2. ¿CUÁL ES LA RELACIÓN ENTRE
INFORMÁTICA JURÍDICA Y DERECHO?
Existe hoy una relación directa entre informática y derecho lo
que crea la informática jurídica, disciplina que constituye el
conjunto de normas o leyes, aplicaciones, procedimientos,
relaciones jurídicas que surgen como consecuencia del uso, de
la aplicación y desarrollo acelerado de la informática. Es decir,
la informática ha penetrado en sistemas, instituciones,
etcétera; y prueba de ello es que está en el campo jurídico. Por
lo tanto, la informática jurídica puede ser considerada como
fuente del derecho, criterio propio que tal vez encuentre
muchos tropiezos debido a la falta de cultura informática que
existe en nuestro país.
3. ¿EN QUÉ CONSISTE LA INFORMÁTICA
JURÍDICA DOCUMENTAL? DE UN EJEMPLO
DE SU APLICACIÓN PRÁCTICA?
Documental se refiere a la posibilidad de incorporación de datos
debido a su gran capacidad de memoria (del sistema), como
también la importante recuperación de estos documentos,
garantizando la practicidad que no se veía años atrás.
Podríamos tomar como ejemplo las famosas nubes virtuales en
las que no hay necesidad de utilización de memoria extra sino es
el mismo sistema que sirve como acumulador de información,
haciendo incluso más práctica la presentación de algún tipo de
información existiendo posibilidades infinitas.
4. ¿EN QUÉ CONSISTE LA INFORMÁTICA
JURÍDICA META DOCUMENTAL?
Es un área de la informática jurídica en donde está especializada
una materia a profundidad, esto es, de manera extensiva
teniendo en cuanta todas sus áreas de dicha materia en nuestro
caso materia jurídica, su fin no es sólo la recopilación de
documentos jurídicos, sino que se extiende al campo decisional,
educativo e investigativo.
5. ¿EN QUÉ CONSISTE LA TEORÍA GENERAL DE
LOS SISTEMAS APLICADA AL DERECHO?
Teoría General de Sistemas aplicada al derecho es la investigación de los
sistemas, constituyendo un conjunto de ideas que han establecido un grado
superior mas desarrollado de orden y comprensión se podría decir ya
científicos, en muchos campos del conocimiento. La constante investigación
de los sistemas sirve para hacer justicia a las complejidades y propiedades
dinámicas de los sistemas y en nuestro caso al ámbito jurídico.
La Teoría General de Sistemas con respecto al derecho puede definirse como:
Una forma ordenada y científica de representación del mundo real, actual,
como una orientación hacia una práctica estimulante para formas de trabajo
actuales y futuras.
Esta teoría se destaca por su perspectiva integradora, donde se considera
importante la interacción y el desarrollo en conjunto de nuestras leyes y
procedimientos que a partir de ella brotan. Debido a la práctica de esta actual
teoría se crea un ambiente ideal para la socialización desarrollo e intercambio
de información.
6. ¿DE QUÉ TRATABA LA
JURAMENTARÍA?
Se refiere al uso de operadores, de un sistema que sea como una
suerte de juez. Para lo cual se debe aplicar tres tipos distintos de
investigación:
• Aplicar modelos lógicos a normas jurídicas establecida según
los criterios tradicionales.
• Aplicar el ordenador o computadora a la actividad jurídica.
• Llegar a prever futuras sentencias de los jueces.
7. ¿POR QUÉ SE DICE QUE LA TEORÍA
GENERAL DEL CONTROL ES ESENCIAL
PARA LA CIBERNÉTICA?
Entendiendo que la cibernética es la ciencia del control
de la comunicación relacionado con los sistemas
adaptables auto controlados, la teoría general del
control establece el marco de desarrollo de la
cibernética siempre relacionada al campo del Derecho y
también se entiende como la ciencia que relaciona las
entradas y salidas de un sistema.