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“ Ley 20.529”

Realizado por:   Alex Cifuentes.
                 María Eugenia Figueroa.
                 Maritza Novoa.
                 Carol Moreno.

Profesora:       María Elena Mellado.
Ayudante:        Consuelo Aravena.
Titulo I: Del sistema nacional de aseguramiento de la
          calidad de la educación parvularia, básica y media.



                                                       Equidad




                            Sistema
                                                 Actuara Sobre la educación
                                                  formal y contemplará los
                                                 recursos necesarios para su
Estado                                           adecuado funcionamiento.


                                                   Respeto y valoración
                        Educación de calidad         de los derechos
                                                        humanos
El sistema Comprenderá



                       Procesos de
                      autoevaluación




                                         Evaluación
Apoyo técnico          El sistema
                                          externa e
 pedagógico .        comprenderá         inspección




                          Pruebas
                        externas de
                      carácter censal
Consideraciones del sistema



                       Estándares de
                       aprendizaje de
                        los alumnos


 Fiscalización del                          Requisitos de
    uso de los                             reconocimiento
     recursos.                                 oficial.



                        El sistema
                       considerará
                                                Políticas,
                                             mecanismos e
Ordenación de los                            instrumentos
establecimientos                            para apoyar los
 educacionales.                            integrantes de la
                                              comunidad
                        Evaluación de          educativa.
                        desempeño de
                          docentes.
                     Docentes directivos
                     y docentes técnicos
                         pedagógicos.
 Los estándares indicativos de desempeño para los
   establecimientos y sus sostenedores considerarán :


Gestión pedagógica

Indicadores de calidad

Estándares de gestión

Resultados de evaluaciones de desempeño docente

Liderazgo técnico pedagógico del equipo directivo

Convivencia escolar

Concordancia
Título II: Agencia de calidad de la Educación




                      Objetivo


Organización                                Funciones


                     Agencia
                       de
                     calidad
ORGANIZACIÓN




• Los órganos de la agencia son el Consejo y el
  Secretario Ejecutivo.


• El Concejo estará constituido por cinco
  miembros nombrados por el Ministro de
  Educación.


• El Concejo designará un Presidente.
OBJETIVO




El objetivo de la Agencia,
será evaluar y orientar el
sistema educativo para que
éste ayude al mejoramiento
de la calidad y equidad de las
oportunidades educativas.
FUNCIONES




                Diseñar,                               Sistema de
                                    Participar
              implementar y                          evaluación de    Informe evaluativos.
                               internacionalmente.
                 aplicar.                             desempeño.




Validar los                            Asesorar al
                      Elaborar                             Cobrar y
mecanismo                              Ministerio
                      índices y                            percibir
    de                                     de
                    estadísticas.                         derechos.
evaluación.                            Educación.
Titulo III De la superintendencia


          Párrafo 1, Objeto y atribuciones




Objeto           Fiscalizar                  Establecimientos




         • Reglamentos
         • Instrucciones
         • "la normativa educacional"
Atribuciones


Diseñar y aplicar instrumentos de evaluación




     Validar procedimientos de la evaluación
     docente (definida en otra ley que mantiene
     plena vigencia)


          Nombrar un administrador provisional de la
          gestión de los establecimientos
          educacionales que obtengan resultados
          educativos reiteradamente
Fiscalizar el cumplimiento de los requisitos
para mantener el Reconocimiento Oficial
del Estado


     Formular cargos, sustanciar su tramitación
     y resolver los procesos que se sigan
     respecto de los incumplimientos o faltas



          Ordenar auditorías sobre la gestión de los
          establecimientos educacionales
Recibe consultas, investigar
denuncias y resolver reclamos


    Imponer las sanciones que
    establecen las leyes


        Asesorar al Ministerio de Educación
        sobre materias de su competencia;
Párrafo 2, Fiscalización



          Ministro
           de fe

    Decisiones
       bajo
    juramento


         Informa la
         normativa
         pertinente
Párrafo3, La rendición de cuenta pública de los
                    recursos


           • Los Establecimientos


           • Por medio de los sostenedores devén
             rendir cuenta del uso de los recursos


           • Por conductas sospechosas la
             superintendencia podrá auditorias
Párrafo 4, Atención de denunciad y reclamos


                           Abrir un periodo
                                 inicial         Iniciar un
        Recibirá las                          procedimiento
      denuncias y los                         sancionatorio o
         reclamos                               la reactiva
                                                mediación




                        Superintendencia
Párrafo 5, infracciones




Leves           Regular              Graves
• 1 UTM         • 51 UTM             • 501 UTM
• 50 UTM        • 500 UTM            • 100 UTM
Párrafo 6, Administrador provisional

          Nombrar un administrador provisional

   Asegurar el adecuado funcionamiento de dicho establecimiento




                 No podrán ser nombrados
                                     Ni personas del circulo mas
          El cónyuge
                                              cercano



                   Sólo se podrá nombrar
Cuando el establecimiento se mantenga en la categoría de Desempeño
              Insuficiente por cuatro años consecutivos
Parrafo7, Organización de la Superintendencia


    Jefe Superior de la Superintendencia



        Direcciones Regionales


            Honorarios se considerará
            Comprendido de el Art.260 del
            Código Penal


                Contraloría General de la República
Párrafo 8, Del patrimonio




         Constituido por:



 Los aportes que anualmente le
  asigne la Ley de Presupuestos


 Los recursos otorgados por leyes
            especiales
Título IV : Del ministerio de Educación

Artículo 111: Se modifica la ley 18.956, que reestructura el
Ministerio de Educación, en el siguiente sentido:

                            Responsable de
                              fomentar y
                              financiar el
                            desarrollo de la
                              educación.




            Deberá                               Corresponderá
         desarrollar un    Ministerio              elaborar las
         plan anual de                          bases curriculares
      aseguramiento de        de                  y los planes y
        la calidad de la
          educación.
                           Educación              programas de
                                                     estudio.




                              Elaborar los
                             estándares de
                           aprendizaje de los
                               alumnos.
También tendrán:                        Por otra parte:                           Además:

• Formular los estándares            • Proponer y evaluar las              • Ejecutar las sanciones que
  de desempeño docente                 políticas relativas.                  disponga                 la
  y directivos.                                                              superintendencia        de
                                                                             educación.




                                       Ministerio de Educación




          Determinar:                        Le corresponderá                            Deberá

• Plan de mediciones nacionales      • Facilitar     apoyo      técnico    • Planificar, normar y supervisar el
  e internacionales de los niveles     pedagógico           a        los     apoyo pedagógico que se preste,
  de aprendizajes de los alumnos.      establecimientos educacionales y      cuando corresponda, en los
                                       promover        el     desarrollo     establecimientos ubicados en su
                                       profesional docente.                  territorio jurisdiccional.
Título III : De los requerimientos de información, de la
                 Ficha Escolar y los registros

Incorporase el siguiente Título III, nuevo, pasando el actual Título III a ser IV:




                                  Los sostenedores deberán
                                     proporcionar toda la
                                 información solicitada por el
                                   Ministerio de Educación.




                   Las Universidades e
                 Institutos profesionales                El Ministerio de
                   deberán remitir por                  Educación deberá
                  medios informáticos al              administrar y mantener
                 MINEDUC la nomina de                          con
                   profesores titulados               información actualizada
                      cada año de su                       los registros.
                  respectiva institución.
Los establecimientos con
                          subvención serán ordenados
                                 por categorías.




   El MINEDUC deberá
                                                        Los sostenedores podrán
 proponer y apoyar, con
                                                       impugnar la ordenación de
planes de mejoramiento
                                                          sus establecimientos.
       educativo.




          La Secretaría Regional                 Los establecimientos
         Ministerial de Educación,          incorporados a este régimen de
       analizará la situación de cada         subvención recibirán apoyo
       establecimiento educacional                   pedagógico.
            que haya postulado.
La ordenación de
                                    estos
                            establecimientos la
                            efectuará la Agencia
                              de la Calidad de
                                 Educación.


  Anualmente los
                                                          Si las acciones no se
   sostenedores
                                                              han efectuado
deberán entregar la
                                                          conforme al Plan de
información que les
                                                              Mejoramiento
      solicite la
                                                          Educativo, el aporte
Superintendencia de
                                                              se suspenderá.
     Educación.




                                               La Superintendencia
          Plan de mejoramiento                      de Educación
             educativo para                    evaluará anualmente
          establecimientos “en                  el cumplimiento de
              recuperación”.                      las obligaciones
                                                       legales.
Actividad
• ¿Cuál es el año de promulgación de la Ley?
• ¿Cuál es el presidente con el cual se promulgó la
  ley?
• ¿Con que número se conoce la ley de calidad y
  equidad?
• ¿Cuál es la principal función de la Agencia de
  Calidad?
• ¿Cuál es la principal función de la
  Superintendencia de Educación?
• ¿Cuál es el nombre del Ministro de educación, al
  momento en que la ley se promulgó?
• ¿ Qué título menciona la Agencia de Calidad?
Referencias
• Biblioteca del congreso nacional de chile. (2011). Ley 20.529
  SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE
  LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU
  FISCALIZACIÓN. Chile.
  Extraído el 16 de mayo del 2012
  http://www.leychile.cl/N?i=1028635&f=2011-08-27&p=
Ley 20.529

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Ley 20.529

  • 1. “ Ley 20.529” Realizado por: Alex Cifuentes. María Eugenia Figueroa. Maritza Novoa. Carol Moreno. Profesora: María Elena Mellado. Ayudante: Consuelo Aravena.
  • 2.
  • 3. Titulo I: Del sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media. Equidad Sistema Actuara Sobre la educación formal y contemplará los recursos necesarios para su Estado adecuado funcionamiento. Respeto y valoración Educación de calidad de los derechos humanos
  • 4. El sistema Comprenderá Procesos de autoevaluación Evaluación Apoyo técnico El sistema externa e pedagógico . comprenderá inspección Pruebas externas de carácter censal
  • 5. Consideraciones del sistema Estándares de aprendizaje de los alumnos Fiscalización del Requisitos de uso de los reconocimiento recursos. oficial. El sistema considerará Políticas, mecanismos e Ordenación de los instrumentos establecimientos para apoyar los educacionales. integrantes de la comunidad Evaluación de educativa. desempeño de docentes. Docentes directivos y docentes técnicos pedagógicos.
  • 6.  Los estándares indicativos de desempeño para los establecimientos y sus sostenedores considerarán : Gestión pedagógica Indicadores de calidad Estándares de gestión Resultados de evaluaciones de desempeño docente Liderazgo técnico pedagógico del equipo directivo Convivencia escolar Concordancia
  • 7. Título II: Agencia de calidad de la Educación Objetivo Organización Funciones Agencia de calidad
  • 8. ORGANIZACIÓN • Los órganos de la agencia son el Consejo y el Secretario Ejecutivo. • El Concejo estará constituido por cinco miembros nombrados por el Ministro de Educación. • El Concejo designará un Presidente.
  • 9. OBJETIVO El objetivo de la Agencia, será evaluar y orientar el sistema educativo para que éste ayude al mejoramiento de la calidad y equidad de las oportunidades educativas.
  • 10. FUNCIONES Diseñar, Sistema de Participar implementar y evaluación de Informe evaluativos. internacionalmente. aplicar. desempeño. Validar los Asesorar al Elaborar Cobrar y mecanismo Ministerio índices y percibir de de estadísticas. derechos. evaluación. Educación.
  • 11. Titulo III De la superintendencia Párrafo 1, Objeto y atribuciones Objeto Fiscalizar Establecimientos • Reglamentos • Instrucciones • "la normativa educacional"
  • 12. Atribuciones Diseñar y aplicar instrumentos de evaluación Validar procedimientos de la evaluación docente (definida en otra ley que mantiene plena vigencia) Nombrar un administrador provisional de la gestión de los establecimientos educacionales que obtengan resultados educativos reiteradamente
  • 13. Fiscalizar el cumplimiento de los requisitos para mantener el Reconocimiento Oficial del Estado Formular cargos, sustanciar su tramitación y resolver los procesos que se sigan respecto de los incumplimientos o faltas Ordenar auditorías sobre la gestión de los establecimientos educacionales
  • 14. Recibe consultas, investigar denuncias y resolver reclamos Imponer las sanciones que establecen las leyes Asesorar al Ministerio de Educación sobre materias de su competencia;
  • 15. Párrafo 2, Fiscalización Ministro de fe Decisiones bajo juramento Informa la normativa pertinente
  • 16. Párrafo3, La rendición de cuenta pública de los recursos • Los Establecimientos • Por medio de los sostenedores devén rendir cuenta del uso de los recursos • Por conductas sospechosas la superintendencia podrá auditorias
  • 17. Párrafo 4, Atención de denunciad y reclamos Abrir un periodo inicial Iniciar un Recibirá las procedimiento denuncias y los sancionatorio o reclamos la reactiva mediación Superintendencia
  • 18. Párrafo 5, infracciones Leves Regular Graves • 1 UTM • 51 UTM • 501 UTM • 50 UTM • 500 UTM • 100 UTM
  • 19. Párrafo 6, Administrador provisional Nombrar un administrador provisional Asegurar el adecuado funcionamiento de dicho establecimiento No podrán ser nombrados Ni personas del circulo mas El cónyuge cercano Sólo se podrá nombrar Cuando el establecimiento se mantenga en la categoría de Desempeño Insuficiente por cuatro años consecutivos
  • 20. Parrafo7, Organización de la Superintendencia Jefe Superior de la Superintendencia Direcciones Regionales Honorarios se considerará Comprendido de el Art.260 del Código Penal Contraloría General de la República
  • 21. Párrafo 8, Del patrimonio Constituido por: Los aportes que anualmente le asigne la Ley de Presupuestos Los recursos otorgados por leyes especiales
  • 22. Título IV : Del ministerio de Educación Artículo 111: Se modifica la ley 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación, en el siguiente sentido: Responsable de fomentar y financiar el desarrollo de la educación. Deberá Corresponderá desarrollar un Ministerio elaborar las plan anual de bases curriculares aseguramiento de de y los planes y la calidad de la educación. Educación programas de estudio. Elaborar los estándares de aprendizaje de los alumnos.
  • 23. También tendrán: Por otra parte: Además: • Formular los estándares • Proponer y evaluar las • Ejecutar las sanciones que de desempeño docente políticas relativas. disponga la y directivos. superintendencia de educación. Ministerio de Educación Determinar: Le corresponderá Deberá • Plan de mediciones nacionales • Facilitar apoyo técnico • Planificar, normar y supervisar el e internacionales de los niveles pedagógico a los apoyo pedagógico que se preste, de aprendizajes de los alumnos. establecimientos educacionales y cuando corresponda, en los promover el desarrollo establecimientos ubicados en su profesional docente. territorio jurisdiccional.
  • 24. Título III : De los requerimientos de información, de la Ficha Escolar y los registros Incorporase el siguiente Título III, nuevo, pasando el actual Título III a ser IV: Los sostenedores deberán proporcionar toda la información solicitada por el Ministerio de Educación. Las Universidades e Institutos profesionales El Ministerio de deberán remitir por Educación deberá medios informáticos al administrar y mantener MINEDUC la nomina de con profesores titulados información actualizada cada año de su los registros. respectiva institución.
  • 25. Los establecimientos con subvención serán ordenados por categorías. El MINEDUC deberá Los sostenedores podrán proponer y apoyar, con impugnar la ordenación de planes de mejoramiento sus establecimientos. educativo. La Secretaría Regional Los establecimientos Ministerial de Educación, incorporados a este régimen de analizará la situación de cada subvención recibirán apoyo establecimiento educacional pedagógico. que haya postulado.
  • 26. La ordenación de estos establecimientos la efectuará la Agencia de la Calidad de Educación. Anualmente los Si las acciones no se sostenedores han efectuado deberán entregar la conforme al Plan de información que les Mejoramiento solicite la Educativo, el aporte Superintendencia de se suspenderá. Educación. La Superintendencia Plan de mejoramiento de Educación educativo para evaluará anualmente establecimientos “en el cumplimiento de recuperación”. las obligaciones legales.
  • 28. • ¿Cuál es el año de promulgación de la Ley? • ¿Cuál es el presidente con el cual se promulgó la ley? • ¿Con que número se conoce la ley de calidad y equidad? • ¿Cuál es la principal función de la Agencia de Calidad? • ¿Cuál es la principal función de la Superintendencia de Educación? • ¿Cuál es el nombre del Ministro de educación, al momento en que la ley se promulgó? • ¿ Qué título menciona la Agencia de Calidad?
  • 29. Referencias • Biblioteca del congreso nacional de chile. (2011). Ley 20.529 SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN. Chile. Extraído el 16 de mayo del 2012 http://www.leychile.cl/N?i=1028635&f=2011-08-27&p=