSDE. Aparecen el primer médico, Gordon y su chofer. Y allí se lleva a cabo la primera negociación con 12
  • 13. Michelini y el médico. Tan alto o tan convincente es el poder económico de la negociación que ambos, Gordon el médico y Michelini la masajista se convierten en los más rápidos y más voluntariosos títeres del encubrimiento. Gordon con su chofer desparrama 20 u 30 ampollas de adrenalina alrededor del cadáver. Le aplican quizás resucitación por electroshock le hacer respiración asistida pero ya saben que no reaccionará. Ven los agujeros de donde mana sangre y comienzan con las recomendaciones de que hay que limpiar para impedir que los parientes vean el cuadro horrible”. Hasta aquí la descripción de los hechos según el fiscal en el requerimiento de juicio. Hemos visto que el propio fiscal, al emitir sus conclusiones al finalizar el debate, modifica los hechos sosteniendo que la ida al Club House fue en realidad previa al homicidio y que el tiempo de comisión del delito se “estiraba” un poco más dado que, según sostiene, la llegada de Ortiz a mi domicilio fue posterior al momento en que éste afirma y que el arribo de Michelini fue también posterior a lo que se suponía. Así lo expresa: “Carrascosa se dirigió al Club House y estuvo allí por un lapso aproximado de quince minutos. Seguidamente, retornó a su domicilio. Allí continuó una discusión que había comenzado el día anterior. La discusión verbal pasó a mayores y se transformó en agresión física”. Este cambio, que, como vimos, no tiene sustento alguno, obligaba a una nueva descripción de los hechos, con una nueva presentación de las circunstancias de modo, tiempo y lugar. Ahora la tan meneada concurrencia al Club House ya no parece tener por objeto distraer la atención mientras otros terminan de arreglar la escena del crimen para “que parezca un accidente”, haciendo tiempo hasta la llegada de Michelini, sino que es previa al hecho, sin que se sepa ahora para qué se supone que concurrí a ese lugar. ¿Acaso para hacer tiempo para matarla cerca de la hora en llegaba Michelini? Lo ridículo de esta suposición hace innecesario todo comentario. Ahora habría que suponer que todas las acciones descriptas en el requerimiento de juicio (que se haya suscitado una discusión dentro de la casa, que ésta pasara a mayores, que se procediera a golpear con el atizador a María Marta, que se le hiciera el primer disparo que dejara un surco acanalado en su cráneo, el desvanecimiento consiguiente de María Marta, el posterior traslado del cuerpo al baño, el depositarlo entre el inodoro y el bidet, el llenar la bañadera y el depositarla dentro de ella para simular un accidente doméstico –o depositarla allí aprovechando que estuviera ya llena de agua-) habrían sucedido después de regresar del Club House y no antes de ir hacia dicho lugar. Esta nueva descripción de cómo sucedieron los hechos jamás fue realizada, ni por el fiscal al emitir sus conclusiones, ni por el tribunal del juicio, ni por el tribunal de casación. Tampoco queda ahora claro si fue un asesinato “a sangre fría” o “a 13
  • 14. sangre caliente”. Pasar por el Club House y tomarse un café y un lemoncello, departiendo amablemente con una persona, para después asesinar a su esposa con una violencia inusitada, supone un asesinato “a sangre fría”; en cambio, asesinar a alguien tras la efervescencia de una discusión supone un asesinato “a sangre caliente”. La verdadera razón por la que no se hizo esta nueva descripción de los hechos es que nadie, ni el fiscal, ni el tribunal de juicio, ni el de casación tienen la posibilidad, con las pruebas con que se cuenta, de fijar los hechos que supuestamente indican mi autoría. Ese déficit se ve corroborado en el ingente esfuerzo que el fiscal hace para valorar como dato incriminatorio lo que, según él sostiene, fueron las conductas de los posibles coautores al momento inmediatamente posterior al homicidio. Se trata de la valoración que hace de la grabación de la llamada a OSDE. Llamada peritada por Gendarmería, y sobre la cual el doctor Gurlekián (creador del software utilizado para realizar dicha pericia) manifestó que estaba mal realizada porque no fue hecha por personal entrenado y porque agregaron texto al sonido, cuando en realidad, el programa no es capaz de traducir voz a texto. Veamos entonces lo que decía el fiscal: “… 19:07 hs. Carrascosa efectuó un llamado telefónico pidiendo una ambulancia a OSDE. Allí estaba en el lugar al momento del hecho, junto a Bártoli y otra mujer que no es la masajista. Se trata de Irene Hurtig. Hace notar que durante toda la conversación las voces de fondo no cambiaron. Carrascosa **** hablaba con tranquilidad, frialdad. Al pedir la ambulancia dijo que era para una persona que estaba en la bañadera como medio ahogada. Los peritos de Gendarmería manifestaron que la voz se mostraba agitada –lo cual considera lógico, ya que acababan de mantener una pelea y dar muerte a María Marta-. Se demostró que de fondo en dicha conversación, otro hombre y una mujer pronunciaron frases como: “Tenela”, “Tocala”, “Cerrá la puerta”. En su opinión, cuando uno tiene un accidente lo primero que hace es buscar ayuda, abrirse hacia los demás. En este caso, considera que las frases demuestran que hubo una división de tareas e intención de ocultar el delito que acababan de cometer. Al comienzo de la conversación hay dos preguntas que denotan preocupación en el ambiente porque ya hacía unos minutos que estaban recibiendo la presión de la masajista por ingresar -preguntas tales como: “No la ves?” o “Alguien va a llamar?”-. No se percibieron llantos o lamentos en la comunicación. (…) la división de tareas y dominio del hecho que a su juicio se percibe a partir de la comunicación telefónica (“Cerrá la puerta”, “Tocala”, “Tenela”, etc.). Considera que bastaba con que uno de los participantes no estuviera de acuerdo para que se evitara la comisión del delito. Los intervinientes se encontraron en el lugar a 14
  • 15. la hora de los hechos (…) En la escucha telefónica no hubo frases tendientes a ayudar a la víctima. Se refirieron a qué hacer con el cuerpo, cerrar la puerta y cómo hacer para que nadie supiera lo que acababa de ocurrir. Este párrafo es una muestra perfecta de la orfandad probatoria, de la arbitrariedad en la valoración de la prueba que ha dominado todo esto proceso y de la intención de que yo fuera condenado que ha dominado a funcionarios alcanzados por el deber de objetividad. La propia juez Etcheverry se encarga de señalarlo: “Independientemente de que tales apreciaciones resultan sumamente apresuradas, arbitrarias y hasta cercanas al absurdo, hay que decir que, jurídicamente, no alcanzan para sostener la acusación”. Se dice que yo hablaba con frialdad, pero al renglón siguiente se dice que yo estaba agitado. Se dice que lo normal en estos casos es abrirse a los demás, lo que se contrapondría a estos diálogos (no se sabe por qué) y está probado que yo llamé inmediatamente a una ambulancia, Irene a otra y ésta salió corriendo por todo el country en busca de médicos, es decir que no hay dudas de que “nos abrimos a los demás”, y de qué manera. Pero lo más grave es que se infiere de estos diálogos la coautoría (división de tareas), lo cual no puede ser más absurdo: si no se sabe a ciencia cierta quiénes, cómo y cuándo la mataron, cómo se puede saber cuál fue el aporte objetivo realizado por cada sujeto. Nada hay en estos diálogos que indique la realización de un homicidio y, menos aún, el reparto de roles de cada uno de los supuestos coautores en dicho hecho. Sería el primer caso de “coautoría funcional” donde no se sabe nada de las funciones que cumplieron los supuestos coautores. Se ha destacado la enorme importancia que tiene, en cualquier forma de razonamiento inductivo, pero en particular en el judicial, que las pruebas presentadas para fundar la probabilidad de una hipótesis proporcionen una imagen suficientemente “completa” de los hechos en cuestión. En otras palabras, aunque los estándares de convicción incluyen un “componente de probabilidad”, exigen también un “componente de completud”: la insuficiencia de información sobre los hechos debería evitar asignar una alta probabilidad a la hipótesis sobre los mismos, porque la información de que no se dispone podría, si se dispusiera de ella, negar la hipótesis. Tan débil es la prueba con que cuentan quienes quieren sustentar la hipótesis de que fui el autor, sea del homicidio o del encubrimiento, que ni siquiera pueden cumplir el primer paso del razonamiento judicial: la formulación correcta, clara, precisa, circunstanciada y completa de dichas hipótesis. 15
  • 16. Los pasos que siguen, a saber: a) la confirmación de la hipótesis con una pluralidad de pruebas (indicios graves, precisos y concordantes); b) supervivencia a la refutación; y c) descarte de las hipótesis alternativas más allá de toda duda razonable, no han podido tampoco ser cumplidos en la presente causa. En efecto, la certeza más allá de toda duda razonable, que implica la presunción de inocencia, supone: a) Que la hipótesis acusatoria sea ante todo “confirmada por una pluralidad de pruebas o datos probatorios. A tal fin, debe ser formulada de tal modo que implique la verdad de varios datos probatorios y la explicación de todos los datos disponibles. En efecto, una hipótesis verdadera es siempre fecunda, esto es, idónea para explicar muchos más hechos de aquellos para los que ha sido formulada y, por tanto, para producir por modus ponens…, múltiples y variadas confirmaciones. En la pluralidad de estas confirmaciones o verificaciones, de las que no es pre determinable el número y la calidad, consiste la condición o garantía de la prueba: que, así pues, comporta la necesidad de adquirir no un dato probatorio, sino un sistema coherente de datos -graves, precisos y concordantes-”[32]. Como hemos visto, en la presente causa, la debilidad de las pruebas disponibles ha impedido siquiera formular en forma estable una hipótesis acusatoria en punto a mi autoría del homicidio y la hipótesis del móvil -central cuando no hay pruebas directas del hecho- ha sido abandonada por el propio fiscal y hoy brilla por su ausencia. Tampoco se ha podido sostener la hipótesis del encubrimiento. b) Todavía más importante que la necesidad de la prueba es la garantía del contradictorio, esto es, “la posibilidad de la refutación o de la contraprueba. En efecto, si la verificación de una hipótesis es imposible, dado que su verdad no puede ser demostrada sino sólo confirmada, es en cambio posible su refutación por modus tollens…Y mientras que ninguna prueba o confirmación es suficiente para justificar la libre convicción del juez sobre la verdad de la acusación. Ampliación de los testimonios que se incorporaron en el juicio por encubrimiento relevantes para la causa por homicidio y condena de Carlos Carrascosa. Estos testimonios determinan el horario de la muerte de María Marta García Belsunce, el horario en que Carlos Carrascosa llama la casa de Bartoli informando sobre el accidente de María Marta y la razón por la cual el peritaje de audio no es válida. 16
  • 17. Fernando Díaz Cantón, letrado de Carrascosa le informa a la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires : 1) Que, en primer lugar, adjuntamos al presente un testimonio del acta de la audiencia del día 6 de julio del corriente año, expedido por el Tribunal a pedido de uno de los abogados defensores de ese juicio. En él se aprecia la ampliación de la acusación de los fiscales que actúan en ese proceso respecto del imputado Guillermo Bártoli, donde se incluyen hechos que son considerados como constitutivos de encubrimiento agravado que no se encontraban descriptos en la acusación originaria. Lo curioso del caso es que esos mismos hechos habían sido invocados por los fiscales, unos pocos días antes y en dos oportunidades, ambas fallidas debido a la denegatoria del Tribunal, como fundamento para formular respecto del mismo Bártoli una acusación (alternativa) de homicidio en calidad de coautor, con las mismas consideraciones fácticas que, además, habían constituido la imputación del fiscal Molina Pico como coautor de homicidio agravado a Carlos Carrascosa y a otras dos personas, una de las cuales, según él, era precisamente Bártoli y la otra una mujer que no era precisamente Beatriz Michelini sino, siempre a su juicio, Irene Hurtig. Más allá de que esta mutación de la acusación proviene de la frustración de los fiscales por no haber podido lograr que se acogiera la imputación alternativa de coautoría en el homicidio, lo relevante para el caso a estudio de esta Corte finca en la liviandad con que idénticos hechos son considerados, de acuerdo a la coyuntura en la que se encuentren los fiscales, como indicativos de encubrimiento o como indicativos de coautoría de un homicidio. La circunstancia de que se trata de los mismos hechos ha sido reconocida por los propios jueces del Tribunal (ver el voto del juez Introzzi Truglia y el del juez Ortolani al resolver la cuestión). Esos mismos hechos han sido, me permito insistir, los que han dado fundamento a la acusación y, peor aún, a la condena de Carrascosa como coautor de homicidio agravado. Esta manipulación fáctica es inaceptable, sobre todo si se repara en la diferencia abismal existente entre las escalas penales del encubrimiento agravado y del homicidio agravado, pero por sobre todas las cosas demuestra que los propios fiscales consideran que esos hechos no son indicativos de coautoría sino de encubrimiento, lo cual confirma que tampoco desde un punto de vista óntico esos hechos indican coautoría. 17
  • 18. La reflexión que se impone es la siguiente: si estos hechos ahora son constitutivos de encubrimiento, no existe ninguna razón atendible para que, por los mismos hechos, se considere a Carrascosa coautor, que es por lo que éste ha sido condenado por la Casación. 2) Declaración testimonial de Catalina Vargas: el testimonio de esta mujer, que trabajó como empleada doméstica en el domicilio de los Bártoli, había sido considerado como fundamental para derribar la coartada de Carlos Carrascosa en el juicio llevado a cabo en su momento, en el sentido de que el nombrado, según sus dichos, había permanecido en la casa de Bártoli hasta poco después de las 18:47 horas, en que tuvo lugar el gol de Independiente en el partido Independiente vs. Rosario Central. Esta mujer había declarado en el juicio a Carrascosa que cuando escuchó la señal sonora indicativa de las seis de la tarde se trasladó al living a hacer la limpieza y que allí no quedaba nadie y el televisor se encontraba apagado. Sin embargo, en este nuevo juicio dijo que, en ese momento, cuando se encontraba en las tareas de limpieza, sonó el teléfono y al instante escuchó a Irene Hurtig gritar que había que llamar a una ambulancia y salir “disparando”, lo cual ocurrió, según se encuentra probado, a las 19 horas. Lo cual evidencia que lo que ella relata no ocurrió a las 18 sino a las 19 horas y demuestra una enorme confusión de la testigo, quien reveló tener problemas de memoria a lo largo de toda la declaración. Además, dijo algo que había omitido en el juicio a Carrascosa: que cinco meses antes del homicidio de García Belsunce, había sufrido un accidente automovilístico que afectó su memoria, lo que sí había manifestado ante el fiscal Gonzalo Aquino en la investigación por coautoría que se inició con posterioridad a la condena de Carrascosa por el Tribunal 6 de San Isidro y que los defensores le recordaron a la testigo en la audiencia (se acompaña, asimismo, copia de la declaración prestada ante dicho fiscal). Hasta ahora no hemos podido conseguir el acta de la declaración de esta testigo –dado que el Tribunal es renuente a brindárnosla con el argumento de que no somos parte de ese proceso- razón por la cual acompañamos, por el momento, el cable de la agencia de noticias “Télam”, destacando los párrafos que se refieren a lo que acabamos de señalar. No bien contemos con el testimonio, se presentará en esa Corte. Sin embargo, de lo que no puede dudarse a esta altura es que este testimonio carece de aptitud para invalidar la coartada de Carrascosa y que se cae uno de los pilares en que se fundó su condena como coautor. 18
  • 19. 3) Declaración del médico forense Héctor Horacio Moreira: este médico fue el encargado de la autopsia de García Belsunce y, en lo que aquí interesa como circunstancia que no había sido antes señalada, manifestó que detectó “una o dos costillas fracturadas” fracturas que, de acuerdo a su evaluación, fueron producidas durante las maniobras de resucitación. Aclaró que eran fracturas de características “no vitales” y que para ello es necesario que haya pasado “al menos una hora” entre el momento del deceso y la reanimación. Acompaño el cable de “Télam” que así lo indica y no bien podamos acompañaremos el testimonio de dicha declaración. Si tomamos en cuenta que la única maniobra de reanimación que pudo haber producido dichas fracturas fue la que llevó a cabo el médico de la ambulancia que llegó en primer lugar, es decir el Dr. Gauvry Gordon, que habría llegado a la casa a las 19:30 hs. –porque la segunda ambulancia arribó al lugar cuando ya era seguro el fallecimiento- esto indica que la muerte de García Belsunce se produjo, de acuerdo a este testimonio, antes de las 18:30 horas. Y esto suponiendo que la fractura no se haya producido con las maniobras de reanimación realizadas por Bártoli, que fueron anteriores en el tiempo. Pero resulta que, según el propio fiscal Molina Pico, Carrascosa recién arribó a su casa a las 18:41, dado que hasta ese momento se encontraba en el Club House y, también según el fiscal, la muerte de María Marta no fue algo inmediato sino que fue luego de “una discusión que pasó a mayores”, hipótesis ésta que fue aceptada por la Casación en su sentencia, lo cual supone los siguientes pasos: a) comenzar un diálogo; b) elevarse su volumen; c) llegarse al clímax; d) desencadenarse la furia colectiva; e) librarse la pelea; f) buscar el arma; g) dispararle a García Belsunce; h) lograr el resultado muerte. Todo ese trámite no puede haber demandado menos de veinte minutos. Lo cierto es que los fiscales de este nuevo juicio, en sintonía con Molina Pico pero con mayor precisión horaria, sitúan el momento del homicidio entre las 18:50 y las 19:07 (llamada a OSDE). Así lo dijeron en los fundamentos del pedido de detención de Irene Hurtig, denegado por el juez Costa. Lo declarado por el perito Moreira demuestra que esta hipótesis es falsa y que Carrascosa no se encontraba en la casa en el momento en que su esposa era atacada y ultimada. A continuación las declaraciónes de Moreira, Catalina Vargas y el ingeniero Gurlekian. 19
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