Este documento trata sobre el tratamiento contable de los activos biológicos en Colombia de acuerdo con la NIC 41 (Agricultura). El propósito del trabajo es determinar la normatividad y tratamiento contable de la actividad agrícola en Colombia y hacer una comparación con el Decreto 2649 de 1993 y la NIC 41. La NIC 41 establece el tratamiento contable, la presentación de los estados financieros y la información a revelar para una empresa agrícola. La norma entró en vigencia en enero de 2010 y establece el tratamiento
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Tratamiento activos biológicos Colombia NIC 41
1. TITULO:
TRATAMIENTO DE LOS ACTIVOS BIOLÓGICOS
EN COLOMBIAAPLICANDO LA NIC 41 (AGRICULTURA)
ELABORADO: LEYDY YANETH FORERO SILVA
VIVIANA ANGÉLICA VELÁSQUEZ SUÁREZ
UNIVERSIDAD DE LA SALLE, FACULTAD DE CONTADURIA
PÚBLICA, BOGOTÁ D. C , 2008
La rama de la producción agrícola ha traído el proceso de globalización e
internacionalización de la información contable en la presentación de los
estados financieros y la toma de decisiones. La necesidad de la información
financiera en dicho sector, hace necesario adoptar integralmente las normas
internacionales de contabilidad.
El propósito de este trabajo fue determinar la normatividad y tratamiento
contable de la actividad agrícola en Colombia, hacer una comparación, con el
Decreto 2649 de 1993 y la Norma Internacional de Contabilidad - NIC 41 que
es la referida a la agricultura y Activos Biológicos. Además, tiene en cuenta la
aplicación de la normatividad internacional en cuanto al proceso contable de los
activos biológicos y productos agrícolas, la presentación de estos en los
estados financieros.
2. La Norma Internacional de Contabilidad NIC 41 sobre agricultura, establece el
tratamiento contable, la presentación de los estados financieros y la
información a revelar, en una empresa agrícola, tema no desarrollado por otras
normas de contabilidad. La actividad agrícola es la administración, por parte de
una entidad, de la transformación biológica de animales vivos o plantas (activos
biológicos) ya sea para su venta, para generar productos agrícolas o para
obtener activos biológicos adicionales. Esta norma tiene vigencia a partir del 1
de enero de 2010, donde se establece el tratamiento contable de los activos
biológicos a lo largo del periodo de crecimiento, degradación, producción y
procreación, así como la valoración inicial de los productos agrícolas en el
punto de su cosecha.