El documento describe el proceso de acción de tutela en Colombia. El juez evalúa la solicitud y puede pedir correcciones o pruebas adicionales. Luego dicta un fallo en 10 días y lo notifica a las partes. Si el fallo es impugnado, el juez superior lo revisa. La Corte Constitucional también puede revisar fallos. El juez es responsable de hacer cumplir la sentencia, ya sea exigiendo un acto administrativo o inculpando por desacato si no se cumple.
1. Los ciudadanos y la defensoría del pueblo muestran la solitud ante cualquier juezPROCESO DE ACCION DE TUTELA<br /> <br />El juez debe escribir por la persona (en caso desconocimiento)La presenta por escrito? <br /> NO<br />El juez debe corregirla inmediatamenteEs necesario corregir la solicitud? SI<br /> SI<br />La persona debe corregirla en 3 díasEs necesario corregir la solicitud? NO <br />El juez debe continuar con el proceso <br /> NO <br />Se corrige en el plazo adecuado?<br />El juez debe pedir los documentos o informes al órgano contra quien interpuso la acción.(plazo 3 días)Necesita pruebas? <br /> SI <br />Se entregan los informes? <br />El juez rechaza la solicitud NO NO SI <br />Se notifica a las partes inmediatamente(solicitante defensoría del pueblo y órgano correspondiente)si estas impugnan el fallo deben reportarlo en el plazo de 3 díasEl juez dicta el fallo (plazo 10 días después de la solicitud SI<br />Implica responsabilidad y se asumen como ciertos los hechos NO <br /> <br /> <br />El juez remite el expediente al superior correspondiente para q decida la impugnación (plazo 2 días)El impugnado el fallo de algunas partes? <br /> SI <br />Puede revocarlo en los 20 días siguienteEl fallo tiene fundamento? <br />El juez envía el fallo a la corte constitucional para ser revisado NO SI NO <br /> <br />La corte constitucional selecciona a su criterio las tutelas q revisara. Si es necesario lo revoca o modifica el falloPuede solicitar pruebas para proferir un nuevo fallo en los 20 días siguientes NO <br /> SI<br /> <br />El fallo tiene fundamento? <br />se le notifica al juez<br />El juez notifica la sentencia de la corte a las partes y adopta las decisiones necesarias para llevarla a cabo <br /> <br />El solicitante debe pagar las costasFallo a favor del solicitante<br />El juez exige al órgano la expedición del acto administrativo para q se ejerza el derecho (plazo 48 horas) SI NO<br /> <br />Se cumple la sentencia y se pagan las costas o indemnizaciones necesariaslo expide en el plazo indicado?<br /> SI <br /> <br />El juez podrá disponer de lo necesario para q sea cumplido sin mas requisitos en 48 horas , y se dirigió al responsable para exigir q haga cumplir en 48 horas, y q habrá el proceso disciplinario correspondiente contra el mismo. NO SI <br />El juez los inculpa de desacato hasta q cumplan la sentencia Se cumple la sentencia?<br /> NO <br /> <br /> <br />