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Constituido el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Azul,
en la Sala de Deliberaciones el día 8 de Julio del año
dos mil quince, integrado por los Señores Jueces,
Doctores JOAQUIN DUBA, MARTIN EUGENIO CESPEDES y GUSTAVO
PABLO BORGHI, en acuerdo en la causa nº 425, registro
interno nº 2304, caratulada “CORIA, JUAN HORACIO -
HOMICIDIO DOBLEMENTE AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE
FUEGO Y POR SER EL SUJETO ACTIVO UN MIEMBRO INTEGRANTE DE
LA FUERZA DE SEGURIDAD - OLAVARRIA” y practicado el
sorteo de Ley, resultó que los mencionados Magistrados
deben votar en el siguiente orden: Doctores DUBA-
CESPEDES-BORGHI.
El Tribunal conforme a lo dispuesto por los artículos 371
y 373 del Código Procesal Penal, resolvió plantear y
votar las siguientes:
C U E S T I O N E S
1ra. ¿Está probada en su exteriorización la existencia
del hecho materia de acusación?.
2da. ¿En caso afirmativo, está probada la participación
de Juan Horacio Coria en el mismo?.
3ra. En caso afirmativo, ¿concurren eximentes?.
4ta. En caso negativo, ¿concurren atenuantes?.
5ta. En igual caso, ¿concurren agravantes?.
V O T A C I O N
A LA PRIMERA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo:
Considero legalmente acreditado que el día 11 de
noviembre de 2013, siendo aproximadamente las 15.30
horas, en las inmediaciones de la costanera del arroyo
Tapalqué casi a la altura de la prolongación de la calle
118 de Olavarría, un sujeto de sexo masculino, que se
desempeñaba a esa fecha como personal policial afectado a
la Seccional Primera de esa ciudad, le efectuó un disparo
con la pistola marca “Browning” HP 35 calibre 9 mm n°
04234 provista por la fuerza provincial, a Jorge Javier
Ortega, luego de que este apuntara con el arma que
portaba –pistola calibre 22 largo marca “GMC” n° 11742 en
primer término a su compañero Oficial Cristian
Maximiliano Barbesín, que había concurrido al lugar ante
el pedido de auxilio por estar el nombrado Ortega con
intenciones de quitarse la vida y en segundo lugar, al
sujeto a que vengo haciendo referencia, el cual le
ingresó en hipocondrio derecho, provocando estallido del
hígado y perforación del riñón derecho, con orificio de
salida en zona paravertebral, lo que le generó graves
consecuencias hemorrágicas que requirieron la extirpación
del riñón derecho y las que por su gravedad le generaron
con el correr de las horas un shock hipovolémico post
hemorrágico y paro cardiaco irreversible que causó su
óbito.
El hecho descripto, surge de:
Lo expuesto en el juicio por los funcionarios policiales
Cristian Maximiliano Barbesín, Micaela soledad García y
Gabriela Vanesa Aguilar, quienes alertados vía radial
sobre un proceso de suicidio en curso, concurrieran a las
inmediaciones de la orilla derecha del arroyo Tapalqué a
la altura de la prolongación de la calle 118 de
Olavarría.
-Así, Barbesín sostuvo que era policía de la Provincia de
Buenos Aires desde el año 2006. Que el día 11 de
noviembre de 2013 recibieron un llamado a las 15:15 horas
donde le dijeron de un hombre con intenciones de
suicidarse que podría portar un arma de fuego. Que él se
encontraba recorriendo en el móvil N° 49639 de la
cuadrícula n° 9 por calle Rivadavia, indicando el llamado
la calle Rivadavia y 118 en la rivera del arroyo. Que
entonces concurrió al lugar por calle Rivadavia, llegó
hasta la rivera del arroyo estando entorpecida la calle
por escombros y dejó el móvil ahí. Que para acercarse al
arroyo, fue por el desagüe pluvial donde había una zona
privada delimitada por alambre y llegó hasta un sendero
que daba para la derecha y bajó en la parte izquierda
donde estaba una persona vestida con camisa de grafa azul
y jeans, sentado con algo plateado en la mano. Que se
acercó y esa persona le dijo que se quedara allí, que no
se le acerque. Que realizó una persuasión verbal y
constató que tenía un arma de fuego en la mano derecha,
siendo una pistola en estado regular, reconociendo en la
sala de audiencias a la pistola que se le exhibiera como
a la que se refiriera; le contó que tenía problemas
porque no le alcanzaba la plata, que no tenía casa, que
la Municipalidad no le había dado respuesta y que tenía
muchos problemas. Que ante ello, por su “Handy”
particular pidió apoyo, llegando luego al lugar la
Sargento García y la Oficial Aguilar. Que continuaron la
persuasión verbal, cuando escucharon gritos de un
masculino y una femenina, advirtiendo que eran el padre y
la esposa o novia. Que allí, él le indicó a la Oficial
Aguilar que comunicara la novedad al Oficial de Servicio
y que llevara a la familia hacia donde estaba el móvil
para que no entorpecieran lo que estaba haciendo. Que los
familiares estaban donde se encontraban los móviles y
desde allí no se veía a Ortega, solo desde el lugar donde
se va subiendo. Que en ese momento del arribo de sus
familiares, el hombre cambió de actitud, que al principio
parecía depresivo, angustiado, se le caían las lágrimas y
después de unos segundos, con el arma que empuñaba lista
para disparar, con el martillo rebatido, se la llevó a la
sien y gatilló, intentando él abalanzarse sobre el mismo
para sacarle el arma, cuando Ortega se incorpora con el
arma, rebate el martillo nuevamente y le apunta a la
cabeza y le refiere “quédate quieto, porque te quemo”
quedando el arma a la altura de la vista, habiendo
transcurrido milésimas de segundos, agregando que si
hubiese querido le hubiera disparado. Explicó que fue en
ese contexto que Ortega decidió gatillarse, que al inicio
estaba tranquilo haciendo catarsis llorando, a pesar que
nunca soltó el arma, la que siempre tuvo agarrada en la
mano derecha, entonces se la llevó a la sien, estando
montada y luego le apuntó a él y ahí le dijo que la
tirara, escuchándose en ese momento una voz de “alto” o
“alto policía” que resultó era del sargento Coria que
había prestado apoyo, quien se ubicaba a noventa grados,
como les enseñan en la Escuela de policía para evitar el
fuego cruzado. Que Ortega, sin dejar de apuntarlo, giró y
le apuntó a su compañero Coria, hizo como un paso y ahí
se escuchó un disparo, tomándose luego el abdomen con su
mano izquierda y se cayó. Luego de ello el dicente se
abalanzó sobre Ortega y le sacó el arma que la tenía
pronta a agarrar, lo esposó y le pidió a la sargento que
llamaran a la ambulancia. Que Coria lo agarró y lo llevó
hasta arriba donde estaba el móvil policial, y el dicente
se quedó preservando el lugar del hecho hasta que llegó
el perito. Describió que durante la persuasión estaba a
cuatro o cinco metros de Ortega, con un desnivel de por
medio y desde ese lugar Ortega lo apuntó parado y después
a Coria. Describió que él tenía el arma en la muslera,
que no usaba bala en recamara, teniendo que martillar
para disparar, permaneciendo quieto porque si se movía
tenía miedo que lo matara y vio a Coria cuando hacía la
persuasión verbal, por vista periférica. Recordó que al
momento de pedir apoyo Juan Coria que estaba en un móvil
de la cuadricula, le había consultado si necesitaba
ayuda, por eso sabía que iba a llegar. Manifestó que
observó las plantas y una figura con uniforme negro,
escuchando la voz de “alto” o “alto policía” o “policía”,
escuchando el llamado de atención que lo hizo Coria.
Manifestó que si había un procedimiento especial para los
casos como el acaecido, él lo desconocía. Expresó que
cuando se llega al “techo operativo”, se tiene que llamar
al Oficial de Servicio, explicando que tal circunstancia
se producía cuando lo superaba la situación. Recordó que
el día del hecho Coria vestía borceguíes, bombacha de
combate, no recordando si tenía el chaleco antibalas.
Expresó que en la comisaría tenían escopetas, pero que no
había cartuchos de goma, los que debería proveer la
policía. Al momento de estimar la distancia entre Coria y
Ortega, expresó que la misma era de unos tres o cuatro
metros en un desnivel, expresando que Coria estaba más
levantado por ser la rivera del arroyo, había un
alambrado caído, en estado deplorable, había árboles,
teniendo que bajar para ver al individuo y se percató que
estaba Coria cuando dio la voz de “alto”. Manifestó que
él se ocupaba del sujeto y del arma, girando solamente
cuando llegaron las compañeras García y Aguilar y que
siguió focalizado en el Sr. Ortega, ya que estaba muerto
de miedo por si le disparaba. Describió que la Oficial
García estaba como a cuarenta y cinco grados, atrás, más
retirada y que a Aguilar la mandó a los móviles. A
preguntas que se le formularan explicó que por una Ley de
Emergencia la carrera de policía se extiende seis meses,
siendo el día del hecho la primera vez que le sucedió que
alguien quisiera quitar la vida, pese a lo cual le habló
a Ortega, aunque no tuvo ninguna preparación para
enfrentar esta clase de situaciones y el dialogo se
prolongó por un tiempo entre quince y veinte minutos. Que
exhibida que le fue la fotografía de fs. 631 refirió que
cuando Ortega gatilló, intentó subir no del todo por el
desnivel y allí fue que Ortega le dijo que se quedara
quieto porque le tiraba, dedicándose a persuadirlo para
que baje el arma. Expresó que había mucha vegetación
porque era primavera llegando al verano, pero que en la
ribera el pasto no era largo, no obstante tuvo que llegar
hasta un lugar para verlo a Ortega sentado, caminando con
paso normal hasta donde estaba el desnivel. Que exhibidas
que le fueron las fotografías obrantes a fs. 54/58
reconoció el lugar con vegetación de primavera verano,
reconoció el alambre, señaló el lugar donde se
reincorporó, donde apuntó a Coria, donde Ortega dio un
paso y cayó, que era un claro en la margen del arroyo. No
recordó quien fue el perito que llegó, se llamó a un
testigo y se levantó el arma, creyendo que el perito era
Díaz, que se le mostró que estaba cargada con un
proyectil en la recamara. Aseguró que Ortega hizo un
movimiento de apuntarle y enseguida pasó a apuntar a
Coria, hizo un movimiento hacia adelante hacia el lugar
donde estaba Coria y el segundo es cuando se cayó que fue
hacia el lado de Coria.
Nada encuentro que me permita siquiera dudar de la
credibilidad del testigo, a pesar de haberse introducido
por lectura para evaluar omisiones o contradicciones las
declaraciones prestadas en la etapa de investigación a
fs. 16 y 41/46, por cuanto las tres versiones son
esencialmente coincidentes y concordantes, ya que la
omisión en la de fs. 41/46, fue salvada al momento de
realizarse la reconstrucción del hecho a fs. 247/248vta.
con presencia de todas las partes, donde claramente puede
escucharse cuando se refiere a ello (DVD Causa Coria N°
1, filmación DSC_0088, 08:28), puesto que en la primera
por lo breve se limita a dar una sintética descripción de
lo sucedido, sobre que Ortega habría hecho un paso hacia
Coria luego de la voz de alto y previo a que recibiera el
disparo, lo que no constituye un hecho relevante, en
razón que la distancia que los separaba, estimada en unos
ocho metros, no menguaba la potencialidad dañosa a la luz
del arma que empuñaba.
García dijo que era policía, que en noviembre del ante
año pasado, estaba patrullando con su compañera en el
móvil n °11776, siendo de mañana, cuando recibieron un
llamado que decía que había una persona que se quería
quitar la vida. Que estuvieron buscando y a las dos o
tres de la tarde surgió otro llamado del 101 que decía
que había una persona en cercanías del arroyo con idea de
quitarse la vida con un arma de fuego, concurriendo al
lugar en apoyo del móvil n°39639 a cargo de Vitulio y
Barbesín, no hallándose el primero porque se descompuso y
lo llevaron a la casa, y su compañera era Aguilar. Que
llegó al lugar, estacionó atrás del patrullero de
Barbesín, donde estaban la esposa y el padre de la
víctima. En el lugar estaba el arroyo, había una bajada y
un caminito costeando el arroyo. Que bajó hacia el arroyo
dónde estaba Barbesín, a quien vio con una persona que
tenía un arma de fuego de color plateada y estaba mirando
el arroyo, sumándose a hablarle, refiriéndole que todos
tenían problemas económicos, que pensara en sus hijos,
que iban a encontrar una solución. Que siempre miraba
hacia el arroyo, respondiéndole que no podía pensar en
sus hijos porque no tenía con que darles de comer, que
junto a Barbesín siguieron hablándole hasta que este
hombre se apoyó el arma en la sien derecha y gatilló y
luego se paró en frente de Barbesín –quien estaba a un
paso enfrente de ella, a unos pocos metros de aquel- y le
apuntó viendo que le temblaba la mano, diciéndole la
dicente que pensara en sus hijos y que ellos también
tenían hijos. Que apuntaba hacia adelante con el brazo
levantado, cuando escuchó una voz desde el costado que no
sabía que dijo, por lo que aquel giró y apuntó hacia
adelante, viéndolo después en cuclillas en posición
fetal, careciendo en ese momento de visión periférica.
Que la mujer gritaba que quería el teléfono para llamar
al abogado, llevándola al patrullero y de allí a la
Comisaría para resguardo de ella y por ellos también.
Explicó que no tenían preparación psicológica para ayudar
a una persona que quiere quitarse la vida y tampoco
protocolo. Mencionó que tuvo miedo, que se quedó inmóvil,
girando Ortega siempre con el brazo extendido, levantó el
pie pero no pudo precisar los pasos, como para caminar
hacia el lateral, no sabiendo hacia donde. Luego de ello
vio que venía Juan Coria -vestido de policía no
recordando si tenía chaleco antibalas- del lateral.
Describió que Barbesín se acercó a Ortega, ya que en todo
momento lo vio a Barbesín y a la víctima frente de éste,
con la mano extendida empuñando el arma y antes, sentado
mirando al arroyo gatilló, luego se paró
intempestivamente dio pasos para atrás y se puso en
frente de Barbesín, le apuntó, giró para la parte de la
vera del arroyo -refiriéndole la dicente que pensara en
sus hijos- donde estaba Coria, a quien no vio llegar, no
recordando si Ortega volvió a gatillar. Refirió que
Aguilar estaba con los familiares porque Barbesin le dijo
que llevaran a los mismos para arriba y finalmente a
preguntas de la Defensa refiere que el arma estaba
levantada, que en ningún momento Ortega bajó el arma.
Aún cuando se incorporara por lectura para evaluar
omisiones o contradicciones la declaración prestada en la
etapa de investigación a fs. 15/15vta., el relato de
García no pierde credibilidad, ya que no puede
pretenderse que el no recuerdo puntual del volumen del
follaje de los árboles del lugar, así como la existencia
de un alambrado, se debió a una deliberada mala intención
para mejorar o perjudicar la situación de los
protagonistas, cuando además esos objetos no fueron
determinantes en el contexto del hecho.
Y Aguilar expuso que tenía relación laboral con Coria, ya
que era policía, que patrullaba en el móvil 11776 con la
Sargento García cuando escuchó de emergencias un llamado
al móvil 39639, que lo recibió del Sargento Barbesin
donde decía que una persona intentaba quitarse la vida,
que tenía arma de fuego, por lo que se acercaron al lugar
y ahí estaba el móvil 39639, que descendieron y fueron
por un camino, por un sendero de tierra donde encontraron
a una señora y un hombre mayor, que eran la esposa y el
papá de quien se quería matar. En el lugar se hacía una
curva, y vio que estaban Barbesín y Ortega quien estaba
sentado con un arma en la mano mirando al arroyo. Que
Barbesín estaba parado a un costado de Ortega, hablando
con él y cuando Barbesin vio a los familiares que iban
detrás de ella, le dijo que los lleve nuevamente del
sector de móvil y que se comunique con el Oficial de
Servicio y le informe lo que estaba sucediendo,
llevándolos al lugar mencionado. Afirmó que le comunicó
al Oficial de Servicio Principal Barragán Hugo de la
Comisaría Primera, quien le dijo que iba a tratar de
buscar una solución a la situación, y regresó al lugar,
donde al levantar la mirada vio que Barbesín hizo un paso
hacia adelante y levantó las manos, viendo que Ortega
estaba parado apuntándolo a aquel a la cabeza y una voz
dijo “…tirá el arma…” o algo parecido, ante lo cual
Ortega se dio vuelta siempre apuntando y se escuchó un
disparo de arma de fuego, viendo que Ortega miró hacia
abajo y cayó. Explicó que vio descender a Coria del móvil
y subir por la loma y lo perdió de vista porque estaba
alto. Que no lo vio caminar a Ortega, no vio que hiciera
pasos, ubicándose ella detrás a cuatro o cinco metros de
Barbesín y éste a cuatro metros de Ortega, mencionando
que García Micaela estaba al lado de Barbesín. Describió
que Coria tenía un pantalón de policía azul de fajina y
remera que decía “policía”, oscura, no recordando si
tenía chaleco antibalas. No recordó que Ortega haya dicho
nada, solo que tenía un arma plateada y mediana, no
grande. A preguntas que se le formularon respondió que no
tenían un protocolo de actuación para estos casos,
creyendo que no había escopetas en su móvil,
desconociendo si había en la Comisaría, asegurando que en
ese momento no se proveían las postas de gomas.
Lo manifestado también en el debate por la esposa de
quien en vida fuera Jorge Javier Ortega, Micaela Yesica
Medina y su progenitor Jorge Ricardo Ortega, que
arribaran al lugar luego de que lo hicieran los policías
antes mencionados.
En primer término, Medina expresó que era la esposa de
Jorge Javier Ortega, a quien apodaban “Tito”, con quien
tenía cinco hijos, recordando que el día lunes 11 de
noviembre del 2013 se levantaron tarde y que “Tito” no
había ido a trabajar, yendo ella a hacer compras al
almacén, luego al kiosco a comprar cigarrillos y cuando
volvió “Tito” ya se había levantado y estaba en el patio,
le pidió un cigarrillo y salió a la calle. Que no eran ni
las doce del mediodía cuando salió y no vio ni al auto,
ni a “Tito” y estaba cocinando cuando escuchó que su
esposo volvió a la casa, estando raro desde la semana
anterior, pero no quería discutir así que le preguntó si
quería ir a ver una casa que habían publicado en el
diario, a la que iban a cambiar por el auto, porque
habían perdido la de ellos. Que como le dijo que si,
llamó al dueño de la propiedad, que trabaja en el Penal,
para ir a verla, acordando verse en la entrada de
C.O.R.P.I. a las trece horas, llevando ella a la nena a
la Escuela y cuando regresó “Tito” estaba acostado,
recordándole lo de ir a ver la casa, para lo cual “Tito”
le pidió que manejara, lo que le pareció raro porque ella
no manejaba en ruta, no obstante así lo hicieron,
dirigiéndose al lugar donde estaba el señor, vieron la
casa que eran unas paredes con ventana, “un ranchito” y
“Tito” le dijo que no era una casa como para ellos,
refiriéndole la dicente que le entregarían el auto, se
quedaban con la moto y después la arreglaban de a poco.
Que de regreso a la ciudad pararon a fumar en donde
estaba la rotonda, porque no fumaban en el auto por su
hijo Bautista que tenía problemas respiratorios, se
sentaron en un paredón y allí “Tito” le empezó a decir
que no quería seguir más, que no quería vivir más, que no
pensara en él y que llamara a la madre para que se vaya
con los hijos a vivir con ella; razón por lo que la
dicente la llamó. Que luego de ello la dicente habló con
Eduardo Rodríguez, Secretario de Desarrollo Social para
pedirle un terreno y materiales para hacer una casa,
mientras tanto Ortega le dio la billetera y se fue
caminando. Que a los cincuenta metros, lo alcanzó con el
auto y por la ventanilla le dijo que subiera, que se
dejara de joder y que ya iban a salir adelante, sacando
en ese momento “Tito” un revólver –al que describió como
un arma chica y de color gris- de entre sus ropas, se lo
puso en su cabeza y le dijo que se vaya porque se mataba
delante de ella. Que siendo entre la una y media y dos de
la tarde la dicente se volvió para el lado de “la
Emiliozzi”, agarró el celular de Ortega y llamó a la
policía y a la suegra, es decir al 911 habiéndose
confundido un par de veces con el número 611 de Claro.
Llamó también con su propio celular, habló con la suegra
y le contó que “Tito” se quería matar, siguiendo dando
vueltas en el barrio, llamó a su madre Lidia Iris Gavazza
y mientras tanto lo seguía buscando, hasta que se fue a
su casa ubicada en calle Mitre y Pringles, a buscar a sus
hijos Bautista, Sebastián y Jazmín a los que llevó con su
suegra. Que volvió a llamar a la policía y le dijeron que
hiciera la denuncia, pensando que hacerla era una pérdida
de tiempo por lo que junto a su suegro siguieron
buscándolo, dando vueltas y “agarrando” para el lado del
basural por calle Ituzaingó. Que encontraron una
camioneta de la policía y le dijeron que estaban al tanto
pero que todavía no tenían novedades. Mencionó que llamó
un montón de veces a la policía diciéndoles que estaba
armado, dándole la descripción de cómo estaba vestido
hasta que le avisaron que lo habían encontrado en esa
calle donde antes habían estado pero hacia el arroyo. Que
entre que llamó y llegaron al lugar habrá pasado una hora
u hora y media ya que primero se fueron para el lado de
la ruta, dieron toda la vuelta por calle Rivadavia,
vieron la camioneta de la policía y estacionaron, bajaron
y cuando llegaron estaba el policía Barbesín y a unos
metros, en un desnivel en el piso y un poco más hacia
adelante estaba “Tito”, sentado en el piso y mirando
hacia el arroyo con las manos entre las piernas y
sosteniendo el arma en la mano. Que cuando llegaron su
suegro le preguntó “hijo, “que te pasó?”, sabiendo de
esta forma “Tito” que ellos estaban allí. Que Barbesín
estaba a cinco o seis metros de su marido, arribando al
lugar dos policías femeninas que les indicaron que se
corrieran del lugar. Que desde donde quedó la dicente
habría unos cuarenta o cincuenta metros hasta el lugar
donde estaba sentado “Tito” a quien veía pero él a ella
no, tratándose de la entrada de un caminito, con pasto
verde, cortito y no había ningún tipo de alambrado al que
si vio al momento de la reconstrucción. Que ella se paró
en unos juncos, y observaba desde ahí a “Tito” en
diagonal, afirmando que se veía clarito y que no le sacó
los ojos de encima. Posteriormente la policía Aguilar le
dijo que iba a ir un mediador o algo similar, llegando
instantes más tarde por donde fue ella retirada por las
femeninas –es decir por atrás- una persona vestida de
pantalón negro, borceguíes negros, remera negra con
guantes cortados y chaleco –creyendo que el mismo era
antibalas- a quien en la sala de audiencias identificó
señalando al acusado Juan Horacio Coria, no recordando si
paso corriendo o agazapado, y mencionó que lo volvió a
ver cuando se acercó a “Tito” viendo que tenía un arma en
la mano que no era un arma común, era gris como nueva, no
la normal de la policía. Expresó que Barbersín les dijo
que lo dejaran tranquilos y que se corrieran, no gritando
“Tito” nada. Luego de unos minutos, hallándose en el
badencito donde estaba casi Barbesín, vio que su marido
se puso el arma en la cabeza por lo que cerró los ojos
unos segundos, asegurando que “Tito” nunca se puso de pie
y estaba de espaldas a Coria, al costado Barbesín y de
frente al arroyo. Mencionó estar segura que Tito no se
levantó; no estando segura si se había movido o no.
Expresó también que Tito medía un metro noventa y vio
cuando sacó el arma de entre las piernas y se lo llevó a
la cabeza, cerrando los ojos y oyendo al rato sólo el
disparo. Que salió corriendo, bajando hacia un badén y
volvió a subir viendo que Ortega tenía un disparo en el
costado y a Coria con el arma en la mano por lo que tomó
el teléfono y llamó a Emilio el abogado de ellos y le
dijo que los milicos le habían pegado un tiro a “Tito”
Ortega. Refirió que estando sentado pudo haber girado
cuando ella cerró los ojos, que fueron segundos cuando se
puso el arma y escuchó el disparo, que pasaron dos, tres
o diez segundos, y cuando los volvió abrir ya estaba
sentado agarrándose el costado y ese tiempo no daba para
apuntar a dos personas, no pudo haber apuntado a otro
funcionario policial, porque no le alcanzó el tiempo.
Luego escuchó que dijeron que le sacaran el teléfono a
ella, siendo esposada también por el personal femenino y
la llevaron por el lado de atrás, empujándola y cayéndose
dentro de un pozo, ante lo cual les manifestó que estaba
embarazada de dos meses. Que la subieron a la camioneta y
la llevaron a la comisaría. Refirió que la última vez que
lo vio a “Tito” fue cuando lo llevó la ambulancia, dos
cuadras antes de la ruta 226. Precisó que permaneció en
la comisaría esposada en la cocina, sin cordones, sin sus
pertenencias hasta las seis o siete de la tarde, cuando
la fue a buscar su hermano y su abogado. Que exhibido que
le fue el croquis ilustrativo obrante a fs. 4 e
incorporado por lectura, la dicente ubicó el lugar por
donde entró, identificó la calle Rivadavia por donde fue
con su suegro, donde vio el móvil policial detrás del
cual dejaron su auto, indicó la presencia de árboles en
el lugar y la vegetación existente; describió que había
una curva, después de la cual estaba Tito; precisó que
había un desnivel, y asegurando que el alambrado el día
del hecho no estaba, sí observándolo al tiempo de
efectuar la reconstrucción del hecho. Manifestó también
que bajó hacia el arroyo y que había una diferencia
bastante importante de altura, ingresando Coria por
arriba, no por donde llegaron ellos y sí por el lugar
donde la sacaron a ella, donde había un junco grande que
es donde se había parado ella. Reconoció en las
fotografías que le fueron exhibidas y que obran a fs.
54/58, la zona, el lugar donde estaba su esposo y el arma
a la que se refería como revolver y que era de “Tito”.
Mencionó que nunca vio donde estaba Coria hasta que
“Tito” estaba en el suelo se agarraba el costado, después
del disparo. Reiteró que a Coria lo vio dos veces; cuando
llegó y después del tiro. Recordó haber prestado
declaración en Comisaría y dos días después del hecho en
Fiscalía, declarando en la primera solo una parte desde
que se levantó hasta que llegó al lugar no contando lo
que pasó en el mismo, y en Fiscalía adonde fue con su
abogado todo lo que había pasado. Manifestó que se quería
ir de la Comisaría porque su marido se estaba muriendo,
indicando que dialogó con el policía Albertario, a quien
le mencionó que “Tito” no apuntó en ningún momento. Que a
“Tito” lo llevó hasta el patrullero el padre con ayuda de
Coria y luego lo cambiaron a la ambulancia en la ruta 226
viendo ello desde la camioneta.
Y Ortega dijo que era el progenitor de la víctima, que el
día lunes 11 de noviembre de 2013 salió a trabajar, hizo
tres o cuatro cuadras, cuando lo llamó su señora por
teléfono y le dijo que su hijo “Tito” tenía un problema,
por lo que volvió a su casa, y su señora le dijo que su
nuera había llamado y le había dicho que “Tito” tenía un
arma y que se quería matar. Que esperó un poquito porque
no sabía para donde arrancar, siendo las dos menos cuarto
cuando salió a buscarlo, luego de que su nuera llegara a
su casa y le explicó lo que pasaba. Se fueron en el auto
a buscarlo y le pidió que lo llevara donde estaba la
última vez que lo vio y ella le refirió que había avisado
a la policía para que la ayudaran. Llegaron a ese lugar
donde lo había visto por última vez, lo buscaron y no lo
vieron, después cruzaron el puente por una calle sobre la
mano derecha y a unos ochocientos o mil metros, vieron un
patrullero, pararon y le preguntaron, refiriéndole el
personal policial que “algo sabía”, creyendo que fue la
misma persona que lo mató que iba con otra persona que no
era policía, y luego le dijo que no sabía nada. Que
volvieron para atrás para el lado de la ruta, que
hicieron treinta o cuarenta metros, pararon porque
escucharon la sirena y le dijeron que lo habían
encontrado, del otro lado del arroyo. Que fueron para ese
lado del arroyo, llegaron a una tranquera y como no
podían pasar, volvieron y dieron la vuelta, agarraron la
ruta, por la calle Rivadavia y 112. Que solo le preguntó
a la policía cómo estaba y le contestó que bien, que la
persona de civil que abrió la tranquera. Que llegaron por
calle 112, había un yuyal y no se veía nada, entraron,
hicieron treinta o cuarenta metros, vieron un patrullero,
bajaron la pendiente y vio a su hijo sentado con las
manos entre las piernas y a siete u ocho metros otro
policía que les dijo que se vayan. En el lugar solo había
un policía y un patrullero entonces le dijo a su nuera de
ir para arriba, indicación que también les dieron las dos
policías femeninas. Una de ellas después subió con un
celular y les dijo que iba a llamar a un mediador. Que
pasó un ratito, prendió un cigarro, se puso a conversar
con su nuera que estaba más cerca del arroyo y el más
sobre la vereda, viendo a su hijo, momento en el que
sintió algo que corría por arriba, desconocía de que se
trataba, mirando y escuchando “…quédate quieto”, o “alto”
o “te tiro”, escuchando un disparo y cuando se dio vuelta
vio a Ortega tirado, y a Coria encima de él. Que su nuera
quería llamar por teléfono y las policías la llevaron,
refiriéndoles ésta que no le pegaran que estaba de
encargue, y después se la llevaron presa, pese a que ella
no agredió a nadie. Recordó que Coria le pidió que lo
ayudara para levantar a su hijo que se estaba muriendo.
Que llegaron arriba a la rastra con su hijo a quien ya no
le daban más las piernas, subiéndolo en la parte de
adelante del patrullero del lado del acompañante.
Describió que Coria estaba vestido con chaleco creía tipo
antibala, con guantes tipo “Rambo”, con ropa de policía.
Que cuando vio a su hijo no sabía que tenía un arma, la
vio tirada al lado de él luego del disparo, creyendo que
era una pistola no un revolver, con cachas azul o celeste
o un colorcito así. Mencionó que no sabía si su hijo se
paró, que lo vio sentado en el mismo lugar y sentado, en
la misma posición como estaba sentado nada más que
recostado para el lado izquierdo de él. Estimó que el
tiempo entre que vio al hijo y escuchó el disparo fue de
quince o veinte minutos. Expresó que estaba a unos
quince, veinte o treinta metros de Ortega, que lo podía
ver. Recordó que la primera vez que concurrió al lugar
estaba todo bien, mientras que la segunda vez estaban
cortadas las plantas. Destacó que permaneció junto a su
nuera, el más sobre la barranca y que ella tuvo que haber
visto mucho mejor que él. Mencionó que su hijo no le
contestó, que lo vio porque lo miró a él, y entre ellos
estaba un pibe, que lo trató bien, le pidió que se
corriera porque le estaba hablando bien a su hijo, entre
medio de ellos había una barranquita, y fue quien le
pidió que se vaya. Que en el momento que miró para arriba
todavía estaba ese policía con su hijo conversando, el
cual no se arrimó para el lado de Ortega. Expresó que no
sabía de dónde vino Coria y solo lo vio tirado arriba de
su hijo.
A fin de evaluar contradicciones, incongruencias u
omisiones respecto de lo declarado por el testigo en el
juicio, se introdujo por lectura la testimonial de fs.
59/62, en donde refirió que en el lugar no había un
matorral, sino yuyos que no le impedían la visual y que
escuchó un grito de “quieto” o “alto”, advirtiéndose que
en ambas dijo lo mismo, con la salvedad de aclarar que
aún cuando había vegetación, la misma le molestaba pero
no le impedía la visión.
Los testigos mencionados, coincidieron al respecto de la
exteriorizada intención por parte de Ortega de quitarse
la vida exhibiéndole a su esposa un arma de fuego con la
que pretendía hacerlo, el pedido de ayuda que a raíz de
ello realizara Medina a la policía vía telefónica para
localizarlo; el lugar, a la vera del arroyo Tapalqué en
inmediaciones de la calle 118 donde Ortega fue hallado
sentado en el suelo mirando hacia el curso de agua con
las manos entre las piernas que tenía flexionadas; a que
Barbesín siendo el primero que arribó al lugar y estando
a unos ocho metros había entablado un dialogo con Ortega
intentando persuadirlo de que desistiera de su propósito;
a que García se sumó a la conversación estando al lado de
Barbesín, mientras que Aguilar luego que tanto el padre
como la esposa de Ortega se acercaran hablándole, los
alejara a pedido de Barbesín hacia la zona por la que
arribaran y con el objeto de evitar que entorpecieran el
curso de la persuasión iniciada, y a que luego de ello y
al escuchar las voces de sus familiares, Jorge Javier
Ortega llevara el arma que portaba hacia su sien derecha
y finalmente en que previo al único disparo, se escuchara
un grito.
Claramente se advierte que a partir del último momento
narrado en el párrafo anterior, desaparecen las
concordancias y afloran dos versiones manifiestamente
antagónicas en cuanto a la forma del arribo del sujeto de
sexo masculino también perteneciente a la fuerza policial
y a la posición en la que se encontraba Ortega en el
preciso momento de producirse el disparo que determinara
la muerte de Jorge Javier Ortega.
Mientras que la esposa de Ortega y su padre afirman
categóricamente que “Tito” en ningún momento modificó su
posición de sentado y de estar mirando hacia el arroyo,
reconociendo que en el momento en que se lleva el arma
hacia la sien dejan de observar hasta que se produce el
único disparo; los policías Barbesín, García y Aguilar,
con la misma contundencia describen que cuando Ortega se
coloca la pistola en la cabeza, pueden apreciar los dos
primeros que estando montado el martillo gatilla y el
disparo no se produce; que ante ello Barbesín intenta
acercarse un poco con el fin de evitar que lo hiciera
nuevamente, ocasión en la que Ortega se incorpora y
mientras retrocede unos metros monta otra vez el martillo
y apunta directamente a la cabeza de Barbesín
manifestándole que se quedara quieto o lo quemaba,
instante en el cual escuchan una voz proveniente de un
plano superior formado por una barranca que en ese lugar
hace el arroyo Tapalqué de “Alto o alto policía”, para
Ortega girar hacia el sitio de donde provino dicha
advertencia, caminar un paso y apuntar también hacia la
cabeza del funcionario policial que había acudido en
apoyo ante el pedido de Barbesín, escuchándose
posteriormente el disparo.
Declaró durante el transcurso de la investigación penal
preparatoria el imputado Juan Horacio Coria a fs.
234/239, que “… el lunes 11 de noviembre del corriente hay
un llamado a las 15.00 horas aproximadamente, el llamado es a
Radio y éste retransmite la novedad a los móviles; yo me
encontraba en el móvil 11774, sólo. La novedad para todos los
móviles era que se había ido de la propiedad un sujeto
masculino de apellido Ortega con intenciones de quitarse la
vida. Descripción de la ropa, lo único que recuerdo de la ropa
era camisa de grafa de trabajo.-Tomo la novedad emprendo la
búsqueda, lo hago por lo que sería Av. Ituzaingó, la del
basural, pasando la Ruta 226, la Av. del basural, la búsqueda
la empiezo por ese sector y buscando caminos que me llevaran
al arroyo, ello porque después de la novedad salta el llamado
de una persona armada por el sector del Arroyo, a la altura de
calle 130 después más tarde a la altura de calle 120, por lo
que el muchacho se iría desplazando.-Hago unos caminos,
recordando que me entrevisté con un pescador quien me dijo
"recién pasó un muchacho de grafa caminando por acá", que
dicho rastrillaje hasta ese momento me habría llevado
alrededor de 20 minutos, que di la información que mi búsqueda
había dado resultado negativo al 911.-Emergencias Policial
retransmite que aparentemente este muchacho se encontraría a
la vera del Arroyo a la altura de Calle 118, estoy volviendo a
mi cuadrícula cuando escucho por radio que Cristian Barbecín
lo había encontrado en su sector de búsqueda, del otro lado
del Arroyo.-Cristián solicita un móvil más, acercándose
Sgto. García Micaela y Ofl. Aguilar Gabriela, a bordo de otro
móvil.-Ante ello, pensé bueno ya hay dos móviles, va a
desistir, por lo que tomé la radio y le pregunté a
Barbecín "Cristián, necesitás algo? contestándome éste
"acercate Juan", no recordando si me dijo algo más, si lo noté
preocupado, además que si ya eran dos móviles y solicitaba
uno más era porque era más serio de lo pensado.-Me dirijo al
lugar a bordo del móvil, siendo a la vera del Arroyo y
Calle 118, por Rivadavia doblando a la izquierda hasta
Calle 118.-A preguntas formuladas refiere que al llegar al
lugar observa las dos camionetas de la policía y el auto de la
familia, no recordando en que ubicación estaban cada uno de
estos rodados, desciende del móvil, encontrándose con
la Ofl. Aguilar y la familia del muchacho, caminando y
bajando el sendero es donde se encuentra con Aguilar, el padre
y la esposa de Ortega. Le pregunto a la Ofl. "Gabi,cómo está
todo?", manifestándome ella "ahi voy, los estoy sacando a
ellos porque cuando los vió se alteró más".-Comienzo a
desplazarme por detrás del alambrado por el lado del
campo, hacia el lugar donde se encontraba Ortega, a quien
todavía no divisaba, pero sabía por indicaciones de Aguilar
que iba a encontrar a Ortega, Micaela García y Barbecín.
Avanzo corriendo ramas con la mano, empiezo a divisar ya el
panorama, claramente lo diviso a Ortega sentado mirando para
el Arroyo, veo a mis compañeros, diviso el arma de fuego que
portaba Ortega, aclara que siempre se encontraba del otro
lado del alambrado, me agacho continuando la marcha agachado,
quedando a espaldas de Ortega a unos 4 ó 5 mts.
aproximadamente, pensando que quizás Ortega dejaba en algún
momento el arma por algún motivo como si se le deba por fumar
y prender el cigarrillo, pudiendo aprovechar dicha situación
para arrebatarle la pistola y de ésta manera salvarle la
vida, ayudarlo, siendo este el motivo por el cual fue al
lugar.-Me quedo agachado detrás de un yuyo, incluso se me
acercó un perro al cual lo palmeaba para que no ladrara así
Ortega no me veía, por si dejaba el arma y se la podía
sacar. Estaba agachado, camuflado con la maleza, mientras
que Cristian le hablaba a Ortega constantemente diciéndole,
''pensá en tu familia, tenés hijos” que Cristián estaba con el
handy en la mano en todo momento y el dicente con el arma en
la funda, es decir, ninguno de los dos portaba en sus
manos el arma reglamentaria, ya que estaban enfundadas.
En un momento Ortega que estaba sentado a la orilla del
Arroyo y frente a este con las piernas abiertas, se apoya
la pistola en la sien derecha, con el martillo ya montado,
encontrándose Barbecín a la derecha de Ortega, y se gatilla
pero no salió el disparo. -Cristian avanza hacia él, no
pudiendo avanzar en forma normal porque entre ellos había
como una especie de badén, no encontrándose liso el
terreno.-Al advertir ello Ortega, éste se levanta
inmediatamente como un resorte, lo apunta a Barbecín,
observando el dicente que el martillo estaba nuevamente
montado, no pudiendo establecer en que momento lo montó, que a
Barbecín Ortega lo apuntaba a la altura de la cabeza.-
Preguntado que es si observó que Ortega apuntara a otra
persona, responde que sinceramente su atención estaba centrada
en Cristián que era el más expuesto, no dejó de lado que las
chicas estaban ahí pero el de mayor riesgo era Cristian.-
Cuando Ortega apunta a Barbecín, lo hace diciéndole a éste
"quedate quieto porque te quemo" , ante lo cual Cristian
Barbecín queda inmóvil con las manos abiertas y en una de
ella el handy quedándose paralizado, "regalado",
suplicándole "bajá el arma".-Preguntado que es si Barbecin
tenía chaleco antibala, responde que sí, pero Ortega
siempre seguía apuntándole a la cabeza y con el dedo en el
martillo.-Ante ello, me reincorporo salgo de detrás de los
yuyos, desenfundo el arma la coloco a 45 grados y digo
"POLICIA, SOLTA EL ARMA” aclara que hasta ese momento nunca lo
había apuntado a Ortega.-Ante mi grito Ortega gira hacia su
derecha siempre apuntando con el arma y el dedo en el martillo
y queda apuntándome, visiblemente veo el cañón y el dedo de
Ortega en pronto uso, me avanza bastante bruto, como
ciego, siempre apuntándome y ahí efectúo el disparo.- Quedamos
totalmente enfrentados, apuntándome Ortega del pecho para
arriba, no poseyendo yo el chaleco antibala colocado.
Cuando quedamos enfrentados Ortega me divisaba muy bien ya que
quede totalmente expuesto, aclarando que estaba uniformado sin
el chaleco antibala colocado.-El riesgo fue inminente, era mi
vida, veo todo tan bien y como en cámara lenta que veo hasta
cuando pica el disparo que efectúo para el arroyo.-A Ortega se
le cae el arma mientras avanzaba en mi dirección, tomándose el
costado del abdomen y cae. Sigo avanzando con el arma,
cuando veo que Cristian viene, corre el arma que portaba
Ortega para que éste no la vaya a agarrar de nuevo,
enfundo mi pistola, ya que hacia nosotros no había más
riesgo, entonces lo primero que hago es ver a dónde le había
impactado e disparo a Ortega para los primeros auxilios e ir
pasando novedades, empieza a venir la familia, la mujer y
el padre de Ortega, comienza la agresión ya que éstos
decían "me lo mataron, ya estoy llamando a mi abogado", por
lo que le digo a la mujer de Ortega "porque no llamás
primero a la ambulancia y te encargás después del abogado".-Se
quiere avanzar sobre el cuerpo, por lo que le pide que los
dejen trabajar, siendo que Cristian la hace trasladar hacia la
comisaria, previo quererle pegar a sus compañeras.-Le digo a
la mujer de Ortega que llamara a la ambulancia, no porque
nadie lo estuviera haciendo sino para que le entraran varios
llamados y vieran que era algo delicado. Estoy con Ortega,
el padre de éste comienza a insultarme, le pregunto a
Ortega si se puede levantar, contestándome éste "si,
ayudame", lo ayudo le indico que se ponga la mano en la
herida, ayudándole con mi mano a comprimirla y con la otra lo
tomé de la cintura y lo levanté ayudándolo a caminar hasta el
móvil con la intención de trasladarlo al hospital.-Mientras
el padre de Ortega venía detrás diciéndome "hijo de puta, si
mi hijo se muere te voy a cagar matando”, ante lo cual le digo
que en vez de gritar ayudara a llevarlo al hijo, si no se daba
cuenta que el mismo tenía un tiro en la panza. Llego al
patrullero, abro la puerta del acompañante y lo siento a
Ortega reclinándole el respaldo con reja y todo para que fuera
acostado. Me subo al patrullero, lo invité al padre si
lo quería acompañar en el móvil pero no quiso, diciéndome "no,
yo me voy en mi auto”, empiezo a hacer un par de maniobras
para salir de frente y salgo con la camioneta, recuerdo que
empecé a pasar novedades pidiendo una ambulancia de
emergencia, incluso pedía que fuera por Rivadavia para
juntarnos.-En un momento Ortega es como que se queda quieto,
por lo que suelto la portadora, lo agarro del brazo y le voy
diciendo "no te duermas, no te duermas".-Sigo avanzando con
el patrullero, diviso que viene la ambulancia
interceptándola en Calle 112 ó 11O, me bajo
rápidamente del patrullero, abro la puerta de la ambulancia,
el ambulanciero baja la camilla, se lo empieza a cargar.-
Cuando el ambulanciero abre la puerta del móvil lo samarrea a
Ortega y le dice "no te duermas, no te duermas".-Se baja la
camilla, se lo sube a la misma, se le colocaron las
fajas y lo trasladan-Preguntado que es por la defensa
si conocía a Ortega con anterioridad, responde que no, que la
primera vez que lo vió fue ahí.-Preguntado que es por
la instrucción, por qué cuando Ortega apuntó a su compañero no
le disparó, responde que no le disparó porque no fue a
quitarle la vida a nadie sino a salvársela por lo que esperó
hasta el último momento. Preguntado que es por la
instrucción si tenía alguna posibilidad intermedia entre
el arma y sus puños, por ejemplo escopeta con posta de
gomas, responde que las escopetas están en la comisaría, no
las retiran porque no hay municiones. -Preguntado que es por
la instrucción si el personal policial tiene algún tipo de
preparación específica para actuar ante una persona en
situación de suicidio o ante una persona armada, responde que
no, que si hay lo desconoce.-Que van cinco días al año a
reentrenamiento y nunca participó en un intento de
suicidio. Preguntado que es por la instrucción si cuando se
quedó parado, tenía posibilidad de haberse quedado más lejos
observando la situación, responde que no estuvo diez metros
más atrás, por lo que no sabe, que eligió ese lugar para
tener una buena visión y poder sacarle el arma si
Ortega en algún momento la dejaba de portar.-Preguntado que es
por la instrucción, si hace poco tiempo intervino en un tema
de un suicidio salvandole la vida a una persona, responde que
si, que recibió un llamado aprox. a las 02.00 de la
mañana desde Chacabuco al 4200 aprox., estaba el Ofl.
González Leandro y Bustamante Guillermo, entramos a la
casa, una señora dice "ayudenlo, ayudenalo", pasan y
observan que había un muchacho colgado como en un patio
interno de la vivienda siendo sostenido por una mujer que se
encontraba arriba de una silla, le digo a la mujer "déjeme a
mi señora", pongo el pie arriba de la silla y lo levanto, lo
tengo sostenido, recuerdo que Leo se sube al techo, le pasan
un cuchillo de la casa y empieza a cortar el cable, corta el
cable, se viene todo el peso del cuerpo, lo sostuve un
par de segundos, comenzó a temblequear la silla y nos
vinimos abajo, golpeándonos.-Era un muchacho joven de
apellido Brandam según me dijeron, ahí automáticamente le
empiezo a sacar el cable redondo que poseía alrededor del
cuello y se recuperó.-Dos casos tuve así el otro fue con el
Tte. 1ero. Marcelo Quinteros, que la familia no quería
entrar a la casa, ingresamos con Marcelo y cuando
llegamos al fondo de un galpón con una linterna observa un
cuerpo en vaivén, ahí nomás Marcelo lo agarra de las piernas
al muchacho, lo levanta y yo que llevaba una navajita me subí
y corte la faja tipo la que usan los camioneros para atar la
carga. Preguntado que es por la instrucción si en esto días
tuvo oportunidad de un viaje al exterior, responde que si,
pero que no pensó jamás en irse porque tenía que estar aca…”.
De la prueba hasta aquí reseñada, y concretamente en lo
que respecta a las secuencias en donde existen posiciones
contradictorias, concluyo que la versión que se impone es
la del grupo constituido por los funcionarios policiales
y la del propio imputado Coria, por cuanto su
credibilidad surge de la concordancia con prueba
independiente y objetiva, consistente en que de la
pericia balística de fs. 468/471vta., de lo declarado por
el Dr. Jorge Soriani, médico que practicara la autopsia,
y de los tres DVD y de las fotografías 0005, 0010, 0015,
0017, 0026 y 0030 del Cd identificado como “Coria 1” y
069 a 079 del Cd identificado como “Coria 2” obrantes a
fs. 921/922 que documentaron el acta de reconstrucción
del hecho con presencia de todas las partes de fs.
247/248vta., necesariamente Ortega debió haber estado
parado y de frente a quien le efectuara el disparo
mortal, que a su vez se encontraba en la parte superior
de la pronunciada barranca del mismo margen del arroyo,
ya que el proyectil ingresó al cuerpo de aquel por el
hipocondrio derecho describiendo una trayectoria de
adelante hacia atrás, de arriba hacia abajo con una
inclinación de unos ocho a diez centímetros y levemente
desplazada de derecha a izquierda y egresó a la altura
del riñón derecho en zona paravertebral, tal como se
aprecia asimismo en las fotografías de la camisa “Ombú”
de fs. 470vta. y 471.
Por el contrario, aparecen carentes de apoyo probatorio
autónomo y objetivo, los relatos de Micaela Yesica Medina
y Jorge Ricardo Ortega, ya que afirman una secuencia de
imposible realización, que resulta de contraponer la
incontrastable trayectoria del proyectil que ingresó por
el frente del tórax sobre el hipocondrio derecho y la
posición por ellos sostenida, de haber estado Jorge
Javier Ortega siempre en la inmodificada posición de
estar sentado mirando hacia el arroyo, lo que hubiese
provocado que el disparo ingresara por la parte posterior
del cuerpo.
Y además, dichos testigos aún cuando resulte comprensible
por lo traumático y doloroso de la situación vivida que
formulen críticas y cuestionamientos al accionar de los
efectivos policiales, debilitaron sus testimonios,
destacando hechos y circunstancias que los alejaron de la
realidad de lo sucedido, pretendiendo con ello mostrar al
imputado como una persona de acción e irreflexivo, ya que
intentaron describirlo como portando un arma dotada de un
poder ofensivo por encima de la reglamentaria, lo cual no
aconteció ya que efectivamente se demostró que era esa la
que llevaba consigo, al igual que estar vestido con ropas
que, aunque de fajina, resultan también provistas por la
fuerza y haber tenido colocado un chaleco antibala que lo
ponía en una situación de mayor resguardo, nada de lo
cual fue acreditado en el juicio.
A la prueba valorada, resta agregar:
Lo declarado en el juicio por el médico que practicara la
autopsia sobre el cuerpo de Jorge Javier Ortega, Jorge
Alberto Soriani, quien refirió que constató un orificio
de entrada, en la parte anterior del tórax –pequeño-,
circular e hizo recepción de piel subcutánea y la mandó a
analizar al laboratorio, desconociendo los resultados.
Mencionó que era de un proyectil de arma de fuego, con
entrada en la zona sobre hipocondrio derecho, por debajo
del hígado y tomó trayectoria de adelante hacia atrás,
levemente de arriba hacia abajo, por los órganos que
destruyó. Mencionó que el hígado hizo un estallido y el
riñón derecho fue atravesado, produciéndose
importantísima hemorragia. Explicó que la persona fue
operada, y le extrajeron quirúrgicamente el riñón
derecho, el que no estaba en la autopsia. Que al haber
hemorragia muy grande había muchas gasas, lo que indicaba
que no la pudieron controlar. Que no tenía el protocolo
quirúrgico del estado, es decir detalles de cómo había
entrado la víctima al hospital de Olavarría, pudiendo por
ello solo explicar lo que el dicente hizo. El orificio de
salida estaba con restos de órganos que arrastró el
proyectil en la trayectoria y se hallaba en la zona
lumbar derecha. Que el mecanismo de la muerte fue
hemorragia masiva y shock hipovolémico que ocasionó un
paro cardíaco irreversible. Que en centímetros eran de 8
a 10 más abajo el orificio de salida que el de entrada,
siendo la trayectoria de arriba hacia abajo y el
proyectil atravesó el cuerpo -no chocó con ninguna
estructura ósea- y fue hacia el piso, no pudiendo
establecer él si la persona estaba sentada o parada. Que
la línea del hígado al riñón no se modificó, era recta,
bajó con diferencias de centímetros y no fue
perpendicular al tórax, destacando que no tuvo el riñón
en la autopsia y no pudo medir con precisión. Explicó que
la persona que disparó pudo ser uno más alto o parado en
una loma, estando más elevado y que el caño del arma ha
estado inclinado. Manifestó que el órgano que atravesó
primero el proyectil fue el hígado, produciendo un
estallido, porque tiene mayor cantidad de sangre y era
difícil de controlar la hemorragia igual que en el bazo,
situación distinta a lo que sucede con el estómago o
intestino que se podrían ligar o sacar un sector de los
mismos, pero en el hígado se hace un cráter como una boca
con hemorragia masiva y en el riñón pasó lo mismo, que el
equipo quirúrgico que lo intervino concluyó en sacrificar
al riñón para salvar la vida del paciente, pero el hígado
no se lo puede sacar. Explicó que un proyectil en el
hígado era casi letal, considerando que el arma tenía
potencia para atravesar el cuerpo y haber quedado en el
suelo o en algún lugar. Reiteró que al bazo se lo puede
sacar porque no es fundamental para la vida, pero en el
caso del hígado no se tiene retorno ni da tiempo, que
Ortega vivió por transfusiones que le hicieron, sino la
muerte es casi inmediata. Explicó que no había lesiones
de hueso y que fue una mala expresión suya referir “tocó
la parrilla costal”, ya que solo atravesó el tejido
blando, un espacio intercostal, un musculo y no se
produjo desviación, ya que si hubiera tocado algún hueso
se hubiera desplazado hacia un costado y no había
lesiones óseas. Que la trayectoria era levemente de
arriba hacia abajo, ya que el riñón se encuentra
desplazado más cerca de la columna, de adelante hacia
atrás y de afuera hacia adentro para atravesar el riñón.
Explicó que si el proyectil toca una costilla la destruye
porque es cartílago y en el caso no había destrucción de
parrilla costal, los brazos no fueron tocados y la
persona podría estar parada o agachada, por eso el plano
inferior solo de 8 a 10 centímetros y finalmente afirmó
que no había dudas que el ingreso de la bala había sido
de frente.
Lo que surge de la pericia balística de las prendas de
vestir de Jorge Javier Ortega de fs. 468/471vta.
practicada por el perito Patricio Hernán Sarapura, donde
concluye que “…En base a los estudios llevados a cabo
sobre el efecto otorgado por V.S. el suscripto se
encuentra en condiciones de expresar lo siguiente: La
totalidad de las prendas fueron analizadas según los
lineamientos establecidos para este tipo de búsqueda,
detectando durante el proceso dos orificios en la prenda
descripta como camisa marca “OMBU” de color azul. Estos
orificios fueron examinados y descriptos en el presente
informe, estableciendo que los mismos poseen
características que podrían ser atribuibles al paso de
proyectil de arma de fuego. El orificio identificado como
orificio 1, obrante en el plano delantero, muestra una
morfología que sería atribuible al ingreso de un
proyectil de arma de fuego, mientras que el orificio 2
situado en el plano trasero posee signos que serían
compatibles con la salida de un proyectil de arma de
fuego. Teniendo en cuenta lo expresado en el párrafo
anterior, se podría inferir que el disparo se habría
efectuado de adelante hacia atrás, de arriba hacia abajo
con un leve inclinación de izquierda a derecha. Estos
orificios fueron analizados con la ayuda de instrumental
de magnificación e iluminación con la finalidad de
detectar posibles quemaduras en aquellas superficies
constituidas por fibras propensas a combustión,
ahumamiento o restos de la deflagración de la pólvora en
zonas adyacentes a los mismos. Como resultado de esta
observación no se detectan tales indicios por lo que se
podría inferir que el disparo se habría efectuado a una
distancia mayor a los 50 cm. salvo telón o superficie que
se hallara entre la boca de fuego del cañón del arma y la
superficie de impacto…”.
Y el contenido de la pericia balística practicada sobre
las pistolas 9 mm marca “Browning” y 22 largo rifle marca
“GMC” llevada a cabo por el perito Diego Miguel Hatserian
de fs. 472/475, de la que surge “…COTEJO DE VAINAS Se
sometieron a estudio bajo las lentes del macro comparador
balístico marca LEICA modelo FSC, la vaina de causa
calibre 9x19 mm. descripta en el Sobre D) y el cartucho
de causa percutido calibre .22 L.R, descripto en el Sobre
B), a los fines de la identificación balística con vainas
testigos de la misma especie obtenidas en la prueba de
disparo de las armas bajo estudio. Primeramente, se
procedió al cotejo de la vaina de causa calibre 9x19 mm.,
descripta en el Sobre D), con una de las vainas obtenida
como testigo de la pistola marca BROWNING, calibre 9x19
mm., Industria Belga, con número de identificación serial
04234. Dicha tarea de cotejo arrojo el siguiente
resultado: Se encontraron características de identidad
coincidentes tanto generales como particulares, en
especial aquellas microscópicas. Por lo expuesto se
concluye que la vaina de causa calibre 9x19 mm.,
descriptas en el Sobre D), ha sido percutida y expulsada
por la pistola marca BROWNING, calibre 9x19 mm.,
Industria Belga, con número de identificación serial
04234. Por último, se procedió al cotejo del cartucho de
causa percutido calibre .22 L.R, descripto en el Sobre
B), con la vaina obtenida como testigo de la pistola
calibre .22 L.R. marca GMC Industria Argentina, con
número de identificación serial 37298. Dicha tarea de
cotejo arrojo el siguiente resultado: Se encontraron
características de identidad coincidentes generales, no
así particulares, debido a que, el cartucho, al no ser
percutido de manera correcta en la zona de su fulminante,
no hubo retroceso de la vaina por lo que no quedaron
impresas las características otorgadas por el espaldón
del arma en cuestión. Por dicho motivo su fulminante no
adquirió todas las características de identificación
necesarias para determinar si fue percutido o no por el
arma bajo estudio…” Firmado: DIEGO MIGUEL HATSERIAN, Lic.
En Criminalística, Perito II, del Ministerio Público
Fiscal del Departamento Judicial de Lomas de Zamora…” y a
las fotografías de las mismas obrantes a fs. 476/483.
Todo esa probatoria analizada, sumada al croquis
ilustrativo de fs. 4/4vta.; a los certificados médicos de
fs. 5; al acta de recogimiento de fs. 13; a los informes
del Centro de Despacho de fs. 18 y 19; al acta de
Dermotest de fs. 26/26vta.; a las placas fotográficas
correspondientes al lugar y día del hecho de fs. 54/58; a
la copia certificada de la misiva de fs. 79; al acta de
reconstrucción del hecho de fs. 247/248vta. y a los
soportes digitales que documentan el acto en dos CDs
conteniendo fotografías y tres DVD con filmaciones que
fueran agregadas a fs. 921/922; al informe de ReNar de
fs. 447; a las copias certificadas de la Historia Clínica
de Jorge Javier Ortega obrante a fs. 607/622; a los
informes del sistema de localización Automática Vehicular
de fs. 240/246, 300/323 y 428/443; a las fotocopias
certificadas del libro de guardia de la Comisaría Primera
de Olavarría perteneciente al día 11 de noviembre de 2013
obrantes a fs. 402/405vta.; a las impresiones de
fotografías satelitales correspondientes al lugar del
hecho de fs. 626/630 y a la fotografía con referencias de
fs. 631 y a la pericia anatomopatológica de fs.
606/606vta., me permiten tener por debidamente acreditado
el hecho de la manera descripta, por lo que voto por la
afirmativa, por ser mi sincera convicción (arts. 209,
210, 212, 232, 242, 244, 317, 366, 371, párrafo tercero,
apartado 1), 373 y concordantes del C.P.P.).
El Señor Juez CESPEDES, votó por los mismos fundamentos
en igual sentido al Señor Juez preopinante, por ser su
sincera convicción.
El Sr. Juez BORGHI, votó por los mismos fundamentos en
idéntico sentido al Señor Juez DUBA, por ser su sincera
convicción.
A LA SEGUNDA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo:
Autor del hecho descripto en la cuestión precedente,
resulta ser Juan Horacio Coria.
Tal afirmación halla sustento en la propia admisión que
realiza el imputado de haber sido quien con su arma
reglamentaria efectuó el disparo que a la postre
determinó el óbito de Jorge Javier Ortega y en la
totalidad de la prueba de que he hecho mérito en la
Cuestión primera, la que no reiteraré en honor a la
brevedad, por lo que voto por la afirmativa, por ser mi
sincera convicción (arts. 209, 210, 232, 244, 317, 371,
párrafo tercero, apartado 2), 373 y concordantes del
C.P.P.).
El Señor Juez CESPEDES, votó por los mismos fundamentos
en igual sentido al Señor Juez preopinante, por ser su
sincera convicción.
El Sr. Juez BORGHI, votó por los mismos fundamentos en
idéntico sentido al Señor Juez DUBA, por ser su sincera
convicción.
A LA TERCERA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo:
Sostuvo el Sr. Defensor Oficial, Dr. Samuel Bendersky,
que su representado había actuado amparado por la causal
de legítima defensa, conforme a lo previsto por el art.
34 inc. 6º del Código Penal.
Al respecto, sabido es, que siendo la misma una causal de
justificación que desplaza la antijuridicidad de la
conducta, requiere la inescindible concurrencia de los
tres requisitos establecidos por dicha normativa,
relativos a la existencia de una agresión ilegítima, de
la necesidad racional del medio empleado para impedirla o
repelerla y de la falta de provocación suficiente por
parte del que se defiende.
Quedó claro y debidamente acreditado a través de la
prueba que las partes trajeron al debate, que los
funcionarios policiales concurren al lugar donde se
hallaba Jorge Javier Ortega con la intención de acabar
con su vida, ante el aviso familiar de su desaparición y
posibilidad de que aquello estuviera ocurriendo, a raíz
de lo cual es ubicado, procurando verbalmente Cristian
Maximiliano Barbesín que no lo hiciera, llamándolo a la
reflexión, al igual que Micaela Soledad García, quien
también se hallaba presente, habiéndose retirado a más
distancia Gabriela Vanesa Aguilar, junto a Micaela Yesica
Medina y Jorge Ricardo Ortega, mujer y progenitor de
aquél, respectivamente.
Claro es también, que en medio del desarrollo de aquella
tarea de convencimiento de Barbesín y García hacia Ortega
para que abandonara su objetivo de suicidarse, el mismo
igualmente acciona el dispositivo para realizar un
disparo con el arma apuntada hacia su cabeza, sin que el
proyectil resultara eyectado, instante en el cual dicho
funcionario policial avanza hacia Ortega con la finalidad
de acercarse y lograr que no prosiguiera con esa conducta
auto-destructiva, procediendo aquel a montar nuevamente
la pistola que portaba y apuntarle a la cabeza a quien
pretendía ayudarlo, expresándole “quédate quieto, porque
te quemo”; constituyendo ello una grave agresión
ilegítima, la cual prosiguió y acentuó luego de haber
recibido la advertencia realizada por Coria al girar y
apuntar también hacia su cuerpo, más precisamente a la
cabeza, siendo que todos habían arribado al lugar para
procurar que la víctima no consiguiera dicha finalidad.
Ya lo destacó Sebastián Soler y existe coincidencia
doctrinaria y jurisprudencial en cuanto al primer
requisito establecido por la ley, que “Siendo la
legítima defensa una reacción, para su existencia es
necesario que esté determinada por una acción precedente
y que ésta sea una agresión ilegítima. La base de la
legítima defensa es un estado de peligro para un bien
jurídicamente protegido.”, agregando que la mencionada
agresión es una “acción emprendida sin derecho” (“Derecho
Penal Argentino”, T. I., edit. “Tea”, 1970, p.344/348);
aspecto que se acreditó en el juicio, tal como antes lo
tratara.- Igualmente claro es también, que el procesado
de ningún modo fue provocador suficiente, ya que si
provocar es “1) Incitar, inducir a uno a que ejecute una
cosa, 2) Irritar o estimular a uno con palabras u obras
para que se enoje” (“Diccionario de la Lengua Española
de la “Real Academia Española”, Vigésima Primera
Edición, 1992, p.1194) o la “Incitación, excitación a
ejecutar algo. Acción ofensiva para otro, o agotadora de
su paciencia, que lo rebela o conduce a la agresión.”,
(“Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual” de
Guillermo Cabanellas y Luis Alcalá–Zamora y Castillo,
edit. “Heliasta SRL”, 1979, T.V, p.494.); directamente
nada de esto sucedió, habiendo configurado la actuación
de los funcionarios policiales y en particular la del
acusado exactamente en lo contrario, intentando en todo
momento que Ortega no terminara con su vida.
Ya en orden al restante requisito impuesto por el Código
Penal, corresponde analizar si en razón de esa agresión
ilegítima, consistente en apuntar con el arma de fuego
primero a un funcionario policial e inmediatamente al
otro, existió un estado de necesidad y que el medio
empleado para impedir o repeler a aquella fue racional,
dado que como lo sostiene el autor antes citado, “La
legítima defensa es, pues, fundamentalmente, un estado
de necesidad.” y “Este se da cuando existe la
posibilidad inminente de que un sujeto pierda un bien,
sin que esté jurídicamente obligado a soportar dicha
pérdida.” (S. Soler, misma obra, T.V, p.494.).
En el mismo sentido los autores Carlos S. Caramuti y
Oscar E. J. Sarrulle, refieren que “...para que la
conducta sea amparada por la justificante, los medios
utilizados deben ser racionalmente necesarios. De modo
que la agresión, que tiene que haber creado un estado de
necesidad, sea repelida mediante una conducta que pueda
juzgarse necesaria conforme al completo contexto
situacional, para cuya valoración deberán tomarse en
cuenta los instrumentos utilizados, las características
físicas del agresor y del agredido, la naturaleza de los
bienes en juego y demás circunstancias del caso
concreto.”, agregando que “No se trata de una
comparación abstracta de instrumentos (revolver contra
revolver, cuchillo contra cuchillo, etc.), sino de una
valoración concreta que debe efectuarse ex ante, es
decir, desde el punto de vista del sujeto en el momento
en que se defiende. Así, un paralítico que defiende una
manzana de las manos de un niño con un disparo de arma
de fuego, describe una conducta necesaria, más el medio
empleado carece de toda racionalidad.” (“Código Penal”,
Parte General, edit. “Universidad”, 1992, p.240).
Cabe destacar también, que como lo ha sostenido el Excmo.
Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos
Aires, “…no debe dejar de considerarse que ‘La legítima
defensa no es una fórmula matemática sino humana y la
necesidad de la defensa no ha de considerarse
aisladamente, ni contando ni indicando los golpes, sino
el conjunto de circunstancias y supuestos de hecho,
objetivos y subjetivos que pueden llevar a una persona
al estado de necesidad, y es en definitiva la tesis que
ha seguido la jurisprudencia argentina.’ [CNCC, Sala VI,
24/09/91, ‘Venuti…’, cita en D’Alessio, A., Código Penal
Comentado y Anotado, edit. La Ley, p.394].” (TCP, Sala
III, 20/04/2010, “O.F.L. s/ recurso de casación
interpuesto por Fiscal de Juicio”; cita: MJ-JU-M-55722-
AR/MJJ55722).
En tal sentido, debe tenerse en cuenta que todo el
desenvolvimiento del hecho desde que Ortega apuntara con
el arma de fuego a los policías hasta que se produce el
disparo del aquí acusado, lo fue en muy escaso tiempo y
sin interrupción alguna, habiendo montado el arma y
expresado a Barbesín aquella frase intimidatoria antes
citada, lo que constituyó la ratificación verbal de la
agresión ilegítima consistente en dirigir la pistola
hacia los cuerpos de aquellos, frente a lo cual Coria
disparó desde donde se encontraba, que era un lugar
lateral y bastante más elevado, impactándole en la parte
inferior derecha del hemitorax, como ya se tratara y
corriendo con inmediatez hacia él, primero para
desarmarlo y luego para asistirlo llevándolo en el móvil
hacia la ambulancia en la que fue trasladado al Hospital
de Olavarría, lo que demuestra no solo los extremos
objetivos de la justificante sino también la exigencia
subjetiva, por cuanto la conducta del procesado lo fue en
respuesta a dicha agresión sufrida.
Esto es contundente por cuanto si la intención de Coria
no hubiese sido la de defenderse sino la de acabar con la
vida de Ortega, podría haber realizado más de un disparo
con el arma de fuego y por el contrario, no solo no los
efectuó, sino que rápidamente fue sobre la ubicación de
aquel y colaboró en su auxilio.
Y en este aspecto debe señalarse, que tal como lo
expusieron los peritos Roberto Enrique Fernández y
Guillermo Bernardo López, es perfectamente posible y
probable que una munición percutida, aunque no se haya
producido el disparo, ante nuevos intentos, no importando
cuántos fueran, puede funcionar correctamente en
cualquiera de esos otros, por lo que persistía la
situación de peligro creadora de la necesidad de
defenderse; complementándose ello con lo manifestado por
el testigo Ezequiel Carlos Picasso, enfermero que
concurrió en la ambulancia y absolutamente ajeno a lo
acontecido, lo que le otorga especial credibilidad por su
objetividad, quien puntualmente relató que la víctima le
dijo balbuceando y con señas con una de sus manos, que
había gatillado dos veces y que no habían salido,
refiriéndole en ese mismo momento el imputado algo así
como que este le había apuntado y que tuvo que tirar o
gatillar, no pudiendo soslayarse en el análisis de la
presente situación, que como lo señalan los citados
Sarrulle y Caramuti, la valoración concreta que debe
efectuarse es desde el punto de vista del sujeto en el
momento en que se defiende, no habiéndose acreditado, que
el personal policial contara con alguna preparación y
capacitación en especial ante situaciones de personas que
pretendieran quitarse la vida, como lo explicaron los
funcionarios policiales Marcelo Abel Quinteros, Diego
Nicolás Bax, Karina Marisol Latapie, Julio César Navarro,
Leandro Julián González, Pablo Esteban Faure, Jorge
Valdez y Luis Roberto Albertario; quienes a su vez
coincidieron en el muy buen desempeño funcional de Coria
en su actividad habitual.
Tampoco es factible entender que aún sin dicha
preparación el acusado hubiera actuado apresurada e
imprudentemente, ya que eso no solo no surge de los
hechos, sino tampoco de la estructura de su personalidad,
dado que como lo dictaminó el Licenciado Martín Testoni
en la pericia obrante a fs. 491/492, Coria “Tiende a
actuar utilizando un plan racional en lugar de actuar
por ensayo y error. Es decir, puede pensar antes de
actuar inclusive ante momentos en que debe realizarlo
bajo stress, presión y/o urgencia.” y que “No se
observan indicadores de impulsividad ni agresividad,
aunque sí una posición activa y resolutiva.”, lo que
ratificó al declarar en el debate, agregando que aquel
antepone el pensamiento sobre la acción; fortaleciendo lo
que el propio acusado manifestara acerca del proceso de
razonamiento que llevó a cabo frente a la situación que
se le presentó, primero cuando luego del intento
frustrado de suicidio al no salir el disparo, Ortega se
levanta y con el arma nuevamente montada, le apunta a
Barbesín a la altura de la cabeza, diciéndole que se
quedara quieto porque lo quemaba, quien le suplicó que la
bajara, por lo que sale desde donde estaba ubicado,
diciéndole en ese instante “policía, soltá el arma”, ante
lo cual aquel giró hacia su derecha siempre apuntando con
el arma y el dedo en el gatillo, quedando enfrentados,
viendo el cañón y el dedo de aquel en pronto uso y ante
el riesgo inminente de su vida, realiza el disparo,
advirtiendo “todo tan bien y como en cámara lenta que veo
hasta cuando pica el disparo” que efectúa, para el
arroyo, cayéndosele el arma a la víctima, quien se toma
el costado del abdomen, viendo que Barbesín va hacia ese
lugar y corre el arma que portaba Ortega para que no
fuera a agarrarla de nuevo, enfundando él la pistola, ya
que no había más riesgo hacia ellos, ayudándolo para su
atención.
Por lo expuesto, de acuerdo al análisis antes realizado,
debe hacerse lugar al planteo defensivo, por cuanto la
conducta de Juan Horacio Coria se encuentra comprendida
por la causal de justificación prevista por el art. 34
inc. 6º) del Código Penal, lo que así voto, por ser mi
sincera convicción (arts. 371, párrafo tercero, ap. 3, y
373 del C.P.P.).
El Señor Juez CESPEDES, votó por los mismos fundamentos
en igual sentido al Señor Juez preopinante, por ser su
sincera convicción.
El Sr. Juez BORGHI, votó por los mismos fundamentos en
idéntico sentido al Señor Juez DUBA, por ser su sincera
convicción.
A LA CUARTA Y QUINTA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo:
Atento a lo resuelto precedentemente, no corresponde sus
tratamientos.
Así lo voto por ser mi sincera convicción (art. 371
cuarto párrafo del Código Procesal Penal).
El Señor Juez CESPEDES votó en análogo sentido al del
Señor Juez preopinante, por ser su sincera convicción.
El Señor Juez BORGHI, votó en análogo sentido y por los
mismos fundamentos al del Señor Juez DUBA, por ser su
sincera convicción.
Por todo lo expuesto, se concluye en un VEREDICTO
ABSOLUTORIO respecto del imputado Juan Horacio Coria.
--Con lo que terminó el acto, firmando los Señores Jueces
del Tribunal, por ante mí, de lo que doy fe.
Azul, 8 de Julio de 2015.
Atento lo acordado por unanimidad del Tribunal y lo
dispuesto por el art. 34 inc. 6 del Código penal y los
arts. 371, 373, 530, 531 y 534 del Código Procesal Penal,
SE RESUELVE:
1°) Absolver a Juan Horacio Coria, argentino, casado,
D.N.I. 30.622.678, nacido la localidad de Olavarría el
día 14 de diciembre de 1983, hijo de Juan Domingo y de
Nélida Araceli Nieves, con domicilio en calle Junín n°
1396 de la ciudad de Olavarría, por el delito de
Homicidio Doblemente agravado por el uso de arma de fuego
y por ser miembro integrante de la fuerza de seguridad,
que en los términos de los artículos 41bis y 80 inc. 9
del Código Penal, se le imputara como cometido en
Olavarría el día 11 de noviembre 2013 del que habría
resultado víctima Jorge Javier Ortega.
2º) No hacer lugar a la remisión de copias certificadas
de las declaraciones de Cristian Maximiliano Barbesín y
de Micaela Soledad García a la UFI que en turno
corresponda para la investigación del delito de Falso
Testimonio, en razón a las consideraciones vertidas en la
Primera Cuestión del Veredicto.
3°) Ordenar una vez firme la presente, la destrucción de
las prendas pertenecientes a la víctima consistentes en
una camisa de grafa marca “Ombú” color azul; un pantalón
jeans marca “Kosiuko” color claro, un cinto marca
“Taverniti” de color negro, un par de zapatillas marca
“Zurich” de color negra talle 43 con cordones blancos, un
par de medias de color azul y un bóxer marca “Zantino”
color gris recogidas a fs. 13 y una vaina servida 9 mm
marca CBC; el decomiso y remisión al RENAR de la Pistola
calibre 22 mm marca GMC nro. 11742, de un cartucho
calibre 22 mm marca “FM” punta hueca y de un cartucho
calibre 22 mm marca “FM” intacto; efectos recogidos a fs.
1/3vta.; y la remisión a la Policía de la Provincia de
Buenos Aires de una pistola marca “Browning 9mm, número
13-11-04-01 con cargador colocado con doce municiones
intacta marca “Luger” 9mm. recogida a fs. 157/157vta., lo
cual se practicará a través de la Fiscalía de Juicio
correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el
art. 52 inc. 8 de la ley 12.061 y a lo normado en los
arts. 9 y cctes. del Acuerdo nro. 3062/02 de la SCBA.
4°) Regular los honorarios profesionales del Doctor Pablo
Mariano López por su labor en pro de la Particular
Damnificada, Yesica Medina en la suma de 40 Jus, con más
el porcentual legal, conforme a lo establecido por los
arts. 9, ap. I, n° 16, 17, letra d), 10, 15, 16, 28, 33,
54, 57 y concurrentes del Dec-Ley 8904 y Ley 8455.
Regístrese, notifíquese, resérvese copia, comuníquese a
la Secretaría de la Excma. Cámara de Apelación y
Garantías Departamental (art.22 Acordada Nº 2840/98 de la
Excma. Suprema Corte de Justicia) y líbrense los oficios
del caso.
Coria

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Coria

  • 1. ‰6)!,4è*IVOŠ Constituido el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de Azul, en la Sala de Deliberaciones el día 8 de Julio del año dos mil quince, integrado por los Señores Jueces, Doctores JOAQUIN DUBA, MARTIN EUGENIO CESPEDES y GUSTAVO PABLO BORGHI, en acuerdo en la causa nº 425, registro interno nº 2304, caratulada “CORIA, JUAN HORACIO - HOMICIDIO DOBLEMENTE AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO Y POR SER EL SUJETO ACTIVO UN MIEMBRO INTEGRANTE DE LA FUERZA DE SEGURIDAD - OLAVARRIA” y practicado el sorteo de Ley, resultó que los mencionados Magistrados deben votar en el siguiente orden: Doctores DUBA- CESPEDES-BORGHI. El Tribunal conforme a lo dispuesto por los artículos 371 y 373 del Código Procesal Penal, resolvió plantear y votar las siguientes: C U E S T I O N E S 1ra. ¿Está probada en su exteriorización la existencia del hecho materia de acusación?. 2da. ¿En caso afirmativo, está probada la participación de Juan Horacio Coria en el mismo?. 3ra. En caso afirmativo, ¿concurren eximentes?. 4ta. En caso negativo, ¿concurren atenuantes?. 5ta. En igual caso, ¿concurren agravantes?. V O T A C I O N A LA PRIMERA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo: Considero legalmente acreditado que el día 11 de noviembre de 2013, siendo aproximadamente las 15.30 horas, en las inmediaciones de la costanera del arroyo
  • 2. Tapalqué casi a la altura de la prolongación de la calle 118 de Olavarría, un sujeto de sexo masculino, que se desempeñaba a esa fecha como personal policial afectado a la Seccional Primera de esa ciudad, le efectuó un disparo con la pistola marca “Browning” HP 35 calibre 9 mm n° 04234 provista por la fuerza provincial, a Jorge Javier Ortega, luego de que este apuntara con el arma que portaba –pistola calibre 22 largo marca “GMC” n° 11742 en primer término a su compañero Oficial Cristian Maximiliano Barbesín, que había concurrido al lugar ante el pedido de auxilio por estar el nombrado Ortega con intenciones de quitarse la vida y en segundo lugar, al sujeto a que vengo haciendo referencia, el cual le ingresó en hipocondrio derecho, provocando estallido del hígado y perforación del riñón derecho, con orificio de salida en zona paravertebral, lo que le generó graves consecuencias hemorrágicas que requirieron la extirpación del riñón derecho y las que por su gravedad le generaron con el correr de las horas un shock hipovolémico post hemorrágico y paro cardiaco irreversible que causó su óbito. El hecho descripto, surge de: Lo expuesto en el juicio por los funcionarios policiales Cristian Maximiliano Barbesín, Micaela soledad García y Gabriela Vanesa Aguilar, quienes alertados vía radial sobre un proceso de suicidio en curso, concurrieran a las inmediaciones de la orilla derecha del arroyo Tapalqué a la altura de la prolongación de la calle 118 de Olavarría. -Así, Barbesín sostuvo que era policía de la Provincia de Buenos Aires desde el año 2006. Que el día 11 de
  • 3. noviembre de 2013 recibieron un llamado a las 15:15 horas donde le dijeron de un hombre con intenciones de suicidarse que podría portar un arma de fuego. Que él se encontraba recorriendo en el móvil N° 49639 de la cuadrícula n° 9 por calle Rivadavia, indicando el llamado la calle Rivadavia y 118 en la rivera del arroyo. Que entonces concurrió al lugar por calle Rivadavia, llegó hasta la rivera del arroyo estando entorpecida la calle por escombros y dejó el móvil ahí. Que para acercarse al arroyo, fue por el desagüe pluvial donde había una zona privada delimitada por alambre y llegó hasta un sendero que daba para la derecha y bajó en la parte izquierda donde estaba una persona vestida con camisa de grafa azul y jeans, sentado con algo plateado en la mano. Que se acercó y esa persona le dijo que se quedara allí, que no se le acerque. Que realizó una persuasión verbal y constató que tenía un arma de fuego en la mano derecha, siendo una pistola en estado regular, reconociendo en la sala de audiencias a la pistola que se le exhibiera como a la que se refiriera; le contó que tenía problemas porque no le alcanzaba la plata, que no tenía casa, que la Municipalidad no le había dado respuesta y que tenía muchos problemas. Que ante ello, por su “Handy” particular pidió apoyo, llegando luego al lugar la Sargento García y la Oficial Aguilar. Que continuaron la persuasión verbal, cuando escucharon gritos de un masculino y una femenina, advirtiendo que eran el padre y la esposa o novia. Que allí, él le indicó a la Oficial Aguilar que comunicara la novedad al Oficial de Servicio y que llevara a la familia hacia donde estaba el móvil para que no entorpecieran lo que estaba haciendo. Que los
  • 4. familiares estaban donde se encontraban los móviles y desde allí no se veía a Ortega, solo desde el lugar donde se va subiendo. Que en ese momento del arribo de sus familiares, el hombre cambió de actitud, que al principio parecía depresivo, angustiado, se le caían las lágrimas y después de unos segundos, con el arma que empuñaba lista para disparar, con el martillo rebatido, se la llevó a la sien y gatilló, intentando él abalanzarse sobre el mismo para sacarle el arma, cuando Ortega se incorpora con el arma, rebate el martillo nuevamente y le apunta a la cabeza y le refiere “quédate quieto, porque te quemo” quedando el arma a la altura de la vista, habiendo transcurrido milésimas de segundos, agregando que si hubiese querido le hubiera disparado. Explicó que fue en ese contexto que Ortega decidió gatillarse, que al inicio estaba tranquilo haciendo catarsis llorando, a pesar que nunca soltó el arma, la que siempre tuvo agarrada en la mano derecha, entonces se la llevó a la sien, estando montada y luego le apuntó a él y ahí le dijo que la tirara, escuchándose en ese momento una voz de “alto” o “alto policía” que resultó era del sargento Coria que había prestado apoyo, quien se ubicaba a noventa grados, como les enseñan en la Escuela de policía para evitar el fuego cruzado. Que Ortega, sin dejar de apuntarlo, giró y le apuntó a su compañero Coria, hizo como un paso y ahí se escuchó un disparo, tomándose luego el abdomen con su mano izquierda y se cayó. Luego de ello el dicente se abalanzó sobre Ortega y le sacó el arma que la tenía pronta a agarrar, lo esposó y le pidió a la sargento que llamaran a la ambulancia. Que Coria lo agarró y lo llevó hasta arriba donde estaba el móvil policial, y el dicente
  • 5. se quedó preservando el lugar del hecho hasta que llegó el perito. Describió que durante la persuasión estaba a cuatro o cinco metros de Ortega, con un desnivel de por medio y desde ese lugar Ortega lo apuntó parado y después a Coria. Describió que él tenía el arma en la muslera, que no usaba bala en recamara, teniendo que martillar para disparar, permaneciendo quieto porque si se movía tenía miedo que lo matara y vio a Coria cuando hacía la persuasión verbal, por vista periférica. Recordó que al momento de pedir apoyo Juan Coria que estaba en un móvil de la cuadricula, le había consultado si necesitaba ayuda, por eso sabía que iba a llegar. Manifestó que observó las plantas y una figura con uniforme negro, escuchando la voz de “alto” o “alto policía” o “policía”, escuchando el llamado de atención que lo hizo Coria. Manifestó que si había un procedimiento especial para los casos como el acaecido, él lo desconocía. Expresó que cuando se llega al “techo operativo”, se tiene que llamar al Oficial de Servicio, explicando que tal circunstancia se producía cuando lo superaba la situación. Recordó que el día del hecho Coria vestía borceguíes, bombacha de combate, no recordando si tenía el chaleco antibalas. Expresó que en la comisaría tenían escopetas, pero que no había cartuchos de goma, los que debería proveer la policía. Al momento de estimar la distancia entre Coria y Ortega, expresó que la misma era de unos tres o cuatro metros en un desnivel, expresando que Coria estaba más levantado por ser la rivera del arroyo, había un alambrado caído, en estado deplorable, había árboles, teniendo que bajar para ver al individuo y se percató que estaba Coria cuando dio la voz de “alto”. Manifestó que
  • 6. él se ocupaba del sujeto y del arma, girando solamente cuando llegaron las compañeras García y Aguilar y que siguió focalizado en el Sr. Ortega, ya que estaba muerto de miedo por si le disparaba. Describió que la Oficial García estaba como a cuarenta y cinco grados, atrás, más retirada y que a Aguilar la mandó a los móviles. A preguntas que se le formularan explicó que por una Ley de Emergencia la carrera de policía se extiende seis meses, siendo el día del hecho la primera vez que le sucedió que alguien quisiera quitar la vida, pese a lo cual le habló a Ortega, aunque no tuvo ninguna preparación para enfrentar esta clase de situaciones y el dialogo se prolongó por un tiempo entre quince y veinte minutos. Que exhibida que le fue la fotografía de fs. 631 refirió que cuando Ortega gatilló, intentó subir no del todo por el desnivel y allí fue que Ortega le dijo que se quedara quieto porque le tiraba, dedicándose a persuadirlo para que baje el arma. Expresó que había mucha vegetación porque era primavera llegando al verano, pero que en la ribera el pasto no era largo, no obstante tuvo que llegar hasta un lugar para verlo a Ortega sentado, caminando con paso normal hasta donde estaba el desnivel. Que exhibidas que le fueron las fotografías obrantes a fs. 54/58 reconoció el lugar con vegetación de primavera verano, reconoció el alambre, señaló el lugar donde se reincorporó, donde apuntó a Coria, donde Ortega dio un paso y cayó, que era un claro en la margen del arroyo. No recordó quien fue el perito que llegó, se llamó a un testigo y se levantó el arma, creyendo que el perito era Díaz, que se le mostró que estaba cargada con un proyectil en la recamara. Aseguró que Ortega hizo un
  • 7. movimiento de apuntarle y enseguida pasó a apuntar a Coria, hizo un movimiento hacia adelante hacia el lugar donde estaba Coria y el segundo es cuando se cayó que fue hacia el lado de Coria. Nada encuentro que me permita siquiera dudar de la credibilidad del testigo, a pesar de haberse introducido por lectura para evaluar omisiones o contradicciones las declaraciones prestadas en la etapa de investigación a fs. 16 y 41/46, por cuanto las tres versiones son esencialmente coincidentes y concordantes, ya que la omisión en la de fs. 41/46, fue salvada al momento de realizarse la reconstrucción del hecho a fs. 247/248vta. con presencia de todas las partes, donde claramente puede escucharse cuando se refiere a ello (DVD Causa Coria N° 1, filmación DSC_0088, 08:28), puesto que en la primera por lo breve se limita a dar una sintética descripción de lo sucedido, sobre que Ortega habría hecho un paso hacia Coria luego de la voz de alto y previo a que recibiera el disparo, lo que no constituye un hecho relevante, en razón que la distancia que los separaba, estimada en unos ocho metros, no menguaba la potencialidad dañosa a la luz del arma que empuñaba. García dijo que era policía, que en noviembre del ante año pasado, estaba patrullando con su compañera en el móvil n °11776, siendo de mañana, cuando recibieron un llamado que decía que había una persona que se quería quitar la vida. Que estuvieron buscando y a las dos o tres de la tarde surgió otro llamado del 101 que decía que había una persona en cercanías del arroyo con idea de quitarse la vida con un arma de fuego, concurriendo al lugar en apoyo del móvil n°39639 a cargo de Vitulio y
  • 8. Barbesín, no hallándose el primero porque se descompuso y lo llevaron a la casa, y su compañera era Aguilar. Que llegó al lugar, estacionó atrás del patrullero de Barbesín, donde estaban la esposa y el padre de la víctima. En el lugar estaba el arroyo, había una bajada y un caminito costeando el arroyo. Que bajó hacia el arroyo dónde estaba Barbesín, a quien vio con una persona que tenía un arma de fuego de color plateada y estaba mirando el arroyo, sumándose a hablarle, refiriéndole que todos tenían problemas económicos, que pensara en sus hijos, que iban a encontrar una solución. Que siempre miraba hacia el arroyo, respondiéndole que no podía pensar en sus hijos porque no tenía con que darles de comer, que junto a Barbesín siguieron hablándole hasta que este hombre se apoyó el arma en la sien derecha y gatilló y luego se paró en frente de Barbesín –quien estaba a un paso enfrente de ella, a unos pocos metros de aquel- y le apuntó viendo que le temblaba la mano, diciéndole la dicente que pensara en sus hijos y que ellos también tenían hijos. Que apuntaba hacia adelante con el brazo levantado, cuando escuchó una voz desde el costado que no sabía que dijo, por lo que aquel giró y apuntó hacia adelante, viéndolo después en cuclillas en posición fetal, careciendo en ese momento de visión periférica. Que la mujer gritaba que quería el teléfono para llamar al abogado, llevándola al patrullero y de allí a la Comisaría para resguardo de ella y por ellos también. Explicó que no tenían preparación psicológica para ayudar a una persona que quiere quitarse la vida y tampoco protocolo. Mencionó que tuvo miedo, que se quedó inmóvil, girando Ortega siempre con el brazo extendido, levantó el
  • 9. pie pero no pudo precisar los pasos, como para caminar hacia el lateral, no sabiendo hacia donde. Luego de ello vio que venía Juan Coria -vestido de policía no recordando si tenía chaleco antibalas- del lateral. Describió que Barbesín se acercó a Ortega, ya que en todo momento lo vio a Barbesín y a la víctima frente de éste, con la mano extendida empuñando el arma y antes, sentado mirando al arroyo gatilló, luego se paró intempestivamente dio pasos para atrás y se puso en frente de Barbesín, le apuntó, giró para la parte de la vera del arroyo -refiriéndole la dicente que pensara en sus hijos- donde estaba Coria, a quien no vio llegar, no recordando si Ortega volvió a gatillar. Refirió que Aguilar estaba con los familiares porque Barbesin le dijo que llevaran a los mismos para arriba y finalmente a preguntas de la Defensa refiere que el arma estaba levantada, que en ningún momento Ortega bajó el arma. Aún cuando se incorporara por lectura para evaluar omisiones o contradicciones la declaración prestada en la etapa de investigación a fs. 15/15vta., el relato de García no pierde credibilidad, ya que no puede pretenderse que el no recuerdo puntual del volumen del follaje de los árboles del lugar, así como la existencia de un alambrado, se debió a una deliberada mala intención para mejorar o perjudicar la situación de los protagonistas, cuando además esos objetos no fueron determinantes en el contexto del hecho. Y Aguilar expuso que tenía relación laboral con Coria, ya que era policía, que patrullaba en el móvil 11776 con la Sargento García cuando escuchó de emergencias un llamado al móvil 39639, que lo recibió del Sargento Barbesin
  • 10. donde decía que una persona intentaba quitarse la vida, que tenía arma de fuego, por lo que se acercaron al lugar y ahí estaba el móvil 39639, que descendieron y fueron por un camino, por un sendero de tierra donde encontraron a una señora y un hombre mayor, que eran la esposa y el papá de quien se quería matar. En el lugar se hacía una curva, y vio que estaban Barbesín y Ortega quien estaba sentado con un arma en la mano mirando al arroyo. Que Barbesín estaba parado a un costado de Ortega, hablando con él y cuando Barbesin vio a los familiares que iban detrás de ella, le dijo que los lleve nuevamente del sector de móvil y que se comunique con el Oficial de Servicio y le informe lo que estaba sucediendo, llevándolos al lugar mencionado. Afirmó que le comunicó al Oficial de Servicio Principal Barragán Hugo de la Comisaría Primera, quien le dijo que iba a tratar de buscar una solución a la situación, y regresó al lugar, donde al levantar la mirada vio que Barbesín hizo un paso hacia adelante y levantó las manos, viendo que Ortega estaba parado apuntándolo a aquel a la cabeza y una voz dijo “…tirá el arma…” o algo parecido, ante lo cual Ortega se dio vuelta siempre apuntando y se escuchó un disparo de arma de fuego, viendo que Ortega miró hacia abajo y cayó. Explicó que vio descender a Coria del móvil y subir por la loma y lo perdió de vista porque estaba alto. Que no lo vio caminar a Ortega, no vio que hiciera pasos, ubicándose ella detrás a cuatro o cinco metros de Barbesín y éste a cuatro metros de Ortega, mencionando que García Micaela estaba al lado de Barbesín. Describió que Coria tenía un pantalón de policía azul de fajina y remera que decía “policía”, oscura, no recordando si
  • 11. tenía chaleco antibalas. No recordó que Ortega haya dicho nada, solo que tenía un arma plateada y mediana, no grande. A preguntas que se le formularon respondió que no tenían un protocolo de actuación para estos casos, creyendo que no había escopetas en su móvil, desconociendo si había en la Comisaría, asegurando que en ese momento no se proveían las postas de gomas. Lo manifestado también en el debate por la esposa de quien en vida fuera Jorge Javier Ortega, Micaela Yesica Medina y su progenitor Jorge Ricardo Ortega, que arribaran al lugar luego de que lo hicieran los policías antes mencionados. En primer término, Medina expresó que era la esposa de Jorge Javier Ortega, a quien apodaban “Tito”, con quien tenía cinco hijos, recordando que el día lunes 11 de noviembre del 2013 se levantaron tarde y que “Tito” no había ido a trabajar, yendo ella a hacer compras al almacén, luego al kiosco a comprar cigarrillos y cuando volvió “Tito” ya se había levantado y estaba en el patio, le pidió un cigarrillo y salió a la calle. Que no eran ni las doce del mediodía cuando salió y no vio ni al auto, ni a “Tito” y estaba cocinando cuando escuchó que su esposo volvió a la casa, estando raro desde la semana anterior, pero no quería discutir así que le preguntó si quería ir a ver una casa que habían publicado en el diario, a la que iban a cambiar por el auto, porque habían perdido la de ellos. Que como le dijo que si, llamó al dueño de la propiedad, que trabaja en el Penal, para ir a verla, acordando verse en la entrada de C.O.R.P.I. a las trece horas, llevando ella a la nena a la Escuela y cuando regresó “Tito” estaba acostado,
  • 12. recordándole lo de ir a ver la casa, para lo cual “Tito” le pidió que manejara, lo que le pareció raro porque ella no manejaba en ruta, no obstante así lo hicieron, dirigiéndose al lugar donde estaba el señor, vieron la casa que eran unas paredes con ventana, “un ranchito” y “Tito” le dijo que no era una casa como para ellos, refiriéndole la dicente que le entregarían el auto, se quedaban con la moto y después la arreglaban de a poco. Que de regreso a la ciudad pararon a fumar en donde estaba la rotonda, porque no fumaban en el auto por su hijo Bautista que tenía problemas respiratorios, se sentaron en un paredón y allí “Tito” le empezó a decir que no quería seguir más, que no quería vivir más, que no pensara en él y que llamara a la madre para que se vaya con los hijos a vivir con ella; razón por lo que la dicente la llamó. Que luego de ello la dicente habló con Eduardo Rodríguez, Secretario de Desarrollo Social para pedirle un terreno y materiales para hacer una casa, mientras tanto Ortega le dio la billetera y se fue caminando. Que a los cincuenta metros, lo alcanzó con el auto y por la ventanilla le dijo que subiera, que se dejara de joder y que ya iban a salir adelante, sacando en ese momento “Tito” un revólver –al que describió como un arma chica y de color gris- de entre sus ropas, se lo puso en su cabeza y le dijo que se vaya porque se mataba delante de ella. Que siendo entre la una y media y dos de la tarde la dicente se volvió para el lado de “la Emiliozzi”, agarró el celular de Ortega y llamó a la policía y a la suegra, es decir al 911 habiéndose confundido un par de veces con el número 611 de Claro. Llamó también con su propio celular, habló con la suegra
  • 13. y le contó que “Tito” se quería matar, siguiendo dando vueltas en el barrio, llamó a su madre Lidia Iris Gavazza y mientras tanto lo seguía buscando, hasta que se fue a su casa ubicada en calle Mitre y Pringles, a buscar a sus hijos Bautista, Sebastián y Jazmín a los que llevó con su suegra. Que volvió a llamar a la policía y le dijeron que hiciera la denuncia, pensando que hacerla era una pérdida de tiempo por lo que junto a su suegro siguieron buscándolo, dando vueltas y “agarrando” para el lado del basural por calle Ituzaingó. Que encontraron una camioneta de la policía y le dijeron que estaban al tanto pero que todavía no tenían novedades. Mencionó que llamó un montón de veces a la policía diciéndoles que estaba armado, dándole la descripción de cómo estaba vestido hasta que le avisaron que lo habían encontrado en esa calle donde antes habían estado pero hacia el arroyo. Que entre que llamó y llegaron al lugar habrá pasado una hora u hora y media ya que primero se fueron para el lado de la ruta, dieron toda la vuelta por calle Rivadavia, vieron la camioneta de la policía y estacionaron, bajaron y cuando llegaron estaba el policía Barbesín y a unos metros, en un desnivel en el piso y un poco más hacia adelante estaba “Tito”, sentado en el piso y mirando hacia el arroyo con las manos entre las piernas y sosteniendo el arma en la mano. Que cuando llegaron su suegro le preguntó “hijo, “que te pasó?”, sabiendo de esta forma “Tito” que ellos estaban allí. Que Barbesín estaba a cinco o seis metros de su marido, arribando al lugar dos policías femeninas que les indicaron que se corrieran del lugar. Que desde donde quedó la dicente habría unos cuarenta o cincuenta metros hasta el lugar
  • 14. donde estaba sentado “Tito” a quien veía pero él a ella no, tratándose de la entrada de un caminito, con pasto verde, cortito y no había ningún tipo de alambrado al que si vio al momento de la reconstrucción. Que ella se paró en unos juncos, y observaba desde ahí a “Tito” en diagonal, afirmando que se veía clarito y que no le sacó los ojos de encima. Posteriormente la policía Aguilar le dijo que iba a ir un mediador o algo similar, llegando instantes más tarde por donde fue ella retirada por las femeninas –es decir por atrás- una persona vestida de pantalón negro, borceguíes negros, remera negra con guantes cortados y chaleco –creyendo que el mismo era antibalas- a quien en la sala de audiencias identificó señalando al acusado Juan Horacio Coria, no recordando si paso corriendo o agazapado, y mencionó que lo volvió a ver cuando se acercó a “Tito” viendo que tenía un arma en la mano que no era un arma común, era gris como nueva, no la normal de la policía. Expresó que Barbersín les dijo que lo dejaran tranquilos y que se corrieran, no gritando “Tito” nada. Luego de unos minutos, hallándose en el badencito donde estaba casi Barbesín, vio que su marido se puso el arma en la cabeza por lo que cerró los ojos unos segundos, asegurando que “Tito” nunca se puso de pie y estaba de espaldas a Coria, al costado Barbesín y de frente al arroyo. Mencionó estar segura que Tito no se levantó; no estando segura si se había movido o no. Expresó también que Tito medía un metro noventa y vio cuando sacó el arma de entre las piernas y se lo llevó a la cabeza, cerrando los ojos y oyendo al rato sólo el disparo. Que salió corriendo, bajando hacia un badén y volvió a subir viendo que Ortega tenía un disparo en el
  • 15. costado y a Coria con el arma en la mano por lo que tomó el teléfono y llamó a Emilio el abogado de ellos y le dijo que los milicos le habían pegado un tiro a “Tito” Ortega. Refirió que estando sentado pudo haber girado cuando ella cerró los ojos, que fueron segundos cuando se puso el arma y escuchó el disparo, que pasaron dos, tres o diez segundos, y cuando los volvió abrir ya estaba sentado agarrándose el costado y ese tiempo no daba para apuntar a dos personas, no pudo haber apuntado a otro funcionario policial, porque no le alcanzó el tiempo. Luego escuchó que dijeron que le sacaran el teléfono a ella, siendo esposada también por el personal femenino y la llevaron por el lado de atrás, empujándola y cayéndose dentro de un pozo, ante lo cual les manifestó que estaba embarazada de dos meses. Que la subieron a la camioneta y la llevaron a la comisaría. Refirió que la última vez que lo vio a “Tito” fue cuando lo llevó la ambulancia, dos cuadras antes de la ruta 226. Precisó que permaneció en la comisaría esposada en la cocina, sin cordones, sin sus pertenencias hasta las seis o siete de la tarde, cuando la fue a buscar su hermano y su abogado. Que exhibido que le fue el croquis ilustrativo obrante a fs. 4 e incorporado por lectura, la dicente ubicó el lugar por donde entró, identificó la calle Rivadavia por donde fue con su suegro, donde vio el móvil policial detrás del cual dejaron su auto, indicó la presencia de árboles en el lugar y la vegetación existente; describió que había una curva, después de la cual estaba Tito; precisó que había un desnivel, y asegurando que el alambrado el día del hecho no estaba, sí observándolo al tiempo de efectuar la reconstrucción del hecho. Manifestó también
  • 16. que bajó hacia el arroyo y que había una diferencia bastante importante de altura, ingresando Coria por arriba, no por donde llegaron ellos y sí por el lugar donde la sacaron a ella, donde había un junco grande que es donde se había parado ella. Reconoció en las fotografías que le fueron exhibidas y que obran a fs. 54/58, la zona, el lugar donde estaba su esposo y el arma a la que se refería como revolver y que era de “Tito”. Mencionó que nunca vio donde estaba Coria hasta que “Tito” estaba en el suelo se agarraba el costado, después del disparo. Reiteró que a Coria lo vio dos veces; cuando llegó y después del tiro. Recordó haber prestado declaración en Comisaría y dos días después del hecho en Fiscalía, declarando en la primera solo una parte desde que se levantó hasta que llegó al lugar no contando lo que pasó en el mismo, y en Fiscalía adonde fue con su abogado todo lo que había pasado. Manifestó que se quería ir de la Comisaría porque su marido se estaba muriendo, indicando que dialogó con el policía Albertario, a quien le mencionó que “Tito” no apuntó en ningún momento. Que a “Tito” lo llevó hasta el patrullero el padre con ayuda de Coria y luego lo cambiaron a la ambulancia en la ruta 226 viendo ello desde la camioneta. Y Ortega dijo que era el progenitor de la víctima, que el día lunes 11 de noviembre de 2013 salió a trabajar, hizo tres o cuatro cuadras, cuando lo llamó su señora por teléfono y le dijo que su hijo “Tito” tenía un problema, por lo que volvió a su casa, y su señora le dijo que su nuera había llamado y le había dicho que “Tito” tenía un arma y que se quería matar. Que esperó un poquito porque no sabía para donde arrancar, siendo las dos menos cuarto
  • 17. cuando salió a buscarlo, luego de que su nuera llegara a su casa y le explicó lo que pasaba. Se fueron en el auto a buscarlo y le pidió que lo llevara donde estaba la última vez que lo vio y ella le refirió que había avisado a la policía para que la ayudaran. Llegaron a ese lugar donde lo había visto por última vez, lo buscaron y no lo vieron, después cruzaron el puente por una calle sobre la mano derecha y a unos ochocientos o mil metros, vieron un patrullero, pararon y le preguntaron, refiriéndole el personal policial que “algo sabía”, creyendo que fue la misma persona que lo mató que iba con otra persona que no era policía, y luego le dijo que no sabía nada. Que volvieron para atrás para el lado de la ruta, que hicieron treinta o cuarenta metros, pararon porque escucharon la sirena y le dijeron que lo habían encontrado, del otro lado del arroyo. Que fueron para ese lado del arroyo, llegaron a una tranquera y como no podían pasar, volvieron y dieron la vuelta, agarraron la ruta, por la calle Rivadavia y 112. Que solo le preguntó a la policía cómo estaba y le contestó que bien, que la persona de civil que abrió la tranquera. Que llegaron por calle 112, había un yuyal y no se veía nada, entraron, hicieron treinta o cuarenta metros, vieron un patrullero, bajaron la pendiente y vio a su hijo sentado con las manos entre las piernas y a siete u ocho metros otro policía que les dijo que se vayan. En el lugar solo había un policía y un patrullero entonces le dijo a su nuera de ir para arriba, indicación que también les dieron las dos policías femeninas. Una de ellas después subió con un celular y les dijo que iba a llamar a un mediador. Que pasó un ratito, prendió un cigarro, se puso a conversar
  • 18. con su nuera que estaba más cerca del arroyo y el más sobre la vereda, viendo a su hijo, momento en el que sintió algo que corría por arriba, desconocía de que se trataba, mirando y escuchando “…quédate quieto”, o “alto” o “te tiro”, escuchando un disparo y cuando se dio vuelta vio a Ortega tirado, y a Coria encima de él. Que su nuera quería llamar por teléfono y las policías la llevaron, refiriéndoles ésta que no le pegaran que estaba de encargue, y después se la llevaron presa, pese a que ella no agredió a nadie. Recordó que Coria le pidió que lo ayudara para levantar a su hijo que se estaba muriendo. Que llegaron arriba a la rastra con su hijo a quien ya no le daban más las piernas, subiéndolo en la parte de adelante del patrullero del lado del acompañante. Describió que Coria estaba vestido con chaleco creía tipo antibala, con guantes tipo “Rambo”, con ropa de policía. Que cuando vio a su hijo no sabía que tenía un arma, la vio tirada al lado de él luego del disparo, creyendo que era una pistola no un revolver, con cachas azul o celeste o un colorcito así. Mencionó que no sabía si su hijo se paró, que lo vio sentado en el mismo lugar y sentado, en la misma posición como estaba sentado nada más que recostado para el lado izquierdo de él. Estimó que el tiempo entre que vio al hijo y escuchó el disparo fue de quince o veinte minutos. Expresó que estaba a unos quince, veinte o treinta metros de Ortega, que lo podía ver. Recordó que la primera vez que concurrió al lugar estaba todo bien, mientras que la segunda vez estaban cortadas las plantas. Destacó que permaneció junto a su nuera, el más sobre la barranca y que ella tuvo que haber visto mucho mejor que él. Mencionó que su hijo no le
  • 19. contestó, que lo vio porque lo miró a él, y entre ellos estaba un pibe, que lo trató bien, le pidió que se corriera porque le estaba hablando bien a su hijo, entre medio de ellos había una barranquita, y fue quien le pidió que se vaya. Que en el momento que miró para arriba todavía estaba ese policía con su hijo conversando, el cual no se arrimó para el lado de Ortega. Expresó que no sabía de dónde vino Coria y solo lo vio tirado arriba de su hijo. A fin de evaluar contradicciones, incongruencias u omisiones respecto de lo declarado por el testigo en el juicio, se introdujo por lectura la testimonial de fs. 59/62, en donde refirió que en el lugar no había un matorral, sino yuyos que no le impedían la visual y que escuchó un grito de “quieto” o “alto”, advirtiéndose que en ambas dijo lo mismo, con la salvedad de aclarar que aún cuando había vegetación, la misma le molestaba pero no le impedía la visión. Los testigos mencionados, coincidieron al respecto de la exteriorizada intención por parte de Ortega de quitarse la vida exhibiéndole a su esposa un arma de fuego con la que pretendía hacerlo, el pedido de ayuda que a raíz de ello realizara Medina a la policía vía telefónica para localizarlo; el lugar, a la vera del arroyo Tapalqué en inmediaciones de la calle 118 donde Ortega fue hallado sentado en el suelo mirando hacia el curso de agua con las manos entre las piernas que tenía flexionadas; a que Barbesín siendo el primero que arribó al lugar y estando a unos ocho metros había entablado un dialogo con Ortega intentando persuadirlo de que desistiera de su propósito; a que García se sumó a la conversación estando al lado de
  • 20. Barbesín, mientras que Aguilar luego que tanto el padre como la esposa de Ortega se acercaran hablándole, los alejara a pedido de Barbesín hacia la zona por la que arribaran y con el objeto de evitar que entorpecieran el curso de la persuasión iniciada, y a que luego de ello y al escuchar las voces de sus familiares, Jorge Javier Ortega llevara el arma que portaba hacia su sien derecha y finalmente en que previo al único disparo, se escuchara un grito. Claramente se advierte que a partir del último momento narrado en el párrafo anterior, desaparecen las concordancias y afloran dos versiones manifiestamente antagónicas en cuanto a la forma del arribo del sujeto de sexo masculino también perteneciente a la fuerza policial y a la posición en la que se encontraba Ortega en el preciso momento de producirse el disparo que determinara la muerte de Jorge Javier Ortega. Mientras que la esposa de Ortega y su padre afirman categóricamente que “Tito” en ningún momento modificó su posición de sentado y de estar mirando hacia el arroyo, reconociendo que en el momento en que se lleva el arma hacia la sien dejan de observar hasta que se produce el único disparo; los policías Barbesín, García y Aguilar, con la misma contundencia describen que cuando Ortega se coloca la pistola en la cabeza, pueden apreciar los dos primeros que estando montado el martillo gatilla y el disparo no se produce; que ante ello Barbesín intenta acercarse un poco con el fin de evitar que lo hiciera nuevamente, ocasión en la que Ortega se incorpora y mientras retrocede unos metros monta otra vez el martillo y apunta directamente a la cabeza de Barbesín
  • 21. manifestándole que se quedara quieto o lo quemaba, instante en el cual escuchan una voz proveniente de un plano superior formado por una barranca que en ese lugar hace el arroyo Tapalqué de “Alto o alto policía”, para Ortega girar hacia el sitio de donde provino dicha advertencia, caminar un paso y apuntar también hacia la cabeza del funcionario policial que había acudido en apoyo ante el pedido de Barbesín, escuchándose posteriormente el disparo. Declaró durante el transcurso de la investigación penal preparatoria el imputado Juan Horacio Coria a fs. 234/239, que “… el lunes 11 de noviembre del corriente hay un llamado a las 15.00 horas aproximadamente, el llamado es a Radio y éste retransmite la novedad a los móviles; yo me encontraba en el móvil 11774, sólo. La novedad para todos los móviles era que se había ido de la propiedad un sujeto masculino de apellido Ortega con intenciones de quitarse la vida. Descripción de la ropa, lo único que recuerdo de la ropa era camisa de grafa de trabajo.-Tomo la novedad emprendo la búsqueda, lo hago por lo que sería Av. Ituzaingó, la del basural, pasando la Ruta 226, la Av. del basural, la búsqueda la empiezo por ese sector y buscando caminos que me llevaran al arroyo, ello porque después de la novedad salta el llamado de una persona armada por el sector del Arroyo, a la altura de calle 130 después más tarde a la altura de calle 120, por lo que el muchacho se iría desplazando.-Hago unos caminos, recordando que me entrevisté con un pescador quien me dijo "recién pasó un muchacho de grafa caminando por acá", que dicho rastrillaje hasta ese momento me habría llevado alrededor de 20 minutos, que di la información que mi búsqueda había dado resultado negativo al 911.-Emergencias Policial retransmite que aparentemente este muchacho se encontraría a la vera del Arroyo a la altura de Calle 118, estoy volviendo a
  • 22. mi cuadrícula cuando escucho por radio que Cristian Barbecín lo había encontrado en su sector de búsqueda, del otro lado del Arroyo.-Cristián solicita un móvil más, acercándose Sgto. García Micaela y Ofl. Aguilar Gabriela, a bordo de otro móvil.-Ante ello, pensé bueno ya hay dos móviles, va a desistir, por lo que tomé la radio y le pregunté a Barbecín "Cristián, necesitás algo? contestándome éste "acercate Juan", no recordando si me dijo algo más, si lo noté preocupado, además que si ya eran dos móviles y solicitaba uno más era porque era más serio de lo pensado.-Me dirijo al lugar a bordo del móvil, siendo a la vera del Arroyo y Calle 118, por Rivadavia doblando a la izquierda hasta Calle 118.-A preguntas formuladas refiere que al llegar al lugar observa las dos camionetas de la policía y el auto de la familia, no recordando en que ubicación estaban cada uno de estos rodados, desciende del móvil, encontrándose con la Ofl. Aguilar y la familia del muchacho, caminando y bajando el sendero es donde se encuentra con Aguilar, el padre y la esposa de Ortega. Le pregunto a la Ofl. "Gabi,cómo está todo?", manifestándome ella "ahi voy, los estoy sacando a ellos porque cuando los vió se alteró más".-Comienzo a desplazarme por detrás del alambrado por el lado del campo, hacia el lugar donde se encontraba Ortega, a quien todavía no divisaba, pero sabía por indicaciones de Aguilar que iba a encontrar a Ortega, Micaela García y Barbecín. Avanzo corriendo ramas con la mano, empiezo a divisar ya el panorama, claramente lo diviso a Ortega sentado mirando para el Arroyo, veo a mis compañeros, diviso el arma de fuego que portaba Ortega, aclara que siempre se encontraba del otro lado del alambrado, me agacho continuando la marcha agachado, quedando a espaldas de Ortega a unos 4 ó 5 mts. aproximadamente, pensando que quizás Ortega dejaba en algún momento el arma por algún motivo como si se le deba por fumar y prender el cigarrillo, pudiendo aprovechar dicha situación
  • 23. para arrebatarle la pistola y de ésta manera salvarle la vida, ayudarlo, siendo este el motivo por el cual fue al lugar.-Me quedo agachado detrás de un yuyo, incluso se me acercó un perro al cual lo palmeaba para que no ladrara así Ortega no me veía, por si dejaba el arma y se la podía sacar. Estaba agachado, camuflado con la maleza, mientras que Cristian le hablaba a Ortega constantemente diciéndole, ''pensá en tu familia, tenés hijos” que Cristián estaba con el handy en la mano en todo momento y el dicente con el arma en la funda, es decir, ninguno de los dos portaba en sus manos el arma reglamentaria, ya que estaban enfundadas. En un momento Ortega que estaba sentado a la orilla del Arroyo y frente a este con las piernas abiertas, se apoya la pistola en la sien derecha, con el martillo ya montado, encontrándose Barbecín a la derecha de Ortega, y se gatilla pero no salió el disparo. -Cristian avanza hacia él, no pudiendo avanzar en forma normal porque entre ellos había como una especie de badén, no encontrándose liso el terreno.-Al advertir ello Ortega, éste se levanta inmediatamente como un resorte, lo apunta a Barbecín, observando el dicente que el martillo estaba nuevamente montado, no pudiendo establecer en que momento lo montó, que a Barbecín Ortega lo apuntaba a la altura de la cabeza.- Preguntado que es si observó que Ortega apuntara a otra persona, responde que sinceramente su atención estaba centrada en Cristián que era el más expuesto, no dejó de lado que las chicas estaban ahí pero el de mayor riesgo era Cristian.- Cuando Ortega apunta a Barbecín, lo hace diciéndole a éste "quedate quieto porque te quemo" , ante lo cual Cristian Barbecín queda inmóvil con las manos abiertas y en una de ella el handy quedándose paralizado, "regalado", suplicándole "bajá el arma".-Preguntado que es si Barbecin tenía chaleco antibala, responde que sí, pero Ortega siempre seguía apuntándole a la cabeza y con el dedo en el
  • 24. martillo.-Ante ello, me reincorporo salgo de detrás de los yuyos, desenfundo el arma la coloco a 45 grados y digo "POLICIA, SOLTA EL ARMA” aclara que hasta ese momento nunca lo había apuntado a Ortega.-Ante mi grito Ortega gira hacia su derecha siempre apuntando con el arma y el dedo en el martillo y queda apuntándome, visiblemente veo el cañón y el dedo de Ortega en pronto uso, me avanza bastante bruto, como ciego, siempre apuntándome y ahí efectúo el disparo.- Quedamos totalmente enfrentados, apuntándome Ortega del pecho para arriba, no poseyendo yo el chaleco antibala colocado. Cuando quedamos enfrentados Ortega me divisaba muy bien ya que quede totalmente expuesto, aclarando que estaba uniformado sin el chaleco antibala colocado.-El riesgo fue inminente, era mi vida, veo todo tan bien y como en cámara lenta que veo hasta cuando pica el disparo que efectúo para el arroyo.-A Ortega se le cae el arma mientras avanzaba en mi dirección, tomándose el costado del abdomen y cae. Sigo avanzando con el arma, cuando veo que Cristian viene, corre el arma que portaba Ortega para que éste no la vaya a agarrar de nuevo, enfundo mi pistola, ya que hacia nosotros no había más riesgo, entonces lo primero que hago es ver a dónde le había impactado e disparo a Ortega para los primeros auxilios e ir pasando novedades, empieza a venir la familia, la mujer y el padre de Ortega, comienza la agresión ya que éstos decían "me lo mataron, ya estoy llamando a mi abogado", por lo que le digo a la mujer de Ortega "porque no llamás primero a la ambulancia y te encargás después del abogado".-Se quiere avanzar sobre el cuerpo, por lo que le pide que los dejen trabajar, siendo que Cristian la hace trasladar hacia la comisaria, previo quererle pegar a sus compañeras.-Le digo a la mujer de Ortega que llamara a la ambulancia, no porque nadie lo estuviera haciendo sino para que le entraran varios llamados y vieran que era algo delicado. Estoy con Ortega, el padre de éste comienza a insultarme, le pregunto a
  • 25. Ortega si se puede levantar, contestándome éste "si, ayudame", lo ayudo le indico que se ponga la mano en la herida, ayudándole con mi mano a comprimirla y con la otra lo tomé de la cintura y lo levanté ayudándolo a caminar hasta el móvil con la intención de trasladarlo al hospital.-Mientras el padre de Ortega venía detrás diciéndome "hijo de puta, si mi hijo se muere te voy a cagar matando”, ante lo cual le digo que en vez de gritar ayudara a llevarlo al hijo, si no se daba cuenta que el mismo tenía un tiro en la panza. Llego al patrullero, abro la puerta del acompañante y lo siento a Ortega reclinándole el respaldo con reja y todo para que fuera acostado. Me subo al patrullero, lo invité al padre si lo quería acompañar en el móvil pero no quiso, diciéndome "no, yo me voy en mi auto”, empiezo a hacer un par de maniobras para salir de frente y salgo con la camioneta, recuerdo que empecé a pasar novedades pidiendo una ambulancia de emergencia, incluso pedía que fuera por Rivadavia para juntarnos.-En un momento Ortega es como que se queda quieto, por lo que suelto la portadora, lo agarro del brazo y le voy diciendo "no te duermas, no te duermas".-Sigo avanzando con el patrullero, diviso que viene la ambulancia interceptándola en Calle 112 ó 11O, me bajo rápidamente del patrullero, abro la puerta de la ambulancia, el ambulanciero baja la camilla, se lo empieza a cargar.- Cuando el ambulanciero abre la puerta del móvil lo samarrea a Ortega y le dice "no te duermas, no te duermas".-Se baja la camilla, se lo sube a la misma, se le colocaron las fajas y lo trasladan-Preguntado que es por la defensa si conocía a Ortega con anterioridad, responde que no, que la primera vez que lo vió fue ahí.-Preguntado que es por la instrucción, por qué cuando Ortega apuntó a su compañero no le disparó, responde que no le disparó porque no fue a quitarle la vida a nadie sino a salvársela por lo que esperó hasta el último momento. Preguntado que es por la
  • 26. instrucción si tenía alguna posibilidad intermedia entre el arma y sus puños, por ejemplo escopeta con posta de gomas, responde que las escopetas están en la comisaría, no las retiran porque no hay municiones. -Preguntado que es por la instrucción si el personal policial tiene algún tipo de preparación específica para actuar ante una persona en situación de suicidio o ante una persona armada, responde que no, que si hay lo desconoce.-Que van cinco días al año a reentrenamiento y nunca participó en un intento de suicidio. Preguntado que es por la instrucción si cuando se quedó parado, tenía posibilidad de haberse quedado más lejos observando la situación, responde que no estuvo diez metros más atrás, por lo que no sabe, que eligió ese lugar para tener una buena visión y poder sacarle el arma si Ortega en algún momento la dejaba de portar.-Preguntado que es por la instrucción, si hace poco tiempo intervino en un tema de un suicidio salvandole la vida a una persona, responde que si, que recibió un llamado aprox. a las 02.00 de la mañana desde Chacabuco al 4200 aprox., estaba el Ofl. González Leandro y Bustamante Guillermo, entramos a la casa, una señora dice "ayudenlo, ayudenalo", pasan y observan que había un muchacho colgado como en un patio interno de la vivienda siendo sostenido por una mujer que se encontraba arriba de una silla, le digo a la mujer "déjeme a mi señora", pongo el pie arriba de la silla y lo levanto, lo tengo sostenido, recuerdo que Leo se sube al techo, le pasan un cuchillo de la casa y empieza a cortar el cable, corta el cable, se viene todo el peso del cuerpo, lo sostuve un par de segundos, comenzó a temblequear la silla y nos vinimos abajo, golpeándonos.-Era un muchacho joven de apellido Brandam según me dijeron, ahí automáticamente le empiezo a sacar el cable redondo que poseía alrededor del cuello y se recuperó.-Dos casos tuve así el otro fue con el Tte. 1ero. Marcelo Quinteros, que la familia no quería
  • 27. entrar a la casa, ingresamos con Marcelo y cuando llegamos al fondo de un galpón con una linterna observa un cuerpo en vaivén, ahí nomás Marcelo lo agarra de las piernas al muchacho, lo levanta y yo que llevaba una navajita me subí y corte la faja tipo la que usan los camioneros para atar la carga. Preguntado que es por la instrucción si en esto días tuvo oportunidad de un viaje al exterior, responde que si, pero que no pensó jamás en irse porque tenía que estar aca…”. De la prueba hasta aquí reseñada, y concretamente en lo que respecta a las secuencias en donde existen posiciones contradictorias, concluyo que la versión que se impone es la del grupo constituido por los funcionarios policiales y la del propio imputado Coria, por cuanto su credibilidad surge de la concordancia con prueba independiente y objetiva, consistente en que de la pericia balística de fs. 468/471vta., de lo declarado por el Dr. Jorge Soriani, médico que practicara la autopsia, y de los tres DVD y de las fotografías 0005, 0010, 0015, 0017, 0026 y 0030 del Cd identificado como “Coria 1” y 069 a 079 del Cd identificado como “Coria 2” obrantes a fs. 921/922 que documentaron el acta de reconstrucción del hecho con presencia de todas las partes de fs. 247/248vta., necesariamente Ortega debió haber estado parado y de frente a quien le efectuara el disparo mortal, que a su vez se encontraba en la parte superior de la pronunciada barranca del mismo margen del arroyo, ya que el proyectil ingresó al cuerpo de aquel por el hipocondrio derecho describiendo una trayectoria de adelante hacia atrás, de arriba hacia abajo con una inclinación de unos ocho a diez centímetros y levemente desplazada de derecha a izquierda y egresó a la altura del riñón derecho en zona paravertebral, tal como se
  • 28. aprecia asimismo en las fotografías de la camisa “Ombú” de fs. 470vta. y 471. Por el contrario, aparecen carentes de apoyo probatorio autónomo y objetivo, los relatos de Micaela Yesica Medina y Jorge Ricardo Ortega, ya que afirman una secuencia de imposible realización, que resulta de contraponer la incontrastable trayectoria del proyectil que ingresó por el frente del tórax sobre el hipocondrio derecho y la posición por ellos sostenida, de haber estado Jorge Javier Ortega siempre en la inmodificada posición de estar sentado mirando hacia el arroyo, lo que hubiese provocado que el disparo ingresara por la parte posterior del cuerpo. Y además, dichos testigos aún cuando resulte comprensible por lo traumático y doloroso de la situación vivida que formulen críticas y cuestionamientos al accionar de los efectivos policiales, debilitaron sus testimonios, destacando hechos y circunstancias que los alejaron de la realidad de lo sucedido, pretendiendo con ello mostrar al imputado como una persona de acción e irreflexivo, ya que intentaron describirlo como portando un arma dotada de un poder ofensivo por encima de la reglamentaria, lo cual no aconteció ya que efectivamente se demostró que era esa la que llevaba consigo, al igual que estar vestido con ropas que, aunque de fajina, resultan también provistas por la fuerza y haber tenido colocado un chaleco antibala que lo ponía en una situación de mayor resguardo, nada de lo cual fue acreditado en el juicio. A la prueba valorada, resta agregar: Lo declarado en el juicio por el médico que practicara la autopsia sobre el cuerpo de Jorge Javier Ortega, Jorge
  • 29. Alberto Soriani, quien refirió que constató un orificio de entrada, en la parte anterior del tórax –pequeño-, circular e hizo recepción de piel subcutánea y la mandó a analizar al laboratorio, desconociendo los resultados. Mencionó que era de un proyectil de arma de fuego, con entrada en la zona sobre hipocondrio derecho, por debajo del hígado y tomó trayectoria de adelante hacia atrás, levemente de arriba hacia abajo, por los órganos que destruyó. Mencionó que el hígado hizo un estallido y el riñón derecho fue atravesado, produciéndose importantísima hemorragia. Explicó que la persona fue operada, y le extrajeron quirúrgicamente el riñón derecho, el que no estaba en la autopsia. Que al haber hemorragia muy grande había muchas gasas, lo que indicaba que no la pudieron controlar. Que no tenía el protocolo quirúrgico del estado, es decir detalles de cómo había entrado la víctima al hospital de Olavarría, pudiendo por ello solo explicar lo que el dicente hizo. El orificio de salida estaba con restos de órganos que arrastró el proyectil en la trayectoria y se hallaba en la zona lumbar derecha. Que el mecanismo de la muerte fue hemorragia masiva y shock hipovolémico que ocasionó un paro cardíaco irreversible. Que en centímetros eran de 8 a 10 más abajo el orificio de salida que el de entrada, siendo la trayectoria de arriba hacia abajo y el proyectil atravesó el cuerpo -no chocó con ninguna estructura ósea- y fue hacia el piso, no pudiendo establecer él si la persona estaba sentada o parada. Que la línea del hígado al riñón no se modificó, era recta, bajó con diferencias de centímetros y no fue perpendicular al tórax, destacando que no tuvo el riñón
  • 30. en la autopsia y no pudo medir con precisión. Explicó que la persona que disparó pudo ser uno más alto o parado en una loma, estando más elevado y que el caño del arma ha estado inclinado. Manifestó que el órgano que atravesó primero el proyectil fue el hígado, produciendo un estallido, porque tiene mayor cantidad de sangre y era difícil de controlar la hemorragia igual que en el bazo, situación distinta a lo que sucede con el estómago o intestino que se podrían ligar o sacar un sector de los mismos, pero en el hígado se hace un cráter como una boca con hemorragia masiva y en el riñón pasó lo mismo, que el equipo quirúrgico que lo intervino concluyó en sacrificar al riñón para salvar la vida del paciente, pero el hígado no se lo puede sacar. Explicó que un proyectil en el hígado era casi letal, considerando que el arma tenía potencia para atravesar el cuerpo y haber quedado en el suelo o en algún lugar. Reiteró que al bazo se lo puede sacar porque no es fundamental para la vida, pero en el caso del hígado no se tiene retorno ni da tiempo, que Ortega vivió por transfusiones que le hicieron, sino la muerte es casi inmediata. Explicó que no había lesiones de hueso y que fue una mala expresión suya referir “tocó la parrilla costal”, ya que solo atravesó el tejido blando, un espacio intercostal, un musculo y no se produjo desviación, ya que si hubiera tocado algún hueso se hubiera desplazado hacia un costado y no había lesiones óseas. Que la trayectoria era levemente de arriba hacia abajo, ya que el riñón se encuentra desplazado más cerca de la columna, de adelante hacia atrás y de afuera hacia adentro para atravesar el riñón. Explicó que si el proyectil toca una costilla la destruye
  • 31. porque es cartílago y en el caso no había destrucción de parrilla costal, los brazos no fueron tocados y la persona podría estar parada o agachada, por eso el plano inferior solo de 8 a 10 centímetros y finalmente afirmó que no había dudas que el ingreso de la bala había sido de frente. Lo que surge de la pericia balística de las prendas de vestir de Jorge Javier Ortega de fs. 468/471vta. practicada por el perito Patricio Hernán Sarapura, donde concluye que “…En base a los estudios llevados a cabo sobre el efecto otorgado por V.S. el suscripto se encuentra en condiciones de expresar lo siguiente: La totalidad de las prendas fueron analizadas según los lineamientos establecidos para este tipo de búsqueda, detectando durante el proceso dos orificios en la prenda descripta como camisa marca “OMBU” de color azul. Estos orificios fueron examinados y descriptos en el presente informe, estableciendo que los mismos poseen características que podrían ser atribuibles al paso de proyectil de arma de fuego. El orificio identificado como orificio 1, obrante en el plano delantero, muestra una morfología que sería atribuible al ingreso de un proyectil de arma de fuego, mientras que el orificio 2 situado en el plano trasero posee signos que serían compatibles con la salida de un proyectil de arma de fuego. Teniendo en cuenta lo expresado en el párrafo anterior, se podría inferir que el disparo se habría efectuado de adelante hacia atrás, de arriba hacia abajo con un leve inclinación de izquierda a derecha. Estos orificios fueron analizados con la ayuda de instrumental de magnificación e iluminación con la finalidad de
  • 32. detectar posibles quemaduras en aquellas superficies constituidas por fibras propensas a combustión, ahumamiento o restos de la deflagración de la pólvora en zonas adyacentes a los mismos. Como resultado de esta observación no se detectan tales indicios por lo que se podría inferir que el disparo se habría efectuado a una distancia mayor a los 50 cm. salvo telón o superficie que se hallara entre la boca de fuego del cañón del arma y la superficie de impacto…”. Y el contenido de la pericia balística practicada sobre las pistolas 9 mm marca “Browning” y 22 largo rifle marca “GMC” llevada a cabo por el perito Diego Miguel Hatserian de fs. 472/475, de la que surge “…COTEJO DE VAINAS Se sometieron a estudio bajo las lentes del macro comparador balístico marca LEICA modelo FSC, la vaina de causa calibre 9x19 mm. descripta en el Sobre D) y el cartucho de causa percutido calibre .22 L.R, descripto en el Sobre B), a los fines de la identificación balística con vainas testigos de la misma especie obtenidas en la prueba de disparo de las armas bajo estudio. Primeramente, se procedió al cotejo de la vaina de causa calibre 9x19 mm., descripta en el Sobre D), con una de las vainas obtenida como testigo de la pistola marca BROWNING, calibre 9x19 mm., Industria Belga, con número de identificación serial 04234. Dicha tarea de cotejo arrojo el siguiente resultado: Se encontraron características de identidad coincidentes tanto generales como particulares, en especial aquellas microscópicas. Por lo expuesto se concluye que la vaina de causa calibre 9x19 mm., descriptas en el Sobre D), ha sido percutida y expulsada por la pistola marca BROWNING, calibre 9x19 mm.,
  • 33. Industria Belga, con número de identificación serial 04234. Por último, se procedió al cotejo del cartucho de causa percutido calibre .22 L.R, descripto en el Sobre B), con la vaina obtenida como testigo de la pistola calibre .22 L.R. marca GMC Industria Argentina, con número de identificación serial 37298. Dicha tarea de cotejo arrojo el siguiente resultado: Se encontraron características de identidad coincidentes generales, no así particulares, debido a que, el cartucho, al no ser percutido de manera correcta en la zona de su fulminante, no hubo retroceso de la vaina por lo que no quedaron impresas las características otorgadas por el espaldón del arma en cuestión. Por dicho motivo su fulminante no adquirió todas las características de identificación necesarias para determinar si fue percutido o no por el arma bajo estudio…” Firmado: DIEGO MIGUEL HATSERIAN, Lic. En Criminalística, Perito II, del Ministerio Público Fiscal del Departamento Judicial de Lomas de Zamora…” y a las fotografías de las mismas obrantes a fs. 476/483. Todo esa probatoria analizada, sumada al croquis ilustrativo de fs. 4/4vta.; a los certificados médicos de fs. 5; al acta de recogimiento de fs. 13; a los informes del Centro de Despacho de fs. 18 y 19; al acta de Dermotest de fs. 26/26vta.; a las placas fotográficas correspondientes al lugar y día del hecho de fs. 54/58; a la copia certificada de la misiva de fs. 79; al acta de reconstrucción del hecho de fs. 247/248vta. y a los soportes digitales que documentan el acto en dos CDs conteniendo fotografías y tres DVD con filmaciones que fueran agregadas a fs. 921/922; al informe de ReNar de fs. 447; a las copias certificadas de la Historia Clínica
  • 34. de Jorge Javier Ortega obrante a fs. 607/622; a los informes del sistema de localización Automática Vehicular de fs. 240/246, 300/323 y 428/443; a las fotocopias certificadas del libro de guardia de la Comisaría Primera de Olavarría perteneciente al día 11 de noviembre de 2013 obrantes a fs. 402/405vta.; a las impresiones de fotografías satelitales correspondientes al lugar del hecho de fs. 626/630 y a la fotografía con referencias de fs. 631 y a la pericia anatomopatológica de fs. 606/606vta., me permiten tener por debidamente acreditado el hecho de la manera descripta, por lo que voto por la afirmativa, por ser mi sincera convicción (arts. 209, 210, 212, 232, 242, 244, 317, 366, 371, párrafo tercero, apartado 1), 373 y concordantes del C.P.P.). El Señor Juez CESPEDES, votó por los mismos fundamentos en igual sentido al Señor Juez preopinante, por ser su sincera convicción. El Sr. Juez BORGHI, votó por los mismos fundamentos en idéntico sentido al Señor Juez DUBA, por ser su sincera convicción. A LA SEGUNDA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo: Autor del hecho descripto en la cuestión precedente, resulta ser Juan Horacio Coria. Tal afirmación halla sustento en la propia admisión que realiza el imputado de haber sido quien con su arma reglamentaria efectuó el disparo que a la postre determinó el óbito de Jorge Javier Ortega y en la totalidad de la prueba de que he hecho mérito en la Cuestión primera, la que no reiteraré en honor a la brevedad, por lo que voto por la afirmativa, por ser mi sincera convicción (arts. 209, 210, 232, 244, 317, 371,
  • 35. párrafo tercero, apartado 2), 373 y concordantes del C.P.P.). El Señor Juez CESPEDES, votó por los mismos fundamentos en igual sentido al Señor Juez preopinante, por ser su sincera convicción. El Sr. Juez BORGHI, votó por los mismos fundamentos en idéntico sentido al Señor Juez DUBA, por ser su sincera convicción. A LA TERCERA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo: Sostuvo el Sr. Defensor Oficial, Dr. Samuel Bendersky, que su representado había actuado amparado por la causal de legítima defensa, conforme a lo previsto por el art. 34 inc. 6º del Código Penal. Al respecto, sabido es, que siendo la misma una causal de justificación que desplaza la antijuridicidad de la conducta, requiere la inescindible concurrencia de los tres requisitos establecidos por dicha normativa, relativos a la existencia de una agresión ilegítima, de la necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y de la falta de provocación suficiente por parte del que se defiende. Quedó claro y debidamente acreditado a través de la prueba que las partes trajeron al debate, que los funcionarios policiales concurren al lugar donde se hallaba Jorge Javier Ortega con la intención de acabar con su vida, ante el aviso familiar de su desaparición y posibilidad de que aquello estuviera ocurriendo, a raíz de lo cual es ubicado, procurando verbalmente Cristian Maximiliano Barbesín que no lo hiciera, llamándolo a la reflexión, al igual que Micaela Soledad García, quien también se hallaba presente, habiéndose retirado a más
  • 36. distancia Gabriela Vanesa Aguilar, junto a Micaela Yesica Medina y Jorge Ricardo Ortega, mujer y progenitor de aquél, respectivamente. Claro es también, que en medio del desarrollo de aquella tarea de convencimiento de Barbesín y García hacia Ortega para que abandonara su objetivo de suicidarse, el mismo igualmente acciona el dispositivo para realizar un disparo con el arma apuntada hacia su cabeza, sin que el proyectil resultara eyectado, instante en el cual dicho funcionario policial avanza hacia Ortega con la finalidad de acercarse y lograr que no prosiguiera con esa conducta auto-destructiva, procediendo aquel a montar nuevamente la pistola que portaba y apuntarle a la cabeza a quien pretendía ayudarlo, expresándole “quédate quieto, porque te quemo”; constituyendo ello una grave agresión ilegítima, la cual prosiguió y acentuó luego de haber recibido la advertencia realizada por Coria al girar y apuntar también hacia su cuerpo, más precisamente a la cabeza, siendo que todos habían arribado al lugar para procurar que la víctima no consiguiera dicha finalidad. Ya lo destacó Sebastián Soler y existe coincidencia doctrinaria y jurisprudencial en cuanto al primer requisito establecido por la ley, que “Siendo la legítima defensa una reacción, para su existencia es necesario que esté determinada por una acción precedente y que ésta sea una agresión ilegítima. La base de la legítima defensa es un estado de peligro para un bien jurídicamente protegido.”, agregando que la mencionada agresión es una “acción emprendida sin derecho” (“Derecho Penal Argentino”, T. I., edit. “Tea”, 1970, p.344/348); aspecto que se acreditó en el juicio, tal como antes lo
  • 37. tratara.- Igualmente claro es también, que el procesado de ningún modo fue provocador suficiente, ya que si provocar es “1) Incitar, inducir a uno a que ejecute una cosa, 2) Irritar o estimular a uno con palabras u obras para que se enoje” (“Diccionario de la Lengua Española de la “Real Academia Española”, Vigésima Primera Edición, 1992, p.1194) o la “Incitación, excitación a ejecutar algo. Acción ofensiva para otro, o agotadora de su paciencia, que lo rebela o conduce a la agresión.”, (“Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual” de Guillermo Cabanellas y Luis Alcalá–Zamora y Castillo, edit. “Heliasta SRL”, 1979, T.V, p.494.); directamente nada de esto sucedió, habiendo configurado la actuación de los funcionarios policiales y en particular la del acusado exactamente en lo contrario, intentando en todo momento que Ortega no terminara con su vida. Ya en orden al restante requisito impuesto por el Código Penal, corresponde analizar si en razón de esa agresión ilegítima, consistente en apuntar con el arma de fuego primero a un funcionario policial e inmediatamente al otro, existió un estado de necesidad y que el medio empleado para impedir o repeler a aquella fue racional, dado que como lo sostiene el autor antes citado, “La legítima defensa es, pues, fundamentalmente, un estado de necesidad.” y “Este se da cuando existe la posibilidad inminente de que un sujeto pierda un bien, sin que esté jurídicamente obligado a soportar dicha pérdida.” (S. Soler, misma obra, T.V, p.494.). En el mismo sentido los autores Carlos S. Caramuti y Oscar E. J. Sarrulle, refieren que “...para que la conducta sea amparada por la justificante, los medios
  • 38. utilizados deben ser racionalmente necesarios. De modo que la agresión, que tiene que haber creado un estado de necesidad, sea repelida mediante una conducta que pueda juzgarse necesaria conforme al completo contexto situacional, para cuya valoración deberán tomarse en cuenta los instrumentos utilizados, las características físicas del agresor y del agredido, la naturaleza de los bienes en juego y demás circunstancias del caso concreto.”, agregando que “No se trata de una comparación abstracta de instrumentos (revolver contra revolver, cuchillo contra cuchillo, etc.), sino de una valoración concreta que debe efectuarse ex ante, es decir, desde el punto de vista del sujeto en el momento en que se defiende. Así, un paralítico que defiende una manzana de las manos de un niño con un disparo de arma de fuego, describe una conducta necesaria, más el medio empleado carece de toda racionalidad.” (“Código Penal”, Parte General, edit. “Universidad”, 1992, p.240). Cabe destacar también, que como lo ha sostenido el Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, “…no debe dejar de considerarse que ‘La legítima defensa no es una fórmula matemática sino humana y la necesidad de la defensa no ha de considerarse aisladamente, ni contando ni indicando los golpes, sino el conjunto de circunstancias y supuestos de hecho, objetivos y subjetivos que pueden llevar a una persona al estado de necesidad, y es en definitiva la tesis que ha seguido la jurisprudencia argentina.’ [CNCC, Sala VI, 24/09/91, ‘Venuti…’, cita en D’Alessio, A., Código Penal Comentado y Anotado, edit. La Ley, p.394].” (TCP, Sala III, 20/04/2010, “O.F.L. s/ recurso de casación
  • 39. interpuesto por Fiscal de Juicio”; cita: MJ-JU-M-55722- AR/MJJ55722). En tal sentido, debe tenerse en cuenta que todo el desenvolvimiento del hecho desde que Ortega apuntara con el arma de fuego a los policías hasta que se produce el disparo del aquí acusado, lo fue en muy escaso tiempo y sin interrupción alguna, habiendo montado el arma y expresado a Barbesín aquella frase intimidatoria antes citada, lo que constituyó la ratificación verbal de la agresión ilegítima consistente en dirigir la pistola hacia los cuerpos de aquellos, frente a lo cual Coria disparó desde donde se encontraba, que era un lugar lateral y bastante más elevado, impactándole en la parte inferior derecha del hemitorax, como ya se tratara y corriendo con inmediatez hacia él, primero para desarmarlo y luego para asistirlo llevándolo en el móvil hacia la ambulancia en la que fue trasladado al Hospital de Olavarría, lo que demuestra no solo los extremos objetivos de la justificante sino también la exigencia subjetiva, por cuanto la conducta del procesado lo fue en respuesta a dicha agresión sufrida. Esto es contundente por cuanto si la intención de Coria no hubiese sido la de defenderse sino la de acabar con la vida de Ortega, podría haber realizado más de un disparo con el arma de fuego y por el contrario, no solo no los efectuó, sino que rápidamente fue sobre la ubicación de aquel y colaboró en su auxilio. Y en este aspecto debe señalarse, que tal como lo expusieron los peritos Roberto Enrique Fernández y Guillermo Bernardo López, es perfectamente posible y probable que una munición percutida, aunque no se haya
  • 40. producido el disparo, ante nuevos intentos, no importando cuántos fueran, puede funcionar correctamente en cualquiera de esos otros, por lo que persistía la situación de peligro creadora de la necesidad de defenderse; complementándose ello con lo manifestado por el testigo Ezequiel Carlos Picasso, enfermero que concurrió en la ambulancia y absolutamente ajeno a lo acontecido, lo que le otorga especial credibilidad por su objetividad, quien puntualmente relató que la víctima le dijo balbuceando y con señas con una de sus manos, que había gatillado dos veces y que no habían salido, refiriéndole en ese mismo momento el imputado algo así como que este le había apuntado y que tuvo que tirar o gatillar, no pudiendo soslayarse en el análisis de la presente situación, que como lo señalan los citados Sarrulle y Caramuti, la valoración concreta que debe efectuarse es desde el punto de vista del sujeto en el momento en que se defiende, no habiéndose acreditado, que el personal policial contara con alguna preparación y capacitación en especial ante situaciones de personas que pretendieran quitarse la vida, como lo explicaron los funcionarios policiales Marcelo Abel Quinteros, Diego Nicolás Bax, Karina Marisol Latapie, Julio César Navarro, Leandro Julián González, Pablo Esteban Faure, Jorge Valdez y Luis Roberto Albertario; quienes a su vez coincidieron en el muy buen desempeño funcional de Coria en su actividad habitual. Tampoco es factible entender que aún sin dicha preparación el acusado hubiera actuado apresurada e imprudentemente, ya que eso no solo no surge de los hechos, sino tampoco de la estructura de su personalidad,
  • 41. dado que como lo dictaminó el Licenciado Martín Testoni en la pericia obrante a fs. 491/492, Coria “Tiende a actuar utilizando un plan racional en lugar de actuar por ensayo y error. Es decir, puede pensar antes de actuar inclusive ante momentos en que debe realizarlo bajo stress, presión y/o urgencia.” y que “No se observan indicadores de impulsividad ni agresividad, aunque sí una posición activa y resolutiva.”, lo que ratificó al declarar en el debate, agregando que aquel antepone el pensamiento sobre la acción; fortaleciendo lo que el propio acusado manifestara acerca del proceso de razonamiento que llevó a cabo frente a la situación que se le presentó, primero cuando luego del intento frustrado de suicidio al no salir el disparo, Ortega se levanta y con el arma nuevamente montada, le apunta a Barbesín a la altura de la cabeza, diciéndole que se quedara quieto porque lo quemaba, quien le suplicó que la bajara, por lo que sale desde donde estaba ubicado, diciéndole en ese instante “policía, soltá el arma”, ante lo cual aquel giró hacia su derecha siempre apuntando con el arma y el dedo en el gatillo, quedando enfrentados, viendo el cañón y el dedo de aquel en pronto uso y ante el riesgo inminente de su vida, realiza el disparo, advirtiendo “todo tan bien y como en cámara lenta que veo hasta cuando pica el disparo” que efectúa, para el arroyo, cayéndosele el arma a la víctima, quien se toma el costado del abdomen, viendo que Barbesín va hacia ese lugar y corre el arma que portaba Ortega para que no fuera a agarrarla de nuevo, enfundando él la pistola, ya que no había más riesgo hacia ellos, ayudándolo para su atención.
  • 42. Por lo expuesto, de acuerdo al análisis antes realizado, debe hacerse lugar al planteo defensivo, por cuanto la conducta de Juan Horacio Coria se encuentra comprendida por la causal de justificación prevista por el art. 34 inc. 6º) del Código Penal, lo que así voto, por ser mi sincera convicción (arts. 371, párrafo tercero, ap. 3, y 373 del C.P.P.). El Señor Juez CESPEDES, votó por los mismos fundamentos en igual sentido al Señor Juez preopinante, por ser su sincera convicción. El Sr. Juez BORGHI, votó por los mismos fundamentos en idéntico sentido al Señor Juez DUBA, por ser su sincera convicción. A LA CUARTA Y QUINTA CUESTION, el Señor Juez DUBA dijo: Atento a lo resuelto precedentemente, no corresponde sus tratamientos. Así lo voto por ser mi sincera convicción (art. 371 cuarto párrafo del Código Procesal Penal). El Señor Juez CESPEDES votó en análogo sentido al del Señor Juez preopinante, por ser su sincera convicción. El Señor Juez BORGHI, votó en análogo sentido y por los mismos fundamentos al del Señor Juez DUBA, por ser su sincera convicción. Por todo lo expuesto, se concluye en un VEREDICTO ABSOLUTORIO respecto del imputado Juan Horacio Coria. --Con lo que terminó el acto, firmando los Señores Jueces del Tribunal, por ante mí, de lo que doy fe.
  • 43. Azul, 8 de Julio de 2015. Atento lo acordado por unanimidad del Tribunal y lo dispuesto por el art. 34 inc. 6 del Código penal y los arts. 371, 373, 530, 531 y 534 del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: 1°) Absolver a Juan Horacio Coria, argentino, casado, D.N.I. 30.622.678, nacido la localidad de Olavarría el día 14 de diciembre de 1983, hijo de Juan Domingo y de Nélida Araceli Nieves, con domicilio en calle Junín n° 1396 de la ciudad de Olavarría, por el delito de Homicidio Doblemente agravado por el uso de arma de fuego y por ser miembro integrante de la fuerza de seguridad, que en los términos de los artículos 41bis y 80 inc. 9 del Código Penal, se le imputara como cometido en Olavarría el día 11 de noviembre 2013 del que habría resultado víctima Jorge Javier Ortega. 2º) No hacer lugar a la remisión de copias certificadas de las declaraciones de Cristian Maximiliano Barbesín y de Micaela Soledad García a la UFI que en turno corresponda para la investigación del delito de Falso Testimonio, en razón a las consideraciones vertidas en la Primera Cuestión del Veredicto.
  • 44. 3°) Ordenar una vez firme la presente, la destrucción de las prendas pertenecientes a la víctima consistentes en una camisa de grafa marca “Ombú” color azul; un pantalón jeans marca “Kosiuko” color claro, un cinto marca “Taverniti” de color negro, un par de zapatillas marca “Zurich” de color negra talle 43 con cordones blancos, un par de medias de color azul y un bóxer marca “Zantino” color gris recogidas a fs. 13 y una vaina servida 9 mm marca CBC; el decomiso y remisión al RENAR de la Pistola calibre 22 mm marca GMC nro. 11742, de un cartucho calibre 22 mm marca “FM” punta hueca y de un cartucho calibre 22 mm marca “FM” intacto; efectos recogidos a fs. 1/3vta.; y la remisión a la Policía de la Provincia de Buenos Aires de una pistola marca “Browning 9mm, número 13-11-04-01 con cargador colocado con doce municiones intacta marca “Luger” 9mm. recogida a fs. 157/157vta., lo cual se practicará a través de la Fiscalía de Juicio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto por el art. 52 inc. 8 de la ley 12.061 y a lo normado en los arts. 9 y cctes. del Acuerdo nro. 3062/02 de la SCBA. 4°) Regular los honorarios profesionales del Doctor Pablo Mariano López por su labor en pro de la Particular Damnificada, Yesica Medina en la suma de 40 Jus, con más el porcentual legal, conforme a lo establecido por los arts. 9, ap. I, n° 16, 17, letra d), 10, 15, 16, 28, 33, 54, 57 y concurrentes del Dec-Ley 8904 y Ley 8455. Regístrese, notifíquese, resérvese copia, comuníquese a la Secretaría de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Departamental (art.22 Acordada Nº 2840/98 de la Excma. Suprema Corte de Justicia) y líbrense los oficios del caso.