El documento describe las premisas básicas para el desarrollo de un sistema de franquicias exitoso, incluyendo la importancia del contrato, la concesión del uso de la marca registrada y la transmisión del conocimiento, la exclusividad territorial, la formación del franquiciado, y la asistencia continua. También describe las características clave de un contrato de franquicias como bilateral, oneroso, conmutativo, consensual, innominado y atípico, adhesivo, de ejecución sucesiva, y de colabor
2. Premisa básicas para el
perfecto desarrollo del
Sistema de Franquicias.
El contrato es la pieza fundamental de todo el
sistema de franquicia.
Concesión del uso de marca registrada.
Trasmisión del conjunto de saberes y
experiencias que constituyen el Saberhacer (Know-how).
Concesión de una exclusividad territorial y
tiempo de duración de la misma.
3. Definición de los parámetros económicos
de acceso a la red de franquicia.
Formación inicial completa y amplia del
franquiciado y su personal.
Servicio de atención y asistencia
continuada a los franquiciados.
Definir lo que constituirá el "package",
que se trata de la documentación a
entregar al franquiciad.
4. Característica Claves de un Contrato de
Franquicias
BILATERAL: porque las partes se obligan recíprocamente, la una a transmitir
su Know how, a prestarle asistencia técnica, permitir el uso de la marca y
compartir y propiedad intelectual, y la otra paga un precio por ello, a cumplir
con los manuales que se le entreguen y a no revelar el secreto empresarial
transmitido.
ONEROSO: porque existe utilidad para ambos contratantes, donde cada uno se
graba en beneficio del otro.
CONMUTATIVO: porque genera obligaciones equivalentes para ambas partes.
CONSENSUAL: "los contratos de franquicia nacional e internacional se
perfeccionan por el simple acuerdo de voluntades" y por ello, nacen a la vida
jurídica con el simple consenso. Sin embargo, para ser oponibles a terceros deben
cumplir ciertos requisitos de publicidad.
5. INNOMINADO Y ATIPICO: porque no se encuentra regulado específicamente
en una norma jurídica.
ADHESIVO: porque sus cláusulas son impuestas por el franquiciarte en su
mayoría sin que puedan ser modificadas unilateralmente por el franquiciatario.
DE EJECUCIÓN SUCESIVA: porque las obligaciones de las partes se deben
cumplir continuamente en el tiempo de duración.
LAS OBLIGACIONES SON DE RESULTADO: porque las obligaciones deben
cumplirse indefectiblemente.
DE COLABORACIÓN EMPRESARIAL: porque las partes persiguen un mismo
fin que es propender por el éxito comercial del negocio.