El Superior Tribunal de Justicia dispuso que antes del 1 de febrero de 2013, los juzgados y cámaras penales deben realizar un inventario detallado de los bienes secuestrados en sus causas y transferirlos a la Oficina de Secuestros Judiciales. El inventario se realizará durante la feria de enero y los bienes serán transferidos a la Oficina de Secuestros a más tardar el 1 de febrero, mediante un acta firmada. Los juzgados también deben disponer del secuestro de los bienes en causas ya cerradas y