Este documento establece que la liquidación de la bonificación por zona para los agentes del escalafón general dependientes del Consejo General de Educación de Entre Ríos solo se efectuará en los casos en que se desempeñen en establecimientos clasificados como zonas "Muy Desfavorable" e "Inhospita" de acuerdo al Decreto 9799/05. También finaliza cualquier disposición contraria y ordena registrar, comunicar y archivar la resolución.