3. Es un fundación sin fines de lucro, que pretende
apoyar a los usuarios a ejercer sus derechos sobre la
propiedad intelectual. El primer proyecto nace en
2002, con la idea de liberar un conjunto de
licencias para uso público. Se inspira en parte de la
idea de La fundación para el Software Libre, con
sus Licencias de uso Público General
A diferencia de las licjencias de software
libre, Creative commons no está acotado
únicamente a los desarrollos informáticos, sino que
amplía su campo a cualquier tipo de
creaciones, musicales, teatrales, literarias,
cinematográficas, fotográficas, es decir, arte en
general.
4. Creative Commons Permite usar y compartir tanto
la creatividad como el conocimiento a través de
una serie de instrumentos jurídicos de carácter
gratuito.
Dichos instrumentos jurídicos consisten en un
conjunto de “modelos de contratos de
licenciamiento” o licencias de derechos de autor
(licencias Creative Commons o licencias “CC”) que
ofrecen al autor de una obra una forma simple y
estandarizada de otorgar permiso al público en
general de compartir y usar su trabajo creativo bajo
las términos y condiciones de su elección. En este
sentido, las licencias Creative Commons permiten al
autor cambiar fácilmente los términos y condiciones
de derechos de autor de su obra de “todos los
derechos reservados” a “algunos derechos
reservados”.
5.
6. Para elegir qué es lo que se desea
compartir y lo que se desea reservar.
A través de este tipo de licencias, se
puede aprovechar al máximo los
métodos de difusión masivos y
reservar el control del empleo por
parte de otros usuarios.
7. Permite alentar a otros colegas a
construir nuevos tema a partir del
propio o a mejorar el
mismo, proveerse del rédito que
supone que otros hagan
referencia al autor original
8. Permiten mantener diferentes
opciones de la misma licencia:
El formato que se usa es bastante
general (más informal y menos
legal).
En cuanto al formato legal, este
cuenta con terminología
eminentemente técnica.
9.
10. Ofrecer un trabajo bajo una licencia
de Creative Commons no significa
entregar el Copyright, sino poner a
disposición algo de esos derechos y
solamente bajo ciertas condiciones.
Las condiciones son la que elija cada
uno
11. Esta opción permite a otros
copiar, distribuir, mostrar y ejecutar el
trabajo patentado y todos los derivados
del mismo. Pero dando siempre
testimonio de la autoría del mismo.
12. Esta opción permite a otros
copiar, distribuir, mostrar y
ejecutar el trabajo patentado y
todos los derivados del mismo,
pero únicamente con
propósitos no comerciales.
13. Esta opción permite a otros copiar,
distribuir, mostrar y ejecutar solo
copias literales del trabajo
patentado, no estando autorizado
ningún tercero a realizar trabajos
derivados del mismo
14. Esta licencia permite a otros realizar
trabajos derivados pero únicamente bajo
una licencia idéntica. Este tipo de licencia,
únicamente aplica a obras derivadas.
NOTA: Si se presta atención, se observa que
esta licencia es excluyente de la de No
derivación de trabajos, es decir, no se
pueden elegir ambas a la vez
15. Para la adopción de estas
licencias estándar, que son a las
que se accede directamente
desde la web de Creative
Commons, el creador sólo tiene
que responder a dos preguntas:
(a) si quiere permitir un uso
comercial de la obra y (b) si
permite la generación de obras
derivadas. Además puede
escoger la jurisdicción más
adecuada
16. Es importante aclarar que la negativa a
un uso comercial no excluye que el
autor comercialice su obra de la
manera que crea más
conveniente, aquí lo que está
autorizando, o no, es el derecho a que
otra persona haga este uso libremente
(sin exigir la autorización expresa para
este uso). Si el autor permite la
generación de obras derivadas puede
imponer que dichas obras estén sujetas
a una licencia del mismo tipo. De la
combinación de respuestas a estas dos
preguntas se obtienen las seis licencias
estándar actuales.
17. También es necesario resaltar que
todas estas licencias permiten la copia
o reproducción, la distribución y la
comunicación pública de una obra en
el marco de los usos no comerciales, y
todas estas licencias exigen que se
reconozca al autor y se mantenga el
aviso de la licencia que la acompaña.
Son unas licencias no exclusivas y de
ámbito mundial que no afectan los
derechos morales
18. Las licencias se pueden aplicar a todo
tipo de contenidos e incluso a contenidos
no digitales cuyo autor no quiera
reservarse todos los derechos. En este
caso debe indicarse claramente el tipo
de licencia utilizado e indicar donde se
puede obtener el texto completo. Hay
autores que reproducen dicho texto o
incluyen una copia del resumen donde se
especifican las condiciones que se
aplican en la
19. El proceso de adaptación es abierto y se
coordina por los líderes locales y la institución
afiliada a Creative Commons en aquella
jurisdicción. A partir de un primer borrador de
una de las licencias se abre una discusión
pública con el objetivo de consensuar un texto
definitivo. Al final del proceso se tienen todos
los textos posibles adaptados y traducidos a los
idiomas de la jurisdicción. Las primeras
instituciones que participaron en el proyecto
fueron de Japón, Brasil y Finlandia.