Este documento trata sobre conceptos básicos de prevención de riesgos laborales. Explica los riesgos profesionales a los que está expuesto el trabajador y define los accidentes de trabajo. Señala que la prevención analiza y evalúa las modificaciones en el medio ambiente laboral para determinar su impacto en la salud de los trabajadores. También aborda los accidentes e incidentes laborales, destacando la importancia de investigar tanto los accidentes como los incidentes para prevenir situaciones de mayor riesgo. Finalmente, indica que la pre
1. Capítulo 1.- Conceptos básicos.............................................................5
1.1.- Riesgos profesionales............................................................5
1.2.- Accidentes de trabajo............................................................5
1.3.- Enfermedad profesional.........................................................6
1.4.- Técnicas preventivas.............................................................6
1.5.- Seguridad integrada y control de pérdidas ..............................7
1.6.- Seguridad integrada..............................................................7
1.7.- Control de pérdidas...............................................................7
2.- Accidentes-incidentes..................................................................8
Capítulo 2.- Ámbito jurídico .................................................................9
1.- Objetivo.....................................................................................9
2.- Ámbito de aplicación ...................................................................9
3.- Exigencias generales para las empresas .......................................9
3.1.- Delegados de prevención.....................................................10
3.2.- Personal designado para la acción preventiva........................10
3.3.- Comité de seguridad y salud................................................10
3.4.- Competencias delegados de prevención ................................11
3.5.- Exigencias para las empresas a nivel de actuación/acción ...... 12
4.- Responsabilidades y sanciones...................................................12
4.1.- Responsabilidades de los empresarios .................................. 12
4.2.- Garantías y responsabilidades de los trabajadores.................13
4.3.- Sanciones al empresario......................................................14
4.4.- Sanciones al trabajador.......................................................15
Capítulo 3.- Seguridad en el Trabajo...................................................16
1.- Introducción.............................................................................16
2.- Lugares De Trabajo................................................................... 16
2.1.- Legislación aplicable ...........................................................18
3.- Máquinas .................................................................................18
3.1.- Principios básicos de seguridad ............................................20
3.2.- Prevención integrada ..........................................................21
3.3.- Prevención no integrada......................................................21
4.- Herramientas ...........................................................................24
4.1.- Normativa de referencia ......................................................24
4.2.- Normas generales...............................................................25
4.3.- Herramientas manuales ......................................................26
4.4.- Herramientas manuales eléctricas ........................................ 26
5.- Manipulación Manual Y Mecánica De Cargas ................................27
5.1.- Manipulación manual de cargas............................................27
5.2.- Manipulación mecánica de cargas.........................................28
5.3.- Accesorios de elevación.......................................................29
5.4.- Controles de seguridad........................................................30
6.- Riesgo Eléctrico ........................................................................ 30
6.1.- Conceptos fundamentales....................................................30
6.2.- Efectos nocivos de la electricidad .........................................32
6.3.- Tipos de contactos eléctricos ...............................................33
6.4.- Elementos de protección .....................................................34
2. 6.5.- Trabajos y maniobras en las instalaciones eléctricas ..............35
7.- Riesgo De Incendios ................................................................. 35
7.1.- Introducción....................................................................... 35
7.2.- Química del fuego...............................................................35
7.3.- Prevención y protección contra incendios ..............................37
7.4.- Empleo de extintores ..........................................................41
8.- Señalización De Seguridad ........................................................42
8.1.- CLASES DE SEÑALES ..........................................................43
9.- Riesgo Químico.........................................................................45
9.1.- Tipos de peligrosidad ..........................................................45
9.2.- Identificación y envasado de sustancias peligrosas ................46
9.3.- Almacenamiento................................................................. 46
9.4.- Manipulación ...................................................................... 47
10.- Aparatos A Presión.................................................................. 47
10.1.- Medidas preventivas .........................................................48
Capítulo 4.- Higiene Industrial............................................................49
1.- Introducción.............................................................................49
1.1.- Valores Límite .................................................................... 50
2.- Clasificación de los contaminantes .............................................50
2.1.- Físicos ...............................................................................51
2.2.- Quimicos............................................................................51
2.3.- Biológicos ..........................................................................51
3.- Vías de entrada en el organismo ................................................51
3.1.- Respiratoria ....................................................................... 51
3.2.- Dérmica.............................................................................52
3.3.- Digestiva ...........................................................................52
3.4.- Parenteral ..........................................................................52
4.- Contaminantes químicos ...........................................................52
5.- El medio-ambiente físico del trabajo...........................................55
5.1.- Ruido.................................................................................55
5.2.- Vibraciones ........................................................................ 57
5.3.- Iluminación ........................................................................ 58
5.4.- Ambiente cromático ............................................................59
5.5.- Ambiente térmico ...............................................................59
5.6.- Radiaciones........................................................................ 62
6.- Contaminantes biológicos ..........................................................64
7.- Medición y sistemas de muestreo...............................................65
7.1.- Contaminantes físicos .........................................................65
7.2.- Contaminantes químicos .....................................................67
7.3.- Contaminantes biológicos ....................................................67
Capítulo 5.- Ergonomía...................................................................... 69
1.- Introducción.............................................................................69
2.- Condiciones ambientales ...........................................................69
2.1.- Condiciones térmicas del puesto ..........................................70
2.2.- Iluminación ........................................................................ 71
2.3.- Ruido.................................................................................73
3.- Concepción del puesto de trabajo...............................................73
4.- Organización del trabajo............................................................75
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3. 4.1.- Carga de trabajo ................................................................75
4.2.- Fatiga ................................................................................77
4.3.- Insatisfacción laboral ..........................................................79
Capítulo 6.- Evaluación de riesgos ......................................................80
1.- Introducción.............................................................................80
2.- Tipos de evaluaciones de riesgos ...............................................80
2.1.- Evaluación de riesgos impuesta por la legislación específica ... 80
2.2.- Evaluación de riesgos para la que no existe legislación específica
pero con normas o guías técnicas. .......................................................81
2.3.- Evaluación de riesgos que precisan métodos específicos de
análisis..............................................................................................81
2.4.- Evaluación general de riesgos ..............................................81
3.- Metodología de la identificación de riesgos.................................. 82
4.- Metodología para la cuantificación del riesgo...............................83
Capítulo 7.- Sistemas elementales de control ...................................... 86
1.- Introducción.............................................................................86
2.- Protección colectiva .................................................................. 86
2.1.- Orden y limpieza ................................................................86
2.2.- Señalización ....................................................................... 86
2.3.- Formación..........................................................................86
2.4.- Mantenimiento ................................................................... 87
2.5.- Resguardos y dispositivos de seguridad ................................88
3.- Equipos de protección individual ................................................88
3.1.- Regulación de equipos de protección individual .....................88
3.2.- Requisitos para la comercialización de EPIs...........................90
Capítulo 8.- Planes de emergencia y evacuación .................................. 91
1.- Objetivo del plan de emergencia ................................................91
2.- Contenido general del plan de emergencia .................................. 91
3.- Organización de la emergencia ..................................................92
4.- Conclusiones ............................................................................94
Capítulo 9.- Gestión de la prevención .................................................95
1.- Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el
trabajo. ................................................................................................95
1.1.- Introducción....................................................................... 95
1.2.- Competencia preventiva de las administraciones públicas
laborales. ..........................................................................................95
1.3.- Comisión Nacional de la seguridad y salud en el trabajo......... 97
1.4.- Fundación adjunta a la comisión nacional de seguridad y salud.
........................................................................................................ 98
2.- Organismos del trabajo preventivo: ...........................................98
2.1.- Diagnóstico de la situación ..................................................98
2.2.- Definición de objetivos ...................................................... 103
2.3.- Asignación de medios. Estudio de costes. ........................... 103
2.4.- Asignación de responsabilidades y funciones....................... 104
2.5.- Seguimiento del plan y control de resultados. ..................... 104
3.- Documentación, elaboración, recogida y archivo. ...................... 104
Capítulo 10.- Primeros auxilios......................................................... 107
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4. 1.- Principios generales de la asistencia por parte del personal no
médico ante el accidentado. ................................................................. 107
1.1.- Concepto de primeros auxilios. .......................................... 107
1.2.- Actuación en caso de accidente.......................................... 107
2.- La resucitación cardiopulmonar básica: principios generales y
técnicas.............................................................................................. 108
2.1.- Parada respiratoria. .......................................................... 108
2.2.- Parada cardiorrespiratoria. ................................................ 108
2.3.- Causas de parada cardiaca. ............................................... 108
2.4.- Reanimación cardiopulmonar básica. .................................. 108
3.- Transporte y manejo de heridos............................................... 109
3.1.- Posiciones de traslado....................................................... 110
4.- Hemorragia............................................................................ 111
4.1.- Concepto de hemorragia. .................................................. 111
4.2.- Tipos de hemorragias........................................................ 111
4.3.- Evaluación de la gravedad en una hemorragia..................... 112
4.4.- Hemorragias externas....................................................... 113
4.5.- El torniquete. ................................................................... 114
4.6.- Hemorragias internas........................................................ 115
4.7.- Primeros auxilios en caso de hemorragias exteriorizadas por
orificios naturales............................................................................. 116
4.8.- Shock. ............................................................................. 117
5.- Heridas.................................................................................. 118
5.1.- Heridas leves. .................................................................. 118
5.2.- Limpieza y cura de las heridas leves................................... 118
5.3.- Heridas graves. ................................................................ 119
5.4.- Amputaciones. ................................................................. 119
6.- Contusiones ........................................................................... 120
6.1.- Clasificación ..................................................................... 120
6.2.- Síndrome de aplastamiento ............................................... 121
7.- Las quemaduras. .................................................................... 122
7.1.- Clasificación de las quemaduras......................................... 122
7.2.- Quemaduras térmicas. ...................................................... 122
7.3.- Quemaduras químicas....................................................... 124
7.4.- Quemaduras eléctricas. ..................................................... 124
7.5.- Actuaciones en caso de electrocución. ................................ 124
7.6.- Primeros auxilios. ............................................................. 125
8.- Lesiones producidas por efecto de las temperaturas extremas.... 125
8.1.- Condiciones térmicas: efectos sobre la salud....................... 125
9.- Lesiones oculares. .................................................................. 128
9.1.- Cuerpos extraños. ............................................................ 128
9.2.- Quemaduras oculares. ...................................................... 129
9.3.- Traumatismos oculares. .................................................... 129
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5. Capítulo 1.- Conceptos básicos
1.1.- Riesgos profesionales
El ser humano está expuesto a lo largo de su vida constantemente a
riesgos. Estos riesgos proceden de la interrelación existente con el medio que
nos rodea, formando parte de nuestra vida cotidiana.
Para satisfacer nuestras necesidades básicas y de esta manera mantener
un nivel aceptable de salud, transformamos el medio que nos rodea.
Podemos denominar trabajo a esta transformación. A su vez, las
características del trabajo, tanto en lo concerniente a la tecnificación como a
los nuevos sistemas de organización, pueden afectar negativamente a la salud
física o psíquica.
El trabajo siempre produce modificaciones en el medio ambiente. Estas
pueden ser mecánicas, físicas, químicas, biológicas, psíquicas, sociales y
morales, y es lógico pensar que estas variaciones afectan a la salud del ser
humano.
Cuando se realizan modificaciones sin tener en cuenta cómo van a afectar
al trabajador, se puede decir que existen riesgos profesionales.
De esta manera, entendemos por “PREVENCIÓN” el conjunto de técnicas
que analizan y evalúan estas modificaciones para determinar en que grado
positivo o negativo afectan a la salud.
1.2.- Accidentes de trabajo
Como hemos indicado en el apartado anterior el trabajo puede afectar
negativamente a la salud. Los accidentes son los indicadores inmediatos y más
evidentes de unas malas condiciones de trabajo, y dada su gravedad, la lucha
contra ellos debe ser el primer paso de toda acción preventiva.
Legalmente, “ACCIDENTE DE TRABAJO es toda lesión corporal que el
trabajador sufra con ocasión o a consecuencia del trabajo realizado por cuenta
ajena, incluyéndose tanto los ocurridos en el centro de trabajo como en el
trayecto habitual entre este y el domicilio del trabajador”.
Dando por supuesto que la consecuencia principal a evitar es el
sufrimiento humano, podemos indicar que la prevención de accidentes,
también tiene un carácter económico, ya que a los costes directos de un
accidente se le suman una serie de costes indirectos, que a veces, llegan a
aumentarlos hasta 50 veces.
También es importante matizar que habitualmente se tiende a confundir
el accidente con las lesiones que produce y esto conlleva a pasar por alto una
serie de accidentes sin lesión, denominados generalmente “incidentes”, ya que
solo producen la paralización de la tarea o daños materiales. El no tener en
cuenta estas situaciones provoca que en futuras ocasiones y similares
circunstancias se produzcan accidentes graves.
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6. Por todo esto desde el punto de vista técnico, un accidente de trabajo es
todo suceso anormal, que se presente de forma brusca o inesperada,
recibiendo el mismo tratamiento a la hora de investigar las causas, un
accidente como un incidente.
El accidente de trabajo, requiere para su prevención una visión global de
las condiciones de trabajo ya que tanto las instalaciones como las medidas
organizativas o higiénicas pueden determinar las causas de un accidente.
1.3.- Enfermedad profesional
El concepto de enfermedad profesional viene definido en el artículo 85 de
la Ley General de la Seguridad Social, “se entiende como enfermedad
profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado a cuenta ajena
en las actividades que se especifiquen en el cuadro que se apruebe por las
disposiciones de aplicación y desarrollo de esta ley, y que esté provocada por
la acción de los elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para
cada enfermedad profesional.”
Las enfermedades contraídas por el trabajador a causa del trabajo que no
posean las anteriores características, no tendrán el tratamiento de enfermedad
profesional, sino de enfermedad derivada del trabajo.
Como diferencias entre accidente de trabajo y enfermedad profesional,
podemos establecer el siguiente cuadro:
ACCIDENTE DE TRABAJO ENFERMEDAD PROFESIONAL
Inicio brusco Inicio lento
Violento No violenta, oculta, retardada
Inesperado, no previsto, repentino Es previsible, se conoce por indicios lo
que ha de ocurrir
Exposición corta al agente agresor Exposición continua al agente agresor
Súbito, rápido Progresiva, va hacia delante
Resistencia del individuo poco Oposición individual muy considerable
importante
1.4.- Técnicas preventivas
Para mejorar las condiciones de trabajo, no debemos tratar de evitar los
daños y enfermedades causadas por el trabajo, exclusivamente. Este objetivo
de mejora también engloba conseguir que el trabajo se desarrolle en unas
condiciones confortables y óptimas, que además de no perjudicar ni física, ni
mental, ni socialmente, permiten una integración del individuo en su trabajo.
La Seguridad en el trabajo, la Higiene Industrial y la Medicina del trabajo
son técnicas preventivas que tratan de evitar los accidentes, enfermedades
laborales y sus consecuencias.
La Seguridad estudia las condiciones materiales que ponen en peligro la
integridad física de los trabajadores, la Higiene estudia los comportamientos
físicos, químicos y biológicos capaces de generar una alteración reversible o
permanente. Por último la medicina del trabajo estudia las consecuencias de
las condiciones materiales y ambientales sobre las personas.
Estas tres técnicas, establecen un campo de acción conjunto para las
condiciones de trabajo que no generen daños ni enfermedades al trabajador.
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7. Pero esta actuación no resulta suficiente. La prevención de riesgos
laborales, va más allá, no se trata sólo de reducir los aspectos negativos del
trabajo, sino de crear unas condiciones de trabajo que resulten confortables al
trabajador. Por este motivo surge la Ergonomía y la Psicosociología.
La ergonomía nace como un conjunto de técnicas que tienen por objeto
adecuar el puesto de trabajo a la persona. Puesto que las personas son
diferentes, hay que diseñar los puestos de trabajo de forma que se adapten a
las características de cada individuo.
La Psicosociología intenta prevenir los daños a la salud causados por
tareas monótonas y repetitivas y por la propia organización del trabajo cuando
esta no tiene en cuenta al trabajador como persona.
Todo esto nos lleva a plantearnos un tratamiento de las condiciones de
trabajo pluridisciplinar, es decir que la mejora de la salud laboral es una tarea
conjunta de diversas técnicas distintas, que estudian tanto los factores
presentes en el trabajo como las consecuencias de estos sobre las personas.
Pero este planteamiento no será válido si no tiene en cuenta en todo
momento al trabajador, no solo como objeto positivo de estudio, sino como
sujeto activo que participa en la mejora de su puesto de trabajo.
Los trabajadores son por lo tanto quienes están en mejores condiciones
para evaluar las consecuencias que el trabajo tiene sobre su propia vida.
Es necesario pues, crear los mecanismos que permitan y favorezcan la
formación de los trabajadores en el campo de la salud laboral para hacer
posible su participación en la mejora de sus condiciones de trabajo. A esta
filosofía se la denomina “Seguridad Integrada”.
1.5.- Seguridad integrada y control de pérdidas
Las fuerzas impulsoras o la motivación para lograr la disminución de
riesgos laborales son:
La ética: comporta la obligación social de mejorar las leyes en lo
razonablemente posible.
La reducción de pérdidas económicas: conduce a disminuir las
pérdidas materiales, reducir las pólizas de seguros, conseguir una
producción lo más eficiente posible y preservar la imagen de la
empresa.
La aplicación de estos principios preserva la seguridad de la empresa,
mejora sus resultados económicos y su competitividad.
1.6.- Seguridad integrada
Es una filosofía de concepto y aplicación de la seguridad, por la cual se
asignan la función de SEGURIDAD a todas las personas integrantes de una
estructura organizativa.
1.7.- Control de pérdidas
Es una filosofía que se sintetiza en la forma de entender el accidente, lo
vincula a todas las consecuencias negativas de tipo humano y económico que
produce. Se puede referir a pérdidas personales, a la producción, materiales o
medioambientales.
Una buena gestión de seguridad basada en los dos pilares mencionados:
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8. 1. seguridad integrada
2. política y práctica del control de pérdidas da como resultado una
importante disminución en el número de accidentes, así como un
aumento de producción y una disminución del coste de producción.
2.- Accidentes-incidentes
Una vez descritos los efectos que pueden que pueden darse, deberemos
de ser capaces de evitar las causas que lo producen para que no se repitan.
Para esto es de vital importancia el estudio de los accidentes/incidentes, que si
bien se desarrollará en temas posteriores, ahora daremos unas nociones
básicas.
Entendiendo por incidente aquel accidente que no conduce a pérdidas
personales ni materiales y realizando un estudio del número de accidente con
respecto a los accidentes se llega a que por cada 600 incidentes se producen
30 accidentes con daños materiales, 10 con lesiones menos y un muerto o
incapacitado.
La diferencia para que acabe siendo un accidente de un tipo u otro, va a
depender en gran medida del puro azar. Por este motivo se deben investigar
todos los accidentes e incidentes.
Está demostrado que el 98% de los accidentes podrían evitarse si se
realizase este estudio de accidentes/incidentes en las empresas.
“Realizando un adecuado estudio de accidentes/incidentes podrían
evitarse la gran mayoría de los accidentes laborales”.
¡ Para evitar las pérdidas, habrá que evitar antes las causas!
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9. Capítulo 2.- Ámbito jurídico
1.- Objetivo
La presente Ley tiene por objeto Promover la Seguridad y la Salud de los
Trabajadores mediante la aplicación de las medidas y el desarrollo de las
actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
A tales efectos, esta Ley establece los principios relativos a:
1. La prevención de los Riesgos Laborales para la protección de la
Seguridad y la Salud.
2. La eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo.
3. La información, la consulta, la participación equilibrada y la formación
de los trabajadores en materia preventiva.
Para el cumplimiento de dichos fines, la presente Ley regula las
actuaciones a desarrollar por las Administraciones Públicas, así como por las
empresas, los trabajadores y sus respectivas organizaciones representativas.
Las disposiciones de carácter laboral contenidas en la Ley y en sus
normas reglamentarias tendrán el carácter de “Derecho necesario mínimo
indisponible”, pudiendo ser mejoradas y desarrolladas en los Convenios
Colectivos. Es decir, lo dispuesto en la Ley y en las normas reglamentarias
supone lo mínimo exigible a realizar en materia preventiva, pudiéndose
ampliar las actuaciones a través de convenios colectivos.
2.- Ámbito de aplicación
Estatuto de los Trabajadores, y a las relaciones de carácter administrativo
o estatutario del personal civil al servicio de las Administraciones Públicas, en
este último caso con las peculiaridades que se contemplan en la presente Ley o
en sus normas de desarrollo.
Con independencia de las particularidades derivadas de su norma
específica, la Ley afecta a los trabajadores autónomos; a los socios
trabajadores de las sociedades cooperativas; a los centros y establecimientos
militares.
Asimismo, se establece el cumplimiento de unas obligaciones específicas
para los fabricantes, importadores y suministradores.
Es decir, su ámbito de aplicación comprenderá a TODO TRABAJADOR,
CON LAS PECULIARIDADES QUE ESPECIFIQUE LA LEY O SUS NORMAS DE
DESARROLLO, quedando excluidas aquellas actividades cuyas particularidades
lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de: policía, seguridad y
resguardo aduanero; servicios operativos de protección civil y peritaje forense
en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública; relación laboral
de carácter especial del servicio del hogar familiar.
3.- Exigencias generales para las empresas
Las acciones y actuaciones que según la Ley se deben realizar, se
estructurarán a través delas siguientes figuras:
DELEGADOS DE PREVENCIÓN (a partir de 6 trabajadores)
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10. PERSONAL DESIGNADO PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD
PREVENTIVA O SERVICIO DE PREVENCIÓN INTERNO,
SEMICONCERTADO O CONCERTADO
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD (a partir de 50 trabajadores)
3.1.- Delegados de prevención
¿ QUIÉN ES EL DELEGADO DE PREVENCIÓN?
Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores
con funciones especificas en materia de prevención de riesgos en el trabajo en
la empresa para la que trabajan; para ello, la Ley les otorga las competencias,
facultades y garantías necesarias.
¿CÓMO Y QUIÉN LES ELIGE?
Los Delegados de Prevención son elegidos por y entre los representantes
del personal en el ámbito de los respectivos órganos de representación,
partiendo del sistema de representación colectiva vigente en nuestro país.
¿CÚANTOS DEBEN DE SER?
La siguiente escala presenta el número de delegados de prevención en
función del número de trabajadores
De 6 a 30 trabajadores 1 delegado de prevención que
será el delegado de personal
De 31 a 49 trabajadores 1 delegado de prevención, elegido por y
entre los Delegados de personal
De 50 a 100 trabajadores 2 delegados de prevención*
De 101 a 500 trabajadores 3 delegados de prevención*
De 501 a 1000 trabajadores 4 delegados de prevención*
De 1001 a 2000 trabajadores 5 delegados de prevención*
De 2001 a 3000 trabajadores 6 delegados de prevención*
De 3001 a 4000 trabajadores 7 delegados de prevención*
De 4001 en adelante 8 delegados de prevención*
* Elegidos por y entre los miembros del Comité de Empresa
3.2.- Personal designado para la acción preventiva
En las empresas de menos de 6 trabajadores, el empresario podrá asumir
personalmente las funciones necesarias para realizar las actividades de
prevención, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro
de trabajo. En empresas de más de 6 trabajadores, el empresario designará
uno o varios trabajadores para realizar las actividades preventivas. Por último
en empresas de 500 trabajadores se precisará un Servicio de Prevención.
(Puede ser obligatorio para empresas de más de 250 trabajadores cuando la
empresa cumple las circunstancias especificadas en el Reglamento de los
Servicios de Prevención (R.D. 39/1.997 de 17 de enero).
3.3.- Comité de seguridad y salud
Es un órgano de encuentro entre los representantes de los trabajadores
(Delegados de Prevención) y el empresario para el desarrollo de una
participación equilibrada en materia de prevención de riesgos. Se constituirá
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11. un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de trabajo
que cuenten con más de 50 trabajadores.
El Comité estará formado por los Delegados de Prevención, de una parte,
y por el empresario y/o sus representantes en número igual al de los
Delegados, de la otra. Participarán con voz pero sin voto los responsables
técnicos y Delegados Sindicales que no estén incluidos en la composición que
se refiere el párrafo anterior. El Comité se reunirá trimestralmente y siempre
que lo solicite alguna de las representaciones en el mismo. Todo ello sin
prejuicio de las posibilidades que otorga la ley a la negociación colectiva para
articular de manera diferente los instrumentos de participación de los
trabajadores.
3.4.- Competencias delegados de prevención
COMPETENCIAS DE LOS DELEGADOS DE PREVENCIÓN
1. Colaborar con la dirección de la empresa en la mejora de la acción
preventiva.
2. Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la
ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
3. Ser consultados por el empresario, con carácter previo a su ejecución,
acerca de la planificación y organización del trabajo y de los medios de
protección y prevención así como cualquier otra acción que pueda
tener efectos sustanciales sobre la seguridad y la salud de los
trabajadores.
COMPETENCIAS DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN
El Personal designado por el empresario, los Servicios de Prevención y
Salud y/o los Servicios de Prevención concertados, deberán estar en
condiciones de proporcionar a la empresa el referente a:
1. El diseño y aplicación de los planes y programas de actuación
preventiva.
2. La evaluación de los factores de riesgo que puedan afectar a la
seguridad y la salud de los trabajadores en los términos previstos en el
artículo 16 de esta Ley.
3. La determinación de las prioridades en la adopción de las medidas
preventivas adecuadas y la vigilancia de su eficacia.
4. La Información y la Formación de los trabajadores.
5. La prestación de los primeros auxilios y planes de emergencia.
6. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos
derivados del trabajo.
En el caso de tener que disponer de Servicio de Prevención, éste tendrá
carácter interdisciplinario, debiendo sus medios ser apropiados para cumplir
sus funciones; los criterios para ello mismo, quedan definidos en el
Reglamento de los Servicios de Prevención.
COMPETENCIAS Y FACULTADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
Las competencias atribuídas al comité de seguridad y salud son las
siguientes:
1. Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los
planes y programas de prevención de riesgos en la empresa.
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12. 2. Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva
prevención de los riesgos.
Es de remarcar, que en las empresas que no cuenten con Comité de
Seguridad y Salud por no alcanzar el número mínimo de trabajadores
establecidos al efecto (plantilla inferior a 50 trabajadores), las competencias
atribuidas a aquél en la presente Ley serán ejercidas por los Delegados de
Prevención.
3.5.- Exigencias para las empresas a nivel de actuación/acción
Serán las siguientes:
a) Planificar la prevención desde el momento mismo del diseño del
proyecto empresarial, realizando la evaluación inicial de los riesgos
inherentes al trabajo y su actualización periódica a medida que se
alteren las circunstancias.
b) Ordenación de un conjunto coherente y globalizador de medidas de
acción preventivas adecuadas a la naturaleza de los riesgos
detectados y el control de la efectividad de dichas medidas.
c) Prevención en materia de actuación en caso de emergencia y de
riesgo grave e inminente.
d) Vigilancia de la salud.
e) Cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre
prevención de Riesgos Laborales.
f) Deber de Coordinación que se impone a los empresarios que
desarrollen sus actividades en un mismo centro de trabajo o que
contraten o subcontraten con otros empresarios, la realización en
sus propios centros de trabajo, de obras o servicios
correspondiente a su actividad de vigilar el cumplimiento por dichos
contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención.
g) Si la empresa es fabricante, importadora y/o suministradora de
maquinaria, equipos, productos y útiles de trabajo deberán
suministrar la información que indique la forma correcta de
utilización por los trabajadores, las medidas preventivas adicionales
que deban tomarse y los riesgos laborales que conlleven tanto su
uso normal, como su manipulación o empleo inadecuado (art. 41).
h) En referencia a todo lo anterior, se podrán concertar operaciones
de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de
cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa
respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto
a ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto a sus socios
cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal.
4.- Responsabilidades y sanciones
4.1.- Responsabilidades de los empresarios
La responsabilidad del empresario se basa en el deber contractual
empresarial de protección del trabajador frente a los riesgos laborales.
Obligación de evaluación de riesgos.
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13. Obligación de proporcionar equipos y medios de protección
adecuados.
Obligación de información, consulta y participación.
Obligación de formación.
Obligación de elaborar un plan de emergencia.
Obligaciones en caso de riesgo grave e inminente.
Obligación de vigilancia de la salud del trabajador.
Obligación de elaborar y conservar la documentación específica.
Obligación de coordinación de actividades empresariales cuando en
un mismo centro desarrollen actividades trabajadores de dos o más
empresas.
Obligación de protección de trabajadores especialmente sensibles a
determinados riesgos; protección de la maternidad; protección de
los menores.
Obligación de constituir sistemas de protección.
El principio de equiparación de los trabajadores temporales.
4.2.- Garantías y responsabilidades de los trabajadores
GARANTIAS
Lo previsto en el artículo 68 del estatuto de los trabajadores en materia
de garantías, será de aplicación a los Delegados de Prevención en su condición
de representantes de los trabajadores; esto es:
Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones
por faltas graves o muy graves, en el que serán oídos, aparte del
interesado, el comité de empresa o restantes delegados de
personal.
Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo
respecto de los demás trabajadores, en los supuestos de
suspensión o extinción por causas tecnológicas o económicas.
No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus
funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su
mandato, salvo en caso de que ésta se produzca por revocación o
dimisión, siempre que el despido o sanción se base en la acción del
trabajador en el ejercicio de su representación, sin perjuicio, por
tanto, de lo establecido en el artículo 54 (Despido disciplinario por
incumplimiento grave y culpable del trabajador). Asimismo no
podrá ser discriminado en su promoción económica o profesional en
razón, precisamente, del desempeño de su representación.
Expresar, colegiadamente si se trata del comité, con libertad sus
opiniones en las materias concernientes a la esfera de su
representación, pudiendo publicar y distribuir, sin perturbar el
normal desenvolvimiento del trabajo, las publicaciones de interés
laboral o social, comunicándolo a la empresa.
Medios y formación en materia preventiva. EI empresario deberá
proporcionar a los Delegados de Prevención los medios y la
formación en materia preventiva que resulten necesarios para el
ejercicio de sus funciones. Dicha formación deberá adaptarse a la
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14. evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos,
repitiéndose si fuera necesario.
RESPONSABILIDADES
Será aplicado lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 65 del Estatuto de
los Trabajadores; esto es: “Los miembros del comité de empresa, y éste en su
conjunto, observarán sigilo profesional en todo lo referente a la información
obtenida en el desempeño de sus funciones en la empresa; ello, aún después
de dejar de pertenecer al comité de empresa y en especial en todas aquellas
materias sobre las que la dirección señale expresamente el carácter reservado.
En todo caso, ningún tipo de documento entregado por la empresa al comité
podrá ser utilizado fuera del ámbito de aquélla y para distintos fines de los que
motivaron su entrega”.
4.3.- Sanciones al empresario
El incumplimiento por los empresarios de sus obligaciones en materia de
prevención de riesgos laborales dará lugar a responsabilidades administrativas,
así como, en su caso, a responsabilidades penales y a las civiles por los daños
y perjuicios que puedan derivarse de dicho incumplimiento.
La empresa principal responderá solidariamente con los contratistas y
subcontratistas de obras y servicios correspondientes a la propia actividad de
aquélla, durante el período de contrata, de las obligaciones impuestas por la
Ley en relación con los trabajadores que dichos contratistas o subcontratistas
ocupen en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que la
infracción se haya producido en un centro de trabajo de esta última.
En las relaciones de trabajo de las empresas de trabajo temporal, la
empresa usuaria será responsable de la protección en materia de seguridad y
salud en el trabajo en los términos que se establecen en el artículo 16 de la
Ley 14/1994, por la que se regulan dicho tipo de empresas.
Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento
sancionador serán compatibles con las indemnizaciones por los daños y
perjuicios causados y de recargo de prestaciones económicas del Sistema de la
Seguridad Social.
No podrán sancionarse los hechos que lo hayan sido por la vía penal o
administrativa, en los casos en que se aprecie identidad de sujeto, hecho y
fundamento. Es decir, por los mismos hechos, sujeto y fundamento se deberá
optar por una vía: la penal o la administrativa.
Por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se requerirá al
empresario para la subsanación de las deficiencias que constituyan infracciones
a la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Las acciones u omisiones de los empresarios que incumplan las normas
legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en
materia de seguridad y salud laboral constituyen infracciones administrativas.
Las infracciones en el ámbito laboral se califican de leves, graves y muy
graves, en atención a la naturaleza del deber infringido y la entidad del
derecho afectado.
Asimismo, cuando concurran circunstancias de especial gravedad podrán
acordar la suspensión de las actividades laborales por un tiempo determinado
o, en caso extremo, el cierre del centro de trabajo correspondiente, sin
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15. perjuicio del pago del salario o de las indemnizaciones que procedan y de las
medidas que puedan arbitrarse para su garantía.
La comisión de delitos en materia de seguridad y salud en el trabajo, así
como las infracciones administrativas muy graves, llevarán aparejadas las
limitaciones a la facultad de contratar con la Administración, de acuerdo con lo
establecido en la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las
Administraciones Públicas.
4.4.- Sanciones al trabajador
El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de
prevención de riesgos tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los
efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores; esto es:
Se sancionará de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones
que se establezca en las disposiciones legales o en el convenio
colectivo que sea aplicable.
La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones
impuestas por la dirección de la empresa serán siempre revisables
ante la jurisdicción competente. La sanción de las faltas graves y
muy graves requerirá comunicación escrita al trabajador, haciendo
constar la fecha y los hechos que la motivan.
No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de
la duración de las vacaciones u otra minoración de los derechos al
descanso del trabajador o multa de haber.
Lo anterior será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya
actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se
establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno.
En los casos de funcionarios públicos o de personal estatuario al Servicio
de las Administraciones Públicas, se aplicará lo establecido en la
correspondiente normativa sobre régimen disciplinario.
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16. Capítulo 3.- Seguridad en el Trabajo
1.- Introducción
La seguridad en el trabajo constituye un conjunto de técnicas preventivas
que tienen por objeto reducir o eliminar el riesgo de aparición de los accidentes
de trabajo.
Los accidentes de trabajo son daños que se pueden distinguir de otras
lesiones relativas a la salud producidas como consecuencia del desarrollo del
trabajo: enfermedad profesional, fatiga, malestar e insatisfacción. Cada tipo de
estas lesiones cuenta con una técnica preventiva específica para su
tratamiento, aunque existen muchos puntos de conexión entre ellas.
Los temas relacionados con los agentes de seguridad que se tratarán en
el presente manual son los siguientes:
Lugares y Superficie de Trabajo.
Máquinas
Herramientas
Manipulación Mecánica y Manual de Cargas.
Riesgo Eléctrico.
Riesgo de Incendios.
Señalización de seguridad.
Riesgo químico.
Aparatos a presión.
Riesgos Sectoriales específicos.
2.- Lugares De Trabajo
Se conoce como lugares de trabajo aquellas áreas del centro de trabajo,
edificados o no en las que los trabajadores deben permanecer o a las que
puedan acceder en razón de su trabajo.
Se consideran incluidas en esta definición:
Servicios higiénicos
Locales de descanso
Locales de primeros auxilios
Comedores
Las instalaciones de servicio o protección
Las áreas de trabajo tienen una especial relevancia en el número total de
accidentes, siendo aproximadamente su relación 1/3 del total de accidentes
Como consecuencia de los estudios realizados se observa que el orden de
las causas origen de los mismos, ordenados de mayor a menor son:
Caídas de personas al mismo nivel
Caídas de personas a distinto nivel
Pisadas sobre objetos
Choques contra objetos inmóviles
Choques contra objetos móviles
Atropellos o golpes con vehículos(excluidos “in-itinere”)
Caídas de objetos por desplomes o derrumbamientos
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17. La información estadística muestra que un gran número de los accidentes
tienen su origen en el diseño y la concepción de las instalaciones. La seguridad
en el trabajo mejorará de forma notable si se planifica el diseño de las
instalaciones y su ubicación. Por lo tanto se deberán tener presentes los
siguientes aspectos:
1. La situación física de las instalaciones.
La empresa necesita para desarrollar sus actividades ocupar una
determinada área geográfica. A su vez este espacio se encuentra
englobado en un entorno mas o menos próximo a la empresa de forma
que la empresa influye en el entorno y a su vez éste puede influir
sobre ella.
Por tanto es importante conocer como la empresa ejerce su actividad
en el entorno y como el entorno afecta al centro de trabajo y sus
locales. Como ejemplos citaremos los siguientes:
La empresa ejerce contaminación sobre núcleo urbano.
Entorno sobre empresa: lluvias, vientos, comunicaciones..
2. El tipo de actividad productiva.
El proceso productivo que se desarrolla puede requerir características
técnicas específicas de los centros y locales tales como, tamaño de las
instalaciones, comunicación terrestre, marítima, aérea… Estas
exigencias también pueden ser impuestas a través de disposiciones
legales.
3. Instalaciones
Cada instalación presenta unas características propias que generan
una serie de riesgos o requisitos específicos.
Instalación eléctrica. No debe ofrecer peligro de incendio ni
explosión.
Sala calderas. Deberá cumplir el reglamento de Aparatos a
presión del Ministerio de Industria y Energía, en cuanto al
espacio disponible para realizar su mantenimiento, ventilación
natural, buena iluminación,…
Instalaciones frigoríficas. Regido por el reglamento de
seguridad para plantas e Instalaciones frigoríficas.
Almacenes especiales. No deben almacenarse conjuntamente
productos que puedan reaccionar entre sí. En el caso de
almacén de productos inflamables el recinto quedará aislado,
con el suelo anticombustible e impermeable.
4. Materiales empleados
Es muy importante conocer las características físico-químicas de los
productos utilizados para desarrollar la actividad de la empresa
especialmente si las sustancias son peligrosas capaces de provocar
incendios, explosiones, nubes tóxicas… El conocimiento de su
peligrosidad y la forma correcta de utilización en todos los niveles de
la empresa, supone el primer paso para adoptar las medidas
preventivas.
5. Equipos o métodos de trabajo
Lograr una buena concepción o diseño de los equipos o métodos de
trabajo, supone un objetivo prioritario para lograr una correcta
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18. relación entre las personas y los métodos de trabajo, de forma que el
trabajo se realice de manera natural y segura. Un ejemplo de diseño
de equipos o métodos de trabajo es evitar, en la medida posible, los
cruces entre personas y circulación de materiales, almacenamientos
intermedios.
2.1.- Legislación aplicable
El Real Decreto 486/1.997 establece las disposiciones mínimas de
seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Este reglamento se aplicará a todos los lugares de trabajo, excluyéndose
los siguientes:
Los medios de transporte utilizados fuera de la empresa y los
lugares de trabajo situados dentro de los medios de transporte.
Obras de construcción temporales o móviles
Industrias de extracción.
Buques de pesca.
Campos de cultivo, bosques y otros terrenos que formen parte de
una empresa o centro de trabajo agrícola o forestal pero que estén
situados fuera de la zona edificada de los mismos.
El reglamento establece un conjunto de obligaciones que corresponden al
empresario, distinguiendo para algunas de ellas entre lugares de trabajo
utilizados por primera vez a partir de su entrada en vigor. La fecha de entrada
en vigor es el 23/07/97, no obstante para el apartado B (locales ya utilizados)
del anexo I (condiciones generales de seguridad) y del anexo V (servicios
higiénicos y locales de descanso) la fecha de entrada en vigor es el 23/10/97.
Las obligaciones generales del empresario son las siguientes:
Obligación general: Adoptar las medidas necesarias para que la utilización
de los lugares de trabajo no originen riesgos para la seguridad y la salud de los
trabajadores o si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan.
Los lugares de trabajo deberán cumplir las disposiciones mínimas
establecidas en el Real Decreto citado sobre los siguientes temas:
Condiciones constructivas
Orden, limpieza y mantenimiento.
Señalización.
Instalaciones de servicio o protección.
Condiciones ambientales.
Iluminación.
Servicios higiénicos y locales de descanso.
Materiales y locales de primeros auxilios.
3.- Máquinas
Las máquinas, en general, están presentes en casi todas los procesos
productivos que desarrollan las empresas. Debido a las múltiples variaciones
en el diseño, funciones, dimensiones de las máquinas, se hace muy complicado
aportar una definición de las mismas.
Sin embargo, si es posible destacar los aspectos fundamentales que las
definen, y que son precisamente las que las hacen peligrosas. Las máquinas se
definen por estas tres características fundamentales:
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19. 1. Utilizan una fuente de energía exterior distinta de la humana.
2. Poseen elementos móviles que pueden girar o desplazarse a gran
velocidad y enorme potencia.
3. Están diseñados para realizar una función concreta en la que casi
siempre interviene el hombre.
Estas tres características son las que las hacen peligrosas.
Durante el año 1.994 un 9,34% de los accidentes con baja en el trabajo
tuvieron lugar como consecuencia de fallos de seguridad en las máquinas y en
1.995 este porcentaje descendió hasta un 8,4%. Así mismo en el 94, las
máquinas originaron el 14,9% de los accidentes graves y el 3,8% de los
mortales.
Teniendo en cuenta estos datos, la legislación en esta materia ha sufrido
una importante evolución, tanto en el ámbito de Estado como en la Unión
Europea.
Los riesgos para la salud derivados de la utilización de las máquinas son
múltiples y variados, lo que hace dificultoso establecer una línea de acción en
materia de prevención de riesgos.
Las máquinas pueden generar problemas como: ruidos y vibraciones,
radiaciones, materiales o sustancias peligrosas que ya sea por inhalación,
ingestión o contacto, pueden producir daños en la salud, riesgos ergonómicos,
eléctricos, térmicos, materiales o sustancias inflamables o explosivas…
Para conseguir una máquina que no sea peligrosa o con sus riesgos
minimizados, debemos tener en cuenta cuatro aspectos fundamentales:
1. Seguridad en el producto.
2. La instalación de las máquinas.
3. El mantenimiento de las máquinas.
4. La utilización adecuada de las máquinas.
SEGURIDAD EN EL PRODUCTO
A partir del 1 de Enero de 1.995 es obligatorio que toda máquina que se
comercializa, tenga todos los dispositivos de seguridad que establece la
legislación, para proteger al usuario. Sin embargo, si podrán comercializarse
hasta el 1/01/97, aquellas máquinas que estén en poder del fabricante, y que
cumplan los requisitos establecidos por la legislación anterior al año 1.995. Por
tanto existe un periodo transitorio de dos años para comercializar las máquinas
que estén en poder del fabricante.
El fabricante o sus representantes certifica mediante la “declaración CE de
conformidad”, acompañado de un “marcado CE” que la máquina cumple los
requisitos de la legislación vigente.
El “marcado CE” se consigue homologando un prototipo de la máquina a
comercializar, ante los “organismos de control notificado”. Estos centros de
verificación o laboratorios, son autorizados por la Unión Europea, para realizar
ensayos de comprobación de la conformidad de los requisitos esenciales de
seguridad.
La “declaración de conformidad CE”, que hace el fabricante, certifica que
el modelo que comercializa tiene las mismas características que el prototipo
homologado.
INSTALACIÓN DE LA MÁQUINA
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20. El emplazamiento de las máquinas se hará en los lugares más idóneos, de
modo que puedan tener fácil acceso, que no invadan zonas de paso y que
dispongan de todos los servicios que pudieran necesitar en cuanto a su
mantenimiento, reparación y limpieza (tomas de tierra, fuentes de energía,
equipos de manutención manual o mecanizada…) sin que representen un
nuevo riesgo para los operarios o dificultades añadidas.
La instalación de las máquinas debe hacerse de acuerdo con las
instrucciones del fabricante, y por el personal instruido y autorizado que tenga
acreditada esta condición.
MANTENIMIENTO
Disponer de instalaciones, equipos u otros elementos que se empleen en
el desarrollo del trabajo, en condiciones óptimas de utilización, de forma que
aseguren la continuidad del proceso productivo y no generen riesgos
adicionales al trabajador. Las operaciones de mantenimiento de las máquinas
son esenciales para garantizar que el equipo sigue conservando las mismas
condiciones de seguridad que tenían cuando se adquirieron.
Tipos de mantenimiento
CORRECTIVO: Su finalidad es reparar todas las averías o defectos
que se presenten a partir del momento en que se producen y son
notificadas.
PREVENTIVO: Revisiones periódicas con el objeto de verificar y
sustituir los equipos defectuosos, realizado sobre la base de un
programa preestablecido anteriormente, de revisiones periódicas.
PREDICTIVO: Prever el momento en que se origina el fallo o avería,
para aplicar antes la situación correctora.
Estas operaciones han de llevarse a cabo por el personal especializado
que haya acreditado esta condición, siguiendo siempre las instrucciones del
fabricante que han de estar redactadas en el idioma del usuario.
UTILIZACIÓN ADECUADA DE LAS MÁQUINAS
Las máquinas deberán utilizarse conforme a las especificaciones del
fabricante contenidas en el libro de instrucciones, nunca serán empleadas para
contenidos o tareas para las que no han sido diseñadas.
También debemos hacer constar que sólo deben ser utilizadas por el
personal autorizado, que haya sido adecuadamente formado en el manejo de
la máquina y en los riesgos que se derivan de su uso.
3.1.- Principios básicos de seguridad
Los principios básicos de seguridad en las máquinas se han estudiado y
unificado, estableciéndose los siguientes:
DESCRIPCIÓN DE LOS PELIGROS
Una máquina puede tener múltiples peligros de diverso tipo. Estos
peligros se pueden manifestar permanentemente, tales como hojas de sierra
en movimiento, conductores permanentes en tensión, arranques
intempestivos, explosiones, etc…
El peligro se puede presentar de las siguientes formas:
Mecánico: aplastamiento, corte, impacto, enganche…
Eléctrico: contactos eléctricos directos o indirectos…
Térmico: llamas, explosiones, materiales a muy baja temperatura…
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21. Ruido y Vibraciones: pueden causar sordera, trastornos
vasculares…
Radiaciones: láser, arcos de soldadura …
Efectos ergonómicos: mala postura, esfuerzos, tensión mental
Materiales o sustancias: incendios, peligro biológico o higiénico.
SELECCIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD
Las medidas de seguridad se pueden subdividir en los siguientes niveles:
Medidas de seguridad integradas en la máquina.
Medidas de seguridad no integradas en la máquina.
Debe garantizarse la seguridad del usuario en base a medidas de
prevención integradas en la máquina.
3.2.- Prevención integrada
Son las técnicas de seguridad aplicadas por el fabricante en las fases de
diseño y construcción de la máquina. Estas técnicas pueden ser:
PREVENCIÓN INTRÍNSECA:
Actúa solamente sobre la forma, la disposición, el modo de montaje, el
principio de los elementos constitutivos funcionales de la máquina, sin añadir
elementos específicamente concebidos para garantizar la seguridad. Ejemplos:
dimensiones de partes mecánicas; diseños de circuitos en los que el fallo no
sea posible; eliminación de aristas vivas; aislamiento de mecanismos de
transmisión peligrosos.
TÉCNICAS DE PROTECCIÓN
Incorporan resguardos y dispositivos de protección en aquellas
situaciones en que no es factible la aplicación de técnicas de prevención
intrínseca. Ejemplos: Control de parámetros límite de elementos de máquina;
utilización de resguardos fijos o de elementos de máquina; utilización de
resguardos fijos o de enclavamiento.
TÉCNICAS DE FORMACIÓN E INFORMACIÓN
Indican las condiciones en las que es posible un empleo de la máquina sin
peligro. Ejemplo: indicaciones para transporte, almacenamiento, instalación,
montaje, puesta en servicio, mantenimiento, formas de utilización, etc.
3.3.- Prevención no integrada
Técnicas de seguridad incorporadas en la máquina con posterioridad a la
fase de diseño.
Protección
Con el fin de proteger contra los peligros que no se pueden reducir
suficientemente mediante técnicas de prevención intrínseca, se aplica la
protección.
Los medios de protección se clasifican básicamente en tres clases:
Resguardos
Dispositivos
Detectores de presencia
La elección de los medios se hará teniendo en cuenta si es o no necesario
el acceso a la zona de peligro durante el funcionamiento normal de la máquina.
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22. RESGUARDOS
Un resguardo es el componente de una máquina utilizado como barrera
material para limitar el acceso a la parte que presenta un peligro, de tal forma
que se garantice la protección. Puede ser utilizado por si solo o asociado a otro
dispositivo de enclavamiento.
Resguardo fijo:
Su propia concepción y diseño debe evitar el acceso a las partes
peligrosas de la máquina. Deben ser de construcción robusta, suficiente para
soportar la carga de trabajo y condiciones ambientales que le afecten.
Cuando la máquina esté en movimiento o parada para ser puesta en
marcha, el resguardo debe quedar fijado sólidamente y no será posible abrirlo
o moverlo en ningún momento sin el uso de la herramienta.
Resguardo distanciador:
Se trata de un resguardo diseñado y construido para evitar que cualquier
parte del cuerpo alcance a una zona de peligro. Puede adoptar la forma de una
barrera fija con una determinada altura que impida el acceso normal al punto
de peligro.
Resguardo de enclavamiento:
Cuando el trabajo requiera el acceso a una zona de peligro y no sea
posible disponer de un resguardo fijo, deberá considerarse como medio de
protección un resguardo de enclavamiento conectado a los circuitos o
mecanismos de mando de la máquina, de tal forma que:
Hasta que el resguardo no esté perfectamente cerrado, la máquina
no puede ser accionada.
El resguardo permanece cerrado y bloqueado, de manera que no
pueda abrirse hasta que la máquina haya sido parada y cesado el
movimiento residual o de inercia, después de que el suministro de
energía haya sido desconectado, es necesario evitar que el
resguardo pueda ser abierto hasta que el movimiento haya cesado.
Los dispositivos de enclavamiento pueden ser:
Mecánicos
Eléctricos
Hidráulicos
Neumáticos
Combinación de estos
Apartacuerpos y apartamanos:
Estos resguardos solo pueden ser utilizados cuando su funcionamiento es
lo suficientemente rápido, sin que esto suponga introducir un nuevo peligro y
deben estar sólidamente fijados a la máquina, de tal forma que no puedan ser
desplazados sin el uso de herramientas.
La parte o elemento móvil del resguardo deberá entrar en funcionamiento
al iniciarse el movimiento del elemento peligroso de la máquina. El mecanismo
deberá ser diseñado de forma que permita un uso continuado con un mínimo
de mantenimiento. Sin embargo, es fundamental que se realicen inspecciones
periódicas del mecanismo y que esté colocado de tal forma que se pueda
realizar cualquier ajuste que sea necesario para asegurar que la protección
funciona segura y correctamente.
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23. Resguardo regulable:
Cuando sea imposible evitar el acceso a las partes o elementos peligroso
porque tengan que estar inevitablemente expuestos a los mismos durante el
funcionamiento de la máquina, se puede utilizar un resguardo regulable.
Este resguardo presenta una abertura que permite la alimentación del
material a la máquina; esta abertura puede adaptarse a las dimensiones de la
pieza trabajada, mediante una regulación en longitud y altura del resguardo.
Es necesario un mantenimiento periódico de los dispositivos de fijación para
aseguar que la parte regulable del resguardo se mantenga en su posición una
vez ajustado.
Resguardo autorregulable:
Está diseñado para evitar el acceso a los elementos peligrosos hasta ser
accionado por el movimiento de la pieza que se trabaje. Es decir, se abre por
el paso de la pieza de trabajo al comienzo de la operación y vuelve a su
posición de seguridad una vez finalizado el trabajo.
Dispositivos
Es el elemento que elimina o reduce el peligro antes de que se produzca
el contacto, actuando directamente sobre la instalación.
A diferencia de los resguardos, normalmente se utilizan para proteger,
también, las instalaciones y equipos, ya que los dispositivos protegen las
instalaciones frente a las pérdidas materiales que se originan por daños en la
propia máquina.
Dispositivos de mando a dos manos:
Se considera aquellos en los cuales se requieren ambas manos para
iniciar un movimiento de la máquina.
Dispositivo de movimiento residual o de inercia:
Está asociado a un resguardo que evita el acceso a la zona de peligro
mientras los elementos mecánicos mantienen el movimiento por inercia una
vez cortado el suministro de energía. Se utilizan detectores de rotación,
temporizadores.
Dispositivo de retención mecánica:
Retiene mecánicamente una parte peligrosa que se ha puesto en
movimiento a causa de un fallo.
Dispositivo hombre- muerto:
Dispositivo situado fuera de la zona de peligro. Solo permite el
accionamiento de la máquina mientras se está pulsando, de forma que ante
cualquier eventualidad que incapacite al operario la máquina se detiene.
Dispositivo de seguridad positiva:
Está asociado a un resguardo o a otro dispositivo. Cualquier fallo o
interrupción en el suministro de energía origina la detención de las partes
peligrosas o mantiene el resguardo asociado en posición de seguridad.
Dispositivo de operación secuencial:
El cierre de un resguardo asociado origina automáticamente la puesta en
marcha de forma secuencial de otros dispositivos complementarios.
Dispositivo de alimentación y extracción automática:
Sustituye las operaciones manuales a la entrada y salida de materiales de
la máquina. Los robots pueden sustituir las operaciones manuales peligrosas
en determinadas fases del proceso.
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24. Dispositivos limitadores:
Impiden que se alcancen determinadas situaciones o condiciones
energéticas creadoras de peligro.
Detectores de presencia
Están diseñados para evitar la aproximación a las partes peligrosas más
allá de un límite de seguridad preestablecido, interrumpiendo el
funcionamiento de la máquina o deteniendo el movimiento de los elementos
peligrosos antes de que pueda producirse el accidente.
La concepción de este detector debe ser tal que una vez que haya sido
accionado, la maquina no puede ser puesta en marcha hasta que el dispositivo
haya sido rearmado de forma manual.
Estos dispositivos pueden ser de varias clases:
Detector mecánico.
Fotoeléctrico.
Tarimas sensibles a presión.
Barrera de aire.
ADVERTENCIAS
Las advertencias constituyen un conjunto de instrucciones técnicas,
marcas, signos o señales, que garanticen un comportamiento seguro o exento
de riesgo, de la persona encargada de emplear la máquina. Ejemplos: Libro de
instrucciones, lámparas, bocinas, alarmas…
4.- Herramientas
Se denominan herramientas de mano, todos aquellos útiles simples para
cuyo funcionamiento actúa única y exclusivamente el esfuerzo físico del
hombre, abarcando también aquellas que se sostienen con las manos, pero son
accionadas por energía eléctrica, por medios neumáticos, por cargas explosivas
o combustión.
Dado su considerable uso y la gravedad de muchas de las lesiones por
ellas ocasionadas, es importante que el control de los accidentes que
ocasionan forme parte de todo el programa de seguridad.
Las herramientas manuales son responsables directas de una proporción
muy alta de accidentes entre sus usuarios, aproximadamente causan el 8 por
100 de los factores determinantes de gran parte de ellos:
No seleccionar la herramienta correcta para el trabajo a realizar.
Mantener las herramientas en deficiente estado.
Uso incorrecto de las herramientas.
Mal almacenamiento de las herramientas.
4.1.- Normativa de referencia
La Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, aunque
desfasada en gran parte su contenido, indica en su capítulo IX criterios válidos
para la construcción, antenimiento, protección, transporte y uso de estos
útiles, constituyendo una referencia legal indicadora de los requisitos mínimos
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25. a exigir en este tipo de herramientas, ampliados y llevados a la práctica por
medio de normas y reglamentos de obligado cumplimiento, entre los que
destacan:
Norma Técnica (MT 26) sobre aislamiento de seguridad de las
herramientas manuales utilizadas en trabajos eléctricos en
instalaciones en baja tensión.
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.
Norma UNE 20-060-90 1. Herramientas portátiles accionadas por
motor eléctrico. Condiciones generales de seguridad.
Norma UNE 20-060-90 (2 y 3). Herramientas portátiles accionadas
por motor eléctrico. Condiciones particulares de seguridad.
4.2.- Normas generales
ELECCIÓN DE HERRAMIENTAS
Las herramientas de mano serán se material de buena calidad y ,
especialmente las de choque, deberán ser de acero cuidadosamente
seleccionado, lo suficientemente fuerte para soportar golpes sin mellarse o
formar rebordes en las cabezas pero tan duros como para stillarse o romperse.
Los mangos serán de madera dura, lisos y sin astillas o bordes agudos.
Estarán perfectamente olocados, debiendo realizar esta tarea personal
especializado.
Tanto la herramienta como sus mangos tendrán la forma peso y
dimensiones adecuadas al trabajo a realizar, no utilizándose en fines para los
que no han sido concebidas, ni cuando se bserven defectos.
Las zonas de riesgos especiales requieren elección de herramientas
fabricadas con material que no de lugar a chispas por percusión.
En trabajos eléctricos se utilizarán herramientas con aislamiento
adecuado.
MANTENIMIENTO
El perfecto estado de las herramientas requiere una revisión periódica por
parte de personal especializado.
Las herramientas deben mantenerse bien limpias y afiladas y las
articulaciones engrasadas para evitar su oxidación.
ALMACENAMIENTO
Deben hacerse de tal forma que su colocación sea correcta, que la falta
de alguna de ellas sea fácilmente comprobada, que estén protegidas contra su
deterioro por choques o caídas y que tengan acceso fácil sin riesgo de cortes
con el filo de sus pares cortantes.
Las herramientas cortantes o con puntas agudas se guardarán provistas
de protectores de cuero o metálicos para evitar lesiones por contacto
accidental.
TRANSPORTE
Para efectuar el transporte se utilizarán cajas especiales, bolsas o
cinturones portaherramientas según las condiciones de trabajo y los útiles
empleados.
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26. 4.3.- Herramientas manuales
Las herramientas manuales utilizadas en trabajos eléctricos en
instalaciones de aja tensión han de tener un aislamiento que cumpla los
requisitos mínimos establecidos en la norma Técnica (MT-26) sobre aislamiento
de seguridad para este tipo de útiles. Siendo su cumplimiento de arácter
obligatorio, esta norma homologa como medios de protección personal
aquellas herramientas que superen las pruebas específicas en ella reflejadas e
indica que llevarán en caracteres claramente visibles:
Distintivo del fabricante.
Tensión máxima de servicio 1.000 voltios.
Se han de respetar las normas de uso, mantenimiento y transporte
establecidas con carácter general y específicamente para herramientas de su
clase.
4.4.- Herramientas manuales eléctricas
Son herramientas previstas para ser sostenidas se forma manual durante
su uso normal. La fuerza motriz imprime movimiento de rotación o rectilíneo
alternativo a un portátil, dotado de una herramienta adecuada apara efectuar
operaciones de atornillado, desatornillado, taladro, fresado, escariado, etc, si el
movimiento es rotativo y de cincelado, corte, aserrado, etc., es alternativo.
La fuente de energía puede ser eléctrica, neumática, de explosión, de
combustión, originando diferencias tanto en el funcionamiento de las máquinas
como en los riesgos inherentes al mismo. Todas ellas presentan peligros
similares a una máquina fija de la misma clase, aparte de los peligros de su
propia manipulación.
La fuente de energía debe desconectarse siempre antes de cambiar
cualquier accesorio, olviendo a colocar y ajustar los resguardos protectores
antes de usar nuevamente la erramienta.
HERRAMIENTAS ELECTRICAS
En la mayoría de los casos, las herramientas eléctricas manuales están
movidas por un motor olector monofásico, que forma parte integrante de ellas,
en el que la corriente pasa del estator fijo al inducido en movimiento por medio
de escobillas de carbón.
Son de construcción robusta, compactas y van provistas de una o dos
empuñaduras fijadas de orma segura con objeto de que no se aflojen bajo
efectos de calentamiento, vibraciones o similares que se produzcan en uso
normal.
La tensión de alimentación de las herramientas eléctricas portátiles de
accionamiento manual no podrá exceder de 250 voltios con relación a tierra.
La descarga eléctrica es el principal peligro que presentan, estando
clasificadas según su grado de protección contra choques eléctricos producidos
por contactos indirectos.
HERRAMIENTAS NEUMÁTICAS
De sencillo manejo, ofrecen la ventaja de que el aire comprimido no es
perjudicial par ala salud ( a no ser que se introduzca en el cuerpo por medio de
una abertura natural o herida).
Funcionan generalmente a 6 kg/cm2 de presión.
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27. Existen dos clases: Herramientas neumáticas a percusión y herramientas
neumáticas rotativas.
5.- Manipulación Manual Y Mecánica De Cargas
Dependiendo del tamaño, peso, estado y naturaleza del producto a mover
se necesitarán distintos sistemas para manejar y trasladar los materiales, que
irán desde el manual en el que no interviene aparato alguno, hasta el
automático, en el que no interviene ningún operario. Se puede clasificar el
traslado de materiales en: manual, mecánico y automático.
En estas tareas se produce gran cantidad de accidentes, por lo que se va
tendiendo a eliminar el factor humano, sustituyéndolo por una forma
automática. Esta segunda forma no limina todos los riesgos, serán otros. Es
necesario conocerlos para prevenirlos adecuadamente.
En este capítulo vamos a tratar la manipulación manual, y la mecánica.
5.1.- Manipulación manual de cargas
De acuerdo con el R.D. 487/1.997 se entiende por manipulación de
cargas cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de
uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la
tracción, o el desplazamiento, que o sus características o condiciones
ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para
los trabajadores.
ASPECTOS FISIOLOGICOS
El cuerpo humano requiere tres sistemas para poder actuar como
elemento de elevación y transporte, son los siguientes:
Estructura portante: huesos, articulaciones y ligamentos.
Sistema motor: músculos y tendones
Sistema de control: cerebro y sistema nervioso
Cualquier extralimitación en las capacidades de estos sistemas podrá
ocasionar daños a la persona
La columna vertebral, está formada por vértebras, y entre cada una de
ellas está el llamado disco intervertebral, que está formada por una serie de
anillos fibrosos que absorben las presiones ejercidas sobre la columna y por un
núcleo central que reparte estas presiones en todas direcciones.
Pero estar expuesto a un riesgo no presupone que se vaya a producir
necesariamente un daño, para evitarlo deberá estar prevenido y tomar las
medidas que controlen la situación.
1. Lesiones dorsolumbares: se producen por sobreesfuerzos o malos
hábitos durante estas operaciones. Si la columna se mantiene recta los
discos invertebrales desempeñan su función de transmisión de fuerzas
correctamente, de manera que el núcleo permanece en el centro y
todo el sistema está equilibrado. Sin embargo puede ocurrir durante
los movimientos que el núcleo no se quede en el centro del disco, sino
que se desplaza por el efecto cuña que ejercen las vértebras.
Las lesiones mas características son: ciática, lumbalgias, hernias discales.
Existe además un factor a considerar y el envejecimiento del disco que
comienza alrededor de los veinticinco años y se traduce en una
disminución de la elasticidad, apareciendo fisuras y grietas.
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28. Los pesos que se levantan adoptando posturas incorrectas aceleran el
deterioro del disco. El último factor a tener en cuenta como factor
agravante para las lesiones de espalda son las deformaciones de la
columna con carácter congénito o de otro tipo, tales como la escoliosis,
lordosis, y cifosis, que aumentan el riesgo de pinzamiento de los discos
intervertebrales.
2. Distensiones o roturas musculares o ligamentos: tienen su origen en
las limitaciones de músculos y ligamentos frente a esfuerzos dinámicos
producidos en la manipulación de cargas excesivas o de manera
brusca.
3. Contusiones: pueden ser producidas por golpes al caer los objetos que
se manipulan debido a problemas de peso, volumen, dificultad de
agarre, tropiezos, contactos inesperados, etc….
4. Heridas y cortes: pueden estar ocasionados por contacto con resales,
con la superficie o con objetos punzantes de la carga transportada.
La tendencia natural del ser humano es encorvar la espalda cuando
vamos a coger una carga. La presión sobre los discos intervertebrales
dependerá del peso de la carga y del ángulo de inclinación del tronco. Cuanto
mayor sea el ángulo menos presión habrá sobre la columna.
Cuanto más largo sea el brazo de la palanca, mayor será el esfuerzo que
sufre el punto de articulación. Esta afirmación se comprueba fácilmente cuando
levantamos una silla con las manos cerca del estómago y luego damos un paso
hacia atrás y se levanta otra vez la silla, se observa que aparentemente la silla
es más pesada.
La grúa puede levantar con gran seguridad:
2.400 Kg con el peso a 4 m de la torre.
1.200 Kg con el peso a 8 m de la torre.
600 Kg con el peso a 16 m de la torre
La existencia de estos riesgos no tiene por qué implicar daños o
accidentes; para evitar estos efectos hay que controlar las situaciones teniendo
en cuenta aspectos tales como: el levantamiento de cargas, y el transporte y
sujeción.
5.2.- Manipulación mecánica de cargas
El desarrollo de los procesos productivos exige el movimiento de
materiales. El grado de automatización o mecanización alcanzado en estas
operaciones hace posible que la intervención humana se haya reducido
notablemente, aunque hoy en día más de un 30% de los accidentes de trabajo
se producen en las operaciones de traslado o desplazamiento de cargas, así
como en la fase posterior de almacenamiento.
Por lo tanto los equipos para el levantamiento de cargas deben cumplir
las especificaciones que permitan su utilización en condiciones de seguridad
aceptables.
Los equipos de manipulación mecánica de cargas más habituales son:
Elevadores (montacargas, y ascensores)
Puentes-grúa
grúas móviles
Transportadores
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29. Carretillas automotoras
Vamos a estudiarlos en función de la accidentalidad que provocan.
Elevadores
Regulados por el Reglamento Técnico de Aparatos Elevadores.
Como medidas básicas de seguridad destacan las siguientes:
El recorrido del elevador debe resultar inaccesible en cualquier
punto.
Las puertas estarán dotadas de un mecanismo con enclavamiento
electromecánico.
Se deberá indicar la carga máxima que pueden transportar.
El montacargas estará limitado para el uso de personas.
Grúa
Para evaluar los riesgos de una grúa debemos realizar el análisis bajo las
condiciones más desfavorables de utilización y con su máxima carga nominal.
La resistencia efectiva de la grúa será cuatro veces mayor a la resistencia
máxima nominal, este concepto es lo que llamamos factor de seguridad 4.
Es muy importante que el gruista tenga una buena visibilidad en todas las
maniobras que realice la grúa, incluso empleando un mando a distancia. Si no
es posible, será imprescindible la ayuda de otro operario.
Carretillas automotoras
Son máquinas autopropulsadas que se desplazan por el suelo y está
destinadas a llevar, empujar, tirar o levantar cargas. Existen muchos tipos
algunos de ellos serán: la carretilla elevadora de horquilla, la carretilla
tractora, la carretilla transportadora, y la carretilla elevadora de horquilla.
Los principales riesgos de las carretillas serán:
caída de materiales
caída del conductor
vuelco de la carretilla
colisiones
caída de personas
Otros riesgos serán:
Conducción por personas no cualificadas
Lesiones lumbares
Intoxicaciones y/o quemaduras
Incendios y/o explosiones.
Estos son los riesgos más representativos en las carretillas:
atropellos
caída de carga
contaminación
vuelco
5.3.- Accesorios de elevación
En todos los tipos de grúas y en cualquier operación que consista en
desplazar una carga con un cambio de nivel durante el desplazamiento, existen
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30. unos elementos comunes como pueden ser los cables, las poleas, los ganchos
y las eslingas, que se interponen entre las cargas y el aparato utilizado para su
manipulación con objeto de facilitar su manejo. Estos equipos y accesorios,
están sometidos a condiciones de trabajo muy adversas por lo que se hace
necesario la existencia de normas que tratan desde su fabricación hasta su
mantenimiento y utilización, para evitar accidentes por rotura de alguno de
ellos.
5.4.- Controles de seguridad
Además de los programas de mantenimiento establecidos para un
adecuado funcionamiento de las máquinas, son precisos unos controles que
garanticen en todo momento la inexistencia de riesgos o situaciones
peligrosas.
Pueden señalarse como puntos críticos a revisar diariamente los
siguientes:
Frenos
Limitadores
Escaleras de acceso
Iluminación
Ganchos
Cables, cadenas y eslingas
6.- Riesgo Eléctrico
La electricidad es una de las fuentes de energía más utilizadas en la
actualidad. A pesar de su generalización la electricidad conlleva riesgos, que en
cómputo global sobre el número de accidentes, no representa un porcentaje
elevado.
Sin embargo una buena parte de los accidentes laborales con víctimas
mortales son debidos a la electricidad.
6.1.- Conceptos fundamentales
Vamos a poner un símil y así facilitar la comprensión de las magnitudes
para explicar los conceptos fundamentales de la electricidad.
Si tenemos agua almacenada en un deposito y éste tiene un orificio de
salida, la cantidad que saldrá por dicho orificio, es decir el caudal será:
a) Mayor cuanto mayor sea la diferencia de alturas entre el orificio y
la superficie del agua.
b) Menor cuanto más pequeño sea el orificio y cuanto mayor sea la
resistencia de las paredes del orificio al paso del agua.
Para explicar cómo se comporta el agua, en este ejemplo hablamos de
tres dimensiones:
Caudal o cantidad de agua.
Tamaño o resistencia del orificio.
Diferencias de altura o presión.
También para explicar cómo se comporta la electricidad hablamos de tres
dimensiones:
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31. Intensidad: La intensidad se refiere a la cantidad de corriente que
pasa a través de un conductor y se mide en Amperios (A) o en
milésimas de amperio, miliamperio. (mA).
Podemos decir que la causa fundamental de las lesiones originadas por
la electricidad es la cantidad de corriente que circula por nuestro
cuerpo durante un choque eléctrico.
Resistencia: Se define como la propiedad que poseen las sustancias
para oponerse al paso de la corriente eléctrica.
La resistencia se mide en ohmios (Ohm), y podemos decir que las
sustancias malas conductoras ( plástico, madera, goma, etc.) tienen
muchos ohmios , mientras que las sustancias buenas conductoras (
metales) tienen pocos ohmios.
Tensión: Así como en el ejemplo, a mayor altura de agua había
más presión y por tanto más caudal, si la tensión o diferencia de
potencial es grande, también será grande la intensidad de la
corriente que circula por un conductor. Pero la tensión elevada no
es peligrosa por si misma, sino que se convierte en peligrosas
cuando se aplica a una resistencia baja. La tensión se mide en
voltios (V)
Frecuencia: La frecuencia es otro de los factores de la corriente que
influye en las consecuencias de los contactos eléctricos. Podemos
definirla por el número de ciclos y se mide en Herzios (Hz)
De acuerdo con los efectos sobre el cuerpo humano, podemos distinguir
tres tipos de corriente:
Corriente Alterna de Baja Frecuencia.
Corriente Alterna de Alta Frecuencia.
Corriente Continua
La corriente más peligrosa es la alterna de alta frecuencia ( entre 50 y
1000 Hz) y además es la mas utilizada. En España y en toda Europa, tanto a
nivel doméstico como industrial, la corriente alterna se comercializa a 50 Hz.
Los efectos de la corriente alterna de alta frecuencia no son tan
importantes como en la baja frecuencia por la aparición del efecto peculiar que
hace que la corriente circule por la piel sin penetrar en el cuerpo. Este efecto
aparece en corrientes de frecuencia superior a 100.000 Hz, que se utilizan en
Radar, Medicina, etc.
La corriente continua, aunque menos peligrosa, también puede producir
daños. Se diferencia de la corriente alterna en que no cambia de sentido, es
decir que un polo es positivo y el otro negativo.
Los efectos de la corriente continua aparecen en periodos de exposición
más largos que en la corriente alterna. Actúa por calentamiento y puede llegar
a producir la electrólisis de la sangre con el consiguiente riesgo de embolia.
LA LEY DE OHM
Estas magnitudes de la electricidad se relacionan entre sí por medio de la
Ley de Ohm.
Intensidad (A) = Diferencia de potencial (V) / Resistencia (Ohm)
Esto quiere decir que para una tensión determinada, cuanto mayor sea la
resistencia del conductor al paso de la corriente, menor será la intensidad o
cantidad de electricidad que pasa por este conductor.
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32. 6.2.- Efectos nocivos de la electricidad
Se pueden clasificar en dos grandes grupos:
Incendios y/o explosiones: afectan a persona, instalaciones y
bienes.
Electrificación y electrocución: afectan a personas.
Los incendios debidos a la energía eléctrica se producen,
fundamentalmente, por sobrecargas en la instalación, chispas o cortocircuito.
Al circular la corriente eléctrica, el conductor se calienta. Si el conductor
no tiene la sección necesaria, se genera más calor que el que es capaz de
disipar llegando a inflamar los materiales contiguos.
Una persona se electriza cuando la corriente eléctrica circula por su
cuerpo, es decir, cuando la persona forma parte del circuito eléctrico,
pudiendo, al menos, distinguir dos puntos de contacto: uno de entrada y otro
de salida de la corriente. Esa misma persona se electrocuta cuando el paso de
la corriente produce su fallecimiento.
LESIONES EN EL CUERPO
Las consecuencias del paso de la corriente por el cuerpo pueden ocasionar
desde lesiones físicas secundarias (golpes, caídas, etc.), hasta la muerte por
fibrilación ventricular.
La fibrilación ventricular consiste en el movimiento anárquico del corazón,
el cual, deja de enviar sangre a los distintos órganos y aunque esté en
movimiento, no sigue su ritmo normal de funcionamiento.
Por tetanización entendemos el movimiento incontrolado de los músculos
como consecuencia del paso de la energía eléctrica. Dependiendo del recorrido
de la corriente perderemos el control de las manos, brazos, músculos
pectorales, etc.
La asfixia se produce cuando el paso de la corriente afecta al centro
nervioso que regula la función respiratoria, ocasionado el paro respiratorio.
Otras alteraciones, tales como: contracciones musculares, aumento de la
presión sanguínea, dificultades de respiración, parada provisional del corazón,
etc. pueden producirse sin fibrilación ventricular. Tales efectos no son
mortales, son, normalmente, reversibles y, a menudo, producen marcas por el
paso de la corriente. Las quemaduras graves pueden llevar a ser mortales.
FACTORES QUE INFLUYEN EN EL EFECTO ELÉCTRICO
1. Intensidad de la corriente. Es uno de los factores que más inciden en
los efectos y lesiones ocasionados por el accidente eléctrico.
2. Duración del contacto eléctrico. Junto con la intensidad es el factor que
más influye en el resultado del accidente.
3. Resistencia del cuerpo humano. Su importancia en el resultado del
accidente depende de las siguientes circunstancias: grado de humedad
de la piel, superficie de contacto, presión de contacto, dureza de la
epidermis, etc.
4. Tensión aplicada. En sí misma no es peligrosa, pero al aplicarle una
resistencia baja, ocasiona el paso de corriente (intensidad) elevada y,
por tanto, muy peligrosa.
5. Frecuencia de la corriente. Normalmente para uso doméstico e
industrial se utilizan frecuencias de 50 Hz. (en U.S.A. de 60 Hz.). A
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33. mayores frecuencias disminuye el riesgo de fibrilación ventricular pero
prevalecen los efectos térmicos.
6. Recorrido de la corriente a través del cuerpo. La gravedad del
accidente depende del recorrido de la corriente a través del cuerpo.
6.3.- Tipos de contactos eléctricos
Contactos directos: Son los contactos de personas con partes activas
de los materiales y/o equipos. Por ejemplo: cuando se toca
directamente un conductor activo y simultáneamente el neutro.
Contactos indirectos: Son los contactos de personas con masas
puestas accidentalmente bajo tensión. Se produce cuando un individuo
entra en contacto con algún elemento que no forma parte del circuito
eléctrico y que en condiciones normales no debería tener tensión, pero
que la ha adquirido accidentalmente.
Protección contra contactos eléctricos directos
Alejamientos de las partes activas
Se trata de alejar las partes activas a una distancia suficiente para que
sea imposible el contacto fortuito con las manos o por la manipulación de
objetos conductores, cuando estos se utilicen, habitualmente, en las
proximidades de la instalación.
El Reglamento Electrotécnico de baja tensión establece unas distancias
mínimas, pero en los casos en que resulte necesario, a estas distancias
mínimas exigibles, deben añadirse las distancias correspondientes a
herramientas y objetos conductores que se manipulen o transporten,
habitualmente, en la zona de estudio.
Interposición de obstáculos
Se consigue que se impida todo contacto accidental con las partes activas
de la instalación. Deben estar fijados de forma segura y resistir los esfuerzos
mecánicos que puedan presentarse. En este apartado tenemos los armarios y
cuadros eléctricos, las tomas de corriente, los receptores en general, etc.
El grado de la protección de los receptores se indica mediante la
inscripción “IP”.
Recubrimiento de las partes activas de la instalación
Se realizará mediante un aislamiento apropiado, capaz de conservar sus
propiedades con el tiempo y que limite la corriente de contacto. Ejemplos:
cables aislados, bornes aislados, etc. Las pinturas, barnices, lacas y productos
similares, no se consideran aisladores.
Protección contra contactos eléctricos indirectos
En general, con tensiones de hasta 50 Voltios en emplazamientos secos y
no conductores, o con tensiones de hasta 24 Voltios en emplazamientos
húmedos o mojados, no es necesario establecer protecciones adicionales.
Sin embargo, es necesario establecer sistemas de protección, si existe
alguna posibilidad de contacto a tensiones superiores de 50 Voltios.
Los sistemas de protección contra contactos indirectos se pueden
subdividir en dos clases.
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