Proceso Autoevaluación en Colegio Guillermo E. Billinghurst
Ley 20.529
1. “ Ley 20.529”
Realizado por: Alex Cifuentes.
María Eugenia Figueroa.
Maritza Novoa.
Carol Moreno.
Profesora: María Elena Mellado.
Ayudante: Consuelo Aravena.
2.
3. Titulo I: Del sistema nacional de aseguramiento de la
calidad de la educación parvularia, básica y media.
Equidad
Sistema
Actuara Sobre la educación
formal y contemplará los
recursos necesarios para su
Estado adecuado funcionamiento.
Respeto y valoración
Educación de calidad de los derechos
humanos
4. El sistema Comprenderá
Procesos de
autoevaluación
Evaluación
Apoyo técnico El sistema
externa e
pedagógico . comprenderá inspección
Pruebas
externas de
carácter censal
5. Consideraciones del sistema
Estándares de
aprendizaje de
los alumnos
Fiscalización del Requisitos de
uso de los reconocimiento
recursos. oficial.
El sistema
considerará
Políticas,
mecanismos e
Ordenación de los instrumentos
establecimientos para apoyar los
educacionales. integrantes de la
comunidad
Evaluación de educativa.
desempeño de
docentes.
Docentes directivos
y docentes técnicos
pedagógicos.
6. Los estándares indicativos de desempeño para los
establecimientos y sus sostenedores considerarán :
Gestión pedagógica
Indicadores de calidad
Estándares de gestión
Resultados de evaluaciones de desempeño docente
Liderazgo técnico pedagógico del equipo directivo
Convivencia escolar
Concordancia
7. Título II: Agencia de calidad de la Educación
Objetivo
Organización Funciones
Agencia
de
calidad
8. ORGANIZACIÓN
• Los órganos de la agencia son el Consejo y el
Secretario Ejecutivo.
• El Concejo estará constituido por cinco
miembros nombrados por el Ministro de
Educación.
• El Concejo designará un Presidente.
9. OBJETIVO
El objetivo de la Agencia,
será evaluar y orientar el
sistema educativo para que
éste ayude al mejoramiento
de la calidad y equidad de las
oportunidades educativas.
10. FUNCIONES
Diseñar, Sistema de
Participar
implementar y evaluación de Informe evaluativos.
internacionalmente.
aplicar. desempeño.
Validar los Asesorar al
Elaborar Cobrar y
mecanismo Ministerio
índices y percibir
de de
estadísticas. derechos.
evaluación. Educación.
11. Titulo III De la superintendencia
Párrafo 1, Objeto y atribuciones
Objeto Fiscalizar Establecimientos
• Reglamentos
• Instrucciones
• "la normativa educacional"
12. Atribuciones
Diseñar y aplicar instrumentos de evaluación
Validar procedimientos de la evaluación
docente (definida en otra ley que mantiene
plena vigencia)
Nombrar un administrador provisional de la
gestión de los establecimientos
educacionales que obtengan resultados
educativos reiteradamente
13. Fiscalizar el cumplimiento de los requisitos
para mantener el Reconocimiento Oficial
del Estado
Formular cargos, sustanciar su tramitación
y resolver los procesos que se sigan
respecto de los incumplimientos o faltas
Ordenar auditorías sobre la gestión de los
establecimientos educacionales
14. Recibe consultas, investigar
denuncias y resolver reclamos
Imponer las sanciones que
establecen las leyes
Asesorar al Ministerio de Educación
sobre materias de su competencia;
15. Párrafo 2, Fiscalización
Ministro
de fe
Decisiones
bajo
juramento
Informa la
normativa
pertinente
16. Párrafo3, La rendición de cuenta pública de los
recursos
• Los Establecimientos
• Por medio de los sostenedores devén
rendir cuenta del uso de los recursos
• Por conductas sospechosas la
superintendencia podrá auditorias
17. Párrafo 4, Atención de denunciad y reclamos
Abrir un periodo
inicial Iniciar un
Recibirá las procedimiento
denuncias y los sancionatorio o
reclamos la reactiva
mediación
Superintendencia
19. Párrafo 6, Administrador provisional
Nombrar un administrador provisional
Asegurar el adecuado funcionamiento de dicho establecimiento
No podrán ser nombrados
Ni personas del circulo mas
El cónyuge
cercano
Sólo se podrá nombrar
Cuando el establecimiento se mantenga en la categoría de Desempeño
Insuficiente por cuatro años consecutivos
20. Parrafo7, Organización de la Superintendencia
Jefe Superior de la Superintendencia
Direcciones Regionales
Honorarios se considerará
Comprendido de el Art.260 del
Código Penal
Contraloría General de la República
21. Párrafo 8, Del patrimonio
Constituido por:
Los aportes que anualmente le
asigne la Ley de Presupuestos
Los recursos otorgados por leyes
especiales
22. Título IV : Del ministerio de Educación
Artículo 111: Se modifica la ley 18.956, que reestructura el
Ministerio de Educación, en el siguiente sentido:
Responsable de
fomentar y
financiar el
desarrollo de la
educación.
Deberá Corresponderá
desarrollar un Ministerio elaborar las
plan anual de bases curriculares
aseguramiento de de y los planes y
la calidad de la
educación.
Educación programas de
estudio.
Elaborar los
estándares de
aprendizaje de los
alumnos.
23. También tendrán: Por otra parte: Además:
• Formular los estándares • Proponer y evaluar las • Ejecutar las sanciones que
de desempeño docente políticas relativas. disponga la
y directivos. superintendencia de
educación.
Ministerio de Educación
Determinar: Le corresponderá Deberá
• Plan de mediciones nacionales • Facilitar apoyo técnico • Planificar, normar y supervisar el
e internacionales de los niveles pedagógico a los apoyo pedagógico que se preste,
de aprendizajes de los alumnos. establecimientos educacionales y cuando corresponda, en los
promover el desarrollo establecimientos ubicados en su
profesional docente. territorio jurisdiccional.
24. Título III : De los requerimientos de información, de la
Ficha Escolar y los registros
Incorporase el siguiente Título III, nuevo, pasando el actual Título III a ser IV:
Los sostenedores deberán
proporcionar toda la
información solicitada por el
Ministerio de Educación.
Las Universidades e
Institutos profesionales El Ministerio de
deberán remitir por Educación deberá
medios informáticos al administrar y mantener
MINEDUC la nomina de con
profesores titulados información actualizada
cada año de su los registros.
respectiva institución.
25. Los establecimientos con
subvención serán ordenados
por categorías.
El MINEDUC deberá
Los sostenedores podrán
proponer y apoyar, con
impugnar la ordenación de
planes de mejoramiento
sus establecimientos.
educativo.
La Secretaría Regional Los establecimientos
Ministerial de Educación, incorporados a este régimen de
analizará la situación de cada subvención recibirán apoyo
establecimiento educacional pedagógico.
que haya postulado.
26. La ordenación de
estos
establecimientos la
efectuará la Agencia
de la Calidad de
Educación.
Anualmente los
Si las acciones no se
sostenedores
han efectuado
deberán entregar la
conforme al Plan de
información que les
Mejoramiento
solicite la
Educativo, el aporte
Superintendencia de
se suspenderá.
Educación.
La Superintendencia
Plan de mejoramiento de Educación
educativo para evaluará anualmente
establecimientos “en el cumplimiento de
recuperación”. las obligaciones
legales.
28. • ¿Cuál es el año de promulgación de la Ley?
• ¿Cuál es el presidente con el cual se promulgó la
ley?
• ¿Con que número se conoce la ley de calidad y
equidad?
• ¿Cuál es la principal función de la Agencia de
Calidad?
• ¿Cuál es la principal función de la
Superintendencia de Educación?
• ¿Cuál es el nombre del Ministro de educación, al
momento en que la ley se promulgó?
• ¿ Qué título menciona la Agencia de Calidad?
29. Referencias
• Biblioteca del congreso nacional de chile. (2011). Ley 20.529
SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE
LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU
FISCALIZACIÓN. Chile.
Extraído el 16 de mayo del 2012
http://www.leychile.cl/N?i=1028635&f=2011-08-27&p=