1. NORMAS DE FORO
Foro WWW.HIPICOS.CL se rige por Normas que garantizan su buen funcionamiento.
Toda persona al participar de foro HIPICOS.CL establece libremente aceptar y acatar sus normas; en caso contrario
la Administración y/o Moderadores tienen potestad para editar, eliminar y cerrar (según lo amerite) todos aquellos
mensajes que no cumpla las normativas. Los mensajes son de exclusiva responsabilidad de su autor, excluyendo de
dichas responsabilidades a los propietarios de Hipicos.cl, y Jelsoft Enterprises Limited (vBulletin).
1. De la cuenta
1.1 Cada Forista tendrá acceso a sólo una cuenta privada. La detección de un mal uso será debidamente sancionada
previa notificación al responsable.
2. De la convivencia
Cada forista debe mantener normas de conducta en las que prime el respeto y educación.
2.1 Evitar faltas de respeto agravantes hacia personas e Instituciones.
2.2 Intentar mantener correcta ortografía, con la finalidad de entregar claridad a su mensaje y que éste no sea
desvirtuado.
2.3 El respeto y la educación también se aplicarán a los nicks, avatares y firmas, siendo regulados los que inciten a la
ofensa, violencia, racismo, sexismo o guarden relación con motivos políticos y/o religiosos.
Recuerde que usted es responsable de lo que publique
3. De los mensajes
3.1 Intentar que el título que elija para un nuevo tema sea clarificador de su contenido.
3.2 Todos los mensajes deben publicarse dentro del tema que les corresponda; cualquier mensaje fuera de temática
podrá ser trasladado, por el Moderador de cada sección, a su tema correspondiente sin previo aviso.
3.3 Respetar los derechos de autor. Si se reproduce información de otro medio, se debe citar la fuente de información;
de lo contrario será de exclusiva responsabilidad de quién emita el mensaje.
3.4 No utilizar el foro para dirigirse a un usuario directamente, utilice los mensajes privados.
4. De las sanciones
El no cumplimiento de las normativas conlleva:
El primer incumplimiento: Primera notificación y Advertencia por parte de la Administración de manera privada,
señalando lo sucedido y los hechos.
El segundo incumplimiento: Segunda advertencia, mediante notificación privada.
El tercer incumplimiento, de continuar la conducta indebida, se procederá a notificar una suspensión de cuenta por 15
días.
El cuarto incumplimiento de las normas será penalizado con suspensión de manera permanente, según la gravedad del
hecho.
Cabe destacar que toda suspensión estará regulada por la administración más la opinión de 4 foristas que serán
nominados como jueces ante el caso, con la finalidad de atender los diferentes puntos de vistas y poder tomar una
decisión de manera objetiva e imparcial.
5. La Administración puede ampliar estas normas en cualquier momento si se considerase necesario.
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