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Republica Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación
U.P.T “José Antonio Anzoátegui”
El tigre , Edo Anzoátegui
Integrante
Alejandra Viña .
C.I 25.566749
Profesor
Juan Hernández
El software libre
Es aquel que una vez obtenido, puede ser usado, copiado, estudiado,
modificado y redistribuido libremente.
Para estudiarlo y modificarlo la distribución del Software Libre debe incluir el
código fuente, característica fundamental.
El software libre suele estar disponible gratuitamente, pero no hay que
asociar software libre a software gratuito, o a precio del coste de la
distribución a través de otros medios; sin embargo no es obligatorio que sea
así y, aunque conserve su carácter de libre, puede ser vendido
comercialmente
Fuente: http://www.clerus.org
• El derecho a utilizar
El primer derecho o libertad, el que trata sobre el derecho a
utilizar software, puede sorprender. ¿Acaso no tiene la gente
derecho a utilizar un programa que ha comprado en una tienda,
por ejemplo?. La respuesta es que cuando una persona "compra"
un programa de ordenador que no es software libre (programas
privativos, los llamamos) por lo general no dispone del derecho
de utilización ilimitada que nosotros consideramos inevitable: El
usuario está limitado a utilizar el programa para determinados
objetivos (prohibido usar este programa de forma comercial) o en
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el país Y) o en un número determinado de máquinas (prohibido
usar este programa en más de una máquina al mismo tiempo).
Fuente: http://www.clerus.org
• El derecho a entender
Por otra parte tenemos la segunda
libertad para el usuario: el derecho a
entender cómo funcionan los
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nuevo, este derecho fundamental se
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privativo hablamos: por lo general, el
software privativo se distribuye en
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Windows) sin que le acompañe el
código fuente correspondiente. El
código fuente de un programa es su
forma entendible y modificable por un
programador. En cierto modo, es
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algún aparato.
Fuente: http://www.clerus.org
Características
• El derecho a distribuir
De aquí nos vamos al tercer derecho o libertad: el
derecho a distribuir programas de ordenador de forma
gratuita o, alternativamente, cobrando algo a cambio de
hacerlo. Este es tal vez el punto que mejor comprenden
los usuarios de programas privativos cuando quieren
aprender qué es el software libre. Es natural, ya que la
industria del software privativo hace continuos esfuerzos
para intentar convencer a la sociedad de que copiar
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Fuente: http://www.clerus.org
Filosofía del
software
Así pues el término software libre (o
programas libres) se refiere a
libertad, tal como fue concebido por
Richard Stallman en su definición. En
concreto se refiere a cuatro
libertades:
1. Libertad para ejecutar el programa
en cualquier sitio, con cualquier
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3. Libertad de redistribución, de modo
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4. Libertad para mejorar el programa
y publicar las mejoras. También
exige el código fuente.(libertad 3).
Fuente:
https://mmujica.files.wordpress.com
Características
El derecho a mejorar
El último derecho o libertad fundamental, el derecho a
mejorar el software y distribuir las mejoras, es tal vez el
que más controversia genera. Obviamente, el usuario de
software privativo no puede mejorar los programas que
utiliza: aunque quisiera y supiera hacerlo, por lo general no
tiene acceso al código fuente. Y aunque lo tuviera (puede
distribuirse el código fuente y no obstante no ser software
libre) sería ilegal modificar ese código fuente. Sin embargo,
el software libre siempre se distribuye con su código
fuente, y además es totalmente legal modificarlo.
Fuente: http://www.clerus.org
Política publica para su uso en
la administración del software
libre
A través de un Decreto Presidencial, se ordena el uso del Software libre en la administración pública en
Venezuela, no obstante no es este el único país que está aplicando dicha tecnología. El presente
artículo habla del software libre y su implementación en otros países en el sector de la Administración
Pública.
El año 2004 marcó un hito importante en el desarrollo tecnológico en Venezuela, ya que a través del
Decreto 3.390 se estableció la utilización de software libre para todos los organismos y dependencias
de la administración pública, con la finalidad de lograr independencia tecnológica e informática.
El artículo 2 de dicho Decreto indica el siguiente concepto de Software Libre:
Software Libre: Programa de computación cuya licencia garantiza al usuario acceso al código fuente del
programa y lo autoriza a ejecutarlo con cualquier propósito, modificarlo y redistribuir tanto el programa
original como sus modificaciones en las mismas condiciones de licenciamiento acordadas al programa
original, sin tener que pagar regalías a los desarrolladores previos.
Año : 2004
Fuente: http://sofwarelibretecnologiaeinnovacion.blogspot.com/
.
Bibliografía
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  • 1. Republica Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación U.P.T “José Antonio Anzoátegui” El tigre , Edo Anzoátegui Integrante Alejandra Viña . C.I 25.566749 Profesor Juan Hernández
  • 2. El software libre Es aquel que una vez obtenido, puede ser usado, copiado, estudiado, modificado y redistribuido libremente. Para estudiarlo y modificarlo la distribución del Software Libre debe incluir el código fuente, característica fundamental. El software libre suele estar disponible gratuitamente, pero no hay que asociar software libre a software gratuito, o a precio del coste de la distribución a través de otros medios; sin embargo no es obligatorio que sea así y, aunque conserve su carácter de libre, puede ser vendido comercialmente Fuente: http://www.clerus.org • El derecho a utilizar El primer derecho o libertad, el que trata sobre el derecho a utilizar software, puede sorprender. ¿Acaso no tiene la gente derecho a utilizar un programa que ha comprado en una tienda, por ejemplo?. La respuesta es que cuando una persona "compra" un programa de ordenador que no es software libre (programas privativos, los llamamos) por lo general no dispone del derecho de utilización ilimitada que nosotros consideramos inevitable: El usuario está limitado a utilizar el programa para determinados objetivos (prohibido usar este programa de forma comercial) o en determinados sitios (prohibido usar este programa en el país X y el país Y) o en un número determinado de máquinas (prohibido usar este programa en más de una máquina al mismo tiempo). Fuente: http://www.clerus.org • El derecho a entender Por otra parte tenemos la segunda libertad para el usuario: el derecho a entender cómo funcionan los programas que nos distribuyen, y a adaptarlo a nuestras necesidades. De nuevo, este derecho fundamental se ve vulnerado cuando de software privativo hablamos: por lo general, el software privativo se distribuye en forma de ejecutables (equivalentes a los ficheros ".exe" en entornos Windows) sin que le acompañe el código fuente correspondiente. El código fuente de un programa es su forma entendible y modificable por un programador. En cierto modo, es como el manual de instrucciones de algún aparato. Fuente: http://www.clerus.org Características
  • 3. • El derecho a distribuir De aquí nos vamos al tercer derecho o libertad: el derecho a distribuir programas de ordenador de forma gratuita o, alternativamente, cobrando algo a cambio de hacerlo. Este es tal vez el punto que mejor comprenden los usuarios de programas privativos cuando quieren aprender qué es el software libre. Es natural, ya que la industria del software privativo hace continuos esfuerzos para intentar convencer a la sociedad de que copiar programas de ordenador es algo que no debe hacerse. Fuente: http://www.clerus.org Filosofía del software Así pues el término software libre (o programas libres) se refiere a libertad, tal como fue concebido por Richard Stallman en su definición. En concreto se refiere a cuatro libertades: 1. Libertad para ejecutar el programa en cualquier sitio, con cualquier propósito y para siempre. (libertad 0) 2. Libertad para estudiarlo y adaptarlo a nuestras necesidades. Esto exige el acceso al código fuente.(libertad 1) 3. Libertad de redistribución, de modo que se nos permita colaborar con vecinos y amigos.(libertad 2) 4. Libertad para mejorar el programa y publicar las mejoras. También exige el código fuente.(libertad 3). Fuente: https://mmujica.files.wordpress.com Características El derecho a mejorar El último derecho o libertad fundamental, el derecho a mejorar el software y distribuir las mejoras, es tal vez el que más controversia genera. Obviamente, el usuario de software privativo no puede mejorar los programas que utiliza: aunque quisiera y supiera hacerlo, por lo general no tiene acceso al código fuente. Y aunque lo tuviera (puede distribuirse el código fuente y no obstante no ser software libre) sería ilegal modificar ese código fuente. Sin embargo, el software libre siempre se distribuye con su código fuente, y además es totalmente legal modificarlo. Fuente: http://www.clerus.org
  • 4. Política publica para su uso en la administración del software libre A través de un Decreto Presidencial, se ordena el uso del Software libre en la administración pública en Venezuela, no obstante no es este el único país que está aplicando dicha tecnología. El presente artículo habla del software libre y su implementación en otros países en el sector de la Administración Pública. El año 2004 marcó un hito importante en el desarrollo tecnológico en Venezuela, ya que a través del Decreto 3.390 se estableció la utilización de software libre para todos los organismos y dependencias de la administración pública, con la finalidad de lograr independencia tecnológica e informática. El artículo 2 de dicho Decreto indica el siguiente concepto de Software Libre: Software Libre: Programa de computación cuya licencia garantiza al usuario acceso al código fuente del programa y lo autoriza a ejecutarlo con cualquier propósito, modificarlo y redistribuir tanto el programa original como sus modificaciones en las mismas condiciones de licenciamiento acordadas al programa original, sin tener que pagar regalías a los desarrolladores previos. Año : 2004 Fuente: http://sofwarelibretecnologiaeinnovacion.blogspot.com/ .