3. El equipo ECDIS se define en las Normas de Funcionamiento de
ECDIS de la OMI Resolución MSC.232(82)) como:
El Sistema de Información y Visualización de la Carta
Electrónica (ECDIS) designa a un sistema de información
náutica que, con los dispositivos de respaldo apropiados, se
puede aceptar que cumple con el requisito de llevar cartas
actualizadas según las regulaciones V/19 y V/27 del
Convenio SOLAS 1974.
coco
4. ECDIS significa que se refiere a esos sistemas de navegación por
carta electrónica que han sido PROBADOS, APROBADOS Y
CERTIFICADOS, que cumplen con las Normas de Funcionamiento
de ECDIS de la OMI y demás normas de funcionamiento de la OMI
aplicables, y que por tanto cumplen con los requisitos, relativos a
ECDIS, de llevar cartas establecidos en el Capítulo V de SOLAS.
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6. ECS SE DEFINE EN ISO 19379
COMO:
ECS es un sistema de información náutica que
presenta electrónicamente en una pantalla la
posición del buque y los datos cartográficos
relevantes para la navegación extraídos de una base
de datos ECS
coco
7. Pero que no cumple todos los requisitos de la
OMI sobre ECDIS y no pretende cumplir los
requisitos del Capítulo V de SOLAS sobre llevar
cartas náuticas.
Los equipos ECS van desde un sencillo aparato
manual con GPS, hasta un sofisticado equipo
autónomo informático conectado a los sistemas del
barco.
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8. D Ó N D E S E R E C O G E N L A S N O R M A S PA R A L A
N AV E G A C I Ó N M A R Í T I M A P R O F E S I O N A L ?
El Capítulo V de SOLAS detalla los
requisitos de los equipos de navegación
que se usarán a bordo de los barcos con
derecho a navegar bajo bandera de un
firmante del Convenio SOLAS.
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9. Los Estados Miembros de la OMI están obligados a
incluir las normas y reglamentos de la OMI, tales
como las incluidas en SOLAS, en sus legislaciones
nacionales. Sin embargo, hasta que los requisitos del
convenio se incluyan en la legislación nacional, éste
no entra en vigor para los barcos registrados en ese
Estado. El proceso de incorporación en la legislación
nacional puede tardar desde unos pocos meses a
varios años.
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10. Será la administración nacional marítima que
representa al Estado de Abanderamiento la que
controle el cumplimiento de los requisitos del
SOLAS por parte del barco (control por el
Estado de Abanderamiento). La administración
nacional marítima también será responsable del
control portuario.
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