2. Decreto de Software Libre
Versión 1 – Enero 2009 Página 24
No. 1014
RAFAEL CORREA DELGADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en el apartado g) del numeral 6 de la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico, aprobad
a por el IX Conferencia Iberoamericana de Ministros de Administración Pública y
Reforma del Estado, realizada en Chiles el 1 de junio de 2007, se recomienda el uso de
estándares abiertos y software libre, como herramienta de informática;
Que es de interés del Gobierno alcanzar soberanía y autonomía tecnológica, así como un significati
vo ahorro de recursos públicos y que el Software Libre es en muchas instancias un
instrumento para alcanzar estos objetivos;
Que el 18 de Julio de 2007 se creó e incorporó a la estructura orgánica de la Presidencia de la Repú
blica la Subsecretaría de Informática , dependiente de la Secretaría General de la Administración,
mediante acuerdo Nº 119 publicado en el Registro Oficial No. 139 de 1 de Agosto del 2007;
DECRETA:
Artículo 1.- Establecer como política pública para las Entidades de la Administración Pública Centra
l la utilización de Software Libre en sus sistemas y equipamientos informáticos.
Artículo 2.- Se entiende por Software Libre, a los programas de computación que se pueden
utilizar y distribuir sin restricción alguna, que permitan su acceso a los códigos fuentes y que sus
aplicaciones puedan ser mejoradas.
Estos programas de computación tienen las siguientes libertades:
a) Utilización del programa con cualquier propósito de uso común.
b) Distribución de copias sin restricción alguna.
c) Estudio y modificación del programa ( Requisito: código fuente disponible)
d) Publicación del programa mejorado (Requisitos: código fuente disponible)Subsecretaria de
Informática Estrategia Implantación de Software Libre en la Administración Pública Central de
Ecuador
Artículo 3.-
Las entidades de la Administración Pública previa la instalación del software libre en sus
equipos, deberán verificar la existencia de capacidad técnica que brinde el soporte necesario para
el uso de este tipo de software.
3. Artículo 4.- Se faculta la utilización de software propietario (no libre) únicamente cuando no exist
a una solución de software libre que supla las necesidades requeridas, o cuando este en riesgo la
seguridad nacional, o cuando el proyecto informático se encuentre en un punto de no retorno.
Para efectos de este decreto se comprende como seguridad nacional, las garantías para la superviv
enciade la colectividad y la defensa de patrimonio nacional.
Para efectos de este decreto se entiende por un punto de no retorno, cuando
el sistema o proyecto informático se encuentre en cualquiera de estas condiciones:
a) Sistemas en producción funcionando satisfactoriamente y que en un análisis de costo
beneficio muestre que no es razonable ni conveniente una migración a Software Libre.
b) Proyecto en estado de desarrollo y que un análisis de costo - beneficio muestre que no es conve
niente modificar el proyecto y utilizar Software Libre.
Periódicamente se evaluarán los sistemas informáticos que utilizan software propietario con la fin
alidad de migrarlos a Software Libre.
Artículo 5.- Tanto para software libre como software propietario, siempre y cuando se satisfagan
los requerimientos, se debe preferir las soluciones en este orden:
a) Nacionales que permitan autonomía y soberanía tecnológica.
b) Regionales con componente nacional.
c) Regionales con proveedores nacionales.
d) Internacionales con componente nacional.
e) Internacionales con proveedores nacionales.
f) Internacionales.
Artículo 6.- La Subsecretaría de Informática como órgano regulador y ejecutor de las
políticas y proyectos informáticos en las entidades del Gobierno Central deberá realizar el control
y seguimiento de este derecho
Para todas las evaluaciones constantes en este decreto la Subsecretaría de Informática establecerá
los parámetros y metodología obligatorias.
Artículo 7.- Aburguesarse de la ejecución de este decreto los señores Ministros Coordinadores y el
señor Secretario General de la Administración Pública y Comunicación.
¿Qué significa virtualizar?
4. En Informática, virtualización es la creación -a través de software- de una versión virtual de algún
recurso tecnológico, como puede ser una plataforma de hardware, un sistema operativo, un
dispositivo de almacenamiento u otros recursos de red.
Dicho de otra manera, se refiere a la abstracción de los recursos de una computadora, llamada
Hypervisor o VMM (Virtual Machine Monitor) que crea una capa de abstracción entre el hardware
de la máquina física (host) y el sistema operativo de la máquina virtual (virtual machine, guest),
dividiéndose el recurso en uno o más entornos de ejecución.
Esta capa de software (VMM) maneja, gestiona y arbitra los cuatro recursos principales de una
computadora (CPU, Memoria, Almacenamiento y Conexiones de Red) y así podrá repartir
dinámicamente dichos recursos entre todas las máquinas virtuales definidas en el computador
central. Esto hace que se puedan tener varios ordenadores virtuales ejecutándose en el mismo
ordenador físico.
La virtualización se encarga de crear una interfaz externa que encapsula una implementación
subyacente mediante la combinación de recursos en localizaciones físicas diferentes, o por medio
de la simplificación del sistema de control. Un avanzado desarrollo de nuevas plataformas y
tecnologías de virtualización ha hecho que en los últimos años se haya vuelto a prestar atención a
este concepto.
La máquina virtual en general es un sistema operativo completo que corre como si estuviera
instalado en una plataforma de hardware autónoma. Típicamente varias máquinas virtuales
operan en un computador central. Para que el sistema operativo “guest” funcione, la simulación
debe ser lo suficientemente grande (siempre dependiendo del tipo de virtualización).
Existen diferentes formas de virtualización: es posible virtualizar el hardware de servidor, el
software de servidor, virtualizar sesiones de usuario, virtualizar aplicaciones y también se pueden
crear máquinas virtuales en una computadora de escritorio.
5. Virtual Box
Oracle VM VirtualBox es un software de virtualización para arquitecturas x86/amd64, creado
originalmente por la empresa alemana innotek GmbH. Actualmente es desarrollado por Oracle
Corporation como parte de su familia de productos de virtualización. Por medio de esta aplicación
es posible instalar sistemas operativos adicionales, conocidos como «sistemas invitados», dentro
de otro sistema operativo «anfitrión», cada uno con su propio ambiente virtual.
Entre los sistemas operativos soportados (en modo anfitrión) se encuentran GNU/Linux, Mac OS
X, OS/2 Warp , Microsoft Windows, ySolaris/OpenSolaris, y dentro de ellos es posible virtualizar
los sistemas operativos FreeBSD, GNU/Linux, OpenBSD, OS/2 Warp, Windows, Solaris, MS-DOS y
muchos otros.
La aplicación fue inicialmente ofrecida bajo una licencia de software privativo, pero en enero
de 2007, después de años de desarrollo, surgió VirtualBox OSE (Open Source Edition) bajo la
licencia GPL 2. Actualmente existe la versión privativa Oracle VM VirtualBox, que es gratuita
únicamente bajo uso personal o de evaluación, y esta sujeta a la licencia de "Uso Personal y de
Evaluación VirtualBox"(VirtualBox Personal Use and Evaluation License o PUEL) y la versión Open
Source, VirtualBox OSE, que es software libre, sujeta a la licencia GPL.
VirtualBox ofrece algunas funcionalidades interesantes, como la ejecución de maquinas virtuales
de forma remota, por medio del Remote Desktop Protocol (RDP), soporte iSCSI, aunque estas
opciones no están disponibles en la versión OSE.
En cuanto a la emulación de hardware, los discos duros de los sistemas invitados son almacenados
en los sistemas anfitriones como archivos individuales en un contenedor llamado Virtual Disk
Image, incompatible con los demás software de virtualización.
Otra de las funciones que presenta es la de montar imágenes ISO como unidades virtuales ópticas
de CD o DVD, o como un disquete.
6. Tiene un paquete de controladores que permiten aceleración en 3D, pantalla completa, hasta 4
placas PCI Ethernet (8 si se utiliza la línea de comandos para configurarlas), integración con teclado
y ratón.
VMware
VMware es un sistema de virtualización por software. Un sistema virtual por software es un
programa que simula un sistema físico (un computador, un hardware) con unas características de
hardware determinadas. Cuando se ejecuta el programa (simulador), proporciona un ambiente de
ejecución similar a todos los efectos a un computador físico (excepto en el puro acceso físico al
hardware simulado), con CPU (puede ser más de una), BIOS, tarjeta gráfica, memoria RAM, tarjeta
de red, sistema de sonido, conexión USB, disco duro (pueden ser más de uno), etc.
Un virtualizador por software permite ejecutar (simular) varios computadores (sistemas
operativos) dentro de un mismo hardware de manera simultánea, permitiendo así el mayor
aprovechamiento de recursos. No obstante, y al ser una capa intermedia entre el sistema físico y
el sistema operativo que funciona en el hardware emulado, la velocidad de ejecución de este
último es menor, pero en la mayoría de los casos suficiente para usarse en entornos de
producción.
7. Realidad virtual
Realidad virtual es un sistema tecnológico, basado en el empleo de ordenadores y otros
dispositivos, cuyo fin es producir una apariencia de realidad que permita al usuario tener la
sensación de estar presente en ella. Se consigue mediante la generación por ordenador de un
conjunto de imágenes que son contempladas por el usuario a través de un casco provisto de un
visor especial. Algunos equipos se completan con trajes y guantes equipados con sensores
diseñados para simular la percepción de diferentes estímulos, que intensifican la sensación de
realidad. Su aplicación, aunque centrada inicialmente en el terreno de los videojuegos, se ha
extendido a otros muchos campos, como la medicina o las simulaciones de vuelo.
Realidad Aumentada
La realidad aumentada (RA) es el término que se usa para definir una visión directa o indirecta de
un entorno físico del mundo real, cuyos elementos se combinan con elementos virtuales para la
creación de una realidad mixta en tiempo real. Consiste en un conjunto de dispositivos que añaden
información virtual a la información física ya existente, es decir, añadir una parte sintética virtual a
lo real. Esta es la principal diferencia con la realidad virtual, puesto que no sustituye la realidad
física, sino que sobreimprime los datos informáticos al mundo real.
Empresas que trabajan con realidad aumentada
Cuadernos norma - realidad aumentada