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MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA
DIRECCIÒN PROVINCIAL DE CHIMBORAZO
PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR
INDIVIDUAL PARA EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN DE LA
EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO
DE VIVIENDA “38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL
SECTOR- ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA,”
UBICADO EN EL CANTÓN GUAMOTE DE LA PROVINCIA DE
CHIMBORAZO.
PROCESO DE CONSULTORÍA No. MIDUVI-CH-CD-036-2010
MIDUVI- CHIMBORAZO
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CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
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ÍNDICE
SECCIÓN I.- INVITACIÓN
SECCION II.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA
SECCION III.- CONDICIONES GENERALES
3.1 Inhabilidades
3.2 Modelos obligatorios de pliegos
3.3. Obligaciones del oferente
3.4 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones
3.5 Entrega de la oferta
3.6 Idioma y autenticidad de los documentos de la oferta
3.7 Apertura de la oferta
3.8 Convalidación de errores de forma
3.9 Causas de rechazo
3.10 Garantías
3.11 Cancelación de procedimiento
3.12 Declaratoria de procedimiento desierto
3.13 Adjudicatario fallido
3.14 Administración del contrato
3.15 Moneda de cotización y pago
SECCIÓN IV.- CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1 Cronograma del procedimiento de contratación directa
4.2 Vigencia de la oferta
4.3 Forma de pago
4.4 Requisitos formales
4.5 Contenido de la oferta
4.6 Términos de referencia
SECCION V.- PROYECTO DE CONTRATO
SECCION VI.- MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario No. 1 CARTA DE ACEPTACIÓN Y COMPROMISO
Formulario No. 2 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
Formulario No. 3 EXPERIENCIA DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIÓN DE SERVICIOS DE
CONSULTORÍA SIMILARES
Formulario No. 4-A Trabajos ejecutados
Formulario No. 4-B Trabajos en ejecución
Formulario No. 5 LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL PROYECTO
Formulario No. 6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
Formulario No. 7 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA
Formulario No. 8 OFERTA ECONÓMICA
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Formulario No. 9 REFERENCIA RESOLUCIÓN INCOP 37-09 ((que sustituye a la Resolución INCOP
No. 029-09), para el caso de personas jurídicas
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SECCIÓN I
INVITACIÓN
De acuerdo con los Pliegos de Contratación Directa de Consultoría aprobados por la Arq. Silvia
Chávez Vallejo, Jefa de la Dirección Provincial del Área MIDUVI-Chimborazo (e), mediante
Resolución No. 0186 de fecha 22 de Noviembre del 2010, y de conformidad con lo dispuesto en
los Arts. 37 numeral 1 y 40 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública,
así como al procedimiento establecido en el Art. 36 del Reglamento de la citada Ley, se invita
al Arq. Marco Chávez Montes para que presente su ofertas técnica y económica para la realización
de la FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO
DE VIVIENDA “38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA
ELENA PARROQUIA PALMIRA ”, UBICADO EN EL CANTÓN GUAMOTE DE LA
PROVINCIA DEL CHIMBORAZO.
El consultor invitado podrá realizar preguntas a través del Portal www.compraspublicas.gov,ec, en un
termino no menor a una hora y no mayor a 72 horas a la recepción de la invitación. La entidad
contratante responderá las preguntas formuladas o formulará aclaraciones, a través del mismo medio,
en el término de 24 horas, contado desde la fecha límite de recepción de preguntas.
El invitado entregará su oferta técnica en el término de 4 días, en la siguiente dirección: Primera
Constituyente y Brasil, debidamente dirigida al Arq. Silvia Chávez Vallejo, Directora de la Unidad
Técnica Provincial del MIDUVI-Chimborazo y se presentarán hasta las 15H00 del 03 de Diciembre del
2010. Asimismo, deberá entregar los formularios 1 y 2 a través del Portal
www.compraspublicas.gov.ec, en la misma fecha.
El Presupuesto Referencial para el pago de la presente Consultoría es de USD$ 6,650.00( SEIS MIL
SIESCIENTOS CINCUENTA DOLARES 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE
AMERICA) mas IVA.
El objeto de esta consultoría debe ejecutarse en un plazo (determinado con relación a la obra a
fiscalizarse) de 90 DIAS calendario y 30 DIAS adicionales que cubren la liquidación de la obra y
entrega-recepción provisional de la misma, es decir, que el plazo del contrato de Fiscalización será
de 120 DIAS calendario, contados a partir del inicio de la obra a fiscalizarse.
Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes:
1.- Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos propios, provenientes del
presupuesto del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, con cargo a la partida presupuestaria 550
00060002000004002730604202, conforme consta en la Certificación Presupuestaria Nº 42 contenida
en el Memorándum suscrito por la Ing. Roció Jácome, gestión de Recursos Financieros.
2.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gov.ec, de
conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública. El consultor adjudicado cancelará el valor de USD$ 50.00 por concepto del
costo de levantamientos de textos, reproducción y edición de los pliegos.
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El proceso se cerrará a lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública.
3.- La evaluación de la propuesta se realizará en función del cumplimiento de los parámetros
establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artículo 6 de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública.
De no aceptar la invitación, esta Dirección Provincial declarará terminado el procedimiento e iniciará un
nuevo proceso de contratación directa.
Riobamba, 29 Noviembre del 2010
Arq. Silvia Chavez Vallejo
JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DE AREA MIDUVI – CHIMBORAZO
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SECCIÓN II
2.1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA
Este proceso tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato de
prestación de servicios de consultoría para la Fiscalización de la ejecución de la OBRA DE
CONSTRUCCIÓN DE 38 SOLUCIONES DE VIVIENDAS DEL PROYECTO “38 SOLUCIONES
HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA
PALMIRA” UBICADO EN EL CANTÓN GUAMOTE PROVINCIA DEL CHIMBORAZO;
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SECCION III
CONDICIONES GENERALES
3.1.- Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por
interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los
artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y 110 y 111 del
Reglamento General de dicha Ley.
De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario establecido en la Resolución INCOP
No.037-09 de fecha 27 de noviembre de 2009.
3.2.- Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta
utilizando el modelo de pliego establecido por el Instituto Nacional de Contratación Pública (INCOP).
3.3.- Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir
con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los
documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.
3.4.- Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la
Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo de 2009, los proveedores podrán realizar preguntas
sobre los pliegos a través del portal www.compraspublicas.gov.ec y la entidad contratante dentro de
la fecha límite constante en la invitación, emitirá respuestas que se publicarán en el portal.
La entidad contratante podrá en la etapa de preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o
modificaciones de los Pliegos, siempre y cuando éstas no cambien el presupuesto referencial, ni el
objeto del proceso contemplado en los pliegos.
Todas las aclaraciones se considerarán como alcance a los pliegos y recibidas por todos los
participantes, una vez que han sido publicadas en el Portal.
3.5.- Entrega de la oferta: En la fecha prevista en el cronograma del proceso, el invitado publicará
en el portal www.compraspublicas.gov.ec la carta de aceptación y compromiso, y la identificación
del oferente, en archivos separados y utilizando los formatos que constan en la sección VI de estos
pliegos (formularios Nos. 1 y 2). En la misma fecha entregará físicamente la oferta técnica, con los
formularios solicitados según los pliegos respectivos.
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3.6.- Idioma y autenticidad de documentos de la oferta
La documentación que contempla la oferta, así como la correspondencia relacionada debe ser escrita
en castellano. Los documentos no deberán contener texto entre líneas, enmendaduras o tachaduras;
a menos que fuere necesario corregir errores del oferente, en cuyo caso deberán salvarse rubricando
al margen.
3.7.- Apertura de la oferta Técnica-Económica: La entidad contratante, a partir de la fecha de
inicio de la evaluación de la oferta, abrirá el sobre único presentado físicamente y evaluará tanto la
oferta técnica como la económica, en función del cumplimiento de los parámetros establecidos en
los pliegos.
La entidad contratante convocará a una sesión de negociación con el consultor invitado, a fin de
ajustar los parámetros económicos, técnicos o jurídicos de su propuesta, en función del
cumplimiento del objeto de la contratación. La negociación no podrá durar más de un día, y de la
misma se suscribirá un acta que deberá ser publicada a través del Portal, si el resultado ha sido
satisfactorio. En caso de que la negociación no haya llegado a buen término, se dejará constancia
del particular. Si la negociación es satisfactoria para las partes, la máxima autoridad de la entidad
contratante adjudicará en contrato respectivo.
3.8.- Convalidación de errores de forma: Si se presentaren errores de forma, las ofertas podrán ser
convalidadas por el oferente en un término no mayor a dos días. Así mismo, dentro del período de
convalidación, los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales que no impliquen
modificación del objeto de la misma, conforme al artículo 23 del Reglamento General de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. En este caso, la entidad contratante recibirá
físicamente los documentos correspondientes.
La entidad contratante está obligada a analizar en profundidad cada una de las ofertas presentadas, a
fin de determinar todos los errores de forma existentes en ellas, respecto de los cuales notificará a
través del portal www.compraspublicas.gov.ec a cada uno de los oferentes el requerimiento de
convalidación respectivo. Los oferentes notificados podrán convalidar tales errores para efectos de ser
calificados, y para el efecto la entidad contratante podrá recibir de manera física los documentos
pertinentes.
El acta de negociación y la resolución de adjudicación debidamente suscritas, se publicarán en el
Portal www.compraspublicas.gov.ec.
3.9.- Causas de Rechazo:
a) Si se hubiera entregado la Oferta en otro lugar o después de la hora establecida para ello;
b) Si no cumplieran los requisitos exigidos en los presentes pliegos;
c) Cuando la Oferta contenga errores sustanciales y/o evidentes, que no puedan ser convalidados
por no ser considerados errores de forma o mediante corrección aritmética y que afecten notoriamente
el monto total de la oferta;
d) Si el contenido de los formularios presentados difieren del modelo, condicionándolos o
modificándolos, de tal forma que alteren las condiciones previstas para la ejecución del contrato;
e) Si se presentaran documentos con tachaduras o enmendaduras no salvadas; cuando no
puedan ser convalidados.
3.10.- Garantías:
BUEN USO DEL ANTICIPO: NO APLICA.- En virtud de lo dispuesto en la Resolución del INCOP
No. 042-2010, de fecha 16 de abril del 2010, en la cual dispone establecer que la forma de pago en
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los contratos de fiscalización, sea en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza, y
ya no se otorgue anticipo alguno.
FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: NO APLICA.- Por el monto del contrato, en conformidad
al Artículo 74, inciso quinto, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
3.11.- Cancelación del Procedimiento: En cualquier momento comprendido entre la invitación y hasta
24 horas antes de la fecha de presentación de la oferta, la máxima autoridad de la entidad contratante
podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a
lo establecido en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
3.12.- Declaratoria de Procedimiento Desierto: La máxima autoridad de la Entidad Contratante,
antes de resolver la adjudicación, podrá declarar desierto el procedimiento, en los casos previstos en
los numerales 1, 2 y 4 del artículo 33 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Dicha declaratoria se realizará mediante resolución motivada de la máxima autoridad de La Entidad
Contratante. Una vez declarado desierto el procedimiento, el JEFE de la Unidad Técnica Provincial del
MIDUVI-CHIMBORAZO, Delegado del Ministro de Desarrollo Urbano podrá disponer su archivo o su
reapertura.
3.13.- Adjudicatario Fallido: En caso de que el adjudicatario no celebrare el contrato dentro del
término previsto, por causas que le sean imputables, la máxima autoridad de la Entidad Contratante le
declarará adjudicatario fallido y una vez que notifique de esta condición al INCOP, procederá de
conformidad con los artículos 35 y 98 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública.
3.14.- Administración del Contrato: La Entidad Contratante designará de manera expresa un
administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una
de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar
retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.
3.15.- Moneda de cotización y pago
La ofertas deberá presentarse en Dólares de los Estados Unidos de América y los pagos se realizarán
en la misma moneda.
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SECCION IV
CONDICIONES ESPECÍFICAS
4.1.- CRONOGRAMA DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DIRECTA
El Cronograma de Procedimiento, que regirá en el presente Proceso, es el siguiente:
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DETALLE FECHA HORA
Fecha de Invitación 01-12-2010 19h00
Fecha Límite de Preguntas 01/12-2010 21h30
Fecha Límite de Respuestas y Aclaraciones 02-12-2010 21h30
Fecha Límite Recepción de Ofertas Técnica y Económica 03/12-2010 15h00
Fecha de apertura de ofertas 03/12-2010 16h00
Fecha Inicio evaluación de la Oferta 03/12-2010 16h01
Fecha límite para publicar resultados finales 07-12-2010 19h00
Fecha Estimada de adjudicación 08-12-2010 18h00
4.2.- VIGENCIA DE LA OFERTA
La vigencia de la oferta es de 30 días, sin embargo la Entidad Contratante podrá prorrogar el plazo
previsto hasta la fecha de celebración del contrato, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
4.3.- FORMA DE PAGO
Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos propios, provenientes del
presupuesto del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, con cargo a la partida presupuestaria
550 00060002000004002730604202, conforme consta en la Certificación Presupuestaria Nº 42
contenida en el Memorándum, suscrito por Ing. Roció Jácome, Gestión de Recursos Financieros.
Segun lo establecido en estos pliegos y siguiendo las siguientes opciones:
4.3.1 FORMA DE PAGO EN LOS CONTRATOS DE FISCALIZACIÓN DE OBRA.
En los procedimientos de contratación de fiscalización de obra pública, los oferentes deberán detallar
en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En
consecuencia, el valor del contrato de consultoría para la fiscalización de una obra estará en directa
relación con el costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente
monto y forma de pago del contrato de fiscalización de obra pueda estar referido o fijado como un
porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalización de obra, el pago se realizará en proporción directa
con el avance de la obra que se fiscaliza. En consecuencia, no será posible establecer en el contrato
de fiscalización de obra, formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra,
obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje, que para efecto de las
planillas será aplicado sobre el monto de inversión correspondiente al avance de obra presentado en
los respectivos informes mensuales.
Tanto la Planilla como el informe mensual deberán ser entregados al Supervisor del Contrato los días
22 de cada mes, quien los revisará y aprobará en un plazo máximo de dos días posteriores a su
recepción, remitiéndolos posteriormente al Administrador del Contrato para su trámite
correspondiente.
4.4.- REQUISITOS FORMALES
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Los documentos que contiene la oferta deberán estar foliados y rubricados por el consultor,
representante legal o procurador común; se insertará, además, su correspondiente índice.
El sobre se cerrará con suficientes seguridades que impidan conocer su contenido antes de su
apertura oficial y se rotularán con la siguiente leyenda:
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OFERTA (TECNICA - ECONOMICA)
(Original y copia)
Señorita
Arq. Silvia Chávez Vallejo
JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DIRECCION PROVINCIAL DEL MIDUVI-CHIMBORAZO
Ciudad.-
Participante: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
4.5.- CONTENIDO DE LA OFERTA
1.- Carta de Aceptación y Compromiso, Formulario Nº 1;
2.- Identificación del Oferente, Formulario Nº 2;
3.- Referencias sobre la capacidad técnica y administrativa disponible, demostrada a través de los
siguientes documentos:
4.- Experiencia específica, Formulario No. 3
El proponente acompañará certificaciones relativas a los servicios similares ejecutados y en
ejecución Formularios Nos. 4-A y 4-B
5.- Antecedentes y experiencia del personal que será asignado al Proyecto, demostrada a través
de los siguientes documentos:
• Lista del personal asignado al proyecto (de ser el caso), Formulario No. 5
• Hoja de Vida de los profesionales asignados: Formulario No. 6
6.- Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales,
locales y particulares del proyecto materia de consultoría: Formulario No. 7
7.- La propuesta económica en forma detallada: Formulario No. 8
El oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos para la prestación de los
servicios objeto del contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales, técnicos y
personal auxiliar; pasajes y viáticos, impuestos, tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes
ecuatorianas debe pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos,
arrendamiento de locales, etc.
La entidad no aceptará reclamos posteriores por costos no contemplados en la oferta.
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8.- Cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución INCOP No. 037-09, para el caso de personas
jurídicas: Formulario No. 9.
4.6.- TÉRMINOS DE REFERENCIA
4.6.1.- Objeto de la Consultoría
Este proceso de Consultoría tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación
del contrato de prestación de servicios de consultoría para EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN EN
LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “38
SOLUCIONES HABITACIONALES SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA”,
DEL CANTÓN GUAMOTE PROVINCIA DE CHIMBORAZO.
El objetivo principal de la Fiscalización es la vigilancia del fiel y estricto cumplimiento de las
cláusulas del contrato de ejecución de obra, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus
diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los
diseñadores y normas técnicas aplicables.
El fiscalizador debidamente designado, actúa a nombre y en representación del MIDUVI en la
ejecución del contrato y cuenta con las atribuciones que se indican más adelante, aparte de las
indicadas en los demás documentos del contrato, siendo por lo tanto responsable por cualquier
omisión, descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones. El Contratista aceptará y
colaborará con las tareas y el personal de la fiscalización
El fiscalizador debidamente designado, actúa a nombre y en representación
4.6.2.- ALCANCES Y PROFUNDIDAD DE LA CONSULTORIA
El fiscalizador, se compromete a prestar al MIDUVI, los servicios profesionales que sean necesarios
de acuerdo con el objeto del contrato, para asegurar que el ejecutor de la obra cumpla a cabalidad y
en todas sus partes el contrato para LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN DEL
PROYECTO DE VIVIENDA “38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR
ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA”, DEL CANTÓN GUAMOTE, PROVINCIA
DE CHIMBORAZO. y asuma el control de todo el proceso de TERMINACION DE construcción, el
control de calidad, la verificación de las cantidades de las obras ejecutadas para su medición y
pago, sujetándose a los diseños y estudios realizados, especificaciones, normas técnicas,
disposiciones contractuales, recomendaciones dadas por el MIDUVI, que sean aplicables para este
caso, así como las dadas por el Código Ecuatoriano de la Construcción y las del ACI; guía práctica
de control de hormigones publicado por el INEN; de los Códigos Nacionales e Internacionales:
hidráulico, eléctrico, y demás normas contempladas para los procesos de construcción
4.6.3.- PRODUCTOS DE LA CONSULTORIA:
La ejecución de la Consultoría implicará el desarrollo de cuatro fases que cubrirán las siguientes
actividades:
1.- Coordinación con el contratista y con la Comunidad del proyecto, para socializar el inicial
inmediato de la construcción de 38 viviendas objeto del contrato.
2.- Seguimiento secuencial y permanente de la construcción de 38 viviendas objeto del contrato,
con secuencia fotográfica del estado de las obras.
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3.- Informes mensuales atendiendo los aspectos económicos, financieros y de avance de las obras;
y, elaboración de justificativos y memorias de liquidación de la obra realmente ejecutada y de
plazos, se incluirá los informes de los resultados de laboratorio y comentarios y recomendaciones al
respecto.
4.- Participar en el proceso para la suscripción de las actas de entrega recepción provisional
y/o definitiva de las obras ejecutadas y del objeto de la fiscalización.
Además como productos de la consultoría se deberán entregar:
Mensualmente, el Fiscalizador presentara
• Planillas de avance de obra con todos los anexos y documentación pertinentes
Al final de la consultoría el fiscalizador presentará:
• Actas de reuniones de trabajo.
• El Libro de Obra, con el registro del avance de los trabajos y sus por menores.
• Las planillas de liquidación de Obra, con todos los anexos y documentación pertinentes.
• Planos corregidos del proyecto en tamaño A1.
• El acta de Entrega Recepción Provisional.
4.6.4.- INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD Y QUE SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL
CONSULTOR
El Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda a través de la Dirección Provincial MIDUVI
Chimborazo, proporcionará la siguiente información al Fiscalizador, para que a su vez reproduzca
una copia:
• Croquis de ubicación de la obra a fiscalizar.
• Memoria técnica con los respectivos planos de diseño elaborados por la Dirección
Provincial.
• Formato del Libro de Obra.
• Formato de Planillas de liquidación
• Contrato de construcción de viviendas y cronograma valorado.
• Formato de Actas de Entrega Recepción de la obra
• Formatos de informes de avance de obras
4.6.5.- PLAZO DE EJECUCIÓN
La Dirección Provincial MIDUVI-Chimborazo considera que el tiempo estimado en el objeto de esta
consultoría debe ejecutarse en un plazo (determinado con relación a la obra a fiscalizarse) de 90
DIAS calendario y 30 DIAS adicionales que cubren la liquidación de la obra y entrega-recepción
provisional de la misma, es decir, que el plazo del contrato de Fiscalización será de 120 DIAS
calendario, contados a partir del inicio de la obra a fiscalizarse.
4.6.6.- ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGÍA DE TRABAJO
Metodología
Para dar cumplimiento a los objetivos propuestos dentro de los plazos establecidos y con los costos
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programados, el Consultor cumplirá las labores de FISCALIZACIÓN bajo el estricto cumplimiento de
los documentos precontractuales y contractuales del proyecto, para lo cual se sugiere la siguiente
metodología:
• Durante el proceso de construcción, de ser necesario y de existir justificaciones técnicas y
económicas, el fiscalizador (Consultor) deberá realizar los ajustes de diseño o plantear
alternativas de solución y presentarlos a la Dirección Provincial del Ministerio de Desarrollo
Urbano y Vivienda de Chimborazo, para su aprobación.
• Elaborar, verificar y certificar conjuntamente con el Constructor la planilla única de
liquidación, e informar a la Dirección Provincial del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda de Chimborazo, para su aprobación y trámite, adjuntando anexos de volúmenes
de obra, el informe sobre evaluación del cumplimiento de los programas, el libro de obra y
la aplicación de las estipulaciones contractuales correspondientes.
• El Consultor, se responsabilizará por la entrega de los datos de construcción de la obra, se
encargará de calificar las fuentes para el aprovisionamiento de materiales de construcción
y realizar a costo del contratista, los ensayos de laboratorio necesarios.
• Presentar en forma mensual los informes de progreso y estado de los trabajos,
especialmente los que tengan mayor relevancia, los cuales deberán tener datos sobre los
siguientes aspectos: secuencia fotográfica del estado de las obras, análisis técnico de la
metodología empleada en la actividad de la fiscalización y sus relaciones con el
Contratista, diagramas de progreso de obra, así como también el perfil del progreso de
todos los rubros del contrato de ejecución de obra, así como indicadores de cumplimiento.
• Llevar registros diarios en el Libro de Obra, los que deberán contener las anotaciones de las
actividades tanto del Constructor como del Fiscalizador.
• Verificar los volúmenes de obra, de conformidad con las especificaciones técnicas,
documentos contractuales, leyes y reglamentos de contratación; dar las órdenes
necesarias para garantizar la buena ejecución de la obra.
• Calificar al personal técnico del Contratista, aprobar la idoneidad para la buena y oportuna
ejecución de la obra, exigir el reemplazo del personal que no satisfaga los requisitos
necesarios, comprobar y exigir que los equipos del Contratista sean los requeridos para la
ejecución de la obra, y que se encuentren en buenas condiciones de su utilización y que su
número sea el conveniente para dar cumplimiento al programa de trabajo.
• Llevar estadísticas diarias referentes a personal, materiales, equipos y otros recursos
utilizados en la construcción, mantener datos estadísticos sobre los días laborados, días de
lluvia y de la forma de utilización de éstos y del equipo por parte del Contratista.
• Analizar y expresar su criterio sobre soluciones técnicas presentadas por el Constructor,
sugiriendo otras cuando sean necesarias. Preparar las órdenes de cambio para aprobación
por parte de la Dirección Provincial.
• Preparación de los informes que el MIDUVI solicite sobre asuntos específicos relacionados
con el proyecto fiscalizado, objeto del contrato, dar las facilidades y apoyo a la supervisión
del MIDUVI en la inspección de la obra.
• Revisión y actualización periódica, con la aprobación de los programas y cronogramas que
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presente el Constructor con relación a los trabajos y plazo de ejecución de la obra, con la
asignación del equipo de construcción y personal necesario y suficiente para ejecutar cada
uno de los rubros contratados.
• Coordinar con las diferentes instituciones y empresas que tengan relación con el proyecto a
fin de facilitar la ejecución de las obras.
• Verificar la aplicación de normas de seguridad industrial, salubridad e impacto ambiental.
• Integrar, elaborar y suscribir las comisiones y Actas de recepción provisional y definitiva del
contrato que estuvo bajo su fiscalización.
• Estudiar los reclamos que planteare el Constructor y presentar los correspondientes
informes y sus recomendaciones para la resolución del MIDUVI.
• Vigilar el cumplimiento de las normas técnicas del MIDUVI, INEN, MOP, ASTM, ACI, CEC, y
otros, aplicables para cada caso, informando sobre el particular a la Dirección Provincial del
MIDUVI.
• Revisión de los parámetros fundamentales utilizados por los diseños contratados y de la
metodología empleada por el constructor del proyecto de viviendas y de ser necesario
cambios, elaborar o aprobar “planos para la construcción”.
• Ubicar en el terreno todas las referencias para la correcta ejecución del proyecto,
chequeando el correcto replanteo.
• Sugerir durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o
soluciones técnicas que estimen necesarias en el diseño y construcción de la obra,
inclusive aquellas referidas a métodos constructivos, Examinar cuidadosamente los
materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo a través de
los ensayos de laboratorio que deberá ejecutarse directamente y bajo la supervisión de la
fiscalización.
• Medir las cantidades de obras ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y certificar la
exactitud de la planilla de liquidación final de las obras
La propiedad intelectual y material de la fiscalización emanados del contrato entre el MIDUVI y el
fiscalizador, tanto durante la ejecución de los trabajos o en forma posterior a su entrega, es de
propiedad del MIDUVI.
4.6.7.- PRESUPUESTO REFERENCIAL
El presupuesto Referencial para la FISCALIZACIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE
CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “ 38 SOLUCIONES HABITACIONALES
EN EL SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA ”, DEL CANTÓN
GUAMOTE PROVINCIA DEL CHIMBORAZO, es de USD$ 6,650.00 ( SEIS MIL SEISCIENTOS
CINCUENTA DOLARES 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas IVA.
4.6.8. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA:
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La autoridad o su delegado: analizará la oferta, en un término de hasta 3 días, considerando los
parámetros de Calificación.
Aclaraciones.- La Arquitecta Silvia Chávez V. Directora de LA UNIDAD TECNICA DIRECCION
PROVINCIAL DEL MIDUVI-Chimborazo, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista
para la recepción de la oferta, por propia iniciativa o a pedido del consultor participante, podrá emitir
aclaraciones o modificar los pliegos, sin que estas modificaciones alteren el objeto del contrato.
Método de evaluación: El método de evaluación de las ofertas se efectuará aplicando los
parámetros de calificación previstos en los pliegos.
Parámetros de calificación: La Autoridad o su delegado evaluará la oferta en base a los siguientes
parámetros
PARÁMETROS DE VALORACION PUNTAJE
1.- Plan de Trabajo 30
2.- Experiencia específica 25
3.- Programación de los servicios 15
4.- Experiencia General 20
5.- Experiencia del personal técnica 10
TOTAL: 100
La evaluación de la propuesta se realizará en función del cumplimiento de los parámetros
establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artículo 6 de la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Contratación Pública. Si las ofertas obtuvieren una calificación menor del
70% del puntaje total no serán habilitadas.
Envío de Carta de Aceptación.- El Consultor invitado, dentro del término concedido remitirá a la
Entidad Contratante su Oferta Técnica-económica y la respectiva Aceptación, tanto a los
documentos precontractuales, como al presupuesto determinado por la misma, adjuntando para el
efecto la información solicitada en los pliegos.
Adjudicación.- La Arq. Silvia Chávez Vallejo Director de la Unidad técnica Dirección Provincial del
MIDUVI Chimborazo adjudicará el contrato al consultor invitado, sobre la base de los documentos
precontractuales, presupuesto referencial aprobado y carta de aceptación remitida por él, dejando
constancia de dicha adjudicación en la correspondiente resolución de adjudicación.
Disposición para la firma del contrato.- Resuelta la adjudicación del contrato, la Arq. Silvia
Chávez V. Directora de la Unidad técnica Dirección Provincial del MIDUVI Chimborazo dispondrá
que a través de la Coordinación de Gestión de Asesoría Jurídica, se elabore el correspondiente
contrato para la firma de los comparecientes.
Formalización del Contrato.- La Coordinación de Gestión de Asesoría Jurídica elaborará el
contrato correspondiente en un término no mayor a NOVENTA Y SEIS (96) horas desde la fecha en
que se emita la correspondiente disposición. En los contratos previstos en este artículo, por
disposición del artículo 74 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se
prescindirá de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de que en el contrato se
aseguren, en forma satisfactoria, los intereses del MIDUVI Chimborazo. En el caso de que por la
forma de pago, se prevea el pago del anticipo, el consultor previo a recibir dicho monto entregará la
garantía de buen uso correspondiente. El consultor adjudicatario suscribirá el contrato en un
término no mayor a 48 horas desde la fecha de notificación de la adjudicación.
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Publicación de resultados.- La Dirección Administrativa del MIDUVI Chimborazo, en el término de
48 horas desde la recepción de la copia del contrato, publicará en el portal
www.compraspublicas.gov.ec los resultados del proceso de consultoría, informando el nombre del
oferente adjudicado, el objeto y el monto respectivo.
Responsabilidad del área requirente.- El área requirente será responsable de la elaboración de
los documentos precontractuales requeridos para el inicio del proceso, de la pertinencia de la
consultoría solicitada, del nombre del consultor propuesto y del presupuesto referencial elaborado;
para lo cual deberá realizar los estudios e investigaciones de mercado, que le permitan determinar
la idoneidad de la contratación ser efectuada
Etapas de ejecución y actividades
La ejecución del estudio implicará el acompañamiento permanente durante el desarrollo del proceso
de construcción del proyecto.
• Etapas de ejecución
La ejecución del estudio implicará el desarrollo de cuatro fases que cubran las actividades
correspondientes para cada una de ellas.
• Actividades previas a la construcción
a) Revisión del Proyecto y de los Documentos del Contrato de Provisión.
b) Diseño de Procedimientos.
c) Análisis del Proyecto en Conjunto con el Contratista.
d) Revisión y aprobación de los recursos y organización del contratista.
e) Revisión y Aprobación del Plan de Trabajo y Cronograma de Inicio.
f) Acta de iniciación de los trabajos.
• Actividades a desarrollarse durante la fiscalización
Las actividades que la fiscalización realizará durante la ejecución del proyecto son:
1) Supervisión del cumplimiento de estudios, diseños y especificaciones y demás documentos
técnicos contractuales.
2) Implementación de bitácora de ejecución de obra que describirá en forma detallada y
cronológica el proceso constructivo de las obras.
3) Control de la calidad de los materiales y equipos utilizados en el proceso constructivo.
4) Supervisión de la calidad de ejecución de obra en cuanto a la mano de obra se refiere.
5) Comprobación de resistencias, propiedades físico mecánicas, de los elementos
estructurales y no estructurales, mediante ensayos de laboratorio.
6) Supervisión del proceso de construcción atendiendo a detalles constructivos, normas y
técnicas vigentes.
7) Verificación de cantidades de obra ejecutadas durante el proceso constructivo.
8) Control económico presupuestario de la obra.
9) Control de plazos de ejecución de los contratos atendiendo a los cronogramas valorados de
los mismos.
10) Control de aspectos ambientales y de seguridad de personal en los sitios de las obras.
11) Revisión y aprobación oportuna de planillas de avance de avance.
12) Intervención en el proceso de recepción de las obras de acuerdo a los términos
contractuales.
13) Participación en los procesos de interacción con la comunidad.
14) Controlar la vigancia de las pólizas de seguros contractuales.
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• Operatividad
Para el cumplimiento de las actividades indicadas se procederá de la siguiente forma:
1) Recopilación de la documentación técnica económica contractual debidamente aprobada.
2) Disponibilidad de oficinas centrales con equipamiento e infraestructura técnica y profesional.
3) Adecuación de espacio físico y equipamiento profesional en los sitios de los proyectos.
4) Disponibilidad en obra del personal técnico necesario para cumplir con las actividades
programadas.
5) Planificación de la circulación de la información.
6) Implementación de formatos de control para el cumplimiento de las actividades indicadas.
7) Transferencia oportuna de información recopilada desde el sitio de las obras a las oficinas
centrales de la fiscalización y de esta a la entidad contratante.
8) Reuniones de evaluación de los trabajos entre el contratista, la fiscalización y la entidad
contratante con periodos quincenales con la suscripción de el acta correspondiente
• Requerimientos
Para el buen cumplimiento de los objetivos planteados se requiere de los siguientes aspectos.
1) fluidez en el curso de información, tramitación de documentos y aprobaciones pertinentes.
2) Anticipo económico que permita el inicio de las actividades: Infraestructura, residente de
obra, trasporte, oficina en campamento, etc.
3) Que la entidad contratante designe el funcionario técnico con quien la fiscalización coordine
sus actividades.
4) Que la entidad interponga sus acciones conducentes a facilitar la actividad de la
fiscalización: Transporte, comunicaciones, tramite de planillas, contactos con la comunidad,
etc.
5) La potestad para la toma de decisiones sobre aspectos técnicos que deriven en aumentos o
disminuciones de obra, modificaciones, ampliaciones de plazos, obras adicionales,
necesidades comunitarias, etc en función de las necesidades que se presentaren en forma
justificada.
• Actividades administrativas de la fiscalización
a) Estudio de los Contratos, Bases; y
b) Diseño de Procedimientos Operativos Correspondencia Libro de actividades diarias
realizadas
• Responsabilidades.-
Las responsabilidades más importantes en la labor fiscalizadora son los siguientes:
1. Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato de
construcción, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos,
especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y
normas técnicas aplicables.
2. Liderar la coordinación entre El MIDUVI Chimborazo, la Fiscalización y el Contratista
durante la ejecución y seguimiento de los trabajos, la programación y ejecución de las
actividades, de tal forma que estas se desarrollen sin afectar la realización de otros
proyectos que se encuentren en ejecución.
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3. Detectar oportunamente errores y/u omisiones de los diseñadores así como imprevisiones
técnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas que conjuren la situación.
4. Garantizar la buena calidad de los trabajos ejecutados.
5. Asesorar al Contratista oportunamente en soluciones técnicas a problemas surgidos
durante la ejecución del contrato.
6. Verificar en cualquier momento, la calidad de los materiales, equipos y accesorios a
emplearse por el Contratista.
7. Obtener que el equipo y personal técnico del Contratista de la obra sea idóneo y suficiente
para la obra.
8. Verificar los equipos y los tiempos trabajados por el Contratista, así como también el
avance de los trabajos en el proyecto.
9. Obtener información estadística sobre personal, materiales, equipos, condiciones
climáticas, tiempo trabajado, y otros, del proyecto.
10. Mantener oportunamente informado del avance de la obra y problemas surgidos en la
ejecución del proyecto al responsable técnico de la Supervisión del Ministerio de Desarrollo
Urbano y Vivienda.
11. Revisión de los parámetros fundamentales utilizados para la construcción de viviendas, de
ser necesarios.
12. Evaluación mensual del grado de cumplimiento de los programas de trabajo.
13. Revisión y actualización de los programas y cronogramas presentados por el Contratista.
14. Ubicar en el terreno todas las referencias para la correcta ejecución del proyecto,
chequeando el correcto replanteo
15. Sugerir durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o
soluciones técnicas que estimen necesarias en el diseño y construcción de la obra,
inclusive aquellas referidas a métodos constructivos.
16. Medir las cantidades de obras realmente ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y
certificar la exactitud de la planilla única de liquidación
17. Examinar cuidadosamente los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los
rubros de trabajo a través de los ensayos de laboratorio que deberá ejecutarse
directamente y bajo la supervisión de la fiscalización.
18. Resolver las dudas que surgieran en la interpretación de los planos especificaciones
técnicas, detalles constructivos, y sobre cualquier asunto técnico relacionado al proyecto.
19. Preparar en forma mensual los informes de fiscalización dirigidos al Administrador o
Supervisor del Contrato, al Jefe de Gestión Técnica, y Control de Supervisión y
Fiscalización designado por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, que contendrá
por lo menos la siguiente información:
 Secuencia fotográfica del estado de las obras.
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 Análisis del estado del proyecto en la ejecución, atendiendo a los aspectos
económicos, financieros y de avance de obra.
 Cálculo de cantidad de obra y determinación de volúmenes acumulados.
 Informes de los resultados de laboratorio y comentarios al respecto.
 Análisis y opinión sobre la calidad y cantidad del equipo dispuesto en obra.
 Análisis del personal técnico del Contratista de ejecución de obra
 Informe estadístico sobre las condiciones climáticas de la zona del proyecto.
 Referencia de las comunicaciones cursadas con el Contratista.
 Informe estadístico sobre los días laborados y la forma de utilización de éstos y del
equipo por parte del Contratista.
 Otros aspectos importantes del proyecto.
20. Calificar el personal técnico del Constructor y recomendar el reemplazo del personal que no
satisfaga los requerimientos necesarios.
21. Comprobar periódicamente que los equipos mínimos requeridos contractualmente se
encuentren en buenas condiciones de uso.
22. Anotar en el Libro de Obra las observaciones, instrucciones y comentarios que a criterio de
la fiscalización deban ser considerados por el Contratista para el mejor desarrollo de la
obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio
regular.
23. Verificar que el Contratista disponga de todos los diseños, especificaciones, programas,
licencias y demás documentos contractuales.
24. Coordinar con el Contratista las actividades más importantes del proceso constructivo.
25. Participar como observador y responsable en las recepciones provisional y definitiva de la
ejecución de la obra, informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la
legalidad y exactitud de los pagos realizados.
26. Revisar las técnicas y métodos constructivos propuestos por el Contratista y sugerir las
modificaciones que se estime pertinentes, de ser el caso.
27. Exigir al Contratista el cumplimiento de las leyes laborales.
28. Estudiar los reclamos que planteare el Contratista de ejecución de obra, y presentar los
correspondientes informes y recomendaciones para la resolución por parte de los
responsables del MIDUVI.
29. Ocupar el personal indicado en la oferta técnica para la realización de la fiscalización.
Además deberá coordinar con los niveles respectivos técnicos los reglamentos e instructivos
para la buena marcha de sus funciones.
Formatos de Control
Reuniones con el Comité de Seguimiento del proyecto
a) Informes
b) Seguridad Industrial
c) Protección y Adecuación de los Sitios de Trabajo
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Actividades
• Administrativas.
Para el correcto control y fiscalización de xxxx el Consultor debe elaborar una planificación de
cómo ejercer el control tanto de las actividades de campo, laboratorio y oficina, capaz de que
cada fin de mes, o cuando así lo estime conveniente el MIDUVI, se mantenga reuniones de
trabajo para evaluar el desarrollo del proceso constructivo y de fiscalización.
• Técnicas.
El fiscalizador dará las instrucciones precisas para la ubicación correcta del proyecto, así mismo
solicitará y verificará que el Contratista presente el diseño de hormigones de acuerdo a los
áridos que vaya a utilizar en la confección de los mismos, y a la resistencia especificada en el
contrato, el costo del diseño de hormigones correrá de cuenta del Contratista.
Se entenderá que forma parte del alcance de la fiscalización integral, todas las normas INEN,
ASTM, que sean aplicados para estos casos, las normas descritas en el Código Ecuatoriano
de la Construcción y las del ACI, y demás normas de aplicación para los procesos de
construcción.
• Libro de Obra.
El Fiscalizador llevará el Libro de Obra en el sitio de la construcción y en él se registrará la
memoria de la construcción que deberá contener una reseña cronológica y descriptiva de la
marcha progresiva de los trabajos y sus pormenores, sirve para controlar la ejecución de la
obra y facilitar la supervisión de la misma.
El personal designado para la fiscalización deberá mantenerse permanentemente en la obra y
tener bajo su custodia el Libro de Obra debidamente autorizado, empastado y pre numerado
en el que se deberá anotar las instrucciones que el Fiscalizador o Supervisor emita al
Contratista sobre la ejecución de los trabajos.
El Contratista anotará en cada caso que se da por enterado de las instrucciones recibidas, y
podrá usar el mismo libro de obra para hacer las observaciones y consultas que estimen
necesarias y de las que se dará por enterado la Fiscalización.
Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra serán a tinta y se considerarán conocidos
por ambas partes, y las instrucciones de Fiscalización serán obligatorias para el Constructor.
• Recopilación de Documentos.
Todos los documentos técnicos (Planos originales copias y respaldo magnético, Libro de Obra,
Actas, otros.), así como los que resulten de la etapa de terminación de la construcción, serán
entregados por el Fiscalizador al responsable del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, al
liquidar el contrato de Consultoría.
• Trámite de planillas.
El Fiscalizador verificará las cantidades de obra y la cantidad de trabajo y procederá a
presentar la planilla de liquidación de: Ejecución de Obra, con todos los anexos y
documentación pertinentes en original y seis copias.
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En caso de que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, detectare errores en la
liquidación, será obligación del Fiscalizador rehacer las planillas en un plazo no mayor a 3 días
a partir de la fecha de devolución.
En la planilla final, el Fiscalizador presentará anexa a ésta, el acta de Entrega Recepción
Provisional, el Libro de Obra, los planos corregidos, en tamaño A1
• Perfil del Consultor
Para cumplir con los objetivos propuestos, el Fiscalizador, en función del alcance y
conocimiento del proyecto a ejecutarse, propondrá un esquema organizacional de su equipo de
fiscalización. En esta sección y en referencia a dicho esquema organizacional, se detallarán las
funciones y actividades básicas que cumplirán cada uno de sus integrantes.
• Dirección de la Fiscalización
El DIRECTOR de Fiscalización será el Consultor invitado para este proceso, se desempeñará
como el principal personero técnico y administrativo de la fiscalización. Su cargo implica
autoridad directa sobre los fiscalizadores e incluso sobre los especialistas y asesores
puntuales que proponga.
Es el encargado de mantener un contacto permanente con la Dirección Provincial del MIDUVI
de Chimborazo, reportando periódicamente la información que corresponde sobre la marcha
de los trabajos.
Sus funciones serán:
 Fiscalizar y controlar la ejecución de los trabajos en base al contrato de fiscalización y en
aplicación al contrato de provisión e instalación de las viviendas.
 Planificar las actividades necesarias para realizar el seguimiento de la ejecución del
proyecto y controlará el avance de los trabajos por intermedio del personal de fiscalización.
 Diseñar las normas y políticas básicas que orienten el trabajo de los fiscalizadores.
 Dirigir y supervisar todas las actividades planificadas y que debe cumplir el equipo de
fiscalización.
 Definir responsabilidades específicas y controlar el desempeño de las actividades del
personal del proyecto.
 Ejercer la supervisión general sobre las tareas a desarrollarse por el personal técnico,
administrativo y de servicios.
 Representar a la Fiscalización en todas las reuniones que se celebren con el Contratista y
el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda y sumillar toda la correspondencia oficial y los
informes de avances de los trabajos.
 Participar como observador en las recepciones provisional y definitiva, informando sobre la
calidad de los trabajos ejecutados.
 Formación Académica; Ingeniero Civil o Arquitecto con conocimientos de contratación
pública.
Ingeniero o arquitecto Fiscalizador (Residente)
Para la realización de la fiscalización, existirá un ingeniero o arquitecto residente para efectuar las
tareas de la fiscalización in situ; orientado fundamentalmente a controlar la calidad técnica de los
trabajos así como, dedicar parte de su tiempo a realizar tareas de oficina como cronogramas,
informes, etc. y colaborará con el DIRECTOR de Fiscalización en el control del suministro, provisión
y verificación de la calidad de los materiales que requiere el proyecto y supervisará la calidad
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técnica de los trabajos en sus diferentes componentes y frentes, según lo asigne el DIRECTOR de
Fiscalización.
4.6.8.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
La Administración del presente contrato estará a cargo de la Arq. Silvia Chávez V. DIRECTORA DE
LA UNIDAD TECNICA PROVINCIAL MIDUVI Chimborazo
4.6.9.- MARCO LEGAL
Ámbito.- Se sujetarán a los procedimientos previstos en contratación directa, los procesos de
contratación de consultorías, cuyo presupuesto referencial sea inferior o igual a multiplicar el
coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico.
Proceso de contratación y administración de la consultoría.
La contratación, por su naturaleza y por el monto a contratarse, se tramitará conforme al proceso de
contratación directa, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública y su Reglamento General de Aplicación.
En el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la Consultoría, se deben considerar lo
establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública., su Reglamento
General y las Resoluciones emitidas por el INCOP.
La ejecución de la Consultoría no implica relación de dependencia laboral entre los contratantes.
CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
MIDUVI-CH-CD-036-2010
SECCIÓN V
PROYECTO DE CONTRATO
COMPARECIENTES:
Intervienen en la celebración del presente contrato de consultoría, por una parte, el Ministerio de
Desarrollo Urbano y Vivienda, representado por Directora de la Unidad técnica Direccion Provincial
del MIDUVI-Chimborazo, en su calidad de representante legal; y, por otra parte el consultor el
xxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxx; los mismos que para el efecto del presente contrato se
denominarán LA ENTIDAD CONTRATANTE y EL CONSULTOR, respectivamente. Los
comparecientes, hábiles para contratar y obligarse, conforme a los documentos habilitantes
legalmente conferidos que se adjuntan convienen en suscribir el presente contrato de consultoría al
tenor de las siguientes cláusulas:
PRIMERA: ANTECEDENTES
1. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y
en su Reglamento General de aplicación, este contrato, tanto por las características del objeto
de esta consultoría como por su precio, se somete al procedimiento de contratación directa.
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2. La Coordinadora de Recursos Financieros de la Dirección Provincial MIDUVI Chimborazo, con
Memorando # FIN-xxx-20xx, del xx de xxxxxxx del 2010, certifica la existencia de la partida
presupuestaria y disponibilidad actual y futura de los recursos económicos para el
financiamiento de este contrato. Los egresos derivados del presente Contrato se aplicarán a la
Partida Presupuestaria No. No. xx.xx.xxxx.xxxx.xxxxxxxx.xxxxx.xxxx.xxxxx.xxxxx
3. El xxxxx aprobó los Pliegos del Proceso de Contratación Directa de Consultoría, mediante
resolución # xxx-2010, de fecha xx de xxxxx del 2010.
4. El acta de negociación suscrita el (día) de (mes) de (año), entre La ENTIDAD CONTRATANTE
y EL CONSULTOR.
5. La resolución de adjudicación realizada por El Ing. Director de la Unidad técnica Direccion
Provincial del MIDUVI Chimborazo de fecha xxxxxxxxxx publicada y notificada en el Portal
www.compraspublicas.gov.ec el día……………..
6. Luego del trámite correspondiente del Proceso de Contratación Directa de Consultoría No.
XXXX-CP-XXX-XXXX, el Ing. xxx adjudicó el presente contrato AL CONSULTOR
XXXXXXXXXXX
7. Este contrato se rige por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por su
Reglamento General de aplicación, el Código Civil, las leyes concordantes sobre la materia; y,
por el acuerdo expreso de las partes estipulado en este contrato.
SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO
Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos:
a) Los que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato
b) Carta de aceptación presentada por el Consultor.
c) Certificación de fondos constante en el Memorando # xxxx-xxx-2010.
d) El Acta de Negociación de la oferta técnico-económica.
e) La Resolución de Adjudicación del Contrato No. xxxxxxxxxx.
f) Certificado de habilitación del RUP.
g) Los Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos.
h) La oferta negociada.
i) Las garantías presentadas por el Consultor y aceptadas por LA ENTIDAD CONTRATANTE.
TERCERA: INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TERMINOS
Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del
mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención del contratante. En todo caso su interpretación
sigue las siguientes normas:
3.1 Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal.
3.2 Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de
conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes.
3.3 En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la
codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
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3.4 De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las
normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será La Entidad
Contratante la que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual.
CUARTA: OBJETO DEL CONTRATO
El Consultor, se obliga para con el Ministerio de desarrollo Urbano y Vivienda a prestar el servicio
de Consultoría EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE
VIVIENDA “ 38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA
ELENA PARROQUIA PALMIRA”, DEL CANTÓN GUAMOTE , PROVINCIA DEL
CHIMBORAZO. Los trabajos se realizarán bajo la supervisión y coordinación del Administrador del
Contrato y de acuerdo a los documentos que se indican en la cláusula Segunda.
QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR
En virtud de la celebración del contrato, El Consultor se obliga para con La Entidad Contratante a
prestar servicios de Consultoría y realizar todo aquello que fuese necesario para la total y correcta
ejecución del objeto del presente Contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de
referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales.
5.1.-Personal asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios de Consultoría, la
Consultora ocupará durante la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada,
conforme al cronograma de actividades aprobado.
5.2.- Sustitución del personal: Dicho personal no podrá ser sustituido sin la previa autorización por
escrito del Administrador del Contrato.
En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales
que la Consultora asigne al proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación de
LA ENTIDAD CONTRATANTE. En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que
corresponde al personal a sustituirse.
5.3.- Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de LA ENTIDAD CONTRATANTE,
fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, la Consultora, a su costo, deberá
cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores.
5.4.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite personal adicional al indicado en
su oferta técnico-económica, solicitará a LA ENTIDAD CONTRATANTE su aprobación. Igualmente
para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, la Consultora deberá
solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato.
SEXTA: ALCANCE DE LOS TRABAJOS
En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a LA
ENTIDAD CONTRATANTE todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la
Consultoría. La Consultora se obliga por tanto a cumplir con todo lo establecido en los pliegos y en
el presente contrato.
SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
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Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras cláusulas del
contrato y sus anexos, las siguientes:
a) Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en
forma ágil y oportuna.
b) Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna.
c) De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso.
d) Las demás, propias de cada contrato
OCTAVA: PLAZO
El plazo para la ejecución del contrato de fiscalización se encuentra determinado con relación a la
obra que se va a fiscalizar, esto es, en un plazo de NOVENTA DIAS calendario y 30 DIAS
adicionales que cubren la liquidación de la obra y entrega-recepción provisional de la misma, es
decir, que el plazo del contrato de Fiscalización será de NOVENTA DIAS calendario (90), contados
a partir del inicio de la obra a fiscalizarse.
NOVENA: PRÓRROGA DE PLAZO
La Entidad Contratante podrá extender el plazo de vigencia del presente contrato solo en los casos
que se indican a continuación, a solicitud de EL CONSULTOR en un término de hasta dos (2) días
de suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por La Entidad Contratante, en los términos
establecidos en el artículo 30 del Código Civil.
b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por
orden de La Entidad Contratante y que no se deban a causas imputables a EL CONSULTOR.
Al aceptar la prórroga, La Entidad Contratante definirá su duración y la incorporación de un nuevo
cronograma que sustituirá al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes, y tendrá
el mismo valor contractual del sustituido.
DECIMA: VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO
El monto total de los servicios de la presente Consultoría es de USD$XXXX (XXX XXXX XXX
XX/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas IVA., fijos e invariables que
cubren todos los rubros requeridos para dicha fiscalización y para el proceso de seguimiento y
control de las obras contratadas. En este valor esta incluidos honorarios, alquiler de equipos, oficina,
comunicaciones, papelería, y todo valor requerido por el fiscalizador para llevar a cabo la ejecución
de sus obligaciones.
Los valores que correspondan a costos de movilización y viáticos, por eventuales movilizaciones,
para el cumplimiento del objeto contractual, serán asumidos por el Consultor.
El valor estipulado en el numeral anterior será pagado por LA ENTIDAD CONTRATANTE a EL
CONSULTOR de la siguiente forma:
En los procedimientos de contratación de fiscalización de obra pública, los oferentes deberán detallar
en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En
consecuencia, el valor del contrato de consultoría para la fiscalización de una obra estará en directa
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relación con el costeo presentado, sin que en ningún caso la oferta económica o el consecuente
monto y forma de pago del contrato de fiscalización de obra pueda estar referido o fijado como un
porcentaje del valor de la obra a ser fiscalizada.
Por consiguiente, en los contratos de fiscalización de obra, el pago se realizará en proporción directa
con el avance de la obra que se fiscaliza. En consecuencia, no será posible establecer en el contrato
de fiscalización de obra, formas de pago distintas o por periodos fijos de tiempo.
El monto del contrato de fiscalización de obra se dividirá para el monto del contrato de obra,
obteniéndose una relación en virtud de la cual se determinará el porcentaje, que para efecto de las
planillas será aplicado sobre el monto de inversión correspondiente al avance de obra presentado en
los respectivos informes mensuales.
Tanto la Planilla como el informe mensual deberán ser entregados al Supervisor del Contrato los días
22 de cada mes, quien los revisará y aprobará en un plazo máximo de dos días posteriores a su
recepción, remitiéndolos posteriormente al Administrador del Contrato para su trámite
correspondiente.
DÉCIMA PRIMERA: REAJUSTE DE PRECIOS
Por la naturaleza del contrato no existirá reajuste de precios.
DÉCIMA SEGUNDA: MULTAS
Por cada día de retardo en la entrega del informe mensual y de la planilla de liquidación final del
contrato de ejecuciónd e obras el CONSULTOR, se obliga a pagar la cantidad del 1 por mil del valor
del contrato.
Por cada día de retraso en el cumplimiento de disposiciones del Director de la UNIDAD TECNICA
DIRECCION PROVINCIAL DEL MIDUVI-xxxx, o del Administrador del Contrato, el CONSULTOR se
obliga a pagar la cantidad del 1 por mil del valor del contrato.
DÉCIMA TERCERA: ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La Arq. Silvia Chávez., Jefe de la Unidad técnica Dirección Provincial del MIDUVI , designa como
“Administrador del Contrato” al xxxx,DE LA UNIDAD TECNICA MIDUVI – persona con quien LA
CONSULTORA, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales
aquí convenidas.
El Administrador de este Contrato, queda autorizado para realizar las gestiones inherentes a su
ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga
que puede hacer el Contratista, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el
presente instrumento.
El Administrador será el encargado de velar por el cumplimiento de las normas legales y
compromisos contractuales por parte de la Consultora, y la administración de las garantías, durante
todo el periodo de vigencia del contrato.
Respecto de su gestión reportará a El Ing. xxxxx , Director Provincial del MIDUVI xxxx, debiendo
comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que
pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato.
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Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita LA CONSULTORA y
suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren.
DÉCIMA CUARTA: GARANTÍAS
BUEN USO DEL ANTICIPO: NO APLICA.- En virtud de lo dispuesto en la Resolución del INCOP
No. 042-2010, de fecha 16 de abril del 2010, en la cual dispone establecer que la forma de pago en
los contratos de fiscalización, sea en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza, y
ya no se otorgue anticipo alguno.
FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:.- Por el 5% del monto del contrato, en conformidad al
Artículo 74, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
DECIMO QUINTA: CONTRATOS COMPLEMENTARIOS
Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o
complementar el alcance de este contrato, LA ENTIDAD CONTRATANTE podrá celebrar los
contratos complementarios que se requieran siempre que la suma total de los valores de los
contratos complementarios no exceda del 70 % del valor actualizado o reajustado del contrato
principal a la fecha en que LA ENTIDAD CONTRATANTE resuelva la realización del contrato
complementario. Esta actualización se hará aplicando la fórmula de reajuste de precios que consten
en los respectivos contratos principales.
El contratista deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la ley.
DECIMA SEXTA: ACTA DE ENTREGA- RECEPCION
La entidad contratante podrá, dentro del término de 10 días contados a partir de la solicitud de
recepción del contratista, negarse a recibir el “Producto de la Consultoría” por razones justificadas,
relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el contratista. La
negativa se notificará por escrito al contratista y se dejará constancia de que la misma fue
practicada.
Vencido el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante objetare la solicitud
de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento del contrato, operará, sin más trámite, la
recepción de pleno derecho, para lo cual el consultor notificará por intermedio de un Juez de lo Civil
o un notario público.
Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a
la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y
control del plazo contractual. La Entidad Contratante dispondrá del término de 5 días para la
emisión de observaciones, objeciones o petición de aclaraciones, y el consultor de 5 días,
adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de
recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no
existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final
definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artículo 123 inciso tercero del Reglamento
General.
DECIMO SEPTIMA: LABORAL
El CONSULTOR asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones
patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y
Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del
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Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, LA
ENTIDAD CONTRATANTE está exenta de toda obligación respecto del personal de LA
CONSULTORA. Sin perjuicio de lo cual, LA ENTIDAD CONTRATANTE ejercerá el derecho de
repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por
autoridad competente.
DECIMO OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato termina por las siguientes causales:
1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales;
2. Por mutuo acuerdo de las partes;
3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del
mismo a pedido del contratista;
4. Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista; y,
5. Por muerte del contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que no se origine
en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica.
18.1 Terminación por mutuo acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o
económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los
intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente el contrato, las partes podrán, por mutuo
acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado
en que se encuentren.
La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor
de la Entidad Contratante o de la Contratista.
Dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo contratista.
18.2 Terminación unilateral del contrato.- La Entidad Contratante podrá declarar terminado
anticipada y unilateralmente el presente contrato a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos:
1. Por incumplimiento del contratista;
2. Por quiebra o insolvencia del contratista;
3. Si el valor de las multas supera el monto correspondiente al 5 % del valor del contrato;;
4. Por suspensión de los trabajos, por más de sesenta (60) días, sin que medie fuerza mayor o caso
fortuito; o por no presentar su informe mensual establecido para el efecto, y este incumplimiento se
repita por dos o más veces;
5. Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de esta Ley;
6. En los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza; y,
7. La Entidad Contratante también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato
cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerzas mayores
debidamente comprobadas, el contratista no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el
contrato. En este caso, no se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato ni se inscribirá
al contratista como incumplido.
En este último caso, el contratista tiene la obligación de devolver el monto del anticipo no
amortizado en el término de treinta (30) días de haberse notificado la terminación unilateral del
contrato en la que constará la liquidación del anticipo, y en caso de no hacerlo en el término
señalado, la entidad procederá a la ejecución de la garantía de Buen Uso del Anticipo por el monto
no devengado. El no pago de la liquidación en el término señalado, dará lugar al pago de intereses
desde la fecha de notificación; intereses que se imputará a la garantía de fiel cumplimiento del
contrato sin perjuicio de acudir al procedimiento coactivo para su cobro.
El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo
95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
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18.3 Terminación por causas imputables a la entidad contratante.- El contratista podrá
demandar la resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la Entidad Contratante:
1. Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta (60) días;
2. Por la suspensión de los trabajos por más de sesenta (60) días, dispuestos por la entidad sin que
medie fuerza mayor o caso fortuito;
3. Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza
mayor, debidamente comprobadas, la Entidad Contratante no hubiere accedido a terminar de mutuo
acuerdo el contrato.
En ningún caso se considerará que las Entidades Contratantes se hallan en mora del pago, si el
anticipo entregado no ha sido devengado en su totalidad.
DECIMO NOVENA: CONFIDENCIALIDAD
LA ENTIDAD CONTRATANTE y EL CONSULTOR convienen en que toda la información que llegue
a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada
confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de
terceros o en contra de la dueña de tal información. El incumplimiento de esta obligación será
causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las
acciones correspondientes por daños y perjuicios.
EL CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de
reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios,
exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de LA ENTIDAD
CONTRATANTE.
VIGESIMA: RESPONSABILIDAD
El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los
servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley,
obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la
materia aplicable en el Ecuador.
VIGESIMA PRIMERA: PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO
Conforme al artículo 78 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, EL
CONSULTOR no podrá ceder en forma alguna ni la totalidad ni parte de este contrato.
VIGESIMA SEGUNDA: DE LA SUBCONTRATACIÓN
EL CONSULTOR únicamente podrá subcontratar, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la
78 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los
términos del artículo 35 del Reglamento General.
VIGESIMA TERCERA: DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS
Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato,
cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos
alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara
de la Construcción de xxx.
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Para que proceda el arbitraje en derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del
Procurador General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución de la República del
Ecuador.
Convenio Arbitral: Las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su
ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente:
Mediación; Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e
interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de La
Contraloría General del Estado, en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este
procedimiento, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas:
Arbitraje:
a) El arbitraje será en Derecho;
b) Las partes se someten al Centro de Arbitraje de La Cámara de la Construcción de xxxxxxx .
c) Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento
del Centro de Arbitraje de La Cámara de la Construcción de xxxl;
d) El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según
acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres
árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley
y el Reglamento del Centro de La Cámara de la Construcción de xxxx ;
e) Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la
controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro;
f) Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de
última instancia dictadas por la justicia ordinaria;
g) La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y
liquidación;
h) La sede del arbitraje es la ciudad de xxxx; y,
i) El idioma del arbitraje será el castellano.
Si respecto de la divergencia o divergencias existentes no existiere acuerdo, las partes deciden
someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en
este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso
Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público; y, respecto de
las entidades de derecho privado estas recurrirán ante la justicia ordinaria.
La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el Contratista renuncia
a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el Contratista
incumpliere este compromiso, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y
hacer efectiva las garantías.
VIGÉSIMA CUARTA: DERECHOS Y GASTOS NOTARIALES
La Entidad Contratante retendrá de cada pago que haga al Consultor el porcentaje correspondiente
al impuesto a la renta.
VIGÉSIMA QUINTA: LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Los servicios que son objeto del presente Contrato, se los ejecutará en el lugar de ejecución de la
OBRA DE CONSTRUCCIÓN DE xxx SOLUCIONES DE VIVIENDAS DEL PROYECTO
“XXXXXXX” UBICADO EN EL CANTÓN XXXXXXXXX PROVINCIA DEL XXXXX;
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LA CONSULTORA deberá mantener una oficina en la el lugar donde se ejecute la obra a
fiscalizarse, y que permita la coordinación con La Entidad Contratante.
VIGÉSIMA SEXTA: ESTIPULACIONES GENERALES
El presente contrato es intransferible y no podrá cederse a terceras personas ni total ni
parcialmente, en conformidad con lo que disponen los artículos 78 de la Ley Orgánica del Sistema
Nacional de Contratación Pública. La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo
previsto en el inciso segundo del artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General de
dicha Ley.
Será de responsabilidad de LA CONSULTORA todo pago que deba hacer a terceros
subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o
trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos de Referencia.
La propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución de LOS
SERVICIOS DE CONSULTORÍA objeto de este Contrato serán de LA ENTIDAD CONTRATANTE.
LA CONSULTORA podrá referirse a ellos o citarlos como antecedentes de su actividad técnica y
profesional, o para publicaciones científicas.
Los resultados de la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA no podrán ser utilizados por
La Entidad Contratante o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del
proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el Acta de Entrega
recepción única de los servicios y no se haya pagado a LA CONSULTORA la totalidad del valor
estipulado en el presente contrato; sin embargo, LA ENTIDAD CONTRATANTE sí podrá utilizar la
información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor.
Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la
ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de LA ENTIDAD CONTRATANTE, en
los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual.
VIGÉSIMA SEPTIMA DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y PROCEDIMIENTO.-
Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio la Ciudad de
XXXX.
Las controversias deben tramitarse de conformidad con la Cláusula Vigésima Tercera de este
contrato.
Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes:
Entidad Contratante: Av. XX de xxx XXXXXXX XXXXX . Teléfono: XXXX Mail: XXXX
Administrador del Contrato: Arq. XXXXX XXXX
La Consultora: ………………………… Teléfono; Mail; Ciudad- Ecuador
Para constancia y en fe de aceptación, firman las partes en 5 ejemplares el presente Contrato. En
xxxxl, a los………..
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CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
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SECCIÓN VI
MODELOS DE FORMULARIOS
Formulario No. 1
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
CARTA DE ACEPTACIÓN Y COMPROMISO
Señorita
Arq. Silvia Chávez
JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DIRECCION PROVINCIAL DEL MIDUVI CHIMBORAZO
Yo, Arq. Marco Antonio Chávez Montes, como (por mis propios derechos, en mi calidad de
consultor, representante legal o procurador común), declaro bajo juramento que:
1) Me comprometo a suministrar el personal, equipo y materiales requeridos para realizar: (objeto
de la contratación).
2) La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que
incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos
inhabilitados para contratar con el Estado.
3) Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u
otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Contratación Directa
Consultoría y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente,
asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la
competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará –
directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o
resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de
la normativa aplicable.
4) Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su
actividad económica, profesión, ciencia u oficio.
5) Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la
ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales,
de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
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6) Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los
numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente,
o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso.
7) Ha procedido a estudiar los pliegos, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra
satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por
consiguiente, renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos.
8) Conoce que la (entidad contratante) podrá adjudicar, declarar desierto o cancelar el proceso, si
así conviniere a los intereses nacionales e institucionales.
9) En caso de ser adjudicado, se compromete a suscribir el contrato de consultoría en un plazo de
15 días después de la adjudicación, previo el cumplimiento de los correspondientes requisitos.
10) Declara bajo juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago,
préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador
de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, estar dispuesto a
que la Entidad Contratante, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata
el contrato, que se suscribe como resultado de esta invitación a ofertar y me allano a responder
por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen.
11) Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades para contratar
previstas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 y 111 de su Reglamento General.
Los alcances recibidos constan en el portal www.compraspublicas.gov.ec
Riobamba,03 de Diciembre del 2010
__________________________
Arq. Marco Antonio Chávez Montes
(Consultor o Representante Legal)
CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
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Formulario No. 2
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
1.- Nombre del consultor o firma consultora
Arq. Marco Antonio Chávez Montes
2.- Dirección de la Sede
País Ecuador Ciudad Riobamba
Calle Larrea y Guayaquil No. 20-58
Teléfonos 032965-341 085725381 Fax 032065341
Correo electrónico Chavezmontes_arq@yahoo.com
3.- Dirección en el Ecuador
Ciudad Riobamba Cantón Riobamba
Calle Larrea y Guayaquil No. 20-58
Teléfonos 032965-341 085725381 Fax 032065341
Correo electrónico Chavezmontes_arq@yahoo.com
4.- Socios
Nombre RUC No. de acciones
Riobamba,03 de Diciembre del 2010
__________________________
Arq. Marco Antonio Chávez Montes
(Consultor o Representante Legal)
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CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
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FORMULARIO No. 3
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
EXPERIENCIA DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIÓN DE
SERVICIOS DE CONSULTORÍA SIMILARES
(EXPERIENCIA ESPECÍFICA)
1.- Nombre del Proyecto:
2.- Nivel
3.- Localización: País: Región (provincia) Ciudad:
4.- Fecha de iniciación (mes y año):
5.- Fecha de finalización (mes y año):
6.- Monto del contrato de consultoría (en USD):
7.- Nombre y porcentaje de participación de las demás firmas que intervinieron en la ejecución
de los servicios de consultoría (de ser el caso):
8.- Descripción de los servicios de consultoría prestados por el Consultor:
9.- Cliente:
10.- Dirección, teléfono y correo electrónico del cliente:
Riobamba, 03 de Diciembre del 2010
__________________________
Arq. Marco Antonio Chávez Montes
(Consultor o Representante Legal)
NOTA:
Utilizar un formulario por cada experiencia
GOBIERNO NACIONAL DE
LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
Primera Constituyente s/n y Brasil
Edificio BEV
Telf.: 032 960947-963893-963031
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Riobamba-Ecuador
CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
MIDUVI -CH-CD-036-2010
Formulario No. 4-A
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
ANEXOS
(Para trabajos ejecutados)
C E R T I F I C A C I Ó N
Certifico que el Arq. Marco Antonio Chávez montes, en virtud del contrato celebrado el 06 de
Septiembre de 2007 ha realizado satisfactoriamente para la Escuela Superior Politecnica de
Chimborazo el Mantenimi9ento en el Edificio de Ajuste Basico de la Facultad de Mecánica y en le
Comedor Politecnico, cuyas actividades principales fueron:
a) Contratista total de la Obra
b) Residente de Obra
c) ______________________
La ejecución del contrato se inició el 06 de Septiembre del 2007 y concluyó el 10 de Octubre del
2010).
Los profesionales que participaron en la ejecución y cargo que desempeñaron en el proyecto fueron:
1.- Arq. Marco Antonio Chávez Montes, Director de Obra
2.-Arq. Iván Eduardo Freire Miranda
3.-
El valor del contrato alcanzó la suma de 23852,22 US. Veinte y tres mil ochocientos cincuenta y dos
22/100 dólares equivalente a 23852,22 US. Veinte y tres mil ochocientos cincuenta y dos 22/100
(valor indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha del último
pago.
Lugar y Fecha
__________________________
Arq. Marco Antonio Chávez Montes
(Consultor o Representante Legal)
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CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
MIDUVI -CH-CD-036-2010
Formulario No. 4-B
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
ANEXOS
(Para trabajos en ejecución)
C E R T I F I C A C I Ó N
Certifico que la el Arq. Marco Antonio Chávez Montes, en virtud del contrato celebrado el 31 (día)
de Mayo del 2010 se encuentra realizando satisfactoriamente para la Dra. Carmita Altamirano
Alvarez la Construcción de una Vivienda en la ciudad de Guano, cuyas actividades principales son:
a) Contratista total de la Obra
b) ______________________
c) ______________________
La ejecución del contrato se inició el 14 de Junio del 2010 su conclusión se prevé para el 22 de
Enero del 2011
Los profesionales que participan en la ejecución del proyecto son:
No. de orden: 1) Titulo y nombre
del profesional
2) Posición en la
firma
3) Actividad en
el proyecto
4) Tiempo h/mes
1.- Arq. Marco
Antonio Chávez
Montes
Director de obra Planificador y
director de obra
60 h/mes
2.- Ing. Italo Patricio
Chávez Montes
Técnico en
control de obra
Residencia de
obra
160 h/mes
El valor estimado del contrato es de 26.586,84 US. Veinte y seis mil quinientos ochenta y seis ,
84/100 dólares equivalente a 26.586,84 US. Veinte y seis mil quinientos ochenta y seis , 84/100
dólares de los Estados Unidos de América, a esta fecha.
Riobamba,03 de Diciembre del 2010
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CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
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Formulario No. 5
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL PROYECTO
Nombre
Completo
Título
Profesional
Nacionalidad Cargo Tiempo
Participa
ción
(meses)
Porcentaje
Participación
sobre total
Marco Antonio
Chavez Montes
Arquitecto Ecuatoriana Director de
Fiszalizacion
4 65%
Ivan Eduardo
Freire Miranda
Arquitecto Ecuatoriana Residente de
Fiscalizacion
3 35%
100%
Riobamba, 03 de Diciembre del 2010
__________________________
Arq. Marco Antonio Chávez Montes
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CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
MIDUVI -CH-CD-036-2010
Formulario Nº 6
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
1. Nombres completos:
Arq. Marco Antonio Chávez Montes
2. Lugar y fecha de nacimiento:
Columbre, 11 de Mayo 1972
3. Nacionalidad:
Ecuatoriana
4. Título profesional y post-grados:
Institución País Fecha de Graduación
Universidad Central (Quito) Ecuador 18 de Diciembre 1999
Universidad Nacional de Loja Loja 15 de Octubre 2008
5. Cursos de especialización en aspectos similares o relacionados con la actividad que
desarrollará en relación al proyecto
Nombre evento País Desde
Día/mes/año
Hasta
Día/mes/año
6. Participación en la compañía consultora:
Años de Actividad Posición Actual Actividad Asignada en
El Proyecto
7. Experiencia profesional:
Empresa/Institución Desde
Día/mes/año
Hasta
Día/mes/año
Riobamba 03 de Enero del 2000 03 de Diciembre 2010
032965341
Director
Actividades Relevantes Planificación, Diseño y
construcción
Arquitectura y Urbanismo
(Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado)
8. Otras actividades profesionales en Entidades Públicas o Privadas
Nombre de la Entidad Cargo y Funciones Fechas ingreso/salida
Municipio de l Cantón Colta Jefe de Planificación 02/02/2001-06/07/2001
Municipio de l Cantón Guamote Jefe de Planificación 15/03/2006-31/12/2006
Municipio de l Cantón Alausí Jefe de Planificación 03/02/2008-31/05/2008
Riobamba,03 de Diciembre del 2010
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CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
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Formulario Nº 6
NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes
HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO
1. Nombres completos:
Arq. Ivan Edurdo Freire Miranda
2. Lugar y fecha de nacimiento:
Riobamba, 23 de Enero 1966
3. Nacionalidad:
Ecuatoriana
4. Título profesional y post-grados:
Institución País Fecha de Graduación
Universidad Central (Quito) Ecuador 19 de Diciembre 1991
Universidad Nacional de Loja Loja 15 de Octubre 2008
5. Cursos de especialización en aspectos similares o relacionados con la actividad que
desarrollará en relación al proyecto
Nombre evento País Desde
Día/mes/año
Hasta
Día/mes/año
6. Participación en la compañía consultora:
Años de Actividad Posición Actual Actividad Asignada en
El Proyecto
7. Experiencia profesional:
Empresa/Institución Desde
Día/mes/año
Hasta
Día/mes/año
Riobamba 03 de Enero del 1992 03 de Diciembre 2010
032942-179
Director
Ministerio de desarrollo urbano y vivienda
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  • 1. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA DIRECCIÒN PROVINCIAL DE CHIMBORAZO PLIEGO PARA LA CONTRATACIÓN DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL PARA EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR- ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA,” UBICADO EN EL CANTÓN GUAMOTE DE LA PROVINCIA DE CHIMBORAZO. PROCESO DE CONSULTORÍA No. MIDUVI-CH-CD-036-2010 MIDUVI- CHIMBORAZO RIOBAMBA, NOVIEMBRE DEL 2010
  • 2. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI-CH-CD-036-2010 ÍNDICE SECCIÓN I.- INVITACIÓN SECCION II.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA SECCION III.- CONDICIONES GENERALES 3.1 Inhabilidades 3.2 Modelos obligatorios de pliegos 3.3. Obligaciones del oferente 3.4 Preguntas, Respuestas y Aclaraciones 3.5 Entrega de la oferta 3.6 Idioma y autenticidad de los documentos de la oferta 3.7 Apertura de la oferta 3.8 Convalidación de errores de forma 3.9 Causas de rechazo 3.10 Garantías 3.11 Cancelación de procedimiento 3.12 Declaratoria de procedimiento desierto 3.13 Adjudicatario fallido 3.14 Administración del contrato 3.15 Moneda de cotización y pago SECCIÓN IV.- CONDICIONES ESPECÍFICAS 4.1 Cronograma del procedimiento de contratación directa 4.2 Vigencia de la oferta 4.3 Forma de pago 4.4 Requisitos formales 4.5 Contenido de la oferta 4.6 Términos de referencia SECCION V.- PROYECTO DE CONTRATO SECCION VI.- MODELOS DE FORMULARIOS Formulario No. 1 CARTA DE ACEPTACIÓN Y COMPROMISO Formulario No. 2 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE Formulario No. 3 EXPERIENCIA DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA SIMILARES Formulario No. 4-A Trabajos ejecutados Formulario No. 4-B Trabajos en ejecución Formulario No. 5 LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL PROYECTO Formulario No. 6 HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO Formulario No. 7 PLAN DE TRABAJO: ENFOQUE, ALCANCE Y METODOLOGÍA Formulario No. 8 OFERTA ECONÓMICA
  • 3. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Formulario No. 9 REFERENCIA RESOLUCIÓN INCOP 37-09 ((que sustituye a la Resolución INCOP No. 029-09), para el caso de personas jurídicas CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
  • 4. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador MIDUVI-CH-CD-036-2010 SECCIÓN I INVITACIÓN De acuerdo con los Pliegos de Contratación Directa de Consultoría aprobados por la Arq. Silvia Chávez Vallejo, Jefa de la Dirección Provincial del Área MIDUVI-Chimborazo (e), mediante Resolución No. 0186 de fecha 22 de Noviembre del 2010, y de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 37 numeral 1 y 40 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, así como al procedimiento establecido en el Art. 36 del Reglamento de la citada Ley, se invita al Arq. Marco Chávez Montes para que presente su ofertas técnica y económica para la realización de la FISCALIZACIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA ”, UBICADO EN EL CANTÓN GUAMOTE DE LA PROVINCIA DEL CHIMBORAZO. El consultor invitado podrá realizar preguntas a través del Portal www.compraspublicas.gov,ec, en un termino no menor a una hora y no mayor a 72 horas a la recepción de la invitación. La entidad contratante responderá las preguntas formuladas o formulará aclaraciones, a través del mismo medio, en el término de 24 horas, contado desde la fecha límite de recepción de preguntas. El invitado entregará su oferta técnica en el término de 4 días, en la siguiente dirección: Primera Constituyente y Brasil, debidamente dirigida al Arq. Silvia Chávez Vallejo, Directora de la Unidad Técnica Provincial del MIDUVI-Chimborazo y se presentarán hasta las 15H00 del 03 de Diciembre del 2010. Asimismo, deberá entregar los formularios 1 y 2 a través del Portal www.compraspublicas.gov.ec, en la misma fecha. El Presupuesto Referencial para el pago de la presente Consultoría es de USD$ 6,650.00( SEIS MIL SIESCIENTOS CINCUENTA DOLARES 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas IVA. El objeto de esta consultoría debe ejecutarse en un plazo (determinado con relación a la obra a fiscalizarse) de 90 DIAS calendario y 30 DIAS adicionales que cubren la liquidación de la obra y entrega-recepción provisional de la misma, es decir, que el plazo del contrato de Fiscalización será de 120 DIAS calendario, contados a partir del inicio de la obra a fiscalizarse. Las condiciones generales de esta invitación son las siguientes: 1.- Los pagos de los servicios de consultoría se realizarán con fondos propios, provenientes del presupuesto del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, con cargo a la partida presupuestaria 550 00060002000004002730604202, conforme consta en la Certificación Presupuestaria Nº 42 contenida en el Memorándum suscrito por la Ing. Roció Jácome, gestión de Recursos Financieros. 2.- Los Pliegos están disponibles, sin ningún costo, en el portal www.compraspublicas.gov.ec, de conformidad con lo previsto en el inciso 4 del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. El consultor adjudicado cancelará el valor de USD$ 50.00 por concepto del costo de levantamientos de textos, reproducción y edición de los pliegos.
  • 5. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador El proceso se cerrará a lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. 3.- La evaluación de la propuesta se realizará en función del cumplimiento de los parámetros establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. De no aceptar la invitación, esta Dirección Provincial declarará terminado el procedimiento e iniciará un nuevo proceso de contratación directa. Riobamba, 29 Noviembre del 2010 Arq. Silvia Chavez Vallejo JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DE AREA MIDUVI – CHIMBORAZO MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI-CH-CD-036-2010
  • 6. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador SECCIÓN II 2.1.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN DIRECTA Este proceso tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato de prestación de servicios de consultoría para la Fiscalización de la ejecución de la OBRA DE CONSTRUCCIÓN DE 38 SOLUCIONES DE VIVIENDAS DEL PROYECTO “38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA” UBICADO EN EL CANTÓN GUAMOTE PROVINCIA DEL CHIMBORAZO; CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI-CH-CD-036-2010 SECCION III CONDICIONES GENERALES 3.1.- Inhabilidades: No podrán participar en el presente procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, quienes incurran en las inhabilidades generales y especiales, de acuerdo a los artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y 110 y 111 del Reglamento General de dicha Ley. De manera obligatoria, los oferentes deberán llenar el formulario establecido en la Resolución INCOP No.037-09 de fecha 27 de noviembre de 2009. 3.2.- Modelos obligatorios de pliegos: El oferente, de forma obligatoria, presentará su oferta utilizando el modelo de pliego establecido por el Instituto Nacional de Contratación Pública (INCOP). 3.3.- Obligaciones del Oferente: Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta. 3.4.- Preguntas, Respuestas y Aclaraciones: De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Resolución INCOP No. 021-09 de 12 de mayo de 2009, los proveedores podrán realizar preguntas sobre los pliegos a través del portal www.compraspublicas.gov.ec y la entidad contratante dentro de la fecha límite constante en la invitación, emitirá respuestas que se publicarán en el portal. La entidad contratante podrá en la etapa de preguntas y respuestas, emitir aclaraciones o modificaciones de los Pliegos, siempre y cuando éstas no cambien el presupuesto referencial, ni el objeto del proceso contemplado en los pliegos. Todas las aclaraciones se considerarán como alcance a los pliegos y recibidas por todos los participantes, una vez que han sido publicadas en el Portal. 3.5.- Entrega de la oferta: En la fecha prevista en el cronograma del proceso, el invitado publicará en el portal www.compraspublicas.gov.ec la carta de aceptación y compromiso, y la identificación del oferente, en archivos separados y utilizando los formatos que constan en la sección VI de estos pliegos (formularios Nos. 1 y 2). En la misma fecha entregará físicamente la oferta técnica, con los formularios solicitados según los pliegos respectivos.
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  • 10. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Los documentos que contiene la oferta deberán estar foliados y rubricados por el consultor, representante legal o procurador común; se insertará, además, su correspondiente índice. El sobre se cerrará con suficientes seguridades que impidan conocer su contenido antes de su apertura oficial y se rotularán con la siguiente leyenda: CONTRATACIÓN DIRECTA DE CONSULTORÍA MIDUVI-CH-CD-36-2010 OFERTA (TECNICA - ECONOMICA) (Original y copia) Señorita Arq. Silvia Chávez Vallejo JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DIRECCION PROVINCIAL DEL MIDUVI-CHIMBORAZO Ciudad.- Participante: Arq. Marco Antonio Chávez Montes 4.5.- CONTENIDO DE LA OFERTA 1.- Carta de Aceptación y Compromiso, Formulario Nº 1; 2.- Identificación del Oferente, Formulario Nº 2; 3.- Referencias sobre la capacidad técnica y administrativa disponible, demostrada a través de los siguientes documentos: 4.- Experiencia específica, Formulario No. 3 El proponente acompañará certificaciones relativas a los servicios similares ejecutados y en ejecución Formularios Nos. 4-A y 4-B 5.- Antecedentes y experiencia del personal que será asignado al Proyecto, demostrada a través de los siguientes documentos: • Lista del personal asignado al proyecto (de ser el caso), Formulario No. 5 • Hoja de Vida de los profesionales asignados: Formulario No. 6 6.- Plan de trabajo, metodología propuesta y conocimiento probado de las condiciones generales, locales y particulares del proyecto materia de consultoría: Formulario No. 7 7.- La propuesta económica en forma detallada: Formulario No. 8 El oferente deberá incluir en su oferta todos los costos directos e indirectos para la prestación de los servicios objeto del contrato, tales como: honorarios para directivos, profesionales, técnicos y personal auxiliar; pasajes y viáticos, impuestos, tasas y contribuciones que de acuerdo a las leyes ecuatorianas debe pagar; costos de instrumentos, materiales e insumos; gastos administrativos, arrendamiento de locales, etc. La entidad no aceptará reclamos posteriores por costos no contemplados en la oferta.
  • 11. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador 8.- Cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución INCOP No. 037-09, para el caso de personas jurídicas: Formulario No. 9. 4.6.- TÉRMINOS DE REFERENCIA 4.6.1.- Objeto de la Consultoría Este proceso de Consultoría tiene por objeto la calificación, selección, negociación y adjudicación del contrato de prestación de servicios de consultoría para EL PROCESO DE FISCALIZACIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “38 SOLUCIONES HABITACIONALES SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA”, DEL CANTÓN GUAMOTE PROVINCIA DE CHIMBORAZO. El objetivo principal de la Fiscalización es la vigilancia del fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato de ejecución de obra, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, programas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables. El fiscalizador debidamente designado, actúa a nombre y en representación del MIDUVI en la ejecución del contrato y cuenta con las atribuciones que se indican más adelante, aparte de las indicadas en los demás documentos del contrato, siendo por lo tanto responsable por cualquier omisión, descuido o negligencia en el cumplimiento de sus funciones. El Contratista aceptará y colaborará con las tareas y el personal de la fiscalización El fiscalizador debidamente designado, actúa a nombre y en representación 4.6.2.- ALCANCES Y PROFUNDIDAD DE LA CONSULTORIA El fiscalizador, se compromete a prestar al MIDUVI, los servicios profesionales que sean necesarios de acuerdo con el objeto del contrato, para asegurar que el ejecutor de la obra cumpla a cabalidad y en todas sus partes el contrato para LA EJECUCIÓN DE LA OBRA CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA”, DEL CANTÓN GUAMOTE, PROVINCIA DE CHIMBORAZO. y asuma el control de todo el proceso de TERMINACION DE construcción, el control de calidad, la verificación de las cantidades de las obras ejecutadas para su medición y pago, sujetándose a los diseños y estudios realizados, especificaciones, normas técnicas, disposiciones contractuales, recomendaciones dadas por el MIDUVI, que sean aplicables para este caso, así como las dadas por el Código Ecuatoriano de la Construcción y las del ACI; guía práctica de control de hormigones publicado por el INEN; de los Códigos Nacionales e Internacionales: hidráulico, eléctrico, y demás normas contempladas para los procesos de construcción 4.6.3.- PRODUCTOS DE LA CONSULTORIA: La ejecución de la Consultoría implicará el desarrollo de cuatro fases que cubrirán las siguientes actividades: 1.- Coordinación con el contratista y con la Comunidad del proyecto, para socializar el inicial inmediato de la construcción de 38 viviendas objeto del contrato. 2.- Seguimiento secuencial y permanente de la construcción de 38 viviendas objeto del contrato, con secuencia fotográfica del estado de las obras.
  • 12. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador 3.- Informes mensuales atendiendo los aspectos económicos, financieros y de avance de las obras; y, elaboración de justificativos y memorias de liquidación de la obra realmente ejecutada y de plazos, se incluirá los informes de los resultados de laboratorio y comentarios y recomendaciones al respecto. 4.- Participar en el proceso para la suscripción de las actas de entrega recepción provisional y/o definitiva de las obras ejecutadas y del objeto de la fiscalización. Además como productos de la consultoría se deberán entregar: Mensualmente, el Fiscalizador presentara • Planillas de avance de obra con todos los anexos y documentación pertinentes Al final de la consultoría el fiscalizador presentará: • Actas de reuniones de trabajo. • El Libro de Obra, con el registro del avance de los trabajos y sus por menores. • Las planillas de liquidación de Obra, con todos los anexos y documentación pertinentes. • Planos corregidos del proyecto en tamaño A1. • El acta de Entrega Recepción Provisional. 4.6.4.- INFORMACIÓN QUE DISPONE LA ENTIDAD Y QUE SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR El Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda a través de la Dirección Provincial MIDUVI Chimborazo, proporcionará la siguiente información al Fiscalizador, para que a su vez reproduzca una copia: • Croquis de ubicación de la obra a fiscalizar. • Memoria técnica con los respectivos planos de diseño elaborados por la Dirección Provincial. • Formato del Libro de Obra. • Formato de Planillas de liquidación • Contrato de construcción de viviendas y cronograma valorado. • Formato de Actas de Entrega Recepción de la obra • Formatos de informes de avance de obras 4.6.5.- PLAZO DE EJECUCIÓN La Dirección Provincial MIDUVI-Chimborazo considera que el tiempo estimado en el objeto de esta consultoría debe ejecutarse en un plazo (determinado con relación a la obra a fiscalizarse) de 90 DIAS calendario y 30 DIAS adicionales que cubren la liquidación de la obra y entrega-recepción provisional de la misma, es decir, que el plazo del contrato de Fiscalización será de 120 DIAS calendario, contados a partir del inicio de la obra a fiscalizarse. 4.6.6.- ASPECTOS GENERALES DE LA METODOLOGÍA DE TRABAJO Metodología Para dar cumplimiento a los objetivos propuestos dentro de los plazos establecidos y con los costos
  • 13. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador programados, el Consultor cumplirá las labores de FISCALIZACIÓN bajo el estricto cumplimiento de los documentos precontractuales y contractuales del proyecto, para lo cual se sugiere la siguiente metodología: • Durante el proceso de construcción, de ser necesario y de existir justificaciones técnicas y económicas, el fiscalizador (Consultor) deberá realizar los ajustes de diseño o plantear alternativas de solución y presentarlos a la Dirección Provincial del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda de Chimborazo, para su aprobación. • Elaborar, verificar y certificar conjuntamente con el Constructor la planilla única de liquidación, e informar a la Dirección Provincial del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda de Chimborazo, para su aprobación y trámite, adjuntando anexos de volúmenes de obra, el informe sobre evaluación del cumplimiento de los programas, el libro de obra y la aplicación de las estipulaciones contractuales correspondientes. • El Consultor, se responsabilizará por la entrega de los datos de construcción de la obra, se encargará de calificar las fuentes para el aprovisionamiento de materiales de construcción y realizar a costo del contratista, los ensayos de laboratorio necesarios. • Presentar en forma mensual los informes de progreso y estado de los trabajos, especialmente los que tengan mayor relevancia, los cuales deberán tener datos sobre los siguientes aspectos: secuencia fotográfica del estado de las obras, análisis técnico de la metodología empleada en la actividad de la fiscalización y sus relaciones con el Contratista, diagramas de progreso de obra, así como también el perfil del progreso de todos los rubros del contrato de ejecución de obra, así como indicadores de cumplimiento. • Llevar registros diarios en el Libro de Obra, los que deberán contener las anotaciones de las actividades tanto del Constructor como del Fiscalizador. • Verificar los volúmenes de obra, de conformidad con las especificaciones técnicas, documentos contractuales, leyes y reglamentos de contratación; dar las órdenes necesarias para garantizar la buena ejecución de la obra. • Calificar al personal técnico del Contratista, aprobar la idoneidad para la buena y oportuna ejecución de la obra, exigir el reemplazo del personal que no satisfaga los requisitos necesarios, comprobar y exigir que los equipos del Contratista sean los requeridos para la ejecución de la obra, y que se encuentren en buenas condiciones de su utilización y que su número sea el conveniente para dar cumplimiento al programa de trabajo. • Llevar estadísticas diarias referentes a personal, materiales, equipos y otros recursos utilizados en la construcción, mantener datos estadísticos sobre los días laborados, días de lluvia y de la forma de utilización de éstos y del equipo por parte del Contratista. • Analizar y expresar su criterio sobre soluciones técnicas presentadas por el Constructor, sugiriendo otras cuando sean necesarias. Preparar las órdenes de cambio para aprobación por parte de la Dirección Provincial. • Preparación de los informes que el MIDUVI solicite sobre asuntos específicos relacionados con el proyecto fiscalizado, objeto del contrato, dar las facilidades y apoyo a la supervisión del MIDUVI en la inspección de la obra. • Revisión y actualización periódica, con la aprobación de los programas y cronogramas que
  • 14. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador presente el Constructor con relación a los trabajos y plazo de ejecución de la obra, con la asignación del equipo de construcción y personal necesario y suficiente para ejecutar cada uno de los rubros contratados. • Coordinar con las diferentes instituciones y empresas que tengan relación con el proyecto a fin de facilitar la ejecución de las obras. • Verificar la aplicación de normas de seguridad industrial, salubridad e impacto ambiental. • Integrar, elaborar y suscribir las comisiones y Actas de recepción provisional y definitiva del contrato que estuvo bajo su fiscalización. • Estudiar los reclamos que planteare el Constructor y presentar los correspondientes informes y sus recomendaciones para la resolución del MIDUVI. • Vigilar el cumplimiento de las normas técnicas del MIDUVI, INEN, MOP, ASTM, ACI, CEC, y otros, aplicables para cada caso, informando sobre el particular a la Dirección Provincial del MIDUVI. • Revisión de los parámetros fundamentales utilizados por los diseños contratados y de la metodología empleada por el constructor del proyecto de viviendas y de ser necesario cambios, elaborar o aprobar “planos para la construcción”. • Ubicar en el terreno todas las referencias para la correcta ejecución del proyecto, chequeando el correcto replanteo. • Sugerir durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o soluciones técnicas que estimen necesarias en el diseño y construcción de la obra, inclusive aquellas referidas a métodos constructivos, Examinar cuidadosamente los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo a través de los ensayos de laboratorio que deberá ejecutarse directamente y bajo la supervisión de la fiscalización. • Medir las cantidades de obras ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y certificar la exactitud de la planilla de liquidación final de las obras La propiedad intelectual y material de la fiscalización emanados del contrato entre el MIDUVI y el fiscalizador, tanto durante la ejecución de los trabajos o en forma posterior a su entrega, es de propiedad del MIDUVI. 4.6.7.- PRESUPUESTO REFERENCIAL El presupuesto Referencial para la FISCALIZACIÓN EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “ 38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA ”, DEL CANTÓN GUAMOTE PROVINCIA DEL CHIMBORAZO, es de USD$ 6,650.00 ( SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA DOLARES 00/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas IVA. 4.6.8. MÉTODO DE EVALUACIÓN DE LA OFERTA:
  • 15. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador La autoridad o su delegado: analizará la oferta, en un término de hasta 3 días, considerando los parámetros de Calificación. Aclaraciones.- La Arquitecta Silvia Chávez V. Directora de LA UNIDAD TECNICA DIRECCION PROVINCIAL DEL MIDUVI-Chimborazo, hasta veinticuatro (24) horas antes de la fecha prevista para la recepción de la oferta, por propia iniciativa o a pedido del consultor participante, podrá emitir aclaraciones o modificar los pliegos, sin que estas modificaciones alteren el objeto del contrato. Método de evaluación: El método de evaluación de las ofertas se efectuará aplicando los parámetros de calificación previstos en los pliegos. Parámetros de calificación: La Autoridad o su delegado evaluará la oferta en base a los siguientes parámetros PARÁMETROS DE VALORACION PUNTAJE 1.- Plan de Trabajo 30 2.- Experiencia específica 25 3.- Programación de los servicios 15 4.- Experiencia General 20 5.- Experiencia del personal técnica 10 TOTAL: 100 La evaluación de la propuesta se realizará en función del cumplimiento de los parámetros establecidos en los Pliegos, conforme lo dispone el numeral 19 del artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Si las ofertas obtuvieren una calificación menor del 70% del puntaje total no serán habilitadas. Envío de Carta de Aceptación.- El Consultor invitado, dentro del término concedido remitirá a la Entidad Contratante su Oferta Técnica-económica y la respectiva Aceptación, tanto a los documentos precontractuales, como al presupuesto determinado por la misma, adjuntando para el efecto la información solicitada en los pliegos. Adjudicación.- La Arq. Silvia Chávez Vallejo Director de la Unidad técnica Dirección Provincial del MIDUVI Chimborazo adjudicará el contrato al consultor invitado, sobre la base de los documentos precontractuales, presupuesto referencial aprobado y carta de aceptación remitida por él, dejando constancia de dicha adjudicación en la correspondiente resolución de adjudicación. Disposición para la firma del contrato.- Resuelta la adjudicación del contrato, la Arq. Silvia Chávez V. Directora de la Unidad técnica Dirección Provincial del MIDUVI Chimborazo dispondrá que a través de la Coordinación de Gestión de Asesoría Jurídica, se elabore el correspondiente contrato para la firma de los comparecientes. Formalización del Contrato.- La Coordinación de Gestión de Asesoría Jurídica elaborará el contrato correspondiente en un término no mayor a NOVENTA Y SEIS (96) horas desde la fecha en que se emita la correspondiente disposición. En los contratos previstos en este artículo, por disposición del artículo 74 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se prescindirá de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin perjuicio de que en el contrato se aseguren, en forma satisfactoria, los intereses del MIDUVI Chimborazo. En el caso de que por la forma de pago, se prevea el pago del anticipo, el consultor previo a recibir dicho monto entregará la garantía de buen uso correspondiente. El consultor adjudicatario suscribirá el contrato en un término no mayor a 48 horas desde la fecha de notificación de la adjudicación.
  • 16. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Publicación de resultados.- La Dirección Administrativa del MIDUVI Chimborazo, en el término de 48 horas desde la recepción de la copia del contrato, publicará en el portal www.compraspublicas.gov.ec los resultados del proceso de consultoría, informando el nombre del oferente adjudicado, el objeto y el monto respectivo. Responsabilidad del área requirente.- El área requirente será responsable de la elaboración de los documentos precontractuales requeridos para el inicio del proceso, de la pertinencia de la consultoría solicitada, del nombre del consultor propuesto y del presupuesto referencial elaborado; para lo cual deberá realizar los estudios e investigaciones de mercado, que le permitan determinar la idoneidad de la contratación ser efectuada Etapas de ejecución y actividades La ejecución del estudio implicará el acompañamiento permanente durante el desarrollo del proceso de construcción del proyecto. • Etapas de ejecución La ejecución del estudio implicará el desarrollo de cuatro fases que cubran las actividades correspondientes para cada una de ellas. • Actividades previas a la construcción a) Revisión del Proyecto y de los Documentos del Contrato de Provisión. b) Diseño de Procedimientos. c) Análisis del Proyecto en Conjunto con el Contratista. d) Revisión y aprobación de los recursos y organización del contratista. e) Revisión y Aprobación del Plan de Trabajo y Cronograma de Inicio. f) Acta de iniciación de los trabajos. • Actividades a desarrollarse durante la fiscalización Las actividades que la fiscalización realizará durante la ejecución del proyecto son: 1) Supervisión del cumplimiento de estudios, diseños y especificaciones y demás documentos técnicos contractuales. 2) Implementación de bitácora de ejecución de obra que describirá en forma detallada y cronológica el proceso constructivo de las obras. 3) Control de la calidad de los materiales y equipos utilizados en el proceso constructivo. 4) Supervisión de la calidad de ejecución de obra en cuanto a la mano de obra se refiere. 5) Comprobación de resistencias, propiedades físico mecánicas, de los elementos estructurales y no estructurales, mediante ensayos de laboratorio. 6) Supervisión del proceso de construcción atendiendo a detalles constructivos, normas y técnicas vigentes. 7) Verificación de cantidades de obra ejecutadas durante el proceso constructivo. 8) Control económico presupuestario de la obra. 9) Control de plazos de ejecución de los contratos atendiendo a los cronogramas valorados de los mismos. 10) Control de aspectos ambientales y de seguridad de personal en los sitios de las obras. 11) Revisión y aprobación oportuna de planillas de avance de avance. 12) Intervención en el proceso de recepción de las obras de acuerdo a los términos contractuales. 13) Participación en los procesos de interacción con la comunidad. 14) Controlar la vigancia de las pólizas de seguros contractuales.
  • 17. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador • Operatividad Para el cumplimiento de las actividades indicadas se procederá de la siguiente forma: 1) Recopilación de la documentación técnica económica contractual debidamente aprobada. 2) Disponibilidad de oficinas centrales con equipamiento e infraestructura técnica y profesional. 3) Adecuación de espacio físico y equipamiento profesional en los sitios de los proyectos. 4) Disponibilidad en obra del personal técnico necesario para cumplir con las actividades programadas. 5) Planificación de la circulación de la información. 6) Implementación de formatos de control para el cumplimiento de las actividades indicadas. 7) Transferencia oportuna de información recopilada desde el sitio de las obras a las oficinas centrales de la fiscalización y de esta a la entidad contratante. 8) Reuniones de evaluación de los trabajos entre el contratista, la fiscalización y la entidad contratante con periodos quincenales con la suscripción de el acta correspondiente • Requerimientos Para el buen cumplimiento de los objetivos planteados se requiere de los siguientes aspectos. 1) fluidez en el curso de información, tramitación de documentos y aprobaciones pertinentes. 2) Anticipo económico que permita el inicio de las actividades: Infraestructura, residente de obra, trasporte, oficina en campamento, etc. 3) Que la entidad contratante designe el funcionario técnico con quien la fiscalización coordine sus actividades. 4) Que la entidad interponga sus acciones conducentes a facilitar la actividad de la fiscalización: Transporte, comunicaciones, tramite de planillas, contactos con la comunidad, etc. 5) La potestad para la toma de decisiones sobre aspectos técnicos que deriven en aumentos o disminuciones de obra, modificaciones, ampliaciones de plazos, obras adicionales, necesidades comunitarias, etc en función de las necesidades que se presentaren en forma justificada. • Actividades administrativas de la fiscalización a) Estudio de los Contratos, Bases; y b) Diseño de Procedimientos Operativos Correspondencia Libro de actividades diarias realizadas • Responsabilidades.- Las responsabilidades más importantes en la labor fiscalizadora son los siguientes: 1. Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato de construcción, a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables. 2. Liderar la coordinación entre El MIDUVI Chimborazo, la Fiscalización y el Contratista durante la ejecución y seguimiento de los trabajos, la programación y ejecución de las actividades, de tal forma que estas se desarrollen sin afectar la realización de otros proyectos que se encuentren en ejecución.
  • 18. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador 3. Detectar oportunamente errores y/u omisiones de los diseñadores así como imprevisiones técnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas que conjuren la situación. 4. Garantizar la buena calidad de los trabajos ejecutados. 5. Asesorar al Contratista oportunamente en soluciones técnicas a problemas surgidos durante la ejecución del contrato. 6. Verificar en cualquier momento, la calidad de los materiales, equipos y accesorios a emplearse por el Contratista. 7. Obtener que el equipo y personal técnico del Contratista de la obra sea idóneo y suficiente para la obra. 8. Verificar los equipos y los tiempos trabajados por el Contratista, así como también el avance de los trabajos en el proyecto. 9. Obtener información estadística sobre personal, materiales, equipos, condiciones climáticas, tiempo trabajado, y otros, del proyecto. 10. Mantener oportunamente informado del avance de la obra y problemas surgidos en la ejecución del proyecto al responsable técnico de la Supervisión del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda. 11. Revisión de los parámetros fundamentales utilizados para la construcción de viviendas, de ser necesarios. 12. Evaluación mensual del grado de cumplimiento de los programas de trabajo. 13. Revisión y actualización de los programas y cronogramas presentados por el Contratista. 14. Ubicar en el terreno todas las referencias para la correcta ejecución del proyecto, chequeando el correcto replanteo 15. Sugerir durante el proceso constructivo la adopción de las medidas correctivas y/o soluciones técnicas que estimen necesarias en el diseño y construcción de la obra, inclusive aquellas referidas a métodos constructivos. 16. Medir las cantidades de obras realmente ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y certificar la exactitud de la planilla única de liquidación 17. Examinar cuidadosamente los materiales a emplear y controlar su buena calidad y la de los rubros de trabajo a través de los ensayos de laboratorio que deberá ejecutarse directamente y bajo la supervisión de la fiscalización. 18. Resolver las dudas que surgieran en la interpretación de los planos especificaciones técnicas, detalles constructivos, y sobre cualquier asunto técnico relacionado al proyecto. 19. Preparar en forma mensual los informes de fiscalización dirigidos al Administrador o Supervisor del Contrato, al Jefe de Gestión Técnica, y Control de Supervisión y Fiscalización designado por el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, que contendrá por lo menos la siguiente información:  Secuencia fotográfica del estado de las obras.
  • 19. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador  Análisis del estado del proyecto en la ejecución, atendiendo a los aspectos económicos, financieros y de avance de obra.  Cálculo de cantidad de obra y determinación de volúmenes acumulados.  Informes de los resultados de laboratorio y comentarios al respecto.  Análisis y opinión sobre la calidad y cantidad del equipo dispuesto en obra.  Análisis del personal técnico del Contratista de ejecución de obra  Informe estadístico sobre las condiciones climáticas de la zona del proyecto.  Referencia de las comunicaciones cursadas con el Contratista.  Informe estadístico sobre los días laborados y la forma de utilización de éstos y del equipo por parte del Contratista.  Otros aspectos importantes del proyecto. 20. Calificar el personal técnico del Constructor y recomendar el reemplazo del personal que no satisfaga los requerimientos necesarios. 21. Comprobar periódicamente que los equipos mínimos requeridos contractualmente se encuentren en buenas condiciones de uso. 22. Anotar en el Libro de Obra las observaciones, instrucciones y comentarios que a criterio de la fiscalización deban ser considerados por el Contratista para el mejor desarrollo de la obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio regular. 23. Verificar que el Contratista disponga de todos los diseños, especificaciones, programas, licencias y demás documentos contractuales. 24. Coordinar con el Contratista las actividades más importantes del proceso constructivo. 25. Participar como observador y responsable en las recepciones provisional y definitiva de la ejecución de la obra, informando sobre la calidad y cantidad de los trabajos ejecutados, la legalidad y exactitud de los pagos realizados. 26. Revisar las técnicas y métodos constructivos propuestos por el Contratista y sugerir las modificaciones que se estime pertinentes, de ser el caso. 27. Exigir al Contratista el cumplimiento de las leyes laborales. 28. Estudiar los reclamos que planteare el Contratista de ejecución de obra, y presentar los correspondientes informes y recomendaciones para la resolución por parte de los responsables del MIDUVI. 29. Ocupar el personal indicado en la oferta técnica para la realización de la fiscalización. Además deberá coordinar con los niveles respectivos técnicos los reglamentos e instructivos para la buena marcha de sus funciones. Formatos de Control Reuniones con el Comité de Seguimiento del proyecto a) Informes b) Seguridad Industrial c) Protección y Adecuación de los Sitios de Trabajo
  • 20. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Actividades • Administrativas. Para el correcto control y fiscalización de xxxx el Consultor debe elaborar una planificación de cómo ejercer el control tanto de las actividades de campo, laboratorio y oficina, capaz de que cada fin de mes, o cuando así lo estime conveniente el MIDUVI, se mantenga reuniones de trabajo para evaluar el desarrollo del proceso constructivo y de fiscalización. • Técnicas. El fiscalizador dará las instrucciones precisas para la ubicación correcta del proyecto, así mismo solicitará y verificará que el Contratista presente el diseño de hormigones de acuerdo a los áridos que vaya a utilizar en la confección de los mismos, y a la resistencia especificada en el contrato, el costo del diseño de hormigones correrá de cuenta del Contratista. Se entenderá que forma parte del alcance de la fiscalización integral, todas las normas INEN, ASTM, que sean aplicados para estos casos, las normas descritas en el Código Ecuatoriano de la Construcción y las del ACI, y demás normas de aplicación para los procesos de construcción. • Libro de Obra. El Fiscalizador llevará el Libro de Obra en el sitio de la construcción y en él se registrará la memoria de la construcción que deberá contener una reseña cronológica y descriptiva de la marcha progresiva de los trabajos y sus pormenores, sirve para controlar la ejecución de la obra y facilitar la supervisión de la misma. El personal designado para la fiscalización deberá mantenerse permanentemente en la obra y tener bajo su custodia el Libro de Obra debidamente autorizado, empastado y pre numerado en el que se deberá anotar las instrucciones que el Fiscalizador o Supervisor emita al Contratista sobre la ejecución de los trabajos. El Contratista anotará en cada caso que se da por enterado de las instrucciones recibidas, y podrá usar el mismo libro de obra para hacer las observaciones y consultas que estimen necesarias y de las que se dará por enterado la Fiscalización. Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra serán a tinta y se considerarán conocidos por ambas partes, y las instrucciones de Fiscalización serán obligatorias para el Constructor. • Recopilación de Documentos. Todos los documentos técnicos (Planos originales copias y respaldo magnético, Libro de Obra, Actas, otros.), así como los que resulten de la etapa de terminación de la construcción, serán entregados por el Fiscalizador al responsable del Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, al liquidar el contrato de Consultoría. • Trámite de planillas. El Fiscalizador verificará las cantidades de obra y la cantidad de trabajo y procederá a presentar la planilla de liquidación de: Ejecución de Obra, con todos los anexos y documentación pertinentes en original y seis copias.
  • 21. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador En caso de que el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, detectare errores en la liquidación, será obligación del Fiscalizador rehacer las planillas en un plazo no mayor a 3 días a partir de la fecha de devolución. En la planilla final, el Fiscalizador presentará anexa a ésta, el acta de Entrega Recepción Provisional, el Libro de Obra, los planos corregidos, en tamaño A1 • Perfil del Consultor Para cumplir con los objetivos propuestos, el Fiscalizador, en función del alcance y conocimiento del proyecto a ejecutarse, propondrá un esquema organizacional de su equipo de fiscalización. En esta sección y en referencia a dicho esquema organizacional, se detallarán las funciones y actividades básicas que cumplirán cada uno de sus integrantes. • Dirección de la Fiscalización El DIRECTOR de Fiscalización será el Consultor invitado para este proceso, se desempeñará como el principal personero técnico y administrativo de la fiscalización. Su cargo implica autoridad directa sobre los fiscalizadores e incluso sobre los especialistas y asesores puntuales que proponga. Es el encargado de mantener un contacto permanente con la Dirección Provincial del MIDUVI de Chimborazo, reportando periódicamente la información que corresponde sobre la marcha de los trabajos. Sus funciones serán:  Fiscalizar y controlar la ejecución de los trabajos en base al contrato de fiscalización y en aplicación al contrato de provisión e instalación de las viviendas.  Planificar las actividades necesarias para realizar el seguimiento de la ejecución del proyecto y controlará el avance de los trabajos por intermedio del personal de fiscalización.  Diseñar las normas y políticas básicas que orienten el trabajo de los fiscalizadores.  Dirigir y supervisar todas las actividades planificadas y que debe cumplir el equipo de fiscalización.  Definir responsabilidades específicas y controlar el desempeño de las actividades del personal del proyecto.  Ejercer la supervisión general sobre las tareas a desarrollarse por el personal técnico, administrativo y de servicios.  Representar a la Fiscalización en todas las reuniones que se celebren con el Contratista y el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda y sumillar toda la correspondencia oficial y los informes de avances de los trabajos.  Participar como observador en las recepciones provisional y definitiva, informando sobre la calidad de los trabajos ejecutados.  Formación Académica; Ingeniero Civil o Arquitecto con conocimientos de contratación pública. Ingeniero o arquitecto Fiscalizador (Residente) Para la realización de la fiscalización, existirá un ingeniero o arquitecto residente para efectuar las tareas de la fiscalización in situ; orientado fundamentalmente a controlar la calidad técnica de los trabajos así como, dedicar parte de su tiempo a realizar tareas de oficina como cronogramas, informes, etc. y colaborará con el DIRECTOR de Fiscalización en el control del suministro, provisión y verificación de la calidad de los materiales que requiere el proyecto y supervisará la calidad
  • 22. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador técnica de los trabajos en sus diferentes componentes y frentes, según lo asigne el DIRECTOR de Fiscalización. 4.6.8.- ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO La Administración del presente contrato estará a cargo de la Arq. Silvia Chávez V. DIRECTORA DE LA UNIDAD TECNICA PROVINCIAL MIDUVI Chimborazo 4.6.9.- MARCO LEGAL Ámbito.- Se sujetarán a los procedimientos previstos en contratación directa, los procesos de contratación de consultorías, cuyo presupuesto referencial sea inferior o igual a multiplicar el coeficiente 0,000002 por el Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. Proceso de contratación y administración de la consultoría. La contratación, por su naturaleza y por el monto a contratarse, se tramitará conforme al proceso de contratación directa, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y su Reglamento General de Aplicación. En el proceso precontractual y contractual del desarrollo de la Consultoría, se deben considerar lo establecido en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública., su Reglamento General y las Resoluciones emitidas por el INCOP. La ejecución de la Consultoría no implica relación de dependencia laboral entre los contratantes. CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI-CH-CD-036-2010 SECCIÓN V PROYECTO DE CONTRATO COMPARECIENTES: Intervienen en la celebración del presente contrato de consultoría, por una parte, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, representado por Directora de la Unidad técnica Direccion Provincial del MIDUVI-Chimborazo, en su calidad de representante legal; y, por otra parte el consultor el xxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxxxxxxxx xxxx; los mismos que para el efecto del presente contrato se denominarán LA ENTIDAD CONTRATANTE y EL CONSULTOR, respectivamente. Los comparecientes, hábiles para contratar y obligarse, conforme a los documentos habilitantes legalmente conferidos que se adjuntan convienen en suscribir el presente contrato de consultoría al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA: ANTECEDENTES 1. De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y en su Reglamento General de aplicación, este contrato, tanto por las características del objeto de esta consultoría como por su precio, se somete al procedimiento de contratación directa.
  • 23. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador 2. La Coordinadora de Recursos Financieros de la Dirección Provincial MIDUVI Chimborazo, con Memorando # FIN-xxx-20xx, del xx de xxxxxxx del 2010, certifica la existencia de la partida presupuestaria y disponibilidad actual y futura de los recursos económicos para el financiamiento de este contrato. Los egresos derivados del presente Contrato se aplicarán a la Partida Presupuestaria No. No. xx.xx.xxxx.xxxx.xxxxxxxx.xxxxx.xxxx.xxxxx.xxxxx 3. El xxxxx aprobó los Pliegos del Proceso de Contratación Directa de Consultoría, mediante resolución # xxx-2010, de fecha xx de xxxxx del 2010. 4. El acta de negociación suscrita el (día) de (mes) de (año), entre La ENTIDAD CONTRATANTE y EL CONSULTOR. 5. La resolución de adjudicación realizada por El Ing. Director de la Unidad técnica Direccion Provincial del MIDUVI Chimborazo de fecha xxxxxxxxxx publicada y notificada en el Portal www.compraspublicas.gov.ec el día…………….. 6. Luego del trámite correspondiente del Proceso de Contratación Directa de Consultoría No. XXXX-CP-XXX-XXXX, el Ing. xxx adjudicó el presente contrato AL CONSULTOR XXXXXXXXXXX 7. Este contrato se rige por la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, por su Reglamento General de aplicación, el Código Civil, las leyes concordantes sobre la materia; y, por el acuerdo expreso de las partes estipulado en este contrato. SEGUNDA: DOCUMENTOS DEL CONTRATO Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos: a) Los que acrediten la calidad de los comparecientes y su capacidad para celebrar el contrato b) Carta de aceptación presentada por el Consultor. c) Certificación de fondos constante en el Memorando # xxxx-xxx-2010. d) El Acta de Negociación de la oferta técnico-económica. e) La Resolución de Adjudicación del Contrato No. xxxxxxxxxx. f) Certificado de habilitación del RUP. g) Los Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos. h) La oferta negociada. i) Las garantías presentadas por el Consultor y aceptadas por LA ENTIDAD CONTRATANTE. TERCERA: INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TERMINOS Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención del contratante. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: 3.1 Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal. 3.2 Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. 3.3 En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos.
  • 24. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador 3.4 De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será La Entidad Contratante la que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual. CUARTA: OBJETO DEL CONTRATO El Consultor, se obliga para con el Ministerio de desarrollo Urbano y Vivienda a prestar el servicio de Consultoría EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA DE CONSTRUCCIÓN DEL PROYECTO DE VIVIENDA “ 38 SOLUCIONES HABITACIONALES EN EL SECTOR ATAPO SANTA ELENA PARROQUIA PALMIRA”, DEL CANTÓN GUAMOTE , PROVINCIA DEL CHIMBORAZO. Los trabajos se realizarán bajo la supervisión y coordinación del Administrador del Contrato y de acuerdo a los documentos que se indican en la cláusula Segunda. QUINTA: OBLIGACIONES DEL CONSULTOR En virtud de la celebración del contrato, El Consultor se obliga para con La Entidad Contratante a prestar servicios de Consultoría y realizar todo aquello que fuese necesario para la total y correcta ejecución del objeto del presente Contrato, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales. 5.1.-Personal asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios de Consultoría, la Consultora ocupará durante la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado. 5.2.- Sustitución del personal: Dicho personal no podrá ser sustituido sin la previa autorización por escrito del Administrador del Contrato. En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que la Consultora asigne al proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación de LA ENTIDAD CONTRATANTE. En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse. 5.3.- Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de LA ENTIDAD CONTRATANTE, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, la Consultora, a su costo, deberá cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores. 5.4.- Personal adicional: En caso de que la Consultora necesite personal adicional al indicado en su oferta técnico-económica, solicitará a LA ENTIDAD CONTRATANTE su aprobación. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, la Consultora deberá solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato. SEXTA: ALCANCE DE LOS TRABAJOS En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a LA ENTIDAD CONTRATANTE todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría. La Consultora se obliga por tanto a cumplir con todo lo establecido en los pliegos y en el presente contrato. SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD CONTRATANTE
  • 25. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes: a) Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna. b) Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna. c) De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso. d) Las demás, propias de cada contrato OCTAVA: PLAZO El plazo para la ejecución del contrato de fiscalización se encuentra determinado con relación a la obra que se va a fiscalizar, esto es, en un plazo de NOVENTA DIAS calendario y 30 DIAS adicionales que cubren la liquidación de la obra y entrega-recepción provisional de la misma, es decir, que el plazo del contrato de Fiscalización será de NOVENTA DIAS calendario (90), contados a partir del inicio de la obra a fiscalizarse. NOVENA: PRÓRROGA DE PLAZO La Entidad Contratante podrá extender el plazo de vigencia del presente contrato solo en los casos que se indican a continuación, a solicitud de EL CONSULTOR en un término de hasta dos (2) días de suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad: a) Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por La Entidad Contratante, en los términos establecidos en el artículo 30 del Código Civil. b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de La Entidad Contratante y que no se deban a causas imputables a EL CONSULTOR. Al aceptar la prórroga, La Entidad Contratante definirá su duración y la incorporación de un nuevo cronograma que sustituirá al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes, y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. DECIMA: VALOR TOTAL DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El monto total de los servicios de la presente Consultoría es de USD$XXXX (XXX XXXX XXX XX/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) mas IVA., fijos e invariables que cubren todos los rubros requeridos para dicha fiscalización y para el proceso de seguimiento y control de las obras contratadas. En este valor esta incluidos honorarios, alquiler de equipos, oficina, comunicaciones, papelería, y todo valor requerido por el fiscalizador para llevar a cabo la ejecución de sus obligaciones. Los valores que correspondan a costos de movilización y viáticos, por eventuales movilizaciones, para el cumplimiento del objeto contractual, serán asumidos por el Consultor. El valor estipulado en el numeral anterior será pagado por LA ENTIDAD CONTRATANTE a EL CONSULTOR de la siguiente forma: En los procedimientos de contratación de fiscalización de obra pública, los oferentes deberán detallar en su oferta económica los costos unitarios requeridos para la prestación de sus servicios. En consecuencia, el valor del contrato de consultoría para la fiscalización de una obra estará en directa
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  • 27. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita LA CONSULTORA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren. DÉCIMA CUARTA: GARANTÍAS BUEN USO DEL ANTICIPO: NO APLICA.- En virtud de lo dispuesto en la Resolución del INCOP No. 042-2010, de fecha 16 de abril del 2010, en la cual dispone establecer que la forma de pago en los contratos de fiscalización, sea en proporción directa con el avance de la obra que se fiscaliza, y ya no se otorgue anticipo alguno. FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO:.- Por el 5% del monto del contrato, en conformidad al Artículo 74, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. DECIMO QUINTA: CONTRATOS COMPLEMENTARIOS Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este contrato, LA ENTIDAD CONTRATANTE podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre que la suma total de los valores de los contratos complementarios no exceda del 70 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal a la fecha en que LA ENTIDAD CONTRATANTE resuelva la realización del contrato complementario. Esta actualización se hará aplicando la fórmula de reajuste de precios que consten en los respectivos contratos principales. El contratista deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la ley. DECIMA SEXTA: ACTA DE ENTREGA- RECEPCION La entidad contratante podrá, dentro del término de 10 días contados a partir de la solicitud de recepción del contratista, negarse a recibir el “Producto de la Consultoría” por razones justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el contratista. La negativa se notificará por escrito al contratista y se dejará constancia de que la misma fue practicada. Vencido el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante objetare la solicitud de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento del contrato, operará, sin más trámite, la recepción de pleno derecho, para lo cual el consultor notificará por intermedio de un Juez de lo Civil o un notario público. Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, el consultor entregará a la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La Entidad Contratante dispondrá del término de 5 días para la emisión de observaciones, objeciones o petición de aclaraciones, y el consultor de 5 días, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artículo 123 inciso tercero del Reglamento General. DECIMO SEPTIMA: LABORAL El CONSULTOR asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social – IESS, la Ley Orgánica del
  • 28. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, LA ENTIDAD CONTRATANTE está exenta de toda obligación respecto del personal de LA CONSULTORA. Sin perjuicio de lo cual, LA ENTIDAD CONTRATANTE ejercerá el derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente. DECIMO OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO El presente contrato termina por las siguientes causales: 1. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales; 2. Por mutuo acuerdo de las partes; 3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido del contratista; 4. Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento del contratista; y, 5. Por muerte del contratista o por disolución de la persona jurídica contratista que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica. 18.1 Terminación por mutuo acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren. La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la Entidad Contratante o de la Contratista. Dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo contratista. 18.2 Terminación unilateral del contrato.- La Entidad Contratante podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el presente contrato a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos: 1. Por incumplimiento del contratista; 2. Por quiebra o insolvencia del contratista; 3. Si el valor de las multas supera el monto correspondiente al 5 % del valor del contrato;; 4. Por suspensión de los trabajos, por más de sesenta (60) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; o por no presentar su informe mensual establecido para el efecto, y este incumplimiento se repita por dos o más veces; 5. Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de esta Ley; 6. En los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza; y, 7. La Entidad Contratante también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerzas mayores debidamente comprobadas, el contratista no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En este caso, no se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato ni se inscribirá al contratista como incumplido. En este último caso, el contratista tiene la obligación de devolver el monto del anticipo no amortizado en el término de treinta (30) días de haberse notificado la terminación unilateral del contrato en la que constará la liquidación del anticipo, y en caso de no hacerlo en el término señalado, la entidad procederá a la ejecución de la garantía de Buen Uso del Anticipo por el monto no devengado. El no pago de la liquidación en el término señalado, dará lugar al pago de intereses desde la fecha de notificación; intereses que se imputará a la garantía de fiel cumplimiento del contrato sin perjuicio de acudir al procedimiento coactivo para su cobro. El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el artículo 95 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
  • 29. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador 18.3 Terminación por causas imputables a la entidad contratante.- El contratista podrá demandar la resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la Entidad Contratante: 1. Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta (60) días; 2. Por la suspensión de los trabajos por más de sesenta (60) días, dispuestos por la entidad sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; 3. Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la Entidad Contratante no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En ningún caso se considerará que las Entidades Contratantes se hallan en mora del pago, si el anticipo entregado no ha sido devengado en su totalidad. DECIMO NOVENA: CONFIDENCIALIDAD LA ENTIDAD CONTRATANTE y EL CONSULTOR convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información. El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios. EL CONSULTOR y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de LA ENTIDAD CONTRATANTE. VIGESIMA: RESPONSABILIDAD El CONSULTOR es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. VIGESIMA PRIMERA: PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO Conforme al artículo 78 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, EL CONSULTOR no podrá ceder en forma alguna ni la totalidad ni parte de este contrato. VIGESIMA SEGUNDA: DE LA SUBCONTRATACIÓN EL CONSULTOR únicamente podrá subcontratar, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la 78 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los términos del artículo 35 del Reglamento General. VIGESIMA TERCERA: DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de la Construcción de xxx.
  • 30. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Para que proceda el arbitraje en derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución de la República del Ecuador. Convenio Arbitral: Las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente: Mediación; Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación de La Contraloría General del Estado, en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas: Arbitraje: a) El arbitraje será en Derecho; b) Las partes se someten al Centro de Arbitraje de La Cámara de la Construcción de xxxxxxx . c) Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de Arbitraje de La Cámara de la Construcción de xxxl; d) El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y el Reglamento del Centro de La Cámara de la Construcción de xxxx ; e) Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro; f) Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria; g) La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación; h) La sede del arbitraje es la ciudad de xxxx; y, i) El idioma del arbitraje será el castellano. Si respecto de la divergencia o divergencias existentes no existiere acuerdo, las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público; y, respecto de las entidades de derecho privado estas recurrirán ante la justicia ordinaria. La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el Contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el Contratista incumpliere este compromiso, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías. VIGÉSIMA CUARTA: DERECHOS Y GASTOS NOTARIALES La Entidad Contratante retendrá de cada pago que haga al Consultor el porcentaje correspondiente al impuesto a la renta. VIGÉSIMA QUINTA: LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Los servicios que son objeto del presente Contrato, se los ejecutará en el lugar de ejecución de la OBRA DE CONSTRUCCIÓN DE xxx SOLUCIONES DE VIVIENDAS DEL PROYECTO “XXXXXXX” UBICADO EN EL CANTÓN XXXXXXXXX PROVINCIA DEL XXXXX;
  • 31. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador LA CONSULTORA deberá mantener una oficina en la el lugar donde se ejecute la obra a fiscalizarse, y que permita la coordinación con La Entidad Contratante. VIGÉSIMA SEXTA: ESTIPULACIONES GENERALES El presente contrato es intransferible y no podrá cederse a terceras personas ni total ni parcialmente, en conformidad con lo que disponen los artículos 78 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General de dicha Ley. Será de responsabilidad de LA CONSULTORA todo pago que deba hacer a terceros subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos de Referencia. La propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA objeto de este Contrato serán de LA ENTIDAD CONTRATANTE. LA CONSULTORA podrá referirse a ellos o citarlos como antecedentes de su actividad técnica y profesional, o para publicaciones científicas. Los resultados de la ejecución de LOS SERVICIOS DE CONSULTORÍA no podrán ser utilizados por La Entidad Contratante o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el Acta de Entrega recepción única de los servicios y no se haya pagado a LA CONSULTORA la totalidad del valor estipulado en el presente contrato; sin embargo, LA ENTIDAD CONTRATANTE sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor. Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de LA ENTIDAD CONTRATANTE, en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual. VIGÉSIMA SEPTIMA DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y PROCEDIMIENTO.- Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio la Ciudad de XXXX. Las controversias deben tramitarse de conformidad con la Cláusula Vigésima Tercera de este contrato. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: Entidad Contratante: Av. XX de xxx XXXXXXX XXXXX . Teléfono: XXXX Mail: XXXX Administrador del Contrato: Arq. XXXXX XXXX La Consultora: ………………………… Teléfono; Mail; Ciudad- Ecuador Para constancia y en fe de aceptación, firman las partes en 5 ejemplares el presente Contrato. En xxxxl, a los………..
  • 32. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador _________________________ ______________________ DIRECCION PROVINCIAL EL/LA CONSULTOR/A CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI -CH-CD-036-2010 SECCIÓN VI MODELOS DE FORMULARIOS Formulario No. 1 NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes CARTA DE ACEPTACIÓN Y COMPROMISO Señorita Arq. Silvia Chávez JEFE DE LA UNIDAD TECNICA DIRECCION PROVINCIAL DEL MIDUVI CHIMBORAZO Yo, Arq. Marco Antonio Chávez Montes, como (por mis propios derechos, en mi calidad de consultor, representante legal o procurador común), declaro bajo juramento que: 1) Me comprometo a suministrar el personal, equipo y materiales requeridos para realizar: (objeto de la contratación). 2) La única persona o personas interesadas en esta oferta está o están nombradas en ella, sin que incurra en actos de ocultamiento o simulación con el fin de que no aparezcan sujetos inhabilitados para contratar con el Estado. 3) Declara, también, que la oferta la hace en forma independiente y sin conexión oculta con otra u otras personas, compañías o grupos participantes en este procedimiento de Contratación Directa Consultoría y que, en todo aspecto, la oferta es honrada y de buena fe. Por consiguiente, asegura no haber vulnerado y que no vulnerará ningún principio o norma relacionada con la competencia libre, leal y justa; así como declara que no establecerá, concertará o coordinará – directa o indirectamente, en forma explícita o en forma oculta- posturas, abstenciones o resultados con otro u otros oferentes, se consideren o no partes relacionadas en los términos de la normativa aplicable. 4) Al presentar esta oferta, cumple con toda la normativa general, sectorial y especial aplicable a su actividad económica, profesión, ciencia u oficio. 5) Al presentar esta oferta, considera todos los costos obligatorios que debe y deberá asumir en la ejecución contractual, especialmente aquellos relacionados con obligaciones sociales, laborales, de seguridad social, ambientales y tributarias vigentes.
  • 33. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador 6) Se allana, en caso de que se comprobare una violación a los compromisos establecidos en los numerales 2, 3, 4 y 5 que anteceden, a que la entidad contratante le descalifique como oferente, o proceda a la terminación unilateral del contrato, según sea el caso. 7) Ha procedido a estudiar los pliegos, inclusive los alcances emitidos, por lo que se encuentra satisfecho del conocimiento adquirido con relación a las obligaciones contractuales. Por consiguiente, renuncia a cualquier reclamo posterior, aduciendo desconocimiento de los pliegos. 8) Conoce que la (entidad contratante) podrá adjudicar, declarar desierto o cancelar el proceso, si así conviniere a los intereses nacionales e institucionales. 9) En caso de ser adjudicado, se compromete a suscribir el contrato de consultoría en un plazo de 15 días después de la adjudicación, previo el cumplimiento de los correspondientes requisitos. 10) Declara bajo juramento que se compromete expresamente a no ofrecer ningún pago, préstamo o servicio, entretenimiento de lujo, viajes u obsequios a ningún funcionario o trabajador de la Entidad Contratante, y acepta que en caso de violar este compromiso, estar dispuesto a que la Entidad Contratante, observando el debido proceso, dé por terminado en forma inmediata el contrato, que se suscribe como resultado de esta invitación a ofertar y me allano a responder por los daños y perjuicios que estos actos ocasionen. 11) Así mismo declara, bajo juramento, que no está incurso en las inhabilidades para contratar previstas en los artículos 62 y 63 de la LOSNCP y 110 y 111 de su Reglamento General. Los alcances recibidos constan en el portal www.compraspublicas.gov.ec Riobamba,03 de Diciembre del 2010 __________________________ Arq. Marco Antonio Chávez Montes (Consultor o Representante Legal) CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL
  • 34. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador MIDUVI -CH-CD-035-2010 Formulario No. 2 NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE 1.- Nombre del consultor o firma consultora Arq. Marco Antonio Chávez Montes 2.- Dirección de la Sede País Ecuador Ciudad Riobamba Calle Larrea y Guayaquil No. 20-58 Teléfonos 032965-341 085725381 Fax 032065341 Correo electrónico Chavezmontes_arq@yahoo.com 3.- Dirección en el Ecuador Ciudad Riobamba Cantón Riobamba Calle Larrea y Guayaquil No. 20-58 Teléfonos 032965-341 085725381 Fax 032065341 Correo electrónico Chavezmontes_arq@yahoo.com 4.- Socios Nombre RUC No. de acciones Riobamba,03 de Diciembre del 2010 __________________________ Arq. Marco Antonio Chávez Montes (Consultor o Representante Legal)
  • 35. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI -CH-CD-036-2010 FORMULARIO No. 3 NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes EXPERIENCIA DEL CONSULTOR EN LA EJECUCIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA SIMILARES (EXPERIENCIA ESPECÍFICA) 1.- Nombre del Proyecto: 2.- Nivel 3.- Localización: País: Región (provincia) Ciudad: 4.- Fecha de iniciación (mes y año): 5.- Fecha de finalización (mes y año): 6.- Monto del contrato de consultoría (en USD): 7.- Nombre y porcentaje de participación de las demás firmas que intervinieron en la ejecución de los servicios de consultoría (de ser el caso): 8.- Descripción de los servicios de consultoría prestados por el Consultor: 9.- Cliente: 10.- Dirección, teléfono y correo electrónico del cliente: Riobamba, 03 de Diciembre del 2010 __________________________ Arq. Marco Antonio Chávez Montes (Consultor o Representante Legal) NOTA: Utilizar un formulario por cada experiencia
  • 36. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI -CH-CD-036-2010 Formulario No. 4-A NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes ANEXOS (Para trabajos ejecutados) C E R T I F I C A C I Ó N Certifico que el Arq. Marco Antonio Chávez montes, en virtud del contrato celebrado el 06 de Septiembre de 2007 ha realizado satisfactoriamente para la Escuela Superior Politecnica de Chimborazo el Mantenimi9ento en el Edificio de Ajuste Basico de la Facultad de Mecánica y en le Comedor Politecnico, cuyas actividades principales fueron: a) Contratista total de la Obra b) Residente de Obra c) ______________________ La ejecución del contrato se inició el 06 de Septiembre del 2007 y concluyó el 10 de Octubre del 2010). Los profesionales que participaron en la ejecución y cargo que desempeñaron en el proyecto fueron: 1.- Arq. Marco Antonio Chávez Montes, Director de Obra 2.-Arq. Iván Eduardo Freire Miranda 3.- El valor del contrato alcanzó la suma de 23852,22 US. Veinte y tres mil ochocientos cincuenta y dos 22/100 dólares equivalente a 23852,22 US. Veinte y tres mil ochocientos cincuenta y dos 22/100 (valor indicado en letras y números) dólares de los Estados Unidos de América, a la fecha del último pago. Lugar y Fecha __________________________ Arq. Marco Antonio Chávez Montes (Consultor o Representante Legal)
  • 37. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI -CH-CD-036-2010 Formulario No. 4-B NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes ANEXOS (Para trabajos en ejecución) C E R T I F I C A C I Ó N Certifico que la el Arq. Marco Antonio Chávez Montes, en virtud del contrato celebrado el 31 (día) de Mayo del 2010 se encuentra realizando satisfactoriamente para la Dra. Carmita Altamirano Alvarez la Construcción de una Vivienda en la ciudad de Guano, cuyas actividades principales son: a) Contratista total de la Obra b) ______________________ c) ______________________ La ejecución del contrato se inició el 14 de Junio del 2010 su conclusión se prevé para el 22 de Enero del 2011 Los profesionales que participan en la ejecución del proyecto son: No. de orden: 1) Titulo y nombre del profesional 2) Posición en la firma 3) Actividad en el proyecto 4) Tiempo h/mes 1.- Arq. Marco Antonio Chávez Montes Director de obra Planificador y director de obra 60 h/mes 2.- Ing. Italo Patricio Chávez Montes Técnico en control de obra Residencia de obra 160 h/mes El valor estimado del contrato es de 26.586,84 US. Veinte y seis mil quinientos ochenta y seis , 84/100 dólares equivalente a 26.586,84 US. Veinte y seis mil quinientos ochenta y seis , 84/100 dólares de los Estados Unidos de América, a esta fecha. Riobamba,03 de Diciembre del 2010 __________________________
  • 38. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Arq. Marco Antonio Chávez Montes CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI -CH-CD-036 2010 Formulario No. 5 NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes LISTA DEL PERSONAL PRINCIPAL ASIGNADO AL PROYECTO Nombre Completo Título Profesional Nacionalidad Cargo Tiempo Participa ción (meses) Porcentaje Participación sobre total Marco Antonio Chavez Montes Arquitecto Ecuatoriana Director de Fiszalizacion 4 65% Ivan Eduardo Freire Miranda Arquitecto Ecuatoriana Residente de Fiscalizacion 3 35% 100% Riobamba, 03 de Diciembre del 2010 __________________________ Arq. Marco Antonio Chávez Montes (Consultor o Representante Legal)
  • 39. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI -CH-CD-036-2010 Formulario Nº 6 NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO 1. Nombres completos: Arq. Marco Antonio Chávez Montes 2. Lugar y fecha de nacimiento: Columbre, 11 de Mayo 1972 3. Nacionalidad: Ecuatoriana 4. Título profesional y post-grados: Institución País Fecha de Graduación Universidad Central (Quito) Ecuador 18 de Diciembre 1999 Universidad Nacional de Loja Loja 15 de Octubre 2008 5. Cursos de especialización en aspectos similares o relacionados con la actividad que desarrollará en relación al proyecto Nombre evento País Desde Día/mes/año Hasta Día/mes/año 6. Participación en la compañía consultora: Años de Actividad Posición Actual Actividad Asignada en El Proyecto 7. Experiencia profesional: Empresa/Institución Desde Día/mes/año Hasta Día/mes/año Riobamba 03 de Enero del 2000 03 de Diciembre 2010 032965341 Director Actividades Relevantes Planificación, Diseño y construcción Arquitectura y Urbanismo (Incluir información de cada experiencia profesional en el formato detallado) 8. Otras actividades profesionales en Entidades Públicas o Privadas Nombre de la Entidad Cargo y Funciones Fechas ingreso/salida Municipio de l Cantón Colta Jefe de Planificación 02/02/2001-06/07/2001 Municipio de l Cantón Guamote Jefe de Planificación 15/03/2006-31/12/2006 Municipio de l Cantón Alausí Jefe de Planificación 03/02/2008-31/05/2008 Riobamba,03 de Diciembre del 2010 __________________________
  • 40. GOBIERNO NACIONAL DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Primera Constituyente s/n y Brasil Edificio BEV Telf.: 032 960947-963893-963031 www.miduvi.gov.ec miduvich@andinanet.net Riobamba-Ecuador Arq. Marco Antonio Chávez Montes (Consultor o Representante Legal) CONTRATACIÓN DIRECTA DE UN CONSULTOR INDIVIDUAL MIDUVI -CH-CD-036-2010 Formulario Nº 6 NOMBRE DEL OFERENTE: Arq. Marco Antonio Chávez Montes HOJA DE VIDA DEL PERSONAL ASIGNADO 1. Nombres completos: Arq. Ivan Edurdo Freire Miranda 2. Lugar y fecha de nacimiento: Riobamba, 23 de Enero 1966 3. Nacionalidad: Ecuatoriana 4. Título profesional y post-grados: Institución País Fecha de Graduación Universidad Central (Quito) Ecuador 19 de Diciembre 1991 Universidad Nacional de Loja Loja 15 de Octubre 2008 5. Cursos de especialización en aspectos similares o relacionados con la actividad que desarrollará en relación al proyecto Nombre evento País Desde Día/mes/año Hasta Día/mes/año 6. Participación en la compañía consultora: Años de Actividad Posición Actual Actividad Asignada en El Proyecto 7. Experiencia profesional: Empresa/Institución Desde Día/mes/año Hasta Día/mes/año Riobamba 03 de Enero del 1992 03 de Diciembre 2010 032942-179 Director