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TEMA 08: HONORARIOS
• Profesor: Lic. Rafael Antonio Izquierdo Espinoza
• Curso: Organización y constitución de empresas
• Carrera profesional: Enfermería técnica
• Instituto de educación superior tecnológico privado
Cayetano Heredia
Chiclayo – 21.08.2015
MENSAJE DE MOTIVACIÓN PERSONAL
OBJETIVO DE LA SESIÓN
• «En la presente sesión de estudio abordaremos los conceptos relacionados al impuesto a la
renta de cuarta categoría, identificando correctamente los documentos y retenciones
asociadas a esta categoría de impuesto. Asimismo abordaremos los conceptos relacionados al
impuesto a la renta de quinta categoría, identificando correctamente los aportes obligatorios
que deben realizarse a través de la aplicación de esta categoría tributaria».
INDICE
 Introducción.
 Rentas de cuarta categoría.
 Rentas de quinta categoría.
 Tarea grupal.
HONORARIOS
INTRODUCCIÓN
• «El afiliado dependiente es toda aquella persona que tiene un vinculo laboral y que por ello
recibe una remuneración, por la cual debe realizar de forma mensual un aporte obligatorio,
ya sea en el Sistema Privado de Pensiones (AFP) o en el Sistema Nacional de Pensiones
(ONP)».
• «El afiliado independiente es toda aquella persona que ejerce una actividad laboral mediante
la cual obtiene ingresos de forma no subordinada hacia un empleador, la cual de forma
mensual realiza un aporte voluntario ya sea en el Sistema Privado de Pensiones (AFP) o en el
Sistema Nacional de Pensiones (ONP)».
• Ojo: «Si eliges aportar en el Sistema Privado de Pensiones (AFP), tienes la posibilidad de
invertir los ahorros para tu pensión, en cualquiera de estos tres fondos: Fondo tipo 1
(Preservación de capital), Fondo tipo 2 (Mixto), y Fondo tipo 3 (Apreciación de capital)».
INTRODUCCIÓN
 Entonces, ¿Qué es el fondo tipo 1?
• «El fondo tipo 1, denominado el de preservación de capital, es un tipo de fondo que busca un
crecimiento estable con baja volatilidad (frecuencia de cambio en el precio de los activos de
inversión), y el cual tendrá un horizonte de inversión de corto plazo y seguro, siendo su
principal objetivo obtener retornos estables para los afiliados próximos a jubilarse o que
tienen un perfil de riesgo conservador (Es común que la mayor parte de inversiones en este
fondo se concentren en instrumentos de renta fija)».
 Entonces, ¿Qué es el fondo tipo 2?
• «El fondo tipo 2, denominado mixto, es un tipo de fondo que busca un crecimiento
moderado con volatilidad media, y tendrá un horizonte de inversión de mediano plazo. Este
tipo de fondo esta compuesto por aportes invertidos en renta fija (55%) y renta variable
(45%)».
INTRODUCCIÓN
 Entonces, ¿Qué es el fondo tipo 3?
• «El fondo tipo 3, denominado de apreciación de capital, es un tipo de fondo que busca un alto
nivel de crecimiento con alta volatilidad, el cual tendrá un horizonte de inversión a largo
plazo. Este tipo de fondos esta compuesto por aportes invertidos en renta fija (20%) y renta
variable (80%)».
• Ojo: «Para el año 2015, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), nombro a la
Administración de Fondos de Pensiones – AFP Prima, como la administradora de fondos de
pensiones con la menor comisión mixta sobre sueldo del mercado».
NOTICIA: FONDOS DE PENSIONES ¿EN QUE INVIERTEN LAS
AFP MI DINERO?
• ¿Alguna vez se ha preguntado en qué se invierte su fondo de pensiones?. Para empezar, depende del
tipo de fondo al que cotiza.
• Fondo 1: El fondo 1, al que podemos llamar conservador, está bastante concentrado en renta fija, es
decir, bonos. Es tipo de instrumento ofrece rendimientos, que pueden ir del 5% al 7% anual. Cabe
resaltar que la exposición del fondo 1 a la Bolsa de Valores de Lima (BVL) o a los mercados globales es
mínima, esto hace que su rentabilidad sea relativamente predecible.
• Fondo 2: En el caso del fondo 2, este que concentra al 90% de los afiliados al sistema previsional
privado peruano, invirtiendo casi por igual entre bonos y acciones. Cabe resaltar que un porcentaje del
fondo 2, está invertido en la BVL, pero no pasa del 10%, mientras que alrededor del 30% está en los
mercados internacionales como Europa, EE.UU., Japón y otros países asiáticos. Esto mitiga el riesgo de
volatilidad de la bolsa local que es minera por naturaleza».
NOTICIA: FONDOS DE PENSIONES ¿EN QUE INVIERTEN LAS
AFP MI DINERO?
• ¿Alguna vez se ha preguntado en qué se invierte su fondo de pensiones?. Para empezar, depende del
tipo de fondo al que cotiza.
• Fondo 3: El fondo 3 es para los más arriesgados, es decir, es el más agresivo, con mayor volatilidad,
pero también ofrece la rentabilidad más alta en el largo plazo. Cabe resaltar que las inversiones
realizadas en este fondo son mayoritariamente global, es decir que un 60% de su portafolio está en los
mercados internacionales y, al mismo tiempo, un 80% se invierte en acciones.
RENTAS DE CUARTA CATEGORIA
CONCEPTOS BÁSICOS
 ¿Qué son rentas de cuarta categoría?
• «Son aquellos ingresos que provienen de realizar cualquier trabajo individual, de una
profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia,
incluyéndose las contraprestaciones que obtengan las personas que presten servicios bajo la
modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), las mismas que son clasificadas
como rentas de cuarta categoría, conforme a lo estipulado en el Decreto Legislativo N°1057
«Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de
servicios» y en el Decreto Supremo N°075-2008 «Aprobación del Decreto Legislativo
N°1057»,
• Ojo: «El contrato administrativo de servicios (CAS), es un régimen especial de contratación
laboral para el sector público, que vincula a una entidad publica con una persona natural que
presta servicios de manera subordinada, el cual esta sujeto a normas especiales».
CONCEPTOS BÁSICOS
 ¿Qué documentos están asociados al impuesto a la renta de cuarta categoria?
• «Esta asociado al impuesto a la renta de cuarta categoria, el bien llamado recibo por
honorarios, el cual califica como un comprobante de pago, el cual deberá ser emitido cuando
se presten servicios a través del ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia o
oficio».
 ¿Cuándo debe entregarse el recibo por honorarios?
• «Este comprobante de pago debe ser entregado en el monto que se perciba la retribución y
por el monto de la misma, sin embargo cabe recordar que también deberá ser emitido aun
cuando el servicio haya sido prestado de forma gratuita con la leyenda «Servicio prestado
gratuitamente».
RETENCIONES ASOCIADAS AL IMPUESTO A LA
RENTA DE CUARTA CATEGORÍA
• «Las personas, empresas o entidades del Régimen general de impuesto a la renta que paguen
o acrediten honorarios u otras remuneraciones que constituyan rentas de cuarta categoria,
efectuaran una retención del impuesto a la renta equivalente al 8% del importe total del
recibo por honorarios».
• Ojo: «No deberá efectuarse retenciones del impuesto a la renta cuando los recibos por
honorarios que paguen o acrediten sean de un importe que no exceda el monto de 1,500
nuevo soles».
• Ojo: «Los trabajadores independientes deben declarar y realizar mensualmente pagos a
cuenta por el 8% del total de sus ingresos brutos mensuales, si estos superan el establecido
para cada ejercicio contable (Para el 2015, el limite mensual no afecto al impuesto es hasta
2,807 nuevos soles).
RETENCIONES ASOCIADAS AL IMPUESTO A LA
RENTA DE CUARTA CATEGORÍA
• Ojo: «El recibo por honorarios puede ser utilizado sustentar costos y gastos asociados al
negocio (gastos administrativos) y para sustentar crédito deducible. Cabe recordar que la
emisión electrónica de recibos por honorarios a partir del 01 de Enero del 2015 será una
obligación para los trabajadores independientes que brinden sus servicios a las empresas del
Régimen General del impuesto a la renta o a entidades del Estado».
• Ojo: «El código tributario establece que la sanción correspondiente al trabajador
independiente omiso a la presentación de la declaración mensual, será equivalente al 50% de
una UIT, pudiendo aplicarse una gradualidad hasta del 90% su subsana voluntariamente antes
que surta efecto la notificación de la SUNAT».
RENTAS DE QUINTA CATEGORIA
CONCEPTOS BÁSICOS
 ¿Qué son rentas de quinta categoria?
• «Son aquellos ingresos que provienen de realizar cualquier trabajo individual, de una
profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza teniendo una relación de dependencia
entre el prestador del servicio y el empleador».
• En forma especifica la renta de quinta categoria grava:
 «El trabajo personal prestado en relación prestado en relación de dependencia, incluidos
cargos públicos, electivos o no, que reciba como retribución sueldos, salarios, asignaciones,
primas, gratificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie,
gastos de representación, y en general toda retribución por servicios personales».
CONCEPTOS BÁSICOS
 ¿Qué son rentas de quinta categoria?
• Ojo: «La prima por servicios es una prestación social que corresponde a un pago que el hace
el empleador al trabajador, para que disfrute de las utilidades arrojadas por la empresa. Sin
embargo, es de aclarar que dicho pago es obligatorio, y que cuando la empresa no obtenga
utilidades en algún periodo, deberá pagar a sus empleados la prima de servicios. Cabe resaltar
que la prima por servicios corresponde al pago de 15 días de trabajo, por cada semestre
laborado, y en caso que el empleado no haya trabajado el semestre completo, el pago será
proporcional al tiempo que laboro en dicho semestre».
• «En el caso de las gratificaciones legales, estas constituyen sumas de dinero otorgadas por el
empleador a sus trabajadores, de manera adicional a su remuneración, con ocasión de
celebrar determinadas festividades de carácter cívico o religioso. Cabe resaltar que en el Perú,
por ley los trabajadores deben recibir dos gratificaciones al año, una por motivo de fiestas
patrias y otra por motivo de navidad (Artículo 1 de la Ley N°27735)».
CONCEPTOS BÁSICOS
 ¿Qué son rentas de quinta categoria?
• En forma especifica la renta de quinta categoria grava:
 La participación por concepto de utilidades de los trabajadores, ya sea que provengan de las
asignaciones anuales o de cualquier otro beneficio otorgado en sustitución de aquellas.
Considérese a la participación
• Ojo: «Todas las empresas que cuenten con un numero mayor a veinte trabajadores que se
encuentren dentro del impuesto a la renta de tercera categoría tienen como plazo hasta
finales de Abril para repartir las utilidades entre sus trabajadores, siendo el porcentaje a
repartir, el determinado por ley, según la actividad que este realice. Se deberá tener en
cuenta que el 50% será distribuido en función a los días efectivamente laborados por cada
trabajador».
CONCEPTOS BÁSICOS
 ¿Qué son rentas de quinta categoria?
• En forma especifica la renta de quinta categoria grava:
 Los ingresos provenientes de cooperativas de trabajo que perciban los socios (Socio
destacado en labores administrativas).
 Los ingresos obtenidos por el trabajo prestado en forma independiente con contratos de
prestación de servicios normados por la legislación civil, cuando el servicio sea prestado en el
lugar y horario designado por el empleador, y este le proporcione los elementos de trabajo, y
asuma los gastos que la prestación demanda.
• Ojo: «El requisito esencial para que un contrato de trabajo califique como renta de quinta
categoría es la subordinación, es decir el trabajador debe prestar servicios en función a reglas
establecidas».
APORTES ASOCIADOS AL IMPUESTO A LA
RENTA DE QUINTA CATEGORÍA
• Cuando el trabajador ingresa a laborar en un centro de trabajo, es obligación del empleador
requerirle por escrito, que, en un plazo máximo de diez (10) días calendario, le informe en
qué sistema previsional se encuentra y en qué AFP; en el caso de no encontrarse afiliado a
ningún sistema previsional, deberá indicar al empleador en qué AFP desea afiliarse o si desea
incorporarse al SNP.
• En caso no se encuentre afiliado a ninguna AFP, el trabajador deberá contactarse con un
promotor de la AFP a la que desea afiliarse o acercarse personalmente a una agencia de la
AFP elegida, para suscribir el Contrato de Afiliación.
• Debe entenderse que están obligados a aportar todos los trabajadores dependientes
incorporados al SPP. En el caso de los trabajadores de la administración pública comprendidos
en el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), su afiliación
a un régimen pensionario es opcional en unos casos y obligatorio en otros, sujeto a las
reglamentaciones del decreto legislativo Nº 1057.
APORTES ASOCIADOS AL IMPUESTO A LA
RENTA DE QUINTA CATEGORÍA
• El trabajador dependiente que se afilie al SPP está obligado a realizar aportes mensuales al
Sistema a través de su empleador, los cuales equivalen al 10% de la remuneración
asegurable, monto que va directamente a su Cuenta Individual de Capitalización (Aportes al
fondo).
• Ojo: «El ingreso del trabajador debe ser igual o mayor a la remuneración mínima vital (750
nuevos soles), si el ingreso del trabajador es menor no se encuentra obligado a aportar».
• Adicionalmente debe considerarse que el trabajador dependiente debe realizar aportes por
concepto de prima de seguros (pago de dinero que concede el derecho a recibir las
prestaciones por invalidez, sobrevivencia y gastos por sepelio bajo la cobertura del seguro), y
comisiones (pago que debe realizar cada afiliado a su AFP por concepto de administración de
su fondo de pensiones, siendo esta comisión variable en el mercado).
APORTES ASOCIADOS AL IMPUESTO A LA
RENTA DE QUINTA CATEGORÍA
• Ojo: Si consideramos el monto del aporte del 10% sobre la remuneración, mas los aportes por
comisiones y primas de seguros, el monto del aporte final asciende al 13% sobre la
remuneración del empleado.
• Ojo: El empleado que recién ingresa a trabajar tiene también la posibilidad de poder afiliarse
al Sistema Nacional de Pensiones. Sin embargo este sistema posee una serie de desventajas
críticas que disminuyen su atractivo, como por ejemplo que el trabajador debe aportar 20
años para poder recibir una pensión, y que la pensión máxima fijada es de 857.36 nuevos
soles (El aporte a la ONP – Oficina de Normalización Previsional es del 13% de la
remuneración).
• «Para finalizar debe considerarse que mensualmente se realiza el aporte del 9% sobre la
remuneración, por concepto de aportes a Essalud. Este aporte es cubierto en su totalidad por
el empleador, sin afectar la remuneración de sus empleados».
TAREA GRUPAL
• Elaborar un mapa o mapas conceptuales referentes al impuesto a la renta de primera y
segunda categoría. Asimismo se deberá investigar los siguientes términos, que formaran
parte del mapa o mapas conceptuales:
 Sueldos o salarios.
 Aguinaldos.
 Comisiones
 Compensaciones en especie.
 Sistema Nacional de Pensiones.
 Oficina de Normalización Previsión
 Sistema privado de pensiones.
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  • 1. TEMA 08: HONORARIOS • Profesor: Lic. Rafael Antonio Izquierdo Espinoza • Curso: Organización y constitución de empresas • Carrera profesional: Enfermería técnica • Instituto de educación superior tecnológico privado Cayetano Heredia Chiclayo – 21.08.2015
  • 3. OBJETIVO DE LA SESIÓN • «En la presente sesión de estudio abordaremos los conceptos relacionados al impuesto a la renta de cuarta categoría, identificando correctamente los documentos y retenciones asociadas a esta categoría de impuesto. Asimismo abordaremos los conceptos relacionados al impuesto a la renta de quinta categoría, identificando correctamente los aportes obligatorios que deben realizarse a través de la aplicación de esta categoría tributaria».
  • 4. INDICE  Introducción.  Rentas de cuarta categoría.  Rentas de quinta categoría.  Tarea grupal.
  • 6. INTRODUCCIÓN • «El afiliado dependiente es toda aquella persona que tiene un vinculo laboral y que por ello recibe una remuneración, por la cual debe realizar de forma mensual un aporte obligatorio, ya sea en el Sistema Privado de Pensiones (AFP) o en el Sistema Nacional de Pensiones (ONP)». • «El afiliado independiente es toda aquella persona que ejerce una actividad laboral mediante la cual obtiene ingresos de forma no subordinada hacia un empleador, la cual de forma mensual realiza un aporte voluntario ya sea en el Sistema Privado de Pensiones (AFP) o en el Sistema Nacional de Pensiones (ONP)». • Ojo: «Si eliges aportar en el Sistema Privado de Pensiones (AFP), tienes la posibilidad de invertir los ahorros para tu pensión, en cualquiera de estos tres fondos: Fondo tipo 1 (Preservación de capital), Fondo tipo 2 (Mixto), y Fondo tipo 3 (Apreciación de capital)».
  • 7. INTRODUCCIÓN  Entonces, ¿Qué es el fondo tipo 1? • «El fondo tipo 1, denominado el de preservación de capital, es un tipo de fondo que busca un crecimiento estable con baja volatilidad (frecuencia de cambio en el precio de los activos de inversión), y el cual tendrá un horizonte de inversión de corto plazo y seguro, siendo su principal objetivo obtener retornos estables para los afiliados próximos a jubilarse o que tienen un perfil de riesgo conservador (Es común que la mayor parte de inversiones en este fondo se concentren en instrumentos de renta fija)».  Entonces, ¿Qué es el fondo tipo 2? • «El fondo tipo 2, denominado mixto, es un tipo de fondo que busca un crecimiento moderado con volatilidad media, y tendrá un horizonte de inversión de mediano plazo. Este tipo de fondo esta compuesto por aportes invertidos en renta fija (55%) y renta variable (45%)».
  • 8. INTRODUCCIÓN  Entonces, ¿Qué es el fondo tipo 3? • «El fondo tipo 3, denominado de apreciación de capital, es un tipo de fondo que busca un alto nivel de crecimiento con alta volatilidad, el cual tendrá un horizonte de inversión a largo plazo. Este tipo de fondos esta compuesto por aportes invertidos en renta fija (20%) y renta variable (80%)». • Ojo: «Para el año 2015, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), nombro a la Administración de Fondos de Pensiones – AFP Prima, como la administradora de fondos de pensiones con la menor comisión mixta sobre sueldo del mercado».
  • 9. NOTICIA: FONDOS DE PENSIONES ¿EN QUE INVIERTEN LAS AFP MI DINERO? • ¿Alguna vez se ha preguntado en qué se invierte su fondo de pensiones?. Para empezar, depende del tipo de fondo al que cotiza. • Fondo 1: El fondo 1, al que podemos llamar conservador, está bastante concentrado en renta fija, es decir, bonos. Es tipo de instrumento ofrece rendimientos, que pueden ir del 5% al 7% anual. Cabe resaltar que la exposición del fondo 1 a la Bolsa de Valores de Lima (BVL) o a los mercados globales es mínima, esto hace que su rentabilidad sea relativamente predecible. • Fondo 2: En el caso del fondo 2, este que concentra al 90% de los afiliados al sistema previsional privado peruano, invirtiendo casi por igual entre bonos y acciones. Cabe resaltar que un porcentaje del fondo 2, está invertido en la BVL, pero no pasa del 10%, mientras que alrededor del 30% está en los mercados internacionales como Europa, EE.UU., Japón y otros países asiáticos. Esto mitiga el riesgo de volatilidad de la bolsa local que es minera por naturaleza».
  • 10. NOTICIA: FONDOS DE PENSIONES ¿EN QUE INVIERTEN LAS AFP MI DINERO? • ¿Alguna vez se ha preguntado en qué se invierte su fondo de pensiones?. Para empezar, depende del tipo de fondo al que cotiza. • Fondo 3: El fondo 3 es para los más arriesgados, es decir, es el más agresivo, con mayor volatilidad, pero también ofrece la rentabilidad más alta en el largo plazo. Cabe resaltar que las inversiones realizadas en este fondo son mayoritariamente global, es decir que un 60% de su portafolio está en los mercados internacionales y, al mismo tiempo, un 80% se invierte en acciones.
  • 11. RENTAS DE CUARTA CATEGORIA
  • 12. CONCEPTOS BÁSICOS  ¿Qué son rentas de cuarta categoría? • «Son aquellos ingresos que provienen de realizar cualquier trabajo individual, de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia, incluyéndose las contraprestaciones que obtengan las personas que presten servicios bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), las mismas que son clasificadas como rentas de cuarta categoría, conforme a lo estipulado en el Decreto Legislativo N°1057 «Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios» y en el Decreto Supremo N°075-2008 «Aprobación del Decreto Legislativo N°1057», • Ojo: «El contrato administrativo de servicios (CAS), es un régimen especial de contratación laboral para el sector público, que vincula a una entidad publica con una persona natural que presta servicios de manera subordinada, el cual esta sujeto a normas especiales».
  • 13. CONCEPTOS BÁSICOS  ¿Qué documentos están asociados al impuesto a la renta de cuarta categoria? • «Esta asociado al impuesto a la renta de cuarta categoria, el bien llamado recibo por honorarios, el cual califica como un comprobante de pago, el cual deberá ser emitido cuando se presten servicios a través del ejercicio individual de cualquier profesión, arte, ciencia o oficio».  ¿Cuándo debe entregarse el recibo por honorarios? • «Este comprobante de pago debe ser entregado en el monto que se perciba la retribución y por el monto de la misma, sin embargo cabe recordar que también deberá ser emitido aun cuando el servicio haya sido prestado de forma gratuita con la leyenda «Servicio prestado gratuitamente».
  • 14. RETENCIONES ASOCIADAS AL IMPUESTO A LA RENTA DE CUARTA CATEGORÍA • «Las personas, empresas o entidades del Régimen general de impuesto a la renta que paguen o acrediten honorarios u otras remuneraciones que constituyan rentas de cuarta categoria, efectuaran una retención del impuesto a la renta equivalente al 8% del importe total del recibo por honorarios». • Ojo: «No deberá efectuarse retenciones del impuesto a la renta cuando los recibos por honorarios que paguen o acrediten sean de un importe que no exceda el monto de 1,500 nuevo soles». • Ojo: «Los trabajadores independientes deben declarar y realizar mensualmente pagos a cuenta por el 8% del total de sus ingresos brutos mensuales, si estos superan el establecido para cada ejercicio contable (Para el 2015, el limite mensual no afecto al impuesto es hasta 2,807 nuevos soles).
  • 15. RETENCIONES ASOCIADAS AL IMPUESTO A LA RENTA DE CUARTA CATEGORÍA • Ojo: «El recibo por honorarios puede ser utilizado sustentar costos y gastos asociados al negocio (gastos administrativos) y para sustentar crédito deducible. Cabe recordar que la emisión electrónica de recibos por honorarios a partir del 01 de Enero del 2015 será una obligación para los trabajadores independientes que brinden sus servicios a las empresas del Régimen General del impuesto a la renta o a entidades del Estado». • Ojo: «El código tributario establece que la sanción correspondiente al trabajador independiente omiso a la presentación de la declaración mensual, será equivalente al 50% de una UIT, pudiendo aplicarse una gradualidad hasta del 90% su subsana voluntariamente antes que surta efecto la notificación de la SUNAT».
  • 16. RENTAS DE QUINTA CATEGORIA
  • 17. CONCEPTOS BÁSICOS  ¿Qué son rentas de quinta categoria? • «Son aquellos ingresos que provienen de realizar cualquier trabajo individual, de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza teniendo una relación de dependencia entre el prestador del servicio y el empleador». • En forma especifica la renta de quinta categoria grava:  «El trabajo personal prestado en relación prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, electivos o no, que reciba como retribución sueldos, salarios, asignaciones, primas, gratificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación, y en general toda retribución por servicios personales».
  • 18. CONCEPTOS BÁSICOS  ¿Qué son rentas de quinta categoria? • Ojo: «La prima por servicios es una prestación social que corresponde a un pago que el hace el empleador al trabajador, para que disfrute de las utilidades arrojadas por la empresa. Sin embargo, es de aclarar que dicho pago es obligatorio, y que cuando la empresa no obtenga utilidades en algún periodo, deberá pagar a sus empleados la prima de servicios. Cabe resaltar que la prima por servicios corresponde al pago de 15 días de trabajo, por cada semestre laborado, y en caso que el empleado no haya trabajado el semestre completo, el pago será proporcional al tiempo que laboro en dicho semestre». • «En el caso de las gratificaciones legales, estas constituyen sumas de dinero otorgadas por el empleador a sus trabajadores, de manera adicional a su remuneración, con ocasión de celebrar determinadas festividades de carácter cívico o religioso. Cabe resaltar que en el Perú, por ley los trabajadores deben recibir dos gratificaciones al año, una por motivo de fiestas patrias y otra por motivo de navidad (Artículo 1 de la Ley N°27735)».
  • 19. CONCEPTOS BÁSICOS  ¿Qué son rentas de quinta categoria? • En forma especifica la renta de quinta categoria grava:  La participación por concepto de utilidades de los trabajadores, ya sea que provengan de las asignaciones anuales o de cualquier otro beneficio otorgado en sustitución de aquellas. Considérese a la participación • Ojo: «Todas las empresas que cuenten con un numero mayor a veinte trabajadores que se encuentren dentro del impuesto a la renta de tercera categoría tienen como plazo hasta finales de Abril para repartir las utilidades entre sus trabajadores, siendo el porcentaje a repartir, el determinado por ley, según la actividad que este realice. Se deberá tener en cuenta que el 50% será distribuido en función a los días efectivamente laborados por cada trabajador».
  • 20. CONCEPTOS BÁSICOS  ¿Qué son rentas de quinta categoria? • En forma especifica la renta de quinta categoria grava:  Los ingresos provenientes de cooperativas de trabajo que perciban los socios (Socio destacado en labores administrativas).  Los ingresos obtenidos por el trabajo prestado en forma independiente con contratos de prestación de servicios normados por la legislación civil, cuando el servicio sea prestado en el lugar y horario designado por el empleador, y este le proporcione los elementos de trabajo, y asuma los gastos que la prestación demanda. • Ojo: «El requisito esencial para que un contrato de trabajo califique como renta de quinta categoría es la subordinación, es decir el trabajador debe prestar servicios en función a reglas establecidas».
  • 21. APORTES ASOCIADOS AL IMPUESTO A LA RENTA DE QUINTA CATEGORÍA • Cuando el trabajador ingresa a laborar en un centro de trabajo, es obligación del empleador requerirle por escrito, que, en un plazo máximo de diez (10) días calendario, le informe en qué sistema previsional se encuentra y en qué AFP; en el caso de no encontrarse afiliado a ningún sistema previsional, deberá indicar al empleador en qué AFP desea afiliarse o si desea incorporarse al SNP. • En caso no se encuentre afiliado a ninguna AFP, el trabajador deberá contactarse con un promotor de la AFP a la que desea afiliarse o acercarse personalmente a una agencia de la AFP elegida, para suscribir el Contrato de Afiliación. • Debe entenderse que están obligados a aportar todos los trabajadores dependientes incorporados al SPP. En el caso de los trabajadores de la administración pública comprendidos en el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), su afiliación a un régimen pensionario es opcional en unos casos y obligatorio en otros, sujeto a las reglamentaciones del decreto legislativo Nº 1057.
  • 22. APORTES ASOCIADOS AL IMPUESTO A LA RENTA DE QUINTA CATEGORÍA • El trabajador dependiente que se afilie al SPP está obligado a realizar aportes mensuales al Sistema a través de su empleador, los cuales equivalen al 10% de la remuneración asegurable, monto que va directamente a su Cuenta Individual de Capitalización (Aportes al fondo). • Ojo: «El ingreso del trabajador debe ser igual o mayor a la remuneración mínima vital (750 nuevos soles), si el ingreso del trabajador es menor no se encuentra obligado a aportar». • Adicionalmente debe considerarse que el trabajador dependiente debe realizar aportes por concepto de prima de seguros (pago de dinero que concede el derecho a recibir las prestaciones por invalidez, sobrevivencia y gastos por sepelio bajo la cobertura del seguro), y comisiones (pago que debe realizar cada afiliado a su AFP por concepto de administración de su fondo de pensiones, siendo esta comisión variable en el mercado).
  • 23. APORTES ASOCIADOS AL IMPUESTO A LA RENTA DE QUINTA CATEGORÍA • Ojo: Si consideramos el monto del aporte del 10% sobre la remuneración, mas los aportes por comisiones y primas de seguros, el monto del aporte final asciende al 13% sobre la remuneración del empleado. • Ojo: El empleado que recién ingresa a trabajar tiene también la posibilidad de poder afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones. Sin embargo este sistema posee una serie de desventajas críticas que disminuyen su atractivo, como por ejemplo que el trabajador debe aportar 20 años para poder recibir una pensión, y que la pensión máxima fijada es de 857.36 nuevos soles (El aporte a la ONP – Oficina de Normalización Previsional es del 13% de la remuneración). • «Para finalizar debe considerarse que mensualmente se realiza el aporte del 9% sobre la remuneración, por concepto de aportes a Essalud. Este aporte es cubierto en su totalidad por el empleador, sin afectar la remuneración de sus empleados».
  • 24. TAREA GRUPAL • Elaborar un mapa o mapas conceptuales referentes al impuesto a la renta de primera y segunda categoría. Asimismo se deberá investigar los siguientes términos, que formaran parte del mapa o mapas conceptuales:  Sueldos o salarios.  Aguinaldos.  Comisiones  Compensaciones en especie.  Sistema Nacional de Pensiones.  Oficina de Normalización Previsión  Sistema privado de pensiones.