1. PRODUCTO
Mi producto es crear un centro de agro-turismo donde poder dar a conocer nuestras costumbres , tradiciones
y formas de vida propias de nuestra zona , haciendo participe al cliente , todo ello en una granja familiar
ecológica.
Para ello me remito al Art. 33 de la ley 2/1997 de 20 de marzo, a pesar de estar derogada (ya que en la actual
ley vigente no se especifica nada con respecto al agroturismo). Esta nos dice que por agroturismo se
entiende los servicios turísticos prestados en las explotaciones agrarias, siempre que esta actividad sea
complementaria con la agraria habitual y principal, para lo cual se estará a lo ordenado con carácter general
respecto a los servicios que se traten.
Cuando en la actividad de agroturismo se preste alojamiento, con o sin manutención, éste se regirá por lo
establecido para las Casas Rurales, pudiendo exhibir la denominación de Agroturismo acompañando a la de
Casa Rural.
La vivienda donde vaya a instalarse el alojamiento de agroturismo deberá estar ubicada en el medio rural,
responder a las arquitecturas tradicionales propias del mismo y estar dotada con las instalaciones y los
servicios mínimos, reuniendo las debidas condiciones de habitabilidad.
Mi servicio básico es ofrecer el conocimiento de la vida en el campo tal y como lo hacían nuestros ancestros,
es decir mantenimiento de un huerto con abono ecológico, tener gallinas, conejos, cerdos ovejas, etc.,
alimentados y criados de forma natural.
Como primer servicio básico complementario ofreceré desayunos y comidas basados en nuestra cultura
gastronómica extremeña procedentes de nuestras instalaciones y elaboradas con nuestros propios productos;
así como el de alojamiento.
En cuanto al servicio periférico existen varias opciones, como por ejemplo: Asistencia a un taller de alfarería,
visita guiada a bodegas, rutas de senderismo, visitas culturales a pueblos vecinos, pesca, etc.