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DIP. EFRAÍN MORALES LÓPEZ
PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA,
SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS,
PRIMER AÑO DE EJERCICIO, VI LEGISLATURA.
P R E S E N T E.
La suscrita, Diputada Ernestina Godoy Ramos, integrante de esta Asamblea
Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por
los artículos 122, apartado C, Base Primera, fracción V, inciso h) de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XII y 46, fracción I del
Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción I, 17, fracción IV y 88,
fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 85,
fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del
Distrito Federal, someto a la consideración de este Honorable Órgano Legislativo la
presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE
LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO AL UNIFORME ESCOLAR PARA LOS
ALUMNOS RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL E INSCRITOS EN
ESCUELAS PÚBLICAS DE NIVEL BÁSICO EN EL DISTRITO FEDERAL, conforme
a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS.
I.- De acuerdo a la información de la Secretaría de Educación Pública para el ciclo
escolar 2010-2011, en el Distrito Federal había un 1,711,739 alumnos cursando la
educación básica, de éstos poco más del 80%, es decir, 1,375,201 alumnos están
matriculados en alguna de las 15,295 escuelas públicas del Distrito Federal.
Para mayor objetividad se presenta la siguiente gráfica:
2
En preescolar público se encuentran inscritos 71% de los alumnos de este nivel,
esto es 219,000 niñas y niños, los cuales se encuentran distribuidos en 1,511
instituciones de naturaleza pública.
En las escuelas primarias de naturaleza pública, estudia el 80.99%, es decir,
763,237 niñas y niños.
En secundaria, se incrementa la proporción de alumnos de ese nivel educativo que
se encuentran en escuelas públicas y representan el 85.14% lo cual implicó a
492,708 alumnos.
Estos datos muestran que en preescolar existe el mayor rezago en cobertura,
muestra de ello es que 60.15% de los centros escolares son particulares lo que
contrasta con los demás niveles donde las instituciones públicas representan entre
el 65% y 81% de la infraestructura educativa instalada en el DF.
También, pone en evidencia una tendencia a la disminución de la proporción de
personas que estudian en escuelas privadas conforme se escala el nivel educativo ,
NIVEL EDUCATIVO
Mátricula
a
Grupos
s
Escuela
s
Promediode
Alumnospor
grupo
Total educación Básica 1,711,739 65,826 21,471 26.00 79.72
Total Pública 1,375,201 46,447 15,295 29.61 89.91
Total privado 336,538 19,379 6,176 17.37 54.49
PREESCOLAR 308,045 15,120 3,795 20.37 81.17
PREESCOLAR PÚBLICO 219,256 7,892 1,511 27.78 145.11
PREESCOLAR PARTICULAR 88,789 7,228 2,284 12.28 38.87
PRIMARIA 942,442 36,313 3283 25.95 287.07
PRIMARIA PÚBLICA 763,237 26,877 2106 28.40 362.41
PRIMARIA PARTICULAR 179,205 9,436 1177 18.99 152.26
SECUNDARIA 461,252 14,393 14393 32.05 32.05
SECUNDARIA PÚBLICA 392,708 11,678 11678 33.63 33.63
SECUNDARIA PARTICULAR 68,544 2,715 2715 25.25 25.25
Fuente:Elaboración propiacon base alosdatoscorrespondientesal ciclo escolar 2010-2011 dela Unidad de Planeación y Evaluaciónde
PolíticasEducativas. DirecciónGeneral dePlaneación, SEP México, Febrero 2012. EstadísticasHistóricas por Estado del Sistema
Educativo Nacional.
Promediode
Alumnospor
escuela
3
es decir, encontramos en preescolar una participación de las escuelas particulares
del 28.8% de la matrícula; la cual pasa en primaria al 19% y en secundaria se
reduce aún más para situarse en 14.86%. Ello obedece a que los costos para
ingresar y permanecer en las escuelas particulares se incrementan de forma
sensible conforme se avanza en el nivel educativo y va restringiendo su acceso a las
familias de bajos ingresos.
Ahora bien, el gasto que erogan las familias en la educación de los hijos en escuelas
públicas, impacta de forma significativa en los ingresos de las familias, según datos
de la Encuesta Nacional de Ingreso Gasto en 2008 los hogares destinaban entre
4.6% y 6.8% de su gasto a rubros vinculados a la educación, desde uniformes,
útiles, cuotas, festivales, etc.
Al inicio de cada ciclo escolar, el gasto de las familias se ve dominado por la compra
de útiles y uniformes, lo cual significa una importante erogación, que se incrementa
en la medida que crece el número de hijos en edad escolar.
4
II.- El Gobierno del Distrito Federal desde 1997 ha promovido una política propia
del Estado Social de Derecho, cuyos principios rectores se encaminan a realizar la
justicia social y salvaguardar la dignidad humana mediante la sujeción de las
autoridades públicas a los principios, derechos y deberes sociales establecidos bajo
un orden constitucional, realizando actos de gobierno formales y materiales para
contrarrestar las desigualdades sociales existentes y ofrecer a todos las
oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y satisfacer sus necesidades
materiales.
Esas directrices del Estado Social de Derecho promueven a su vez, la aplicación de
una política social entendida como un proceso de realización de los derechos de la
población, mediante el cual, se fomenta el mejoramiento integral de las condiciones
y la calidad de vida; al mismo tiempo se refiere al desarrollo del capital humano y
social en una sociedad determinada, a una evolución o cambio positivo en las
relaciones de las personas, grupos e instituciones. Implica e interrelaciona
principalmente, para la obtención de sus fines, el Desarrollo Económico y Humano.
Su meta fundamental es consolidar el Estado del Bienestar Social con perspectiva
de derechos humanos. Incluso, tiene como ideal principal, la realización y
exigibilidad de los derechos de la población, para fomentar el mejoramiento integral
de las condiciones y la calidad de vida de las personas. El desarrollo social es
transversal y multisectorial, de esta manera, desde la perspectiva institucional, se
pueden articular los esfuerzos y facultades institucionales para mejorar las
condiciones de vida. El Estado de bienestar, para el desarrollo social, abarca
principalmente salud, educación empleo y las pensiones contributivas y no
contributivas; en la actualidad se vincula a los derechos económicos, sociales,
culturales y ambientales y con relación directa últimamente a los derechos
humanos.
La política de desarrollo social consiste en hacer posible la universalidad de los
satisfactores necesarios para vivir (salud, educación, vivienda, empleo y pensiones).
Va dirigida a la población con el propósito de construir una ciudad con igualdad,
reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de
los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al
conjunto de bienes y servicios públicos urbanos, con el objeto de erradicar la
5
exclusión e inequidad social existente entre las personas y alcanzar su plena
incorporación a la vida económica, social y cultural, para lograr una estructura
social con derechos.
En el caso concreto del Distrito Federal, esta política de Desarrollo Social
instrumentada por un Gobierno progresista y social, como lo es el Gobierno del
Distrito Federal tiene como sus destinatario a “los habitantes del Distrito Federal con el
propósito de construir una ciudad con igualdad, justicia social, reconocimiento de la
diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente
elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos
urbanos; mediante la cual se erradican la desigualdad y la exclusión e inequidad social entre
individuos, grupos y ámbitos territoriales, con el fin de lograr su incorporación plena a la
vida económica, social y cultural y construirse como ciudadanos con plenos derechos.”1
III.- Que dicha política social desarrollada se ha materializado a través de diversos
programas sociales debidamente regulados en términos de la Ley de Desarrollo
Social para el Distrito Federal y su Reglamento, y de sus respectivas reglas de
operación. En ese sentido, debe señalarse que conforme al principio de
progresividad y universalidad de los derechos sociales, en el Distrito Federal el
sentido y fin de diversos programas sociales sea han sido establecidos como
obligaciones legales del Gobierno y como un derecho debidamente regulado a favor
de los beneficiarios, que dejan de tener ese carácter si se convierten en
derechohabientes del beneficio social de que se trate, como ejemplo se señalan los
siguientes ordenamientos legales:
 LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A CONTAR CON UNA BECA PARA
LOS JÓVENES RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, QUE ESTUDIEN
EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
 LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO AL ACCESO GRATUITO A LOS
SERVICIOS MÉDICOS Y MEDICAMENTOS A LAS PERSONAS
RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL QUE CARECEN DE SEGURIDAD
SOCIAL LABORAL
1
Página electrónica de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal visible en
http://www.sds.df.gob.mx/politica_social.php
6
 LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A LA PENSIÓN ALIMENTARIA PARA
LOS ADULTOS MAYORES DE SETENTA Y OCHO AÑOS, RESIDENTES EN
EL DISTRITO FEDERAL.
 LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A RECIBIR UN APOYO
ALIMENTARIO A LAS MADRES SOLAS DE ESCASOS RECURSOS
RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL
 LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A UN PAQUETE DE ÚTILES
ESCOLARES POR CICLO ESCOLAR A TODOS LOS ALUMNOS
RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, INSCRITOS EN ESCUELAS
PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL, EN LOS NIVELES DE PREESCOLAR,
PRIMARIA Y SECUNDARIA
IV.- Que los programas sociales aplicados en el Distrito Federal por parte del
Gobierno de la Ciudad, a través de las Secretarías y Dependencias que a través de
sus Unidades ejecutoras de los programas, hacen efectivo el goce los derechos
sociales establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y
en el caso de la Ciudad, de las leyes locales como la Ley de Desarrollo Social para el
Distrito Federal.
V.- Ahora bien, como es de conocimiento público, el Gobierno del Distrito Federal a
través de la Secretaría de Desarrollo Social instrumenta el Programa Social
denominado Programa de Uniformes Escolares Gratuitos, cuyo objeto es apoyar a la
población estudiantil inscrita en escuelas públicas del Distrito Federal en el nivel de
educación básica (preescolar, primaria, secundaria y centros de atención múltiple),
a través de la entrega de un uniforme escolar confeccionado o vale para adquisición
del mismo, con objeto de que permita identificarlos como alumnos de educación
básica, y que a su vez constituya una medida para reforzar su seguridad, evitar la
discriminación, las diferencias sociales, y fortalecer el reconocimiento derivado de
las características individuales más que de la vestimenta. Dicho Programa cada año
emite sus reglas de operación en la que se establecen las particularidades
normativas y operativas inherentes a la ejecución del mismo. Para el año 2013 las
reglas de operación del Programa se publicaron el 30 de enero del año en curso; de
dichas reglas me permito citar lo siguiente:
“I. Dependencia o Entidad responsable del programa
7
La Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, a través de la Subsecretaría de
Participación Ciudadana, de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social, de la
Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social, de la Dirección
General del Servicio Público de Localización Telefónica, y de la Dirección General de
Administración, todas de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal.
Además participarán y coadyuvarán en distintas etapas del Programa, la Secretaría de
Seguridad Pública del Distrito Federal, el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, el
Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, el Instituto de
la Juventud del Distrito Federal y el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación
de la Ciudad de México.
II. Objetivos y alcances
El objetivo del Programa de Uniformes Escolares Gratuitos es la entrega de dos
uniformes escolares confeccionados o vales para adquisición de los mismos, para
alumnos y alumnas inscritos escuelas públicas del Distrito Federal en el nivel de
educación básica (preescolar, primaria y secundaria).
Lo anterior surge con el fin de apoyar la economía de las familias e identificar a
alumnos y alumnas de educación básica, así c omo de contribuir a reforzar su
seguridad, evitar la discriminación, las diferencias sociales, y fortalecer el
reconocimiento derivado de las características individuales más que de la vestimenta.
En nivel preescolar se considera también a los Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS)
y Estancias Infantiles dependientes del Gobierno del Distrito Federal.
Asimismo a los alumnos de educación especial inscritos en los Centros de Atención
Múltiple (CAM’s), las Unidades de Servicios de Apoyo a la Escuela Regular (USAER) y
los Centros de Recursos, Información e Innovación para la Integración Educativa
(CRIIIE).
Su alcance es contribuir a consolidar el sistema de derechos humanos
interdependientes a la educación pública del Distrito Federal.
III. Metas físicas
En el ejercicio fiscal 2013 se financiará el otorgamiento de un estimado de 2’500,000
(Dos millones quinientos mil) uniformes escolares confeccionados o vales para la
adquisición de los mismos, que serán entregados a las alumnas o alumnos inscritos en
8
las escuelas públicas del Distrito Federal en los niveles de educación preescolar,
primaria y secundaria escolarizadas.
IV. Programación presupuestal
Para la ejecución del Programa se cuenta con un presupuesto autorizado de
$355´475,937.00 (Trescientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos
setenta y cinco mil novecientos treinta y siete pesos 00/100 M.N.)”
Como se puede acreditar de la lectura de las reglas de operación, el Programa de
Uniformes escolares gratuitos tiene un presupuesto asignado y un desarrollo
operativo debidamente instrumentado, lo cual garantiza efectivamente la aplicación
del programa, la ejecución del recurso, su viabilidad financiera y el apoyo asegurado
al beneficiario al ser un alumno debidamente inscrito en la educación básica.
VI.- Conforme lo expuesto, el objetivo de presente ley que establece el derecho a la
entrega de uniformes escolares por ciclo escolar, a todos los alumnos residentes en
el Distrito Federal inscritos en escuelas públicas del Distrito Federal en los niveles
de preescolar, primaria y secundaria es garantizar el derecho a la Educación para
aquellos estudiantes de educación básica inscritos, proporcionándoles ya sea el
uniforme confeccionado o en su caso, vales para adquirirlos en la forma y términos
establecidos en el Programa de Uniformes Escolares Gratuitos promoviendo a la par
el derecho a la igualdad y no discriminación en razón de que los estudiantes y su
padres no estén en condiciones de adquirir los uniformes oficiales para las escuelas
de educación básica.
En ese mismo sentido, si bien ya existe el Programa Social de uniformes escolares,
el principio de progresividad de los derechos, implica que éstos se consoliden o
materialicen de manera permanente de tal forma que no estén sujetos a los
cambios políticos o criterios administrativos, lo cual en muchas ocasiones impiden
su permanente ejecución afectando con ello a los beneficiarios, que generalmente
son personas de escasos recursos, cuyo apoyo o beneficio constituye la garantía del
ejercicio de un derecho.
Por su parte el principio de universalidad implica que todo un sector de la población
en una misma condición acceda al beneficio de un derecho para ese sector establecido,
9
promoviendo con ello la igualdad y justicia social, contrarrestando con ello las
diferencias y exclusión o discriminación.
Por ello la pretensión de la ley es establecer como obligatorio que el Estado apoye
de manera permanente a los estudiantes de educación básica para la adquisición de
los uniformes escolares promoviendo con ello el efectivo derecho a la Educación,
pero también fortalecer el autoestima de los estudiantes y de las familias al
garantizar que los estudiantes acudan a la escuela con el uniforme oficial y con ello
evitar prácticas discriminatorias o excluyentes en la población escolar a quien se
otorga el derecho.
Por lo antes expuesto, se emite la siguiente:
INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY
QUE ESTABLECE EL DERECHO AL UNIFORME ESCOLAR PARA LOS ALUMNOS
RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL E INSCRITOS EN ESCUELAS
PÚBLICAS DE NIVEL BÁSICO EN EL DISTRITO FEDERAL.
Artículo 1º.- La presente ley es de orden público e interés social y tiene por objeto
dotar gratuitamente de, por lo menos, un uniforme a los alumnos residentes en el
Distrito Federal e inscritos en escuelas públicas de nivel básico ubicadas en el
Distrito Federal, por cada ciclo escolar que inicie conforme al calendario autorizado
por la Secretaría de Educación Pública.
Artículo 2º.- Para efectos de la presente ley, se consideran inscritos en las
escuelas públicas de nivel básico en el Distrito Federal:
I.- Los alumnos residentes en el Distrito Federal de nivel preescolar, primaria y
secundaria escolarizada, educación especial e indígena, pertenecientes a las
escuelas públicas ubicadas dentro del Distrito Federal.
II.- Los alumnos residentes en el Distrito Federal de preescolar inscritos en los
Centros de Desarrollo Infantil y Estancias Infantiles dependientes del Gobierno del
Distrito Federal.
10
III.- Los alumnos residentes en el Distrito Federal de educación especial inscritos en
los Centros de Atención Múltiple, las Unidades de Servicios de Apoyo a la Escuela
Regular y los Centros de Recursos, Información e Innovación para la integración
Educativa ubicados dentro del Distrito Federal.
Artículo 3º- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá incluir en su Proyecto
de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, un monto que garantice la entrega
de, por lo menos, un uniforme escolar al inicio de cada ciclo escolar a todos los
alumnos residentes en el Distrito Federal e inscritos en escuelas públicas de nivel
básico que se encuentren en esta entidad federativa.
Artículo 4º.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberá aprobar en el
Decreto de Presupuesto Anual la asignación suficiente para hacer efectivo el
derecho a recibir, por lo menos, un uniforme escolar a los alumnos radicados en el
Distrito Federal e inscritos en escuelas públicas de nivel básico en el Distrito Federal
en los términos del artículo 2º de esta ley.
Artículo 5º.- El Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de
Desarrollo Social, será responsable de operar el proceso de formación, adquisición,
distribución y entrega de los uniformes escolares, quien podrá solicitar el apoyo las
unidades técnico-operativas de la Administración Pública del Distrito Federal que
sean necesarias para la instrumentación y ejecución de la presente ley.
Artículo 6º.- En el ámbito de sus facultades, el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal elaborará la reglamentación del programa en la que se establezcan los
requisitos y procedimientos necesarios para hacer efectivo el derecho que establece
esta ley, así como los mecanismos para la evaluación y fiscalización del programa.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
SEGUNDO.- La presente Ley, entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
11
TERCERO.- Durante el ciclo escolar 2012-2013 autorizado por la Secretaría de
Educación Pública, seguirá aplicándose el Programa de Uniformes Escolares
Gratuitos.
Dado en el Recinto Legislativo de Donceles, Ciudad de México, Distrito
Federal, 10 de abril de 2013.
DIP. ERNESTINA GODOY RAMOS.

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  • 1. 1 DIP. EFRAÍN MORALES LÓPEZ PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA, SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS, PRIMER AÑO DE EJERCICIO, VI LEGISLATURA. P R E S E N T E. La suscrita, Diputada Ernestina Godoy Ramos, integrante de esta Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado C, Base Primera, fracción V, inciso h) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XII y 46, fracción I del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 10, fracción I, 17, fracción IV y 88, fracción I de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; y 85, fracción I del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, someto a la consideración de este Honorable Órgano Legislativo la presente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO AL UNIFORME ESCOLAR PARA LOS ALUMNOS RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL E INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DE NIVEL BÁSICO EN EL DISTRITO FEDERAL, conforme a la siguiente: EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. I.- De acuerdo a la información de la Secretaría de Educación Pública para el ciclo escolar 2010-2011, en el Distrito Federal había un 1,711,739 alumnos cursando la educación básica, de éstos poco más del 80%, es decir, 1,375,201 alumnos están matriculados en alguna de las 15,295 escuelas públicas del Distrito Federal. Para mayor objetividad se presenta la siguiente gráfica:
  • 2. 2 En preescolar público se encuentran inscritos 71% de los alumnos de este nivel, esto es 219,000 niñas y niños, los cuales se encuentran distribuidos en 1,511 instituciones de naturaleza pública. En las escuelas primarias de naturaleza pública, estudia el 80.99%, es decir, 763,237 niñas y niños. En secundaria, se incrementa la proporción de alumnos de ese nivel educativo que se encuentran en escuelas públicas y representan el 85.14% lo cual implicó a 492,708 alumnos. Estos datos muestran que en preescolar existe el mayor rezago en cobertura, muestra de ello es que 60.15% de los centros escolares son particulares lo que contrasta con los demás niveles donde las instituciones públicas representan entre el 65% y 81% de la infraestructura educativa instalada en el DF. También, pone en evidencia una tendencia a la disminución de la proporción de personas que estudian en escuelas privadas conforme se escala el nivel educativo , NIVEL EDUCATIVO Mátricula a Grupos s Escuela s Promediode Alumnospor grupo Total educación Básica 1,711,739 65,826 21,471 26.00 79.72 Total Pública 1,375,201 46,447 15,295 29.61 89.91 Total privado 336,538 19,379 6,176 17.37 54.49 PREESCOLAR 308,045 15,120 3,795 20.37 81.17 PREESCOLAR PÚBLICO 219,256 7,892 1,511 27.78 145.11 PREESCOLAR PARTICULAR 88,789 7,228 2,284 12.28 38.87 PRIMARIA 942,442 36,313 3283 25.95 287.07 PRIMARIA PÚBLICA 763,237 26,877 2106 28.40 362.41 PRIMARIA PARTICULAR 179,205 9,436 1177 18.99 152.26 SECUNDARIA 461,252 14,393 14393 32.05 32.05 SECUNDARIA PÚBLICA 392,708 11,678 11678 33.63 33.63 SECUNDARIA PARTICULAR 68,544 2,715 2715 25.25 25.25 Fuente:Elaboración propiacon base alosdatoscorrespondientesal ciclo escolar 2010-2011 dela Unidad de Planeación y Evaluaciónde PolíticasEducativas. DirecciónGeneral dePlaneación, SEP México, Febrero 2012. EstadísticasHistóricas por Estado del Sistema Educativo Nacional. Promediode Alumnospor escuela
  • 3. 3 es decir, encontramos en preescolar una participación de las escuelas particulares del 28.8% de la matrícula; la cual pasa en primaria al 19% y en secundaria se reduce aún más para situarse en 14.86%. Ello obedece a que los costos para ingresar y permanecer en las escuelas particulares se incrementan de forma sensible conforme se avanza en el nivel educativo y va restringiendo su acceso a las familias de bajos ingresos. Ahora bien, el gasto que erogan las familias en la educación de los hijos en escuelas públicas, impacta de forma significativa en los ingresos de las familias, según datos de la Encuesta Nacional de Ingreso Gasto en 2008 los hogares destinaban entre 4.6% y 6.8% de su gasto a rubros vinculados a la educación, desde uniformes, útiles, cuotas, festivales, etc. Al inicio de cada ciclo escolar, el gasto de las familias se ve dominado por la compra de útiles y uniformes, lo cual significa una importante erogación, que se incrementa en la medida que crece el número de hijos en edad escolar.
  • 4. 4 II.- El Gobierno del Distrito Federal desde 1997 ha promovido una política propia del Estado Social de Derecho, cuyos principios rectores se encaminan a realizar la justicia social y salvaguardar la dignidad humana mediante la sujeción de las autoridades públicas a los principios, derechos y deberes sociales establecidos bajo un orden constitucional, realizando actos de gobierno formales y materiales para contrarrestar las desigualdades sociales existentes y ofrecer a todos las oportunidades necesarias para desarrollar sus aptitudes y satisfacer sus necesidades materiales. Esas directrices del Estado Social de Derecho promueven a su vez, la aplicación de una política social entendida como un proceso de realización de los derechos de la población, mediante el cual, se fomenta el mejoramiento integral de las condiciones y la calidad de vida; al mismo tiempo se refiere al desarrollo del capital humano y social en una sociedad determinada, a una evolución o cambio positivo en las relaciones de las personas, grupos e instituciones. Implica e interrelaciona principalmente, para la obtención de sus fines, el Desarrollo Económico y Humano. Su meta fundamental es consolidar el Estado del Bienestar Social con perspectiva de derechos humanos. Incluso, tiene como ideal principal, la realización y exigibilidad de los derechos de la población, para fomentar el mejoramiento integral de las condiciones y la calidad de vida de las personas. El desarrollo social es transversal y multisectorial, de esta manera, desde la perspectiva institucional, se pueden articular los esfuerzos y facultades institucionales para mejorar las condiciones de vida. El Estado de bienestar, para el desarrollo social, abarca principalmente salud, educación empleo y las pensiones contributivas y no contributivas; en la actualidad se vincula a los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales y con relación directa últimamente a los derechos humanos. La política de desarrollo social consiste en hacer posible la universalidad de los satisfactores necesarios para vivir (salud, educación, vivienda, empleo y pensiones). Va dirigida a la población con el propósito de construir una ciudad con igualdad, reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos urbanos, con el objeto de erradicar la
  • 5. 5 exclusión e inequidad social existente entre las personas y alcanzar su plena incorporación a la vida económica, social y cultural, para lograr una estructura social con derechos. En el caso concreto del Distrito Federal, esta política de Desarrollo Social instrumentada por un Gobierno progresista y social, como lo es el Gobierno del Distrito Federal tiene como sus destinatario a “los habitantes del Distrito Federal con el propósito de construir una ciudad con igualdad, justicia social, reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos urbanos; mediante la cual se erradican la desigualdad y la exclusión e inequidad social entre individuos, grupos y ámbitos territoriales, con el fin de lograr su incorporación plena a la vida económica, social y cultural y construirse como ciudadanos con plenos derechos.”1 III.- Que dicha política social desarrollada se ha materializado a través de diversos programas sociales debidamente regulados en términos de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento, y de sus respectivas reglas de operación. En ese sentido, debe señalarse que conforme al principio de progresividad y universalidad de los derechos sociales, en el Distrito Federal el sentido y fin de diversos programas sociales sea han sido establecidos como obligaciones legales del Gobierno y como un derecho debidamente regulado a favor de los beneficiarios, que dejan de tener ese carácter si se convierten en derechohabientes del beneficio social de que se trate, como ejemplo se señalan los siguientes ordenamientos legales:  LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A CONTAR CON UNA BECA PARA LOS JÓVENES RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, QUE ESTUDIEN EN LOS PLANTELES DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR Y SUPERIOR DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL  LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO AL ACCESO GRATUITO A LOS SERVICIOS MÉDICOS Y MEDICAMENTOS A LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL QUE CARECEN DE SEGURIDAD SOCIAL LABORAL 1 Página electrónica de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Distrito Federal visible en http://www.sds.df.gob.mx/politica_social.php
  • 6. 6  LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A LA PENSIÓN ALIMENTARIA PARA LOS ADULTOS MAYORES DE SETENTA Y OCHO AÑOS, RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL.  LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A RECIBIR UN APOYO ALIMENTARIO A LAS MADRES SOLAS DE ESCASOS RECURSOS RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL  LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A UN PAQUETE DE ÚTILES ESCOLARES POR CICLO ESCOLAR A TODOS LOS ALUMNOS RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL, INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL, EN LOS NIVELES DE PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA IV.- Que los programas sociales aplicados en el Distrito Federal por parte del Gobierno de la Ciudad, a través de las Secretarías y Dependencias que a través de sus Unidades ejecutoras de los programas, hacen efectivo el goce los derechos sociales establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en el caso de la Ciudad, de las leyes locales como la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal. V.- Ahora bien, como es de conocimiento público, el Gobierno del Distrito Federal a través de la Secretaría de Desarrollo Social instrumenta el Programa Social denominado Programa de Uniformes Escolares Gratuitos, cuyo objeto es apoyar a la población estudiantil inscrita en escuelas públicas del Distrito Federal en el nivel de educación básica (preescolar, primaria, secundaria y centros de atención múltiple), a través de la entrega de un uniforme escolar confeccionado o vale para adquisición del mismo, con objeto de que permita identificarlos como alumnos de educación básica, y que a su vez constituya una medida para reforzar su seguridad, evitar la discriminación, las diferencias sociales, y fortalecer el reconocimiento derivado de las características individuales más que de la vestimenta. Dicho Programa cada año emite sus reglas de operación en la que se establecen las particularidades normativas y operativas inherentes a la ejecución del mismo. Para el año 2013 las reglas de operación del Programa se publicaron el 30 de enero del año en curso; de dichas reglas me permito citar lo siguiente: “I. Dependencia o Entidad responsable del programa
  • 7. 7 La Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal, a través de la Subsecretaría de Participación Ciudadana, de la Dirección General de Igualdad y Diversidad Social, de la Dirección General del Instituto de Asistencia e Integración Social, de la Dirección General del Servicio Público de Localización Telefónica, y de la Dirección General de Administración, todas de la Secretaría de Desarrollo Social del Distrito Federal. Además participarán y coadyuvarán en distintas etapas del Programa, la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal, el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, el Instituto para la Atención de los Adultos Mayores en el Distrito Federal, el Instituto de la Juventud del Distrito Federal y el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México. II. Objetivos y alcances El objetivo del Programa de Uniformes Escolares Gratuitos es la entrega de dos uniformes escolares confeccionados o vales para adquisición de los mismos, para alumnos y alumnas inscritos escuelas públicas del Distrito Federal en el nivel de educación básica (preescolar, primaria y secundaria). Lo anterior surge con el fin de apoyar la economía de las familias e identificar a alumnos y alumnas de educación básica, así c omo de contribuir a reforzar su seguridad, evitar la discriminación, las diferencias sociales, y fortalecer el reconocimiento derivado de las características individuales más que de la vestimenta. En nivel preescolar se considera también a los Centros de Desarrollo Infantil (CENDIS) y Estancias Infantiles dependientes del Gobierno del Distrito Federal. Asimismo a los alumnos de educación especial inscritos en los Centros de Atención Múltiple (CAM’s), las Unidades de Servicios de Apoyo a la Escuela Regular (USAER) y los Centros de Recursos, Información e Innovación para la Integración Educativa (CRIIIE). Su alcance es contribuir a consolidar el sistema de derechos humanos interdependientes a la educación pública del Distrito Federal. III. Metas físicas En el ejercicio fiscal 2013 se financiará el otorgamiento de un estimado de 2’500,000 (Dos millones quinientos mil) uniformes escolares confeccionados o vales para la adquisición de los mismos, que serán entregados a las alumnas o alumnos inscritos en
  • 8. 8 las escuelas públicas del Distrito Federal en los niveles de educación preescolar, primaria y secundaria escolarizadas. IV. Programación presupuestal Para la ejecución del Programa se cuenta con un presupuesto autorizado de $355´475,937.00 (Trescientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos setenta y cinco mil novecientos treinta y siete pesos 00/100 M.N.)” Como se puede acreditar de la lectura de las reglas de operación, el Programa de Uniformes escolares gratuitos tiene un presupuesto asignado y un desarrollo operativo debidamente instrumentado, lo cual garantiza efectivamente la aplicación del programa, la ejecución del recurso, su viabilidad financiera y el apoyo asegurado al beneficiario al ser un alumno debidamente inscrito en la educación básica. VI.- Conforme lo expuesto, el objetivo de presente ley que establece el derecho a la entrega de uniformes escolares por ciclo escolar, a todos los alumnos residentes en el Distrito Federal inscritos en escuelas públicas del Distrito Federal en los niveles de preescolar, primaria y secundaria es garantizar el derecho a la Educación para aquellos estudiantes de educación básica inscritos, proporcionándoles ya sea el uniforme confeccionado o en su caso, vales para adquirirlos en la forma y términos establecidos en el Programa de Uniformes Escolares Gratuitos promoviendo a la par el derecho a la igualdad y no discriminación en razón de que los estudiantes y su padres no estén en condiciones de adquirir los uniformes oficiales para las escuelas de educación básica. En ese mismo sentido, si bien ya existe el Programa Social de uniformes escolares, el principio de progresividad de los derechos, implica que éstos se consoliden o materialicen de manera permanente de tal forma que no estén sujetos a los cambios políticos o criterios administrativos, lo cual en muchas ocasiones impiden su permanente ejecución afectando con ello a los beneficiarios, que generalmente son personas de escasos recursos, cuyo apoyo o beneficio constituye la garantía del ejercicio de un derecho. Por su parte el principio de universalidad implica que todo un sector de la población en una misma condición acceda al beneficio de un derecho para ese sector establecido,
  • 9. 9 promoviendo con ello la igualdad y justicia social, contrarrestando con ello las diferencias y exclusión o discriminación. Por ello la pretensión de la ley es establecer como obligatorio que el Estado apoye de manera permanente a los estudiantes de educación básica para la adquisición de los uniformes escolares promoviendo con ello el efectivo derecho a la Educación, pero también fortalecer el autoestima de los estudiantes y de las familias al garantizar que los estudiantes acudan a la escuela con el uniforme oficial y con ello evitar prácticas discriminatorias o excluyentes en la población escolar a quien se otorga el derecho. Por lo antes expuesto, se emite la siguiente: INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO AL UNIFORME ESCOLAR PARA LOS ALUMNOS RESIDENTES EN EL DISTRITO FEDERAL E INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DE NIVEL BÁSICO EN EL DISTRITO FEDERAL. Artículo 1º.- La presente ley es de orden público e interés social y tiene por objeto dotar gratuitamente de, por lo menos, un uniforme a los alumnos residentes en el Distrito Federal e inscritos en escuelas públicas de nivel básico ubicadas en el Distrito Federal, por cada ciclo escolar que inicie conforme al calendario autorizado por la Secretaría de Educación Pública. Artículo 2º.- Para efectos de la presente ley, se consideran inscritos en las escuelas públicas de nivel básico en el Distrito Federal: I.- Los alumnos residentes en el Distrito Federal de nivel preescolar, primaria y secundaria escolarizada, educación especial e indígena, pertenecientes a las escuelas públicas ubicadas dentro del Distrito Federal. II.- Los alumnos residentes en el Distrito Federal de preescolar inscritos en los Centros de Desarrollo Infantil y Estancias Infantiles dependientes del Gobierno del Distrito Federal.
  • 10. 10 III.- Los alumnos residentes en el Distrito Federal de educación especial inscritos en los Centros de Atención Múltiple, las Unidades de Servicios de Apoyo a la Escuela Regular y los Centros de Recursos, Información e Innovación para la integración Educativa ubicados dentro del Distrito Federal. Artículo 3º- El Jefe de Gobierno del Distrito Federal deberá incluir en su Proyecto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, un monto que garantice la entrega de, por lo menos, un uniforme escolar al inicio de cada ciclo escolar a todos los alumnos residentes en el Distrito Federal e inscritos en escuelas públicas de nivel básico que se encuentren en esta entidad federativa. Artículo 4º.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal deberá aprobar en el Decreto de Presupuesto Anual la asignación suficiente para hacer efectivo el derecho a recibir, por lo menos, un uniforme escolar a los alumnos radicados en el Distrito Federal e inscritos en escuelas públicas de nivel básico en el Distrito Federal en los términos del artículo 2º de esta ley. Artículo 5º.- El Gobierno del Distrito Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, será responsable de operar el proceso de formación, adquisición, distribución y entrega de los uniformes escolares, quien podrá solicitar el apoyo las unidades técnico-operativas de la Administración Pública del Distrito Federal que sean necesarias para la instrumentación y ejecución de la presente ley. Artículo 6º.- En el ámbito de sus facultades, el Jefe de Gobierno del Distrito Federal elaborará la reglamentación del programa en la que se establezcan los requisitos y procedimientos necesarios para hacer efectivo el derecho que establece esta ley, así como los mecanismos para la evaluación y fiscalización del programa. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.- La presente Ley, entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
  • 11. 11 TERCERO.- Durante el ciclo escolar 2012-2013 autorizado por la Secretaría de Educación Pública, seguirá aplicándose el Programa de Uniformes Escolares Gratuitos. Dado en el Recinto Legislativo de Donceles, Ciudad de México, Distrito Federal, 10 de abril de 2013. DIP. ERNESTINA GODOY RAMOS.