La Ley Orgánica 2/2006 establece los requisitos para el profesorado de educación infantil. Para el primer ciclo se requiere un maestro especialista en educación infantil o un profesional con grado equivalente, así como otro personal con la titulación adecuada. Para el segundo ciclo se requiere un maestro especialista en educación infantil o un título de grado equivalente, pudiendo ser apoyados por maestros de otras especialidades cuando sea necesario.