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Protección jurídica de los nombres de dominio
1. PROTECCIÓN JURÍDICA DE LOS NOMBRES DE DOMINIO Y LAS INSTITUCIONES QUE LOS ASIGNAN
Instituciones
El Registro de nombres de dominio bajo el ccTLD .MX, esta delegado al Instituto Tecnológico y de
Estudios Superiores de Monterrey, Campus Monterrey ("ITESM") por IANA (Internet Assigned
Numbers Authority) función desempeñada actualmente por ICANN (Internet Corporation for
Assigned Names and Numbers), de acuerdo a los principios contenidos en el documento RFC 1591
y es administrado por Network Information Center México, S.C. Dicha relación, entre el ITESM y
Network Information Center México, S.C., fue establecida en noviembre de 2003 para llevar a cabo
las funciones relacionadas con la administración y registro de los nombres de dominio bajo el
ccTLD .MX.
— ccTLD .- Siglas utilizadas para designar a los nombres de dominio de primer nivel, conocidos
como códigos territoriales (Country Code Top Level Domain). Dichas siglas se refieren a la
clasificación en el Sistema de Nombres de Dominio (DNS), representado por un sufijo de dos
letras, asignado conforme a los códigos estándar de ISO3166-1 para la representación de nombres
de países o territorios.
— ICANN.- La Corporación de Internet para la Asignación de nombres y números de Dominios (del
Inglés: Internet Corporation for Assigned Names and Numbers) es una organización sin fines de
lucro que opera a nivel internacional, responsable de asignar espacio de direcciones numéricas de
protocolo de Internet (IP), identificadores de protocolo y de las funciones de gestión del sistema
de nombres de dominio de primer nivel genéricos (gTLD) y de códigos de países (ccTLD), así como
de la administración del sistema de servidores raíz. Aunque en un principio estos servicios los
desempeñaba Internet Assigned Numbers Authority (IANA) y otras entidades bajo contrato con el
gobierno de EE.UU., actualmente son responsabilidad de ICANN.
— Domain name registrar .- Domain name registrar es una compañía acreditada por Internet
Corporation for Assigned Names and Numbers (ICANN) y / o por la nacional ccTLD, compañías líder
y con único poder para autorizar el registro de nombres de dominios para su uso en Internet.
Clases de Nombres de Dominio
En la actualidad existen dos tipos de dominios de primer nivel plenamente operativos; los
“Dominios genéricos” que son formados por tres letras y están abiertos al público, como son : ***
.com, *** .org y .*** .net; y los “Dominios territoriales” que son gestionados por cada uno de los
2. países del mundo y tienen una designación de dos letras, por ejemplo: "*** .es" para España, "***
.fr" para Francia, "*** .pe" para el Perú, etc.
Sin embargo, estos “nombres de dominio” están ocasionando conflictos comerciales alrededor del
mundo, por lo que en el caso de tener un nombre de entidad, nombre comercial, marca o
nombres de productos es aconsejable registrarlos inmediatamente y, muy especialmente, si se
tiene previsto utilizar Internet como cauce para realizar sus actividades comerciales, pues los
nombres de dominios se asignan de manera que el primero en solicitarlos es el primero que los
registra.
Es importante considerar que en el caso de que alguien registre anticipadamente un nombre
coincidente con el que usted pretende registrar, será necesario abrir un proceso que establezca la
adjudicación definitiva del nombre y, mientras tanto, la asignación quedará en suspenso con todos
los inconvenientes que este hecho pueda reportar.
En general, cualquier persona, institución o empresa puede registrar un nombre si se cumplen
ciertos requisitos legales y técnicos que pueden variar en los diferentes países.
Inicialmente, es aconsejable registrar el nombre en los dominios geográficos en los que realice su
actividad principal. Es de destacar que este proceso no siempre es fácil dado que algunos países
tienen unas reglas muy estrictas sobre como deben registrarse cada tipo de organización.
También, es importante registrar el nombre en alguno de los dominios genéricos tradicionales
(.com, .org y .net) y muy especialmente en el primero, pues se trata del más ampliamente utilizado
y con relativa frecuencia se dan casos en que alguien se ha adelantado a registrarlo y lo utilizase
para otros fines.
Los problemas relativos a la Jurisdicción competente para resolver las controversias que se
produzcan en torno a los Nombres de Dominio y, en especial, en torno a los dominios genéricos
internacionales, suponen, uno de principales interrogantes al que necesario dar respuesta.