DIARIO                                                        OFICIAL
         ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS ME-)Q(ANOS

                                            PRIMERA SECCION
                                Director: Lic. RAFAEL MURlLLO VIDAL

 Registrado como articule de
 2.. eI,te en el alío de 1114
                                    MEXICO, LUNES Z2 DE ENERO DE             19791   TOMO CCCLn              No. 15

                                                                       "'"



                 PRIMERA SECCION                                 ción, en el ejido del poblad.o. ~enominado
                                                               . Buenavista 23 N. C. P. E., MunICIpIO de Teno•
          PODER EJECUTIVO                                        sique Tab. (Registrada con el número 3()~2)             1J
  SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES                        ResoluciÓn sobre privación de derechos agranos
                                                                 y nuevas adjudicaciones de unidadés ~ dota•
Decreto por el que "e aprueba el Tratado sobre Lí·               CIón y confirmacIón de dere~hos aJ1'anos, en
   mltes Marítimos entIe los Estados Unido!, Me.                 d ejido del poblado denominado L.agUna de
   xlcanos y los Estados Unidos de América. tIr.                 Palos Blancos, Municipio de Salvador. Alvara.-
   mado en la Ciudad de México, DistrIto Federal,                do. Sin. (Registrada con el número 21).,'.              ..
   el día cuatro del mes de mayo del año de mil              Aviso de deslInde de terrenos de presun__ Rrop~
   novecientos setenta y ocho ..................        3        dad nacional del poblado denwninado Cela)'a,
Decreto por el que 5of: aprueba el Protocolo por el              ubicado en el Municipio de Angel Albino Cono,
   que se prorroga el Acuerdo Relativo al Co•                    Chis., con superficie. de 195-00-00 Has. . .. :..       15
   mlilrcio Internacional de los Textiles, hecho en          Resolución sobre prIvacIón de dt>rechos agranos         I
   la Ciudad de Ginebra, el catorce de diciembr~                 y nuevas adjudicaciones de unidades de .dota-
   de mil no- ecientos setenta y siete ...........     3        ción en el ejIdo del poblado denominado
    SECRETARIA DE PATRIMONIO Y FOMENTU                           Santa María del Tule, Municipio del Mismo
                INDUSTRIAL                                       Nombre,Oax. (Registrada con el número 36(8)             16
                                                             Resolución sobre privación de derechos aararios
Oficio por el que se autorizan reformas a los esta•              v nuevas adjudicaciones de unidades de dota.•
    tutos de la Cámara NacIOnal de la Industria                  ción, en el ejido del p~blado deno~do
    Maderera y Similares ......................         3        ~aranja de Tapia, MunICIpIO de Zacapu, M1ch.
   SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS                          (Registrada con el número 3607) ......... :..           la
                HIRAULICOS                                   Resolución sobre privación de derechos agranos
                                                                 y nuevas adjudicaciones de unidades ~ dota-
Acuerdo por el que se fija el valor del punto de                 cíon y confirmación de de.rechos ~os, en
   la sacarosa que contenga la caña que se pro-                  el ejido del poblado denominado ESfuerzo del
   cese durante la Zafra 1978;1979 ........ .....       10       Campesmo, MunicIpio de GÜémez. Tam. (Re•
        SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y                           gIstrada con el numero 3622) .........•....             2.
                 TRANSPORT2S                                     DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDEIlAL
Solicitud de Concesión en favor de la empresa                Reglamento del Registro Público de Cou1ercio ..             11
    Multiondas de Cuemavaca, S. A., para instalar,
    operar y explotar un sistema Radiotelefónico             Avisos Judiciales y Generales....... ••••••••• 26 a ...
    de Portadora Común sin conexión a la Red
    Telefónica Pública en la ciudad de Cuernavaca,                             SEGUNDA SECCION
    Mor. (Segunda publicación) .................        11
Solicitud de concesión _en favor de la empresa                          PODER          EJECUTIVO
    Radioantena Potosina, S. A.. para la explota..
    ción del servicio radiotelefónico de portadora                 SECRETARIA DE LA REFORMA A~
    común sin conexión a la red telefónica pública
    de la ciudad de San Luís Potosí, S. L. P. (Pri-          Acuerdo sobre inafectabilidad agrícola. relativo al
    mera publicación) ...........................       12      predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Mu.
Solicitud de concesión en favor de la empresa In•               nicipio de Reynosa, Tam. (Registrado con el
    terradlo Poblana, S. A., para instaJar, operar              número 3641) .......................... .                 1
    y explotar un sistema radiotelefónico de Por4            Aeuerdo sobre inafectabilidad agrícola, relativo al
    tadora Común sin conexión a la Red Telefónica               predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Mu.
    Publ!ca !!~ la CIUdad de Puebla, Pue. (Segunda              nicipio de Río Bravo, Tam. (Registrado con
    pubhcaCIOn) .................................•      1%      el IlÚlllero 3642) ...................... . . .           2
Oficio por el que se apmeba la Tarifa No. 8, apli•           Acuerdo sobre inafectabilidad agrícola. relativo al
    cable exclush'amente a las maniobras que el                 predio rústico denominado La Costa, ubicado
    Sindicato de Estibadores, Abridores del Ce•                 en el Municipio de Matamoros, Tam 1R()¡d~-
    mercio, Carretilleros. SImilares y Conexos, efec.           trado d>n el número 3638) ............ ..                 2
    túe a los Agentes Aduanales de la Ciudad de              Acuerdo sobre ínafectabílidad agrícola, relatl-o ai
    México, D. F. (Segunda publicación) .........       11      preciio rústico denominado Barreales ubicado
      SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA                          en el Mtmicipio de Matamoros, Tam. (Regís•
                                                                ~ ~ el nÚInero 3637) .. ,- ..... ,              .         3
Resolución sobre privación de derechos agrarios              ..~ sobre privación de derechos agraflo!>
    ) nuevas adjudicacioOS',s de unidades de dota-              " nuevas adjudicaciones de unidades de dota-
2-                                        DIARIO           O.ICIA~        Lunes 22 de enero de 1979
     ción y confttmaNón de derechés agrarios, In                   llidalgo, Municipio. de Acacoyagua, Chis. (lté•
     el' e,]ldo del poblado denominado kiracuaren•                 glstrada con el nutnere 3é52) .........••..••          21
     diro, MUDiciflo de Vill¡,t Morelos, Mich. (Regis-
    .trada coh.e número 3619) ................. .
Resolución >Obre pnyaCIÓn de dere,chos agrarios
                                                         ..  ResolUción sobre privación de dere,chos agrarias
                                                                   y nuevas adjudicaeíonel> de unidades de dota•
                                                                  ción, en el ejido del poblado aeÍl9lIlinaae
     y nuevas adj1;ld~caciones de umdades de dota•                La Esperanza, Municipio de El Rodeo Dgo.
     ción- y corlfiflÍuic1ón de derechos agrarIos, en             (Registrada con el número 3655) ....• : ••••.•
     el- ejido det 1't>blado denominado Cutio, Muo.          llt!sóluclÓlt sobre privación de derechóS agrlirros
     mcipIO de Churumuco, MICh. (Registrada con                    y nuevas adjudicaciones de unidades de dota•
     el número 3620) .•••..•••....•.••••••..•.•.d.        I        ción, en el ejido del poblado denominado
ReSOlUcion 5.obre ampliación de ejido, soliclta a                  Ixtula y Zembo, Municipio de Huesca de
     por vednos del poblado denominado Choaca•                     Ocampo, Hgo. (Registrada con el número 3657)
     hui, MUillCIpIO de Ahorne, Sm. (Registrada con          Itésolul!tótt sobre privación de dere,chos agrarios
     el númera 3391) ............................. .      6        y nuevas adjudicaciones de unidades de dota•
Resolución sobre privación de dere,chos agrarios                   ción, en el ejido del poblado denot11lnadó
     y I:u~vas adju4i~eiones de unidades de dota•                Venustiano Carranza (antes El GrinJe). MI;I..
     ción, en el ejido del poblad~ denominado                     nicipio de Tepic. Nay. (Registrada cen el nú-
    _San José Nanacamilpa, Municipio de Mariano                   mero 3~64) .......•.....•....•..•...•... , .... ,
. Arista, Tlax. ,(Registrada con el número 3551)          '1 A~rdo sobre inafectabilidad agrícola, relativo al
Re$o.ución sobre pnvacIón, reconocimiento y con•                   predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Mu•
     firmación de derechos agrafIos, en el ejido del               niciílio de Villa Unión, Coah., (Registrado con
     poblado denonunado_ Los Cedros, MUillCiplo de                el número 3685) ............................. .         25
  · Cho~ Sin. (Regis.trada con el número 3601) ..        18 _..,Iuelón sobre privación de dere,chos agrarios
R~soluctén seb~ privacién de dert.ehos a~rarios                    y nueva adjudicación de lUlidaEl de dota•
      y nuevas adjudieacIones de unidades dé dotar•                ción, en el ejido del. poblado denominado
     ciÓtl y confirmacién de dereehes agrarios, eh                 Sta. María Moyot~ingo, rviUDicipio de San Mar•
     el ejíde del poMada denomin'ldo San Antonil;t                 tín Te~e¡ucan, Pue. (Registrada con el nú~
      de l'eñitas, Municlpio de lturbidé, N. L. (Ré-               mero 3666) ..............•..•....•............
      glstrada con el nÚIQero 3593) ............... .    11 Acuerde sobre inafeetabilidad agrícola, relativo al
Rfto.IUelón sobré pnvaeÍón de dert¡,chos agrarios                  predio rústíco denotninado Chin~his Btava,s.
      y nUevas adjudi~aciones- de unidades de dotá•                ubicado en el Municipio de Namiquipa, Chib,
      dón y cáncela.ción de certificados de derechos               (Ke~istrado con e,l numero 3686) ........ , ...•       27
      agrarios) en el ejidó del poblado denominado           ReSOJuclt)n sobre pnvación de dere.chos ~granos
      Caleras, Mumdpio de tecomán, Col. (Regis•                    y nuevas adju¡:1icacIOnes de umdades de dota•
      trada con el número 3497) ......•............      12        ción y reconocimiento de derechos agranos, en
ÁüolueÍÓll sób~ privación ,de derec~os agrarios                    el ejido del poblado denominado bl Ranctllto
 .' y nuevas adjudicaCiOnes de unidades de dotá•                   MunlClpio de Cosala, Sin. (ltegistrada con el
      ción. en el ejido d~l poblado denoIQinadó                    numero 3332) ................................ .        28
      El Pensil Muructpto de Ocampo, Tam. (Regis_            Resolución sobre privación de derechos ~~~rios
      trada con el número 3705) ..•• "1" .......... .    13        y nuevas adjudicaCIOnes de, Iillidades de dota•
Ib&olili!lbt sobre J?rivación de derecnos agrarios                ción, en el ejido del poblado denominado
      cién, en el ejido del poblaqo denominado,                    La Escondida, Municipio de Linares, N. L. (Re-
      y nuevas adjudicaciones de unidades de dota•                 gistrada con el núrnl.'ro 3697) ... , ........... .
      LáS Antonias, Municlpio de Bustamante, Tam.            Resolución sobre prIvación qe derechos agrarios
    . (Re~i$trada coh el n~ero 37M) .....•.... : ..      15        y nuevas adjudicaciones de Iillidades de datil•
__oIución sobre privacIOn de dere,cpos agranos                     ción, en el ejido d~l poblado denomip,aclo
      y nUeva adjudicación de unidades de dota•                    Presa de los Fresnos, Municipio de Mina, N. L.
      ción y ré,conocimi~nto de derechos agrarios L ~n              (Registrada con el número 3(96) ........... .
 . . el ejido del pub lado denomin~do La Ar~na, MU•           ResoluCión sobre privación de derechos agrarios
    . nidpio de Ocosingo, Chis. (Registrada con el                 y nuevas adjudicaciones de unjdadj!s de dota•
   • número 3é77) .........•••••....•.............       16        ción, en el ejIdo del PQbl!i{lt> denominado
"'olución sobre privación de !ierechos agrarios                    Vista Hermosa, Municipio de Ma,tamoros, Tam.
      ción, en el ejido del pobladQ !ienominado                     (Registrada con el nútti~ro ~702) ........... .
      y 'nueVás ádjudicaciotles de unidades de dota-          Resolución sobre privaci'ón de derechos agrarios
   · El RO)ll'eral, Municipio de Villa Corregidora,                 y nuevas adjUfbcacion~.s de 1,luidad¡;:s de dota•
_ Qro. (Registrada con el número 3670) ...•.....                   ción, en el ejido del poblado d~nom.illad~
~Ut!fón sobre privación de derechos agrarios                        Rincón de Rubios, Municipio de Ciud~d Hidal•
   · y nueva adjudicación de unidades de .dota•                     go, Mich. (Registrada con el número 3'94) ..•
      ción, en el ejido del poblado denommado                 Resolu~ón sobre privación d,e der~chos ~grQ.riaS
      San Rafael, Municipio de Villa Corregidora,                   y nuevas adjudic.acione,s de unjdades de 40tJl•
      Qro. (Registrada con el número 3669) ....... .     18         ción, en el ejido del poblado denominado
Resolución sobre privación de derechos agrarios                     Cuaiílote y Cerro Gordo, Municipio de Cea•
      y nueva adjudicación dé unidades de dota•                     yuca, Pue. (Registrada conel número 37tH) ...         33
      ción, en el ejido del poblado denominado                Resoluclén sobre privación de derechos ~ririos
      Apapatart>, MUhicipio de Huiniilpál1, Qm. (Re-                y nuevas adiudicacione,s de unidades d~ dota•
       gisttadá con el número 3667) ............... .     19        ción y confirmación de derechos ¡igrarlos, eH
                                                                    el eji40 del poblado denomina~o Las &rrtn•
llesolución sobre privación de dere,chos agrarios                   cas, Municipio de 1xtacamaxtitlán, Pue. (1{egis-
      y nueva adjudicación de unidades de dota•                     trada con el número 3395) ................. .
       ción. en el ejido del poblado denominado               ResGluclÓll sobre privación de derechos lgrllrios
       El Zapote Municipio de Querétaro, Qro. (Re-                  y nuevas acljud1caClont's de unidades de dota•
       gistrada con el número 3668) ......... .. .. ..    19        ción y confirmación de derechos agrariQs, en
 Resolución sobre privación de der~chos agrqrios                    el elidó del ¡loblado denomipádo Paredon.s,
       y nuevas ad imUcaciones de unidades de dota•                 MumcipiQ Q~ Culiacán, Sin. (Registrada con el
       ción, en el ejido ~el poblado denominado                     número 3599) ............................... .        36
       Lic. Adolfo López Mateos, Municipio de 1'~c­           ResoluelÓll sobre privación, reconocimiento y €Qll•
       pata!l, Chis. (Registrada con el número 3651)                firtnación de dered¡.os .agrarios en el ejido del
&esollclmt sobre privaciól1 de derechos agrarios                   poblado denQminado J.O¡¡ CQyotes, MunicipiQ
       y nuevas adjúdicaclones de unidades d~ .dota•                de Lázcto Cárdenas, Mich. (Registrada con el
       eiÓD. en el ejido del poblado denominado                    núme.f9 3(00) .................................... .   37
Lunes 22 de enero de 1979               DIARIO OPtCIAL                                                       J

~do        sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo a           cipio de Villa Comaltitlán, Chis. (Registra'o
   . los predios rústicos denominados El Nopal y                con el número 3629) ..........................         59
     El Huizache, ubicados enel Municipio de TIa•            Acuerdo sobre lnafectabilidad Agrícola, relativo ~l
     huelilpan, Hgo. (Registrada con el número 3630)    38      predio rústico denominado Fracción San Juan
.Acuerdo sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo al
     predio rústico denominado Linda Vista y su                 de La Vaquería, ubicado en el Municipio de
     Anexo Roch'iguez Briones, ubicado en el Muni-              Saltillo, Coah. (Registrado con el número 3625)        40


                                    PODER EJECUTIVO
                          SECRETARIA DE RElACIONES EXTERIORES
IlECRltTO JKR' el que se aprueba el Tratado sobre Li.        DECRETO por el que se aprueba el ProfocoIe por él
    mit.. Marítimos entre los Estados Unidos Mexi•              que se prorroga el Acuerdo Relativo al ~
    ~ ~.Ios .Estados Uni~ de América, firmado                   Internacional de los TextOes, hecho . . la Quckd
    en la CIu4ad de México, Distrito Federal, el día            de Ginebra, el catorce d.e dtclembre de mil DOfto
    cuatro ctel mea de mayo del año de mil novecien•            cientos setenta y siete.
    tG8 _ _ta y GCho.
                                                                 Al margen un sello con el Escu40 Nacional. q,ue
    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que           dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presi~ de la Ro•
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la Re•        pública.
p~lica.
                                                             lOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente CoIasUt.ucPud ele
JQ&E.LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de               los Estad.os Unidos Mexicanoa, a BUS babftantlll,
     101 Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes,            sabed:
     ubed:
                                                                 Que la Cámara de Senadores del H. Conar. de
      Que la Cámara de ':>C1l<LUUI-C~ UCl .n.. JV           la Unión se ha servido dirigirme el siguient'
 la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
                       DECRETO:                                                    DECRETO:
   . uLa Cámara de Senadores del Congreso de la                   "La Cámara de Senadores del Congreso de la
 Uni9Íl,.en ejercicio de la facultad que le concede el       Unión, en ejercicio de la facultad que le ~CedIi! el
 Artículo.76, fracción 1, de la Constitución Política de     Artículo 76, fracción 1, de la Constitución Política de
 los Estados Unido~ Mexicanos, decreta:                      los Estados Unidos Mexicanos, decreta:
      UNICO.-Se aprueba el Tratado sobre Límites Ma•             UNICO.-Se aprueba el Protocolo por el que se
 rítimos entre los Estados Unidos Mexicanos y los Es•        prorroga el Acuerdo Relativo al Comercio Interna•
 tados Unidos de América, firmado en la CIudad de            cional de los Textiles, hecho en la ciudad de Gi•
 México, .Distrito Federal, el día cuatro del mes de         nebra, el catorce de diciembre de mil novecientos le-'
 mayo del año mil novecientos setenta y ocho.                tenta y siete.
     México, D. F., a 20 de diciembre de 1978.-Sen.              México, D. F., a 20 de diciembre de 1978.--se.u.
AatOldo . Ocampo Ramírez, Presidente.-Sen. JoaqtlÚ)          Antonio Ocampo Ranúrez, Presidente.-Sen. JoaQufa
.petto Ocampo, Secretario.-Sen. Telésforo Trejo Uri•         Repetto Ocampo, Secretario.-Sen. Telésforo. TrejolJrl•
 be, Prosecretario.-Rúbricas".                               be, Prosecretario.-Rúbricas".
     En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción             En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción
 1 del artículo 89 de la Constitución Política de los        1 del artículo 89 de la Constitución Política de los
 Esta40s Unidos Mexicanos y para su debida publi•            Estados Unidos Mexicanos y para su debida publi•
cación y observanciaj expido el presente Decreto en          cación y observancia expido el presente Decreto en
la residencia del Pouer E jecutivo Federal, en la ciu•       la residencia del Poder E jecutivo Federal, en la ciu•
ilad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días     dad de México, Distrito Federal, a los veiatiséis días
de¿ mes de diciembre de mil novecientos setenta y            del mes de diciembre de mil novecientos setenta y
Ocno.-José López Portillo.-Rúbrica.-El Secretario de         ocho.-José López Portlllo.-Rúbrica.-El Secretario de
Relacü»nes Exteriores, Santiago Roel García.-Rúbri•          Relaciones Exteriores, Santiago Roel Gareía.-Rúbri•
CIt.-El Secretario de Gobernación, Jesús Reyes U ..          ca.-El Secretario de Gobernación, JesIia Rey.. u.'
I'OI••-Rúbrica.                                              roles.-Rúbrica.

---.,..........----------~----------------
              SECRETARIA DE PATRIMONI O y FOMENTO INDUSTRIAL
OPICIO por el ~: autorizan reformas a loe uta..
                    ...                                      C. Presidente de la Cámara
   tutoa "- la          Nacioul de la Industria AJa.         Nacional de la Industria
   detera y SlmlJaree.                                       Maderera y Similares.
                                                             Av. Chapultepec No. 19-104,
                                                             México 1, D. F.
    .Al úlaTgen un sello coa el Escudo Nacional que
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Patrio             Me .refiero a su escrito de fecha 23 de octubre cte
monio y Fomento Industrial.-Dirección General de             1978, en el cual solicitan la autorización de las rel'.1
Fomento lndustrial.-Subdirección GeneraI.-Coordina•          mas a diversos artículos de los estatutos que rigen el
ción de ~smos Industriales y de Control.-Núme•               funcionamiento de esa Institución, acordadas en ,..
ro del OfiCIO: 21/IV/51712.                                  Asamblea General Extraordinaria del 19 de octuhH' ,1 .
                                                             mismo año.
ASUNTO: Se autorizan las reformas a los estatutos
   de ea Institución. Cll los t6rminos Que se indi•               Sobre el particular le manifiesto que, en vlrlml
   oaz:a.                                                    do   QUO al practicar el estudio correspondiente, se 00
,~Ó     que el objeto fundamental de las reformas. es           dificación o derogación 4e Leyes y disposiciones ad•
~justílr  sus estatutos a las dIsposiciones vIgentes de         mini·:strativas que afecten las actividades industriales
li. L,y de las Cámara's de Comercio y de las de In-             que la constituyen.
9llitri" se autorizan dichas modificaciones en los tér•
minos del ejemplar que ¡¡e acompaña, en 20 fojas Útile••           VI.-Actuar por medio de la comisión desi¡nada
                                                                a este fin, como árbitro o arbitrador en los conflic•
     - lo anterior se le comunica con fundamento en             tos entre sus socios, cuando éstos se IQmetl;ln expr~
11jJ$ ílrtículos 10., 20.,
                         27 Y demás relativos y aplica•         samente a la Cámara, en compromiso que d~berá
~les 4e la Ley de las    Cámaras de Comercio y de las           formularse por escrito y que deberá ser privado, ea


l.
de Industria, 33 -Práeoión XVIII y 50. transitorio de           la inteligencia de que el f~lo será obligatorio para
la Ley Orgánica de lá Administración Pública Fede•              las partes.
r@l, 50. y 11 fr~cción NII del Reglamento Interior dlt
    S,cretarí!l de Patrimonio y Fomento Industrial, con              VII.-D~sempeñar. de conformidad con las dispo•
,~ fin de que se sirvan publicar el presente oficio, a          siciones aplicabl¡;S, la ~inQicatura en las· qui~bras d_
~u costo y por una sola vez en el "Diario Oficial" de           industriales inscritos en ella.
Ii1 Fedl¡!ración, en cumplimiento a lo dispuesto en el
,rU~ulo 30. del Código Civil para el Distrito Federal                 VIII.-Prestar en eeneraI a todos sus socios los
tn matcJria común y para toda la República e:1 ma•             servicios marcados por la L/¡!y do las Cámaras de CQ•
t,ri.. federal.                                                 mercio y '" lai InQustnaJ y por lQI prfllentts esta•
                                                                tutC,ls.
      AtJnt~t••
                                                                     IX.-Ejecutar todQS los acto. civiles y adminis•
      $ufr¡¡ilo Efectivo. No Reelección.                        trativos. qu~ sean consecuencia directa de BUS atribu•
                                                                CIOnes y realizar todas las demás funciones que le se•
     Méxicfi), D. F., a 21 de diciembre de 1978.-EI Sub.        ule III L@y de III CaUnarall de Comercio y de las de
•.e~retario de Fomento Industrial, Natan Wlll'man.•             Industri~ y los pre¡¡ent.1 estatutos.
RlÍbrica..
                                                                     ARTICULO 60.-Est~ obli¡(ados a inscribirse en el
                                                                registro industrial de la Cim.Té. Nacional de la In•
      ARTICULO 10.-La Cámara Nacional de la Indus.•             dustrill Maderera y Similares. durante el mes de ene•
tria Maderera y Similares, es una institución pública,          ro de cada año, o dentro del mes siguiente a la fech~
'lU'riOfll.J, de duracIón indClfinida. de carácter ¡ené•       de la miciación de sus actividades, en cumplimiento
rÍco y con personalidad jurídica distinta a la de cada          de lo dispuesto en el al'Uculo 50. de la Ley de las
lno dt: sus socios.        .                                                          r
                                                                Cámaras de Com~rcio de las de Industria, los indus•
                                                                triales que dedicándose a las actividades señaladas en
     AIU'lCULO 2o..-Integran la Cámara Nacional de              el artículo 20. de estos estatutos, tengan un capital
JI' lnc;iustria Maderera y Similares, todas las personóta       contable manifestado a la Secretaría de Hacienda y
tí.icas o morales propietarias en la República de M.•           Crédito Público, en su última declaración anu~, de
q.ererías - que ten¡an eQ.uipo -mecánico para cepillar,         $2,500.00 en adelante.
aMrr~r O cQrtar madera. fabricantes de bastones, lamo
I;Jriue•• duela" cajas para empaque, molduras (zocIos).             Los industrillle' que manifiesten alterado a la e.
,,,,rtas y ventanas eJe madera.                                 mara el capital que señala el párrafo anterior, serán
                                                                sancionados por la Secretaría de Patrimonio y Fo•
     ARTICULO 30.-La Cámara Nacional de la Indua..              mento Industrial con una multa equivalente al doble
tril Maderera y Similares tendrá jurisdicción sobre             de la cantidad que hayan dejadO de pagar como resul•
1 perllonas físicas o morales a que se refiere el ar•
 ..                                                             tado det la inexactituf1 en que hubieren incurrido.
ti9ylQ ~terior. que ejerzan sus Ilctivid,des en toda la
a.pñbUca.                                                            ARTICULO 80.-Son so¡;io. activos, la$ per~onal
                                                                físicas o morales que estando obligadas a inscribirse
     PQdrá fundar Dele¡aciones en las entidades o zo•           anualmente en el registro de la Camara. de acuerdo
 ~ guf;>. el Consejo Dlrectivo crea pertinente. previa          con lo establecido por el artículo 20. de estos e$~·
 JI ,prooación de la Secretaría de Patrimonio y Fg.             tutos, cubran la cuota anual de re¡istro, las extraQr•
 OJ,nto lndustri.!.                                             dlnarias que en eu caso apruebe el Consejo Direc•
                                                                tivo, Jl!evIól aprobación de la Secre~r1a do PatrimQo
      -UTICULO So.-La Cámanl Nacional de la Indu..              nio y fomento Industrial, ast COmO aqutlllls que adeu- ,
 ~ ~derera    y Similares, tendrá por objeto:                   daran a la Cámara y tendrán los <,lerechQs que les cotr
                                                                fiere el artículo 13 de estos estatutos.
      J,....R.'pr'.entar los intereses generales de las act"
 vtcjictea industrialell que la constituyen.                         Son socios cooperadores aquellos que. sin tener la
                                                                 obligación de inscribirse en la Cámara, desean con•
                                                                 tribuir para su sostenimiento con la cuota anual que
       II ......Estudiar todas las cuestIOnes que afecten -
 la~ -~ctividades      industriales que la constituyen y pro•    le. fije el Consejo Directivo 1 tendrán los derechos
                                                                 Que les confiere el artículo 1 de estos estatutos.
 V'eer a las medidas que tiendan al desarrollo de éstu.
     I1I.-Participar en la defensa de los intereses de               ARTICULO 90.-Las personas físicas o morales obli·
 sus socios cuando éstos lo soliciten, sin máa limita•           gadas a inscribirse en el registro industrial de la Cá•
 ci9n~ que las señaladas. por la ~ de las Cámara.                mara o sus delegaciones, lo solicitarán por escrito den.
 de Comercio y de l~s de IndustrIa y por los presen•             tro del mes de enero de cada a1I.o, o dentro del mes
 t,s estatutos.                                                  siguiente a la fecha de la iniciación de su~ ~ctivi­
                                                                 dades, acompañando los datos de su negOCIaCIón y
     IV.-$er ór~ano de consulta del E~tado en tod~               la cuota anual por concepto de re¡istro.
 l~ relar;ic;mado con las necesidades. problemas y act¡•
 vj9,de¡ de los industriales que la constituyen.                      En cumplimiento de lo dilp-UfIIto por el artículo
                                                                 60. de la Ley de la Materjll. la Cámara proporcionará
       V.-EJe~er el derecho de petición, haciendo !Js            .. la Secretaría de Patrimonio Y Fomento Industrial
 .~'f1Jt~ciones necesarias iDte las Autoridades Fe-•             durante el mes de m~no de c;.~a aHo, una ~l~eión
 ~e~, ¡;st91taIes, Mu:rii~ípal,es y del 1)istrit~. rederal       di¡) los empresarios que no hubier~n ~~lido, C~D la
 '1 ¡Qli<:itar de ell~~, segtUl ~~ caso, la expediClon, IDO-     ob1i¡aciÓD de inscribirle.
Lunes 22 ele enero              (le   191~        DIARIO OPICIAL

    Dicha Secretaría impondrá al infractor, oyéndolo             caciones sobre asuntos que se refieran a los intereses
previamente en defensa, una multa hasta por el doble             generales de la mdustria, o a los particulares del so•
de la cuota de su inscripción, la que podrá duph.                CiO en lo que se relacione con el interés general de
urse en caso de reincidencia.                                    nuestra rama industrial maderera.
    La imposición de la multa no libera al infractor                 V.-Solicitar la protección y ayuda de la Cámara
de la obligación de inscribirse ni de la de cubrir la            en la defensa de sus intereses industriales. La Cámara
cuota de registro.                                               deberá atender esta solicitud cuando el asunto pro•
                                                                 puesto tenga relación directa con el interés general
    ARTICULO IO.-Los socios cooperadores no podrán               de nuestra rama maderera industrial, _a juicio del Con•
adquirir la calidad de socios activos, salvo que reúnan          sejo Directivo.
los requisitos que señala el artículo 20. de estos es•
tatutos.                                                            Vl.-Ser promotores de la membresia de le Cá•
                                                                 mara, presentando a nuevos socios.
    ARTICULO H.-Las cuotas a cargo de los socios,
serán de dos clases:                                                 VI l.-Solicitar de la Cámara que desempeñe las
                                                                 funciones de árbitro o arbitrador en los términos de
    l.-De registro, que pagarán anualmente en el mes             la fracción VI del artículo 50. de estos estatutos.
de enero los socios activos y cooperadores al inscrí·
birse en el registro de la Cámara                                    VIlI.-Ser designado para los cargos directivos y
                                                                 de representación.
    n.-Extraordinarias, que serán las que con ese
carácter señale el Consejo Directivo, para cubrir los                IX.-En general,    gozar de todos los beneficios y
gastos especiales que fueren indispensables y que se•            prerrogativas que en   favor de los socios activos esta•
rán pagadas por los socios activos en proporción a la            blecen la Ley de las    Cámaras de Comercio y de las
cuota anual de registro que les corresponda previa               de Industria y estos   estatutos.
aprobación de la Secretaría de Patrimonio y Fomento
Industrial.                                                          ARTICULO 14.-Los socios cooperadores tendrán
                                                                 los derechos a que se refieren las fracciones IlI. IV,
     ARTICULO 12.-Tomando en consideración los lími·             V. VI y VII del artículo anterior.
tes mínimo y maximo señalados en el párrafo 30. del
artículo So. de la Ley de las Cámaras de Comercio                    ARTICULO 15.-80n obligaciones de todos los so·
y de las de Industria. las cuotas de registro anual              cios:
que deberán pagar a la Cámara los industriales obli·
gados a inscribirse en ella, se ulcularán de acuerdo                l.-Pagar puntualmente la cuota que les corres•
con el capital contable manifestado a la Secretaría de           pondan.
Hacienda y Crédito Público en su última declaración
anUál, de conformidad con la siguiente:                              n.-Desempeñar las comisiones que la Cámara les
                                                                 oonfiera.
                         TARIFI                                      1lI.-Aportar los datos que para fines de control
                                                                 o estadística se les solici.te.
               Cepital contable                       Cuota
                                                                     IV.-Procurar por todos los medios a su alcance,
                                                                 el progreso de la Cámara, el mantenimiento de su
De       $        2,500.00   a $        50,000.00   $ 1,500.00   buen nombre y el decoro de sus asociados.
De               50,000.01   a         100,000.00     2,000.00
De              190,000.01   a         200,000.00     2,500.00
De              200,000.01   a         300,000.00     3,000.00        ARTICULO 16.-Los socios que cesen parcial o to•
De              300,000.01    a        400,000.00     3.500.00   talmente en sus actividades o cambien de nombre de
De              400,000.01    a        500,000.00     4,000.00   giro o de domicilio. están obligados a manifestado
De              500,000.01   a         750,000.00     4,500.00   así a la Cámara en escrito por triplicado, en un plazo
De              750,000.01   a       1.000,000.00     5,000.00   de quince días contados a partir de la fecha en que
De            1.000,000.01   a      2.000,000.00      5,750.00   estos hechos se produzcan y recibirán constancia por
De            2.000,000.01   a      3.000,000.00      6,500.00   escrito de haber presentado este aviso con copia para
De            3.000,000.01   a      4.000,000.00      7,500.00   la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial. La
De           4.000,000.01    En   adelante            8,500.00   infracción a este precepto será sancionado por la Se•
                                                                 cretaría de Patrimonio y Fomento Industrial con una
    Las personas físicas o morales que deseen inscri.            multa hasta de Quinientos Pesos.
birse como socios cooperadores, deberán solicitarlo por
escrito a la Cámara en cualauier época del año y pre•
via aprobación del Consejo Directivo. pagar anualmen·               ARTICULO 17.-La calidad del socio activo se pier
te una cuota mínima de $1,500.00.                                de por las siguientes causas:
    ARTICULO 13.-Los socios activos inscritos en el                   l.-Falta de pago de las cuotas correspondientes
registro de la Cámara Nacional de la Industria Ma•
derera y Similares, tendrán los siguientes derechos:                  n.-Declaración de quiebra.
    I.-Concurrir a las Asambleas Generales y votar                    1lI.-Cierre del negocio.
en ellas.
                                                                     IV.-Llevar a cabo actos contrarios a los intereses
    n.-Participar en el estudio y discusión de los pro•          de la industria o al buen nombre de la Cámara.
blemas relativos a nuestra rama industrial, concurrien•
do a las juntas que se celebren para ese objeto, pre•
via cita del Consejo Directivo.                                      ARTICULO 18.-La calidad de socio cooperador se
                                                                 pierde por las siguientes causas:
    III.-Utilizar los servicios que establece la Cámara
sin erogación alguna por este concepto.                               l.-Falta de pago de las cuotas corresnondientes.
     JV_Preacnt&l: F         eaorito pl'Oposicicmes, CODlUD1~         I1.-Dürac.ióll "- Quiebra.
l' ,                                      D J A III O O F 1 e 1 A: L Lunes 22 de enero...de 1979=-
      •
      III.-Cierre   ~el   neiocio.                                          ARTICULO 28.-Cada delegación estará integrada
                                                                        por un .Presidente, un Secretano, un Tesorero, un Vice•
    IV.-Llevar a cabo actos contrarios 8 los intereses                  preSidente, un Pro-secretario, que serán designados por
de l~ muustna o al buen nomon: de la lamara.                            la Asamblea General de entre los SQCIOS de la propia
                                                                        delegaCión, misma que deberán verihcar mínimo, 3()
       ARTICULO 19.-lta determinación por la cual se                    días antes de la Asamblea General de la Cámara y
prive a un socio activo de su calidad, o se le sus•                     convocar en la torma y términos que estos estatutos
penda en el ,oce de algunos de sus derechos, será                       determman para las AÍlambleas Generales Ordinarias.
~lJ.!l ..",t;l PO! e, "un~eJo JJ"cUIVO, u Id A~dmblea Gene•
ríll, previa la oportunidad que se dé al !laCIO para que
                                                                                                                               
                                                                            Los Directivos de las delegaciones deberán ser
uc::lielHja su propIO caso.                                             socios activos de las mismas, durarán en sus funcio•
                                                                        nes un año, pudIendo ser reelectos por un año mas;
    La resolución sobre este particular, deberá ser co·                 dichos cargos serán honoríhcos.
mUnIcada dentro de los diez dlas SigUientes a la techa
en que se tome, a la Secretana de PatrimOnIO y }o•                         ARTICULO 29.-Las delegaciones deberán enviar a
mento Industnal, qUien resolverá en última Instancia                    la Cámara Nacional dentro de los 10 días Siguientes
SI procede (,) no tal determmaclón.                                     de celebrada su Asamblea General, para su revisión
                                                                        y aprobaCión en su caso por el Consejo Directivo Na•
      ARTICULO 20.-El registro que en cumplimiento                      CIOnal:
~l   ai tlCul0 50. de la Ley Ue las Camaras de ComerCiO
1,
y dt las de Inúlistna en Vigor, deberán efectuar ea
     CJmara NaCiOnal de la Industria Maderera y Simi•
l,re$, los industn¡¡l~s señalados en el articulo 20. de
                                                                           a) Copia autorizada del informe de labores de su
                                                                        eonsejo directIVO por el ejercicio que corresponda.
est!,}s estatutos, se realizará en las ohcmas de la pro•                    b) Copia autorizada de las cuentas correspondien•
P-JlI C.uni¡ut o 1m :.U!> Ul;:lCg.:lL one~. 1)11,,110 reglstlO lour•   tes al mismo ejercicio.
tir. efecto en toda la Repúbhca.
                                                                            c) Copia autorizada del programa de labores y
    ARTICULO 21.-Toda solicitud de registro deberá                      del presupuesto de ingresos y egresos para el ejercicio
cQntener los sigUientes datos: nombre o razÓn social,                   SIgUIente, y
n¡¡cionalidad, capital contable mamtestado en la Secre•
taría cie Hacienda y Crédito PúbJ¡co, actiVidad a que                       d) Copia autorizacta del acta de su Asamblea Ge•
se dedica, <lomicilio, número de obreros y empleados,                   neral Ordinana.
ubic¡f.ciÓn del establecimiento y oficinas y los demás
d~tos que solicite el Cons'elo DIrectiVO.                                   ARTICULO 30.-Las delegaciones se regiran en su
                                                                        funclOnamiento por lo dIspuesto en estos estatutos.
     ARTICULO 22.-La solicitud de registro que se pre•
sente ante .01 Camara' o ~us delegacwnes, Qcuela lur•                       ARTICULO 31.-Las delegaciones retendrán el 75010
Il)ular~e por e~cnto y en seis ejemplares. Una copia                    de la~ cuotas que perciban de los socios de su juris•
se entregará al mteresado, cuatro más se remitirán a                    dicción y enviarán a la· Cámara Nacional el remanente,
la C~mara Nacional si las mismas son presentadas en                     pudiendo ésta solicitar de la Secretaría de Patnmo•
una deleiación, y la copia quedará en los archiVOS de                   nio y Fomento Industrial con base en lo señalado
la delegación correspondiente.                                          por el artículo 20 bis de la Ley de las Cámaras de
                                                                        Comercio y de las de Industria, la disolución de las
   ARTICULO 23.-Las delegaciones enviarán a la Cá•                      delegaciones en caso de incumplimiento.
mara, ad.emás de los cuatro ejemplares de la solici•
tud de ntgistro a que se rehere el artículo anterior.                       ARTICULO 32.-En las Asambleas Generales de la·s
un resumen de los registros efectuados durante el año.                  delegaciones, las decisiones se tomarán por mayo.ría
                                                                        de votos; el quórum legal para dichas asambleas será
          ARTICULO 24.-La Cámara enviará cada año una                   el establecido en el artículo 40 de estos estatutos.
 copia de su registro de industriales a la Dirección
 General de Fomento Industrial de la Secretaría de Pa•                      ARTICULO 33.-Corresponde a las delegaciones:
 trimonio y Fomento Industrial. otro a la DireCCIón

 d,
 General de Estadística de la Secretaría de Programa•
 ~iQn y Presupuesto y una tercera a la Confedera(,ión                        l.-Hacer el registro de los socios de su jurisdic•
     Cámaras Industriales.                                               ción, enviando a la Cámara copia de aquél por cua•
                                                                         druplicado.
          ARTICULO 25.-Cuando una persona fuere propie•
 taria de dos o más empresas que realicen actividades                       H.-Vejar por los intereses locales de la industria
 r,listintas, deberá presentar una solicitud de inscripción              que representan_
 por cada una de ellas y pagar la cuota correspon•
 diente a cada empresa; la Cámara por su parte, ex•                          IIl.-Ser órgano de acción d. la Cámara en lo.
 pedirá credencial por c¡¡da una de las empresas.                        asuntos locales de su jurisdicción.
      ARTICULO 26.-No se dará curso a ninguna soli•                          IV.-Reunir a los socios domiciliados en su ,iuns•
 citud de registro de socios activos o cooperadores,                     dicción para discutir los problemas locales y enviar
 que no esté acompañada del importe de la cuota que                      al Con~elo Directivo de la Cámara, las iniciativas que
 les corresponda, de acuerdo con las tarifas respecti•                   respecto a ellos o de los problemas aenerales de la
 vas.                                                                    industria, crean pertinentes.
     ARTICULO 27.-Cuando a juicio del Consejo Direc•                         V.-Manejar los fondos recaudados, dando cuenta
 tivo sea conveniente establecer una delegación para                     oe ese manejo a la asamblea de socios de su jurisdic•
 determinada zona, !te tomará de antemano el parecer                     cIón y a la tesorería de la Cámara.
 de los socios activos de la Cámara domiciliados en
 la delegación proyectada, v si por mayoría de votos                          VI.-Comunicar de inmediato al Consejo de la Cá•
 se aprueba el e~t¡¡hlecimiento de esa delegación, se                    mara después de celebrada su Asamblea General. de
 solicitará a la Secretaría de PatrlmODlO v Fomento                      socios los nombres de las personas que hayan Sido
 Industrial la autofjnción para su funcionamiento La                     desi!l:n'adaF como sus directivos, a fin de Que el Cm~­
 jutl~ditclpfl 4t liS qele"ciQt¡.es ser~ fijªdQ. pQr el Con•             $eio Directivo Nacional adopto los acuerjJol fe,p.Ctl~
 "Je Dlrtlctivy.                                                         VOl,
r=
      Lunes
            -
                ¿,l,   ae enero de 1919            DIAR.IO OFICIAL                                                  ".
                                                                   de acuerdo con lo previsto en 101 articulos 47 v SO de
     VI l.-Nombrar a los consejeros propietarios y su•
 plente.). ante el Consejo DIrectIvo NaC1OIh.ll.                   estos estatutos.
                                                                       La elección de consejeros propietarios y consejo•
     ARTICULO 34.-Las atribuciones del Presidente, Se•            ros suplentes. !te hará en torma mdepembente. Puede
 cretario y Tesort:ro de las delegaciones. son similares          hacerse al mismo tIempo y en forma simultánea. mo•
 a las del Presidente, Secretario y Tesorero de la Cá·            d¡ante lIstas o planilIas por separado. una 11sta o pla•
 mara, pero úmcamente en lo que se n:iIere a las ne•              nIlla para consejeros propietarios y otra aparte. para
 cesidades inmediatas de las delegaclOnes.                        anotar a los consejeros suplentes. o bien puede ele•
                                                                  glr~e primero a los consejeros propietarios y después
     ARTICULO 3S.-Son órganos de direc,ióu            y   admi•   a Jos consejeros I suplentes por medio de listas o pla•
 nistracIón de la Cámara:                                         mUa!> tamblen mdependientes. En ambos CaSos 101
                                                                  votos que una persona r,::clba para !>er electo con~e­
       l.-La Asamblea General, y                                  jero propietario no se suma a los votos que obtenaa
                                                                  para consejero suplente y viceversa.
       n.-EI Consejo Directivo Nacional.
                                                                      Las personas que obtengan mayor número de v..
    ARTICULO 36.-La Asamblea General de socios ac•                tos en la elección de consejeros propietariOS', serJIl
tivos es el órgano supremo de la Cámala,                          designados como tales. Y serán electos consejerQs su•
                                                                  plentes los que obtengan mayor votaCión en la elección
    ARTICULO 38.-Todas las Asambleas Generales ie                 de consejeros suplentes.
celebrarán en el domicilio de la Cámara.
                                                                   "-
    ARTICULO 39.-La convocatoria a una Asamblea                       IV.-Designar cada dos años un Auditor propie-
General sea Ordinaria o Extraordinaria, contendrá la              tario y un suplente, para lo cual en la A~mblea' Ge•
orden del día y se hará mediante tres public4lciones              neral correspondIente se ele¡lrán en torma ÍLu,teJilCO•
consecutlVas en uno de los diarios de la capital de               dIente, una persona para Comisario Propietario y /iU'a
mayor circulación La última inserción se hará cuando              para suplente.
menos con diez días de anticipación a la fecha ,eill"
lada para la asamblea.                                                V.-Verificar por medio de los escrutadores que
                                                                  el Presidente ¡;le la Asamblea designará al efecto, ol
     ARTICULO 40.-El quórum para las sesiones de                  resultado de las votaciones que se efectúen.     '
las asambleas, será la aSIstencia de la mItad más uno
(le los :.OC1OS actIVOS de la Camara, pero si ese quó•                VI.-Las demás atribuciones que prescriben la Ley
rum no se reumere como resultado de la pnmera                     de las Cámaras de Comercio y de 14ls de Industria y
convoca tona, t:n segunda convúcatona la asamblea se              los presentes estatutos.
llevará a cabo una hora después con el número de
SOCIOS activos que c()ncurran, dándose por presentes                  ARTICULO 45.-Las Asambleas Extraordinarias co•
a los que no lo hdgan y los acuerdos que ~e tomen                 nocerán y resolverán todos los asuntos especi.les para
serán de observanCIa oblIgatoria.                                 los que sean convocadas según la correspondiente or•
                                                                  den del día.
    ARTICULO 41.-Podrán concurrir a las asambleas
con voz y voto, los socios actlvos. quienes podrán ha•                ARTICULO 46.-~as ~saII!-blea.s G~nerales pueden
cerSe representar por medio de apoderados acredita•               delegar en el Consejo DIrectIvo cuando lo considere
dos con carta poder expedida para el etecto. Cada                 conveniente, las facultades que le concede el artículli>
apoderado no podrá representar a más de un socio.                 44 de estos estatutos en lo tocante al progl1ama de
                                                                  labores e iniciativas que se pre"enten. '
     ARTICULO 42.-No podrán ser objeto de acuerdo
ni de resolución de una Asamblea General, más &S.Ul·                    ARTICULO 47.-El Consejo Directivo se intellrar:
t~s que los considerados en la convocatoria respec•
                                                                  por:
tiva.
                                                                    . I.-Catorce consejeros propietarios con tU re. .
    ARTICULO 43.-Presidirá las Asambleas Generales,               tiVOS suplentes, del Distnto Federal o Area Metropo.
el Presidente de la Cámara, y en su ausencia el Vice•             litana, que deberán ser socios activos _y deSi~;,d()s
presidente.                                                       en Asamblea General Ordinaria por votación 'lUIr hapn
                                                                  los socios activos establecldoa en el mismo Diatrito
    Fungirá como Secretario el de la Cámara y a falta             Federal y Area Metropolitana.
suya el Gerente y en ausencia de ambos la persona
que la asamblea designe al efecto.                                 .  n.-Por un consejero propietario con su re,peo•
                                                                  tlVO suplente, que deberán ser sQCios activos y des¡..
       ARTICULO 44.-Corresponde a la Asamblea Gene•               nados por cada una de las dele,aciones qUe tenia
r~l    Ordinaria:                                                 la Cámara.

       l.-Revisar y aprobar en su caso:                               lIL-Por un represent¡mte de la Secretaría de Pa•
                                                                  trimonio y Fomento Industrial, que podrá asistir a
    a) El informe de las actividades desarrolladas por            las se~iones del consejo y a las asambleas. con voz
el Consejo Directivo durante el ejercicio que corres.             pero sm voto.
ponda.
                                                                      ARTICULO 48.-La minoría que represente el 20%
 .. b) Las cuentas correspondientes al mismo ejer•                de los socios actIVOS, tendrá derecho a nombrar a uno
CICIO.                                                            de los miembros del Consejo Directivo.

. c) El programa de labores y el presupuesto de                        ARTICULO 49.-EI 80% d. las miembrO$ del Con.
mgreso.s y egresos para el ejercicio siguiente.                   sejo deberán ser mexicanos por nacimiento pudiendo
                  ,                                               el 20% restante integrarse con extranjeros o mexicanos
                                                                  :por naturalización, pero en todo caso. para ser conse-
    n.-Estudiar las iniciativas QUe al efecto se pre•             Jero, será indispensable ser socio activo.     -
senten. tomando las decisiones que procedan.
                                                                      ARTICULO SO.-Los miembros del Consejo Direc•
      lIl.-Elegir a     lOi   llÚemQros del Con¡ojo Directivo     tivo aW'llfáJ:l Cll IUI func:i9D" 4g, .l~,. lEC '9U"jo
I                                   ,DIARIO OFICIAr:                   Lunes 22 de enero de 1979

     se renovará anualmente por mitad. Los consejeros no                XII.-Presentar anualmente a la asamblea e~ pro•
    .podrán a la terminación de .su período, ser designa·          grama de acción que deberá desarrollar la Cámara _en
    .gOS para ocupar nuevo ,argo dentro del consejo en             t:i siguiente ejerciCIO y enviar copla del mIsmo a la
     01 período si.¡uiente.                                        Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial y a·la
                                                                   Confederación de Cámaras Industriales.
       ARTICULO 51.-El Consejo Directivo se reunirá ca•
    da mes cuando menos, en la fecha y hora que se fije.               XIlI.-Convocar a las Asambleas Generales en los
    Celebrará además las sesiones extraordinarias que sean         lérminos que fijen los presentes estatutos.
    necesarias a l'uicio del Presidente, de la Gerencia o d•
    la mitad ele 01 consejerOl propietarios.                           XIV.-Estudiar los problemas de la industria que
                                                                   representa la Cámara y proponer a las autoridades
        ARTICULO 52.-Habrá quórum en las sesiones del              competentes las medidas qUe estime convenientes para
    Consejo Directivo, cuando se hallen presentes por lo           el mejoramiento de las actIVidades industriales de sus
    menos, la tercera parte más uno de sus miembros                socios, enviando un tanto de sus iniciativas a la Con.
    propietarios o suplentes. Las resoluciones del Consejo         federación de Cámaras Industriales.
    Directivo se tomarán por mayoría de votos, en caso
    de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.                   XV.-Nombrar cuando lo estime conveniente, de
                                                                   acuerdo con las neceSIdades de la Cámara, las comi·
       ARTICULO 53.-Son facultades y obligaciones del              SlOnes especiales que se conSIderen indispensables, ca•
    Consejo Directivo:                                             da una de las cuales podl á integrarse con mieIllbros
                                                                   activos de la Cámara.
      l.-Nombrar de entre sus miembros, propietarios                    XVI.-Enviar a la Confederación de Cámaras In•
  o suplentes, en la primera sesión de Consejo Direc•              dustriales cuando menos, el 15% de los ingresos anua·
..tIVO, después de celebrada su Asamblea General Ordi-             les de la Cámara. de acuerdo con lo que señala el
o'naria, al Presidente, al Vice-presidente, al Secretario,         artículo 20 biS. de la Ley de las Cámaras de Comer•
  al Tesorero, al Pro-secretario y al Pro-tesorero; dura•          CIO y de las de Industria.
  rán en su encargo un año y no podrán ser reelectos
 .para el período Ulmedlato siguiente ID m(ls que por una              XVII.-En general, proveer a la realización y ad•
  sola vez.                                                        ministracIón de los objetivos a que se refieren estos
                                                                   estatutos y a la Ley de la materia en la forma y tér•
            n.-Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de          minos que ellos establecen.
        la Asamblea General.
                                                                       XVIlI.-Permitir al representante de la SecretarÍ!
            IlI.-Nombrar y remover libremente al Gerente de        de Patrimonio y Fomento Industrial o a la persone
        la Cámara que será un funCIOnario expensado por            que la mIsma designe, cuando se juzgue conveniente
        ésta y que como Jefe Administrativo de las oficinas        por dicha dependencia, el acceso a la contabilidad de
        y de su personal, tendrá las funciones y facultades que    la Cámara para comprobar sus gastos reales así co•
        le asigne el propio consejo. El Gerente será el ejecu•     mo para verificar los servicios que presta a sus so•
        tor de los acuerdos d.el Consejo Directivo.                cios.
    ,        IV.-Nombrar y remover a los demás empleados                 XIX.-'rodas las demás que expresamente le con·
        de la Cámara y fijarles su remuneración.                   c"'-ede o impone la Ley de las Cámaras de Comercio y
                                                                   de las de Industria y los presentes estatutos.
          V.-Nombrar a las personas que deban sustituir
      a los consejeros en sus faltas temporales o defini•
    , tivas.                                                           ARTICULO 54.-Los miembros del Consejo Direc•
                                                                   tivo no percibirán como tales, retribución alguna por
         Vl.-Representar a la Cámara por medio de su               sus funciones.
    -Presidente o de la persona que al efecto designe, ante
    ,toda clase de autoridades y particulares.                          ARTICULO 55.-Los consejeros propietarios ten·
                                                                    drán el derecho y la obligación de asistir a todas las
             VIL-Llevar por cuadruplicado el registro indus•        sesiones del consejo con el derecho de voz y voto.
        trial, y enviar cada año un ejemplar a la Dirección
        General de Fomento Industrial de la Secretaría de               Los consejeros suplentes tienen también el derecho
        Patrimonio y Fomento Industrial, otro a la de Esta•         y la obligación de asistir a todas las sesiones del con•
        dística de la Secretaría de Programación y Presupues•       sejo, con voz pero sin voto, salvo cuando sustituyan
        to y un tercero a la Confederación de Cámaras In•           a su respectivo propietario o hayan sido designados
        dustriales.                                                 para cargos directivos, en cuyos casos sí tendrán voz
             VII l.-Llevar la contabilidad de la Cámara.
                                                                    y voto.
             IX.-Formular el balance anual y el estado de re•           ARTICULO 56.-En caso de que el Consejo Direc•
        sultados de cada ejercicio y someterlo" a la aproba•        tivo no cumpla con las funciones que le corresponde.
        ción de la Asamblea General. De estos documentos            incurra en graves violaciones a la Ley de las Cámaras
        deberá enviar copia a la Secretaría de Patrimonio y         de Comercio y de las de Industria y a los presentes
        Fomento Industrial y a la Confederación de Cámaras          estatutos, o se ocupe de actividades distintas a las pro•
         Industriales.                                              pias -de la institución, será removido por' la Asam•
                                                                    blea General. La Convocatoria para esta asamblea s&o
             X.-Rendir ante la Asamblea General informe de•         rá hecha por la Secretaría de Patrimonio y Fomento
        tallado de la gestión realizada durante el período de       Industrial, de oficio, o a solicitud del veinte por ciento
        'u administración. De este informe se remitirá copia        de los industriales inscritos.
        a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial
        y a la Confederación de Cámaras Industriales.                   ARTICULO 57.-Corresponde al Presidente:
              XI.-Presentar anualmente ante la propia asamblea,         l.-Presidir las Asambleas Generales y las sesio•
         el proyecto de presupuesto para el siguiente ejercicio,    nes del Consejo Directivo.
         el cual deberá ser aprobado también por la Secreta•
         ria de Patrimonio y Fomento Industrial antes de po.            n.-Llevar la reprac;.entación ele la Cámara    al   loa
         DII'.. CIl vi¡OI'.'                                         ,tol CA c¡u. iQccn.,.     -la.
r   Lunes 22 de enero de 1979 '                DIARIO OFICIAL                                                                 ,
     IlI.-Cuidar Be que se cumplan lus acuél'doi> de            tLllI al pnmero c:n sus--taltas temp()fales () deE!ti~tivas.
 la Asamblea GeIltral y del Consejo Directivo.                  Dkha deCClón será por un períoÓO .de Q~s anQ!S. _
     IV.--Acordat y despachar con el personal adminis•             ARTICULO 64.-5on facultad.es J ebligacion~s ~el
 traUy.. de la Cámara las asuntos ordinarios de ésta.           Auditor:                                      -<
    V.-Citar a seSIón al Consejo Directivo cada vez
 que lo estime conveniente o necesano, o cuando se
                                                                    l.-Inspeccionar y vigilar cUlmdo              lo
                                                                                                           esUme_ c~li;re­
                                                                niente, lus libros y d~l1mel'ltos d~ lá tl1rnata,asl ca•
 iáit)otl,a tal cOsa por disposición de la Lev, los PI e•       mu la eXl~tencía >ep -caja.
 sefthllS estatutús, o lo solicite la Se..:retana de Patrl•
 DlJnio y tOl11entu Industrial.                                    ll.-Intervenir ea la formación 'J revisIón del ba•
                                                                lanCe anual que deberán ser presentarlos a la Asamblea
       VI.--Firmar las actas de las Asambleas Generales         General, formulando su informe y resolución para la
 y de las sesiones del Consejo Directivo.                       misma.
       VII..-...Gestiehar activamente cuanto interese al buen       III.-Hacer que se ,. inserten eh la orden d~l dia
 furtéi_'üti~~        de la Cál11ara y a los fines de ésta.     de las se~iones de.! Con~lo Ol~ctivo y de las Asam•
                                                                bleas Generales, los puntos qUe dehtro de' suS átfillu·
    VII l.-Autorizar con su firma los gastos ordina•            ClOnes crea pertinentes.
 ri~  d, ~I:lÍJuéste y las e~traordlnarios aprobados
-pet la Aiain&lea Genétal e per el Consejo Directivo.               IV.-Asistir con voz._ pero sin vote, a las sesienes
                                                                del Consejo Directivo.
     IX.-Las de~ atribuciones que le concede la Ley
 d, l~~ _~maras d~ C9.m"rcio y de las de Industria y                ARTICULO 65.-EI gerente serA desiJhado W ¡!J
 l~ ~. eitarutes.                                               Consejo Directivo y ,tendrá las siguientes faewfades
                                                                y atribuciones:
       AIlrietJI:.9 H.~l Presidente de la Cámara será
 mitftthns   'a, tWaIJ las cornisleti~, cuando aSista a              L-RealiZ<lr los' actos de admfnistraél6n, iéstióñ ~
:seeln a, lttS mismas. las   pfeslditá de oficio.             representación que le enooml~nde el Cons~jo Direc·
                                                                tivo.
      AJlTICULO S9.-EI Vice-preaidente fungirá como
 auxiliar del Presidente en Wdos los asuntos y comi•                 n.-Acordar con el presidente, el Tesorero 1 el
 siones que éste le encomiende. Lo sustitUlrá en sus            S.::cretario, los asuntos adnlliiistrativos de la Cárfuta
 falb'lJ téitl~lts o definitivas y tendrá entonces las
 atrl8úCielt~ ctue eert'éSpooden al Presidente.                     III.-Autorizar con su finrta, en unión s1e otra de
                                                                las personas autorizadas, los gastos norfnales y ordi·
       ARTIeULO 6O.-Córresponde ál Secretaría:                  narios de la Cámara,' dentro del presupuesto apto•
                                                                bado por la Asamblea 'General.
     l.-Asistir a las sesiones de las Asambleas Gene•
 rales y a las sesiones del Consejo Directivo.                        IV.-Tramitar y despachar los asuntos generates.
     n.---Redáetar las áctas de las Asambleas Genera•               V.-Vigilar eJ establecimiento,. promoción v funcio•
 les y de líQ sesi()h~ del Conselo Directivo, cuidando          namiento de los servicios que preste la Cámara á sus
 dé qlt~ sean lral1strltas en los libros respectivos.           asociados.
    III.-Leer las actas al principio de cada sesión y                VI.-Recopilar y estu¡.iiar los datos necesarios p*"
 dar cuenta de todos los documentos que ordene el               ra la mejor soJución de rus proQletnas que se relacio•
 Pl:hid~Íte.                                                   nen con la Industria y COIl l~ Cártiara. asi como los
                                                                que sean indIspensables reurtir pára el debIdo cUIÍl'
      IV.-"-'Atotílár cI1fi el personal administrativo de       plimiento de las obligaciones que la Ley de la ma•
 la   CáQt6~ lói áSUh~ tlrdinarios de ésta y dar cuenta         teria impone a la misma .Cámara, o P1trll cumplimen•
 d~ tédé alo á1 itrttsidtnte.                                   tar los acuerdos de la Asamblea Genera.l y del Con•
                                                                sejo Directivo.
     V.-Bajo su VIgilancia tener siempre al día los
 archivos de las Asambleas Generales, del Consejo Di•               VII.-Tendrá a su cargo               la dirección -yTigilancia
 rectivo y de los socios.                                       del trabajo material de las               oÍléinas de_ la Cámara:
                                                                por consiguiente el personal             encargado Qe tales IQ.bo•
       ART1CULO 61.-En caliO de ausencia del Secreta•           res estará bajo su dirección             y rurectá dependencia.
 .1
 rio, el Ptu-secretatio lo stístituirá o la persona que
     el'eetu desilfie la Asamblea General o el propio
 Consejo Directivo.
                                                                    VIII.-ConclJrrir con voz .informativa, pero !>in vo•
                                                                to. a las Asambleas Generales y a las se~lones del
                                                                Consejo Directivo.
     AltTtCULO 62.-Corresponde al Tesorero de la Cá•
 mant, Je vilÚlaneia directa de todo lo relacionado con              ARTIrULO 66 -Como lo señala la fracción XV del
 los fondos, la caja y la contabilidad de la Cámara y           artículo 53, el Consejo Directivo nombrará comi<.jo·
 t~ndrá adem6s les siguientes atriBuciones:                     nes cuando lo juzgue necesario, para que lo ayuJltl
                                                                a determinadas funciones.                       .
     l.-Autorizar con su firma los gastos ordinanos
 de presupuesto v los extraordinarios aprobados por                  ARTICULO 67.-La Cámara tendrá un Comité ",,"•
'el Consejo Directivo.                                          sor fr.rrn:H'lo por los últimos cinco ex-pre"irlente, de
                                                                ¡"   "l'   <t'i~   (lile   corttináen sietldo sollios activos. (lue
    Il¡-;..lttítdlt mensualmtbte al consejo     un mfunue       puL!' "lll aSl~tír con voz ~ro sin 'Qto-, a las sesiones
de los itl,rtsea y ~ó8.                                         del Consejo Directivo.
    lIt.-Autorizar el balance anual que deba presen•                ARTICULO 68.-La Cámata contará Cllanoo merlos,
tar a l. Asériibté& (Jeteral.                                  con los siguientes servicios para sus socios:
      U.tItUlo 63.-..... Asamblea General Ordinaria ete•            J.-Servicio comerciah.Pafa proporcipnat:.l~s la orien•
. Iií' Q. Aditw- ~eWio v un sumente nara susti-                 tación szeneral. infortntbmn mpecte a itOslble$ ~
10                                         D 1 A R 1 O O PIe 1 A r; Lunes 22 de enero de 1979
dos, adquisición de materia prima, datos estadísticos                ARTICULO 74.-La Secretaría de Patrímonio y Fo•
y demas datos que requieran para la mejor marcha                 mento Industrial, basándose en las causas señaladas
de sus negocios.                                                 en el artículo anterior, acordará la disolución de la
                                                                 Cámara, nombrando al efecto un representante que in.
    n.-Servicio técnico·jurídico, para resolverles las           tervenga en la liquidación de la institución.
consultas que formulen a problemas de carácter con•
table, legal, fiscal, laboral, tore~tal; etc .... ; igualmente       ARTICULO 75.-EI Consejo Directivo nombrará de
se encargará la Cámara a solIcitud de los socios, de             entre sus miembros, tres liquidadores, que en unión
asesorarlos o auxilIarlos en la tramItación de sus ges•          del representante de la Secretaría de Patrimonio y
tIOnes y peticiones ante las oficmas ¡ubernamentales.            Fomento Industrial y el auditor de la Cámara, proce•
                                                                 Ijerán a la liquidación.
    lll.-El Consejo Directivo establecerá concretamen.
te los servicios que deban prestarse además de los                   ARTICULO 76.-El estado y balance de la liquida•
enumerados antenormente y determinará cuáles de                  ción de la Cámara, se publicarán en el "Diario Oti·
ellos se, impartirán a todos los soClos y cuáles se ro.          clal" de la Federación y en uno de los periódicos de
servan para los sodos activos.                                   mayor circulación en la República.
    ARTICULO 69.-La Cámara Nacional de la Indul•                     ARTICULO 77.-EI remanente de la liquidación de
tria Maderera y Similares forma parte de la Confe•               la Cámara se dedicará de acuerdo con la Ley de la
deraCIón de Cámaras Industriales de los Estados Uni.             materia, al sostenimiento de la Confederación de Cá•
dos MeXIcanos, de acuerdo con las disposiciones rela•            maras Industriales.
tivas de la Ley de las Cámaras de Comercio y de las
de Industna.                                                         ARTICULO 7S.-La organización y funcionamiento
                                                                 de la Cámara, son ajenos en lo absoluto a las cues•
    ARTICULO 70.-La Cámara se hará           representar an•     tIOnes de religión o de política. En consecuencia que•
te la Confederaclón en ia forma que          determmen los       da estrictamente prohibido a los funcionarios y emplea•
estatutos de ésta. De acuerdo a las           prescnpciones      dos electos o nombrados por ella y que de ella de•
de los mismos, el Con!:>ejo Directivo        de la Cámara        pendan, mezclarse en asuntos de esa índole con mo•
hará las deslgnaciones respectivas.                              tivo del desempeño de sus funCIOnes, así como utilizar
                                                                 co'n ese fin el nombre de la Cámara.
     ARTICULO 7L--La Asamblea General, al señalar
el tanto por ciento de los ingresos con que la Cá•                   ARTICULO 79.-Los ejercicios sociales de la Cáma•
mara contribUIrá al sostenimiento de la Contedera•               ra comprenderán de enero a dIciembre de cada año.
clón, tomará e_n cuenta los ingresos de la propia Cá•
'llars                                                               ARTICULO ¡¡O,-Las cuestiones que se susciten por
                                                                 interpretación de Los presentes estatutos, así como los
    La aportación de la Cámara no será en nin~ún                 puntos que no están previstos en ellos, serán resuel•
caso menor al 15% que de sus ingresos ordinanos,                 tos por el Consejo Directivo.
se¡ún lo establece la Ley de la materia.
                                                                     ARTICULO 81.-El Consejo Directivo está faculta•
  - J'lJnICULO 72.-Cuando un Consejo Directivo no                do para dictar las disposiciones reglamentarias de las
cumpla con la obligación de enviar la aportación legal           presentes estatutos y las que deban regir el funciona•
a su Confederación, ésta podrá solicitar de la Secre•            miento de los servicios que establezca la Cámara en
taría de Patrimonio y Fomento Industrial la destitu•             lo no previsto en estos estatutos.
ción de dicho órgano, con base en lo señalado por
el artículo 20 bis. de la Ley de las Cámaras de Co•                  ARTICULO 82.-Los presentes estatutos sólo po•
mercio y de las de Industria,                                    drán ser reformados mediante resolución de una Asam•
                                                                 blea General Extraordinaria, necesitándose para que
                                                                 en su caso las reformas adoptadas entren en vigor,
     ARTICULO 73.-La Cámara Nacional de la Indus•                que la Secretaria de Patrimonio y Fomento Industrial
 tria Maderera y- Similares, se disolverá:                       les dé su aprobación.
    I.-Cuando se reduzca a menos de veinte el nú..                   Atentamente.
 mero de socios inscritos,
                                                                     Sufragio Efectivo. No Reelección,
     II.-Cuando no cuente con los recursos necesarios
 para su sostenimiento.                                               México, D. F., a 21 de diciembre de 1978.-El Sub•
                                                                  secretario de Fomento Industrial, Natan Warman.•
     IlI.-Cuando no cumpla con los objetivos que le               Rúbrica.
 seáala la Ley de las Cámaras de Comercio y de las
 de Industria- y los presentes estatutos.                         19 enere.                                  (R.-llS82)



               SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRAULlCOS
 ACUERDO por el que se fiJa el valor del punto de la                                   CONSIDERANDO:
    sacarosa que contenga la caña que se procese du•                  Que es atribución de la Comisión Nadonal de la
    rante la Zafra 1978/1979.                                     Industria Azucarera modificar el valor del punto de
                                                                  sacarosa cada vez que se registren cambios en los
     ,Al margen un sello con el Escudo Nacional, que              precios oficiales de garantía para maíz, frijol prefe•
 dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Agri•              rente, arroz, sor{1;o y soya; con el objeto de con~ervar
 cultura y Recursos Hidráulicos.                                  la relación de mIl a uno con la suma de los preCIOS de
                                                                  esos productos tal como lo establece el Artículo 15
 ACUERDO por el que se fija el valor del punto de la              del "Decreto pór el que se declara de. interé~ 1?úb~co
    sacarosa _que contenga la cana que se procese du•             la siembra, el cultivo, la cosecha y la mdustnahzaclóu
    rante la Zafra 1978/1979.                                     ele la caña ele azúcar", ele 24 ele octubre ele 1975.
Lunes 22 de enero de 1979 DIARIO OPICIAt                                                                11
     Que la Compañía Nacional de Subsistencias Po•         garantia y el precio máximo de venta al mayoreo pa•
pulares (CONASUPO) ha modificado el precio de ga•          ra arroz blanco pulidQ popular hasta con 45% de que•
rantía del frijol preterente de $5,250.00 la tonelada a    brado suman $23,310.00 (Veintitrés mil trescientos diez
$6,500.00.                                                 pesos 00/100 M. N.), en lugar de los $20,800.00 (Veinte
                                                           mil ochocientos-. pesos 00;100 M. N.), anteriores y, por
    Que las diferentes agrupaciones cañeras han soli•      lo mismo, procede la modificación del valor del pun•
citado que en la determinación del valor del punto de      to de sacarosa que establece el articulo 13 del ordena•
sacarosa se tome en consideración el precio máximo         miento mencionado, para determinar el precio de la
de venta para el arroz blanco pulido calidad popular       tonelada de caña de azúcar a que se liquidará a los
hasta con 45% de quebrado, al mayoreo, por tonelada        abastecedores de cada ingenio.
libre a bordo molino y envasado como fila la Secre•
taría de Comercio, en lugar del promedio de los pre•           La Comisión Nacional de la Industria Azucarera
cios oficiales de garantia para el arroz palay y para      ha tenido a bien dictar el siguiente
las diversas calidades de arroz blanco pulido, como
se ha considerado hasta ahora, lo cual resulta acepta•                            ACUERDO
ble por ser de más amplio conocimiento del público
en general, mayor facilidad en los cálculos y mejor            Por el que se fija el valor del punto de la sacarosa
comprensión por parte de lo~ cañeros mteresados.           que contenga la caña que se procese durante la Za•
                                                           fra 1978/1979.
    Que el precio máximo al mayoreo para el arroz
blanco pulida popular hasta con 45% de quebrado es             Artículo Unico.-EI valor del punto de sacarosa
en la actualidad de $6,380.00 la tonelada. según Acuer•    y su proporción hasta centésimas, que servirá de base
do de la Secretaría de Industna y Comercio de 13 de        para determinar el precio de la caña que se procese
febrero de 1975, publicado en el "Diario Oficial" de la    aurante el ciclo productivo 1978/1979, en los ingemos
Federación del día sigUiente y modificado con un au•       azucareros del país,' se fija en $23.31 (Vemtitrés pesos,
mento de 10% mediante Decreto Presidencial de 24           treinta y un centavos, M. N.).
de septiembre de 19761. publicado en el "Diario Oficial"
de la Federación el 21 de ese mismo mes y año.                 TRANSITORIO.-El presente acuerdo entrará en
                                                           vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial"
     Que con esos cambios, los precios por tonelada        de la Federación.
para los productos con que se correlaciona el valor
del punto de sacarosa en caña son: maíz $2,900.00, fri•        Atentamente.
jol preferente $6,500.00, arroz pulido popular hasta con
45% de quebrado $6,380.00, sorgo $2,030.00 y soya ..          México D, F., a 22 de enero de 1979.-El Director
$5,500.00. En tal virtud, al conjunto de esos precios de   General, Mario 'trujiUo Garcla.-Rúbrica.



                SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SOLICITUD de Concesión en favor de la empresa Mul-         nes fijas o de base y móviles necesarias para propor-
   tiondas de Cuernavaca, S. A., para instalar, operar     cionar el servicio.
   y explotar un sistema Radiotelefónico de Portado-
   ra Común sin conexión a la Red Telefónica Públi-            4.-Horario: Las 24 horas.
   ca en la ciudad de Cuernavaca, Mor. (Segunda pu-
   blicación).                                                 5.-Denominación de la emisión: 16F9.
                                                               6.-Tolerancia de frecuencia: Más menos 0.0005%.
    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Ca•              7.-Tipo de antena: Omnidireccional.
municaciones y Transportes.-Dirección General de Te•
lecomunicaciones.                                              8.-Potencia nominal del transmisor: La potencia
                                                           para las estaciones deberá ser la míÍ1i..rila <requerida
              SEGUNDA NOTIFICACION                         para efectuar una operación satisfactoria del sistema
                                                           que dependerá del área del servicio. Dicha potencia
       SECRETARIA DE COMUNICACIONES                        no será mayor a la que resulte de la combinación que
              Y TRANSPORTES                                se tenga con la gananCia de la antena para proporclQ..
                                                           nar una potencia radiada aparente máxima d~ 330
DIRECCION GENERAL DE TELECOMUNICACIONES                    watts.                                       <




     La empresa Multiondas de Cuernavaca, S. A., quien         9.-Privacía de las comunicaciones: Por medio de
señaló como domicilio para oír notificaciones el edi•      tonos selectivos.
ficio marcado con el numero 218 bis, de las calles de
Puebla en México 7, D. F., solicitó ante esta Secreta•         Cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 15 de
ría con fecha 6 de febrero de 1978, la concesión para      la Ley de Vías Generales de ComunicaCión, se notibca
instalar, operar y explotar un sistema Radiotelefónico     lo anterior a todas las personas físicas y morales que
de Portadora Común sin conexión a la Red Telefónica        pudieran sentirse afectadas en sus intereses con dicha
Pública en la ciudad de Cuernavaca, Mor.                   solicitud, a fin de que expongan sus observaciones ¡¡no
                                                           te el Departamento de Sistemas Especiales de T ¡:'e·
     El sistema Radiotelefónico de Portadora Común         comunicación, Dirección General de TelecomunkaLl1)<
sin conexión a la Red Telefónica Pública a que se re•      nes, de esta Secretaría, dentro de un plazo de un mes
fiere esta concesión solicitada, tendrá las siguientes     contado a partir de esta Segunda y última Notihcación.
características:
                                                               Sufragio Efectivo. No Reelección.
   t.-Solicitante: Multiondas de Cuernavaca. S. A.
                                                               El Director General de Asuntos Jurídicos. Hu¡;;o
   2.-Orden de Frecuencias: De 450 a 470 MHz.              Cruz Valdés.-Rúb!,ÍCa.
  l.-Circuito: Una estación repetidora y las estácio-      22 enero. .
.l'_2____. _~~~. .
           .     t--~k_L~____~D~I~A~R~I~O~O~F~I~C~I~A~L__~L~u~n~e~s~2~2~d~e~e~n~e~ro~2iie~~.~~t9~~¡.?
~UtlTtlO '" ~1l ~ fáltot ~ la empresa Ra·                        SOLICITUD de concesl6n en , . . . . 11 .,,... In.
       4iONrie1la J'ot~J 5. A., ptu:a la explotación del
      'J01''lctQ. f.dtóf.-r.IJ'fed!'dé'r pbrtádora común sin
                                                                    ferradio Poblana, S. A., "ara 'nstalar,     op."
                                                                                                              y IX.
                                                                    pIotar un sistema radiotelefónico de Portac:Gra
       ~~~ a la 'I-.d 'ttittdid& 1hibtlca de la ciud.td             Común sin conexión a hl lttt TtW.,.dca Públiéa
       • Sen I-W, IQtoti;. $. t¡ P:'J(,Prinkta publicación}.       el!, la) ciudad de Puebla. Put. (Sep. pu.b1kJl.
                                                                     Clon •
 ~ Al ~al'gen un lello edn él' Escudo Nacional que                   Al margen un sello eon el J!séUde Nat1M.l ...,
dice,: E$tados Unidos" Mextca:nos.-':'SecretarÍa dé Co.          dice: Estados Unidos Mexicano!i.-&e.retari. do ComQ.
Jl}wicaciQneS y Transport0~.··.....Diteéción General de Te.      nicacio.nés . v Transportes ........Dirooción General lió T,lb
looomullieáclonet.                       ..,
                                                                 comumcaClOnes.
                 PRIMERA NOTIFICACION
                        , I          ,   ~   I   I
                                                                                SEGUNDA NOTIFlCACION
         .SECRBTARIA DE COMUNICACIONES Y
                        TRA~SPqRlES                                  La em?r.e~a Interradio Poblana, S. A., ftUi4:ft .~"t6
                                                                 como domicIlIo para oír notifieaciones el e(tiheJo mar.
DlltECCION GENERAL DE TELECOMUNICACIONES                         cado con el No. 218 Bis, de las calles d~ Pu~bla en
                                                                 México 7, D. F., solicitó ante esta Secret.d~ ef>n foclla
  ",.1.14 ,~ropre~ Radioontena Potosina, S. A., quien se•        24 de abril de 1978, la conCesión J)ar. tn~tllar. apefllr
ft"t6' c0l!l~ .~micilio J>~ra ~ir Ilotifisacipnes el edificio    y explotar un sistema Radiotelefónie-o de Por1~d(lra
DW'~ COl el llÚlnh'o ~18 Qis, oe las calles de Puebla
                    f                                            Común sin conexión a la Red Telef6tde" PbUca el la
eñ ·MéJi~~. 7; 'P. 'P. t . SQlicftQ Mlt~, ~~ta' Secretaría con   Ciudad de Puebla. Pue.
f~h8 19 d~ ~rfl' ae . 1978', ·~ftcest~n, para la explota•
clp~   del setvl.dó radlotelef6rtico' de portadora común              El sistema Radiotelefónico di. ",ortad<U'¡ Comln
siJl' canef!:ión jt la: red 'telefónica pública de la ciudad     sin conexión a la Red Telefónica l'úbllca fa QUe lie re•
~ San Lúis fotósí, S: L. P:                                      fiere esta concesión solicitada. tendr4 las slguient~s
                ,>             . '      'J           I
                                                                 características:
  . El sistema' radiotelefónico de' ~tadora común sin
cónexión á     la
               red' telefónica públICa a que se retiere              l.-Solicitante: lnterradio Pobl~ni. S. A.-
esta concesión solicitada, tendrá las siguientes carac•              2.-0rden de frecuencias: 'En la banda WJ 4.5{) a
terísticas:                                                      470 MHz.
        l.-Solicitante: Radioantena Potosina. S, A.                  3.-Circuito: Una e~tación repetidora v las e<;ta.
                                                                 cione~ fiias o de hase y móviles neeesarias para pro•
        2.-0rden de frecuencias:"Ifet 45'0 a 470 MHz.            porcionar el servicio.
    3.-CIrcuito: Una estación repetidora y las estacio.              4.-Horario: Las 24 boras.
nes fijas o de base y móvÍles necesarias para propor•
cionar el servicio.                                                  S.-Denominación de la emtsión: 16F9.
   , 4.-Horario: Las 24 horas.                                       6.-Tolerancia de frecuencia: ~ O.(){It)5%.
        5.-Denominación de la emisi6n: 16F9.                         7.-Tipo de antena: Omnidireedonal.
        6.-Tolerancia de frecuencia: Más menos 0.0005%.               S.-Potencia nominal del transmisur: l.a -,otencia
 ~.     c.-Tipo' de antena: Otnnidireccional.                    llara las estaciones deberá ser lamíniJml re~ueripa'
                                                                 para efectuar una operacion satisfactoria de1 <;istema
                                dei,
 ; :: •.~r&feñéIa .'nronináf ~ írá~s~isor: La potenCIa           que denenderá del área del servicio. Dicha llOtencia
                                                                 no será mayor a la que resulte de la com!;ttl¡lción
pata'Jas est.:Clones debera ser la mínima requerida pa·
ra efectuar una operacióh sl,tisfac.toria del sistema, que      Que se tenga con la ~l'lnancia de lA antena 1'Jtt'a "1:0.
~en(fer. del área del servicio. Dicha potenCia no se•            norcionar una potencia radiada aparénte máxima des
ti máypr, a la. qut tesulte de '-la combinación que se           330 watts
tenga con" la ganancia de la antena para proporclOnar
UftI poteilcla radiada aparente máxima de 330 watts.
                                                                     9.-Privada de las comunicaeionts: Por medio de
                                                                 tonos selectivos.
  . 9.-Privada de las comunicaciones: Por medio de
tCllltOs selectivos.
                                                                     Cumpliendo con 10 dispuesto en el Articulo 15 de
                                                                 la Ley de Vías Generale' de Comunicación, .if n6ti.
     Cumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 15 de            fica 10 anterior a todas las personas físicas 'V moralts
la Uy de Vías Generales de Comunicación, se notifica             Que pudieran sentirse afectadas en sus intere$ea con
lo,anterior, a todas lai personas físicas y morales que          dicha solicitud. a fin de que expongan SUs observacio.
pudieran $entirse afectadas en sus intereses con dicha           nes ante el Departamento de Sistemas Esoec1ile~ de
solicitud, a fin de que expongan sus observaciones               Telecomunicaci6n. nirecc16n General de Telecomuni.
ál1te el Departamento de Sistemas Especiales de Teleco•          caciones,' de esta Secretaría. drntro de un plazo de
municación, de esta Secretaría, dentro de un plazo de            un mes comaao a parttr de esta Segunda y lUtinla
un mes contado a partir de la Segunda Notificación.              Notificación.

        Sufra~io Efectivo.    Nó Reelección.                          Sufragio Efectivo. No Reelección.

      México, D. F., octubre 20 de 1978.-EI Director Ge.              México. D. F.. octubrt' 20 de 1978.-El Director       ae.
 .tetal de Asuntos Jurídicos, Hugo Crw; Valdés.-Rúbri.            neral de Asuntos Jurídicos. Hugo Cruz Valdez.-Rli•
 C'a.                                                             brica.

 2Z enero     y 10. febrero.                                       12 Y 22 enero.
l:Ames   22 de enero de 1979             DIARIO OPICIAI!                                                 U'

OPIelO por el que .. .prueba la Tarifa No. a, .pH.               La Tarifa que se aprueba .. el ~ oficio
   cable exclustvamente a las JDaDiobras que el Sin·         será aplicable exclusivamente en los terricios que ese
   dlcato de Estibadores, Abridores del Comercio, Ca·        Sindicato efectúe a los Agentes Aduanales de 1& Ciu-•
   rretilleros, Similares 'f Conexos, efectúe a los Agen·    dad de México, D. F., Y que consistirán en las ma•
   tes Aduanales de la Ciudad de México, D. F. (Se•          nIpulaciones de la carga de importación Y exportacién.
   lQIlda públi~ón).                                         a saber: Desembarq~, ~{ cerraduras, tleja•
                                                             duras, calafateaduraS y en, gener~ todas las DWlJO•
   Al margen un sello con el Escudo Nacional que             bras necesarias para los reconoctmientoa y. . . , .
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Comu.          chos aduanales inclusive descarga de carros de ~
nicaciones y Transportes.-Dirección General de Tari·         carril a cualguier vehículo, en el sjgWente radío de
fas, Terminales y Servicios Conexos.-Departamento de         acción: edifiCIOS, patios almacenes, andenes, plazuelas
Maniobras Terrestres.-Oficina de Cargaduría.-Núme•           y. pasillos de la Aduana' de México, D. F., Y toda clase
ro del oficio: 14221.-158896 Bis.-Expediente: 711/207-2.     oe carros de ferrocarril que se encuentren en cual•
                                                             quiera de las vías o escapes dentro de la misma. _
ASUNTO: Se aprueba su Tarifa No. 8, aplicable ex·            como en el perímetro fiscal que como de su juris•
   clusivamente a las maniobras que ese Sindicato            dicción señale la Aduana interior en esta ciudad o
   efectúe a los Agentes Aduanales de la ciudad de           en cualquier otro lugar donde se llegare a instalar.
   MéJÚco, D. F.
                                                                 La Tarifa No. 8 que se aprueba en el presente
Sindicato de Estibadores, Abridores                          entrará en vigor a partir de la fecha de notificación
del ComercioJ Carretilleros, Similares y Conexo51-           de este oficio.
Bennudas 341.1.,., Colonia Cosmopolita.
México 15. D. r.
                                                                 Por otra parte, con este oficio se está aeompttfian.
                                                             do un ejemplar de la tarifa ~eneionada, p8l'a que est
    Se recibió en esta Dependencia su escrito de fecha       Sindicato proceda de inmediato a la Unpresión de la
3 de noviembre último, en el cual ese Sindicato de Es•       misma, en papel tamafio carta y ~ c;alidad apropiada,
tibadores;. Abridores del Comercio, Carretilleros, Simio     debiendo remitir a esta Dirección General todós 101
lares ~y. ~onexos solicita la aprobación de su Tarifa        ejemplares impresos, de los cuales SO serán para lu
para Maniobras No. 8; sobre el particular -:e le comu·       necesidades de esta Dependencia y el resto se lo el-.
nica lo siguiente:                                      .    volverán debidamente confrontados y sellados para su
                                                             distribución y venta al público, al l'recioque previa•
                                                             mente se autorice, para lo cual remitirá la factura de
    Esta Secretaría tomando en cuenta que la Aso•            impresión correspondiente.
ciación de Agentes Aduanales de la Ciudad de Méxi·
co, D. F., ha manifestado su conformidad sobre las               Atentamente.
cuotas contenidas en la citada Tarifa No. 8, y con fun·
damento en los Artículos 36, fracción XIV de la Ley              Sufragio Efectivo. No Reelección.
Orgánica de la Administración Pública Federal, 30., 50,
51, 70. 120, 124 Y demás relativos de la Ley de Vías             México, D. F., a 18 de diciembre de 1978.-El Di.
Generales de Comunicación, aprueba a ese Sindicato           rector General, Tebaldo Mureddu T.-Rúbrica.
su Tarifa de Maniobras No. 8, la que cancela su tao
rifa anterior.                                                16 Y 22 enero.                             (R.-U.)



                           SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA
lQ!:SOLUCION sobre prlvadón de derechos agrarios y                RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
    auev.. adjudkaciones de unidades de dotación, en         remitió a la Comisión Agraria MUta y dicho Or_
     el ejido del poblado denominado Buenavista 23 N.        ganismo, notificó el 16 de octubre de 1915, a los
     C. P. B., MuDicipio de Tenosique, Tab. (Registra.       ejidatarios afectados para que comparecieran a la
     da con el número 3612).                                 Audiencia de Pruebas y AleS¡ltos; misma que se llevó
                                                             a cabo el 31 de octubre de 1975, en la que se
    Al margen un sello con el Escudo Nacional, qu~           comprobó legalmente la procedencia para la privación
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•         de derechos agrarios a los eiidatarios propuestos de
forma Agraria.                                               conformidad con lo dispuesto por los Articulos 426, 430
                                                             Y demas relatiVOS de la Ley Federal de Retorma Agra·
VISTO para resolver el expediente relativo a la pri•         ria. La Comisión Agraria Mixta opinó que es proce•
   vación de derechos agrarios y nuevas adjudica•            dente la privación de sus derechos a~rarios a los ej!·
   ciones de unidades de dotación, en el ejido deJ           datarios que se señalan, y el reconOCimiento que pro•
   pablado denominado "BUENAVISTA 23 N. C. P. E.",           poI?-e la Asamblea General Extraordinaria de E jida·
   Municipio de Tenosique, del Estado de Tabasco; y          tanos.
    RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-                     RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo
te la segunda convocatoria de fecha 11 de septiembre de      fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agrafia,
1975, para la Asamblea General Extraordmana de Él!'          Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo
datanos, relativa a la privación de derechos agrarios,       una revisión del mismo, y comprobó la legahdad oe
en contra de los ejidatarios que se citan en el pri·         las notificaciones y constancias presentadas en e~ I e
mer punto resoluti~o de esta Resolución, por haber           i1;1icio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•
abandonado el cultivo personal de las unidades de            rIO correspondiente. con la opinión de que fuera apro•
dotación por más de dos años consecutivos' asamblea          bado por estar integrado correctamente, quien a su
que tuvo verificativo el 20 de Septbre. de 1975. en la que   vez, por haberlo encontrado ajustado al rrocedimiento
se propuso reconocer derechos agrarios y adjUdicar           de Ley, lo sometió a la consideración de Cuerpo Con•
las umdades de dotación de referencia a los cam.             sultivo Agrario, el que emltIo y aprooó úlctalllen t.d
pesinos q1e las han venido cultivando' por más de           sesión celebrada el 22 de noviembre de 1977; v
dos años ininterrumpidos, v que se indican en el se·
gundo punto resolutivo de la presente Resolución.                 ;ONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui.
14                                       J) lAR J   O O F I e I At Lunes 22 de            en~ro    de 197t;

el" Jlrivativo .. h. aelUido de .cuerdo con los trá-         C. P. E.". Municifio de Tenosique, del Estado de Ta.
1!2ites pf!vist05 en 101 Articulos 426, 429, 430, 431 Y      basco, a los CC.: .-Juan Piña Franco, 2.-Efraín PIña
~tmís relativos de la Ley, Federal de Reforma Agra•          García, 3.-ElpidlO Pérei García 4.-David Martínez
ria; habiéndose, comprobado. ,por las constancias que        Vázquez, 5.-Katael Martínez Velázquez 6.- Mana
obr.n en antcccdel1tes, que -~ ,ejidatarios han incu•        LUisa Díaz Martínez, 7.-Gonzalo García Pérez 8.-VIr•
rrido en la causa de pnvación de derechos agrarios           ginio Salvador Jiménez 9.-LUIS Reyes Salvador 10.•
• que se refIere el Artículo SS tracción 1, de la propia     Juan Reyes Catanno, 1Í .-Froylán González Garéia 12 •
Uf. por haber abandonado el cultivo personal de las          -JustInQ Sánchez Orozeo, B.-J. Alvaro Solano Dla2:,
unIdades de dotación por más de dos años consecuti•          14.-Juvencio García Marín, 15,-Alfredo Reyes Con.
Vós; que quecaroll oportunamente notificados los eii•       treras, ló.-Antomo Sanchez Orozeo. I7.-RutIio Reyes
datarioli sujetos • juicio; y Clue, finalmente, se :,i•      S~lvador, IS.-AleJandr,no Ramírez R.. 19.- Atílano
¡uitran los posteriores trámites legales; es procedente      Vazquez Cruz, 20,-Cmlo PIña Vega 21.-EvodIO ChICO
pmvarlos de sus derechos agranos, y cancelar 101;            PIña, 22.-Dalllel Reye" Antonio, i3.-Manuel Garcla
corresl'cmdientes Certificados de Derechos Agrarios.         Pérez, 24.-Francisco Reyes S., 25.-lgnaclO Perez Gar•
                                                             cía,. 26.- José, Vega Evange!¡sta, 27.- José Morales
,    CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                Fnas, 28.-Gerolllmo. Solano Alonso, 29.-Santiago Real
~.l"do_, aegún con.,tancias Que corren agregadas al          Paredes, 30.-Franklm Solano DIaz 31 -Leonardo Ve.
u~é(li~te,       han venido cultivando las unidades d.       ga Catar!no, 32.-~Olié Ruiz Moreno, 33.-Antoho San.
dotación por m~s de dos años inmterrumpidos; y ha-           chez Sobs, 34.-MIguel Garcla Arcos, 35.-Lázaro Gar.
1!JiéI'Ídose propuesto el reconocimiento de sus derechos     cía ~érez, 36;-Rubén Solano Alonso, 37.- Antorno
_ararios por la Asamblea General Extraordinaria de           Martmez VeJazquez, 38 -Baldemar García Pérez J'J
.hJitlatarios, celebrada el 20 de septiembre de 1975, de     -Emihano Vega Catarino, 40 -Enrique Reyes Martí:
.euerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción       n~z, 41.-EulalIO Díaz González y 42.-Leandro Solano
IJI; 84, 104, 200 y demás aplicahl~s de la misma Ley,        Dlaz: c~nsecuentemente, eXlndanse sus correspondIen•
procede reconocer sus derechos agrarios; y con tunda.        tes C(!r~I,hcados de Derechos Agrarios, que los aereclite
",ento en eJ Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir       co~o eJldatanos del pO,blado de que se trata, y el re.
sus Cllrtificl.doll correlll'ondientes.                      latlVo a la Umdad A&ncola Indu~tnal para la Mujer,
       Por, 'lo 'eltpuesto V con fundamento en los Ar.       mIsma que se formaran en la umdad de dotación quo
tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Retorma         pert~neclera al titular pnvado Julio Martínez Garela,
Alrana, lIe reiuelve:                                        aSImismo, se declaran vacantes 9 ullldades de dotaCIón
       PRIMERQ.-Se decreta la privación de dllrechos         para postenormente ser adJudicadas.
agrallos, en el eJlao ue! pob4tdo d.enommado "BUENA•               T~R<;?RO.-Publíque"e esta l:{e~olucIón, relativa a
VISTA 23 N. C. P. E.", MuniCIpio de Tenosique, del           l~ pnvaClOn. de derechos a~ranos V nuevas ad judlca.
Estado de Tabasco, por haber abandonado el CUltIVO           ClOne!> de umdades de dotaCIón, en el ejido del J'loblaclo
personal de las unIdades de dotacipn por más de dos          d,e "BUENAVISTA 23 N. C. P. E.", MunicIpio de Teno.
años consecutIv05, a los CC.: 1.-Bli6eo Reyes Garda,         slque del Estado de Tabasco, en ei "DIario Ohclal"
2 -GUillermo Pérez Marín, 3 -ArcadIO PIña G., 4 -            de la FederaCIón y en el Penódico Ot¡ctal del GobIerno
Aurelio Martíne~ PUla, 5.~León Cataríno Salvador, 6.         de esa. EntIdad Feoera!iva; Inscríbase y hágan5e las
-Gumersmelo Chico M., 7.-Angel Segundo Reyes, 8.             anotaCIOnes correspondientes en el .Registro Agrario
-Juan Martínez Piña, 9.-P. Miguel Segundo, 10,-              Nacional; notifíquese y ejecútese.
¡ésús Chico Jordán, H.-Lorenzo Piña Garda, 12-
José GarcÍa Pérez, B.-Mariano Chico Díaz, 14.-Juan              . pada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
S_novio Martínez, I5.-Amancio Martínez C., 16.-Ma.           UnIOn, en Mexlco, DI"tnto Federal. a los cuatro días
rio Mártínez Piña, 17. -Camilo Ca tarmo PIña, 18 .•          del mes de diciembre de mil novecientos setenta y
An~el Marcelino PIña, 19.-Luis S¡;¡lvador Garda, 20.•        (¡cha.-El Presidente Constitucional de los Estados
Cnstóbal Paliares R., 21.-OVIgilio Piña de la Luz, 22.       Unidos Mexicanos José López Portillo.-Rúbrica.•
-Abel Batilio Franco, 23 .-Amalio Cenovio M., 24 -           Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria Anto-
Delfino López González, 25,-Melquiacfes Jordán S., 26.       nio Toledo COrro......Rúbrica.                •
-Tiburcio Piña Concepción, 27.-Daniel Pérez Marín,
JI.-J!ladio Martínez Pila, 29.-Albino Martínez Pila.                                      •
16.-Rr4ulio Gutiérrez Gárcía, 31.- Bonifacie Garda
M., 32 ...."Pascual Gutiérrez Garda, 33.-Amalio Piña Gu.     aESOLUCION lIobre privación ele derect1f11 ,gr,rtfts ,
                                                                nu.vas adjudicaeionel de Uftidádel de dotaeiÓft y
 tl~rr.z, J4.~Eulali6 Piña Gutiérrez, 35.-Tito Piña Fran.
 eé, 16 .~.tpe.dio Mlrtinez B., 37.- Roberto Cruz Ar.           confirmación de derechos égrarios,      en
                                                                                                        el ejido del
                                                                poblado denominado La~a de Palos lJlancos. Mu•
 eh~ndi'.I.S8',.,...María Varga Vda. de V., 39.-Octaviano
 Jtyes ..eyes, 40 ,-Juan . Chico Jordán, 41.- Eulalia           nieipio de Salvador Alvarado, 11n. (llegisirafl¡J eOlJ
 (¡"reí" Vda. de PIñ" 42,-.Raynaldo Martínez P., 43.•           el número 3621).
 Julio M~rtínez García, 44.-Itlnacio Romero Jordán, 45.
 -BaItazar Martínez R., 46.-Atilano Jordán Chico, 47.            Al margen un seno con el Escudo Nacional, que
-Juán Contreras Esquivel, 48.~Amalia Garda Vda., 49.         dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la .Re•
 -Carlos C¡;¡tarino Bernal, SO.-Braulio Catarino Ber.        forma Agraria.
 fiel.
                                                             VISTO .para resolver el expediente relativo a la pri•
     51.-Amparo Martínez Vda. de C. y 52.-Felipe Ber.            • aclón de derechos agrarios y nuevas adjudica•
naJ D. En consecuencia, se cancelan los Certificados            <:iones de unidades de dotación y confirmación de
 dé Derechos A~rarios que relipectivamente se les expi•         derechos agranos, en el elIdo d~l pobl¡;¡do denomi•
 diéron a IOi eJidatarios sancioI}ados, números: 1375771,       nado "LAGUNA DE PALOS BLANCOS". Municil"ia
'1375772, 1375773, 137577á. 1375777, 1375778, 1375779.          de Salvador Alvarado, del Estado de Sinaloa; y
 1375710, 1375781, 1375782, 1375785, 1375786, 1375790,
 1375792, 1375793, 1375794, 1375795, 1375796, 1375797,           RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-
 1375798, 1375799, 1375800, 1375801, 1375802. 1375803,       te la segunda convocatoria de fecha 16 d~ agosto de
 1375804, 1375805, 1375806, 137S807, 1375808. 1375809,       1974, para la Asamblea General Extn¡,orqinaria de Eji.
 1375810, 1375813, 137S814, 1375815. 1375817. 1375818,       datanolii, relativa a la privación de d¡¡rechos agrarios.
 1375819, 1375~20, 13758~l, 1375822, 1375823, 1375824,       4!n I:ontra de los eiidatarios que se citan en el primer
 137§~16, 1375827, 1375829, 1375830. 1375831. 1375832,       punto resolutivo de esta Resolución, por haber ahliln~
 1375833, 1375834 Y 1375835.                                 donado el cultivo personal de las unidades de cotacjóft
     SFOUNDO -Se ft>cOnocrn derechos alIrario~ V se          por más de dos años consecutivos: asamblea que tUVt1
 ad iudican lfls unidades de dotación de referencia por      verifIcativo el 24 de agosto de 1974, en' la que se pro•
 t*úrlts cultiva"do por ~ás di dos .lias iIÚl'lterrum·       puso r"conOI:¡¡r derr¡¡chos /lirarios y adjúdicar las uni,..
 »i40s. en el ejiqo del poblado de "BUENAVISTA 2J N.         dades de dotación de referencia a los camoesinos Que
Lunes 22    U    enero de 1979          DIIRIO OfICIAL
las han venido cultivando por más de dos años inin•         venirlas cultivando for más de do. dos iIDnt.r~­
                                                                                                                    ".
terrumpidos, y que se indican en el se¡undo punto           pidos, en el ejido de poblado de "LAGUNA DE 1-ALOS
resolutIvo, y se confirmen los derechos agrarios de 13      BLANCOS". Municipio de Salvador Alvaradoj., del I,tll'
ejidatarios del censo básico más la Parcela Escolar, be•    do de Sinaloa, a los CC. l.-Itoll.rio Medina .-áures, 2.
neficiados en la Resolución Presidencial dotatoria el 31    -Avelino Montoya Castro, 3;--Henberto Corona Mén•
de enero de 1967, publicada en el "Diario Oficial" de la    dez, 4.-Alfonso Ceceña Fernández, 5.-Guadalupe Ajui.
Federación el 14 de marzo de 1967, quienes se encuen•       lar González, 6.-Mateo Niebla Beltran, 7.-"Antonio
tran en la actualidad cultivando sus unidades de dota·      Calderón Corrales, 8.-Juan Méndez PimenteJ, 9.-Hora·
ción y que se indican en el tercer punto resolutivo de      cio Inzunza Niguera, 10.-Rubén LiÚrr"il Osuna y 11.
la presente Resolución.                                     -Natividad Domín¡uez Ortiz; consec"entement~, expi·
      RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se               danse sus correspondientes Certificados d. Der,.chos
remitió a la Comisión Agraria Mixta y. dicho Orga•          Agrarios, que los acreditt como ,jidatlrios del pobltdo
nismo, notificó el 20 de junio de 1975, a los ejida•        de que se trata.                                   1
tarios afectados, para que comparecieran a la Au•                TERCERO .....Se confirmall 10$ d~redlQIi alrado$ dé
diencia de Pruebas v Alegatos; misma Que se llevó           13 eJldatarios del censo báiico, ben,ficiádoli Cft 1. lt·
a cabo el 9 de julio de 1975, en la que se como             solución Presidencial dotatoria tI 31 dé cnéro cij 1967,
probó le¡almente la procedencia para la pnvación de         y publicada en el "Piario Oficial" clt l. f.dericiÓ1l ~l
derechos agrarios a los ejidatarios propuestos de con·       14 de marzo de 1967, QW"I. H elleuentr_41 .. la ac·
formidad con lQ di5puesto por los Artículos 426. 430        tualidad cultivando SUs unidllau de 4ot6clóA, ~ f Iés

                                                                                                               '.-A'
Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra•        CC. l.-Eloy Altamirano AH~mJrlllW, ~.';"JU'D. MOIIte•
ria. La Comisión Agraria MIxta opinó que es pro•            llano García, 3. -Hera~liO re<;lpj. oto"O./. •. -Kitt, Gft"
cedente la privación de sus derethos agrarios a los         cía Jiménel, 5.-EvQdio Camadlo U~f'                        1
eiidatarios que se señalan, y el reconocimiento que         Hernández Rangel, 7.-feliJ"t 8"r,05 ver., .-Vi 1
propone la Asamblea General Extraordinaria de E ji•         Canizales Ramírez, 9. -Andr~, lnz1Jltlá mil, 10, -M+·
datariQ$.                                                   rio González Méndez, 1l.-Efr~ Unar~ MiM1rid ~.­
      R.ESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo           Luciano Rojo Melendres y 13.-Mateb Inzunza 1ft ulo,
fue turnado a la Secretaría de la Reforma Ag~aria, Di•      en el ejido del poblado denominadp "LAGUNA 1) :PA·
 rección General de Derechos Agrarios, la que hizo una       LOS BLANCOS', Municipio dt Salvador MV.ffdo, dél
 revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las no•      Estado de Sin¡doll; consecuentemente, e]l,tdiín., a SU!
 tificaciones y constancias presentadas en este juicIO;      nombres los correspondientes Certificados d, Per~hos
por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario corres•      Agrarios que los acrediten como ejidaiariQs ael ¡mblado
 pondiente, con la opinión de que fuera aprobado por         de que se trata, y el relativo a la Parcela Escolar.
estar integrado correctamente; quien a su vez, por ha•           CUARTO.-Publíquese esta Resolución, relativa a
berlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley, lo        la prIvación de derechos agrarios y nuevas jldjudica·
 sometió a la consideración del Cuerpo Consultivo Agra•      ciones de unidades de dotación y confirm~ión 4e de'
 rio, el que emitió y aprobó dictamen en sesión cele•        rechos agrarios, en el ejido del poblado de "LAGUNA
brada el 29 de noviembre de 1977; y                          DE PALOS BLANCOS", Municipio de Salvador Alvara
      CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•             do, del Estado de Smaloa, en el "Diario Oficial" de Is
 cio pnvativo se ha seguido de acuerdo con los trámI•        Federación v en el Penódlco OÍlc¡al del Gobierno d~
tes previstos en lo~ Artículos 426, 429, 430, 431 V demás    esa entidad Federativa; inscríbase V háganse las anota
relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria; ha•          ciones correspondlente~ en el RegIstro Agrario Nacio
biendose comprobado por las constancias que obran            nal; notifíquese y e,jecútese.
en anteced~ntes, que los ejidatarios, han incurrido en la
causa de privación de derechos agrarios a que se refie•         Dada en el Palacio del Poder !jecutivo de la
re el Artículo 85 Fracción 1. de la propia Ley. por ha•     Unión, en México, Dh;trito Federal, a los cu~tr(;
ber abandonado el cultivo personal de las unidades de       días del mes de diciembre de mil novecilfttq¡ •• jenta
 dotación por más de dos años consecutivos; que que•        y ocho.-El PreSIdente ConstItucioD.1 qf: lo! Itst4dos
daron oportunamente notificados los ejidatarios suje.
tos a JUIcio; y que. fin almente, se siguieron los poste_
                                                            Unidos Mllxicanoli,     J"s'
                                                                                      JAPB '4Írtm(l.~J.úl;ric~-:­
                                                            Cúmplase: El Secretario dl! la R.4Iterma ......l'i4. _•
riores trámites legales; es procedente privarlos de sus     tonlo Toledo Corro.-Rúbrica.
derechos agrarios.
      CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos
St',ñalados, según constancias que corren agregadas al                                     ••
npediente, han venido cultivando las unidades de            AVIIO ......in"t .. tftTfao df ......~ ~
dotación por más de dos años ininterrumpidos;                  IUlclául ct.. ,oblad., ......~ __,.:-1ItIhlt
y habiéndose propuesto el reconocimiepto de sus dere•
chos agranos por la Asamblea General Extraordina•              en el Mualclfto de A....' Al1ttP Citrsé.
                                                               aupeñicie de 195-00.. Has.
                                                                                                        e~     ai....
ria de Ejidatarios celebrada el 24 de agosto de 1974.
 de acuerdo con lo dj'ipue<,to por los Artículos 72 frac•       Al margen un sello con el Iscud6 Nacl~!ltl', que
ciones 1 y III; 101, 200 y demás aplicables de la misma     diee: Estados Urlidos Mexlcanos.-Secretaría di la lt40
Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; y con         forma Agraria.
fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Ley,
expedir sus Certificados correspondientes.                        .lVISO DE DESLINDE DE TERIUZNOS DI
      Por lo expuesto y con fundamento en los Artículo!               PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL
 ya mencionaQos, de la Ley Federal de Reforma Agra•
 ria, se resuelve:                                               La Dirección Gen~ral de Terrenos Naci6J'l~1"'~ ,..
      PRlMERO.-Se decreta la privación de derechos          t.  Secretaria ~e la 'Reforma A,raria eJ'l f)lil!lh ",'1.,.
a!!rarios, en ~l ejido del poblado denominado "LAGU•        ]01104 d. feeba 14 de noviemnre oi~ 111':'11 p'             • ,

NA DE PALOS BLANCOS", Municipio de Salvador AI•             t48§8 m. 1. autolÍzado para flue, de cnnfol mIl' . 1, I
varado, del Estado de Sinaloa, por haber abandonado         ]0 qu~ establece la Ley de Terreno.,. BaldfN w ·" . ..
el cultivo personal de las unidades de dotacjón por más     1#5 y Demuías del 30 de diciemhre dt lo~n ftrn''''''
de dos años consecutivos a los CC. l.-Roberto Ortiz         a efectuar la invfllltigación, deslinde v m/ldte'''" ,.101
VUlegas, 2.-Juan Ortiz Ville~as, 3.-Julijn Rivera, 4.•      terrllno de presunta propiedaq naclOT)::tI. dr1r¡...',:'1·..·,
Ulises Withbron, 5. -Eligio Queve.do Leal, 6 -A~ustín       "Cl!tAYA", del MunlciJ1i6 de Anllél oU,infl "n'-70 r"
López Hernández, 7.-Luis López Ruiz, 8 -RafMl L6-           eRta Entidad Federativa: C6n ~Ul't'rflrlt' IInro~lf"'l(h 11 í
  ez R., 9.-Leoviglldo Inzunza López, 10.-Gildardo          19.5.00.00 Has., V las colindanciJ'l" s!fu!el"t"e.
f nZ.jnza v 11 -José Aluilar AIvarado.
      SEGUNDO.-Se reconocen derechos a.lrarios y se              AL NORTE: Terrenoií dé pr;liuntl'! prop¡.dl1d fla.
.é1ju4ican lQS unid.a" d. dot.ción da rcf.reneit. por       ~      aouiá4e por AlfemsQ V~ PrUel!'
t.                                       DIARIO OPICIAL                   Lunes 22 de enero de 1979

       AL SUR: Terrenos de presunta propiedad naciona.         derechos agrarios y sucesorios a los ejidatarios pr~
  ocupados por Javier Moreno Aparicio y Limeano La.            puesto; de contormidad con lo dispuesto por los ar•
  guna.                                                        tículos 426, 430 Y demás relativos de la Ley Federal
       AL ESTE: Terrenos de prestmta propiedad nacio.          de Retorma Agraria. La Comisión Agraria MIxta opinó
  llal ocupado por Herminio Calvo Mendoza.                     que es procedente la privación -de sus derechos agra.
                                                               rios a los ejidatarios y sucesores que se señalan, y el
      AL OESTE: Brfgída Morales Vda. de Laguna.                reconocimiento que propone la Asamblea General Ex•
                                                               traordinaria de Ejidatarios.
      Por lo que en cumplimiento de los Artículos 55 al
  60 inclusive, de la Lev de Terrenos Baldíos, Nacionales          RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo
  V Demasías, se manda publicar este aviso en el "Dia.         fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria,
  rio Oficial" de la Federación, en el Periódico Oficial       Dirección General de Derechos Agrarios, la que hIZO
  del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico          una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de
  de información local "EL AHUIZOTE", por una sola             las notificaciones y constancias presentadas en este
  vez, así como en el tablero de avisos de la Presidencia      juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•
  Municipal de Angel Albino Corzo, Chis., V en los para.       rio correspondiente, con la opinión de que fuera apro·
  jes públicos más notables de la Región, para cono·           bado por estar integrado correctamente; quien a su
  cimiento de todas las personas que se crean con de•          vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimien•
                                                               to de Ley, lo sometió a la conSIderación del Cuerpo
  rechos de propiedad ,o posesión dentro de 105 límites        Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dicta•
  descritos, a fin de Que dentro de un plazo de 30 días        men en sesión celebrada el 19 de julio de 1977; V
  contados a partir de la publicacIón de este aviso, ocu•
  rran ante el suscrito, con domicIlio en calle 5 de Mavo           CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•
  y Mina de esta ciudad, a acreditar sus derechos, exhi.       cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi•
  biendo ori~inal V copia de títulos V planos, de los          tes previstos en los artículos 426, 429. 430, 431 Y de•
  que le serán devueltos.                                      má~ relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria;
                                                               habiéndose comprobado, por las constancias que obran
      A las per"onas intere'~adas nuf' no presentPn Sl1S       en antecedentes, que los ejidatarios y sus herea$ros
  documentos dentro del plazo señalado o que habien•           han incurrido en la causa de privación de derechos
  do sido citadas a presenciar el rlf'c;linde, no ocurran al   agrarios y sucesorios a que se refiere el artículo 85
  mismo. se le tendrá por conformes con sus resultados.        fracción 1, de la propia Lev, por haber abandonado
                                                               el CUltlVO personal de las unidades de dotación por
     Atentamente.                                              más de dos años consecutivos; que quedaron op0'rtu·
                                                               namente notIticados los ejidatarios V sucesoressuje•
      Palenque, Chis., diciembre 10. de 1978.-EI Jefe de       tos a juicio; y que, finalmente, se siguieron los poste•
 la Comisión Deslindadora de Terrenos Nf-lc;onalf'c; f'U       riores trámites legales; es procedente pnvarlos de sus
 les en el Estado, José Angel Sáenz Garda, SAGJ-450521.        derechos agrarios y sucesorios, y cancelar los corres•


                             -
 -Rúbrica.                                                     pondientes Certificados de Derechos Agrarios.

                                                                   CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos
 ltESOLUCION sobre privaclÓD de derecho. agrarios y            señalados, según constancias que corren agregadas al
     nuevas adjudicaciones de unidades de dotación, en         expediente, han venido cultivando las unidades de do•
     el ejido del poblado denominado Santa María del           tación por más de dos años ininterrumpidos; V habién•
     Tule, Municipio del mismo nombre, Oax. (Regis•            dose propuesto el reconocimiento de sus ~ere~hos agr~·
     trada con el número 3608).                                ríos por la Asamblea General Extraordmana de ElI•
                                                               datarios celebrada el 27 de marzo de 1975, de acuerdo
     Al margen un sello con el Escudo Nacional, que            con lo dispuesto por los artículos 72 fracciones I y
 dke: Estados Unidos Mexicanos.--Secretaría de la Re•          111; 86 200 Y demás aplicables de la misma Ley. pro•
 forma Agraria.                                                cede réconocer sus derechos agrarios y con fundamen.
                                                               to en el artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus
 VISTO para resolver el expediente relativo a la priva•        Certificados correspondientes.
    ción de derechos agrarios y nuevas adjudicacio•
    nes de unidades de dotación, en el t!jido del po•              Por lo expuesto y con fundamento en los artÍCulos
    blado denominado Santa María del Tule, Munici•             ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra•
    pio de Santa María del Tule, del Estado de Oaxa•           ria, se resuelve:
    ca; y
                                                                   PRIMERO.--Se decreta la privación de derechos
     RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•                agrarios en el ejido del poblado denominado Santa
 te la segunda convocatoria de fecha 19 de marzo de            María del Tule, Municipio de Santa Maria del Tule,
1975, para la Asamblea General Extraordinaria de Eji.          del Estado de Oaxaca. por haber abandonado el cul•
datarías, relativa a la privación de derechos agrarios         tivo personal de las unidades de dotación por má~ de
y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se citan        dos años consecutivos, a los CC. l.-Carlos BautIsta.
en el primer punto resolutivo de esta Resolución, por          2.-Esteban Bautista, 3.-Florencio Bautista, 4:-Juan
baber abandonado el cultivo personal de las unidades           Bautista 5.-Longino Bautista, 6.-Pablo BautIsta, 7.
de dotación por más de dos años consecutivos; asam·            -Marco~ Cortés, 8.-José Hilario E'Spejel, 9.-Floren·
blea que tuvo verificativo el 27 de marzo de 1975, en          tino García, IO.-Justo Hernández, 11. - M~nuel Jar•
la qUe se propuso reconocer derechos agrarios y ad•            quín I2.-Miguel Jarquín, 13.-Ramón Jarqum, 14. -
judicar las unidades de dotación de referencia, a los          Manúel Joaquín, 15.-Pedro .Luis, 16.-Julio Lópe~, 17.
campesinos que las han venido cultivando por más de            -Camilo Manuel IS.-FrancIsco Manuel, 19.-Jose Ma•
dos años ininterrumpidos y que Se indican en el se•            nuel P., 20.-Fra¡{cisco Martínez, 21.-Serafín Martínez,
gundo punto resolutivo de la presente Resolución.              22.-Jacinto Mateo, 23.-Marcial Mateo, 24. - Manuel
                                                               Matías 2S.-Clemente Ramírez, 26.-Juan Raymundo,
    RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se                    27.-Ráymundo Nabar. 28.-Víctor R.uiz, 29. - ~iguel
remitió a la Comisión Agraria Mixta V, dicho organis·          Sánchez, 30.-José Santiago Eleuteno, ~1.-Jose Soto
mo, notificó el 26 de agosto de 1975 a los ejidatarios         Trinidad 32.-Juana Vázquez, 33.-Zefenna Garay B.,
y sucesores afectados, para que comparecieran a la             34.-Margarita Flores B., 35.-Marí~ Evarista B.. 36.•
Audiencia de Pruebas V Alegatos; misma que se llevó            Francisca Cortés, 37.-Juana ~ernande~ de S., 38. -:•
• cabo el 18 de septiembre de 1975, en la que se como          Manuel Hernández, 39.-Catahna GarcI3, 40.-Germ.an
WObó lega.lm,ente la procedencia para la privación da          JaraUÍD. 41......crescencia García dtJO Lo. 42. - Zeferma
1   .erm            ",.
 M&i'luél, 43......Fl'AftCi~<* Mmmno de M., 44.-:bárbata
 Ntét. 4~.~l Glftta, 46.-1.ú11 A8U1l~ión, 41. -
                                                                 - dOls;b;,~~rifm¡¡. ~~~,..
                                                          IUARiO OFICIAL _ _ _
                                                                _ _ _.....IiI:IIo.mm'_t
                                                                     n                                   ~         g   'es'       Cb   f   •




'Mirla Mi . i Albm.. 41.-JI'1tJt1,ntino Sánche>z, 49.                    36.--CllmilQ manu.! MRriá,         57':-~~                 1, ¡ao.
 -IetronA da.. de 8af1tiílJb, 5IJ.-lbroat111elón SbtO.                   SU!lana Pab19, 59.-'alstihQ lJ~mr1(a.;                   AS iIo
                                                                         tiliti, 61.-Juana MaUa!S, 6i                     Dtl.            ~
     ~i1.-l!ug-.nia Ca      ta ~l.-hlftllt!l .YAiquez, 53. -             lt()8tilina Bautista, M.--Uilllr,it            ta, ~ ~t'"
'étifí!). MflitO, 54:            ,Q Alfaf'ó, :Ji1 ......Aniado aau.      l'étiéZ, 66.-Átltonio Asl.thefÓn, 87.....         .     tistit, 61.
fiéts 50......Af11~1 131      . 57.=-téfétina BAutista, 58.-             -.fttattciscQ lJallti!lta li9......'etroril      ~       .....JIGUl..
Dmxúngo Jl!ut1i'1!1tlt,¡ '~.- 'Itisto allUtllltll, 6O.-11fltt¡c1s.      tl Ct'Uz, 71.-Juatla Ht:lllti*ta,7~.~ ilrlOial ~r.'distl¡ 1).
~ BiútiBlá. &1.-l'rattti8oo Bautittli, tU •        .:..a.bina Dau·       -Juana B.autista. 14.-..DOtnWlollUtl8til.. 'fj .~~¡~
$.1J, 6J.--HiBinió :QlUi~i~tá., 64......l8idUft) Snutiíltá, 6~.          BAutista, 76.-totnás ~aUtiita¡ 17..-1nriqllltlu lita
-MlIrlli Ilutl$~a, 66.......MIUt!O :8I1UtiJtli, 61. - Nicolás            7'.-Juan Bautista, 1~.--Db~illl9 IAijtllstá, .• -:•
Bauti,lita¡ 68.-Pablb Bautistl,        ~...
                                          --4tltui1Üflb :bIUti~ta.       Mindl¡z, 81.-Kanl6n DlutJsta, 1Z.~I)S(j ~Ust., J.
7Q.....Tom'lI ]Jlt.ttiltl", 71.......ZeI1C!n .DiUtilitll. 71.-LUis CI•   -Antonio BautistA, 84~CUtbíittd Jaltlstl ÍI:i,....AiI..Jt
bterá, 13.-MilUel ",abretl, 74.......Jl!!ltlll t MHed, 75.-
                                           n.
e.til!) C6tté!!, i6.......}i'eUpe Cortés, .....Ju_n CGttés, 18.
-L'Jjt Ctlrté~ " ........Maril Cortes, 80.--Hillrión cruz,
                                                                         --Cithien Cabrer., ~.-Jo!lé
                                                                         Cbités, 91.-Franci!lto C2tbrtt., ~bel
                                                                                                               13¡tiJtI, ·Cdte@:'j,
                                                                         BaUtiUa, alí.-losa l1allti~t.¡ 87 .:.....II~ k¡¡ust.....
                                                                                                                           fO~J.Vé,*_
81.-Ielil'l fllb~$. g2......MtlUel Oittfa, U.-AUotI.!lt> Gó-             -AntOOio Cortés, 94......Sl.d$1lM           t._a '3.-J· .
mü. 84......Luii ~t!rllrutdttt, 85.--Matfl l~iIla Hirtiáfi.              Cahteta, 96.-Juah Cortés, ~1;"";'bll j               v*i_,            .•
• • 1l8.......Mjtil Hetl14Hdet, 87.-latltM efl1Áfulft. S8.              Carmen Bautista, 99.-1'0rlirio Cortés, lóO.-Aéraham
-Arbt:t1ftJ Jarqulfi. 89.....Amulfo .tlrquín, .-PIdel Jat•               Cruz.
quín, 91.-Jesus Jarquín, 92.-Margarito JAl'é¡uin. 93.•                         lOl.-Martha :bautista. l(J~.-AUwtp '1~te.8: 103.•
AQraham Lgis, 94.-Andrét LuisA 9S.......Bartolo Luis, 96.                Andrés Cnu, l04.-Pramd!)C8 Gómez¡ 105;.-.JlCint~ . •
-féIi~ LUis, 97.....J1Afíl uis, Y8.-ÑIathl Luis. 99. -                  teo, l06.-kosa MaR~I, llrl......tertrUOis varl:la, 101.....
Mllrtifi Luis, l00.--Niebll!l Luil;.                                     Clátá Ht¡rnándeÉ, llW~~ft.MIrUnea. 110.-1..
                                                                         sé Jarq1Úl. 111....-AqreÜe He                111......utina ata.
      101.-=tedfile LUis .... l02....-AI1ttlt1ia ManI,Jtl, 103¡-Fe.      nl1{ít lI:t-Agustín Jsr'l.ÍB, i 4' :lelláQ ¡rarqufu.. lU.
liciátlo Manuél l04.-.rtatléisoo Müfipel. 105. - Isidro                  ~res~l!ncia Cortés, 116......:Asuncl6n B,utiatá, U,. -
Matnrel. l06.""",,bntl1~l MiUlUlfl. 101........Tes~ Manuel, 10&.         !-pis Trinidad Jarquín¡ U8.~josefina J~t4uíb, 119......
-Joaquíti MMuel, l09.-..Jose ~Uél¡ 110 - Lotema                          lYlrudmiÍiano J~q,I.ul1. 2o...:-tltlslI Luia U1. """: ré~
~tl. llL-Luí!i :AhI1U~l, 112 . {íblfia Mángel, 113.•                     MéndeÉ" 122.-GulllerllW Luls, lJiAollt¡lld ~ui" 124-
Bi'UHU Mattftlt!t. 114'"7-MatliJél           attméi• .1lS.....:MijtJél   -tuz .Mmírez. 125.....l~io "'*IUd. ~~
MüttÍfJtlt, llt;.-1VUit~liM Mlltc:!ti, 111. - Evari!¡to Ma·              Rui¡lj, 127.-'Juan Luis, 128~aMftljt9 Lu15, lat.-AlfW..
tías, llS ..:....Grt!gofib Mltííls, 119.-JulUi Mitía.5, 120.-1'a.        SQítUis, HO.-Lorenzo Bautista, i.Ur-"lu~íüi .ibtiStt.
blo Matías. 121.-Pantaleón Matías, 121.-fitnotea Ma·                     13 .-Benjamín Manuel, Ul-'-Asunción Ihwdsta. 114;
tías, 123.-Benito Méndez¡ 124.-Gertrudis Ménde~ 125.                     -GreAoria Man~el. 135.....Asuntioo Matías, U,.~TriUj..
-It~:ltO Métldez, 126.-JClsé Pablo, 127.--Juán rabIo.                    d~d Bauti&ta, 137.-Anastacia ManUel, 138.-MáxiltÚna
12g..... l:lt1ue1 P~blo. li9.-~tt1etleló 1*étet, ¡j~.-P~ta.              Vá.zquez, 139.......Petrona Báutiilta, 140.-Je8ils 1.013*.            ]·n.
léofi lUfiife~. 13l.-Ml1tía !tetés Iterllanouz, 132.-Ba{.                -FranCisco López, 14i,-Gt!rntan ~, 143....... Clari
tolt},' ltuít, 133.~F~ttifio !uiz, 134.~HUario ltuiz, 135.                Matías 144.-GIHláaluP.e Mattme~, l.f.). --' AIlWltitl Mit"
-Pl!l.t1t~león R.ulz, 136..- ~elix Sanch~z, 137.-beoncio                  te~ 146.-Crescencia Matétl, 141......Elvira MIUJlli, 143.
Sáln:ftt!t, 13g.~M!l:t'íá S'tlché~, 13~.~Manu€l 5inchez,                -Melitón Mallas, 149.-Jacol;tl Matías, 150.~l'etmiflá
140.......At1rián Sandttito, t41.-Ahg~1 Santiago, 142.-Do·               Manuel.
mtfll!;u Sarttiagu. 143.-Btndto $antiálo, 144.~n8piri·
dión Santiago" 14S.-FtátldscCl Santiago", 14é.-SaQtia•                         151.-Cleotilde Bautista, ua.....Anttmio Mátíae, -1$3.
jO M¡ültiel, 1,,7.=-Pedrp- Saütiagq. 148.-.tlVaristo Sotl;}.
149.-F::ludifió 8{)tó, 13lJ.-Juan Soto.
                                                                         -Rufino MQndez, 1~4.-AliGia Mén~_~, lSS.~A~"
                                                                         tista, 1l!ó.~uadlill.tpe Pilbló, 1S1.-.Mütfn          '"blo,
                                                                                                                                     1.•
                                                                         Inés., aauti,ta. U9..:..M.!imina MlttlUll, 160.....o1Ul Ili•
     151.-Manuel Soto. 151.-WeIUleslao Soto 153.-Ca•                     pe Pérez, 161 ......lttiliUa (n-u¡CO 16a.-AiU'tlil lamiréi,
talina Vázquez, 1~4.-Nkol's Vázque&. 15S.-'áblo Váz.                     163.-Margarita )latías, ló4.-.SilltU MIiI1Ü!I, 10J.....oua•
qut!t, lSB.-.t()!lé Dulores' Villanuevll, 1S7. -. Perfecto               dalupe Manuel, 166.-Aurelia Flores 161.-Isabel Ruiz,
Martínez, 158.-José Pablo, 1~9.-Sebastián Madas, 160.                    168.-TQt'ibia :Ruii, l/í9.-Fltlt'entio. Rt.Uz, rro......jJorllrio
-Romana López, ltíl.-Tomás Matías, 162.-An~el So•                        RuiÉ, 171 .....habel Gárcía, 11l.-l1libertl OóIftiz¡ 173.•
to, 163.-Rosa García, 1M.-Manuel Cabrera Antonio,                        Lgrento Auiz. 174."-Nitolás :Ruil, 175.....a.btlvev. No
16S.-JoiQuín !fanu,l, Santiago, l(i6.-Gabriel Bli&utista                llIll, í76.--80UIl SÁnche¡;, 171.-..MiUildt IG~.!. 178. -
M. , 167.-Ernesto Gomez.                                                 Petrona Pablo 179.-Bdrlltrc1lno 8ibtiAIQ.. llU.....Auft.
                                                                         lia Dat.ltilta¡ 18t.-Rufina Santiago, 112~PetfOU Lli$,
                                                                         la3.....Juln Sllntiago, lM.....Joe hrrtlqo t85.-Metcr
      Por la misma razón se privan de sus derechos su•                   del Mattinez. lSO,.:....¡uan. Santl18tJ, 13T    ~AtlnAllo SifI..
 cesorios agrarios a los CC. l.-Antonio )lautista, 2.- -                 ti-lO, lIIa.-Soledtul Sato. 18)1.~l'Mtaieon hnullgo, lVO.
 Manuel Petrona, 3.-lIIabel Man""l 4.-catalilyl Gau·                     -Nitolasa SOtl?J 191.-HUatia López:, 192.-Ptancis~'
 tlsta, 5.......Pablo Madas, 6.-Júana CorWa, 7_Petrona                   Bautista, 193.-Kicardll Soto, 1!)4~l!wti.l1o Vicente,
 Bautista, S.-Felipe Cortes, 9.-Hilano J!1.spejol, lO.-b•                19S.-Tiburcia Méndez, 196•       ...:.ctregorlo Vá!quez, 197.•
 mael García, H.-Josefa Hernández, 12.-Asunción RUlZ,                    Porfirio llui~, 198.-Pedro Vázquez. 199, - Pidel Vtt·
 13.-Teodora Jarquín, 14.-Teresa Jarquín, 15. - José                     que~, 200.-carlnen Luis.
 Joaquín, lÓ.-Fortino Jar.'iU~~l. l7.-Rutina Jarqu1n, 18.
-Antonia Bautista, 19.-l'lanpa Pérez, 20.--Felipe Ma.                        201.-Francisco Vázquez, 202.-Delfina Pablo 203.
 nuelt 21.-Asunción Manuel, 22.-Petronila Bautista, 23.                  -Jtosendo_ Martinez,l. 204.-~lvar(j Mat11s, lO!.-Catall.
-Alfonso Matías, 24.-Antonina Jarquín, 25.-Juána Ma•                     na Montano, 206.-t<.oque Soto, 207.-AureUa Jarqulh,
nuel. 26.-Miguel Martinez, 27.--.Danlel Mateo, 28.-Ri•                   208.-Susana Pablo 20J.-Adela So~o 210 ~ Nicolás
carda Mateo, 29.-Marcelino Mateo 30.-Hilario Ma·                         Bautista... 211.-Fa1l5tlno Bautista, atZ.-Mercedes !jáu.
tías. 31.-An¡el Madas... ~2.-Guada1úpe Ramfrez, 33.•                     tiSia, 2b.-Felipa Bautis1!t, 214.-Tomá!l Gómez 215,-
Juan Hernáñda, 34.-wlIlÑ Vázquez.ly 35.-Maria Bau·                       Porfirla Ramírez , 21ó.-Maria G6mez,             '
tista, 36.-Doloros Ruit 37.-1uana nernánclez :S .• 38.
-Angela Sánchez, 3!1.-Manuela Figueroa, 4O.-Marclal                           En consecuencia. se cancelan los (;ertitlcado~ dI!
Bautista. 41.-Macaria Bautista, 4l.-FranaisCI Bautis•                    Derechos Agrarios que respectivamente se les exp,': St'
ta, 43.-Mario Jarqufn, 44.-Catalipa Jarqufn 45.-Vir.                     ron a 10& elidatarios. sanCionados..." números: lO/l._2.
ginia ~uis, 46-C~rmen Matlas, 47. - RegitÍo Matía8,                      2676¡93 267694, 267695, 267696, 2670'17, 267698, 2676i9.
4~.-:-VICen!a SantIago, 49.-Aouilino Vázquez, SO.-Je•                    2617    267702, 267703, 267.704, 267105, 267706, 267107,
I'orumo Vazquez.      ji                                                 1JJ77 • 267709. 267110. 261711, 261112. 261713. 267114,
DIARIO OFICIAL                      Lunes 22 de enero de 197~
267715, 267717,       267718. 267719,    267720,    267721,   267722,   -Genoveva Matias, l06.-Dolores Ruiz. l07.-Wences•
 267723, 267724,      2~~7, 267729.      267730,    267732,   367735,   lao Manuel. lO8.-Arcadia Bautista Bautista, 109.-Ma.
 26773'6, 26'7737,    2677 , 267740,     267741,    267743,   267744,   cedonio Manuel, 11O.-Mario Raymundo, 11 l.-Floren•
 267746, 267747,      2677 8, 267750,    267752,    267755,   267756,   cio García Matías 112.-Cirilo Ruiz Manuel, lu'-Bo•
267757, 267759,       26776cr. 267762,   267763,    267766,   267767,   nifacio Martínez Í14.-Crescencio Martínez, U5.-Julia•
267769, 267770,       267771, 267772,    267774.    267775,   267784.   na Manuel Sánchez, 116.-Juana López, 117. - Cirila
 167785. 267787.      267788. 267790,    267791,    267792,   267795,   Bautista, 118.-Cenobia López Méndez, 119.-Porfirio•
 267796, 267797,      267798, 267800,    267801,    267802,   267804,   Cabrera Luis, 120.-Feliciano Manuel Ruiz, 121.-Eu•
 267806, 267810,      267816, 267817,    261'627.   267829,   267830,   frosina Méndez Bautista, 122.-Regino Matías Cruz, 123.
 267832, 267833,      267834, 267836,    267839.    267840,   267846,   -Ernestina Bautista, 124.-Emiliano Bautista, 125. -
 267847, 267848,      267852, 267855,    267856.    267857,   267858,   María Méndez, 126.-Nicanor Pablo, 127.-Mario Cabro•
 267859, 267860,      267861, 267863,    267867.    267868,   267869,   ra Luis, 128.-,Guillermo Pablo Manuel, 129.-Galdino
 267870, 267871,      267873, 267874,    267879     267882,   267886,   López Manuel, BO.-Vidal Ramírez, 131.-Hipólito Ma•
 267888, 267889,      267893, 267896,    267900,    267901.   267902,   nuel Hernández, 132.-Miguel Jarquín Hspejel, 133.•
 267903,. 26790.4,    267~06, 267908.    267913,    267914,   267915,   Enrique Martínez Cruz. 134.-Erasmo SantIago Ruii,
 167H8, .267919,      26.7921. 267928,   267930,    267932,   267934,   135.-Agustina Manuel, 136.-Cándido Luis García, 137.
.267<135, 267938,     267940, 267939.    267943,    267944,   267946,   -Aurora Canseco, 138.-María Luisa Ortega, 139.-':Pris•
 267947, 267948,      267949. 267950,    267951,    267956.   267957,   ciliaI!-a López, 140.-María Luisa Santiago, 141.-HilariQ
 267959, 267961,      267963, 267967,    267975,    267976,   267981,   SantIago. 142.-Mercedes Santiago, 143.-Natividad Mar•
 267985, 267986,      267988, 267989,    267991,    267992.   267994,   tínez, 144.-Modesto Ruiz Soto, 145.-Santiago Salomón,.
 2~7996, 598849..    594847 Y 598848.                                   146.-Celestina Ruiz, 147.-Genaro Santiago 148.-En.o
                                                                        carnación Hernández, 149.-Pablo Martínez Gómez, 150.
      SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios V se                      -Pedro Soto.                                 .
 adjudicau las unidades de dotación de referencia, por
'vertir/as cultivando por más de dos años ininterrum·                       151.-Antonio Manuel Ménaez, i52.-Manuel~ Ló•
 pidos, en el ejido del poblado Santa María del Tule,                   pez. 153.-Atanasio SantIago Martínez, 154.-Maximina
 Municipio de Santa María del Tule, del Estado de Oa•                   Luis, 155.-Maximina Manuel, 156.-Hilaria Luis 157.
 xaca, a los CC. 1.-Fabián BautIsta, 2.-Andrés Ray•                     -Eugenio Manuel Pablo, 158.-Bulmaro Cabrera 'Mon•
 mundo Bautista, 3.-José Lorenzo Bautista, 4.-SenorIna                  taño, 159.-María Méndez, 160.-Natalia Luis. 161.-An.•
 Sánchez Raymundo, S.-Antonio Bautista Cortés. 6.•                      toma LUIS, 162.-Severiano Soto López 163. - Miguel
 Antonio Manuel Jarquín. 7.-Pedro Cortés Raymundo,                      Raymundo López, 164.-José Bautista Cabrera, 165.•
 8.-Catalina Arrovo, 9.-Macario García, lO.-Octavio                     Dommgo Jarquín Manuel, 166.-Eduardo Vázquez Orte•
 Méndez Bautista. H.-Ramón Soto García, 12.-María                       ga y 167.-Inocencio Gómez; consecuentemente, expí•
 Méndez, B.-María Angela Soto Bautista, 14.-Julio E'S•                  danse sus correspondIentes Certificados de Derechos
 pejel Arroyo" 15.-Lauro Luis, 16.-Miguel López Ma•                     Agrarios que los acredite corno ejidatarios del poij!a-'
 nueJ, 17.-Bernardino Manuel, I8.-LuIs Manuel, 19.•                     do de que Se trata.
 Lorenzo Luis Jarquín. 20.-Ceha Martínez A., 21. -
 Marcial Martínez, 22.-A!>unción BautIsta, 23.-Juana                        TERCERO.-Publíquese esta KesoluclOn. relativa a
 López Hernández, 24.-LUlS Dolores, 25.-Joaquín Gar•                    la pnvacIón de derechos agrarios y nuevas adjudlGa•
 cía Ramírez, 26.-Bernardo Raymundo Sánchez, 27. -                      dones de unidades de dotación, en el ejido del polMa•
 Pedro Raymundo Bautista, 28.-Ranulfo López Manuel,                     do de Santa María del Tule, MumcipIO oe Santa María
 2~.-Guadalupe Sánchez, 30.-José Santiago Martínez,                     del Tule, del Estado de Oaxaca, en el "Diario Ofida!"
 31.-Faustino Cabrera Montaño, 32.-Isaías Gómez Ma·                     de la FederaCIón y en el periódICO oficial del Gobierno
 n1,lel, 33.-Guillermo Bautista Garay, 34.-Simón Bau•                   de esa Entidad Federativa; inscríbase V háganse las
 tista Manuel, 35.-Antonio BautIsta Cárdenas. 36.-Ma•                   anotacIOnes correspondientes en el Registro Agrario
 rio Ruiz Cortés, 37.-Artemia Hernández Soto 38. -                      Nacional; noufíquese y ejecútese.
 Eusebia Hernández, 39.-Cirilo Pablo Manuel, 40.-EI·                        Dada en el Palacio del Poder Ejecutiv() de la
 vira Vázquez, 41.-Enedina Luis, 42. - Víctor Matías                    Unión, en MéXICO, DIstrito Federal, a los' cuatro días.
 Garda, 43.-Manuel López Melitón, 44.-Inés Martínez,                    del mes de dicIembre de mil novecientos setenta V
 45,-M,argarita Matías García, 4~.-Jes~s Méndez, 47.•                   ocho.-EI Presidente Constitucional de los Estad05
 Andrea Bautista 48.-Dora BautIsta Mendez, 49.-NICO•                    Unidos Mexicanos, José López Portlllo.-Rúbricá.•
 lás' López Jarquín, SO.-Ramón Bautista Vázquez.


                                                                                                   -
                                                                        Cúmplase: El SecretarIo de la Reforma Agraria, Anto.
                                                                        nio Toledo Corro.-Rúbrica.
     51.-Lázaro- Vázquez Pablo, 52.-Alberta Sánch~z,
53.-Valeriano Alfaro Hernández, 54.-Modesto SantIa•
go Raymundo, 55.-Javier Vázquez Jarquín, 56.-Nico•
lá's Bautista Matías, 57.-Marcial Bautista, 58.-Ceno•                   RESOLUCION sobre privación de' derecho. agrarios
bio Bautista. 59.-Otilia Bautista Bautista, 60.-Calix•                     y nuevas adjudicaciones de unidades de dotación,
to VázQu~ 61.-Cirilo Soto Angeles, 62.-Carmen Váz.                         en el ejido del pablado denominado Naranja de
qtiez 6,3.-Ponciano Santiago Alfar~, 64.-Aun;lia Ma·
     J
                                                                           Tapia, Municipio de Zacapu, Mich. (Registrada
nuel 65.-Antonio Bautista, 66.-MIguel BautIsta, 67.                        con el número 3607).
-DÓlores Méndez Pérez, 68.-Simón Bautista, 69.-Ma•
ría Martínez 70.-Manuel Bautista 71.-Joaquín Váz•                           Al margen un sello con el Escudo Nacional, qus
guez Manuel, 72.-Fel~citas ~iiangos, 73. -. Asun,ción                   dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re.
Montaño. 74.-Marganta ROJas, 75.-Marganta Lop~z,                        forma Agraria.
76.-,...Urbáno Cortés, 77.-Toribia López, 78.-GregorIo
Bautista Bautista 79.-Victoria Vázquez, 80.-María Pa·
blo, 81.-Elov Flores Luis, 82.-Quirina García Mateo.                    VISTO para resolver el expe.diente relativo a .la prh:a~
83-.-G'regoria Paula, 84.-S01ed,ad Luis Méndez, 85. -                      ción de derechos agrarIos y nuevas adJudIcacIo•
Isabel Mahuel 86.-Avelino Vazquez Manuel. 87.-Ma.                          nes de unidades de dotación, en el ejido del po-.
ría ·Bautista S8.-Rufina Manuel 89.-Nicolás Jarquín                        blado denominado Naranja de Tapia. Municipio.
Soto, 90.-Gerardo Jarquín Cortés,,91.-Miguel. Jarqu,ín                     de Zacapu, del Estado de Michoacán; V
Espejel, '92.-David Mendez Mar;tmez¡ ?~.-PIl~r V~.
qnéz, 94.-=-Tiburcia Mateo, 95.-Encar~acl~m LUIS Men•                       RESULTANDO PRIMERO.-Por oficio sin número
dez 96.-Juan Luis Manuel, 97.-Jose Vazquez, 98. -                       de fecha 11 de noviembre de 1975, el C. Delegado de la
Ladra Sánchez. 99.-Lucía Luis. 100.-José Soto Bau•                      Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de .,Mi•
tistá.                                                                  "'hoacán solicitó a la Comisión Agraria Mixta iniciara
                                                                        jUicio p~ivativo de derechos agrarios y sucesorio~, eu
  . -lOl":"Rafael Luis Cabrera, 102.-Micaela Hernán•                    contra de los ejidatarios que St;, citan en. ei prlm~ .
del, 1lá-Esteban Manuel. l04.-Evaristo Manuel. 105.                     punto resolutivo de esta ResoluclOn, por haber aban-
LUDU 22 de      en8re    de 1979                    DIAalO OPICIA'                                           19
            el cultivo lltlrlonal ~ 11$ Páretlu R9l' rn4s
                                                               ~~~~~li3; "r.m-M!Ja~-=::, =~ p:;:
~ ,ti
           a4e» (lQn~1,Jtiv<»; y conata en ct1 e¡peaiente la
    lYOé:atotia (le teclia ~ de agosto de 1915oy el Acta      mero 14; 6.-Rcmlgio Mata. l)ar<¡éla ;tl~ro 16; ,1.-11-
      fa A$Qlb~a General Extraordlnaria de ,l:.jidatarios      detonsa Gabriel, parcela núnulf9 1i; J.~~tU:rpiIl9 Qw.

~
 .
  •.tue
       .tuvo vedflcativo ellO de septiembre de 1973, en
               propuao .,eCQtloeer derechos aararioa y ad•
   utl(:á¡' tu wúd;J@a de dotación de re{órencia, a los
                                                               ttÚDlero 20; 10.-Luis Crm ~rratof       ,.,lWl.
                                                               mán, parcela número 19; 9.....,t.eol'f>lt!oM..., J'Afétla
                                                                                                                tl~ro
                                                               lZ' 11.-J. Guadalupe A¡uilu. pl!p"CtJI' • •ro )5; 12.
_ ..3tnót que las hall venido cultivando ~r más de             =bdilón Sosa, parcela número 36; U,~Alt;wrto Et'll"
daill dos inlilterrurnpidos y que ~ indi~~ ~n el se•           noza. parcela numero 27; 14.-M;t. dé Je$ús LOpez Veja.
~1Io Dunto resolutivo de la pre~ente Resolución.               de Espinoza, parcela nÚ1llero ll;. 1!.-J. PUar Oarclla•
                                                               %o, parcela número 34; 16.-Gabino ~cio 'aulino,
       ItESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se                parcela número 36; 17.-C~u:nUf;r So¡a, parcela o_to
r.Mitió   la la Comisión Agraria Mixta _JI. dicho organis•     37; t8.-Elena Téllez Vda. de lU,ino•• pattéla flWne•

                                                                                                        :a.-,e!
_()~  notlttcó el 41 de "Qvl@mbre de 197.:), a los ejidata•    ro 38; 19.-Angela Jiméne~ Vdo. de ~y.., paretil~ nú•
,..,. y .ucesores ~fectados, para qUQ comparecieran a          mero 40; 20.-Pedro Guzmán, p~reel. Jl!.ÍDl"~ 44; ~1.


··
.la AudJtnda ele Pruebas V Aleaatos; mi~ que se He•            -Manuel Garda, parcela número 49;                    LO•
v6 .• cabo el 15 de c.liciembre de 1975, en la que se          pez de la Cruz, parcela número Sl~'4; 23......)tr iUvo



e
eoPllil:obó legalmente la procedencia para la priva•           Sosa, parcela número 61; 24.-Ceóilio M."., ~e a nú•
eió'.,Qe derechos agrarios y sucesorios a los eji,hlta-        mero 66; 25.-Esteban León Ramítez, parcela núme•
      ~Pl,Je!ltos; de conformidad con lo dispuesto por         ro 68.
     al1jculo~ 426, 427, 430 y demás relativos de la Ley
  . .1 de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mix•                 26.-Epifanio Aguilllr, parcela número 70; 27. -
t, ojinó que es procedente la privación de sus dere•           Bernardino Espinoza, parcela número 71; 21.-Vteenta
chos agrarios a los ejidatarios V sucesores que se se·         Velázquez, parcela número 72; 29.-J. Félix Silva, par•
ia11P. y el reconocimiento 9,ue propone la Asamblea            cela número 73; 30.-J. JeiÚs Ranúrez, parcela núme•
Oenval Bxtraordinaria de E jidatarios.                         ro 74; 31.-Ev6rardo Gochi. parcela número 77; 32.•
                                                               Juan Télltu:, parcela número 93; 33.-Tomás Gochi,
      lU5ULTANDO TERCERO.-EI ~ediQllt. relativo                parcela número 98; 34.-Cóncepeión Orobio, partrela
                                                               número 99; 35.-GerÓnimo Sosa, parcela nÓlilero 100;

l..
fu.~ado          a la Secretaría de la Reforma Agraria,
Di . General de Derechos Agrarios, la que hizo                 30 -!'IJonuma Sosa tqa. de .t{alDlre:a, parcela Dl,lmero
Ul'll      ¡alón del mismo, y comprobó la legalidad de         105; 37.-Domitila de la Cruz, parcela número 106; 38.
      totlficaciones y constancias presentadas en este         -Leonor Alonso, parcela número 108; ~.-J. JtUÚS
juicic¡¡; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•        Reyes, parcela número 111; 40.-JesÚs L~, parcela
rio e~e$pondiente, con la opinión de que tuera apro•           número 116; 4l.-Victoriano Maya, parcela ÍltÍmero 117;
bado' ~r estar integrado correctamente; quien a su             42.-Agapito Cipriano, parcela nmncro 121; 43.-Floten•
VQ, wr haberlo encontrado ajustado al procedimien•             tino Gabriel parcela nQmero 121; 44. - Macedonio

.en
to dé Ley, lo SOmetió a la consideración del Cuerpo            Alonso, parcela número 124; 4S;;-A,ntonio F.&pinoza,
Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dicta•           parcela número 126; 46.-Ma. de Jesq, Aaullir Vda. de
        tJl sesión celebrada el 19 de Julio de 1977; y         Reyes, parcela nÚDlero 127; 47. - BonHa(io Serrato,
                                                               parcela número 128; 48.-Mlcaela Garcfa, paJ cela nú•
     CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•                mero 130; 49.-J. Je<¡ús Mata, parcela número 135; SO.
do pnvMivo se ha seguido de acuerdo con los trámi•             -Librada Aguilar Vda. de Morales, parcela número
tes PrevIstos en los artículos 426, 427, 429, 430, 431 Y       139.
détn~~ relativos de la Ley Pederal de Reforma Agraria;
habitl'k1ose comprobado, por las constancias que obran
en attecedentes, que los eildatarios y sus herederos               51.-Crescendano Cruz, parcela número 140; !l2.•
han incurrido en la causa de privaCIón de derechos             Ma. Ventura TéUez, parcela número 145¡ S3 -Andrés
agrarios y sucesorios a que se refiere el articulo 85          Bautista. parcela número 149; 54.-Awhnat Serrato,
fracción 1, de la propia Ley, por haber abandonado el          parcela número lS1; 55.-Juan Morales, par~la núme•
eultlVo personal de las parcelas por más de dos años           ro 152' S6.-Donaciano Zarco, parcela númet'O !1I3; 57,
eonsecUtivos; que quedaron oportunamente notifica•             -J. FéUx Sosa, pat<:ela número 155; $S.-Toribio Timé·
dos lOs' efidatarios y sucesores sujetos a juicio: y que,      nez, parcela número 156; S9.-AgusUn Sosa, pArcela
finalmente, se siguieron los posteriores trámite 'S le~a­      número 151; 6O.-Irinea Reyes, varcela número 162;
les; es procedente privarlos de sus derechos agrafIaS          61.-Venando Vel~guez, parcela número 163-177, 62.
:f súcesorios, y cancelar los correspondientes Títulos         -Andrea Serrato Vda. de Jiménez, pa)'c:ela nfuoero
Parctlarlos.                                                   165; 63.-Agustina López, parcela nórriero 166; 64. -
                                                               Francisco Alonso Gabriel, parcela número 167; 65-
    CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                   Pedro Zarco, parcela n~ero 171' 66.-Leocadio Reyt~,
señalados, según constancias que corren ~regadas al            parcela No. 1'71; 67.-Martín P~raza SerratcJ parcela
ex~dtente, han venido cultivando las unidades de do•           No. 174; 68.-Aristeo Gabriel Téllez. parcela número
taciÓn por más de dos años inlnterrumpidos; V ha•              180; 69.-Ernesto Gabriel Maya, parcela número 181;
biéndOse propuesto e) reconocimiento de sus derechos           70.-Tomás Alonso, parcela número 184; 7l.-Franco
~rlos por la Asamblea General Extraordinaria de                Gochi, párcela número 186; 72.-An~la Maya, parcela
E¡idatarios celebrada ellO de septiembre de 1975, de           numero 189; 73.-Ma. Tránsito Morales Vda. de Rer•
acUerdo con 10 dispuesto por los artículos 72 frac•            J1ál1dez. parcela número 192; 74.-Ma. de Jesús Zarco
ción III; 200 y demás aplicables de la misma Lev, pro•         Vda. de liménez, parcela número 196; 75.-Ma. de Je•
cede reconocer sus derechos agrarios; y con fundamen•          sús Cruz, parcela número 199-200,
to en el artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus
Certificados correspondientes.
                                                                    76.-.Jesús Galván, parcela némero 203-204; 77.•
    Por lo exnuesto V con fundamento en los artículos          Atanacío Nieves, parcela número 205; 78. - Bzeflu;e
~ mencionados, de la Ley Féderal de Reforma Agra..             Ctuz, parcela número 206; 79.-Ma. Gilbriel BautHa,
ná, se resuelve:                                               J)arcela número 207; 80.-J. Dolores Serrato pa~c(>la
                                                               número 210; 81.-Everto BadilIo Reyes, "arcej a rú!'"p,
     PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos              ro 211; 82.-I1defonso Mata, parcela número 218; 83.
agrarios en el ejido del poblado denominado Nar~n­             -Estanislao TéHez, parcela núrpero 219: M.-J."cir''l
ia de Tap!a. Municipio de Zacapu, del Estado de Mi•            Ramírez, parcela número 220; 85.-JUflM ¡("tr~;n T;
clioáCltn, por haber abandonado el cultivo personal de         I'bénez, parcela nÚlTlero 221: M.-Iv.n ... rln r.",h; -".
las parcela$ por más de dos años conseCJ;ltivos a los          céla número 217; 87.-Simón "tteyes Hern!tnrle'" r'··
CC. l;-Eustolia Téllez, parcela número t; 1......:ltosén•      ~éla número 230. v IS.-Mi~llelá lImenet. tSál'(:~la nÍJ•
do R.eyes Hernández. Darcela número 9: 3.-Filomena             mero 90.
DIARIO OPICIAL                        Lunes 22 de enero de 1979
                                                                                                                              -
      Por la misma razón se privan de' sus derechos          dun Antonio Gabriel, 7.-Margarito Ramírez Ramírez,
 sucesorios agrarios;. a los ce. l.-J. Guadalupe Reyes       8.-CoIJ,stantino Guzmán Serrato, 9.-Ma. Cecilia Go•
 Hernandez, 2.-J. uuadalupe Reyes Gaspar, 3.-Balta•          Chl Torres, 1O.-Felicíana Navarro Espinoza, 1l.-Por•
 zar Reyes Gaspar, 4.-Juana Reves Ga~ar, S.-Nata·            firia Alonso Zarco, 12.-0dllón Sosa Espinoza, 13. -
 tia Aguilar, 6.-Ma. Trinidad Ascencio, 7.-Ma. de Je•        Alberto Espinoza Guzmán. 14.-Hermenegildo Espino•
 sús Alonso, 8.-Leopoldo Mata, 9.-Leocadio Mata, 10.         za López, 15.-Isabel Martínez Mora, 16.-María Agui•
 -Na,talia Serrato, H.-Carlos Guzmán, 12.-Juan Guz·          lar Serrato, 17.-Camilo Sosa Ruiz, 18.-Manuel Es•
 mán, 13.-Esperanza Guzmán, 14. - Eulalia Guzmán,            pinoza Espinoza, 19.-Fernando Galván Galván, 20. -
 15.-Guadalupe Guzmán, 16.-Remigio Mata G" 17.•              Juan Guzmán Serrato, 21.-Rafael García Ramírez. 22.
 Santiago Cruz 18.-Ismael Aguilar, 19.-Natalia Agui.         -Alfredo Vergara Ambriz, 23.-JesÚs Sosa Cruz, 24.•
 lar, 20.-Carmen ~guilar, 21.-Florencia Espinoza, 22.        CeCIlia Maya Jiménéz, 25.-Agripina López Silva, 26.•
 -Antonio Sosa, .23.-Concepción Guzmán, 24.-Adal•            Angela Espmoza Jiménez, 27.-Raúl Espmoza Nieves,
 berto Espinoza, 25.-Maurilia Espinoza, 26.-Juan Es"         28.-Ma. Asunción Maya Velázquez, 29.-Guillermo Ma•
 pinoza, 27.-María Espinoza. 28.-Antonia Espmoza, 29.        ta Estrada, 30.-Prescot López Anguiano, 31.-Cuauh•
 -Antomo AscenclO' Aguilar, 30.-Agustín Sosa, 31.•           témoc González Serrato, 32.-Juan Téllez Serrato, 33.
 Josefa Ruiz, 32.-Luis Sosa, 33.-Rosa Sosa, 34.-Leon·        -FranCl!>CO Gachi Bautista, 34.-Luis Vergara Orobio,
 cio Mava, 35.-Apolomo Mava, 36.-Fuasto Maya, 37.            35.-Magdalena Aguilar Serrato, 36. - Esteban Sosa
 -Amalia Maya, 38.-Simona Antonio, 39.-Andrea Ra·            Alonso, 37.-Altagracia Gochi de la Cruz, 38.-Pedro
 mí,ez, 40.-Ma. Guadalupe Cruz, 41.-Clriaco SoSa, 42.        Espmoza Alonso, 39.-Josafat Reyes Espinoza, 40.-AI•
 -Erasmo León, 43.-Martha Nieves, 44.-Delfina Es•            maquio López 'Guzmán 41.-Susana Maya Jiménez, 42.
 pinoza, 45.-Ignacia Espinoza, 46.-Mal Ía ConcepcIón         -Jesús Cipnano Reves, 43.-Ramona Silva Ramírez,
 Cruz Velázquez, 47.-Ma. NatlVidad ~uzmán, 48.-;-Ma.         44.-JesÚs Alonso Gabriel, 45.-Aurora Sosa Gochi, 46.
 Guadalupe García, 49.-Carmen GarCla, 50.-Estamslao           -- N? le ,{t?ve- l-!'"llllar •• I,-t:! .aen'" 'Íi(>'e~ de la Cruz,
 Téllez.                                                     48.-Vicenta RamÍrez Hernández, 49.-José Luis Mata
                                                             AgUllar, 50.-Leovigilda Mireles Jiménez.
       51.-Angela Orobio, 52.-Ma. Bautista, 53.-Efraín             51.-Ma. Concepción Canela Espinoza, S2.-Pedro
GOChl,' 54.-Ma. Isabel Jiménez, 55.-Tomás Sosa, 56.•         Bautista Galván, 53.-Efraín Gochi Bautista, 54.-Mo•
J. Encarnación SDsa Alonso, 57.-Humberto E<;pinoza,          desta Navarro Espinoza, 55.-Adelaida Cupa, 56.-An•
58 .....:.Rafael López, 59.-Elodia López, 60.-Romualda       toma Truiillo Velázquez 57.-Paula Jiménez Vergara,
López. 61.-Felipa Reves 62.-Slxta Gabriel. 63.-Cin·          58 -Roberto Sosa Jiménez. 59.-Socorro Huerta Ruiz,
lo Gabriel 64.-Franci<;co Alonso, 65.-Ma. de Jesú"           60.-Aldeberto Reyes Antonio. 61. - Agustina Téllez
Gabriel, 66.-Esperanza Alonso, 67.-Ma. Salud Jlmé.           León. 62.-Elisa Jiménez Serrato, 63.-E~tela Bailón
nez, 68.-Emeterio Reyes 69.-Sebastiana Reves, 70,•           López, 64.-Balbina Alonso Jiménez de Gabriel, 65.•
Ma. Salud Reves, 71 -Lucina Reves. 72.-Virginia Nie"         Guadalupe Zarco León, 66.-María Espinoza López, 67.
ves, 73.-Gloria Meza. RamÍl ez. 74 -Pascual Ramírez          -Ma. Ventura Serrato García, 68.-Juana Maya loren•
Pé!dIlla 75 -Jor'Re Mata Aguilal. 76.-Elvia Cruz Ca·         zo, 69.-Elisa Sosa Jiménez, 70.-Maura Tél}ez Guz•
nela, 77.-ArcadIa Cruz Canela. 78 -Rosa Mana Cruz            mán 71.-Paula López Silva, 72.-Juan OrobIO Mava,
Canela, 79.-Petra Téllez N., 80.-Cavetana Galván, 81.        73.-Manuel Hernáudez Morales, 74.-Sebastiana Oro•
-Antonia Bautista, 82.-Luisa León, 83.-Ismael Ra•            bio Zarco 75.-Abacuc Gabriel, 76.-Alejandro Galván
mírez, 84.-Jacinto Zarco, 85.-Francisco Zarco, 86.•          Maya, 77.~Joaquín Nieves Espinoza: 78.-Esther P~­
Juan $osa, 87.-Angela Sola, 88.-Josefina Sosa, 89.•          rez Alarcón, 79.-Roberto León Gabnel, 80.-Salud JI•
David Sosa 90.-JesÚs Velázquez, 9L-Porfirio Veláz•           ménez Gabriel 81.-Blanca Ohvia Badillo R., 82.-Ma•
quez, 92.-Teodora Velázquez, 93.-Elvira Jiménez Se•          nuel Mata T. 83.-Guadalupe TéIle:¡ Serrato, 84.-J. Na•
rrato, 94.-Juan Romero, 95.-Julio Alon<;o. 96.-Joa•          tividad RamÍrez, 85.-Ezequiel Cruz Pérez., 8? - Ab~l
quín Alonso, 97.-Ma. de Jesús Orabio, 98.-Juan Re•           Espinoza Guzmán, 87.-Ma. Guadalupe Clpnano ESPI•
ves, 99.-Wilfrido Reves, 100.-Sergio Reves.                  noza y 88.-Francisca Mava !iménez; c~))!secuentemen­
                                                             te, expídanse sus correspondle!ltes Certlfl.c:ados .de De•
      10L-Magdalena Reves, 102.-Ma. Natividad Cas•           rechos Agrarios· que los acredIte como elldatanos del
 tro, 103.-Javier Pedraza Castro, 104.-Fildemar Pedra•       poblado de que se trata.
 za Castro, 105 -Antonio Gabriel Mava 106.-DeIfina                 TERCERO.-Publíquese esta Resolución. rel~tiv!'l a
 Maya, 107.-Petra Guzmán, 108.-Juan Alonso, 109.•            la privación de derechos agrarios V nuev~.s adlUdlCa•
 Ma. Fernández, 1l0.-Eustacio Gochi, l11.-Bernardi•          ciones de unidades de dotación, en el elIdo del po•
 na Orobio lI2.-JesÚs Galván, 113.-Feliciana Mava,           blado de Narania de Tapia, Municipio de Zacapu, del
 114.-Ram6n GalváD, 115.-Rafaela Galván, 116.-Jovi•           Estado de Michoacán, en el "Diario Ofici~l" de la Fe•
ta, Espinoza, 117.-Eleodo~o Nieves. 118. - De~etrio          deración v en el periódico oficial del Gobierno de e.sa
Nieves, 119.-Genoveva NIeves, 120.-Petra Espmoz~,             Entidad Federativa; inscríbase y háganse l.as anotaclO:
 121.-Rafaela Vergara, 122.-J. Socorro León, 123.-VI•         nes correspondientes en el RegIstro Agrano NaCIOnal,
 telio Serrato 124.-Emilio Serrato, 12,'i.-Ernesto Ba•
dillo Reves Í26.-Ma Cleofas Torres. 127. - Liborio           notifíquese V ejecútese.
 Mata, 128 ....:.Alfredo Mata, 129.-Ma. Carmen Mata, 13~.        Dada en el Palacio del Poder EiecutIvo de)a
-Juan Téllez 13L-Eleuteria Serrato, 132. - ArcadIa           Unión en México Distrito Federal, a los cuatro días
GuzmAn, 133.~Abel Ramírez, 134. - Amalia Ramírez,            del ~es de diciembre de mil novecientos setenta V
135.-Juan Gochí, 136.-Crispina Guzmán, 137.-Mag•             ocho. - El Presidente Constitucional de los ,Es~ados
d"'~n') Írorhi 13Sl,-Celar'o Reve<;. nQ-Am"'1da Re·          Unidos Mexicanos, José López Portillo. - Ru~nca.­
ves, 140.-Lucía Reves, 14L-Ninfa Reve<;,_ 142.-Fran•         Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agrana. An.
cisco May-, Jíménez V 143.-E~peranza Marquez M.              tonio Toledo Corro.-Rúbrica.
      En consecuencia se cancelan los Títulos Parcela.
rio>; que respectivamente se les exnídieron a los eii•
dataríos sancionados, números: 45285, 45287, 45290,                                            •
45~94. 45303. 4;112. 45328, 45339. 45341, 45345, 45350,      RESOLUCION sobre urivacfón d! derechos 8gt"llri!,S ,
4~373, 45381, 45401 45413, 45428 45444, 45446, 45452,           nuevas adjudicaciones de untd~des de do~cion Y
4545'i. 45457, 45460, 45462, 45466. 45474, 45488 ,v 45497.      confirmación de derechos agral'los, en el ejIdo del
     SEGUNDO.-Se reconocen derechos agl ano~ y <;e              poblado denominado Esfuerzo del Campesino, _   Mu•
adiudican las unidades de dotación de referencIa, PO!           niciuio de Güémez. Tam. (Registrada con el num~
venirlas cultivando {'or más de dos años mm~errump~­            ro 3622).
dos. en el ejido de prhlado Nar3~ia de ,TaPIa. MUnI•
cipio de Zacapu. de) Estado de M'rho;¡can, a los CC.             Al margen un seno c~:m el Escudo N~ciona~, que
t.-Ma. Consuelo Rosas Guzmán, 2 -Santiago. Re¡es             dice: Estados Unidos MeXlcanos.-Secretana de la Re•
Gaspar, 3.-Ma. Reyes Huante, 4.-Adela GOChl Alca•
ra. J.-Crescenciana Téllez Ramírez, 6.-Ma. Encarna-          forma Agraria.
L1Dles 22 de enero de 1979               .1 •• 10 OFICIAL                                               21

  VISTO para resolver el expediente relativo a la priva•       expediente, han venido cultivando las unidades de do•
     ción de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones         tación por más de dos años ininterrumpidos, y habién•
     de umdades de dotación y confirmación de dere.            dose propuesto el reconocimiento de sus derechos
     chos agrarios, en el ejido del _poblado denomina•         agrarios por la Asamblea General Extraordinatia de
     do "ESFUERZO DEL CAMPESINO", Municipio de                 Ejidatarios celebrada el 11 de diciembre de 1975, de
     Gtémez, del Estado de Tamaulipas; y                       acuerdo con lo dispuesto por los Artjs:ulos 72 Frac·
                                                               "iones 1 y JII; 200 Y demás aplicable. de la
                                                               misma Ley, procede reconocer sus derechos agrarios;
      RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien.               y con fundamento en el ArtIculo 69 de la mencionada
  te la segunda convocatoria de fecha 3 de diciembre de        Ley, expedir sus Certificados correspondientes.
  1975, para la Asamblea General Extraordinaria de Ejida•
  taríos, relativa a la privación de: derechos agrarios, en         Por fo expuesto y con fundamento en los Artículos
  contra de los ejidatanos que se citan en el primer           ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra•
  punto resolutivo de esta Resolución. por haber abando•       ria, se resuelve:
  nado el cultivo personal de las unidades de dotación
 por más de dos años consecutivos; asamblea que tuvo
  verificativo el 11 de diciembre de 1975, en la que se            PRIMERO.-Se decreta la privaCión de derechoS
 propuso reconocer derechos agrarios y adjudicar las           agrarios, en el ejido del poblado denominado "ESFUER.
 unidades de dotación de referencIa, a los campesinos          ZO DEL CAMPESINO", Municipio de Güemez., del Es•
 que las han vemdo cultivando por más de dos años              tado de Tamaulipas. por haber abandonado el cultivo
 ininterrumpIdos y que se mdican en el segundo punto           personal de las unidades de dotación por más de dos
 resolutivo; y se confirmen ros derechos agrarios de           años consecutivos a los CC. l.-José González, 2.-Juan
 4 ejidatarios del censo básico, beneficiados en la Re·        García, 3.-Santana Hernández, 4.-Emeterio Hernán•
 solución Presidencial de amplIaCIón de ejido de techa         dez, 5.-Agustín Requena, 6.-Florencio Sánchez, 7.•
 10. de abril de 1942, publicada en el "Diario Oficial"        Jac1Oto Zapata, 8.-Jorge Zapata, 9.-Marcos Zapata y
 de la Federación el 16 de junío de 1942, quienes se           10.-Félix Zapata.
 encuentran en la actualidad cultivando sus unidades
 de dotación y que se indIcan en el tercer punto resolu•
 tivo de la presente ResolUCIón.                                    SEGUNDO.-Se reconocen Clerecnos agranoa y .,.
                                                               adjudIcan las unidades de dotación, de reterencIa, por
       RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se                 venirlas cultIVando por mas de dos años ininterrum•
  remitio a la Comisión Agraria Mixta y, dicho Orga•           pidos, en el ejido del poblado de "ESFUERZO DEL
  mSlllO, notificó el 12 de marzo de 1976, a los               CAMPESINO", Municipio de Güémez, del Estado de Ta·
 elidatarios afectados, pala que compareCIeran a la            maulipas, a los CC. l.-José Martíne.z Aguilar, 2.-Joa•
  Audiencia de Pruebas v Alegatos; misma que se llevó          qUÍn Rodríguez Ortiz, 3.-José Zapata Requena, 4.•
 acabo el 29 de marzo de 1976, en la que se comprobó           Gregario Requena Zapata, 5.-Vidal Requena García,
 legalmente la procedenCia para la pnvación de dere•           6.-José Hernández Hemández, 7.-Juan Campos Co•
 chos agrarios a los e]ldatarios propuestos; de con·           ronado, 8.-Julián González Verdines, 9.-Pedro Her·
 formidad con lo dispuesto por los ArtÍcufos 426, 430          nández Hernández y H>.-Eladio Rodríguez Hernández;
 Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra•          consecuentemente, expídanse sus correspondientes Cero
 ria. La Comisión Agraria Mixta opinó que es proce•            tificados de Derechos Agrarios, que los acredite como
 dente la privación de sus derechos a~rarios a los eji•        ejidatarios del poblado de que se trata.
 datarios que se señalan, y el reconOCImiento que pro•
 pone la Asamblea General Extraordinaria de Ejid:at;l.
 rios,                                                            TERCERO.-Se confirman las aerecnos agrarios
                                                              de 4 e.jidatarios del censo básico, beneficiados en la
                                                              Resolución Presidencial de ampliación de ejido de fecha
     RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo               10. de abril de 1942, y publicada en el "DIanO Oficial"
lile turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria,           de, la Federación el 16 de jUñio de 1942, quienes se
Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo           encuentran en la actualidad cultivando sus unidades
una revision del mIsmo, v comprobó la legaridad de            de dotación, a los CC. l.-::-Timoteo Rodríguet Pozadas,
las notificaciones y constancias presentadas en este          l.-Bruno Zapata Hernández, 3.-Felipe Zapata To•
juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•         rres y 4.-Fehpe Zap,ata Alvarado, en el ejido del po•
do correspondiente, con la opinión de que fuera apro•         blado denominado 'ESFUERZO DEL CAMPESINO",
~do por estar integrado correctamente; quien a su             Municipio de GÜémez. del Estado de Tamaulipas; con•
vez, por haberlo encontrado ajustado al rrocedimiento         secuentemente, expídanse a sus nombres los corres•
de Ley, lo sometió a la consideración de Cuerpo Con·          pondientes Certificados de Derechos Agrarios que los
sultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen           acredite como ejidatarios del poblado de que se trata.
en sesión celebrada el 13 dl'; diciembre de 1977; y
                                                                  CUARTO .-Publíquese esta Resolución, relativa a
     CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•               la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica•
da privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi•          ciones de unidades de dotación y confirmación de deo
 tes previstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 Y de•      rechos agrarios, en el ejido del poblado de "ESFUER•
más relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria;           ZO DE CAMPESINO", Municipio de Güémez, del Es•
habiéndose comprobado, por las constancias que obran          tado de Tamaulipas, en el "Diario Oficial" de la Fe·
~n antecedentes, que los ejidatarios han incurrido en         deración _yen el Periódico Oficial del Gobierno de esa
la causa de privación de derechos agrarios a que se           Entidad Federativa; inscríbase y háganse las anotacio•
refiere el Artículo 85 Fracción 1, de la propia Ley, por      nes correspondientes en el Registro Agrario Nadonal;
haber abandonado el cultivo personal de las unidades          notifíquese y ejecútese.
de dotación, por más de dos años consecutivos; que
quedaron oportunamente notificados los eiidatarios
sujetos a juicio; v que. finalmente, se siguIeron los             Dada en el Palacio de! Poder Ejecutivo de la
posteriores trámites legales; es procedente privarlos          Uníón, en México, Distrito Federal, a los cuatro días
de sus derechos agrariOS.                                     del mes de diciembre de mil novecientos setenta y
                                                              ocho.-EI Presidente Constitucional de los Estados
                                                              Unidos Mexicanos, José López Pórtmo.-Rúbrica.-Cúm.
    CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                  plase: El Secretario de la Reforma Agaria, Antonio To.
señalados, según constancias que corren agregadas al          ledo Corro.-Rúbrica.
DIARIO OPICIAL                    Lunes 22 ........ -.. 1179'

                          DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL
lt~NTO del 'Régistro Públleo de Comercio.                    gistro de Comerci. esté a ~~ü • Uá ~_ éste
                                                             podrá auxiliarse de los órganos ádnilhisttati'Vo', que
    ~i tllat¡en un sello con el Escudo Nadonal, que          estén bajo su contml como Director del Rdistto de
dice} -B'$t~os Unidos MeXl(allos.-Presidencia de la Re-      la Propiedad, en cuanto @llo Ita ClOIIlN.W. . . lis ae-
pú&~~: "                                     ,               tividades de dichos órganos.                      .
    ';jOsE"LOPEZ PORtILLO, Presidente Constitucional
de {e$, E$t,d~s Unidos ~exicanos! en '!l,so de la facultad       ARTICULO 70.-ParaJa Pmtaei.. dt* ~s
que-li~ "~OilfIere el artIculo 89 rraCClOn 1 de la Cons•    .s~ecíficos del Re¡:istro e CQft~~.!! Dtrietm' l»
titu~6n 'P~lítica de los Estados Unidos Mexicanos y,         drá auxlliarse, aclemás, de uno Q ~ l(itlltpt.~S
con 'fundamento en el art6culo 18 del Código de Co•          y del personal administrativo fllIt .tilIé ~üriQ.
mercl,O. v
                                                                 ARTICULO So.-Cuando seu vanQS los ••••ta•
                   CONSIDERANDO:                             dores, el Director podrá desilnar a uno 40 ,l~ para
                                                             que asuma la jefatura del resto d.l perlf)Qál y mart•
      Que d ltegistro Público de Comercio es una lns•        tenga bajo su directa supervisión las labores del ~e­
tltriéiQrl de derecho mercantil, de carácter federal, que    g1stro, informando a la Dirección sobre .1 eurto de
tien~ ,~plic~ción en todo el territorlo nacional.            las mismas, caqa ve~ que fuere Bec,SaFÍO t) pi" .llo
                                                             sea requerIdo.
    Qí}e tradicionalmente y por disposición expresa
del ~ódigo de Comercio, este Registro se lleva a cabo,           ARTICULO 90.-Si se presentar. Cil1 calO , q~ se
entré otras, por las oficmas encargadas del Registro         refiere el artículo antenor. correlpoadórj, ~s, al
Público de las entidades federatIvas; por lo que el          Jefe de Registradores:
E)eéutIVO Federal a mI cargo ha temdo a bIen ex•
pedir: -él siguiente;                                            l.-Controlar, mediante los dispoIitivQI previltos
                                                             para el caso, el flujo de los dQcumento$ que oportu•
                                                             namente se le turnen para su tráDutu, proco(Ut::núIJ,
    UGLAMENTO DEL IU~mSTRO ¡'UBUCO DE                        de inmediato, a la distrIbución' del trabajo y vililpd,o
               COMERCIO                                      el exacto cumplimiento de las nortnas rQspccuvaa du•
                                                             rante toda la secuela del procedimiento;
                   TITULO PlUMERO
                                                                 I1.-Establecer el enlace con lts diversa. MCej&
  De 1. Orrudzaeión y Funcionamiento del ••lIsb'8            Des o dependencias del ReBistro de la Pl'OpttdlG, tn
                                                             cuanto las funciones de éstas y las del liq1stto tle
                      CAPITULO 1                             Comercio se aunen o complementen;
                 Disposiciones Generales                         IH.-En su caso, remitir al Director. o .. fwtcicm~..
                                                             rio que éste designe, los documentQS objetado. pOr los
     ~RTICULO lo.-El RegIstro Público de Comercio            Registradores, para que se proceda a su f~V1SlQJl y ¡,.t)
es la Institución mediante la cual el Estado propor•         resuelva sobre la procedencia o improcedenda de la'
cioná el ..ervlCÍo de dar publiCIdad a los hechos yac•      suspensión o denegaCIón del servICIO; V
tos j{l:rídlcos que, realizados por empresas mercantIles
o en_IéJación con ellas, precisan de ese requisito para
5UrUlO: efootos contra terceros.

    ARTICULO 2o.-Para el establecimiento de los Re•
                                                     ,
                                                                IV.-Atender a la pronta devolución de los docu•
                                                             mentos de trámIte cumplido.
                                                                                                     "


                                                                 ARTICULO lO.-Corresponde al o • los lleaiatrado•
                                                                                                                  .    .
gistros Mercantiles en todo el territoflo de lA Repú•        res de Comercio:
blica, Sé estará a lo dispuesto por el artículo 18 del           l.-Llevar a cabo la calificación de los d&cu$en•
Códi{19 ,de Comercio en vigor. No obstante, para los         tos que se presenten a registro, a cuyo efecto teádrán
efectoS d~ este Reglamento y a falta de disposición          las atribUCIones y limitaciones que 1M seftalen este·
expre" •. tendrán aplicación las normas de derecho co•       Reglamento y demás disposiciones legislativa, v recla•
mún .correspondientes a la entidad federativa en que         mentarias aplicables a la materia;
dIchos" .reSlistros se localicen.
                                                                 H.-Si procediere el Registro, deter1nmar en can~
                      CAPITULO II                             dad líquida el monto de los derechos a cubrir; y
  De ~ Éncargados del Registro        y sus Funclones             IIl.-Practicar o, en su caso, ordenar y vigilar que
                                                              se practiquen con toda oportunidad y eorreCd6n !(!)s
    ARTICULO 30.-Por ministerio de la Ley, asumirá            asientos respectivos, autOrIzándolos con su firtna.
la direcciÓn de cada Registro de ComerclO la persona
que tenga a su cargo la función directlVa del Regis•               ARTICULO H.-La calificación que- hagan tos Re•
tro PQbllco de la Propiedad. según la localidad de            gistradores de la legalidad de los titulos. se áténde•
que se trate.                                                 rá limitada para el efecto de suspender, denegar o etu•
       .. ,
        :                                                     mitir la inscripción, sin perjuiCIO de la acclán con•
    ARTICULO 40.-En los lugares donde exista Reps.            tradictoria que pueda ejercerse sobre la nulidad del
tro de ,Comercio y, I?or razones de orden orgánico, este      titulo o la determinación del Registrador.
no se ubique adminIstrativamente a nivel de Dirección,
el titular del mismo tendrá la designación' que le con•            ARTICULO 12.-Si de' la sentencia ejecutórla que
fiera el ;Ilombramiento respectivo.                           recayere en juicio res.ultare que el título fue mal éa•
                                                              lificado, el Registrador hará la inscripción o cance•
     ARTiCULO So.-En aquellas localidades en que el           lará la que hubiere hecho, conf6rme a "los térnUnos
movimiento registral mercantil fuere de escasa signi•         de la ejecutoria. En el primer caso, los efectos de
ficación. el encargado del RegIstro organizará sus ac•        la prelación se retrotraerán a la fecha de presentación
tividadts ,observando, en todo lo que sean aplicables,        del título que dio lugar al incidente.
las disposiciones de este Reglamento.
                                                                  ARTICULO B.-El Registrador' susPenderá la ins•
    ARTICULO 60.-Cuando así lo demanden las ne•               cripción, cuando los defectos u omisiobes del ·título
ceSIdades del servicio y en el caso de Que el Re-             de que se trate sean subsanables.-
DIARIO OPICIAL

    La suspensión no interrunlpirá la prelación del tí•         ll.-El Folio Mercantil
tulo, si el defecto u omisiód fueren subsanados en
el término de diez días hábiles siguientes a aguel en           III.-Los Folios Auxiliares que se estimen CODV80
g~. se notifique al interesado la determinacIón del         nientes con arreglo a las necesidades del aervicio y
Registrador.                                                a juicio de la Dirección.
    ARTICULO I4.-El Registrador denegará la inscrip•            ARTICULO 20.-Para los efectos de este Reglamen•
ción de los docUD1entos públicos o privados que se le       to, se entiende por Folio la hoja o conjunto de hoj..
presenten, cuando el acto o contrato que en ellos se        destinadas a contener los asientos de presentaciÓD, y
contenga no sea de los que deben inscribirse o ca•          la hoja u hojas en que se practiquen las inscripciones
rezca de alguno de los requisitos requeridos para su        y anotaciones relativas a los actos o contratos mer•
eficacia jurídica; cuando esté en marufiesta contradic•     cantiles que sean registrables y que estén referidos
ciÓn con los contenidos de los asientos registrales pree•   a una mIsma empresa, buque <> aeronave, considera•
xistentes, o cuando el documento de que se trate no         dos, cada uno de éstos, como una entidad re¡istral
exprese, o exprese sin claridad suficiente, las circuns•    con historial jurídico propio.
~c~s .<Jué, con arreglo a la ley. deba contener la
1I1'sCnpClOn.                                                   ARTICULO 21.-El Folio Diario de Entradas y Trá•
                                                            mite, provisto de la copia o copias que se esti.meD
    La denegación de la inscripción, si no fuese im•        necesarias, tendrá el doble objeto de servir collJllit ins•
pugnada, o si se confirmare por resolución de au•           trumento para los efectos probatorios en orden a la
tondad competente, privará de sus efectos prelatorios       prelación de los documentos presentados, y como mo•
al aSIento de presentación, el cual será cancelado.         dio de control de los mismos, a los que acompafiará
                                                            en las distintas fases del procedimiento.
    ARTICULO IS.-Los Registradores y. en su caso,
los empleados a su cargo, serán responsables de los             ARTICULO 22.-El Folio Diario de Entradas y Trá•
daños y perjuicios que ocasionen, en el ejercicio de        mite se formará acumulando las hojas que fueren ne•
sus funciones, por descuido, negligencia o incumpli•        cesarias para contener la relación de los documentos
miento de las disposiciones contemdas en este Regla•        que ingresen al Registro durante una jornada de labo•
mento y demás ordenamientos legales sobre la ma•            res, debiendo estar provista cada hoja de casillas ci•
tena.                                                       fradas en las que deberán contener la fecha, número
                                                            de entrada y demás datos necesarios para establecer la
                  TITULO SEGUNDO                            correcta sucesión e identificación de los referidos do•
                                                            cumentos, así como para reflejar los incidentes que
                De los Procedunientos                       se susciten en las diversas etapas del trámite.
                     CAPITULO 1                                 ARTICULO 23.-La primera y última hoja del Fo•
                                                            lio DIario de Entradas y Trámite deberán contener
                      De1 Sistema                           sendas razones de apertura y cierre que practicará el
                                                            encargado de la recepción de los documentos, al inicio
      ARTICULO 16.-SegÚD lo impongan las necesidades        y término de las labores del día, a modo de que
de cada oficina y el correcto ajuste de las funciones       puedan establecerse con precIsión el número y secuen•
registrales, en su doble aspecto inmobiliario y mer•        cia de los documentos ingresados.
c~til, el registro de los actos de comercio podrá rea-
1izMse mediante el sistema de libros o de FolIo Mer•            ARTICULO 24.-De una manera general y sin pero
cal'ltil.                                                   Juicio de la calificación registral, la prelación entre
                                                            los diversos documentos ingresados al Registro, se
    Cada volumen, si se trata de libros, o cada folio,      determinará por la prioridad en cuanto a la fecha y
en su caso, serán autorizados por el funcionario que,       número ordinal que les corresponda en el Folio Diario
de acuerdo con la ley y reglamentos respectivos. deba       de Entradas y Trámite.
autorizar los libros o folios del RegIstro Público de
la Propiedad.                                                    ARTICULO 2S.-EI Folio Mercantil es el instrumen•
                                                            to destinado a la realización material de la publicidad
    AltTICULO 17.-En el primero de los casos que            registral, en relación con todos aquellos actos o con•
señala el artículo anterior, los libros serán en número     tratos de naturaleza mercantil que se refieran a un
de tres y se denominarán: Libro Primero, Libro Se•          mismo buque, aeronave o em;J?resa y que, reunienClo
gundO. y LIbro Tercero. Cada libro estará destinado a       los requisitos formales de vahdez, precisen de r~s­
contener una determinada especie de actos u opera•          tro, conforme a la ley, para los efectos de su oponibili•
ciones, según 10 previsto por los artículos 31, 32 Y 33     dad frente a terceros.
de este Reglamento y se integrará con el número de
volúmenes que fueren necesarios, para dar cabida a              De todos los folios habrá una reproducción que se
los asientos respectivos.                                   obtendrá por medio del sistema que fije la Dirección,
                                                            para el solo efecto de suplir pérdidas y subsanar de-
      Habrá. además, un libro de presentac,iones en el      terioros de los originales.            .
Clue, para los efectos de la prelación, se asentarán por
rlgtIrOSO orden cronológico y asignándoles el número
ordinal correspondiente, todos los documentos que               ARTICULO 26.-El Folio Mercantil consistirá en
ingresen al Registro de Comercio.                           una hoja que, plegada en tres parte homólogas, resulte
                                                            de proporciones adecuadas a su finalidad y fácil ma•
    ARtICULO 18.-Cada plana de los libros de regis•         nejo manual o mecánico. Cada una de las partes in•
tro contará con un margen apropiado para contener           tegrantes del Folio será de un distinto color que no
las anotaciones a que haya lugar; el espacio central        podrá ser reemplazado por otro.
se destinará a las mcripclones, las cuales se numera•
rán progresivamente, relacionando mediante notas mar•           ARTICULO 27.-La cara anterior de la primera par•
ginales las relativas a una misma empresa mercantil,        te del Folio Mercantil contará con espacios, separados
buque o aeronave.                                           por líneas horizontales y casillas, apropiados para
                                                            contener:
     ARTICULO 19.-Si se optase por el sistema de fo•
lios, la relación de los documentos que ingresen al             l.-El rubro, según la localización de la oficiM
R.egistro, así como los asientos que los mismos origí•      registral de que se trate;
uen. .. practicarán utilizando:
                                                                II.-La autorización, con arreglo a lo previsto por
    l.-EI Fdlio DiariQ de Entradas y Trámite. r             el artículo 16 de este Reglamento; J
t      s                           s_   f     DIA.IO OPICIAL
         111.- El     DÚ11m"8     relistriJ. que ~á          pregresivo   e in·          IV.-créditos de lIabiIita~iÓ1í y Avíó ó ltéfésóiófta·
-_.~~                                    ,
                                                                                  nos, en los términos del artíctHü 326, ffáOOi6n IV • di!
                                                                                                                                    A
                                                                                  lá Ley General de Títulos y Operaciones dé CtéwtÓ;
         lV.-LM utecedentes regiltralé8, tn                    $U tASO;    Y
                                                                                         V.-Fianzas y contrafianzas:
        V.-al Dl1mbl1l ~ l. empresa, si lo tu11ieré, y el
    dt _¡Itftulai,ii -88 trata dd l'l@rsóha ffs!t~l la razón
    iéfi O ~ltlIét'lJ in 81 tlso de socieoat1e~ mero
                                                                                         VIs-Contratos dé comisión rfiercantil, ,.
    dA '" .1 HOBlbI'l o mAteas distintivas dé los bu·                                 VIl.-Los demás actos o contratoí m't!i'll:!itJIM. (lue
    qut. o Ütd1lAvtls.                                                            no estén destinados a otro libro o párte del folió Mer•

       "ll follo 2•
                                                                                  cantil.
       AltTICULO    .-cadl Urta de las partés qUé CO:q1'

    if
         .1       M.tUfltil tendrd un margen Izquierdo                                ARTICULO 33.-Corréspondet-áfi al Libro Téteél'ó
 a tapiado para dar expresiÓfi abréviadá a lOs ásiéñtos                           o A la tercera parte del Folio Métckntil, l()s A¡¡ient6~
, e. P!'tsentación; el espacio á la derecha e!ltará desti·                        referentes a:
 n~...* lAí i~8Crlpdbtm! DrODiá1¡i@nté ruch3i, .lás cua•
 l.. 'lC'*M iI liegUiWiIl de la: ftrnut del R@gIstrador,                              l.-Declaraciones de quiebra o de ésta de           $~,I'tn­
                                                                                  siÓn de pagos: Y
                     CAPItULO 11
                                                                                         lI.-Embargos, sentenciás y l"tt1rltléftéÜíS jueUéiA•
             DI .. ~tOi IuJetua a Idseñptdón                                      les.
       ARTICULO 29.-8ólo se regi!ltrarán:                                             ARTICULO 34.-Si un solo P(jlio fueSé lfisufiéienté
                                                                                  para contener los asientos que le estéti deAUrlados, sé
     , I~ festiOll:Jbit;s de ésctituras, actas notariales.                        agregará un segt.u1tlo Folio, efila:tAfidolo al añferior me•
pDlliAA Q fifitill d&:UiñeHfOi iUtéfitÍCos;                                       dirutte humetaciórl prtJgresiva y efiéáb..~i:ándóto éorl los
       n . . . .ta~   te~/jIUéi(jfies        y providendas    judiciales cer•
                                                                                  mismos datos que sefiala el ár'tféUló 27 de este Regla•
                                                                                  mentos En el caso de que solamente una de las tres
tifWlidas legillffl@nfé; y                                                        partes del Folio resultase insuficiente, bastará agregar
                                                                                  al Folio original la parte de que se trate con el color
     ItI: --tds dOOllinefitys privados debidamente tati.                          que le corresponda.
ficaBt:J$ §@#Úfl li te}' lo tletertnine.
     ARTIGULO 30¡4j1ra los efectos del artí€ulo an•                                                      CAPITULO III
terftlt, f6ao el rfiátenal NgÍstrable 8e distribuirá en
trej 01'd~ft@s, cáda lAno dE! 1CJ8 (males agtuparA una deo.                                              De 10s Indices
tfmllh1átla és~ie de acto§ u operatiOMs. €lbn arte<
glo a 16 tHspúesto por los Itttículos siguientes.                                     A:k'fICULO 35.-1H número regi!!tral tI! la clave
                                                                                  pará la ordenación de los Folios y se localizará file.
       A.1trtCULO 31.-Cortespondetán al Libro Pritnero                            diar1te un índice que tendrá como base ltJs rloínbtllll,
G,    én su caso, a la parte primera del Folio Mercantil,                         denominaciones o marcas distintivas, según s@ ttllte
los asientos rC!lativO!;           ti:                                            de personas físicas o jurídicas. buques o aeronaves.
       l.-Matricula de cotflettiahtes individuales;                                   ,Un método semejante se seguirá en el ~1l"U dé que
                                                                                  el 1{egistro opere con arreglo al sistema de libras.
      'U,-l'roítrilna         a   qUé Se refiere el attícUlo           92 de
la Ley General de Sociedades Mercántiles;
                                                                                                         CAPITULO IV
 .' III. ...... Cb1UtitUch~l1, refórtfli!ls fusión, tr!lfisforma·
06n, di80lmtlQti y Iif/UidaéiÓn de sociedades mercan•                                De las Conditiones Requeridas . .ra        la   i'rAéliél
tilesj                                                                                            de las Instrlp(!lbflü
    XV _NUIfibrlnUentos d9 personas qUe desempeñen                                    ARTICULO 36.-HI servicio registtill es de orden
funói«IA" ~t@!I"fltAfiváS d~ntr(j de las eníprésas;                               público y la instancia te!!pectivá sé éfiHeHdE! fOl1ll:tt,ltl!'
                                                                                  da Q()n la sola pré!l"ntación del dóeumento a in8cno r.
   V.-Poderes generales p'ara actos dé administración                             Se hlrá exigible petición por estlritó !d tt8t4 @j la re..
y dominio y para otorgar  Q suscribir titulos de eré·                             gla general de la oficina regillUal de qUe ~ trAté, O
mto;                                                                              tuando la solicitud implique la realiZáciOfi de aeto!; de
                                                                                  publicidad formal.
     vt_BUqUéS V aerorUtVéll con expresión de 'las ca•
riictérísticas que señalan el artículo 21, fracción XVI,                              ARTICULO 37.-Presentado un doeUtnento para. sU
dtl Código de Comercio y las disposiciones aplicables                             trámite, se asenttltá en la y.rlment de sus hojas tlttlel
de la Ley de Vías Generales de Comunicación; y                                    y, si es el caso en la solIcItud respectiva. él nÚmero
                                                                                  correspondiente en orden a la presentaci6n; mismo
    VIl.-Tftulos acreditativos de propitdad industrial,                           número que constará en el recibo que se extIenda pa·
a,í com.o (le fincas incluida. en el haber de la empre.                           ra constancia y que, sellado por el empl~ado receptor,
sa de que se trate, concretándolie, en este último ca·                            será entregado a los interesados. El retIro de tos QI?"
SÓ, a una toma de razón de los datos corre!pondien.                               cumentos se' hará contra entrega del recibo r.espectI•
tes a la inscripción que. previamente, deberá practi•                             vo o, en su defecto, contra la firma del sohcitant~.
dll'se en el Registro de la Propiedad.                                            quien, previa identificación y bai? protesta d~ deCIr
                                                                                  verdad manifestará haber extraVIado el refendo re•
.      ARTICULO 32.--COrresponderán al Libro Segundo                              cibo.
G    a la segunda parte del Folio Men:antil, los asientos
-:elativos a:                                                                         ARTICULO 38s-Los títulos se registrarán en los
                                                                                  libros correspondientes, haciéndose los asiento., uno.
       l.-Emisión de obligaciones;                                                a continuación de otros sin dejar entre ellos mas es•
                                                                                  pacio que el necesario para la hrma del encargado del
      II.-Hipotecas industriales;                                                 Registro. ..,
       IH.-Hipotecas de ~ques o aeronaves:                                          En idéntica forma se procederá para el caso de los
-   Lunes 22 de enero de 1979 DIA.IO OFICIAt
 asientos que se practiquen en el Folio Mercantil; la
                                                                                                                •
                                                                 ARTICULO 48.-Las certificaciones se referirán a
 firma del Registrador constará inmediatamente a con•        los asientos de presentación, cuando la solicitud res•
 tinuación de cada asiento.                                  pectiva haga referencia a documentos aún no ~cri­
                                                             tos, pero ingresados ya al Registro.
     ARTICULO 39.-En toda inscrIpción se expresarán
 con claridad: la naturaleza del acto o contrato de que          ARTICULO 49.-Si alguno de los asientos que deba
 se trate y su objeto; valor, si constare, intereses, pla•   comprender la certificación estuviera rectificado' por
 zos, condiciones; nombre y apellIdos de los intervi•        otro, se hará mención de ambos.
 nientes y designación del funcionario autOrIzante o,            ARTICULO 50.-Las certificaciones deberán expe•
 en su caso, de la autoridad ordenadora.                     dirse en el mismo oficio que contenga la solicitud, en
                                                             hojas adicionales si el espacio fuere insuficientf!1 o
      aRTICULO 40.-Para que se proceda de oficio a           empleando cualquier otro medio adecuado al inStru•
 la inscripción de los comerciantes individuales, en los     mental técnico de que se disponga para el caso.
 términos del articulo 19 del CódIgO de Comercio, de•
 berán constar en el documento cuyo registro se pre•                             CAPITULO VII
 tenda, los datos relativos a la persona del comercian•
 te, capital en giro, licencias respectivas y, en general.                    Del Recurso RegistraI
 todos aquellos a que se refiere el artículo 21 del CI•
 tado ordenamiento. en lo que este precepto contiene               ARTICULO 51.-Sin perjuicio de lo dispue$to~~.,en
 (le aphcable al caso.                                       el artículo 32 del Código de Comercio, en aquello., ~­
                                                              sos en que los Registradores ejerzan la función Q1Ü.
      Excepción hecha de los documentos a que se re•          ficadora por delegación que, al efecto, les confiera' el
 fiere el párrafo anterior y del acta constitutlva de so•    titular del Registro; este último conocerá de las in•
 cIedades mercantiles, cualqui~r otro documento regis•       conformidades que se susciten en relación con la ca•
 trable. para ser inscrito, deberá contener los datos de     lificación de los dOl.umentos o la fijación de los de•
 registro de la empresa de que se trate.                      rechos respectivos en la forma y términos previstos
                                                             por el Reglamento' del Registro de la Propiedad, y re•
     ARTICULO 41.-Cuando se trate de empresas en             solverá lo procedente.
 cuyo haber se incluyan bIenes inmuebles, se tomará
 razón de los datos correspondientes a la inscripCIón              Si la resolución del titular del Registro confirmase
 respectIva que deberá practicarse en el Registro de la       la determinación suspensiva o denegatoria del Registra.
 Propiedad.                                                   dor, se cancelará el correspondiente asiento d e pre•
                                                              sentación y el documento respectivo será puesto
                     CAPITULO V                               a disposición del interesado para que se proceda
                                                              a su retiro. En caso de que la determinaCIón del
          De la Rectificación de los Asientos                Registrador sea revocada el documento se repondrá
                                                             en el trámite, sin pérdida de la prelación adquirida
    ARTICULO 42.-Los errores en que se mcurra al              por virtud del aSIento de presentación.
practlcar los asientos en los libros o folios del RegIs•
tro de Comercio se considerarán materiales o de con•                        ARTICULO S TRANSITORIOS
cepto, de conformidad con las normas de derecho co•                PRIMERO. - Este Reglamento entrará en vigor
mún; debiéndose proceder a la rectifIcación de dichos         diez días después de su publicación en el :'Diario Ofi•
errores con arreglo a las normas procedimentales que          cial" de la Federación y abroga al expedIdo por de•
rijan para el Registro de la Propiedad en situaciones         creto del 15 de septiembre de 1885.
análogas.
                                                                   SEGUNDO.-En los Reglstros que continúen ope•
                                                             rando mediante el sistema de libros, las il!-scrip'c~l?-es
                     CAPITULO VI                              seguirán practicándose conforme a las dISpoSiCiones
                                                              del Reglamento abrogado, hasta en tanto se ~biliten
                    De la Publicidad                          los libros correspondientes, con arreglo a lo dispuesto
                                                             por el presente.
    ARTICULO 43.-I..,a información contenida en los                TERCERO.-En los Registros donde se adopte el
libros o fohos del Registro, es de carácter público y         sistema de Folios, la presentación de ~u~lquier docu•
toda persona que lo solicite tendrá acceso a ella, di•        mento inscribible, realizada con posterIorIdad a la f~
rectamente o a través de los medIos técnicos de que          cha en que inicie su vigencia este Reglamen!o, c;lara
Se disponga.                                                 ocasión para que se abra el folio corre;spondiente. ~
                                                             cual deberán trasladarse los asientos Vigentes relatI•
    ARTICULO 44.-La información a que se refiere              vos a la empresa buque o aeronave de que se trate,
el artículo anterior, sólo se proporcionará durante las      salvo que el act~ o contrato consignados deban ser
boras de despacho y bajo la VIgilancia de la persona         objeto de una primera inscripción.
o personas destinadas al efecto.
                                                                   CUARTO.-Sin que medie presentacióIlt de docu•
    ARTICULO 45.-Los particulares que consulten los          mento alguno para su inscripción, la apertura del ,fo•
libros o folios del Registro, podrán tomar de ellos las      lio Mercantil y el traslado de asientos a que se refiere
notas que estimen convenientes y en su caso. solici•         el articulo precedente, podrá practicarse. medIante so•
tar las certificaciones respectivas.                         licitud por escrito de los titulares reg¡str:a!es.~. la
                                                             que se mencionarán los antecedentes de mscnIJ<epn.
    ARTICULO 46.-Las certificaciones pueden ser li•               QUINTO.-Si no se diesen los supuestos señal:ados
terales o concretarse a determinados contenidos de los       en los dos artículos anteriores, y a efecto de lo.grar
asientos existentes en los folios o libros del Registro.     la uniformidad del sistema, el encargado del Regls~ro
También se expedirán certificaciones en el sentido de        tomará las medidas que estime pertinent7s para .que,
existir o no existir asientos de especie alguna o de es•     de oficio, se proceda al tr~slado de l.os aSIentos. vttFD•
pecie determinada.                                           tes en los libros, a los fohos respectIVOS.
    ARTICULO 47.-Las sohcitudes deberán presentar•                Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Fe?é~al
se por escrito y contener, en su caso, los antecedentes      en la ciudad de México Distrito Federal, a los dieCIO•
registrales y demás datos que sean necesarios para la        cho días del mes de enero de mil novecientos ~etenta
localización de los asientos sobre los que deba versar       y nueve.-José López Portillo.-Rúbrica.-El ,~.
la certificación; asimismo expresarán si el certificado      rio de Gobernación, Jesús Reyes Heroles.-Rú         >   -


respectivo debe ser literal o referirse. asnectos con•       E'l Jefe del Departamento del Distrito Federal,
cretos del contlmido <le oI¡ asien1:o$l.                    lIant GoDzá1e&.-Rúbrica.
26                                 OlAalO OPlCIAL                                     Lunes 22 de enero de 1979

      SfCCION DE AVISOS'                                                           Estad" Unido. Mexicanos
                                                                       Uc. Bernardo PlSrez Femllnd.z del Castillo
                                                                                   Notario Núm. %3 del D. F.


                   AVISOS JUDICIALES                                LIC. BERNARDO PEREZ FERNANDEZ DEL CAS.
                                                               'TILLO, Notario Veintitrés de esta Ciudad, hace con,so
                                                                tar que por escritura treinta y ocho mil quinientos
                                                                cuarenta y nueve, del veinticuatro de noviembre de' mIl
                                                                novecientos setenta y ocho, otorgada en el protocolo
             Estados Unidos Mexicanos                           a mi cargo, los señores CONCEPCION, MARCIANO y
  .   Trlbusal Superior de Justicia del Dfitrfto                FELIPA AGUILAR GOMEZ, en su carácter de Legata•
 ,.déral.-Juzgado Trigésimo Cuarto de lo Civil.•                rios RADICARON LA SUCESION TESTAMENTARIA a
                   México, D. F.                                bienes del señor ANTONIO AGUILAR MARTINEZ, re•
                                                                conocieron la validez del Testamento y aceptaron los '
                                                                derechos que les corresponden como legatarios. La se•
                                                                ñorita CONCEPCION AGUILAR GOMEZ aceptó el car•
                            EDICTO                              ¡p d.e, ALBACEA, y protestó su fiel y leal desempe~o.
                                                                manIfestando que procederá a formular el inventario •
    • JI En. el Expediente 132178, de las Diligencias de Ju•
:vtSmiCC10n Voluntaria Información de Dotninio el C.                  México, D. F., • 3 de enero de 1979.
J!-lez 4ictó auto teniendo por presentado al señór Gus_              Lic. Bemardo Pér.. Ftrnáftdtz d.l C.,tfJJO,
t~vo Sánchez Suani, promovien¡¡o en vía de Jurisdic•
cIón Voluntaria la Información de Dominio respecto                              Notiri0 23 dél D. F.
del lote de terreno rústico denommado Hacienda Cla•              12 y 22 enero.                        (R.-11624)
lb, ubicado sobre el kilómetro 25 de la carretera federal
 México-Cuernavaca, propIedad que no aparece inscrita
 ! nombre de persona alguna y tiene la superficie de
 ~,734.40 M2., y las siguientes medidas y corlndancias:
                                                                                       AJUl'El!r s. A.
                                                                          Insurgentes Sur 31/5.-MéJtico 20 D. F.
 11 Norte, en línea quebrada con las siguientes medi•                          Tels.: 568 42 61 Y 568 51 66
 das: 17:30 metros, 7 metros, 14.20 metros, 653 metros                         Reg. Fed Causo ARF-731025
 y 12 metros con Valentín Rodríguez y Mateo Velázquez;                        Reg. Cam. Na!' de Como 08632
  ~n 29.29 metros 29.50 metros con Virginia Olivares. Al                      No. Cuenta Tesorería 79-6689
  ~uroeste, en línea quebrada con las siguientes medi•
  das: 10 metros, 35.60 metros y 55.16 metros con :a                                           A V 1 S O
  :arretera federal México·Cuernavaca. Al Oriente en Ií•
  tIea quebrada en 34.55 metros, 8.32 metros y 20.63 me'             Por acuerdo de la Asamblea General Extraordina•
  tros con. Virgima Olivares Al Sureste, en 22.46 metros        ril} de Accionistas, celebrada en esta CIUdad de México,
  ~on VlfgIma OlIvares. Y al Pomente, en línea 'lllebrada       el día 2S de abril de 1975, se acordó reducir el CapItal
  le 21.70 metros y 6.30 metros con Mateo Velázquez,            SOCIal en fa cantidad de $3.954,000.00 (tres millones no•
  !ll 19.80 metros, 4.20 metros, 6.5U metros con Varentín       vecientos cincuenta y cuatro mIl pesos 00/100 M. N.),
  Rodríguez y Mat~o Velázque¡;: ~Itándose a las partes          l'ara quedar integrado en la suma de- $6.046,000.00 (seis
  ~I!~ puedan conSIderarse oenudlcadas mediante estos           millones cuarenta y seIS mIl pesos 00/100 M. N.).
  ·mctos.                                                            La reducción acordada fue mediante liberación con·
                                                                cedida a los accionistas de exhibiciones no realIzadas.
        Mcbdco, D. F., a 7 de junio de 1978.
                                                                      México, D. F., a 15 de diciembre de 1978.
           El C. Seglludo SecretarIO de Acuerdos,                               Al1ndo FtrnándQ Lara,
                Lic. Alfonso Berna! Guzmán.                                              Delegado.


                                                           .
 12 y 22 enero; 10. febrero .
 •&                                                                           _     s
                                                       :        &                                                     E
                                                                                        ,
                 E.tlldos Unidos Mexicanos
            Btmardo Pérez Femándex del Cutillo                                     AVISOS GENP~
                Notario Número 23 del D. F.    '

     Lic. Bernardo Pérez Fernández del Castillo No•                         T~SORERIA DE LA FEDER4CIQN
 .ri<! Veintitrés de esta Ciudad, hace constar qu~ por                        StJ.TE~ORERIA            DE INGRESOS
 eserltura treint~ y ocho mil quinientos cuarenta y                                         Oflebta d. EJnuetón
 nueve, del vemtIcuatro de noviembre de mil novecien•
 tos setcmta y ocho, otorgada en el protocolo a mi car•
 go, los señores Concepción, Marciano y Felipa Aguilar                                          UMATE
 Gó~@z, en su cará~ter de Legatarios Radicaron la Su•
 ceSlOn TestamentarIa a bienes del señor Antonio Agui•                                  PRIMERA ALMONEDA
 lir Martínez, reconocieron la validez del Testamento
 y aceptaron los derechos que les corresponden como                   El cHa seis de febrero de mil noveCÍefltCls set~l1ta
 leaatarios. La señorita Concepción Aguilar Gómez acep•          V nuev_, a las once horas, tcndr. lugar en el local
 tó el cargo de Albacea, y protestó su fiel y leal desem•        q.le ocupa la Oficinlil de E iecución de esta Tesoreria,
 peño, !llanifestando que procederá a formular el in•            SIta en el Palacio Nacional, Edificio seis cuarto piso,
 ventano.                                                        el Remate en Primera Almoneda de una grabadora
                                                                 marca Bigsíon, FM/AM RadiQ ltecorder modelo Krd•
        México. D. F., a·3 de enero de 1978.                     .020, bien embar~ado al C. José Luis íturria¡jil Ii~r­
                                                                 nández en ¡aranUí! de un crédito fiscal a $U cárjO. El
          Lic.   Bern~rdo Pérez Fenuind~z del Castmo,            bien fue declarado abandonado a favor del Erario
                     Notario Núm. 2.3 del D. F.                  Fedenal con fundamento en lo e~tablecldo por el Re•
                                                                 Illfl1t¡tlto de la Ley de eSta Tesorería en IUS 4rttcu.
   ;¡   enéro¡ 2 febrero. '_                   . (1l.-116U)         los 63 v 64.
Lunes 22 de enero de 197«)                            D,IARIO a'lclAt
   El valor de la grabadora mencionada fue determi•                                                BoBos      ...ant.
lado por perito de la Dirección General de Bienes                Serie         GrupOl               Nos.      BonOI          Import«
v1uebles, Departamento de Inspección y Avalúo y es
le $2,000.00.
                                                                 15-P                  9           401/450        50            500,000.00
    La postura legal de esta Almoneda será la. suma
le $1,333.33 que representa las dos terceras partes del          15--0                 16          751/800        SO            SOO,OOO.OO
ralor base.
                                                                 15-H                  17          80l/850        50            500,000.00
    En términos del Artículo 136 del Código de la Fe•
feraClón, se convocan postores, en la inteligencia de             15-1                 12          551/600        50            SOO,OOO.OO
:¡ue las -personas mteresadas deberán presentar sus
,osturas en forma y tlempo tal y COmO lo establecen               15-J                 12          551/600        50            500,000.00
 os artículos 141 y 143 del Ordenamento antes invo•
:ado, fiiandose tiempo límite para la presentación de             15-K.                15          701/750        SO            500,000.00
 a documentación, una hora ante" de la señalada para
la celebración de la Subasta.                                     15-L                 17          801/850        50            500,000.00
                       Atentamente,                               15-M                 19          901/950        50            500,000.00
                                                                  15-N                 14          6511700        50            500,000.00
             El Subtesorero de Ingrtsós. '
             J. Horacb Narro Fraustro.                            1§-O                 23         1101/115'       50            500,000.00
                                                                  15-P                 12          5~1/600        50            500,000.00
22 enero; 2 febrero.                              (R.-20)
                                                                  15-0                 17          801/850        30            500,000.00
                                                                                                                          $ 10.000,000.00
   En la ISa. amortizaCIón ordmarlal.0r IOrteo celebra-
da en las oficinas del Banco B. C. _" S. A., InstlUclOn
le Banca,Múltlple, d dIa 22 de diciembre áe 191o. con
llltervenclOn úd C. lnspector de la Comisión NaCIOnal                 Todos los bonos cuya numeración aparece arriba
Bancana y de Seguros, señor Guillermo Viesca :'anto..             indicada deberán presentarse para su cobro o canje"
yo resultaron amortizados los silil"ienh~¡¡ bonos hIpote-         partir del día la. de enero de 1979, por e:¡tar el import.
canos Ol dlllanos emItldos por la eHac:t. :socIedad:              de ellos a la disposición de su!. tenedores y r-or dejar
                                                                  de ganar intereses desde esa musma fecha.
                       Bonos         (.mt.                            MéXICO, D. F., 22 de Diciembre de 1978.
Serie      Grupo        Nos.     ,   Bonos       Importe

14-X
                                                                                                              e
                                                                                        Por eL BANCO B H, S. A.
             12      551/600          50     $    50Cl,000.ÓO                          [nstitución de Banca Múltil'le
14--Y        14      651/700          50          500,000.00                             JorJ. Gareía Gr~!101l,
                                                                                       Sub-])irecwr de Operlleiones.
14-Z         11      501/550          SO          500,000.00
                                                                                                Rtf.el Bretóp. V'ra,
15-A         15      701/750          50          500,000.00                       Sub-Gerente         dfI Pepto. Custodia.
15-l!J       12      551/600          51)         500,000.00             Por la COMISION NACIONAL BANCARIA
                                                                                   Y DE SEGUROS:
15-C         14      651/700          50          500,000.00
                                                                                        ;uillermo Viesea Santoye
15-D         11      501/550          50          500,000.00                                         Inspector.
15-E          10       451/900         se          500,000.00


                                                  BANCO B       e H. l. A
                                                                            • ,a
                                                                                                                                       -
                                                                                                                                (R.--48)




                                             blldtlJeJÓD efe    :aa.u:. MAld,1a
                                     Paseo de la Ilef~a No. 1M. Nútío " D. P.
                       8ALANCE DE FUSIOlIl CONSOL! DADO A.1.                 :U Pi MAYO D- 191&
                                                     ACTIVO




                                                                                   -
Caja y :Sanco de México .....•.••.••••.•.•••••••••••.                              $        178.348,144.39
Bancos del País y del Extranjero ................... .                                       SOl40,246.U
Otras nisponil3iliclades ............................... .                                   éO~7,72S.27                I l1USU1SJl
Valores Gubernameatales y n'}!Ió$itos um Interés••                                          -
    en el Banco de México, S. A. • .................. .                            $   4,852.205,~39    34
Valores de Renta Fiia ................•..••..•.•.•..•                                       211.71U1H9
Acciones .•••••••.......•....•••.................••...•                                      lUI14,n2.Al
                                                                                   $ 5,085.954,907.56
Menos: Reserva por Baja de Valores ._. ~ ....._
                                              •••••••                                      812,946.89                    5.085.141,960.61
28                                              DIARIO OFICIAr;                                             Lunes 22 de enero de 1979
Descuen.tos ....•................ ..•..~.• ,-e •••• '-1 ....... , ••                                       S 358.839,435.99
Pré~tainosDirectos y Prendarios . o o i o o o o o • • • • • • • • • • • •                                       808.898,57355
Préstamos de HabilItación o Avío • o • • • • • • o o • • • • • • • o.                                            36.339,814.13
Préstamos Refaccionarios ............................ .                                                          14318,228.61
Préstamos con Garantía Inmobiliaria o o • u • • • • • • • • • • •                                             5,069.102,605.46              $ 6,287.498,657.74
Adeudos Vencidos por Garantía Hipotecaria .........                                                                                                20.186,466.45
Deudores Diversos (Neto) .•..                            o ••••••••••
                                             0.0 ••••••••••                                                                                        42.568,675.30
Otras Inversiones (Neto) ... o . . . . . . . o . . . . . . . . . . . o • • • •                                                                     52.017,47~.28
Mobiliario y Equipo ......... o o . . o •• o •• o . . . . . . . . . . . . .                               $      48.222,287.97
Menos: Reserva ............. O" o . . . . . o' • • H'" ...... ' ••                                               25.187,725.64                     23.034,562.33
Inmuebles y Acciones de Sociedades Inmobiliarias •••                                                      $     92.058,875.37
M~os:   Reserva ............. o • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •                                    848,376.16                      91.210,499.21
Cargos Diferidos (Neto) ••.. o •               LO . . . . . . . . . . . . . . . . . . O • • •                                                      23.212,424.75
                                                                                                                                           $11,913.726,83&.54



                                                                        PASIVO Y CAPITAL
D~pósitos a la Vista •••• o • • • • o o • • • • • • • • • • ~ _ _                                         $ 1,301.538,419.45
Depósitos de Ahorro ......... o. o • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •                                   223.604,707.85
Bancos y Corresponsales ........•..•....•. . ....... .                                                          20.508,847.04
Otras Obligaciones a la Vista ...................... .                                                          89.467,112.26               $ 1,635.119.086.60
Depósitos a Plazo ...................................•                                                    $ 5,862.602,541.99
Certificados y Constancias de Depósito Bancario ....•                                                         873.073,705.01
Depósito de Emisores de Cédulas ................... .                                                           3320,663.73
Bonos Financieros en Circulación ................•..•                                                          91.579,000.00
Bonos Hipotecarios en Circulación ................. .                                                       1,960.840,600.00
Certificados Financieros en Circulación •.............                                                          1.295,000.00
Préstamos de Bancos ............................... .                                                         279.000,000.00
Otras Obligaciones a Plazo ........................ ..                                                        467.676,280.58                     9,539.387,791.31
Otros Depósitos y Obligaciones .................... ..                                                                                              2.649,960.46
Reservas para Obligaciones Diversas ............. "                                                                                                61.563,981.20
Créditos Diferidos .................................. .                                                                                           141.617,825.61
Capital Social ............... ; . . . . . . . . $ 700.000,000.00
Menos Capital no Exhibido .........•               350.000,000.00                                         $     350.000,000.00
Reserva Legal y Otras Reservas ..... $109.794,443.72
Utilidades por Aplicar ...............• 20.913,391.11                                                          130.707,834.83
Superávit por Revaluación .......................... .                                                           25.287,811.79
Utilidades de las Instituciones Fusionadas ........... .                                                         14.746,062.69
Utilidad en el -Ejercicio de 1978 .................... ..                                                        12.646,484.05                    533.388,193036
                                                                                                                                            $11,913.726,838.54



                                                                      CUENTAS DE ORDEN
                     Cédula-s en Circulaci6n ............... .                                  $     14.045,000.00
                     Títulos Descontados con Nuestro Endoso                                           35.247,465.34
                     Apertura de Créditos Irrevocables ...•                                           42.175,774.08     $        91.468.239.42
                     Bienes en Fideicomiso o Mandato ....                                       $     722366,404.09
                     Bienes en Custodia o en Administración                                         3,658.193,687.ü3        4,380.560,091.12
                     Cuentas de Registro ••.• o • • • o ••••••'                       ••••                                  6,125.297.152.81
     El presente balance se formuló de acuerdo con 1 as reglas dictadas por la H. Comisión NacionaJ B3n'
caria y de Seguros, habiendo sido valorizados los sal dos en monedas extranjeras al tipo de cotización del
día.
     Se hace constar que, de las inversiones en val o res y créditos, las cantidades de $325.000,000.00 V
$5.991,373.73 representan activos cedidos en garantía d e créditos a cargo de la Institución. Asimismo .. se.
hace constar que de las inversiones en valores y cré ditos, la cantidad de $31.868,862.62 representa actIVOS
específicamente afectos con garantía de bonos finan cieros emitidos por la Institución.
                        Director General,                                                              DIrector de Operación y Finanzas,
                Lic. Ernesto Fernández Hurtada.                                                              Carlos Elías Rincón.
                                                                           Contador,
                                                                   Lic. Eduardo Ortiz Pineda.
Lunes 22 de epero de                      1271 "."&.'1.1 '14'
                                          UNe& . .         ~               ",BCA1tIAS, 8. A.
                                     Institución de Ahorro, Crédito Wpotecario y Fideicoml.,
                             ~~ 4e la R~orma No. 364. 10. Y lo. pisos.                    MéDeo '. l. ,.
                           BALANCE DE FUSION CONSOLIDADO AL 31 DE MAYO DE J~.,tt
                                                                 ACTIVO
Caja y :BlPlCO de MeXICCI .........              H   ................. .                         6.875,~2.01
Bancos del País y del 'btf8llJf.rb .................. ..                                        6UOll)á.í.                           7 071".19
                                                                                                                                      •.
ValW1M Oubfrnamentalell y Dopósitos con Intéreses
    en elllanco de M6iiieo, S. A. . .................. ..                                 $ 2.977 .084.35&.:}5
ValC)res de Renta Fija .............................. .
Acciones.' ••••.. - '" ................ ~ . - ............. .
                                                                                               178.962:U¡
                                                                                                23.214.139.60
                                                                                                             .i'
~ti!lCmtOl. .•••••.••••...•....•..••••.••••••••••.••••••                                          913,000.00
 réstamos      Directos y Prendarias .....•..•......••....                                          43,117.29
Préstamos      de Habilitación o Avio .................. .
                                                                                                   m
Préstamos      Refaccionarios ...............•...••..•.....                                            ,OOO.~
                                                                                                       ,4~.
Préstamos      con Garantía In~~il~aria : .......•.•....•                                     5.041.   ,~S.4                       5,U4f.tn.112.75
Adeudos Vencidos por Garantía Hipotecaria ........ .
lleQd~. Diversos (Neto) ........................... .                                                                                ~:~·1~
Otras Inversiones (Neto) .......................... ..
                                                                                                 20.413,170.58
                                                                                                                                     2&.aii:ilJ6
Mobiliario V Equipo ................................ .
Menoa: Jte,>erva ..................••. _. . . ....... .                                           9.l93.0é4.86                       11.218,105.72
Inmuebles V Acciones de Sociedades Inmobiliarias .. .
M~noa: Reserva ....     ................•.............
                                                                                          s      15.I)'7UOO.31
                                                                                                    75S,311U6                        74.321,284.21
CarlOS Diferidos (Neto) ., ..'                  ..... .                                                                               15.522.189.) 1
                                                                                                                             $ 8,462.823,195.66




D~~6sitos     qe    ~horro                                                                        4J~8,S9ó.~
Otras Obligaciones a i~' vista' : : : : : : : :: : : : : : : : : : : : : : :                     4S.S39,394 .82               $       4U01,9a4.91
ne,á'litos a Plazo ...................................•                                   $ MSH31,tl31.l2
Certificados' V Constancia" dI" Tle"ó~ito Bancario .....                                         29.070,162.51
~6sJtos de Emisores de Cédulas .••••••••...•.••••                                                 3.320.663.73
D()tl65. ¡ ail'Qtecarios en Circulación .••.•.......•.•...                                    1,969.161,100.00
Pr4$tamoS de Bancos " ............................ .                                            m.ooo.ooo.oo
ou-.$    .0000igáciones a Plazo ...................•......                                        S.991,37173                      H~1iI ~RO '''1   Oq
Otros Depósitos v Ob1igaciofte~ . . ......•...•... , .. ,.                                                                             2.539,317.74
Reservas para Obligaciones Diversas .... . ... , ..... .                                                                              23.406,773.39
Créditos Diferidos .. " ................          . .. , .                                                                           101.413,397.12
Capital Scx;ial ....... :..... ............ $ 240.ooQ,000.00
Menos: CaPItal no Exhibldo ..•..••..••         15.000,000.00                              $ 225.000,000.00
Reserva Legal y Otras Reservas ...... $ 85.259,327.02
Utilidades por Aplicar ........... ..... 1.555,180.81                                            86.814,50783
Su~rávit       flOr Revaluación           " .............. "..... ..                             16.362,944.38
tJtJUdad en el Ejercicio de 1978                                                                 18.497,93370                        346.675,385:91
                                                                                                                              S 8,462.823.795.66

                                                            CUBNTAS DE OkDEN
                   . Ct!dula·, en Circulación ............... .                                          $         t4.""5.ooo.oo
                     $ienes' en Fideicomiso o Mandato . .                       ¡     Z2.762,55810
                     Bienes en Custodia o en Administración                         1;711J84.164.4C          1,746.~,m.60

               Cuentas de Registro ...•••••.••.•••••••                         5,036.426,506.82
     Él presente balance se formul6 de ~euerdo con 1 as rellas dictadas por la H. Cómisión N.eiMal B4n·
elna                                   va.ort7ft~ tos 01 dos .n mcmoda éxtranj6ra al tipo eh eotilJc6ó. tltl
!jm.. ~ clf; ~eguros. habiendn sido
        v
         h~ eoft'lltar ~ue de las      in~l'!'IfOrtes en valores v ere!dito~ las cantidades de $325.000,otIO.tlO y
...,.991,373.73 representan activos cedidos en garantía d e créditos a cargo de la Institución.
                          ~            GtMftJ                                                          Cmtfad~r,
                       Carloa     EIfu RIncÓn.                                           C. P. . . . La1J ~ . .--.
DIARIO OPICIAr;                                           Lunes 22 de enero de 1979
                                                       BANCO DEL AHORRO NACIONAL, S. A.
                                          Institución Privada de Depósito, Ahorro y FideicollÚso
                                                      Paseo de la Reforma Núm. 364

                             BALANCE GENERAL CONSOL! DADO AL 31 DE MAYO DE 1978

                                                                                    DE FUSION
                                                                                    ACTIVO
Caja y Banco de México .. '.......................... .                                                      $   165.369,701.05
Bancos del País y del Extranjero ................... .                                                            37.442,799.45
Gtras Disponibilidades ................................ .                                                         60267,72527               S 263.080,225.77
Valores Gubernamentales y Depósitos con Intereses
    en Banxico .........•.•.....................•....•                                                       $ 750.889,908.26
Valores de Renta Fija ••......................•..•..•                                                           40.992,837.04
Acciones ......    1-1 • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •              19.030,286.85                      810.913,032.15
Descuentos ...............................• __ ........ ,                                                    $   174.738,071.79
Préstamos Directos y Prendarios ...•.................                                                            504.507,061.71
Préstamos de Habilitación o Avío .................. .                                                             32.403,830.70
Préstamos Refaccionarios ..........•.....•............                                                            12.608,080.61                    724257,044.81
Deudores Diversos (Neto)...     __ ....... .. ...... ..                                                                                             21.095,583.87
Otras' Inversiones (Neto) ........................... .                                                                                             28373,911.80
Mobiliario y Equipo ................................•                                                        $    26249,351.10
MenQs: Reserva .......•.............. '•..............•                                                            15.005,188.25                    11.244,162.85
Inmuebles y Acciones de Sociedades Inmobiliarias .. .                                                        $     16.982,275.00
Menos: Reserva ..................................... .                                                                 93,060.00                    16.889,215.00
Cargos Diferidos (N", LO}                •••••                                                                                                       6.816,236.56 •
                                                                                                                                            $ 1,882.669,412.81



                                                                             PASIVO Y CAPITAL
Depósitos a la Vista .............................•..                                                        $ 1,381.383,383.22
Depósitos de Ahorro ................................ .                                                           219236,21431
Bancos y Corresponsales .................. . ........ .                                                           20.508,847.04
Otras ObligaCIOnes a la Vista ......................•                                                             37.406,644.18             $ 1,658.535,088.75
Otras Obh~aciones a Plazo ......................... .                                                                                               36.532,746.05
Otros Depositos v Obligaciones .................... ..                                                                                                 110,642.72
Reservas para Obligaciones Diversas ............... .                                                                                               33.417,176.51
Créditos Diferidos ........................ ' " .... ..                                                                                             21.055,413.08
Capital Social ............. . • • . . • . • . . • $ 80.000,000.00
Menos: Capital no Exhibido ..••.•••••                15.000,000.00                                           $     65.000,000 00
Reserva Legal y Otras Reservas ••••••• $ 33.653,313.02
Utilidades por Aplicar ........••••••••  17.704,743.80                                                             51358,056.82
Superávit por Revaluación .......................... .                                                              8.924,867.41
Utilidad en el Ejercicio de 1978 ..................... .                                                            7.735,421.47
                                                                                                                                                    133.018,345.70
                                                                                                                                                $ 1,882.669,412.81


                                                                            CUENTAS DE ORDEN
                 Títulos Descontados con Nuestro Endoso                                              $   74.428,322.74
                 Apertura de Créditos Irrevocables ••••                                                  42.175,774.08     S    116.604,096.82
                 Bienes en Fideicomiso o Mandato ....                                                $ 361.163,618.73
                 Bienes en Custodia o en Administración                                                  615.046,398.29         976.210,017.02
                 Cuentas de Registro ••••••••.••.•••••••                                                                       333.897,350.38
     El l'resente balance se formuló de acuerdo con 1 as reglas dictadas por la H. Comisión Nacional Ban'
 caria y de c;eguros, habiendo sido valorizados los sal dos en monedas extranjeras al tipo de cotización del
día.                                                                            '
               Manuel Velázquez Navarro,                           .. ' Luis llodríguez_ R.eyes,
                        Director.                                         Gerente, Contador.
Lunes 22 de enero de 1979                                         DIARIO OPICIAL
                                     FINANCIERA MERCANTIL DE MEXICO, S. A.
                                                                                                                                                    •
                                            Institución FInanc:lera y Fldudarla
                                      Paseo de la Reforma No. 364. PIsoa 120. Y 130.
                                                       México, D. F.
                          BALANCE uENERAL CONSOLI DADO AL 31 DE MAYO ])E 1""
                                                                               DE FUSION
                                                                              ACTIVO
Caja y Banco de México ............................ .                                                  $      6.102,801.33
Bancos del País y del Extranjero .................. ..                                                       25.440,172.29                     31.542,913.62
Valores Gubernamentales y Depósitos con Intereses
    en Banco de México. S. A.•            t •••• t •••••••••••••••••                                   $ 1,124131,672.73
Valores de Renta Fija ......•'••.••....••.••....•...••                                                       8.480,463.63
Acciones ••••.•.••••• ,_ ................................. .                                                 9.675,650.03
                                                                                                       $ 1,142.387,786.39
Menos: Reserva para Baja de Valores                                   --   -- ...... .                         812,946.89                    1,141.574,839.50
Descuentos     .................•........................••                                            $     183.186,36410
Préstamos     Directos v Prendarios ....................•                                                    304.348,394.55
Préstamos     de Habilitación o Avío ..................•                                                       3.643,983.43
Préstamos     Refaccionarios     . . ................... ..                                                    1.489,698.00
Préstamos     con Garantía Inmobiliaria ,.', -, ..........•                                                   21.450,000.00                   514.118,440.18
Deudores Diversos (Neto)          ~                o • • • • • • • • • • • • • • • • • • .-                                                     3.231,592.98
                                                                                                                                                2.830,995.12
                                 O'• • • • • •


Otras Inversio'1es (Neto) .......................... ..
Mobiliario y Equipo ................................ .                                                 $       1.559,766.29
Menos: Re'Serva ................. , - " '-'.' ........ .                                                         987,472.53                       572,293.76
Cargos Diferidos .................................... .                                                                                           890";490.88
                                                                                                                                        $ 1,694.761,626.04

                                                                          PASIVO Y CAPITAL
Otras Obligaciones a la Vista ...............                                o ..... ..                                                 $       6.521,073.26
Depó~itos  a Plazo . . ................................•                                               $     210.265,510.87
Certificados y Constancias de Depósito Bancario ••.••                                                        844.003,542.50
Bonos Financieros en Circulación.       . .............••                                                     99.979,000.00
Certificados Financieros en Circulación ••.•••••••••••                                                         1.295,000.00
Otras ObligaCiones a Plazo ......................... .                                                       425.152,160.80                  1,580.695,214.17
 Reservas nara Obligaciones Diversas •••....•.•.....•                                                                                           4.740,025.80
'('rérlitos Uiferidos ..........•....            o • •   •   •   ••   "    ••••••••••                                                          19.165,507.41
 Capital Social . .. . .. .. . . .... .. ........ $100.000,000.00
 Menos: Capital no Exhibido ...•••••••              40.000,000.00                                      $      60.000,000.00

Utilidades por Aplicar .........•••               ¡...
Reserva Legal y Otras Reservas •••••• $ 14.975,697.68
                                         1.653.466.50                                                         16.629,1~~.r8_

UtilJdad ea el Eiercicio de 1978 _                o   ~. ',0,,_, ~ o.~          o _.-                          7.010,641.22
                                                                                                                                               83.639,805.40
                                                                                                                                        $ 1,694.761,• .04

                                                                          CUENTAS DE ORDEN

                 'Títulos Descontados con Nuestro Endoso                                                             $        1.583,332.70
                 Bienes en Fideicomiso o Mandato ....                                         $   338.440,227.16
                 Bienes en Custodia o en Administración                                           374.174,224.34         '112.614,451.50
                 Cuentas de Registro- ...................."'                                                             688.252,195.61
     El presente balance se formuló de acuerdo con 1 as reglas dictadas por la H. Comisión NacIonal BaA'
cllria v ele Seguros, habiendo sido valorizados los sal dos en monedas extranjeras al tipo de cotización del
día. Se hace <;anstar que de las Inversiones en valo res v créditos, la cantidad de $,31.868,862.62 represeuCII
activos específicamente afectos en garantía de Bon os Financieros emitidos por la Institución •
                   Consejero Deleg:ado,                                                                           Contador,
              , Manuel VeIúquez .Navarro.                                                         :   Jo~   Paullno Vázquez Rodrí¡uez.
: 22 enero.                                                                                                                                     ~ (L-4IJ
DIARIO OPICIAr;                        Lunes 22 de enero de 1979
           PEDR,EGIU. AUTOMOTRIZ, S. A. DE C. V.                                             ADvANtlt¡ .. A.
                                                                             1lea. Fed. de Causantes: ADV--620'-18-4J01:'
                                AVISO
      La Asamblea General Extraordinaria (le Accioni,So
t¡¡.s de Pedregal AutomotrIz, S. A. de C. V., celebnW.a                     Por acuetdo- tomado en Asamblea Gener~l Extra.
el ~O de abrii de .1978 acordó di!línnttir el caimal                  9tdlnaria de: Accionistas, ceJebrada el 31 d~ octubre de
socüü en la suma de $4.600,00'0.00, reembolsando a lós                 1~78, se resolvió disminuir el capital social a la suma
accionistas sus aportaciones en proporción a las ae·                   de ~eis millopes de peso" lttUrteda nacional, medIante
ciones_ d~ que son titulares.                                          reembolso a los accionistas en proporción a sus accio.
      ~sta publicación se hace para efectos d~l artíeul~               nes.
90. de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
                  El Apoderado General,                                    Lo que se hace saber para los efectos que se esta•
                Armando Esquive) Cortés.                               blecen en el artículo 90. de la Ley General de SocieQa4es
  11 22 enero y 2 febrero.                  (R.-114S~1                 Mercantil~s vigente.                           .
               na"..
                                                                             Mexic9, D. F .. a 31 «;le. ot;:tubre de 1978.
                TESORERIA DE LA FEDlJtActON
                    Subtesorería de I~s                                               C. P. T. Frandsl$ Trtnldad .-..,
                   OFICINA DE P.JECUCtoN                                                   AdmiDi~tradf,lr Vnic~.
                           REMA.'l't:
                     PRIMERA ALMONEbA
                                                                        zz   enero.                                     (R.-11514)

       11..l dfa seis d~ febr~ro de mU n~veciéntos setent~
 y pueve, a las once horaS. te¡drá lugar en el local
  ¡
                                                                                                                               -
 q1' ocupa la Oficina de Eieeuéión M esta Tesorería.
 sit~ ~n el Palado. Nacional.         Edi'
                                        leie seis cuarto piso.
 éeI ~~ eh Pnmera Almone a de una grabadora                                                       REMATE
~$réá Slgston, FM/AM Radio ecorder. modelo Krd-
 8029, bleh émbargado al C. José Luis Iturriaga Hernán.                       SEGUNDA CONVOCATORIA             DE   POsTORES
 di! en I8fQntía de un crédito fhcal a su cargo. El bien
 fue declarado abandonado a favor del Erario Federal
 ca" fÚtti.1ámento en 10 establecido por el Reglamento                      En ejecución del contrato del fideicomiso; cel~·
 de la Ley de esta Tesorelia en sus Artículos 63 y 64.                 brado por esta InstitucIón, según escrítura No. S9;':fO
       el valor de la grabadora mencionada fue determi.                de fecha 2b de agosto de 1977, otorgada ante el licen•
  llflda 11m perito nI' la nirpc!"Íón r-~nerll rle lliene<; Mm'.      ciado Rafael Oliveros Del~ado, Notario No. 26 del Dis·
. bl~~J.n ~~attthhehto de Inspección y Avalúo y es de                  trito Federal. en el que tIenen el carácter de Fideico•
  S2.uuv.OO.                                                           mItente~ " ,eDul Fernanúu Juran !Vle]la V a sellora
        La oostura legal de esta Almoneda será la sum~                 Ma. Trirtidad Tamez de Durán y Fideicomisaria la se•
  de $1,339.33 que representa las dos terceras partes dtl              ñora Catalina Pons Sastre Vda. de Flores.
  valo[ ba!'e.
     . Etl térfuinos del Artículo 138 del Código Fiscal de                 En los términos del contrato de fi<leicotilise se
,la Federación. se convocan lJPstore,s. en la inteligencia              anuncia la ventll del inmueble tideieOntitidu!
  de Que las personas interesádas deberán presentar sus                     Casa núm. 13 del Paseo de Santa AfÚtai. y lett tp
  postUl78.s en forma v tiempo tal y como lo establecen                 que está construidp qué ~ el número 13, f'l1l~i~ 11,
   los ar,tículos 141 v 143 del Ordenamiento antes invoca.              Sécción Primera del Conliomlnio Horlwntal deoolttl•
  40, ttfátltlose tiempo límIte para la l1l"esentación de la            nado "Condominio Anita", Municipio de Tlalómulco
   documentación. una hora antes de la señalada para la                 de Zúñiga, J¡disco lote que tiene urtá superfide ~­
   cetelWacft1n de la subasta.                                          ximada cte 8$5.33 M2 V colinda al Norte etl 3U! ltttl.
                                                                        con l'Ote lll, de la misma Fr~cción; al Sur en 38.~ dit$.
       Atentamente.                                                     con lóte 12 de la misma Pr~cción; al Oti'ti1te .en ~
                                                                        mts con el Fairwav número 12 del Club ~ Golf ~
                       El ~ubtesorero de TnJ,!resos,                    t8 Ánita, S. A. de C. V. V al Peniente en 14.!9.1I"'~~'
                        J. Horacio NalTO FraQtro                        con P$.Seo de Santa Anita, a$í come la parte iü.,..~
                                                                        Que le corresllonde.
  H        V 22 enero.                                    !.-20)
                                                                               BASES PARA EL REMATE EN SEGUNDA
                                                )




                                                                                           ALMONEDA
                       INMOBILIARIA CAMVI, S. .
                                                                            $900 000.00 (NOVECIENTOS MIL PESOS 00/100
                                                                        M. N.) El remate tendrá verificativo el dí~ 22 _de .F~­
                                                                        brero de 1979, a las 11:00 hrs., en las oficmas del FI•
                                AVISO                                   duciario ubicado en Gante No. 15 Despacho 101, Mé-
                                                                        xico 1, Distrito Federal.                    '
     Para efectot, del ~rtfcul0 90. de la Lev General
 del público que           1,
 de Sociedades Mercantiles se hace del cortócimiento
                        Asamblea General Ettnlordinaria
 de Accionistas de Infiobiliaria Camvi, S. A.. celebrada
                                                                            Paraqu~ los inte~lldos sean considerados como
                                                                        postores deberán depbkitar artte tI Fiduciario a más
                                                                        tardar ¿ las 11:00 hrs., del día 21 de Febrero de,1979
 el 25 de aj;(osto de 1 1~, acordó reducir el Capital So•               el 20% del precio qUJ 'SlM te bast tlara la celeara•
 cial de $4.500,000.00, 1.500,000.00 mediante reembolso a               ción de la subasta. .
 lo$ ~cl.OIli.tas de 1* fiarte proporcional de 8US ac•
 'Ci9Dea.                                                                    En ellSQ d~ que por ~alqtiier motiVó el )~tm: lio
                                                                         concurra al remáte o flhclldo ate la ttábsmlslén,:no
                          El Administrador,                              llegase a realít4rse pnr e6isas ItnttútaBleí1 ,al ~mr
                   Dr. José M. Camareua Boldos.                          de que se trate. dentro de unJ)lazo de 60 dla¡; c~)Jl~a­
                                                                         dos a partir de la f~ha d~ fUiceOliento, .éste .per~~r~
      u.   ~   enero 1 Z Ubrtro.                       (ti _11364 ,     la cantidad c:ltpósitada en favor dé! ~tnmomo fideJ.
ümn      n.~                  ~   lW9' DIARIO OPICIAE                   I
                                                                                                                                  p
 comitido, caso en el cual el fiduciario procederá a                                   Jorge García Granados,
 convocar a nueva subasta.                                                           Sub-Director de Operaciones.
     M~co,    D. F., a 16 de enero de 1979.                                              Rafael Bretón Vera.
                                                                                    Sub-Gerente de Depto. Custodia.
                BANCO MEXICANO, S. A.
                  División Fideicomiso                                    Por la COMISION NACIONAL BANCARIA'
                                                                                    Y DE SEGUROS:
             lic. J. AdoRo Pérez Sandl T.,
                  Delegado Fiduciario.                                                 Guillermo V1eaea Santoyo,
 22 el1ero: 2 y 12 febrero.                                                                    Inspector.

                                                                    22 enero.
.    En la 12a. amortización ordinaria por sorteo cele•
brado.en las oficinas del Banco BCH, S. A., Institución
~ Banca. Múltiple. el día 26 de diciembre de 197~1 con
llltervencióu del C. Inspector de la H. Comisión Nacio•                 En la 2111. amortización ordinaria por sorteo ~..
nal Bancaria y de Seguros, sefior Guillermo Viesca                 da en las oficinas del Banco B. C. H.. S. A., Institución
Santoyo resultaron amortizados los siguientes bonos                de Banca Múltipl"., el día 22 de diciembJ:'e de 1978, COD
hipotecarios ordinarios emittdos por la CItada sociedad:           intervención del C. Inspector de la Comisión NaCIonal
                                                                   Bancaria y de Seguros, señor Guillermo Viesca Santo•
                       Bonos        Cant.                          yo, resultaron amortizados los siguientes ~nos hipo•
            Grupo       Nos.        Boncw                          tecarios ordinarios emitidos por la citada ~ciedli}d;; ,
                                                                                                   Serie lOG
18-T          16      751/800        50      $       500,000.00
                                                                     18        48     78     108    138   168   198   228   258   Z58
lS-U          16      751/800        50              500,000.00
                                                                    318       348    378     408    438   468   498   528   5S8   588
18-V          23      '101/115C      50              500,000.00
                                                                    618       648    678     708    738   768   798   828   aS8   888
18-W          16      751/800        50              500,000.00
                                                                    918       948   978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188
18-X          11      501/550        50              500,000.00
                                                                   1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488
18-Y           8      351/400        50              500,000.00
                                                                                           IMPORTE: $ 500,000.00
18-Z          17       801/850       50              500,000.00
19-A          17      801/850        50              500,000.00                                    Serie lOH
19-B          15      7011750        50              500,000.00      18        48    78      108    138   168   198   228   258   288
19-C          11      501/550        50              500,000.00     318       348   378      408    438   468   498   528   558   588
19-D          18      851/900        50              500,000.00     618       648    678     708    738   768   798   828   858   888
19-E          11      501/550        50              500,000.00     918       948    978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188
19-F           8      351/400        50              500,000.00    1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488
19-G          14      651/700        50              500,000.00                            IMPORTE: $ 500,000.00
19-H          12      551/600        50              500,000.00                                    Serie 101
19-1          10      451/500        50              500,000.00    . 19        49    79      109    139   169   199   229   259   289
19-J           9      401/450        50              500,000.00     319       349   379      409    439   469   499   529   559   589
19-K          14      651/700        50              500,000.00     619       649   679      709    739   769   199   829   '59   889
19-L           6      251/300        50          I   500,000.00     919       949   979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189
.19-M         6       251/300       50               500,000.00'   1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489
                                            S 10.000,000.00                                IMPORTE: $ 500,000.00
                                                                                                   SerIe 10J
   . Todos los bonos cuya numeración aparece arriba                 18        48     78     108     138   168   198   228   258   288
indi.~ada deberán presentarse para su cobro o canje a
partir del día 1!l. de.e~,ero de 1979, por estar el importe        318    348       378     408    438    468   498   528   558   588
(le ellos a la diSposlclon de sus tenedores y por dejar
de pnar intereses desde esa misma fecha.                           618    648       678     708    738    768   798   828   858   888
    México, D. F., 26 de Diciembre de 1978.                        '18    948       978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188
                                                                   1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488
               Por el BANCO Be H, S. A.
             Institución de Banca Múltiple .                                               IMPORTE: S500.000.00
34                                            DIARIO OFICIAl.                      Lunes 22 de enero de 1979

                           Serie 10K                                                        Serie lOQ
 19    49    79     109     139   169   199   229   259   289    18    48     78     108     138    168    198    228    258    288
319    349   379    409     439   469   499   529   559   589   318    348    378    408     438    468    498    528    558    588
619    649   679    709     739   769   799   829   859 ·889    618    648    678    708     738    768    798    828    858    888
919    949   979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189             918    948    978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188
1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489               1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488
                   IMPORTE: $ 500,000.00                                            IMPORTE: $ 500,000.00
                           Serie lOL                                                        Serie 10R
 18     48    78    108     138   168   198   228   258   288    17     47     77    107· 137       167    197    227    257    287
                                                                317    347    377    407 437        467    497
                                                                                                           ,      527    557    587
318    348   378    408     438   468   498   528   558   588
                                                                617    647    677 707       737     767    797    827    857    887
618    648   678    708     738   768   798   828   858   888
                                                                917    947    977 1007 1037 1067' 1097 1127 1157 1187
918    948   978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188
                                                                1217 1247 1277 1307 1337 1367 1397 1427 1457 1487
1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 '1458 1488
                                                                                    IMPORTE: $ 500,000.00
                   IMPORTE: $ 500,000.00
                           Serie 10M                                                        Serie lOS

  l~    40    /5    108     138   168   198   228   258   288    19     49     79    109     139    169    199    229    259    289
318    348   378    408     438   468   498   528   558   588   319    349    379     409    439    469    499    529    559    589
 618   648   678    708     738   768   798   828   858   888    619   649    679     709    739    769    799    829    859    889
 918   948   978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188              919   949    979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189
1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488               1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1439 1489
                   IMPORTE: $ 500,000.00                                            IMPORTE: $ 500,000.00
                           Serie ION                                                        Serie IOT
  15    48    78     108    138   168   195   Z¿5   Z~5   Z~5     IY    49     79     109    139    169    199    229    259    289
'318   348   378    408     438   468   498   528   558   588    319   349    379     409    439    469    499    529    559    589
 618   648   678     708    738   768   798   828   858   888    619   649    679     709    739    769    799    829    859    889
 918   948   978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188              919   949    979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189
1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488               1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489
                   IMPORTE: $ 500,000.00                                            IMPORTE: $ 500,000.00
                           Serie 100                                                         Serie 10U
  18    48    78     108    138   168   198   228   258   288     19    49     79     109    139     169   199    229    259    289
 318   348   378    408     4~8   468   498   528   558   588    319   349    379     409    439    469    499    529    559    589
 618   648   678     708    738   768   798   828   858   8~8    619   649    679     709    739     769   799    829    859    889
 918   948   978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188              919   949    979 1009 1039 1069 1099 1129 1139 1189
1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488               1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489
                   IMPOR.TE: $ SOO,OOO.OO '                                         IMPORTE: $ 500,000.00
                           Serie 10P                                                        Serie 10V
  17    47    77     107    137   167   197   227   257   287     17    47     77     107     137    167    197    227    257    287
 317   j47   377     407    437   467   497   527   557   587    317   347    377     407     437    467    497    327    557    387
 617   647   677 107        737   767   797   827   857   887    617    647    677 707       737    767    797     827    857    887
 917   947   977 10ú7 1037 1067 1097 1127 1157 1187              917    947    977 1007 1037 1067 1097 1127 1137 1187,
1217 1247 1271 1307 1337 U67 1397 1427 1457 14S7                1217 1247 1277 1307 1337 1367 1397 1427 1457 _1487.
                   WPOR.T.E: S500,000.00 ,                                          IMPORTE: S 500.000.00
Lunes 22 d.e           en~l'Q
                              :
                                     ele 1979         DIARIO O.ICIAL                                                            3S
                             Serie 10W                                                     LA VIGA 1416, S. A.
                                                                                    AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL
 19      49     79     109    139     169    199    229 - 259 -289
319     349    379     409    439     469    499    529   559        589,
                                                                                                 Segundo Aviso
619     649    679    709     739     769    799    829   859        889'
                                                                        I        MedIante acuerdo tomado en la Asamblea General
919      949   979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189                       Extraordinana de AcciOnIstas de la Sociedad, celebra•
                                                                            da en el domicilio SOCial con techa 10 de diciembre
1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489                           de 1978, se tomó la deCIsión de reducir el capital so•
                                                                            cial, de la suma de: $25.000,000.00 (VEINTICINCO MI•
                     IMPORTE:         S500,000.00                           LLONES DE PESOS 00/100 M. N.), a la suma de:
                             Serie    1"                                    $5.000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M.
                                                                            N.), Y la diferencia entre las dos cifras, o sea la can•
                                                                            tidad de: $20.000,000.00 (VEINTE MILLONES DE PE•
 18       48    78     108    138     168    198    228    258       288    SOS 00/100 M. N.) se devolvió a los accionistas, mo•
                                                                            dificándose al efecto los estatutos socialt's.
318      348   378     408    438     468    498    528    558       58&
                                                                                La presente publicación se lleva a cabo de con•
618      648   678     708    738     768    798    828    858       888    formidad con lo ordenado por el artículo 90. de la
918      948   978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1184                       Uy General de SocIedadl:,s Mercantiles.
1213 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 148&                               México, D. F., 15 de enero de 1979.
                                                                                                    1



                     IMPORTE:         S500,000.00                                   El Delegado Especial de la Asamblea,
                                                                                        T.i.c. Carlos Flol'es Cervantes.
                             SerIe 10Y
                                                                             22 enero.                                        (R.-32)
  18      48    78     108    138      168   198    228    258   ~288
 318     348   378     408    438     468    498    528    558       58&            INCENTIVE, S. A. lEN LJOUIDACION)
 618     648   678     708    738      768   798    828    858       888
 918     948   978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188                              BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL
1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488                                      30 DE SEPTIEMBRE DE 1978

                     IMPORTE: $ 500,000.00                                                         ACTIVO
                                                                            C1r~te:
                             Serie 10Z                                                                                    S
  1&      46    78     108     138     168   198    228    25&       283
                                                                                Caja •.••••.• , .•..••.....•.••. ,
                                                                                                                          -----
                                                                                                                          J
                                                                                                                              0.00
                                                                                                                              0.00
 318     348   378     408     438     468   498    528 " 558' I 588,
 618     648   678     708     738     768   798    828    858       888                           PASIVO
 918     948   978 1008 1938 1068            1~8    1128 1158 118S              Acreedores Diversos                       $    49,956.91
                                                                 4              Capital Social ..... $        50,000.00
1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 14.58 '148J
                                                                                Pérdida Ejercicio 77/
                     IMPORTE: $ 500,000.00 .-                                     78 ••••...........          99,956.97
                                                                                          Capital Contable Negativo S
                       TOTAL: $10,000,000
    Todos los bonos cuya numeración aparece arriba
                                                                                                                          -----
                                                                                                                          S
                                                                                                                            49,956.97
                                                                                                                                 0.00
indicada deberán presentarse ~ara fU Cc;turQ G c¡nj. •
partir del día 10. de enero de 1979. Por ••t.r el impQrt.
de ellos a. la disposición de sus tenedores y pc¡¡r dejar
de ganar mtereses desde esa misma fecha.                                                          El Liquidador,
                                                                                                 Armand Brunel.
       M,xico, D. F., a 28 de diciembre d. 1978.
                                                                             22 enero; 2 '!I 12 f •.brero.
                   Por el BANCOB. C. H.
                Institución de Banca Múltipl.
                  Jo~e Gareía Granadoa,                                             JNDtJSTRIAI PURINA, S. A. DE C. V.
                Sub-DIrector de Operaciones.
                       Rafael Bretón Vera,
                     Sub-Gerente de Custodia.                                            AVISO A LOS ACCIONISTAS
        Por la COMISION NACIONAL BANCUJA                                         La Asamblea General Ordinaria Anual de Accionis•
                   y DE SEGUROS                                             tal' de lndUitrias purina. S. A. de C. V., celebrada el
                                                               folía 20 de d,ici,mbre de 1978, acordó que de las utili•
                 Guillermo Vltse, ,~t,yc                       dades obtenidas por la Sociedad en el ejercicio social
                         InSPCFctor.                           q"" ltrl1lilló .1 jI) de I,ptilmbro <le 1978, se paKUe un
                                                          .~)- flivjltl. ... DQVdtA ~ntl.vos mc;tPeda naciouü, ~
36                                           DIARIO OFICIAL Lunes 22 de enero de 1979
•
cada acción de las que forman e.l capital social actual                           ORDEN DEL DIA
de la compañía.
                                                               1. Informe del Consejo de Administración.
    Igualmente, decidió que el dividendo decretado se
liquide en tres pagos iguales de treinta centavos mo•          2. Informe del Comisario.
neda nacional cada uno, los días 31 de enero, 30 de
mayo y 28 de septiembre de 1979, contra la entrega             3. Lectura y discusión y en su caso, aprobación o mo•
de los cupones 1, 2' Y 3, respectivamente, de las ac•             dificación del Balance por el Ejercicio Social que
ciones en circulación.                                            terminó el día 31 de octubre de 1978.
    El primer pago se efectuará a partir del día 31 de         4. Resolución acerca de emolumentos de miembros del
enero de 1979, contra la entrega del cupón No. 1 de               Consejo de Administración y de Comisario.
las acciones mencionadas para los accionistas del área
metropolitana en las oficinas del Multibanco Comer•            S. Elección de miembros del Consejo de Administra•
mex, S. A., en la Caja de Valores ubicada en Uru•                 ción y de Comisario.
guay 55, México 1, D. F. Los accionistas radicados en
provincia podrán efectuar su cobro en las "oficinas            6. Resolución acerca de aumento del capital social
principales de áre,a" que Multibanco Comermex, S. A.,              y, en su caso, la adopción de las resoluciones co•
tiene en las princIpales ciudades de la República.                 nexas con el aumento.
    Se retendrá el impuesto sobre la renta que corres•         7. Asuntos Generales que sean sometidos a la consi•
pon/:aconform@ a la Ley.                                         deración de la Asamblea, relacionados con los pun•
                                                                  tos anteriores.
       México, D. F., enero 12 de 1979.
                                                                   Se recuerda a los señores Accionistas que para
                 CONSEJO DE ADMINISTRACION                     tener derecho de asistir a la Asamblea deberán depo•
                                                               sitar los títulos de sus acciones antlls de la hora fi•
                       John C. Langley.                        jada para la Asamblea, con el Secretario de la Socie•
                      Secretario Tesorero.                     dad o en cualquier Institución de Crédito dentro o fue•
 l/.    enero.                                      (R.-49)    ra del país, recabando en este último caso un certi•
                                                               ficado de depósito que exprese que las acciones no
                                                               serán devueltas sino con posterioridad a la fecha de:
                                                               la Asamblea o contra entrega del certificado del depó•
                   CONVOCATORIA                                sito mismo.
                                                                    México, D. F., a 3 de enero de 1979.
       convoca a los Accionistas de Metales de Calidad,
        ~e
S. A., para la celebración de una Asamblea Ordinaria                         METALES DE CALIDAD, S. A.
y Extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad que,
deberá tener lugar a las 16 horas del día 31 de enero                           Héctor Garza Larumbe.
de 1979, en el domicilio social ubicado en la calle de                                Secretario.
Fray Servando Teresa de Mier Nos. 438 y 440 de esta
ciudad de México, D. F., conforme al siguiente;                  22 enero.                                   (R.-50)


                                              '!ONVOCATORIA PARA REMATE
        Ji las once horas del día 24 de enero de mil nove cientos setenta y nueve, se rematarán al mejor postor
    en el domicilio de Dr. Lucio No. 204, Colonia Doctore s de esta ciudad. los bienes que abajo se Hstan y que
    se encuentran en las bodegas de esta oficina, ubicada s en Sadi Camot No. 19, Col. San Rafael y en Institu·
    to Politécnico Nacional No. 5132, sirviendo de base la s cantidades que en cada caso se menciona, única•
    meute se admitirán las posturas hasta las 14:00 hor as del día anterior al Remate.
       Las personas interesadas en adquirir dichos bien es deberán presentar las posturas con los Certificados
    de Depósito expedidos por la Nacional Financiera, S. A. garantizando el 10% del importe de la Base de
    Remate.
           Los escritos deberán contener los siguientes dato s: Nacionalidad actual, nombre completo, edad, núme•
       ro de Registro Federal de Causantes, capacidad legal, estado civil, ocupación, domicilio y cantidad que ofrez..
       can por los bienes objeto del Remate.
                                                   ~~GUNDA ALMUN~DA
                                                                                              nase oel       rosmra
    Expediente.-Bimestre.-CRdito.-Importe.-Deudow                                             Remate          Legal


          18-8548     60172, 40n3, 10., 20., 30. 50. 60J74, 10., 20'.' 30./75.-4138498,
                      4138399, 4104124, 418286, 4224047, 4308600, 4,,61969.-5022138.-     j

                      $ 572,512.55.-Bodega.-5adi Camot No. 19.
                                                  TEJIDOS DORIAN, S. A.
                      Una máquina para tejidos Mca. Mihios Emitting Machaine
                         serie 8725-14Pl, Mod. Mis. 1958 con dos partes porta•
                         cono separado, con motor acoplado serie 58156488 de un
                         caballo trifásico, incompleto circular.
                      Una máquina para tejidos marca Builtby Supreme KTG
                         Mach. No. 400 con_j)ortacono separado, motor acoplado ..
                         NG. ¡gUI. di I/j H. 1.. ~mplíta. oúW1ar.
.....
   Lunes 22 de enero de 1979              DIARIO OFICIAL
                                                                                         _de)
Expediente.-Bimestre.-Crédito.-Importe.-Deudor

             Dos escritorios de madera de cuatro y seis cajones, aJ,icrtos,
                vacíos y sin llaves, W10 de ellos en mal estado.
             Un sillón giratorio marca 8YMA secretarial color ver4e.
             Tres rollos de papel tapiz estampado varios colores y           ~

             Un estantero de madera caoba con medidas aproximadas do
                1.90 de alto x 2.10 mts. de ancho 14 cajones, complelnea•
                to separado de tres cajones, cuatro persianas 's.pafa4M.
             Una mesa de madera para corte con mediQs aproxiIotdJs
                de 2.40 de largo x 0.75 clns. de anch9.
             Un tambor de lámina de 200 litros conteniendo 100 litrOil
                aproximados de aceite.
             Una puerta metálica con chapa y      lOS   Vlanos rotCjlS.
             Un coche color negro modelo 1964, 4 puertts serie 1633846
                motor 8143128214, placas GGM-792, vidrio delantero ...
                trellado, sin radio, sin refacción y con golpes en la ca.
                rrocería ......................... ,................ . .....•                    116~
B07-12~38    10. 10/16, 20. 20176, 30176J 40. 40/76. So. 50/16.1 6o/721u.1oJ77.
                 10/77, 30/77.-790024308, 790024233, 790024.166 7~2427S,
                 6934672, 79OO24234Á 60085861{ 70004300, 600356056, 70(107541,
                 790044318, 7000781118, 700149 .-$ 668,021.32.
                               VIDRIERA AUTOMOTRIZ NACIONAL. S. A,
              5 escntorios de diferentes modelos y tamaños de             rn,~.l    ..
                  buenas condiciones.
             Una armazón tipo escritorio de vidrio colQr verde.
             Un escritorio incompleto de madera.
             Una máquina de contabilidad marca Monree.
             Una máquina calculadora marca Monroe.
             Una máquina ejecutiva I. B. M. eléctrica.
             Dos sillas giratorias y un sillón forro Q4lfé en      ~       ...,..
             Una lijadora con motor acoplado nÚlllero 17782.
             Una pulidora con motor acoplado número 5608.
             2 prensas manuales. an~raniadas. y café de rQdillos, la
                 se encuentra a la IntemperIe, una de madera y otra
                                                                               c:at.
                 de metal.
             3 prensas para ensambles de fierro para enderezamiento eJe
                 vidrio dos verticales y una horizontal coh No. de rnotor
                 64061666 de H. P. 1/2 General Electric y 506370 8iernens
                 y_ la horizontal marca Men 1O-1642~. Lanchsinver
                 No. 72615.
             8 motores con marcas Men No. 14-Ol-001 sin m~J~Q.
                81657603, Men, No. 10-15-11009, M4tl No. SPE 70400N,
                Men No. 11-1010130-012 sin marca No. 2484, Mm, No.
                110031-12 todos eléctricos.
              Un baflo marca Radson color 1l'Í••
             Tres transmisiones una marca Risp No. 7~1 otra sin
                 ca ni No. y otra marca Evisa No. 1038.
                                                                               m.
             Dos motores para bomba de agua, una marca BerÜQ                       No.
                2449235 y otro marca Man No. 11-0115902.
             Una cadena de transmisión para hornos-
             Diez bases para cristales automotrices de COlor nataofa ,
                 de metat.
'38                                           DIARIO OFICIAL                                  LlUles 22 de enero de 1979

Expediente.-BJmestre.-crédito.-Importe.-Deudor

                Diez bases de madera para cristales de automóviles. "
                Una mesa con plataforma con tela de alambro.
                3 mesas para cortes de vidrio color azul de madera interior
                   grande.
                Una mesa para corte de vidrio con madera interior grande..
                Una mesa de solera con alfombra de plataforma interior.
                2 tinas de lámina color azul con bomba de agua acopladas
                    color narll;Ilja.
                3 autoclaves de calefacción de presión diámetro de UD                            J.Deo
                  tro aproximadamente c/u.     I

                3 carros para transporte de vidrio manuales interior de metaL
                9 carros para transporte de hornos.
                Una caja grande para desecho de vidrio es de metal.
                Una tubería con 4 llaves color amarillo para quemador.
                Dos mesas para transporte de vidrio de madera, las mesas
                   con ruedas chicas.
                Dos bases para cristales horizontal color naranja.
 112-5490       40/77.-700266847.--$ 2,073.98.
                Bodega.-Sadi Camot
                                         CORPORACION TEC. SERVS. S. A.
                Una máquina. calculadora eléctrIca marca Ramson Bosicom
                   141-P sene MNOP 48043, con cable .......            Oo. . . . . . . . . . . . . . . . .   2.000.00    1.,333.34
B07-11982       10/76..-790034214.-$ 39,46027.
                 Bodega.-Sadi Carnol.
                                    PROYECTOS y REALIZACIONES, S. A.
                Una máquina de escribir eléctrica 'marca Olivetti Tekne 4
                   No. 6569627 con cable en buen estado.
                Una máquina dlvisuma 26, Olivetti No. A835276 con cable ea
                   buen estado ....................................... e,e • • • • • • •                     8,400.00
                                                 TERCERA AUMONEDA
  19-9613       loI7Q.-6221555.-$13,04853.
                Bodega.-I. P. N.
                                          PURIFICACION UNIVERSAL, S. A.
                TIna camioneta marca Renault, color azul cielo placas 401·AJA
                    Reg. 2454185 serie 5030128 motor M8278 tipo vagoneta
                    4 puertas.
                Una camIOneta marca Renault, color azul, placas 407.AJA.
                   serie 5030116, Reg. 2454173 motor MOS266 tipo vagoneta.                                   32,000.00   21,333.34
LO QUE SE PUBLICA EN SOLICITUD DE POSTO RES.

      México. D. F•• a 8 de enero de 1979.
                                                El Jefe de la Oficina,
                                           Lic. Juan Manue] Amador LeaL
                                                       AAU·S41111
tupa.. ti. . . ,!JI.                       lfl9..   'IAIIB"o",II'
                                                           ~
                                                                                                                     'S!
 1lAN'X) NACIONAL DE CREDITO RURAL, S. A.                                   INSTRUMENTOS BRISTOL. S. A.,
lasti~    de llepf,tsito, Aberro, Finaneiera y Fiduciaria

                                                                                       CONVOCATORIA
                                   AVISO
                                                                     Por acuerdo del Consejo de Administraefén, se eon•
     Se hace ~I conocimiento de los tenedores de Bo•            voca a una Asamblea General Ordinaria de Ácci!;)nistas
nos Financieros emltidos per esta Institución que el            de Ill!>trumentos Bti$tol, S. A., ql;le tendrá lugar a las
próxlIbo día 31 de enero 4ie 1979, a las 9:30 horas, ten-        1?:30 ho~as del dIa 20 4e felmero de 197~ en las ofi•
4rá lugar en n_tra. elicinas u~ícadas eh Chilpan•               clnas uBicadas eh Avemda Paseo de la Aetorrtla No.
cÍllgQ No. 70, P. B., México 11 D. F., el sexto sorteo de        19~, piso 16, Colonia Cuauhtémoc, Méxice S, D. F., la
Bonos Financieros "BAN1UJRÁL", serie "A".                       .cual s.: sujetará al siguiente
      M~"i        D. P., a 11 de enere de 1'7'.                                       ORDEN DEL DIA:
 22    en~o.                                          (R.-65)
                                                                  1. Informe del Consejo de Administraelon respecte
                                                                     a las actividades desarrolladas por la sgeledad
                      BAm:A CÓNFIA, S. A.                            durante el ejerCH;io social que concluyó el 30 de
                  Institudón de BauI;a Múltiple                      septiembre de 1978;

        AVI,e A LOS TENEDORES DE BONOS                           11. Present$eién, discusión y, en su caso, apfobaeién
            ,     FINANGIBlilG&                                      o modifieadén del balanee general y estado de
                                                                     resultases de la Sociedad por el ejercicir;> s~cial
    !1 lHa 1,. te f~'Ilnt ¡¡le 1979, a la~ 10:00 horas               comprendide del 10. de !;)duere de 1977 al 39 de
A. ~., s~ llevará a C¡¡09 en nuestras oficinas ubica•                septiemare de 1978, previo infurme del Comisaria;
das ~ ~ídde~ Ne. 31t MeUanifie¡ de esta ciudad, el                   en su caso, ferma de aplicación de resultadas;
Sorteo NQveb.o de nuestros BonOs Financieros Serie
"R".'                                       ,                   111. Resolución sobre la remuneracién a los miem•
                                                                        bros del Consejo de AdmmlstraCÍón y Comlsano
       lbt. 80rtw será presiditlapor el C. Inspeetot que                de la Sociedad durante el ejercicio social que
desiítie la Comisión Naci(fflal Bancaria y de Seguros.                  <concluyó el 30 de septIembre de 1978;

       Atentamente.                                             IV.     Designación de los miembros del Conse.jo de Ad•
                                                                        mmistración, Comisario y demás funcionarios de
       M~~yljl,   .p.   F., enero 15 de 1979.                           ia Sociedad; y

                      BANGA CONFIA, S. A.                        V. Cualquier otro asunto relacionado con los an•
                  Institución de Banca Múltiple                     teriores.

                           ])eo~..!e Valores,                        Se recuerda a los señores accionistas que para ,te•
                        lila.         lo Zavala G.              ner derecho a asistir a la asamblea de referencia, de•
 22 eáefe.                                            (R.-Il)   berán depositar en las oficinas antes señaladas. cuando
                                                                menos con un dla de anticipación a la fecha señalada
                                                                para su celebración, sus títulos de accIOnlts o las cons•
                                                                tancias de depósito de los mismos, expedidas por una
                         BANl'Ats, S. A.                        institución de crédito nacional o extranjera y contra
                  IDStitución de Banca Múltiple                 entresa ya sea ~e sus títulos de acciones o constancias
                                                                de dépósito, se les expedirán tarjetas de admIsión para
                                  ordinaria por sort~,          acreditar su detech6 y asIstir a dicha asamblea.
                                   Insutgetites Sijí" 1443,
                                                                       México, D. F., a 15 de enero de 1979.

          . .Mltareb
                      y   ~
                        :l~;~~::~delaenero Comisión Na-
                                       H. de 1979, con
                                   C. P. Daniel lavala
                                      bonos hi:petecijrioli
                                                                              T   ;c. Manuel Gatcfa Barragán M"
                                                                                           SecretariQ•
 .-.       $éJbi.iu
~
l·       )tt!éllto,
                    se
                              y
tución' que forma parte actualmente de
                                           el antes Da.a.-
                                             S. A. lnst¡-
                                                      S. A.      llenero                                          (1t.-54)
   1miJi6l '*rrA." Ne. J; grupo as; bonos bdnieros
nCM_U .ti! 175,000; am~rtl!ación 51100,000.00.
                                                                             ~A&a8       AUTOMOTRICES. S. A.
    lO$ bl¡mos enUllletadas de.,~~rál1 pre~ntJlrs, pa-ra
.. I.ticatt. 1 ~r ~l le. de reereto de 1'7', dejando
de    g~ar     intettlt$.       d-* till   feelia.
                                                                                        CONVOCATOIUA
       México, D. F., a 15 de enero de 1979.
                                                                    Por acuerdo del Consejo de AdministqtCIOn, se con•
      "'" .. Comisién Naelonal Banearia y de Seguros            voea a una Asaml!Hea Oeh~ral Otdinaria et AceiOOistaa
                                                                de Cables AUloDlilttites, S. Á., tIue téndri: Iu¡at. a !fts
                    C. P. Daaiel ZavaIa Corfta,                 16:30 hQras del día 20 de febrerE> ae 197~ en la~ Ofl•
                            Inspector.                          cÍhas ubicadas en Avenida Paseo de la Aeferma. Ne.
                                                                199, piso 16, Colonia Cuauhtémoc, Mtxleo S,' D. P., la
                  i-~    Por .ANPAIS, S. 1~                     cual se sujetará al siguiente
                  w.tlbleI~ d6 IllDea MÚltiple
                                                                                       OR.DEN DEL DIA:
                         Y_ _ lettble N....,
       AuxiUar de la       Gerencia AdJiúnisttativa Contable      l.    Informe del Consejo de Administraeién sobre las
                                                                        actividades y operaciones llevadas a cabo por la
                                                                        Sociedad durante el ejercicio social ~JW)nindi40
40                                           DIARIO OPICrAL Lunes 22 de enero de 1979
      del 10. de octubre de 1977 al 30 de septiembre de
     1978;
 TT. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación
     o modificación del balance general y estado de
     resultados de la Sociedad por el ejercicio social
     de la Sociedad que concluyó el 30 de septiem•
     bre de 1978, prevlO informe del Comisario; en su
                                                                DIARIO                               ce OFIcw.
     caso, forma de aplicación de resultados;                                                      Direc:tor:
IIl. Resolución sobre la remuneración a los miem•
     bros del Consejo de Admimstración y ComIsario                        LI~.    RAFABL MURILLO VIDAL
     de la Sociedad durante el ejercicio social que
     concluyó el 30 de septiembre de 1978.                                                  AdmiDlstrador:
IV. DesIgnación de miembros del Consejo de Admi•
     nistraCión, Comisario y demás funcionarios de la                Lic. MARCO A. REVUELTAS RAMIREZ
     Sociedad;
 V. CualqUier otro asunto relacionado con los pun•                 Apartado Postal Núm. 1724 - México 1, D. F.
     tos anteriores que deset'n tratar los accionistas.
                                                                   Oficil1aa: General Prim 43 -                                    México 6, D. F.,
     Se recuerda a los señores accionistas que para te•
ner derecho a asistir a la asamblea de referencia, de•                                            Teléfonos:
berán depositar en las oficinas antes señaladas. cuandQ
menos con un día de anticipación a la fechrl señalada          Dirección ••.• ~ .... .-. •••••••~ ••"....... 5-46-69-75
para su celebración, sus títulos de acciones p las cons•       Administración ......                                      5-35-41-77
tancias d.:: depósIto de los mIsmos, expedidas por un~
                                                                                                            OH •   ... •    •   .. •   •   •   •   •   •




institución de crédito nacional o extranjera y contra
                                                               Informes .. , . . . • .. .. .. • • • • • • • • • ... • • • 5-35-49.59
entrega ya sea de sus títulos de acciones o constancias                   TARIFA DE SUSCRIPCIONES
de depósito, se les expedirán tarjet'1s de admislón para
acredItar su derecho y asistir a dicha asamblea.                   Para la República Mexicana y el Extranjero
      México, D. F., a 15 de: enero de 1979.
                                                               1 afio ........ ~....._ .. 6'...            e. . . . . . . . fflIe • •; . . . ela ..        I   180.""
             Lic. Manuel García Barra¡án M.•                   6   meRI     ......... e_e .. ~. . . . . . . . . . . . . . .-... ale.. .. ....                  " '. .

                        Secretario.
                                                                            TARIFA DE INSERCIONES
 22 enero.                                       (R.-53)
                                                              Linea ágata ...... "... en ........... ......... ___... .. ,
                                                                                                   -.                          5.00
                                                              Una plana completa •••• ' ••                                 2,000.00
                                                                                                                            H    •••••••



               INMOBILIARIA ACCO. S. A.
                                                                              PRECIO POR EJEMPLU
                                                              Del dfa .........             r.;a . . . . . . . . . . ft• • •   =- ••~ ••••                 I    Ui
                     CONVOCATORIA                             Atrasado                                                                                          2.81
     Con fundamento en el artículo 183 de la Lev Ge•
neral de Sociedades Mercantiles, se convoca
Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Inmo•
                                                   a una                                   C01UJ)'~IONES

biliaria Acco, S. A., que tendrá lugar a las 18:30 horas
del 20 de febrero de 1979 en las oficinas ubicadas en          Cada orden de suscripci6n o inserci6n debe venir
Avenida Paseo de la Reforma No. 199, Piso 16, Colo•        acompañada de su importe. Los suscriptores o anun-
nia Cuauhtémoc, México 5, D. F., la cual se sujetará       ciantes FORANEOS podrán hacer sus pagos EXCLUSI•
al siguiente                                               VAMENTE por medio de VALES o GIROS POSTALES.
                   ORDEN DEL OlA:                          a nombre de la "TESORERIA DE LA FEDERACIOltl...
 l. Informe del Administrador Unico sobre las ope-         Los del DISTRITO FEDERAL efectuarán sus pagos en
   - ráciones y actividades de la sociedad llevadas a      CHEQUE CERTIFICADO, CHEQUE DE CAJA o EfBC-
     cabo durante el ejercicio social comprendido del      TIVO.                                   '
     10. de octubre de 1977 al 30 de septiembre di"
     1978;                                                     La suscripci6n entra en vigor a partir de la feclJa
 n.    Presentación, 'discusión y en su caso, aprobación   de expedici6n de nuestra orden de cobro, tomándose
                                                           como base esta fecha para el término de dicha suscrip•
       o modificación del balance general y estado de
       resultados de la sociedad por el ejercicio social   ción. En el entendido que será suspendida a su venci•
       terminado el 30 de septiembre de 1978, previo       miento si no es renovada con antelación.
       informe dt'l Comisario; en su caso, forma de
       aplicación de resultados;
                                                               Es requisito indIspensable, para efecto de public.
JII. Resolución sobre la remuneración al Administra•       ci6n, que los documentos sean remitidos en original ,
       dor Uruco y Comisario de la sociedad;
                                                           dos copias legibles.
IV. Designación del Administrador Unico y Comisario
    de la sociedad;
                                                               La reclamaci6n de eiemplares será atendida si se
 V. Cualquier otro asunto relacionado con los pun•         recibe dentro de los ocho, quince V treinta días siguien•
    tos anteriores que deseen tratar los acciomstas.       tes a la feoha del Diario reclamado según se trate res•
      Méxko, D. F., a 15 de enero de 1979.                 pectivamente, del Distrito Federal, del interior o del
                                                           extranjero.
                Jng. Jaime Cory Calomlti,
                  Administrador Urucú.                         En ningún caso se hará responsable la DirecciÓD do
                                                           los errores originados por escritura incorrecta o con•
                                                 (R.-56)   fusa.
DIARIO'_ OFICIAL
           ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE lOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

                                             SEGUNDA SECCION
                                 Director: Lic. RAFAEL MURILLO VIDAL
Registrado como articulo */
la. clase en el afio de t884
                                MEXICO, LUNES 22 DE ENERO DE 1979                    TOMO CCCLlI            No. 15



                                    PODER EJECUTIVO
                               SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA
ACUERDO sobre 1nafectabilidad agrícola, relativo al         blecen los Artículos 249, 250. 257 Párrafo Primero, 258
   predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Muni•           Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de Re•
   cipio de Reynosa, Tam. (Registrado con el núme•          forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al
   ro 3641 l.                                               27 Y demás relatIvos del Reglamento de Inafectabili•
                                                            dad Agrícola V Ganadera; de conformidad con lo dis•
    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que          puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons•
dice. Estados Unidos Mexicanos.-Stcretaría de la Re•        titUCIón Política de la República, 8 V 20. Transitorio
forma Agraria.                                              de la Lev Federal de Retorma Agraria, el suscrito Pre•
                                                            sidente Constitucional de los Estados Unidos Mexica•
VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad        nos, tIene a bIen dictar el siguiente
   Agrícola, relatlvo al predio rústico "SIN NOMBRE",
   ubicado en el Mumcipio de Revnosa, Estado de Ta•                               ACUERDO:
   maulipas, propiedad del C. Gumersindo Morales
   Celestino; V                                                 PRIMERO -Se declara inafectable para los efec•
                                                            tos de dotacion. ampliación o creación de Nuevos Cen•
    RESULTANDO PRIMERO.-Que el C. Gumersindo                tros de PoblaCIón Ejidal, la superficie de 10-00-00 Has.
Morales Celef.tino, en su caracter de propietario, por      (DIEZ HECTAREAS¡ de riego, que mtegran el predio
escrito de fecha 8 de noviembre de 1973, dmgido al          rústico "SIN NOMBRE", ubicado en el Municipio de
entonces Jete del Departamento de Asunto!' Agrarios         Revnosa, Estado de Tamaulipas, propiedad de Gumer•
y Colonización, hoy Secretario de la Reforma Agraria,       sindo Morale!'> Celestino, con las colindanclas que se
por conducto de la Delegación del Ramo en la citada         indican en el primer Resultando.
Entidad Federati'a, solicitó la declara tona de Inafec•
tabilidad Agrícola y la expedicíÓjl del certificado res•        SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de
pectIvo para el predIo mencionado, el que tIene una         Inafectabihdad de que se trata, sobreviniera al~uno
superficie de 10-00-00 Has. de riego, dentro de las         de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la
siguientes colindancÍas: al Norte, propIedad de Deltino     Lev Federal de Reforma Agraria. que pudiera perju•
Gómez; al Sur, propiedad de Cruz de León; al Onente,        dicar derechos sobre terrenos eiídales o comunales, se
plOPledad de FrancIsco López, y al Poniente, pro•           estará a lo dispuesto en dicho precepto jurídico.
piedad de José A. Ayala.
                                                                TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad•
    RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente                   quiere otro predio rustico por sucesión. sociedad con•
acredItó !.u derecho de propIedad sobre el inmueble         vugal, sociedad mercantil, copropiedad o cualquier otra
de referencia, mediante copla fotostática certificada del   forma legal, la Secretana de la Retorma Agraria prac•
Contrato de Cesión de Derechos, celebrado ante el Ge•       ticará las diligencias necesarias para señalar V deter•
rente de ColonizacIón del Distrito de RIego del Bajo        minar los excedentes de la pequeña propiedad inafec•
Río San Juan, Estado de Tamaulipas, el 29 de junio          table v destinarlos a satisfacer necesidades allrarias
de 1960: inscrito bajo el número 226, Legajo 6, Sec•        contonne a la Le'.
ción lII, del Registro Público de la Propiedad de Ciu•
dad Victoria, Tamaulipas, el 6 de julio de 1960; yacom•
pañó los planos de Lev.                                          CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad cesará
                                                            en sus efectos automáticamente cuando su titular au•
    CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge•              torice, induzca, permita o personalmente siembre, cul•
neral de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y Agrope•       tive o coseche en su predio mariguana. amapola o
cuaria V el Cuerpo Consultivo Agrario, realizados los       cualquier otro estupefaciente.
estudios . correspondientes V con base en la opinión
reglamentaria emitida por la Delegación Agraria con
fecha 10 de julio de 1974, llegaron a la conclusión d.          QUINTO.-Publíquese el presente Acuerdo, por el
que el predio referido por sus características, cons•       Que se declara la InafectabiIidad Agrícola del predio
tituve una auténtica pequeña propiedad agrícola en          rústico "SIN NOMBRE", ubicado en e1 Munícipio de
explotación.                                                Revnosa, Estado de Tamaulipas, en el "Diario Dfio"j"
                                                            de la Federación V en el Periódico Oficial del Go•
   CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en 'irtud de                  bierno del Estado referido, inscríbase en el Registro
que han Q.uedado satisfechos los t«lwsitos Que esta-        Aira.do Nacional- y expídase el certificado respectivo.
2                                      DIARIO OFICIAL                     Lunes 22 de enero (le 1.979

    Dado en el Palacio del Poder Ejetutivo de,la Unión,     lO-DO-DO Has. (DIEZ HECTAREAS) de titao teórico,
en MéxICO, Distrito Federal, a los cuatro días del mes      que mtegran el predio rústico "SIN NOMBRE", ubi•
de dicieffiDre de mil novecientos setenta y ocho.-EI'       cado en el MunicipiO de Río Bravo, Estado de Tamau•
Presidente Constitucional de los Estados Umdos Me•          lipas, propiedad de Eduardo Castillo Martínez, con
xicanos, José López Portillo.-Rúbnca.-Cúmplase: El          las colindancias que se indican en el primer Resul•
Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo            tando.
Corro.-Rúbrica.
                           ...                                  SEGUNDO.-Si      alamparo de la declaratoria de
                                                            Inafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno
                                                            de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la
ACUERDO sobre inafectabilidad agrícola, relativo a)         Ley Federal de Reforma Agraria, que pudiera perju•
   predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Muni•           dicar derechos sobre terrenos ejidales o comunales, se
   dpio de .Río Bravo, Tam. (Registrado con el nú•          estará a lo dispuesto en dicho precepto jurídico.
   mero 3642).
                                                                  TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad·
    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que          quiere otro predio rústico por sucesión, sQch:daGl con•
díce. Estados Unidos Mexicanos.-Secn:taría de la Re•        yu¡;¡;al, sociedad mercantil, copropie(lad o cualqui.r otra
forma Agraria.                                              forma legal, la Secretaría de la Réforma Agraria l>1".C:~
                                                            ticará las diligencias necesarias para señalar y deter•
VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad        minar los excedentes de la pequeña propiedad mafec•
   Agrícola, relativo al predio rústlco "SIN NOMBRE",       table y destinarlos a satisfacer necesidades agrarJ~~
   ubIcado, en el MunicipIO de Río Bravo Estado de          conforme' a la Ley.
   Tamaulipas, propiedad del C. Eduardo Castillo Mar•
   tínez; y                                                      CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad celiará
                                                            en sus efectos automáticamente cuando su titular au•
     RESULTANDO_PRIMERO.~ue el C. Eduardo Cas•              torice, induzca, permita o personalmente siembrci, cul•
tillo Martínez, {ln -su carácter de propietario, por es•    tive o coseche en su predio mariguana, amapola o
crito sm fecha, dmgido al entonces Jefe del Depar•          cualquier otro estupefaciente.
tamento de. Asuntos Agrarios y ColOnización, hoy Se•
cretario de la Reforma Agraria, por conducto de la              QUINTO.-Pubüquese el presente Acuerdo por el
Dele¡¡;ación del Rámo en la citada Entidad Federativa,      que se declara la Inafectabilidad Agrícola deí preclio
solicitó la ,declaratoria de Inafectablltdad Agrícola V     rústico "SIN NOMBRE", ubicaqo en ~l Municipio de
la expedición- del certificado respectivo para el predio    Río Bravo, Estado de Tamaulipas, en el "Diario OU•
mencionado, el que tiene una superÍlcle de 20-00-00 Has.    cial" de la federación y en el Periódico Oficial del
de temporal, eqUIvalentes a 10-00-00 Has. de riego teó•     Gobierno del Estado referido, inscríbase en el Regis•
neo, dentro de las siguienteli colindancla~: al Norte,      tro Agrario Nacional y expídase el Certificado respec•
proPIedad de Josefina Martínez de Polanco, al Sur,          tivo.
propIedad de Refugio Martínez Vda. de Castillo; al
Este, prOPIedad de Guillermo Flores, y al Oeste, pro•           Dado en el Palacio del Poder E jecutivQ de la Unión,
piedad de Antonio Romo.                                     en México, Distrito Eederal, a los cuatro días del mes
                                                            de diciembre de mil novecientos setenta y, ocho.-El
    RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente                   Presidente Constitucional de los E¡¡tados Unidos Me•
acreditó su derecho de propiedad sobre el inmueble          xicanos, Jalé López PortlUo.-Rúbrica.-Cúmplase: El
de referencia, mediante copia certificada de la Escri•      Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo
tura Pública Núm. 52, Volumen I, de fecha 22 de sep~        Corro.-Rúbrica.
tiembre de 1966, otorgada ante la fe del Lic. Feliciano
Blanco Caballero, Notario Público con ejercicio en la
Ciudad de V~ne Hermoso, Tam.; inscrita bajp el Núm.
5204, SecciQl) Primera, Legajo 105, del Registro Públi•
                                                                                        -
                                                            ACUERDO .obre JnafKtabWdad qríc:ola, relaUvo al
co de la Pr:opiedad, el 2 de agosto de 1967; y acam«           predio rú.tlc:o denominado La Coila, ublc:ado ...
pañó los planos de Ley.                                        el Municipio de Matamoro., Tam. (Re¡latradlJ &:Ola
                                                               .1 número 3631).
    CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge•
neral de Inlfectabilidad Agrícola, Ganadera V Agrope•           Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
cuaria y el. Cuerpo Consultivo Agrario, realizados 105      dice. Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la R.
estudios cotrespond¡entes y con base en la opinión          forma Agraria.
reglam,entarili- emItida por la Delegación Agraria con
fecha 11 de,mayo de 1974, llegaron a la conclusión de       VISTO para resolver el expediente de Inafecta'bilitlad
que el prediQ referido por sus características, cons•          Agrícola, relativo al predio rústico denominado "LA
tituye um -auténtica pequeña propiedad agrícola en             COSTA", ubicado en el Municipio de Mat.moros,
explotación. .                                                 E,stado de Tantaulipas, propiedad del C, José Ló•
                                                               pez Saldaña; y
     CONSIDERANDO SEGl}NDO.-Que en virtud de
Que han q~dado satisfechos _los requisitos Que esta•            RESULTANDO PRIMERO.-Que el C. José López
blecen los Artículos 249, 250, 257 Párrafo Primero, 258     Saldaña, en su carácter de propietario, por escrito de
Párrafo Primero, 353 V 354 de la Ley Federal de Re•         fecha 15 de octubre de 1973, dirigido al entonces Jefe
forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al       del Departamento de Asunto. Agrario. V ColonizaciQJ¡,
27 Y demás relativos del Reglamento de lnafectabili•        hoy Secretario de la Reforma Agraria, por conducto
dad Agrícola V Ganadera; de conformidad con lo dis•         de la Delegación del Ramo en la citada Entidad F.
puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons•         derativa, solicitó la declaratoria de Inafectabilidad
titución Política de la República, 8 y 20. Transitorio      Agrícola y la expedición del certificado respectivo para
de la Lev Federal de Reforma Agraria, el suscrito Pre•      el predIO mencionado, el que tiene una superficie de
sidente Conlititucional de los Estados Unidos Mexica•       20-00-00 Has. de temporal equivalentes a 10-00-00 Hu.
nos. tiene a ;Iien dictar el si~iente                      de riego teórico, dentro de las siwientes colitlllanci•• :
                                                            al Norte, propiedad de Rodolfo Sauceda; al Sur, _prc>
                      ACUERDO                               piedad de Héctor Cárdenas; al Este, pro])iedad de Pán·
                                                            filo Amado Caballero de la F., y al Oeste, propiedad
    PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec•          de Francisco de la Garza.
tos de dotaéión, ampliación o creación de Nuevos Cen•
tros de Población E jidal, la superficie de 20-00-00 Has.       RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente
(VEINtE HECTAREAS) de temporal. equivalentes a              acreditó su derecllo de propiedad. IObre el iDmuebJ.
•
   Lunes 22 de enero de 1979                 DtARIO OFICIAL
                                                                            fU!
                                                                                                                s
de referencia, mediante Escritura Pública de compra•        ACUERDO sobre inafectabllidad agrícola, relativo al
venta, número 1544, de fecha 22 de octubre de 1951,            predio rústico denominado Barreales, ubicado en
otorgada ante la fe del LIC. Martm Castro Marroqum,            el MuniCIpio de Matamoros, Tam. (Registrado con
Notario Público Número 32, con ejercicio en la Ciudad          el número 3637).
de Matamoros, Tamaulipas, inscrita balo el numelO
2564, Sección Pnmera, legajo 52, del RegIstro Públrco           Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
de la Propiedad de Ciudad Victoria, Tamauhpa::., el 9       dice. E"lauOh Umdos MeXIcanos.-Secretaría de la Re•
de marzo de 1952; y acompañó los planos de Ley.             torma Agrm ¡a.
    CONSIDERANDO PRIMERO,-Que la DireCCIón Ge•              VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad
neral de Inafectabihdad Agrícola, Ganadera y Agrope•           Agrícola, relativo al prediO rustiCO denommado "BA•
cuaria y el Cuerpo Consultivo Agrano, realIzados los           RREALES", ubicado en el Mumcipio de Matamoros,
e5tudios correspondientes y con base en la opmion              Estado de Tamaulipas, propiedad del C. Fsteban
reglamentana emitlda por la DelegacIón Agraria con             Btnaldes Portales; y
fecha 30 de octubre de 1974, llegaron a la conclusíon de
Que el prediO referido por sus caracterbtIcas, cons•            RESULTANDO PRIMERO.-Que el C. Esteban Bena•
tituye una auténtica pequeña propIedad agncola en           vides Portales, en su carácter de propIetano, por es•
explotación.                                                cnto de techa 23 de octubre de 1973, dmgido al en•
                                                            tonces Jete del Departamento de Asuntos Agrarios V
     CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de                 (olomzacIón, hoy Secretario de la Reiorma Agraria,
que han quedado satisfechos los requiSItos que esta•        por conducto de la Delegación del Ramo en la citada
blecen los Artículos 249, 250, 257 Parrato Primero, 258     EntIdad FederatIva, solicitó la declaratoria de Inafec•
Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de Re•         tabdldad Ag:ricola v la expedición del certihcado res•
forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al       pectlvo para el predIO mencionado, el que tiene una
27 y demás relativos del Reglamento de lnafectabili•        superhCllt de 5-UO-00 Has de nego, dentro de las SI•
dad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo ws•          gUIentes cohndanCIas: al Norte, propiedad de Salva•
puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons•         dor Munllo; al Sur, propiedad de Juan Angel Gaona;
titución Política de la República, 8 y 20. TransÍtono       al Este, eildo Pacheco, y al Oeste, propiedad de Ro•
de la Ley Federal de Reforma Agraria, el suscnto Pre•       ~ario Fragoso.
sidente Constitucional de los Estados Umdos MeXIca•
nos. tiene a bien dIctar el siguiente                            RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente
                                                            acredItó su derecho de propiedad sobre el inmueble
                      ACUERDO:                              de referenCIa, medIante copia certIficada de la Escri•
                                                            tura Pública número 89 de fecha 8 de septiembre de
    PRIMERO.-Se declara inafectable para los efeG•          1973, otorgada ante la fe del LIC. Modesto Pérez Váz•
tos de dotación, ampliación o creaCIón de Nuevos Cen•       quez, Notario Público número 109 con ejercicio en Ma•
tros de Población E jidal, la superficie de 20-00-00 Has.   tamoros, Tam.; inscrita bajo el número 8275, Legajo 170,
(VEINTE HECTAREAS) de temporal, equivalentes a              SecClOn 1, del RegIstro Publico de la Propiedad de
10-00-00 Has (DIEZ HECTAREAS) de nego teórico, que          Ciudad Victoria, Tam., el 15 de octubre de 1973; y
integran el predio rústico denommado "LA COSTA",            ¡;'compañó los planos de Le'.
ubicado en el Municipio de Matamoros, Estado de Ta.
maulipas, propIedad de José López Saldaña, con las
colindancias que se indican en el pnmer Resultando.              CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la DIrección Ge•
                                                            neral de Inafectabihdad Agrícola, Ganadera V Agrope•
    SEGUNDO.-Sl al amparo de la declaratoria de             cuana y el Cuerpo Consulúvo Agrano, realIzad05 los
Inafectabihdad de que se trata, sobreviniera alguno         estudIOS correspondIentes y con base en la oplmón
de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la        reglamentaria emitida por la Delegación Agraria con
Lev Federal de Reforma Agraria, que pudiera periu•          fecha 21 de octubre de 1974, llegaron a la conclusión de
dicar derechos sobre terrenos ejidales o comunales, se      que el predio refendo por sus características, cons•
estará a lo dispuesto en dicho precepto iurídico.           tituye una auténtica pequeña propIedad agrícnla en
                                                            explotación.
    TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad•
ouiere !ltro predio rústico por sucesión, sociedad con•          CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de
yugal, sociedad mercantil, copropiedad o cualquier otra     que han quedado satisfechos los requisitos que esta•
forma legal, la Secretaría de la Reforma Agraria prac•      blecen los Artículos 249 250, 257 Párrafo Pnmero, 258
ticará las diligencias necesarias para señalar y deter•     Párrafo Primero, 353 y 354 de la Lev Federal de Re•
minar los excedentes de la pequeña proPIedad inafec•        forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al
table y destinarlos a satisfacer necesidades agrarias       27 y demás relatIVOS del Reglamento de Inafectabili•
conforme a la Ley.                                          dad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo dis•
                                                            puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons•
     CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad cesará       titución Política de la República, 8 V 20. Transitorio
en sus efectos automáticamente cuando su titular au•        de la Ley Federal de Reforma Agraria, el suscrito Pre•
torice, induzca, pennita o personalmente siembre, cul•      sidente ConstItucional de los Es-tados Unidos Mexlca•
tive o c05ieche en su predio mariguana, amapola o           nos, tiene a bien dIctar el sigUIente
cualquier otro tlStupefaciente.
                                                                                  ACUERDO:
    QUINTO.-Publíquese el presente Acuerdo, por el
que se declara la Inafectabilidad Agrícola del predio           PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec•
rústico denominado "LA COSTA", ubicado en el Mu•            tos de dotación, ampliación o creación de Nuevos Cen•
nicipio de Matamoros, Estado de Tamaulipas, en el           tros de Población Ejidal, la supertlCle de 5-00-00 Has•
"Diario Oficial" de la Federación v en el Periódico         (CINCO HECTAREAS) de nego, que integlan el pre•
Oficial del Gobierno del Estado referido, inscríbase en     dio rústico denominado "BARREALES". ubicado en
el Registro Agrario Nacional y expídase el certificado      el Municipio de Matamoros, Estado de TamaulIpds,
respectivo.                                                 propiedad de Esteban Benavides POlj;ales, con las ca•
                                                            lindancias que '3e inrlican en el primer Resultando
    Dado en el Palacio del Poder Eiecutivo de la Unión.
en México, Distrito Federal. a los cuatro dias del mes          SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de
de diciembre de mil novecientos setenta v ocho.-EI          Inafectabilidad de que se trata, sobrevimera alguno
Presidente Constitucional de los Estados Unidos Me•         de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la
xicanos. José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase: El         Lev Federal de Reforma Agraria. que pudiera periu•
Secretario de la Reforma Agraria. Antonio Toledo            dicar derechos sobre terrenos eildales o comunales, ::.e
Cerro.-Rúbrica.                                             Ad°.rá a 10 dispuesto en dicho nrecento ¡urídico_
DIARIO OFICIAL ,Lunes 22 de enero de 1979
                                                    ¡                                      pi             ......



     TE.RCERO.-Si· 'el beneficiario posteriormente ad·            cabo, el 19 de noviembre de 1~75, en la que se com•
Quiere otro predio rústico por suceSIón,' socIedad con•           probo legalmente la procedenCIa para la privación de
tllgal, sQciedad .ijtercanbJ. copropIedad ó cualqUIer otra        derechos aglanos· a los ejldatarios propue!.t0s· do
f?l'ma legal,·la.'S~aría-"4e}a Reforma AgrarIa prac•              contormidad con lo dIspuesto por los Artículos' 42ti
tI<;lnt 'I/,lB .t1jhgeJlCil:~~es,ar'$s para señalar y deter•     430 y. demás relatIvos de la Ley Federal de Reforma
mlft~r lbs ·ex~de!ltéS~·d~ la' pequeña' pr:opIeda4 inaíec•        Agraria. La ComIsIón, Agrana Mixta OpInÓ que es
t,ble y destmarlo'S a satISfacer necesIdades agrarias             pt ocedente la pnvaClOn de sus derechos agrarios a
conforme a la Ley.                                                los t'Jldat<trIos que se señalan, y el reconocimIento
                                                                  qu~ propone la Asamblea General ExtraordInaria de
   . CUART(),":"EI'CfrtificilttO de Inafectabilidad cesará        EJldatanos.
tn sús 'efectos autOmádCáínente cuando su titular au•
torice; induzca, permitá () personalmente siembre cul•                RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo
tive o.' coseche 'en 'S.u; t?Fe'diO manguana, amap¿la o           fue ! Li,lldUO a la ::'ecreLdlla ue la "ewrma tigra•
cualquIer otro' estUpefaClimt-e;
 ,                     . -- ...                                   na, DlIeCC¡Ón General de Derechos Agranos la que hizó
                                                                  una revisión. del mismo, y c~mprobó la Íegalidad de
      ,~....'..


    fJUlNTO.--::..PubJiGJ.ue!re ·el 'J;lresente Acuerdo, por el   ~as notIÍlcacIOnes y ... onstanClas presentadas en este
que se declara la, Inaf~tahilldad Agrícola del predIo             JUICIO; por lo que se turnó al Vocal ConsultIVO Agra':'
rústica denominado "BARREALES", ubicado en el Mu•                 no correspOnQle~te, _con la opImón de 'que tuera apro•
nicipio Be· Matamoros, Estado. de TamaulIpas, en el               bado por estar IlltegradQ correctamente; quien a su
"Diario Oficial": -de. la' Fcder~ción y en el Penódico            vezLPor haberlo encontrado ajustado al procedImIento
Oficial del Gobierno del Estado reterido, inscríbase en           de ,ey, lo sOJ?1eti(> a la cOllSlderacIón del Cuerpo Con.
el Registr-o .Agrario ':NaCIóiiáf y expídase el certüicado        Sultlvo Agraflo, el. que emitió y aprobó dictamen eu
r~$p'ectivo                                                       seSlOn cetebraua el 1,) ue U1cle~ble úe l~n; y
 , d)adoen'e! Palacio del POder Ejecutivo de la Unión,              . CqNS~DERANDO PRIMERO.-Que el presente' jui•
en M~ico. Distritn Federal,.a Jos cuatro días del mes             CIO pnvatI~o se ha seguido de acuerdo COn los tra•
de 4iciembre de ImJ: f'lowcientos setenta y ocho.-El              mIte~ prevI~tos en los Artículos 426, 429, 43U, 431, V
Presidente Constitucional c;!e. ;los Estados Umdos Me•            demas re!atlvos de la Ley,Federal de Retol Il1~ Ai ra -
XIcanos" JQsé Lop~:{ .Bor.tiUp''7'''Rúbnca.-Cúmplase; El          na, hablendose comprobado por las co¡:¡stanciab que
S~cri!tariQ . de 11: Reforma .grana, Antonio Toledo

                              ....
Corro.-;-RÚbrjca.            '.                                   obl an en antecedentes, que lo>. ejidatarios han lllGU•
                                                                  rndo en 1ft C<;1U!>a de pllvaclón de dereCHO!> agrarIOs
                          ,          "                            a que Se reÍlere el Al tículo SS FraCCIón l. de la pro•
                                                                  pI.1 Ley, por naber aDanuunado eJ cultIVO pc¡'sonaJ de
RÉsbúrcION' 'obl'e~ íirlvai.~~       de derechos agrarto.         las. umdades de dotación por más de dos años conse•
     y nuevas adjudicaciones (fe unidades de dotaclón             cutIVOS; que quedaron oportunamente notIfIcados los
     y cont'lrmaciÓJJ-delterec:hQS agrarios. en el ejido         epdatarios sUJetos, a iUlc!o; y qu~, tlna1mente, se ~i.
     del poblado d~OQl,n340 Ziracuarenpll'o, Munici·              gu!eron Jos po<,tenore!> tramite~ le~ale~. es prucedeme
     pio de Villa !l9relQs,.lñch. (Registrada con el nú•        pnvarlos de sus derechos agrari,os.
     mero 3619).
                                                                     _ CONSIDE~ANDO SEG~NDO.-Que 'los campesino.
               un sello .can el E~cudo Nacional. gue
      Al m~rieri
dice: Estadu¡ Unidos MexicaÍlos.-Secretaría de la Re•
                                                                  sena lados, segun constanCIas que corren agregadas al
                                                                  expcUJeUle, l1an vellIdo c-ultIvanúo las umaade!> de da•
forma    A~arla.                                                  tación por más de dos años ininterrumpIdos; y hablén•
                                                                  d?se propuesto el reconocimiento de sus derechos .aira.
l1$rO para resolver el expediente relativo a la pri-             nos por la Asamblea General Extraordinaria de Ejida.
  . v¡¡cion. 4e derechos a¡ranos y' nuevas adjudIcacio•           tarios, celebrada el 30 de julio de 1975 de, acuerdo
    nes de unid,,'des. 9'- dl?~ación y confirmación de            con Jo dispuesto por los articulo s 72 frac¿IOnes 1 y 111'
       derechos agrarios, en el ejidO de; poblado deno·           200 Y demás aplicables de la misma Ley, procede recó.
       mm3do "ZIRA~YARENDIRO", Municipio de Villa                 noc7r sus derechos agra~ios; y con fundamento en el
     ~ MQrelQsi Q"l' EitaQO -de .Mi9hoacán; y                     ArtICulo 69 de la menCIOnada Ley. expedir sus C~·
                                                                  tificados correspondientes.

 ' ..1liStJl.TANDQ PIUMERO.-Consta en el. expedien..                   Por ~o expuesto y con, fuñdamento en los Artículol
t4t la, seiW.lda cony~ato~i~ de tecüa 22 de junio de              ya menCIOnados, de la -Ley Federal d~ Reforma A.ra-
1975. para la ASIIIllblea G'!Deial Extraordinaria de E ji.        ria, se resuelve:             .
••ta(lo.. relati"a • li privación de derechos agrarios,               PRIMERO.-Se decreta la privaci6n de derechC)l
~n eontra de IQs' ejia~tar!os que se CItan en el
puutp re!iol~tivo' d~ 'eS:ta ResolUCIón, por haber aban·          agranos, en el ejido del poblado denominado "ZIRA·
 donado ~l cultivo. personal. de las uTIldades de dota·           CUARENDIRO", Municipio de Villa Morelos, del Esta·
 ción por más de dos años consecutivos; asamblea que              do de Míchoacán, por haber abandonado el cultivo
 tuvo verificativo el 30 de julio de 1975, en la que              personal de las unidades de dotación por más de dos
6e propuso reconocer derechos agrarios y ad Judlcar               años consecutivos a los CC. l.~Eduardo Mendoza~ 2..
 las unidades de dotactQU de. referencia, a los campe·            -Lorenza León, 3.-Othon Ortiz, 4.-JesÚs Ortiz, ' . •
 sinos que las han venido cultivando por más de dos               Donaciano Mendoza, 6. -Vicente Becerra. 7. -Clemente
 años ininterrumpido.. y qqe, se indican en el segundo            Barrera, B.-Pedro Barrera y 9.-Belem Barrera.
 punto resolutivo, y se confirmen los derechos agrarios
 de ~ ejldatarioll' del ceusQ básico, beneficiados en la
 l.efolue!Ón P.residenciaI ck ,dotación de ejido ¡de fecha            SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y st
 l' 'de e(lerO de 19,w¡: puJ>lI~ada en el "Diario Oficial"        adjudican lai unidades de· dotación de referencia; pot
:de la. Federación e~ 19: de noviembre de 1941'- quienes          venirlas cultivando por más de dos atos ininterrum•
 s. encuerltran .,n,1_ ~~tuaHdad cultivando sus unida.            pidos, en el ejido del poblado de "ZIRACUARBNDI·
 Iiles de dotación y que se indican en el tercer punto            RO", Municipio de Villa Morelos, del Estado de Mi•
.n!$Olutivo de, la .preseIlte·Resolución.                         choacán, 'a los CC. l.-Leopoldo Menc;!ozl, 2.-Baltazar
                                                                  SanguIano, 3.-Eliseo Caria, 4.-Gonzalo Rodríguez, S.
     lESULTANDO. SEGUNDO.-La documentación .1                     ~Francisco León, 6.-Guillermina Cancino, 7.-Contado
",rnltió a la Comisión Agrarla Mixta y, dicho Orga•               Escobedo,8 -Adalberto Mendoza y 9.-Guillermo Men•
nismo, notificó el, 28 do octubre de 1975, a 10ll eji·            doza; consecuentemente, expídanse sus corre5pondhm•
"~rlO!l ,fect.dosJ para q1,le comparecieran a la Au·              te. Certificados de Derechos Agrario•. que los acrec¡Uto
clitncia de Prueba. Y Alegatos; mIsma QJII. • llevó a            como eiidatarios del Doblado de que se trata.
- Lunes 22 de enero de 1979· DIARIO OPICIAJ; -

     T ERCERO.-Se confirman los derechos agrarios de
 8 ejidatarios del censo básico, beneficiados en la Re•
solución Presidencial de dotación de ejido de fecha
                                                            de junio de 1975, en la que se comprobó legalmen•
                                                            te la procedencia para la privación de derechos agra•
                                                            nos a los ejidatanos propuestos; de conformidad con
                                                                                                                 I



lB de enero de 1939, y publicada en el "Diario Oficial"     lo dispuesto por los artículos 426, 430 Y demás re•
de la Federación el 19 de noviembre de 1941, quienes        lativos de la Ley Federal de Retorma Agraria. La C(»
se encuentran en la actualidad cultivando sus unida•        miSIón Agraria Mixta opin<,} 'lue. es procedente la pn·
des de dotación, a los CC. 1. -Agustín León, 2. -Gua•       vaClón de sus derechos agranos-a los ejidatarios que
dalupe Espino, 3.-Teódulo Mendoza, 4.-Agustín Co•           ~e señalan, y el reconocimiento que propone la Asam•
ria, S.-Juan Mendoza, 6.-Martín León, 7.-Carlos Co•         blea General Extraordinaria de Eiidatarios.
ria y B.-Salvador Ortiz; en el ejido del poblado deno•
mmado "ZIRACUARENDlRO", Municipio de Villa Mo•                  RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo
relos, del Estado de Michoacán consecuentemente. ex•       fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agra•
pídanse a sus nombres los correspondientes Certifica•      ria, Dirección General de Dert;ehos Agrarios, la que hizo
dos de Derechos Agrarios que los acrediten como eji•       una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de
datarios del poblado de que se trata.                      las notificaciones V constanoias presentadas en este
                                                           juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•
    CUARTO.-Publíquese esta Resolución, relativa a         rio conespondiente, con la opinión de que fuera apro•
la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica.       bado por estar integrado correctamente, quien a su
ciones de unidades de dotación V confirmación de de•       vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimien·
rechos agrarios en el ejido del poblado de "ZIRACUA•       ti) de Ley, lo sometió a ta consideración del Cuerpo
RENDIRO', Municipio de Villa Morelos, del Estado de        Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó dictamen
Michoacán, en el "Diario Oficial" de la Federación y en    en sesión celebrada el 30 de mayo de 1978; y
el Periódico Oficial del Gobierno de esa Entidad Fe•
derativa; inscribase y háganse las anotaciones corres·          CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•
pondientes en el Registro Agrario Nacional; notir.         cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá·
quese y ejecútese.                                         mites previstos en los artículos 426, 429, 430, 431,
                                                           Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra•
    Dada en el Palacio del Poder Eiecutiv,o de la          ria; habiéndose comprobado, por las constancias que
Unión, en México, Distrito Federal, a los cuatro días      obran en antecedentes, que los ejidatarios han incurri•
del mes de diciembre de, mil novecientos seten•            do en la causa de privación de derechos agrarios a
ta y ocho.-El Presidente Constitucional de los Es•         que se refiere el Artículo 85' 'Fricción 1, de la propia.
tados Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.      Ley, por haber abandonado el cultivo personal de las
-Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, An•        unidades de dotación por más de dos años consecu•
tonio Toledo Corro.-Rúbrica.                               tIVOS; que quedaron oportunamente notificados los eji.

                           -
                                                           dataríos sujetos a juicio; y que, finalmente, se SIgUIe•
                                                           ron los posteriores trámites legales, es procedente pri•
                                                           varlos de sus derechos agrariós.,
llESOLUCION sobre privación de derechos agrarios y
    nuevas adjudicaciones de unidades de dotación y            CONSIDERANDO SEGUNDO -Que los campesinos
    confirmación de derechos agrarios, en el ejido del     señalados, según constancias que' corren agregadas al
    poblado denominado Cutlo, Municipio de Churumu·        expediente, han venido cultivando las unidades de do•
    co, Mich. (Registrada con el número 3620).             tación por más de dos a110s Inmterrumpidos; y ha·
                                                           biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos
    Al margen un sello con el Escudo Nacional que          agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•       Ejidatarios, celebrada el 2 de mayo de 1975, de
forma Agraria.                                             acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 Fraccio•
                                                           ciones 1 y IlI, 200 y demás aplicables de la misma
VISTO .para resolver el expediente relativo a la pri•      Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; V con
   vaCIón de derechos agrarios y nuevas adjudica•          fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Ley,
   ciones de unidades de dotación y confirmaCión de        expedir sus Certificados correspondientes.
   derechos agrarios, en el ejido del poblado denomi-
nado "CUTIO", Municipio de Churumuco, del Esta•                 Por lo expuesto y con fundamento en los ArUeu.
   do de Michoacán; y                                      los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra•
                                                           ria, se resuelve:
     RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•
te la segunda convocatoria de fecha 24 de abril                 PRIMERO.-Se decreta la privaCión de derechos
 de 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de       agrarios, en el ejido del poblado denominado "CUT!(y',
 Ejidatarios, relativa a la privación de derechos agra•    Municipio de Churumuco, del Estado de Michoacán,
rios en contra de los ejidatarios que se citan en el       por haber abandonado el cultivo personal de las uni•
primer punto resolutivo de esta Resolución por haber       dades de dotación por más de dos años consecutivos,
abandonado el cultivo personal de las unidádes de do•      a los CC.: l.-José Rivera, 2.-Isidro Rivera, 3.-Fausti•
tación por más de dos años consecutivos; asamblea que      no Reyes, 4.-0dilón Reyes, S.-Francisco Calderón y
tuvo verificativo el 2 de ma~o de 1975, en la que se       6. -Concepción García.
pr,?puso reconocer derechos agrarios V ad judicar las
umdades de dot~ción de. referencia, a los campesinos           SEGUNDO.-Se reconocen derechos aQrafÍns v 'ie
que las han vemdo cultivando por más de dos años           adjudican las unidades de dotación de referencia par
ínínte~mpidos, y q'!e se indican en el segundo punto       venirlas cuftlVando por lllás de dos año~ lJ11i1il'1 rU,11'
r~.solutI~o; y se confIrmen los derechos agrarios de 37    pidos, en el ejido del poblado de "CUTIO", Municipio
e¡IdatarlOs del censo básico más la Parcela Escolar        de Churumuco, del Estado de Michoacán, a los ce. 1.•
beneficiados en la Resolución Presidencial de dotación     Paula Alemán, 2 -Félix Gaona, 3.-Petra Rivera 4-
de ejido, de fecha 22 de agosto de 1968 publicada en       Adalberto Reyes R., 5.-Guadalupe Solonio V 6 -LUCIa•
el "Diario Oficial" de la Federación el '12 de noviem•     na Corona, consecuentemente, expídanse sus corres•
bre de 1968, quienes se encuentran en la actualidad cul•   pondientes Certificados de Derechos Agrarios, que los
tivando sus unidades de dotación y que se indican en       acredite como ejidatarios del poblado de que se trata.
el tercer punto resolutivo de la presente Resolución.
                                                               TERCERO.-se confirman los derechos agrarios de
    RESULTANDO SEGUNOO.-La documentación se                37 ejidatarios del censo básico, beneficiados en la Re•
nismo notificó el 6 de ,iunio de 1975,   a
remitió a ia Comisión Agraria Mixta V dicho Orga•
                                           los ejidata•
r'os afectados para que comparecieran a la Audiencia
                                                           solución Presidencial de dotación de ejido, de fecha 22
                                                           de agosto de 1968, publicada en el "Diario Ofidal" de
                                                           la Federación el 12 de noviembre de 1968 quienes se
de Pruebas y Ale¡atos, misma que se llevó a cabo el 28     encuentran en la actualidad cultivandg iUS unidades
•
 O)'
                                                IJ ( A

~e 4Qt~c:i9n, a lfW ,!C. l.-Mí~el R}yel', 2.-Jo~6 !to•
                                                         a I o o PIe r11 Lun«;s 12 do                       Ollero     de 1919

                                                                       d.ntllll}.l'ltt ~lI$mQl'ltl4l$ atAbM ftac¡;;i~ne$ $1ol~ce~tt.
las, 3.-1rln.", M4rJ.ina, 4.-TQmá~ ~Qlori"" S.-P~lipe                  4, ~1.lItlVQ al ne¡o y 2'$-$~.1~ lia$., de a,ofjtad.rQ cti'nl
(¡:Ilr'ln~, 6.-Jr¡¡,' C<~rQn•• t.-Elíal' R~ye" $.-Móni(¡Q            tQm.d~. 4e1 pre~o 4.ny1t¡.i?a49 "4Q$ G4!lrQ$", Ml,lflÍJ~ipiti
Reyes, 9.-¡l,~in~ R.eyl!:~ 10 -Juan SQIQriQ, 11.-041-                 4, Ahom!~ 4ftl E$~c:lo ~e SmalQa 4* la lIi¡1ient. forriJa:
l'~jReY", l2.-FU.wQn Rivcr~, l~.-Rl,ifael R.eyc~. 14.                  19-61-58 .1.'1,$" PtQPie4aó 4. Felipe AntQniQ CobQ AIQn.tQ.
-LY1(tJ~lliQ' C~Nna . lS.-.t~t M~ina, -l(J.--Alfonso M.                12·35,67 Hall .. E~l C. Mart* Veil. 4-39-46 }las. f)tV~it
4ina, 17.-SCll.larao R.Cycs, iS.-FernanoQ RI:Yc~ 19-                   gag de la, C. l~reia Galaviz Vda. de e.recer, 11-62.01
AlejandtQ Rivera 20 -PcQro Corona, 21 -Juan' Coro•
na, 22 -Alberto CQrona, 23 -Faustino Rivera, 24-                       Has. tll:OIll<~d.. ~ de la C. María del Carm.n y )'Il:Itricia
Juan Riverl, 25.-JeiÚl' Rlvera, 26 -Santos Medina 27.                  Hayashl <,Jalavlz y 285-00·00 Has. PtVJ;liec;.t,d J!!tQÜ'lc.tivi$y
-J;uli:fm ",reía, 2S -Soted.at.1 Roja~, 29 .-Juvenal· Me•              de los CC. Yasmín, DII-,oQertQ, José Rafael Htrtl*nclel:
~ina, 30.-Je$li Coronll 31 -Tranqulhno Corona, 32 -                   C~%, Rafael. Hcrnánc;lez Or4uño, Manuela Crui: qe Ntf.
Clet~ Sand.ov$l, 33 -Urb   ano Maldonado, 34 -Benj~ín                  n1!nd.ez );' MlgU-el An~cl Hernánc;lez Cruz; ,ftct,l;ll_, 4e
Medina, 35 -Mónka Gaona :Vda", '36.-Juan SolQrio y                     c?llfQrmld~c;l con lo que est.l;lIeclln los Artít1.11Qs 27 Con$•
                                                                       tIt1.lcional Fr.ac~i@n XV y 249 Q.e 1, Ley Federal 40 Ro.
37.-Jos.fa Medin. Voa., en el e}ldo ael poblado deDo•
thin~do "CUTlO", MunicipIo de Ghurumuco, dd Estado
¡j~ MichQ,ctn; <;Qnsecu~ntemente, expíd~nse a ~1.ls nQm.
bres loa cQrte¡rpQndientlls Certificados de DerechQI
                                                                       $eSlÓh prOVl$ÍQn".l
                                                                       197~.
                                                                                             s.
                                                                       fQr~~ Agra~la Interpretados a contrario censu. La po.
                                                                                                 QtQt¡Q con fecha 23 «10 jltllQ ~.
                                                                                                      '
A~atiQ' qVI los ,crcc;lite como eiiQatario~ del po'bl~do
4e c¡ue fe tr.t. y ,1 relativo a la Parcela Escolar.                         RESl,lLTANDO TER.CERQ.-Revin401 lo. an~.c;..
                                                                       <,lentes y .n~lli:za4.s las I;QnstlUlci" Qu, IilQran ,n tI .x•
      CTARIO -Puplíquese ,esta Rets<:>lución, relativa a              pe~itnte respec;ti'Q, ~ Ue¡Q al c;onQc:imi,ntQ eJe l~ ,¡..
la ptivaciQfl d, c;lcrcchQs    ~rat'io, v nuevas f.di1,ldicaciQ·       gUlfmte: qu, por R,sQlI,lC;ión l'rc$i4tnc:iaJ, •• ftdi. 1Q 4t
nes 4' 1,lrlidad.t$ d. i.lotacu;'n v confirmaCIón de detc¡j}Qs         fe~rero 4e 1937, P1.l0Iic;.,:. tn Id "DiariQ Ofic:1al" de II
agrari~$ tn el eJido d.el poblado denominado "Ct,JTIO",                ~.d.r4lt;16n el 29 4. marzo <,lId mismQ aAQ, $1 dQt'¡' al
Mu'nicipi9 Qe Cl,lním1,lCo. del Estóldo de Micho~cán, en               pol;Jl4!do de que se trata cqn una sl,rperficie tQttl d, . .
~l, ":Qi~ri9 OfictiJll" 4. la FederaciQn v en el Periódico             768-00-00 Has. de c;liferentes calidades las cuales se e~­
Ofi<;ial 4e1 Qqlj¡i,rnQ dll r~a Bntioad Federativ¡¡¡; in¡cti•          c:t*ntran total y eficiltntcment. aprQvech.4as; QUe afec•
b~se y hájllUI' l~ anotaciones correspondientes en el                  tlVaflllfnt. ;on .25 los capadt"dQs cQn d..recho a l••0-
RegistrQ A.,..riQ N'clonal; llQtifiquese y ejecútese.                  cli;,n 1l1tcntllc;la; y que <lentfli' lid racHo Gie 7 kilqptetro$
                                                                       del n(1c1'Q gctltor re$l,tlt.n afectable$ 333.04.72 H's. ,•
    Da~ ,en 1.'11 ?A lAcio df>1 Poder F lecutivo di: la                las cuales 77-48-96 HlS. son susceptft;ll~s de cUlti'Q
Unión, ,n México. Distrito Federal, a los cuatro días                  y 255-55.76 Has. de agQstlu;iero cerril }:Il'QJlied.a (le loS
4el mes Gic 4i<tieml;mt de mil noveclentqs setenta y                   Ce. F~hpe Antomo Cobo Alonzo, M.rtl! Vtglit, Teresa
qcho.-El Presidente Constitucional de 10$ Estados Uni.                 GalavlZ ViUda de Cerecer, Maria del Carmen V P~tri­
dos Mexicaflos, José tópe:! PortUlo<.....R.(;bri<;a -Cúmpla•           cía Hayashl Galaviz, Yasmín, Dagoberto y JOsé Rafael
se: El St'cretrrin de la Reforma Agri;lna, Antonio to•                 Hernández Cruz, Rafael Hernández Qrduño, Manuela
ledo Corro.-Rúbrica.                                                   Cruz de Hernández y Miguel Angel Hernández Cruz
                                                                       las cuales se pueden tomar de la siguien~ forma: dei
                               •                                       pred.io denominado "La Tea", una superficie de 285-00-00
                                                                       Has. propiedad de los CC. Yasmín, Dagoberto y José
RESOLUCION IOb1"9 ampUaclón de elido, soJlcitada por                   Rafael Hernández Cruz, Rafael Hernández Ordufl.o, Ma•
   vecinos del poblado denominado Choacahui, Muni•                     nuela Cruz de Hernández y Miguel Angel Hernángez
   ciolo de Ahom., Sin. (ftalistrada con tI número                     Cruz; 19-'67-58 Has. de Felipe Antonio Cobo Alonzo. ..
       '391).                                                          12-35-67 Has. de Marte Vega, 4-39.46 Has. de 'tereia
    Al marpn Il1 seUo con el Escudo NaciQnal, QUO
dice: E,tI4Q, lJni4g, Mexicanos. - S~cretaría de la
                                                                       Galaviz Vda. de Cerecer y 11-62-01 Has. de Maria dél
                                                                       Carmen y Patricia Hllyashi Galaviz; superficies que
                                                                       encontraron sin explotación por más de dos afiQs co~­
                                                                                                                                     5.
RefQtma Agraria.                                                       secutivos sin causa justificau., circunstancia qu, fu.
                •                                                      corrQbQrad.a por la Certificación Munici'l;Ia! 4c f,ch•
VISTQ PIfl rt~l1~ e!l'(i,finltlva el expedhtntt relati•               27 de nQvicmbtt de 1975, resultan4io afcctabl.,. d, ~Qn­
   vo • la >lmpUacl6n de cjlqo. solicitR4a ~or ~cinQs                  fvrmidaQ con lo que establecen los Artí¡;ulO$ 249 mttr.
   c;Iel PQ~lado denominado ''C'HOACAHt]I'', Munid.pig                 prct.do a contrario sensu y 251 de la Ley :F'ec:leral de
   de Ah~e, del Estado de "5inaloa; y                                  RefQrma A,raria.
     RJlS1!tLTANOO PRIMERO.-Por escrito de f~cha 2                          Los nQmbres de los 25 cap.citados, son los silUi.n•
de febrtrQ C!e 1~66, veci.no!! del poblado Coi, que se trata,          N$: 1 -Pc4rQ Cuad,tQ$ Hemándcz, 2.-Appito CultdtQ.
~olicitaron del C. Gobernador del Estac;lo amQliaciÓn                  Varias, 3.-Vi¡;entc Cua4ros M.cíl$. 4.-A¡tf)itQ eu..
(lit ejido ~or no serle~ suficientes para $atisfac.r SUs               4ro Macías, 5 -Lortnto Ló'j)tZ Cota, 6.-Bmilio Oa.t...
necesidadu las tierras que actualmente disfrutan. Tut•                 lurn, 7 -Fal.Ulto Gómlrz Cortal •• , 8 -:EsttQID Flont,
nada. la solicitud a la Comisión Agraria Mixta, esto                   9 -Felictano Velúquez, 10.-AtlicetQ Butrin.a 11-
Organismo inició el expediente respectivo, publicándo•                 Manuel Villctgas, 12 -Lo~nzo Cruz Mora, 13 -Pl'lncis•
se 1í! solicitud en el Periódico Oficial del Gobierno del              co Artnenta, H.-Ramón Suárez Lóp'l, 15.-Isidoro ~
Estado de fecha 24 de marto de 1966, misma que §urte                   mez, '16.-Cecilio Arm.mta, 17.-LucreciQ Corrale$, 18.
~fectos t1.e notificación; la diligencia censal se llevó a             -Armando V,JUquez, 19 -Vicente GaxiQla. 20 -Juan
cabo cofl los l"equisitos de Ley el 13 de abril <le 1966,              José Castro, 21 -Jo•• Gaxiola LóJ:)e:Z, 12 -)el'ütQ Val.n.
misma QÚé al ser actualizada el 3 de marzo de 1976.                    zuela, 23 -!elésforo AlvarezJ 24.-Luis Flot'e$ Valen•
arrojó un total de 25 capacitados en materia a~raria:                  zuela y 25.-Eleazu Htlrntnaez.
procediéndost a la eiecución de los trabaios técnicos e
informativos de IQcalización de predios afectables.                        Con los elementos ant'eriores el CUIlrPO CODSUlt!VQ
                                                                       Airario emitió su dictamen en los términos de Lev; ,
      RESULTANDO SEGUNDO.-Terminados los traba·
jos mencionados en el resultando anterior, la Comisión                      CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el derecho rtel
Aeraria Mixta t/rnitió su dictamen el 28 de mayo de                    poblado peticionario l'ara obtener la ampliación l1e          su
1976 " lo so.'ltletió a la conSIderación rlel C Gobernador             cjiQQ, ha queliado demostrado al ¡;omprQQars# QuC tn
oct.l f.:stacl.o, quien el 4 de iuho de 1976, dict6 su man-            el mismQ racUcan 25 ca~acit.d.o¡¡ Que carec.n d.C' IA$ tit-
ditniebtQ an'lllliando al ejido del 1;loblado d~ "ue se                rra, in4.I$~.nsable$ T)ara $~tj¡;facllr sus ~e¡;e:siclad.,: '(
tÍ'~ta éQtI J.ll'lfl $U'I'1'et'fi,ie tQtaL 41i: Z$3·04-0~ Has de las   las qu. ll&¡ fueron ~Qn,,(t4iQai p~r <10U¡.CIQll, citátl tlo>-
sual~ 4j.J&-SZ 14$. IIQll d.e mOllte, 43.10-44 tia¡. N _               tal.thentf aptoycchadai. _
Le      ¡¡ 4e wm
       4:~NiI:giRANDCí;l
                                     *'   1~9      IIA&l1 QlJ51"
                               SEGlJNJ;JO.-Qu. lqs t,rrenQs
afet¡:t.)lef tn tite   c&$$    S'!>ll 1", tnmcl~,qs tn el re•
sult~.CI 't.~tJV 4t esta 1t~QluciÓn; qut 4ao. la tlxtttJ•
$iQn y ~.U4Id !le ~us ticrr" y 1" 4tm$s cirCln~t~;i,S
qult   en tI -prestnte ca~D concurren, procrd. fin~r _n
dicho~   ttrrtnos la ampliaciQn cI_finitiv~ de ejidy_ en ta•
vor c.lt lQ~ vecino$ del poblado c.lenommado "CHOACA•
HUl". I;Qn ln, ,uporficie tljltal de 333-04-72 H.s. de las
cualh 77-48.9~ H". ~on su!ceptibles dit cultivQ v . .
255-55.76 Rtl. de agos~d~ro cerril que Se di~tríbuirán
de la liluilfnte form,: 20-00.00 Has. paq. la Unidad
Agríc01. Industrial pllrll la Mujer. y el resto de la $U•
perficie. o san 313·04.72 Has. se d.stin;:trán para usvs
col'ectivQs de los 25 e.pechados. debiendo modificarse
el mandamiento del Gobernador del Estado únÍcólmen•
te PQr lo qUf se rentré a la distribución d~ la super.
flcie cQnc tc;ll da.
     P()r lo eXl)uestQ y de acuerdo con el imf,luativq
quiJ al EjecutivQ de mi C1rgQ imwne 1* FlltciQn X
d'l ArtículQ 27 Con$titucignal V con apQvg a4tmi, en
los Art1c1lt)s 6~, 114. 195. 197. 203, 2Q5. 20., 21'. 213.
241, 49. Y {íQ. transitQrios y 4erní$ relativQ$ 4, la Ley
Fed.~ral 6e !tfl)rrna A1I'lria tn vi.c¡,r $'e rt$uIlvt:

       PRIMlRO.-St mQ4ifica .1 rnan4amiento <lel           GQ.
~emador 4el lst.4Q. <le fecha 4 4e julio dt 1976.
                                                                                               •
     $ECUNLlO.-Se cQn¡,;ede ~ lQi vecinQs solicitantes
del poola4Q 4énomina4o "CltOACAHUI". MunidpiQ 4Ie
AhQmt. c;l.tt Estalilo 4' Sin.1Q,. 14lQr CQnc4wtQ de amg)il:
CIÓTl definitiva de eii4Q. una $up,rficie tot.} d.e 33¡'Q4.72
H~. (T12SCI~NTAS TREINTA y TRES NECTARJ,AS,
CUATRO AREAS. SETENTA y DOS CtNTIAkEAS) de
la$ cuales 77.41·96 Has. (SETENtA Y SIETE HECTA.
Rl!AS Cl)AltENTA y OCHO AltEAS, NOV!;:NTA y
SEIS 'CENTEAREAS) son susceptihles de cultivo v . .
255-55.76 Has. (DOSCIENTAS CINCUENTA Y CINCO
J-fBCTAREAS, CINCUENTA y CINCO AREAS. SETEN•
T 4. Y SEIS CENTIEAREAS) de agostadero cerrlr prQ•               VISTO para :resolver el expe~iente :relativo a ~apri­
p:edad 00 los CC. Feliue Antonio Cobo Alonso. Mftrte                vación de derechos agranos. V nuevas a.~lulilictl'
Vega. Teresa Galaviz Viuda de Cerecer. María del Car•               dones de uni4atoles de dotaclón, en el OJ1." r.lwl
                                                                                                                  u
mj:n y Patricia Havashi Gal.viz. Yasmín. Da~obt'rto V              polHado denlólluinadQ "SAN JOSE NANA,AJ.uIL•
Jos~ Rafael Hemández Cruz. Rafael Hernández Ordu•
                                                                    PA". Municipio de Mariano Arista) del !'stI4" 4t
fío Manuela Cruz de HernlÍndez y Mi,uel An,el Her•                  Tlaxclla; Y
IÍá~dez Cruz. las cua.les tomarán de la si¡ruiente forma:              RESULTANDO PltlMRRO.-coDlta en el CXJ)Cdiea•
del predio denQmtnado "La Tea", con una superficie               te la seiUndll cQnvoc.tor~ d. f.ctla 10. de I¡QltQ él.
de 285.00.00 Has. (DOSCIENTAS OCHENTA Y CINCO                    1974, 'pIra la Asambela General ExtraQI'dlnlr!a de Iji·
                                                                                                                            111.
HiCTAItEAS). prooiedad de los CC. Yallmín. Du.ober•              dltantls. relativa a la privación de liercchos a¡rari~
tQ y JOll~ Raflerl Hemindt!z Cruz, Rafael nernándel              y lucesQt'ie., en contra de l"s ejt4atariol c¡ue ..
Ordufio. Manuela Cruz de HernlÍndez v MiflUlfl Ao..1             en el primer puttto ~lutivQ a. ••ta ~luoi". ROl'
H~mándtJ Cruz. 19-67.58 Has. DlECINUEVE H€CTA.                   haotr abandonado el cultivo personal d, 1.. 1.Ql1~
1t~AS. S:a$ENtA y SIETE AREAS. CINCU!NTA y                       4e dotaciQn PQr Ul~s de d(,)s años .c(,)llsccutivosi.,.uam:
OCHO C'EN1'IA.ltEAS) de Felipe Antonio Cobo Alon~
12-35.~7 aas. DOCE HECTAR!AS. TREINTA y CtNCu
AR.EAS StSENTA y SIETE CENTIAREIS) de M.m
                                                                 la l¡ue $e prQpuw ~tn)C.r 4erechQs
                                                                 il.lc11car ~ unI"" .. dotadtn Se rtfmnd.a. • l~
                                                                                                                 _.riQ. , ....
                                                                 bI•• 'l11e tUVQ verlficat1vQ el 9 lile .,osto "e 1,,4. el}

V,ga 4.39*4~ Hu. (CUATRO HECTAREAS. Tk!tNTA                      campesinos r.¡ue las hID v.nido cultivando p.,r . , .
y NtJEV:a AREAS. CUARENTA y SEIS CENTIA'RE,AS)                   lile U~$ ahs itain'h:!rrumpidQI y que .~ indican en .1
de Tertsa Galllviz Vd!. de ew.cer V 11.61-01 Ha•.                ...unUQ puntQ ~11'¡)lutivl; PQr faIl.c;itni.ntQ de los ti·
(ONCE H!CTA'R!AS, SESENTA y DOS AltEAS. UNA                       tulares lIe canceltn lQ8 Cettificali1(jls lile th!rechfj)s Alta·
CENTIAltiA) de María del Carmen y Patricio Ha"$hi                rlQJ y se priven Iic sus r;l'l'Icho$ sucesCilrilill Ilgnn'19s,
G~lavi:it. Superficie que se distri'Quirá en l. forma est.•      • los h.rec1etQI 'lUC aban,b~naron las unidades de iq•
bltcida en el consi¡¡ftrlln(lio S8lllndo de esta Itcsoluci4n,    taciQ¡¡ pqr rnls 4e 4QS aftQ$ consecutivos; y .dju.d!•
decretándoae al efecto las afectaciones correspondientet.        clrtelas a IQI c.Ul~inos liue las han venido culti•
                                                                 vanüo JWr mis l1e QOS ati~s ininterrutn¡;,iiilos. y qut
       La antmQr superficie deg.ri ser localizada de             ,e citan en el tercer punto resQlutivo de la pttS'I1te
a~erdq  Gon el planQ aprobado -por la Secrlftat11 dc la          lteaoluciOn.
Reformil Afraril y pua'" a pOder del pgblado btne•
ficiadQ wn tGdas .u. acce.ion_.           U19l. cQstumb~.    y       RESULTANDO S!GUNOO.-La documentaciÓn 'le
servidum1res.                                                   ~mitió   a la Comf$ión Alrratia Mixtl'l " dicho OtU•
                                                                 nismo, nQtific6 .1 25 de nQvlembne de 1974.• los 'ejidat..·
    TERC!.ItO.-Expídanse • los 25 Gap.citados benefi.            t"rios y sucesores afectados para que comparecinan a
ciados tQn esta lt'101uciOn , a 1, Unidad Atí1cQIa In•           la AuQimcta'" Pruebas y AltgatQs; misma que se nll'~


                                                                 .. * !I"
dustrial para la MUjer los Ctttifilólla~ cae t»I*hm              • ctb91W clflq 11 Y 12 Oc d.icietnbre d. 1974. en 1. QU, ~.
AJrati9t QQmsponditnt...                                         ~mj)rQ" _Irntnte .. p~cia pata la pt'lvaclót)

     CV.uTO.~ tjtMlW''' la tmeftte kQQhld6b. , ..
JIetáD      ~ lU           ~    _ _ _ • ltI _AnlG                    ~
                                                                    426,
                                                                         . J
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                                                                                                   fllauvos 1.1.. .. ldY , .
I                                     o r ARIO         OPICI & 1: Lunes 22 de enero de 1979'
ral de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta            Torres, 41.-Samuel López González, 42,-Porfirio L6-
opmó que es procedente la privación de sus derechos          pez Juárez, 43.-Julián Lozano Vera, 44.-Juan Luna
agranos a los e]idatarios y sucesores que se señalan,        Rodríguez, 45.-José Márquez García, 46.-Vicenta Mu•
y el reconocimIento que propone la Asamblea General          ñoz Carrasco, 47.-Antonio Martínez, 48.-José Martí•
Extraordmana de Ejidatarios.                                 nez Valdemar. 49.-Refllgio Vda. de Mena, 50.-Juan
                                                             Mllnguía Cruz.
     RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo
fue turnado al entonces Departamento de Asuntos Agra•             51.-Domingo Pedraza, 52.-Martin de Oca Gonzá•
rios y CololllzaClón, hoy Secretaría de la Reforma Agra•     lez, 53.-Juan Pmeda Rosas, 54.-Juan Pineda Sánchez,
na, DIrección General de Derechos Agrarios, la que          55. -Guadalupe Roldán González, 56. -Luis Rosas Pé•
hIlO una revIsión ud mIsmo, y l:omprobó la legalidad        rez, 57 .-Juan Rangel González, 58. -Angel'a Sánchez,
de las notificaciones y constancias presentadas en          59.-Félix Sánchez Mota, 60.-Pedro Sánchez Quintero,
este Juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo        61.-Luciana Lara Santillán, 62.-Manuela Trilla VJa.
Aglano correspondiente con la opmión de que fuera           de Andrade, 63.-Loreto Tabuada Vargas, 64.-Luis Ta•
aprobadu por estar integrado correctamente; quien a         buada, 65.-Alla Tovar Lara, 66.-Eduardo Hernández
su vez, por haberlo encontrado ajustado al procedi•         Trejo, 67,-Leopoldo Vargas M., 68.-Angel Bravo, 69.
miento de Ley, lo sometIó a la consideraCIón del            -Miguel Zamudio Hernández. 70.-Julián Angelino O.,
Cuerpo ConsultIvo Agrario, el que emItió v aprobó su        7l.-Miguel Castro Guillén, n.-Catalina Guzmán, 73.
dictamen en sesión celebrada el 14 dI.! mayo de 1976; y     -David Guzmán Sánchez, 74.-Félix Hernández, 75.•
                                                            Laurentino Taboada, 76.-Julij¡) Pérez Vega, 77.-Juan
      CONSIDERANDO PRIMERO.-Que ei presente jui• Roldán Margarito, 78.-Félix Ramírez, 7Y.-Natividad
 cio pnvativo se ha seguido de acuerdo con los trá• Terreros, 80.-Agripina VeEa Sánchez, 8l.-Raymundo
mites prevIstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 V Galindo, 82.-Juan Guzmán Vázquez, 83.-Juan Her•
 demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• nández Castillo, 84.-Macario Hernández Estrada, 85.
 na; habiéndo~e comprobado, por las constancias Que -Vicente Hernández Gonzaga, 86.-Matías Lara Cor•
obran en antecedentes, que los ejidatarios y sus he• tés, 87.-Antonio Márquez Sánchez, 88.-EmIlio Zava•
rederos han mcurrido en la causa de privación de la Sánchez, 89.-lsidoro Santillán, 90.-Miguel de la
derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el Cruz Isla!>, 91.-Gregorio Escobedo Rodríguez, 92.•
Artículo 85 Fracción 1, de la propia Ley, por haber Manuel Sánchez Conlreras, 93.-José Hernández Her•
abandonado el cultivo personal de las unidades de nández, 94.-Fldencio Roble!> y 95.-Nicolás Trejo Her•
 dotación por más de dos años consecutivos; que que• nández. Por la misma razón se pnvan de sus dere•
daron oportunamente notiticados los ejidatarios y su• cho!> ~ucesorio!> agranos a los CC. l.-Viviana MeJora•
cesores sujetos a JUIcio; y que, finalmente, se siguie• da. 2.-J. Cruz Arauz, 3.-María Guadalupe Olivares
[l' 1 los po,>teriores trámites legales; es procedente pri. M. de Aráuz, 4.-Bernarda Aráuz Olivares, S.-Clara
varIos de sus derechos agranos y sucesorios, y can· Arauz orlvares, 6.-Angela Castelán, 7.-Marcelino
celar los correspohdientes Certificados de Derechos Arauz Segundo, 8.-Clara Avelmo Mota, 9.-Margarita
Agrarios.                                                   Mota Ortlz, 1O.-Adolfo Aguilar, ll.-Agapito Aguilar,
                                                            12.-Juana AguiJar, 13.-Eugema Aguilar, 14.-'fomas
      CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos Bastida Sánchez, 15. -Sóstenes Sánchez, 16. -Reyes
 señalados, según constancias que corren agregadas al Bastida Sánchez, 17.-Carmen Bastida Sánchez, 18.•
 expediente, han vemdo cultivando las unidades de Trinidad Ba!>tida Sánchez, 19.-Josela Bastida Sánchez,
 dotación por más de dos años inmterrumpidos; y 2l'.-Alfonso Escobar Brindis, 21.-Micaela Martínez
 habiéndose propuesto el reconocimiento de sus dere• Valdemar, 22.-Aurora Brindis Martínez, 23.-Jaime
 chos agrarios por la Asamblea General Extraordinaria Sánchez Brindis, 24.-Rafaela Maravillas Vda. de Brin•
de Ejidatarios celebrada el 9 de agosto de 1974, de
acuerdo con lo dispuesto por los Artículos n Fracción dis, Ortega, 27.-José Carmen Castro, 28.-Lázaro Cas•
                                                            tés
                                                                  25.-Margarita BrindiS Maravillas, 26.-Josefa COl:•
JI!; 86,200 Y demás aplicables de la misma Ley, proce•      tro Pineda, 29.-Ascención Aguilar, 30.-Guadalupe
de reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento Guarneros Macías,
en el Artículo 69 de la menclOnada Ley, expedir sus -Marcial Morales, 31.-Elvia Macías de Guarneros, 32.
                                                                                33.-Leopol'do Suárez, 34.-Ceferi•
CertIficados correspondientes.                              no Suárez, 35 -Pablo Suárez Roldán, 36.-Flavia Do•
      Por lo expuesto y con fundamento en los Ar• mínguez de Suárez, 37.-Abraham Suárez Domínguez,
tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma 38.-Pablo Suárez Domínguez, 39.-José de Jesús Rol•
                                                            dán, 40.-María de Jesús Roldán, 41.-Mario Fernán•
 Agraria, se resuelve:                                      dez Quiroz, 42.-Guadalupe Flores Reyes, 43.-Juana
      PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos Reyes, 44.--Raymundo Flores Reyes, 45.-Daniel Flo•
agrarios en el ejido dd poblado denominado "SAN res Reyes, 46.-Félix Flores Reyes 47.-Alejandro Gar•
JOSE NANACAMILPA", Mumcipio de Mariano Arista, cía Hernández,z 48. -Félix Hernández, 49. -Socorro
del Estado de Tlaxcala, por haber abandonado el cul• García Hernández, 50.-Raymundo García Hernández.
tivo personal de las umdades de dotación por más .                51.-Margarita Garcia Hernández, 52.-Ceferina
de dos años consecutivos, a los CC. l.-Manuel Arroyo González Moctezuma, 53. -Filomena González Moctezu•
García, 2.-Bernardino Arauz Olvera, 3.-Lorenzo· ma, 54.-CrÍ¡,tina Gonzál'ez Moctezuma, 55.-Jorge Gon•
Arauz, 4.-Cayetano Arauz Becerra, S.-Petra Arauz            zález, 56.-Su:.ana González, 57.-Georgina Guzmán de
Hernández, 6 -Felipe Avelino Olvera, 7.-Elisa Barra• Brmdís, 58.-J. Manuel Brindis, 59.-Juan Guzmán, 60.
za, 8 -LUIS García, 9.-José Bastida Rogelio, 10.-Ma• -·Fernando González, 61.-Alberto González, 62.-Cir.ila
nuel Brmdls Varela, 1l.-EIvira Brindis MaraviHas, 12.       Hernández Nieves, 63.-Loreto Nieves Durán, 64.-Gra•
-FranCISco Contreras B., 13.-José Contreras García, gorio Hernández Nieves, 65.-José Hernández Nieves,
14 -FélIx Cortés Gonzaga, 15.-Juan Cortés O., 16.• 66.-Adrián Hernández Nieves, 67.-Estela Hernández
Andrés Cruz, 17.-Eduardo Castro Hernández, 18- Badillo, 68. -Rosa Hernández Badillo, 69. -Gaudencia
FranClsco Elizalde, 19.-Viviana Castelán ArelIano, 20.      Hernández Zamudio, 70.-Angel Hernández, 7l.-Alfon•
-Antonio Cid de Gómez, 21.-Rafael Delgadillo Mora• so Hernández T., n.-Félix Huerta, 73.-Pedro Huer•
les, 22 -Angel Suárez, 23.-Dolores Fernández Roldán,        ta, 74.-María Carmen Vela, 75.-Pablo Lira, 76.-Pe•
24.-Alberto Fernández Quiroz, 25.-Porfirio Flores Ca• dro Lara Guzmán, 77.-Alberto Lara Guzmán, 78.-Ma•
pal'uca, 26, -Manuel García Coba, 27. -J orge González ría Guzmán Lara, 79.-Lucio Lara Guzmán, 80.-Mer•
Arauz,28 -Bartolo González Morales, 29.-Porfirio Gon• ced Lara Guzmán, 8l.-Pedro Alonso Elizal'de, 82.•
zález Cortés, 30. -Raúl Brindis Ramírez, 31. -Andrés        Luisa Rodríguez Rivera, 83.-Julia Luna Rodríguez, 84.
González Mejía, 32.-Edmundo González, 33.-Modesto -Guillermo Rojas Luna, 85.-Benito Olvera, 86.-Agus•
Hernández Rodríguez, 34.-Manuel Hernández, 35.• tina Olvera, 87.-Angela Pérez Muñoz, 88 -Margama
Margarita Terreros Vda. de Hemández, 36.-Atilano            Rodríguez, 89.-Eufrosina Martínez, 90.-Carlos Martí•
Huerta Zamora, 37 -José Juárez Arriaga, 38.-JuaD            nez Sánchez, 91.-Herminia Sánchez Díaz, 92.-Asun•
Larll Guzmán. 39.-Cecilio Lara. 40.-Vicenta Loaada ~iw Martinez Sánchez, 93. -Caudelaria Martínez Sán-
                  ~
Lunes 22 de enero de 1979              DIARIO OFICIA1J                                                        9

 chez, 94.-Pedro López Juárez, 95.-Emestina Rugerio,        ye.!> Robles SánchCl, 49.-José Márquez Lara, 50.-Fran•
 96.-Juan Munguía Rugerio, 97.-León Munguía Ruge•           CISCO Ht:rn:ullkz Pérez
 rio, 9S.-Jrineo Munguía Rugerio, 99.-NlcoJás MUfl•
 guía Rugerio, 100.-Marcos Munguía Rugt:rio.
                                                                   51.-Mario Alonso Angelino, 52.-Guillermo Ra~f.
      101.-Catalina de Oca, 102.-Rafaela dt: Oca, 103.•     rez Guerrero 53.-Anastacio Contreras Vega, 54.-S1X•
 Mario Vega, 104.-Rosita Pineda Sánchez, 105.-Ger•          to Tril'la M¿gollán, 55.-Ignacio López Suárez, 56 -
 trudis Sánchez, 106.-Manuel Rosas, 107.-Mario Ran•         Rito Juan Guzmán Hernández, 57,.-Priscliiano Már•
 gel González, 108.-Rosa Sánchez, l09.-Fidel Rangel         quez Lara, 58.-Gustavo Hernández Sánchez, 59:-An•
 Sánchez, HO.-Aurora Rangel Sánchez, ll1.-María             gel Hernández López, 60.-Manuel Márquez Hernandez,
 Contreras, 112.-Maricel'a Vázquez, 113.-Roberto ,Váll'     61.-Enrique Alonso Angelmo, 62.-Manuela Estrada
 quez, 1l4.-Raymundo Islas, U5.-Eulalia López, 116.         de la CIU.l 63.-Rosa Roldán Vázqtrez, 64.-HIlario
 -Daniel López, 117.-Narcisa López, 118.-Trinidad           Arroyo Vázque.o::, 65.-EladIo Castillo Angelino, 66.•
 TruJillo, 119.-María Cortés, 120.-Genaro MOJl;ollán        Carmen TreJo Hernández, 67.-Francisco Robles Fl~
 Espinoza, 121.-Juan José Taboada, 122.-Guaaalupe           res 68.-Vicente Contreras Lara, 69.-Miguel Zamudlo
 Ramírez, 123.-Andrea Taboada Delgadillo 124.-So1e•         He~nándC'l Jr., 70.-J. Refugio Angelino Espejel, 71.•
 dad Delgadillo, 125.-So1edad Hernández rovar, 126.•        Ju..'n Vega Lara, 72.-Jesus Pérez, Becerra, 73.-Rober•
 Raymundo Vergara Bravo, 127 -María Guadalupe Bra•          tu Guzm,lll BI mUh, 74 -Concepción Hernández Coba,
 vo, 128.-Samuel Zamudío Hernández, 129.-Cedha              75.-Albert..t l',tbuada Vargas"76.-:-Gerardo Contreras
 Hernández, 130.-Ralad ZamudlO Hernández, 131.•             P':n:z 77 .-Víctor LontrcrUl> Becerra, 78.-Pedro El>tra•
 Margarita Zamudio Ht"rnández, 132.-Félix Zamudio           da dé la Cruz, 79.-Henbt:rto Rarriírez Vela, SO.-Be•
 Hernández, 133.-lsldra ZafDudio Hernández, 134.-Te•        mgno Vega Cortés, 81.-Aurelio Galindo, 82.-JesÚs
 resa Zamudio Hernández, 135.-Mallo Guzmán, 136.•           Guzmán Vázquez, 83.-Josefa Santillán Contref'AS, 84.
 Claudio Hernández, 137 -Hlpóltto Hernández, 138.•          -lgnacla Sánchez Guzmán, ,S5.-Elpidia Guillén Her•
 Faustino Hernández GuJllén, 139 -Domitlla Suárt:z La•      nández 86.-Ursula Suárez Pineda, 87.-Gerónima Cu•
 ra, 140.-Carlos Bnnui5, 141.-Dornillgo Zavala Sán•         nel García, 88.-Epifarno Zaviüa Sánchez, 89.-Ruperta
 chez, 142.-José Santillán García, 143.-Esteban ClUZ        García Oldóñez Vda. de Sant~lán, 90.-Francisco Cruz
 Torres, 144.-Clala Torres Ct:rvante~, 145.-Celerino        Torres, 91.-Regil1a Escobcdu Veg~, 92,-Raúl. Sánc~ez
Escobedo Vega, 146.-Paula Vega, 147.-Manuel Sán•            Pérez, 93. -GraCiano Hernández Lara, 94. -ClotIlde San•
 chez Pérez, l48.-María Pérez Lara, 149.-Luis Robles        chez Díaz y 95.-Hora Trejo Ortiz; consecuentemente,
 Sánchez y 150.-Gloria Trejo. En consecuenCIa, se can•      expídanse sus correspondIentes Certificados de Dere•
 celan los Certificados de Derechos Agrarios que respec•    chos Agrarios, que los acredite como ejidatarios del
tiVamente se les expidIeron a los ejidatanos sancio•        poblado de que se trata.
nados, números: 711036, 711046, 711048, 711050, 711055,
711077, 711084, 711092, 71103, 711111, 711121, 711129,           TERCERO.-Por farJecimis!llto de: l.-José Arroyo
711131, 711143, 711148, 711159, 711174, 711175, 711192,      Pineda, 2.-JesÚs Arauz Terreros, 3.-Raymundo Bravo
:711194, 711218, 711225, 711261, 711265, 711268, 711284,    Dorantes, 4.-Manuel Bnndls, 5 -Miguel Cortés Díaz,
711314, 711318, 711319, 711112, 711321, 711322, 711337,     6.-Ascención Cortés Morales, 7.-Antonio Díaz, 8.•
711355, 711364, 711378, 711383, 711388, 711391, 711405,      Fortmo García Ordoñez, 9.-Ambrosio Guillén Castro,
711425, 711426, 711437, 711438, 711449, 711468, 711474,     10.-Matías GuiHén Ca~atñeda, 11.-Esteban Hernán•
711475, 711486, 711502, 711505, 7115:17, 711559, 711560,     dez González, 12.-Jose Hernández Palacios, B.-Rafael
711586, 711630, 711633, 711637, 711ó38, 711M3, 711055,      Hcrnández ValencJa, 14.-Guadalupe Hernández Nieves.
í11669, 711679, 711686, 711690, 711700, 711713, 711718,     15 -Guadalupe Juarez Ortega, 16.-Hilario López Guz.
711741, 711071, 711173, 711302, 711304, 711338, 711490,     mán 17 .-Miguel Lozano Castañeda, iS.-Sotero 'Loza•
711549, 711600, 711616, 711675, 711726, 711733, 711305,     no García, 19.-Aurelio Martínez Valdemar, 20.-Pedro
711334, 711341, 711344, 711392, 711450, 711640, 711654,     Mena García, 2l.-Eduardo Olvera Blancas, 22.-Pedro
71116S, 711250, 711639, 711371, 711626 Y 711694.            Pineda García, 23.--Guaualupe Rufu,m Fragoso, 24-
                                                            Agustlll Rodrígut:z DUJan, 25.-José Rodríguez Durán,
      SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se          26.-Macarío Ramu'ez MIllán, 27.-IgnacIa Rojas Vda.
 adiudlcan las unidades de dotación, de reterencia, por     de Hcrnandez, 28.-'-Santos Trilla Muñoz, 29.-Vlcente
 venirlas cultIvando por más de dos años minterrum•         Tabuada Vargas, 30.-S1xtO Vázquez Betanzo y 31.•
 pidos, en el ejido del poblado de "SAN JOSE NANA•          Epifanio Vega Sánchez; se cancelan los Certiticados de
 CAMILPA", MumciplO ed Mariano Arista, del Estado           Derechos Agrarios, numeros: 711032, 711037, 711094,
 de T1axcala, a los CC. 1.-Saúl Pérez López, 2.-San•        711109, 711144, 711151, 711207, 711280, 7112%, 711297,
 tlago Vázquez García, 3.-Rafael Cortés García, 4-          711339, 711343, 711370, 711375, 711382, 711417, 711436,
 Lourdes Arauz Sánchez, 5.-Marcelino Arauz Lara, 6.         711439, 711473, 711489, 711.134, 711556, 711599, 711603,
-J. Concepción Aguilar Arauz, 7. -Aristeo Olvera Me•        711605, 711614, 711634, 711667, 711687, 711699 Y 711725,
 dellfn, 8.-Aurelia Olvera Blancas, 9 -Enrique Basti•       en el ejido del poblado denominado "SAN JOSE NA•
 da Sánchez, 10.-Leopoldo Sánchezz BrindIS, ll.-Edi•        NACAMILPA", MUlllClPlO dt: Mariano Ansta, del Esta•
 berto Bnndis MaravIllas, l2.-Esteban Contreras Pine•       do de Tlaxcala; y l>C privan de sus derechos suceso•
da, B.-Juan C9ntreras Ehzalde, 14.-Juho Arroyo Váz•         nos agrarios por haber abandonddo el CUltIVO per!>o•
quezt.,.15.-Fabián Espejel Flores, 16.-Melitón Ramí•        nal de las umdades de dotación, por más de dos anus
r~z .tSastida, 17.-Francisco GonzáIez Castro, 1¿¡.-Si•     consecutIvos, a los CC. l.-Catalina Anoyo, 2.-Vict:uta
món Trilla Bastida, 19.-Sixto Ramírez Sánchez, 20.•        Ruiz, 3.-Marcerina Hernández de Arauz, 4.-Angel Bra•
Alberto Olmedo Hernández, 21.-María Concepción Mo•         vo Hernández, S.-Dolores Hernández, 6.-Ana Mana
rales Delgadillo, 22.-Esteban Suárez Roldán, 23.-Ar•       Bravo Hernández, 7. -Josefina Bravo Hernandez, 8 -
turo Lara García, 24.-JesÚs Fernández Espejel, 25.•        María LUIsa Bravo Hernandez, 9 -Trimdad Bnndis Ta•
Ludana Lara Andrade, 26.-Juan Reyes Olvera, 27.•           buada, 1U.-JesÚs Vega, 1l.-Je~Ús Corté~ Gonzálel, 12.
Constancio Hernández S., 28.-Germán González Terre•        -Santos Cortés Gonzult:z, 13 -RuiIno Corté" lJan.la
ros, 29.-Juan González Terreros, 30.-J. Jesús Brindis      14.-GUlllermo Díaz Vargas, 15.-Sabina Vargas 16'-:'
Ramírez, 3l.-LUlsa CarriUo Hernández, 32 -Facundo          Teófila Díaz Vargas, 17.-Paula Díaz Vargas, Ur-Ro•
González Rodríguez, 33.-Ceciha Hernández Nieves 34.        berta Díaz Vargal>, 19.-Alejandra PalaclO~, LO -Lu,- ,a
-Porfirio Vargas Cortés, 35.-Margarita Brindis Mara•       García, 21.-Rita García, 22.-José García 23 -An.t•
villa, 36. -Salomé Hernández Sánchez, 37. -Marcelino       cIeto García, 24.-Godeleba Garcfa, 25 -Glahra G;.¡r•
López Suárez, 38.-Juan Morales Guzmán, 39.-María           cía, 26.-Felipa Guillén Sánchez, 27 -José Guillen ~an­
Guzmán Morales, 40 -Guillt:rmo García González, 41.        chez, 2S.-Eutica Sánchez, 29 -Josefa Guillén Sánchez,
-Ruperto G~rcía Díaz, 42.-J. Ascención López Casti•        30 -María Justma Hernándt:l, 31 -Juana Juarel, _~2.
llo, 43.-Carlos de Oca Vera, 44.-Andrés López Rodrí•       -Josefina Hernández, 33 -Magdaleno Hernandez H~r­
guez, 45.-José Márquez García, 46.-Cipriano Contre•        nández, 34 -Petra Hernándcz, 35 -Jesús HcrnilllcLL
;raa García, 47.-Ramona Martínez Rodríauez. 48.-R,o-       Ve2a. 36.-Micael'a Juárez Oltt:¡¡¡;a, 37.-Ml('aela Gil. 31L
10
                                             DI A R 10 O F 1 e I.A L__.;;L;;.;u;.;;ne~s:....::22::...::d:.::;e...:e~n!::e~ro~d~e_l!.;:9:.!.7.::..9
                                                                 __
-Manuel Juárez Gil, 39.-María Dolores López 40                        propuso reconocer derechos agrarios a los campesinos
Alfonso He-rnández Juarez, 41 -Agu,tm Lozan¿ M,;'                     que han vellido trabajando colectJ amente las tierras
quez, 42.-:Santos Lozano, 43 -Rodollo !Jartmez Arro•                 (j,j éJldo pUi mas de dos año>. mmterrllmpldos ' que
yo, 44 -Juan Ca~tro, 45 -José Pmeda, 46 -Albilla eu•                  ~,: mdlcan en el st.'gundo punto resolutlo y se con•
rplel, 47.-Petra Pmeda, 48.-Joseta Pmeda¡ 49 .-Teresa                 i1lmen los derechos agranos de 12 ejldatallos del' cen!>o
  meda, 50.-Jua~ Roldán Fragoso, 51.-Eladio Castillo                  basleo, benefiCIados en la Resolución PreSIdencial de
52:-:-Angel Rodnguez Orozco, 53 -Candelario Ramírez                   cJ..;taclón de eJIdo, de fecha 29 de jUlIO de 1953 publ!•
RaYIJa, .?4.-Sev~nana Ramítez, 55.-Mauo Hernández                     ulda en el "Diana Oficial" de la FederaCIón ~l 9 de
  oJas, .)6.:-Mana., Fehx Helllández, 57 -María de la                 alml de 1954, quienes se encuentran en la actualidad
Luz ,~ernandez, .)8,-Tnmdad Tulla Mogollán, 59.•                      tlaba¡~ndo colectIvamente las uena~ del ejIdo y que
Aur~lro Rocha Rodnguez, 60 -Guadalupe Vázquez Del•                    ~e mdIcan en el tercer punto resolutIVO de la presente
gadlllo, ~1.-María Delgadillo y 62 -bldra García y                    ResotucIón.
se adJudIcan. las refelldas unidades de dotaCIón, por
haberla50 vellido c:ultIvando por mas de dos anos con•
secutIVos a los CC. 1 -LUIS .VIendoza Balreto 2 -Fran•                    RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
CiSCO Corte,~ García, 3 -Ma¡ la Dolore!> Lara' Carmona,               remlÍlo a la ComiSIón Agrana Mixta y dicho Orlla•
4 -Angel Ca~rera Brmdls, 5.-Mana Guadalupe Cortés                     msrno, notificó el día 4 de agosto de 1975, a los eJH1a•
                                                                      tano~ afectados, pclra que compareCIeran a la Audlen.
DIaz, 6 -~ulma GarCla Cortes, 7 -Agustín Roldán La•
                                                                      CId de Pruebas y Alegatos; mIsma que se llevó a
ra, 8 -Bugldo GarCla Garuo, 9.-Sara Sánchez Loza-
da, 10 -Alberto Guillén Ca~tlll~J, 1l.-MIgucl Hernán•                 cabo el 20 de agosto de 1975, en la que se comprobó
d ez 91medo, 12.-Ismael Hernandez Hernandez 13-                       legalmente la procedencia para la pnvación de dere•
Jos~ta yega Coron~l, 14 -María Concepción Olv~ra To•                  chos agrarios a los ejidatarios propuestos; de confor•
rres, b.-Juan Juarez CJd, 16.-Mlguel López Hernán•                    midad con lo dIspuesto por los Artículos 426, 430 Y
dez, 17.-Mana Guadalupe Marquez Galcla, I8.-Julia                     demás relatIVOS de la Ley Federal de Reforma Agra·
RamIrez Coronel, 19.-María Arroyo de Martmez, 20                      ria. La ComiSIón !graria Mixta opmó que es proce•
-Manuel tIernandez Pmeda, 21 -Candelana Olvera                        dellte la pnvación de sus derechos agrarios a los
B!-,,~ca!>, 2_ -Antomo . Pmed.l Cunel, 23 -Petra Lara                 e)ldatanos que se señalan y el reconocImiento que
lVl.uquez, 24 -Jo'>e LUI!> Angele!> Guzman, 25 -Consue•               pro pune la Asamblea General Extraordmana de E Ji•
lo 010ZW Huclta, 26 -Adalbelta Rosales Ramírez, 27.                   datanos.
-;-Rosendo Hernandez Delgaddlu, 28 -]I,,'larganta Mogo•
llan 1-'mto, 2~ -Ro~endo V;ga Lara, 30 -EhlI'a Váz•                       RESULTANDO TERCERO -El expedlente relativo
quez DelgclLI1JJo y 31 -LUCia l'ercz ValencIa. Con!>ccuen'             h'e turnado a la Secretaría de la Retorma Agra·
t~r~It:Il/c, <:XP1UUlJSe a ~u!> nombles 10& correspondIentes          ria, DIreCCIón General de Derechos AgrarIOS, la que
Celtll.1L..ldu~ de Derechu!> Agranos que los aCIedIte co•             hILO una reVIsión del mIsmo, y comprobó la legalidad
mo ejldatanos del poblado de que se trata.                            de la!> notIÍlcaciOnes y constanCIas presentadas en este
                                                                      JUICIO; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•
    CUARTO. -Publíquese esta Resulución relativa a                    ]'jo correspomhente, con la opinion de que tuera apro•
la pnvaLJOII de del echos agrapos y nllev~s adJudlca•                 bado por estar mtegrado correctamente; qUIen a su
cwne5 de ymdadcs, de do/aLlon, en el ejido del po•                    vez, por haberlo encontrado ajustado al procedImien•
blad~ de ~AN JOSE NANACAMILPA", Mumclpio de                           to de Ley, lo súmetió a la conSideraCIón del Cuerpo
M~r~a~? Ansta, del Es~ado de Tlaxcala, en el "Diario                  Consultivo Agrario, el que emitIÓ y aprobó su dictamen
OfICIar de la FederaclOn y en el Periodlco Oficial del                en ~esión celebrada el 30 de mayo de 1978; y
GobIerno de esa Entidad Federatl'a; mscríbase y há•
ganse .las anotaclOnes LO¡re!>pondlente~ en el Registro                    CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui.
Agrano NaclUllal; notliH.jue,>e ) eleclIte,>e.                        cio privatiVO se ha segUIdo de acuerdo con los trá•
                                                                      m¡(e~ prevIstos en los Artículos 426. 429, 430, 431 y de•
    Dada en el PalaCIO del Poder Ejecutivo de la Unión                más relativos de la Ley Federal de Reforma Agra•
Umdos MexIcano,>, José López Portdlo.-Rubuca.-Cúm:                    na, habIéndose comprobado, por las constancias que
en. MexIco, D¡slnto Pedel al, a los vemtmueve días                    obl an en antecedentes, que los eJldatarIOS han incu•
del mes de novIembre de 11111 novecientos setenta y                   nido en la causa de pnvación de derechos agranos
ocho.-EI PreSIdente ConstItuC'lonal de los Estados                    a que se reÍlere el Artículo 85, FraCCIón 1, de la pro•
pIase: El SecreiaLo de la Reforma Auralla Antonio                     pia Ley. por haber abandonado los trabajos colectIVOS
TQledo Corro.-Rubrica.                  "',                           de la~ tierras del ejido por más de dos años conse•
                                                                      cutIVOS; que quedaron oportunamente notifIcados los
                                                                      e¡idatarios sujetos a juicio; y que, finalmente, Se si·
                                                                      guieron los posteriores trámites legales; es procedente
RES~LUC~<?N       sobre privación, reconocimiento y con•              pll',arlos de sus derechos agrarios.
      firmacIOn de d~rechos agrarios, en el ejido, del
      pob~ado . denornlpado Los Cedros, Municipio de                      CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos
      ChOIX, Sm. (Regu.trada con el número 3601).                     señalados, según constancias que corren agregadas al
                                                                      expedIente, han vemdo trabajando colectivamente las
     Al margen u1,1 sello con el Escudo NaCIOnal, que                 tlenas del eJIdo por más de dos ar10s mmterrumpidos;
",Ice: Estados Ul1Idos Me'(lcanos -Secretal ía de la Re•              ' habIéndose propuesto el reconOCImiento de sus dere•
forma Agraria.                                                        chus agranos por la Asamblea General Extraordmaria
                                                                      d~ Eildatarios, ceTebrada el 7 de juma de 1974, de acuer•
VISTp para resolver el expediente relati'o a la priva•               do con lo dIspuesto por los Artículos 72, Fracciones
   clOn, reconOCImIento y con[¡rmaCIón de derechus                    1 y 111; 200 y demás aplicables de la misma Ley. pro•
   agrarios, ,7n el e.ii~~ del pobra.do denominado "LOS               cede reconocer sus derechos agranos; y con funda•
   CEDROS , MUnICIpIO de ChOlX, del Estado de Si•                     mento en el Artículo 69 de la menCIOnada Ley, expe•
   naloa; y                                                           d]r sus Certiticados correspondientes.

    RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•                             Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu•
te la segunda convocatoria de fecha 30 de mayo de                      los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma
1974, para la Asamblea General Extraordinaria d"e EH•                  Agraria, se resuelve:
datarios, relativa a la privación de derechos agrarios,
en contra de los ejidatarios que se citan en el primer                       PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos
punto resolutIVO de e.,ta ResolUCIón, por haber aban•                  3!.'ranos en el ejido del poblado denominado "LOS CE•
donado los trabajOS colectl'o~ de las ticI ras del ejido              D-ROS", MUl11cipIO de Choix, del Estado de Sinaloa, por
QOX n;L'i" de dI)" '<~'"                     a~amblea que              halx'r abandonado los trabajos colectivos de las tie•
                       t
                           Cí,lp""",t;,,,,~
tuvo venllcauvo el de jumo de 1!:174, en la que lie                    rras del ejIdo por más de dos allos consecutlvoli, a
Lunes 22 de enero de 1979           DI4,,'10 OPICIA·                        ti
   ~                          - -       --~~..-=--..~~~~~~=---------------~--------~~
los CC. l.-Cornelio Soto, 2.-Matilde Soto, 3.-Ramón           R'ESOLUCION sobre privación de derechos agrarios
López, 4 -José María Osornio, S.-Silvestre Osornio,                y nuevas adjudicaciones de unid~ea de dotación
6.-J. Cruz Mantilla, 7.-Florencio Hernández, 8.-Ig•              , y COIlfirmación 'df: derechoas, apar:llls, en él ejido
nacio Hernández, 9.-Angel Henlández, 10.-J. Carmen                 del poblado denominado San ~.uo de Peñitas,
Gil, 11. -Manuel Corrales V., 12. -J. Félix Torres, 13.            Municipio de lturbide, N. L.' (Registrada con el
-Domingo Rivera. 14.-0dilón Gil, 15.-Serapio Esca•                JlÚDlero 3593).                            '
lante, 16.-Pedro Flores, 17.-Severiano Corrales, 18.•
Delfino Benítez, 19.-Francisco Benítez, 20.-Felipe Ler•           Al margen un 'sello con el Escudo Nacional, Que
ma, 21.-Cástulo Lerma, 22.-J. Carmen Borbolla, 23.            dice: Estados Umdos Mexicanos.-Secretaría de la R.e•
-Epifanio Soto, 24.-Félix Beltrán, 25.-Marcelo Flgue•         forma Agraria.                                     '
 roa, 26.-Ramón Corrales, 27.-Andrés Corrales, 28.•
 José Quintero, 29.-Manuel Quintero, 30.-Ignacio Gil,         VISTO para resolver el 'expediente relativo a la priva~
 31.-Manuel Corrares Miranda, 32.-Moisés Gómez, 33.              dón de derechos agrarioi y nuevas ad judicaciones
 -Amador Torres Jr., 34.-Leonides Torres, 35.-Pedro              de unidades de dotación y confirmación de dere•
 Rodríguez y 36.-Pedro Romero.                                   chos agrarios, en el ejido del poblado denominado
                                                                 "SAN ANTONIO DE PEI':IITAS", Municipio de !tur-
                                                                 bide, del- Estado de Nuevo León; y               ,
,     SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios por ve•
 nir trabajando colectivamente las tierras por más de dos         RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-_
 años ininterrumpIdos, en el ejido del poblado de "LOS        te la segunda convocatoria de fecha 4 de abril de
 CEDROS", Municipio de ChOlX, del Estado de Sinaloa,          1976, para la Asamblea General Extraordinaria de E4i•
a los CC. l.-Santos Portillo Araujo, 2,-Carmen AreHa•         datarios, relativa a la privación de derechos agrarios,
 DO Fernández, 3.-Juana Torres, 4.-Fidel Arellano Fer•        en cóntra de los ejidatarios que se citan en el primer
 nández S.-Rosario Avila. 6.-Manuel Arellano Jacobo,          punto resolutivo de esta Resolución, por _haber aban•
 7.-José Avila Avila, 8.-Monserrat Rentería Salinas, 9.       donado el cultivo personal de las unidades de dota•
 -Gerardo Palma Miranda, 1O.-Ramón Arellano Valen•            ción por más de dos años consecutivos; asamblea que
 zuela, ll.!.-Rosano Peraza, 12,-Roberto Palma Rentería,      tuvo verificativo el 12 de abril de 1976 en la que se
 13.-José Portillo, 14.-Guadalupe Medina Avila, I5.-For•      propuso reconocer derechos agrarios y adjudicar las
  tunato Medma, lb.-JesÚs Atondo Soto, 17 .-Arcadio           unidades de dotación de referencia a los campesinos
  Atondo Cota, IS.-Jesús Vega Quiroz, 19.-Aurelio Co•         que las han venido cultivando por más de dos años
  ta Mendivil, 20.-Moisés Torres Flores, 21.-JesÚs Co•        ininterrumpidos, y que se indican en el segundo punto
  ta Atondo, 22.-Modesto Atondo Cota, 23.-Mario To•           resolutivo, v se COnfirml"11 los derechos a~rarios do 3
  rres Corrares, 24.-J. Cruz Torres, 25.-Samuel López         eiidatarios del censo bá.sico, beneficiados en la Re•
  Torres, 26.-Fehzardo López, 27 .-Rosalío Sauceda GOll•      solución Presidencial de dotación de eiido de fecha
  zález 28.-Ismael Corrales Portillo, 29.-Ramón Bur•          25 de octubre de 1950. pl,lblicada    .en
                                                                                                    el "Diario Oficial"
  gos Ruiz, ~O.-Heriberto Rodríguez Sánchez, 31.-Li•          de la Federación el 10. de marzo de 1951, quienes se
  berato Flores Avendaño, 32 -Francisco Flores Avenda•        encuentran en la actualidad cultivándo sus unidadeS
  ño 3:~.-Martín Victorio Rodríguez A., 34.-,Jesús Ro•        de dotación y que se indican en el tercer punto re-
  drÍguez Atondo. 35.-Elías Rodríguez y 36.-Zenona            solutivo de la presente Resolución.                    '
  Torres; consecuentemente, expídanse sus correspondle~­
  tes Certificados de Derechos Agranos, que los acredl•           RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se•
  ten como ejidatarios del poblado de que se trata.           remitió a la Comisión AgraTia Mixta v, dicho OrlZa•
                                                              nismo, notificó el 27 de abril de 1976. a los eHe:'a•
                                                              tarios afectados, para Que comparecieran a la Au•
      TERCERO.-Se confirman los derechos agrarilJs de         diencia de Pruebas V Alegatos; misma Que se llevó
 12 ejidatarIos del censo báSICO, beneficiados en la Re•      a cabo el 13 de mayo de 1976, en la que' se comprobó:
solución Presidenciál de dotación de ejido, de fecha          legalmente la procedencia para la privación de. dere•
 29 de julio de 1953, publicada en el "Diano Oficial"         chos ¡lo-rarios a Ir¡" eiirlatarios "ronllPsto~: ~P c"":•
 de la Federación el 9 de abril de 1954, quienes se           formidad con lo dispuesto por los Articulas 426, 430
 encuentran en la actualidad cultivando sus unidades          Y demás relativos 'de la Lev Federal de Reforma Agra-'
'de dotación a los CC. l.-Fehzardo López, 2.-Deme•            ria. La Comisión Agraria Mixta opinó Que es procé•
 triQ Hernández, 3.-Julián Avila, 4.-Modesto Burgos,          dente la privación de sus derechos agrarios a los eii•
 5.-Rodngo Rodríguez, 6.-Alejo Arellanez, 7.-Jesús            datarios que se señalan. V el reconocimiento que pro•
Arellanez, 8.-Bernardino Jiménez. 9.-Francisco Are•           pone la Asamblea Ge.neral Extraordinaria de Eiida"
 lianez, 10.-Antonio Avifa, 11 -Pedro Sauceda y 12.           tarios.
 -Margarito Corrales; en el ejidO del poblado deno•
 minado "LOS CEDROS", MunIcipio de Choix, del Es•                  RESULTANDO TERCERO-El exnediente relativo
 tO:ldo de Sinaloa; consecuentemente, expídanse a sus          fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria,
 nombres los correspondientes Cer-tificados de Derechos        Dirección General de Derechos Agrarios, la Que him
 Agrarios que los acredite como ejidatarios del pobladO        una revisión del mismo. v comprobó la legalidad ele
 de que se trata                                               las notificaciones V constancias presentadas en e!lte·
                                                               Juicio; por lo que 6'S turnó al Vocal Consultivo A.O'ra..
                                                               río correspondiente, con la opinión de aue fuera anro•
      CUARTO.-Publíquese esta Resolución, relativa a           bado por estar integrado correctamente; Quien a <;u
  la privación, reconocimiento y confirmación de dere•         vez, por haberlo encontrado ajustado al T'rocedimien•
                                                               to de Lev, lo someti6 a la con~ideraci6n fiel (',,'" -no
  chos agrarios en el ejido del poblado de "LOS CE•            Consultivo Agra.rio. el aue emitió v anrnh6 c1;ct::lmpn
  DROS", Municipio de Choix, del Estado de Sinaloa,            en sesión celebrada el tI de abril de !97R; v
  en el "Diario Oficiar" de la Federación y en el Penó•
  dico Oficial del Gobierno de esa Entidad Federativa;             CONSIDERANDO 'PRIMERO;":'Oue ef ",re"""'''..;_.:
. inscríbase y háganse las anotaciones correspondientes        do privativo se ha seguido de acherdn con' "F '              "..
  en el RegIstro Agrario Nacional; notifíquese y ejecútese.    mites previstos en- .los Artículos' 42'. 429 ...4:~O .4~1    ". ,
                                                               demás. relativos de'laLev' Federal de RefuT'TT''' ""7":.:
                                                               ria;hilbiéndo'Jecomprobado oorlf1<lcon!':t~"r;"~ .~,"A.
     Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la              obran en .antecedentes, aue . los eiid?tar;n... h~" 1·-     ,o.
 Unión, en México, Distrito Federal, a los treinta             rrido en la causa de nrivacMn Ap . r1"'··P"",,,·~'         .'  :
 días del mes de noviembre de mil novecientos se•              a que se refiere' el A.rtíC"'l"O 11" F~"c¡':/..'·' ~':' .."   .~
 tenta V ocho.-El Presidente Constitucional de los             pia Ley, "dr' haber ab~T1dónadoel Cllli'vo"f'~:': ',:" .
 Estado~ Unidos Mexicanos.-José López Portillo.•               las umdacfes de dotaCIón por más de do," ~1""'< •.•.
 Rúbrica.-Cúmplase: El Secretario de la Reforma                secutivos; gue quedaron OPOI:tunamente nbtificados los
 Agraria, Antonio Toledo ColTo.-Rúbrica.                       eiidatarioS' sujetos aiyicio:. V Que, final~te: '.~ .si~·
                                                                             - .         ,,'                     ' .
DI a-RJ-O-O P:rC I-A L           Lunes 22 de enero de 1979
                                                                                                              -
 tuieron los posteriores trámites legales; es   procedent~       CUARTO.-Publíquese esta Resolu~ión, relativa a
 ttrivarlos de sus -derechos agrarios".                      la privación de derechos agrarios. y nuevas adjudica•
                                                             ciones de unidades de dotación y confirmacIón de
     CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                Derechos Agrarios, en el ejido del poblado de "SAN
 señalados, segun constancias que corren agregadas al        ANTONIO DE PEÑJTAS", MunicIpio de Iturbide, del
 expediente, han venido cultivando las unidades de do•       Estado de Nuevo León, en el "Diario Oficial" de la
 tación por más de dos años ininterrumpidos; y ha•           Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno de
 biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos        esa Entidad Federativa; inscríbase '/ háganse las anota•
 agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de          ciones correspondientes en el RegIstro Agrario Nacio•
 Ejidatarios, celebrada el 12 de abril de 1976, de acuer•    nal; notifíquese y ejecútese.
 do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracciones 1
 y III, 200 Y demás aplicables de la misma Ley, proce•           Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
 de reconocer ~us derechos agrarios; y con fundamento        Unión, en México, Distrito Federal, a los treinta días
 en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus         del mes de noviembre de mil novecientos setenta y
 Certificados correspondientes.                              ocho.-El Presidente Constitucional de los Estados
                                                             Unidos Mexicanos, José López PortiUo.-Rúbrica.-Cúm•
      Por 10 expuesto y con fundamento en los Ar•            pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio
 tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma        Toledo Corro.-Rúbrica.
 Agraria, se resuelve:
                                                                                                  •
      PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos
 agrarios, en el ejido del poblado denominado ~'SAN          RESOLUCION sobre privación de derechos ~rarios y
 ANTONIO DE PEÑITAS", Municipio de Iturbide, del                nuevas a4judicaclones de unidades de dotación
 Estado de Nuevo León por haber abandonado el cul•              y cancelación de certificados de derecllos agra•
 tivo personal de las unidades de ,dotación por más             rios, en el ejido del poblado denominado Caleras,
 de dos años consecutivos a los CC. l.-Juan Barrien•            Municipio de Tecomán, Col. (Registrada con el nú•
 tos, 2.-Pedro Cuevas, 3.-Andrés Cuevas, 4.-Carlos              mero 3497).
 Cuevas, S.-Lorenzo Cuevas, 6,-Pedro Cuevas, 7.-Me•
 le~io Cuevas, 8,-Reyes Cuevas, 9.-Julián Espinosa, 10.          Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
 -Octavio Espinosa, ll.-Ezequiel Espinosa, 12.-Andrés        dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•
 Espinosa, l3.-Ciro Espinosa, 14.-Juan Espinosa 15.•         forma Agraria.
 Guadalupe Espinosa, 16.-Franclsco E<;pinosa, 17.-Jo•
 sé Espinosa, 18.-Juan E<¡pinma, 19.-0ctavio Leos. 20.       VISTO. para resolver el e"pe~iente relativo a la pri•
 -Gabino Ramírez, 21.-Manano Ramírez, 22.-Trinidad              v~clOn de derechos agranos y nuevas ad judica•
 Ramírez. 23.-José Sauceda, 24.-Cirilo Tovar, 25.•              cIOn~s de unidades de dotación y cancelación de
 Andrés Tovar, 26.-Víctor Tovar 27.-Fsteban Tovar,              certltIcados de derechos agrarios, en el ejido del
 28.-JesÚs Tovar, 29.-Tiburcio Tovar V 30.-José Tovar.          poblado denominado "CALERAS , Municipio de Te•
                                                                comán, del Estado de Colima; y
       SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se               RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•
  adjudican las unidades de dotación de referencia, por te la convocatoria de fecha 18 de octubre de 1973
  venidas cultivando por más de dos años ininterrum• para la Asamblea General Extraordinaria de Eii~
  pidos, en el ejido del poblado de "SAN ANTONIO DE , datarios, relativa a la' prÍvación de derechos agrarios en
  PEÑITAS", Municipio de Iturbide, del Estado de Nue• contra de los ejidatarios que se citan en el primer
  vo León, a los CC. l.-Gabriel Luna Morales, 2.-José punto resolutivo de esta Resolución, por haber aban•
  Angel Sauceda Banda, 3.-Martín Tovar Ramos, 4.• donado el cultiyo personal de las unidades de dotación
  Juan Sauceda Rangel, S.-Guillermo Rodríguez Hernán• por más de dos años consecutivos; asamblea.que tuvo
  dez, 6.-Eligio de la Rosa Cuevas, 7.-Margarito Rodrí• verificativo el 27 de octubre de 1973, en la que' se propu•
  guez Hernández-, S.-Juan Cuevas Colunga, 9.-Pedro ' so reconocer derechos agrarios y adjudicar las umdades
,Rodríguez Hernández, 1O.-Eliazer de la Rosa Cuevas, de dotación de referencia, a los campesinos que las
  tl.-Eulalio Rangel Tovar, 12.-Mauro de la Rosa Sa• han venido cultivando por más de dos añ6s ininte-
  las, 13.-Guadalupe Ramírez Colunga, 14.-Jo~é Sauce• 1 rumpidos, y que se indican en el segundo punto re•
  da Rangel Primero, 15.-Antonio Espinosa Floree;, 16.• solutivo, y se cancelen los Certificados de Derechos
  José Manuel Sauceda Espinosa, 17.-José Saucedll R:m• Agrarios, en virtud de que se les expidió doble a cada
  gel Segundo, 18.-Erasmo Robles de la Rosa, 19.-Ga• uno de los ejidatarios, que fueron reconocidos por Re•
  bino Sauceda Rangel, 20.-José Isabel Sauceda Espino• solución Presidencial de S de noviembre de 1968, pu•
  sa ~l.-Francisco de la Rosa Guzmán, 22.-Rogelio Ra• blicada en el "Diario Oficial" de la Federación el 19
  mfrez Colunga, 23.-Ascención Sauceda RangeI, 24.-Ro• de diciembre de 1968, los que se mencionan en el ter•
  dolfo Tovar Ramos, 25.-Benigno Tovar Ramos, 26.• cer punto resolutivo; por fallecimiento del titular se
  Alberto Rodríguez Cuevas, 27.-Candelario Rodríguez cancela el Certificado de Derechos Agrarios; y adjudi•
  Cuevas, 28.-Daniel de la Rosa Cuevas, 29,-Leopoldo cársela al campesino que la ha venido cultivando por
  Sauceda Espinosa V 30.-Pedro de la Rosa Cuevas; con• más de do<; años ininterrumpidos, V que se cita en el
  secuentemente, expídanse <;us correspondientes Certi• cuarto punto rei>olutlvo de la presente Resolución.
 ficados de Derechos Agrarios, que los acredite como
 ejidatarios del poblado de que se trata.
                                                                  RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
                                                              remitió a la Comisión Agraria Mixta V, dicho Orga•
      TERCERO.-Se confirman los derechos agrarios de nismo, notificó el día 18 de enero de 1974, a los elidata•
 3 ejidatarios del censo bá.;;ico, heneficiado<; en la Re• rios afectados, para que comparecieran a la Audien•
 solución Presidencial de dotación de eiído de fecha cia de Pruebas v Alegatos; misma que se llevó a cabo
 25 de octubre de 1950, publicada en el I/niarib Oficiíll l ' ello. de febrero de 1974, en la que se comprobó le•
 de la Federación ello. de marzo de 1951, quienes se galmente la procedencia para la privación de derechos
 encuentran en la actualidad cultivando sus unidades agrarios a los ejidatarios propuestos de conformidad
 de dotación, a los CC. l.-Alfredo E<;pinnsa Cu~vas 2. C01l lo dispuesto por los Artículos 426, 430 V de•
 -Pedro Sauceda Banda v 3.-Urbano Tovar Hern'án• más relativos de la Lev Federal de Reforma Agraria.
 dez. en el ejido del poblado denominado l/SAN ANTO• La Comisión Agraria Mixta opinó que es procedente
 NIO DE PEÑ"ITAS", Municipio de Ifurbide del Estado la privación de sus derechos agrarios a los ejida•
 de Nuevo León; consecuentemente expídamE' a -¡¡us            tarios q'ue se señalan, y el reconocimiento que propono
 nomb~es los correspondientes Certificados de Deredws         la Asamblea, General Extraordinaria de Ejidatarios.
 ~anos que los acredite¡r. como ejidatarios del po•
 ItfáGo de Que se trata.                                          RESULTANDO TERCERo.-El expediente relativct
Lunes 22 de enero de 1979                  .IA ••• OfiCIAL                                                   13
 fue turnado al entonces Departamento de Asuntos Agra•       venirlas cultivando l'Or más de dos años ininterrum·,
 rios y Colonización, hoy Secretaría de la Reforma Agra•     pidos, en el ejido del poblado de "CALERAS", Muni·
 ria, DireccIón General de Derechos Agrarios, la que          cipio de Tecomán, del Estado de ColIma, a los CC.
 hizo una revisión del mismo, y comprobó la legalidad         l.-José Angel Espinosa Macías, 2.-María Angela Agua.
 de las notificaciones y constancias presentadas en          yo López, 3.-Rosario Vizcaíno López, 4.-~tonso Ma}.
 este juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo         donado Gómez, S.-Guillermo Torres GarCIa, 6.-Gm•
 Agrario correspondiente. con la opinión de que fuera        llermo Qudes López, 7.-Nlcasio Quiles Rodriguez, 8 -
 aprobado por estar integrado correctamente; quien a          Rogelia González Cárdenas, 9.-Petra Hernández Val·
 su vez, por haberlo encontrado ajustado al procedi•         verde, 10.-Micaela Avalas Pérez, l1.-Cé~ar Campos
 miento de Ley, lo sometió a la consideracIón del            Montes 12.-Eduardo de los Santos L., 13 -María Gua·
 Cuerpo Consultivo Agrario, el que emitió V aprobó su         dalupe 'Radillo Dueñas, 14.-Margarita Rodríguez, Gar•
 dictamen en sesión celebrada el 7 de noviembre de           cía, 15.-Belmar Zamora Guzman, 16.-Carmen fIgue'
 1975; y                                                     roa Rosas, 17.-Rafael Díaz Mercado, I8.-Ramón Oso•
                                                             rio Rincón, 19.-Aniceta Pelayo Hernández, 20.-Angel
        CONSIDERANDO PRIMERO -Que el presente jui• Pano Carrlllo, 21.-Raúl Sánchez Montes de Oca, 22 -
   cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá• José Espíndola Garibay, 23.-Miguel Godínez Farías,
   mites prevIstos en los Artículos 420, 429, 430, 431 V 24.-Juana Valdez López, 25.-Irineo Núñez Torres, 26.
   demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra-, -Rogelio Salcedo Chávez, 27.-Eva Revna Munguía,
   ria; habiéndose comprobado, por las constancias que 28.-Miguel Fuentes Jiménez, 29.-Rafael Hernández
   obran en antecedentes, que los ejidatarios han incu• Vega y 30.-Emilio Sánchez Ramírez; consecuente•
   rrido en la causa de privación de derechos agrarios mente expídanse sus correspondientes Certificados de
   a que se refiere el Artículo 85 Fracción l. de la Derechos Agrarios. que los acrediten como ejIdatarios
   propia Lev, por haber abandonado el cultivo personal del poblado de que se trata, asimismo se declaran
   de las unidades de dotación por más de dos años, vacantes dos unidades de dotación que pertenecieron
   consecutivos; que quedaron oportunamente notificados a los ejidatarios sancionados, los CC. 1.-Bonitacio Ló•
   los eJidatarios sujetos a juicio; V que. finalmente, se pez Gaytán y 2.-Miguel Avalas Pérez, a l?s Que ~e
   siguieron los posteriores trámites legales; es proce• hacen referencia en el punto que antecede, dIchas ':llll•
  dente privarlos de sus derechos agrarios y cancelar        dades serán adjudicadas posteriormente a campeSInOS
  los correspondientes Certificados de Derechos Agrarios,
         ,                                                   que reúnan los requisitos de Ley.
       CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                    TERCERO .-Cancélense los Certificados de Dere•
  señalados, según constancias que corren agregadas al chos Agrarios números 1294831, 1294838, 1204840,. ,
  expediente, han venido cultivando las unidades de 1294843, 1294844, 1294845, 1294846, 1294946, v 1294841.
  dotación por más de dos años ininterrumpidos; V
  habiéndose propuesto el reconoCImiento de sus dere• Que pertenecieron a los CC. 1 ,-Cecilia González,Fuen•      2-
  chos agrarios por la Asamblea General Extraordinana Juan S.-Rosa 3 -Víctor González,Nava Preciado, 7.•
                                                                     Jiménez,                     4,-Marciano
  de Ejidatarios celebrada el 27 de octubre de 1973, de Bernardina Ramírez, 8.6.-Celso Avalas Pérez v 9.•
                                                             tes,              Ruelas,
                                                                                        -Serapio
  acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72, Fracción
  III; 84, 200 v demás aplicables de la misma Ley, nado Velazco Sánchez, en el ejidoTecomán, del denomi•
                                                             Eva
                                                                     "CALERAS", Mumcipio de
                                                                                                 del poblado
                                                                                                                Estado
  procede reconocer sus derechos agrarios; y con
  fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Lev, de Colima, en virtud ejidatarios doble CertJiicddo, y
                                                             uúo de los referido<;
                                                                                       de habér~les expedido a cada
  expedir sus Certificados correspondientes.                así evitar la duplicidad de los mismos.
       Por 10 expuesto v con fundamento en los Ar·
 tículos Ya mencionados de la Ley Federal de Reforma Rodríguez; se cancela el Certiticado de Jesús Cáldenas,
                                                                   CUARTO.-Por fallecimiento de: J.
                                                                                                       Derechos Agra•
  Agraria, se resuelve:                                     rios número: 1294863, en el ejido del poblado denOITll•
       PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos         nado "CALERAS", Municipio de Tecomán, del E<;tado de
  agrarios en el ejido del poblado denominado "CALE•        Colima, y se adjudica la referida unidad de dotación,
 RAS", Municipio de Tecomán, del Estado de Colima, por haberla venido C. Jesús Cárdenas Morfín; conse•
                                                            ininterumpidos, al
                                                                                    cultivando por más de dos años
 por haber abandonado el cultivo personal de las uni•       cuentemente, expídase su correspondiente Certificado de
 dades de dotación por más de dos años consecutivos,
 a los CC. l.-Inocencia Espinosa Radillo, 2.-JesÚs Derechos de que se que lo acredite como ejidatario del
                                                                          Agrarios,
 Aguayo Núñez, 3.-Gon1.alo .Campos Vizcaíno, 4.-Eva poblado                         trata.
 Velazco de Sánchez, S.-FelIpe Ahumada Salazar, 6.•
 Rafael Alcaraz !guilar, 7.-Santiago Alcaraz Aguilar, 8.          QUINTO -Publíquese esta Resolución. relatl'a a
-Carlos Arreola Barrera, 9.-F1orencio Arreola Avalas, la privación de derechos a2rarios V nuevas adjudlc:1-
 lO.-José Avalos Mariscal, H.-Félix Campos Vizcaíno,        ciones de unidades de dotación V cancelación de Certi·
 12.-Manuel de los Santos Garda, l3.-José Espinosa          ficados de Derechos Agrarios, en el ejido del poblado
 Rivera, 14,-Donaciano Flores Gómez, 15.-Isaías Zamo.       de "CALERAS', Municipio de Tecomán, del Estado de
 ra Escobar, 16.-José Garda Ramírez, 17.-Carlos Her• Colima, en el "Diario Oficial" de la Federación v en
nández Hernández. 18.-José Hernández Muñoz, 19.• el Periódico Oficial del Gobierno de esa entidad fe•
José Jiméne:z González, 20.-José Madrigal Larios, 21.       derativa; inscríbase v háganse las anotacloncs COnT'i•
-Atana'iio Medina Ruelas, 22.-Miguel Meza Barragán,         pondientes en el Registro Agrario Nacional; notifíque,e
23.-Paulino Montaño Ortiz, 24.-J. Concepción Norie•         y ejecútese.
ga Valdez, 25 -Arturo Palacios Zúñiga, 26.-J. Cruz
Palacios Zúñiga. 27 .-Francisco Rincón Huerta, 28.•               Dada en el Palacio del Poder Eíecuti'o de la Uní",},
Marciano Rodríguez Cervantes, 29.-Rosa Ruelas Cero en México, Di,trito Federal, a 10<; vemtisiete dw<;
vantes, 30 -Julián Valverde Vicente, 31 -Bonifacio Ló•      del mes de novie'Ylbre de mil novedpllto<; sctent<1 v
pe7 Gavtán y 32 -Miguel Avalas Pérez. En consecuen•         ocho.-EI Presidente Constitl1cíOD<11 de 10<; E<;I'l(ln~
cia, se cancelan 10<; Certificados de Derechos Agrarios     Unidos Mexicanos, José Lopez Porti1 1o.-Rubrll'a -(''''y¡
que respectivamente se les expidieron a los eiidatarios    pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio 10
sancionados, números: 1294829, 1294830, 1294833, 1294842, ledo Corro.-Rúbrica.
129484, 1294849, 1294850, 1294852, 1294853, 1294856,
1294860, 1294871, 1294876, 1294883, 1294884, 1294887,
1294900, 1294901 1294903, 1294908, 1294909, 1294911,
1294913, 1294917~ 1294920, 1294921, 1294927, 1294930,
                                                                                   -
                                                           ttESOLUCION sobre privación de derf'('h~ ...r"r-I ...... .,
1294935, 1294944, 1294824 Y 1294837,                              nuevas adiudicaeiones de t1ni"~r1~" ,'n ,~"L", • .'.,.
                                                                  en el ejido del poblado denominado El Pen~ '1,
      SEGUNOO.-Se reconocen derechos agrarios V se                Municipio de Ocampo, Tam. (Re2istrada con el
adjudican las unidades d. dotación, ele rete.mJcia, per          lIÚIIlel'O 3715).
CONSIbERANDO S:eGUNDO.-Que l~~ eampesiD.bs
                                                                  ~W,         selúrt cMstlntias ~1Je cérrl!lft .~a&$ ~
                                                                  exp.ediente, han venidO cultivando las Ill'lidade! dé dc!J.
                                                                  t~t16n flor más de dos afios il'tinteITt1l'tpidos; y ha•
                                                                  blé:nd~st prOpuesto el reconoci1'l'l.ient~ de sus derec.hos
  VIST? para resl'>Iver el eltJ!tdiente retuivo • la priva•       a~aflos . por la Asam.blea Général .Extraordinaria de
      CIÓ'l ~e derechós a¡ranos y nuevas ad iudicaciones         E'jidatanos, ~elébrada el 20 de Octu8ré de 1975, de acuér.
      de W'li~ades de dotación, en el ejido del p6blado           dó cOn lo dIspuesto pOr los Artículos 72 fracciÓl'l In·
      denOttunacio ".EL PENSIL" MunicIPIO de Úcal'npo             86, 200 y demás aplicables de la misma Ley pr~
      del :estado de Tamaulipas;' y                     ,         cede rec0l!0cer Sus derechos alrarios; y con fundamento
                                                                  en el ArtIculo 69, de la tnéncionada Ley expedir sus
      RESULTAND~       PRIMERO.-Consta en el expecuen-            Certificados correspondientes.                '
  te la convocattma de fecha 11 de octubre de 1975
  plU'a .la As~blea General Extraordinaria de E .i~                   Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu•
  i1atanos, !elativa a la privación de derechos agrar?os          los ya mencionados de la Ley Federal de R.efortna
  y sucesopos, en contra de los ejidátarios que se citan          Agraria, se resuelve:
  eDha....e..1 prb1mer punto resolutivo de esta Resoluci6n })Oc
      """r a .andonado el cuhivo personal de las unidadts              P~IMER.O. -::-Se decret. la privación de derechGs
  de dotac¡6n pOr más de dOs. años consecutivos' asam•            a2I'arIOs en el ejIdo del poblado denominado ".EL PEN•
  blea que tuvo verificativo el 20 de octubre de i975 en          SIL", MunicipiO de Ocampo, d~l .EstadO de T~pas,
  ~ gue se pro{luso reconocer derechós agrarios y' ad·            por haber abandonado el cultivo personal de las uni•
  Ju~ear las unIdades de dotación de referencia a los             dades de dotación por más de dos años conseeutivos
  rpesinOS q~e. las han _venido cultivando pór más                a los CC. 1.-Tomasa Morales Vda. de Sánclez 2 ~
     e dOs años lDlnterrutntudos y Que se indican en el           Fr~ncisco Zúñiga, 3.-Paulino Báez, 4.-Porfiria' Guz•
  segundo :tmnt~ r~«?lutivo; por fallecimiento del titular        man Vda. de Barrientos, 5.-Silverio Acufia, 6.-Vicen•
  se cancele el Ceruficado de Derechos Agrarios y se pri•
                                   .v
  ven de sus derechos agrarios sucesorios, a los here'            te Escobar, 7.-Pedro Morales, 8.-Agustina Báez Vda.
                                                                  de .Morales, 9.-Lucas Reyes lO.-Pablo Padrón, 11.•
   deros qu~ ,abandonaron el cultIVO personal de la unidad        FélIx V~zq~ez, 12.-Tomás Zúñiga, 13 -Evaristo Sot~,
   lJe ~otaclOn por mas .de dos años consectuivos. y ad•          14.-ExIqUlO Escobar y 15.-Bartolo Martínez. Por la
   JudIcársela 'll campesIno que la ha venido cultivando          misma razón, se privan de sus derechos agrarios suce•
   por más de rlos años ininterrumpidos y que se citan            sorios, a los CC. l.-Lorenzo ZÚfiiga, 2.-Apolonia Ca•
   ~,el terceI punto resolutivo de la presente Resolu-             n~. 3.-Gabilla Carrizales. 4.-Darío Alámbar, 5.-Luis
   ClOno                  .                                       Vazquez, 6.-Enrique Zúñiga, 7.-María Tinajero, 8 -
                                                                  Rafael Zúñiga, 9.-Juan Zúñiga y 10 .-Florentino Soto_
        ~~SUL TANDO SEGUNDO.-La documentaclOn se                   En con<;ecuencia, se cancelan los Certificados de Dere•
   remulO .a.la Comisión Agraria Mixta y. dicho Organi!>•          chos Agrarios que respectivamente se les expidieron a
   mo: notlfIcó el 27 de febrero de 1976, a los eiidatarios        los eildatarios sanCIOnados, números: 1091103. 1091097,
   y sl.lcesores afectados, para que comparecieran a la            1091074, 1091101, 1091072, 1091108, 1091111, 1091100, .-
   AudienCIa de Pruebas y Alegatos; misma que se llevó             1091090, 1091086, 1091096, 1091098, 1091094, 1091079 y .•
   a cabo el 17 de marzo de 1976, en la que se compro'             1091084.
    bó legalmeI?te la procedencia para la privación de dere•
   chos agranos y sucesorios a las ejidatarios propues•             SEGUNDO.-Se reconocen derechos airarías y se
   to~; de conformidad con lo dispuesto por los Artícu•        adjudican las unidades de dotación, de referencia, por
    los 426, 430 Y ~emás relativos de la Ley Federal           venirlas cultivando por más de dos atios ininterrumpi•
   de Reforma AgrarIa. La Comisión Agraria Mixta opinó         dos, en el eiido del poblado denominado "EL PENSIL",
   que es procedente la privación de sus derechos agra•        Municipio de Ocampo, del Estado de TamauliJ'as, a
  ·rfos y sucesorios a los ejidatarios que ~e señalan v el     los CC. l.-José Sánchez Morales, 2.-Juan Torres
. recon~imiento que propone la Asamblea Generaí 'Ex•           Hernández, 3 -Nicolás Báez Vázquez, 4.-Honorio Ba•
 .. traordInana de EjidatarIo~.                                rriento!', 5.-José Luis Herrera Contreras, 6. - Pedro
                                                               Saldaña :RaIdazo, 7.-Eugenio Vázqutz Pineda, 8.-Féli·
   t.                                                          pe Báez, 9.-Maurilio Reyes, lO.-Tendoro !barra Pa•
'.' . , !(.ESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo drón, 1l.-Ramona HernáI'ldez¡ 12.-Cruz Zúñiaa, 13.•
   . ~e ~rnado a la Se<tretaría de la RefOrma Agraria, Francisca Actma, 14.-MauricIo .Escobar Leal v 15 -
. J)ir.t:tl.6~ .General ~e DerechOs Agrarios, la qu~ hizo Jesús Martínez Hemández, consecuentemente, exl'ídam•
     Ula reVIsión del mIsmo, y comprohó la legalidad de       se sus correspondientes Certificad!ls de Dérechos A.ra.
     ~~ .notificaciones y constancias presentadas en este       rios, que los acredite como ejidatarios del poblad«!l de
     JUlCl(!); 'Por lo que se turnó al Vacal Consultivo Agra•   que se trata_
     tio correspondiente, Con la opinión de que fuera al'ro•
     hado pOr estar inte.rado correctamente; quien a su
     vez, por haberlo encontrado ajustada al procedimien•           TERCERO.-Por fallecimiento del ejidatario NieV4~
     to de Ley, lo someti6 a la consideración d~l Cuerpo Cruz, se cancela el Certificado de Derechos A;r.n!l$,
     Cbn!!ultivo Agrario, el que emiti6 su dictamen en se• número: 1091078, en el ejido del pGbladó cl8noíphwl:(J
     sión celebrada él 21 de febrero de 1978; y                 "EL PENSIL", Municipio de OcamJ>O, del Estado de
                                                                Tamaulil'as; Y se privan de sus derechos a¡rariOs su•
           CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el l'resente jui• cesorios por haber anandol'lado el cultivo pedonal cle
     ció privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi• las unidadeslos CC. l.-Lino Cruz, 2.-Portiríana Mcn•
                                                                               de dotación por más de dos años con•
     tes preVIstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 y secutivos; a
     demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• dez, 3 -Anacleto Cruz, 4.-Maximino Cruz S.-Sa•
     fIa; habiéndose comprobadO. por las constancias que lomónv Cruz, 6.-María Cruz, 7.-Eva Cruz, 8.--Ofelía
     obran en antecedentes, Que los ejidatarios y sus here· Cruz de 9.-Angela por haberla venido la referida u1'lÍ•
                                                                 dad      dotación,
                                                                                    Cruz, Y se adjudica
                                                                                                         cultivando ~or
      ~eros hal'l incurrido en la causa de privacióm de dere· más de do!! añ<,>s consecutivos, al C. Juan Gareía Ava•
     ::hos agrarios y sucesorios a que se refiere el Artícu• las_ C~nsecuentemente, expídase a su nombre el c()rres•
      lo 85 Fracci6n r, de la propia Ley, por haber aban• J)Ondiente Cértificado de De~hó~ AgJlari¡'s que lo ácre.
      dona.db el cultivo perscmal de las unidades de dota• rute como ejldatario del poblado de que se trata.
      Cltltl l'lbr más de dos años cOnsecutivos; que queda•
      ron oportunamente notificádM los eiidataribs y suce•            CUAR ro. -Publíquese esta Resoluci6n, relati~ a
      SOres sujetos a juicio; y que. finaltnenté, se Siguieron la privaci6h de derechOs a~trios v nuevas adfu(~hca­
      los pOsteriores trániites legales. es procedente privar• clones de unidade! de dotaci6n, en el ejido cU1 }JO•
      los de sus derechos agrariOS v sucesoriOS, y cancelar blacio denOJDinado "EL PENSIL", MUDitiPie de Oeaa-
      .. Certific:ados de Derechos Aparios.
LUDes 22 de enere de 1979                   DIAaIO OPICIA'"                                                        H'
                                                                                                                   1f.

1'1'>, :fel ~sta:lo de T.maulip~s, el'l el "DiariB Oficial"   más relativos de la Ley Federal de JtefOrMa Aar~:
de la federación, y ~l'l el Periódico Oficial del (Jo..       habIéndose comprobado por las constail,cias que 61Sru
bierno de esa entid4d federa.tiva; inscríbase v háganse       en antecedentes, que los' -ejftUtl}.rios y sus ~ertclé ¡,l$
las anotaciones correspondiéntes en el Registro Aira•         han incurrido en la causa de j;mvadótl de d.erecllós
rio Nacional; 1'lOtifíquese y ejecútese.                      a~arios y sucesorios a que se refiere el trt1eq1o 'SS
                                                              fracción 1, de la propia Ley. por haber abandona«o el
    Dada 811 el Palacio del "Poder Ejecutivo de la UniÓn,     ;u1tivo personal de las unidad.es de dotacióD por lIÚ
en Mhico, Distrito Federal, a los seis días del mes           de dos años cO"lsecutivos; l'ple quedaron oportQPa•
de diciél'1lbre de mil novecientos setenta y ocllo.           mente notificados lbS IejiaaWloS V sucesores $uj~tó' ti
-El Presidente Constitucional de los Estados Unido~           juicio: V que finalmente, se siguieron 10$ posteriores
Mtxicá1'lOs, loaé López POrtlllo.-Rúbrica.-CÚlnl'lase:        trámites legaies. es procedente privarlos de su~ dtre.



                                         -
tI Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo           cJ:1os agrario.s. y suc~soríos, y cancelar lo~ correspon•
Corro.-Rúbric~                                                dIentes CertIfIcados <le ~erechos Agrarios.


ltESOLUCION sohre prlv.cl6n eSe derecllos • .!!,l'lo. Y             CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que 10$ ~~í.aes
       rtuevu adjudl~ de Ullidades de datadón, en señalados, según constanCIas que corren ~ al
       el eUdo del pbhlado 4eDomlnado Las Anmn1as,· expediente, han venido cultrvando las un1di46¡' de' do..
       Municipio de Bustamllllte, Tam. (ReJistrada con el
       número 3704).
                                                               tación por más de dos' añes -ininterrumpidos, ) hIIb~
                                                               d~se propuesto el recpnooiIlliento de SU$ ~s
                                                               nos por la Asamblea General Extraordinaria (le ~ji.
                                                                                                                    _*tá•
                                                               datarios celebrada el 9, Ele octuhre de 1975, 4e a~40
       Al margel'l un sello con el Escudo Nacional, que con 10 chs~uesto por 108 Artículos 72 Fr~ [~I, 86,
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la 200 Y tiernas aplicables de la misma Ley, pl'Ot:lMe réeb•
Itefonna Agraria.                                              nocer sus derechos agrarios; y con futtdál'tlénto en el
                                                               Artículo 69 de la mencionada Ley, eXpedir sus Cértifi·
VISTO para resGlver el expediente relativo a la pri. cados correspondientes._
       vación de derechos agrarios V nuevas ad1udicacio•
       nes de unidades de dotación en el elido del po•              Por lo expuesto y con fundamento en los 'artículos
       blado denominado "LAS ANTONIAS", Municipio de ya mencionados, de, la Ley' Federal de Refbrma Aira•
       Bustamante, del Estado de Tamaulipas; y                 ria, se resuelve:

       RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-                   PRIMERO -Se decreta la privación de d~eeholo
te la segunda convocatoria de fecha 10. de octubre de agrarios en el ejido del poblado denominado "LAS
 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de Eii• ANTONIAS", Murucipio tie Bustamante, del Estado dé
datarios. relativa a la privación de derechos agrarios Tamaulipas, por haber abandonado el cultivo personal
y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se ci.          de las unidades de dotación por más de dos años con•
tan en el primer punto resolutivo de esta Resolución, secutivos, a los ce. l.-Cristóbal Vázquez, 2.-Clemente
por haber abandonado el cultivo personal de las uni• Pérez, 3,-Cirilo Colunga, 4 -Francisco Reyna. 5,- Fi•
dades de dotación por más de dos afios consecutivos; lemón Gámez Y., 6 -Rogelio Rico, 7.-María del Re•
asamblea que tuvo verificativo el 9 de octubre de 1975, fugio Cárdenas, 8 -Agustín Rico Ríos, 9.-Filentón Gá•
en la que se propuso reconocer derechos agrarios V mez V., 10 -José Torres Mireles, ll.-Bartola Colun•
ádjudicar las unidades de dotación de referencia, a ¡a, I2.-Esteban Torres, 13 -Felícitas Toms, 14.•
los campesinos que las han venido cultivando por Lorenzo Morale~, I5.-Rutilo Reyes, 16.-R.amiro L~z,
más de dos años ininterrumpidos y que se indican en 17.-Regina Guerra Estrada, 18.-Matiana Tones. 19.
el segundo punto resolutivo de la presente Resolución. -Silvestre Celaya y 20 -Julio HernáI'ldez. Ptlr la ntis•
                                                               ma razón se privan de sus derechos sucesorios agra•
       RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se rios a los CC. l.-Vicente Váz<l!lez Reyna, 2.-Leal'ldra
remitió a la ComisiÓn Agraria Mixta v, dicho Orga• Reyna, 3 -Prudencio Vázquez Reyna, 4.-Ja~t0 Váz•
l'dsl'tJo, notificó el 12 de diciemhre de 1975, a los elidata• quezVázquezS.-María del Refugia Vázquez ReyM.6.~fe­
                                                               lía
                                                                     Reyna,
                                                                              Reyna, 7 -ROSIta Vázque2: lIli'!YP, g,•
rio~ y sucesores afectado~. para que coml'ar~eran
                                                                                                      '9.-T.~so Pém,
a la Audiencia de Pruebas V Alegatos; misma que se María del Consuelo Vázquet Reyna,ReYDtt 1J "..,clara
                                                               10 -Ramón Colunga, 11. ~Alberta
llevó a cabo el 29 de diciembre de 1975, en la que se
eomllrob6 legalmente la procedencia para la flrivaeiól'l CoIWlga Reyna, Florito Reyna ColunJa, .. i4.~na
                                                                                 13 -Teodoro' ReY1'J.& C
                                                                                                         í6,-.-JQIn Rty•
dé derechos agrarios y sucesorios a los ejidatarios Colunga, 15.-J.
                                                               p. COlunga, 17.-Juana Reyna Colunga, 1&.-Fas~a
:propuestos; de conformidad con 10 dispuesto 'POr los Reyna Colunga, 19 -Ríta Reyna ColWlga, 20.-                      'ti
Artlculos 426, 430 y demás relativos de la Ley Fede• Isabel Martínez, 21,-Alberto RaDiel C., 22 ......V uJi
ral de Reforma A~aria. La Comisión Agraria Mixta Itangel C., 23 -Baldemar Rangel C" 24,-Gtm.a,ro                      ñ-
opinó que e~ procedente la privaciÓn de sus derechos

                                                              f
a¡raríos a los ejidatarios y sucesores que se señalan             l C., 25 -Armando Rico Pérez, 26.-Nrida. Cól1J.llp,
y el reconocimiento gue propone la Asamblea Geneñí                .-Martín Gámez Pérez, 28.-Virgmia Gá~éz Pitez,
                                                                  .-Alicia Gámez Pérez, 30.-José Torres Raqtl, 31.
Extraordinaria de Eildatarios.                                 -Blanca Torres Rangel, 32 -Nora Alicia Tor~s ltaI'!•
                                                               gel, 33 -María Praxedis' Torres Rangel. 34 -Antonia
       RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo Torres Rangel, 35.-Cipriano Mireles Torres, 36.-Ed,lha
fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, Celaya, 37 -Silverio Hernández y 38.-María del M·
DirecciÓn General de Derechos Agrarios, la que hito ble Bustos: en consecuenCIa, $e cáncelan los Certifi•
una revisión del mismo, y comprob6 la legalidad de cados de Derechos Agrarios que respectivamtnté S$ lts
las notificacione~ y constancias presentadas en este ex!)idieron a los eiidatariós sancionados, números: "
juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• 1139472, 1139475, 1139477, 1139495. 1139519, 1139531,
rio correspondiente, con la opinión de que fuera aproo 1139538, 1491067, 1491068, 1491071, 1139471, 1139A~5.
bada por e~tar integrado correctamente; quien a su 1139496, 1139520, 1139528, 1139530, 149107~, 113~525.
vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento 1139543 y 113950l
dé Ley, 10 sometió a la consideraci6n del Cuerpo Con·
sultivo Agrario, el que emitió y aJlrobó su dictamen                SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrál'ios v SI!
en sesión celebrada el 30 de agosto de 1977; V                 adiudican las unidad~s de dotación de refetél'ltia, "'élr
                                                               venirlas cultivando pór más ,dé dos afi6s inintf'rr' '"
       CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• l'idos, en el ejido del poblado "LA$ ANTOr-T!,~,~' ""
cio priv'4tivo se ha seguido de aouerdo con los trálni nicit>io de B~tamante, del estado'de TarnauUpa:.,'. ..)3
tes previstos en los artículos 426, 429, 430, 431 Y de.       ce.    l.-Enrique Vbquez. tortee, 2.-8idtatat 1'érez
l'                                       DIARIO OPICIAL Lunes 22 de enero ele                           l~"


  Colunga, 3.-Hwnbertó Colunga Reyes, 4.-Juan Mi•              sión Agraria Mixta opinó que es procedente la priva.
  réles Pérez, 5.-AntoruQ Simentales Loredo, 6.-Rober•         ción de sus derechos agrarios a los ejidatarios que se
  to Reyes Bustos, 7. -Juan Reyes Rico, S.-Juan Sus•           señalan, y el reconocimiento que propone la Asamblea
  taita Ruiz. 9.-RaudI:'1 Reyna Hernández, 1O.-Pedro           General Extraordinaria de Ejidatarios.
  Báez Torres, 11 -Bernardino Pérez Colunga, 12.-Ci·
  priano Torres Mireles, 'B.-Francisco Javier Báez To•              RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo
  rres, 14.-José Morales VilIanueva, 1S.-0norio Reyes          fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agra.
  Torres, 16.-Homero López Réyna, 17.-Manuel Morales           ria, Dirección General de Derechos Agrarios, la que hIZO
  Villanueva, 18 -Lucio Mireles Torres, 19.-Telésfora          una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las
  Mirele;; Torres y 20.-Héctor David Hernández Bustos;         notificaciones y constancias presentadas en este juicio;
  consecuentemente, expídanse sus correspondientes Cero        por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario corres•
  titicados de Derechos Agrarios que los acredite como         pondiente, con la opinión de que fuera aprobado por
  ejIdatarios del poblado de que se trata.                     estar integrado correctamente; quien a su vez, por ha•
                                                               berlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley,
        TERCERO.-Publíquese esta resolución, relativa a        lo sometió a la consideración del Cuerpo Consultivo
   la prIvación de derechos agrarios V nuevas adjudica.        Agrano, el Que emitió v an'-"bó dictamen en sesión ce.
   ciones de unidades de dotación, en el ejido del pO'         lebrada el 4 de .iulio de 1978; y
 :blado de "LAS ANTONIAS", Municipio de Bustamante,
  ~de¡' Estado de Tamaulipas, en el "Diario Oficial" de la         CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•
  Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno de        cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trámites
  esa entidad federativa, inscríbase y háganse las anota·     previstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 y demás
  ciones correspondientes en el Registro Agrario Nacional;    relatlvos de la Ley Federal de Reforma Agraria; ha•
  notifíquese y ejecútese.              )                     biéndose comprobado por las constancias que obran
                                                              en antecedentes, que los ejidatarios han incurrido en
     Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión,      la causa de privación de derechos agrarios a que se
 en México, Distrito Federal, a los seis días del mes         rdiere el Artículo 85 Fracción 1, de la propia Ley, por
 de dIciembre de mil nove.:ientos setenta y ocho•             haber abandonado el cultivo personal de las unidades
 El Presidente Constitucional de los Estados Unidos           de dotación por más de dos años consecutivos; que
 Mexicanos, José López Portillo,-Rúbrica.-Cúmplase:           quedaron oportunamente notificados los ejidatarios su•
 El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo          jetos a juicio; V que, finalmente, se siguieron los pos•
 Corro.-RúbrIca.                                              teriores trámites legales; es procedente privarlos de
                                                              sus derechos agrarios.
                         •
  RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios V               CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos
       nuevas adjudicaciones de unidades de dotación V        señalados según constancias que corren agregadas al
     l'econocimienio de derechus agrarios, en el ejido del    expediente, han venido cultivando las unidades de du•
     poblado d<l!nominado La Arena, Municipio .le Oco•        tación por más de dos años ininterrumpidos; y habi~n­
      singo, Chis. (Registrada oan el número 3677).           dose propuesto el reconocimiento de sus derechos agra•
      11 margen un sello con el Escudo Nacional, que         no~ por la A'iamblea General Extraordinaria de 2jida•
 dice: Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de la           tarios celebrada el 20 de octubre de 1974, de acuerdo
 Reforma Agraria.                                             cun lo dIspuesto P<lr los Artículos 72 fracción III, 74,
                                                              fracción n, 200 y demás aplicables de las misma Ley,
 VISTO para resolver el expediente relativo a la priva•       procede reconocer sus derechos agrarios; y con funda•
    ción ele derechos agrarios v nuevas adjudkacio•           mento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir
    nes de unidades de dotación y. reconocimiento de          sus Certificados correspondientes.
    de derechos agrario~, en el elido del poblado de•
    nominado "LA ARENA", Municipio de Ocosingo,                     Por lo expuesto y con fundamento en los Artículos
    del Estado de Chiapas; V                                   ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra•
                                                               ria, se resuelve:
   , RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien.                     PRIMERO.-S e decreta la privación de derechos
. te. la segunda convocatoria de fecha 12 de octubre de        agrarios, en el ejido del poblado denominado "LA
  1974. para la Asamblea General Extraordinaria de Ejl•        ARENA', Municipio de Ocosingo, del Estado de Chia.
 dataríos, relativa a la privación de derechos agranos,        pas, por haber abandonado el cultivo personal de las
 en contra de los eiidatarios que se citan en el primer        unidades de dotación por más de dos años consecu·
 punto resolutivo de esta Resolución, por haber aban•          tivos, a los CC.: 1.-Luciano Hernández. 2.-Manuel
  donado el cultivo personal de las unidades de dotación       Hernández Cruz, 3. -Leandro Hernández J., 4. -Fran•
'por mas de do" años comecutivos: asamblea que tuvo            cisco Hernández Pérez, 5.-Nicolás Gutiérrez Moreno,
 verificativo el 20 de octubre de 1974, en la que se pro•      6 -Jerónimo Hernández M" 7 .-Luciano Hernández
 pu~o reconocer derechos agrarios v adjudicar la::- uni•       R., 8.-Jacinto Hernández P., 9.-Santiago Hernánocz
 dades de dotación de referencia, a los campesinos que         Gutiérrez y 10. -Domingo Gutiérrez :9. En consecuen•
 las han venido cultivando por más de dos años ¡nin•           cia, se cancelan los Certificados de Derechos' Agrarios
 terrumnidos, v Que se indican en el segundo punto             que res¡-.ectivamente se les expidieron a los ejidatarios
 resolutivo, y se reconozcan derechos agrarios por ha•         sancionados, números: 1317758, 1317759, 1317761, 1317762,
 ber abierto tierras al cultivo V venirlas trabajando por      1317765, 1317769, 1317771, 1317772, 1317773 y 1317778.
 <llás de dos años ininterrumpidos, a los campesinos                SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios V se
 Que se citan en el tercer punto resolutivo de la pre'         adjudican las unidades de dotación de referencia, por
 l>ente Resolución.                                            venirlas cultivando por más de do,> año~ ininter1'1lm•
                                                               pidos, en el ejido del poblado de "LA ARENA", Muni•
     RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se                   cipio de Ocosingo, del Estado de Chiapas, a los Le.:
 remitió a la Comisión Agraria Mixta v. dicho Organis•         l.-Manuel Hernández Jiménez, 2.-Manuel Cruz Her-
 mo, notifIcó el día 21 de enero de 1975, a los ejidata•     _ nández 3.-Anselmo Hernández Sánchez, 4.-JerÓnimo
 nos ~le~tauo~. pala que compareCIeran a la Audiencia         Hemáridez Ruiz, S.-Juan Gómez López, 6.-Juan Es•
de Pruebas v Alellatos: misma que se llevó a cabo el 11        pinaza Hernández, 7.-Sebastián !lernández, GÓmez., 8:
 de febrero de 1975, en la que se comprobó legalmen•           -Santiago Ruiz Moreno, 9.-Jacmto Hernandez JIme'
te la procedencia para la privaCIón de derechos agra•          nez V 10 -Jerónimo Hernández Morales; consecuen•
rios a los ejidatarios Propuestos, de conformidad con          temente, expídanse sus correspondi~ntes Certif~~ados
lo dispuesto por los Artículos 426, 430 V demás relati.        de Derechos Agrarios, que los acredIten como eJldata.:
vos de la Ley Federal de Reforma Agraria La Comi·              ríos del poblado de que se trata
1'1
   ,. Lunes 22 de enero~d~e:-!1~97~9~_=D.:.I.2:A~.~I:.:qL..::0:.:p;;..:l:.:e~I~A~L::--_ _ _ _ _ _ ____

      TERCERO.-Se reconocen derec;hos agrari?s por ha.               RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo
  ber abierto tierras. a~ cultivo y. ventrlas tra~.a}ando por    fue turnado a la Secretaría de la _Reforma Agraria. J;i.
  más de dos añoS mmterrqmpldos, en el eJluo del po•             recclón General de Deiécnoi-- AgrarioS. la que hi·
  blado de "LA ARENA", Municipio de qcosmgo, del Es·             zo una revi slón del ~ismQ,-, y; .<;qIP-'p~Qbó la ~J~li~d
  tado de Chiapas, a los Ce.: l.-Santiago Hern~n.dez             de las notifIcaciones- y cqust~n'cl,~~p;esefl.ta~ ilR;: .este
  Oómez, 2.-Domingo He~nández M?rales, 3 :-~erommo               juicio, por lo que se t1.!I1fÓ;-~t,Vbcaf.-consI11tIy()_ Agta.
  Oómez Moreno. 4.-Dommgo· Hernandez GUillen y 5 -;              no correspondiente con -la .optn{Qn .de que fu~ra apro•
  Jerónimo Méndez Gutiérrez; consec;u~ntemente, expl'            bado por e!>tar integrado correCtamente; .qUIen. a. su
  danseles sus correspondientes Certlf¡ca~?s de. Dere•           vez, por haberlo enc.~ntrado· áj4~tilao ~ pr.ocedimien·
  chos Agrarios, que los acrediten como e]ldatanos del           to de Ley, lo somello a la cODSlderaclón del Cuerpo
  poblado de que se trata.                                       Consultivo Agrario, el que ..emitiQ . y aprob.ó su dic•
                                                                 tamen en sesión celebrada el 18 de julio de 1978.
       CUARTO.-Publíquese esta Resolución, rela~iva a
  la pnvación de derechos agr~!ios 'y nueva~ ~dludlca.                CONSIDERANDO PRLM~O.-.-Que el presente
  ciones de unidades de dot~~lon y reconoclmlCnto" de            juicIO privativo se ha segificlo de acuerdo con los
  derechos agrarios, en el ejido del poblado de LA               trámite!. previstos en' los Artículos 426, 428, 429, 430[ 431
  ARENA", Municipio de Ocosingo, del Esta.~o de ChIa.            Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra·
    as, en el "Diano Oficial" de la FederaclO.n y en el          ria; habiéndose comprobado· por las constancias que
  ~etiódico Oficial del Gobierno de esa F:nudad Fede•            obran en antecedentes, ql:le lps- ejiflatarios y SWl here•
  rativa; inscríbase Y háganse l~s ano~clones ~~rres'            deros han incurrido en la eaw¡a .de privación de de·
  pondientes en el Registro Agraflo NaCIOnal; notlfique•          recho!! agrarios y sucesorios. que s, refiel1' el Artículo
  se y ejecútese.                                                85 Fracción 1 de la propia Ley, por .,haber abandonado el
                                                                 cultlVO personal de las umdades-de dotación por más de
      Dada en el Palacio del Poder E iecuti,:o de la. Unión,     dos años consecutivos: que quedaron Oportunamente no•
  ~n México, Distrito F~deral, .a los cmco dlas del              tificados los ejidatarios y sucesores sujetos a juicio; y
  mes de diCiembre de mIl noveCientos setenta y oc~o.­           que, fmalmente, se ~;¡gU1eron los posteriores trAmit~s
  El 'Presidente ConstItucional de lo~ ~stados. Umdo~            legales, es procedente privarlos de sus derechos agra.
  Mexicanos, José López Portillo.-R1!bnca.~umplase.              rios y sucesorios, y cancelar los correspondientes Cer•
  ~l Secretario de la Reforma Ail'ana, AntOnIO Toledo            tificados de Derechos Agrarios.
  Corro.-Rúbrica.
                                                                     CONSIDERANDO SEGUNOO....o...Que los campe$i·
                               •                                nos señalados, según constanci$ que corren agrega•
                                                                das al expediente, han venido cultivando las unidades
  IlEIOLUCION l$Obre privación de derec;tto. a...~rlol y        de dotación por más de dos años ininterrumpidos y
      nueva adh.di~ación de unhtact41s de dotllclon, en         habiéndose propuesto el reconocimiento de SUS dere•
      el ejido del póblado denommdo El Romeral, Mu·            cho~ agrarios por .la Asamblea -General Extraordinaria
      nici.pio de Villa Correpdora, Qro. (Jt,eglstrada con      de Ejidatarios celebrada el- l~(d~'octubre de 1977, de
      el número 3670).                    '                     acuerdo con lo dispuesto pot lo~ Artículos 72 Fracciones
     Al margen un sello con el Escudo Nacional, que             1 y 111 86, 2W v demás :,¡plicables de la Lev Fedcp' ,le
                                                                Reforma Agrana, procede réconü}Cer SUS" ".1,,,,        ,
 dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re·           rJus; y con fundamento en el Artículo 69 de la men•
 forma Agraria.                                                 cionada Ley, expedir sus Cel utkauol> ..u., _w •     ,,•

                                                                tes.
 VISTO para resolver el exp~diente relativo. a la p~i.
    vaci6n de derechos agra,r,lOs V nueva. ~dJudlcaclOn              Por lo expuesto y con fundament0 en los Artículos
    d¡, unidades de dotacJOn, en el elIdo del po.                invocados, así como el 80. Fracción VI de la Ley Fe.
    blado denominado "EL ROMERAL", Municipio de                  deral de Reforma Agraria, se resuelve,
    Villa Corregidora, del Estado de Querétaro; y
     RESULTANno PRIMERO -Con:'>ta en el e",nf'dien-                  PRIMERO.-Prívése de sus derechos aararios em
                                                                el ejido del poblado "EL ROME'RAL", Municitlit!l de
 te la convocatoria de fecha 6 de octubre de 1977, pa·           Villa Corre,idora, del Estado ele Ouerétaro, flor hiber
 ra celebrar Asamblea General' Extraordinaria d,e Eji.          ab.ndonado el cultivo persopal de 1all unldades de
 datarios, misma que tuvo verüicaJivo el 18 d~ Qctu·            dotación por más de dos .tos tcJlsecutivolI, • 10$ C C.:
 bre de 1977, en la que se -pr.opu,so .}~ priv~CIQn,!fe
 dérechos agrarios y sucesorio~ a los elldatanos. Y he•
 rederos que se citan en el primer ppnto resolutlvo d,          checo Galván. 3 ......conceJKl~on:oAlntagqer,
                                                                León y 5 -José Ma. Vázquez, Por la mIsma ruon prí·
                                                                                                                   4,-r_5
                                                                l.-Félix Barbosa GonzlÍl~". ¡ .......Ma. ~nd(!larjj ~il.

 la presente Resolución,. por haber aba!ld~)J1ado el culo       vese de sus derechos sucesorios !,grariolil a los ce,:
 tivo personal de las umdades de dotaCIón por más .de            l.-Ignacia Guerrero, 2.-Martha Ajmaguer, 3.-Trini·
 dos atios consecutivos y reconocer derechos agranos            dad Almaguer, 4.-Antonio Vázquez y 5.-Juan. Rjl'
 y adjudicar las unidades de dota~ión de. referenci~            bio. En consecuencia, cancélenle los Certificados de
 • los campesinos que las han vemdo cultlyan.do por             Derechos Agrarios que respectivlPllCfltt! se le$ "q,i.
 más de dos años imnterrumpidos y que se mdlcan en              dieron a los eiidatarios sancionados, números: 1589125,
 el segundo punto resolutivo de la presente Resolución.         1589128, 111519, 111532 y 111535.

       RESULTANDO SEGUNDO.-La documentacióll -e                     SBGUNDO.-Reconózc:anse derechos aararios y ad•
                                                                judíquense las unidades de dotación de referepcia pOr
  remitió a la Comisión Aararia Mixta v dicho Or&~.             venirlas cultivando por mal. de dos ái'los inintel"nJm'
-nismo notificó el 24 de octubre de 1977, a los eJI.            pidos, en el ejido del poblado "EL ROMERAL", Mu·
  data ríos y sucesores afectados, pllra que c01f1P¡¡¡recle,    nicipio de Villa Corregidora, del Estado de Ouerét"a1o,
  ran :1 1'1 .ud'encin de Pruehas v Al<lllato'i~ mIsma que     a 108 CC.: l.-Juan Barbosa González, 2 -Lub Pa•
  se llevó a cabo ellO de noviembre de 1977, en la que          checo Hurtado, 3.-Ma, Cruz Almllguer Guerr,re, 4.•
 se comprobó legalmente la procede.ncia para la pri·            Lorenzo León y S.-Francisco VázqlUlz Rubio: CIIn~e·
 vación de derechos agrarios y suc;esorios a los eji.           euontáftulftte, expídanse sus correllJlandicl'ltes Certifica·
 datarías propuestos; d~ conformidad con lo dispues·            dOI de Derechos Alrarlos t1ue 161 il.trtdite comO ~ii·
 to 'por 10<; Artículos 426, 430 v demás relativos de           datados del poblado de que se trata.                       -
 la Ley Federal de Reforma Agraria. La Comisión Agra.
 ria M,~ta opinó que es procedente la privación de                   TERCERO .-Publíquese esta Resolución, relativa· a
 tIIUS der,chos agrarios a los ejidatarios V lueeloret          la ,.,rivacián de dereehos agrarios y nuev" ádjudlC'a
 qu~ le señalan, y el rteonoeiwiento JIUO propone ~             clanes d~ _tIDidadeJi d. dotación, en el eildp d'l pub!:' '')
 Asamblea Cel'letal J!xtraor4m.rl, do EiidatariOl.               "Jl. aQMf.JW,.". .MumetDie del vw. ~rélid,c)l", ~l
• 18         O lAR I O O PIe 1 A L Lunes 22 de enero de 1979
 --------------~--~--~~~~~~=-~~~~~~~~-~~~----
Estado de Queréta;o, en el "Diario Oficial" de la Fe•        Agraria; habiéndose comprobado por las constancias
deracIón y en el Penódico OfIcial del Gobierno de esa        que obran en antecedentes, que los ejidatarios y sus
EntIdad FederatIva, inscríbase y háganse las anotacIO•       herederos han mcurndo en la causa de pnvacion de
nes correspondientes en el Registro Agrario Nacional;        derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el
notifíquese y ejecútese.                                     Artículo 85 Fracción I de la propia Ley, por haber
                                                             abandonado el cultIVO personal de las unidades de
   Dada en el PalacIO del Poder Ejecutivo de la Unión        dotaCIón    por más de dos años consecutivos,
en México, DIstrito Federal, a los cinco días deÍ            que quedaron oportunamente notificados los ejidatarios
mes de dIciembre de mIl noveCIentos setenta y ocho.•         y sucesores sujetos a juicio; y que, finalmente, se si•
-El Presidente ConstítucIOnal de los Estados Umdos           gUIeron los posterIores trámites legales, por lo que es
Mexicanos, José López Portillo.-Rúbnca.-Cúmplase:            procedente pnvarlos de sus derechos agrarios y su•



                            -
Ei Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo          cesorio!> y cancelar los correspondientes Certificados
Corro.-Rúbrica.                                              de Derechos Agrarios.
                                                                 CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesmos
                                                             señalados, según constancias que corren agregadas al
RESOLUCION sabre privación de derechos agrarios y            expedIente, han venido cultivando personalmente las
   nueva adjudicación de unidades de dotación, en el         umdades de dotación por más de dos años interrum•
   ej.do del poblado denominado San Rafael, Munici•          pidos, habiéndose propuesto el reconocimiento de sus
   pio de Villa Corregidora, Qro. (Registrada con el         derechos agrarios por la Asamblea General Extraordi•
   número a669).                                             nana de Eiidatarios celebrada el 12 de octubre de
                                                             1977, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos
    Al mar"gen un sello con el Escudo Nadonal, que           72 Fracciones 1 y III, 86, 200 y demás aplicables de la
dice: Estados Unidos MexIcanoS.-Secretaría de la Re•         Ley Federal de Reforma Agraria, procede reconocer
forma Agraria.                                               sus derechos agrarios; y con fundamento en el Artículo
                                                             69 de dicha Ley, expedir sus Certificados correspon•
',/ISTO para resolver el expediente relativo a la prl•       dIentes.
     vacion de derechos a~ranos y nueva adjudIcación
     de unIdades de dotaClón, en el elIdo del poblado            Por lo expuesto, y con fundamento en los Artículos
     denommado "SAN RAFAEL", MunicIpio de Villa              Invocados, así como el 80. Fracción VI de la Ley Fede•
     Cor.e):!ldora, del Estado de Querétaro; y               ral de Reforma Agraria, se resuelve:
       RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-                 PRIMERO.-Prívese de sus derechos agrarios en
te la convocatoria de fecha 4 de octubre de 1977,            el ejido del poblado "SAN RAFAEL", Municipio de
para celebrar Asamblea General Extraordinaria de Eji•        VIlla Corregidora, del Estado de Querétaro, por haber
datarios, mIsma que tuvo venficativo el 12 de octubre        abandonado el cultivo personal de las unidades de
de 1977, en la que ~e plúpUSO pllvar de su~ derechos         dotaCIón por más de dos años consecutivos, a lo'! CC.:
a,,;I di .os y ~uce~unos a lo!> e]ldatal lOS y herederos     1 -Genaro Soto Vega, 2 -Macedonio Vega Trejo, 3.
que se citan en el pdmel punto resolutIvo de la pre•         -Agustín García Muñoz y 4.-Evaristo Lara Pérez. Por
sente Resol.lCión, por haber abandonado el cultivo           la misma razón prívese de sus derechos sucesorios
personal de las umdades de dotaCIón por más de dos           agrarios a los CC.: 1.-Marcelino Vega, 2.-Felipa Ra•
años consecutivos; y reconocer derechos agrarios y           rnírez, 3 -Julia Vega Ramírez, 4.-Angela Vega Ramí.
adjudIcar las unidades de dotaClón de referencia a los       rez, S.-Paulina Vega Ramírez, 6 -Joaquín García, 7 -
campe!>mos que las han vemdo cultIvando por más              Roberto García, 8.-Ma. Josefa Pérez, 9.-Manuel Gar•
de dos años minterrumpidos y que se indican en el            cía, lO.-Rafael García, 11.-Ma. Guadalupe Lara, 12_
segundo punto resolutivo de la presente Resolución.          -Juana Bárcenas, B.-Abel Lara y 14.-Eloy Lara_
                                                             En consecuencia, cancélense los Certificados de Dere•
      RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se                chos Agrarios que respectivamente se les expidieron
remItió a la ComiSIón Agraria Mixta y dicho orga•            a los ejidatarios sancionados, números: 122502, 122504,
nismo notifIcó el 26 de octubre de 1977, a los eji•          1641867 y 1641882.
datarios y sucesores afectados para que comparecieran
a la AudIencia de Pruebas y Alegatos, misma que se               SEGUNDO.-Reconózcanse derechos agrarIOS y aa·
llevó a cabo el 9 de nOVIembre de 1977, en la que se         judíquense las unidades de dotación de referencia por
comprobó legalmente la procedencia para la privación         venirlas cultivando por más de dos añ~ ininterrum•
de derechos agrarios y sucesorios a los eiidatarios pIO•     pidos, en el ejido del poblado "SAN RAFAEL", ?y1uni.
puestos y a !.us herederos, de conformidad con lo            cipio de Villa Corre¡ódora, del Estado de Queretaro,
dispuesto por los Artículos 426, 430 Y demás relativos       a los CC.: 1 -Eustolia Vega Ramírez, 2.-J. Guada·
de la Ley Federal de Reforma Agraria. La ComIsIé',n          lupe Díaz Castro, 3 -Porfirio García Muñoz y 4 -
Agraria Mixta opmó que es procedente la privaCIón de         Isidro Soto Díaz. consecuentemente, expídanse. sus co•
sus derechos agranos a los ejidatanoSl y sucesores           rrespondientes Certificados de Derechos Agranos, qua
CJ.ue se señalan y el reconocimiento de derechos agra•       los acredite como ejidatarios del poblado de que se
rIOS que propone la Asamblea General Extrarodinana           trata.
de E jidatarios.
                                                                 TERCERO.-PubIíquese esta Resolución, rel!l;tiv~ a
     RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo              la privación de derechos agrarios y .~ueva adludlc~
fue turnado a la Secretaría de la Retorma Agraria,           ción de unidades de dotación en el eJIdo del poblado
Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo          "SAN RAFAEL" Municipio de Villa Corregidora, del
una reviSIón del mIsmo y comprobó la legalIdad de            Estado de Querétaro, en el "D;ario Oficial" qe la Fe•
las ratifIcaciones y constanC!3S presentadas en este         deración y en el Periódico Oficial del GobIerno de
jUicIO; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario      esa Entidad Federativa, inscríbase y háganse l~s ano~a.
correspondIente, con la opinión de que fuera aprobado        ciones correspondientes en el RegIstro Agrano NacIO•
por estar integrado correctamente; quien a su vez,           nal; notifíquese y ejecútese_
por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de
Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Consul•
th'Q Agrario, el que emitió v aprobó su dictamen en              Dada en el Palacio del Poder Eiecutiyo de)a
sesión celehrada el 18 de iulio de 1978.                     Unión en México Distrito Federal, a los clnCO dIas
                                                             d"l ¡-y{e~ dp diciembre de mil novecientos setenta y
    CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el             presente jui•   ocho.-E1 Presidente Constitucional de, lo~ Esta~os
cio privativo se ha segUIdo de acuerdo       con los trá·    Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rubrlca.-Cum•
mites previstos en los Artículos 426, 428,   429, 430. 431   pIase: El Secretario de la Reforma Agrana. Antonio
Y demás relativos de la Ley Federal          de Reforma      Toledo Carro.-Rúbrica.
Lunes 22 de enero de 1979                  Dl.&1l10 OPICIAL

BE5()LUCJON ubl'!ll ttrivldtla de . . .bM qrarios y             CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos
   nu,va adjudladÓD de Ufticladea ele dotaclOn. en I! I    seríalados. según constancias que corren agregadas al
    eJhlo "'1 PO~1340 de)lomtn.40 ~Pltaro, Munici•         ex(lediente. han venido cultivando personalmente las
    plo de HúImI1pn, Qro. (.",t,.48 con el nÚ:.iI!·        un1dades de dotación por más de dos años interrum•
    ro $667).                                              pidos. habiéndose propuesto el reconocimiento de sus
                                                           derechos agrario", por la Asamblea General Extraordi•
    Al mar,en un sello con el Escudo Nacional. que         naria de Eiidatarios celebrada el 21 de octubre de
dice: Estados Unidos MexicaI'los.-Seeretaría de la Re·     1977, de acuerdo con lo dl';pue~to por ios Articulas
fOl'flla Agrana.                                           72 Fracciones 1 y 111, 86, 200 Y demás aplicables de la
                                                           Ley Federal de Reforma Agraria, procede reconocer
VISTO para resolver el expediente relativo a la pri•       sus derechos agrarios; " con fundamento en el Artículo
   vación de derechos airarios Y nueva adjudicación        69 de dIcha Lev. expedir sus Certificados correspon•
   de UnIdades de dotación, en el ejido del poblado        dientes.
   denominado "APAPATARO", Municipio de Huimil.
   pan, del Estado de Querétaro; y                             POl lo expuesto, y con fundamento en los Artículos
                                                           invocados, así como el 80. Fracción VI de la Ley Fede•
    RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien.             ral de Reforma Agraria. se resuelve:
te la segunda convocatoria de fecha 12 de octubre
de 1977, p'ara celebrar Asamblea General Extraordina·          PRIMERO.-Prívese de !'us derechos a¡p-arios en
ria de E]idatarios, misma que tuvo verificativo el 21      el ejido del poblado "APAPATARO", MunicipIO de Hui•
de octubre de 11J77, en la que se propuso privar de        milpan, del Estado de Ouerétaro, por haber abando•
sus derechos agrarios V sucesorios a los ejidatarios       nado el CUltiVO personal de las umdades de dotación
y herederos que se citan en el primer punto reso·          por más de dos años consecutivos-, a los Ce.: 1.•
lutivo de la presente Resolución, por haber abando•        Leonardo Hernández. 2.-Jacinto Alvarez. 3.-Apolonio
nado el cultivo personal de las unidades de dotación       Encarnación, 4 -Severo Trejo. S.-Juan Longinos y 6.
por más de dos años consecutivos; y reconocer dere•        -Alejandro Zenteno Por la misma razón prívese de
chos allPrios y adjudicar las unidades de dotación por     sus derechos sucesorios agrarios a los Ce.: l.-Antonio
más de dos afios cOll'$ecutivos; Y reconocer derechos      Alvarez, 2.-Josefina Cortez, 3.-Margarita Encarna.
aararlos y adjudicar las unidades de dotación de re·       ci~n 4.-Aureha Treja, 5.-Epifama Barcenas. 6.-Ci·
ferencia a los campesinos que las han venido culti·        pnano Longmos. 7.-Magdalena Bocanegra, 8.-Lean·
vando por más de dos años ininterrumpidos y que se         dro Longinos y 9.-Guadalupe Longinos. En conse•
indican en el segundo punto resolutivo de la' presente     cuencia, cancélese los Certificados de Derechos Agra•
R.tsolución.                                               rios que respectivamente se les expidieron a los eji.
                                                           datarios sanCionados, números: 818902, 818903, 818905,
     RESULTANDO SEGUNDO;:-La documentación se              818906, 818908 y 818912.
remitió a la Comisión Agraria Mixta y dicho orga·
nismo notificó el 26 de octubre 4e 1977, a los eji•            SEGUNDO,-Reconózcanse derechos agrarios v ad·
datarlos y sucesores afectados para que comparecieran      judíquense las unidades de dotación de referenciá por
a la Audiencja de Pruebas V Alegatos, misma que se         venirlas cultivando por más de dos año", ininterrum•
llevó a cabo el 11 de noviembre de 1977; en la que se      pidos, en el ejido del poblado "APAPATARO", Muni
comprobó legalmente la proce~encia para la privación       cipio de Huimílpan, del El>tado de Ouerétaro, a los
de derechos agrarios V sucesonos a los eiidatarios pro•    CC.: 1.-Ladlslao Hernández, 2 -Clemencia Pérez Lo•
puestos y a sus herederos, de conformidad con lo           pez. 3.-Tomás Longino Cornejo, 4.-J. Cruz Longino
(Us~uesto por los Articulos 426. 430 V demás relativos     Pérez, S.-Mano Longinos Cortés V 6 -Erasmo Zente•
de la Ley 'Pederal de R.eforma Agraria. La Comisión        no Hernández. consecuentemente, expídanse sus co•
Agraria Mixta opinó que es procedente la privación de      rrespondientes Certificados de Derechos Agrarios que
sus' derecho!. agrarios a los ejidatarios y sucesores      los acredite como eiidatarios del poblado de que se
que se señalan V el reconocimiento de derechos agra·       trata.
riO$ que propone la Asamblea General Extrarodinaria
de Eiidatarios.                                                 TERCERO -PubJíquese esta Resolución, relativa a
                                                           la privación de derechos agrarios y nueva adjudica·
     RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo            ción de unidades de dotación en el ejido del poblado
fue turnado a la Secretaría de la R.eforma Agraria,        "APAPATARO", Municipio de Huimilpan. - del Estado
Dirección General de Derechos Agrarios. la que hizo        de Ouerétaro. en el "Diario Oficial" i:le lá Federación
una revisión del mismo V comprobó la legalidad de          V en el Periódico Oficial del Gobierno de esa Enti.
las notificaciones y constancias presentadas en este       dad Federativa, inscríbase v háganse las anotaciones
juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario    correspondientes en el Registro Agrario Nacional; no•
correspondiente, con la opinión de que fuera aprobado      tifíquese V eiecútese.
por estar integrado correctamente; quien a su vez,
por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de            Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
Ley. 10 sometió a la consideración del Cuerpo Consul.      Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco días
tivo Agrario, el que emitió v aprobó "IU dictamen en       del mes de diciembre de mil novecientós setenta y
sesión celebrada el 18 de julio de 1978.                   ocho.-El Presidente Constitucional de los Estados
                                                           Unidos Mexicanos. José López PorUUo.-Rúbrica.-Cúm·
    CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el pre!5ente iui•            pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio
cio privativo se ha seguido de acuerdo con los tr4-        Toledo Carro.-Rúbrica,
mites previstos en los Artículos 4261 428, 429. 430, 431
Y demás relativos de la Ley Feaeral de Reforma
AJfaria; habiéndose comprobado por las constancias
                                                                                       •
                                                           REIOWCION s.obre privación de derechos agrarios y
~ue obran en antecedentes, que los eiidatarios V sus         nutlva adjudicación de unidades de dotación, en el
herederos han incurrido en la causa de privación de           eJldo del poblado denomlnádo El Zapofe, Municipio
derechos agrarios v sucesorios a que se refiere el            efe Querétaro. Qro. (Registrada con' el número
Artículo 85 Fracción 1 de la propia Ley, por haber            5668).                             .
abandonado el cultivo personal de las unidades de
dotación    por más de dos a1os consecutivos,                 Al margen un sello con el Escudo Nacional, Que
que quedaron oportunamente notificados los ejidatarios     dice: Estados Unidos Mexicanos.-SecretarÍa de la Re·
y sucesores suietos a iuicio;' y que, finalmente, se si·   forma Agraria.
auieron los posterlore_s trámites leRales, por lo que es
procedente privarlos de sus derechos agrarios y su·        VISTO para resolver el expe,liente relativo a la flri
cesorios V cancelar los correspondientes Certificados         vación de derechos agrarios v nueva adiudiclwi{¡n
de Derechos Agrarios.                                         de unidades de dotación. en el ejido del poblado
20                                  DIARIO OPICIAI.                               Lunes 22 de enero de 1979
       dknominado "EL ZAPOTE" Municipio de Queréta•                             Por 10 expuesto, v con fundamento en los ArtíCUlOS
       ro, del Estado de Querétaro; y                                       invocados, aSl como el 80. Fracción VI de la Ley Fecle•
                                                                            mI de Reforma Agraria, se resuelve:
       RESULTANDO PRJMERO -Con,ta en el expediell•
 te la convocatoria de fecha 12 de septiembre de 1977                           PRIMERO.-PII"ese de sus derechos agrarios en
p3ra celebrar Asamblea Genel al E."tra0rdinaria de E 1i~                    el ejido del poblado "EL ZAPOTE", Municipio de
datarios, misma que tuvo verificativo el21 de septiembre                    Queletaro, del Estado de Querétaro, por haber aban•
de 1971, en la que se propu~o prl'ar de sus derechos                       donado el cultIVO pelsollal de las umdades de dotaclOn
agrarios V sucesorios a los eridalanos y herederos                          y parcelas por más de dos años consecutivos, a los
que se cItan en el plImer punto re'iolutl'o de la pre•                     CC.: 1 -Emesto Espmo, 2 -María Sánchez Pacheco,
Sf'nte Re,n]¡ICión, nor haher ahantlonado el cultl'o                       3.-Cuila Ortlz, 4 -Jo~é Espino, 5 -Pedro Suárez, 6.
penonal de las unidades de dotación v parcelas por                          -Juan CabeIJo E~p1l1o 7 -Jesus Espino Gutiérrez y
más de dos años consecutIVos; v reconocer derechos                          8 -Modesto Ortlz. Por la mIsma razón prívese de
agrarIos v adjudIcar las unidades de dotación de re•                        sus derelhos sucesonos agranos a los CC.: 1 -Carlos
ferencia a los campesinos que las han 'emdo culti·                         Espino, 2,-Paz Rosas, 3-Rosalía Aguilar, 4.-María
yan.do por más de dos años imnterrumpldos v que se                          Gonzalez, 5 -Carolma Ortlz, 6.-Martha López, 7,•
mdlcan en el segundo punto resolutivo de la presente                        Guadalupe Ortlz, 8 -InocenCIa Ortiz, 9.-Guadalupe
ResolUCIón.      .                                                          OrtIz y 10 -Pueblo Ortlz. En con~ecuencia, cancélen~e
                                                                            los Certificados de Derecho~ Agranos que respectiva•
    RESULTANDO SEGUNDO -La documentación se                                 mellte ~e les expIdIeron a los eJidatarios sancIOnados
remmó a la Comi~ión Agraria MIxta v dicho orga·                             números: 170476, 170488 Y 1642037; así como los Títulos
nismo notificó el 4 de noviembre de 1977, a los e'ji•                       Parcelanos numeros: 122163, 122187, 122156. 122162 Y
datanos v sucesores afectados para que comparecIeran                        122182.
a la Auc'Ff'ncla de Pruehéls ' Alegato, misma que se
nevó a cabo el 22 de noviembre de 1977; en la que se                            SEGUNDO.-Reconózcanse derechos agrarios y aCt•
comprobo legalmente la procedeJlcÍa para la plIvaClon                       jualquen~e  las umdades de dotaCIón de referencia por
de derechos agrarios v suce<;orios a los ejidatanos pro•                    vemrlas cultIvando por más de dos años ininterrum•
puestos V a ~us herederos, de conformIdad con lo                            pldo~. en el eJido del poblado "EL ZAPOTE", Mu•
dispuesto por los Artículo, 426, 430 v demás relatl'()~                    mClplO de Querétaro, del Estado de Querétaro, a .os
de la Lev Federal de Reforma Agraria. La Comisión                           CC.: 1 -FlanCI'iCO Espino PadIlla, 2 -Hilario Olvera
Agraria Mixta opinó que es procedente la privación de                       Sánchcz, 3 -María Macrina Ortlz Moreno, 4.-EmIg•
sus derechos agrarios a 10<;' ejidatanos ' ,uce~()re~                      dio Espmo, 5 -Altredo Suarez OrÍlz, 6.-Bernardino
~ue se ~eñalan v el reconOCImiento de derechos agra•                        Caudio l,olll.ález, 7.-EpI1amo ,Espino Rodnguez ' ~.
nos que propone la Asamblea General Extrarodinaria                          -María ISldora Ortiz, consecuentemente, expídal1se sus
de E jidatarios.                                                            corre~pondlentes CertifIcados de Derechos Agrarios,
                                                                            que los acredite como ejldatanos del poblado de Que
     RESULTANDO TERCERO.-EI exnediente relath'o                             se tI ata.
fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria,
Dirección General de Derech05 Agrarios, la que hizo                             TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relatIva a
una revisión del mismo v comprobó la legalidad de                           la privacion de derechos agrarios y nueva adjudica•
las notificaciones y constancias presentadas en este                        ción de unidades de dotación en el ejido del poblado
juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario                     "EL ZAPOTE", MunicipIO de Querétaro, del Estado de
correspondiente, con la opinión de que fuera aprobado                       Querétaro, en el "DIario Oficial" de la Federación V
por estar integrado correctamente; quien a su vez,                          en el PelÍódico Oticial del Gobierno de esa Entidad
por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de                         Federativa, inscríbase v hagan se las anotaciones corres.
Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Consul•                       pondlentes en el Registro Agrario Nacional; notIfí·
tivo Agrario, el que emitió v aprobó 'u dictamen en                         quese y ejecútese.
sesión celebrada el 18 de julio de 1978.
                                                                                Dada en el Palacio del Poder E jecutivo de la
     CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente iui•                             Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco días
cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá·                         del me" de diciemhre de mil novecIentos setenta V
 mites previstos en los Artículos 426, 428, 429, 430, 431                   ocho.-EI PreSIdente ConstitucIOnal de los Estados
Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma                              Unidos Mexicanos, José López PortilIo.-Rúbrica.-Cúm•
Agraria; habiéndose comprobado por las constancia'l                         pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio
que obran en antecedentes, que los ejidatarios v sus                        Toledo <:.arro.-Rúbrica.
herederos han incurrido en la causa de privación de
derechos agrarios V sucesorios a que se refiere el                                          •
Artículo 85 Fracción 1 de la propia Ley, por haber
abandonado el cultivo personal de las unidade~ de                           RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios 'J
dotación v parcelas por más de dos años comecutivo~                            nuevas adjudicaciones de u!,idades de dotación~ en
que quedaron oportunamente notificados los eiidatarioi                         el ejido del poblado denommado Lic. Adolto López
y sucesores sujetos a juicio; v que, finalmente, se SI•                        Mateos, Municipio de Tecpatan, Chis. (lielrlstrada
guieron los posteriores trámites legales, por lo que es                        con el número 3651).
procedente privarlos de sus derechos agrarios v su•
cesorios V cancelar los correspondIentes CertIficados                           Al margen u~ sello c~m el Escudo N!icional, que
de Derechos Agrarios y Títulos Parcelario~                                  dice: Estados Umdos Mexlcanos.-Secretana de l.<r 1:1_
                                                                            forma Agraria.

     CONSIDERANDO SEGUN'DO.-Que los campf'~inos                             VISTO para resolver el expediente relativo. a .la ~riva­
sefíal:¡oos seP.'ún con~tancias que corren agregadas al                        ción de derechos agrarios y nuevas adjudICaCIOnes
exnerliente, han venido cultivando personalmente las                           de unidades de dotación, en el ejido del poblado
unidades de dotación por más de dos años interrum•                             denominado "LIC. ADOLFO LOPEZ Ml~TEOS", Mu·
pidos, habiéndose propuesto el reconocimiento de sus                           nicipio de Tecpatan, del Estado de ChIapas; V
derechos ap"rarios por la As:¡mhle:¡ General Extraordi•
TI"r;,! de Eiidat;¡rios celebri1dl1 el 21 de ~eptiembre de
                                                                                 RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-
lCl77 de :¡rVf'rrl" r~n 1" rl;~"Il"< t" nor 1,,~ 1 rtírT11,,~              te la convocatoria de fecha 31 de enero ..de 19~5, para l~
7? J3'r~"r:(lp"~ T V TTT RI'i 'nf)" rp111~S 8pHr"hJe~ elf' la               Asamblea Gpneral Extraordinaria de E1Idatanos, rel!i tI•
Le"'? !:;'~"J~r81 np Pnf'--'rm" "r-t"""!~'" r,...·rw~rl,... rp,-.,.·nrwpr   'a a la prh ac]ón de derechos agrarios v suceso.nos,
su'> rJerf'<::hos a!lrarios; v con fuprlam p nto en el Artículo             en contra de los ejidatarios que se citan en el pnmer
69 de dicha Ley. exoedir sus Certificados correspon·                        punto resolutivo de esta Resolución, por haber ab~n.
Cientes.                                                                    donado el cultivo personal de las unidades de dotaclóD
Lunes 22 de enero de 1979                  "'AIt'O OFICIAL                                             21

 por más de dos años consecutivos; asamblea que tuvo           TeratoI Pérez, S.-Marcos Gómez Hernández, 9.-An.
 verificativo el 11 de febrero de 1975, en la que se pro·     tonio Pérez Díaz, 10. -Manuel Hernández Hernández,
 puso reconocer derechos agrarios y adjudicar las um·          H.-Manuel Gómez González, 12.-Sebastián Hernán·
 dades de dotación de referencia, a los campesinos que        dez Gomez, 13 -Juan Hernández Díaz 1.f.- Andrés
 las han venido cultivando por más de dos años ininte.        DIaz Díaz, I5.-FlorencIo DIaz Pérez, 16.-Mana Her•
 rrumpidos y que se indican en el segundo punto reso•         nándel Pérez, 17 .-Jo~é Ruiz Díaz, 18.-Sebastián RUlz
 lutivo de la presente Resolución.                            Perez, 19 -MIguel Teratol Hernández y 20.-Antonio
                                                              Hernández Hernandez. Por la mIsma razón se privan
      RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se                 de sus derechos agrarios sucesonos a Jos CC.: 1.•
 rerrátió a la Comisión Agraria Mixta y, dicho orga•          baías Gómez, 2 -Alberto Hernández 3.-David Her•
 msmo, notIfico el 4 de mayo de 1976, a los ejIdata·          nandez, 4 -Henuila Hernandez, 5 -.tuana RUlz 6.•
 nos v sucesores afectados, para que comparecieran            Mario Perez Díaz, 7.-Rutila Pérez Díaz, 8.-Andrea
 a la Audiencia de Pruebas- y Alegatos: misma que se          Gómez Hernández, 9.-MarÍa Gómez Hernández lO•
 llevó a cabo el 19 de mayo de 1976, en la que se             María Gómez Hcrnández, ll.-Petrona Gómez Hernán•
 comprobó legalmente la procedencia para la pnvación          dez, 12 -Florinda Pérez Pérez, B.-Agustín Hernández
 de derechos agrarios y sucesorios- a los ejidatanos pro·     14.-Manuel Gomez Hernández, 15.-Carlos Hernandez:
 puestos; de conformidad con lo dispuesto por los aro         16 -Lilia Rernandel, 17.-Andrés Hernández Hernan.
 tículos 426, 430 Y demás relativos de la Ley Federal         dez, 18.-Guadalupe Díal Díaz, 19 -Mana Díaz Diaz
 de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta opinó          20.-María Díaz, 21.-Jorge Hernández Diaz y 22.~
 que es procedente la privación de sus derechos agra•         Juana Hernández Montejo. En consecuenCIa, se cance•
 rios a los ejidatarios y sucesores que se señalan, v el      lan .los CertIficados de Derechos Agrarios que res.
 reconocImiento que propone la Asamblea General Ex•           pectIvamente se les expidieron a los ejidatanos san.
 traordinaria de E jidatarios.                                ClOnados, números: 1509185. 1509187, 1509192, 1509193,
                                                             .1509197, 1509199. 1509201, 1509214, 1509218, 1509220,
     RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo               1509222, 1509225, 1509226, 1509234. 1509235, 1509236
 fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria,           1509239, 1509241 1509250 y 1509156.                  '
 Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo
 una revisión del mismo, V comprobó la legalidad de               SEGUNDO.-Se reconocen derechos agranos y se
 las notificaciones v constancias presentadas en este jui•   adjudican las unidades de dotación de referencia, por
 cio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrano         vemrlas cultIvando por má¡, de dos años ininterrum•
 correspondiente, con la oplmón de ~ue .fuera aprobado       pidos, en el elIdo del poblado ueuomJllado "Uc. ADOL.
 por estar integrado correctamente. quien a su vez, por      FO LOPEZ MATEOS", MUlllcipio de Tecpatan, del Es•
 haberlo encontrado ajustado al procedImiento de Ley,        tado de Chrapa" a los ce . j -Manuel Gomez Reman.
 lo sometió a la consideración del Cuerpo Consultivo         dez. 2. -Andres Helllández Pérez, 3. -J ua:l Hernandez
 Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen en sesiól.l     Hernández, 4.-Antonio Díaz Diaz, 5 -Pedro Hernan•
 celebrada el 4 de julio de 1978; v                          dez Pérez, 6 -Antonio Gomez GÓmez. 7 -Avenal Pera•
                                                             tol Hernandez, 8 -Marcos Gómez Hernandez, 9.-An•
     CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el pre~ente jui•              drés Ruiz Ruil. 1O.-Joel Hernández Hernán<lez, 11 -
cio privatÍ'o se ha seguido de acuerdo con Jos trá•         Pedro Gomez Hernalldez, 12 - Cristobal Hernandez
mite~ pre'l~tos en los 1, tículo~ 42/1. 429 430, 431 v     RUll, 13 -Pedro Hernandcl López. H -Antoni(o DIaz
demás relativos de la Lev Federal de Reforma Agra•           Diaz, I5.-Santiago Díaz Pérez, 16 -Lucas DIaz Rer•
ria; habiéndose cOOlprobado, por las constancias que         nández. 17 -Antonio RUlZ Díaz IS.-Agustín Hernán.
obran en antecedentes, que los eiidatarios v sus he•         dez Hernández, 19.-Mario TenÍtol Hernández v 20.•
rederos han incurrido en la causa de. privación de           Manuel TeratoJ Hernandez. Consecuentemente, expídan•
derechos agrarios V sucesonos a que se refiere el Ar•        se sus correspondIentes Certificados de Derechos Agra•
tículo 85 Fracción l, de la propia Ley, por haber            rios, que los acredite co.)'" ·'t¡("hhnr" ,1,1 ,,,.,,l,,rj,, de
abandonado el cultivo personal de las unidades de            que se trata
dotación por más de do~ años consecutivos; que que·
daron oportunamente notificados los ejidatarios v su•             TERCERO.-Publíque:,e t::-,ta .L{e:"oluuoll, lelJtlla a
cesores sujetos a juicio; v que, finalmente, se siguie•      la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica•
ron los postenores trámites legales; es procedente           dones de unidades de dotaCIón, en el ejido del pobla•
pnvarlos de sus derechos agranos v sucesorios, y can•        do denominado "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS". Mu•
celar los correspondientes Certificado,> de Derechos         nicipio de Tecpatan, del Estado de Chiapas, en el "Dia•
Agrarios.                                                    rio Oficial" de la FederaClón ' en el Periódico Oficial
                                                             del Gobierno de esa Entidad Federativa; inscríbase y
     CONSIDERANDO SEGfJNDO.-Que los campesinos               háganse las anotaciones correspondientes en el Re~istro
señal¡¡do'. "egl.1n con"';-mCla~ que corren a2re2adas        Agrario Nacional; notifíquese y ejecútese.
el expediente, han venido cultivando las unidades de
dotación por más de dos - -años . ininterrumpidos; v              Dada en el Palacio del Poder E jecutivo de la
habiéndo.se propue'Sto el reconodmiento de &US dere•         Unión, en México, Di-;trito Federal, a los cinco días
chos agraríos por la Asamblea General Extraordinaria         del mes de dlClembre de mil novecientos se•
de Ejidatano1., celebrada el 11 de febrero de 1975, de       tenta y ocho.-EI Pre&idente Constitucional de lo~
acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 FraccIon       Estados Unidos Mexicanos, José López PortilIo.-Rú·
IIJ, 86, 200 y demás aplicables de la misma Lev, pro•        brica.-Cumplase: El Slecretario de la Reforma Agra.
cede reconocer sus derechos agrarios; v con fundamen•        ria, Antonio Toledo Corro.-Rúbrica.
to en el Artículo 69 de la mencionada Lev, expedir sus
Certificados correspondientes.
     Por Jo expuesto y con fundamento en los Ar.
                                                                                          -
                                                             RESOLUCION sllbre privación de derechos agrarlos y
tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma            nuevas adjudicaciones de unidades de dotación. en
Agraria. se resuelve:                                           el ejido del poblado denominado Hidalgo, Muni•
                                                                cipio de Acacoyagua, Chis. (Registrada con el nú•
    PRIMERO -Se decreta la pnvación de derechos                 mero 3652).
agrarios en el ejido def pobladO denominado "LIC.
ADOLFO LOPEZ MATEOS", Municipio de Tecpatan,
del Estado de Chiapas. por haber abandonado el culti.            Al margen un sello con el ESCUdO NacIOual, que
vo personal de las unidades de dotación por más de           aice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•
dos años consecutivos, a los CC.: l.-Juan Gómez Gó•          forma Agraria.
mez, 2.-Pascual Hernández G., 3 -AIÍdrés Hernández
Hernández, 4 -Geremías Gómez Hernández, 5 -Mar.              VISTO cala 1'eson er el e:pedl.cll1e relatlo a la pnva•
cos Pérez Pére.z. 6.-Lucas Gómez GÓmez. 1.-Diego                ción de derechos agrarios y nuevas adiudicadones
Has                              ss

       de unidadel de dGtuión. en el ~jido del poblado            ya mencionadas, de la Ley Federal de k(lforma 4¡r.•
                                                                  ria, se resuelve:
       denómiudo "HtPALGO". ~t.miclplO de AcacoyalUél.
       del ¡.taIo de Cbit.pQ: y ,               .
                                                                       PRIMERO.-Se decreta la priva&::ié d. derecho'
       P.!SULTANM PltIMEltÓ_Ccmst.. en el eXfledien.              agranos en el ejido del poblaqo derumrlnlll~ "HIDAL•
  te la 5elUnda e<JflVocato.,ia ele t.eha 11 de enero de 1976,    GO", Municipio de Acacoy.¡lja. del E.~ de C!ria.
  para la Altmbli. General ~"t.".or4inaria de Ejidata.           pas, por haber abandonaao el cultivo Pftnonal de las
  riel, relativa " la privación de derechos agrarios y            unidades de dotación por más <tI' dos '»lO, etiln.acutí•
  sucesorios. en contr. de los ejidl1tarios que se citan          vos, a los CC.: l.-GabrieI Cruz Ordót1ez 2.-Tomás
  en el primer punto resolutivo de esta Resolución, por           Bravo AguiJera y 3.-Antonio González Estracta. Por
  haber abandonado el cultivo personal de las unidades            la misma razón se privan de sus derechos sucesorios
  de dotación por más de dos afios consecutivos; asam•            agrarios a los CC.: l.-Aurora Vera Antonio, 2.•
  blea que tuvo verificativo el 21 de enero de 1976,              Adrián Cruz Vera. 3.-Enedelia Cruz Vera, 4.-So1ectad
  en la Que $e prc¡pulo reconocer derechos agrarios V             Ríos de Bravo, S.-Ignacio Bravo !tt05, 6.-Víctor Bra.
  adjuc:!i~r las unid.des de clotación de referencia, a           vo Ríos, 7.-Alfredo "Bravo Ríos, '.-Juap Bravo Ríos.
  los campesina. gue I~ han venido cultivando por más             9.-José González Estrada y 10.--Guadalupe Gon7;ález
  de dos años ininterl'Ul'llpidos y que se indican en el          Estrada. En consecuencia, se cancelan los Certificados
                                                                  de Derechos A~rarios que respectivamente se les elpi.
  seSUndo punto resolutivo de la presente Resolución.             dieron a los e,ÍIdatarios sancionados, números: 1608U3.
                                                                  1608233 y 1608234.
                                                                       SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y ss
       RBSULTANPO SEGUNDO.-La documentación se                    ad iudican las unidades de dotación de ~ferencia, por
  remitió a la Com1sión Alr.ria Mixta y, dicho organis.           veiurlas cultivando por más de dos años ininterrum•
  mo, notificó el día ti de Sep. de 1976, a los ejidatarios       pidos. en el ejido del poblado de "HIDALGO", Munici•
  y. sucesores afectados, Dara que comparecieran a la             pio de Acacoyagua, del Estado de Chiapas, a los CC.:
  Audiencia de Pruebas y Ale,atos; misma que se llevó             l.--Alejandro Morales Angeles, 2.-Lmbano Ventura
  a cllbo el 21 de septiembre de 1976, en la que se compró•       Zúnún V 3.-Manuel Gutiérrez Antonio; consecuente•
  be; legalmente la 'Pfoécdencia para la pnvación de de..         mente, expídanse sus corresponcJientes C~rtificados de
  reehos agrarios y sucesorios a los ejidatarios propues•         Derechos Agrarios que los acreqiten como ejidatarios
  tos; do conformidad CQn lo dispuesto I por los articu·          del poblado de que se trata
  los 426, 430 Y dem~s relativos de la Ley Federal de
  Reforma AlTana. La Comisión AgrarIa Mixta opin6                     TERCERO.-Publíquese estll Resolución, relativa a
  que es procedente la privación de sus derechos agra•            la privación de derechos agrarios y n~v,s adjudica•
   rios a los endataríQ, y sucesores Q~ se sefíalan y el          cioñes de unidades de dotaCIón, en el ejido del pobli.tl,Ío
  recanocimiento ~ue propone la Asamblea General Ex..             de "HIDALGO", Municipio de Acacoya¡ua, del Estado
  tratlrdinaria de E ildatarios.                                  de Chiapas, en el "Diario Oficial" de la Federación y
                                                                  en el Periódico Oficial del Gohierno de esa Entidad F...
       RESULTANDO TEleElle.-EI expediente relativo                derativa; inscríbase y há¡anse las anotaeion8S Corl'fls•
  fue turnado a la Secretada de la Reforma Agra•                  pon dientes en el Registro Agrario Nacional; notifique•
  ria, Pirección General de Derechos Agrarios, la ~ue hizo        se y ejecútese.
  una revisión del mismo, y comprobó la legahdad de
  hUi notificaeiones V constancias rm)sentadas en este                 Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
  juicio; ¡Jor lo !-1ue se turnó al Vocal CODI'iUltivo Agra•      Unión, en México, Distrito Federal, a los tinco
  rio correspondiente, con la opinión de que fuera                días del mes de diciembre de mil novecientol selénta
  aprobado por' estar integrado correctamente; quien a            y ocho.-EI Presidente CC)Dstituciofllll de 105 Estac!.o.
, su vcu~, por haherlo encontrado ajustado al procedi•            Unidos Mexicanos. José López Jtc,rtIllo. - Rñbnca.•
  mionto de Ley, lo sometió a la considel'ación del Cuer-         l,;umplase: El Secretario de la Reforma Agraria. Anto.
  1'0 Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dic•          nio Toledo Corro.-Rúbrica.
  tamen en se~i6n celeprada el 18 de enero de 1978; V
       CONSlDERANDO PRIMEltO.-Que el presente iui•
   cio I'rivativo se ha seguido de ac:uerdo con los trá•          RESOLUCION sobre privación de derechos -ararlos
  mites previstos en 105 artículos 426, 429, 430, 431 Y              y nuevas adJudicacione. de unida.del de dotae!ón,
   demás relativos de la Lev Federal de Reforma A$!;ra•              en el ejido del poblado denoJDIllada La ~,
  na; habiéndose comprobado por las constancias Que                  Municipio de El Rodeo, Darl). (Rqbtracla COIl el nú•
  obran en antecedentes, que los ejidatarios Y sus herede•           mero 3655).
  ros han incurrido en la causa de. privación de derechos
  IlBrarios Y- .ucesorlos a que se refiere el articulo 85 frac•       A1 margen un sello con el Escudo Nacional. que
  cIón 1 de la p'i'opia Ley, por haber abandonado el cultivo      dice: Estados Unidos Mexicanos.--secretaría de la
  :personal de las unidades de ,dotación por más de dos           Reforma Agraria.
  afto. consecutivos: que quedaron oportunamente notifi•
  c¡tdos los ejidatariol V sucesores suietos a iuicio; y que,     VISTO para resolver el ext"ediente relativo a la priva•
  finalmente, se siguieron las PQsteriores trámites lega.            ción de derechos alranos Y nuevas Ilc{fuc:ticaeionés
  les; es procedente privarlos de sus derechos agrarios V
  sucesorios y cancelar los correspondientes Certificados
                                                                     de umdades de dotación,       en
                                                                                                   el eUdo del pohlado
                                                                     denominado "LA ESPERANZA", Muniei1'i0 d. :El
  clJ Demhoa AJt'arios.                                              Rodeo, del Estado de Durango; y
       CONSIDERANnO S!GU'NDO.-Qqe los campesinos                      RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•
  sefíalados, .e~n conlt.ncias qu. corren .gregadas al            te la segunda convocatoria de fecha 9 de .tulio
  expediente, han venido cultivan40 las untdadQs de do.           de 1975, para la Asamblea General Extraorclinaria de
  tación por más de dos años ininterrumpidos, y habién•           Ejidatarios. relativa a la privación de derechos agra•
  dose propuesto el reconocimiento de sus derechos agra•          rios y sucesorios, en contra de los eiiclatariQs que se
  rios por la Asamblea G~neral Extr!,ordinaria de                 citan en el primer punto resolutivo de esta Resolución,
  Ejidatarios celebrada el 21 de enero de .1976, de acuer·        por haber abandonado el cultivo personal de las uni•
  do con lo dispuesto por los, Artículos 72 Fracción III:         dades de dotación por má1l de dos años consecutivos;
  200 y demás aplicables de la misma Ley, procede re•             asamblea que tuvo verificativo el 17 de julio .de
  conocer sqs derechos agrarios; y, con f1Uldaml')nto en          1975. en la que se propuso reconocer derechos a~r.rl()S
  el Artículo 69 de la Illellf:iona(,ia, Ley, expedir sus         y adjudicar las unidades de dotación de refer~c¡a, a
  Certificados correspondientes.                                  los campesinos que, las han venido cultivando por
                                                                  más de dos años ininterrumpidos y que se indican en
      Por lo expuesto   y   eon fundamento en los artículos       el segundo punto resolutivo de la presente Resolución.
Lunes 22 de .enero de 1979

     RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
                                                DIARIO OPICII:J,;
                                                                                                              •
                                                             ca Moreno Nieves, 9.-Sotera Moreno Nieves, 10.-Ma.
remitió a .la Comisión Agraria Mixta y, dicho Organis•       ría Moreno Nieves, l1.-Julia Moreno Nieves, 12.-Pe•
mo, notIficó el 27 de noviembre de 1975 a los eH•            tra Moreno Nieves, 13.-Guadalupe Moreno Nieves, 14.
datarios y sucesores afectados, para que compareCieran       -Ascención Moreno Nieves, 15.-Amparo González de
a la AudiencIa de Pruebas y Alegatos; misma que se           Vi11alb~J 16.-Merced Villalba, 17 .-María de los An.
llevó a cabo el 15 de dIciembre de 1975, en la que se        geles Meza, 1S.-María Guadalupe Pérez de Heredia,
comprobó legalmente la procedencia para la privación         19.-José Heredia, lO.-Salomé Amaya, 21.- Salvador
de derechos agrarios y sucesorios a los eiidatarios pro•     Amaya, 22.-Gregorio Amaya, 23.-Natividad Villa, 24.
puestos; de confonmdad con lo dispuesto por los Ar.          -Manuela Soto, 25.-José Inés Villa, 26.-Gabriel Vi•
tículos 42ó. 430 Y demás relatIvos de la Ley Federal         lla, 27 .-Hermenegildo Villa, 28.-Berta Villa, 29.-So•
de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta opinó          tera Villa, 30.-Marclal Franco, 31.-Consuelo Rodrí.
que es procedente la privación de sus derechos agranos       guez de Moreno, 32.-José TrinIdad Moreno, 33.•
a los ejIdatarios y sucesores Ctue se señalan y el re·       eleofas Sánchez de Flores, 34.-Anastacio Lores Sán•
conocimiento que propone la Asamblea General Extra·          chez, 35.-Albino Lores Sánchez y 36.-Enrique Flores
ordinaria de Ejidatarios                                     Sánchez. En consecuencia, se cancelan los Certificados
                                                             de Derechos Agrarios que respectivamente se les ex·
                                                             pIdieron a los ejidatarios sancionados, números: 656857,
     RESULTANDO TERCERO.-El expedieNte relativo              OJo~61, 656864, 656869, 656870, 656872, 656879, 656362
~e    t1l:r,nado a la Secretana de la Reforma Agra~Ia,       656868, 656875, 656877, 656871, 656883 y 656860.       '
DIrecclOn General de Derechos Agrarios, la que h12:o
una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las            SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se
notificacionef> y constancias presentadas en este jui·       adjudican las unidades de dotación, de n;:ferencia, por
cio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario co·     venirlas cultIvando por más de dos años ininterrumpi.
rrespondiente, con la opinión de que fuera aprobado por      dos, en el ejido del poblado denominado "LA ESPE.
estar integrado c.orrectamente; qUIen a su vez, por haber•   RANZA", Municipio de El Rodeo, del Estado de Duran•
lo encontrado ajustado al procedimento de Ley, lo so•        go, a los CC.: l.-Rafael Flores Meza, 2.-Alfonso Gon.
 metio a la consIderacIón del Cuerpo Consultivo Agrano,      zález Segovia 3.-Darío Jurado Segovia, 4.-Gabriela
 el que emitió y aprobó su dictamen en sesión celebrada      Arellano de Villalba, S.-J. Ascención Cárdenas Rodrí•
el día 11 de abril de 1978; y                                guez, 6.-Exiquia Carrillo Vda. de Meza, 7. Francisco
                                                             ::)egovia Quiñonez, 8.-Emiliano González Moreno, 9.•
    CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•               Teodoro Villalba, 10.-Ciria Franco de Meza, l1.-Ra•
cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi•        faela J. Quiñonez de Segovia, i2.-María de la Cruz
tes prevlstos en los artlculos 426 42<) 430 431 v de.        Herrera, 13.-Altagracia Moreno de Romero y 14.•
má~ relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria;          José Flore~ Sánchez; .c~nsecuentemente, expídanse sus'
habIéndose comprobado por las constancias que obran          correspondIentes CertIficados de Derechos Agrarios que
en antecedentes, que los ejidatarios y sus herederos         los acredite como eiidatarios del poblado de Que se
han incurrido en la causa de privación de derechos           trata.
agrano~ y ~uce~onos d que se rehere el artIculu í;;
fraccib!l l, de la propia Ley. por haber abandonado              TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a
el cultIVO personal de las unidades de dotación por          la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica.
más de dos años consecutivos; que quedaron oportu.           ciones de unidades de dotaCIón, en el ejido del poblado
namen~e. ~otificados .los eiidatarios y sucesores SUle•      denominado "LA ESPERANZA", Municipio de El Ro•
t?S a lUI~lO; y que, fmalmente, se siguieron los poste•      deo, del Estado de Durango, en el "Diario Oficial" de
riores tramItes legales, es procedente privarlos de sus      la Federación y en el PeriódICO Oficial del Gobierno
derec;hos agrari?s. y sucesorios, y cancelar los corres•     de esa Entidad Federativa, inscríbase y háganse las
pondientes CertifIcados de Derechos Agrarios.                anotaciones correspondientes en el Registro Agrario
                                                             Nacional; notifíquese y ejecútese.
    CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesi•
nos señalados, según constancias que corren agregadas            Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
al eX{lediente, han venido cultivando las unidades de        Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco
dotaCIón por más de dos años ininterrumpidos y ha.           días del mes de diciembre de mil novecientos setenta
biéndose propuesto el reconocimiento de sus dérechos         y ocho.-El PreSidente Constitucional de los Esta.
agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de           dos Unidos MeXicanos, José López Portillo.-Rúbrica.
Ejidatarios celebrada el 17 de julio de 1975 de acuerdo      -Cúmplase: El Secrétario de la Reforma Agraria,
                                                             Antonio Toledo Con'O.-Rúbnca.

                                                                                     -
con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción IlI' 86
200 y demás aplicables de la misma Ley procede reco~
noc~r sus derechos agrarios; y con fundamento en el
ArtIculo 69 de la mencionada Ley, expedir sus Certifi·
cados correspondIentes.                                      RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios Y
                                                                nuevas adJudicaciones de unidades de do~
                                                                en el ejido del poblado denominado Ixtula y Zem.•
    Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu•             bo, Municipio de Huasca de Ocampo, Hgo. (Re"
los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma                tracia con el lIÚD1ero 3657).
Agraria, se resuelve:
                                                                 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
     PRIMERO. -Se decreta la privación de derechos           dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•
agrarios en el ejido del poblado denominado "LA ES·          forma Agraria.
PERANZA", Municipio de El Rodeo, del Estado de
Durango, por haber abandonado el cultivo personal de         VISTO para resolver el expediente relativo a la priva•
las unidades de dotación por más de dos años conse•             ción de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones
cutivos, a los CC.: l.-Albino Flores, 2.-Andrés Gon.            de unidades de dota"ción, en el ejido del poblado
zález. 3.-Francisco Moreno, 4.-JerÓnimo Villalba, 5.            denominado "IXTULA y ZEMBO", Municipio de
-:Ascención Cárdenas, 6.-JesÚs Heredia, 7.- Miguel              Huasca de Ocampo, del Estado de Hidalgo; y
VIlla, 8. -Arturo González, 9. -Desiderio Villalba, 10.
-Manuel Meza, H.-Severo Segovia, 12.-Matías Fran.                RESULTANDO PRlMERO.-Consta en el expedien-
co R., 13.-Antolín Moreno v i4.-Juan Pablo Flores.           te la segunda convocatoria de fecha 20 de iulio
~or la mism.a razón se privan de sus derechos agra•          de 1976, para la Asamblea General Extraordinaria de
nos sucesonos a los Ce.: l.-Manuel Flores 2.•                Ejidatarios, relativa a la privación de derechos agra·
Anastacia Flores, 3.-José González, 4.-Ascención Nie•        rios y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se
ves de Moreno. S.-Jesús Moreno Nieves, 6.-Adolfo             citan en el primer punto resolutivo de esta Resolu.
Moreno Nieves. 7.-Vicente Moreno Nieves. 8.-Francis.         ción, por haber abandonado el cultivo nersonal de las
D t A.S !      o . o PIe J A L      Lll1e~   21 de enero' de 1979
  ~a@s:, de dotación por más de dos años consecúti.                 B.-Felipe Víllegas, 9' :.....José Vargas, 10.-Vicente Var•
  ;~ asa~blea que tuvo veriflcatlvo el                2.7 de ju. gas, 1l.-María de Jesús Hernández, 12.-Prisciliano
   ~~ )9t6, en la que se propuso reconocer derechos                 Vargas, B.-Julia MOctezuma V 14 :""'LucIana AgUJJar.
   ~~~~: y, adjudicar las unidades d'e dofación de re•              Por la mIsma razón se privan de liUS derechos sucéso•
   f.«en~iª.: a, los campesinos que l~s iJan venido cufti•          rios agrallos a los CC .. 1 -Soledad García. 2.-Per-
   ~r más de dos años ipinterrqmpdos S .que 'se ~fecto Casañas, 3.-4.sldro'--Vargas; 4:"':"Apolonio Vargas,
   mCÜ;a:A ,<?o el segundo punto resolutivo de' la pres~pte S "":Elrén Vargas, 6.. ..:...üamIlo Vargas' y 7.-Rafael Varo
   .R#SoluClon,                                                     gas. En c.onsecuencia, se cancelan los Certificados de
                                                                    Derechos Agrarios que respectivamente se les expidie•
     ...~RlfsliLTANDO SEGUNDO.-La documentación se ron a los eJidatanos sancionados, números: 710542,
   remiU(1l.4.1a Comisión Agraria MIxta y, dicho organis. '710543, 710547, 710549, 710550~ 710551, 710553, 710554,
   mo; .lliltiÍlCó el 5 de octubre de 1976 a los ejidatarios y 710556, 710557, 710558, 710563, 110564 y 710566.
   sl:1 ces?res afectados, para que comparecieran a la Au'
   dIencla de Pruebas y Alegatos; Im~ma que &e llevó a                   SEGUN1JO.-Se reconocen derechos agrarios y se
   :caoo.' eL22 de octubre de 1976, en la que l>e comprobó ad jUdlCan las umdades de dotación, de referenCIa, por
   p!SJlmente la procedencia para la pnvaClón de dere• "el1lrlas cultivando por más de dos años minterrumpI•
   ~~ agtlclrios Y sucesorios a los ejidatarios propuestos; 'dos, cn el eJIdo del poblado "IXTULA y ZEMBU",
   ~...:~~>nf()rm}dad c0!1 lo dispuesto por los artículos 426, ,Mumc¡pio de Huasca de Ocampo, del Estado de Hi.
   431J~ Y demas relatIVOS de la Ley Federal de Reforma            dalgo, a los CC.: l.-José García 20., 2.-Felipe V1lJe.
   Agraria. La C<?misi?n Agraria MIxta opinó que es pro· García Salinas, S.-Juan Sánchez Vargas, 4.-EspiridIón
                                                                   gas Moreno, 3.-Luciano
                                                                                                   López
                                                                                                          Jarillo,
                                                                                                                   6.-Marganta
   .c~_~e!lre)a pnvaClOn de sus derechos agrarios a los
       .datanbs y sucesores que se señalan, y el reconOCI•
                                                                   Vargas. 7 -J. Cristin0 Vargas, 8 - Lorenzo Vill~gas

  ~
                                                                   Moreno, 9.-Ciro Vargas Olier, 1O.-José Vargas Her·
    :r-J.eltlQ que propone la Asamblea General Extraordina• nández, 11.-J. Concepción Vargas, 12.-Sotero Vargas
        •<le-- Ejidatarios.                                        Casañas, 13.-Ma. del Carmen García y 14.-Samuel
                                                                   Vargas Agullar; consecuentemente, expídanse sus ca·
    . lÜ~SULTANDO TERCERO.-El expediente relativo rrel>pondIentes Certificados de Derechos Agrarios .que
  ~ ;ttJ,r}1ado a la Secretaría de la Reforma Agraria,             10l> acredite como ejidatarios del poblado de que se
  'J;)i~CIO!l. general ~e Derechos Agrarios, la que hizo trata.                           "
   pna~ li;~U!Ion. del mIsmo; y comprobo la legalidad de
   J.~tPotlf¡cacIOnes y constancias presentadas en este                 TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a
   11:11 QP; ,por 10 que se turnó al Vocal Consultivo Agra• la pnvHClón de derechos agrarios y nuevas adjudica.
  ~w~~<?!,respondie~te, con la opinión de que fuera apro_          cione~ de umdade~ de dotaCIón, en el ejIdo del poblada
              por estar mtegrado correctamente; quien a su de "lXTULA y ZEMBO", Munic i p i o de Huasca de

  tpj
       t~P9r :haberlo encolltrado ajustado al procedimien• Ocampo, del Estado de Hidalgo, en el "Diario Oficial"
         .a:e..:I"ev, lo SometIó a la consideración del Cuerpo de la Federación y, en el Periógico Qficial del Gobierno
   . ,§U)tilo Agrario, el que emitIó y aprobó su di'cta• de esa EntIdad Fede'ratJva, Illscríbase y háganse' las
   ln,efr' ,en. sesIón celebrada el 19 de julio de 1977; y        'ailOtaclOnes correspondientes c¡:nel RegIstro Agrano
                                                                 . Nacional; notifíquese y ejecutese.
          CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente juL
  c¿Q cQriyativo se ha seguido de acuerdo con los trámi-                Dada en el PalacIO del Poder Ejecutivo ele la
 ,;t,- ~preVJs.tos en Jos artículos 426, 429, 430, 431 v de• Unión, en México, DlstrÍto Federal, a los cinco días
 :ffi !: ~e1atlvQs de la Ley Federal de Reforma Agralla; del mcs de dicIembre de mí! noveCIentos setenta' y
 • 'ñ~se comprobado, por,las constancias que obran ocho.-El Presidente Constltucu;>nal.de los Estados UIlI•
 ..   L

 5n imtecedentes, que los eildatarios y sus heredt;t'os dos MeXIcanos, José López PortlUo.-Rúbrica.-Cúm•
 nNt~incurrido en la causa de privadón de dt;rech05               pIase: El Secretario de la Reforma Agraria. Antonio
 flgról{io€ v SUCf'~orio~ a Que se refiere el artículo 85 Toledo Corro.-RÚbrica.
 ~~~Ojpl             .'r: <l 'Jp18 Ley, por haber abandonado
 St"m!~v.(¡ p~r"",              .le tas unldades de dotación por
 mas de dos ailus consecutivos; que quedaron oportu·
 'l1<mJente notificados los ejidatarios y sucesores suje- R~SOLUCION lobre privación de deneho. aarll10s y
 19!i'.álé juicio; V que, finalmente, se siguieron los pos-        . n~evas ItdJudicH¡;lones dQ' unldacte. 'el. dotación, ell
 1Alic.r.es trÁmites legales¡ es procedente privarlos de                el ejido del 19bJ¡ido d'ett<mdnado Veft.lJIu.to Cárr4n.
 ~"et:~hos agrarios V sucesorios, V cancelar los ..co·                  Z¡t ("ntes El GrinlJo), .. Munlchtio de' T.C!, Nay.
 E~ndientes Certificados de Derechos Agrarios.                          (Registrada co~' el n~mel'O 3664). '
 !);ij,;,I , __
          CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                 .. Al margen u~ sello c~Jiel E,scudo N~cIOnal, que
   señalados, según constancias que corren agregadas al            dIce: Estados Umdos MexIcanos,.....:.secretana de la Re•
   expediente, han venido cultivando las unidades de do.           forma Agraria.
,tació por más de dos años ininterrumpidos; y ha•
 !4,jft1 '~propue~to el reconocimiento de sus derechos             VISTO para resolver el ex}?edienterelativo. a .la ~riva­
             os" por la Asamblea General Extraordinaria de            ción de derechos agrarIOS y' nuevas adJudIcaCIOnes
 !4tji&tarios celebrada el 27 de. julio de 1976,                      de unidades de dotacióI1,' en el eiido del poblado
   de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 Frac·             denominado "VENUSTIANO CARRANZA (ANTES
   ción IJI; 86, 200 y demás aplicables de la misma Ley,              EL GRINGO)", MuniCIpio de Teplc. del Estado de
 '.}!!l"o'é.ede reconocer sus derechos agrarios; y con funda•         Nayarit; y      -          .
 oimellto, en el Artículo 69 de J¡t mencionada Ley, expedir
   sus Certificados correspondientes.                                    RESULTANDO PRIMERO.-Por oficio número:
                                                                   'Z182/586 de fecha 18 de abril de 01975,. el C. Delegado
    ,BSlr ,lQ,~"puesto   y con fundamento en los artículos          de la Secretaría de la Reforma A1!rarIa en el Ellt~d?
 ~~"nd<>nados, de        la Ley Federal de Reforma Agra-            a~ Nayarit, sol!cit9 a la .comlsIóh Agra!1a Mi"t,., InI•
,gi~""I" 'resuelve:                                        '        clara JUICIO pnvatIvo de' derechos agranos y suceso•



,
                                                                    rios en contra de los eiidatarios que se citan en el
     "PRIMERO.-Se decreta la privación' de' -derechos               primer punto resoluflVO de la' presente -Resaludó!,; por



e
 ~grarios en   el ejido del poblado denominado "IXTULA              naber abandonado el cultivo personal 'de las umdades
':-(',l~BO'"    Munkipio de Huasca de Ocampo, del Es-             , éle dotación por más de dos -aüos' consecutivos, y cons•
   ~o e, Hidalgo, por haber abandonado el cultivo pero              ta en el expediente la se,aunda convoeatoria -de fecha
. ' ..dé l¡i~ llilldades de dotación por mas de dos años            30 de marzo de 1975, vel Acta de 'la Asamblea qene.ral
1:.Q~Jlec4tivos, a los. CC~:' 1.~Pablo García, 2 -~Román            Extraordlllaria de Ef¡datarios, QU~ tuvo veriflclltlvo
'ltóiates; .l.-Antonio Sanchez, 4.-Andrés Garda, 5.•                el 8 de abril de 1975, en la que se f'rop~so re!=ono~~r
Román Casañas, 6.-Pedro Casañas. -7.-Lino Vargas.                   derechos agrarios v ad;údiear -las uhida~, de c!otatlon
tunes 22 de eJJ«O ele 1979            81&&10 OPICIAL

 de referencia, a los campesinos que las han venido
 cultivando por más de dos años ininterrumpidos y
                                                                                                              •
                                                             derechos sucesorios agrarios, a los CC. 1.-Mari$fta
                                                             C~~ 2.-Vidal Cruz, 3.-Feliciano Cruz, 4.-Pablo C~i
 que se indican en el segundo punto resolutivo de la         5.-María Cruz, 6.-Maurilia González, 7.-J. Guadalu·
 presente Resolución.                                        pe Cruz, 8.-Gregoria Hernández, 9.-Francisco Hemá&
                                                             dez, IO.-Rosa Alvarez, H.-Teresa Andrade, 12.-María
     RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se                 del Carmen Hernández, 13.-Eusebia Hernández, 14.•
 remitió a la Comisión Agraria Mixta y, dicho organis•       Teodora Guzmán, IS.-Paulina Martínez, 16.-Natalia
 mo, notificó el 2 de julio de 1975, a los ejidatarlos y     García, 17.-Octaviano Ramírez, 18.-1. Jesús Ramí'reZ.
 sucesores afectados, para que comparecieran a la Au•        19.-Manuel Ramírez, 20.-Ramón Ramírez, 21.-Igna·
 diencia de Pruebas y Alegatos; misma que se llevó a         cía Ramírez, 22.-Rafaela Ramírez, 23.-María Aseen..
 cabo el 18 de julio de 197::>, en la que se comprobó le•    ción Moreno, 24.-J. Natividad Ramírez, 2S.-Rafael
 galmente la procedencia para la prIVaCIÓn de derechos       Ramírez, 26.-Aurelia Ramírez, 27.-María Ramírez, 28.
 agrarios y sucesorios a los ejidatarios propuestos; de      -María Guadalupe Ramírez, 29.-Hermelinda ~
 conformidad con lo dispuesto por los artículos 426.         y 30.-Pedro Tiznado.
 427, 430 Y demás relativos de la Ley Federal de Re•
 forma Agraria. La Comisión AgrarIa Mixta opinó que              En consecuencia, se cancelan los Certificados de
 es procedente la privacion de sus derechos agrarios a       Derechos Agrarios que respectivamente se les e;pidie•
 los ejidatarios y sucesores que se señalan, y el reco•      ron a los ejidatarios sancionados, números: 728987
 nocimiento l1ue prooone la Asamblea General Extra•          728988, 729010, 729011, 729012, 729016, 729018, 729G22:
 ordinaria de Ejidatarios.                                   729033, 729035, 729036, 729037, 729041, 729042, 729043 Y
                                                             729044.
    RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo
fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, Di•            SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se
rección General de Derechos Agrarios, la que hIZO una        adjudican las unidades de dotación, de referencia, por
revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las           venidas cultivando por más de dos años inint~i­
notificaciones y constancias presentadas en este jUicIO;     dos, en el ejidO del poblado "VENUSTIANO CARRAN·
por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario co•          ZA (ANTES EL GRINGO)", Municipio de Tepic. del
rrespondIente, con la opinión de que tuera aprobado          Estado de Nayarit, a los CC. l.-Gregorio Cruz Ver•
por estar integrado correctamente; quien a su vez, por       gara, 2.-Delfina Cruz González, 3.-Daniel HernáI1det
haberlo encontrado ajustado al procedimIento de ley,         Padilla, 4.-Lucía Hernández de Reyes, 5.-Miguel Ce•
lo sometIÓ a la conSIderación del Cuerpo Consultivo          lis Bermúdez 6.-Gabino Maniarrez Bermúdez, 7.-Jo•
Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen en seSIón        sé Manjarrez Bermúdez, 8.-Roberto Martínez Manía•
celebrada el 22 de junio de 1978; y                          rrez, 9.-Manuel Villanueva Marin, lO.-Guillermo To•
                                                             rres Cruz, n.-Antonio Bermúdez Alonso, i2.-GuaJ;la•
    CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•               lupe Frías Biemela, B.-Soledad Bermúdez Vda. d.
cio prIvatIvo se ha seguIdo ae acuerdo con los trámi•        Sánchez, 14.-Juana Ruvalcaba Pineda, iS.-María Lui•
tes previstos en los artículos 426, 427, 429, 430, 431 Y     sa Zavala Reyes y 16.-Primitivo Zavala Bermúdez;
demás relatIvos de la Ley Federal de Reforma Agra•           consecuentemente, expídanse sus correspondientes    cer•
rIa; habIéndose comprobado, por las constancias que          tificados de Derechos Agrarios que los acredite como
obran en antecedentes, que los ejidatarios y su!> here•      ejidatarios del poblado de que se trata.
deros han mcurrido en la causa de privación de dere•
chos agrarios y sucesorios a que se refiere el artículo          TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a
85 fracción 1, de la propia ley, por haber abandol1ado       la privac1ón de derechos agrarios y nuevas adjudica•
el cultivo personal de las unidades de dotación por          ciones de unidades de dotación, en el ejido del pb~
más de dos años consecutivos; que quedaron oportu•           do de "VENUSTIANO CARRANZA (ANTES EL GIUN•
namente notificados los ejidatarios y sucesores sUJe•        GO)", Municipio de Tepic, del Estado de Nayarit, en
tos a JUIcio; y que, finalmente, se siguieron los poste•     el "Diario OfIcial" de la Federación y en el Periódico
riores trámItes legales; es procedente privarlos de sus      Oficial del Gobierno de esa Entidad Federativa; ins•
derechos agrarios y sucesorios, y cancelar los corres•       críbase v háganse las anotaciones correspondientes en
pondientes Certificados de Derechos Agrarios.                el Registro Agrario Nacional; notitiquese y ejecútese.
     CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                  Dada en el Palacio del Poder ,Ejecutivo de la
señalados, según constancias que corren agregadas al        Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco ctias del
expediente, han venido cultivando las unidades de do•       mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.•
tación por más de dos años ininterrumpidos; y ha•           El Presidente Constitucional de los Estados Unidos
biéndose propuesto el reconOCImiento de sus derechos        Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.-CútnJ)1~:
agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de          El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio toledo
EJidatarios celebrada el 8 de abril de 1975, de acuer•      Corro.-Rúbrica.
do con lo dispuesto por los artículos 72 fracción III,
86, 200 Y demás aplicables de la misma ley, procede
reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento
en el artículo 69 de la mencionada ley, expedir sus         ACUERDO sobre inafectablHdad agrícola, relativo al
certificados correspondientes.                                 predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Muatd•
                                                               pio de Villa Unión, Coah. (Registrado> con ~1 flú.
     Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos        mero 3685).
ya mencionados de ia Ley Federal de Reforma Agra•
ria, se resuelve:                                               Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
                                                            dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•
     PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos           forma Agraria.
agrarios en el ejido del poblado denominado "VENUS•
TIANO CARRANZA (ANl'ES EL GRINGO)". MunICIpIO               VISTO para resolver el expediente de inafectabilidad
de Tepic, del Estado de Nayarit, por haber abandona•           agrícola, relativo al predio rústico "SIN NOMBRE",
do, el clltivo personal de l.as unidades de dotaci~n por      ubicado en el Municipio de Villa Unión, Estado éle
mas de dos años consecutIvos, a los CC. l.-Hehodoro
Cruz, 2.-Federico Cruz, 3.-Eustaquio G ó m e z, 4.•            Coahuila. propiedad de la C. Rosa Iseta Lira de
Elías Hernández, S.-Pablo Hernández. 6.-Juan Man·              Segura; y
jarrez, 7.-Alberto Manjarrez, 8.-Eusebio Martínez, 9.
-Miguel Rodríguez, lO.-Ricardo Ramírez, H.-Octa•                RESULTANDO PRIMERO.-Que la C. Rosa lsela
viano Ramírez. I2.-Carlos Ramírez, 13.-Basilio Sán•         Lira de Segura, en su carácter de propietaria, por Cll•
chez, 14.-Aurelio Tiznado, I5.-Jorge Zavala y 16.-1.        crito de fecha 20 de enero de 1975, dirigido al secreta·
Refugio Zavala. Por la misma razón se nrivan de su!'        no de la Reforma Agraria, por conducto de la Dele¡a-
.~   __________________
                         D_I.A_R I_O__
                               __ O_P_I_L~t.~_t_L_UD~~ ~ d~e_.~ ~~ 1.~
                                                     ____ ____ __ •.2~                                               __




 ci6n del Ramo en la citada Entidad Federativa, solici•            OUINTO.-Publíquese el presente AcueMo, :por el
 t6 la declaratoria de inafectabtlidatl· agrloola y la. tx•    que se deélata la lnaf~etabilidácl _trftola del predio rus•
 l'edici6n del certificado resJ'ectivo 1'4ta el predio men•    tieo "SIN NOMBRE", ubicado en el Municilno de Villa
 cionado, el que tiene una sup~rfieie de 12-00:.00 HiS_, de    Unión, Estad6 de COáhuila, en el "Diario Oficial" de la
 temporal, equivalentes a 6-00-00 Has., de riego te6ricb,      Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del
 dentro de las siguientes colindancias: Al NOrte, pro•         Estado referido, inscrfbase en el Registro Agrario Na•
 piedad de Roberto Treviño; al' Sur, propiedades de Ma•        cional y expídase el certificado respectivo.
 nuel de J. Lira y Roberto Trevitío; al Este, propiedad
 de Roberto Trevifío y al Oeste, propiedad de Estela               Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión,
 Santos.                                                       en México, Distrito Federal, a los seis días del Dl~ de
                                                               diciembre de mil nOvecieI'ltos setenta y Oého.-EI Pr~
      RESULTANDO SEGUNtlO.-Que la promovente                   sidente Constitucional de los Estados Unidos Mexica•
  acreditó su derecho de propiedad sobre el inmueble de        nos, José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Se•
  referencia, mediante copia certificada del contrato pri•     cretario de la Reforma Agraria, Antouio Toledo Corro.
  vado de compraventa, ratificado ante la fe de Carlos         -Rúbrica.
  Avilés, juez único local en funciones de Notario Públi•
  co por Ministerio de Ley, cOn ejercicio en la ciudad de
  Villa Unión, Coahuila; el 26 de agosto de 1968; mscnto
                                                                                              •
. en el Registro Público de la Propiedad de Piedras Ne•        RESOLUCION sobre prlvacJÓft de derechCI .,:rufos .,
  gras, Coahuila; bajO la partida número 44097, Tomo 122,         nueva adjudicación de tUddad de dotación, en el
  Libro I, Sección de la Propiedad, el 19 de noviembre            ejlde del 1!J(Iblado denomJ, . . , S'-- Mula lIoyo~
  de 1968; y acompañó los planos de ley.                          &0, Municipio de San Martín Texaaelucu, PQe. (Re.
                                                                  gistrada con el número 3666).
      CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Di r e c:: ci6n
  General de Inafectaeilidad Agrícola, Ganadera y Agro•            Al margen un sello  con el Escudo Nacional, que
  pecuaria y el Cuerpo Consultivo Agrario, realizados los      dice: Estados Unidos M¡xicanos.-Seeretaría de la Re•
  estudios correspondientes y con base en la opinión re•       forma Agraria.
  glamentaria emitida por la Delegación Agraria ,con fe•
  cha 17 de febrero de 1975, llegaron a la conclusión de       VISTO para resolver el expediente relativo a la priva•
  que el predio referido por sus características, constitu•       ción de derechos agrarios y nueva adjudicación. de
  ye una auténtica pequeña propiedad agrícola en explo-           unidad de dotaci6n, t!n el ejido del poblado deno•
. tación.                                                 -       minado "STA. MARIA MOYOTZINGO", Municipio
                                                                  de San Martín Texmelucan, del Estado de Puebla; y
      CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de
 que han quedado satisfechos los requisitos que esta•              RESULTANDO PRIMERO.-Por oficio número 5047
 blecen los artículos 249, 250, 257 párrafo primero, 258       de fecha 30 de junio de 1976, el C. Delegado de la Se•
 párrafo primero, 353 y 354 de la Ley Federal de Re•           cretaria de la Reforma Agraria en el Estado de Puebla,
 forma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21 al 27      solicitó a la Comisión Agraria Mixta, iniciara juicio pri•
 y demás relativos del Reglamento de Inafectabilidad           vativo de derechos agrarios, en contra del ejidatario
 Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo dispuesto          que se cita en el primer punto resolutivo de esta Reso•
 por los artículos 27 fracción XV de la Constituci6n           lución, por haber abandonado el cultivo personal de la
 P('}lítica de la República, 8 y 20. Transitorio de la Ley     unidad de dotación por más de dos años consecutivos
 Federal de Reforma Agraria, el ·suscrito Presidente           y consta en el expediente la segunda c('}nvocatoria de
 ConstItucional de los Estados Unidos MeXIcanos. tiene         fecha 20 de agosto de 1975 y el acta de la asamblea
 a bIen dictar el siguiente                                    general extraordinaria de ejidatatios, que tuvo verifi•
                         ACUERDO:                              cativo el 30 de agosto 'tIe 1975, en la que se t>ropuso
                                                               reconocer derechos agrarios y adjUdicar la unIdad de
      PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec•           dotación de referencia, al campesino que la ha venido
 tos de dotaci6n, ampliación o creaci6n de Nuevos Cen•         cultivando por, más de dos años ininterrumpidos y que
-tros de Población Ejidal, la superficie de 12-00-00 Has.,     se indica en el segundo punto resolutivo de la presente
 (DOCE HECTAREAS) de temporal, equivalentes a                  Resolución.           '           -
"6-00-00 Has., (SEIS HECTAREAS) de riego teórico, que               RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
 int~gran el prediO rustico "SIN NOMBRE", ubicado en           remiti6 a la Comisión Agraria Mixta y, dicho ortanis•
'SI Municipio de Villa Unión, Estado de Coahuila, pro.         mo, notificó el 22 de julio de 1976, al ejitlatario afecta•
 piedad de Rosa Isela Lira de Segura, con las colindan•        do, para qUE! compareciera a la audiencia de pruebas
 cias que se indican en el primer Resultando.                  y alegatos, misma que se llevó a cabo el 6 de agasto
                                                               de 1976, en la que se comprobó legalmente la proce•
-     SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de              dencia para la privación de derechos agrarios al ejida•
dnafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de        tario propuesto; de conformidad con lo dispuesto !'()r
  los a,t08 que se precisan en el Artículo 53 de la Ley        los artículos 426, 427, 430 v demás relativos de la Ley
  Federal de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar de•       Federal de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mix•
  rechos sobre terrenoS ejidales o comunales, se estad.        ta opinó que as proeedente la privación de sus derechos
 a lo dispuesto en dicho precepto jurídico.                    agrarios al ejidatario que se señala y el reconocimiento
                                                               que propone la Asamblea General Extraordinaria de
     . TERCERO.-Si la beneficiaria pO$teriorrnente ad•         Ejidatarios.      .
 qUIere otro predio rustico por sucesión, 1S0ciedad con•
 yugal, 5éciedad mercantil, copropiédad o cualquier otra            RESULTANDO TERCERO.-EI expediente rel¡¡tivo
 ti~ará las diligencias necesarias paar señalar   ¡
 f~rma legal, la Secretaría de la Reforma Agraria prac•
                                                   detel'•
 ll'unar los excedentes de la pequeña propieda mafee•
                                                               fue turnado a la SecretAría de la Reforma Agraria, Di•
                                                               rección Géneral d~ Derechos Agrarios, la qué hizG U1'1&
                                                               revisi6n del mismo, y comprObó la legalidad de las
 table y destinarlos a satisfacer necesidades agrarias         notificaciones y constancias p~entadas en este juicio;
 eOl'lforme a la Ley.             ,                            por lo que se turnó al Vocal tonsultivó Agrario corres•
                                                               pondiénte, con la opinión de que fuera attrohac!o p&r
        CUARTO.-EI certificado de il'lafectabiliClad C$Sar'    estar integracio correttamente; ~uien a $U vez, por ha•
  e>rt sus eféctos automáticamente ctll1'1do .su titular &u-   berlo encontrad.o ajustado al procedimieI'ltó de Ley, I~
 1~rice, induzca, permita o petsonalmente siembre, culo'       someti6 a la c()nsideraci6n cIel Cuetl'o ConsultivO Agra•
'tlve o. coseche en su predio mariFlla, amapola o              rio, el que emiti6 y aprobó su dictamen en sesión cele•
 'QUall!lwer otro estul'efaqente.          .                   brada el 30 de maY9 de 1978; y
CONSm!lANDO mM!RO.-Que el presente jui•                  diee: &ta4cs Utlid.os Mexieues.-$t!:tretarla de la )te.
 do jmvativo st ha seJUid~ de acudo ~D lés tráfttites         forma A,raria.
 p~istM e los artteulos 426, 427, 429, 430, 431 Y demá4
 r!lltivM de II Ley Federal de 1t~fbrma Agraria; hal:9iéft·   VISTO para res$lver el expMiente de bWectahifuiad
 iose ebm:f'!robado, pOr las co:tlStaI'lcias que obran en        afI'Ícola, relativo al predio rústico denominado
 antecedentes, que el ejidatario ha incurrido en la cau·         "CHINCHIS "8lUVAS", ubicado en el Municipio de
 ... de. privatión de derechos agrarios a que se refiere el      Namiquipa, Estado de Chihuahua, propiedad del
 articulé 85 frAcción I, de la propia ley, por haber             C. José Luis GGnzález Neira; y
 abandonado el cultivo personal de la unidad de dota·
 dén tIOr mlf; de dos afios consecutivos; que quedó opar·          R.ESULTANDO PR.IMERO.-Oue el C. Jos' Luis
 tunarntftt~ Mtificado, el ejidatario sujeto a juicio; y      Gó!l.Zález Neira, en .u carácter de p~tario, pOr es•
 fl1,lé, finalmente, se siguieron los p05ttriores trámites    mto de fecha 4 de octubre de 1973, dirigido al enton•
 14pl.s, procede privarlo de ws derechos agrarios y           ces Jefe del Departamento de Asuntos A¡rarios y (Jo.
 ca11celar el correspondiente Certificado de Derechos         lollizaeión, hoy secretario de la Reforma ~a, ~
 Agrarios.                                                    conducto de la IJelegación del Ramo en la Clta4a. !ñti.
                                                              dad Federativa, solicit6 la declaratoria de inafeetal;i•
     CONSIDERANDO SEGUNDO.-Q u e el campesino                 lidad agrícola y la expedición del certificado respecti.
 ae1alado, ae3Ú1l constancias tlue COrren agregadas al       vo para el predio mencionado, el que tiene una super•
 éltJ!)eltieDte, ha venido cultivando la unidad de dotación   ficie de 101-17-51 Has., de las cuales 4()..()(}.Q0 Has., son
 pár más de dos M.OS ininterrumpilios; y habiéndose           de rielO y 61-17-51 Has., de temporal, equivalentes a
 p~to el reconocimiento de sus derechos agrarios              70-58-75 Has., de riego teórico, dentro de las si¡uientes
 por la Asamblea General Extraordinaria de Ejidatarios,       colindancias: Al Norte, Lote Núm. 3. propiedad de
 celebrada ~l 30 de agósto de 1975, de acuerdo Cón lo         Efrén Nevárez lAya; al Sur, predio "El Mirador", pro•
 dist'ue$to por los artículos 72 fracción III; 200 Y demás    piedad de Ana Wiebe de Telcherob; al Oriente, predio
 apbcaeles dt la misma ley, procede reconocer sus dere•       "El Picacho", propiedad de Romelia R. de González y
 chós agrarios; y con fundamento en el artículo 69 de         al Poniente, Colonia Babícora.
 la mencionada ley, expedir su certificado correspon·
 diente.                                                          RESULTANDO SEGUNDO.-Oue el promovente
                                                              acreditó sU derecho de propiedad sobre el il'lmueble de
      Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos      referencia, mediante Escritura Pública No. 1060, de
 ya mencionados de la Ley Federal de Reforma Agra·            fecha 18 de enero de 1969, otorgada ante la fe del Lic.
 ria, se resuelve:                                            Feliciano Vidales Macouzet, Notario Público No. 10
                                                              con ejercicio en la Cd. de Chihuahuá, Chihuahua; ins•
      PRIME'RO.-Se decreta la privación de derechos           crita bajo el No. 75, a folios 139, volumen 115, Sección
 agrarios en el ejido del poblado denominado ··STA.           Primera, del Registro Público de la Propiedad de Gue•
 MARIA MOYOTZINGO", Municipio de San Martín Tex·              rrero, Chihuahua, el 20 de febrero de 1969; y acompa•
 melucan, del Estado de Puebla, por haber abandonado          ñó los planos de ley.
 el cultivo personal de la unidad de dotación por más
 de dos años consécutiv05, al C. Luis Tiempo Mota. En             CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge•
 consecuencia, se cancela el certificado de derechos agra· neral de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y A~
 rios que sé le expidió al ejidAtario sancionado, núme• cuaria y el Cuerpo Consultivo Agrario, realizadOs 1M
 ro: 1597307.                                                 estudios correspondientes y con base en la Ol'iniÓl'l re•
                                                              ¡lamentaria emitida por la DelegáciÓD ~a con fe•
      SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se cha 24 de enero de 1974, llegarón a la conc1usí6n d6
 adjudica la unidad de dotación de referencia, por ve• que el predio referido por Sil..O; características, constitu•
 nírla cultivando por más de d~ años ininterruml'idos, ye una auténtica pequefia propiedad agrícOla en eipl&•
 en el ejido del poblado de "STA. MARIA MOYOTZIN. tación.
 00" Municipio de San Martín Texmelucan, del Estado               CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de
 de ~bla, al C. Jesús Alonso Sánchez; consecuente• que han quedado satisfechos los requisitos que esta•
 mente, expidase su correspondiente Certificado de De• blecen lós artículos 249, 250, 257 párrafo primero, 251
 rechos A¡rarios, que lo acredite como eiidatario del párrafo primero, 353 y 354 de la Léy Federal dé Rtl~
 poelado de que se trata.                                     AgrAria, así como los artículos 6, 9, 13. 21 al Z1 Y de•
                                                              más rtlativos del R.egIamento de Inafectáhilidad Agri•
      TEJ..CER.O.-Publíquese esta Resolución, relativa a cola y Ganadera; de conformidad con lo dispuesto 1'01'
la priyación de de~chos agrat1!'l'S y nueva adjudicación los artículos 27 fracción XV de la Constituci6n Ptlfti.
de umdad de dotaCIón, en el ejIdo del poblado denomi. ca de la República, 8 y 20. Transitorio de la Ley Fede•
nado "STA. MARIA MOYOTZINGO", Municipio de San ral de Refbrma Agraria, el suscrito Presidente CGnsti•
.Martín Texmelucan, del Estado de Puebla, en el "Diario tucional de los Estados Unidos Mexicanos, tiene a bien
oacial" de la Federación y en el Periédico Oficial del dictar el siguientf
Gobierno de esa Entil!lad Federátiva; inscríbase y há•
gaMfl las anotaciones correspondientes en el Re21stro                               ACUERDO:
Airario Nacional; notifíquese y ejecútese.
                                                                  PRIMERO.-St declara inafectablepara 10$ ef«i•
     ~ en ~l ~alacio del Poder Ejecutivo de la Unión, tos de dotación, anIp'liación o creación de N~vos ca...
en M&ico, Distnto Federal, a 106 cinco dias del mes de t1"O$ ¡fe Población E]idal, la superficie de 101-11-51 Mas.,
~ciembre de .mil. novecientos setenta y ocho.-El Pre- (CIENTO UNA HECTAREAS, DIECISIETE AR!4S,
51dente ConstltucIonal de los Estados Unidos Mexica• CINCUENTA Y UNA CENTIAR.!AS) de las cuales
nos, JGIIé López i»CJrtillo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Se• 40-lJO.OO Has., (CUAR.ENTA HECTAREAS) son ~ rie($
~tario de II R.efol1'l'1a Agraria, AntoJÜo Toledo Con:o. y 61-17-51 Has., (SESENTA Y UNA HECTAJtEAS, Dr¡·
-lú'briea            e.        _                             CISIETE. AREAS, CINCUENTA Y UNA CENTIAlt.1A.S)
                                                             de tempt!ral, equivalente!! a 70-58-75 Has. (SETENTA
                                                             HECTAREAS, CINCUENTA Y OCHO AJt.EAS, SEttN·
ACUUDO .obre ~ UfteoIa, relativo al TA y CINCO CENTt.AJ.EAS) de rieto teérico, que il,lte•
     tndIó rdsdco ~o CbIilehls Brana, ubf,. gran el prMio rústiC0 den.,minado "CBINCHI6 BU•
     C!It.dct en el MlUlJclplo eJe Naudqulpa, Cbfh. (Regi... VAS", ubiea40 en el Mwúcipio de Namiquija, Estado
     trt.do coa el lllbltéro 3é86).                          ~e Chihuah1.lA, propiedad de José Luis González Neira,
                                                             eón las eolind.ancias que Se indican en el prin1er I.e•
     Al lUlWta Wl   _ne       ema -el Escuda Nadoaal, que aultedo.
DIARIO OFIC1JlL Lunes 22 de enero de 1979

     SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de ina•                      RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
 fectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de los            remitió a la Comisión A~raria Mixta v. dicho Orga•
 actos qUe se precisan en el artículo 53 de la Ley Fe•              nismo, notificó el día 4 de agosto de 1975, a los ejida•
 deral de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar de•                l<trIOS y ~uc<:sole~ atectado~, para que cumpaleue.an
 rechos sobre terrenos ejidales o comunales, se estará              a la AudIenCia de Pruebas v Alé'gato<;: misma Que ,e
 a lo dispuesto en dicho precepto jurídico.                         llevó a cabo el 20 de agosto de 1975, en la que se
                                                                    c~!llprobo legalmente la pJOcedencla para la prIva•
        TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad•              c!on de derechos agranos y sucesorios a los ejIdata•
 quiere otro predio rústico por sucesión, sociedad con•             nos propuestos; de conformidad con lo dispuesto por
 yugal, sociedad mercantil, copropiedad o cu,alquier otra           los Artículos 426, 430 V demás relativos de la Ley
 forma legal, la Secretaría de la Reforma Agraria prac•             Fe.deral 4e Reforma Agrana. La Comisión Agraria
 ticará las diligencias necesarias para señalar y deter•            MIxta opmó Q,ue es procedchte la privación de sus
                                                                    derechos agrarIOS a los ejidatarlos y sucesores que se
 i.>:.inar los excedentes de la pequeña propiedad inafecta•         señalan y. el reconocimiento que propone la Asamblea
 ble y destinarlos a satisfacer necesidades agrarias con•           General Extraordinaria de Fhdatarios.
 forme a la ley.
                                                                        RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo
      CUARTO.-El certificado de inafectabilidad cesará              ~e t1.!ffia~~ a la Secretaría de la Reforma Agra•
 en sus efectos automáticamente cuando su titular auto•             n.a, DIrecclO~. geperal de Derechos Agrarios, la que
 rice, induzca, permita o personalmente siembre culti•              hIZO una reVISlOn del mIsmo, y comprobó la legalidad
 ve o coseche en su predio mariguana, amapola ó cual•               de las notificaciones y comtancias presentadas en este
 quier otro estupefaciente.                                         juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•
                                                                    rio correspondiente, con la opinión de que fuera apro•
     QUINTO.-PubIíquese el presente Acuerdo, por el                 bado por estar llltegrado correctamente; quien a su
 qUe se declara la inafectabilidad agrícola del predio              vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento
 rústico denominado "CHINCHIS BRAVAS" ubicado en                    de Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Con•
 el Municipio de Namiquipa, Estado de Chihuahua en el               sultivo A2:ra r io, el alle ('mitió v anroh6 "l1 rl ,., <,men
 "D!a.rio Oficial': de la Federación y en el Periódico              en sesión celebrada el 29 de noviembre de 1977; y
 OfICIal del GobIerno del Estado referido inscríbase en
 el Regi.stro Agrario Nacional y expídase' el certificado               CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•
 respecÍlvo.                                                        cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá•
                                                                    mites preVIstos en los ArtícuLos 426 429, 430, 431 Y
     D~~o en ~l P~lacio del Poder Ejecutivo de la Unión,            demás relativos de la Ley Federal d~ Reforma Agra~
en Mexlco, DIstrito Federal, a los seis días del mes de             ria; habiéndose comprobado por las constancIas que
d,iciembre de .mil. novecientos setenta y ocho.-EI Pre•             obran en antecedentes, que los ejidatarios y sus he•
SIdente ConstltuclOnal de los Estados Unidos Mexica•                rederos han incurrido en la causa de privación de
nos, José Lóp¡,z PortilIo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Se•                derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el Ar•



                                     -
cret~rit? de la Reforma Agraria, Antonio Toledo Corro.              tículo 85, Fracción 1, de la propia Ley, por haber
-Rubnc;.;.                                                          abandonado el cultivo personal de las unidades de
                                                                    dotación por más de dos años consecutivos; que que•
                                                                    daron oportunamente notificados los ejidatarios y su•
 RESOI,velON !;f'hre "rlvación de ifer"!chOIl a,..ratio'l v         cesores sujetos a juicio; y que, finalmente, se sigUIe•
    nuevas adjudicaciones -de unidades de dotación                  ron los posteriores trámites legales, es procedente
    y reconocimiento de derechos agrarios en el ejid~               privarlos de sus derechos agrarios y sucesorios, y
    del poblado denominado El Ranchit~, Municipio                   cancelar los correspondientes Certificados de Derechos
    de Cosala, Sin. Registrada con el número 3382).                 Agrarios.

  . Al margen un ~ello con el Escudo Nacional. que                      CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos
 dIce: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•               señalados, según constancias que corren agregadas al
 forma AQ'raria.                                                    expediente, han venido cultivando las unidades de do•
                                                                    tación por más de dos años ininterrumpidos, y ha•
 VISTO. para resolver el e'lCpediente relativo a la pri•            biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos
    V:1rJ()" de (lQrp('ho~ a"r;¡rio~ v nuevas ldillrlkacir¡•        agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de
    nes de unidades de dotación y reconocimiento de                 Ejidatarios celebrada el 2 de mayo de 1974, de acuer•
    derechos a~rarios, en el ejido del poblado deno•                do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción IJI;
    mmado "EL RANCHITO", Municipio de Cosala, del                   74 Fracción n, 200 y demás aplicables de la misma Ley,
    Estado de Sinaloa; y                                            procede reconocer sus derechos agrarios; y con fun~
                                                                    damento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, ex•
        ttP~rrl1'  NDO PIHMFRO -lr¡fI~ta "r¡ el e ... n"rljt"'1-   pedir sus Certificados correspondientes.
 te la segunda convocatoria de fecha 24 de abril de
 1974, para la Asamblea General Extraordinaria de                       Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu•
 E;iidatarios, relatIva a la privación de derechos agra•            los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma
 r!os y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se             Agraria, se resuelve:
 CItan en el primer punto resolutivo de esta Resolución
 por haber abandonado el cultivo personal' de las uni.                  PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos
 ~hrl,,~ rln df'hri,'.'1 nor rn"~ nI' rlos afír,s ron~p"lItiv('~'   agrarios en el ejido del poblado denominado "EL RAN•
 a,amblea que tuvo verificativo el 2 de mayo de                     CHITO", Municipio de Cosala, del E,tado de Sinaloa,
 1974, en 1,1 nne se propu,o reconocer derecho.;; agr~·             por haber abandonado el cultivo personal de las uni~
 rios V adjudIcar la~ unidades de dotación de refe•                 dades de dotación por más de dos años COll'iecutivos,
 rencia, a los campe~inos que las han venido cultivando             a los CC. l.-Calixto Cárdenas. 2.-Cipriano Cárdenas,
 por rn-'¡s el p r'1~ 8ño~ inintl'rrllTYl"idos V qut" ,e inc1i•     3.-Santana Cárdenas, 4.-JesÚs Castañeda, S.-Jesús
can en el segundo punto resolutivo y se reconozcan                  Castañeda Jr., 6.-Reynaldo Castañeda, 7.-Agustín Ce•
derechos agrarios a Jos campesinos que se citan en el               breros. 8.-Florencio Cebreros, 9.-Gregorio Cebreros,
tercer punto resolutivo, va Que han venido cultivando               10 -Angel García, ll.-Aurelio García, 12 -Bernabé
unidades de dot2.ción por más de dos años ininterrum•               García, 13 .-Guillermo García, 14 -Manuel García, 15.
pirlr¡s V aue con e<;to no se rehasa el número de bene•             -Nicolasa Lechuga 16 -David Lizárraga, 17. -Guada•
rr:,.r',,<; T'''r h Rf'~olJlción Precirlenri"l de dotl'lción        tupe Madero, 18. - Alfonso Martínez, 19. - Eugenio
cl~ p¡;rlr, de fprh" 24 de f)18rZO de 1937, pTlblicada en           Mendoza, 20.-Antonio Rojo M., 21.-Francisco Sara•
el "ni'lrio Oficial" de la Federación el 17 de iunio                bia V., 22.-Trinidad Sarabia, 23 -Candelario Urrea,
de 1937.                                                            24.-Loreto Urrea. 25.-Silveria Urrea, 26. - Doloret
Lunes 22 de enero de 1979                         BIA"IO OPICIAL

  García, 27.-Pablo Lizárraga y 28.-José Sarabia. Por           Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo d. la
  la misma ra:z;ón se privan de sus derechos sucesorios     Unión, en México, Distrito Federal, a los veintidós días
 agrarios a los CC. 1.-Cleofa6 Castañeda, 2.-Ramón          del mes de noviembre de mil novecientos setenta y
 Castañeda, 3.-Ricardo Castañeda. 4.-Santos Cárde•          ocho.-El Presidente Constitucional de los Estados
 nas, S.-Francisco Meza, 6.-Rita Meza, 7.-Micaela           Unidos Mexicanos, Jo-' López PortIIIo.-ltúbrica._
 Meza, S.-Ernesto Cebreros, 9.-Margarita Cebreros,          Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, Ano
 lO.-Cleofas González, ll.-Crescencio Cebreros, 12.         tonio Toledo Cono.-ltúbrjca.
 -Pablo Cebreros, 13.-Isaura Urrea, 14.-Manuel Gar•
 cía, 15.-Guadalupe Garda. 16.-Virginia Lizárraga, .,
                                                                                          •
 17. - Tiburcia García, 18. -Faustina Martínez, 19. -Se•    RESOLUCIQN sobre privación de clerechos agrarios
 bastián Urrea, 20.-Manuel Urrea, 21.-Lucrecia Oc.hoa,         y nuevq adjudicaeloJw de UDlcI. . de dotactón,
 22.-Rigoberto Lizárraga, Z3.-Librada García, 24.•             en el ejklo del pobIawlo deaomiDado La ~
 Heriberto Lizárraga, 25.-Aurelia Madero, 26.-Nativi·          Municipio de Linares, N. L (Registrada con el nú.
 dad Martínez, 27.-Hilaria VilIaseñor, 28.-José Rojo,          mero 3697),                                      i
 29.-Natividad Rojo, 30.-Lucinda Cebrero:s, 31.-Jor•
 ge Urrea, 32.-Rosa Urrea, 33.-Rosario Urrea, 34.•              Al margen un sello con el Escudo Nacional, qu'
 Juan FiguerQa, 35.-Trinidad Figueroa, 36.-Felícitas        dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la RI't<
 Medina, 37.-Miguel Lizárraga y 38.-José Lizárraga..        forma Agraria.
 ~n consecuencia, se cancelan los Certificados de De•
 rechos Agrarios qlle respectivamente se les expidieron     VISTO para resolver el expediente relativo      a la pri.
 a los ejidatarios sancionados. números 124817. 124818,        v~cion de derechos agrarios y nuevas         adjudIca•
 124820, 124822, 124823, 124824, 124825, 124826, 124827,       ClOnes de unidades de dotacion en el        ejido del
 124829, 124830, 124831, 124833, 124834. 124835, 124836,       poblado denominado "LA ESCONDIDA",          Municipio
 124838, 124839, 124841, 124843, 124845, 124847, 124848,       de Linares, del Estado de Nuevo León;       y
 124850, 124851, 124855. 124856 Y 124859.
                                                                 RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien.
     SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se           te la segunda convocatoria de fecha 16 de febrero
 adjudican las unidades de dotación de referencia, por      de 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de
 venirlas cultivando por más de dos año ininterrumpi•        Ejidatarios, relativa a la privación de derechos agrarios
 dos, en el ejido del poblado de "EL RANCHITO", Mu•         y sucesorios en contra de los ejidatarios que se citan
 nicipio de CosaIa, del E~tado de Sinaloa, a los CC. 1.     en el primer punto resolutivo de esta ReSQlución, por
-Encarnación RueIas Sánchez, 2.-Pedro Cárdenas Sa•          haber abandonado el cultivo personal de las unidades
 rabia, 3 -Raúl Gan'la MarlÍne7. 4.-05car Carneas Sa•       de dotación por más de dos años consecutivos; asam.
 rabia, S.-Antonio Castañeda Cebreros, 6. - Roberto         blea que tuvo verificativo el 23 de febrero de 1975 en
Castañeda Cárdenas 7 -Domingo Castañeda Madero,             la que se propuso reconocer derechos agrarios y' ed~
S.-Epifanio Castañeda Cebreros, 9.-Alberto Castañe•         judicar las unidades de dotación de referencia, 8 los
da Cebreros, IO.-JesÚs Castañeda Cebreros, 11.-Can•         campesinos que las han venido cultivando por más
delario Celis Ramos I2.-Servando Zazueta Félix, 13.         de dos años ininterrumpidos y que se indican en el
-Bernardo Madero 'Barraza, 14.-Miguel García Cas•           segundo punto resolutivo de la presente Resolución.
tañeda, Is.-Antonio Urrea Rojo, 16.-Ricardo Urrea
Rojo, 17.-José Luis Martínez Madero, lB.-Arturo                 RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
Rojo Montenegro, 19.-José Aco~ta Ochoa, 20.-Ger•           remitió a la Comisión Agraria Mixta v. dicho Organis•
mán Maduefío Urrea, 21 -FranCISCO Urrea Cebreros,          mo, notificó el 17 de abril de 1975, a los eiidata.
22.-Camilo Castañeda Madero, 23.-Julio Urrea Ba•           ríos y sucesores afectados, para que comparecieran
naza. 24.-He 1¡ouoro G"rCÍa Ca~tañeda, 25 -Pf'dro          a la Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma que se
González Mendoza, 26.-Ubaldo Barrara Urrea, 27.•           llevó a cabo el 7 de mayo de 1975, en la que se
Arcenio Martínez Garda v 28.-Adán Garda Barraza:           comprobó lel!;almente la procedencia para la privación
consecuentemente, expídanse sus correspondientes Cer•      de derechos agrarios v sucesorios a los ejidatarios pro.
tificados de Derechos Agrarios, que los acredite como      puestos; de conformidad con lo dispuesto por los Ar.
ejidatarios del poblado de que se trata.                   tÍCulos 426. 430 V demás relativos de la Ley Federal de
                                                           Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta opinó Que
      TERCERO.-Se reconocen derechos agrarios por          es procedente la privación de sus derechos a¡zrarios
 venir cultivando unidades de dotación por más de dos      a los ejidatarios y sucesores que se señalan, y el reco•
 años ininterrumpidos. en el eiido del poblado de "EL      nocimientú que propone la Asamblea General Extraor•
 RANCHITO , Municir>io de Cosala. del Estado de Si•        dinaria de Ejidatarios.                                  .
naloa, a los CC. 1.-Rubén Urrea Beltrán. 2 -Reynal•
do Castañeda Madero. 3,-Javier Urrea Beltrán, 4.•               RE$ULTANDO TERCE!'RO.-EI expediente relativd
Lorenzo Celis Ramos, 5 -Natividad Madero Barraza,          fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agra•
6.-Ignacio Ca·<;tañeda Cebreros, 7 -José Manuel Quin•      ria, Dirección General de Derechos Agrarios. la que
tero Ramos. 8.-Ennque Martíne7. Madero. 9.-Agus.           hizo una revisión del mismo, y comprobó la legali.
tín Silva Madero. lO.-Migue] Fmnco Bustamante, 11.         dad de las notificaciones y collBtancias presentadas en
-Antelmo Urrea Sarabia. 12 -Ricardo Lechuga Ce·
breros v 13. -Candelario Rojo Montenegro; consecuen•
                                                           este jUicIO; por lo que   se turnó al Vocal Consultivo
                                                           Agrario correspondiente. COn la opinión de que fuera
temente. expídaseles sus correspondiente'! Certifica•      aprobado por ('<;tar integrado correctamente; quien a
dos de Derechos Agrarios, que los acrediten como eji•      su vez por haberlo encontrado ajustado al procedi.
datarÍos del poblado de que se trata. En la inteli~en­     miento de Ley. lo sometió a la consideración del Cuero
da de que con esto no se reha~a el número de bene•         po Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dic•
ficiado", con la Resolución Pre<;idenciaI de dn+"''''.sn   tamen en sesión celebrada el día 25 de abril de 1978; y
de ejido.
                                                                 CONSlPERANDO PRlMERO.-Oue el presente iui.
     CUARTO.-Publíquese esta Re<;01uci6n, relativa a la    cio privativo se ha seguido de aClnm,lo con los- trámites
privación de derechos agrarios v nuevas adjudicacio•       previstos en Jos Artículos 426, 429, 430, 431 Y demás
nes de unidades de dotación v reconocimiento de de•        relativo<; de la Lev federal de Refonna Agraria; ha•
rechoq agrario~, en el eiido del noblado de "EL RAN•       biéndose comprobado, por las constanci<l<¡ que obran
CHITO', Municinío de Cosala del Estado de Sinafoa,         en antecedentes, que los ejidatarios V sus herederos
en el "Diariq Oficial" de la Federadón V en el Perió•      han illcurrido en la causa de privación de derechos agra•
d'co .ofidal dt;l Gohif'rno Uf' e.;a Entidad Federativa;   rios v sucesorios a que se refiere el Artículo 85 Frac•
inscnbase. y haganst' la .. anotaciones correspondientes   ción l, de la propia Lev, llor hab0r abAndonado el cul.
en el Reglstro Agrario Nacional: notifíquese y ejecú•      tivo personal de las unidades de dotación por más
tese.                                                      de dos años consecutivos; que quedaron oportunamen-
'OJA.JO OFICIAL                        Lunes 22 de enero de 1979
te notificados los ejidatarios y sucesores sujetos a             Municipio de Linares, del Estado de Nuevo León a
juicio; y que, finalmente, se siguieron los posteriores          l<;ls CC. l.-Crescencio Cortez Ramírez, 2.-Pablo BlÍce•
trámites legales, es procedente privarlos de sus dere•           no Meza, 3.-Elías Tovar Tovar, 4.-Pedro Ramírez
chos agrarios y sucesorios, y cancelar los correspon•            Meza, S.-Arturo Ramírez Carrillo 6.-José Robles Ca•
dientes Certificados de Derechos Agrarios.                       rrillo, Yáñez, 7.-Ignacio Carrillo '1., 8.-Ma. de Jesús
                                                                 G~)JlZalez Ier~a, 9.;-Servando Murillo MedelIín. 10.•
    CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                     RIcardo Ramlrez Gamez, 11.-J. Santos Ramírez Gámez
seña1ados, según constancias que corren agregadas al              l~.-:-Ma. C;oncepción Ramírez Rodríguez, 13.-Ramór{
expediente, han venido cultivando las unidades de dota•           ~al~nas Gom~z. 14.-Abel Martínez Salazar ,15.-Féhx
ción por más de dos años ininterrumpidos, y ha•                   Salu:tas Hernandez, 16.-Lino Soto Hernández, I7.-Raúl
biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos              Munllo Hernández, I8.-Ramona Castro Gallegos 19-
agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de                Dominga García Jiménez, 20.-J. Santa Ana Alvarez A.
Eiid'ltqrio,> celehrada el 23 de febrero de 1975. de              21:-María. Martínez G., 22.-José Alonso Toyar Z., 23.~
acuerdo ~on lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción            RIta Ramlrez R., 24.-Francisco Martínez Martínez 25
lII; 86, 2UU y üema!> apl¡¡;ables de la mIsma Ley,                -J. Guadalupe Martínez Salazar, 26.-Cnstina Car~ill¿
                                                                  L., 27.-J. Luis Medellín Ramírez, 28.-Teresa Eliseno
    Por lo expuesto v con fundamento en los Artículos             M., 29.-Miguel Cerda Alejo, 30.-Pedro Martínez Váz•
y~ mencionados, de -la ley Federal de Reforma Agra•               quez, 31.-Jo~quín Martínez Carranza y)2.-Crescencio
na, se resuelve:                                                  Cortez GarcIa; consecuentemente expldanse sus co•
                                                                  rrespondi~ntes Certlfi~ados. de Derechos Agranos que
 . PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos                   lo~ acredlte como eJldatanos del poblado de que se
agrarios en el ejido del poblado denominado "LA ES•               trata.
CONDlDA", Municipio de Linares, del Estado de Nue·
vo -León, por haber abandonado el cultivo personal                   TERCERO.-Publíquese esta Resolución relativa a
de las unidades de dotación por más de dos años                  la prIVaCIÓn de derechos agranos y nuevas ad judIca·
cons'eétitivos, a los CC. l.-Ramón Alvarez, 2.-Loren·            ClOnes .de unidades de dotaClón, en el ejido del poblado
zo Meza, 3.-Víctor Tovar, 4.-Rosalio Tovar, 5.-Ar·               denommado "LA ESCONDIDA", Municipio de LIllares,
nulfo C~rrill<?, 6.-Refugio Navarro, 7.-MarÍa López,             del Estado de Nuevo León en el "DIano Oficial" de
8.-Roman Vazquez, 9.-Cavetano Tovar, lO.-Feliciano               la Federacion v en el Penodlco OlIelal del GobIerno
Toyar, ~1.-MIguel Rodríguez, 12.-Luciano Ramírez, 13.            de esa Entidad Federativa, inscríbase v háganse las
-OctaYlaI~O Ramírez, 14.-Valentina Balderas, IS.-Vi•             anotaciones correspondientes en el Registro AI""'U10
cente Salmas, 16.-Francisco Martínez, 17.-Anastacio              Nacional; notifíquese y ejecutese.
Juatcz, I8.-José María Ramirez, 19.-Mauricio Rami•
réz: 20:-Pedro AIyarez, 21.-Proquinto Hernández, 22.- ,             Dada en el Palacio del Poder E jecutivo de la
Juhán rOyar, 23.-José Medellín, 24.-Eusebio Cerda 25.            Unión, en MéXICO. DIstnto Federal, a los seIS días del
-Cecilia Salinas. 26.-Paulín Ramírez, 27.-Santos 'To•            mes de dlClembre de mI! novecientos setenta y ocho.•
rres, -28.-Aurelio Meza, 29.-Brígido Cerda, 30.-Juan             El PreSidente Constitucional de los Estados Ul1ldos
NaYarro, 31.-Antomo Alvarado v 32.-Pedro Alvarel..               Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase:
                                                                 El Secretano de la RefOlma Agraria, Antonio Toledo


                                                                                               -
~or la ffilsn,la razón se privan de ~us derechos agra•
nos suce<;onos a los CC. l.-Vicenta Martínez 2,-Vi·              Corro.-Rubrica.
cente' Alvarez, 3.-Francisco Alvarez 4.-RamÓn Alva·
rezo -S.-Aurelio Aly,arel, 6.-Facunda 1lya1'ez, 7.-Guada•
lupe. Alvarez, 8.-Felícitas Toyar, 9.-Abdón Meza, 10.•
R~t~ Revna Tovar, H.-Ignacio Tovar, 12.-Ma. Luisa                 RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios
Tm'ar, 13.-Ji,lamta Tovar, 14.-Bernarda Toyar, 15.•                  y nuevas adjudicaciones de IInidades de dotación,
Ignacio Carnllo, 16.-Petra López, 17.-María Gonzalez                 en el ejido del poblado denominado Presa de los
 18.-:Gua~alupe Vázquez, W-Teodoro Vázquez, 20.~                     Fresnos. Municipio de Mina, N. L. (Registrada con
Ofeha Vazquez,. 2L-Eulaha Vargas, 22.-Trinidad To•                   el número 3696),
var, 23.-Franclsco Tovar, 24.-Gorgoma Tovar 25.•
Virginia Pérez, 26.-Pedro Toyar, 27.-Guadalupe Oroz·                 . Al margen un sello con el Escudo Nacional. que
 co,,28.-Anastacia Rodríguez, 29.-Ascención Ramírez               dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•
 30,-Maria Luisa Alvarez, 3L-Carlos Herrera Balderas:             forma Agraria.
 32.-Romana Gómez, 33.-Guadalupe Salazar, 34.-Abel
 Martínez, 35.-Guadalupe Martínez, 36.-Modesta Alva•              VISTO para resolver el expediente relativo a la pri•
 r1!d.o.37.-Alfonso Juárez, 38.-Mario Juárez, 39.-María              vación de derechos agranos y nuevas ad judlCa·
 Ema . Juárez, 40.-María Luisa Juárez, 41.-Mana de                   dones de unidades de dotación, en el elido del
 Je~ús Zamora, 42.-José Angel Ramírez, 43.-Juan Ra•                  poblado denominado "PRESA DE LOS FRESNOS",
 mlrez, 44.-Alejandra Ramírez, 45.-Dominga Rivera, 46.               Municipio de Mim~, del Estado de Nuevo León; V
 -Juana. Aguíllón, 47.-Concepción Zamora, 48.-Carlos
 Toyar, 49.-Margarita Cerda, 50.-Miguel Cerda.                        RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-
                                                                  te la segunda convocatoria de fecha 18 de agosto de
     '51.-Teresa Morado, 52.-Ma. Luisa Salinas 53.-Tri·           1975, para la Asamblea General Extraordinaria de E p•
 nidad Hernández, 54.-Carlota Navejar, 55.-Micaela Ro•            dataríos, relativa a la privación de derechos agranos
 dr~uez, 56.:-María Hernández, 57.-Julio Navarro, 58.•            y sucesorios, en contra de 105 t:jidatarios que se citan
 Lmsa Carnllo, 59.-José Alvarado, 60.:-Luis Alvarado,             en el primer punto resolutivo de esta Resolución pOI."
 61.-Juan Alvarado, 62.-Felipa Alvarado, 63.-María Al·            haber abandonado el cultivo personal de las unidades
 varado, 64.-Rosalva Alvarado, 65.-01ga Alvarado, 66.•            de dotación por mas de dos años consecutivos; asam•
 María Luisa Alvarado v 67.-Tomás Ah'arado:En con~e­              blea que tuvo verificativo el 26 de agosto de 1975, en
 c!1encia, se cancelan los Certificados de Derechos Agra·         la que se propuso reconocer derechos agranos y all•
 nos que respectivamente 'le les expidieron a los eji·             judicar las unidades de dotación de referencia, a los
 datados sancionados. números: 946874, 946893. 946913,            campesinos que las han venido cultivando por más
 946915, 946876. 946895, 946884, 946919 946911 946911 .,           de dos años ininterrumpidos y que se indican en el
 946906, 946902, 946899, 946918, 946908' 946885' 946917: "        segundo punto resolutivo de la presente Resolución.
 946901, 946904, 946873, 946883, 946914: 946892: 946880, ..
 946807, 946903, 946910. 946894, 946879, 946896, 946870 Y             .RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
 946875.                                                           remitió a la Comislon Agraria Mixta y, dicho Orga•
                                                                   nismo, nottficó el 19 de septílO'mbre de 1975, a los eíi·
     S1=?GUNDO.-<;;e recnnlJr",n (I"r<;,chn<; aOT¡lfi()¡; V ~e     dataríos v Sl1cesores afccl8do". para que compare•
 adjudican las unidades de dotación, de .referencia., por          CIeran a la Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma
 venirlas cultivando por más de dos años ininterrum•               que se llevó a cabo el 15 de octubre de 1975, en
 pidos. en el ejido del poblado de "LA ESCONDIDA".                 la Que se comprobó legalmente la procedencia nara
Lunes   ,(.J.   ae enero ae 1":J J ':J      DIAK1'U            U.l~IAl                                         31
la. privación de derechos agrarios y sucesorios a los          19,-Daniel Mata, 20.-V. Zamarrón, 21.-Alvina Delga•
eJldatanos propuestos; de coníormldad COI! lo dis•             do, 21-Mana Carreón, 23 -Juana Nava. 24.-José Na•
puesto pur los Al tlculos 426, 430 Y demas relatJ'os          va ,25.-Jo!>é Martmez, 26.-Mana Torres, 27.-Joscla
de la Ley Federal de Reforma Agraria. La Comisión              MartíricL, 28.- Julia Nava, 29.-Juana Torres, 3O.-A.
Agrana Mixta opmo que es procedente la pnvación                .Hracamomes, 31.-A. Larreón, 32 -lVlarganto Can eón,
de sus derechos agrarios a los eJidatarios y suceso•           33.-María Carreón, 34.-LuClO Garcla, 35.-D. Martínez,
res que se señalan, y el reconocimiento q~e propone            36.-A. Garua, 37.-Apoloma Robles, 38.-Angela Mata,
la A~amblea General Extraordmaria de Ejldatanos.               39.-JesÚs López, 40.-María S" 41.-M. Hernandez, 42.
                                                               -Tnmdad Lopez, 43.-E. Montelongo, 44.-LuCIO Mon•
     RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo                telongo, 45.-1sáuro López, 46.-Manuel Guar y 47.•
fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria,             Guadalupe López. En consecuenCIa, se cancelan los
Dirección General de Derechos Agrarios, la que hIZO            Certlhcados de Derechos Agrarios que respectlvamen-•
una revisión del mismo. y comprobó la legalidad de             te se le~ expidieron a los eJidatarios sanCIOnados, nú•
las notibcaclOnes y constancias presentadas en este            meros: 164654, 164636, 16464U, 164642, 164647, 164648, ••
juiclO, por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•           164651, 164656, 164657, 164658, 164661, 164662. 164003,
no correspondiente, con la opinión de que tuera apro•           164635, 104641, 164643, 164644, 164645, 164646, 164649,
bado por estar mtegrado correctamente; quien a su               104650, 164652, 164653, 164655 Y 164659.
vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento
de Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Con•              SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se
SUltiVO Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen            adjudican las umdades de dotaCión de reterencia, por
en sesIón celebrada el 30 de agosto de 1977; y                 venirlas cultivando por mas de dos años mmterrum•
                                                               pidos, en el ejido del poblado "PRESA DE LOS FRES•
      CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•               NOS", MUruCipIO de Mma, del Estado de Nuevo León,
cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá•            a los CC. l.-José Angel Pérez RodngueL, 2.-Franclsco
lilltes previstos en los Articulos 426, 429, 430 431 Y         Villarreal E~cobedo~ 5.-Mauro Reyna Amaro, 4.-Juan
de mas r~lativos de la Ley Federal de Retormá Agra•            Hernández Lopez, :>.-Deltmo Guel López, Ó.-AlltuUiG
na, habIendm.e comprobado, por las constanCias que             Vl11arreal Escobedo, 7.-Juan de DiOS Ramírez VIlla•
obran en antecedentes, que los e]idatarios y sus he•           rreal, 8.-TIburclO Pérez VÜlarreal, 9.-Gabmo Reyna
rederos han mcurndo en la causa de privación de                Amaro, 10.-Juan VIllaneal Escobedo. 11.-Rubéll Vi11a•
del echos agranos y sucesorios a que se refiere el             rreal Escobedo, 12.-RIgoberto Vlllarreal Escobedo y
Articulo 85 Fracción l, de la propia Ley, por haber            13.-Jose Regmo GarcIa; consecuentemente, expídanse
abandonado el CUltIVO personal de las unidades de              sus corresponCllentes CeI tJtICado~ de Derechos Agranos
dotación por má~ de dos años consecutIVos; que que•            que los acredite como eJidatanos del poblado Ile que
UMun oportunamente notiticados los ejidatanos " su.            se trata, y el relatlvo a la Umdad Agncola Industrial
cesores sujetos a jUicio; y que, finalmente. se sigUie•        para la MUJer, misma que se turmara en la Ullldad
ron los posteriores trámites legales; e~ procedente            de dotdclOn que perteneCiÓ al titular pnvado AlbIllO
pi Ivarlos de sus derechos agranos y sucesonos, y can•         Nava; a~imlsmo se dedaran 11 umdade!> de dotacJOn
celar los correspondientes Certificados de Derechos            "acantes para postenormente ser adJudIcadas.
Agrarios.
                                                                   TERCERO.-Pubhquese esta ResolUCIón, relatIva a
     CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                  la pnvación de derecho!> agrarios) nuevas adJudica•
señalados, según constancias que corren agregadas al           ClOnes de umdades de dotación, en el eJido del po•
e-..ped¡ente, han venido cultivando las unidades de do•        blado de "PRESA DE LOS FRESNOS", MUillCipIO de
tación por más de dos años imnterrumpidos, y ha•               Mma, del Estado de Nuevo León, en el "Diano OfIcial"
bIéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos           de la FedelaCión y en el Penódlco OfiCial del GobIerno
agranos por la Asamblea General Extraordinaria de              de esa Entidad Federativa; mscríbase y háganse las
E Jldatanos celebrada el 26 de agosto de 1975, de acuer•       anotaciones correspondientes en el Registro AgrarIO
do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción              NaCIonal; notItíquese y eJecutese.
nI; 84, 104, 200 y demás aplicables de la misma
Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; y con                Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
fundamento en el Artículo 69 de la menCiOnada Ley,             Unión, en MéXICO, Distnto Federal, a lu~ seis días
t:XPCdll sus Certificados correspondientes.                    del mes de diciembre de mil novecientos setenta V
                                                               ocho.-El Presidente ConstItucional de los Estados
    Por lo expuesto y con fundamento en los Artículos          Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.•
ya menclOnados de la Ley Federal de Reforma Agra•              Cúmplase: El Secretano de la Reforma AgrarIa, An•
                                                               tonio Toledo Corro.-Rúbnca.

                                                                                           -
na, se resuelve:
     PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos
agranos en el ejido del poblado denominado "PRESA
DE LOS FRESNOS", MuniCipio de Mina, del Estado de RESOLUCION sobre privación de dereChOS eranos
Nuevo León, por haber abandonado el cultivo perso•          y nuevas adjudicaciones de un,idades de dota~,
nal de las unidade~ de dotación por más de dos años         en el ejido del pobhtdo denominado Vista HeriJlo.
consecutivos, a los CC. l.-Andres Cruz, 2.-Tomás Gon•       sa, Munkipio de Matamoros, Tam. (Registrada con
zález, 3.-Marcelino Martínez, 4.-José Nava, S.-Ismael       el número 3702).
Cruz, 6 -Natividad Guel, 7.-Félix Hernández, S.-Sa•
blllo Peña, 9.-Hlpólito Rodnguez, 10.-Domingo Zúñiga,       Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
11 -Damel Mata, 12.-Manuel Zavala, 13.-Damasio Ló• dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•
pez, 14.-Paula Ecobedo, 15.-Ursulo Martínez, 16.• forma Agraria.
Albmo Nava, 17.-J. Santos Rodríguez, I8.-Delfino Bra•
camontes, 19.-Pedro Carreón, 20.-Juan García, 21.• VISTO para resolver el expediente relativo a la -pri•
Gregono Galván, 22.-Jorge López, 23.-Alberto Hernán•        vación de derechos agrarios y nuevas adjudica•
dez, 24,-Cástulo Montelongo y 25.-Porfirio López. Por       ciones de unidades de dotació~ en el ejido del
la misma razón se privan de sus derechos sucesorios         poblado denominado "VISTA HJ:.RMOSA", Munici•
agrarios a los CC. l.-Jesús Cruz, 2.-Eusebia Nava, 3.       pio de Matamoros, del Estado de Tamaulipas; y
-Candelario González, 4.-Benito González, S.-Ruperto
Martínez, 6.-Cayetana Nava, 7.-Lorenza Rayna, 8.-           RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•
Mauriho Cruz, 9.-Manuel Cruz, lO.-Guadalupe Contre- te la segunda convocatoria de fecha 22 de julio de 1975,
ras, n.-Lucio Guel, 12.-Eligas Guel, 13.-Toribio Her- para la Asamolea General Extraordinaria de Ejidata•
nández, 14.-Alfonsa Molina, 15.-José Hernández, 16.- - nos, relativa a la 'privación de derechos agrarios y
Agapita Del2ado. 17.-C. Rodríguez. lS.-Felipa Robles, . iUC~Qr~o~.·en contra de los ejidatarios que se citaD . .
                                                       •   _          "    t     "   ...
DIARIO OFICIAr; Lunes 22 Cle enero é:le 1979
el primer punto resolutivo de esta Resolución, por ha•       -Jo5é TIspinoza Torres, 3.--CeJia Mancha Sáenz, 4.•
ber abandonado el cultivo personal de las unidades           Leonardo Rodríguez Hernández, S.-Pedro Martínez San•
de dotación por más de dos años consecutivos· asam•          tillana, 6.-Federico Agmrre Reta, 7.-Rafael Montes
blea que tuvo verificativo el 30 de julio de Í975 , en       Garcia, B.-Felipe Zertuche Tamez, 9.-Jorge Torres P~,
la gue se proJ?uso reconocer derechos agrarios y ad•         lomares, 1O.-FrancIsco Sánchez Garza, H.-Ignacio
judicar las urudades de dotación de referencia a los         TrevIño Salís, I2.-JesÚs Garza Rivera. B.-LUIS Gu•
campesinos que las han venido cultivando por más             tiérrez Buentello, 14.-Manano Sánchez Carrizales, 15.
de dos años ininterrumpidos y que se indican en el           -P/Óspero García Cerda, 16.-PatriclO Villafranco Cruz,
segundo punto resolutivo de la presente Resolución.          17.---Alberto Sánchez C., y lB.-Pablo Sánchez. Por la
                                                             misma razón se privan de sus derechos sucesorios agra•
       RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se               rios a Jos CC. 1.-Leonor Hetnández, 2.-Dolores Le•
r~mitiÓ a .I~ ,Comisión A~raria Mixta y, dicho Orga•         dezma Molina, 3.-PIedad Mernández, 4.-Guadalupe
DIsmo, notIflco el 4 de septIembre de 1975, a los ejidata•   Martíne7, S.-Juana T. Rodríguez, 6.-Gilberto Montes
rios y sucesores afectados, para que comparecieran a la      García, 7.-VirglllIa García, B.-Elodia Saldaña, 9.-Fe•
Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma que se llevó          lIf.e -Zertuche Sal daña, 1O.-Marcos Saucedo Esparza,
a cabo el 23 de septiembre de 1975, en la que se compro•     l.-GabrIel Torres Saucedo, I2.-Luis Angel GutIérrez,
bó legalmente la procedencia para la privación de dere•      13.-Eleazar Sánchez Carrizales y 14.-Isabel del Río
chos agrari9s y sucesori~s a los ejidatarios propuesto;      Navarro. En con!.ecuenCIa, se cancelan los CertifIcados
de conformIdad con lo dIspuesto por los Artículos 426        de Derechos Agrarios que respectivamente se les ex•
430 Y demás relativos de la Ley Federal de Re:               pidieron a Jos ejidatanos sancionados, números: •.••
forma Agraria. La Comi~ión Agraria Mixta opinó que           1057934, 105793B, 1057940, 1057941, 1057950, 105B959, •• ,
es pr~ceden~e la privación de sus derechos agrarios a        1057962, 1057969, 1057970, 1057942, 1057946, 1057954, ••••
los .e.J~datanos V sucesores que se señalan, y el reco•      1057943, 1057944 y 1057966.     .      /
nOCImIento que propone la Asamblea General Extraor•
dinaria de Ejidatarioli.                                         SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se
                                                             adjudican las unidades de dotación de referencia, por
      RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo             venirlas cultivando por más <le dos años ininterrum•
fI"   tl!rna~~ a la Secretaría de la Reforma Agra•          pidos, eH el ejIdo del poblado "VISTA HERMOSA",
n.a, DIreccIo~. General ~e Derechos Agrarios, la que         Municipio de Matamoros, del Estado de Tamaulipas, a
hIZO una .r:eyIsI~n del mIsmo, v comprobó la legalidad       los CC. l.-Petra Zamora García, 2.-Armando Torres
ge. l!ls notIfIcacIones V constancias presentadas en este    Rodríguez, 3.-Juan Lunar Tostado, 4.-Pantale6n Rodrí•
J!-IlCIO; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra•      guez Hernández. S.-José Sánchez CarrizaJes, 6.-Gua•
no correspondiente, con la opinión de que fuera apro•        dalupe Aguirre Barocio, 7.-Rafael Armendáriz Bno•
bado por estar integrado correctamente; quien a su vez,      nes B.-Rosa Lunar Tostado, 9.-Guadalupe Hernández
por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de          Morales, 1O.-Guadalupe Ríos Dávila, 1l.-Isabel Mar•
Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Consul•        tínez Sánchez, 12.-AnIta Robles Carrizales, 13.-Guada•
tivC? Agrario, el que emitió V aprobó su dictamen en         lupe Hernández Vda. de Gutiérrez, 14.-María Santos
seSIón celebrada el 19 de julio de 1977; y                   Pecina Ramírez, 15.-Roberto García del Río, 16.-Fran•
                                                             cisco de la Cruz Arjona, 17.-Cecilia García Alrnanza V
                                                             lB.-Isaac Sánchez Cerda; consecuentemente, expídanse
     cONSIDERANDO PRIMERO .-Que el presente jui•             sus correspondiente!. Certificados de Derechos Agrarios
cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá•          que los acredite como ejidatarios del poblado de que
mites previstos en los artÍCulos 426, 429, 430 43           se trata.
Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma 'Agra•
ria; habiéndose comprobado, por las constancias qué              TERCERO.-Publíquese esta -Resolución, relativa
obran en antecedentes, que los ejidatarios y SUS he•         a la pnvaclón de derechos agr~rios y nut;yas adJudi•
rederos han incurrido en la causa de privación de            caciones de UnIdades de dotacIon, en el ejido del po•
derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el Ar•       blado "VISTA HERMOSA", MunicipIO de Matamoros,
tÍCulo 85 Fracción t de la propia Ley, por haber aban•       del Estado de Tamaulipas, en el "Diario Oficial" de
donado el cultivo personal de las unidades de dotación       la Federa("lón y en el Periódico Oficial del Gobierno
por más de dos años consecutivos; que quedaron opor•         de esa Entidad Federativa, inscríbase y háganse las
                                                             anotaciones correspondientes en el Registro Agrario Na•
tunamente notificados los ejidatarios y sucesores su•        cional; notifíquese y ejecútese.
jetos a juicio; y que, finalmente, se siguieron los
posteriores trámites legales; es procedente privarlos           Dada en el Palacio del Podet Ejecutivo de la Unión,
de sus derechos agrarios y sucesorios, y cancelar los        en México, Distrito Federal, a los seis días del
correspondientes Certificados de Derechos Agrarios.          mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.
                                                             -El Presidente Constitucional de los Estados Unidos
     CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos                Mexicanos, José López PortilIo.-Rúbrica.--CÚmplase:
sefialados, según constancias que corren agregadas al        El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo
expediente, han venido cultivando las unidades de do•        Corro.-Rúbrica.
tación por más de dos años ininterrumpidos; y ha•
biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechoe
agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de
Ejidatarios celebrada el 30 de iulio de 1975, de
                                                                                        •
acuerdo con 10 dispuesto por los Artículos 72 Fracción       RESOLUCION sobre privación de derechos agrario.
IIJ, 86, 200 y demás aplicables de la misma Lev. pro•         , y nuevas adjudicaciones de' unidadC's de dotación,
cede reconocer sus derechos agrarios; V con funda•              en el ejido del poblado denornlnádo Rincón de
mento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expetH•           Rublos, Municipio de Ciudad Hldalgu, Mich. (R.
sus Certificados correspondientes.                              gistrada con el número 3694). ,
    Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu•              Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma             dice: Estados Unidos Mexicanos.-Se~etatía de la Reo
Agraria, se resuelve:                                        forma Agraria.
    PRIMERO.-rSe decreta la privaci6n de derechos            VISTO. para resolver el expe~iente relativo a ~a pri•
agrarios en el ~jido del poblado denominado "VISTA              vaCIón de derechos agranos y nuevas adJudica•
HERMOSA", Muniqpio de Matamoros, del Estado de                  ciones de unidades de dotación, en ~l eUdo dC;l
Tamaulipas, por haber abandonado el cultivo nersonal            poblado denominado "RINCON DE RUnIOS ,MunI•
de las unidades de dotación, por más de dos afios               cipio de Ciudad Hidalgo, del Estado de Michoa•
c;o¡¡secutiVOI. a loa CC. 1.-SUverio Jiménez Caaiano_ 2.        cAn; y
Lunes 22 de enero de 1979                 DIARIO ePlel&r;
     RBSULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•             ~ado de Michoacán, por haber abandonado el cultivo
te la convocatoria de lecha 20 de agosto de 1975, para      personal de las lIDldades de dotación por más de dos
la Al>amblea General Extraordmaria de Ejidatarios, re•      años consecutivos a los CC. l.-Apoionia Cruz, 2.•
lativa a la pnvación de dt:rechos agrafIos y suceso•        Apolinar Hernández, 3.-Vicente Juárez, 4.-EpItania
riul> en contra de los ejldatanos que se citan en el        González, S.-Antonio Luna, 6.-Luciano Osnaya y 7.•
prnner punto re:-.olutlvo de esta Resolución, por ha.       Marciano Galván. Por la misma razón se pnvan de
ber abandonado el cultIVO personal de las unidades de       sus derechos sucesorios agrarios a los CC. l.-Graclela
dotación por más de dos años consecutivos; asamblea         Avilez González, 2.-Ma. Dolores Garduño, 3.-Rosa LI•
que tuvo veriticativo el 30 de agosto de 1975, en la        zarna, 4.-Bernardino Juárez LIzama, 5.-Ma. Trillldad
que se propuso reconocer derechos agrarios y adjudi•        Martínez, 6.-Estela Luna Martínez, y 7.-Ma. Guada•
car las unidades de dotación de referencia, a los cam•      lupe Luna. En consecuenCIa, se cancelan los Ceruti•
pesino~ que las han vemdo cultivan.do por más de dos        cados de Derechos Agranos que respectivamente se
años ininterrumpIdos y que ~e mdlcan en el seglIDdo         les expidieron a los eJldatarios sancionados, númt:rus;
punto resolutn'o de la presente Resolución.                 1165673, 1165693, 1165b94, 1165695, 1165697, lloS6,),) y
                                                            1165691.
      RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
 remitió a la Comisión Agrana Mixta y, dicho Orga•               SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se
 Dlsmo, notifIcó el 6 de octubre de 1975, a los ejidata•    adjudican las lIDidades de dotaCión de reterenCIa. por
 río!> y sucesores afectados, para que compareCIeran a      venirlas cultIVando por más de dos años mmterrum•
 la Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma que se           J2idos, en el ejido del poblado de "RINCON DE RU•
 llevó a cabo el 27 de octubre de 1975, en la que se        BIOS", MlIDIClpio de CIUdad Hidalgo, del Estado de
 wmprobó legalmente la procedenCIa para la privación        Michoacán, a los CC. l.-Benito González Flore~, 2.•
 de derechos agranos Y SULe~ono~ a los ejidatarios pro•     Abel Parra Rubio, 3.-José Juárez Lizama, 4.-Etelvma
 puestos' 'de conformidad con lo dIspuesto por los Ar•      González F., S.-Jaime Luna Abad, 6.-Jost:tma Dlaz
 tículos '426 430 Y demás relativos de la Ley Federal       Suárez y 7.-Jalme Aguilar PadIlla; consecuentemente,
 de Reforma Agraria. La ComlSlón Agraria Mixta opi•         expídanse sus correspondientes Certihcados de Dere•
 nó que es procedente la pnvación de sus derechos           chos Agrarios, que los acredIte como e)ldatarios del
 agranos a los ejldatanos y suce!>ores que se señalan,      poblado de que se trata.
 y el reconoCImiento que propone la Asamhlea General
'Extraordmana de E¡Idatarios.                                    TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a
                                                            la privación de derechos agrarios y nuevas ad¡udlca•
    RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo              ciones de unidades de dotaCión, en el e¡ldo del pobla•
fue turnado a la Secletaría de la Reforma Agraria,          do de "RINCON DE RUBIOS", Municipio de CIudad Hi•
DIreCCión General de Derechos Agrarios, la que hizo         dalgo, del Estado de Michoacán, en el "DIario Oficial"
una reviSIón del mIsmo, V comprobó la legalidad de          de la Federación y en el Periódico Oficial de esa En•
las notlÍlcaclOnes y constancIas presentadas en este jui•   tidad Federativa; inscríbase y háganse las anotacIOnes
CIO' por lo que se turnu al Vocal Consultivo Agrario        correspondientes en el Registro Agrario NaCIOnal; no•
correspondIente, con la opimón de que fuera aprobado        tifíquese y ejecútese.
por estar mtegrado correctamente; qUien a su vez, por
haberlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley,           Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
lo sometIó a la con~lderación del Cuerpo Consultivo         Unión... en MéXICO, Distrito Federal, a los seis días del
Agrano el que emitIÓ y aprobó su dictamen en se•            mes oe diciembre de mil novecientos setenta y ocho.•
SlOn ceiebrada el 22 de jumo de 1978; y                     El Presidente Constitucional de los Estados Umdos
                                                            Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase:



                                                                                         -
     CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui•             El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo
cio privativo se ha segUido de acuerdo con los trámi•       Corro.-Rúbrica.
tes previstos en los Artículos 426, 429. 430, 431 y <;le•
más relativos de la Ley Federal de Reforma AgrarIa;
habiéndose comprobado, por las constancias que obran
en antecedentes, que los ejidatarios y sus herederos        RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios y
han mcurrido en la causa de privaCIón de derechos              nuevas adjudicaciones de unidades de dotación, en
agrarios y sucesorios a que se refiere el Artículo 85          el ejido del poblado denominado Cuajilote y Ce•
Fracción 1, de la propia Ley .. por haber ab~donado            rro Gordo, Municipio de Coayuca, Pue. (Registra.
el cultivo personal de las lIDldades de dotaCIón por           da con el número 3701).
más de dos años consecutivos; que quedaron oportu•
namente notificados los ejidatarios y sucesores sujetos         Al margen lID sello con el Escuoo Nacional, que
a_ juicio; y que, fmalmente, se siguiero~ los posterio•     dice: Estados Unido" Mexicanos.-Secretaría de la Re•
res trámites legales; es procedente pnvarlos de sus         forma Agraria.
derechos agrarios y sucesonos, y cancelar los corres•
pondientes Certificados de Derechos Agrarios.
     CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos               ViSTO para resolver el expediente relativo a la priva•
señalados según constancias que corren agregadas al            ción de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones
expedIenté, han venido cultivando las lIDidades de             de unidades de dotación. en el eiido del poblado
dotación por más de dos años ininterrumpidos, y ha•            denominado "CUAJILOTE y CERRO GORDO",
biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos           Municipio de Coayuca, del Estado de Puebla; y ,
agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de                                                                  l
Elldatarios celebrada el 30 de agosto de 1975, de acuer•        RESULTANDO PRlMERO.-Consta en el expedien-
do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción IlI.      ¡e la convoc'atoria de fecha 10. de mayo de 1975,
86,200 Y demas aplicables de la misma Ley, procede          para la Asamblea General Extraordinaria de Eiidata•
reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento en        ríos, relativa a la privación de derechos agrarios y su•
el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus Cer•       cesorios, en contra de los eiidatarios que se citan en
tihcados correspondientes.                                  el primer punto resolutivo de esta Resolución. por ha•
                                                            ber abandonado el cultivo personal de las unidades de
     Por lo expuesto y con fundamento en los Ar•            dotación por más de dos años consecutivos ~samblea
tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma        que tuvo verificativo el 12 de mayo de 1975, t'TI la que
Agraria. se resuelve:                                       se propuso reconocer derechos agrarios y adiurlicar las
                                                            unidades de dotación de referencia, a los caI,lPesinos
    PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos            que las han venido cultivando por más de el os años
agrarios en el ejido del poblado denominado "RlNOON         ininterrumpidos y que Se indican en el seguncJ o plIDto
DE RUBIOS" _ Municioio de Ciudad Hidqo. del Es-             resolutivo de la oresente Resolución.
34

      RiStJ~TAN:tJO     SIGtJNDO.-I.e IIQCI.D)G,tt,.. !.m     l.     Martfne, R., 2.--Clau4io Santia,Cil <;"Q.Uq, l.-VÍl;~
  remitió a la C9misi9n Afraria Mixta y&.o.Qi~~ QJ ,ani.•             na ,.,tillo, 4.......Qill;JertQ iantia.", Ca$uUf(" 5.-41• •
 mo, n9tifi~ el 11 4,c '¡9itO 4' 1,15, a lI.t' ,ji.                    $anti.¡o Ca~tillo, Cí.-Petra (,J"pu, 1.-.I~.n.,i14~
  ~tar19~ Y ~lJcCSGlr.s -.t'~tadQs, ~ra '11.1, C;QmpV4¡;l,•          'astille¡¡ Galipu, a.-JIi1.••f i na C.,tilll~ G.tile, '.-alvÚl
  tan lit la Au4itnda 4e Pl'1.l,)a, y Altp:tQs, milm¡, QuC          CastIllo Gaspar, lQ.-!.t,1.Ülcrta (,J'$9$l' &amír", U.•
 se' 11,'9 • ,,JO ,1 2' 4. a¡Q$t9 4, 1~75, en la qlle ~.
 (;~probó le¡alrnonte la ptoctdenda para 1, priv.ci~n
 file d~l'Cch9$ .¡rariGls y sucesQriljlS • los ciic;l,t,riQS ,.ro•
                                                                     '.1'
                                                                     Juana Ramíro:~, 12.-Cat~üina f"il¡lspar R,wrQ, U.-M.•
                                                                              Ca1(itIl19 Castill9, 14.-V-.I.na C.,UIIQ, 15.~lvtrí.
                                                                     Calitillo Ca$tillo, lCl.-Jo~efina CutiUQ         c..tm""    17.-.Jir..
'pueSto, de conf9rmidad con lo du¡puesto ~r l~s              .'1'-   nestma CastIllo Ca~tlllo, l$.-,l:¡lDdina NelrIfl'Q$, 1' .....
· tú;u!o, 426, 430 Y demás relativos .;le l. Ley Feder.J             LUIS Cosullo Ne~nero:s, 20.-Fellpa CasUUy .N.¡~
 de Reforma A~raria. La ComisiÓn Axrftia Mixt, opinó                  21.-Alberta Ctl~tillo Nellrerr,ls, 22.-EmUlt~nQ i«unQ9
 que es PtQcedente la 9rivlilciQn d, sus' d«rechos UI'•              <.iaspar, 23.-Felipa Gaspilr, 24.-Alulitin Mun40 0..-
 nQs a los ejidatarios y $UCiSQreS que se seftalan. y ~I
 recl)nocirniento Que propone la Asamblea ~neral Ex•
 traordinaria de Ejidataríos.
                                                                     par, 25.-Ruperta Mundo G~spl:lr, 26.-Zlfn,ilia Mun4~
                                                                     Gaspal, 27.-Paula Mundl,l Gailipar, 2S.-MartintlfiQ
                                                                     tillo GonláJez, 29.-Nauvldad Gonzále;¡;, 30.-JQtl Cas•
                                                                                                                                     e,,•
                                                                     tillo GOllzóde;¡;, 31.-Santiaílu CastillQ G~nzálft, 32.-1.•
       RESULTANDO TERCERQ.-El expediente rehltivo                    mael (.¡¡tülo Gonzá!e;¡;, 33.-J)Qmitila t:lstillQ G~l'U:l­
.fue turnliQo a la Secretaría de la Reforma A_ratia. :Dj•           ll!:.r:, 34.-Reyna Clilstillu GOl1zález, 35.-Plmunclf,l G.~pr
 rección General 4e Derechos A¡rlilrios. la filue hi:l:Q una         .kamíre:.r:, 3Cl.-Ricarda Rlilmírcrz, 37.-FQrtinfi,) C'$tiH9,
 r~visión gel mismo, y com~rQbQ la lela}ilil.a 1St las               3$.-PlácIQól CastillQ, 39.-Victoria CutHlJ, 4Q.-...Acr;IJ,"
 n~tificaciQne$ y constancias Jilrelientadas en .st. juicio;         na Castillu, 41.-Antelma t:astillo.. 42.-8al"in. Q».,tt',
 PQr lo Q.lJe ~e turnQ al Vocal Consultivo Agrario Cf,lrI1'$•        43.-Pe4ro Cam.eh QnQftc. 44.-Lenaflila t;am.m ~
 PQIl4'liente, con la opinión de que tuera apr~bad.Q Jilor           fr" 45.-Sara Camach (,)nQta. 46.-An·rlina Cam,cm
 esWr ime,rado ~orrectam,nt,; quien a su vez. ¡;lor ha•              OnQtr~, "H.-JaVIer C.~till(,l M¡,mti$inQIi, 4 .-l!n4ra MQn..
.b~rlo Cllcontra4iQ ajustad.o al pIVceoitnicnto 4t Ley. lo           tCllinlil1i Guro.;¡;, 4Y.-CristQbal CliIstilllil MQnt.liil'l.~$, $Q.
 sometIó a la consideración del Cut1ll0 C6,lnsultivo A¡.yra•         -SvebQ CutlllQ MontesInQs. 51.-Hetmehn4a " ••tiU(¡)
,ril), el que emitió y GtproOó su dictamen tn sC$Ión cele•           MontesInQ:> y 52.-Au;la CutillQ Monfasinr,¡,. ln c:t)n•
lillllda el 22 de noviemQre      ae1977; y                           secuenCUl, lie cancelan los Certihca4QIl 4e 1)tr.r;h~
                                                                     AllIrarios que respectivamente ,e le, expidierw • I~.
 . CQNSI.o.ERAN.DO PRIMERO.--Que el ¡;u'osente iui•                  iJllilatanos sanclOna(lOs., números: 1134014, 1134015, ..•
cio jlrh'ativo s, ha $c~uidO ac Ir;uerdo CQn lQ~ trámites            1134016, 1134020, 1134022, 113402~, 11~4Ql7, 113402*, .••
previstoli en lo~ Artículos 42(;. 429. 430, 431 v oamás re•          1134029, 1134030, 1134046, 1134047. 1134048 Y 113403Q.
I¡ltivQS d.e la .LeY Federal c;le Reforma Agraria; h,bién•                    SEGUNDQ.-Se reCr,lnOcen derechl,ls agrariQs Y ~
lilQ$e comprobad.o, por las clmstanciaJi que obran en                al;ljudican unidades de dot.cu~n de refer~nc~, pl¡lr
antectc1entes. que los eiidatarÍOs y sus hel'f4ero$ han               venirlas cultivandQ por más de dOI! .tíos inintlfl'.tlOl•
incurrido en la causa de prIvación de derechos alfarIOS              pidas, en €I ejido del pobl¡¡.dQ "CUAJILOT~ y CEIl~Q
y sucesorios a que se refiere el ArtículQ 85 FracciÓn 1,             GORDO". MumciPlo dI!! Cuayuca, del Estac;lo .;le l»u.•
de la propia Ley, por haber abandonado el cultivo per•               bla, a los Ce.: l.~DQminga Romiílm~ Huerta, 2.-11 ...
sonal ¡;le las unidades de dotación por más de dos años              jandro RamÍrez Torralba, 3.-Alberto Castillo F1Qres.
consecutivos que ,!ucdaron oportunamente nQtificados                 4.-Fidel Castillo Ramírez, 5.-Agustín Castillo Oa'plar.
los ejidatariQs y !¡uc~ore$ suietos a iuicio y que. final•           6.-Carmen Bartolomé Marcial. 7.-Vir¡inia Castillo Sg•
mente¡ s~ siauieron los posterio~s trámites leaales; es              oerano, 8.-Vlda! Castillo Castillo, 9.-Guillerrng k~
proceQcnte privarlos de sus derechos alrarios V suceso•              mano Cabrera, 10.-Enedina RamÍrez Torraloa 11.•
rios, V cancelar los correspondientes Certificados de                Aarón Ca¡tilIo Casti'llo, 12.-FaustinQ Ramfrex twral"




                           .$
Derlechos Agrarios.                                                  ba, B.-Félix Cam~cho Carr.loso y 14.-earles k$Qrl•
                                                                     guez Guevara; consecuentemente. expídan5e sus cerrw$•
        CONSIDERANDO SEGUNOO.-Que los campesinos                     PQndientes Certificados de Derechos Agrarios que                 ¡".
  señalados, se¡ún constancias que CQrren a¡re.a¡;las al             acredite cgmo ejidatarios del poblado de que le trata.
  expediente, han venido cultivandQ la$ unidad'" de do•

                                                                                                                                     ir.
  ta~i(¡ll 'Por mb de dQS        ininterrumJllil;lus; y habi'én•           TERCERO.-Publíqut!:se esta ResQludón, télativa a
  dl,)se propl.lesto el tcconocimitnto de sus "ereehos a~ra.         la privación de derechQs a¡rarios y nuevas at1u4!{2l•
  ríos por la Asamblea General ExtraQntinana de Elida•               clones ¡Je umdado¡¡ de ¡JQtaciQn, en 01_ cjifl'O éel
  tari~s, celebrada el 12 de mayo de 197~, fole acuer40              bla¡;lo r.le "CTJAJtLOTE y CeRRO GORJJO", Mloll1ie o
-e~n lo Qispuesto por los Artículos 72, FracciQn III;                de Coayuca, del E.tado de Puebla, en el "J)ltri~         -
 '86, 200 Y de111Íls .plicables 4e la misma Ley, proce•              cial" c.ie la Fec.icraciÓn Y en .1 P.riQ4i~ (i)fldal ...
-de recQnocer sus detechqs asratios; y con fundamento                Gobierno de esa Entidad Federativa; itU¡crl~~ '!
·en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus                 h'gan.e las aDQta<:ionl. corn:,pCim4ientts en ,1 !t.. . .
-Certificados correspondientes.                                      tro Agrario Nacionai; notifíqU~iI' y ejecút....
:     Por lo expuesto y lO:9n funCilatllehto en los Articulo.
ya mcnciona4os de la Ley Feliteral de 1teforma A.ra•
                                                                         Dada en el Palacio del Poder Bjecutivo 1ft J.
                                                                     Unión. en México, Diltrito Federal, a lo.            "i.
                                                                                                                       !Uas 4e1
                                                                     mes de Qiciemgre de mil DQveciltntli;ls ..teDta y ~~.­
 tia, se resuelve:
                                                                     El Pniidente Cc,lDltitucional de lQI lbta~tJ         Ii~




                                                                                       .nI - wal....
  .   PRIMERO.-Se decreta la privación de derechQs                   MexicanQ" JcMé LópeE PwtfIII;~.-Rvbrlg.,        '      se:
 a¡rari9li en el ejido del pobla"" aenominalilfi) "CUA•              El Sec;retario rote la kefCí>rma Airaría. ADtoolu . . .
 J·.LLOTE y CeRRO GOIlt>o", Municipio de Coayuca,                    C9rro.-!t.úbrka.
  del E.tado de Puebla, por haQer abandont40 el cul•
 tivo personal de las unidades de "o!'ación plilt mj,
 de dos años consecutives, a l~        ce.:
                                          l.-Arcadi~ Mar•            dSOLUCION           prlYMI4u de ...... ~1
                                                                        nueva. alljudhlao1ones de         d. _ _ _
 tínez Castillo, 2.-Juli4n .a.rtQl~mé Cestillo 3.-Mar•
 ,arito Santialo Castillo, •.-:Eliseo Castillo Ctstillo, 5.                 Y confirmación de de...chO$ ~, . . el 1t,j148
 -David Gaspar Castillo, 6.-PeUpe Bartolomf Gaspar,                         del poblado deneminado Las BaJ.Tall~, AlQákl..
 'l.-Juan Castillo Oaspat, S.-ElpiQio Castilk> Hernin•                      pio de IxtsftdlUtltllúl., Put. (R.sttttMII. . . el

·MartíDez, 11.-leÑrlno      C4.,.r
 dez, 9......I~c;io Mudo López, 10.-Inocencio CastlllQ
                                   ltivera, 12.-tl9naclafio
 Castillo 1liveta, 13.-Ptimo Ca1'li.~ V,re y 14.......¡Q•
                                                                            Dllm.ro 3595).
                                                                            Al maricn ~ sdl" CQn el E:lcut.io Na'¡onal, t¡u.
 tel C•• tillo Santiai9. Por la dlkDle ~ le priVaD                   41": ¡.ta49. TJtli4.w MWQ&J;lQ.........~ •• la .....
 -.51.1$ 4eteches au.aerl$i ~s • lel CC.: l~etl                      MtIla AC1'atía.
agrariO$ por la Asamblea Qtncral Elxtraordinaria de
VI$TO para tWlflvU el upe41,ntt teiati"1f • la priva·          Eji4atariQlh oel,braQa ,1 2S de ~to Qe 1975, d.
    ~e
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                           .arwIPs V DI,l4'" .4,j1ol4í~~1l••
                          4oafti~ y wn~rqh 4t 4
                         ~ .1 e1149 4.1 pt¡II~9 ~~o
                                                          ...    n"
                                                                  ac;1,erQQ 99n llil 4i.,p...to pyr lo. AtUlOulQI 72 i'rlf,C;<;ioo
                                                                         1 y 111; lQO y 4.cmá1 Ilplic.loIl.. <le la mi.Ul& l.diy,
                                                                 liII'fXectl$ rOCQl1QCer SU$ .;lt~ aJlVi.9$, y <:Qn fun.
    "I..AS¡, .A1Ut.ANCAS", Manitlipilll 4. 'IxtaClrnutitlín.     Gitnento en el ~t1culo 69 de la mencio.naQa .Ley, o&•
    del .r:.s1;tclQ 4e Puebla; y                                  pe4ir SU$ Certificados corresponc¡lientfi.
      RESULTANDO PkIM¡RO.-CQn,ta en ,1 .xpe41en·                      Por lo expUO$to Y CI¡lD fund.&rnfiln"Q -.Jl los artf~ulos
te la    cQnvQc.tQm~ de fecha 17 lit alllllsto <le 1975,         ya mencionaQQs. ele la Ley '.tlter..l t:le R.fortIla A¡r&•
para la Astm'blQ Gentral ExtraonUn~i. 4e Bjidata•                rit, se resuelve:
no~, relativa a la privacIÓl'l O, oertc:bQs a¡r,riQ" en
contra 4e los .jid.tariQs que se citan en el primer                    PRIMBRO.-Se aecreta la privaciQn d.e aerechQs
punt«¡) rtsolutivQ 4e ,SUl Resolucil)n, por hal;ler al,lan•      aararios, en el ejido del poblac;lo t.lenonlinl.QQ "LAS
donado el cultivo p.r¡¡Q1'lal el. la. W1i4a4es 4. 4Qta•          :8ARRANúAS", Municipio de Ixtacatnaxtitlán, ael Es•
ción por l'tlil ~ 401 ~s <:onsecl,ltivQS; as.m_l". Q.u.e         tf,(lQ de Puebla; por haber aban4Qnado el cultivQ per•
tUVIi> vtriflcativo el 2S I1t ~.tQ ae 19'75, en l. Q,lt          sonal de las unidades Q.e dotaciw por más de dos
                                                                                                ce.:
las  unid"..     Q.e 41ilwciQn     4,
se proplt9 ~noeer 41recflQ$ .,ranQS y a4judicu
                                   referenftia, a lQ$ ca$.•
pesinos que 1.. han veniQQ cllltiVtncSQ p(¡Ir rn., de
                                                                 efi,Qi cQo••cutivQs, a lQS          1.-Juan Ro. Góm_, 2.•
                                                                 'rlatlCiscQ Guca, 3.-R'YDI.l40 Garda. 4.-.Tosé :a.yes.
                                                                 S.-A¡UIin 1.Qfle%, ~.-oUliQ j.g~., 7~-.Tlfsé f.glQ, s.
l.ios aflQ$ inint.rrulrrpl~, y que .e iDiUcan en .1              -.1o$t Fl.QrenclQ. 9.-.ttUto .KQd.l18*, 1Q...~..Gl.D:utrcin•
segundo punt", resolutlvQ. y se CQnftrmen lQs 4,~q$              ciQ aodr~. 1l.-Cátld.i4Q llqd.r1i1*, U-PQrfirio S9-
agrariQ$ Qe é tjidatariQ$ del censo !;lúi<;Q Qtnefici.           lanCil, 13.-:f1élIx $erraDliI, 14.-Antel Strr~lil, lS.-Cu-
c:los cm 1. Rtnoll.c:ión 'rt$ici~cíll O. fecha 1Q 4. OQ•        4.elari~ VtJefa, 16.-A¡I.'ún Valira. 17.-Cirtlo Lile.,
v¡tmbre 4. 1948, pu~hcar.l en .1 "Di"rio Oflci,l" 4,            l~.-PiQtlicio Carrnona, 19.-Sabina Ou:ca. le.-J'.~
la Fed.rtcii)n .1 10 4e ft,rerQ 4e 1949, qui.ne~ ,.              Galc., 21.-Pedro Gl,UriIán. 22.-J1,lan LÓJez, 2~.-FrQy­
encuentran en la actuali4a1i cultiv~~ 5U' unid.tqO$              lín LQpu, 24.-Ernillljl ~ÓpiZ, 25,-1osé JSemabé, 26.•
d4 d.~tac1QI1 y qut se in4ic:t1'l ,n el tctW pUfltQ rtsQ•        lulJll N1Qr~IlQ, 27.-~f"l Rcxitiiltl, 28.-Juan Ror.it1-
lutivo 4, la presonte lltsQ}lción.                              cuez, 29.-I~ RodrÍlltJ 2Q., 30.-.Plat9tl ~rrano, 31.
                                                                 -LCQnar40 Valen., 32:-Felipe Valcn~ y 33.-1.auro Va•
     R!SULTANDO S!OtlNDO.-r... aocumentacíón S(I                 lera.
remitió a la Coml$Íón Agraria Mixta v c:licho orl~nís­
mo, notificQ el 15 4e septiembre O, 19'75, a los cii~­                  SEGUNDO.-Se reconocen derechos auarios y 5e
tanos afecta(,os, para que cQmparlllcieran a I~ Auclicm·        ac;ljuc;lican las unidades (,le dotaciGn cle refenncia, por
cía de Pruebas y Ale¡atQs; misma que se llcevó a cabo            venirlas cultivando por más ¡je dos años mmterrutnpi•
el 30 de septiembre de 1975, en la que se comprobó               dos, en el ejido del pOblado de "LAS aAR1U.NCAS",
legalmente la procedencia para la privación de de re•            Municipio cle Ix.tacamwttitlán, del Estado de Puebla,
Ch0S agrarios a los ejldatarlos propuestos; de cQnfor•           a los Ce.: l.-Federico Gasea Gimarez, 2.-Constanti·
midac:l con lo dispuesto por lo!; ArtículOIl 426, 430 Y          no Gasca Moreno, 3.-Pedro Gazca Moreno, 4.-Apo•
demás relativos de la Ley Federal de Reforma A.ra•               lina Alvarado Cruz, 5.-Seferino L6pez Rodríguez, ó.
ria. La Comisión Agraria Mixta opinó que es proce•               -Ricarda López Gasea, 7.-Guadalupe Gimare& Guz•
dente la privación de sus derechos agrarios a los                mán, 8.-Zenón Gasea Valera, 9.-Eduard.o l.(¡pez Mu•
ejidatarlo$ que se set'íalan, y el rtconocimientq que            reno, 10.-Lucio R<Xlri¡Juez López, 11.-klfael Rodrí•
prQPc¡¡ne la Asaml;llea General Extraordinaria de Ejil1a•        ,uez M.rqul!Z, 12.-Victntt Gasea MoretlQ, B.-Félix
tarios.                                                          Gimarez Guzmán, 14.-Pascual Serrano Mora, 15.-En•
                                                                 riq,l.le Gasca Morono, 16.-Eleuterio Valera (.ópcz 17.
      RESULTANDO TERCEllO.-El expediente relativo                -Hermeneiildo Gimar.z Casca, 1S.-Vicente LQ~ez aor•
fue turntclo a la Secrlltatia de la llefQrma A¡raria,           nánuez, 19..:...José Gasca Valera, 20.-Manuel LQpu l.ó•
                                                                 pez, 21.-NicéforQ Glamán LQPta, 22.-.TO$é Mortno U.



                                         ti-
Dirección General I.i, OerechQs ASrarios, la que hizo
una revt$i~ dol mismo, y comprobó 1, l...Mad l'1e                pH, 23......F.lix Lópu ROd.tígulZ, 24.-lsililr9 LQpcz Mo-
 las notif1~clomt$ 'y cQnstanc:i.s prtK1ltaQts en "te jui•       1'Ono, 25.-:t>Qtoteo Gatea LQPez, 26.-T.lédoro Mol'1&•
 cio; pqr 19 Que 5. turn~ tl VOcal C!i'n'llti'~ ",~rio oo·     nQ ·l.ópoz, 27.-Darío Gltrhin l.(,pe~, 2S.-PUar RQdrf·
rrespon4i~t~, wn la o~intón de que f1.teta .probado              IYClZ Ramfr8z, 19.-Fortino R.oloirl¡ue: LQpez, 30.-Fran·
)¡lor estar _In.do cljlrrt<,;ttmft1tt;          a su 1ft, por   cisco- S4t'rano Mota. 31.-ManueI a,rn'nl.ie:~_ Moreno,
ha~rlCjl .neQtl~dQ aju,tadg al p~en'tfil 4. Ley, lQ              ll.-Lui$ Mortho Zá!nQra y 33.-Ad..laicla Hernánw
sotnetiQ a la <;:On$ideración del CllftllQ C1)tl'ulúW? Atra•    Mortno; cQnsecuentemente, expídattse SI.1S correspon•
no. el Que emitió v liprohó 811 (Hrt"men en seSIón (;C.         "'ientes Certificad.os de perechos Agrarios, que los acre•
lebrada el 29 de noviembre de 1977; y                            d.ite como cjidatarios a.l poblad.o d. que se trata,
    CON$ItlEMNDO PRIMEllO.-Qut .1 Jilt'tscntt jui•                     TeRCEllO.-Se confirman lOi geredlos aarlll'1os
ciQ priVlltivo le ha .elluido de acuerdo CQll-IQ8 trAmi•         ~e   6 ejid.atarios del censo básico. benefiQadQs en 18
tes previstos en lo. artículos 426, 429. 430; 431 y 4e·          keilQlución Presidencitl de facba 10 de oovieml¡)re ele
más relativos de la Lev Fe4eral de Reform., A.-raria;            1948, publú:al1a ep el "Diario Oficial" de la Pedera·
'labiéndose comprobauo. l)nr las constanQÍls que tl1:lran        ciQn ellO de febrcrQ de 1949 quienes se encuentran
én antecedentes, que los eUdat&rios han incurrioo en             en la actUlliloiad cultivan40 sus unic1a<ks c1e c;lotacilm,
la causa el. privación de derechos a¡t..-ios a qUe se            a los ce.: l.-Pedro Abad, 2,.-Luis Cuca l-Migy.el
refiere .1 ArtíCUlo $5. Fracción 1, de la propia I.ey,           Gazca. 4.-FranciscQ RQdrí¡uez Már'luex, S.-Trinidad
dadéS de dotación ¡;IQr       m"
por haber aban4ona4Q el cultivo personal d. las uni•
                               d. dQS IlAQS gon*utiVQI;
Que '1ut4aron QJ)ortu11amettt. notificados len eiidata•
                                                                 Lucas y 6.-Jesús Sllit1a~~ en .1 eJido del poblado
                                                                 4enominado "LAS BARMNCAS". MunicipiQ de Ixtaca·
                                                                 mUtitlán, tltl !stad.Q de Puebla; cot.l~ntemtnte, ex
dos suietQs a iuicio; y que, finalmente. -" liIiauietQn          pí4anse a sus llQmbm los CQrres~n4ientelll ~rtiftca
los post.rior.s ttimites l~litllles; 8S 'PI'Qcccfmw privar•      dos de Derechos Agrarios que los acrediten como eji
los ele sus derechos agrarios.                                   .;latarios del poblado de que se trata.
     CONSlD!kANt>O SEGUNDO.-Que los ~pesinQS                            CUA1TO....... Publ1Queslt esta Reiolu~iQn, relativa a
~eñaladQI, ,e~ cQns~tias-         que ~m:n' ~la9as al            la ?ri~i~ 1.1. derechos agrariolll y nuevas a4juaica,
~,-;~e~ient.. han tf!n~d.o wltivan~~· la..' 1,lhi4t_ 4. gq.     lOi'ilDes 4. 1.Uii;ade, <le ootaciCín y c;Qllfimató:iqn dI
'.acóh lIor m', fle 41$ afqs InInt4rtlmJ11tSq.,: v bt•       ~_"~h<;l$ ,,~n~s. en·d eiidQ del pqbl¡¡td.Q de "LAS
QiétuiOie P:toDl.leSto   el   ~tQ           de "'"   ~           ~CAi". Mun.icipio ele bteoetQaxtitláD., del Ei-
36                                   DIAJlIO OFICIAl
                                                                                                    -
                                                                             LUDes 22 de enero de 1979

t~o   de Puebla. en el "Diario Oficial" de la Federa•       rio correspondiente, con la opinión de que fuera apro•
ción y en el Penódico Oficial del Gobierno de esa           bado por estar integrado correctamente; quien a su
Entidad Federativa; inscríbase y háganse las anotacio•      vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimien•
nes correspondientes en el Registro Agrario Nacional;       to de Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo
notifíquese y ejecútese.                                    Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dIcta•
                                                            men en sesión celebrada el 30 de mayo de 1978; y
    Dada en el Palacio del Poder E.iecutfvo de la
Unión, en México, Distrito Federal, a los tteinta días           CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui·
 del mes de noviembre de mil novecientos setenta            cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá·
y ocho.-EI Presidente Constitucional de los Esta•           mites previstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 y de•
dos Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbnca.          más relativos de la Ley Federal de Reforma Agrana;
Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, Anto•        habiéndose comprobado, por las constancias que obran
•   Toledo Corro.-Rúbrica.                                  en antecedentes, que los ejidatarios han incurrido en
                                                            la causa de privación de derechos agrarios a que se
                           •                                refiere el Artículo 85, Fracción 1, de la propia Ley,
                                                            por haber abandonado el cultivo personal de las uni·
BESOLUCION sobre privación de derechos agrarios             dades de dotación por más de dos años consecuti•
   y nuevas adjUdicaciones de unidades de dotación y        vos; que quedaron oportunamente notificados los ejj·
   amftrm.aclón de derechos agrarios en el ejido del        datarios sujetos a juicio; y que, finalmente, se si•
   poblado denominado Paredones, Munlci¡Jio de Cu•          guieron los posteriores trámites legales; es procedent.
   Hacán, Sin. (Registrada con el número 3599).             privarlos de sus derechos agrarios.
    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que              CONISIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re•        señalados, según constancias que corren agregadas al
forma Agraria.                                               expediente, han venido cultivando las unidades de
                                                            dotación por más de dos años ininterrumpidos; y ha·
VISTO para resolver el expediente relativo a la pri•        biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos
   vación de derechos agrarios y nuevas adjudicacio•        agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de
   nes de unidades de dotación y confirmación de            Ejidatarios, celebrada el 28 de septiembre de 1974, de
   derechos agrarios en el ejido del poblado deno•          acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72, Frac>
   minado "PAREDONES", Municipio de Culiacán, del           ciones 1 y III; 200 y demás aplicables de la misma
   Estado de Sinaloa; y                                     Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; y con
                                                            fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Ley,
     RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien•             expedir sus Certificados correspondientes.
te la segunda convocatoria de fecha 20 de septiembre
de 1974, para la Asamblea General Extraordinaria de
Ejidatatios, relativa a la privación de derechos agra•          Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu•
rios, en contra de los ejidatarios que se citan en el       los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma
primer punto resolutivo de esta Resolución, por haber       Agraria, se resuelve:
abandonado el cultivo personal de las unidades de
dotación por más de dos años consecutivos; asam•
blea que tuvo verificativo el 28 de septiembre de 1974,         PRIMERO.-Se decreta la privación de derechÓs
en la que se propuso reconocer derechos agrarios y          agrarios en el ejido del poblado denominado "PARE•
adjudicar las umdades de dotación de referencia a           DONES", Municipio de Culiacán, del Estado de Sina·
los campesinos que las han venido cultivando por más        loa, por haber abandonado el cultivo personal de las
de dos años ininterrumpidos y que se indican en el          unidades de dotación por más de dos años consecu•
segundo punto resolutivo y se confirmen los derechos        tivos, a los CC.: l.-Isabel Beltrán, 2.-Luis Beltrán,
agrarios de 7 ejidatarios del censo básico más la           3.-Esteban Beltrán, 4.-Isabel Beltrán Jr., S.-Alfonso
Parcela Escolar, beneficiados en la Resolución Presi·       Beltrán, 6.-Wenceslao Beltrán, 7.-Lorenzo Acosta, 8.
dencial de dotación de ejido, de fecha 8 de septiembre      -Lucas Acosta, 9.-Nicolás Acosta, lO.-Isabel Flores.
de 1954, publicada en el "Diario Oficial" de la Fe•         H.-Martín Pérez, 12.-Porfirio Avendaño, B.-floren•
deración de fecha 11 de iunio de 1955, quienes se           tino Avendaño, l4.-Guadalupe Beltrán, 15.-Juan Acos•
enCllentran en la actualidad cultivando sus unidades        ta S., 16.-Guadalupe Acosta, 17.-8antos Esquerra, lB.
de dotación y que se indica en el tercer punto reso•        -Esteban Ochoa, 19.-Joaquín Ozuna. 20.-Ignacio Cár•
lutivo de la presente Resolución.                           denas, 21.-María Acosta Vda. de Moreno y 22.-Su•
                                                            sano Cázares.
     RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se
remitió a la Comisión Agraria Mixta v, dicho Orga•
nismo, notificó el 15 de marzo de 1975, a los ejida•             SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se
tarios afectados para que comparecieran a la Au•            adjudican las unidades de dotación de referencia, por
diencia de Pruebas V Ale!!atos; misma que se Jlevó a        venirlas cultivando por más de dos años ininterrum•
cabo el 8 de abril de 1975. en la que se comprobó           pidos, en el ejido del poblado "PAREDONES", Muni·
legalmente la procedencia para la privación de dere•        cipio de Culiacán. del Estado de Sinaloa, a los CC.:
cho~ agrarios a los eiidatarios propuestos de confor•       l.-Loreto Báez Ozuna, 2.-José Beltrán Beltrán, 3.•
midad con lo disnuesto nor lo~ Artículo~ 426, 410 V         Cándido Campaña Rodriguez, 4.-Miguel García GÓmez.
dl"más relativos de la Ley Federal de Reforma Agrn•         S.-Juan Gárate Rivera, 6.-Eustaauio León Lauderos,
ria. La Comisión Agraria Mixta opinó oue e~ proce•          7.-Juan Hernández Acosta, 8.-Margarito Hernández
dente la privación de sus derechos agrarios a los           Acosta, 9.-Tomás Zamora Parra, 1O.-Valentín García
etidatarios que se señalan, v el reconocimiento oue         Valenzuela, 1l.-8amuel Ozuna Melchor, 12.-Juan Ozu•
J'lTonOnf' la Asamblea General Extraordinaria de Eji•       na Me1chor, 13.-Lorenzo Acosta Ansntlo, 14.-Jesús Cam•
datario~.                                                   pafia Rodríguez. 15.-Eustaquio Gámez Peñ~ñuri, !6.
                                                            -Lucio Campaña Vázquez. 17.-Leopoldo Anas Gutu5-
    RESUT TANDO TERCERO.-EI         e~"ediente   relativo   rrez, 18.-David Manuel Arias Gutiérrez, 19.-José Acos•
1'11e turnadn a la Secrptaría de la ]?pforma A!!rllrla,     ta Martínez, 20.-Warles Fahur Valenzuela. 21.-Manuel
mrf'cción           de nerecho~ A!!rarios, la QUe bf70
            r.enf~ral                                       Beltrán Beltrán v 22.-Rafaela Me1chor Beltrán; con•
1'"1 rp"i~ión del mismo " comnrohó la le!!alidad de        secuentemente, expídanse sus corre¡;nondientes Certi~
1.,~ "ntificadones v constllncia~ nrpselltadas en e~te      fkado¡; de Derecho¡; Agrarios que 10<; acredite como
juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra-       ejidatarios del poblado de que se trata.
- L.unes 22 de· enero de 1979                 DIARIO OFICIAL

     l'ERCERO.-Se confirman los derechos agrarios
de 7 ejldatarios dél censo' baslcó, ,bcuet)c¡ado:, en la
Resolución_ rresid~I!ci¡ll ~ ~9iadón' ~e eF~o, de lecha'
                                                                diencia de Pruebas y Alegatos; misma que s~ IJ~vq,~
                                                                cabo 'el 11 de' m<1yo de 1976, en la que se t:op:rpr~'
                                                                legalmente. la procedencia para la privaqón, ,de.. AJ!l:t!J~
8, de septiembre d~ 1954, pubh,:ada .en el 'Dlano 011-          clfOS 'a~~ano-,;, a lqS" 'eJldararlOs propu~stos; ge .0ñh-ox;,-:
clal" de la FederáciÓll el '11' de' JÜDío de 1955,' qUIenes     mldad con 'lo' dbpues10 por los Articulos 426, .,3Q ,'Y.'
se encuentran en la aCJuahdac( cúLtú'ando sus Ulllda•           demás relatlvos de la Ley Federal de Reforma' Aghtl
des de dotaclón, a los cc,: l.-Juan Aco~ta, 2 -"Juan            na. La ComISIón Agraria MIxta opmó que es pwce•
Acosta Jr.. 3.-Ramón Acosta, :4.-Pedro Acosta, 5.•              dente la pllvaClon de sus derecho!> agrario~: cli:.!lo~,
Loreto Ozuna, Ó -Mamlél Dzuna y 7.-Henberto Ozu•                eíldatanos que se señalan, y el reconocimiento ~~
na, en el ejIdo del 'póblado denominado "PAREDO•                propone la A~amblea General Extraordinaria de' J;:::rr..
NES", Municipio de CuJiacán, del 'Estado de Smaloa;             ualarlOS.
copsecuentemenie, eXpídáIÍse a sus nombres los eOlles•
pondientes Certificados de Dérecnos Agraflos que los
acredIte como ejldatáriós" del poblado de que se trata,             RESULTANDO TERCERO.-EI expedienté';ielativer
y el relativo a la' Paicel~ ESéolar:.,                          fue turnado a la Secretaría de la l<.etorma Agrana,
                                                                DIrección General de Derechos Agranos, la que hizo
     CUARTO.-Publíquese ésta' Ré~oluclón, ' relativa a          una revlsión del mismo, y comprobó la lega¡i.d~~
la pnvación de dere¡;hos, agrarios y nuevas aq ludlca•          las .ríotihcationes y constancias presentadas ,~én_ -e~W
c ones de unidades de dotación 'y, contirmación ,de             JUIcio; por lo qúe se turhó al Vocal LonsultivD :a¡ra•
derechos agrarios 'en' er .ejIdo del. póblado de "PARE·         no correspondlente, con la opinión de que fuer~ ,allro•
DONES", Municipio' de CuTiacán, ,liél Estado de Sina:           bado por estar mtegrado correctamente; qul~n, 'a''- su
loa, en el "Diario Oficial" 'de 'la FeoeraClón y en el          vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimi'en•
Periódico Oficial del GobiernQ' de esa Entidad Fede•            to de Ley, lo sometió a la consideraciÓn d~l .~uerpo
rativa, inscríbase y háganse' las anotaclO,nes corres·          Consultivo Agrano, el que emitió y aprobó su .di(;JiV'
pondíentes en el Registro Agrarió Nácional, notitíquese         men en sesi'Ón celebrada el 3 de noviembre de 1977~
y ejecútese.
    Dada en el Palacio del Poder' EjeCutivo de la                    CONSIDERANDO PRlMERO.-Que el presente jat-'
Unión, en MéXICO, Distrito E'éderal: a los treinta días'        cio privatlvo se ha segUido de acuerdo con "íos" trá•
del mes de novlemhre de fnU 'n(l7¡;1C1<'Il!o' «"",1!:1        rmtes previ:;tos en los Artículos 426, 429, 430, -431 ~y'-de­
ocho ....... El Presidente' Constit1.lCionaf 'de' Jos Estados   más' relativos de la Ley Federal de Rerorma A~na;
Unidos MexicanoS,' JpS' " t.cJOez. Pgctillo,-RúbriCa.•          harriéndose coml'relbado, por las constancias q,ité 'óMan
Cúmplase: El Secretari~ :dé 'fa Re~otma Agraria, An·            en antecedentes, que los ejldatarlos han incumifu:' en
tonto Toledo CQq·o.-::-Rubrtca:               '                 la causa de pnvaclón de derechos agrados a, que. se
                                                                refiere er Artículo 85, FraCCión l, de la propía-' ley,_
                                                                por háber abandonado' Jos trabajOS colectIVOs' ® :la~;
                                                                 trerras del ejido por más de dos anos con~eci:ltH'lJ~;~
RESOLUCI~N sobre      prlyáción, recPlKlClmiénto y con•         qUe quedaron oportunamente notlficados lo~ .¿/idtittt;.:l
    flrmactón de derechOli a¡rai'toll,' el1 el ejido del po•    nós S'ujetos a juicio y que, tinalmente, se slglRed;nl
    blado denominado Los Coyotes,' MunicIpio de La•             lós pos.teriores trámites legales es proct'dente prív1'it?I
    ~aro Cárdenas, Mlch. (Reglstrad9 con el número              los de', sus derechos agrarios.
    3600).
    Al margen un sello con el Escudo Nacionál, que                   CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesino@.:'
dice: Estados Unidos Mexlcanos.-Secretaría de la Re•            señalados, según constancias que corren agregadas; ai-'
forma Agraria.                                                  expediente, han venido trabajando colectivamenté':!¡$'
                                                                tierraS del ejido por más de dos afias iniílterl"ll'rTF'::
VISTO para resolver el, expediente relativo a la pri•           pidos, y habiéndose propuesto el reconocimlento ,Q(f'
   vación, reconocimieJlto' y coñftrlÚa1:ión de derechos        sus derechos alfadOS por la Asamblea GeneraJ RKt!'a-:
   agrarios, en el ejido del poblado denominado "LOS            ordinaria de R. ¡datarios, celebrada el 28 de é'nel'O d.'"
   COYOTES"¡ Municipio', d~ t;ázaro Cárdenas, del Es•           1976, de acuér o con lo dispuesto por los ArtJ~l.lO$,:
   tado de M choacán;, y,                                       72, Fráccione~ 1 y III; 200 y demás aplicables' de 1 ::.
                                                                                                                       ..
                   t   '
                                                                mis)11i1 Ley, procede reconocer sus derechos agrarl<J'c
     RESULTANDO 'PRIME.RO.-Coñsta en el expedien•               y con, fun~amento en el Artículo 69 de la méncióna4il;'='
te la segunda convocatoria dé' fe-clia 20 de enero de           Ley,' expedIr sus Certificados correspondientes.
1976,para la Asamblea General Extraordinaria de Eji•
datarios, relativa a la privación de derechos agrarios,
en contra de los ejldatarios qUe se citan en el pri•               Por lo expuesto y con fundamento en los Airlcu·
mer punto resolutivo de esta Resolución, por haber              lUS ya menclOnados, de la Ley Federal de Reforl1't1r:
abandonado los trabajos colectivbs dé las tierras del           Agraria, se resuelve:
ejido por más de dos' ai'íos 'cons'ecl1tivos; asamblea
que tuvo verificatil'q el 28. de enero cl~ 1976, en la que
c;e propuso reconocer del'cchos- agrarios a los campe,              PJUMERO..-St decreta la privación de derecha.
sinos que han venid6, trabajando' colectivamente lal            agrm:los -en el eJido del poblado denominado' "LOS'
tierras del ejido por má!!l de dns aftos ininterrumpi,          COYOTES", Munleipio de Lázaro Cárdenas, de:t "EifI•
dos y que se mdlcan en el 'segul'ltlo punto resolutivo,         do de Michoacán, por haber abandonado los traba1M:
y se confirman los' dereéhos agranos de 23 ei1data•             coléCtlvO!l 'de las tierras del ejido por mA$' delitJ"
ríos del censo básico más, la Parcela Escolar, benefi.          añOI ~nlecutivos, a los CC,: l.-Rubén Ibllrra' Á:,¡,l'
ciados en la Resolución Presidencial 4e 22 de'octubre           -Crisóforo (Jarcia, l-Refuglo García, 4.-OI!nm-o ;JlllPi
de, 1965, publicada eñ el (1)jario OOdal" de ta 'Fede•           tez L., "5.-"Itpifanio Valdovinos, 6.-1. Cruz-' Ant••
raCÍ"ón el 30 de óctilbre'; de 196.5, 'qítienes se encuen•      P., '7.~ET>ifanio Cárdenas, 8.-Pablo Rosales S.' il;.::.;
tran en la actuaÍldad lrábajando- colectivamente las            Rodrigo Rosales S., lO.-Julio Paniagua S., 11.-B~
tierras di! ejido y t¡W se éitaif 'en '~1 t~rcer punto          lo Ibarra M" lZ.-Casimiro Ibarra M., 13.-Alej(j Ro•
resolutivo de la présente Re!ilQiuClofi~
                                    ",
                                                                sales h, 14,-Agrinino Franco c., 15.--Rullén."rrai'cía
                                                                p" 16.....Presentllci6n Rivera, l?-AntonIo Cahl"era b..,.
    RESULTANDO SItGUND0.':"'La, documentación se                18,-Antonio Franco C., 19.-Isllae 'Franco C"lO.-t.o1
remitló a la Comisión Agraria Mixta' y dicno Or.a•              renzo Franco C" 21.-1. ConeeJ)ción tbtlrra 22 .....J Cruz
niemo, notlñoó ef día 20 de 'ábrjl áe 1976, a los eji•          Pa'la~u, 23.-1. fléUx Jacabo Jl" 24.-J. Cruz ,Ra~lé"!'
datadoi afectados., para· que comparecieran a la Au-            R.. 25.-José Jacabo Maclel. l6_Procopio lWsa1es, 1'(
38                                    DIARIO OFICIAL                     Lunes 22 de enero de           19~

-Marín Rosales R., 28.-Valdomero Rosales R., 29.•         ACUERDO sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo a los
Pedro Campos M., 30.-Emeterio Guevara, 31.-AdoIfo            predios rústicos denominados El Nopal y El Hui•
Rosales R., 32.-Catalino Rosales. 33.-Domingo Rosa•          zache, ubicados en el Municipio de Tlahuelilpan.
les y 34.-Eladio Rosales.                                    Hgo. (Registrado con el número 3630).
                                                              Al margen un sello con el Escudo Nacional, que
   ~EGUNDO.-Se      reconocen derecnos agrarios, por      dice: Estados Umdos Mexicanos.-Secretaría de la Re•
venir trabajando colectivamente las tierras por más       forma Agraria.
de dos años ininterrumpidos, en el ejido del poblado
de "LOS COYOTES", Mumcipio de Lázaro Cárdenas.            VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad
del Estado de Michoacán, a los CC.: l.-JÓsé Franco           Agrícola, relatIVO a los predIOS rústicos denomi•
Paniagua, 2.-AntIOco Ramírez Paniagua, 3.-Leonardo           nados "EL NOPAL" Y "EL HUIZACHE", ubIcados
Maldonado Sánchez, 4.-José Paniagua Gómez, 5.-An•            en el MUlllcipIO de Tlahuehlpan, Estado de HIdal•
tioco Ramírez Suazo, 6.-Simón Vázquez Pamagua, 7.            go, propiedad de los CC. Sllvino, Fausto, Rosalba
-Martín Maldonado Estrada, 8.-Ventura Camacho Ca•            y Orlanda López Lugo; y
rreño, 9.-Rafael Vázquez Vázquez, 10.-Salvador Fran•
co Maldonado, I1.-Hipólito Ibarra Paniagua, 12.-Teo•           RESULTANDO PRIMERO.-Que la C. Avelina Lu•
dora Maclal Angeles, B.-Leobardo Camacho Valdovi•         go Vda. de López en su carácter de representante
nos, 14.-Vivlana Valdovinos Ruiz, 15.-DlOnicio Vázquez    legal de los CC. Silvino, Fausto, Rosalba y Orlanda
L., I6.-Ma. Jesús Suazo Paniagua, 17.-Librada Fran•       López Lugo, por escrito de fecha 5 de septiembre de
co Espino, I8.-José Maldonado Sánchez, 19.-JesÚs Mal•     1973, dirigldo al entonces Jefe del Departamento de
donado Sánchez, 20.-José Ramírez Suaz~, 21.-San•          Asuntos Agranos y Cololllzación, hoy Secretario de
tlago Rosales Suazo, 22.-Irene lbarra Pamagua, 23.•       la Reforma Agrana, por conducto de la Delegación
Pablo Díaz TapIa, 24.-Pedro Díaz Galeana, 25.-Dona•       del Ramo en la citada EntIdad Federativa, solicitó
ciano Rosales Suazo, 26.-Aureliano Valdovinos Ruiz,       la declaratoria de Inafectabilidad Agrícola y la expe•
27.-Socorro Vázquez Lombeda, 28.-Felipe Valdovinos        dici6n del certificado respectivo para los predios men•
Ruiz, 29.-Faustmo Franco Paniagua, 30.-Jorge Franco       cionados, los que tienen una superfIcie de 3-32-00 Has.,
Maldonado, 31.-Atanacla Rosales Suazo, 32.-J. Ascen•       de nego, dentro de las sigUIentes colindancias: Al
ción Franco Cabrera, 33.-Gilberto Maldonado Alva•         Norte, predIO "La Parada", propiedad de los promo•
rez y 34.-José Vázquez García; consecuentemente, ex•      ventes; al Sur, propIedad de Teodoro Maqueda y Cí•
pídanse sus correspondIentes Certificados de Derechos     fIlo Sánchez; al Oriente, canal de riego y camino y al
Agrarios, que los acrediten como eJldatarios del po•      Poniente, predio "La Parada", propiedad de los pro•
blado de que se trata.                                    moven1es.
                                                              RESULTANDO SEGUNDO. - Que la promovente
     TERCERO.-Se confirman los derechos agrarios de       acreditó el derecho de propIedad de sus representa•
23 e]ldalanos del censo básIco. benefic,iados en la Re•   dos sobre el inmueble de referencia, mediante Es•
SolucIón Presidencial de 22 de octubre de 1965, y         cntura Privada de compra-venta de fecha 29 de enero
publIcada en el "Diario OtICIal" de la Federación el      de 1944, ratificada ante la fe de José Ramírez V., Juez
30 de octubre de 1965. quienes se encuentran en la        ConCIliador, en funciones de Notario Público por Mi•
actualidad trabajando colectIvamente las tIerras del      nisterio de Ley, con ejercicIO en Tlahuelilpan de Ocam•
ejIdo, a los Ce.: l.-Zacarías Franco, 2.-Manuel An•       po, Hgo., con fecha 29 de mayo de 1944; inscrita en
geles Pamagua, 3.-Pablo Angeles P., 4.-Serapio Fran•      el Registro Público de la Propiedad de Tula de Allen•
co Cabrera, S.-Alejandro Rosales S., 6.-Wenceslao Ro·     de. Hgo., bajo el número 342, a fojas 88 vuelta; Sec•
sales López, 7.-Cleto Ibarra Ayala, 8.-Eleuteno Iba•      ción V el 15 de junio de 1944; y llcompañó los pla•
 rra P., 9.-FelicJano Ibarra R., 1O.-Filiberto Pania-     nos de Ley.
gua V., 11.-J. Salomé Ibarra P., I2.-Raúl Ibarra Pa•
niagua, B.-María Blasa Rosales R.. I4.-Antonio Ro•             CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge•
sales P., I5.-Hilada Chávez L., 16.-Aurora Aguirre        neral de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y Agro•
Ramírez, 17.-Juan Espino Paniagua, 18.-Antonio Es•        pecuaria y el Cuerpo Consultivo Agrario, realizados
pino P., 19.-Teódulo Chávez E., 20.-Mónico López          los estudios correspondientes y con base en la opi•
Rosales, 21.-Febronio López P., 22.-Isaac Paniagua        nión reglamentaria emitida por la Delegación Agraria
Meza y 23.-Pilar Jacobo R., en el ejido del poblado       con fecha 6 de septiembre de 1973, llegaron a la con•
denominado "LOS COYOTES", Municipio de Lázaro             clusión de que los predios referidos por sus caracte•
Cárdenas, del Estado de Michoacán; consecuentemen•        rísticas, constituyen una auténtica pequeña propiedad
te, expídanse a sus nombres los correspondientes Cer•     agrícola en explotación.
tificados de Derechos Agrarios que los acrediten co•
mo ejidatarios del poblado de que se trata, y el rela•        CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de
tivo a la Parcela Escolar.                                que han quedado satisfechos los requisitos que es•
                                                          tablecen los Artículos 249, 250, 257 Párrafo Primero,
                                                          258 Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de
     CUARTO.-PubIíquese esta Resolución, relativa a       Reforma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21
la privación, reconocimiento y confirmación de dere•      al 27 y demás relativos del reglamento de Inafectabi.
chos agrarios en el ejido del poblado de "LOS CO•         lidad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo
YOTES", MUhicipio de Lázaro Cárdenas, del Estado          dispuesto por los Artículos 27, Fracción XV, de la
 de Michoacán, en el "Diario Oficial" de la Federación    Constitución Política de la República. S y 20. Transi•
y en el Periódico Oficial del Gobierno de esa En•         torio de la Ley Federal de Reforma Agraria, el sus-•
tidad Federativa; inscribase y háganse las anotacio•      crito Presidente Constitucional de los Estados Unidos
·nes correspondientes en el Registro Agrario Nacional;    Mexicanos, tiene a bien dictar el siguiente
 notifíquese y ejecútese.
                                                                                ACUERDO
    Dada en el palacio del Poder Ejecutivo de la              PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec-
Unión, en México, Distrito Federal, a los treinta días     tos de dotación, ampliación o creación de Nuevos
del mes de noviembre de mil novecientos setenta y         Centros de Población Eiidat la superficie de 3-32-00
ocho.-EI Presidente Constitucional de los Estados         Has. (TRES HECTAREAS, TREINTA Y DOS AREAS)
Unidos Mexicanos, José López PortUlo.-Rúbrica.•           de riego que integran los predios rusticos denomina•
Cúmplase: El Secretario de la Reforma Airaría. Aa•        dos "EL' NOPAL" V "EL HUIZACHE", ubicados en el
tDnto Toledo Corro.-Rúbrica.                              Municioio de Tlahueliloan. Estado de Hidalgo, propie-
Lunes 22 de enero de 1979                 DIARIO OFICIAL

d~d de Silvino, Fausto, Rosalba y Orlanda López Lugo,       González"; al Noroeste, ejido definitivo "Providencia"
:on las colindancias qut: s<, mdlc~n en el primer Re-      y al Sureste, propiedad. de Ernesto Longo y Mario Gar-
1ol1Itan~o.                                                1.Í.t Treviño.

     SEGlJNOO.-Si al amparo d~ la declaratoria de                RESULTANDO SEGUNOO.--Que los promoventes
Inafectabilidad de que se trata, sObreVlfllera alguno de    acreditaron su derecho de propiedad sobre el inmue•
los actos que se precisan en el Artículo 53 de la Ley       ble de referencia, mediante Escritura Pública número
Federal de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar          65, de fecha 9 de agostQ de 1965, otorgada ante la fe
dc:ré¡;hos sobre tet'renos ejidales o comunales, se e~­     de la Licenciada Laura MartÚlel. ChanOna, Notario Pú•
~¡mí a lo dispuesto en dicho precepto jurídico.              blico con eJercicio en Huixtla, Chiapas; inscrita bajo
                                                            el número 259, Libro 2, Sección 1 del Registro ¡rú·
    TERCERO.-.8i los beneficiarios postenormente ad•        blico de la Propledad de Huixtla, Chiapas, el 9 de no•
quieren otro predIo rústico por sucesión, SOCIedad con•     Viembre de 1965; y acompañaron los planos de Ley.
XUial, sociedad mercantil, copropiédad o cualquier otra
IQrIDa le¡a1, la Secretaría de la Reforma Agraria prac•          CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge•
ticará las dili.encias necesarias para sefíalar y deter•    neral de Inafectabilidad A¡ríCGla, Ga11adera y A¡ro•
minar los excedentes de la peqUefia propiedad ina•          pecuaria y el Cuerpo Consultivo A¡rario, teillizaiiIQs
fectable y d,stinatlos a satisfacer nl!!cesidades agra•     los estudios correspondientes y con base en la opi•
fias conforme a la Ley.                                     nión reglamentaria emitida por la DelegaciW Agraria
                                                             con fecha 18 de octubre de 1974, negaron a la con•
      CUARTO.-El certificado de lnafectabilidad cesará       clusión de que el predio referido por sus caracte•
en sUS efectos automáticamente cuando sus titulares,        nstlcas, constitUYe una auténtica pequefía propiedad
autQricen, induzcan, permitan o personalmente siem•         agrÍCola en explotación,
br,n, cultiven o cosechltn en su predio mariguana, ama•
pl,lla o cualquier otro estupefaciente.                          CONSIDERANDO SEQUNDO.-Que en virtud de
                                                            que han quedado satisfechos los ngulsitQS qlo1e es•
                                                            tablecen los Artículos 249, 250, 2.57 PáITafo Primero,
    QUINTO.-Publíquese el )?resente Acuerdo, por el         258 Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de
que se declara la lnafectabíhdad Agrícola de los _pre•      Reforma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21
dios rú,ticos denominados "El NOPAL" 't, "EL HUI•           al 27 y demás relativos del reglamento de lnafectabi•
ZACHE", ubicados en el Municipio de flahuelilpan,           lidad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo
Estado de Hidalgo, en el "Diarlo Oficial" de la Fe•         dispuesto por los Artículos 27, -Fracción XV, de la
deración y en el Periódico Oficial del Gobierno del         Constitución Política de la República, 8 y ~o. Trans¡•
Estado referido, inscríbase en el Registro Agrario          tono de la Ley Federal de Reforma Agrana, el sus•
Nacional y expídase el certificado respectivo.               crito Presidente Constitucional de los Estados Unidos
                                                            Mexicanos, tiene a bien dictar el siguiente
       Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la
Unión, en México, Distrito Federal, a Jos cuatro días                              ACUERDO
del mes de diciembre de mil novecientos setenta V
ocho.-El Praídente Constitucional de los Estados                 PRIMERO.--Se declara inafectable para los efec•
Unidos Mexicanos, J_ López PortWo.-Rúbrica.•                 tos de dotación, ampliación o creación de Nuevos



                         -
Cúmplase: El Secretario de la Reforma Airaría, Aa•          Centros de Población Ejidal, la superficie de 63-20-00
*.....In ToliIdo Corro.-Rúbrica.                            Has. (SESENTA Y TRES HECTAREAS, VEINtE
                                                            AREAS) de las cuales l84JO.OO Has. (DIBClOCHO HEC•
                                                            TAREAS) de temporal y. 45-20-00 Has. (CUARENTA Y
                                                            CINCO HECTAREAS, VEINtE AREAS) de agostadero
AC1JEJlDO sobre InafeetabWdad A¡ricola, relativo al         de mala calidad ~uivalentes a 14-65-00 Has. (CATOR•
   precito niltko ~o Unda Viste y su Anexo                  CE HECTAREAS, SBSENtA y CINCO ARBAS) de rie•
   Rodrt¡uez Brto"', ubicado en el Municipio de             go teórico, que integran el predio rústico den&minado
   VIDa ComaItltlán, Chis. (Re¡lstrado con el número        "LINDA VISTA Y SU ANE~O RODRIGUEZ BRlONES",
   3629).                                                   ubicado en el Municipio de Villa Comaltitlán, Estado
                                                            de Chiapas, propiedad de Benjamín, CrescenciQ, V~
    Al marien un sello con el Escudo Nacional, que          gilio, Epitacio y Jorge González Pérez, con las colin•
dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretarfa de la Re•        dancías que se indican en el primer Resultando .
forma Agraria.
                                                                SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de
VIST~ara resolver el expediente de lnafectabilidad          Inafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de
     A    cola, relativo al predio rústico denominado       los actos que se precisan en el ArtfcÚQ S3 de la Ley
     ti INDA VISTA Y SU ANEXO RODRIGUEZ BRIo.               Federal de Reforma Agrana, que pudiera perjudicar
     NES" ubicado en el Municipio de Villa Comalti•         derechos sobre terrenos ejidales o comunales,' se es•
     tlán, Estado de Chiapas l propiedad de los CC. Ben•    tará a lo dispuesto en dicho precepto jurídico.
     jamín~ Crescencio, Vírgillo, Epitacio y Jorge Gon•
     zález rérez; y                                              TERCERO.-8i los beneficiarios pOSteriormente acl-
                                                            4uieren otro predio rustico por sucesión, IOCitda.cl con•
     RESULtANDO PRIMERO_Que IOl! CC. Benjamín,              yugal, sociedad mercantil, coptol'ied.d o cua1q_ otra
Crese.neio, Virgili0, Epitacio y Jorge González Pérez,      forma legal, la Secretaría de la Refortna Agraria -prac•
en ,su carácter de pr<?}'ietarios, por eScrito de fecha     ticará las diligencias ñeeeaarias para sefialar y deter•
29 Qe marzo de 1974, dirigido al entonces Jefe del De•      minar los excedentes de la ~quefta propiedad ina•
partatilento de Asuntos Agrarios y Colonización, hoy        fectable y destinarlos -a satisfacer necesida4es aata•
Secretario de la Reforma Agraria, por conducto de la        rias' confurme a la Ley.
Delegación del Ramo en la citada Entidad Federa•
tiva, solicitaron la declaratoria de Inafectabilidad            CUARTO.-El certificado de InatectabUidad cesará
Agrícola y la expedición del certificado respectivo pa•     en sus efectos automáticatnente cuando sus titulares,
ra el predio mencionado, el que tiene una superficie        autoricen, induz~an, permitan o pérSOÍlalmente siem•
de 63-20.00 Has. de las cuales 18-00..00 Has. son de        bren, cultiven o cosechen en su -predio mariguana, ama•
teJ!lporal y .45-2G.OO Has., son de agostadero' de mala     pola o cualquier otro estupefaCiente.
calIdad, eqUIvalentes a 14-65-00 Has., de riego teórico.
dentro de lªs $il!lientes colindancias: Al Noreste, ejido      QUINTO.-Publíquese ~ln/Y:!lmte Acuerdo, por el
definitivo "PJ:oV1dencia", al Suroeste, predio "Abundio     que Se declara la Inaftcta,    A¡r1coJa del Predio
40                                        DIARIO Op·ICIAL Lunes 22 de enero de 1979 '

rustico denominado "LINDA VISTA Y SU ANEXO RO                 dusión de que el predio referido por sus caracterís•
DRIGUEZ BRIONES", ubil:ado en el MunicIpio de Vi•             ticas,' constituye una auténtica pequeña propiedad
lla Comaltitlán, Estado de Chrapas, en el "Diario Ofi•        agrícola en explotaCIón.
cial" de la Federación y en el Periódico Oficial del
Gobierno del Estado referido, inscríbase en 'el Re•
gistro AgrariO NacIOnal y expídase el cerl'iticado res•            CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de
pectIvo.                                                      que han quedado satIsfechos los requiSItos que es•
                                                              tablecen los Artículos 249, 250, 257 Párrato Primero,
                                                              258 Párrato Pnmero, 353 y 354 de la Ley Federal de
    Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la              Reforma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21
Unión, en México, Distrito Federal, a los cuatro días         al 27 y demás relativos del reglamento de Inafectabi•
del mes de dicIembre de mil novecientos setenta y             lIJad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo
ocho.-El Presidente Constltucional de los Estados             dIspuesto por los Artículos 27, Fracción XV, de la
Umdos MexIcanos, José López Portillo.-Rúbrica.•               Constitución Pohtica de la RepúblIca, 8 y 20. Transi•
Cúmplase: El SecIetarlO de la Reforma Agraria, An•            tOriO de la Ley Federal de Reforma Agraria, el sus•



                                 -
tonio Toledo Corro.-Rúbnca.                                   cnto PreSIdente Constitucional de los Estados Unidos
                                                              Mell.lCanOS, tIene a bIen dictar el siguiente

                                                                                    ACUERDO
ACUERDO sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo al
   predio rústico denominado Fracción San Juan de                  PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec•
   La Vaquería, ubicado en el Municipio de Saltillo,           tos de dotaCIón, ampliación o creación de Nuevos
   Coah. (Registrado con el número 3625).                     Centros de Población EJIdal, la superÍlcIe de 15-34..QO
                                                              Has. (QUINCE HECTAREAS, TREINTA y CUATRO
                                                              AREAS) de temporal, equivalente a 7-67·00 Has. (SIE•
    Al margen un sello con el Escudo Nacional que             TE HECTAREAS, SESENTA y SIETE AREAS) de
dice: Estadus Ul1Jdu~ MexIcano~.-Secretaría de la Re•         1 íego teónco, que integran el predio rústico denomi•
forma AgrarIa.                                                nado "FRACCION SAN JUAN DE LA VAQUERIA",
                                                              ubIcado en el MuniCIpio de Saltillo, Estado de Coa•
                                                              hUIla, propIedad de María Teresa Pérez de Lucio, con
VISTO para resolver el expedIente de Inafectabilidad          las colindancias que se mdican en el primer Resul·
   Agrícola, relatIVO al predio rústico denominado            tanda.
   "f<RACCION SAN JUAN DE LA VAQUERIA", ubi•
   cado en el MuniCIpio de Sal tillo, Estado de Coa·
   hUlla. propiedad de la C. María Teresa Pérez de                SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de
   LuClo; y                                                   Inafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de
                                                              los actos que se precisan en el Artículo 53 de la Ley
                                                              Federal de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar
     RESULTANDO PRIMERO.-Que la C. María Te•                  derechos sobre terrenos ejidales o comunales, se es•
resa Pérez de Lucio, en su carácter de propietaria,           tará a 10 dIspuesto en dIcho precepto jurídico.
por escnto de tc,-'ha 7 de enero ,de 1975, dingido al
Secretario de la RetOI ma Agl al la, por conducto de la               I

DelegaCIón del Ramo en Id citada Entidad Federa·                  TERCERO.-Si la beneficiaria posteriormente ad•
tiva, solicitó la declaI atoría de Inafe-ctablhdad Agrícola   qUiere otro predio rústico por suceSión, sociedad con•
y la expedición del certlticado respectivo para el pre•       yugal, sociedad mercantil, copropiedad o cualqu!er otra
dio mencionado, el que tIene una superficie de 15-34-00       forma legal, la Secretaría de la Reforma Agrana prac•
Has., de temporal, eqUl'alente~ a 7·67-00 Has" de riego      ticará las diligenCIas necesarias para señalar y deter•
teórico, dentro de lils SI?U!entt'5 colindancias: Al No•      mmar los excedentes de la pequeña prQPIedad inafec•
reste, predios de Catarina Vázquez de Lucio V Edu•            table y destmarlos a satisfacer necesidades agrarias
wiges Valdez de LUCIO, Carretera Derramadero-Salti•           cc.uforme a la Lev.                           -
lIo de por medio v predIO de Cleotilde Gana López;
al Sur. ejido San Juan de la Vaquería; al Suroeste,
ejido San Juan de la Vaquería y al Noroeste, predio                CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad cesará
de Juan Belmares.                                             en sus efectos automáticamente cuando su titular au·
                                                              torice, induzca, permita o personalmente siembre, cul•
                                                              tIve o coseche en su predio mariguana, amapola o
     RESULTANDO SEGUNDO - Que la prom avente                  cualQuier otro estupefaciente.
acreditó su derecho de propiedad sobre el inmueble
de referencia, mediante copia fotostática certificada
del Contrato Privado de Compra·venta, de lecha 31 de              QUINTO,-Publíquese el presente Acuerdo, por el
julio de 1965, ratificado en la mi~ma fecha de su otor•       que se declara la Inafectabilidad Agrícola de) predio
gamiento, ante la fe del LIC. Eduardo L. Garza, No•           rústico denominado "FRACCION SAN JUAN DE LA
tario Público, con ejercicio en la Ciudad de SaltilJo,        VAQUERIA", ubicado en el Municipio de Saltillo, Es•
Coahuila: inscrito bajo el No 49706 folios 380 a 382,         tado de Coahuila, en el "Diario Oficial" de la Fede•
Volumen 234, Libro 1, Sección de la Propiedad del             ración v en el Periódico Oficial del Gobierno del Es•
Registro Público de la Propiedad de Saltillo, Coahuila,       tado referido,' inscríbase en el Registro Agrario Na•
el 17 de agosto de 1965; y acompañó los planos de             cional y expídase el Gertificado respectivo.
Ley_
                                                                  Dado. en el Pal~cio del Poder E jecutivo de la
    CONSIDERANDO PRJMERO.-Que la Dirección Ge•                Unión,- en' México, Distrito Federal, a los cuatro días
neral de Tnafectahilidad Agrícola, Ganadera v Agro•           del mes de diciembre de mil novecientos setenta V
pecuaria V el Cuerpo Con~ultivo Agrario, realizados           ocho:-EI Presidente Constitucional de los Estados
los estudios correspondientes V con base en la opi•           Unidos Mexicano!>, J~ López PortUIo.-Rúbrica•
nión reglamentaria emitida por la Dele~ación Agraria          Cúmplase: El Secretário de la Reforma Airaria, la-•
QOa f~ "      '" .nero de 1975. llegaron a 1& lX)llo.         toD1o Toledo Corro.-Rúbrica.

22011979 mat

  • 1.
    DIARIO OFICIAL ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS ME-)Q(ANOS PRIMERA SECCION Director: Lic. RAFAEL MURlLLO VIDAL Registrado como articule de 2.. eI,te en el alío de 1114 MEXICO, LUNES Z2 DE ENERO DE 19791 TOMO CCCLn No. 15 "'" PRIMERA SECCION ción, en el ejido del poblad.o. ~enominado . Buenavista 23 N. C. P. E., MunICIpIO de Teno• PODER EJECUTIVO sique Tab. (Registrada con el número 3()~2) 1J SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES ResoluciÓn sobre privación de derechos agranos y nuevas adjudicaciones de unidadés ~ dota• Decreto por el que "e aprueba el Tratado sobre Lí· CIón y confirmacIón de dere~hos aJ1'anos, en mltes Marítimos entIe los Estados Unido!, Me. d ejido del poblado denominado L.agUna de xlcanos y los Estados Unidos de América. tIr. Palos Blancos, Municipio de Salvador. Alvara.- mado en la Ciudad de México, DistrIto Federal, do. Sin. (Registrada con el número 21).,'. .. el día cuatro del mes de mayo del año de mil Aviso de deslInde de terrenos de presun__ Rrop~ novecientos setenta y ocho .................. 3 dad nacional del poblado denwninado Cela)'a, Decreto por el que 5of: aprueba el Protocolo por el ubicado en el Municipio de Angel Albino Cono, que se prorroga el Acuerdo Relativo al Co• Chis., con superficie. de 195-00-00 Has. . .. :.. 15 mlilrcio Internacional de los Textiles, hecho en Resolución sobre prIvacIón de dt>rechos agranos I la Ciudad de Ginebra, el catorce de diciembr~ y nuevas adjudicaciones de unidades de .dota- de mil no- ecientos setenta y siete ........... 3 ción en el ejIdo del poblado denominado SECRETARIA DE PATRIMONIO Y FOMENTU Santa María del Tule, Municipio del Mismo INDUSTRIAL Nombre,Oax. (Registrada con el número 36(8) 16 Resolución sobre privación de derechos aararios Oficio por el que se autorizan reformas a los esta• v nuevas adjudicaciones de unidades de dota.• tutos de la Cámara NacIOnal de la Industria ción, en el ejido del p~blado deno~do Maderera y Similares ...................... 3 ~aranja de Tapia, MunICIpIO de Zacapu, M1ch. SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS (Registrada con el número 3607) ......... :.. la HIRAULICOS Resolución sobre privación de derechos agranos y nuevas adjudicaciones de unidades ~ dota- Acuerdo por el que se fija el valor del punto de cíon y confirmación de de.rechos ~os, en la sacarosa que contenga la caña que se pro- el ejido del poblado denominado ESfuerzo del cese durante la Zafra 1978;1979 ........ ..... 10 Campesmo, MunicIpio de GÜémez. Tam. (Re• SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y gIstrada con el numero 3622) .........•.... 2. TRANSPORT2S DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDEIlAL Solicitud de Concesión en favor de la empresa Reglamento del Registro Público de Cou1ercio .. 11 Multiondas de Cuemavaca, S. A., para instalar, operar y explotar un sistema Radiotelefónico Avisos Judiciales y Generales....... ••••••••• 26 a ... de Portadora Común sin conexión a la Red Telefónica Pública en la ciudad de Cuernavaca, SEGUNDA SECCION Mor. (Segunda publicación) ................. 11 Solicitud de concesión _en favor de la empresa PODER EJECUTIVO Radioantena Potosina, S. A.. para la explota.. ción del servicio radiotelefónico de portadora SECRETARIA DE LA REFORMA A~ común sin conexión a la red telefónica pública de la ciudad de San Luís Potosí, S. L. P. (Pri- Acuerdo sobre inafectabilidad agrícola. relativo al mera publicación) ........................... 12 predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Mu. Solicitud de concesión en favor de la empresa In• nicipio de Reynosa, Tam. (Registrado con el terradlo Poblana, S. A., para instaJar, operar número 3641) .......................... . 1 y explotar un sistema radiotelefónico de Por4 Aeuerdo sobre inafectabilidad agrícola, relativo al tadora Común sin conexión a la Red Telefónica predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Mu. Publ!ca !!~ la CIUdad de Puebla, Pue. (Segunda nicipio de Río Bravo, Tam. (Registrado con pubhcaCIOn) .................................• 1% el IlÚlllero 3642) ...................... . . . 2 Oficio por el que se apmeba la Tarifa No. 8, apli• Acuerdo sobre inafectabilidad agrícola. relativo al cable exclush'amente a las maniobras que el predio rústico denominado La Costa, ubicado Sindicato de Estibadores, Abridores del Ce• en el Municipio de Matamoros, Tam 1R()¡d~- mercio, Carretilleros. SImilares y Conexos, efec. trado d>n el número 3638) ............ .. 2 túe a los Agentes Aduanales de la Ciudad de Acuerdo sobre ínafectabílidad agrícola, relatl-o ai México, D. F. (Segunda publicación) ......... 11 preciio rústico denominado Barreales ubicado SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA en el Mtmicipio de Matamoros, Tam. (Regís• ~ ~ el nÚInero 3637) .. ,- ..... , . 3 Resolución sobre privación de derechos agrarios ..~ sobre privación de derechos agraflo!> ) nuevas adjudicacioOS',s de unidades de dota- " nuevas adjudicaciones de unidades de dota-
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    2- DIARIO O.ICIA~ Lunes 22 de enero de 1979 ción y confttmaNón de derechés agrarios, In llidalgo, Municipio. de Acacoyagua, Chis. (lté• el' e,]ldo del poblado denominado kiracuaren• glstrada con el nutnere 3é52) .........••..•• 21 diro, MUDiciflo de Vill¡,t Morelos, Mich. (Regis- .trada coh.e número 3619) ................. . Resolución >Obre pnyaCIÓn de dere,chos agrarios .. ResolUción sobre privación de dere,chos agrarias y nuevas adjudicaeíonel> de unidades de dota• ción, en el ejido del poblado aeÍl9lIlinaae y nuevas adj1;ld~caciones de umdades de dota• La Esperanza, Municipio de El Rodeo Dgo. ción- y corlfiflÍuic1ón de derechos agrarIos, en (Registrada con el número 3655) ....• : ••••.• el- ejido det 1't>blado denominado Cutio, Muo. llt!sóluclÓlt sobre privación de derechóS agrlirros mcipIO de Churumuco, MICh. (Registrada con y nuevas adjudicaciones de unidades de dota• el número 3620) .•••..•••....•.••••••..•.•.d. I ción, en el ejido del poblado denominado ReSOlUcion 5.obre ampliación de ejido, soliclta a Ixtula y Zembo, Municipio de Huesca de por vednos del poblado denominado Choaca• Ocampo, Hgo. (Registrada con el número 3657) hui, MUillCIpIO de Ahorne, Sm. (Registrada con Itésolul!tótt sobre privación de dere,chos agrarios el númera 3391) ............................. . 6 y nuevas adjudicaciones de unidades de dota• Resolución sobre privación de dere,chos agrarios ción, en el ejido del poblado denot11lnadó y I:u~vas adju4i~eiones de unidades de dota• Venustiano Carranza (antes El GrinJe). MI;I.. ción, en el ejido del poblad~ denominado nicipio de Tepic. Nay. (Registrada cen el nú- _San José Nanacamilpa, Municipio de Mariano mero 3~64) .......•.....•....•..•...•... , .... , . Arista, Tlax. ,(Registrada con el número 3551) '1 A~rdo sobre inafectabilidad agrícola, relativo al Re$o.ución sobre pnvacIón, reconocimiento y con• predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Mu• firmación de derechos agrafIos, en el ejido del niciílio de Villa Unión, Coah., (Registrado con poblado denonunado_ Los Cedros, MUillCiplo de el número 3685) ............................. . 25 · Cho~ Sin. (Regis.trada con el número 3601) .. 18 _..,Iuelón sobre privación de dere,chos agrarios R~soluctén seb~ privacién de dert.ehos a~rarios y nueva adjudicación de lUlidaEl de dota• y nuevas adjudieacIones de unidades dé dotar• ción, en el ejido del. poblado denominado ciÓtl y confirmacién de dereehes agrarios, eh Sta. María Moyot~ingo, rviUDicipio de San Mar• el ejíde del poMada denomin'ldo San Antonil;t tín Te~e¡ucan, Pue. (Registrada con el nú~ de l'eñitas, Municlpio de lturbidé, N. L. (Ré- mero 3666) ..............•..•....•............ glstrada con el nÚIQero 3593) ............... . 11 Acuerde sobre inafeetabilidad agrícola, relativo al Rfto.IUelón sobré pnvaeÍón de dert¡,chos agrarios predio rústíco denotninado Chin~his Btava,s. y nUevas adjudi~aciones- de unidades de dotá• ubicado en el Municipio de Namiquipa, Chib, dón y cáncela.ción de certificados de derechos (Ke~istrado con e,l numero 3686) ........ , ...• 27 agrarios) en el ejidó del poblado denominado ReSOJuclt)n sobre pnvación de dere.chos ~granos Caleras, Mumdpio de tecomán, Col. (Regis• y nuevas adju¡:1icacIOnes de umdades de dota• trada con el número 3497) ......•............ 12 ción y reconocimiento de derechos agranos, en ÁüolueÍÓll sób~ privación ,de derec~os agrarios el ejido del poblado denominado bl Ranctllto .' y nuevas adjudicaCiOnes de unidades de dotá• MunlClpio de Cosala, Sin. (ltegistrada con el ción. en el ejido d~l poblado denoIQinadó numero 3332) ................................ . 28 El Pensil Muructpto de Ocampo, Tam. (Regis_ Resolución sobre privación de derechos ~~~rios trada con el número 3705) ..•• "1" .......... . 13 y nuevas adjudicaCIOnes de, Iillidades de dota• Ib&olili!lbt sobre J?rivación de derecnos agrarios ción, en el ejido del poblado denominado cién, en el ejido del poblaqo denominado, La Escondida, Municipio de Linares, N. L. (Re- y nuevas adjudicaciones de unidades de dota• gistrada con el núrnl.'ro 3697) ... , ........... . LáS Antonias, Municlpio de Bustamante, Tam. Resolución sobre prIvación qe derechos agrarios . (Re~i$trada coh el n~ero 37M) .....•.... : .. 15 y nuevas adjudicaciones de Iillidades de datil• __oIución sobre privacIOn de dere,cpos agranos ción, en el ejido d~l poblado denomip,aclo y nUeva adjudicación de unidades de dota• Presa de los Fresnos, Municipio de Mina, N. L. ción y ré,conocimi~nto de derechos agrarios L ~n (Registrada con el número 3(96) ........... . . . el ejido del pub lado denomin~do La Ar~na, MU• ResoluCión sobre privación de derechos agrarios . nidpio de Ocosingo, Chis. (Registrada con el y nuevas adjudicaciones de unjdadj!s de dota• • número 3é77) .........•••••....•............. 16 ción, en el ejIdo del PQbl!i{lt> denominado "'olución sobre privación de !ierechos agrarios Vista Hermosa, Municipio de Ma,tamoros, Tam. ción, en el ejido del pobladQ !ienominado (Registrada con el nútti~ro ~702) ........... . y 'nueVás ádjudicaciotles de unidades de dota- Resolución sobre privaci'ón de derechos agrarios · El RO)ll'eral, Municipio de Villa Corregidora, y nuevas adjUfbcacion~.s de 1,luidad¡;:s de dota• _ Qro. (Registrada con el número 3670) ...•..... ción, en el ejido del poblado d~nom.illad~ ~Ut!fón sobre privación de derechos agrarios Rincón de Rubios, Municipio de Ciud~d Hidal• · y nueva adjudicación de unidades de .dota• go, Mich. (Registrada con el número 3'94) ..• ción, en el ejido del poblado denommado Resolu~ón sobre privación d,e der~chos ~grQ.riaS San Rafael, Municipio de Villa Corregidora, y nuevas adjudic.acione,s de unjdades de 40tJl• Qro. (Registrada con el número 3669) ....... . 18 ción, en el ejido del poblado denominado Resolución sobre privación de derechos agrarios Cuaiílote y Cerro Gordo, Municipio de Cea• y nueva adjudicación dé unidades de dota• yuca, Pue. (Registrada conel número 37tH) ... 33 ción, en el ejido del poblado denominado Resoluclén sobre privación de derechos ~ririos Apapatart>, MUhicipio de Huiniilpál1, Qm. (Re- y nuevas adiudicacione,s de unidades d~ dota• gisttadá con el número 3667) ............... . 19 ción y confirmación de derechos ¡igrarlos, eH el eji40 del poblado denomina~o Las &rrtn• llesolución sobre privación de dere,chos agrarios cas, Municipio de 1xtacamaxtitlán, Pue. (1{egis- y nueva adjudicación de unidades de dota• trada con el número 3395) ................. . ción. en el ejido del poblado denominado ResGluclÓll sobre privación de derechos lgrllrios El Zapote Municipio de Querétaro, Qro. (Re- y nuevas acljud1caClont's de unidades de dota• gistrada con el número 3668) ......... .. .. .. 19 ción y confirmación de derechos agrariQs, en Resolución sobre privación de der~chos agrqrios el elidó del ¡loblado denomipádo Paredon.s, y nuevas ad imUcaciones de unidades de dota• MumcipiQ Q~ Culiacán, Sin. (Registrada con el ción, en el ejido ~el poblado denominado número 3599) ............................... . 36 Lic. Adolfo López Mateos, Municipio de 1'~c­ ResoluelÓll sobre privación, reconocimiento y €Qll• pata!l, Chis. (Registrada con el número 3651) firtnación de dered¡.os .agrarios en el ejido del &esollclmt sobre privaciól1 de derechos agrarios poblado denQminado J.O¡¡ CQyotes, MunicipiQ y nuevas adjúdicaclones de unidades d~ .dota• de Lázcto Cárdenas, Mich. (Registrada con el eiÓD. en el ejido del poblado denominado núme.f9 3(00) .................................... . 37
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    Lunes 22 deenero de 1979 DIARIO OPtCIAL J ~do sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo a cipio de Villa Comaltitlán, Chis. (Registra'o . los predios rústicos denominados El Nopal y con el número 3629) .......................... 59 El Huizache, ubicados enel Municipio de TIa• Acuerdo sobre lnafectabilidad Agrícola, relativo ~l huelilpan, Hgo. (Registrada con el número 3630) 38 predio rústico denominado Fracción San Juan .Acuerdo sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo al predio rústico denominado Linda Vista y su de La Vaquería, ubicado en el Municipio de Anexo Roch'iguez Briones, ubicado en el Muni- Saltillo, Coah. (Registrado con el número 3625) 40 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE RElACIONES EXTERIORES IlECRltTO JKR' el que se aprueba el Tratado sobre Li. DECRETO por el que se aprueba el ProfocoIe por él mit.. Marítimos entre los Estados Unidos Mexi• que se prorroga el Acuerdo Relativo al ~ ~ ~.Ios .Estados Uni~ de América, firmado Internacional de los TextOes, hecho . . la Quckd en la CIu4ad de México, Distrito Federal, el día de Ginebra, el catorce d.e dtclembre de mil DOfto cuatro ctel mea de mayo del año de mil novecien• cientos setenta y siete. tG8 _ _ta y GCho. Al margen un sello con el Escu40 Nacional. q,ue Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presi~ de la Ro• dice: Estados Unidos Mexicanos.-Presidencia de la Re• pública. p~lica. lOSE LOPEZ PORTILLO, Presidente CoIasUt.ucPud ele JQ&E.LOPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estad.os Unidos Mexicanoa, a BUS babftantlll, 101 Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: ubed: Que la Cámara de Senadores del H. Conar. de Que la Cámara de ':>C1l<LUUI-C~ UCl .n.. JV la Unión se ha servido dirigirme el siguient' la Unión se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO: DECRETO: . uLa Cámara de Senadores del Congreso de la "La Cámara de Senadores del Congreso de la Uni9Íl,.en ejercicio de la facultad que le concede el Unión, en ejercicio de la facultad que le ~CedIi! el Artículo.76, fracción 1, de la Constitución Política de Artículo 76, fracción 1, de la Constitución Política de los Estados Unido~ Mexicanos, decreta: los Estados Unidos Mexicanos, decreta: UNICO.-Se aprueba el Tratado sobre Límites Ma• UNICO.-Se aprueba el Protocolo por el que se rítimos entre los Estados Unidos Mexicanos y los Es• prorroga el Acuerdo Relativo al Comercio Interna• tados Unidos de América, firmado en la CIudad de cional de los Textiles, hecho en la ciudad de Gi• México, .Distrito Federal, el día cuatro del mes de nebra, el catorce de diciembre de mil novecientos le-' mayo del año mil novecientos setenta y ocho. tenta y siete. México, D. F., a 20 de diciembre de 1978.-Sen. México, D. F., a 20 de diciembre de 1978.--se.u. AatOldo . Ocampo Ramírez, Presidente.-Sen. JoaqtlÚ) Antonio Ocampo Ranúrez, Presidente.-Sen. JoaQufa .petto Ocampo, Secretario.-Sen. Telésforo Trejo Uri• Repetto Ocampo, Secretario.-Sen. Telésforo. TrejolJrl• be, Prosecretario.-Rúbricas". be, Prosecretario.-Rúbricas". En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción 1 del artículo 89 de la Constitución Política de los 1 del artículo 89 de la Constitución Política de los Esta40s Unidos Mexicanos y para su debida publi• Estados Unidos Mexicanos y para su debida publi• cación y observanciaj expido el presente Decreto en cación y observancia expido el presente Decreto en la residencia del Pouer E jecutivo Federal, en la ciu• la residencia del Poder E jecutivo Federal, en la ciu• ilad de México, Distrito Federal, a los veintisiete días dad de México, Distrito Federal, a los veiatiséis días de¿ mes de diciembre de mil novecientos setenta y del mes de diciembre de mil novecientos setenta y Ocno.-José López Portillo.-Rúbrica.-El Secretario de ocho.-José López Portlllo.-Rúbrica.-El Secretario de Relacü»nes Exteriores, Santiago Roel García.-Rúbri• Relaciones Exteriores, Santiago Roel Gareía.-Rúbri• CIt.-El Secretario de Gobernación, Jesús Reyes U .. ca.-El Secretario de Gobernación, JesIia Rey.. u.' I'OI••-Rúbrica. roles.-Rúbrica. ---.,..........----------~---------------- SECRETARIA DE PATRIMONI O y FOMENTO INDUSTRIAL OPICIO por el ~: autorizan reformas a loe uta.. ... C. Presidente de la Cámara tutoa "- la Nacioul de la Industria AJa. Nacional de la Industria detera y SlmlJaree. Maderera y Similares. Av. Chapultepec No. 19-104, México 1, D. F. .Al úlaTgen un sello coa el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Patrio Me .refiero a su escrito de fecha 23 de octubre cte monio y Fomento Industrial.-Dirección General de 1978, en el cual solicitan la autorización de las rel'.1 Fomento lndustrial.-Subdirección GeneraI.-Coordina• mas a diversos artículos de los estatutos que rigen el ción de ~smos Industriales y de Control.-Núme• funcionamiento de esa Institución, acordadas en ,.. ro del OfiCIO: 21/IV/51712. Asamblea General Extraordinaria del 19 de octuhH' ,1 . mismo año. ASUNTO: Se autorizan las reformas a los estatutos de ea Institución. Cll los t6rminos Que se indi• Sobre el particular le manifiesto que, en vlrlml oaz:a. do QUO al practicar el estudio correspondiente, se 00
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    ,~Ó que el objeto fundamental de las reformas. es dificación o derogación 4e Leyes y disposiciones ad• ~justílr sus estatutos a las dIsposiciones vIgentes de mini·:strativas que afecten las actividades industriales li. L,y de las Cámara's de Comercio y de las de In- que la constituyen. 9llitri" se autorizan dichas modificaciones en los tér• minos del ejemplar que ¡¡e acompaña, en 20 fojas Útile•• VI.-Actuar por medio de la comisión desi¡nada a este fin, como árbitro o arbitrador en los conflic• - lo anterior se le comunica con fundamento en tos entre sus socios, cuando éstos se IQmetl;ln expr~ 11jJ$ ílrtículos 10., 20., 27 Y demás relativos y aplica• samente a la Cámara, en compromiso que d~berá ~les 4e la Ley de las Cámaras de Comercio y de las formularse por escrito y que deberá ser privado, ea l. de Industria, 33 -Práeoión XVIII y 50. transitorio de la inteligencia de que el f~lo será obligatorio para la Ley Orgánica de lá Administración Pública Fede• las partes. r@l, 50. y 11 fr~cción NII del Reglamento Interior dlt S,cretarí!l de Patrimonio y Fomento Industrial, con VII.-D~sempeñar. de conformidad con las dispo• ,~ fin de que se sirvan publicar el presente oficio, a siciones aplicabl¡;S, la ~inQicatura en las· qui~bras d_ ~u costo y por una sola vez en el "Diario Oficial" de industriales inscritos en ella. Ii1 Fedl¡!ración, en cumplimiento a lo dispuesto en el ,rU~ulo 30. del Código Civil para el Distrito Federal VIII.-Prestar en eeneraI a todos sus socios los tn matcJria común y para toda la República e:1 ma• servicios marcados por la L/¡!y do las Cámaras de CQ• t,ri.. federal. mercio y '" lai InQustnaJ y por lQI prfllentts esta• tutC,ls. AtJnt~t•• IX.-Ejecutar todQS los acto. civiles y adminis• $ufr¡¡ilo Efectivo. No Reelección. trativos. qu~ sean consecuencia directa de BUS atribu• CIOnes y realizar todas las demás funciones que le se• Méxicfi), D. F., a 21 de diciembre de 1978.-EI Sub. ule III L@y de III CaUnarall de Comercio y de las de •.e~retario de Fomento Industrial, Natan Wlll'man.• Industri~ y los pre¡¡ent.1 estatutos. RlÍbrica.. ARTICULO 60.-Est~ obli¡(ados a inscribirse en el registro industrial de la Cim.Té. Nacional de la In• ARTICULO 10.-La Cámara Nacional de la Indus.• dustrill Maderera y Similares. durante el mes de ene• tria Maderera y Similares, es una institución pública, ro de cada año, o dentro del mes siguiente a la fech~ 'lU'riOfll.J, de duracIón indClfinida. de carácter ¡ené• de la miciación de sus actividades, en cumplimiento rÍco y con personalidad jurídica distinta a la de cada de lo dispuesto en el al'Uculo 50. de la Ley de las lno dt: sus socios. . r Cámaras de Com~rcio de las de Industria, los indus• triales que dedicándose a las actividades señaladas en AIU'lCULO 2o..-Integran la Cámara Nacional de el artículo 20. de estos estatutos, tengan un capital JI' lnc;iustria Maderera y Similares, todas las personóta contable manifestado a la Secretaría de Hacienda y tí.icas o morales propietarias en la República de M.• Crédito Público, en su última declaración anu~, de q.ererías - que ten¡an eQ.uipo -mecánico para cepillar, $2,500.00 en adelante. aMrr~r O cQrtar madera. fabricantes de bastones, lamo I;Jriue•• duela" cajas para empaque, molduras (zocIos). Los industrillle' que manifiesten alterado a la e. ,,,,rtas y ventanas eJe madera. mara el capital que señala el párrafo anterior, serán sancionados por la Secretaría de Patrimonio y Fo• ARTICULO 30.-La Cámara Nacional de la Indua.. mento Industrial con una multa equivalente al doble tril Maderera y Similares tendrá jurisdicción sobre de la cantidad que hayan dejadO de pagar como resul• 1 perllonas físicas o morales a que se refiere el ar• .. tado det la inexactituf1 en que hubieren incurrido. ti9ylQ ~terior. que ejerzan sus Ilctivid,des en toda la a.pñbUca. ARTICULO 80.-Son so¡;io. activos, la$ per~onal físicas o morales que estando obligadas a inscribirse PQdrá fundar Dele¡aciones en las entidades o zo• anualmente en el registro de la Camara. de acuerdo ~ guf;>. el Consejo Dlrectivo crea pertinente. previa con lo establecido por el artículo 20. de estos e$~· JI ,prooación de la Secretaría de Patrimonio y Fg. tutos, cubran la cuota anual de re¡istro, las extraQr• OJ,nto lndustri.!. dlnarias que en eu caso apruebe el Consejo Direc• tivo, Jl!evIól aprobación de la Secre~r1a do PatrimQo -UTICULO So.-La Cámanl Nacional de la Indu.. nio y fomento Industrial, ast COmO aqutlllls que adeu- , ~ ~derera y Similares, tendrá por objeto: daran a la Cámara y tendrán los <,lerechQs que les cotr fiere el artículo 13 de estos estatutos. J,....R.'pr'.entar los intereses generales de las act" vtcjictea industrialell que la constituyen. Son socios cooperadores aquellos que. sin tener la obligación de inscribirse en la Cámara, desean con• tribuir para su sostenimiento con la cuota anual que II ......Estudiar todas las cuestIOnes que afecten - la~ -~ctividades industriales que la constituyen y pro• le. fije el Consejo Directivo 1 tendrán los derechos Que les confiere el artículo 1 de estos estatutos. V'eer a las medidas que tiendan al desarrollo de éstu. I1I.-Participar en la defensa de los intereses de ARTICULO 90.-Las personas físicas o morales obli· sus socios cuando éstos lo soliciten, sin máa limita• gadas a inscribirse en el registro industrial de la Cá• ci9n~ que las señaladas. por la ~ de las Cámara. mara o sus delegaciones, lo solicitarán por escrito den. de Comercio y de l~s de IndustrIa y por los presen• tro del mes de enero de cada a1I.o, o dentro del mes t,s estatutos. siguiente a la fecha de la iniciación de su~ ~ctivi­ dades, acompañando los datos de su negOCIaCIón y IV.-$er ór~ano de consulta del E~tado en tod~ la cuota anual por concepto de re¡istro. l~ relar;ic;mado con las necesidades. problemas y act¡• vj9,de¡ de los industriales que la constituyen. En cumplimiento de lo dilp-UfIIto por el artículo 60. de la Ley de la Materjll. la Cámara proporcionará V.-EJe~er el derecho de petición, haciendo !Js .. la Secretaría de Patrimonio Y Fomento Industrial .~'f1Jt~ciones necesarias iDte las Autoridades Fe-• durante el mes de m~no de c;.~a aHo, una ~l~eión ~e~, ¡;st91taIes, Mu:rii~ípal,es y del 1)istrit~. rederal di¡) los empresarios que no hubier~n ~~lido, C~D la '1 ¡Qli<:itar de ell~~, segtUl ~~ caso, la expediClon, IDO- ob1i¡aciÓD de inscribirle.
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    Lunes 22 eleenero (le 191~ DIARIO OPICIAL Dicha Secretaría impondrá al infractor, oyéndolo caciones sobre asuntos que se refieran a los intereses previamente en defensa, una multa hasta por el doble generales de la mdustria, o a los particulares del so• de la cuota de su inscripción, la que podrá duph. CiO en lo que se relacione con el interés general de urse en caso de reincidencia. nuestra rama industrial maderera. La imposición de la multa no libera al infractor V.-Solicitar la protección y ayuda de la Cámara de la obligación de inscribirse ni de la de cubrir la en la defensa de sus intereses industriales. La Cámara cuota de registro. deberá atender esta solicitud cuando el asunto pro• puesto tenga relación directa con el interés general ARTICULO IO.-Los socios cooperadores no podrán de nuestra rama maderera industrial, _a juicio del Con• adquirir la calidad de socios activos, salvo que reúnan sejo Directivo. los requisitos que señala el artículo 20. de estos es• tatutos. Vl.-Ser promotores de la membresia de le Cá• mara, presentando a nuevos socios. ARTICULO H.-Las cuotas a cargo de los socios, serán de dos clases: VI l.-Solicitar de la Cámara que desempeñe las funciones de árbitro o arbitrador en los términos de l.-De registro, que pagarán anualmente en el mes la fracción VI del artículo 50. de estos estatutos. de enero los socios activos y cooperadores al inscrí· birse en el registro de la Cámara VIlI.-Ser designado para los cargos directivos y de representación. n.-Extraordinarias, que serán las que con ese carácter señale el Consejo Directivo, para cubrir los IX.-En general, gozar de todos los beneficios y gastos especiales que fueren indispensables y que se• prerrogativas que en favor de los socios activos esta• rán pagadas por los socios activos en proporción a la blecen la Ley de las Cámaras de Comercio y de las cuota anual de registro que les corresponda previa de Industria y estos estatutos. aprobación de la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial. ARTICULO 14.-Los socios cooperadores tendrán los derechos a que se refieren las fracciones IlI. IV, ARTICULO 12.-Tomando en consideración los lími· V. VI y VII del artículo anterior. tes mínimo y maximo señalados en el párrafo 30. del artículo So. de la Ley de las Cámaras de Comercio ARTICULO 15.-80n obligaciones de todos los so· y de las de Industria. las cuotas de registro anual cios: que deberán pagar a la Cámara los industriales obli· gados a inscribirse en ella, se ulcularán de acuerdo l.-Pagar puntualmente la cuota que les corres• con el capital contable manifestado a la Secretaría de pondan. Hacienda y Crédito Público en su última declaración anUál, de conformidad con la siguiente: n.-Desempeñar las comisiones que la Cámara les oonfiera. TARIFI 1lI.-Aportar los datos que para fines de control o estadística se les solici.te. Cepital contable Cuota IV.-Procurar por todos los medios a su alcance, el progreso de la Cámara, el mantenimiento de su De $ 2,500.00 a $ 50,000.00 $ 1,500.00 buen nombre y el decoro de sus asociados. De 50,000.01 a 100,000.00 2,000.00 De 190,000.01 a 200,000.00 2,500.00 De 200,000.01 a 300,000.00 3,000.00 ARTICULO 16.-Los socios que cesen parcial o to• De 300,000.01 a 400,000.00 3.500.00 talmente en sus actividades o cambien de nombre de De 400,000.01 a 500,000.00 4,000.00 giro o de domicilio. están obligados a manifestado De 500,000.01 a 750,000.00 4,500.00 así a la Cámara en escrito por triplicado, en un plazo De 750,000.01 a 1.000,000.00 5,000.00 de quince días contados a partir de la fecha en que De 1.000,000.01 a 2.000,000.00 5,750.00 estos hechos se produzcan y recibirán constancia por De 2.000,000.01 a 3.000,000.00 6,500.00 escrito de haber presentado este aviso con copia para De 3.000,000.01 a 4.000,000.00 7,500.00 la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial. La De 4.000,000.01 En adelante 8,500.00 infracción a este precepto será sancionado por la Se• cretaría de Patrimonio y Fomento Industrial con una Las personas físicas o morales que deseen inscri. multa hasta de Quinientos Pesos. birse como socios cooperadores, deberán solicitarlo por escrito a la Cámara en cualauier época del año y pre• via aprobación del Consejo Directivo. pagar anualmen· ARTICULO 17.-La calidad del socio activo se pier te una cuota mínima de $1,500.00. de por las siguientes causas: ARTICULO 13.-Los socios activos inscritos en el l.-Falta de pago de las cuotas correspondientes registro de la Cámara Nacional de la Industria Ma• derera y Similares, tendrán los siguientes derechos: n.-Declaración de quiebra. I.-Concurrir a las Asambleas Generales y votar 1lI.-Cierre del negocio. en ellas. IV.-Llevar a cabo actos contrarios a los intereses n.-Participar en el estudio y discusión de los pro• de la industria o al buen nombre de la Cámara. blemas relativos a nuestra rama industrial, concurrien• do a las juntas que se celebren para ese objeto, pre• via cita del Consejo Directivo. ARTICULO 18.-La calidad de socio cooperador se pierde por las siguientes causas: III.-Utilizar los servicios que establece la Cámara sin erogación alguna por este concepto. l.-Falta de pago de las cuotas corresnondientes. JV_Preacnt&l: F eaorito pl'Oposicicmes, CODlUD1~ I1.-Dürac.ióll "- Quiebra.
  • 6.
    l' , D J A III O O F 1 e 1 A: L Lunes 22 de enero...de 1979=- • III.-Cierre ~el neiocio. ARTICULO 28.-Cada delegación estará integrada por un .Presidente, un Secretano, un Tesorero, un Vice• IV.-Llevar a cabo actos contrarios 8 los intereses preSidente, un Pro-secretario, que serán designados por de l~ muustna o al buen nomon: de la lamara. la Asamblea General de entre los SQCIOS de la propia delegaCión, misma que deberán verihcar mínimo, 3() ARTICULO 19.-lta determinación por la cual se días antes de la Asamblea General de la Cámara y prive a un socio activo de su calidad, o se le sus• convocar en la torma y términos que estos estatutos penda en el ,oce de algunos de sus derechos, será determman para las AÍlambleas Generales Ordinarias. ~lJ.!l ..",t;l PO! e, "un~eJo JJ"cUIVO, u Id A~dmblea Gene• ríll, previa la oportunidad que se dé al !laCIO para que Los Directivos de las delegaciones deberán ser uc::lielHja su propIO caso. socios activos de las mismas, durarán en sus funcio• nes un año, pudIendo ser reelectos por un año mas; La resolución sobre este particular, deberá ser co· dichos cargos serán honoríhcos. mUnIcada dentro de los diez dlas SigUientes a la techa en que se tome, a la Secretana de PatrimOnIO y }o• ARTICULO 29.-Las delegaciones deberán enviar a mento Industnal, qUien resolverá en última Instancia la Cámara Nacional dentro de los 10 días Siguientes SI procede (,) no tal determmaclón. de celebrada su Asamblea General, para su revisión y aprobaCión en su caso por el Consejo Directivo Na• ARTICULO 20.-El registro que en cumplimiento CIOnal: ~l ai tlCul0 50. de la Ley Ue las Camaras de ComerCiO 1, y dt las de Inúlistna en Vigor, deberán efectuar ea CJmara NaCiOnal de la Industria Maderera y Simi• l,re$, los industn¡¡l~s señalados en el articulo 20. de a) Copia autorizada del informe de labores de su eonsejo directIVO por el ejercicio que corresponda. est!,}s estatutos, se realizará en las ohcmas de la pro• b) Copia autorizada de las cuentas correspondien• P-JlI C.uni¡ut o 1m :.U!> Ul;:lCg.:lL one~. 1)11,,110 reglstlO lour• tes al mismo ejercicio. tir. efecto en toda la Repúbhca. c) Copia autorizada del programa de labores y ARTICULO 21.-Toda solicitud de registro deberá del presupuesto de ingresos y egresos para el ejercicio cQntener los sigUientes datos: nombre o razÓn social, SIgUIente, y n¡¡cionalidad, capital contable mamtestado en la Secre• taría cie Hacienda y Crédito PúbJ¡co, actiVidad a que d) Copia autorizacta del acta de su Asamblea Ge• se dedica, <lomicilio, número de obreros y empleados, neral Ordinana. ubic¡f.ciÓn del establecimiento y oficinas y los demás d~tos que solicite el Cons'elo DIrectiVO. ARTICULO 30.-Las delegaciones se regiran en su funclOnamiento por lo dIspuesto en estos estatutos. ARTICULO 22.-La solicitud de registro que se pre• sente ante .01 Camara' o ~us delegacwnes, Qcuela lur• ARTICULO 31.-Las delegaciones retendrán el 75010 Il)ular~e por e~cnto y en seis ejemplares. Una copia de la~ cuotas que perciban de los socios de su juris• se entregará al mteresado, cuatro más se remitirán a dicción y enviarán a la· Cámara Nacional el remanente, la C~mara Nacional si las mismas son presentadas en pudiendo ésta solicitar de la Secretaría de Patnmo• una deleiación, y la copia quedará en los archiVOS de nio y Fomento Industrial con base en lo señalado la delegación correspondiente. por el artículo 20 bis de la Ley de las Cámaras de Comercio y de las de Industria, la disolución de las ARTICULO 23.-Las delegaciones enviarán a la Cá• delegaciones en caso de incumplimiento. mara, ad.emás de los cuatro ejemplares de la solici• tud de ntgistro a que se rehere el artículo anterior. ARTICULO 32.-En las Asambleas Generales de la·s un resumen de los registros efectuados durante el año. delegaciones, las decisiones se tomarán por mayo.ría de votos; el quórum legal para dichas asambleas será ARTICULO 24.-La Cámara enviará cada año una el establecido en el artículo 40 de estos estatutos. copia de su registro de industriales a la Dirección General de Fomento Industrial de la Secretaría de Pa• ARTICULO 33.-Corresponde a las delegaciones: trimonio y Fomento Industrial. otro a la DireCCIón d, General de Estadística de la Secretaría de Programa• ~iQn y Presupuesto y una tercera a la Confedera(,ión l.-Hacer el registro de los socios de su jurisdic• Cámaras Industriales. ción, enviando a la Cámara copia de aquél por cua• druplicado. ARTICULO 25.-Cuando una persona fuere propie• taria de dos o más empresas que realicen actividades H.-Vejar por los intereses locales de la industria r,listintas, deberá presentar una solicitud de inscripción que representan_ por cada una de ellas y pagar la cuota correspon• diente a cada empresa; la Cámara por su parte, ex• IIl.-Ser órgano de acción d. la Cámara en lo. pedirá credencial por c¡¡da una de las empresas. asuntos locales de su jurisdicción. ARTICULO 26.-No se dará curso a ninguna soli• IV.-Reunir a los socios domiciliados en su ,iuns• citud de registro de socios activos o cooperadores, dicción para discutir los problemas locales y enviar que no esté acompañada del importe de la cuota que al Con~elo Directivo de la Cámara, las iniciativas que les corresponda, de acuerdo con las tarifas respecti• respecto a ellos o de los problemas aenerales de la vas. industria, crean pertinentes. ARTICULO 27.-Cuando a juicio del Consejo Direc• V.-Manejar los fondos recaudados, dando cuenta tivo sea conveniente establecer una delegación para oe ese manejo a la asamblea de socios de su jurisdic• determinada zona, !te tomará de antemano el parecer cIón y a la tesorería de la Cámara. de los socios activos de la Cámara domiciliados en la delegación proyectada, v si por mayoría de votos VI.-Comunicar de inmediato al Consejo de la Cá• se aprueba el e~t¡¡hlecimiento de esa delegación, se mara después de celebrada su Asamblea General. de solicitará a la Secretaría de PatrlmODlO v Fomento socios los nombres de las personas que hayan Sido Industrial la autofjnción para su funcionamiento La desi!l:n'adaF como sus directivos, a fin de Que el Cm~­ jutl~ditclpfl 4t liS qele"ciQt¡.es ser~ fijªdQ. pQr el Con• $eio Directivo Nacional adopto los acuerjJol fe,p.Ctl~ "Je Dlrtlctivy. VOl,
  • 7.
    r= Lunes - ¿,l, ae enero de 1919 DIAR.IO OFICIAL ". de acuerdo con lo previsto en 101 articulos 47 v SO de VI l.-Nombrar a los consejeros propietarios y su• plente.). ante el Consejo DIrectIvo NaC1OIh.ll. estos estatutos. La elección de consejeros propietarios y consejo• ARTICULO 34.-Las atribuciones del Presidente, Se• ros suplentes. !te hará en torma mdepembente. Puede cretario y Tesort:ro de las delegaciones. son similares hacerse al mismo tIempo y en forma simultánea. mo• a las del Presidente, Secretario y Tesorero de la Cá· d¡ante lIstas o planilIas por separado. una 11sta o pla• mara, pero úmcamente en lo que se n:iIere a las ne• nIlla para consejeros propietarios y otra aparte. para cesidades inmediatas de las delegaclOnes. anotar a los consejeros suplentes. o bien puede ele• glr~e primero a los consejeros propietarios y después ARTICULO 3S.-Son órganos de direc,ióu y admi• a Jos consejeros I suplentes por medio de listas o pla• nistracIón de la Cámara: mUa!> tamblen mdependientes. En ambos CaSos 101 votos que una persona r,::clba para !>er electo con~e­ l.-La Asamblea General, y jero propietario no se suma a los votos que obtenaa para consejero suplente y viceversa. n.-EI Consejo Directivo Nacional. Las personas que obtengan mayor número de v.. ARTICULO 36.-La Asamblea General de socios ac• tos en la elección de consejeros propietariOS', serJIl tivos es el órgano supremo de la Cámala, designados como tales. Y serán electos consejerQs su• plentes los que obtengan mayor votaCión en la elección ARTICULO 38.-Todas las Asambleas Generales ie de consejeros suplentes. celebrarán en el domicilio de la Cámara. "- ARTICULO 39.-La convocatoria a una Asamblea IV.-Designar cada dos años un Auditor propie- General sea Ordinaria o Extraordinaria, contendrá la tario y un suplente, para lo cual en la A~mblea' Ge• orden del día y se hará mediante tres public4lciones neral correspondIente se ele¡lrán en torma ÍLu,teJilCO• consecutlVas en uno de los diarios de la capital de dIente, una persona para Comisario Propietario y /iU'a mayor circulación La última inserción se hará cuando para suplente. menos con diez días de anticipación a la fecha ,eill" lada para la asamblea. V.-Verificar por medio de los escrutadores que el Presidente ¡;le la Asamblea designará al efecto, ol ARTICULO 40.-El quórum para las sesiones de resultado de las votaciones que se efectúen. ' las asambleas, será la aSIstencia de la mItad más uno (le los :.OC1OS actIVOS de la Camara, pero si ese quó• VI.-Las demás atribuciones que prescriben la Ley rum no se reumere como resultado de la pnmera de las Cámaras de Comercio y de 14ls de Industria y convoca tona, t:n segunda convúcatona la asamblea se los presentes estatutos. llevará a cabo una hora después con el número de SOCIOS activos que c()ncurran, dándose por presentes ARTICULO 45.-Las Asambleas Extraordinarias co• a los que no lo hdgan y los acuerdos que ~e tomen nocerán y resolverán todos los asuntos especi.les para serán de observanCIa oblIgatoria. los que sean convocadas según la correspondiente or• den del día. ARTICULO 41.-Podrán concurrir a las asambleas con voz y voto, los socios actlvos. quienes podrán ha• ARTICULO 46.-~as ~saII!-blea.s G~nerales pueden cerSe representar por medio de apoderados acredita• delegar en el Consejo DIrectIvo cuando lo considere dos con carta poder expedida para el etecto. Cada conveniente, las facultades que le concede el artículli> apoderado no podrá representar a más de un socio. 44 de estos estatutos en lo tocante al progl1ama de labores e iniciativas que se pre"enten. ' ARTICULO 42.-No podrán ser objeto de acuerdo ni de resolución de una Asamblea General, más &S.Ul· ARTICULO 47.-El Consejo Directivo se intellrar: t~s que los considerados en la convocatoria respec• por: tiva. . I.-Catorce consejeros propietarios con tU re. . ARTICULO 43.-Presidirá las Asambleas Generales, tiVOS suplentes, del Distnto Federal o Area Metropo. el Presidente de la Cámara, y en su ausencia el Vice• litana, que deberán ser socios activos _y deSi~;,d()s presidente. en Asamblea General Ordinaria por votación 'lUIr hapn los socios activos establecldoa en el mismo Diatrito Fungirá como Secretario el de la Cámara y a falta Federal y Area Metropolitana. suya el Gerente y en ausencia de ambos la persona que la asamblea designe al efecto. . n.-Por un consejero propietario con su re,peo• tlVO suplente, que deberán ser sQCios activos y des¡.. ARTICULO 44.-Corresponde a la Asamblea Gene• nados por cada una de las dele,aciones qUe tenia r~l Ordinaria: la Cámara. l.-Revisar y aprobar en su caso: lIL-Por un represent¡mte de la Secretaría de Pa• trimonio y Fomento Industrial, que podrá asistir a a) El informe de las actividades desarrolladas por las se~iones del consejo y a las asambleas. con voz el Consejo Directivo durante el ejercicio que corres. pero sm voto. ponda. ARTICULO 48.-La minoría que represente el 20% .. b) Las cuentas correspondientes al mismo ejer• de los socios actIVOS, tendrá derecho a nombrar a uno CICIO. de los miembros del Consejo Directivo. . c) El programa de labores y el presupuesto de ARTICULO 49.-EI 80% d. las miembrO$ del Con. mgreso.s y egresos para el ejercicio siguiente. sejo deberán ser mexicanos por nacimiento pudiendo , el 20% restante integrarse con extranjeros o mexicanos :por naturalización, pero en todo caso. para ser conse- n.-Estudiar las iniciativas QUe al efecto se pre• Jero, será indispensable ser socio activo. - senten. tomando las decisiones que procedan. ARTICULO SO.-Los miembros del Consejo Direc• lIl.-Elegir a lOi llÚemQros del Con¡ojo Directivo tivo aW'llfáJ:l Cll IUI func:i9D" 4g, .l~,. lEC '9U"jo
  • 8.
    I ,DIARIO OFICIAr: Lunes 22 de enero de 1979 se renovará anualmente por mitad. Los consejeros no XII.-Presentar anualmente a la asamblea e~ pro• .podrán a la terminación de .su período, ser designa· grama de acción que deberá desarrollar la Cámara _en .gOS para ocupar nuevo ,argo dentro del consejo en t:i siguiente ejerciCIO y enviar copla del mIsmo a la 01 período si.¡uiente. Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial y a·la Confederación de Cámaras Industriales. ARTICULO 51.-El Consejo Directivo se reunirá ca• da mes cuando menos, en la fecha y hora que se fije. XIlI.-Convocar a las Asambleas Generales en los Celebrará además las sesiones extraordinarias que sean lérminos que fijen los presentes estatutos. necesarias a l'uicio del Presidente, de la Gerencia o d• la mitad ele 01 consejerOl propietarios. XIV.-Estudiar los problemas de la industria que representa la Cámara y proponer a las autoridades ARTICULO 52.-Habrá quórum en las sesiones del competentes las medidas qUe estime convenientes para Consejo Directivo, cuando se hallen presentes por lo el mejoramiento de las actIVidades industriales de sus menos, la tercera parte más uno de sus miembros socios, enviando un tanto de sus iniciativas a la Con. propietarios o suplentes. Las resoluciones del Consejo federación de Cámaras Industriales. Directivo se tomarán por mayoría de votos, en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. XV.-Nombrar cuando lo estime conveniente, de acuerdo con las neceSIdades de la Cámara, las comi· ARTICULO 53.-Son facultades y obligaciones del SlOnes especiales que se conSIderen indispensables, ca• Consejo Directivo: da una de las cuales podl á integrarse con mieIllbros activos de la Cámara. l.-Nombrar de entre sus miembros, propietarios XVI.-Enviar a la Confederación de Cámaras In• o suplentes, en la primera sesión de Consejo Direc• dustriales cuando menos, el 15% de los ingresos anua· ..tIVO, después de celebrada su Asamblea General Ordi- les de la Cámara. de acuerdo con lo que señala el o'naria, al Presidente, al Vice-presidente, al Secretario, artículo 20 biS. de la Ley de las Cámaras de Comer• al Tesorero, al Pro-secretario y al Pro-tesorero; dura• CIO y de las de Industria. rán en su encargo un año y no podrán ser reelectos .para el período Ulmedlato siguiente ID m(ls que por una XVII.-En general, proveer a la realización y ad• sola vez. ministracIón de los objetivos a que se refieren estos estatutos y a la Ley de la materia en la forma y tér• n.-Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de minos que ellos establecen. la Asamblea General. XVIlI.-Permitir al representante de la SecretarÍ! IlI.-Nombrar y remover libremente al Gerente de de Patrimonio y Fomento Industrial o a la persone la Cámara que será un funCIOnario expensado por que la mIsma designe, cuando se juzgue conveniente ésta y que como Jefe Administrativo de las oficinas por dicha dependencia, el acceso a la contabilidad de y de su personal, tendrá las funciones y facultades que la Cámara para comprobar sus gastos reales así co• le asigne el propio consejo. El Gerente será el ejecu• mo para verificar los servicios que presta a sus so• tor de los acuerdos d.el Consejo Directivo. cios. , IV.-Nombrar y remover a los demás empleados XIX.-'rodas las demás que expresamente le con· de la Cámara y fijarles su remuneración. c"'-ede o impone la Ley de las Cámaras de Comercio y de las de Industria y los presentes estatutos. V.-Nombrar a las personas que deban sustituir a los consejeros en sus faltas temporales o defini• , tivas. ARTICULO 54.-Los miembros del Consejo Direc• tivo no percibirán como tales, retribución alguna por Vl.-Representar a la Cámara por medio de su sus funciones. -Presidente o de la persona que al efecto designe, ante ,toda clase de autoridades y particulares. ARTICULO 55.-Los consejeros propietarios ten· drán el derecho y la obligación de asistir a todas las VIL-Llevar por cuadruplicado el registro indus• sesiones del consejo con el derecho de voz y voto. trial, y enviar cada año un ejemplar a la Dirección General de Fomento Industrial de la Secretaría de Los consejeros suplentes tienen también el derecho Patrimonio y Fomento Industrial, otro a la de Esta• y la obligación de asistir a todas las sesiones del con• dística de la Secretaría de Programación y Presupues• sejo, con voz pero sin voto, salvo cuando sustituyan to y un tercero a la Confederación de Cámaras In• a su respectivo propietario o hayan sido designados dustriales. para cargos directivos, en cuyos casos sí tendrán voz VII l.-Llevar la contabilidad de la Cámara. y voto. IX.-Formular el balance anual y el estado de re• ARTICULO 56.-En caso de que el Consejo Direc• sultados de cada ejercicio y someterlo" a la aproba• tivo no cumpla con las funciones que le corresponde. ción de la Asamblea General. De estos documentos incurra en graves violaciones a la Ley de las Cámaras deberá enviar copia a la Secretaría de Patrimonio y de Comercio y de las de Industria y a los presentes Fomento Industrial y a la Confederación de Cámaras estatutos, o se ocupe de actividades distintas a las pro• Industriales. pias -de la institución, será removido por' la Asam• blea General. La Convocatoria para esta asamblea s&o X.-Rendir ante la Asamblea General informe de• rá hecha por la Secretaría de Patrimonio y Fomento tallado de la gestión realizada durante el período de Industrial, de oficio, o a solicitud del veinte por ciento 'u administración. De este informe se remitirá copia de los industriales inscritos. a la Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial y a la Confederación de Cámaras Industriales. ARTICULO 57.-Corresponde al Presidente: XI.-Presentar anualmente ante la propia asamblea, l.-Presidir las Asambleas Generales y las sesio• el proyecto de presupuesto para el siguiente ejercicio, nes del Consejo Directivo. el cual deberá ser aprobado también por la Secreta• ria de Patrimonio y Fomento Industrial antes de po. n.-Llevar la reprac;.entación ele la Cámara al loa DII'.. CIl vi¡OI'.' ,tol CA c¡u. iQccn.,. -la.
  • 9.
    r Lunes 22 de enero de 1979 ' DIARIO OFICIAL , IlI.-Cuidar Be que se cumplan lus acuél'doi> de tLllI al pnmero c:n sus--taltas temp()fales () deE!ti~tivas. la Asamblea GeIltral y del Consejo Directivo. Dkha deCClón será por un períoÓO .de Q~s anQ!S. _ IV.--Acordat y despachar con el personal adminis• ARTICULO 64.-5on facultad.es J ebligacion~s ~el traUy.. de la Cámara las asuntos ordinarios de ésta. Auditor: -< V.-Citar a seSIón al Consejo Directivo cada vez que lo estime conveniente o necesano, o cuando se l.-Inspeccionar y vigilar cUlmdo lo esUme_ c~li;re­ niente, lus libros y d~l1mel'ltos d~ lá tl1rnata,asl ca• iáit)otl,a tal cOsa por disposición de la Lev, los PI e• mu la eXl~tencía >ep -caja. sefthllS estatutús, o lo solicite la Se..:retana de Patrl• DlJnio y tOl11entu Industrial. ll.-Intervenir ea la formación 'J revisIón del ba• lanCe anual que deberán ser presentarlos a la Asamblea VI.--Firmar las actas de las Asambleas Generales General, formulando su informe y resolución para la y de las sesiones del Consejo Directivo. misma. VII..-...Gestiehar activamente cuanto interese al buen III.-Hacer que se ,. inserten eh la orden d~l dia furtéi_'üti~~ de la Cál11ara y a los fines de ésta. de las se~iones de.! Con~lo Ol~ctivo y de las Asam• bleas Generales, los puntos qUe dehtro de' suS átfillu· VII l.-Autorizar con su firma los gastos ordina• ClOnes crea pertinentes. ri~ d, ~I:lÍJuéste y las e~traordlnarios aprobados -pet la Aiain&lea Genétal e per el Consejo Directivo. IV.-Asistir con voz._ pero sin vote, a las sesienes del Consejo Directivo. IX.-Las de~ atribuciones que le concede la Ley d, l~~ _~maras d~ C9.m"rcio y de las de Industria y ARTICULO 65.-EI gerente serA desiJhado W ¡!J l~ ~. eitarutes. Consejo Directivo y ,tendrá las siguientes faewfades y atribuciones: AIlrietJI:.9 H.~l Presidente de la Cámara será mitftthns 'a, tWaIJ las cornisleti~, cuando aSista a L-RealiZ<lr los' actos de admfnistraél6n, iéstióñ ~ :seeln a, lttS mismas. las pfeslditá de oficio. representación que le enooml~nde el Cons~jo Direc· tivo. AJlTICULO S9.-EI Vice-preaidente fungirá como auxiliar del Presidente en Wdos los asuntos y comi• n.-Acordar con el presidente, el Tesorero 1 el siones que éste le encomiende. Lo sustitUlrá en sus S.::cretario, los asuntos adnlliiistrativos de la Cárfuta falb'lJ téitl~lts o definitivas y tendrá entonces las atrl8úCielt~ ctue eert'éSpooden al Presidente. III.-Autorizar con su finrta, en unión s1e otra de las personas autorizadas, los gastos norfnales y ordi· ARTIeULO 6O.-Córresponde ál Secretaría: narios de la Cámara,' dentro del presupuesto apto• bado por la Asamblea 'General. l.-Asistir a las sesiones de las Asambleas Gene• rales y a las sesiones del Consejo Directivo. IV.-Tramitar y despachar los asuntos generates. n.---Redáetar las áctas de las Asambleas Genera• V.-Vigilar eJ establecimiento,. promoción v funcio• les y de líQ sesi()h~ del Conselo Directivo, cuidando namiento de los servicios que preste la Cámara á sus dé qlt~ sean lral1strltas en los libros respectivos. asociados. III.-Leer las actas al principio de cada sesión y VI.-Recopilar y estu¡.iiar los datos necesarios p*" dar cuenta de todos los documentos que ordene el ra la mejor soJución de rus proQletnas que se relacio• Pl:hid~Íte. nen con la Industria y COIl l~ Cártiara. asi como los que sean indIspensables reurtir pára el debIdo cUIÍl' IV.-"-'Atotílár cI1fi el personal administrativo de plimiento de las obligaciones que la Ley de la ma• la CáQt6~ lói áSUh~ tlrdinarios de ésta y dar cuenta teria impone a la misma .Cámara, o P1trll cumplimen• d~ tédé alo á1 itrttsidtnte. tar los acuerdos de la Asamblea Genera.l y del Con• sejo Directivo. V.-Bajo su VIgilancia tener siempre al día los archivos de las Asambleas Generales, del Consejo Di• VII.-Tendrá a su cargo la dirección -yTigilancia rectivo y de los socios. del trabajo material de las oÍléinas de_ la Cámara: por consiguiente el personal encargado Qe tales IQ.bo• ART1CULO 61.-En caliO de ausencia del Secreta• res estará bajo su dirección y rurectá dependencia. .1 rio, el Ptu-secretatio lo stístituirá o la persona que el'eetu desilfie la Asamblea General o el propio Consejo Directivo. VIII.-ConclJrrir con voz .informativa, pero !>in vo• to. a las Asambleas Generales y a las se~lones del Consejo Directivo. AltTtCULO 62.-Corresponde al Tesorero de la Cá• mant, Je vilÚlaneia directa de todo lo relacionado con ARTIrULO 66 -Como lo señala la fracción XV del los fondos, la caja y la contabilidad de la Cámara y artículo 53, el Consejo Directivo nombrará comi<.jo· t~ndrá adem6s les siguientes atriBuciones: nes cuando lo juzgue necesario, para que lo ayuJltl a determinadas funciones. . l.-Autorizar con su firma los gastos ordinanos de presupuesto v los extraordinarios aprobados por ARTICULO 67.-La Cámara tendrá un Comité ",,"• 'el Consejo Directivo. sor fr.rrn:H'lo por los últimos cinco ex-pre"irlente, de ¡" "l' <t'i~ (lile corttináen sietldo sollios activos. (lue Il¡-;..lttítdlt mensualmtbte al consejo un mfunue puL!' "lll aSl~tír con voz ~ro sin 'Qto-, a las sesiones de los itl,rtsea y ~ó8. del Consejo Directivo. lIt.-Autorizar el balance anual que deba presen• ARTICULO 68.-La Cámata contará Cllanoo merlos, tar a l. Asériibté& (Jeteral. con los siguientes servicios para sus socios: U.tItUlo 63.-..... Asamblea General Ordinaria ete• J.-Servicio comerciah.Pafa proporcipnat:.l~s la orien• . Iií' Q. Aditw- ~eWio v un sumente nara susti- tación szeneral. infortntbmn mpecte a itOslble$ ~
  • 10.
    10 D 1 A R 1 O O PIe 1 A r; Lunes 22 de enero de 1979 dos, adquisición de materia prima, datos estadísticos ARTICULO 74.-La Secretaría de Patrímonio y Fo• y demas datos que requieran para la mejor marcha mento Industrial, basándose en las causas señaladas de sus negocios. en el artículo anterior, acordará la disolución de la Cámara, nombrando al efecto un representante que in. n.-Servicio técnico·jurídico, para resolverles las tervenga en la liquidación de la institución. consultas que formulen a problemas de carácter con• table, legal, fiscal, laboral, tore~tal; etc .... ; igualmente ARTICULO 75.-EI Consejo Directivo nombrará de se encargará la Cámara a solIcitud de los socios, de entre sus miembros, tres liquidadores, que en unión asesorarlos o auxilIarlos en la tramItación de sus ges• del representante de la Secretaría de Patrimonio y tIOnes y peticiones ante las oficmas ¡ubernamentales. Fomento Industrial y el auditor de la Cámara, proce• Ijerán a la liquidación. lll.-El Consejo Directivo establecerá concretamen. te los servicios que deban prestarse además de los ARTICULO 76.-El estado y balance de la liquida• enumerados antenormente y determinará cuáles de ción de la Cámara, se publicarán en el "Diario Oti· ellos se, impartirán a todos los soClos y cuáles se ro. clal" de la Federación y en uno de los periódicos de servan para los sodos activos. mayor circulación en la República. ARTICULO 69.-La Cámara Nacional de la Indul• ARTICULO 77.-EI remanente de la liquidación de tria Maderera y Similares forma parte de la Confe• la Cámara se dedicará de acuerdo con la Ley de la deraCIón de Cámaras Industriales de los Estados Uni. materia, al sostenimiento de la Confederación de Cá• dos MeXIcanos, de acuerdo con las disposiciones rela• maras Industriales. tivas de la Ley de las Cámaras de Comercio y de las de Industna. ARTICULO 7S.-La organización y funcionamiento de la Cámara, son ajenos en lo absoluto a las cues• ARTICULO 70.-La Cámara se hará representar an• tIOnes de religión o de política. En consecuencia que• te la Confederaclón en ia forma que determmen los da estrictamente prohibido a los funcionarios y emplea• estatutos de ésta. De acuerdo a las prescnpciones dos electos o nombrados por ella y que de ella de• de los mismos, el Con!:>ejo Directivo de la Cámara pendan, mezclarse en asuntos de esa índole con mo• hará las deslgnaciones respectivas. tivo del desempeño de sus funCIOnes, así como utilizar co'n ese fin el nombre de la Cámara. ARTICULO 7L--La Asamblea General, al señalar el tanto por ciento de los ingresos con que la Cá• ARTICULO 79.-Los ejercicios sociales de la Cáma• mara contribUIrá al sostenimiento de la Contedera• ra comprenderán de enero a dIciembre de cada año. clón, tomará e_n cuenta los ingresos de la propia Cá• 'llars ARTICULO ¡¡O,-Las cuestiones que se susciten por interpretación de Los presentes estatutos, así como los La aportación de la Cámara no será en nin~ún puntos que no están previstos en ellos, serán resuel• caso menor al 15% que de sus ingresos ordinanos, tos por el Consejo Directivo. se¡ún lo establece la Ley de la materia. ARTICULO 81.-El Consejo Directivo está faculta• - J'lJnICULO 72.-Cuando un Consejo Directivo no do para dictar las disposiciones reglamentarias de las cumpla con la obligación de enviar la aportación legal presentes estatutos y las que deban regir el funciona• a su Confederación, ésta podrá solicitar de la Secre• miento de los servicios que establezca la Cámara en taría de Patrimonio y Fomento Industrial la destitu• lo no previsto en estos estatutos. ción de dicho órgano, con base en lo señalado por el artículo 20 bis. de la Ley de las Cámaras de Co• ARTICULO 82.-Los presentes estatutos sólo po• mercio y de las de Industria, drán ser reformados mediante resolución de una Asam• blea General Extraordinaria, necesitándose para que en su caso las reformas adoptadas entren en vigor, ARTICULO 73.-La Cámara Nacional de la Indus• que la Secretaria de Patrimonio y Fomento Industrial tria Maderera y- Similares, se disolverá: les dé su aprobación. I.-Cuando se reduzca a menos de veinte el nú.. Atentamente. mero de socios inscritos, Sufragio Efectivo. No Reelección, II.-Cuando no cuente con los recursos necesarios para su sostenimiento. México, D. F., a 21 de diciembre de 1978.-El Sub• secretario de Fomento Industrial, Natan Warman.• IlI.-Cuando no cumpla con los objetivos que le Rúbrica. seáala la Ley de las Cámaras de Comercio y de las de Industria- y los presentes estatutos. 19 enere. (R.-llS82) SECRETARIA DE AGRICULTURA Y RECURSOS HIDRAULlCOS ACUERDO por el que se fiJa el valor del punto de la CONSIDERANDO: sacarosa que contenga la caña que se procese du• Que es atribución de la Comisión Nadonal de la rante la Zafra 1978/1979. Industria Azucarera modificar el valor del punto de sacarosa cada vez que se registren cambios en los ,Al margen un sello con el Escudo Nacional, que precios oficiales de garantía para maíz, frijol prefe• dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Agri• rente, arroz, sor{1;o y soya; con el objeto de con~ervar cultura y Recursos Hidráulicos. la relación de mIl a uno con la suma de los preCIOS de esos productos tal como lo establece el Artículo 15 ACUERDO por el que se fija el valor del punto de la del "Decreto pór el que se declara de. interé~ 1?úb~co sacarosa _que contenga la cana que se procese du• la siembra, el cultivo, la cosecha y la mdustnahzaclóu rante la Zafra 1978/1979. ele la caña ele azúcar", ele 24 ele octubre ele 1975.
  • 11.
    Lunes 22 deenero de 1979 DIARIO OPICIAt 11 Que la Compañía Nacional de Subsistencias Po• garantia y el precio máximo de venta al mayoreo pa• pulares (CONASUPO) ha modificado el precio de ga• ra arroz blanco pulidQ popular hasta con 45% de que• rantía del frijol preterente de $5,250.00 la tonelada a brado suman $23,310.00 (Veintitrés mil trescientos diez $6,500.00. pesos 00/100 M. N.), en lugar de los $20,800.00 (Veinte mil ochocientos-. pesos 00;100 M. N.), anteriores y, por Que las diferentes agrupaciones cañeras han soli• lo mismo, procede la modificación del valor del pun• citado que en la determinación del valor del punto de to de sacarosa que establece el articulo 13 del ordena• sacarosa se tome en consideración el precio máximo miento mencionado, para determinar el precio de la de venta para el arroz blanco pulido calidad popular tonelada de caña de azúcar a que se liquidará a los hasta con 45% de quebrado, al mayoreo, por tonelada abastecedores de cada ingenio. libre a bordo molino y envasado como fila la Secre• taría de Comercio, en lugar del promedio de los pre• La Comisión Nacional de la Industria Azucarera cios oficiales de garantia para el arroz palay y para ha tenido a bien dictar el siguiente las diversas calidades de arroz blanco pulido, como se ha considerado hasta ahora, lo cual resulta acepta• ACUERDO ble por ser de más amplio conocimiento del público en general, mayor facilidad en los cálculos y mejor Por el que se fija el valor del punto de la sacarosa comprensión por parte de lo~ cañeros mteresados. que contenga la caña que se procese durante la Za• fra 1978/1979. Que el precio máximo al mayoreo para el arroz blanco pulida popular hasta con 45% de quebrado es Artículo Unico.-EI valor del punto de sacarosa en la actualidad de $6,380.00 la tonelada. según Acuer• y su proporción hasta centésimas, que servirá de base do de la Secretaría de Industna y Comercio de 13 de para determinar el precio de la caña que se procese febrero de 1975, publicado en el "Diario Oficial" de la aurante el ciclo productivo 1978/1979, en los ingemos Federación del día sigUiente y modificado con un au• azucareros del país,' se fija en $23.31 (Vemtitrés pesos, mento de 10% mediante Decreto Presidencial de 24 treinta y un centavos, M. N.). de septiembre de 19761. publicado en el "Diario Oficial" de la Federación el 21 de ese mismo mes y año. TRANSITORIO.-El presente acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el "Diario Oficial" Que con esos cambios, los precios por tonelada de la Federación. para los productos con que se correlaciona el valor del punto de sacarosa en caña son: maíz $2,900.00, fri• Atentamente. jol preferente $6,500.00, arroz pulido popular hasta con 45% de quebrado $6,380.00, sorgo $2,030.00 y soya .. México D, F., a 22 de enero de 1979.-El Director $5,500.00. En tal virtud, al conjunto de esos precios de General, Mario 'trujiUo Garcla.-Rúbrica. SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES SOLICITUD de Concesión en favor de la empresa Mul- nes fijas o de base y móviles necesarias para propor- tiondas de Cuernavaca, S. A., para instalar, operar cionar el servicio. y explotar un sistema Radiotelefónico de Portado- ra Común sin conexión a la Red Telefónica Públi- 4.-Horario: Las 24 horas. ca en la ciudad de Cuernavaca, Mor. (Segunda pu- blicación). 5.-Denominación de la emisión: 16F9. 6.-Tolerancia de frecuencia: Más menos 0.0005%. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Ca• 7.-Tipo de antena: Omnidireccional. municaciones y Transportes.-Dirección General de Te• lecomunicaciones. 8.-Potencia nominal del transmisor: La potencia para las estaciones deberá ser la míÍ1i..rila <requerida SEGUNDA NOTIFICACION para efectuar una operación satisfactoria del sistema que dependerá del área del servicio. Dicha potencia SECRETARIA DE COMUNICACIONES no será mayor a la que resulte de la combinación que Y TRANSPORTES se tenga con la gananCia de la antena para proporclQ.. nar una potencia radiada aparente máxima d~ 330 DIRECCION GENERAL DE TELECOMUNICACIONES watts. < La empresa Multiondas de Cuernavaca, S. A., quien 9.-Privacía de las comunicaciones: Por medio de señaló como domicilio para oír notificaciones el edi• tonos selectivos. ficio marcado con el numero 218 bis, de las calles de Puebla en México 7, D. F., solicitó ante esta Secreta• Cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 15 de ría con fecha 6 de febrero de 1978, la concesión para la Ley de Vías Generales de ComunicaCión, se notibca instalar, operar y explotar un sistema Radiotelefónico lo anterior a todas las personas físicas y morales que de Portadora Común sin conexión a la Red Telefónica pudieran sentirse afectadas en sus intereses con dicha Pública en la ciudad de Cuernavaca, Mor. solicitud, a fin de que expongan sus observaciones ¡¡no te el Departamento de Sistemas Especiales de T ¡:'e· El sistema Radiotelefónico de Portadora Común comunicación, Dirección General de TelecomunkaLl1)< sin conexión a la Red Telefónica Pública a que se re• nes, de esta Secretaría, dentro de un plazo de un mes fiere esta concesión solicitada, tendrá las siguientes contado a partir de esta Segunda y última Notihcación. características: Sufragio Efectivo. No Reelección. t.-Solicitante: Multiondas de Cuernavaca. S. A. El Director General de Asuntos Jurídicos. Hu¡;;o 2.-Orden de Frecuencias: De 450 a 470 MHz. Cruz Valdés.-Rúb!,ÍCa. l.-Circuito: Una estación repetidora y las estácio- 22 enero. .
  • 12.
    .l'_2____. _~~~. . . t--~k_L~____~D~I~A~R~I~O~O~F~I~C~I~A~L__~L~u~n~e~s~2~2~d~e~e~n~e~ro~2iie~~.~~t9~~¡.? ~UtlTtlO '" ~1l ~ fáltot ~ la empresa Ra· SOLICITUD de concesl6n en , . . . . 11 .,,... In. 4iONrie1la J'ot~J 5. A., ptu:a la explotación del 'J01''lctQ. f.dtóf.-r.IJ'fed!'dé'r pbrtádora común sin ferradio Poblana, S. A., "ara 'nstalar, op." y IX. pIotar un sistema radiotelefónico de Portac:Gra ~~~ a la 'I-.d 'ttittdid& 1hibtlca de la ciud.td Común sin conexión a hl lttt TtW.,.dca Públiéa • Sen I-W, IQtoti;. $. t¡ P:'J(,Prinkta publicación}. el!, la) ciudad de Puebla. Put. (Sep. pu.b1kJl. Clon • ~ Al ~al'gen un lello edn él' Escudo Nacional que Al margen un sello eon el J!séUde Nat1M.l ..., dice,: E$tados Unidos" Mextca:nos.-':'SecretarÍa dé Co. dice: Estados Unidos Mexicano!i.-&e.retari. do ComQ. Jl}wicaciQneS y Transport0~.··.....Diteéción General de Te. nicacio.nés . v Transportes ........Dirooción General lió T,lb looomullieáclonet. .., comumcaClOnes. PRIMERA NOTIFICACION , I , ~ I I SEGUNDA NOTIFlCACION .SECRBTARIA DE COMUNICACIONES Y TRA~SPqRlES La em?r.e~a Interradio Poblana, S. A., ftUi4:ft .~"t6 como domicIlIo para oír notifieaciones el e(tiheJo mar. DlltECCION GENERAL DE TELECOMUNICACIONES cado con el No. 218 Bis, de las calles d~ Pu~bla en México 7, D. F., solicitó ante esta Secret.d~ ef>n foclla ",.1.14 ,~ropre~ Radioontena Potosina, S. A., quien se• 24 de abril de 1978, la conCesión J)ar. tn~tllar. apefllr ft"t6' c0l!l~ .~micilio J>~ra ~ir Ilotifisacipnes el edificio y explotar un sistema Radiotelefónie-o de Por1~d(lra DW'~ COl el llÚlnh'o ~18 Qis, oe las calles de Puebla f Común sin conexión a la Red Telef6tde" PbUca el la eñ ·MéJi~~. 7; 'P. 'P. t . SQlicftQ Mlt~, ~~ta' Secretaría con Ciudad de Puebla. Pue. f~h8 19 d~ ~rfl' ae . 1978', ·~ftcest~n, para la explota• clp~ del setvl.dó radlotelef6rtico' de portadora común El sistema Radiotelefónico di. ",ortad<U'¡ Comln siJl' canef!:ión jt la: red 'telefónica pública de la ciudad sin conexión a la Red Telefónica l'úbllca fa QUe lie re• ~ San Lúis fotósí, S: L. P: fiere esta concesión solicitada. tendr4 las slguient~s ,> . ' 'J I características: . El sistema' radiotelefónico de' ~tadora común sin cónexión á la red' telefónica públICa a que se retiere l.-Solicitante: lnterradio Pobl~ni. S. A.- esta concesión solicitada, tendrá las siguientes carac• 2.-0rden de frecuencias: 'En la banda WJ 4.5{) a terísticas: 470 MHz. l.-Solicitante: Radioantena Potosina. S, A. 3.-Circuito: Una e~tación repetidora v las e<;ta. cione~ fiias o de hase y móviles neeesarias para pro• 2.-0rden de frecuencias:"Ifet 45'0 a 470 MHz. porcionar el servicio. 3.-CIrcuito: Una estación repetidora y las estacio. 4.-Horario: Las 24 boras. nes fijas o de base y móvÍles necesarias para propor• cionar el servicio. S.-Denominación de la emtsión: 16F9. , 4.-Horario: Las 24 horas. 6.-Tolerancia de frecuencia: ~ O.(){It)5%. 5.-Denominación de la emisi6n: 16F9. 7.-Tipo de antena: Omnidireedonal. 6.-Tolerancia de frecuencia: Más menos 0.0005%. S.-Potencia nominal del transmisur: l.a -,otencia ~. c.-Tipo' de antena: Otnnidireccional. llara las estaciones deberá ser lamíniJml re~ueripa' para efectuar una operacion satisfactoria de1 <;istema dei, ; :: •.~r&feñéIa .'nronináf ~ írá~s~isor: La potenCIa que denenderá del área del servicio. Dicha llOtencia no será mayor a la que resulte de la com!;ttl¡lción pata'Jas est.:Clones debera ser la mínima requerida pa· ra efectuar una operacióh sl,tisfac.toria del sistema, que Que se tenga con la ~l'lnancia de lA antena 1'Jtt'a "1:0. ~en(fer. del área del servicio. Dicha potenCia no se• norcionar una potencia radiada aparénte máxima des ti máypr, a la. qut tesulte de '-la combinación que se 330 watts tenga con" la ganancia de la antena para proporclOnar UftI poteilcla radiada aparente máxima de 330 watts. 9.-Privada de las comunicaeionts: Por medio de tonos selectivos. . 9.-Privada de las comunicaciones: Por medio de tCllltOs selectivos. Cumpliendo con 10 dispuesto en el Articulo 15 de la Ley de Vías Generale' de Comunicación, .if n6ti. Cumpliendo con lo dispuesto en el Artículo 15 de fica 10 anterior a todas las personas físicas 'V moralts la Uy de Vías Generales de Comunicación, se notifica Que pudieran sentirse afectadas en sus intere$ea con lo,anterior, a todas lai personas físicas y morales que dicha solicitud. a fin de que expongan SUs observacio. pudieran $entirse afectadas en sus intereses con dicha nes ante el Departamento de Sistemas Esoec1ile~ de solicitud, a fin de que expongan sus observaciones Telecomunicaci6n. nirecc16n General de Telecomuni. ál1te el Departamento de Sistemas Especiales de Teleco• caciones,' de esta Secretaría. drntro de un plazo de municación, de esta Secretaría, dentro de un plazo de un mes comaao a parttr de esta Segunda y lUtinla un mes contado a partir de la Segunda Notificación. Notificación. Sufra~io Efectivo. Nó Reelección. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D. F., octubre 20 de 1978.-EI Director Ge. México. D. F.. octubrt' 20 de 1978.-El Director ae. .tetal de Asuntos Jurídicos, Hugo Crw; Valdés.-Rúbri. neral de Asuntos Jurídicos. Hugo Cruz Valdez.-Rli• C'a. brica. 2Z enero y 10. febrero. 12 Y 22 enero.
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    l:Ames 22 de enero de 1979 DIARIO OPICIAI! U' OPIelO por el que .. .prueba la Tarifa No. a, .pH. La Tarifa que se aprueba .. el ~ oficio cable exclustvamente a las JDaDiobras que el Sin· será aplicable exclusivamente en los terricios que ese dlcato de Estibadores, Abridores del Comercio, Ca· Sindicato efectúe a los Agentes Aduanales de 1& Ciu-• rretilleros, Similares 'f Conexos, efectúe a los Agen· dad de México, D. F., Y que consistirán en las ma• tes Aduanales de la Ciudad de México, D. F. (Se• nIpulaciones de la carga de importación Y exportacién. lQIlda públi~ón). a saber: Desembarq~, ~{ cerraduras, tleja• duras, calafateaduraS y en, gener~ todas las DWlJO• Al margen un sello con el Escudo Nacional que bras necesarias para los reconoctmientoa y. . . , . dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de Comu. chos aduanales inclusive descarga de carros de ~ nicaciones y Transportes.-Dirección General de Tari· carril a cualguier vehículo, en el sjgWente radío de fas, Terminales y Servicios Conexos.-Departamento de acción: edifiCIOS, patios almacenes, andenes, plazuelas Maniobras Terrestres.-Oficina de Cargaduría.-Núme• y. pasillos de la Aduana' de México, D. F., Y toda clase ro del oficio: 14221.-158896 Bis.-Expediente: 711/207-2. oe carros de ferrocarril que se encuentren en cual• quiera de las vías o escapes dentro de la misma. _ ASUNTO: Se aprueba su Tarifa No. 8, aplicable ex· como en el perímetro fiscal que como de su juris• clusivamente a las maniobras que ese Sindicato dicción señale la Aduana interior en esta ciudad o efectúe a los Agentes Aduanales de la ciudad de en cualquier otro lugar donde se llegare a instalar. MéJÚco, D. F. La Tarifa No. 8 que se aprueba en el presente Sindicato de Estibadores, Abridores entrará en vigor a partir de la fecha de notificación del ComercioJ Carretilleros, Similares y Conexo51- de este oficio. Bennudas 341.1.,., Colonia Cosmopolita. México 15. D. r. Por otra parte, con este oficio se está aeompttfian. do un ejemplar de la tarifa ~eneionada, p8l'a que est Se recibió en esta Dependencia su escrito de fecha Sindicato proceda de inmediato a la Unpresión de la 3 de noviembre último, en el cual ese Sindicato de Es• misma, en papel tamafio carta y ~ c;alidad apropiada, tibadores;. Abridores del Comercio, Carretilleros, Simio debiendo remitir a esta Dirección General todós 101 lares ~y. ~onexos solicita la aprobación de su Tarifa ejemplares impresos, de los cuales SO serán para lu para Maniobras No. 8; sobre el particular -:e le comu· necesidades de esta Dependencia y el resto se lo el-. nica lo siguiente: . volverán debidamente confrontados y sellados para su distribución y venta al público, al l'recioque previa• mente se autorice, para lo cual remitirá la factura de Esta Secretaría tomando en cuenta que la Aso• impresión correspondiente. ciación de Agentes Aduanales de la Ciudad de Méxi· co, D. F., ha manifestado su conformidad sobre las Atentamente. cuotas contenidas en la citada Tarifa No. 8, y con fun· damento en los Artículos 36, fracción XIV de la Ley Sufragio Efectivo. No Reelección. Orgánica de la Administración Pública Federal, 30., 50, 51, 70. 120, 124 Y demás relativos de la Ley de Vías México, D. F., a 18 de diciembre de 1978.-El Di. Generales de Comunicación, aprueba a ese Sindicato rector General, Tebaldo Mureddu T.-Rúbrica. su Tarifa de Maniobras No. 8, la que cancela su tao rifa anterior. 16 Y 22 enero. (R.-U.) SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA lQ!:SOLUCION sobre prlvadón de derechos agrarios y RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se auev.. adjudkaciones de unidades de dotación, en remitió a la Comisión Agraria MUta y dicho Or_ el ejido del poblado denominado Buenavista 23 N. ganismo, notificó el 16 de octubre de 1915, a los C. P. B., MuDicipio de Tenosique, Tab. (Registra. ejidatarios afectados para que comparecieran a la da con el número 3612). Audiencia de Pruebas y AleS¡ltos; misma que se llevó a cabo el 31 de octubre de 1975, en la que se Al margen un sello con el Escudo Nacional, qu~ comprobó legalmente la procedencia para la privación dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• de derechos agrarios a los eiidatarios propuestos de forma Agraria. conformidad con lo dispuesto por los Articulos 426, 430 Y demas relatiVOS de la Ley Federal de Retorma Agra· VISTO para resolver el expediente relativo a la pri• ria. La Comisión Agraria Mixta opinó que es proce• vación de derechos agrarios y nuevas adjudica• dente la privación de sus derechos a~rarios a los ej!· ciones de unidades de dotación, en el ejido deJ datarios que se señalan, y el reconOCimiento que pro• pablado denominado "BUENAVISTA 23 N. C. P. E.", poI?-e la Asamblea General Extraordinaria de E jida· Municipio de Tenosique, del Estado de Tabasco; y tanos. RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien- RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo te la segunda convocatoria de fecha 11 de septiembre de fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agrafia, 1975, para la Asamblea General Extraordmana de Él!' Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo datanos, relativa a la privación de derechos agrarios, una revisión del mismo, y comprobó la legahdad oe en contra de los ejidatarios que se citan en el pri· las notificaciones y constancias presentadas en e~ I e mer punto resoluti~o de esta Resolución, por haber i1;1icio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• abandonado el cultivo personal de las unidades de rIO correspondiente. con la opinión de que fuera apro• dotación por más de dos años consecutivos' asamblea bado por estar integrado correctamente, quien a su que tuvo verificativo el 20 de Septbre. de 1975. en la que vez, por haberlo encontrado ajustado al rrocedimiento se propuso reconocer derechos agrarios y adjUdicar de Ley, lo sometió a la consideración de Cuerpo Con• las umdades de dotación de referencia a los cam. sultivo Agrario, el que emltIo y aprooó úlctalllen t.d pesinos q1e las han venido cultivando' por más de sesión celebrada el 22 de noviembre de 1977; v dos años ininterrumpidos, v que se indican en el se· gundo punto resolutivo de la presente Resolución. ;ONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui.
  • 14.
    14 J) lAR J O O F I e I At Lunes 22 de en~ro de 197t; el" Jlrivativo .. h. aelUido de .cuerdo con los trá- C. P. E.". Municifio de Tenosique, del Estado de Ta. 1!2ites pf!vist05 en 101 Articulos 426, 429, 430, 431 Y basco, a los CC.: .-Juan Piña Franco, 2.-Efraín PIña ~tmís relativos de la Ley, Federal de Reforma Agra• García, 3.-ElpidlO Pérei García 4.-David Martínez ria; habiéndose, comprobado. ,por las constancias que Vázquez, 5.-Katael Martínez Velázquez 6.- Mana obr.n en antcccdel1tes, que -~ ,ejidatarios han incu• LUisa Díaz Martínez, 7.-Gonzalo García Pérez 8.-VIr• rrido en la causa de pnvación de derechos agrarios ginio Salvador Jiménez 9.-LUIS Reyes Salvador 10.• • que se refIere el Artículo SS tracción 1, de la propia Juan Reyes Catanno, 1Í .-Froylán González Garéia 12 • Uf. por haber abandonado el cultivo personal de las -JustInQ Sánchez Orozeo, B.-J. Alvaro Solano Dla2:, unIdades de dotación por más de dos años consecuti• 14.-Juvencio García Marín, 15,-Alfredo Reyes Con. Vós; que quecaroll oportunamente notificados los eii• treras, ló.-Antomo Sanchez Orozeo. I7.-RutIio Reyes datarioli sujetos • juicio; y Clue, finalmente, se :,i• S~lvador, IS.-AleJandr,no Ramírez R.. 19.- Atílano ¡uitran los posteriores trámites legales; es procedente Vazquez Cruz, 20,-Cmlo PIña Vega 21.-EvodIO ChICO pmvarlos de sus derechos agranos, y cancelar 101; PIña, 22.-Dalllel Reye" Antonio, i3.-Manuel Garcla corresl'cmdientes Certificados de Derechos Agrarios. Pérez, 24.-Francisco Reyes S., 25.-lgnaclO Perez Gar• cía,. 26.- José, Vega Evange!¡sta, 27.- José Morales , CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos Fnas, 28.-Gerolllmo. Solano Alonso, 29.-Santiago Real ~.l"do_, aegún con.,tancias Que corren agregadas al Paredes, 30.-Franklm Solano DIaz 31 -Leonardo Ve. u~é(li~te, han venido cultivando las unidades d. ga Catar!no, 32.-~Olié Ruiz Moreno, 33.-Antoho San. dotación por m~s de dos años inmterrumpidos; y ha- chez Sobs, 34.-MIguel Garcla Arcos, 35.-Lázaro Gar. 1!JiéI'Ídose propuesto el reconocimiento de sus derechos cía ~érez, 36;-Rubén Solano Alonso, 37.- Antorno _ararios por la Asamblea General Extraordinaria de Martmez VeJazquez, 38 -Baldemar García Pérez J'J .hJitlatarios, celebrada el 20 de septiembre de 1975, de -Emihano Vega Catarino, 40 -Enrique Reyes Martí: .euerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción n~z, 41.-EulalIO Díaz González y 42.-Leandro Solano IJI; 84, 104, 200 y demás aplicahl~s de la misma Ley, Dlaz: c~nsecuentemente, eXlndanse sus correspondIen• procede reconocer sus derechos agrarios; y con tunda. tes C(!r~I,hcados de Derechos Agrarios, que los aereclite ",ento en eJ Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir co~o eJldatanos del pO,blado de que se trata, y el re. sus Cllrtificl.doll correlll'ondientes. latlVo a la Umdad A&ncola Indu~tnal para la Mujer, Por, 'lo 'eltpuesto V con fundamento en los Ar. mIsma que se formaran en la umdad de dotación quo tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Retorma pert~neclera al titular pnvado Julio Martínez Garela, Alrana, lIe reiuelve: aSImismo, se declaran vacantes 9 ullldades de dotaCIón PRIMERQ.-Se decreta la privación de dllrechos para postenormente ser adJudicadas. agrallos, en el eJlao ue! pob4tdo d.enommado "BUENA• T~R<;?RO.-Publíque"e esta l:{e~olucIón, relativa a VISTA 23 N. C. P. E.", MuniCIpio de Tenosique, del l~ pnvaClOn. de derechos a~ranos V nuevas ad judlca. Estado de Tabasco, por haber abandonado el CUltIVO ClOne!> de umdades de dotaCIón, en el ejido del J'loblaclo personal de las unIdades de dotacipn por más de dos d,e "BUENAVISTA 23 N. C. P. E.", MunicIpio de Teno. años consecutIv05, a los CC.: 1.-Bli6eo Reyes Garda, slque del Estado de Tabasco, en ei "DIario Ohclal" 2 -GUillermo Pérez Marín, 3 -ArcadIO PIña G., 4 - de la FederaCIón y en el Penódico Ot¡ctal del GobIerno Aurelio Martíne~ PUla, 5.~León Cataríno Salvador, 6. de esa. EntIdad Feoera!iva; Inscríbase y hágan5e las -Gumersmelo Chico M., 7.-Angel Segundo Reyes, 8. anotaCIOnes correspondientes en el .Registro Agrario -Juan Martínez Piña, 9.-P. Miguel Segundo, 10,- Nacional; notifíquese y ejecútese. ¡ésús Chico Jordán, H.-Lorenzo Piña Garda, 12- José GarcÍa Pérez, B.-Mariano Chico Díaz, 14.-Juan . pada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la S_novio Martínez, I5.-Amancio Martínez C., 16.-Ma. UnIOn, en Mexlco, DI"tnto Federal. a los cuatro días rio Mártínez Piña, 17. -Camilo Ca tarmo PIña, 18 .• del mes de diciembre de mil novecientos setenta y An~el Marcelino PIña, 19.-Luis S¡;¡lvador Garda, 20.• (¡cha.-El Presidente Constitucional de los Estados Cnstóbal Paliares R., 21.-OVIgilio Piña de la Luz, 22. Unidos Mexicanos José López Portillo.-Rúbrica.• -Abel Batilio Franco, 23 .-Amalio Cenovio M., 24 - Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria Anto- Delfino López González, 25,-Melquiacfes Jordán S., 26. nio Toledo COrro......Rúbrica. • -Tiburcio Piña Concepción, 27.-Daniel Pérez Marín, JI.-J!ladio Martínez Pila, 29.-Albino Martínez Pila. • 16.-Rr4ulio Gutiérrez Gárcía, 31.- Bonifacie Garda M., 32 ...."Pascual Gutiérrez Garda, 33.-Amalio Piña Gu. aESOLUCION lIobre privación ele derect1f11 ,gr,rtfts , nu.vas adjudicaeionel de Uftidádel de dotaeiÓft y tl~rr.z, J4.~Eulali6 Piña Gutiérrez, 35.-Tito Piña Fran. eé, 16 .~.tpe.dio Mlrtinez B., 37.- Roberto Cruz Ar. confirmación de derechos égrarios, en el ejido del poblado denominado La~a de Palos lJlancos. Mu• eh~ndi'.I.S8',.,...María Varga Vda. de V., 39.-Octaviano Jtyes ..eyes, 40 ,-Juan . Chico Jordán, 41.- Eulalia nieipio de Salvador Alvarado, 11n. (llegisirafl¡J eOlJ (¡"reí" Vda. de PIñ" 42,-.Raynaldo Martínez P., 43.• el número 3621). Julio M~rtínez García, 44.-Itlnacio Romero Jordán, 45. -BaItazar Martínez R., 46.-Atilano Jordán Chico, 47. Al margen un seno con el Escudo Nacional, que -Juán Contreras Esquivel, 48.~Amalia Garda Vda., 49. dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la .Re• -Carlos C¡;¡tarino Bernal, SO.-Braulio Catarino Ber. forma Agraria. fiel. VISTO .para resolver el expediente relativo a la pri• 51.-Amparo Martínez Vda. de C. y 52.-Felipe Ber. • aclón de derechos agrarios y nuevas adjudica• naJ D. En consecuencia, se cancelan los Certificados <:iones de unidades de dotación y confirmación de dé Derechos A~rarios que relipectivamente se les expi• derechos agranos, en el elIdo d~l pobl¡;¡do denomi• diéron a IOi eJidatarios sancioI}ados, números: 1375771, nado "LAGUNA DE PALOS BLANCOS". Municil"ia '1375772, 1375773, 137577á. 1375777, 1375778, 1375779. de Salvador Alvarado, del Estado de Sinaloa; y 1375710, 1375781, 1375782, 1375785, 1375786, 1375790, 1375792, 1375793, 1375794, 1375795, 1375796, 1375797, RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien- 1375798, 1375799, 1375800, 1375801, 1375802. 1375803, te la segunda convocatoria de fecha 16 d~ agosto de 1375804, 1375805, 1375806, 137S807, 1375808. 1375809, 1974, para la Asamblea General Extn¡,orqinaria de Eji. 1375810, 1375813, 137S814, 1375815. 1375817. 1375818, datanolii, relativa a la privación de d¡¡rechos agrarios. 1375819, 1375~20, 13758~l, 1375822, 1375823, 1375824, 4!n I:ontra de los eiidatarios que se citan en el primer 137§~16, 1375827, 1375829, 1375830. 1375831. 1375832, punto resolutivo de esta Resolución, por haber ahliln~ 1375833, 1375834 Y 1375835. donado el cultivo personal de las unidades de cotacjóft SFOUNDO -Se ft>cOnocrn derechos alIrario~ V se por más de dos años consecutivos: asamblea que tUVt1 ad iudican lfls unidades de dotación de referencia por verifIcativo el 24 de agosto de 1974, en' la que se pro• t*úrlts cultiva"do por ~ás di dos .lias iIÚl'lterrum· puso r"conOI:¡¡r derr¡¡chos /lirarios y adjúdicar las uni,.. »i40s. en el ejiqo del poblado de "BUENAVISTA 2J N. dades de dotación de referencia a los camoesinos Que
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    Lunes 22 U enero de 1979 DIIRIO OfICIAL las han venido cultivando por más de dos años inin• venirlas cultivando for más de do. dos iIDnt.r~­ ". terrumpidos, y que se indican en el se¡undo punto pidos, en el ejido de poblado de "LAGUNA DE 1-ALOS resolutIvo, y se confirmen los derechos agrarios de 13 BLANCOS". Municipio de Salvador Alvaradoj., del I,tll' ejidatarios del censo básico más la Parcela Escolar, be• do de Sinaloa, a los CC. l.-Itoll.rio Medina .-áures, 2. neficiados en la Resolución Presidencial dotatoria el 31 -Avelino Montoya Castro, 3;--Henberto Corona Mén• de enero de 1967, publicada en el "Diario Oficial" de la dez, 4.-Alfonso Ceceña Fernández, 5.-Guadalupe Ajui. Federación el 14 de marzo de 1967, quienes se encuen• lar González, 6.-Mateo Niebla Beltran, 7.-"Antonio tran en la actualidad cultivando sus unidades de dota· Calderón Corrales, 8.-Juan Méndez PimenteJ, 9.-Hora· ción y que se indican en el tercer punto resolutivo de cio Inzunza Niguera, 10.-Rubén LiÚrr"il Osuna y 11. la presente Resolución. -Natividad Domín¡uez Ortiz; consec"entement~, expi· RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se danse sus correspondientes Certificados d. Der,.chos remitió a la Comisión Agraria Mixta y. dicho Orga• Agrarios, que los acreditt como ,jidatlrios del pobltdo nismo, notificó el 20 de junio de 1975, a los ejida• de que se trata. 1 tarios afectados, para que comparecieran a la Au• TERCERO .....Se confirmall 10$ d~redlQIi alrado$ dé diencia de Pruebas v Alegatos; misma Que se llevó 13 eJldatarios del censo báiico, ben,ficiádoli Cft 1. lt· a cabo el 9 de julio de 1975, en la que se como solución Presidencial dotatoria tI 31 dé cnéro cij 1967, probó le¡almente la procedencia para la pnvación de y publicada en el "Piario Oficial" clt l. f.dericiÓ1l ~l derechos agrarios a los ejidatarios propuestos de con· 14 de marzo de 1967, QW"I. H elleuentr_41 .. la ac· formidad con lQ di5puesto por los Artículos 426. 430 tualidad cultivando SUs unidllau de 4ot6clóA, ~ f Iés '.-A' Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• CC. l.-Eloy Altamirano AH~mJrlllW, ~.';"JU'D. MOIIte• ria. La Comisión Agraria MIxta opinó que es pro• llano García, 3. -Hera~liO re<;lpj. oto"O./. •. -Kitt, Gft" cedente la privación de sus derethos agrarios a los cía Jiménel, 5.-EvQdio Camadlo U~f' 1 eiidatarios que se señalan, y el reconocimiento que Hernández Rangel, 7.-feliJ"t 8"r,05 ver., .-Vi 1 propone la Asamblea General Extraordinaria de E ji• Canizales Ramírez, 9. -Andr~, lnz1Jltlá mil, 10, -M+· datariQ$. rio González Méndez, 1l.-Efr~ Unar~ MiM1rid ~.­ R.ESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo Luciano Rojo Melendres y 13.-Mateb Inzunza 1ft ulo, fue turnado a la Secretaría de la Reforma Ag~aria, Di• en el ejido del poblado denominadp "LAGUNA 1) :PA· rección General de Derechos Agrarios, la que hizo una LOS BLANCOS', Municipio dt Salvador MV.ffdo, dél revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las no• Estado de Sin¡doll; consecuentemente, e]l,tdiín., a SU! tificaciones y constancias presentadas en este juicIO; nombres los correspondientes Certificados d, Per~hos por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario corres• Agrarios que los acrediten como ejidaiariQs ael ¡mblado pondiente, con la opinión de que fuera aprobado por de que se trata, y el relativo a la Parcela Escolar. estar integrado correctamente; quien a su vez, por ha• CUARTO.-Publíquese esta Resolución, relativa a berlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley, lo la prIvación de derechos agrarios y nuevas jldjudica· sometió a la consideración del Cuerpo Consultivo Agra• ciones de unidades de dotación y confirm~ión 4e de' rio, el que emitió y aprobó dictamen en sesión cele• rechos agrarios, en el ejido del poblado de "LAGUNA brada el 29 de noviembre de 1977; y DE PALOS BLANCOS", Municipio de Salvador Alvara CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• do, del Estado de Smaloa, en el "Diario Oficial" de Is cio pnvativo se ha seguido de acuerdo con los trámI• Federación v en el Penódlco OÍlc¡al del Gobierno d~ tes previstos en lo~ Artículos 426, 429, 430, 431 V demás esa entidad Federativa; inscríbase V háganse las anota relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria; ha• ciones correspondlente~ en el RegIstro Agrario Nacio biendose comprobado por las constancias que obran nal; notifíquese y e,jecútese. en anteced~ntes, que los ejidatarios, han incurrido en la causa de privación de derechos agrarios a que se refie• Dada en el Palacio del Poder !jecutivo de la re el Artículo 85 Fracción 1. de la propia Ley. por ha• Unión, en México, Dh;trito Federal, a los cu~tr(; ber abandonado el cultivo personal de las unidades de días del mes de diciembre de mil novecilfttq¡ •• jenta dotación por más de dos años consecutivos; que que• y ocho.-El PreSIdente ConstItucioD.1 qf: lo! Itst4dos daron oportunamente notificados los ejidatarios suje. tos a JUIcio; y que. fin almente, se siguieron los poste_ Unidos Mllxicanoli, J"s' JAPB '4Írtm(l.~J.úl;ric~-:­ Cúmplase: El Secretario dl! la R.4Iterma ......l'i4. _• riores trámites legales; es procedente privarlos de sus tonlo Toledo Corro.-Rúbrica. derechos agrarios. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos St',ñalados, según constancias que corren agregadas al •• npediente, han venido cultivando las unidades de AVIIO ......in"t .. tftTfao df ......~ ~ dotación por más de dos años ininterrumpidos; IUlclául ct.. ,oblad., ......~ __,.:-1ItIhlt y habiéndose propuesto el reconocimiepto de sus dere• chos agranos por la Asamblea General Extraordina• en el Mualclfto de A....' Al1ttP Citrsé. aupeñicie de 195-00.. Has. e~ ai.... ria de Ejidatarios celebrada el 24 de agosto de 1974. de acuerdo con lo dj'ipue<,to por los Artículos 72 frac• Al margen un sello con el Iscud6 Nacl~!ltl', que ciones 1 y III; 101, 200 y demás aplicables de la misma diee: Estados Urlidos Mexlcanos.-Secretaría di la lt40 Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; y con forma Agraria. fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus Certificados correspondientes. .lVISO DE DESLINDE DE TERIUZNOS DI Por lo expuesto y con fundamento en los Artículo! PRESUNTA PROPIEDAD NACIONAL ya mencionaQos, de la Ley Federal de Reforma Agra• ria, se resuelve: La Dirección Gen~ral de Terrenos Naci6J'l~1"'~ ,.. PRlMERO.-Se decreta la privación de derechos t. Secretaria ~e la 'Reforma A,raria eJ'l f)lil!lh ",'1.,. a!!rarios, en ~l ejido del poblado denominado "LAGU• ]01104 d. feeba 14 de noviemnre oi~ 111':'11 p' • , NA DE PALOS BLANCOS", Municipio de Salvador AI• t48§8 m. 1. autolÍzado para flue, de cnnfol mIl' . 1, I varado, del Estado de Sinaloa, por haber abandonado ]0 qu~ establece la Ley de Terreno.,. BaldfN w ·" . .. el cultivo personal de las unidades de dotacjón por más 1#5 y Demuías del 30 de diciemhre dt lo~n ftrn'''''' de dos años consecutivos a los CC. l.-Roberto Ortiz a efectuar la invfllltigación, deslinde v m/ldte'''" ,.101 VUlegas, 2.-Juan Ortiz Ville~as, 3.-Julijn Rivera, 4.• terrllno de presunta propiedaq naclOT)::tI. dr1r¡...',:'1·..·, Ulises Withbron, 5. -Eligio Queve.do Leal, 6 -A~ustín "Cl!tAYA", del MunlciJ1i6 de Anllél oU,infl "n'-70 r" López Hernández, 7.-Luis López Ruiz, 8 -RafMl L6- eRta Entidad Federativa: C6n ~Ul't'rflrlt' IInro~lf"'l(h 11 í ez R., 9.-Leoviglldo Inzunza López, 10.-Gildardo 19.5.00.00 Has., V las colindanciJ'l" s!fu!el"t"e. f nZ.jnza v 11 -José Aluilar AIvarado. SEGUNDO.-Se reconocen derechos a.lrarios y se AL NORTE: Terrenoií dé pr;liuntl'! prop¡.dl1d fla. .é1ju4ican lQS unid.a" d. dot.ción da rcf.reneit. por ~ aouiá4e por AlfemsQ V~ PrUel!'
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    t. DIARIO OPICIAL Lunes 22 de enero de 1979 AL SUR: Terrenos de presunta propiedad naciona. derechos agrarios y sucesorios a los ejidatarios pr~ ocupados por Javier Moreno Aparicio y Limeano La. puesto; de contormidad con lo dispuesto por los ar• guna. tículos 426, 430 Y demás relativos de la Ley Federal AL ESTE: Terrenos de prestmta propiedad nacio. de Retorma Agraria. La Comisión Agraria MIxta opinó llal ocupado por Herminio Calvo Mendoza. que es procedente la privación -de sus derechos agra. rios a los ejidatarios y sucesores que se señalan, y el AL OESTE: Brfgída Morales Vda. de Laguna. reconocimiento que propone la Asamblea General Ex• traordinaria de Ejidatarios. Por lo que en cumplimiento de los Artículos 55 al 60 inclusive, de la Lev de Terrenos Baldíos, Nacionales RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo V Demasías, se manda publicar este aviso en el "Dia. fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, rio Oficial" de la Federación, en el Periódico Oficial Dirección General de Derechos Agrarios, la que hIZO del Gobierno del Estado de Chiapas, en el periódico una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de de información local "EL AHUIZOTE", por una sola las notificaciones y constancias presentadas en este vez, así como en el tablero de avisos de la Presidencia juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• Municipal de Angel Albino Corzo, Chis., V en los para. rio correspondiente, con la opinión de que fuera apro· jes públicos más notables de la Región, para cono· bado por estar integrado correctamente; quien a su cimiento de todas las personas que se crean con de• vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimien• to de Ley, lo sometió a la conSIderación del Cuerpo rechos de propiedad ,o posesión dentro de 105 límites Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dicta• descritos, a fin de Que dentro de un plazo de 30 días men en sesión celebrada el 19 de julio de 1977; V contados a partir de la publicacIón de este aviso, ocu• rran ante el suscrito, con domicIlio en calle 5 de Mavo CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• y Mina de esta ciudad, a acreditar sus derechos, exhi. cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi• biendo ori~inal V copia de títulos V planos, de los tes previstos en los artículos 426, 429. 430, 431 Y de• que le serán devueltos. má~ relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria; habiéndose comprobado, por las constancias que obran A las per"onas intere'~adas nuf' no presentPn Sl1S en antecedentes, que los ejidatarios y sus herea$ros documentos dentro del plazo señalado o que habien• han incurrido en la causa de privación de derechos do sido citadas a presenciar el rlf'c;linde, no ocurran al agrarios y sucesorios a que se refiere el artículo 85 mismo. se le tendrá por conformes con sus resultados. fracción 1, de la propia Lev, por haber abandonado el CUltlVO personal de las unidades de dotación por Atentamente. más de dos años consecutivos; que quedaron op0'rtu· namente notIticados los ejidatarios V sucesoressuje• Palenque, Chis., diciembre 10. de 1978.-EI Jefe de tos a juicio; y que, finalmente, se siguieron los poste• la Comisión Deslindadora de Terrenos Nf-lc;onalf'c; f'U riores trámites legales; es procedente pnvarlos de sus les en el Estado, José Angel Sáenz Garda, SAGJ-450521. derechos agrarios y sucesorios, y cancelar los corres• - -Rúbrica. pondientes Certificados de Derechos Agrarios. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos ltESOLUCION sobre privaclÓD de derecho. agrarios y señalados, según constancias que corren agregadas al nuevas adjudicaciones de unidades de dotación, en expediente, han venido cultivando las unidades de do• el ejido del poblado denominado Santa María del tación por más de dos años ininterrumpidos; V habién• Tule, Municipio del mismo nombre, Oax. (Regis• dose propuesto el reconocimiento de sus ~ere~hos agr~· trada con el número 3608). ríos por la Asamblea General Extraordmana de ElI• datarios celebrada el 27 de marzo de 1975, de acuerdo Al margen un sello con el Escudo Nacional, que con lo dispuesto por los artículos 72 fracciones I y dke: Estados Unidos Mexicanos.--Secretaría de la Re• 111; 86 200 Y demás aplicables de la misma Ley. pro• forma Agraria. cede réconocer sus derechos agrarios y con fundamen. to en el artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus VISTO para resolver el expediente relativo a la priva• Certificados correspondientes. ción de derechos agrarios y nuevas adjudicacio• nes de unidades de dotación, en el t!jido del po• Por lo expuesto y con fundamento en los artÍCulos blado denominado Santa María del Tule, Munici• ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra• pio de Santa María del Tule, del Estado de Oaxa• ria, se resuelve: ca; y PRIMERO.--Se decreta la privación de derechos RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• agrarios en el ejido del poblado denominado Santa te la segunda convocatoria de fecha 19 de marzo de María del Tule, Municipio de Santa Maria del Tule, 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de Eji. del Estado de Oaxaca. por haber abandonado el cul• datarías, relativa a la privación de derechos agrarios tivo personal de las unidades de dotación por má~ de y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se citan dos años consecutivos, a los CC. l.-Carlos BautIsta. en el primer punto resolutivo de esta Resolución, por 2.-Esteban Bautista, 3.-Florencio Bautista, 4:-Juan baber abandonado el cultivo personal de las unidades Bautista 5.-Longino Bautista, 6.-Pablo BautIsta, 7. de dotación por más de dos años consecutivos; asam· -Marco~ Cortés, 8.-José Hilario E'Spejel, 9.-Floren· blea que tuvo verificativo el 27 de marzo de 1975, en tino García, IO.-Justo Hernández, 11. - M~nuel Jar• la qUe se propuso reconocer derechos agrarios y ad• quín I2.-Miguel Jarquín, 13.-Ramón Jarqum, 14. - judicar las unidades de dotación de referencia, a los Manúel Joaquín, 15.-Pedro .Luis, 16.-Julio Lópe~, 17. campesinos que las han venido cultivando por más de -Camilo Manuel IS.-FrancIsco Manuel, 19.-Jose Ma• dos años ininterrumpidos y que Se indican en el se• nuel P., 20.-Fra¡{cisco Martínez, 21.-Serafín Martínez, gundo punto resolutivo de la presente Resolución. 22.-Jacinto Mateo, 23.-Marcial Mateo, 24. - Manuel Matías 2S.-Clemente Ramírez, 26.-Juan Raymundo, RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se 27.-Ráymundo Nabar. 28.-Víctor R.uiz, 29. - ~iguel remitió a la Comisión Agraria Mixta V, dicho organis· Sánchez, 30.-José Santiago Eleuteno, ~1.-Jose Soto mo, notificó el 26 de agosto de 1975 a los ejidatarios Trinidad 32.-Juana Vázquez, 33.-Zefenna Garay B., y sucesores afectados, para que comparecieran a la 34.-Margarita Flores B., 35.-Marí~ Evarista B.. 36.• Audiencia de Pruebas V Alegatos; misma que se llevó Francisca Cortés, 37.-Juana ~ernande~ de S., 38. -:• • cabo el 18 de septiembre de 1975, en la que se como Manuel Hernández, 39.-Catahna GarcI3, 40.-Germ.an WObó lega.lm,ente la procedencia para la privación da JaraUÍD. 41......crescencia García dtJO Lo. 42. - Zeferma
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    1 .erm ",. M&i'luél, 43......Fl'AftCi~<* Mmmno de M., 44.-:bárbata Ntét. 4~.~l Glftta, 46.-1.ú11 A8U1l~ión, 41. - - dOls;b;,~~rifm¡¡. ~~~,.. IUARiO OFICIAL _ _ _ _ _ _.....IiI:IIo.mm'_t n ~ g 'es' Cb f • 'Mirla Mi . i Albm.. 41.-JI'1tJt1,ntino Sánche>z, 49. 36.--CllmilQ manu.! MRriá, 57':-~~ 1, ¡ao. -IetronA da.. de 8af1tiílJb, 5IJ.-lbroat111elón SbtO. SU!lana Pab19, 59.-'alstihQ lJ~mr1(a.; AS iIo tiliti, 61.-Juana MaUa!S, 6i Dtl. ~ ~i1.-l!ug-.nia Ca ta ~l.-hlftllt!l .YAiquez, 53. - lt()8tilina Bautista, M.--Uilllr,it ta, ~ ~t'" 'étifí!). MflitO, 54: ,Q Alfaf'ó, :Ji1 ......Aniado aau. l'étiéZ, 66.-Átltonio Asl.thefÓn, 87..... . tistit, 61. fiéts 50......Af11~1 131 . 57.=-téfétina BAutista, 58.- -.fttattciscQ lJallti!lta li9......'etroril ~ .....JIGUl.. Dmxúngo Jl!ut1i'1!1tlt,¡ '~.- 'Itisto allUtllltll, 6O.-11fltt¡c1s. tl Ct'Uz, 71.-Juatla Ht:lllti*ta,7~.~ ilrlOial ~r.'distl¡ 1). ~ BiútiBlá. &1.-l'rattti8oo Bautittli, tU • .:..a.bina Dau· -Juana B.autista. 14.-..DOtnWlollUtl8til.. 'fj .~~¡~ $.1J, 6J.--HiBinió :QlUi~i~tá., 64......l8idUft) Snutiíltá, 6~. BAutista, 76.-totnás ~aUtiita¡ 17..-1nriqllltlu lita -MlIrlli Ilutl$~a, 66.......MIUt!O :8I1UtiJtli, 61. - Nicolás 7'.-Juan Bautista, 1~.--Db~illl9 IAijtllstá, .• -:• Bauti,lita¡ 68.-Pablb Bautistl, ~... --4tltui1Üflb :bIUti~ta. Mindl¡z, 81.-Kanl6n DlutJsta, 1Z.~I)S(j ~Ust., J. 7Q.....Tom'lI ]Jlt.ttiltl", 71.......ZeI1C!n .DiUtilitll. 71.-LUis CI• -Antonio BautistA, 84~CUtbíittd Jaltlstl ÍI:i,....AiI..Jt bterá, 13.-MilUel ",abretl, 74.......Jl!!ltlll t MHed, 75.- n. e.til!) C6tté!!, i6.......}i'eUpe Cortés, .....Ju_n CGttés, 18. -L'Jjt Ctlrté~ " ........Maril Cortes, 80.--Hillrión cruz, --Cithien Cabrer., ~.-Jo!lé Cbités, 91.-Franci!lto C2tbrtt., ~bel 13¡tiJtI, ·Cdte@:'j, BaUtiUa, alí.-losa l1allti~t.¡ 87 .:.....II~ k¡¡ust..... fO~J.Vé,*_ 81.-Ielil'l fllb~$. g2......MtlUel Oittfa, U.-AUotI.!lt> Gó- -AntOOio Cortés, 94......Sl.d$1lM t._a '3.-J· . mü. 84......Luii ~t!rllrutdttt, 85.--Matfl l~iIla Hirtiáfi. Cahteta, 96.-Juah Cortés, ~1;"";'bll j v*i_, .• • • 1l8.......Mjtil Hetl14Hdet, 87.-latltM efl1Áfulft. S8. Carmen Bautista, 99.-1'0rlirio Cortés, lóO.-Aéraham -Arbt:t1ftJ Jarqulfi. 89.....Amulfo .tlrquín, .-PIdel Jat• Cruz. quín, 91.-Jesus Jarquín, 92.-Margarito JAl'é¡uin. 93.• lOl.-Martha :bautista. l(J~.-AUwtp '1~te.8: 103.• AQraham Lgis, 94.-Andrét LuisA 9S.......Bartolo Luis, 96. Andrés Cnu, l04.-Pramd!)C8 Gómez¡ 105;.-.JlCint~ . • -féIi~ LUis, 97.....J1Afíl uis, Y8.-ÑIathl Luis. 99. - teo, l06.-kosa MaR~I, llrl......tertrUOis varl:la, 101..... Mllrtifi Luis, l00.--Niebll!l Luil;. Clátá Ht¡rnándeÉ, llW~~ft.MIrUnea. 110.-1.. sé Jarq1Úl. 111....-AqreÜe He 111......utina ata. 101.-=tedfile LUis .... l02....-AI1ttlt1ia ManI,Jtl, 103¡-Fe. nl1{ít lI:t-Agustín Jsr'l.ÍB, i 4' :lelláQ ¡rarqufu.. lU. liciátlo Manuél l04.-.rtatléisoo Müfipel. 105. - Isidro ~res~l!ncia Cortés, 116......:Asuncl6n B,utiatá, U,. - Matnrel. l06.""",,bntl1~l MiUlUlfl. 101........Tes~ Manuel, 10&. !-pis Trinidad Jarquín¡ U8.~josefina J~t4uíb, 119...... -Joaquíti MMuel, l09.-..Jose ~Uél¡ 110 - Lotema lYlrudmiÍiano J~q,I.ul1. 2o...:-tltlslI Luia U1. """: ré~ ~tl. llL-Luí!i :AhI1U~l, 112 . {íblfia Mángel, 113.• MéndeÉ" 122.-GulllerllW Luls, lJiAollt¡lld ~ui" 124- Bi'UHU Mattftlt!t. 114'"7-MatliJél attméi• .1lS.....:MijtJél -tuz .Mmírez. 125.....l~io "'*IUd. ~~ MüttÍfJtlt, llt;.-1VUit~liM Mlltc:!ti, 111. - Evari!¡to Ma· Rui¡lj, 127.-'Juan Luis, 128~aMftljt9 Lu15, lat.-AlfW.. tías, llS ..:....Grt!gofib Mltííls, 119.-JulUi Mitía.5, 120.-1'a. SQítUis, HO.-Lorenzo Bautista, i.Ur-"lu~íüi .ibtiStt. blo Matías. 121.-Pantaleón Matías, 121.-fitnotea Ma· 13 .-Benjamín Manuel, Ul-'-Asunción Ihwdsta. 114; tías, 123.-Benito Méndez¡ 124.-Gertrudis Ménde~ 125. -GreAoria Man~el. 135.....Asuntioo Matías, U,.~TriUj.. -It~:ltO Métldez, 126.-JClsé Pablo, 127.--Juán rabIo. d~d Bauti&ta, 137.-Anastacia ManUel, 138.-MáxiltÚna 12g..... l:lt1ue1 P~blo. li9.-~tt1etleló 1*étet, ¡j~.-P~ta. Vá.zquez, 139.......Petrona Báutiilta, 140.-Je8ils 1.013*. ]·n. léofi lUfiife~. 13l.-Ml1tía !tetés Iterllanouz, 132.-Ba{. -FranCisco López, 14i,-Gt!rntan ~, 143....... Clari tolt},' ltuít, 133.~F~ttifio !uiz, 134.~HUario ltuiz, 135. Matías 144.-GIHláaluP.e Mattme~, l.f.). --' AIlWltitl Mit" -Pl!l.t1t~león R.ulz, 136..- ~elix Sanch~z, 137.-beoncio te~ 146.-Crescencia Matétl, 141......Elvira MIUJlli, 143. Sáln:ftt!t, 13g.~M!l:t'íá S'tlché~, 13~.~Manu€l 5inchez, -Melitón Mallas, 149.-Jacol;tl Matías, 150.~l'etmiflá 140.......At1rián Sandttito, t41.-Ahg~1 Santiago, 142.-Do· Manuel. mtfll!;u Sarttiagu. 143.-Btndto $antiálo, 144.~n8piri· dión Santiago" 14S.-FtátldscCl Santiago", 14é.-SaQtia• 151.-Cleotilde Bautista, ua.....Anttmio Mátíae, -1$3. jO M¡ültiel, 1,,7.=-Pedrp- Saütiagq. 148.-.tlVaristo Sotl;}. 149.-F::ludifió 8{)tó, 13lJ.-Juan Soto. -Rufino MQndez, 1~4.-AliGia Mén~_~, lSS.~A~" tista, 1l!ó.~uadlill.tpe Pilbló, 1S1.-.Mütfn '"blo, 1.• Inés., aauti,ta. U9..:..M.!imina MlttlUll, 160.....o1Ul Ili• 151.-Manuel Soto. 151.-WeIUleslao Soto 153.-Ca• pe Pérez, 161 ......lttiliUa (n-u¡CO 16a.-AiU'tlil lamiréi, talina Vázquez, 1~4.-Nkol's Vázque&. 15S.-'áblo Váz. 163.-Margarita )latías, ló4.-.SilltU MIiI1Ü!I, 10J.....oua• qut!t, lSB.-.t()!lé Dulores' Villanuevll, 1S7. -. Perfecto dalupe Manuel, 166.-Aurelia Flores 161.-Isabel Ruiz, Martínez, 158.-José Pablo, 1~9.-Sebastián Madas, 160. 168.-TQt'ibia :Ruii, l/í9.-Fltlt'entio. Rt.Uz, rro......jJorllrio -Romana López, ltíl.-Tomás Matías, 162.-An~el So• RuiÉ, 171 .....habel Gárcía, 11l.-l1libertl OóIftiz¡ 173.• to, 163.-Rosa García, 1M.-Manuel Cabrera Antonio, Lgrento Auiz. 174."-Nitolás :Ruil, 175.....a.btlvev. No 16S.-JoiQuín !fanu,l, Santiago, l(i6.-Gabriel Bli&utista llIll, í76.--80UIl SÁnche¡;, 171.-..MiUildt IG~.!. 178. - M. , 167.-Ernesto Gomez. Petrona Pablo 179.-Bdrlltrc1lno 8ibtiAIQ.. llU.....Auft. lia Dat.ltilta¡ 18t.-Rufina Santiago, 112~PetfOU Lli$, la3.....Juln Sllntiago, lM.....Joe hrrtlqo t85.-Metcr Por la misma razón se privan de sus derechos su• del Mattinez. lSO,.:....¡uan. Santl18tJ, 13T ~AtlnAllo SifI.. cesorios agrarios a los CC. l.-Antonio )lautista, 2.- - ti-lO, lIIa.-Soledtul Sato. 18)1.~l'Mtaieon hnullgo, lVO. Manuel Petrona, 3.-lIIabel Man""l 4.-catalilyl Gau· -Nitolasa SOtl?J 191.-HUatia López:, 192.-Ptancis~' tlsta, 5.......Pablo Madas, 6.-Júana CorWa, 7_Petrona Bautista, 193.-Kicardll Soto, 1!)4~l!wti.l1o Vicente, Bautista, S.-Felipe Cortes, 9.-Hilano J!1.spejol, lO.-b• 19S.-Tiburcia Méndez, 196• ...:.ctregorlo Vá!quez, 197.• mael García, H.-Josefa Hernández, 12.-Asunción RUlZ, Porfirio llui~, 198.-Pedro Vázquez. 199, - Pidel Vtt· 13.-Teodora Jarquín, 14.-Teresa Jarquín, 15. - José que~, 200.-carlnen Luis. Joaquín, lÓ.-Fortino Jar.'iU~~l. l7.-Rutina Jarqu1n, 18. -Antonia Bautista, 19.-l'lanpa Pérez, 20.--Felipe Ma. 201.-Francisco Vázquez, 202.-Delfina Pablo 203. nuelt 21.-Asunción Manuel, 22.-Petronila Bautista, 23. -Jtosendo_ Martinez,l. 204.-~lvar(j Mat11s, lO!.-Catall. -Alfonso Matías, 24.-Antonina Jarquín, 25.-Juána Ma• na Montano, 206.-t<.oque Soto, 207.-AureUa Jarqulh, nuel. 26.-Miguel Martinez, 27.--.Danlel Mateo, 28.-Ri• 208.-Susana Pablo 20J.-Adela So~o 210 ~ Nicolás carda Mateo, 29.-Marcelino Mateo 30.-Hilario Ma· Bautista... 211.-Fa1l5tlno Bautista, atZ.-Mercedes !jáu. tías. 31.-An¡el Madas... ~2.-Guada1úpe Ramfrez, 33.• tiSia, 2b.-Felipa Bautis1!t, 214.-Tomá!l Gómez 215,- Juan Hernáñda, 34.-wlIlÑ Vázquez.ly 35.-Maria Bau· Porfirla Ramírez , 21ó.-Maria G6mez, ' tista, 36.-Doloros Ruit 37.-1uana nernánclez :S .• 38. -Angela Sánchez, 3!1.-Manuela Figueroa, 4O.-Marclal En consecuencia. se cancelan los (;ertitlcado~ dI! Bautista. 41.-Macaria Bautista, 4l.-FranaisCI Bautis• Derechos Agrarios que respectivamente se les exp,': St' ta, 43.-Mario Jarqufn, 44.-Catalipa Jarqufn 45.-Vir. ron a 10& elidatarios. sanCionados..." números: lO/l._2. ginia ~uis, 46-C~rmen Matlas, 47. - RegitÍo Matía8, 2676¡93 267694, 267695, 267696, 2670'17, 267698, 2676i9. 4~.-:-VICen!a SantIago, 49.-Aouilino Vázquez, SO.-Je• 2617 267702, 267703, 267.704, 267105, 267706, 267107, I'orumo Vazquez. ji 1JJ77 • 267709. 267110. 261711, 261112. 261713. 267114,
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    DIARIO OFICIAL Lunes 22 de enero de 197~ 267715, 267717, 267718. 267719, 267720, 267721, 267722, -Genoveva Matias, l06.-Dolores Ruiz. l07.-Wences• 267723, 267724, 2~~7, 267729. 267730, 267732, 367735, lao Manuel. lO8.-Arcadia Bautista Bautista, 109.-Ma. 26773'6, 26'7737, 2677 , 267740, 267741, 267743, 267744, cedonio Manuel, 11O.-Mario Raymundo, 11 l.-Floren• 267746, 267747, 2677 8, 267750, 267752, 267755, 267756, cio García Matías 112.-Cirilo Ruiz Manuel, lu'-Bo• 267757, 267759, 26776cr. 267762, 267763, 267766, 267767, nifacio Martínez Í14.-Crescencio Martínez, U5.-Julia• 267769, 267770, 267771, 267772, 267774. 267775, 267784. na Manuel Sánchez, 116.-Juana López, 117. - Cirila 167785. 267787. 267788. 267790, 267791, 267792, 267795, Bautista, 118.-Cenobia López Méndez, 119.-Porfirio• 267796, 267797, 267798, 267800, 267801, 267802, 267804, Cabrera Luis, 120.-Feliciano Manuel Ruiz, 121.-Eu• 267806, 267810, 267816, 267817, 261'627. 267829, 267830, frosina Méndez Bautista, 122.-Regino Matías Cruz, 123. 267832, 267833, 267834, 267836, 267839. 267840, 267846, -Ernestina Bautista, 124.-Emiliano Bautista, 125. - 267847, 267848, 267852, 267855, 267856. 267857, 267858, María Méndez, 126.-Nicanor Pablo, 127.-Mario Cabro• 267859, 267860, 267861, 267863, 267867. 267868, 267869, ra Luis, 128.-,Guillermo Pablo Manuel, 129.-Galdino 267870, 267871, 267873, 267874, 267879 267882, 267886, López Manuel, BO.-Vidal Ramírez, 131.-Hipólito Ma• 267888, 267889, 267893, 267896, 267900, 267901. 267902, nuel Hernández, 132.-Miguel Jarquín Hspejel, 133.• 267903,. 26790.4, 267~06, 267908. 267913, 267914, 267915, Enrique Martínez Cruz. 134.-Erasmo SantIago Ruii, 167H8, .267919, 26.7921. 267928, 267930, 267932, 267934, 135.-Agustina Manuel, 136.-Cándido Luis García, 137. .267<135, 267938, 267940, 267939. 267943, 267944, 267946, -Aurora Canseco, 138.-María Luisa Ortega, 139.-':Pris• 267947, 267948, 267949. 267950, 267951, 267956. 267957, ciliaI!-a López, 140.-María Luisa Santiago, 141.-HilariQ 267959, 267961, 267963, 267967, 267975, 267976, 267981, SantIago. 142.-Mercedes Santiago, 143.-Natividad Mar• 267985, 267986, 267988, 267989, 267991, 267992. 267994, tínez, 144.-Modesto Ruiz Soto, 145.-Santiago Salomón,. 2~7996, 598849.. 594847 Y 598848. 146.-Celestina Ruiz, 147.-Genaro Santiago 148.-En.o carnación Hernández, 149.-Pablo Martínez Gómez, 150. SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios V se -Pedro Soto. . adjudicau las unidades de dotación de referencia, por 'vertir/as cultivando por más de dos años ininterrum· 151.-Antonio Manuel Ménaez, i52.-Manuel~ Ló• pidos, en el ejido del poblado Santa María del Tule, pez. 153.-Atanasio SantIago Martínez, 154.-Maximina Municipio de Santa María del Tule, del Estado de Oa• Luis, 155.-Maximina Manuel, 156.-Hilaria Luis 157. xaca, a los CC. 1.-Fabián BautIsta, 2.-Andrés Ray• -Eugenio Manuel Pablo, 158.-Bulmaro Cabrera 'Mon• mundo Bautista, 3.-José Lorenzo Bautista, 4.-SenorIna taño, 159.-María Méndez, 160.-Natalia Luis. 161.-An.• Sánchez Raymundo, S.-Antonio Bautista Cortés. 6.• toma LUIS, 162.-Severiano Soto López 163. - Miguel Antonio Manuel Jarquín. 7.-Pedro Cortés Raymundo, Raymundo López, 164.-José Bautista Cabrera, 165.• 8.-Catalina Arrovo, 9.-Macario García, lO.-Octavio Dommgo Jarquín Manuel, 166.-Eduardo Vázquez Orte• Méndez Bautista. H.-Ramón Soto García, 12.-María ga y 167.-Inocencio Gómez; consecuentemente, expí• Méndez, B.-María Angela Soto Bautista, 14.-Julio E'S• danse sus correspondIentes Certificados de Derechos pejel Arroyo" 15.-Lauro Luis, 16.-Miguel López Ma• Agrarios que los acredite corno ejidatarios del poij!a-' nueJ, 17.-Bernardino Manuel, I8.-LuIs Manuel, 19.• do de que Se trata. Lorenzo Luis Jarquín. 20.-Ceha Martínez A., 21. - Marcial Martínez, 22.-A!>unción BautIsta, 23.-Juana TERCERO.-Publíquese esta KesoluclOn. relativa a López Hernández, 24.-LUlS Dolores, 25.-Joaquín Gar• la pnvacIón de derechos agrarios y nuevas adjudlGa• cía Ramírez, 26.-Bernardo Raymundo Sánchez, 27. - dones de unidades de dotación, en el ejido del polMa• Pedro Raymundo Bautista, 28.-Ranulfo López Manuel, do de Santa María del Tule, MumcipIO oe Santa María 2~.-Guadalupe Sánchez, 30.-José Santiago Martínez, del Tule, del Estado de Oaxaca, en el "Diario Ofida!" 31.-Faustino Cabrera Montaño, 32.-Isaías Gómez Ma· de la FederaCIón y en el periódICO oficial del Gobierno n1,lel, 33.-Guillermo Bautista Garay, 34.-Simón Bau• de esa Entidad Federativa; inscríbase V háganse las tista Manuel, 35.-Antonio BautIsta Cárdenas. 36.-Ma• anotacIOnes correspondientes en el Registro Agrario rio Ruiz Cortés, 37.-Artemia Hernández Soto 38. - Nacional; noufíquese y ejecútese. Eusebia Hernández, 39.-Cirilo Pablo Manuel, 40.-EI· Dada en el Palacio del Poder Ejecutiv() de la vira Vázquez, 41.-Enedina Luis, 42. - Víctor Matías Unión, en MéXICO, DIstrito Federal, a los' cuatro días. Garda, 43.-Manuel López Melitón, 44.-Inés Martínez, del mes de dicIembre de mil novecientos setenta V 45,-M,argarita Matías García, 4~.-Jes~s Méndez, 47.• ocho.-EI Presidente Constitucional de los Estad05 Andrea Bautista 48.-Dora BautIsta Mendez, 49.-NICO• Unidos Mexicanos, José López Portlllo.-Rúbricá.• lás' López Jarquín, SO.-Ramón Bautista Vázquez. - Cúmplase: El SecretarIo de la Reforma Agraria, Anto. nio Toledo Corro.-Rúbrica. 51.-Lázaro- Vázquez Pablo, 52.-Alberta Sánch~z, 53.-Valeriano Alfaro Hernández, 54.-Modesto SantIa• go Raymundo, 55.-Javier Vázquez Jarquín, 56.-Nico• lá's Bautista Matías, 57.-Marcial Bautista, 58.-Ceno• RESOLUCION sobre privación de' derecho. agrarios bio Bautista. 59.-Otilia Bautista Bautista, 60.-Calix• y nuevas adjudicaciones de unidades de dotación, to VázQu~ 61.-Cirilo Soto Angeles, 62.-Carmen Váz. en el ejido del pablado denominado Naranja de qtiez 6,3.-Ponciano Santiago Alfar~, 64.-Aun;lia Ma· J Tapia, Municipio de Zacapu, Mich. (Registrada nuel 65.-Antonio Bautista, 66.-MIguel BautIsta, 67. con el número 3607). -DÓlores Méndez Pérez, 68.-Simón Bautista, 69.-Ma• ría Martínez 70.-Manuel Bautista 71.-Joaquín Váz• Al margen un sello con el Escudo Nacional, qus guez Manuel, 72.-Fel~citas ~iiangos, 73. -. Asun,ción dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re. Montaño. 74.-Marganta ROJas, 75.-Marganta Lop~z, forma Agraria. 76.-,...Urbáno Cortés, 77.-Toribia López, 78.-GregorIo Bautista Bautista 79.-Victoria Vázquez, 80.-María Pa· blo, 81.-Elov Flores Luis, 82.-Quirina García Mateo. VISTO para resolver el expe.diente relativo a .la prh:a~ 83-.-G'regoria Paula, 84.-S01ed,ad Luis Méndez, 85. - ción de derechos agrarIos y nuevas adJudIcacIo• Isabel Mahuel 86.-Avelino Vazquez Manuel. 87.-Ma. nes de unidades de dotación, en el ejido del po-. ría ·Bautista S8.-Rufina Manuel 89.-Nicolás Jarquín blado denominado Naranja de Tapia. Municipio. Soto, 90.-Gerardo Jarquín Cortés,,91.-Miguel. Jarqu,ín de Zacapu, del Estado de Michoacán; V Espejel, '92.-David Mendez Mar;tmez¡ ?~.-PIl~r V~. qnéz, 94.-=-Tiburcia Mateo, 95.-Encar~acl~m LUIS Men• RESULTANDO PRIMERO.-Por oficio sin número dez 96.-Juan Luis Manuel, 97.-Jose Vazquez, 98. - de fecha 11 de noviembre de 1975, el C. Delegado de la Ladra Sánchez. 99.-Lucía Luis. 100.-José Soto Bau• Secretaría de la Reforma Agraria en el Estado de .,Mi• tistá. "'hoacán solicitó a la Comisión Agraria Mixta iniciara jUicio p~ivativo de derechos agrarios y sucesorio~, eu . -lOl":"Rafael Luis Cabrera, 102.-Micaela Hernán• contra de los ejidatarios que St;, citan en. ei prlm~ . del, 1lá-Esteban Manuel. l04.-Evaristo Manuel. 105. punto resolutivo de esta ResoluclOn, por haber aban-
  • 19.
    LUDU 22 de en8re de 1979 DIAalO OPICIA' 19 el cultivo lltlrlonal ~ 11$ Páretlu R9l' rn4s ~~~~~li3; "r.m-M!Ja~-=::, =~ p:;: ~ ,ti a4e» (lQn~1,Jtiv<»; y conata en ct1 e¡peaiente la lYOé:atotia (le teclia ~ de agosto de 1915oy el Acta mero 14; 6.-Rcmlgio Mata. l)ar<¡éla ;tl~ro 16; ,1.-11- fa A$Qlb~a General Extraordlnaria de ,l:.jidatarios detonsa Gabriel, parcela núnulf9 1i; J.~~tU:rpiIl9 Qw. ~ . •.tue .tuvo vedflcativo ellO de septiembre de 1973, en propuao .,eCQtloeer derechos aararioa y ad• utl(:á¡' tu wúd;J@a de dotación de re{órencia, a los ttÚDlero 20; 10.-Luis Crm ~rratof ,.,lWl. mán, parcela número 19; 9.....,t.eol'f>lt!oM..., J'Afétla tl~ro lZ' 11.-J. Guadalupe A¡uilu. pl!p"CtJI' • •ro )5; 12. _ ..3tnót que las hall venido cultivando ~r más de =bdilón Sosa, parcela número 36; U,~Alt;wrto Et'll" daill dos inlilterrurnpidos y que ~ indi~~ ~n el se• noza. parcela numero 27; 14.-M;t. dé Je$ús LOpez Veja. ~1Io Dunto resolutivo de la pre~ente Resolución. de Espinoza, parcela nÚ1llero ll;. 1!.-J. PUar Oarclla• %o, parcela número 34; 16.-Gabino ~cio 'aulino, ItESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se parcela número 36; 17.-C~u:nUf;r So¡a, parcela o_to r.Mitió la la Comisión Agraria Mixta _JI. dicho organis• 37; t8.-Elena Téllez Vda. de lU,ino•• pattéla flWne• :a.-,e! _()~ notlttcó el 41 de "Qvl@mbre de 197.:), a los ejidata• ro 38; 19.-Angela Jiméne~ Vdo. de ~y.., paretil~ nú• ,..,. y .ucesores ~fectados, para qUQ comparecieran a mero 40; 20.-Pedro Guzmán, p~reel. Jl!.ÍDl"~ 44; ~1. ·· .la AudJtnda ele Pruebas V Aleaatos; mi~ que se He• -Manuel Garda, parcela número 49; LO• v6 .• cabo el 15 de c.liciembre de 1975, en la que se pez de la Cruz, parcela número Sl~'4; 23......)tr iUvo e eoPllil:obó legalmente la procedencia para la priva• Sosa, parcela número 61; 24.-Ceóilio M."., ~e a nú• eió'.,Qe derechos agrarios y sucesorios a los eji,hlta- mero 66; 25.-Esteban León Ramítez, parcela núme• ~Pl,Je!ltos; de conformidad con lo dispuesto por ro 68. al1jculo~ 426, 427, 430 y demás relativos de la Ley . .1 de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mix• 26.-Epifanio Aguilllr, parcela número 70; 27. - t, ojinó que es procedente la privación de sus dere• Bernardino Espinoza, parcela número 71; 21.-Vteenta chos agrarios a los ejidatarios V sucesores que se se· Velázquez, parcela número 72; 29.-J. Félix Silva, par• ia11P. y el reconocimiento 9,ue propone la Asamblea cela número 73; 30.-J. JeiÚs Ranúrez, parcela núme• Oenval Bxtraordinaria de E jidatarios. ro 74; 31.-Ev6rardo Gochi. parcela número 77; 32.• Juan Télltu:, parcela número 93; 33.-Tomás Gochi, lU5ULTANDO TERCERO.-EI ~ediQllt. relativo parcela número 98; 34.-Cóncepeión Orobio, partrela número 99; 35.-GerÓnimo Sosa, parcela nÓlilero 100; l.. fu.~ado a la Secretaría de la Reforma Agraria, Di . General de Derechos Agrarios, la que hizo 30 -!'IJonuma Sosa tqa. de .t{alDlre:a, parcela Dl,lmero Ul'll ¡alón del mismo, y comprobó la legalidad de 105; 37.-Domitila de la Cruz, parcela número 106; 38. totlficaciones y constancias presentadas en este -Leonor Alonso, parcela número 108; ~.-J. JtUÚS juicic¡¡; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• Reyes, parcela número 111; 40.-JesÚs L~, parcela rio e~e$pondiente, con la opinión de que tuera apro• número 116; 4l.-Victoriano Maya, parcela ÍltÍmero 117; bado' ~r estar integrado correctamente; quien a su 42.-Agapito Cipriano, parcela nmncro 121; 43.-Floten• VQ, wr haberlo encontrado ajustado al procedimien• tino Gabriel parcela nQmero 121; 44. - Macedonio .en to dé Ley, lo SOmetió a la consideración del Cuerpo Alonso, parcela número 124; 4S;;-A,ntonio F.&pinoza, Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dicta• parcela número 126; 46.-Ma. de Jesq, Aaullir Vda. de tJl sesión celebrada el 19 de Julio de 1977; y Reyes, parcela nÚDlero 127; 47. - BonHa(io Serrato, parcela número 128; 48.-Mlcaela Garcfa, paJ cela nú• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• mero 130; 49.-J. Je<¡ús Mata, parcela número 135; SO. do pnvMivo se ha seguido de acuerdo con los trámi• -Librada Aguilar Vda. de Morales, parcela número tes PrevIstos en los artículos 426, 427, 429, 430, 431 Y 139. détn~~ relativos de la Ley Pederal de Reforma Agraria; habitl'k1ose comprobado, por las constancias que obran en attecedentes, que los eildatarios y sus herederos 51.-Crescendano Cruz, parcela número 140; !l2.• han incurrido en la causa de privaCIón de derechos Ma. Ventura TéUez, parcela número 145¡ S3 -Andrés agrarios y sucesorios a que se refiere el articulo 85 Bautista. parcela número 149; 54.-Awhnat Serrato, fracción 1, de la propia Ley, por haber abandonado el parcela número lS1; 55.-Juan Morales, par~la núme• eultlVo personal de las parcelas por más de dos años ro 152' S6.-Donaciano Zarco, parcela númet'O !1I3; 57, eonsecUtivos; que quedaron oportunamente notifica• -J. FéUx Sosa, pat<:ela número 155; $S.-Toribio Timé· dos lOs' efidatarios y sucesores sujetos a juicio: y que, nez, parcela número 156; S9.-AgusUn Sosa, pArcela finalmente, se siguieron los posteriores trámite 'S le~a­ número 151; 6O.-Irinea Reyes, varcela número 162; les; es procedente privarlos de sus derechos agrafIaS 61.-Venando Vel~guez, parcela número 163-177, 62. :f súcesorios, y cancelar los correspondientes Títulos -Andrea Serrato Vda. de Jiménez, pa)'c:ela nfuoero Parctlarlos. 165; 63.-Agustina López, parcela nórriero 166; 64. - Francisco Alonso Gabriel, parcela número 167; 65- CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos Pedro Zarco, parcela n~ero 171' 66.-Leocadio Reyt~, señalados, según constancias que corren ~regadas al parcela No. 1'71; 67.-Martín P~raza SerratcJ parcela ex~dtente, han venido cultivando las unidades de do• No. 174; 68.-Aristeo Gabriel Téllez. parcela número taciÓn por más de dos años inlnterrumpidos; V ha• 180; 69.-Ernesto Gabriel Maya, parcela número 181; biéndOse propuesto e) reconocimiento de sus derechos 70.-Tomás Alonso, parcela número 184; 7l.-Franco ~rlos por la Asamblea General Extraordinaria de Gochi, párcela número 186; 72.-An~la Maya, parcela E¡idatarios celebrada ellO de septiembre de 1975, de numero 189; 73.-Ma. Tránsito Morales Vda. de Rer• acUerdo con 10 dispuesto por los artículos 72 frac• J1ál1dez. parcela número 192; 74.-Ma. de Jesús Zarco ción III; 200 y demás aplicables de la misma Lev, pro• Vda. de liménez, parcela número 196; 75.-Ma. de Je• cede reconocer sus derechos agrarios; y con fundamen• sús Cruz, parcela número 199-200, to en el artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus Certificados correspondientes. 76.-.Jesús Galván, parcela némero 203-204; 77.• Por lo exnuesto V con fundamento en los artículos Atanacío Nieves, parcela número 205; 78. - Bzeflu;e ~ mencionados, de la Ley Féderal de Reforma Agra.. Ctuz, parcela número 206; 79.-Ma. Gilbriel BautHa, ná, se resuelve: J)arcela número 207; 80.-J. Dolores Serrato pa~c(>la número 210; 81.-Everto BadilIo Reyes, "arcej a rú!'"p, PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos ro 211; 82.-I1defonso Mata, parcela número 218; 83. agrarios en el ejido del poblado denominado Nar~n­ -Estanislao TéHez, parcela núrpero 219: M.-J."cir''l ia de Tap!a. Municipio de Zacapu, del Estado de Mi• Ramírez, parcela número 220; 85.-JUflM ¡("tr~;n T; clioáCltn, por haber abandonado el cultivo personal de I'bénez, parcela nÚlTlero 221: M.-Iv.n ... rln r.",h; -". las parcela$ por más de dos años conseCJ;ltivos a los céla número 217; 87.-Simón "tteyes Hern!tnrle'" r'·· CC. l;-Eustolia Téllez, parcela número t; 1......:ltosén• ~éla número 230. v IS.-Mi~llelá lImenet. tSál'(:~la nÍJ• do R.eyes Hernández. Darcela número 9: 3.-Filomena mero 90.
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    DIARIO OPICIAL Lunes 22 de enero de 1979 - Por la misma razón se privan de' sus derechos dun Antonio Gabriel, 7.-Margarito Ramírez Ramírez, sucesorios agrarios;. a los ce. l.-J. Guadalupe Reyes 8.-CoIJ,stantino Guzmán Serrato, 9.-Ma. Cecilia Go• Hernandez, 2.-J. uuadalupe Reyes Gaspar, 3.-Balta• Chl Torres, 1O.-Felicíana Navarro Espinoza, 1l.-Por• zar Reyes Gaspar, 4.-Juana Reves Ga~ar, S.-Nata· firia Alonso Zarco, 12.-0dllón Sosa Espinoza, 13. - tia Aguilar, 6.-Ma. Trinidad Ascencio, 7.-Ma. de Je• Alberto Espinoza Guzmán. 14.-Hermenegildo Espino• sús Alonso, 8.-Leopoldo Mata, 9.-Leocadio Mata, 10. za López, 15.-Isabel Martínez Mora, 16.-María Agui• -Na,talia Serrato, H.-Carlos Guzmán, 12.-Juan Guz· lar Serrato, 17.-Camilo Sosa Ruiz, 18.-Manuel Es• mán, 13.-Esperanza Guzmán, 14. - Eulalia Guzmán, pinoza Espinoza, 19.-Fernando Galván Galván, 20. - 15.-Guadalupe Guzmán, 16.-Remigio Mata G" 17.• Juan Guzmán Serrato, 21.-Rafael García Ramírez. 22. Santiago Cruz 18.-Ismael Aguilar, 19.-Natalia Agui. -Alfredo Vergara Ambriz, 23.-JesÚs Sosa Cruz, 24.• lar, 20.-Carmen ~guilar, 21.-Florencia Espinoza, 22. CeCIlia Maya Jiménéz, 25.-Agripina López Silva, 26.• -Antonio Sosa, .23.-Concepción Guzmán, 24.-Adal• Angela Espmoza Jiménez, 27.-Raúl Espmoza Nieves, berto Espinoza, 25.-Maurilia Espinoza, 26.-Juan Es" 28.-Ma. Asunción Maya Velázquez, 29.-Guillermo Ma• pinoza, 27.-María Espinoza. 28.-Antonia Espmoza, 29. ta Estrada, 30.-Prescot López Anguiano, 31.-Cuauh• -Antomo AscenclO' Aguilar, 30.-Agustín Sosa, 31.• témoc González Serrato, 32.-Juan Téllez Serrato, 33. Josefa Ruiz, 32.-Luis Sosa, 33.-Rosa Sosa, 34.-Leon· -FranCl!>CO Gachi Bautista, 34.-Luis Vergara Orobio, cio Mava, 35.-Apolomo Mava, 36.-Fuasto Maya, 37. 35.-Magdalena Aguilar Serrato, 36. - Esteban Sosa -Amalia Maya, 38.-Simona Antonio, 39.-Andrea Ra· Alonso, 37.-Altagracia Gochi de la Cruz, 38.-Pedro mí,ez, 40.-Ma. Guadalupe Cruz, 41.-Clriaco SoSa, 42. Espmoza Alonso, 39.-Josafat Reyes Espinoza, 40.-AI• -Erasmo León, 43.-Martha Nieves, 44.-Delfina Es• maquio López 'Guzmán 41.-Susana Maya Jiménez, 42. pinoza, 45.-Ignacia Espinoza, 46.-Mal Ía ConcepcIón -Jesús Cipnano Reves, 43.-Ramona Silva Ramírez, Cruz Velázquez, 47.-Ma. NatlVidad ~uzmán, 48.-;-Ma. 44.-JesÚs Alonso Gabriel, 45.-Aurora Sosa Gochi, 46. Guadalupe García, 49.-Carmen GarCla, 50.-Estamslao -- N? le ,{t?ve- l-!'"llllar •• I,-t:! .aen'" 'Íi(>'e~ de la Cruz, Téllez. 48.-Vicenta RamÍrez Hernández, 49.-José Luis Mata AgUllar, 50.-Leovigilda Mireles Jiménez. 51.-Angela Orobio, 52.-Ma. Bautista, 53.-Efraín 51.-Ma. Concepción Canela Espinoza, S2.-Pedro GOChl,' 54.-Ma. Isabel Jiménez, 55.-Tomás Sosa, 56.• Bautista Galván, 53.-Efraín Gochi Bautista, 54.-Mo• J. Encarnación SDsa Alonso, 57.-Humberto E<;pinoza, desta Navarro Espinoza, 55.-Adelaida Cupa, 56.-An• 58 .....:.Rafael López, 59.-Elodia López, 60.-Romualda toma Truiillo Velázquez 57.-Paula Jiménez Vergara, López. 61.-Felipa Reves 62.-Slxta Gabriel. 63.-Cin· 58 -Roberto Sosa Jiménez. 59.-Socorro Huerta Ruiz, lo Gabriel 64.-Franci<;co Alonso, 65.-Ma. de Jesú" 60.-Aldeberto Reyes Antonio. 61. - Agustina Téllez Gabriel, 66.-Esperanza Alonso, 67.-Ma. Salud Jlmé. León. 62.-Elisa Jiménez Serrato, 63.-E~tela Bailón nez, 68.-Emeterio Reyes 69.-Sebastiana Reves, 70,• López, 64.-Balbina Alonso Jiménez de Gabriel, 65.• Ma. Salud Reves, 71 -Lucina Reves. 72.-Virginia Nie" Guadalupe Zarco León, 66.-María Espinoza López, 67. ves, 73.-Gloria Meza. RamÍl ez. 74 -Pascual Ramírez -Ma. Ventura Serrato García, 68.-Juana Maya loren• Pé!dIlla 75 -Jor'Re Mata Aguilal. 76.-Elvia Cruz Ca· zo, 69.-Elisa Sosa Jiménez, 70.-Maura Tél}ez Guz• nela, 77.-ArcadIa Cruz Canela. 78 -Rosa Mana Cruz mán 71.-Paula López Silva, 72.-Juan OrobIO Mava, Canela, 79.-Petra Téllez N., 80.-Cavetana Galván, 81. 73.-Manuel Hernáudez Morales, 74.-Sebastiana Oro• -Antonia Bautista, 82.-Luisa León, 83.-Ismael Ra• bio Zarco 75.-Abacuc Gabriel, 76.-Alejandro Galván mírez, 84.-Jacinto Zarco, 85.-Francisco Zarco, 86.• Maya, 77.~Joaquín Nieves Espinoza: 78.-Esther P~­ Juan $osa, 87.-Angela Sola, 88.-Josefina Sosa, 89.• rez Alarcón, 79.-Roberto León Gabnel, 80.-Salud JI• David Sosa 90.-JesÚs Velázquez, 9L-Porfirio Veláz• ménez Gabriel 81.-Blanca Ohvia Badillo R., 82.-Ma• quez, 92.-Teodora Velázquez, 93.-Elvira Jiménez Se• nuel Mata T. 83.-Guadalupe TéIle:¡ Serrato, 84.-J. Na• rrato, 94.-Juan Romero, 95.-Julio Alon<;o. 96.-Joa• tividad RamÍrez, 85.-Ezequiel Cruz Pérez., 8? - Ab~l quín Alonso, 97.-Ma. de Jesús Orabio, 98.-Juan Re• Espinoza Guzmán, 87.-Ma. Guadalupe Clpnano ESPI• ves, 99.-Wilfrido Reves, 100.-Sergio Reves. noza y 88.-Francisca Mava !iménez; c~))!secuentemen­ te, expídanse sus correspondle!ltes Certlfl.c:ados .de De• 10L-Magdalena Reves, 102.-Ma. Natividad Cas• rechos Agrarios· que los acredIte como elldatanos del tro, 103.-Javier Pedraza Castro, 104.-Fildemar Pedra• poblado de que se trata. za Castro, 105 -Antonio Gabriel Mava 106.-DeIfina TERCERO.-Publíquese esta Resolución. rel~tiv!'l a Maya, 107.-Petra Guzmán, 108.-Juan Alonso, 109.• la privación de derechos agrarios V nuev~.s adlUdlCa• Ma. Fernández, 1l0.-Eustacio Gochi, l11.-Bernardi• ciones de unidades de dotación, en el elIdo del po• na Orobio lI2.-JesÚs Galván, 113.-Feliciana Mava, blado de Narania de Tapia, Municipio de Zacapu, del 114.-Ram6n GalváD, 115.-Rafaela Galván, 116.-Jovi• Estado de Michoacán, en el "Diario Ofici~l" de la Fe• ta, Espinoza, 117.-Eleodo~o Nieves. 118. - De~etrio deración v en el periódico oficial del Gobierno de e.sa Nieves, 119.-Genoveva NIeves, 120.-Petra Espmoz~, Entidad Federativa; inscríbase y háganse l.as anotaclO: 121.-Rafaela Vergara, 122.-J. Socorro León, 123.-VI• nes correspondientes en el RegIstro Agrano NaCIOnal, telio Serrato 124.-Emilio Serrato, 12,'i.-Ernesto Ba• dillo Reves Í26.-Ma Cleofas Torres. 127. - Liborio notifíquese V ejecútese. Mata, 128 ....:.Alfredo Mata, 129.-Ma. Carmen Mata, 13~. Dada en el Palacio del Poder EiecutIvo de)a -Juan Téllez 13L-Eleuteria Serrato, 132. - ArcadIa Unión en México Distrito Federal, a los cuatro días GuzmAn, 133.~Abel Ramírez, 134. - Amalia Ramírez, del ~es de diciembre de mil novecientos setenta V 135.-Juan Gochí, 136.-Crispina Guzmán, 137.-Mag• ocho. - El Presidente Constitucional de los ,Es~ados d"'~n') Írorhi 13Sl,-Celar'o Reve<;. nQ-Am"'1da Re· Unidos Mexicanos, José López Portillo. - Ru~nca.­ ves, 140.-Lucía Reves, 14L-Ninfa Reve<;,_ 142.-Fran• Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agrana. An. cisco May-, Jíménez V 143.-E~peranza Marquez M. tonio Toledo Corro.-Rúbrica. En consecuencia se cancelan los Títulos Parcela. rio>; que respectivamente se les exnídieron a los eii• dataríos sancionados, números: 45285, 45287, 45290, • 45~94. 45303. 4;112. 45328, 45339. 45341, 45345, 45350, RESOLUCION sobre urivacfón d! derechos 8gt"llri!,S , 4~373, 45381, 45401 45413, 45428 45444, 45446, 45452, nuevas adjudicaciones de untd~des de do~cion Y 4545'i. 45457, 45460, 45462, 45466. 45474, 45488 ,v 45497. confirmación de derechos agral'los, en el ejIdo del SEGUNDO.-Se reconocen derechos agl ano~ y <;e poblado denominado Esfuerzo del Campesino, _ Mu• adiudican las unidades de dotación de referencIa, PO! niciuio de Güémez. Tam. (Registrada con el num~ venirlas cultivando {'or más de dos años mm~errump~­ ro 3622). dos. en el ejido de prhlado Nar3~ia de ,TaPIa. MUnI• cipio de Zacapu. de) Estado de M'rho;¡can, a los CC. Al margen un seno c~:m el Escudo N~ciona~, que t.-Ma. Consuelo Rosas Guzmán, 2 -Santiago. Re¡es dice: Estados Unidos MeXlcanos.-Secretana de la Re• Gaspar, 3.-Ma. Reyes Huante, 4.-Adela GOChl Alca• ra. J.-Crescenciana Téllez Ramírez, 6.-Ma. Encarna- forma Agraria.
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    L1Dles 22 deenero de 1979 .1 •• 10 OFICIAL 21 VISTO para resolver el expediente relativo a la priva• expediente, han venido cultivando las unidades de do• ción de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones tación por más de dos años ininterrumpidos, y habién• de umdades de dotación y confirmación de dere. dose propuesto el reconocimiento de sus derechos chos agrarios, en el ejido del _poblado denomina• agrarios por la Asamblea General Extraordinatia de do "ESFUERZO DEL CAMPESINO", Municipio de Ejidatarios celebrada el 11 de diciembre de 1975, de Gtémez, del Estado de Tamaulipas; y acuerdo con lo dispuesto por los Artjs:ulos 72 Frac· "iones 1 y JII; 200 Y demás aplicable. de la misma Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien. y con fundamento en el ArtIculo 69 de la mencionada te la segunda convocatoria de fecha 3 de diciembre de Ley, expedir sus Certificados correspondientes. 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de Ejida• taríos, relativa a la privación de: derechos agrarios, en Por fo expuesto y con fundamento en los Artículos contra de los ejidatanos que se citan en el primer ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra• punto resolutivo de esta Resolución. por haber abando• ria, se resuelve: nado el cultivo personal de las unidades de dotación por más de dos años consecutivos; asamblea que tuvo verificativo el 11 de diciembre de 1975, en la que se PRIMERO.-Se decreta la privaCión de derechoS propuso reconocer derechos agrarios y adjudicar las agrarios, en el ejido del poblado denominado "ESFUER. unidades de dotación de referencIa, a los campesinos ZO DEL CAMPESINO", Municipio de Güemez., del Es• que las han vemdo cultivando por más de dos años tado de Tamaulipas. por haber abandonado el cultivo ininterrumpIdos y que se mdican en el segundo punto personal de las unidades de dotación por más de dos resolutivo; y se confirmen ros derechos agrarios de años consecutivos a los CC. l.-José González, 2.-Juan 4 ejidatarios del censo básico, beneficiados en la Re· García, 3.-Santana Hernández, 4.-Emeterio Hernán• solución Presidencial de amplIaCIón de ejido de techa dez, 5.-Agustín Requena, 6.-Florencio Sánchez, 7.• 10. de abril de 1942, publicada en el "Diario Oficial" Jac1Oto Zapata, 8.-Jorge Zapata, 9.-Marcos Zapata y de la Federación el 16 de junío de 1942, quienes se 10.-Félix Zapata. encuentran en la actualidad cultivando sus unidades de dotación y que se indIcan en el tercer punto resolu• tivo de la presente ResolUCIón. SEGUNDO.-Se reconocen Clerecnos agranoa y .,. adjudIcan las unidades de dotación, de reterencIa, por RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se venirlas cultIVando por mas de dos años ininterrum• remitio a la Comisión Agraria Mixta y, dicho Orga• pidos, en el ejido del poblado de "ESFUERZO DEL mSlllO, notificó el 12 de marzo de 1976, a los CAMPESINO", Municipio de Güémez, del Estado de Ta· elidatarios afectados, pala que compareCIeran a la maulipas, a los CC. l.-José Martíne.z Aguilar, 2.-Joa• Audiencia de Pruebas v Alegatos; misma que se llevó qUÍn Rodríguez Ortiz, 3.-José Zapata Requena, 4.• acabo el 29 de marzo de 1976, en la que se comprobó Gregario Requena Zapata, 5.-Vidal Requena García, legalmente la procedenCia para la pnvación de dere• 6.-José Hernández Hemández, 7.-Juan Campos Co• chos agrarios a los e]ldatarios propuestos; de con· ronado, 8.-Julián González Verdines, 9.-Pedro Her· formidad con lo dispuesto por los ArtÍcufos 426, 430 nández Hernández y H>.-Eladio Rodríguez Hernández; Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• consecuentemente, expídanse sus correspondientes Cero ria. La Comisión Agraria Mixta opinó que es proce• tificados de Derechos Agrarios, que los acredite como dente la privación de sus derechos a~rarios a los eji• ejidatarios del poblado de que se trata. datarios que se señalan, y el reconOCImiento que pro• pone la Asamblea General Extraordinaria de Ejid:at;l. rios, TERCERO.-Se confirman las aerecnos agrarios de 4 e.jidatarios del censo básico, beneficiados en la Resolución Presidencial de ampliación de ejido de fecha RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo 10. de abril de 1942, y publicada en el "DIanO Oficial" lile turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, de, la Federación el 16 de jUñio de 1942, quienes se Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo encuentran en la actualidad cultivando sus unidades una revision del mIsmo, v comprobó la legaridad de de dotación, a los CC. l.-::-Timoteo Rodríguet Pozadas, las notificaciones y constancias presentadas en este l.-Bruno Zapata Hernández, 3.-Felipe Zapata To• juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• rres y 4.-Fehpe Zap,ata Alvarado, en el ejido del po• do correspondiente, con la opinión de que fuera apro• blado denominado 'ESFUERZO DEL CAMPESINO", ~do por estar integrado correctamente; quien a su Municipio de GÜémez. del Estado de Tamaulipas; con• vez, por haberlo encontrado ajustado al rrocedimiento secuentemente, expídanse a sus nombres los corres• de Ley, lo sometió a la consideración de Cuerpo Con· pondientes Certificados de Derechos Agrarios que los sultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen acredite como ejidatarios del poblado de que se trata. en sesión celebrada el 13 dl'; diciembre de 1977; y CUARTO .-Publíquese esta Resolución, relativa a CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica• da privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi• ciones de unidades de dotación y confirmación de deo tes previstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 Y de• rechos agrarios, en el ejido del poblado de "ESFUER• más relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria; ZO DE CAMPESINO", Municipio de Güémez, del Es• habiéndose comprobado, por las constancias que obran tado de Tamaulipas, en el "Diario Oficial" de la Fe· ~n antecedentes, que los ejidatarios han incurrido en deración _yen el Periódico Oficial del Gobierno de esa la causa de privación de derechos agrarios a que se Entidad Federativa; inscríbase y háganse las anotacio• refiere el Artículo 85 Fracción 1, de la propia Ley, por nes correspondientes en el Registro Agrario Nadonal; haber abandonado el cultivo personal de las unidades notifíquese y ejecútese. de dotación, por más de dos años consecutivos; que quedaron oportunamente notificados los eiidatarios sujetos a juicio; v que. finalmente, se siguIeron los Dada en el Palacio de! Poder Ejecutivo de la posteriores trámites legales; es procedente privarlos Uníón, en México, Distrito Federal, a los cuatro días de sus derechos agrariOS. del mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.-EI Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, José López Pórtmo.-Rúbrica.-Cúm. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos plase: El Secretario de la Reforma Agaria, Antonio To. señalados, según constancias que corren agregadas al ledo Corro.-Rúbrica.
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    DIARIO OPICIAL Lunes 22 ........ -.. 1179' DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL lt~NTO del 'Régistro Públleo de Comercio. gistro de Comerci. esté a ~~ü • Uá ~_ éste podrá auxiliarse de los órganos ádnilhisttati'Vo', que ~i tllat¡en un sello con el Escudo Nadonal, que estén bajo su contml como Director del Rdistto de dice} -B'$t~os Unidos MeXl(allos.-Presidencia de la Re- la Propiedad, en cuanto @llo Ita ClOIIlN.W. . . lis ae- pú&~~: " , tividades de dichos órganos. . ';jOsE"LOPEZ PORtILLO, Presidente Constitucional de {e$, E$t,d~s Unidos ~exicanos! en '!l,so de la facultad ARTICULO 70.-ParaJa Pmtaei.. dt* ~s que-li~ "~OilfIere el artIculo 89 rraCClOn 1 de la Cons• .s~ecíficos del Re¡:istro e CQft~~.!! Dtrietm' l» titu~6n 'P~lítica de los Estados Unidos Mexicanos y, drá auxlliarse, aclemás, de uno Q ~ l(itlltpt.~S con 'fundamento en el art6culo 18 del Código de Co• y del personal administrativo fllIt .tilIé ~üriQ. mercl,O. v ARTICULO So.-Cuando seu vanQS los ••••ta• CONSIDERANDO: dores, el Director podrá desilnar a uno 40 ,l~ para que asuma la jefatura del resto d.l perlf)Qál y mart• Que d ltegistro Público de Comercio es una lns• tenga bajo su directa supervisión las labores del ~e­ tltriéiQrl de derecho mercantil, de carácter federal, que g1stro, informando a la Dirección sobre .1 eurto de tien~ ,~plic~ción en todo el territorlo nacional. las mismas, caqa ve~ que fuere Bec,SaFÍO t) pi" .llo sea requerIdo. Qí}e tradicionalmente y por disposición expresa del ~ódigo de Comercio, este Registro se lleva a cabo, ARTICULO 90.-Si se presentar. Cil1 calO , q~ se entré otras, por las oficmas encargadas del Registro refiere el artículo antenor. correlpoadórj, ~s, al Público de las entidades federatIvas; por lo que el Jefe de Registradores: E)eéutIVO Federal a mI cargo ha temdo a bIen ex• pedir: -él siguiente; l.-Controlar, mediante los dispoIitivQI previltos para el caso, el flujo de los dQcumento$ que oportu• namente se le turnen para su tráDutu, proco(Ut::núIJ, UGLAMENTO DEL IU~mSTRO ¡'UBUCO DE de inmediato, a la distrIbución' del trabajo y vililpd,o COMERCIO el exacto cumplimiento de las nortnas rQspccuvaa du• rante toda la secuela del procedimiento; TITULO PlUMERO I1.-Establecer el enlace con lts diversa. MCej& De 1. Orrudzaeión y Funcionamiento del ••lIsb'8 Des o dependencias del ReBistro de la Pl'OpttdlG, tn cuanto las funciones de éstas y las del liq1stto tle CAPITULO 1 Comercio se aunen o complementen; Disposiciones Generales IH.-En su caso, remitir al Director. o .. fwtcicm~.. rio que éste designe, los documentQS objetado. pOr los ~RTICULO lo.-El RegIstro Público de Comercio Registradores, para que se proceda a su f~V1SlQJl y ¡,.t) es la Institución mediante la cual el Estado propor• resuelva sobre la procedencia o improcedenda de la' cioná el ..ervlCÍo de dar publiCIdad a los hechos yac• suspensión o denegaCIón del servICIO; V tos j{l:rídlcos que, realizados por empresas mercantIles o en_IéJación con ellas, precisan de ese requisito para 5UrUlO: efootos contra terceros. ARTICULO 2o.-Para el establecimiento de los Re• , IV.-Atender a la pronta devolución de los docu• mentos de trámIte cumplido. " ARTICULO lO.-Corresponde al o • los lleaiatrado• . . gistros Mercantiles en todo el territoflo de lA Repú• res de Comercio: blica, Sé estará a lo dispuesto por el artículo 18 del l.-Llevar a cabo la calificación de los d&cu$en• Códi{19 ,de Comercio en vigor. No obstante, para los tos que se presenten a registro, a cuyo efecto teádrán efectoS d~ este Reglamento y a falta de disposición las atribUCIones y limitaciones que 1M seftalen este· expre" •. tendrán aplicación las normas de derecho co• Reglamento y demás disposiciones legislativa, v recla• mún .correspondientes a la entidad federativa en que mentarias aplicables a la materia; dIchos" .reSlistros se localicen. H.-Si procediere el Registro, deter1nmar en can~ CAPITULO II dad líquida el monto de los derechos a cubrir; y De ~ Éncargados del Registro y sus Funclones IIl.-Practicar o, en su caso, ordenar y vigilar que se practiquen con toda oportunidad y eorreCd6n !(!)s ARTICULO 30.-Por ministerio de la Ley, asumirá asientos respectivos, autOrIzándolos con su firtna. la direcciÓn de cada Registro de ComerclO la persona que tenga a su cargo la función directlVa del Regis• ARTICULO H.-La calificación que- hagan tos Re• tro PQbllco de la Propiedad. según la localidad de gistradores de la legalidad de los titulos. se áténde• que se trate. rá limitada para el efecto de suspender, denegar o etu• .. , : mitir la inscripción, sin perjuiCIO de la acclán con• ARTICULO 40.-En los lugares donde exista Reps. tradictoria que pueda ejercerse sobre la nulidad del tro de ,Comercio y, I?or razones de orden orgánico, este titulo o la determinación del Registrador. no se ubique adminIstrativamente a nivel de Dirección, el titular del mismo tendrá la designación' que le con• ARTICULO 12.-Si de' la sentencia ejecutórla que fiera el ;Ilombramiento respectivo. recayere en juicio res.ultare que el título fue mal éa• lificado, el Registrador hará la inscripción o cance• ARTiCULO So.-En aquellas localidades en que el lará la que hubiere hecho, conf6rme a "los térnUnos movimiento registral mercantil fuere de escasa signi• de la ejecutoria. En el primer caso, los efectos de ficación. el encargado del RegIstro organizará sus ac• la prelación se retrotraerán a la fecha de presentación tividadts ,observando, en todo lo que sean aplicables, del título que dio lugar al incidente. las disposiciones de este Reglamento. ARTICULO B.-El Registrador' susPenderá la ins• ARTICULO 60.-Cuando así lo demanden las ne• cripción, cuando los defectos u omisiobes del ·título ceSIdades del servicio y en el caso de Que el Re- de que se trate sean subsanables.-
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    DIARIO OPICIAL La suspensión no interrunlpirá la prelación del tí• ll.-El Folio Mercantil tulo, si el defecto u omisiód fueren subsanados en el término de diez días hábiles siguientes a aguel en III.-Los Folios Auxiliares que se estimen CODV80 g~. se notifique al interesado la determinacIón del nientes con arreglo a las necesidades del aervicio y Registrador. a juicio de la Dirección. ARTICULO I4.-El Registrador denegará la inscrip• ARTICULO 20.-Para los efectos de este Reglamen• ción de los docUD1entos públicos o privados que se le to, se entiende por Folio la hoja o conjunto de hoj.. presenten, cuando el acto o contrato que en ellos se destinadas a contener los asientos de presentaciÓD, y contenga no sea de los que deben inscribirse o ca• la hoja u hojas en que se practiquen las inscripciones rezca de alguno de los requisitos requeridos para su y anotaciones relativas a los actos o contratos mer• eficacia jurídica; cuando esté en marufiesta contradic• cantiles que sean registrables y que estén referidos ciÓn con los contenidos de los asientos registrales pree• a una mIsma empresa, buque <> aeronave, considera• xistentes, o cuando el documento de que se trate no dos, cada uno de éstos, como una entidad re¡istral exprese, o exprese sin claridad suficiente, las circuns• con historial jurídico propio. ~c~s .<Jué, con arreglo a la ley. deba contener la 1I1'sCnpClOn. ARTICULO 21.-El Folio Diario de Entradas y Trá• mite, provisto de la copia o copias que se esti.meD La denegación de la inscripción, si no fuese im• necesarias, tendrá el doble objeto de servir collJllit ins• pugnada, o si se confirmare por resolución de au• trumento para los efectos probatorios en orden a la tondad competente, privará de sus efectos prelatorios prelación de los documentos presentados, y como mo• al aSIento de presentación, el cual será cancelado. dio de control de los mismos, a los que acompafiará en las distintas fases del procedimiento. ARTICULO IS.-Los Registradores y. en su caso, los empleados a su cargo, serán responsables de los ARTICULO 22.-El Folio Diario de Entradas y Trá• daños y perjuicios que ocasionen, en el ejercicio de mite se formará acumulando las hojas que fueren ne• sus funciones, por descuido, negligencia o incumpli• cesarias para contener la relación de los documentos miento de las disposiciones contemdas en este Regla• que ingresen al Registro durante una jornada de labo• mento y demás ordenamientos legales sobre la ma• res, debiendo estar provista cada hoja de casillas ci• tena. fradas en las que deberán contener la fecha, número de entrada y demás datos necesarios para establecer la TITULO SEGUNDO correcta sucesión e identificación de los referidos do• cumentos, así como para reflejar los incidentes que De los Procedunientos se susciten en las diversas etapas del trámite. CAPITULO 1 ARTICULO 23.-La primera y última hoja del Fo• lio DIario de Entradas y Trámite deberán contener De1 Sistema sendas razones de apertura y cierre que practicará el encargado de la recepción de los documentos, al inicio ARTICULO 16.-SegÚD lo impongan las necesidades y término de las labores del día, a modo de que de cada oficina y el correcto ajuste de las funciones puedan establecerse con precIsión el número y secuen• registrales, en su doble aspecto inmobiliario y mer• cia de los documentos ingresados. c~til, el registro de los actos de comercio podrá rea- 1izMse mediante el sistema de libros o de FolIo Mer• ARTICULO 24.-De una manera general y sin pero cal'ltil. Juicio de la calificación registral, la prelación entre los diversos documentos ingresados al Registro, se Cada volumen, si se trata de libros, o cada folio, determinará por la prioridad en cuanto a la fecha y en su caso, serán autorizados por el funcionario que, número ordinal que les corresponda en el Folio Diario de acuerdo con la ley y reglamentos respectivos. deba de Entradas y Trámite. autorizar los libros o folios del RegIstro Público de la Propiedad. ARTICULO 2S.-EI Folio Mercantil es el instrumen• to destinado a la realización material de la publicidad AltTICULO 17.-En el primero de los casos que registral, en relación con todos aquellos actos o con• señala el artículo anterior, los libros serán en número tratos de naturaleza mercantil que se refieran a un de tres y se denominarán: Libro Primero, Libro Se• mismo buque, aeronave o em;J?resa y que, reunienClo gundO. y LIbro Tercero. Cada libro estará destinado a los requisitos formales de vahdez, precisen de r~s­ contener una determinada especie de actos u opera• tro, conforme a la ley, para los efectos de su oponibili• ciones, según 10 previsto por los artículos 31, 32 Y 33 dad frente a terceros. de este Reglamento y se integrará con el número de volúmenes que fueren necesarios, para dar cabida a De todos los folios habrá una reproducción que se los asientos respectivos. obtendrá por medio del sistema que fije la Dirección, para el solo efecto de suplir pérdidas y subsanar de- Habrá. además, un libro de presentac,iones en el terioros de los originales. . Clue, para los efectos de la prelación, se asentarán por rlgtIrOSO orden cronológico y asignándoles el número ordinal correspondiente, todos los documentos que ARTICULO 26.-El Folio Mercantil consistirá en ingresen al Registro de Comercio. una hoja que, plegada en tres parte homólogas, resulte de proporciones adecuadas a su finalidad y fácil ma• ARtICULO 18.-Cada plana de los libros de regis• nejo manual o mecánico. Cada una de las partes in• tro contará con un margen apropiado para contener tegrantes del Folio será de un distinto color que no las anotaciones a que haya lugar; el espacio central podrá ser reemplazado por otro. se destinará a las mcripclones, las cuales se numera• rán progresivamente, relacionando mediante notas mar• ARTICULO 27.-La cara anterior de la primera par• ginales las relativas a una misma empresa mercantil, te del Folio Mercantil contará con espacios, separados buque o aeronave. por líneas horizontales y casillas, apropiados para contener: ARTICULO 19.-Si se optase por el sistema de fo• lios, la relación de los documentos que ingresen al l.-El rubro, según la localización de la oficiM R.egistro, así como los asientos que los mismos origí• registral de que se trate; uen. .. practicarán utilizando: II.-La autorización, con arreglo a lo previsto por l.-EI Fdlio DiariQ de Entradas y Trámite. r el artículo 16 de este Reglamento; J
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    t s s_ f DIA.IO OPICIAL 111.- El DÚ11m"8 relistriJ. que ~á pregresivo e in· IV.-créditos de lIabiIita~iÓ1í y Avíó ó ltéfésóiófta· -_.~~ , nos, en los términos del artíctHü 326, ffáOOi6n IV • di! A lá Ley General de Títulos y Operaciones dé CtéwtÓ; lV.-LM utecedentes regiltralé8, tn $U tASO; Y V.-Fianzas y contrafianzas: V.-al Dl1mbl1l ~ l. empresa, si lo tu11ieré, y el dt _¡Itftulai,ii -88 trata dd l'l@rsóha ffs!t~l la razón iéfi O ~ltlIét'lJ in 81 tlso de socieoat1e~ mero VIs-Contratos dé comisión rfiercantil, ,. dA '" .1 HOBlbI'l o mAteas distintivas dé los bu· VIl.-Los demás actos o contratoí m't!i'll:!itJIM. (lue qut. o Ütd1lAvtls. no estén destinados a otro libro o párte del folió Mer• "ll follo 2• cantil. AltTICULO .-cadl Urta de las partés qUé CO:q1' if .1 M.tUfltil tendrd un margen Izquierdo ARTICULO 33.-Corréspondet-áfi al Libro Téteél'ó a tapiado para dar expresiÓfi abréviadá a lOs ásiéñtos o A la tercera parte del Folio Métckntil, l()s A¡¡ient6~ , e. P!'tsentación; el espacio á la derecha e!ltará desti· referentes a: n~...* lAí i~8Crlpdbtm! DrODiá1¡i@nté ruch3i, .lás cua• l.. 'lC'*M iI liegUiWiIl de la: ftrnut del R@gIstrador, l.-Declaraciones de quiebra o de ésta de $~,I'tn­ siÓn de pagos: Y CAPItULO 11 lI.-Embargos, sentenciás y l"tt1rltléftéÜíS jueUéiA• DI .. ~tOi IuJetua a Idseñptdón les. ARTICULO 29.-8ólo se regi!ltrarán: ARTICULO 34.-Si un solo P(jlio fueSé lfisufiéienté para contener los asientos que le estéti deAUrlados, sé , I~ festiOll:Jbit;s de ésctituras, actas notariales. agregará un segt.u1tlo Folio, efila:tAfidolo al añferior me• pDlliAA Q fifitill d&:UiñeHfOi iUtéfitÍCos; dirutte humetaciórl prtJgresiva y efiéáb..~i:ándóto éorl los n . . . .ta~ te~/jIUéi(jfies y providendas judiciales cer• mismos datos que sefiala el ár'tféUló 27 de este Regla• mentos En el caso de que solamente una de las tres tifWlidas legillffl@nfé; y partes del Folio resultase insuficiente, bastará agregar al Folio original la parte de que se trate con el color ItI: --tds dOOllinefitys privados debidamente tati. que le corresponda. ficaBt:J$ §@#Úfl li te}' lo tletertnine. ARTIGULO 30¡4j1ra los efectos del artí€ulo an• CAPITULO III terftlt, f6ao el rfiátenal NgÍstrable 8e distribuirá en trej 01'd~ft@s, cáda lAno dE! 1CJ8 (males agtuparA una deo. De 10s Indices tfmllh1átla és~ie de acto§ u operatiOMs. €lbn arte< glo a 16 tHspúesto por los Itttículos siguientes. A:k'fICULO 35.-1H número regi!!tral tI! la clave pará la ordenación de los Folios y se localizará file. A.1trtCULO 31.-Cortespondetán al Libro Pritnero diar1te un índice que tendrá como base ltJs rloínbtllll, G, én su caso, a la parte primera del Folio Mercantil, denominaciones o marcas distintivas, según s@ ttllte los asientos rC!lativO!; ti: de personas físicas o jurídicas. buques o aeronaves. l.-Matricula de cotflettiahtes individuales; ,Un método semejante se seguirá en el ~1l"U dé que el 1{egistro opere con arreglo al sistema de libras. 'U,-l'roítrilna a qUé Se refiere el attícUlo 92 de la Ley General de Sociedades Mercántiles; CAPITULO IV .' III. ...... Cb1UtitUch~l1, refórtfli!ls fusión, tr!lfisforma· 06n, di80lmtlQti y Iif/UidaéiÓn de sociedades mercan• De las Conditiones Requeridas . .ra la i'rAéliél tilesj de las Instrlp(!lbflü XV _NUIfibrlnUentos d9 personas qUe desempeñen ARTICULO 36.-HI servicio registtill es de orden funói«IA" ~t@!I"fltAfiváS d~ntr(j de las eníprésas; público y la instancia te!!pectivá sé éfiHeHdE! fOl1ll:tt,ltl!' da Q()n la sola pré!l"ntación del dóeumento a in8cno r. V.-Poderes generales p'ara actos dé administración Se hlrá exigible petición por estlritó !d tt8t4 @j la re.. y dominio y para otorgar Q suscribir titulos de eré· gla general de la oficina regillUal de qUe ~ trAté, O mto; tuando la solicitud implique la realiZáciOfi de aeto!; de publicidad formal. vt_BUqUéS V aerorUtVéll con expresión de 'las ca• riictérísticas que señalan el artículo 21, fracción XVI, ARTICULO 37.-Presentado un doeUtnento para. sU dtl Código de Comercio y las disposiciones aplicables trámite, se asenttltá en la y.rlment de sus hojas tlttlel de la Ley de Vías Generales de Comunicación; y y, si es el caso en la solIcItud respectiva. él nÚmero correspondiente en orden a la presentaci6n; mismo VIl.-Tftulos acreditativos de propitdad industrial, número que constará en el recibo que se extIenda pa· a,í com.o (le fincas incluida. en el haber de la empre. ra constancia y que, sellado por el empl~ado receptor, sa de que se trate, concretándolie, en este último ca· será entregado a los interesados. El retIro de tos QI?" SÓ, a una toma de razón de los datos corre!pondien. cumentos se' hará contra entrega del recibo r.espectI• tes a la inscripción que. previamente, deberá practi• vo o, en su defecto, contra la firma del sohcitant~. dll'se en el Registro de la Propiedad. quien, previa identificación y bai? protesta d~ deCIr verdad manifestará haber extraVIado el refendo re• . ARTICULO 32.--COrresponderán al Libro Segundo cibo. G a la segunda parte del Folio Men:antil, los asientos -:elativos a: ARTICULO 38s-Los títulos se registrarán en los libros correspondientes, haciéndose los asiento., uno. l.-Emisión de obligaciones; a continuación de otros sin dejar entre ellos mas es• pacio que el necesario para la hrma del encargado del II.-Hipotecas industriales; Registro. .., IH.-Hipotecas de ~ques o aeronaves: En idéntica forma se procederá para el caso de los
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    - Lunes 22 de enero de 1979 DIA.IO OFICIAt asientos que se practiquen en el Folio Mercantil; la • ARTICULO 48.-Las certificaciones se referirán a firma del Registrador constará inmediatamente a con• los asientos de presentación, cuando la solicitud res• tinuación de cada asiento. pectiva haga referencia a documentos aún no ~cri­ tos, pero ingresados ya al Registro. ARTICULO 39.-En toda inscrIpción se expresarán con claridad: la naturaleza del acto o contrato de que ARTICULO 49.-Si alguno de los asientos que deba se trate y su objeto; valor, si constare, intereses, pla• comprender la certificación estuviera rectificado' por zos, condiciones; nombre y apellIdos de los intervi• otro, se hará mención de ambos. nientes y designación del funcionario autOrIzante o, ARTICULO 50.-Las certificaciones deberán expe• en su caso, de la autoridad ordenadora. dirse en el mismo oficio que contenga la solicitud, en hojas adicionales si el espacio fuere insuficientf!1 o aRTICULO 40.-Para que se proceda de oficio a empleando cualquier otro medio adecuado al inStru• la inscripción de los comerciantes individuales, en los mental técnico de que se disponga para el caso. términos del articulo 19 del CódIgO de Comercio, de• berán constar en el documento cuyo registro se pre• CAPITULO VII tenda, los datos relativos a la persona del comercian• te, capital en giro, licencias respectivas y, en general. Del Recurso RegistraI todos aquellos a que se refiere el artículo 21 del CI• tado ordenamiento. en lo que este precepto contiene ARTICULO 51.-Sin perjuicio de lo dispue$to~~.,en (le aphcable al caso. el artículo 32 del Código de Comercio, en aquello., ~­ sos en que los Registradores ejerzan la función Q1Ü. Excepción hecha de los documentos a que se re• ficadora por delegación que, al efecto, les confiera' el fiere el párrafo anterior y del acta constitutlva de so• titular del Registro; este último conocerá de las in• cIedades mercantiles, cualqui~r otro documento regis• conformidades que se susciten en relación con la ca• trable. para ser inscrito, deberá contener los datos de lificación de los dOl.umentos o la fijación de los de• registro de la empresa de que se trate. rechos respectivos en la forma y términos previstos por el Reglamento' del Registro de la Propiedad, y re• ARTICULO 41.-Cuando se trate de empresas en solverá lo procedente. cuyo haber se incluyan bIenes inmuebles, se tomará razón de los datos correspondientes a la inscripCIón Si la resolución del titular del Registro confirmase respectIva que deberá practicarse en el Registro de la la determinación suspensiva o denegatoria del Registra. Propiedad. dor, se cancelará el correspondiente asiento d e pre• sentación y el documento respectivo será puesto CAPITULO V a disposición del interesado para que se proceda a su retiro. En caso de que la determinaCIón del De la Rectificación de los Asientos Registrador sea revocada el documento se repondrá en el trámite, sin pérdida de la prelación adquirida ARTICULO 42.-Los errores en que se mcurra al por virtud del aSIento de presentación. practlcar los asientos en los libros o folios del RegIs• tro de Comercio se considerarán materiales o de con• ARTICULO S TRANSITORIOS cepto, de conformidad con las normas de derecho co• PRIMERO. - Este Reglamento entrará en vigor mún; debiéndose proceder a la rectifIcación de dichos diez días después de su publicación en el :'Diario Ofi• errores con arreglo a las normas procedimentales que cial" de la Federación y abroga al expedIdo por de• rijan para el Registro de la Propiedad en situaciones creto del 15 de septiembre de 1885. análogas. SEGUNDO.-En los Reglstros que continúen ope• rando mediante el sistema de libros, las il!-scrip'c~l?-es CAPITULO VI seguirán practicándose conforme a las dISpoSiCiones del Reglamento abrogado, hasta en tanto se ~biliten De la Publicidad los libros correspondientes, con arreglo a lo dispuesto por el presente. ARTICULO 43.-I..,a información contenida en los TERCERO.-En los Registros donde se adopte el libros o fohos del Registro, es de carácter público y sistema de Folios, la presentación de ~u~lquier docu• toda persona que lo solicite tendrá acceso a ella, di• mento inscribible, realizada con posterIorIdad a la f~ rectamente o a través de los medIos técnicos de que cha en que inicie su vigencia este Reglamen!o, c;lara Se disponga. ocasión para que se abra el folio corre;spondiente. ~ cual deberán trasladarse los asientos Vigentes relatI• ARTICULO 44.-La información a que se refiere vos a la empresa buque o aeronave de que se trate, el artículo anterior, sólo se proporcionará durante las salvo que el act~ o contrato consignados deban ser boras de despacho y bajo la VIgilancia de la persona objeto de una primera inscripción. o personas destinadas al efecto. CUARTO.-Sin que medie presentacióIlt de docu• ARTICULO 45.-Los particulares que consulten los mento alguno para su inscripción, la apertura del ,fo• libros o folios del Registro, podrán tomar de ellos las lio Mercantil y el traslado de asientos a que se refiere notas que estimen convenientes y en su caso. solici• el articulo precedente, podrá practicarse. medIante so• tar las certificaciones respectivas. licitud por escrito de los titulares reg¡str:a!es.~. la que se mencionarán los antecedentes de mscnIJ<epn. ARTICULO 46.-Las certificaciones pueden ser li• QUINTO.-Si no se diesen los supuestos señal:ados terales o concretarse a determinados contenidos de los en los dos artículos anteriores, y a efecto de lo.grar asientos existentes en los folios o libros del Registro. la uniformidad del sistema, el encargado del Regls~ro También se expedirán certificaciones en el sentido de tomará las medidas que estime pertinent7s para .que, existir o no existir asientos de especie alguna o de es• de oficio, se proceda al tr~slado de l.os aSIentos. vttFD• pecie determinada. tes en los libros, a los fohos respectIVOS. ARTICULO 47.-Las sohcitudes deberán presentar• Dado en la residencia del Poder Ejecutivo Fe?é~al se por escrito y contener, en su caso, los antecedentes en la ciudad de México Distrito Federal, a los dieCIO• registrales y demás datos que sean necesarios para la cho días del mes de enero de mil novecientos ~etenta localización de los asientos sobre los que deba versar y nueve.-José López Portillo.-Rúbrica.-El ,~. la certificación; asimismo expresarán si el certificado rio de Gobernación, Jesús Reyes Heroles.-Rú > - respectivo debe ser literal o referirse. asnectos con• E'l Jefe del Departamento del Distrito Federal, cretos del contlmido <le oI¡ asien1:o$l. lIant GoDzá1e&.-Rúbrica.
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    26 OlAalO OPlCIAL Lunes 22 de enero de 1979 SfCCION DE AVISOS' Estad" Unido. Mexicanos Uc. Bernardo PlSrez Femllnd.z del Castillo Notario Núm. %3 del D. F. AVISOS JUDICIALES LIC. BERNARDO PEREZ FERNANDEZ DEL CAS. 'TILLO, Notario Veintitrés de esta Ciudad, hace con,so tar que por escritura treinta y ocho mil quinientos cuarenta y nueve, del veinticuatro de noviembre de' mIl novecientos setenta y ocho, otorgada en el protocolo Estados Unidos Mexicanos a mi cargo, los señores CONCEPCION, MARCIANO y . Trlbusal Superior de Justicia del Dfitrfto FELIPA AGUILAR GOMEZ, en su carácter de Legata• ,.déral.-Juzgado Trigésimo Cuarto de lo Civil.• rios RADICARON LA SUCESION TESTAMENTARIA a México, D. F. bienes del señor ANTONIO AGUILAR MARTINEZ, re• conocieron la validez del Testamento y aceptaron los ' derechos que les corresponden como legatarios. La se• ñorita CONCEPCION AGUILAR GOMEZ aceptó el car• EDICTO ¡p d.e, ALBACEA, y protestó su fiel y leal desempe~o. manIfestando que procederá a formular el inventario • • JI En. el Expediente 132178, de las Diligencias de Ju• :vtSmiCC10n Voluntaria Información de Dotninio el C. México, D. F., • 3 de enero de 1979. J!-lez 4ictó auto teniendo por presentado al señór Gus_ Lic. Bemardo Pér.. Ftrnáftdtz d.l C.,tfJJO, t~vo Sánchez Suani, promovien¡¡o en vía de Jurisdic• cIón Voluntaria la Información de Dominio respecto Notiri0 23 dél D. F. del lote de terreno rústico denommado Hacienda Cla• 12 y 22 enero. (R.-11624) lb, ubicado sobre el kilómetro 25 de la carretera federal México-Cuernavaca, propIedad que no aparece inscrita ! nombre de persona alguna y tiene la superficie de ~,734.40 M2., y las siguientes medidas y corlndancias: AJUl'El!r s. A. Insurgentes Sur 31/5.-MéJtico 20 D. F. 11 Norte, en línea quebrada con las siguientes medi• Tels.: 568 42 61 Y 568 51 66 das: 17:30 metros, 7 metros, 14.20 metros, 653 metros Reg. Fed Causo ARF-731025 y 12 metros con Valentín Rodríguez y Mateo Velázquez; Reg. Cam. Na!' de Como 08632 ~n 29.29 metros 29.50 metros con Virginia Olivares. Al No. Cuenta Tesorería 79-6689 ~uroeste, en línea quebrada con las siguientes medi• das: 10 metros, 35.60 metros y 55.16 metros con :a A V 1 S O :arretera federal México·Cuernavaca. Al Oriente en Ií• tIea quebrada en 34.55 metros, 8.32 metros y 20.63 me' Por acuerdo de la Asamblea General Extraordina• tros con. Virgima Olivares Al Sureste, en 22.46 metros ril} de Accionistas, celebrada en esta CIUdad de México, ~on VlfgIma OlIvares. Y al Pomente, en línea 'lllebrada el día 2S de abril de 1975, se acordó reducir el CapItal le 21.70 metros y 6.30 metros con Mateo Velázquez, SOCIal en fa cantidad de $3.954,000.00 (tres millones no• !ll 19.80 metros, 4.20 metros, 6.5U metros con Varentín vecientos cincuenta y cuatro mIl pesos 00/100 M. N.), Rodríguez y Mat~o Velázque¡;: ~Itándose a las partes l'ara quedar integrado en la suma de- $6.046,000.00 (seis ~I!~ puedan conSIderarse oenudlcadas mediante estos millones cuarenta y seIS mIl pesos 00/100 M. N.). ·mctos. La reducción acordada fue mediante liberación con· cedida a los accionistas de exhibiciones no realIzadas. Mcbdco, D. F., a 7 de junio de 1978. México, D. F., a 15 de diciembre de 1978. El C. Seglludo SecretarIO de Acuerdos, Al1ndo FtrnándQ Lara, Lic. Alfonso Berna! Guzmán. Delegado. . 12 y 22 enero; 10. febrero . •& _ s : & E , E.tlldos Unidos Mexicanos Btmardo Pérez Femándex del Cutillo AVISOS GENP~ Notario Número 23 del D. F. ' Lic. Bernardo Pérez Fernández del Castillo No• T~SORERIA DE LA FEDER4CIQN .ri<! Veintitrés de esta Ciudad, hace constar qu~ por StJ.TE~ORERIA DE INGRESOS eserltura treint~ y ocho mil quinientos cuarenta y Oflebta d. EJnuetón nueve, del vemtIcuatro de noviembre de mil novecien• tos setcmta y ocho, otorgada en el protocolo a mi car• go, los señores Concepción, Marciano y Felipa Aguilar UMATE Gó~@z, en su cará~ter de Legatarios Radicaron la Su• ceSlOn TestamentarIa a bienes del señor Antonio Agui• PRIMERA ALMONEDA lir Martínez, reconocieron la validez del Testamento y aceptaron los derechos que les corresponden como El cHa seis de febrero de mil noveCÍefltCls set~l1ta leaatarios. La señorita Concepción Aguilar Gómez acep• V nuev_, a las once horas, tcndr. lugar en el local tó el cargo de Albacea, y protestó su fiel y leal desem• q.le ocupa la Oficinlil de E iecución de esta Tesoreria, peño, !llanifestando que procederá a formular el in• SIta en el Palacio Nacional, Edificio seis cuarto piso, ventano. el Remate en Primera Almoneda de una grabadora marca Bigsíon, FM/AM RadiQ ltecorder modelo Krd• México. D. F., a·3 de enero de 1978. .020, bien embar~ado al C. José Luis íturria¡jil Ii~r­ nández en ¡aranUí! de un crédito fiscal a $U cárjO. El Lic. Bern~rdo Pérez Fenuind~z del Castmo, bien fue declarado abandonado a favor del Erario Notario Núm. 2.3 del D. F. Fedenal con fundamento en lo e~tablecldo por el Re• Illfl1t¡tlto de la Ley de eSta Tesorería en IUS 4rttcu. ;¡ enéro¡ 2 febrero. '_ . (1l.-116U) los 63 v 64.
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    Lunes 22 deenero de 197«) D,IARIO a'lclAt El valor de la grabadora mencionada fue determi• BoBos ...ant. lado por perito de la Dirección General de Bienes Serie GrupOl Nos. BonOI Import« v1uebles, Departamento de Inspección y Avalúo y es le $2,000.00. 15-P 9 401/450 50 500,000.00 La postura legal de esta Almoneda será la. suma le $1,333.33 que representa las dos terceras partes del 15--0 16 751/800 SO SOO,OOO.OO ralor base. 15-H 17 80l/850 50 500,000.00 En términos del Artículo 136 del Código de la Fe• feraClón, se convocan postores, en la inteligencia de 15-1 12 551/600 50 SOO,OOO.OO :¡ue las -personas mteresadas deberán presentar sus ,osturas en forma y tlempo tal y COmO lo establecen 15-J 12 551/600 50 500,000.00 os artículos 141 y 143 del Ordenamento antes invo• :ado, fiiandose tiempo límite para la presentación de 15-K. 15 701/750 SO 500,000.00 a documentación, una hora ante" de la señalada para la celebración de la Subasta. 15-L 17 801/850 50 500,000.00 Atentamente, 15-M 19 901/950 50 500,000.00 15-N 14 6511700 50 500,000.00 El Subtesorero de Ingrtsós. ' J. Horacb Narro Fraustro. 1§-O 23 1101/115' 50 500,000.00 15-P 12 5~1/600 50 500,000.00 22 enero; 2 febrero. (R.-20) 15-0 17 801/850 30 500,000.00 $ 10.000,000.00 En la ISa. amortizaCIón ordmarlal.0r IOrteo celebra- da en las oficinas del Banco B. C. _" S. A., InstlUclOn le Banca,Múltlple, d dIa 22 de diciembre áe 191o. con llltervenclOn úd C. lnspector de la Comisión NaCIOnal Todos los bonos cuya numeración aparece arriba Bancana y de Seguros, señor Guillermo Viesca :'anto.. indicada deberán presentarse para su cobro o canje" yo resultaron amortizados los silil"ienh~¡¡ bonos hIpote- partir del día la. de enero de 1979, por e:¡tar el import. canos Ol dlllanos emItldos por la eHac:t. :socIedad: de ellos a la disposición de su!. tenedores y r-or dejar de ganar intereses desde esa musma fecha. Bonos (.mt. MéXICO, D. F., 22 de Diciembre de 1978. Serie Grupo Nos. , Bonos Importe 14-X e Por eL BANCO B H, S. A. 12 551/600 50 $ 50Cl,000.ÓO [nstitución de Banca Múltil'le 14--Y 14 651/700 50 500,000.00 JorJ. Gareía Gr~!101l, Sub-])irecwr de Operlleiones. 14-Z 11 501/550 SO 500,000.00 Rtf.el Bretóp. V'ra, 15-A 15 701/750 50 500,000.00 Sub-Gerente dfI Pepto. Custodia. 15-l!J 12 551/600 51) 500,000.00 Por la COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE SEGUROS: 15-C 14 651/700 50 500,000.00 ;uillermo Viesea Santoye 15-D 11 501/550 50 500,000.00 Inspector. 15-E 10 451/900 se 500,000.00 BANCO B e H. l. A • ,a - (R.--48) blldtlJeJÓD efe :aa.u:. MAld,1a Paseo de la Ilef~a No. 1M. Nútío " D. P. 8ALANCE DE FUSIOlIl CONSOL! DADO A.1. :U Pi MAYO D- 191& ACTIVO - Caja y :Sanco de México .....•.••.••••.•.•••••••••••. $ 178.348,144.39 Bancos del País y del Extranjero ................... . SOl40,246.U Otras nisponil3iliclades ............................... . éO~7,72S.27 I l1USU1SJl Valores Gubernameatales y n'}!Ió$itos um Interés•• - en el Banco de México, S. A. • .................. . $ 4,852.205,~39 34 Valores de Renta Fiia ................•..••..•.•.•..• 211.71U1H9 Acciones .•••••••.......•....•••.................••...• lUI14,n2.Al $ 5,085.954,907.56 Menos: Reserva por Baja de Valores ._. ~ ....._ ••••••• 812,946.89 5.085.141,960.61
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    28 DIARIO OFICIAr; Lunes 22 de enero de 1979 Descuen.tos ....•................ ..•..~.• ,-e •••• '-1 ....... , •• S 358.839,435.99 Pré~tainosDirectos y Prendarios . o o i o o o o o • • • • • • • • • • • • 808.898,57355 Préstamos de HabilItación o Avío • o • • • • • • o o • • • • • • • o. 36.339,814.13 Préstamos Refaccionarios ............................ . 14318,228.61 Préstamos con Garantía Inmobiliaria o o • u • • • • • • • • • • • 5,069.102,605.46 $ 6,287.498,657.74 Adeudos Vencidos por Garantía Hipotecaria ......... 20.186,466.45 Deudores Diversos (Neto) .•.. o •••••••••• 0.0 •••••••••• 42.568,675.30 Otras Inversiones (Neto) ... o . . . . . . . o . . . . . . . . . . . o • • • • 52.017,47~.28 Mobiliario y Equipo ......... o o . . o •• o •• o . . . . . . . . . . . . . $ 48.222,287.97 Menos: Reserva ............. O" o . . . . . o' • • H'" ...... ' •• 25.187,725.64 23.034,562.33 Inmuebles y Acciones de Sociedades Inmobiliarias ••• $ 92.058,875.37 M~os: Reserva ............. o • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 848,376.16 91.210,499.21 Cargos Diferidos (Neto) ••.. o • LO . . . . . . . . . . . . . . . . . . O • • • 23.212,424.75 $11,913.726,83&.54 PASIVO Y CAPITAL D~pósitos a la Vista •••• o • • • • o o • • • • • • • • • • ~ _ _ $ 1,301.538,419.45 Depósitos de Ahorro ......... o. o • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 223.604,707.85 Bancos y Corresponsales ........•..•....•. . ....... . 20.508,847.04 Otras Obligaciones a la Vista ...................... . 89.467,112.26 $ 1,635.119.086.60 Depósitos a Plazo ...................................• $ 5,862.602,541.99 Certificados y Constancias de Depósito Bancario ....• 873.073,705.01 Depósito de Emisores de Cédulas ................... . 3320,663.73 Bonos Financieros en Circulación ................•..• 91.579,000.00 Bonos Hipotecarios en Circulación ................. . 1,960.840,600.00 Certificados Financieros en Circulación •............. 1.295,000.00 Préstamos de Bancos ............................... . 279.000,000.00 Otras Obligaciones a Plazo ........................ .. 467.676,280.58 9,539.387,791.31 Otros Depósitos y Obligaciones .................... .. 2.649,960.46 Reservas para Obligaciones Diversas ............. " 61.563,981.20 Créditos Diferidos .................................. . 141.617,825.61 Capital Social ............... ; . . . . . . . . $ 700.000,000.00 Menos Capital no Exhibido .........• 350.000,000.00 $ 350.000,000.00 Reserva Legal y Otras Reservas ..... $109.794,443.72 Utilidades por Aplicar ...............• 20.913,391.11 130.707,834.83 Superávit por Revaluación .......................... . 25.287,811.79 Utilidades de las Instituciones Fusionadas ........... . 14.746,062.69 Utilidad en el -Ejercicio de 1978 .................... .. 12.646,484.05 533.388,193036 $11,913.726,838.54 CUENTAS DE ORDEN Cédula-s en Circulaci6n ............... . $ 14.045,000.00 Títulos Descontados con Nuestro Endoso 35.247,465.34 Apertura de Créditos Irrevocables ...• 42.175,774.08 $ 91.468.239.42 Bienes en Fideicomiso o Mandato .... $ 722366,404.09 Bienes en Custodia o en Administración 3,658.193,687.ü3 4,380.560,091.12 Cuentas de Registro ••.• o • • • o ••••••' •••• 6,125.297.152.81 El presente balance se formuló de acuerdo con 1 as reglas dictadas por la H. Comisión NacionaJ B3n' caria y de Seguros, habiendo sido valorizados los sal dos en monedas extranjeras al tipo de cotización del día. Se hace constar que, de las inversiones en val o res y créditos, las cantidades de $325.000,000.00 V $5.991,373.73 representan activos cedidos en garantía d e créditos a cargo de la Institución. Asimismo .. se. hace constar que de las inversiones en valores y cré ditos, la cantidad de $31.868,862.62 representa actIVOS específicamente afectos con garantía de bonos finan cieros emitidos por la Institución. Director General, DIrector de Operación y Finanzas, Lic. Ernesto Fernández Hurtada. Carlos Elías Rincón. Contador, Lic. Eduardo Ortiz Pineda.
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    Lunes 22 deepero de 1271 "."&.'1.1 '14' UNe& . . ~ ",BCA1tIAS, 8. A. Institución de Ahorro, Crédito Wpotecario y Fideicoml., ~~ 4e la R~orma No. 364. 10. Y lo. pisos. MéDeo '. l. ,. BALANCE DE FUSION CONSOLIDADO AL 31 DE MAYO DE J~.,tt ACTIVO Caja y :BlPlCO de MeXICCI ......... H ................. . 6.875,~2.01 Bancos del País y del 'btf8llJf.rb .................. .. 6UOll)á.í. 7 071".19 •. ValW1M Oubfrnamentalell y Dopósitos con Intéreses en elllanco de M6iiieo, S. A. . .................. .. $ 2.977 .084.35&.:}5 ValC)res de Renta Fija .............................. . Acciones.' ••••.. - '" ................ ~ . - ............. . 178.962:U¡ 23.214.139.60 .i' ~ti!lCmtOl. .•••••.••••...•....•..••••.••••••••••.•••••• 913,000.00 réstamos Directos y Prendarias .....•..•......••.... 43,117.29 Préstamos de Habilitación o Avio .................. . m Préstamos Refaccionarios ...............•...••..•..... ,OOO.~ ,4~. Préstamos con Garantía In~~il~aria : .......•.•....• 5.041. ,~S.4 5,U4f.tn.112.75 Adeudos Vencidos por Garantía Hipotecaria ........ . lleQd~. Diversos (Neto) ........................... . ~:~·1~ Otras Inversiones (Neto) .......................... .. 20.413,170.58 2&.aii:ilJ6 Mobiliario V Equipo ................................ . Menoa: Jte,>erva ..................••. _. . . ....... . 9.l93.0é4.86 11.218,105.72 Inmuebles V Acciones de Sociedades Inmobiliarias .. . M~noa: Reserva .... ................•............. s 15.I)'7UOO.31 75S,311U6 74.321,284.21 CarlOS Diferidos (Neto) ., ..' ..... . 15.522.189.) 1 $ 8,462.823,195.66 D~~6sitos qe ~horro 4J~8,S9ó.~ Otras Obligaciones a i~' vista' : : : : : : : :: : : : : : : : : : : : : : : 4S.S39,394 .82 $ 4U01,9a4.91 ne,á'litos a Plazo ...................................• $ MSH31,tl31.l2 Certificados' V Constancia" dI" Tle"ó~ito Bancario ..... 29.070,162.51 ~6sJtos de Emisores de Cédulas .••••••••...•.•••• 3.320.663.73 D()tl65. ¡ ail'Qtecarios en Circulación .••.•.......•.•... 1,969.161,100.00 Pr4$tamoS de Bancos " ............................ . m.ooo.ooo.oo ou-.$ .0000igáciones a Plazo ...................•...... S.991,37173 H~1iI ~RO '''1 Oq Otros Depósitos v Ob1igaciofte~ . . ......•...•... , .. ,. 2.539,317.74 Reservas para Obligaciones Diversas .... . ... , ..... . 23.406,773.39 Créditos Diferidos .. " ................ . .. , . 101.413,397.12 Capital Scx;ial ....... :..... ............ $ 240.ooQ,000.00 Menos: CaPItal no Exhibldo ..•..••..•• 15.000,000.00 $ 225.000,000.00 Reserva Legal y Otras Reservas ...... $ 85.259,327.02 Utilidades por Aplicar ........... ..... 1.555,180.81 86.814,50783 Su~rávit flOr Revaluación " .............. "..... .. 16.362,944.38 tJtJUdad en el Ejercicio de 1978 18.497,93370 346.675,385:91 S 8,462.823.795.66 CUBNTAS DE OkDEN . Ct!dula·, en Circulación ............... . $ t4.""5.ooo.oo $ienes' en Fideicomiso o Mandato . . ¡ Z2.762,55810 Bienes en Custodia o en Administración 1;711J84.164.4C 1,746.~,m.60 Cuentas de Registro ...•••••.••.••••••• 5,036.426,506.82 Él presente balance se formul6 de ~euerdo con 1 as rellas dictadas por la H. Cómisión N.eiMal B4n· elna va.ort7ft~ tos 01 dos .n mcmoda éxtranj6ra al tipo eh eotilJc6ó. tltl !jm.. ~ clf; ~eguros. habiendn sido v h~ eoft'lltar ~ue de las in~l'!'IfOrtes en valores v ere!dito~ las cantidades de $325.000,otIO.tlO y ...,.991,373.73 representan activos cedidos en garantía d e créditos a cargo de la Institución. ~ GtMftJ Cmtfad~r, Carloa EIfu RIncÓn. C. P. . . . La1J ~ . .--.
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    DIARIO OPICIAr; Lunes 22 de enero de 1979 BANCO DEL AHORRO NACIONAL, S. A. Institución Privada de Depósito, Ahorro y FideicollÚso Paseo de la Reforma Núm. 364 BALANCE GENERAL CONSOL! DADO AL 31 DE MAYO DE 1978 DE FUSION ACTIVO Caja y Banco de México .. '.......................... . $ 165.369,701.05 Bancos del País y del Extranjero ................... . 37.442,799.45 Gtras Disponibilidades ................................ . 60267,72527 S 263.080,225.77 Valores Gubernamentales y Depósitos con Intereses en Banxico .........•.•.....................•....• $ 750.889,908.26 Valores de Renta Fija ••......................•..•..• 40.992,837.04 Acciones ...... 1-1 • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • 19.030,286.85 810.913,032.15 Descuentos ...............................• __ ........ , $ 174.738,071.79 Préstamos Directos y Prendarios ...•................. 504.507,061.71 Préstamos de Habilitación o Avío .................. . 32.403,830.70 Préstamos Refaccionarios ..........•.....•............ 12.608,080.61 724257,044.81 Deudores Diversos (Neto)... __ ....... .. ...... .. 21.095,583.87 Otras' Inversiones (Neto) ........................... . 28373,911.80 Mobiliario y Equipo ................................• $ 26249,351.10 MenQs: Reserva .......•.............. '•..............• 15.005,188.25 11.244,162.85 Inmuebles y Acciones de Sociedades Inmobiliarias .. . $ 16.982,275.00 Menos: Reserva ..................................... . 93,060.00 16.889,215.00 Cargos Diferidos (N", LO} ••••• 6.816,236.56 • $ 1,882.669,412.81 PASIVO Y CAPITAL Depósitos a la Vista .............................•.. $ 1,381.383,383.22 Depósitos de Ahorro ................................ . 219236,21431 Bancos y Corresponsales .................. . ........ . 20.508,847.04 Otras ObligaCIOnes a la Vista ......................• 37.406,644.18 $ 1,658.535,088.75 Otras Obh~aciones a Plazo ......................... . 36.532,746.05 Otros Depositos v Obligaciones .................... .. 110,642.72 Reservas para Obligaciones Diversas ............... . 33.417,176.51 Créditos Diferidos ........................ ' " .... .. 21.055,413.08 Capital Social ............. . • • . . • . • . . • $ 80.000,000.00 Menos: Capital no Exhibido ..••.••••• 15.000,000.00 $ 65.000,000 00 Reserva Legal y Otras Reservas ••••••• $ 33.653,313.02 Utilidades por Aplicar ........•••••••• 17.704,743.80 51358,056.82 Superávit por Revaluación .......................... . 8.924,867.41 Utilidad en el Ejercicio de 1978 ..................... . 7.735,421.47 133.018,345.70 $ 1,882.669,412.81 CUENTAS DE ORDEN Títulos Descontados con Nuestro Endoso $ 74.428,322.74 Apertura de Créditos Irrevocables •••• 42.175,774.08 S 116.604,096.82 Bienes en Fideicomiso o Mandato .... $ 361.163,618.73 Bienes en Custodia o en Administración 615.046,398.29 976.210,017.02 Cuentas de Registro ••••••••.••.••••••• 333.897,350.38 El l'resente balance se formuló de acuerdo con 1 as reglas dictadas por la H. Comisión Nacional Ban' caria y de c;eguros, habiendo sido valorizados los sal dos en monedas extranjeras al tipo de cotización del día. ' Manuel Velázquez Navarro, .. ' Luis llodríguez_ R.eyes, Director. Gerente, Contador.
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    Lunes 22 deenero de 1979 DIARIO OPICIAL FINANCIERA MERCANTIL DE MEXICO, S. A. • Institución FInanc:lera y Fldudarla Paseo de la Reforma No. 364. PIsoa 120. Y 130. México, D. F. BALANCE uENERAL CONSOLI DADO AL 31 DE MAYO ])E 1"" DE FUSION ACTIVO Caja y Banco de México ............................ . $ 6.102,801.33 Bancos del País y del Extranjero .................. .. 25.440,172.29 31.542,913.62 Valores Gubernamentales y Depósitos con Intereses en Banco de México. S. A.• t •••• t ••••••••••••••••• $ 1,124131,672.73 Valores de Renta Fija ......•'••.••....••.••....•...•• 8.480,463.63 Acciones ••••.•.••••• ,_ ................................. . 9.675,650.03 $ 1,142.387,786.39 Menos: Reserva para Baja de Valores -- -- ...... . 812,946.89 1,141.574,839.50 Descuentos .................•........................•• $ 183.186,36410 Préstamos Directos v Prendarios ....................• 304.348,394.55 Préstamos de Habilitación o Avío ..................• 3.643,983.43 Préstamos Refaccionarios . . ................... .. 1.489,698.00 Préstamos con Garantía Inmobiliaria ,.', -, ..........• 21.450,000.00 514.118,440.18 Deudores Diversos (Neto) ~ o • • • • • • • • • • • • • • • • • • .- 3.231,592.98 2.830,995.12 O'• • • • • • Otras Inversio'1es (Neto) .......................... .. Mobiliario y Equipo ................................ . $ 1.559,766.29 Menos: Re'Serva ................. , - " '-'.' ........ . 987,472.53 572,293.76 Cargos Diferidos .................................... . 890";490.88 $ 1,694.761,626.04 PASIVO Y CAPITAL Otras Obligaciones a la Vista ............... o ..... .. $ 6.521,073.26 Depó~itos a Plazo . . ................................• $ 210.265,510.87 Certificados y Constancias de Depósito Bancario ••.•• 844.003,542.50 Bonos Financieros en Circulación. . .............•• 99.979,000.00 Certificados Financieros en Circulación ••.••••••••••• 1.295,000.00 Otras ObligaCiones a Plazo ......................... . 425.152,160.80 1,580.695,214.17 Reservas nara Obligaciones Diversas •••....•.•.....• 4.740,025.80 '('rérlitos Uiferidos ..........•.... o • • • • •• " •••••••••• 19.165,507.41 Capital Social . .. . .. .. . . .... .. ........ $100.000,000.00 Menos: Capital no Exhibido ...••••••• 40.000,000.00 $ 60.000,000.00 Utilidades por Aplicar .........••• ¡... Reserva Legal y Otras Reservas •••••• $ 14.975,697.68 1.653.466.50 16.629,1~~.r8_ UtilJdad ea el Eiercicio de 1978 _ o ~. ',0,,_, ~ o.~ o _.- 7.010,641.22 83.639,805.40 $ 1,694.761,• .04 CUENTAS DE ORDEN 'Títulos Descontados con Nuestro Endoso $ 1.583,332.70 Bienes en Fideicomiso o Mandato .... $ 338.440,227.16 Bienes en Custodia o en Administración 374.174,224.34 '112.614,451.50 Cuentas de Registro- ...................."' 688.252,195.61 El presente balance se formuló de acuerdo con 1 as reglas dictadas por la H. Comisión NacIonal BaA' cllria v ele Seguros, habiendo sido valorizados los sal dos en monedas extranjeras al tipo de cotización del día. Se hace <;anstar que de las Inversiones en valo res v créditos, la cantidad de $,31.868,862.62 represeuCII activos específicamente afectos en garantía de Bon os Financieros emitidos por la Institución • Consejero Deleg:ado, Contador, , Manuel VeIúquez .Navarro. : Jo~ Paullno Vázquez Rodrí¡uez. : 22 enero. ~ (L-4IJ
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    DIARIO OPICIAr; Lunes 22 de enero de 1979 PEDR,EGIU. AUTOMOTRIZ, S. A. DE C. V. ADvANtlt¡ .. A. 1lea. Fed. de Causantes: ADV--620'-18-4J01:' AVISO La Asamblea General Extraordinaria (le Accioni,So t¡¡.s de Pedregal AutomotrIz, S. A. de C. V., celebnW.a Por acuetdo- tomado en Asamblea Gener~l Extra. el ~O de abrii de .1978 acordó di!línnttir el caimal 9tdlnaria de: Accionistas, ceJebrada el 31 d~ octubre de socüü en la suma de $4.600,00'0.00, reembolsando a lós 1~78, se resolvió disminuir el capital social a la suma accionistas sus aportaciones en proporción a las ae· de ~eis millopes de peso" lttUrteda nacional, medIante ciones_ d~ que son titulares. reembolso a los accionistas en proporción a sus accio. ~sta publicación se hace para efectos d~l artíeul~ nes. 90. de la Ley General de Sociedades Mercantiles. El Apoderado General, Lo que se hace saber para los efectos que se esta• Armando Esquive) Cortés. blecen en el artículo 90. de la Ley General de SocieQa4es 11 22 enero y 2 febrero. (R.-114S~1 Mercantil~s vigente. . na".. Mexic9, D. F .. a 31 «;le. ot;:tubre de 1978. TESORERIA DE LA FEDlJtActON Subtesorería de I~s C. P. T. Frandsl$ Trtnldad .-.., OFICINA DE P.JECUCtoN AdmiDi~tradf,lr Vnic~. REMA.'l't: PRIMERA ALMONEbA zz enero. (R.-11514) 11..l dfa seis d~ febr~ro de mU n~veciéntos setent~ y pueve, a las once horaS. te¡drá lugar en el local ¡ - q1' ocupa la Oficina de Eieeuéión M esta Tesorería. sit~ ~n el Palado. Nacional. Edi' leie seis cuarto piso. éeI ~~ eh Pnmera Almone a de una grabadora REMATE ~$réá Slgston, FM/AM Radio ecorder. modelo Krd- 8029, bleh émbargado al C. José Luis Iturriaga Hernán. SEGUNDA CONVOCATORIA DE POsTORES di! en I8fQntía de un crédito fhcal a su cargo. El bien fue declarado abandonado a favor del Erario Federal ca" fÚtti.1ámento en 10 establecido por el Reglamento En ejecución del contrato del fideicomiso; cel~· de la Ley de esta Tesorelia en sus Artículos 63 y 64. brado por esta InstitucIón, según escrítura No. S9;':fO el valor de la grabadora mencionada fue determi. de fecha 2b de agosto de 1977, otorgada ante el licen• llflda 11m perito nI' la nirpc!"Íón r-~nerll rle lliene<; Mm'. ciado Rafael Oliveros Del~ado, Notario No. 26 del Dis· . bl~~J.n ~~attthhehto de Inspección y Avalúo y es de trito Federal. en el que tIenen el carácter de Fideico• S2.uuv.OO. mItente~ " ,eDul Fernanúu Juran !Vle]la V a sellora La oostura legal de esta Almoneda será la sum~ Ma. Trirtidad Tamez de Durán y Fideicomisaria la se• de $1,339.33 que representa las dos terceras partes dtl ñora Catalina Pons Sastre Vda. de Flores. valo[ ba!'e. . Etl térfuinos del Artículo 138 del Código Fiscal de En los términos del contrato de fi<leicotilise se ,la Federación. se convocan lJPstore,s. en la inteligencia anuncia la ventll del inmueble tideieOntitidu! de Que las personas interesádas deberán presentar sus Casa núm. 13 del Paseo de Santa AfÚtai. y lett tp postUl78.s en forma v tiempo tal y como lo establecen que está construidp qué ~ el número 13, f'l1l~i~ 11, los ar,tículos 141 v 143 del Ordenamiento antes invoca. Sécción Primera del Conliomlnio Horlwntal deoolttl• 40, ttfátltlose tiempo límIte para la l1l"esentación de la nado "Condominio Anita", Municipio de Tlalómulco documentación. una hora antes de la señalada para la de Zúñiga, J¡disco lote que tiene urtá superfide ~­ cetelWacft1n de la subasta. ximada cte 8$5.33 M2 V colinda al Norte etl 3U! ltttl. con l'Ote lll, de la misma Fr~cción; al Sur en 38.~ dit$. Atentamente. con lóte 12 de la misma Pr~cción; al Oti'ti1te .en ~ mts con el Fairwav número 12 del Club ~ Golf ~ El ~ubtesorero de TnJ,!resos, t8 Ánita, S. A. de C. V. V al Peniente en 14.!9.1I"'~~' J. Horacio NalTO FraQtro con P$.Seo de Santa Anita, a$í come la parte iü.,..~ Que le corresllonde. H V 22 enero. !.-20) BASES PARA EL REMATE EN SEGUNDA ) ALMONEDA INMOBILIARIA CAMVI, S. . $900 000.00 (NOVECIENTOS MIL PESOS 00/100 M. N.) El remate tendrá verificativo el dí~ 22 _de .F~­ brero de 1979, a las 11:00 hrs., en las oficmas del FI• AVISO duciario ubicado en Gante No. 15 Despacho 101, Mé- xico 1, Distrito Federal. ' Para efectot, del ~rtfcul0 90. de la Lev General del público que 1, de Sociedades Mercantiles se hace del cortócimiento Asamblea General Ettnlordinaria de Accionistas de Infiobiliaria Camvi, S. A.. celebrada Paraqu~ los inte~lldos sean considerados como postores deberán depbkitar artte tI Fiduciario a más tardar ¿ las 11:00 hrs., del día 21 de Febrero de,1979 el 25 de aj;(osto de 1 1~, acordó reducir el Capital So• el 20% del precio qUJ 'SlM te bast tlara la celeara• cial de $4.500,000.00, 1.500,000.00 mediante reembolso a ción de la subasta. . lo$ ~cl.OIli.tas de 1* fiarte proporcional de 8US ac• 'Ci9Dea. En ellSQ d~ que por ~alqtiier motiVó el )~tm: lio concurra al remáte o flhclldo ate la ttábsmlslén,:no El Administrador, llegase a realít4rse pnr e6isas ItnttútaBleí1 ,al ~mr Dr. José M. Camareua Boldos. de que se trate. dentro de unJ)lazo de 60 dla¡; c~)Jl~a­ dos a partir de la f~ha d~ fUiceOliento, .éste .per~~r~ u. ~ enero 1 Z Ubrtro. (ti _11364 , la cantidad c:ltpósitada en favor dé! ~tnmomo fideJ.
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    ümn n.~ ~ lW9' DIARIO OPICIAE I p comitido, caso en el cual el fiduciario procederá a Jorge García Granados, convocar a nueva subasta. Sub-Director de Operaciones. M~co, D. F., a 16 de enero de 1979. Rafael Bretón Vera. Sub-Gerente de Depto. Custodia. BANCO MEXICANO, S. A. División Fideicomiso Por la COMISION NACIONAL BANCARIA' Y DE SEGUROS: lic. J. AdoRo Pérez Sandl T., Delegado Fiduciario. Guillermo V1eaea Santoyo, 22 el1ero: 2 y 12 febrero. Inspector. 22 enero. . En la 12a. amortización ordinaria por sorteo cele• brado.en las oficinas del Banco BCH, S. A., Institución ~ Banca. Múltiple. el día 26 de diciembre de 197~1 con llltervencióu del C. Inspector de la H. Comisión Nacio• En la 2111. amortización ordinaria por sorteo ~.. nal Bancaria y de Seguros, sefior Guillermo Viesca da en las oficinas del Banco B. C. H.. S. A., Institución Santoyo resultaron amortizados los siguientes bonos de Banca Múltipl"., el día 22 de diciembJ:'e de 1978, COD hipotecarios ordinarios emittdos por la CItada sociedad: intervención del C. Inspector de la Comisión NaCIonal Bancaria y de Seguros, señor Guillermo Viesca Santo• Bonos Cant. yo, resultaron amortizados los siguientes ~nos hipo• Grupo Nos. Boncw tecarios ordinarios emitidos por la citada ~ciedli}d;; , Serie lOG 18-T 16 751/800 50 $ 500,000.00 18 48 78 108 138 168 198 228 258 Z58 lS-U 16 751/800 50 500,000.00 318 348 378 408 438 468 498 528 5S8 588 18-V 23 '101/115C 50 500,000.00 618 648 678 708 738 768 798 828 aS8 888 18-W 16 751/800 50 500,000.00 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 18-X 11 501/550 50 500,000.00 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 18-Y 8 351/400 50 500,000.00 IMPORTE: $ 500,000.00 18-Z 17 801/850 50 500,000.00 19-A 17 801/850 50 500,000.00 Serie lOH 19-B 15 7011750 50 500,000.00 18 48 78 108 138 168 198 228 258 288 19-C 11 501/550 50 500,000.00 318 348 378 408 438 468 498 528 558 588 19-D 18 851/900 50 500,000.00 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 19-E 11 501/550 50 500,000.00 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 19-F 8 351/400 50 500,000.00 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 19-G 14 651/700 50 500,000.00 IMPORTE: $ 500,000.00 19-H 12 551/600 50 500,000.00 Serie 101 19-1 10 451/500 50 500,000.00 . 19 49 79 109 139 169 199 229 259 289 19-J 9 401/450 50 500,000.00 319 349 379 409 439 469 499 529 559 589 19-K 14 651/700 50 500,000.00 619 649 679 709 739 769 199 829 '59 889 19-L 6 251/300 50 I 500,000.00 919 949 979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189 .19-M 6 251/300 50 500,000.00' 1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489 S 10.000,000.00 IMPORTE: $ 500,000.00 SerIe 10J . Todos los bonos cuya numeración aparece arriba 18 48 78 108 138 168 198 228 258 288 indi.~ada deberán presentarse para su cobro o canje a partir del día 1!l. de.e~,ero de 1979, por estar el importe 318 348 378 408 438 468 498 528 558 588 (le ellos a la diSposlclon de sus tenedores y por dejar de pnar intereses desde esa misma fecha. 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 México, D. F., 26 de Diciembre de 1978. '18 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 Por el BANCO Be H, S. A. Institución de Banca Múltiple . IMPORTE: S500.000.00
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    34 DIARIO OFICIAl. Lunes 22 de enero de 1979 Serie 10K Serie lOQ 19 49 79 109 139 169 199 229 259 289 18 48 78 108 138 168 198 228 258 288 319 349 379 409 439 469 499 529 559 589 318 348 378 408 438 468 498 528 558 588 619 649 679 709 739 769 799 829 859 ·889 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 919 949 979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 IMPORTE: $ 500,000.00 IMPORTE: $ 500,000.00 Serie lOL Serie 10R 18 48 78 108 138 168 198 228 258 288 17 47 77 107· 137 167 197 227 257 287 317 347 377 407 437 467 497 , 527 557 587 318 348 378 408 438 468 498 528 558 588 617 647 677 707 737 767 797 827 857 887 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 917 947 977 1007 1037 1067' 1097 1127 1157 1187 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 1217 1247 1277 1307 1337 1367 1397 1427 1457 1487 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 '1458 1488 IMPORTE: $ 500,000.00 IMPORTE: $ 500,000.00 Serie 10M Serie lOS l~ 40 /5 108 138 168 198 228 258 288 19 49 79 109 139 169 199 229 259 289 318 348 378 408 438 468 498 528 558 588 319 349 379 409 439 469 499 529 559 589 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 619 649 679 709 739 769 799 829 859 889 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 919 949 979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1439 1489 IMPORTE: $ 500,000.00 IMPORTE: $ 500,000.00 Serie ION Serie IOT 15 48 78 108 138 168 195 Z¿5 Z~5 Z~5 IY 49 79 109 139 169 199 229 259 289 '318 348 378 408 438 468 498 528 558 588 319 349 379 409 439 469 499 529 559 589 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 619 649 679 709 739 769 799 829 859 889 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 919 949 979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489 IMPORTE: $ 500,000.00 IMPORTE: $ 500,000.00 Serie 100 Serie 10U 18 48 78 108 138 168 198 228 258 288 19 49 79 109 139 169 199 229 259 289 318 348 378 408 4~8 468 498 528 558 588 319 349 379 409 439 469 499 529 559 589 618 648 678 708 738 768 798 828 858 8~8 619 649 679 709 739 769 799 829 859 889 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 919 949 979 1009 1039 1069 1099 1129 1139 1189 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489 IMPOR.TE: $ SOO,OOO.OO ' IMPORTE: $ 500,000.00 Serie 10P Serie 10V 17 47 77 107 137 167 197 227 257 287 17 47 77 107 137 167 197 227 257 287 317 j47 377 407 437 467 497 527 557 587 317 347 377 407 437 467 497 327 557 387 617 647 677 107 737 767 797 827 857 887 617 647 677 707 737 767 797 827 857 887 917 947 977 10ú7 1037 1067 1097 1127 1157 1187 917 947 977 1007 1037 1067 1097 1127 1137 1187, 1217 1247 1271 1307 1337 U67 1397 1427 1457 14S7 1217 1247 1277 1307 1337 1367 1397 1427 1457 _1487. WPOR.T.E: S500,000.00 , IMPORTE: S 500.000.00
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    Lunes 22 d.e en~l'Q : ele 1979 DIARIO O.ICIAL 3S Serie 10W LA VIGA 1416, S. A. AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL 19 49 79 109 139 169 199 229 - 259 -289 319 349 379 409 439 469 499 529 559 589, Segundo Aviso 619 649 679 709 739 769 799 829 859 889' I MedIante acuerdo tomado en la Asamblea General 919 949 979 1009 1039 1069 1099 1129 1159 1189 Extraordinana de AcciOnIstas de la Sociedad, celebra• da en el domicilio SOCial con techa 10 de diciembre 1219 1249 1279 1309 1339 1369 1399 1429 1459 1489 de 1978, se tomó la deCIsión de reducir el capital so• cial, de la suma de: $25.000,000.00 (VEINTICINCO MI• IMPORTE: S500,000.00 LLONES DE PESOS 00/100 M. N.), a la suma de: Serie 1" $5.000,000.00 (CINCO MILLONES DE PESOS 00/100 M. N.), Y la diferencia entre las dos cifras, o sea la can• tidad de: $20.000,000.00 (VEINTE MILLONES DE PE• 18 48 78 108 138 168 198 228 258 288 SOS 00/100 M. N.) se devolvió a los accionistas, mo• dificándose al efecto los estatutos socialt's. 318 348 378 408 438 468 498 528 558 58& La presente publicación se lleva a cabo de con• 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 formidad con lo ordenado por el artículo 90. de la 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1184 Uy General de SocIedadl:,s Mercantiles. 1213 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 148& México, D. F., 15 de enero de 1979. 1 IMPORTE: S500,000.00 El Delegado Especial de la Asamblea, T.i.c. Carlos Flol'es Cervantes. SerIe 10Y 22 enero. (R.-32) 18 48 78 108 138 168 198 228 258 ~288 318 348 378 408 438 468 498 528 558 58& INCENTIVE, S. A. lEN LJOUIDACION) 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 918 948 978 1008 1038 1068 1098 1128 1158 1188 BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 1458 1488 30 DE SEPTIEMBRE DE 1978 IMPORTE: $ 500,000.00 ACTIVO C1r~te: Serie 10Z S 1& 46 78 108 138 168 198 228 25& 283 Caja •.••••.• , .•..••.....•.••. , ----- J 0.00 0.00 318 348 378 408 438 468 498 528 " 558' I 588, 618 648 678 708 738 768 798 828 858 888 PASIVO 918 948 978 1008 1938 1068 1~8 1128 1158 118S Acreedores Diversos $ 49,956.91 4 Capital Social ..... $ 50,000.00 1218 1248 1278 1308 1338 1368 1398 1428 14.58 '148J Pérdida Ejercicio 77/ IMPORTE: $ 500,000.00 .- 78 ••••........... 99,956.97 Capital Contable Negativo S TOTAL: $10,000,000 Todos los bonos cuya numeración aparece arriba ----- S 49,956.97 0.00 indicada deberán presentarse ~ara fU Cc;turQ G c¡nj. • partir del día 10. de enero de 1979. Por ••t.r el impQrt. de ellos a. la disposición de sus tenedores y pc¡¡r dejar de ganar mtereses desde esa misma fecha. El Liquidador, Armand Brunel. M,xico, D. F., a 28 de diciembre d. 1978. 22 enero; 2 '!I 12 f •.brero. Por el BANCOB. C. H. Institución de Banca Múltipl. Jo~e Gareía Granadoa, JNDtJSTRIAI PURINA, S. A. DE C. V. Sub-DIrector de Operaciones. Rafael Bretón Vera, Sub-Gerente de Custodia. AVISO A LOS ACCIONISTAS Por la COMISION NACIONAL BANCUJA La Asamblea General Ordinaria Anual de Accionis• y DE SEGUROS tal' de lndUitrias purina. S. A. de C. V., celebrada el folía 20 de d,ici,mbre de 1978, acordó que de las utili• Guillermo Vltse, ,~t,yc dades obtenidas por la Sociedad en el ejercicio social InSPCFctor. q"" ltrl1lilló .1 jI) de I,ptilmbro <le 1978, se paKUe un .~)- flivjltl. ... DQVdtA ~ntl.vos mc;tPeda naciouü, ~
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    36 DIARIO OFICIAL Lunes 22 de enero de 1979 • cada acción de las que forman e.l capital social actual ORDEN DEL DIA de la compañía. 1. Informe del Consejo de Administración. Igualmente, decidió que el dividendo decretado se liquide en tres pagos iguales de treinta centavos mo• 2. Informe del Comisario. neda nacional cada uno, los días 31 de enero, 30 de mayo y 28 de septiembre de 1979, contra la entrega 3. Lectura y discusión y en su caso, aprobación o mo• de los cupones 1, 2' Y 3, respectivamente, de las ac• dificación del Balance por el Ejercicio Social que ciones en circulación. terminó el día 31 de octubre de 1978. El primer pago se efectuará a partir del día 31 de 4. Resolución acerca de emolumentos de miembros del enero de 1979, contra la entrega del cupón No. 1 de Consejo de Administración y de Comisario. las acciones mencionadas para los accionistas del área metropolitana en las oficinas del Multibanco Comer• S. Elección de miembros del Consejo de Administra• mex, S. A., en la Caja de Valores ubicada en Uru• ción y de Comisario. guay 55, México 1, D. F. Los accionistas radicados en provincia podrán efectuar su cobro en las "oficinas 6. Resolución acerca de aumento del capital social principales de áre,a" que Multibanco Comermex, S. A., y, en su caso, la adopción de las resoluciones co• tiene en las princIpales ciudades de la República. nexas con el aumento. Se retendrá el impuesto sobre la renta que corres• 7. Asuntos Generales que sean sometidos a la consi• pon/:aconform@ a la Ley. deración de la Asamblea, relacionados con los pun• tos anteriores. México, D. F., enero 12 de 1979. Se recuerda a los señores Accionistas que para CONSEJO DE ADMINISTRACION tener derecho de asistir a la Asamblea deberán depo• sitar los títulos de sus acciones antlls de la hora fi• John C. Langley. jada para la Asamblea, con el Secretario de la Socie• Secretario Tesorero. dad o en cualquier Institución de Crédito dentro o fue• l/. enero. (R.-49) ra del país, recabando en este último caso un certi• ficado de depósito que exprese que las acciones no serán devueltas sino con posterioridad a la fecha de: la Asamblea o contra entrega del certificado del depó• CONVOCATORIA sito mismo. México, D. F., a 3 de enero de 1979. convoca a los Accionistas de Metales de Calidad, ~e S. A., para la celebración de una Asamblea Ordinaria METALES DE CALIDAD, S. A. y Extraordinaria de Accionistas de dicha Sociedad que, deberá tener lugar a las 16 horas del día 31 de enero Héctor Garza Larumbe. de 1979, en el domicilio social ubicado en la calle de Secretario. Fray Servando Teresa de Mier Nos. 438 y 440 de esta ciudad de México, D. F., conforme al siguiente; 22 enero. (R.-50) '!ONVOCATORIA PARA REMATE Ji las once horas del día 24 de enero de mil nove cientos setenta y nueve, se rematarán al mejor postor en el domicilio de Dr. Lucio No. 204, Colonia Doctore s de esta ciudad. los bienes que abajo se Hstan y que se encuentran en las bodegas de esta oficina, ubicada s en Sadi Camot No. 19, Col. San Rafael y en Institu· to Politécnico Nacional No. 5132, sirviendo de base la s cantidades que en cada caso se menciona, única• meute se admitirán las posturas hasta las 14:00 hor as del día anterior al Remate. Las personas interesadas en adquirir dichos bien es deberán presentar las posturas con los Certificados de Depósito expedidos por la Nacional Financiera, S. A. garantizando el 10% del importe de la Base de Remate. Los escritos deberán contener los siguientes dato s: Nacionalidad actual, nombre completo, edad, núme• ro de Registro Federal de Causantes, capacidad legal, estado civil, ocupación, domicilio y cantidad que ofrez.. can por los bienes objeto del Remate. ~~GUNDA ALMUN~DA nase oel rosmra Expediente.-Bimestre.-CRdito.-Importe.-Deudow Remate Legal 18-8548 60172, 40n3, 10., 20., 30. 50. 60J74, 10., 20'.' 30./75.-4138498, 4138399, 4104124, 418286, 4224047, 4308600, 4,,61969.-5022138.- j $ 572,512.55.-Bodega.-5adi Camot No. 19. TEJIDOS DORIAN, S. A. Una máquina para tejidos Mca. Mihios Emitting Machaine serie 8725-14Pl, Mod. Mis. 1958 con dos partes porta• cono separado, con motor acoplado serie 58156488 de un caballo trifásico, incompleto circular. Una máquina para tejidos marca Builtby Supreme KTG Mach. No. 400 con_j)ortacono separado, motor acoplado .. NG. ¡gUI. di I/j H. 1.. ~mplíta. oúW1ar.
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    ..... Lunes 22 de enero de 1979 DIARIO OFICIAL _de) Expediente.-Bimestre.-Crédito.-Importe.-Deudor Dos escritorios de madera de cuatro y seis cajones, aJ,icrtos, vacíos y sin llaves, W10 de ellos en mal estado. Un sillón giratorio marca 8YMA secretarial color ver4e. Tres rollos de papel tapiz estampado varios colores y ~ Un estantero de madera caoba con medidas aproximadas do 1.90 de alto x 2.10 mts. de ancho 14 cajones, complelnea• to separado de tres cajones, cuatro persianas 's.pafa4M. Una mesa de madera para corte con mediQs aproxiIotdJs de 2.40 de largo x 0.75 clns. de anch9. Un tambor de lámina de 200 litros conteniendo 100 litrOil aproximados de aceite. Una puerta metálica con chapa y lOS Vlanos rotCjlS. Un coche color negro modelo 1964, 4 puertts serie 1633846 motor 8143128214, placas GGM-792, vidrio delantero ... trellado, sin radio, sin refacción y con golpes en la ca. rrocería ......................... ,................ . .....• 116~ B07-12~38 10. 10/16, 20. 20176, 30176J 40. 40/76. So. 50/16.1 6o/721u.1oJ77. 10/77, 30/77.-790024308, 790024233, 790024.166 7~2427S, 6934672, 79OO24234Á 60085861{ 70004300, 600356056, 70(107541, 790044318, 7000781118, 700149 .-$ 668,021.32. VIDRIERA AUTOMOTRIZ NACIONAL. S. A, 5 escntorios de diferentes modelos y tamaños de rn,~.l .. buenas condiciones. Una armazón tipo escritorio de vidrio colQr verde. Un escritorio incompleto de madera. Una máquina de contabilidad marca Monree. Una máquina calculadora marca Monroe. Una máquina ejecutiva I. B. M. eléctrica. Dos sillas giratorias y un sillón forro Q4lfé en ~ ...,.. Una lijadora con motor acoplado nÚlllero 17782. Una pulidora con motor acoplado número 5608. 2 prensas manuales. an~raniadas. y café de rQdillos, la se encuentra a la IntemperIe, una de madera y otra c:at. de metal. 3 prensas para ensambles de fierro para enderezamiento eJe vidrio dos verticales y una horizontal coh No. de rnotor 64061666 de H. P. 1/2 General Electric y 506370 8iernens y_ la horizontal marca Men 1O-1642~. Lanchsinver No. 72615. 8 motores con marcas Men No. 14-Ol-001 sin m~J~Q. 81657603, Men, No. 10-15-11009, M4tl No. SPE 70400N, Men No. 11-1010130-012 sin marca No. 2484, Mm, No. 110031-12 todos eléctricos. Un baflo marca Radson color 1l'Í•• Tres transmisiones una marca Risp No. 7~1 otra sin ca ni No. y otra marca Evisa No. 1038. m. Dos motores para bomba de agua, una marca BerÜQ No. 2449235 y otro marca Man No. 11-0115902. Una cadena de transmisión para hornos- Diez bases para cristales automotrices de COlor nataofa , de metat.
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    '38 DIARIO OFICIAL LlUles 22 de enero de 1979 Expediente.-BJmestre.-crédito.-Importe.-Deudor Diez bases de madera para cristales de automóviles. " Una mesa con plataforma con tela de alambro. 3 mesas para cortes de vidrio color azul de madera interior grande. Una mesa para corte de vidrio con madera interior grande.. Una mesa de solera con alfombra de plataforma interior. 2 tinas de lámina color azul con bomba de agua acopladas color narll;Ilja. 3 autoclaves de calefacción de presión diámetro de UD J.Deo tro aproximadamente c/u. I 3 carros para transporte de vidrio manuales interior de metaL 9 carros para transporte de hornos. Una caja grande para desecho de vidrio es de metal. Una tubería con 4 llaves color amarillo para quemador. Dos mesas para transporte de vidrio de madera, las mesas con ruedas chicas. Dos bases para cristales horizontal color naranja. 112-5490 40/77.-700266847.--$ 2,073.98. Bodega.-Sadi Camot CORPORACION TEC. SERVS. S. A. Una máquina. calculadora eléctrIca marca Ramson Bosicom 141-P sene MNOP 48043, con cable ....... Oo. . . . . . . . . . . . . . . . . 2.000.00 1.,333.34 B07-11982 10/76..-790034214.-$ 39,46027. Bodega.-Sadi Carnol. PROYECTOS y REALIZACIONES, S. A. Una máquina de escribir eléctrica 'marca Olivetti Tekne 4 No. 6569627 con cable en buen estado. Una máquina dlvisuma 26, Olivetti No. A835276 con cable ea buen estado ....................................... e,e • • • • • • • 8,400.00 TERCERA AUMONEDA 19-9613 loI7Q.-6221555.-$13,04853. Bodega.-I. P. N. PURIFICACION UNIVERSAL, S. A. TIna camioneta marca Renault, color azul cielo placas 401·AJA Reg. 2454185 serie 5030128 motor M8278 tipo vagoneta 4 puertas. Una camIOneta marca Renault, color azul, placas 407.AJA. serie 5030116, Reg. 2454173 motor MOS266 tipo vagoneta. 32,000.00 21,333.34 LO QUE SE PUBLICA EN SOLICITUD DE POSTO RES. México. D. F•• a 8 de enero de 1979. El Jefe de la Oficina, Lic. Juan Manue] Amador LeaL AAU·S41111
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    tupa.. ti. .. ,!JI. lfl9.. 'IAIIB"o",II' ~ 'S! 1lAN'X) NACIONAL DE CREDITO RURAL, S. A. INSTRUMENTOS BRISTOL. S. A., lasti~ de llepf,tsito, Aberro, Finaneiera y Fiduciaria CONVOCATORIA AVISO Por acuerdo del Consejo de Administraefén, se eon• Se hace ~I conocimiento de los tenedores de Bo• voca a una Asamblea General Ordinaria de Ácci!;)nistas nos Financieros emltidos per esta Institución que el de Ill!>trumentos Bti$tol, S. A., ql;le tendrá lugar a las próxlIbo día 31 de enero 4ie 1979, a las 9:30 horas, ten- 1?:30 ho~as del dIa 20 4e felmero de 197~ en las ofi• 4rá lugar en n_tra. elicinas u~ícadas eh Chilpan• clnas uBicadas eh Avemda Paseo de la Aetorrtla No. cÍllgQ No. 70, P. B., México 11 D. F., el sexto sorteo de 19~, piso 16, Colonia Cuauhtémoc, Méxice S, D. F., la Bonos Financieros "BAN1UJRÁL", serie "A". .cual s.: sujetará al siguiente M~"i D. P., a 11 de enere de 1'7'. ORDEN DEL DIA: 22 en~o. (R.-65) 1. Informe del Consejo de Administraelon respecte a las actividades desarrolladas por la sgeledad BAm:A CÓNFIA, S. A. durante el ejerCH;io social que concluyó el 30 de Institudón de BauI;a Múltiple septiembre de 1978; AVI,e A LOS TENEDORES DE BONOS 11. Present$eién, discusión y, en su caso, apfobaeién , FINANGIBlilG& o modifieadén del balanee general y estado de resultases de la Sociedad por el ejercicir;> s~cial !1 lHa 1,. te f~'Ilnt ¡¡le 1979, a la~ 10:00 horas comprendide del 10. de !;)duere de 1977 al 39 de A. ~., s~ llevará a C¡¡09 en nuestras oficinas ubica• septiemare de 1978, previo infurme del Comisaria; das ~ ~ídde~ Ne. 31t MeUanifie¡ de esta ciudad, el en su caso, ferma de aplicación de resultadas; Sorteo NQveb.o de nuestros BonOs Financieros Serie "R".' , 111. Resolución sobre la remuneracién a los miem• bros del Consejo de AdmmlstraCÍón y Comlsano lbt. 80rtw será presiditlapor el C. Inspeetot que de la Sociedad durante el ejercicio social que desiítie la Comisión Naci(fflal Bancaria y de Seguros. <concluyó el 30 de septIembre de 1978; Atentamente. IV. Designación de los miembros del Conse.jo de Ad• mmistración, Comisario y demás funcionarios de M~~yljl, .p. F., enero 15 de 1979. ia Sociedad; y BANGA CONFIA, S. A. V. Cualquier otro asunto relacionado con los an• Institución de Banca Múltiple teriores. ])eo~..!e Valores, Se recuerda a los señores accionistas que para ,te• lila. lo Zavala G. ner derecho a asistir a la asamblea de referencia, de• 22 eáefe. (R.-Il) berán depositar en las oficinas antes señaladas. cuando menos con un dla de anticipación a la fecha señalada para su celebración, sus títulos de accIOnlts o las cons• tancias de depósito de los mismos, expedidas por una BANl'Ats, S. A. institución de crédito nacional o extranjera y contra IDStitución de Banca Múltiple entresa ya sea ~e sus títulos de acciones o constancias de dépósito, se les expedirán tarjetas de admIsión para ordinaria por sort~, acreditar su detech6 y asIstir a dicha asamblea. Insutgetites Sijí" 1443, México, D. F., a 15 de enero de 1979. . .Mltareb y ~ :l~;~~::~delaenero Comisión Na- H. de 1979, con C. P. Daniel lavala bonos hi:petecijrioli T ;c. Manuel Gatcfa Barragán M" SecretariQ• .-. $éJbi.iu ~ l· )tt!éllto, se y tución' que forma parte actualmente de el antes Da.a.- S. A. lnst¡- S. A. llenero (1t.-54) 1miJi6l '*rrA." Ne. J; grupo as; bonos bdnieros nCM_U .ti! 175,000; am~rtl!ación 51100,000.00. ~A&a8 AUTOMOTRICES. S. A. lO$ bl¡mos enUllletadas de.,~~rál1 pre~ntJlrs, pa-ra .. I.ticatt. 1 ~r ~l le. de reereto de 1'7', dejando de g~ar intettlt$. d-* till feelia. CONVOCATOIUA México, D. F., a 15 de enero de 1979. Por acuerdo del Consejo de AdministqtCIOn, se con• "'" .. Comisién Naelonal Banearia y de Seguros voea a una Asaml!Hea Oeh~ral Otdinaria et AceiOOistaa de Cables AUloDlilttites, S. Á., tIue téndri: Iu¡at. a !fts C. P. Daaiel ZavaIa Corfta, 16:30 hQras del día 20 de febrerE> ae 197~ en la~ Ofl• Inspector. cÍhas ubicadas en Avenida Paseo de la Aeferma. Ne. 199, piso 16, Colonia Cuauhtémoc, Mtxleo S,' D. P., la i-~ Por .ANPAIS, S. 1~ cual se sujetará al siguiente w.tlbleI~ d6 IllDea MÚltiple OR.DEN DEL DIA: Y_ _ lettble N...., AuxiUar de la Gerencia AdJiúnisttativa Contable l. Informe del Consejo de Administraeién sobre las actividades y operaciones llevadas a cabo por la Sociedad durante el ejercicio social ~JW)nindi40
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    40 DIARIO OPICrAL Lunes 22 de enero de 1979 del 10. de octubre de 1977 al 30 de septiembre de 1978; TT. Presentación, discusión y, en su caso, aprobación o modificación del balance general y estado de resultados de la Sociedad por el ejercicio social de la Sociedad que concluyó el 30 de septiem• bre de 1978, prevlO informe del Comisario; en su DIARIO ce OFIcw. caso, forma de aplicación de resultados; Direc:tor: IIl. Resolución sobre la remuneración a los miem• bros del Consejo de Admimstración y ComIsario LI~. RAFABL MURILLO VIDAL de la Sociedad durante el ejercicio social que concluyó el 30 de septiembre de 1978. AdmiDlstrador: IV. DesIgnación de miembros del Consejo de Admi• nistraCión, Comisario y demás funcionarios de la Lic. MARCO A. REVUELTAS RAMIREZ Sociedad; V. CualqUier otro asunto relacionado con los pun• Apartado Postal Núm. 1724 - México 1, D. F. tos anteriores que deset'n tratar los accionistas. Oficil1aa: General Prim 43 - México 6, D. F., Se recuerda a los señores accionistas que para te• ner derecho a asistir a la asamblea de referencia, de• Teléfonos: berán depositar en las oficinas antes señaladas. cuandQ menos con un día de anticipación a la fechrl señalada Dirección ••.• ~ .... .-. •••••••~ ••"....... 5-46-69-75 para su celebración, sus títulos de acciones p las cons• Administración ...... 5-35-41-77 tancias d.:: depósIto de los mIsmos, expedidas por un~ OH • ... • • .. • • • • • • institución de crédito nacional o extranjera y contra Informes .. , . . . • .. .. .. • • • • • • • • • ... • • • 5-35-49.59 entrega ya sea de sus títulos de acciones o constancias TARIFA DE SUSCRIPCIONES de depósito, se les expedirán tarjet'1s de admislón para acredItar su derecho y asistir a dicha asamblea. Para la República Mexicana y el Extranjero México, D. F., a 15 de: enero de 1979. 1 afio ........ ~....._ .. 6'... e. . . . . . . . fflIe • •; . . . ela .. I 180."" Lic. Manuel García Barra¡án M.• 6 meRI ......... e_e .. ~. . . . . . . . . . . . . . .-... ale.. .. .... " '. . Secretario. TARIFA DE INSERCIONES 22 enero. (R.-53) Linea ágata ...... "... en ........... ......... ___... .. , -. 5.00 Una plana completa •••• ' •• 2,000.00 H ••••••• INMOBILIARIA ACCO. S. A. PRECIO POR EJEMPLU Del dfa ......... r.;a . . . . . . . . . . ft• • • =- ••~ •••• I Ui CONVOCATORIA Atrasado 2.81 Con fundamento en el artículo 183 de la Lev Ge• neral de Sociedades Mercantiles, se convoca Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Inmo• a una C01UJ)'~IONES biliaria Acco, S. A., que tendrá lugar a las 18:30 horas del 20 de febrero de 1979 en las oficinas ubicadas en Cada orden de suscripci6n o inserci6n debe venir Avenida Paseo de la Reforma No. 199, Piso 16, Colo• acompañada de su importe. Los suscriptores o anun- nia Cuauhtémoc, México 5, D. F., la cual se sujetará ciantes FORANEOS podrán hacer sus pagos EXCLUSI• al siguiente VAMENTE por medio de VALES o GIROS POSTALES. ORDEN DEL OlA: a nombre de la "TESORERIA DE LA FEDERACIOltl... l. Informe del Administrador Unico sobre las ope- Los del DISTRITO FEDERAL efectuarán sus pagos en - ráciones y actividades de la sociedad llevadas a CHEQUE CERTIFICADO, CHEQUE DE CAJA o EfBC- cabo durante el ejercicio social comprendido del TIVO. ' 10. de octubre de 1977 al 30 de septiembre di" 1978; La suscripci6n entra en vigor a partir de la feclJa n. Presentación, 'discusión y en su caso, aprobación de expedici6n de nuestra orden de cobro, tomándose como base esta fecha para el término de dicha suscrip• o modificación del balance general y estado de resultados de la sociedad por el ejercicio social ción. En el entendido que será suspendida a su venci• terminado el 30 de septiembre de 1978, previo miento si no es renovada con antelación. informe dt'l Comisario; en su caso, forma de aplicación de resultados; Es requisito indIspensable, para efecto de public. JII. Resolución sobre la remuneración al Administra• ci6n, que los documentos sean remitidos en original , dor Uruco y Comisario de la sociedad; dos copias legibles. IV. Designación del Administrador Unico y Comisario de la sociedad; La reclamaci6n de eiemplares será atendida si se V. Cualquier otro asunto relacionado con los pun• recibe dentro de los ocho, quince V treinta días siguien• tos anteriores que deseen tratar los acciomstas. tes a la feoha del Diario reclamado según se trate res• Méxko, D. F., a 15 de enero de 1979. pectivamente, del Distrito Federal, del interior o del extranjero. Jng. Jaime Cory Calomlti, Administrador Urucú. En ningún caso se hará responsable la DirecciÓD do los errores originados por escritura incorrecta o con• (R.-56) fusa.
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    DIARIO'_ OFICIAL ORGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DE lOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS SEGUNDA SECCION Director: Lic. RAFAEL MURILLO VIDAL Registrado como articulo */ la. clase en el afio de t884 MEXICO, LUNES 22 DE ENERO DE 1979 TOMO CCCLlI No. 15 PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE LA REFORMA AGRARIA ACUERDO sobre 1nafectabilidad agrícola, relativo al blecen los Artículos 249, 250. 257 Párrafo Primero, 258 predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Muni• Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de Re• cipio de Reynosa, Tam. (Registrado con el núme• forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al ro 3641 l. 27 Y demás relatIvos del Reglamento de Inafectabili• dad Agrícola V Ganadera; de conformidad con lo dis• Al margen un sello con el Escudo Nacional, que puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons• dice. Estados Unidos Mexicanos.-Stcretaría de la Re• titUCIón Política de la República, 8 V 20. Transitorio forma Agraria. de la Lev Federal de Retorma Agraria, el suscrito Pre• sidente Constitucional de los Estados Unidos Mexica• VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad nos, tIene a bIen dictar el siguiente Agrícola, relatlvo al predio rústico "SIN NOMBRE", ubicado en el Mumcipio de Revnosa, Estado de Ta• ACUERDO: maulipas, propiedad del C. Gumersindo Morales Celestino; V PRIMERO -Se declara inafectable para los efec• tos de dotacion. ampliación o creación de Nuevos Cen• RESULTANDO PRIMERO.-Que el C. Gumersindo tros de PoblaCIón Ejidal, la superficie de 10-00-00 Has. Morales Celef.tino, en su caracter de propietario, por (DIEZ HECTAREAS¡ de riego, que mtegran el predio escrito de fecha 8 de noviembre de 1973, dmgido al rústico "SIN NOMBRE", ubicado en el Municipio de entonces Jete del Departamento de Asunto!' Agrarios Revnosa, Estado de Tamaulipas, propiedad de Gumer• y Colonización, hoy Secretario de la Reforma Agraria, sindo Morale!'> Celestino, con las colindanclas que se por conducto de la Delegación del Ramo en la citada indican en el primer Resultando. Entidad Federati'a, solicitó la declara tona de Inafec• tabilidad Agrícola y la expedicíÓjl del certificado res• SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de pectIvo para el predIo mencionado, el que tIene una Inafectabihdad de que se trata, sobreviniera al~uno superficie de 10-00-00 Has. de riego, dentro de las de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la siguientes colindancÍas: al Norte, propIedad de Deltino Lev Federal de Reforma Agraria. que pudiera perju• Gómez; al Sur, propiedad de Cruz de León; al Onente, dicar derechos sobre terrenos eiídales o comunales, se plOPledad de FrancIsco López, y al Poniente, pro• estará a lo dispuesto en dicho precepto jurídico. piedad de José A. Ayala. TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad• RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente quiere otro predio rustico por sucesión. sociedad con• acredItó !.u derecho de propIedad sobre el inmueble vugal, sociedad mercantil, copropiedad o cualquier otra de referencia, mediante copla fotostática certificada del forma legal, la Secretana de la Retorma Agraria prac• Contrato de Cesión de Derechos, celebrado ante el Ge• ticará las diligencias necesarias para señalar V deter• rente de ColonizacIón del Distrito de RIego del Bajo minar los excedentes de la pequeña propiedad inafec• Río San Juan, Estado de Tamaulipas, el 29 de junio table v destinarlos a satisfacer necesidades allrarias de 1960: inscrito bajo el número 226, Legajo 6, Sec• contonne a la Le'. ción lII, del Registro Público de la Propiedad de Ciu• dad Victoria, Tamaulipas, el 6 de julio de 1960; yacom• pañó los planos de Lev. CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad cesará en sus efectos automáticamente cuando su titular au• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge• torice, induzca, permita o personalmente siembre, cul• neral de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y Agrope• tive o coseche en su predio mariguana. amapola o cuaria V el Cuerpo Consultivo Agrario, realizados los cualquier otro estupefaciente. estudios . correspondientes V con base en la opinión reglamentaria emitida por la Delegación Agraria con fecha 10 de julio de 1974, llegaron a la conclusión d. QUINTO.-Publíquese el presente Acuerdo, por el que el predio referido por sus características, cons• Que se declara la InafectabiIidad Agrícola del predio tituve una auténtica pequeña propiedad agrícola en rústico "SIN NOMBRE", ubicado en e1 Munícipio de explotación. Revnosa, Estado de Tamaulipas, en el "Diario Dfio"j" de la Federación V en el Periódico Oficial del Go• CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en 'irtud de bierno del Estado referido, inscríbase en el Registro que han Q.uedado satisfechos los t«lwsitos Que esta- Aira.do Nacional- y expídase el certificado respectivo.
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    2 DIARIO OFICIAL Lunes 22 de enero (le 1.979 Dado en el Palacio del Poder Ejetutivo de,la Unión, lO-DO-DO Has. (DIEZ HECTAREAS) de titao teórico, en MéxICO, Distrito Federal, a los cuatro días del mes que mtegran el predio rústico "SIN NOMBRE", ubi• de dicieffiDre de mil novecientos setenta y ocho.-EI' cado en el MunicipiO de Río Bravo, Estado de Tamau• Presidente Constitucional de los Estados Umdos Me• lipas, propiedad de Eduardo Castillo Martínez, con xicanos, José López Portillo.-Rúbnca.-Cúmplase: El las colindancias que se indican en el primer Resul• Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo tando. Corro.-Rúbrica. ... SEGUNDO.-Si alamparo de la declaratoria de Inafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la ACUERDO sobre inafectabilidad agrícola, relativo a) Ley Federal de Reforma Agraria, que pudiera perju• predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Muni• dicar derechos sobre terrenos ejidales o comunales, se dpio de .Río Bravo, Tam. (Registrado con el nú• estará a lo dispuesto en dicho precepto jurídico. mero 3642). TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad· Al margen un sello con el Escudo Nacional, que quiere otro predio rústico por sucesión, sQch:daGl con• díce. Estados Unidos Mexicanos.-Secn:taría de la Re• yu¡;¡;al, sociedad mercantil, copropie(lad o cualqui.r otra forma Agraria. forma legal, la Secretaría de la Réforma Agraria l>1".C:~ ticará las diligencias necesarias para señalar y deter• VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad minar los excedentes de la pequeña propiedad mafec• Agrícola, relativo al predio rústlco "SIN NOMBRE", table y destinarlos a satisfacer necesidades agrarJ~~ ubIcado, en el MunicipIO de Río Bravo Estado de conforme' a la Ley. Tamaulipas, propiedad del C. Eduardo Castillo Mar• tínez; y CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad celiará en sus efectos automáticamente cuando su titular au• RESULTANDO_PRIMERO.~ue el C. Eduardo Cas• torice, induzca, permita o personalmente siembrci, cul• tillo Martínez, {ln -su carácter de propietario, por es• tive o coseche en su predio mariguana, amapola o crito sm fecha, dmgido al entonces Jefe del Depar• cualquier otro estupefaciente. tamento de. Asuntos Agrarios y ColOnización, hoy Se• cretario de la Reforma Agraria, por conducto de la QUINTO.-Pubüquese el presente Acuerdo por el Dele¡¡;ación del Rámo en la citada Entidad Federativa, que se declara la Inafectabilidad Agrícola deí preclio solicitó la ,declaratoria de Inafectablltdad Agrícola V rústico "SIN NOMBRE", ubicaqo en ~l Municipio de la expedición- del certificado respectivo para el predio Río Bravo, Estado de Tamaulipas, en el "Diario OU• mencionado, el que tiene una superÍlcle de 20-00-00 Has. cial" de la federación y en el Periódico Oficial del de temporal, eqUIvalentes a 10-00-00 Has. de riego teó• Gobierno del Estado referido, inscríbase en el Regis• neo, dentro de las siguienteli colindancla~: al Norte, tro Agrario Nacional y expídase el Certificado respec• proPIedad de Josefina Martínez de Polanco, al Sur, tivo. propIedad de Refugio Martínez Vda. de Castillo; al Este, prOPIedad de Guillermo Flores, y al Oeste, pro• Dado en el Palacio del Poder E jecutivQ de la Unión, piedad de Antonio Romo. en México, Distrito Eederal, a los cuatro días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y, ocho.-El RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente Presidente Constitucional de los E¡¡tados Unidos Me• acreditó su derecho de propiedad sobre el inmueble xicanos, Jalé López PortlUo.-Rúbrica.-Cúmplase: El de referencia, mediante copia certificada de la Escri• Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo tura Pública Núm. 52, Volumen I, de fecha 22 de sep~ Corro.-Rúbrica. tiembre de 1966, otorgada ante la fe del Lic. Feliciano Blanco Caballero, Notario Público con ejercicio en la Ciudad de V~ne Hermoso, Tam.; inscrita bajp el Núm. 5204, SecciQl) Primera, Legajo 105, del Registro Públi• - ACUERDO .obre JnafKtabWdad qríc:ola, relaUvo al co de la Pr:opiedad, el 2 de agosto de 1967; y acam« predio rú.tlc:o denominado La Coila, ublc:ado ... pañó los planos de Ley. el Municipio de Matamoro., Tam. (Re¡latradlJ &:Ola .1 número 3631). CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge• neral de Inlfectabilidad Agrícola, Ganadera V Agrope• Al margen un sello con el Escudo Nacional, que cuaria y el. Cuerpo Consultivo Agrario, realizados 105 dice. Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la R. estudios cotrespond¡entes y con base en la opinión forma Agraria. reglam,entarili- emItida por la Delegación Agraria con fecha 11 de,mayo de 1974, llegaron a la conclusión de VISTO para resolver el expediente de Inafecta'bilitlad que el prediQ referido por sus características, cons• Agrícola, relativo al predio rústico denominado "LA tituye um -auténtica pequeña propiedad agrícola en COSTA", ubicado en el Municipio de Mat.moros, explotación. . E,stado de Tantaulipas, propiedad del C, José Ló• pez Saldaña; y CONSIDERANDO SEGl}NDO.-Que en virtud de Que han q~dado satisfechos _los requisitos Que esta• RESULTANDO PRIMERO.-Que el C. José López blecen los Artículos 249, 250, 257 Párrafo Primero, 258 Saldaña, en su carácter de propietario, por escrito de Párrafo Primero, 353 V 354 de la Ley Federal de Re• fecha 15 de octubre de 1973, dirigido al entonces Jefe forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al del Departamento de Asunto. Agrario. V ColonizaciQJ¡, 27 Y demás relativos del Reglamento de lnafectabili• hoy Secretario de la Reforma Agraria, por conducto dad Agrícola V Ganadera; de conformidad con lo dis• de la Delegación del Ramo en la citada Entidad F. puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons• derativa, solicitó la declaratoria de Inafectabilidad titución Política de la República, 8 y 20. Transitorio Agrícola y la expedición del certificado respectivo para de la Lev Federal de Reforma Agraria, el suscrito Pre• el predIO mencionado, el que tiene una superficie de sidente Conlititucional de los Estados Unidos Mexica• 20-00-00 Has. de temporal equivalentes a 10-00-00 Hu. nos. tiene a ;Iien dictar el si~iente de riego teórico, dentro de las siwientes colitlllanci•• : al Norte, propiedad de Rodolfo Sauceda; al Sur, _prc> ACUERDO piedad de Héctor Cárdenas; al Este, pro])iedad de Pán· filo Amado Caballero de la F., y al Oeste, propiedad PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec• de Francisco de la Garza. tos de dotaéión, ampliación o creación de Nuevos Cen• tros de Población E jidal, la superficie de 20-00-00 Has. RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente (VEINtE HECTAREAS) de temporal. equivalentes a acreditó su derecllo de propiedad. IObre el iDmuebJ.
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    Lunes 22 de enero de 1979 DtARIO OFICIAL fU! s de referencia, mediante Escritura Pública de compra• ACUERDO sobre inafectabllidad agrícola, relativo al venta, número 1544, de fecha 22 de octubre de 1951, predio rústico denominado Barreales, ubicado en otorgada ante la fe del LIC. Martm Castro Marroqum, el MuniCIpio de Matamoros, Tam. (Registrado con Notario Público Número 32, con ejercicio en la Ciudad el número 3637). de Matamoros, Tamaulipas, inscrita balo el numelO 2564, Sección Pnmera, legajo 52, del RegIstro Públrco Al margen un sello con el Escudo Nacional, que de la Propiedad de Ciudad Victoria, Tamauhpa::., el 9 dice. E"lauOh Umdos MeXIcanos.-Secretaría de la Re• de marzo de 1952; y acompañó los planos de Ley. torma Agrm ¡a. CONSIDERANDO PRIMERO,-Que la DireCCIón Ge• VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad neral de Inafectabihdad Agrícola, Ganadera y Agrope• Agrícola, relativo al prediO rustiCO denommado "BA• cuaria y el Cuerpo Consultivo Agrano, realIzados los RREALES", ubicado en el Mumcipio de Matamoros, e5tudios correspondientes y con base en la opmion Estado de Tamaulipas, propiedad del C. Fsteban reglamentana emitlda por la DelegacIón Agraria con Btnaldes Portales; y fecha 30 de octubre de 1974, llegaron a la conclusíon de Que el prediO referido por sus caracterbtIcas, cons• RESULTANDO PRIMERO.-Que el C. Esteban Bena• tituye una auténtica pequeña propIedad agncola en vides Portales, en su carácter de propIetano, por es• explotación. cnto de techa 23 de octubre de 1973, dmgido al en• tonces Jete del Departamento de Asuntos Agrarios V CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de (olomzacIón, hoy Secretario de la Reiorma Agraria, que han quedado satisfechos los requiSItos que esta• por conducto de la Delegación del Ramo en la citada blecen los Artículos 249, 250, 257 Parrato Primero, 258 EntIdad FederatIva, solicitó la declaratoria de Inafec• Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de Re• tabdldad Ag:ricola v la expedición del certihcado res• forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al pectlvo para el predIO mencionado, el que tiene una 27 y demás relativos del Reglamento de lnafectabili• superhCllt de 5-UO-00 Has de nego, dentro de las SI• dad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo ws• gUIentes cohndanCIas: al Norte, propiedad de Salva• puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons• dor Munllo; al Sur, propiedad de Juan Angel Gaona; titución Política de la República, 8 y 20. TransÍtono al Este, eildo Pacheco, y al Oeste, propiedad de Ro• de la Ley Federal de Reforma Agraria, el suscnto Pre• ~ario Fragoso. sidente Constitucional de los Estados Umdos MeXIca• nos. tiene a bien dIctar el siguiente RESULTANDO SEGUNDO.-Que el promovente acredItó su derecho de propiedad sobre el inmueble ACUERDO: de referenCIa, medIante copia certIficada de la Escri• tura Pública número 89 de fecha 8 de septiembre de PRIMERO.-Se declara inafectable para los efeG• 1973, otorgada ante la fe del LIC. Modesto Pérez Váz• tos de dotación, ampliación o creaCIón de Nuevos Cen• quez, Notario Público número 109 con ejercicio en Ma• tros de Población E jidal, la superficie de 20-00-00 Has. tamoros, Tam.; inscrita bajo el número 8275, Legajo 170, (VEINTE HECTAREAS) de temporal, equivalentes a SecClOn 1, del RegIstro Publico de la Propiedad de 10-00-00 Has (DIEZ HECTAREAS) de nego teórico, que Ciudad Victoria, Tam., el 15 de octubre de 1973; y integran el predio rústico denommado "LA COSTA", ¡;'compañó los planos de Le'. ubicado en el Municipio de Matamoros, Estado de Ta. maulipas, propIedad de José López Saldaña, con las colindancias que se indican en el pnmer Resultando. CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la DIrección Ge• neral de Inafectabihdad Agrícola, Ganadera V Agrope• SEGUNDO.-Sl al amparo de la declaratoria de cuana y el Cuerpo Consulúvo Agrano, realIzad05 los Inafectabihdad de que se trata, sobreviniera alguno estudIOS correspondIentes y con base en la oplmón de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la reglamentaria emitida por la Delegación Agraria con Lev Federal de Reforma Agraria, que pudiera periu• fecha 21 de octubre de 1974, llegaron a la conclusión de dicar derechos sobre terrenos ejidales o comunales, se que el predio refendo por sus características, cons• estará a lo dispuesto en dicho precepto iurídico. tituye una auténtica pequeña propIedad agrícnla en explotación. TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad• ouiere !ltro predio rústico por sucesión, sociedad con• CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de yugal, sociedad mercantil, copropiedad o cualquier otra que han quedado satisfechos los requisitos que esta• forma legal, la Secretaría de la Reforma Agraria prac• blecen los Artículos 249 250, 257 Párrafo Pnmero, 258 ticará las diligencias necesarias para señalar y deter• Párrafo Primero, 353 y 354 de la Lev Federal de Re• minar los excedentes de la pequeña proPIedad inafec• forma Agraria, así como los Artículos 6, 9, 13, 21 al table y destinarlos a satisfacer necesidades agrarias 27 y demás relatIVOS del Reglamento de Inafectabili• conforme a la Ley. dad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo dis• puesto por los Artículos 27 Fracción XV de la Cons• CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad cesará titución Política de la República, 8 V 20. Transitorio en sus efectos automáticamente cuando su titular au• de la Ley Federal de Reforma Agraria, el suscrito Pre• torice, induzca, pennita o personalmente siembre, cul• sidente ConstItucional de los Es-tados Unidos Mexlca• tive o c05ieche en su predio mariguana, amapola o nos, tiene a bien dIctar el sigUIente cualquier otro tlStupefaciente. ACUERDO: QUINTO.-Publíquese el presente Acuerdo, por el que se declara la Inafectabilidad Agrícola del predio PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec• rústico denominado "LA COSTA", ubicado en el Mu• tos de dotación, ampliación o creación de Nuevos Cen• nicipio de Matamoros, Estado de Tamaulipas, en el tros de Población Ejidal, la supertlCle de 5-00-00 Has• "Diario Oficial" de la Federación v en el Periódico (CINCO HECTAREAS) de nego, que integlan el pre• Oficial del Gobierno del Estado referido, inscríbase en dio rústico denominado "BARREALES". ubicado en el Registro Agrario Nacional y expídase el certificado el Municipio de Matamoros, Estado de TamaulIpds, respectivo. propiedad de Esteban Benavides POlj;ales, con las ca• lindancias que '3e inrlican en el primer Resultando Dado en el Palacio del Poder Eiecutivo de la Unión. en México, Distrito Federal. a los cuatro dias del mes SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de de diciembre de mil novecientos setenta v ocho.-EI Inafectabilidad de que se trata, sobrevimera alguno Presidente Constitucional de los Estados Unidos Me• de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la xicanos. José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Lev Federal de Reforma Agraria. que pudiera periu• Secretario de la Reforma Agraria. Antonio Toledo dicar derechos sobre terrenos eildales o comunales, ::.e Cerro.-Rúbrica. Ad°.rá a 10 dispuesto en dicho nrecento ¡urídico_
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    DIARIO OFICIAL ,Lunes22 de enero de 1979 ¡ pi ...... TE.RCERO.-Si· 'el beneficiario posteriormente ad· cabo, el 19 de noviembre de 1~75, en la que se com• Quiere otro predio rústico por suceSIón,' socIedad con• probo legalmente la procedenCIa para la privación de tllgal, sQciedad .ijtercanbJ. copropIedad ó cualqUIer otra derechos aglanos· a los ejldatarios propue!.t0s· do f?l'ma legal,·la.'S~aría-"4e}a Reforma AgrarIa prac• contormidad con lo dIspuesto por los Artículos' 42ti tI<;lnt 'I/,lB .t1jhgeJlCil:~~es,ar'$s para señalar y deter• 430 y. demás relatIvos de la Ley Federal de Reforma mlft~r lbs ·ex~de!ltéS~·d~ la' pequeña' pr:opIeda4 inaíec• Agraria. La ComIsIón, Agrana Mixta OpInÓ que es t,ble y destmarlo'S a satISfacer necesIdades agrarias pt ocedente la pnvaClOn de sus derechos agrarios a conforme a la Ley. los t'Jldat<trIos que se señalan, y el reconocimIento qu~ propone la Asamblea General ExtraordInaria de . CUART(),":"EI'CfrtificilttO de Inafectabilidad cesará EJldatanos. tn sús 'efectos autOmádCáínente cuando su titular au• torice; induzca, permitá () personalmente siembre cul• RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo tive o.' coseche 'en 'S.u; t?Fe'diO manguana, amap¿la o fue ! Li,lldUO a la ::'ecreLdlla ue la "ewrma tigra• cualquIer otro' estUpefaClimt-e; , . -- ... na, DlIeCC¡Ón General de Derechos Agranos la que hizó una revisión. del mismo, y c~mprobó la Íegalidad de ,~....'.. fJUlNTO.--::..PubJiGJ.ue!re ·el 'J;lresente Acuerdo, por el ~as notIÍlcacIOnes y ... onstanClas presentadas en este que se declara la, Inaf~tahilldad Agrícola del predIo JUICIO; por lo que se turnó al Vocal ConsultIVO Agra':' rústica denominado "BARREALES", ubicado en el Mu• no correspOnQle~te, _con la opImón de 'que tuera apro• nicipio Be· Matamoros, Estado. de TamaulIpas, en el bado por estar IlltegradQ correctamente; quien a su "Diario Oficial": -de. la' Fcder~ción y en el Penódico vezLPor haberlo encontrado ajustado al procedImIento Oficial del Gobierno del Estado reterido, inscríbase en de ,ey, lo sOJ?1eti(> a la cOllSlderacIón del Cuerpo Con. el Registr-o .Agrario ':NaCIóiiáf y expídase el certüicado Sultlvo Agraflo, el. que emitió y aprobó dictamen eu r~$p'ectivo seSlOn cetebraua el 1,) ue U1cle~ble úe l~n; y , d)adoen'e! Palacio del POder Ejecutivo de la Unión, . CqNS~DERANDO PRIMERO.-Que el presente' jui• en M~ico. Distritn Federal,.a Jos cuatro días del mes CIO pnvatI~o se ha seguido de acuerdo COn los tra• de 4iciembre de ImJ: f'lowcientos setenta y ocho.-El mIte~ prevI~tos en los Artículos 426, 429, 43U, 431, V Presidente Constitucional c;!e. ;los Estados Umdos Me• demas re!atlvos de la Ley,Federal de Retol Il1~ Ai ra - XIcanos" JQsé Lop~:{ .Bor.tiUp''7'''Rúbnca.-Cúmplase; El na, hablendose comprobado por las co¡:¡stanciab que S~cri!tariQ . de 11: Reforma .grana, Antonio Toledo .... Corro.-;-RÚbrjca. '. obl an en antecedentes, que lo>. ejidatarios han lllGU• rndo en 1ft C<;1U!>a de pllvaclón de dereCHO!> agrarIOs , " a que Se reÍlere el Al tículo SS FraCCIón l. de la pro• pI.1 Ley, por naber aDanuunado eJ cultIVO pc¡'sonaJ de RÉsbúrcION' 'obl'e~ íirlvai.~~ de derechos agrarto. las. umdades de dotación por más de dos años conse• y nuevas adjudicaciones (fe unidades de dotaclón cutIVOS; que quedaron oportunamente notIfIcados los y cont'lrmaciÓJJ-delterec:hQS agrarios. en el ejido epdatarios sUJetos, a iUlc!o; y qu~, tlna1mente, se ~i. del poblado d~OQl,n340 Ziracuarenpll'o, Munici· gu!eron Jos po<,tenore!> tramite~ le~ale~. es prucedeme pio de Villa !l9relQs,.lñch. (Registrada con el nú• pnvarlos de sus derechos agrari,os. mero 3619). _ CONSIDE~ANDO SEG~NDO.-Que 'los campesino. un sello .can el E~cudo Nacional. gue Al m~rieri dice: Estadu¡ Unidos MexicaÍlos.-Secretaría de la Re• sena lados, segun constanCIas que corren agregadas al expcUJeUle, l1an vellIdo c-ultIvanúo las umaade!> de da• forma A~arla. tación por más de dos años ininterrumpIdos; y hablén• d?se propuesto el reconocimiento de sus derechos .aira. l1$rO para resolver el expediente relativo a la pri- nos por la Asamblea General Extraordinaria de Ejida. . v¡¡cion. 4e derechos a¡ranos y' nuevas adjudIcacio• tarios, celebrada el 30 de julio de 1975 de, acuerdo nes de unid,,'des. 9'- dl?~ación y confirmación de con Jo dispuesto por los articulo s 72 frac¿IOnes 1 y 111' derechos agrarios, en el ejidO de; poblado deno· 200 Y demás aplicables de la misma Ley, procede recó. mm3do "ZIRA~YARENDIRO", Municipio de Villa noc7r sus derechos agra~ios; y con fundamento en el ~ MQrelQsi Q"l' EitaQO -de .Mi9hoacán; y ArtICulo 69 de la menCIOnada Ley. expedir sus C~· tificados correspondientes. ' ..1liStJl.TANDQ PIUMERO.-Consta en el. expedien.. Por ~o expuesto y con, fuñdamento en los Artículol t4t la, seiW.lda cony~ato~i~ de tecüa 22 de junio de ya menCIOnados, de la -Ley Federal d~ Reforma A.ra- 1975. para la ASIIIllblea G'!Deial Extraordinaria de E ji. ria, se resuelve: . ••ta(lo.. relati"a • li privación de derechos agrarios, PRIMERO.-Se decreta la privaci6n de derechC)l ~n eontra de IQs' ejia~tar!os que se CItan en el puutp re!iol~tivo' d~ 'eS:ta ResolUCIón, por haber aban· agranos, en el ejido del poblado denominado "ZIRA· donado ~l cultivo. personal. de las uTIldades de dota· CUARENDIRO", Municipio de Villa Morelos, del Esta· ción por más de dos años consecutivos; asamblea que do de Míchoacán, por haber abandonado el cultivo tuvo verificativo el 30 de julio de 1975, en la que personal de las unidades de dotación por más de dos 6e propuso reconocer derechos agrarios y ad Judlcar años consecutivos a los CC. l.~Eduardo Mendoza~ 2.. las unidades de dotactQU de. referencia, a los campe· -Lorenza León, 3.-Othon Ortiz, 4.-JesÚs Ortiz, ' . • sinos que las han venido cultivando por más de dos Donaciano Mendoza, 6. -Vicente Becerra. 7. -Clemente años ininterrumpido.. y qqe, se indican en el segundo Barrera, B.-Pedro Barrera y 9.-Belem Barrera. punto resolutivo, y se confirmen los derechos agrarios de ~ ejldatarioll' del ceusQ básico, beneficiados en la l.efolue!Ón P.residenciaI ck ,dotación de ejido ¡de fecha SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y st l' 'de e(lerO de 19,w¡: puJ>lI~ada en el "Diario Oficial" adjudican lai unidades de· dotación de referencia; pot :de la. Federación e~ 19: de noviembre de 1941'- quienes venirlas cultivando por más de dos atos ininterrum• s. encuerltran .,n,1_ ~~tuaHdad cultivando sus unida. pidos, en el ejido del poblado de "ZIRACUARBNDI· Iiles de dotación y que se indican en el tercer punto RO", Municipio de Villa Morelos, del Estado de Mi• .n!$Olutivo de, la .preseIlte·Resolución. choacán, 'a los CC. l.-Leopoldo Menc;!ozl, 2.-Baltazar SanguIano, 3.-Eliseo Caria, 4.-Gonzalo Rodríguez, S. lESULTANDO. SEGUNDO.-La documentación .1 ~Francisco León, 6.-Guillermina Cancino, 7.-Contado ",rnltió a la Comisión Agrarla Mixta y, dicho Orga• Escobedo,8 -Adalberto Mendoza y 9.-Guillermo Men• nismo, notificó el, 28 do octubre de 1975, a 10ll eji· doza; consecuentemente, expídanse sus corre5pondhm• "~rlO!l ,fect.dosJ para q1,le comparecieran a la Au· te. Certificados de Derechos Agrario•. que los acrec¡Uto clitncia de Prueba. Y Alegatos; mIsma QJII. • llevó a como eiidatarios del Doblado de que se trata.
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    - Lunes 22de enero de 1979· DIARIO OPICIAJ; - T ERCERO.-Se confirman los derechos agrarios de 8 ejidatarios del censo básico, beneficiados en la Re• solución Presidencial de dotación de ejido de fecha de junio de 1975, en la que se comprobó legalmen• te la procedencia para la privación de derechos agra• nos a los ejidatanos propuestos; de conformidad con I lB de enero de 1939, y publicada en el "Diario Oficial" lo dispuesto por los artículos 426, 430 Y demás re• de la Federación el 19 de noviembre de 1941, quienes lativos de la Ley Federal de Retorma Agraria. La C(» se encuentran en la actualidad cultivando sus unida• miSIón Agraria Mixta opin<,} 'lue. es procedente la pn· des de dotación, a los CC. 1. -Agustín León, 2. -Gua• vaClón de sus derechos agranos-a los ejidatarios que dalupe Espino, 3.-Teódulo Mendoza, 4.-Agustín Co• ~e señalan, y el reconocimiento que propone la Asam• ria, S.-Juan Mendoza, 6.-Martín León, 7.-Carlos Co• blea General Extraordinaria de Eiidatarios. ria y B.-Salvador Ortiz; en el ejido del poblado deno• mmado "ZIRACUARENDlRO", Municipio de Villa Mo• RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo relos, del Estado de Michoacán consecuentemente. ex• fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agra• pídanse a sus nombres los correspondientes Certifica• ria, Dirección General de Dert;ehos Agrarios, la que hizo dos de Derechos Agrarios que los acrediten como eji• una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de datarios del poblado de que se trata. las notificaciones V constanoias presentadas en este juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• CUARTO.-Publíquese esta Resolución, relativa a rio conespondiente, con la opinión de que fuera apro• la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica. bado por estar integrado correctamente, quien a su ciones de unidades de dotación V confirmación de de• vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimien· rechos agrarios en el ejido del poblado de "ZIRACUA• ti) de Ley, lo sometió a ta consideración del Cuerpo RENDIRO', Municipio de Villa Morelos, del Estado de Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó dictamen Michoacán, en el "Diario Oficial" de la Federación y en en sesión celebrada el 30 de mayo de 1978; y el Periódico Oficial del Gobierno de esa Entidad Fe• derativa; inscribase y háganse las anotaciones corres· CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• pondientes en el Registro Agrario Nacional; notir. cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá· quese y ejecútese. mites previstos en los artículos 426, 429, 430, 431, Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• Dada en el Palacio del Poder Eiecutiv,o de la ria; habiéndose comprobado, por las constancias que Unión, en México, Distrito Federal, a los cuatro días obran en antecedentes, que los ejidatarios han incurri• del mes de diciembre de, mil novecientos seten• do en la causa de privación de derechos agrarios a ta y ocho.-El Presidente Constitucional de los Es• que se refiere el Artículo 85' 'Fricción 1, de la propia. tados Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica. Ley, por haber abandonado el cultivo personal de las -Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, An• unidades de dotación por más de dos años consecu• tonio Toledo Corro.-Rúbrica. tIVOS; que quedaron oportunamente notificados los eji. - dataríos sujetos a juicio; y que, finalmente, se SIgUIe• ron los posteriores trámites legales, es procedente pri• varlos de sus derechos agrariós., llESOLUCION sobre privación de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones de unidades de dotación y CONSIDERANDO SEGUNDO -Que los campesinos confirmación de derechos agrarios, en el ejido del señalados, según constancias que' corren agregadas al poblado denominado Cutlo, Municipio de Churumu· expediente, han venido cultivando las unidades de do• co, Mich. (Registrada con el número 3620). tación por más de dos a110s Inmterrumpidos; y ha· biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos Al margen un sello con el Escudo Nacional que agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• Ejidatarios, celebrada el 2 de mayo de 1975, de forma Agraria. acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 Fraccio• ciones 1 y IlI, 200 y demás aplicables de la misma VISTO .para resolver el expediente relativo a la pri• Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; V con vaCIón de derechos agrarios y nuevas adjudica• fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, ciones de unidades de dotación y confirmaCión de expedir sus Certificados correspondientes. derechos agrarios, en el ejido del poblado denomi- nado "CUTIO", Municipio de Churumuco, del Esta• Por lo expuesto y con fundamento en los ArUeu. do de Michoacán; y los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra• ria, se resuelve: RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• te la segunda convocatoria de fecha 24 de abril PRIMERO.-Se decreta la privaCión de derechos de 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de agrarios, en el ejido del poblado denominado "CUT!(y', Ejidatarios, relativa a la privación de derechos agra• Municipio de Churumuco, del Estado de Michoacán, rios en contra de los ejidatarios que se citan en el por haber abandonado el cultivo personal de las uni• primer punto resolutivo de esta Resolución por haber dades de dotación por más de dos años consecutivos, abandonado el cultivo personal de las unidádes de do• a los CC.: l.-José Rivera, 2.-Isidro Rivera, 3.-Fausti• tación por más de dos años consecutivos; asamblea que no Reyes, 4.-0dilón Reyes, S.-Francisco Calderón y tuvo verificativo el 2 de ma~o de 1975, en la que se 6. -Concepción García. pr,?puso reconocer derechos agrarios V ad judicar las umdades de dot~ción de. referencia, a los campesinos SEGUNDO.-Se reconocen derechos aQrafÍns v 'ie que las han vemdo cultivando por más de dos años adjudican las unidades de dotación de referencia par ínínte~mpidos, y q'!e se indican en el segundo punto venirlas cuftlVando por lllás de dos año~ lJ11i1il'1 rU,11' r~.solutI~o; y se confIrmen los derechos agrarios de 37 pidos, en el ejido del poblado de "CUTIO", Municipio e¡IdatarlOs del censo básico más la Parcela Escolar de Churumuco, del Estado de Michoacán, a los ce. 1.• beneficiados en la Resolución Presidencial de dotación Paula Alemán, 2 -Félix Gaona, 3.-Petra Rivera 4- de ejido, de fecha 22 de agosto de 1968 publicada en Adalberto Reyes R., 5.-Guadalupe Solonio V 6 -LUCIa• el "Diario Oficial" de la Federación el '12 de noviem• na Corona, consecuentemente, expídanse sus corres• bre de 1968, quienes se encuentran en la actualidad cul• pondientes Certificados de Derechos Agrarios, que los tivando sus unidades de dotación y que se indican en acredite como ejidatarios del poblado de que se trata. el tercer punto resolutivo de la presente Resolución. TERCERO.-se confirman los derechos agrarios de RESULTANDO SEGUNOO.-La documentación se 37 ejidatarios del censo básico, beneficiados en la Re• nismo notificó el 6 de ,iunio de 1975, a remitió a ia Comisión Agraria Mixta V dicho Orga• los ejidata• r'os afectados para que comparecieran a la Audiencia solución Presidencial de dotación de ejido, de fecha 22 de agosto de 1968, publicada en el "Diario Ofidal" de la Federación el 12 de noviembre de 1968 quienes se de Pruebas y Ale¡atos, misma que se llevó a cabo el 28 encuentran en la actualidad cultivandg iUS unidades
  • 46.
    • O)' IJ ( A ~e 4Qt~c:i9n, a lfW ,!C. l.-Mí~el R}yel', 2.-Jo~6 !to• a I o o PIe r11 Lun«;s 12 do Ollero de 1919 d.ntllll}.l'ltt ~lI$mQl'ltl4l$ atAbM ftac¡;;i~ne$ $1ol~ce~tt. las, 3.-1rln.", M4rJ.ina, 4.-TQmá~ ~Qlori"" S.-P~lipe 4, ~1.lItlVQ al ne¡o y 2'$-$~.1~ lia$., de a,ofjtad.rQ cti'nl (¡:Ilr'ln~, 6.-Jr¡¡,' C<~rQn•• t.-Elíal' R~ye" $.-Móni(¡Q tQm.d~. 4e1 pre~o 4.ny1t¡.i?a49 "4Q$ G4!lrQ$", Ml,lflÍJ~ipiti Reyes, 9.-¡l,~in~ R.eyl!:~ 10 -Juan SQIQriQ, 11.-041- 4, Ahom!~ 4ftl E$~c:lo ~e SmalQa 4* la lIi¡1ient. forriJa: l'~jReY", l2.-FU.wQn Rivcr~, l~.-Rl,ifael R.eyc~. 14. 19-61-58 .1.'1,$" PtQPie4aó 4. Felipe AntQniQ CobQ AIQn.tQ. -LY1(tJ~lliQ' C~Nna . lS.-.t~t M~ina, -l(J.--Alfonso M. 12·35,67 Hall .. E~l C. Mart* Veil. 4-39-46 }las. f)tV~it 4ina, 17.-SCll.larao R.Cycs, iS.-FernanoQ RI:Yc~ 19- gag de la, C. l~reia Galaviz Vda. de e.recer, 11-62.01 AlejandtQ Rivera 20 -PcQro Corona, 21 -Juan' Coro• na, 22 -Alberto CQrona, 23 -Faustino Rivera, 24- Has. tll:OIll<~d.. ~ de la C. María del Carm.n y )'Il:Itricia Juan Riverl, 25.-JeiÚl' Rlvera, 26 -Santos Medina 27. Hayashl <,Jalavlz y 285-00·00 Has. PtVJ;liec;.t,d J!!tQÜ'lc.tivi$y -J;uli:fm ",reía, 2S -Soted.at.1 Roja~, 29 .-Juvenal· Me• de los CC. Yasmín, DII-,oQertQ, José Rafael Htrtl*nclel: ~ina, 30.-Je$li Coronll 31 -Tranqulhno Corona, 32 - C~%, Rafael. Hcrnánc;lez Or4uño, Manuela Crui: qe Ntf. Clet~ Sand.ov$l, 33 -Urb ano Maldonado, 34 -Benj~ín n1!nd.ez );' MlgU-el An~cl Hernánc;lez Cruz; ,ftct,l;ll_, 4e Medina, 35 -Mónka Gaona :Vda", '36.-Juan SolQrio y c?llfQrmld~c;l con lo que est.l;lIeclln los Artít1.11Qs 27 Con$• tIt1.lcional Fr.ac~i@n XV y 249 Q.e 1, Ley Federal 40 Ro. 37.-Jos.fa Medin. Voa., en el e}ldo ael poblado deDo• thin~do "CUTlO", MunicipIo de Ghurumuco, dd Estado ¡j~ MichQ,ctn; <;Qnsecu~ntemente, expíd~nse a ~1.ls nQm. bres loa cQrte¡rpQndientlls Certificados de DerechQI $eSlÓh prOVl$ÍQn".l 197~. s. fQr~~ Agra~la Interpretados a contrario censu. La po. QtQt¡Q con fecha 23 «10 jltllQ ~. ' A~atiQ' qVI los ,crcc;lite como eiiQatario~ del po'bl~do 4e c¡ue fe tr.t. y ,1 relativo a la Parcela Escolar. RESl,lLTANDO TER.CERQ.-Revin401 lo. an~.c;.. <,lentes y .n~lli:za4.s las I;QnstlUlci" Qu, IilQran ,n tI .x• CTARIO -Puplíquese ,esta Rets<:>lución, relativa a pe~itnte respec;ti'Q, ~ Ue¡Q al c;onQc:imi,ntQ eJe l~ ,¡.. la ptivaciQfl d, c;lcrcchQs ~rat'io, v nuevas f.di1,ldicaciQ· gUlfmte: qu, por R,sQlI,lC;ión l'rc$i4tnc:iaJ, •• ftdi. 1Q 4t nes 4' 1,lrlidad.t$ d. i.lotacu;'n v confirmaCIón de detc¡j}Qs fe~rero 4e 1937, P1.l0Iic;.,:. tn Id "DiariQ Ofic:1al" de II agrari~$ tn el eJido d.el poblado denominado "Ct,JTIO", ~.d.r4lt;16n el 29 4. marzo <,lId mismQ aAQ, $1 dQt'¡' al Mu'nicipi9 Qe Cl,lním1,lCo. del Estóldo de Micho~cán, en pol;Jl4!do de que se trata cqn una sl,rperficie tQttl d, . . ~l, ":Qi~ri9 OfictiJll" 4. la FederaciQn v en el Periódico 768-00-00 Has. de c;liferentes calidades las cuales se e~­ Ofi<;ial 4e1 Qqlj¡i,rnQ dll r~a Bntioad Federativ¡¡¡; in¡cti• c:t*ntran total y eficiltntcment. aprQvech.4as; QUe afec• b~se y hájllUI' l~ anotaciones correspondientes en el tlVaflllfnt. ;on .25 los capadt"dQs cQn d..recho a l••0- RegistrQ A.,..riQ N'clonal; llQtifiquese y ejecútese. cli;,n 1l1tcntllc;la; y que <lentfli' lid racHo Gie 7 kilqptetro$ del n(1c1'Q gctltor re$l,tlt.n afectable$ 333.04.72 H's. ,• Da~ ,en 1.'11 ?A lAcio df>1 Poder F lecutivo di: la las cuales 77-48-96 HlS. son susceptft;ll~s de cUlti'Q Unión, ,n México. Distrito Federal, a los cuatro días y 255-55.76 Has. de agQstlu;iero cerril }:Il'QJlied.a (le loS 4el mes Gic 4i<tieml;mt de mil noveclentqs setenta y Ce. F~hpe Antomo Cobo Alonzo, M.rtl! Vtglit, Teresa qcho.-El Presidente Constitucional de 10$ Estados Uni. GalavlZ ViUda de Cerecer, Maria del Carmen V P~tri­ dos Mexicaflos, José tópe:! PortUlo<.....R.(;bri<;a -Cúmpla• cía Hayashl Galaviz, Yasmín, Dagoberto y JOsé Rafael se: El St'cretrrin de la Reforma Agri;lna, Antonio to• Hernández Cruz, Rafael Hernández Qrduño, Manuela ledo Corro.-Rúbrica. Cruz de Hernández y Miguel Angel Hernández Cruz las cuales se pueden tomar de la siguien~ forma: dei • pred.io denominado "La Tea", una superficie de 285-00-00 Has. propiedad de los CC. Yasmín, Dagoberto y José RESOLUCION IOb1"9 ampUaclón de elido, soJlcitada por Rafael Hernández Cruz, Rafael Hernández Ordufl.o, Ma• vecinos del poblado denominado Choacahui, Muni• nuela Cruz de Hernández y Miguel Angel Hernángez ciolo de Ahom., Sin. (ftalistrada con tI número Cruz; 19-'67-58 Has. de Felipe Antonio Cobo Alonzo. .. '391). 12-35-67 Has. de Marte Vega, 4-39.46 Has. de 'tereia Al marpn Il1 seUo con el Escudo NaciQnal, QUO dice: E,tI4Q, lJni4g, Mexicanos. - S~cretaría de la Galaviz Vda. de Cerecer y 11-62-01 Has. de Maria dél Carmen y Patricia Hllyashi Galaviz; superficies que encontraron sin explotación por más de dos afiQs co~­ 5. RefQtma Agraria. secutivos sin causa justificau., circunstancia qu, fu. • corrQbQrad.a por la Certificación Munici'l;Ia! 4c f,ch• VISTQ PIfl rt~l1~ e!l'(i,finltlva el expedhtntt relati• 27 de nQvicmbtt de 1975, resultan4io afcctabl.,. d, ~Qn­ vo • la >lmpUacl6n de cjlqo. solicitR4a ~or ~cinQs fvrmidaQ con lo que establecen los Artí¡;ulO$ 249 mttr. c;Iel PQ~lado denominado ''C'HOACAHt]I'', Munid.pig prct.do a contrario sensu y 251 de la Ley :F'ec:leral de de Ah~e, del Estado de "5inaloa; y RefQrma A,raria. RJlS1!tLTANOO PRIMERO.-Por escrito de f~cha 2 Los nQmbres de los 25 cap.citados, son los silUi.n• de febrtrQ C!e 1~66, veci.no!! del poblado Coi, que se trata, N$: 1 -Pc4rQ Cuad,tQ$ Hemándcz, 2.-Appito CultdtQ. ~olicitaron del C. Gobernador del Estac;lo amQliaciÓn Varias, 3.-Vi¡;entc Cua4ros M.cíl$. 4.-A¡tf)itQ eu.. (lit ejido ~or no serle~ suficientes para $atisfac.r SUs 4ro Macías, 5 -Lortnto Ló'j)tZ Cota, 6.-Bmilio Oa.t... necesidadu las tierras que actualmente disfrutan. Tut• lurn, 7 -Fal.Ulto Gómlrz Cortal •• , 8 -:EsttQID Flont, nada. la solicitud a la Comisión Agraria Mixta, esto 9 -Felictano Velúquez, 10.-AtlicetQ Butrin.a 11- Organismo inició el expediente respectivo, publicándo• Manuel Villctgas, 12 -Lo~nzo Cruz Mora, 13 -Pl'lncis• se 1í! solicitud en el Periódico Oficial del Gobierno del co Artnenta, H.-Ramón Suárez Lóp'l, 15.-Isidoro ~ Estado de fecha 24 de marto de 1966, misma que §urte mez, '16.-Cecilio Arm.mta, 17.-LucreciQ Corrale$, 18. ~fectos t1.e notificación; la diligencia censal se llevó a -Armando V,JUquez, 19 -Vicente GaxiQla. 20 -Juan cabo cofl los l"equisitos de Ley el 13 de abril <le 1966, José Castro, 21 -Jo•• Gaxiola LóJ:)e:Z, 12 -)el'ütQ Val.n. misma QÚé al ser actualizada el 3 de marzo de 1976. zuela, 23 -!elésforo AlvarezJ 24.-Luis Flot'e$ Valen• arrojó un total de 25 capacitados en materia a~raria: zuela y 25.-Eleazu Htlrntnaez. procediéndost a la eiecución de los trabaios técnicos e informativos de IQcalización de predios afectables. Con los elementos ant'eriores el CUIlrPO CODSUlt!VQ Airario emitió su dictamen en los términos de Lev; , RESULTANDO SEGUNDO.-Terminados los traba· jos mencionados en el resultando anterior, la Comisión CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el derecho rtel Aeraria Mixta t/rnitió su dictamen el 28 de mayo de poblado peticionario l'ara obtener la ampliación l1e su 1976 " lo so.'ltletió a la conSIderación rlel C Gobernador cjiQQ, ha queliado demostrado al ¡;omprQQars# QuC tn oct.l f.:stacl.o, quien el 4 de iuho de 1976, dict6 su man- el mismQ racUcan 25 ca~acit.d.o¡¡ Que carec.n d.C' IA$ tit- ditniebtQ an'lllliando al ejido del 1;loblado d~ "ue se rra, in4.I$~.nsable$ T)ara $~tj¡;facllr sus ~e¡;e:siclad.,: '( tÍ'~ta éQtI J.ll'lfl $U'I'1'et'fi,ie tQtaL 41i: Z$3·04-0~ Has de las las qu. ll&¡ fueron ~Qn,,(t4iQai p~r <10U¡.CIQll, citátl tlo>- sual~ 4j.J&-SZ 14$. IIQll d.e mOllte, 43.10-44 tia¡. N _ tal.thentf aptoycchadai. _
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    Le ¡¡ 4e wm 4:~NiI:giRANDCí;l *' 1~9 IIA&l1 QlJ51" SEGlJNJ;JO.-Qu. lqs t,rrenQs afet¡:t.)lef tn tite c&$$ S'!>ll 1", tnmcl~,qs tn el re• sult~.CI 't.~tJV 4t esta 1t~QluciÓn; qut 4ao. la tlxtttJ• $iQn y ~.U4Id !le ~us ticrr" y 1" 4tm$s cirCln~t~;i,S qult en tI -prestnte ca~D concurren, procrd. fin~r _n dicho~ ttrrtnos la ampliaciQn cI_finitiv~ de ejidy_ en ta• vor c.lt lQ~ vecino$ del poblado c.lenommado "CHOACA• HUl". I;Qn ln, ,uporficie tljltal de 333-04-72 H.s. de las cualh 77-48.9~ H". ~on su!ceptibles dit cultivQ v . . 255-55.76 Rtl. de agos~d~ro cerril que Se di~tríbuirán de la liluilfnte form,: 20-00.00 Has. paq. la Unidad Agríc01. Industrial pllrll la Mujer. y el resto de la $U• perficie. o san 313·04.72 Has. se d.stin;:trán para usvs col'ectivQs de los 25 e.pechados. debiendo modificarse el mandamiento del Gobernador del Estado únÍcólmen• te PQr lo qUf se rentré a la distribución d~ la super. flcie cQnc tc;ll da. P()r lo eXl)uestQ y de acuerdo con el imf,luativq quiJ al EjecutivQ de mi C1rgQ imwne 1* FlltciQn X d'l ArtículQ 27 Con$titucignal V con apQvg a4tmi, en los Art1c1lt)s 6~, 114. 195. 197. 203, 2Q5. 20., 21'. 213. 241, 49. Y {íQ. transitQrios y 4erní$ relativQ$ 4, la Ley Fed.~ral 6e !tfl)rrna A1I'lria tn vi.c¡,r $'e rt$uIlvt: PRIMlRO.-St mQ4ifica .1 rnan4amiento <lel GQ. ~emador 4el lst.4Q. <le fecha 4 4e julio dt 1976. • $ECUNLlO.-Se cQn¡,;ede ~ lQi vecinQs solicitantes del poola4Q 4énomina4o "CltOACAHUI". MunidpiQ 4Ie AhQmt. c;l.tt Estalilo 4' Sin.1Q,. 14lQr CQnc4wtQ de amg)il: CIÓTl definitiva de eii4Q. una $up,rficie tot.} d.e 33¡'Q4.72 H~. (T12SCI~NTAS TREINTA y TRES NECTARJ,AS, CUATRO AREAS. SETENTA y DOS CtNTIAkEAS) de la$ cuales 77.41·96 Has. (SETENtA Y SIETE HECTA. Rl!AS Cl)AltENTA y OCHO AltEAS, NOV!;:NTA y SEIS 'CENTEAREAS) son susceptihles de cultivo v . . 255-55.76 Has. (DOSCIENTAS CINCUENTA Y CINCO J-fBCTAREAS, CINCUENTA y CINCO AREAS. SETEN• T 4. Y SEIS CENTIEAREAS) de agostadero cerrlr prQ• VISTO para :resolver el expe~iente :relativo a ~apri­ p:edad 00 los CC. Feliue Antonio Cobo Alonso. Mftrte vación de derechos agranos. V nuevas a.~lulilictl' Vega. Teresa Galaviz Viuda de Cerecer. María del Car• dones de uni4atoles de dotaclón, en el OJ1." r.lwl u mj:n y Patricia Havashi Gal.viz. Yasmín. Da~obt'rto V polHado denlólluinadQ "SAN JOSE NANA,AJ.uIL• Jos~ Rafael Hemández Cruz. Rafael Hernández Ordu• PA". Municipio de Mariano Arista) del !'stI4" 4t fío Manuela Cruz de HernlÍndez y Mi,uel An,el Her• Tlaxclla; Y IÍá~dez Cruz. las cua.les tomarán de la si¡ruiente forma: RESULTANDO PltlMRRO.-coDlta en el CXJ)Cdiea• del predio denQmtnado "La Tea", con una superficie te la seiUndll cQnvoc.tor~ d. f.ctla 10. de I¡QltQ él. de 285.00.00 Has. (DOSCIENTAS OCHENTA Y CINCO 1974, 'pIra la Asambela General ExtraQI'dlnlr!a de Iji· 111. HiCTAItEAS). prooiedad de los CC. Yallmín. Du.ober• dltantls. relativa a la privación de liercchos a¡rari~ tQ y JOll~ Raflerl Hemindt!z Cruz, Rafael nernándel y lucesQt'ie., en contra de l"s ejt4atariol c¡ue .. Ordufio. Manuela Cruz de HernlÍndez v MiflUlfl Ao..1 en el primer puttto ~lutivQ a. ••ta ~luoi". ROl' H~mándtJ Cruz. 19-67.58 Has. DlECINUEVE H€CTA. haotr abandonado el cultivo personal d, 1.. 1.Ql1~ 1t~AS. S:a$ENtA y SIETE AREAS. CINCU!NTA y 4e dotaciQn PQr Ul~s de d(,)s años .c(,)llsccutivosi.,.uam: OCHO C'EN1'IA.ltEAS) de Felipe Antonio Cobo Alon~ 12-35.~7 aas. DOCE HECTAR!AS. TREINTA y CtNCu AR.EAS StSENTA y SIETE CENTIAREIS) de M.m la l¡ue $e prQpuw ~tn)C.r 4erechQs il.lc11car ~ unI"" .. dotadtn Se rtfmnd.a. • l~ _.riQ. , .... bI•• 'l11e tUVQ verlficat1vQ el 9 lile .,osto "e 1,,4. el} V,ga 4.39*4~ Hu. (CUATRO HECTAREAS. Tk!tNTA campesinos r.¡ue las hID v.nido cultivando p.,r . , . y NtJEV:a AREAS. CUARENTA y SEIS CENTIA'RE,AS) lile U~$ ahs itain'h:!rrumpidQI y que .~ indican en .1 de Tertsa Galllviz Vd!. de ew.cer V 11.61-01 Ha•. ...unUQ puntQ ~11'¡)lutivl; PQr faIl.c;itni.ntQ de los ti· (ONCE H!CTA'R!AS, SESENTA y DOS AltEAS. UNA tulares lIe canceltn lQ8 Cettificali1(jls lile th!rechfj)s Alta· CENTIAltiA) de María del Carmen y Patricio Ha"$hi rlQJ y se priven Iic sus r;l'l'Icho$ sucesCilrilill Ilgnn'19s, G~lavi:it. Superficie que se distri'Quirá en l. forma est.• • los h.rec1etQI 'lUC aban,b~naron las unidades de iq• bltcida en el consi¡¡ftrlln(lio S8lllndo de esta Itcsoluci4n, taciQ¡¡ pqr rnls 4e 4QS aftQ$ consecutivos; y .dju.d!• decretándoae al efecto las afectaciones correspondientet. clrtelas a IQI c.Ul~inos liue las han venido culti• vanüo JWr mis l1e QOS ati~s ininterrutn¡;,iiilos. y qut La antmQr superficie deg.ri ser localizada de ,e citan en el tercer punto resQlutivo de la pttS'I1te a~erdq Gon el planQ aprobado -por la Secrlftat11 dc la lteaoluciOn. Reformil Afraril y pua'" a pOder del pgblado btne• ficiadQ wn tGdas .u. acce.ion_. U19l. cQstumb~. y RESULTANDO S!GUNOO.-La documentaciÓn 'le servidum1res. ~mitió a la Comf$ión Alrratia Mixtl'l " dicho OtU• nismo, nQtific6 .1 25 de nQvlembne de 1974.• los 'ejidat..· TERC!.ItO.-Expídanse • los 25 Gap.citados benefi. t"rios y sucesores afectados para que comparecinan a ciados tQn esta lt'101uciOn , a 1, Unidad Atí1cQIa In• la AuQimcta'" Pruebas y AltgatQs; misma que se nll'~ .. * !I" dustrial para la MUjer los Ctttifilólla~ cae t»I*hm • ctb91W clflq 11 Y 12 Oc d.icietnbre d. 1974. en 1. QU, ~. AJrati9t QQmsponditnt... ~mj)rQ" _Irntnte .. p~cia pata la pt'lvaclót) CV.uTO.~ tjtMlW''' la tmeftte kQQhld6b. , .. JIetáD ~ lU ~ _ _ _ • ltI _AnlG ~ 426, . J .. 'eredlof i:t<lti,QS a tofo .jl~lt.riQs ~l"Qo ~ Ud ~tl 1(1 4illt)Utsto D()f ló, fllauvos 1.1.. .. ldY , .
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    I o r ARIO OPICI & 1: Lunes 22 de enero de 1979' ral de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta Torres, 41.-Samuel López González, 42,-Porfirio L6- opmó que es procedente la privación de sus derechos pez Juárez, 43.-Julián Lozano Vera, 44.-Juan Luna agranos a los e]idatarios y sucesores que se señalan, Rodríguez, 45.-José Márquez García, 46.-Vicenta Mu• y el reconocimIento que propone la Asamblea General ñoz Carrasco, 47.-Antonio Martínez, 48.-José Martí• Extraordmana de Ejidatarios. nez Valdemar. 49.-Refllgio Vda. de Mena, 50.-Juan Mllnguía Cruz. RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo fue turnado al entonces Departamento de Asuntos Agra• 51.-Domingo Pedraza, 52.-Martin de Oca Gonzá• rios y CololllzaClón, hoy Secretaría de la Reforma Agra• lez, 53.-Juan Pmeda Rosas, 54.-Juan Pineda Sánchez, na, DIrección General de Derechos Agrarios, la que 55. -Guadalupe Roldán González, 56. -Luis Rosas Pé• hIlO una revIsión ud mIsmo, y l:omprobó la legalidad rez, 57 .-Juan Rangel González, 58. -Angel'a Sánchez, de las notificaciones y constancias presentadas en 59.-Félix Sánchez Mota, 60.-Pedro Sánchez Quintero, este Juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo 61.-Luciana Lara Santillán, 62.-Manuela Trilla VJa. Aglano correspondiente con la opmión de que fuera de Andrade, 63.-Loreto Tabuada Vargas, 64.-Luis Ta• aprobadu por estar integrado correctamente; quien a buada, 65.-Alla Tovar Lara, 66.-Eduardo Hernández su vez, por haberlo encontrado ajustado al procedi• Trejo, 67,-Leopoldo Vargas M., 68.-Angel Bravo, 69. miento de Ley, lo sometIó a la consideraCIón del -Miguel Zamudio Hernández. 70.-Julián Angelino O., Cuerpo ConsultIvo Agrario, el que emItió v aprobó su 7l.-Miguel Castro Guillén, n.-Catalina Guzmán, 73. dictamen en sesión celebrada el 14 dI.! mayo de 1976; y -David Guzmán Sánchez, 74.-Félix Hernández, 75.• Laurentino Taboada, 76.-Julij¡) Pérez Vega, 77.-Juan CONSIDERANDO PRIMERO.-Que ei presente jui• Roldán Margarito, 78.-Félix Ramírez, 7Y.-Natividad cio pnvativo se ha seguido de acuerdo con los trá• Terreros, 80.-Agripina VeEa Sánchez, 8l.-Raymundo mites prevIstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 V Galindo, 82.-Juan Guzmán Vázquez, 83.-Juan Her• demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• nández Castillo, 84.-Macario Hernández Estrada, 85. na; habiéndo~e comprobado, por las constancias Que -Vicente Hernández Gonzaga, 86.-Matías Lara Cor• obran en antecedentes, que los ejidatarios y sus he• tés, 87.-Antonio Márquez Sánchez, 88.-EmIlio Zava• rederos han mcurrido en la causa de privación de la Sánchez, 89.-lsidoro Santillán, 90.-Miguel de la derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el Cruz Isla!>, 91.-Gregorio Escobedo Rodríguez, 92.• Artículo 85 Fracción 1, de la propia Ley, por haber Manuel Sánchez Conlreras, 93.-José Hernández Her• abandonado el cultivo personal de las unidades de nández, 94.-Fldencio Roble!> y 95.-Nicolás Trejo Her• dotación por más de dos años consecutivos; que que• nández. Por la misma razón se pnvan de sus dere• daron oportunamente notiticados los ejidatarios y su• cho!> ~ucesorio!> agranos a los CC. l.-Viviana MeJora• cesores sujetos a JUIcio; y que, finalmente, se siguie• da. 2.-J. Cruz Arauz, 3.-María Guadalupe Olivares [l' 1 los po,>teriores trámites legales; es procedente pri. M. de Aráuz, 4.-Bernarda Aráuz Olivares, S.-Clara varIos de sus derechos agranos y sucesorios, y can· Arauz orlvares, 6.-Angela Castelán, 7.-Marcelino celar los correspohdientes Certificados de Derechos Arauz Segundo, 8.-Clara Avelmo Mota, 9.-Margarita Agrarios. Mota Ortlz, 1O.-Adolfo Aguilar, ll.-Agapito Aguilar, 12.-Juana AguiJar, 13.-Eugema Aguilar, 14.-'fomas CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos Bastida Sánchez, 15. -Sóstenes Sánchez, 16. -Reyes señalados, según constancias que corren agregadas al Bastida Sánchez, 17.-Carmen Bastida Sánchez, 18.• expediente, han vemdo cultivando las unidades de Trinidad Ba!>tida Sánchez, 19.-Josela Bastida Sánchez, dotación por más de dos años inmterrumpidos; y 2l'.-Alfonso Escobar Brindis, 21.-Micaela Martínez habiéndose propuesto el reconocimiento de sus dere• Valdemar, 22.-Aurora Brindis Martínez, 23.-Jaime chos agrarios por la Asamblea General Extraordinaria Sánchez Brindis, 24.-Rafaela Maravillas Vda. de Brin• de Ejidatarios celebrada el 9 de agosto de 1974, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos n Fracción dis, Ortega, 27.-José Carmen Castro, 28.-Lázaro Cas• tés 25.-Margarita BrindiS Maravillas, 26.-Josefa COl:• JI!; 86,200 Y demás aplicables de la misma Ley, proce• tro Pineda, 29.-Ascención Aguilar, 30.-Guadalupe de reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento Guarneros Macías, en el Artículo 69 de la menclOnada Ley, expedir sus -Marcial Morales, 31.-Elvia Macías de Guarneros, 32. 33.-Leopol'do Suárez, 34.-Ceferi• CertIficados correspondientes. no Suárez, 35 -Pablo Suárez Roldán, 36.-Flavia Do• Por lo expuesto y con fundamento en los Ar• mínguez de Suárez, 37.-Abraham Suárez Domínguez, tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma 38.-Pablo Suárez Domínguez, 39.-José de Jesús Rol• dán, 40.-María de Jesús Roldán, 41.-Mario Fernán• Agraria, se resuelve: dez Quiroz, 42.-Guadalupe Flores Reyes, 43.-Juana PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos Reyes, 44.--Raymundo Flores Reyes, 45.-Daniel Flo• agrarios en el ejido dd poblado denominado "SAN res Reyes, 46.-Félix Flores Reyes 47.-Alejandro Gar• JOSE NANACAMILPA", Mumcipio de Mariano Arista, cía Hernández,z 48. -Félix Hernández, 49. -Socorro del Estado de Tlaxcala, por haber abandonado el cul• García Hernández, 50.-Raymundo García Hernández. tivo personal de las umdades de dotación por más . 51.-Margarita Garcia Hernández, 52.-Ceferina de dos años consecutivos, a los CC. l.-Manuel Arroyo González Moctezuma, 53. -Filomena González Moctezu• García, 2.-Bernardino Arauz Olvera, 3.-Lorenzo· ma, 54.-CrÍ¡,tina Gonzál'ez Moctezuma, 55.-Jorge Gon• Arauz, 4.-Cayetano Arauz Becerra, S.-Petra Arauz zález, 56.-Su:.ana González, 57.-Georgina Guzmán de Hernández, 6 -Felipe Avelino Olvera, 7.-Elisa Barra• Brmdís, 58.-J. Manuel Brindis, 59.-Juan Guzmán, 60. za, 8 -LUIS García, 9.-José Bastida Rogelio, 10.-Ma• -·Fernando González, 61.-Alberto González, 62.-Cir.ila nuel Brmdls Varela, 1l.-EIvira Brindis MaraviHas, 12. Hernández Nieves, 63.-Loreto Nieves Durán, 64.-Gra• -FranCISco Contreras B., 13.-José Contreras García, gorio Hernández Nieves, 65.-José Hernández Nieves, 14 -FélIx Cortés Gonzaga, 15.-Juan Cortés O., 16.• 66.-Adrián Hernández Nieves, 67.-Estela Hernández Andrés Cruz, 17.-Eduardo Castro Hernández, 18- Badillo, 68. -Rosa Hernández Badillo, 69. -Gaudencia FranClsco Elizalde, 19.-Viviana Castelán ArelIano, 20. Hernández Zamudio, 70.-Angel Hernández, 7l.-Alfon• -Antonio Cid de Gómez, 21.-Rafael Delgadillo Mora• so Hernández T., n.-Félix Huerta, 73.-Pedro Huer• les, 22 -Angel Suárez, 23.-Dolores Fernández Roldán, ta, 74.-María Carmen Vela, 75.-Pablo Lira, 76.-Pe• 24.-Alberto Fernández Quiroz, 25.-Porfirio Flores Ca• dro Lara Guzmán, 77.-Alberto Lara Guzmán, 78.-Ma• pal'uca, 26, -Manuel García Coba, 27. -J orge González ría Guzmán Lara, 79.-Lucio Lara Guzmán, 80.-Mer• Arauz,28 -Bartolo González Morales, 29.-Porfirio Gon• ced Lara Guzmán, 8l.-Pedro Alonso Elizal'de, 82.• zález Cortés, 30. -Raúl Brindis Ramírez, 31. -Andrés Luisa Rodríguez Rivera, 83.-Julia Luna Rodríguez, 84. González Mejía, 32.-Edmundo González, 33.-Modesto -Guillermo Rojas Luna, 85.-Benito Olvera, 86.-Agus• Hernández Rodríguez, 34.-Manuel Hernández, 35.• tina Olvera, 87.-Angela Pérez Muñoz, 88 -Margama Margarita Terreros Vda. de Hemández, 36.-Atilano Rodríguez, 89.-Eufrosina Martínez, 90.-Carlos Martí• Huerta Zamora, 37 -José Juárez Arriaga, 38.-JuaD nez Sánchez, 91.-Herminia Sánchez Díaz, 92.-Asun• Larll Guzmán. 39.-Cecilio Lara. 40.-Vicenta Loaada ~iw Martinez Sánchez, 93. -Caudelaria Martínez Sán- ~
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    Lunes 22 deenero de 1979 DIARIO OFICIA1J 9 chez, 94.-Pedro López Juárez, 95.-Emestina Rugerio, ye.!> Robles SánchCl, 49.-José Márquez Lara, 50.-Fran• 96.-Juan Munguía Rugerio, 97.-León Munguía Ruge• CISCO Ht:rn:ullkz Pérez rio, 9S.-Jrineo Munguía Rugerio, 99.-NlcoJás MUfl• guía Rugerio, 100.-Marcos Munguía Rugt:rio. 51.-Mario Alonso Angelino, 52.-Guillermo Ra~f. 101.-Catalina de Oca, 102.-Rafaela dt: Oca, 103.• rez Guerrero 53.-Anastacio Contreras Vega, 54.-S1X• Mario Vega, 104.-Rosita Pineda Sánchez, 105.-Ger• to Tril'la M¿gollán, 55.-Ignacio López Suárez, 56 - trudis Sánchez, 106.-Manuel Rosas, 107.-Mario Ran• Rito Juan Guzmán Hernández, 57,.-Priscliiano Már• gel González, 108.-Rosa Sánchez, l09.-Fidel Rangel quez Lara, 58.-Gustavo Hernández Sánchez, 59:-An• Sánchez, HO.-Aurora Rangel Sánchez, ll1.-María gel Hernández López, 60.-Manuel Márquez Hernandez, Contreras, 112.-Maricel'a Vázquez, 113.-Roberto ,Váll' 61.-Enrique Alonso Angelmo, 62.-Manuela Estrada quez, 1l4.-Raymundo Islas, U5.-Eulalia López, 116. de la CIU.l 63.-Rosa Roldán Vázqtrez, 64.-HIlario -Daniel López, 117.-Narcisa López, 118.-Trinidad Arroyo Vázque.o::, 65.-EladIo Castillo Angelino, 66.• TruJillo, 119.-María Cortés, 120.-Genaro MOJl;ollán Carmen TreJo Hernández, 67.-Francisco Robles Fl~ Espinoza, 121.-Juan José Taboada, 122.-Guaaalupe res 68.-Vicente Contreras Lara, 69.-Miguel Zamudlo Ramírez, 123.-Andrea Taboada Delgadillo 124.-So1e• He~nándC'l Jr., 70.-J. Refugio Angelino Espejel, 71.• dad Delgadillo, 125.-So1edad Hernández rovar, 126.• Ju..'n Vega Lara, 72.-Jesus Pérez, Becerra, 73.-Rober• Raymundo Vergara Bravo, 127 -María Guadalupe Bra• tu Guzm,lll BI mUh, 74 -Concepción Hernández Coba, vo, 128.-Samuel Zamudío Hernández, 129.-Cedha 75.-Albert..t l',tbuada Vargas"76.-:-Gerardo Contreras Hernández, 130.-Ralad ZamudlO Hernández, 131.• P':n:z 77 .-Víctor LontrcrUl> Becerra, 78.-Pedro El>tra• Margarita Zamudio Ht"rnández, 132.-Félix Zamudio da dé la Cruz, 79.-Henbt:rto Rarriírez Vela, SO.-Be• Hernández, 133.-lsldra ZafDudio Hernández, 134.-Te• mgno Vega Cortés, 81.-Aurelio Galindo, 82.-JesÚs resa Zamudio Hernández, 135.-Mallo Guzmán, 136.• Guzmán Vázquez, 83.-Josefa Santillán Contref'AS, 84. Claudio Hernández, 137 -Hlpóltto Hernández, 138.• -lgnacla Sánchez Guzmán, ,S5.-Elpidia Guillén Her• Faustino Hernández GuJllén, 139 -Domitlla Suárt:z La• nández 86.-Ursula Suárez Pineda, 87.-Gerónima Cu• ra, 140.-Carlos Bnnui5, 141.-Dornillgo Zavala Sán• nel García, 88.-Epifarno Zaviüa Sánchez, 89.-Ruperta chez, 142.-José Santillán García, 143.-Esteban ClUZ García Oldóñez Vda. de Sant~lán, 90.-Francisco Cruz Torres, 144.-Clala Torres Ct:rvante~, 145.-Celerino Torres, 91.-Regil1a Escobcdu Veg~, 92,-Raúl. Sánc~ez Escobedo Vega, 146.-Paula Vega, 147.-Manuel Sán• Pérez, 93. -GraCiano Hernández Lara, 94. -ClotIlde San• chez Pérez, l48.-María Pérez Lara, 149.-Luis Robles chez Díaz y 95.-Hora Trejo Ortiz; consecuentemente, Sánchez y 150.-Gloria Trejo. En consecuenCIa, se can• expídanse sus correspondIentes Certificados de Dere• celan los Certificados de Derechos Agrarios que respec• chos Agrarios, que los acredite como ejidatarios del tiVamente se les expidIeron a los ejidatanos sancio• poblado de que se trata. nados, números: 711036, 711046, 711048, 711050, 711055, 711077, 711084, 711092, 71103, 711111, 711121, 711129, TERCERO.-Por farJecimis!llto de: l.-José Arroyo 711131, 711143, 711148, 711159, 711174, 711175, 711192, Pineda, 2.-JesÚs Arauz Terreros, 3.-Raymundo Bravo :711194, 711218, 711225, 711261, 711265, 711268, 711284, Dorantes, 4.-Manuel Bnndls, 5 -Miguel Cortés Díaz, 711314, 711318, 711319, 711112, 711321, 711322, 711337, 6.-Ascención Cortés Morales, 7.-Antonio Díaz, 8.• 711355, 711364, 711378, 711383, 711388, 711391, 711405, Fortmo García Ordoñez, 9.-Ambrosio Guillén Castro, 711425, 711426, 711437, 711438, 711449, 711468, 711474, 10.-Matías GuiHén Ca~atñeda, 11.-Esteban Hernán• 711475, 711486, 711502, 711505, 7115:17, 711559, 711560, dez González, 12.-Jose Hernández Palacios, B.-Rafael 711586, 711630, 711633, 711637, 711ó38, 711M3, 711055, Hcrnández ValencJa, 14.-Guadalupe Hernández Nieves. í11669, 711679, 711686, 711690, 711700, 711713, 711718, 15 -Guadalupe Juarez Ortega, 16.-Hilario López Guz. 711741, 711071, 711173, 711302, 711304, 711338, 711490, mán 17 .-Miguel Lozano Castañeda, iS.-Sotero 'Loza• 711549, 711600, 711616, 711675, 711726, 711733, 711305, no García, 19.-Aurelio Martínez Valdemar, 20.-Pedro 711334, 711341, 711344, 711392, 711450, 711640, 711654, Mena García, 2l.-Eduardo Olvera Blancas, 22.-Pedro 71116S, 711250, 711639, 711371, 711626 Y 711694. Pineda García, 23.--Guaualupe Rufu,m Fragoso, 24- Agustlll Rodrígut:z DUJan, 25.-José Rodríguez Durán, SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se 26.-Macarío Ramu'ez MIllán, 27.-IgnacIa Rojas Vda. adiudlcan las unidades de dotación, de reterencia, por de Hcrnandez, 28.-'-Santos Trilla Muñoz, 29.-Vlcente venirlas cultIvando por más de dos años minterrum• Tabuada Vargas, 30.-S1xtO Vázquez Betanzo y 31.• pidos, en el ejido del poblado de "SAN JOSE NANA• Epifanio Vega Sánchez; se cancelan los Certiticados de CAMILPA", MumciplO ed Mariano Arista, del Estado Derechos Agrarios, numeros: 711032, 711037, 711094, de T1axcala, a los CC. 1.-Saúl Pérez López, 2.-San• 711109, 711144, 711151, 711207, 711280, 7112%, 711297, tlago Vázquez García, 3.-Rafael Cortés García, 4- 711339, 711343, 711370, 711375, 711382, 711417, 711436, Lourdes Arauz Sánchez, 5.-Marcelino Arauz Lara, 6. 711439, 711473, 711489, 711.134, 711556, 711599, 711603, -J. Concepción Aguilar Arauz, 7. -Aristeo Olvera Me• 711605, 711614, 711634, 711667, 711687, 711699 Y 711725, dellfn, 8.-Aurelia Olvera Blancas, 9 -Enrique Basti• en el ejido del poblado denominado "SAN JOSE NA• da Sánchez, 10.-Leopoldo Sánchezz BrindIS, ll.-Edi• NACAMILPA", MUlllClPlO dt: Mariano Ansta, del Esta• berto Bnndis MaravIllas, l2.-Esteban Contreras Pine• do de Tlaxcala; y l>C privan de sus derechos suceso• da, B.-Juan C9ntreras Ehzalde, 14.-Juho Arroyo Váz• nos agrarios por haber abandonddo el CUltIVO per!>o• quezt.,.15.-Fabián Espejel Flores, 16.-Melitón Ramí• nal de las umdades de dotación, por más de dos anus r~z .tSastida, 17.-Francisco GonzáIez Castro, 1¿¡.-Si• consecutIvos, a los CC. l.-Catalina Anoyo, 2.-Vict:uta món Trilla Bastida, 19.-Sixto Ramírez Sánchez, 20.• Ruiz, 3.-Marcerina Hernández de Arauz, 4.-Angel Bra• Alberto Olmedo Hernández, 21.-María Concepción Mo• vo Hernández, S.-Dolores Hernández, 6.-Ana Mana rales Delgadillo, 22.-Esteban Suárez Roldán, 23.-Ar• Bravo Hernández, 7. -Josefina Bravo Hernandez, 8 - turo Lara García, 24.-JesÚs Fernández Espejel, 25.• María LUIsa Bravo Hernandez, 9 -Trimdad Bnndis Ta• Ludana Lara Andrade, 26.-Juan Reyes Olvera, 27.• buada, 1U.-JesÚs Vega, 1l.-Je~Ús Corté~ Gonzálel, 12. Constancio Hernández S., 28.-Germán González Terre• -Santos Cortés Gonzult:z, 13 -RuiIno Corté" lJan.la ros, 29.-Juan González Terreros, 30.-J. Jesús Brindis 14.-GUlllermo Díaz Vargas, 15.-Sabina Vargas 16'-:' Ramírez, 3l.-LUlsa CarriUo Hernández, 32 -Facundo Teófila Díaz Vargas, 17.-Paula Díaz Vargas, Ur-Ro• González Rodríguez, 33.-Ceciha Hernández Nieves 34. berta Díaz Vargal>, 19.-Alejandra PalaclO~, LO -Lu,- ,a -Porfirio Vargas Cortés, 35.-Margarita Brindis Mara• García, 21.-Rita García, 22.-José García 23 -An.t• villa, 36. -Salomé Hernández Sánchez, 37. -Marcelino cIeto García, 24.-Godeleba Garcfa, 25 -Glahra G;.¡r• López Suárez, 38.-Juan Morales Guzmán, 39.-María cía, 26.-Felipa Guillén Sánchez, 27 -José Guillen ~an­ Guzmán Morales, 40 -Guillt:rmo García González, 41. chez, 2S.-Eutica Sánchez, 29 -Josefa Guillén Sánchez, -Ruperto G~rcía Díaz, 42.-J. Ascención López Casti• 30 -María Justma Hernándt:l, 31 -Juana Juarel, _~2. llo, 43.-Carlos de Oca Vera, 44.-Andrés López Rodrí• -Josefina Hernández, 33 -Magdaleno Hernandez H~r­ guez, 45.-José Márquez García, 46.-Cipriano Contre• nández, 34 -Petra Hernándcz, 35 -Jesús HcrnilllcLL ;raa García, 47.-Ramona Martínez Rodríauez. 48.-R,o- Ve2a. 36.-Micael'a Juárez Oltt:¡¡¡;a, 37.-Ml('aela Gil. 31L
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    10 DI A R 10 O F 1 e I.A L__.;;L;;.;u;.;;ne~s:....::22::...::d:.::;e...:e~n!::e~ro~d~e_l!.;:9:.!.7.::..9 __ -Manuel Juárez Gil, 39.-María Dolores López 40 propuso reconocer derechos agrarios a los campesinos Alfonso He-rnández Juarez, 41 -Agu,tm Lozan¿ M,;' que han vellido trabajando colectJ amente las tierras quez, 42.-:Santos Lozano, 43 -Rodollo !Jartmez Arro• (j,j éJldo pUi mas de dos año>. mmterrllmpldos ' que yo, 44 -Juan Ca~tro, 45 -José Pmeda, 46 -Albilla eu• ~,: mdlcan en el st.'gundo punto resolutlo y se con• rplel, 47.-Petra Pmeda, 48.-Joseta Pmeda¡ 49 .-Teresa i1lmen los derechos agranos de 12 ejldatallos del' cen!>o meda, 50.-Jua~ Roldán Fragoso, 51.-Eladio Castillo basleo, benefiCIados en la Resolución PreSIdencial de 52:-:-Angel Rodnguez Orozco, 53 -Candelario Ramírez cJ..;taclón de eJIdo, de fecha 29 de jUlIO de 1953 publ!• RaYIJa, .?4.-Sev~nana Ramítez, 55.-Mauo Hernández ulda en el "Diana Oficial" de la FederaCIón ~l 9 de oJas, .)6.:-Mana., Fehx Helllández, 57 -María de la alml de 1954, quienes se encuentran en la actualidad Luz ,~ernandez, .)8,-Tnmdad Tulla Mogollán, 59.• tlaba¡~ndo colectIvamente las uena~ del ejIdo y que Aur~lro Rocha Rodnguez, 60 -Guadalupe Vázquez Del• ~e mdIcan en el tercer punto resolutIVO de la presente gadlllo, ~1.-María Delgadillo y 62 -bldra García y ResotucIón. se adJudIcan. las refelldas unidades de dotaCIón, por haberla50 vellido c:ultIvando por mas de dos anos con• secutIVos a los CC. 1 -LUIS .VIendoza Balreto 2 -Fran• RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se CiSCO Corte,~ García, 3 -Ma¡ la Dolore!> Lara' Carmona, remlÍlo a la ComiSIón Agrana Mixta y dicho Orlla• 4 -Angel Ca~rera Brmdls, 5.-Mana Guadalupe Cortés msrno, notificó el día 4 de agosto de 1975, a los eJH1a• tano~ afectados, pclra que compareCIeran a la Audlen. DIaz, 6 -~ulma GarCla Cortes, 7 -Agustín Roldán La• CId de Pruebas y Alegatos; mIsma que se llevó a ra, 8 -Bugldo GarCla Garuo, 9.-Sara Sánchez Loza- da, 10 -Alberto Guillén Ca~tlll~J, 1l.-MIgucl Hernán• cabo el 20 de agosto de 1975, en la que se comprobó d ez 91medo, 12.-Ismael Hernandez Hernandez 13- legalmente la procedencia para la pnvación de dere• Jos~ta yega Coron~l, 14 -María Concepción Olv~ra To• chos agrarios a los ejidatarios propuestos; de confor• rres, b.-Juan Juarez CJd, 16.-Mlguel López Hernán• midad con lo dIspuesto por los Artículos 426, 430 Y dez, 17.-Mana Guadalupe Marquez Galcla, I8.-Julia demás relatIVOS de la Ley Federal de Reforma Agra· RamIrez Coronel, 19.-María Arroyo de Martmez, 20 ria. La ComiSIón !graria Mixta opmó que es proce• -Manuel tIernandez Pmeda, 21 -Candelana Olvera dellte la pnvación de sus derechos agrarios a los B!-,,~ca!>, 2_ -Antomo . Pmed.l Cunel, 23 -Petra Lara e)ldatanos que se señalan y el reconocImiento que lVl.uquez, 24 -Jo'>e LUI!> Angele!> Guzman, 25 -Consue• pro pune la Asamblea General Extraordmana de E Ji• lo 010ZW Huclta, 26 -Adalbelta Rosales Ramírez, 27. datanos. -;-Rosendo Hernandez Delgaddlu, 28 -]I,,'larganta Mogo• llan 1-'mto, 2~ -Ro~endo V;ga Lara, 30 -EhlI'a Váz• RESULTANDO TERCERO -El expedlente relativo quez DelgclLI1JJo y 31 -LUCia l'ercz ValencIa. Con!>ccuen' h'e turnado a la Secretaría de la Retorma Agra· t~r~It:Il/c, <:XP1UUlJSe a ~u!> nombles 10& correspondIentes ria, DIreCCIón General de Derechos AgrarIOS, la que Celtll.1L..ldu~ de Derechu!> Agranos que los aCIedIte co• hILO una reVIsión del mIsmo, y comprobó la legalidad mo ejldatanos del poblado de que se trata. de la!> notIÍlcaciOnes y constanCIas presentadas en este JUICIO; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• CUARTO. -Publíquese esta Resulución relativa a ]'jo correspomhente, con la opinion de que tuera apro• la pnvaLJOII de del echos agrapos y nllev~s adJudlca• bado por estar mtegrado correctamente; qUIen a su cwne5 de ymdadcs, de do/aLlon, en el ejido del po• vez, por haberlo encontrado ajustado al procedImien• blad~ de ~AN JOSE NANACAMILPA", Mumclpio de to de Ley, lo súmetió a la conSideraCIón del Cuerpo M~r~a~? Ansta, del Es~ado de Tlaxcala, en el "Diario Consultivo Agrario, el que emitIÓ y aprobó su dictamen OfICIar de la FederaclOn y en el Periodlco Oficial del en ~esión celebrada el 30 de mayo de 1978; y GobIerno de esa Entidad Federatl'a; mscríbase y há• ganse .las anotaclOnes LO¡re!>pondlente~ en el Registro CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui. Agrano NaclUllal; notliH.jue,>e ) eleclIte,>e. cio privatiVO se ha segUIdo de acuerdo con los trá• m¡(e~ prevIstos en los Artículos 426. 429, 430, 431 y de• Dada en el PalaCIO del Poder Ejecutivo de la Unión más relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• Umdos MexIcano,>, José López Portdlo.-Rubuca.-Cúm: na, habIéndose comprobado, por las constancias que en. MexIco, D¡slnto Pedel al, a los vemtmueve días obl an en antecedentes, que los eJldatarIOS han incu• del mes de novIembre de 11111 novecientos setenta y nido en la causa de pnvación de derechos agranos ocho.-EI PreSIdente ConstItuC'lonal de los Estados a que se reÍlere el Artículo 85, FraCCIón 1, de la pro• pIase: El SecreiaLo de la Reforma Auralla Antonio pia Ley. por haber abandonado los trabajos colectIVOS TQledo Corro.-Rubrica. "', de la~ tierras del ejido por más de dos años conse• cutIVOS; que quedaron oportunamente notifIcados los e¡idatarios sujetos a juicio; y que, finalmente, Se si· guieron los posteriores trámites legales; es procedente RES~LUC~<?N sobre privación, reconocimiento y con• pll',arlos de sus derechos agrarios. firmacIOn de d~rechos agrarios, en el ejido, del pob~ado . denornlpado Los Cedros, Municipio de CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos ChOIX, Sm. (Regu.trada con el número 3601). señalados, según constancias que corren agregadas al expedIente, han vemdo trabajando colectivamente las Al margen u1,1 sello con el Escudo NaCIOnal, que tlenas del eJIdo por más de dos ar10s mmterrumpidos; ",Ice: Estados Ul1Idos Me'(lcanos -Secretal ía de la Re• ' habIéndose propuesto el reconOCImiento de sus dere• forma Agraria. chus agranos por la Asamblea General Extraordmaria d~ Eildatarios, ceTebrada el 7 de juma de 1974, de acuer• VISTp para resolver el expediente relati'o a la priva• do con lo dIspuesto por los Artículos 72, Fracciones clOn, reconOCImIento y con[¡rmaCIón de derechus 1 y 111; 200 y demás aplicables de la misma Ley. pro• agrarios, ,7n el e.ii~~ del pobra.do denominado "LOS cede reconocer sus derechos agranos; y con funda• CEDROS , MUnICIpIO de ChOlX, del Estado de Si• mento en el Artículo 69 de la menCIOnada Ley, expe• naloa; y d]r sus Certiticados correspondientes. RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu• te la segunda convocatoria de fecha 30 de mayo de los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma 1974, para la Asamblea General Extraordinaria d"e EH• Agraria, se resuelve: datarios, relativa a la privación de derechos agrarios, en contra de los ejidatarios que se citan en el primer PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos punto resolutIVO de e.,ta ResolUCIón, por haber aban• 3!.'ranos en el ejido del poblado denominado "LOS CE• donado los trabajOS colectl'o~ de las ticI ras del ejido D-ROS", MUl11cipIO de Choix, del Estado de Sinaloa, por QOX n;L'i" de dI)" '<~'" a~amblea que halx'r abandonado los trabajos colectivos de las tie• t Cí,lp""",t;,,,,~ tuvo venllcauvo el de jumo de 1!:174, en la que lie rras del ejIdo por más de dos allos consecutlvoli, a
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    Lunes 22 deenero de 1979 DI4,,'10 OPICIA· ti ~ - - --~~..-=--..~~~~~~=---------------~--------~~ los CC. l.-Cornelio Soto, 2.-Matilde Soto, 3.-Ramón R'ESOLUCION sobre privación de derechos agrarios López, 4 -José María Osornio, S.-Silvestre Osornio, y nuevas adjudicaciones de unid~ea de dotación 6.-J. Cruz Mantilla, 7.-Florencio Hernández, 8.-Ig• , y COIlfirmación 'df: derechoas, apar:llls, en él ejido nacio Hernández, 9.-Angel Henlández, 10.-J. Carmen del poblado denominado San ~.uo de Peñitas, Gil, 11. -Manuel Corrales V., 12. -J. Félix Torres, 13. Municipio de lturbide, N. L.' (Registrada con el -Domingo Rivera. 14.-0dilón Gil, 15.-Serapio Esca• JlÚDlero 3593). ' lante, 16.-Pedro Flores, 17.-Severiano Corrales, 18.• Delfino Benítez, 19.-Francisco Benítez, 20.-Felipe Ler• Al margen un 'sello con el Escudo Nacional, Que ma, 21.-Cástulo Lerma, 22.-J. Carmen Borbolla, 23. dice: Estados Umdos Mexicanos.-Secretaría de la R.e• -Epifanio Soto, 24.-Félix Beltrán, 25.-Marcelo Flgue• forma Agraria. ' roa, 26.-Ramón Corrales, 27.-Andrés Corrales, 28.• José Quintero, 29.-Manuel Quintero, 30.-Ignacio Gil, VISTO para resolver el 'expediente relativo a la priva~ 31.-Manuel Corrares Miranda, 32.-Moisés Gómez, 33. dón de derechos agrarioi y nuevas ad judicaciones -Amador Torres Jr., 34.-Leonides Torres, 35.-Pedro de unidades de dotación y confirmación de dere• Rodríguez y 36.-Pedro Romero. chos agrarios, en el ejido del poblado denominado "SAN ANTONIO DE PEI':IITAS", Municipio de !tur- bide, del- Estado de Nuevo León; y , , SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios por ve• nir trabajando colectivamente las tierras por más de dos RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien-_ años ininterrumpIdos, en el ejido del poblado de "LOS te la segunda convocatoria de fecha 4 de abril de CEDROS", Municipio de ChOlX, del Estado de Sinaloa, 1976, para la Asamblea General Extraordinaria de E4i• a los CC. l.-Santos Portillo Araujo, 2,-Carmen AreHa• datarios, relativa a la privación de derechos agrarios, DO Fernández, 3.-Juana Torres, 4.-Fidel Arellano Fer• en cóntra de los ejidatarios que se citan en el primer nández S.-Rosario Avila. 6.-Manuel Arellano Jacobo, punto resolutivo de esta Resolución, por _haber aban• 7.-José Avila Avila, 8.-Monserrat Rentería Salinas, 9. donado el cultivo personal de las unidades de dota• -Gerardo Palma Miranda, 1O.-Ramón Arellano Valen• ción por más de dos años consecutivos; asamblea que zuela, ll.!.-Rosano Peraza, 12,-Roberto Palma Rentería, tuvo verificativo el 12 de abril de 1976 en la que se 13.-José Portillo, 14.-Guadalupe Medina Avila, I5.-For• propuso reconocer derechos agrarios y adjudicar las tunato Medma, lb.-JesÚs Atondo Soto, 17 .-Arcadio unidades de dotación de referencia a los campesinos Atondo Cota, IS.-Jesús Vega Quiroz, 19.-Aurelio Co• que las han venido cultivando por más de dos años ta Mendivil, 20.-Moisés Torres Flores, 21.-JesÚs Co• ininterrumpidos, y que se indican en el segundo punto ta Atondo, 22.-Modesto Atondo Cota, 23.-Mario To• resolutivo, v se COnfirml"11 los derechos a~rarios do 3 rres Corrares, 24.-J. Cruz Torres, 25.-Samuel López eiidatarios del censo bá.sico, beneficiados en la Re• Torres, 26.-Fehzardo López, 27 .-Rosalío Sauceda GOll• solución Presidencial de dotación de eiido de fecha zález 28.-Ismael Corrales Portillo, 29.-Ramón Bur• 25 de octubre de 1950. pl,lblicada .en el "Diario Oficial" gos Ruiz, ~O.-Heriberto Rodríguez Sánchez, 31.-Li• de la Federación el 10. de marzo de 1951, quienes se berato Flores Avendaño, 32 -Francisco Flores Avenda• encuentran en la actualidad cultivándo sus unidadeS ño 3:~.-Martín Victorio Rodríguez A., 34.-,Jesús Ro• de dotación y que se indican en el tercer punto re- drÍguez Atondo. 35.-Elías Rodríguez y 36.-Zenona solutivo de la presente Resolución. ' Torres; consecuentemente, expídanse sus correspondle~­ tes Certificados de Derechos Agranos, que los acredl• RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se• ten como ejidatarios del poblado de que se trata. remitió a la Comisión AgraTia Mixta v, dicho OrlZa• nismo, notificó el 27 de abril de 1976. a los eHe:'a• tarios afectados, para Que comparecieran a la Au• TERCERO.-Se confirman los derechos agrarilJs de diencia de Pruebas V Alegatos; misma Que se llevó 12 ejidatarIos del censo báSICO, beneficiados en la Re• a cabo el 13 de mayo de 1976, en la que' se comprobó: solución Presidenciál de dotación de ejido, de fecha legalmente la procedencia para la privación de. dere• 29 de julio de 1953, publicada en el "Diano Oficial" chos ¡lo-rarios a Ir¡" eiirlatarios "ronllPsto~: ~P c"":• de la Federación el 9 de abril de 1954, quienes se formidad con lo dispuesto por los Articulas 426, 430 encuentran en la actualidad cultivando sus unidades Y demás relativos 'de la Lev Federal de Reforma Agra-' 'de dotación a los CC. l.-Fehzardo López, 2.-Deme• ria. La Comisión Agraria Mixta opinó Que es procé• triQ Hernández, 3.-Julián Avila, 4.-Modesto Burgos, dente la privación de sus derechos agrarios a los eii• 5.-Rodngo Rodríguez, 6.-Alejo Arellanez, 7.-Jesús datarios que se señalan. V el reconocimiento que pro• Arellanez, 8.-Bernardino Jiménez. 9.-Francisco Are• pone la Asamblea Ge.neral Extraordinaria de Eiida" lianez, 10.-Antonio Avifa, 11 -Pedro Sauceda y 12. tarios. -Margarito Corrales; en el ejidO del poblado deno• minado "LOS CEDROS", MunIcipio de Choix, del Es• RESULTANDO TERCERO-El exnediente relativo tO:ldo de Sinaloa; consecuentemente, expídanse a sus fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, nombres los correspondientes Cer-tificados de Derechos Dirección General de Derechos Agrarios, la Que him Agrarios que los acredite como ejidatarios del pobladO una revisión del mismo. v comprobó la legalidad ele de que se trata las notificaciones V constancias presentadas en e!lte· Juicio; por lo que 6'S turnó al Vocal Consultivo A.O'ra.. río correspondiente, con la opinión de aue fuera anro• CUARTO.-Publíquese esta Resolución, relativa a bado por estar integrado correctamente; Quien a <;u la privación, reconocimiento y confirmación de dere• vez, por haberlo encontrado ajustado al T'rocedimien• to de Lev, lo someti6 a la con~ideraci6n fiel (',,'" -no chos agrarios en el ejido del poblado de "LOS CE• Consultivo Agra.rio. el aue emitió v anrnh6 c1;ct::lmpn DROS", Municipio de Choix, del Estado de Sinaloa, en sesión celebrada el tI de abril de !97R; v en el "Diario Oficiar" de la Federación y en el Penó• dico Oficial del Gobierno de esa Entidad Federativa; CONSIDERANDO 'PRIMERO;":'Oue ef ",re"""'''..;_.: . inscríbase y háganse las anotaciones correspondientes do privativo se ha seguido de acherdn con' "F ' ".. en el RegIstro Agrario Nacional; notifíquese y ejecútese. mites previstos en- .los Artículos' 42'. 429 ...4:~O .4~1 ". , demás. relativos de'laLev' Federal de RefuT'TT''' ""7":.: ria;hilbiéndo'Jecomprobado oorlf1<lcon!':t~"r;"~ .~,"A. Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la obran en .antecedentes, aue . los eiid?tar;n... h~" 1·- ,o. Unión, en México, Distrito Federal, a los treinta rrido en la causa de nrivacMn Ap . r1"'··P"",,,·~' .' : días del mes de noviembre de mil novecientos se• a que se refiere' el A.rtíC"'l"O 11" F~"c¡':/..'·' ~':' .." .~ tenta V ocho.-El Presidente Constitucional de los pia Ley, "dr' haber ab~T1dónadoel Cllli'vo"f'~:': ',:" . Estado~ Unidos Mexicanos.-José López Portillo.• las umdacfes de dotaCIón por más de do," ~1""'< •.•. Rúbrica.-Cúmplase: El Secretario de la Reforma secutivos; gue quedaron OPOI:tunamente nbtificados los Agraria, Antonio Toledo ColTo.-Rúbrica. eiidatarioS' sujetos aiyicio:. V Que, final~te: '.~ .si~· - . ,,' ' .
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    DI a-RJ-O-O P:rCI-A L Lunes 22 de enero de 1979 - tuieron los posteriores trámites legales; es procedent~ CUARTO.-Publíquese esta Resolu~ión, relativa a ttrivarlos de sus -derechos agrarios". la privación de derechos agrarios. y nuevas adjudica• ciones de unidades de dotación y confirmacIón de CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos Derechos Agrarios, en el ejido del poblado de "SAN señalados, segun constancias que corren agregadas al ANTONIO DE PEÑJTAS", MunicIpio de Iturbide, del expediente, han venido cultivando las unidades de do• Estado de Nuevo León, en el "Diario Oficial" de la tación por más de dos años ininterrumpidos; y ha• Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno de biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos esa Entidad Federativa; inscríbase '/ háganse las anota• agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de ciones correspondientes en el RegIstro Agrario Nacio• Ejidatarios, celebrada el 12 de abril de 1976, de acuer• nal; notifíquese y ejecútese. do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracciones 1 y III, 200 Y demás aplicables de la misma Ley, proce• Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la de reconocer ~us derechos agrarios; y con fundamento Unión, en México, Distrito Federal, a los treinta días en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus del mes de noviembre de mil novecientos setenta y Certificados correspondientes. ocho.-El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, José López PortiUo.-Rúbrica.-Cúm• Por 10 expuesto y con fundamento en los Ar• pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Toledo Corro.-Rúbrica. Agraria, se resuelve: • PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos agrarios, en el ejido del poblado denominado ~'SAN RESOLUCION sobre privación de derechos ~rarios y ANTONIO DE PEÑITAS", Municipio de Iturbide, del nuevas a4judicaclones de unidades de dotación Estado de Nuevo León por haber abandonado el cul• y cancelación de certificados de derecllos agra• tivo personal de las unidades de ,dotación por más rios, en el ejido del poblado denominado Caleras, de dos años consecutivos a los CC. l.-Juan Barrien• Municipio de Tecomán, Col. (Registrada con el nú• tos, 2.-Pedro Cuevas, 3.-Andrés Cuevas, 4.-Carlos mero 3497). Cuevas, S.-Lorenzo Cuevas, 6,-Pedro Cuevas, 7.-Me• le~io Cuevas, 8,-Reyes Cuevas, 9.-Julián Espinosa, 10. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que -Octavio Espinosa, ll.-Ezequiel Espinosa, 12.-Andrés dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• Espinosa, l3.-Ciro Espinosa, 14.-Juan Espinosa 15.• forma Agraria. Guadalupe Espinosa, 16.-Franclsco E<;pinosa, 17.-Jo• sé Espinosa, 18.-Juan E<¡pinma, 19.-0ctavio Leos. 20. VISTO. para resolver el e"pe~iente relativo a la pri• -Gabino Ramírez, 21.-Manano Ramírez, 22.-Trinidad v~clOn de derechos agranos y nuevas ad judica• Ramírez. 23.-José Sauceda, 24.-Cirilo Tovar, 25.• cIOn~s de unidades de dotación y cancelación de Andrés Tovar, 26.-Víctor Tovar 27.-Fsteban Tovar, certltIcados de derechos agrarios, en el ejido del 28.-JesÚs Tovar, 29.-Tiburcio Tovar V 30.-José Tovar. poblado denominado "CALERAS , Municipio de Te• comán, del Estado de Colima; y SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• adjudican las unidades de dotación de referencia, por te la convocatoria de fecha 18 de octubre de 1973 venidas cultivando por más de dos años ininterrum• para la Asamblea General Extraordinaria de Eii~ pidos, en el ejido del poblado de "SAN ANTONIO DE , datarios, relativa a la' prÍvación de derechos agrarios en PEÑITAS", Municipio de Iturbide, del Estado de Nue• contra de los ejidatarios que se citan en el primer vo León, a los CC. l.-Gabriel Luna Morales, 2.-José punto resolutivo de esta Resolución, por haber aban• Angel Sauceda Banda, 3.-Martín Tovar Ramos, 4.• donado el cultiyo personal de las unidades de dotación Juan Sauceda Rangel, S.-Guillermo Rodríguez Hernán• por más de dos años consecutivos; asamblea.que tuvo dez, 6.-Eligio de la Rosa Cuevas, 7.-Margarito Rodrí• verificativo el 27 de octubre de 1973, en la que' se propu• guez Hernández-, S.-Juan Cuevas Colunga, 9.-Pedro ' so reconocer derechos agrarios y adjudicar las umdades ,Rodríguez Hernández, 1O.-Eliazer de la Rosa Cuevas, de dotación de referencia, a los campesinos que las tl.-Eulalio Rangel Tovar, 12.-Mauro de la Rosa Sa• han venido cultivando por más de dos añ6s ininte- las, 13.-Guadalupe Ramírez Colunga, 14.-Jo~é Sauce• 1 rumpidos, y que se indican en el segundo punto re• da Rangel Primero, 15.-Antonio Espinosa Floree;, 16.• solutivo, y se cancelen los Certificados de Derechos José Manuel Sauceda Espinosa, 17.-José Saucedll R:m• Agrarios, en virtud de que se les expidió doble a cada gel Segundo, 18.-Erasmo Robles de la Rosa, 19.-Ga• uno de los ejidatarios, que fueron reconocidos por Re• bino Sauceda Rangel, 20.-José Isabel Sauceda Espino• solución Presidencial de S de noviembre de 1968, pu• sa ~l.-Francisco de la Rosa Guzmán, 22.-Rogelio Ra• blicada en el "Diario Oficial" de la Federación el 19 mfrez Colunga, 23.-Ascención Sauceda RangeI, 24.-Ro• de diciembre de 1968, los que se mencionan en el ter• dolfo Tovar Ramos, 25.-Benigno Tovar Ramos, 26.• cer punto resolutivo; por fallecimiento del titular se Alberto Rodríguez Cuevas, 27.-Candelario Rodríguez cancela el Certificado de Derechos Agrarios; y adjudi• Cuevas, 28.-Daniel de la Rosa Cuevas, 29,-Leopoldo cársela al campesino que la ha venido cultivando por Sauceda Espinosa V 30.-Pedro de la Rosa Cuevas; con• más de do<; años ininterrumpidos, V que se cita en el secuentemente, expídanse <;us correspondientes Certi• cuarto punto rei>olutlvo de la presente Resolución. ficados de Derechos Agrarios, que los acredite como ejidatarios del poblado de que se trata. RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se remitió a la Comisión Agraria Mixta V, dicho Orga• TERCERO.-Se confirman los derechos agrarios de nismo, notificó el día 18 de enero de 1974, a los elidata• 3 ejidatarios del censo bá.;;ico, heneficiado<; en la Re• rios afectados, para que comparecieran a la Audien• solución Presidencial de dotación de eiído de fecha cia de Pruebas v Alegatos; misma que se llevó a cabo 25 de octubre de 1950, publicada en el I/niarib Oficiíll l ' ello. de febrero de 1974, en la que se comprobó le• de la Federación ello. de marzo de 1951, quienes se galmente la procedencia para la privación de derechos encuentran en la actualidad cultivando sus unidades agrarios a los ejidatarios propuestos de conformidad de dotación, a los CC. l.-Alfredo E<;pinnsa Cu~vas 2. C01l lo dispuesto por los Artículos 426, 430 V de• -Pedro Sauceda Banda v 3.-Urbano Tovar Hern'án• más relativos de la Lev Federal de Reforma Agraria. dez. en el ejido del poblado denominado l/SAN ANTO• La Comisión Agraria Mixta opinó que es procedente NIO DE PEÑ"ITAS", Municipio de Ifurbide del Estado la privación de sus derechos agrarios a los ejida• de Nuevo León; consecuentemente expídamE' a -¡¡us tarios q'ue se señalan, y el reconocimiento que propono nomb~es los correspondientes Certificados de Deredws la Asamblea, General Extraordinaria de Ejidatarios. ~anos que los acredite¡r. como ejidatarios del po• ItfáGo de Que se trata. RESULTANDO TERCERo.-El expediente relativct
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    Lunes 22 deenero de 1979 .IA ••• OfiCIAL 13 fue turnado al entonces Departamento de Asuntos Agra• venirlas cultivando l'Or más de dos años ininterrum·, rios y Colonización, hoy Secretaría de la Reforma Agra• pidos, en el ejido del poblado de "CALERAS", Muni· ria, DireccIón General de Derechos Agrarios, la que cipio de Tecomán, del Estado de ColIma, a los CC. hizo una revisión del mismo, y comprobó la legalidad l.-José Angel Espinosa Macías, 2.-María Angela Agua. de las notificaciones y constancias presentadas en yo López, 3.-Rosario Vizcaíno López, 4.-~tonso Ma}. este juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo donado Gómez, S.-Guillermo Torres GarCIa, 6.-Gm• Agrario correspondiente. con la opinión de que fuera llermo Qudes López, 7.-Nlcasio Quiles Rodriguez, 8 - aprobado por estar integrado correctamente; quien a Rogelia González Cárdenas, 9.-Petra Hernández Val· su vez, por haberlo encontrado ajustado al procedi• verde, 10.-Micaela Avalas Pérez, l1.-Cé~ar Campos miento de Ley, lo sometió a la consideracIón del Montes 12.-Eduardo de los Santos L., 13 -María Gua· Cuerpo Consultivo Agrario, el que emitió V aprobó su dalupe 'Radillo Dueñas, 14.-Margarita Rodríguez, Gar• dictamen en sesión celebrada el 7 de noviembre de cía, 15.-Belmar Zamora Guzman, 16.-Carmen fIgue' 1975; y roa Rosas, 17.-Rafael Díaz Mercado, I8.-Ramón Oso• rio Rincón, 19.-Aniceta Pelayo Hernández, 20.-Angel CONSIDERANDO PRIMERO -Que el presente jui• Pano Carrlllo, 21.-Raúl Sánchez Montes de Oca, 22 - cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá• José Espíndola Garibay, 23.-Miguel Godínez Farías, mites prevIstos en los Artículos 420, 429, 430, 431 V 24.-Juana Valdez López, 25.-Irineo Núñez Torres, 26. demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra-, -Rogelio Salcedo Chávez, 27.-Eva Revna Munguía, ria; habiéndose comprobado, por las constancias que 28.-Miguel Fuentes Jiménez, 29.-Rafael Hernández obran en antecedentes, que los ejidatarios han incu• Vega y 30.-Emilio Sánchez Ramírez; consecuente• rrido en la causa de privación de derechos agrarios mente expídanse sus correspondientes Certificados de a que se refiere el Artículo 85 Fracción l. de la Derechos Agrarios. que los acrediten como ejIdatarios propia Lev, por haber abandonado el cultivo personal del poblado de que se trata, asimismo se declaran de las unidades de dotación por más de dos años, vacantes dos unidades de dotación que pertenecieron consecutivos; que quedaron oportunamente notificados a los ejidatarios sancionados, los CC. 1.-Bonitacio Ló• los eJidatarios sujetos a juicio; V que. finalmente, se pez Gaytán y 2.-Miguel Avalas Pérez, a l?s Que ~e siguieron los posteriores trámites legales; es proce• hacen referencia en el punto que antecede, dIchas ':llll• dente privarlos de sus derechos agrarios y cancelar dades serán adjudicadas posteriormente a campeSInOS los correspondientes Certificados de Derechos Agrarios, , que reúnan los requisitos de Ley. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos TERCERO .-Cancélense los Certificados de Dere• señalados, según constancias que corren agregadas al chos Agrarios números 1294831, 1294838, 1204840,. , expediente, han venido cultivando las unidades de 1294843, 1294844, 1294845, 1294846, 1294946, v 1294841. dotación por más de dos años ininterrumpidos; V habiéndose propuesto el reconoCImiento de sus dere• Que pertenecieron a los CC. 1 ,-Cecilia González,Fuen• 2- chos agrarios por la Asamblea General Extraordinana Juan S.-Rosa 3 -Víctor González,Nava Preciado, 7.• Jiménez, 4,-Marciano de Ejidatarios celebrada el 27 de octubre de 1973, de Bernardina Ramírez, 8.6.-Celso Avalas Pérez v 9.• tes, Ruelas, -Serapio acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72, Fracción III; 84, 200 v demás aplicables de la misma Ley, nado Velazco Sánchez, en el ejidoTecomán, del denomi• Eva "CALERAS", Mumcipio de del poblado Estado procede reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Lev, de Colima, en virtud ejidatarios doble CertJiicddo, y uúo de los referido<; de habér~les expedido a cada expedir sus Certificados correspondientes. así evitar la duplicidad de los mismos. Por 10 expuesto v con fundamento en los Ar· tículos Ya mencionados de la Ley Federal de Reforma Rodríguez; se cancela el Certiticado de Jesús Cáldenas, CUARTO.-Por fallecimiento de: J. Derechos Agra• Agraria, se resuelve: rios número: 1294863, en el ejido del poblado denOITll• PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos nado "CALERAS", Municipio de Tecomán, del E<;tado de agrarios en el ejido del poblado denominado "CALE• Colima, y se adjudica la referida unidad de dotación, RAS", Municipio de Tecomán, del Estado de Colima, por haberla venido C. Jesús Cárdenas Morfín; conse• ininterumpidos, al cultivando por más de dos años por haber abandonado el cultivo personal de las uni• cuentemente, expídase su correspondiente Certificado de dades de dotación por más de dos años consecutivos, a los CC. l.-Inocencia Espinosa Radillo, 2.-JesÚs Derechos de que se que lo acredite como ejidatario del Agrarios, Aguayo Núñez, 3.-Gon1.alo .Campos Vizcaíno, 4.-Eva poblado trata. Velazco de Sánchez, S.-FelIpe Ahumada Salazar, 6.• Rafael Alcaraz !guilar, 7.-Santiago Alcaraz Aguilar, 8. QUINTO -Publíquese esta Resolución. relatl'a a -Carlos Arreola Barrera, 9.-F1orencio Arreola Avalas, la privación de derechos a2rarios V nuevas adjudlc:1- lO.-José Avalos Mariscal, H.-Félix Campos Vizcaíno, ciones de unidades de dotación V cancelación de Certi· 12.-Manuel de los Santos Garda, l3.-José Espinosa ficados de Derechos Agrarios, en el ejido del poblado Rivera, 14,-Donaciano Flores Gómez, 15.-Isaías Zamo. de "CALERAS', Municipio de Tecomán, del Estado de ra Escobar, 16.-José Garda Ramírez, 17.-Carlos Her• Colima, en el "Diario Oficial" de la Federación v en nández Hernández. 18.-José Hernández Muñoz, 19.• el Periódico Oficial del Gobierno de esa entidad fe• José Jiméne:z González, 20.-José Madrigal Larios, 21. derativa; inscríbase v háganse las anotacloncs COnT'i• -Atana'iio Medina Ruelas, 22.-Miguel Meza Barragán, pondientes en el Registro Agrario Nacional; notifíque,e 23.-Paulino Montaño Ortiz, 24.-J. Concepción Norie• y ejecútese. ga Valdez, 25 -Arturo Palacios Zúñiga, 26.-J. Cruz Palacios Zúñiga. 27 .-Francisco Rincón Huerta, 28.• Dada en el Palacio del Poder Eíecuti'o de la Uní",}, Marciano Rodríguez Cervantes, 29.-Rosa Ruelas Cero en México, Di,trito Federal, a 10<; vemtisiete dw<; vantes, 30 -Julián Valverde Vicente, 31 -Bonifacio Ló• del mes de novie'Ylbre de mil novedpllto<; sctent<1 v pe7 Gavtán y 32 -Miguel Avalas Pérez. En consecuen• ocho.-EI Presidente Constitl1cíOD<11 de 10<; E<;I'l(ln~ cia, se cancelan 10<; Certificados de Derechos Agrarios Unidos Mexicanos, José Lopez Porti1 1o.-Rubrll'a -(''''y¡ que respectivamente se les expidieron a los eiidatarios pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio 10 sancionados, números: 1294829, 1294830, 1294833, 1294842, ledo Corro.-Rúbrica. 129484, 1294849, 1294850, 1294852, 1294853, 1294856, 1294860, 1294871, 1294876, 1294883, 1294884, 1294887, 1294900, 1294901 1294903, 1294908, 1294909, 1294911, 1294913, 1294917~ 1294920, 1294921, 1294927, 1294930, - ttESOLUCION sobre privación de derf'('h~ ...r"r-I ...... ., 1294935, 1294944, 1294824 Y 1294837, nuevas adiudicaeiones de t1ni"~r1~" ,'n ,~"L", • .'.,. en el ejido del poblado denominado El Pen~ '1, SEGUNOO.-Se reconocen derechos agrarios V se Municipio de Ocampo, Tam. (Re2istrada con el adjudican las unidades d. dotación, ele rete.mJcia, per lIÚIIlel'O 3715).
  • 54.
    CONSIbERANDO S:eGUNDO.-Que l~~eampesiD.bs ~W, selúrt cMstlntias ~1Je cérrl!lft .~a&$ ~ exp.ediente, han venidO cultivando las Ill'lidade! dé dc!J. t~t16n flor más de dos afios il'tinteITt1l'tpidos; y ha• blé:nd~st prOpuesto el reconoci1'l'l.ient~ de sus derec.hos VIST? para resl'>Iver el eltJ!tdiente retuivo • la priva• a~aflos . por la Asam.blea Général .Extraordinaria de CIÓ'l ~e derechós a¡ranos y nuevas ad iudicaciones E'jidatanos, ~elébrada el 20 de Octu8ré de 1975, de acuér. de W'li~ades de dotación, en el ejido del p6blado dó cOn lo dIspuesto pOr los Artículos 72 fracciÓl'l In· denOttunacio ".EL PENSIL" MunicIPIO de Úcal'npo 86, 200 y demás aplicables de la misma Ley pr~ del :estado de Tamaulipas;' y , cede rec0l!0cer Sus derechos alrarios; y con fundamento en el ArtIculo 69, de la tnéncionada Ley expedir sus RESULTAND~ PRIMERO.-Consta en el expecuen- Certificados correspondientes. ' te la convocattma de fecha 11 de octubre de 1975 plU'a .la As~blea General Extraordinaria de E .i~ Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu• i1atanos, !elativa a la privación de derechos agrar?os los ya mencionados de la Ley Federal de R.efortna y sucesopos, en contra de los ejidátarios que se citan Agraria, se resuelve: eDha....e..1 prb1mer punto resolutivo de esta Resoluci6n })Oc """r a .andonado el cuhivo personal de las unidadts P~IMER.O. -::-Se decret. la privación de derechGs de dotac¡6n pOr más de dOs. años consecutivos' asam• a2I'arIOs en el ejIdo del poblado denominado ".EL PEN• blea que tuvo verificativo el 20 de octubre de i975 en SIL", MunicipiO de Ocampo, d~l .EstadO de T~pas, ~ gue se pro{luso reconocer derechós agrarios y' ad· por haber abandonado el cultivo personal de las uni• Ju~ear las unIdades de dotación de referencia a los dades de dotación por más de dos años conseeutivos rpesinOS q~e. las han _venido cultivando pór más a los CC. 1.-Tomasa Morales Vda. de Sánclez 2 ~ e dOs años lDlnterrutntudos y Que se indican en el Fr~ncisco Zúñiga, 3.-Paulino Báez, 4.-Porfiria' Guz• segundo :tmnt~ r~«?lutivo; por fallecimiento del titular man Vda. de Barrientos, 5.-Silverio Acufia, 6.-Vicen• se cancele el Ceruficado de Derechos Agrarios y se pri• .v ven de sus derechos agrarios sucesorios, a los here' te Escobar, 7.-Pedro Morales, 8.-Agustina Báez Vda. de .Morales, 9.-Lucas Reyes lO.-Pablo Padrón, 11.• deros qu~ ,abandonaron el cultIVO personal de la unidad FélIx V~zq~ez, 12.-Tomás Zúñiga, 13 -Evaristo Sot~, lJe ~otaclOn por mas .de dos años consectuivos. y ad• 14.-ExIqUlO Escobar y 15.-Bartolo Martínez. Por la JudIcársela 'll campesIno que la ha venido cultivando misma razón, se privan de sus derechos agrarios suce• por más de rlos años ininterrumpidos y que se citan sorios, a los CC. l.-Lorenzo ZÚfiiga, 2.-Apolonia Ca• ~,el terceI punto resolutivo de la presente Resolu- n~. 3.-Gabilla Carrizales. 4.-Darío Alámbar, 5.-Luis ClOno . Vazquez, 6.-Enrique Zúñiga, 7.-María Tinajero, 8 - Rafael Zúñiga, 9.-Juan Zúñiga y 10 .-Florentino Soto_ ~~SUL TANDO SEGUNDO.-La documentaclOn se En con<;ecuencia, se cancelan los Certificados de Dere• remulO .a.la Comisión Agraria Mixta y. dicho Organi!>• chos Agrarios que respectivamente se les expidieron a mo: notlfIcó el 27 de febrero de 1976, a los eiidatarios los eildatarios sanCIOnados, números: 1091103. 1091097, y sl.lcesores afectados, para que comparecieran a la 1091074, 1091101, 1091072, 1091108, 1091111, 1091100, .- AudienCIa de Pruebas y Alegatos; misma que se llevó 1091090, 1091086, 1091096, 1091098, 1091094, 1091079 y .• a cabo el 17 de marzo de 1976, en la que se compro' 1091084. bó legalmeI?te la procedencia para la privación de dere• chos agranos y sucesorios a las ejidatarios propues• SEGUNDO.-Se reconocen derechos airarías y se to~; de conformidad con lo dispuesto por los Artícu• adjudican las unidades de dotación, de referencia, por los 426, 430 Y ~emás relativos de la Ley Federal venirlas cultivando por más de dos atios ininterrumpi• de Reforma AgrarIa. La Comisión Agraria Mixta opinó dos, en el eiido del poblado denominado "EL PENSIL", que es procedente la privación de sus derechos agra• Municipio de Ocampo, del Estado de TamauliJ'as, a ·rfos y sucesorios a los ejidatarios que ~e señalan v el los CC. l.-José Sánchez Morales, 2.-Juan Torres . recon~imiento que propone la Asamblea Generaí 'Ex• Hernández, 3 -Nicolás Báez Vázquez, 4.-Honorio Ba• .. traordInana de EjidatarIo~. rriento!', 5.-José Luis Herrera Contreras, 6. - Pedro Saldaña :RaIdazo, 7.-Eugenio Vázqutz Pineda, 8.-Féli· t. pe Báez, 9.-Maurilio Reyes, lO.-Tendoro !barra Pa• '.' . , !(.ESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo drón, 1l.-Ramona HernáI'ldez¡ 12.-Cruz Zúñiaa, 13.• . ~e ~rnado a la Se<tretaría de la RefOrma Agraria, Francisca Actma, 14.-MauricIo .Escobar Leal v 15 - . J)ir.t:tl.6~ .General ~e DerechOs Agrarios, la qu~ hizo Jesús Martínez Hemández, consecuentemente, exl'ídam• Ula reVIsión del mIsmo, y comprohó la legalidad de se sus correspondientes Certificad!ls de Dérechos A.ra. ~~ .notificaciones y constancias presentadas en este rios, que los acredite como ejidatarios del poblad«!l de JUlCl(!); 'Por lo que se turnó al Vacal Consultivo Agra• que se trata_ tio correspondiente, Con la opinión de que fuera al'ro• hado pOr estar inte.rado correctamente; quien a su vez, por haberlo encontrado ajustada al procedimien• TERCERO.-Por fallecimiento del ejidatario NieV4~ to de Ley, lo someti6 a la consideración d~l Cuerpo Cruz, se cancela el Certificado de Derechos A;r.n!l$, Cbn!!ultivo Agrario, el que emiti6 su dictamen en se• número: 1091078, en el ejido del pGbladó cl8noíphwl:(J sión celebrada él 21 de febrero de 1978; y "EL PENSIL", Municipio de OcamJ>O, del Estado de Tamaulil'as; Y se privan de sus derechos a¡rariOs su• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el l'resente jui• cesorios por haber anandol'lado el cultivo pedonal cle ció privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi• las unidadeslos CC. l.-Lino Cruz, 2.-Portiríana Mcn• de dotación por más de dos años con• tes preVIstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 y secutivos; a demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra• dez, 3 -Anacleto Cruz, 4.-Maximino Cruz S.-Sa• fIa; habiéndose comprobadO. por las constancias que lomónv Cruz, 6.-María Cruz, 7.-Eva Cruz, 8.--Ofelía obran en antecedentes, Que los ejidatarios y sus here· Cruz de 9.-Angela por haberla venido la referida u1'lÍ• dad dotación, Cruz, Y se adjudica cultivando ~or ~eros hal'l incurrido en la causa de privacióm de dere· más de do!! añ<,>s consecutivos, al C. Juan Gareía Ava• ::hos agrarios y sucesorios a que se refiere el Artícu• las_ C~nsecuentemente, expídase a su nombre el c()rres• lo 85 Fracci6n r, de la propia Ley, por haber aban• J)Ondiente Cértificado de De~hó~ AgJlari¡'s que lo ácre. dona.db el cultivo perscmal de las unidades de dota• rute como ejldatario del poblado de que se trata. Cltltl l'lbr más de dos años cOnsecutivos; que queda• ron oportunamente notificádM los eiidataribs y suce• CUAR ro. -Publíquese esta Resoluci6n, relati~ a SOres sujetos a juicio; y que. finaltnenté, se Siguieron la privaci6h de derechOs a~trios v nuevas adfu(~hca­ los pOsteriores trániites legales. es procedente privar• clones de unidade! de dotaci6n, en el ejido cU1 }JO• los de sus derechos agrariOS v sucesoriOS, y cancelar blacio denOJDinado "EL PENSIL", MUDitiPie de Oeaa- .. Certific:ados de Derechos Aparios.
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    LUDes 22 deenere de 1979 DIAaIO OPICIA'" H' 1f. 1'1'>, :fel ~sta:lo de T.maulip~s, el'l el "DiariB Oficial" más relativos de la Ley Federal de JtefOrMa Aar~: de la federación, y ~l'l el Periódico Oficial del (Jo.. habIéndose comprobado por las constail,cias que 61Sru bierno de esa entid4d federa.tiva; inscríbase v háganse en antecedentes, que los' -ejftUtl}.rios y sus ~ertclé ¡,l$ las anotaciones correspondiéntes en el Registro Aira• han incurrido en la causa de j;mvadótl de d.erecllós rio Nacional; 1'lOtifíquese y ejecútese. a~arios y sucesorios a que se refiere el trt1eq1o 'SS fracción 1, de la propia Ley. por haber abandona«o el Dada 811 el Palacio del "Poder Ejecutivo de la UniÓn, ;u1tivo personal de las unidad.es de dotacióD por lIÚ en Mhico, Distrito Federal, a los seis días del mes de dos años cO"lsecutivos; l'ple quedaron oportQPa• de diciél'1lbre de mil novecientos setenta y ocllo. mente notificados lbS IejiaaWloS V sucesores $uj~tó' ti -El Presidente Constitucional de los Estados Unido~ juicio: V que finalmente, se siguieron 10$ posteriores Mtxicá1'lOs, loaé López POrtlllo.-Rúbrica.-CÚlnl'lase: trámites legaies. es procedente privarlos de su~ dtre. - tI Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo cJ:1os agrario.s. y suc~soríos, y cancelar lo~ correspon• Corro.-Rúbric~ dIentes CertIfIcados <le ~erechos Agrarios. ltESOLUCION sohre prlv.cl6n eSe derecllos • .!!,l'lo. Y CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que 10$ ~~í.aes rtuevu adjudl~ de Ullidades de datadón, en señalados, según constanCIas que corren ~ al el eUdo del pbhlado 4eDomlnado Las Anmn1as,· expediente, han venido cultrvando las un1di46¡' de' do.. Municipio de Bustamllllte, Tam. (ReJistrada con el número 3704). tación por más de dos' añes -ininterrumpidos, ) hIIb~ d~se propuesto el recpnooiIlliento de SU$ ~s nos por la Asamblea General Extraordinaria (le ~ji. _*tá• datarios celebrada el 9, Ele octuhre de 1975, 4e a~40 Al margel'l un sello con el Escudo Nacional, que con 10 chs~uesto por 108 Artículos 72 Fr~ [~I, 86, dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la 200 Y tiernas aplicables de la misma Ley, pl'Ot:lMe réeb• Itefonna Agraria. nocer sus derechos agrarios; y con futtdál'tlénto en el Artículo 69 de la mencionada Ley, eXpedir sus Cértifi· VISTO para resGlver el expediente relativo a la pri. cados correspondientes._ vación de derechos agrarios V nuevas ad1udicacio• nes de unidades de dotación en el elido del po• Por lo expuesto y con fundamento en los 'artículos blado denominado "LAS ANTONIAS", Municipio de ya mencionados, de, la Ley' Federal de Refbrma Aira• Bustamante, del Estado de Tamaulipas; y ria, se resuelve: RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien- PRIMERO -Se decreta la privación de d~eeholo te la segunda convocatoria de fecha 10. de octubre de agrarios en el ejido del poblado denominado "LAS 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de Eii• ANTONIAS", Murucipio tie Bustamante, del Estado dé datarios. relativa a la privación de derechos agrarios Tamaulipas, por haber abandonado el cultivo personal y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se ci. de las unidades de dotación por más de dos años con• tan en el primer punto resolutivo de esta Resolución, secutivos, a los ce. l.-Cristóbal Vázquez, 2.-Clemente por haber abandonado el cultivo personal de las uni• Pérez, 3,-Cirilo Colunga, 4 -Francisco Reyna. 5,- Fi• dades de dotación por más de dos afios consecutivos; lemón Gámez Y., 6 -Rogelio Rico, 7.-María del Re• asamblea que tuvo verificativo el 9 de octubre de 1975, fugio Cárdenas, 8 -Agustín Rico Ríos, 9.-Filentón Gá• en la que se propuso reconocer derechos agrarios V mez V., 10 -José Torres Mireles, ll.-Bartola Colun• ádjudicar las unidades de dotación de referencia, a ¡a, I2.-Esteban Torres, 13 -Felícitas Toms, 14.• los campesinos que las han venido cultivando por Lorenzo Morale~, I5.-Rutilo Reyes, 16.-R.amiro L~z, más de dos años ininterrumpidos y que se indican en 17.-Regina Guerra Estrada, 18.-Matiana Tones. 19. el segundo punto resolutivo de la presente Resolución. -Silvestre Celaya y 20 -Julio HernáI'ldez. Ptlr la ntis• ma razón se privan de sus derechos sucesorios agra• RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se rios a los CC. l.-Vicente Váz<l!lez Reyna, 2.-Leal'ldra remitió a la ComisiÓn Agraria Mixta v, dicho Orga• Reyna, 3 -Prudencio Vázquez Reyna, 4.-Ja~t0 Váz• l'dsl'tJo, notificó el 12 de diciemhre de 1975, a los elidata• quezVázquezS.-María del Refugia Vázquez ReyM.6.~fe­ lía Reyna, Reyna, 7 -ROSIta Vázque2: lIli'!YP, g,• rio~ y sucesores afectado~. para que coml'ar~eran '9.-T.~so Pém, a la Audiencia de Pruebas V Alegatos; misma que se María del Consuelo Vázquet Reyna,ReYDtt 1J "..,clara 10 -Ramón Colunga, 11. ~Alberta llevó a cabo el 29 de diciembre de 1975, en la que se eomllrob6 legalmente la procedencia para la flrivaeiól'l CoIWlga Reyna, Florito Reyna ColunJa, .. i4.~na 13 -Teodoro' ReY1'J.& C í6,-.-JQIn Rty• dé derechos agrarios y sucesorios a los ejidatarios Colunga, 15.-J. p. COlunga, 17.-Juana Reyna Colunga, 1&.-Fas~a :propuestos; de conformidad con 10 dispuesto 'POr los Reyna Colunga, 19 -Ríta Reyna ColWlga, 20.- 'ti Artlculos 426, 430 y demás relativos de la Ley Fede• Isabel Martínez, 21,-Alberto RaDiel C., 22 ......V uJi ral de Reforma A~aria. La Comisión Agraria Mixta Itangel C., 23 -Baldemar Rangel C" 24,-Gtm.a,ro ñ- opinó que e~ procedente la privaciÓn de sus derechos f a¡raríos a los ejidatarios y sucesores que se señalan l C., 25 -Armando Rico Pérez, 26.-Nrida. Cól1J.llp, y el reconocimiento gue propone la Asamblea Geneñí .-Martín Gámez Pérez, 28.-Virgmia Gá~éz Pitez, .-Alicia Gámez Pérez, 30.-José Torres Raqtl, 31. Extraordinaria de Eildatarios. -Blanca Torres Rangel, 32 -Nora Alicia Tor~s ltaI'!• gel, 33 -María Praxedis' Torres Rangel. 34 -Antonia RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo Torres Rangel, 35.-Cipriano Mireles Torres, 36.-Ed,lha fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, Celaya, 37 -Silverio Hernández y 38.-María del M· DirecciÓn General de Derechos Agrarios, la que hito ble Bustos: en consecuenCIa, $e cáncelan los Certifi• una revisión del mismo, y comprob6 la legalidad de cados de Derechos Agrarios que respectivamtnté S$ lts las notificacione~ y constancias presentadas en este ex!)idieron a los eiidatariós sancionados, números: " juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• 1139472, 1139475, 1139477, 1139495. 1139519, 1139531, rio correspondiente, con la opinión de que fuera aproo 1139538, 1491067, 1491068, 1491071, 1139471, 1139A~5. bada por e~tar integrado correctamente; quien a su 1139496, 1139520, 1139528, 1139530, 149107~, 113~525. vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento 1139543 y 113950l dé Ley, 10 sometió a la consideraci6n del Cuerpo Con· sultivo Agrario, el que emitió y aJlrobó su dictamen SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrál'ios v SI! en sesión celebrada el 30 de agosto de 1977; V adiudican las unidad~s de dotación de refetél'ltia, "'élr venirlas cultivando pór más ,dé dos afi6s inintf'rr' '" CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• l'idos, en el ejido del poblado "LA$ ANTOr-T!,~,~' "" cio priv'4tivo se ha seguido de aouerdo con los trálni nicit>io de B~tamante, del estado'de TarnauUpa:.,'. ..)3 tes previstos en los artículos 426, 429, 430, 431 Y de. ce. l.-Enrique Vbquez. tortee, 2.-8idtatat 1'érez
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    l' DIARIO OPICIAL Lunes 22 de enero ele l~" Colunga, 3.-Hwnbertó Colunga Reyes, 4.-Juan Mi• sión Agraria Mixta opinó que es procedente la priva. réles Pérez, 5.-AntoruQ Simentales Loredo, 6.-Rober• ción de sus derechos agrarios a los ejidatarios que se to Reyes Bustos, 7. -Juan Reyes Rico, S.-Juan Sus• señalan, y el reconocimiento que propone la Asamblea taita Ruiz. 9.-RaudI:'1 Reyna Hernández, 1O.-Pedro General Extraordinaria de Ejidatarios. Báez Torres, 11 -Bernardino Pérez Colunga, 12.-Ci· priano Torres Mireles, 'B.-Francisco Javier Báez To• RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo rres, 14.-José Morales VilIanueva, 1S.-0norio Reyes fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agra. Torres, 16.-Homero López Réyna, 17.-Manuel Morales ria, Dirección General de Derechos Agrarios, la que hIZO Villanueva, 18 -Lucio Mireles Torres, 19.-Telésfora una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las Mirele;; Torres y 20.-Héctor David Hernández Bustos; notificaciones y constancias presentadas en este juicio; consecuentemente, expídanse sus correspondientes Cero por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario corres• titicados de Derechos Agrarios que los acredite como pondiente, con la opinión de que fuera aprobado por ejIdatarios del poblado de que se trata. estar integrado correctamente; quien a su vez, por ha• berlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley, TERCERO.-Publíquese esta resolución, relativa a lo sometió a la consideración del Cuerpo Consultivo la prIvación de derechos agrarios V nuevas adjudica. Agrano, el Que emitió v an'-"bó dictamen en sesión ce. ciones de unidades de dotación, en el ejido del pO' lebrada el 4 de .iulio de 1978; y :blado de "LAS ANTONIAS", Municipio de Bustamante, ~de¡' Estado de Tamaulipas, en el "Diario Oficial" de la CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno de cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trámites esa entidad federativa, inscríbase y háganse las anota· previstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 y demás ciones correspondientes en el Registro Agrario Nacional; relatlvos de la Ley Federal de Reforma Agraria; ha• notifíquese y ejecútese. ) biéndose comprobado por las constancias que obran en antecedentes, que los ejidatarios han incurrido en Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, la causa de privación de derechos agrarios a que se en México, Distrito Federal, a los seis días del mes rdiere el Artículo 85 Fracción 1, de la propia Ley, por de dIciembre de mil nove.:ientos setenta y ocho• haber abandonado el cultivo personal de las unidades El Presidente Constitucional de los Estados Unidos de dotación por más de dos años consecutivos; que Mexicanos, José López Portillo,-Rúbrica.-Cúmplase: quedaron oportunamente notificados los ejidatarios su• El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo jetos a juicio; V que, finalmente, se siguieron los pos• Corro.-RúbrIca. teriores trámites legales; es procedente privarlos de sus derechos agrarios. • RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios V CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos nuevas adjudicaciones de unidades de dotación V señalados según constancias que corren agregadas al l'econocimienio de derechus agrarios, en el ejido del expediente, han venido cultivando las unidades de du• poblado d<l!nominado La Arena, Municipio .le Oco• tación por más de dos años ininterrumpidos; y habi~n­ singo, Chis. (Registrada oan el número 3677). dose propuesto el reconocimiento de sus derechos agra• 11 margen un sello con el Escudo Nacional, que no~ por la A'iamblea General Extraordinaria de 2jida• dice: Estados Unidos Mexicanos. - Secretaría de la tarios celebrada el 20 de octubre de 1974, de acuerdo Reforma Agraria. cun lo dIspuesto P<lr los Artículos 72 fracción III, 74, fracción n, 200 y demás aplicables de las misma Ley, VISTO para resolver el expediente relativo a la priva• procede reconocer sus derechos agrarios; y con funda• ción ele derechos agrarios v nuevas adjudkacio• mento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir nes de unidades de dotación y. reconocimiento de sus Certificados correspondientes. de derechos agrario~, en el elido del poblado de• nominado "LA ARENA", Municipio de Ocosingo, Por lo expuesto y con fundamento en los Artículos del Estado de Chiapas; V ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma Agra• ria, se resuelve: , RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien. PRIMERO.-S e decreta la privación de derechos . te. la segunda convocatoria de fecha 12 de octubre de agrarios, en el ejido del poblado denominado "LA 1974. para la Asamblea General Extraordinaria de Ejl• ARENA', Municipio de Ocosingo, del Estado de Chia. dataríos, relativa a la privación de derechos agranos, pas, por haber abandonado el cultivo personal de las en contra de los eiidatarios que se citan en el primer unidades de dotación por más de dos años consecu· punto resolutivo de esta Resolución, por haber aban• tivos, a los CC.: 1.-Luciano Hernández. 2.-Manuel donado el cultivo personal de las unidades de dotación Hernández Cruz, 3. -Leandro Hernández J., 4. -Fran• 'por mas de do" años comecutivos: asamblea que tuvo cisco Hernández Pérez, 5.-Nicolás Gutiérrez Moreno, verificativo el 20 de octubre de 1974, en la que se pro• 6 -Jerónimo Hernández M" 7 .-Luciano Hernández pu~o reconocer derechos agrarios v adjudicar la::- uni• R., 8.-Jacinto Hernández P., 9.-Santiago Hernánocz dades de dotación de referencia, a los campesinos que Gutiérrez y 10. -Domingo Gutiérrez :9. En consecuen• las han venido cultivando por más de dos años ¡nin• cia, se cancelan los Certificados de Derechos' Agrarios terrumnidos, v Que se indican en el segundo punto que res¡-.ectivamente se les expidieron a los ejidatarios resolutivo, y se reconozcan derechos agrarios por ha• sancionados, números: 1317758, 1317759, 1317761, 1317762, ber abierto tierras al cultivo V venirlas trabajando por 1317765, 1317769, 1317771, 1317772, 1317773 y 1317778. <llás de dos años ininterrumpidos, a los campesinos SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios V se Que se citan en el tercer punto resolutivo de la pre' adjudican las unidades de dotación de referencia, por l>ente Resolución. venirlas cultivando por más de do,> año~ ininter1'1lm• pidos, en el ejido del poblado de "LA ARENA", Muni• RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se cipio de Ocosingo, del Estado de Chiapas, a los Le.: remitió a la Comisión Agraria Mixta v. dicho Organis• l.-Manuel Hernández Jiménez, 2.-Manuel Cruz Her- mo, notifIcó el día 21 de enero de 1975, a los ejidata• _ nández 3.-Anselmo Hernández Sánchez, 4.-JerÓnimo nos ~le~tauo~. pala que compareCIeran a la Audiencia Hemáridez Ruiz, S.-Juan Gómez López, 6.-Juan Es• de Pruebas v Alellatos: misma que se llevó a cabo el 11 pinaza Hernández, 7.-Sebastián !lernández, GÓmez., 8: de febrero de 1975, en la que se comprobó legalmen• -Santiago Ruiz Moreno, 9.-Jacmto Hernandez JIme' te la procedencia para la privaCIón de derechos agra• nez V 10 -Jerónimo Hernández Morales; consecuen• rios a los ejidatarios Propuestos, de conformidad con temente, expídanse sus correspondi~ntes Certif~~ados lo dispuesto por los Artículos 426, 430 V demás relati. de Derechos Agrarios, que los acredIten como eJldata.: vos de la Ley Federal de Reforma Agraria La Comi· ríos del poblado de que se trata
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    1'1 ,. Lunes 22 de enero~d~e:-!1~97~9~_=D.:.I.2:A~.~I:.:qL..::0:.:p;;..:l:.:e~I~A~L::--_ _ _ _ _ _ ____ TERCERO.-Se reconocen derec;hos agrari?s por ha. RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo ber abierto tierras. a~ cultivo y. ventrlas tra~.a}ando por fue turnado a la Secretaría de la _Reforma Agraria. J;i. más de dos añoS mmterrqmpldos, en el eJluo del po• recclón General de Deiécnoi-- AgrarioS. la que hi· blado de "LA ARENA", Municipio de qcosmgo, del Es· zo una revi slón del ~ismQ,-, y; .<;qIP-'p~Qbó la ~J~li~d tado de Chiapas, a los Ce.: l.-Santiago Hern~n.dez de las notifIcaciones- y cqust~n'cl,~~p;esefl.ta~ ilR;: .este Oómez, 2.-Domingo He~nández M?rales, 3 :-~erommo juicio, por lo que se t1.!I1fÓ;-~t,Vbcaf.-consI11tIy()_ Agta. Oómez Moreno. 4.-Dommgo· Hernandez GUillen y 5 -; no correspondiente con -la .optn{Qn .de que fu~ra apro• Jerónimo Méndez Gutiérrez; consec;u~ntemente, expl' bado por e!>tar integrado correCtamente; .qUIen. a. su danseles sus correspondientes Certlf¡ca~?s de. Dere• vez, por haberlo enc.~ntrado· áj4~tilao ~ pr.ocedimien· chos Agrarios, que los acrediten como e]ldatanos del to de Ley, lo somello a la cODSlderaclón del Cuerpo poblado de que se trata. Consultivo Agrario, el que ..emitiQ . y aprob.ó su dic• tamen en sesión celebrada el 18 de julio de 1978. CUARTO.-Publíquese esta Resolución, rela~iva a la pnvación de derechos agr~!ios 'y nueva~ ~dludlca. CONSIDERANDO PRLM~O.-.-Que el presente ciones de unidades de dot~~lon y reconoclmlCnto" de juicIO privativo se ha segificlo de acuerdo con los derechos agrarios, en el ejido del poblado de LA trámite!. previstos en' los Artículos 426, 428, 429, 430[ 431 ARENA", Municipio de Ocosingo, del Esta.~o de ChIa. Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agra· as, en el "Diano Oficial" de la FederaclO.n y en el ria; habiéndose comprobado· por las constancias que ~etiódico Oficial del Gobierno de esa F:nudad Fede• obran en antecedentes, ql:le lps- ejiflatarios y SWl here• rativa; inscríbase Y háganse l~s ano~clones ~~rres' deros han incurrido en la eaw¡a .de privación de de· pondientes en el Registro Agraflo NaCIOnal; notlfique• recho!! agrarios y sucesorios. que s, refiel1' el Artículo se y ejecútese. 85 Fracción 1 de la propia Ley, por .,haber abandonado el cultlVO personal de las umdades-de dotación por más de Dada en el Palacio del Poder E iecuti,:o de la. Unión, dos años consecutivos: que quedaron Oportunamente no• ~n México, Distrito F~deral, .a los cmco dlas del tificados los ejidatarios y sucesores sujetos a juicio; y mes de diCiembre de mIl noveCientos setenta y oc~o.­ que, fmalmente, se ~;¡gU1eron los posteriores trAmit~s El 'Presidente ConstItucional de lo~ ~stados. Umdo~ legales, es procedente privarlos de sus derechos agra. Mexicanos, José López Portillo.-R1!bnca.~umplase. rios y sucesorios, y cancelar los correspondientes Cer• ~l Secretario de la Reforma Ail'ana, AntOnIO Toledo tificados de Derechos Agrarios. Corro.-Rúbrica. CONSIDERANDO SEGUNOO....o...Que los campe$i· • nos señalados, según constanci$ que corren agrega• das al expediente, han venido cultivando las unidades IlEIOLUCION l$Obre privación de derec;tto. a...~rlol y de dotación por más de dos años ininterrumpidos y nueva adh.di~ación de unhtact41s de dotllclon, en habiéndose propuesto el reconocimiento de SUS dere• el ejido del póblado denommdo El Romeral, Mu· cho~ agrarios por .la Asamblea -General Extraordinaria nici.pio de Villa Correpdora, Qro. (Jt,eglstrada con de Ejidatarios celebrada el- l~(d~'octubre de 1977, de el número 3670). ' acuerdo con lo dispuesto pot lo~ Artículos 72 Fracciones Al margen un sello con el Escudo Nacional, que 1 y 111 86, 2W v demás :,¡plicables de la Lev Fedcp' ,le Reforma Agrana, procede réconü}Cer SUS" ".1,,,, , dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re· rJus; y con fundamento en el Artículo 69 de la men• forma Agraria. cionada Ley, expedir sus Cel utkauol> ..u., _w • ,,• tes. VISTO para resolver el exp~diente relativo. a la p~i. vaci6n de derechos agra,r,lOs V nueva. ~dJudlcaclOn Por lo expuesto y con fundament0 en los Artículos d¡, unidades de dotacJOn, en el elIdo del po. invocados, así como el 80. Fracción VI de la Ley Fe. blado denominado "EL ROMERAL", Municipio de deral de Reforma Agraria, se resuelve, Villa Corregidora, del Estado de Querétaro; y RESULTANno PRIMERO -Con:'>ta en el e",nf'dien- PRIMERO.-Prívése de sus derechos aararios em el ejido del poblado "EL ROME'RAL", Municitlit!l de te la convocatoria de fecha 6 de octubre de 1977, pa· Villa Corre,idora, del Estado ele Ouerétaro, flor hiber ra celebrar Asamblea General' Extraordinaria d,e Eji. ab.ndonado el cultivo persopal de 1all unldades de datarios, misma que tuvo verüicaJivo el 18 d~ Qctu· dotación por más de dos .tos tcJlsecutivolI, • 10$ C C.: bre de 1977, en la que se -pr.opu,so .}~ priv~CIQn,!fe dérechos agrarios y sucesorio~ a los elldatanos. Y he• rederos que se citan en el primer ppnto resolutlvo d, checo Galván. 3 ......conceJKl~on:oAlntagqer, León y 5 -José Ma. Vázquez, Por la mIsma ruon prí· 4,-r_5 l.-Félix Barbosa GonzlÍl~". ¡ .......Ma. ~nd(!larjj ~il. la presente Resolución,. por haber aba!ld~)J1ado el culo vese de sus derechos sucesorios !,grariolil a los ce,: tivo personal de las umdades de dotaCIón por más .de l.-Ignacia Guerrero, 2.-Martha Ajmaguer, 3.-Trini· dos atios consecutivos y reconocer derechos agranos dad Almaguer, 4.-Antonio Vázquez y 5.-Juan. Rjl' y adjudicar las unidades de dota~ión de. referenci~ bio. En consecuencia, cancélenle los Certificados de • los campesinos que las han vemdo cultlyan.do por Derechos Agrarios que respectivlPllCfltt! se le$ "q,i. más de dos años imnterrumpidos y que se mdlcan en dieron a los eiidatarios sancionados, números: 1589125, el segundo punto resolutivo de la presente Resolución. 1589128, 111519, 111532 y 111535. RESULTANDO SEGUNDO.-La documentacióll -e SBGUNDO.-Reconózc:anse derechos aararios y ad• judíquense las unidades de dotación de referepcia pOr remitió a la Comisión Aararia Mixta v dicho Or&~. venirlas cultivando por mal. de dos ái'los inintel"nJm' -nismo notificó el 24 de octubre de 1977, a los eJI. pidos, en el ejido del poblado "EL ROMERAL", Mu· data ríos y sucesores afectados, pllra que c01f1P¡¡¡recle, nicipio de Villa Corregidora, del Estado de Ouerét"a1o, ran :1 1'1 .ud'encin de Pruehas v Al<lllato'i~ mIsma que a 108 CC.: l.-Juan Barbosa González, 2 -Lub Pa• se llevó a cabo ellO de noviembre de 1977, en la que checo Hurtado, 3.-Ma, Cruz Almllguer Guerr,re, 4.• se comprobó legalmente la procede.ncia para la pri· Lorenzo León y S.-Francisco VázqlUlz Rubio: CIIn~e· vación de derechos agrarios y suc;esorios a los eji. euontáftulftte, expídanse sus correllJlandicl'ltes Certifica· datarías propuestos; d~ conformidad con lo dispues· dOI de Derechos Alrarlos t1ue 161 il.trtdite comO ~ii· to 'por 10<; Artículos 426, 430 v demás relativos de datados del poblado de que se trata. - la Ley Federal de Reforma Agraria. La Comisión Agra. ria M,~ta opinó que es procedente la privación de TERCERO .-Publíquese esta Resolución, relativa· a tIIUS der,chos agrarios a los ejidatarios V lueeloret la ,.,rivacián de dereehos agrarios y nuev" ádjudlC'a qu~ le señalan, y el rteonoeiwiento JIUO propone ~ clanes d~ _tIDidadeJi d. dotación, en el eildp d'l pub!:' '') Asamblea Cel'letal J!xtraor4m.rl, do EiidatariOl. "Jl. aQMf.JW,.". .MumetDie del vw. ~rélid,c)l", ~l
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    • 18 O lAR I O O PIe 1 A L Lunes 22 de enero de 1979 --------------~--~--~~~~~~=-~~~~~~~~-~~~---- Estado de Queréta;o, en el "Diario Oficial" de la Fe• Agraria; habiéndose comprobado por las constancias deracIón y en el Penódico OfIcial del Gobierno de esa que obran en antecedentes, que los ejidatarios y sus EntIdad FederatIva, inscríbase y háganse las anotacIO• herederos han mcurndo en la causa de pnvacion de nes correspondientes en el Registro Agrario Nacional; derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el notifíquese y ejecútese. Artículo 85 Fracción I de la propia Ley, por haber abandonado el cultIVO personal de las unidades de Dada en el PalacIO del Poder Ejecutivo de la Unión dotaCIón por más de dos años consecutivos, en México, DIstrito Federal, a los cinco días deÍ que quedaron oportunamente notificados los ejidatarios mes de dIciembre de mIl noveCIentos setenta y ocho.• y sucesores sujetos a juicio; y que, finalmente, se si• -El Presidente ConstítucIOnal de los Estados Umdos gUIeron los posterIores trámites legales, por lo que es Mexicanos, José López Portillo.-Rúbnca.-Cúmplase: procedente pnvarlos de sus derechos agrarios y su• - Ei Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo cesorio!> y cancelar los correspondientes Certificados Corro.-Rúbrica. de Derechos Agrarios. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesmos señalados, según constancias que corren agregadas al RESOLUCION sabre privación de derechos agrarios y expedIente, han venido cultivando personalmente las nueva adjudicación de unidades de dotación, en el umdades de dotación por más de dos años interrum• ej.do del poblado denominado San Rafael, Munici• pidos, habiéndose propuesto el reconocimiento de sus pio de Villa Corregidora, Qro. (Registrada con el derechos agrarios por la Asamblea General Extraordi• número a669). nana de Eiidatarios celebrada el 12 de octubre de 1977, de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos Al mar"gen un sello con el Escudo Nadonal, que 72 Fracciones 1 y III, 86, 200 y demás aplicables de la dice: Estados Unidos MexIcanoS.-Secretaría de la Re• Ley Federal de Reforma Agraria, procede reconocer forma Agraria. sus derechos agrarios; y con fundamento en el Artículo 69 de dicha Ley, expedir sus Certificados correspon• ',/ISTO para resolver el expediente relativo a la prl• dIentes. vacion de derechos a~ranos y nueva adjudIcación de unIdades de dotaClón, en el elIdo del poblado Por lo expuesto, y con fundamento en los Artículos denommado "SAN RAFAEL", MunicIpio de Villa Invocados, así como el 80. Fracción VI de la Ley Fede• Cor.e):!ldora, del Estado de Querétaro; y ral de Reforma Agraria, se resuelve: RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien- PRIMERO.-Prívese de sus derechos agrarios en te la convocatoria de fecha 4 de octubre de 1977, el ejido del poblado "SAN RAFAEL", Municipio de para celebrar Asamblea General Extraordinaria de Eji• VIlla Corregidora, del Estado de Querétaro, por haber datarios, mIsma que tuvo venficativo el 12 de octubre abandonado el cultivo personal de las unidades de de 1977, en la que ~e plúpUSO pllvar de su~ derechos dotaCIón por más de dos años consecutivos, a lo'! CC.: a,,;I di .os y ~uce~unos a lo!> e]ldatal lOS y herederos 1 -Genaro Soto Vega, 2 -Macedonio Vega Trejo, 3. que se citan en el pdmel punto resolutIvo de la pre• -Agustín García Muñoz y 4.-Evaristo Lara Pérez. Por sente Resol.lCión, por haber abandonado el cultivo la misma razón prívese de sus derechos sucesorios personal de las umdades de dotaCIón por más de dos agrarios a los CC.: 1.-Marcelino Vega, 2.-Felipa Ra• años consecutivos; y reconocer derechos agrarios y rnírez, 3 -Julia Vega Ramírez, 4.-Angela Vega Ramí. adjudIcar las unidades de dotaClón de referencia a los rez, S.-Paulina Vega Ramírez, 6 -Joaquín García, 7 - campe!>mos que las han vemdo cultIvando por más Roberto García, 8.-Ma. Josefa Pérez, 9.-Manuel Gar• de dos años minterrumpidos y que se indican en el cía, lO.-Rafael García, 11.-Ma. Guadalupe Lara, 12_ segundo punto resolutivo de la presente Resolución. -Juana Bárcenas, B.-Abel Lara y 14.-Eloy Lara_ En consecuencia, cancélense los Certificados de Dere• RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se chos Agrarios que respectivamente se les expidieron remItió a la ComiSIón Agraria Mixta y dicho orga• a los ejidatarios sancionados, números: 122502, 122504, nismo notifIcó el 26 de octubre de 1977, a los eji• 1641867 y 1641882. datarios y sucesores afectados para que comparecieran a la AudIencia de Pruebas y Alegatos, misma que se SEGUNDO.-Reconózcanse derechos agrarIOS y aa· llevó a cabo el 9 de nOVIembre de 1977, en la que se judíquense las unidades de dotación de referencia por comprobó legalmente la procedencia para la privación venirlas cultivando por más de dos añ~ ininterrum• de derechos agrarios y sucesorios a los eiidatarios pIO• pidos, en el ejido del poblado "SAN RAFAEL", ?y1uni. puestos y a !.us herederos, de conformidad con lo cipio de Villa Corre¡ódora, del Estado de Queretaro, dispuesto por los Artículos 426, 430 Y demás relativos a los CC.: 1 -Eustolia Vega Ramírez, 2.-J. Guada· de la Ley Federal de Reforma Agraria. La ComIsIé',n lupe Díaz Castro, 3 -Porfirio García Muñoz y 4 - Agraria Mixta opmó que es procedente la privaCIón de Isidro Soto Díaz. consecuentemente, expídanse. sus co• sus derechos agranos a los ejidatanoSl y sucesores rrespondientes Certificados de Derechos Agranos, qua CJ.ue se señalan y el reconocimiento de derechos agra• los acredite como ejidatarios del poblado de que se rIOS que propone la Asamblea General Extrarodinana trata. de E jidatarios. TERCERO.-PubIíquese esta Resolución, rel!l;tiv~ a RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo la privación de derechos agrarios y .~ueva adludlc~ fue turnado a la Secretaría de la Retorma Agraria, ción de unidades de dotación en el eJIdo del poblado Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo "SAN RAFAEL" Municipio de Villa Corregidora, del una reviSIón del mIsmo y comprobó la legalIdad de Estado de Querétaro, en el "D;ario Oficial" qe la Fe• las ratifIcaciones y constanC!3S presentadas en este deración y en el Periódico Oficial del GobIerno de jUicIO; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario esa Entidad Federativa, inscríbase y háganse l~s ano~a. correspondIente, con la opinión de que fuera aprobado ciones correspondientes en el RegIstro Agrano NacIO• por estar integrado correctamente; quien a su vez, nal; notifíquese y ejecútese_ por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Consul• th'Q Agrario, el que emitió v aprobó su dictamen en Dada en el Palacio del Poder Eiecutiyo de)a sesión celehrada el 18 de iulio de 1978. Unión en México Distrito Federal, a los clnCO dIas d"l ¡-y{e~ dp diciembre de mil novecientos setenta y CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• ocho.-E1 Presidente Constitucional de, lo~ Esta~os cio privativo se ha segUIdo de acuerdo con los trá· Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rubrlca.-Cum• mites previstos en los Artículos 426, 428, 429, 430. 431 pIase: El Secretario de la Reforma Agrana. Antonio Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Toledo Carro.-Rúbrica.
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    Lunes 22 deenero de 1979 Dl.&1l10 OPICIAL BE5()LUCJON ubl'!ll ttrivldtla de . . .bM qrarios y CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos nu,va adjudladÓD de Ufticladea ele dotaclOn. en I! I seríalados. según constancias que corren agregadas al eJhlo "'1 PO~1340 de)lomtn.40 ~Pltaro, Munici• ex(lediente. han venido cultivando personalmente las plo de HúImI1pn, Qro. (.",t,.48 con el nÚ:.iI!· un1dades de dotación por más de dos años interrum• ro $667). pidos. habiéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos agrario", por la Asamblea General Extraordi• Al mar,en un sello con el Escudo Nacional. que naria de Eiidatarios celebrada el 21 de octubre de dice: Estados Unidos MexicaI'los.-Seeretaría de la Re· 1977, de acuerdo con lo dl';pue~to por ios Articulas fOl'flla Agrana. 72 Fracciones 1 y 111, 86, 200 Y demás aplicables de la Ley Federal de Reforma Agraria, procede reconocer VISTO para resolver el expediente relativo a la pri• sus derechos agrarios; " con fundamento en el Artículo vación de derechos airarios Y nueva adjudicación 69 de dIcha Lev. expedir sus Certificados correspon• de UnIdades de dotación, en el ejido del poblado dientes. denominado "APAPATARO", Municipio de Huimil. pan, del Estado de Querétaro; y POl lo expuesto, y con fundamento en los Artículos invocados, así como el 80. Fracción VI de la Ley Fede• RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien. ral de Reforma Agraria. se resuelve: te la segunda convocatoria de fecha 12 de octubre de 1977, p'ara celebrar Asamblea General Extraordina· PRIMERO.-Prívese de !'us derechos a¡p-arios en ria de E]idatarios, misma que tuvo verificativo el 21 el ejido del poblado "APAPATARO", MunicipIO de Hui• de octubre de 11J77, en la que se propuso privar de milpan, del Estado de Ouerétaro, por haber abando• sus derechos agrarios V sucesorios a los ejidatarios nado el CUltiVO personal de las umdades de dotación y herederos que se citan en el primer punto reso· por más de dos años consecutivos-, a los Ce.: 1.• lutivo de la presente Resolución, por haber abando• Leonardo Hernández. 2.-Jacinto Alvarez. 3.-Apolonio nado el cultivo personal de las unidades de dotación Encarnación, 4 -Severo Trejo. S.-Juan Longinos y 6. por más de dos años consecutivos; y reconocer dere• -Alejandro Zenteno Por la misma razón prívese de chos allPrios y adjudicar las unidades de dotación por sus derechos sucesorios agrarios a los Ce.: l.-Antonio más de dos afios cOll'$ecutivos; Y reconocer derechos Alvarez, 2.-Josefina Cortez, 3.-Margarita Encarna. aararlos y adjudicar las unidades de dotación de re· ci~n 4.-Aureha Treja, 5.-Epifama Barcenas. 6.-Ci· ferencia a los campesinos que las han venido culti· pnano Longmos. 7.-Magdalena Bocanegra, 8.-Lean· vando por más de dos años ininterrumpidos y que se dro Longinos y 9.-Guadalupe Longinos. En conse• indican en el segundo punto resolutivo de la' presente cuencia, cancélese los Certificados de Derechos Agra• R.tsolución. rios que respectivamente se les expidieron a los eji. datarios sanCionados, números: 818902, 818903, 818905, RESULTANDO SEGUNDO;:-La documentación se 818906, 818908 y 818912. remitió a la Comisión Agraria Mixta y dicho orga· nismo notificó el 26 de octubre 4e 1977, a los eji• SEGUNDO,-Reconózcanse derechos agrarios v ad· datarlos y sucesores afectados para que comparecieran judíquense las unidades de dotación de referenciá por a la Audiencja de Pruebas V Alegatos, misma que se venirlas cultivando por más de dos año", ininterrum• llevó a cabo el 11 de noviembre de 1977; en la que se pidos, en el ejido del poblado "APAPATARO", Muni comprobó legalmente la proce~encia para la privación cipio de Huimílpan, del El>tado de Ouerétaro, a los de derechos agrarios V sucesonos a los eiidatarios pro• CC.: 1.-Ladlslao Hernández, 2 -Clemencia Pérez Lo• puestos y a sus herederos, de conformidad con lo pez. 3.-Tomás Longino Cornejo, 4.-J. Cruz Longino (Us~uesto por los Articulos 426. 430 V demás relativos Pérez, S.-Mano Longinos Cortés V 6 -Erasmo Zente• de la Ley 'Pederal de R.eforma Agraria. La Comisión no Hernández. consecuentemente, expídanse sus co• Agraria Mixta opinó que es procedente la privación de rrespondientes Certificados de Derechos Agrarios que sus' derecho!. agrarios a los ejidatarios y sucesores los acredite como eiidatarios del poblado de que se que se señalan V el reconocimiento de derechos agra· trata. riO$ que propone la Asamblea General Extrarodinaria de Eiidatarios. TERCERO -PubJíquese esta Resolución, relativa a la privación de derechos agrarios y nueva adjudica· RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo ción de unidades de dotación en el ejido del poblado fue turnado a la Secretaría de la R.eforma Agraria, "APAPATARO", Municipio de Huimilpan. - del Estado Dirección General de Derechos Agrarios. la que hizo de Ouerétaro. en el "Diario Oficial" i:le lá Federación una revisión del mismo V comprobó la legalidad de V en el Periódico Oficial del Gobierno de esa Enti. las notificaciones y constancias presentadas en este dad Federativa, inscríbase v háganse las anotaciones juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario correspondientes en el Registro Agrario Nacional; no• correspondiente, con la opinión de que fuera aprobado tifíquese V eiecútese. por estar integrado correctamente; quien a su vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Ley. 10 sometió a la consideración del Cuerpo Consul. Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco días tivo Agrario, el que emitió v aprobó "IU dictamen en del mes de diciembre de mil novecientós setenta y sesión celebrada el 18 de julio de 1978. ocho.-El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. José López PorUUo.-Rúbrica.-Cúm· CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el pre!5ente iui• pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio cio privativo se ha seguido de acuerdo con los tr4- Toledo Carro.-Rúbrica, mites previstos en los Artículos 4261 428, 429. 430, 431 Y demás relativos de la Ley Feaeral de Reforma AJfaria; habiéndose comprobado por las constancias • REIOWCION s.obre privación de derechos agrarios y ~ue obran en antecedentes, que los eiidatarios V sus nutlva adjudicación de unidades de dotación, en el herederos han incurrido en la causa de privación de eJldo del poblado denomlnádo El Zapofe, Municipio derechos agrarios v sucesorios a que se refiere el efe Querétaro. Qro. (Registrada con' el número Artículo 85 Fracción 1 de la propia Ley, por haber 5668). . abandonado el cultivo personal de las unidades de dotación por más de dos a1os consecutivos, Al margen un sello con el Escudo Nacional, Que que quedaron oportunamente notificados los ejidatarios dice: Estados Unidos Mexicanos.-SecretarÍa de la Re· y sucesores suietos a iuicio;' y que, finalmente, se si· forma Agraria. auieron los posterlore_s trámites leRales, por lo que es procedente privarlos de sus derechos agrarios y su· VISTO para resolver el expe,liente relativo a la flri cesorios V cancelar los correspondientes Certificados vación de derechos agrarios v nueva adiudiclwi{¡n de Derechos Agrarios. de unidades de dotación. en el ejido del poblado
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    20 DIARIO OPICIAI. Lunes 22 de enero de 1979 dknominado "EL ZAPOTE" Municipio de Queréta• Por 10 expuesto, v con fundamento en los ArtíCUlOS ro, del Estado de Querétaro; y invocados, aSl como el 80. Fracción VI de la Ley Fecle• mI de Reforma Agraria, se resuelve: RESULTANDO PRJMERO -Con,ta en el expediell• te la convocatoria de fecha 12 de septiembre de 1977 PRIMERO.-PII"ese de sus derechos agrarios en p3ra celebrar Asamblea Genel al E."tra0rdinaria de E 1i~ el ejido del poblado "EL ZAPOTE", Municipio de datarios, misma que tuvo verificativo el21 de septiembre Queletaro, del Estado de Querétaro, por haber aban• de 1971, en la que se propu~o prl'ar de sus derechos donado el cultIVO pelsollal de las umdades de dotaclOn agrarios V sucesorios a los eridalanos y herederos y parcelas por más de dos años consecutivos, a los que se cItan en el plImer punto re'iolutl'o de la pre• CC.: 1 -Emesto Espmo, 2 -María Sánchez Pacheco, Sf'nte Re,n]¡ICión, nor haher ahantlonado el cultl'o 3.-Cuila Ortlz, 4 -Jo~é Espino, 5 -Pedro Suárez, 6. penonal de las unidades de dotación v parcelas por -Juan CabeIJo E~p1l1o 7 -Jesus Espino Gutiérrez y más de dos años consecutIVos; v reconocer derechos 8 -Modesto Ortlz. Por la mIsma razón prívese de agrarIos v adjudIcar las unidades de dotación de re• sus derelhos sucesonos agranos a los CC.: 1 -Carlos ferencia a los campesinos que las han 'emdo culti· Espino, 2,-Paz Rosas, 3-Rosalía Aguilar, 4.-María yan.do por más de dos años imnterrumpldos v que se Gonzalez, 5 -Carolma Ortlz, 6.-Martha López, 7,• mdlcan en el segundo punto resolutivo de la presente Guadalupe Ortlz, 8 -InocenCIa Ortiz, 9.-Guadalupe ResolUCIón. . OrtIz y 10 -Pueblo Ortlz. En con~ecuencia, cancélen~e los Certificados de Derecho~ Agranos que respectiva• RESULTANDO SEGUNDO -La documentación se mellte ~e les expIdIeron a los eJidatarios sancIOnados remmó a la Comi~ión Agraria MIxta v dicho orga· números: 170476, 170488 Y 1642037; así como los Títulos nismo notificó el 4 de noviembre de 1977, a los e'ji• Parcelanos numeros: 122163, 122187, 122156. 122162 Y datanos v sucesores afectados para que comparecIeran 122182. a la Auc'Ff'ncla de Pruehéls ' Alegato, misma que se nevó a cabo el 22 de noviembre de 1977; en la que se SEGUNDO.-Reconózcanse derechos agrarios y aCt• comprobo legalmente la procedeJlcÍa para la plIvaClon jualquen~e las umdades de dotaCIón de referencia por de derechos agrarios v suce<;orios a los ejidatanos pro• vemrlas cultIvando por más de dos años ininterrum• puestos V a ~us herederos, de conformIdad con lo pldo~. en el eJido del poblado "EL ZAPOTE", Mu• dispuesto por los Artículo, 426, 430 v demás relatl'()~ mClplO de Querétaro, del Estado de Querétaro, a .os de la Lev Federal de Reforma Agraria. La Comisión CC.: 1 -FlanCI'iCO Espino PadIlla, 2 -Hilario Olvera Agraria Mixta opinó que es procedente la privación de Sánchcz, 3 -María Macrina Ortlz Moreno, 4.-EmIg• sus derechos agrarios a 10<;' ejidatanos ' ,uce~()re~ dio Espmo, 5 -Altredo Suarez OrÍlz, 6.-Bernardino ~ue se ~eñalan v el reconOCImiento de derechos agra• Caudio l,olll.ález, 7.-EpI1amo ,Espino Rodnguez ' ~. nos que propone la Asamblea General Extrarodinaria -María ISldora Ortiz, consecuentemente, expídal1se sus de E jidatarios. corre~pondlentes CertifIcados de Derechos Agrarios, que los acredite como ejldatanos del poblado de Que RESULTANDO TERCERO.-EI exnediente relath'o se tI ata. fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, Dirección General de Derech05 Agrarios, la que hizo TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relatIva a una revisión del mismo v comprobó la legalidad de la privacion de derechos agrarios y nueva adjudica• las notificaciones y constancias presentadas en este ción de unidades de dotación en el ejido del poblado juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario "EL ZAPOTE", MunicipIO de Querétaro, del Estado de correspondiente, con la opinión de que fuera aprobado Querétaro, en el "DIario Oficial" de la Federación V por estar integrado correctamente; quien a su vez, en el PelÍódico Oticial del Gobierno de esa Entidad por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de Federativa, inscríbase v hagan se las anotaciones corres. Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Consul• pondlentes en el Registro Agrario Nacional; notIfí· tivo Agrario, el que emitió v aprobó 'u dictamen en quese y ejecútese. sesión celebrada el 18 de julio de 1978. Dada en el Palacio del Poder E jecutivo de la CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente iui• Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco días cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá· del me" de diciemhre de mil novecIentos setenta V mites previstos en los Artículos 426, 428, 429, 430, 431 ocho.-EI PreSIdente ConstitucIOnal de los Estados Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma Unidos Mexicanos, José López PortilIo.-Rúbrica.-Cúm• Agraria; habiéndose comprobado por las constancia'l pIase: El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio que obran en antecedentes, que los ejidatarios v sus Toledo <:.arro.-Rúbrica. herederos han incurrido en la causa de privación de derechos agrarios V sucesorios a que se refiere el • Artículo 85 Fracción 1 de la propia Ley, por haber abandonado el cultivo personal de las unidade~ de RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios 'J dotación v parcelas por más de dos años comecutivo~ nuevas adjudicaciones de u!,idades de dotación~ en que quedaron oportunamente notificados los eiidatarioi el ejido del poblado denommado Lic. Adolto López y sucesores sujetos a juicio; v que, finalmente, se SI• Mateos, Municipio de Tecpatan, Chis. (lielrlstrada guieron los posteriores trámites legales, por lo que es con el número 3651). procedente privarlos de sus derechos agrarios v su• cesorios V cancelar los correspondIentes CertIficados Al margen u~ sello c~m el Escudo N!icional, que de Derechos Agrarios y Títulos Parcelario~ dice: Estados Umdos Mexlcanos.-Secretana de l.<r 1:1_ forma Agraria. CONSIDERANDO SEGUN'DO.-Que los campf'~inos VISTO para resolver el expediente relativo. a .la ~riva­ sefíal:¡oos seP.'ún con~tancias que corren agregadas al ción de derechos agrarios y nuevas adjudICaCIOnes exnerliente, han venido cultivando personalmente las de unidades de dotación, en el ejido del poblado unidades de dotación por más de dos años interrum• denominado "LIC. ADOLFO LOPEZ Ml~TEOS", Mu· pidos, habiéndose propuesto el reconocimiento de sus nicipio de Tecpatan, del Estado de ChIapas; V derechos ap"rarios por la As:¡mhle:¡ General Extraordi• TI"r;,! de Eiidat;¡rios celebri1dl1 el 21 de ~eptiembre de RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien- lCl77 de :¡rVf'rrl" r~n 1" rl;~"Il"< t" nor 1,,~ 1 rtírT11,,~ te la convocatoria de fecha 31 de enero ..de 19~5, para l~ 7? J3'r~"r:(lp"~ T V TTT RI'i 'nf)" rp111~S 8pHr"hJe~ elf' la Asamblea Gpneral Extraordinaria de E1Idatanos, rel!i tI• Le"'? !:;'~"J~r81 np Pnf'--'rm" "r-t"""!~'" r,...·rw~rl,... rp,-.,.·nrwpr 'a a la prh ac]ón de derechos agrarios v suceso.nos, su'> rJerf'<::hos a!lrarios; v con fuprlam p nto en el Artículo en contra de los ejidatarios que se citan en el pnmer 69 de dicha Ley. exoedir sus Certificados correspon· punto resolutivo de esta Resolución, por haber ab~n. Cientes. donado el cultivo personal de las unidades de dotaclóD
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    Lunes 22 deenero de 1979 "'AIt'O OFICIAL 21 por más de dos años consecutivos; asamblea que tuvo TeratoI Pérez, S.-Marcos Gómez Hernández, 9.-An. verificativo el 11 de febrero de 1975, en la que se pro· tonio Pérez Díaz, 10. -Manuel Hernández Hernández, puso reconocer derechos agrarios y adjudicar las um· H.-Manuel Gómez González, 12.-Sebastián Hernán· dades de dotación de referencia, a los campesinos que dez Gomez, 13 -Juan Hernández Díaz 1.f.- Andrés las han venido cultivando por más de dos años ininte. DIaz Díaz, I5.-FlorencIo DIaz Pérez, 16.-Mana Her• rrumpidos y que se indican en el segundo punto reso• nándel Pérez, 17 .-Jo~é Ruiz Díaz, 18.-Sebastián RUlz lutivo de la presente Resolución. Perez, 19 -MIguel Teratol Hernández y 20.-Antonio Hernández Hernandez. Por la mIsma razón se privan RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se de sus derechos agrarios sucesonos a Jos CC.: 1.• rerrátió a la Comisión Agraria Mixta y, dicho orga• baías Gómez, 2 -Alberto Hernández 3.-David Her• msmo, notIfico el 4 de mayo de 1976, a los ejIdata· nandez, 4 -Henuila Hernandez, 5 -.tuana RUlz 6.• nos v sucesores afectados, para que comparecieran Mario Perez Díaz, 7.-Rutila Pérez Díaz, 8.-Andrea a la Audiencia de Pruebas- y Alegatos: misma que se Gómez Hernández, 9.-MarÍa Gómez Hernández lO• llevó a cabo el 19 de mayo de 1976, en la que se María Gómez Hcrnández, ll.-Petrona Gómez Hernán• comprobó legalmente la procedencia para la pnvación dez, 12 -Florinda Pérez Pérez, B.-Agustín Hernández de derechos agrarios y sucesorios- a los ejidatanos pro· 14.-Manuel Gomez Hernández, 15.-Carlos Hernandez: puestos; de conformidad con lo dispuesto por los aro 16 -Lilia Rernandel, 17.-Andrés Hernández Hernan. tículos 426, 430 Y demás relativos de la Ley Federal dez, 18.-Guadalupe Díal Díaz, 19 -Mana Díaz Diaz de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta opinó 20.-María Díaz, 21.-Jorge Hernández Diaz y 22.~ que es procedente la privación de sus derechos agra• Juana Hernández Montejo. En consecuenCIa, se cance• rios a los ejidatarios y sucesores que se señalan, v el lan .los CertIficados de Derechos Agrarios que res. reconocImiento que propone la Asamblea General Ex• pectIvamente se les expidieron a los ejidatanos san. traordinaria de E jidatarios. ClOnados, números: 1509185. 1509187, 1509192, 1509193, .1509197, 1509199. 1509201, 1509214, 1509218, 1509220, RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo 1509222, 1509225, 1509226, 1509234. 1509235, 1509236 fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, 1509239, 1509241 1509250 y 1509156. ' Dirección General de Derechos Agrarios, la que hizo una revisión del mismo, V comprobó la legalidad de SEGUNDO.-Se reconocen derechos agranos y se las notificaciones v constancias presentadas en este jui• adjudican las unidades de dotación de referencia, por cio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrano vemrlas cultIvando por má¡, de dos años ininterrum• correspondiente, con la oplmón de ~ue .fuera aprobado pidos, en el elIdo del poblado ueuomJllado "Uc. ADOL. por estar integrado correctamente. quien a su vez, por FO LOPEZ MATEOS", MUlllcipio de Tecpatan, del Es• haberlo encontrado ajustado al procedImiento de Ley, tado de Chrapa" a los ce . j -Manuel Gomez Reman. lo sometió a la consideración del Cuerpo Consultivo dez. 2. -Andres Helllández Pérez, 3. -J ua:l Hernandez Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen en sesiól.l Hernández, 4.-Antonio Díaz Diaz, 5 -Pedro Hernan• celebrada el 4 de julio de 1978; v dez Pérez, 6 -Antonio Gomez GÓmez. 7 -Avenal Pera• tol Hernandez, 8 -Marcos Gómez Hernandez, 9.-An• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el pre~ente jui• drés Ruiz Ruil. 1O.-Joel Hernández Hernán<lez, 11 - cio privatÍ'o se ha seguido de acuerdo con Jos trá• Pedro Gomez Hernalldez, 12 - Cristobal Hernandez mite~ pre'l~tos en los 1, tículo~ 42/1. 429 430, 431 v RUll, 13 -Pedro Hernandcl López. H -Antoni(o DIaz demás relativos de la Lev Federal de Reforma Agra• Diaz, I5.-Santiago Díaz Pérez, 16 -Lucas DIaz Rer• ria; habiéndose cOOlprobado, por las constancias que nández. 17 -Antonio RUlZ Díaz IS.-Agustín Hernán. obran en antecedentes, que los eiidatarios v sus he• dez Hernández, 19.-Mario TenÍtol Hernández v 20.• rederos han incurrido en la causa de. privación de Manuel TeratoJ Hernandez. Consecuentemente, expídan• derechos agrarios V sucesonos a que se refiere el Ar• se sus correspondIentes Certificados de Derechos Agra• tículo 85 Fracción l, de la propia Ley, por haber rios, que los acredite co.)'" ·'t¡("hhnr" ,1,1 ,,,.,,l,,rj,, de abandonado el cultivo personal de las unidades de que se trata dotación por más de do~ años consecutivos; que que· daron oportunamente notificados los ejidatarios v su• TERCERO.-Publíque:,e t::-,ta .L{e:"oluuoll, lelJtlla a cesores sujetos a juicio; v que, finalmente, se siguie• la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica• ron los postenores trámites legales; es procedente dones de unidades de dotaCIón, en el ejido del pobla• pnvarlos de sus derechos agranos v sucesorios, y can• do denominado "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS". Mu• celar los correspondientes Certificado,> de Derechos nicipio de Tecpatan, del Estado de Chiapas, en el "Dia• Agrarios. rio Oficial" de la FederaClón ' en el Periódico Oficial del Gobierno de esa Entidad Federativa; inscríbase y CONSIDERANDO SEGfJNDO.-Que los campesinos háganse las anotaciones correspondientes en el Re~istro señal¡¡do'. "egl.1n con"';-mCla~ que corren a2re2adas Agrario Nacional; notifíquese y ejecútese. el expediente, han venido cultivando las unidades de dotación por más de dos - -años . ininterrumpidos; v Dada en el Palacio del Poder E jecutivo de la habiéndo.se propue'Sto el reconodmiento de &US dere• Unión, en México, Di-;trito Federal, a los cinco días chos agraríos por la Asamblea General Extraordinaria del mes de dlClembre de mil novecientos se• de Ejidatano1., celebrada el 11 de febrero de 1975, de tenta y ocho.-EI Pre&idente Constitucional de lo~ acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 FraccIon Estados Unidos Mexicanos, José López PortilIo.-Rú· IIJ, 86, 200 y demás aplicables de la misma Lev, pro• brica.-Cumplase: El Slecretario de la Reforma Agra. cede reconocer sus derechos agrarios; v con fundamen• ria, Antonio Toledo Corro.-Rúbrica. to en el Artículo 69 de la mencionada Lev, expedir sus Certificados correspondientes. Por Jo expuesto y con fundamento en los Ar. - RESOLUCION sllbre privación de derechos agrarlos y tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma nuevas adjudicaciones de unidades de dotación. en Agraria. se resuelve: el ejido del poblado denominado Hidalgo, Muni• cipio de Acacoyagua, Chis. (Registrada con el nú• PRIMERO -Se decreta la pnvación de derechos mero 3652). agrarios en el ejido def pobladO denominado "LIC. ADOLFO LOPEZ MATEOS", Municipio de Tecpatan, del Estado de Chiapas. por haber abandonado el culti. Al margen un sello con el ESCUdO NacIOual, que vo personal de las unidades de dotación por más de aice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• dos años consecutivos, a los CC.: l.-Juan Gómez Gó• forma Agraria. mez, 2.-Pascual Hernández G., 3 -AIÍdrés Hernández Hernández, 4 -Geremías Gómez Hernández, 5 -Mar. VISTO cala 1'eson er el e:pedl.cll1e relatlo a la pnva• cos Pérez Pére.z. 6.-Lucas Gómez GÓmez. 1.-Diego ción de derechos agrarios y nuevas adiudicadones
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    Has ss de unidadel de dGtuión. en el ~jido del poblado ya mencionadas, de la Ley Federal de k(lforma 4¡r.• ria, se resuelve: denómiudo "HtPALGO". ~t.miclplO de AcacoyalUél. del ¡.taIo de Cbit.pQ: y , . PRIMERO.-Se decreta la priva&::ié d. derecho' P.!SULTANM PltIMEltÓ_Ccmst.. en el eXfledien. agranos en el ejido del poblaqo derumrlnlll~ "HIDAL• te la 5elUnda e<JflVocato.,ia ele t.eha 11 de enero de 1976, GO", Municipio de Acacoy.¡lja. del E.~ de C!ria. para la Altmbli. General ~"t.".or4inaria de Ejidata. pas, por haber abandonaao el cultivo Pftnonal de las riel, relativa " la privación de derechos agrarios y unidades de dotación por más <tI' dos '»lO, etiln.acutí• sucesorios. en contr. de los ejidl1tarios que se citan vos, a los CC.: l.-GabrieI Cruz Ordót1ez 2.-Tomás en el primer punto resolutivo de esta Resolución, por Bravo AguiJera y 3.-Antonio González Estracta. Por haber abandonado el cultivo personal de las unidades la misma razón se privan de sus derechos sucesorios de dotación por más de dos afios consecutivos; asam• agrarios a los CC.: l.-Aurora Vera Antonio, 2.• blea que tuvo verificativo el 21 de enero de 1976, Adrián Cruz Vera. 3.-Enedelia Cruz Vera, 4.-So1ectad en la Que $e prc¡pulo reconocer derechos agrarios V Ríos de Bravo, S.-Ignacio Bravo !tt05, 6.-Víctor Bra. adjuc:!i~r las unid.des de clotación de referencia, a vo Ríos, 7.-Alfredo "Bravo Ríos, '.-Juap Bravo Ríos. los campesina. gue I~ han venido cultivando por más 9.-José González Estrada y 10.--Guadalupe Gon7;ález de dos años ininterl'Ul'llpidos y que se indican en el Estrada. En consecuencia, se cancelan los Certificados de Derechos A~rarios que respectivamente se les elpi. seSUndo punto resolutivo de la presente Resolución. dieron a los e,ÍIdatarios sancionados, números: 1608U3. 1608233 y 1608234. SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y ss RBSULTANPO SEGUNDO.-La documentación se ad iudican las unidades de dotación de ~ferencia, por remitió a la Com1sión Alr.ria Mixta y, dicho organis. veiurlas cultivando por más de dos años ininterrum• mo, notificó el día ti de Sep. de 1976, a los ejidatarios pidos. en el ejido del poblado de "HIDALGO", Munici• y. sucesores afectados, Dara que comparecieran a la pio de Acacoyagua, del Estado de Chiapas, a los CC.: Audiencia de Pruebas y Ale,atos; misma que se llevó l.--Alejandro Morales Angeles, 2.-Lmbano Ventura a cllbo el 21 de septiembre de 1976, en la que se compró• Zúnún V 3.-Manuel Gutiérrez Antonio; consecuente• be; legalmente la 'Pfoécdencia para la pnvación de de.. mente, expídanse sus corresponcJientes C~rtificados de reehos agrarios y sucesorios a los ejidatarios propues• Derechos Agrarios que los acreqiten como ejidatarios tos; do conformidad CQn lo dispuesto I por los articu· del poblado de que se trata los 426, 430 Y dem~s relativos de la Ley Federal de Reforma AlTana. La Comisión AgrarIa Mixta opin6 TERCERO.-Publíquese estll Resolución, relativa a que es procedente la privación de sus derechos agra• la privación de derechos agrarios y n~v,s adjudica• rios a los endataríQ, y sucesores Q~ se sefíalan y el cioñes de unidades de dotaCIón, en el ejido del pobli.tl,Ío recanocimiento ~ue propone la Asamblea General Ex.. de "HIDALGO", Municipio de Acacoya¡ua, del Estado tratlrdinaria de E ildatarios. de Chiapas, en el "Diario Oficial" de la Federación y en el Periódico Oficial del Gohierno de esa Entidad F... RESULTANDO TEleElle.-EI expediente relativo derativa; inscríbase y há¡anse las anotaeion8S Corl'fls• fue turnado a la Secretada de la Reforma Agra• pon dientes en el Registro Agrario Nacional; notifique• ria, Pirección General de Derechos Agrarios, la ~ue hizo se y ejecútese. una revisión del mismo, y comprobó la legahdad de hUi notificaeiones V constancias rm)sentadas en este Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la juicio; ¡Jor lo !-1ue se turnó al Vocal CODI'iUltivo Agra• Unión, en México, Distrito Federal, a los tinco rio correspondiente, con la opinión de que fuera días del mes de diciembre de mil novecientol selénta aprobado por' estar integrado correctamente; quien a y ocho.-EI Presidente CC)Dstituciofllll de 105 Estac!.o. , su vcu~, por haherlo encontrado ajustado al procedi• Unidos Mexicanos. José López Jtc,rtIllo. - Rñbnca.• mionto de Ley, lo sometió a la considel'ación del Cuer- l,;umplase: El Secretario de la Reforma Agraria. Anto. 1'0 Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dic• nio Toledo Corro.-Rúbrica. tamen en se~i6n celeprada el 18 de enero de 1978; V CONSlDERANDO PRIMEltO.-Que el presente iui• cio I'rivativo se ha seguido de ac:uerdo con los trá• RESOLUCION sobre privación de derechos -ararlos mites previstos en 105 artículos 426, 429, 430, 431 Y y nuevas adJudicacione. de unida.del de dotae!ón, demás relativos de la Lev Federal de Reforma A$!;ra• en el ejido del poblado denoJDIllada La ~, na; habiéndose comprobado por las constancias Que Municipio de El Rodeo, Darl). (Rqbtracla COIl el nú• obran en antecedentes, que los ejidatarios Y sus herede• mero 3655). ros han incurrido en la causa de. privación de derechos IlBrarios Y- .ucesorlos a que se refiere el articulo 85 frac• A1 margen un sello con el Escudo Nacional. que cIón 1 de la p'i'opia Ley, por haber abandonado el cultivo dice: Estados Unidos Mexicanos.--secretaría de la :personal de las unidades de ,dotación por más de dos Reforma Agraria. afto. consecutivos: que quedaron oportunamente notifi• c¡tdos los ejidatariol V sucesores suietos a iuicio; y que, VISTO para resolver el ext"ediente relativo a la priva• finalmente, se siguieron las PQsteriores trámites lega. ción de derechos alranos Y nuevas Ilc{fuc:ticaeionés les; es procedente privarlos de sus derechos agrarios V sucesorios y cancelar los correspondientes Certificados de umdades de dotación, en el eUdo del pohlado denominado "LA ESPERANZA", Muniei1'i0 d. :El clJ Demhoa AJt'arios. Rodeo, del Estado de Durango; y CONSIDERANnO S!GU'NDO.-Qqe los campesinos RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• sefíalados, .e~n conlt.ncias qu. corren .gregadas al te la segunda convocatoria de fecha 9 de .tulio expediente, han venido cultivan40 las untdadQs de do. de 1975, para la Asamblea General Extraorclinaria de tación por más de dos años ininterrumpidos, y habién• Ejidatarios. relativa a la privación de derechos agra• dose propuesto el reconocimiento de sus derechos agra• rios y sucesorios, en contra de los eiiclatariQs que se rios por la Asamblea G~neral Extr!,ordinaria de citan en el primer punto resolutivo de esta Resolución, Ejidatarios celebrada el 21 de enero de .1976, de acuer· por haber abandonado el cultivo personal de las uni• do con lo dispuesto por los, Artículos 72 Fracción III: dades de dotación por má1l de dos años consecutivos; 200 y demás aplicables de la misma Ley, procede re• asamblea que tuvo verificativo el 17 de julio .de conocer sqs derechos agrarios; y, con f1Uldaml')nto en 1975. en la que se propuso reconocer derechos a~r.rl()S el Artículo 69 de la Illellf:iona(,ia, Ley, expedir sus y adjudicar las unidades de dotación de refer~c¡a, a Certificados correspondientes. los campesinos que, las han venido cultivando por más de dos años ininterrumpidos y que se indican en Por lo expuesto y eon fundamento en los artículos el segundo punto resolutivo de la presente Resolución.
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    Lunes 22 de.enero de 1979 RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se DIARIO OPICII:J,; • ca Moreno Nieves, 9.-Sotera Moreno Nieves, 10.-Ma. remitió a .la Comisión Agraria Mixta y, dicho Organis• ría Moreno Nieves, l1.-Julia Moreno Nieves, 12.-Pe• mo, notIficó el 27 de noviembre de 1975 a los eH• tra Moreno Nieves, 13.-Guadalupe Moreno Nieves, 14. datarios y sucesores afectados, para que compareCieran -Ascención Moreno Nieves, 15.-Amparo González de a la AudiencIa de Pruebas y Alegatos; misma que se Vi11alb~J 16.-Merced Villalba, 17 .-María de los An. llevó a cabo el 15 de dIciembre de 1975, en la que se geles Meza, 1S.-María Guadalupe Pérez de Heredia, comprobó legalmente la procedencia para la privación 19.-José Heredia, lO.-Salomé Amaya, 21.- Salvador de derechos agrarios y sucesorios a los eiidatarios pro• Amaya, 22.-Gregorio Amaya, 23.-Natividad Villa, 24. puestos; de confonmdad con lo dispuesto por los Ar. -Manuela Soto, 25.-José Inés Villa, 26.-Gabriel Vi• tículos 42ó. 430 Y demás relatIvos de la Ley Federal lla, 27 .-Hermenegildo Villa, 28.-Berta Villa, 29.-So• de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta opinó tera Villa, 30.-Marclal Franco, 31.-Consuelo Rodrí. que es procedente la privación de sus derechos agranos guez de Moreno, 32.-José TrinIdad Moreno, 33.• a los ejIdatarios y sucesores Ctue se señalan y el re· eleofas Sánchez de Flores, 34.-Anastacio Lores Sán• conocimiento que propone la Asamblea General Extra· chez, 35.-Albino Lores Sánchez y 36.-Enrique Flores ordinaria de Ejidatarios Sánchez. En consecuencia, se cancelan los Certificados de Derechos Agrarios que respectivamente se les ex· pIdieron a los ejidatarios sancionados, números: 656857, RESULTANDO TERCERO.-El expedieNte relativo OJo~61, 656864, 656869, 656870, 656872, 656879, 656362 ~e t1l:r,nado a la Secretana de la Reforma Agra~Ia, 656868, 656875, 656877, 656871, 656883 y 656860. ' DIrecclOn General de Derechos Agrarios, la que h12:o una revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se notificacionef> y constancias presentadas en este jui· adjudican las unidades de dotación, de n;:ferencia, por cio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario co· venirlas cultIvando por más de dos años ininterrumpi. rrespondiente, con la opinión de que fuera aprobado por dos, en el ejido del poblado denominado "LA ESPE. estar integrado c.orrectamente; qUIen a su vez, por haber• RANZA", Municipio de El Rodeo, del Estado de Duran• lo encontrado ajustado al procedimento de Ley, lo so• go, a los CC.: l.-Rafael Flores Meza, 2.-Alfonso Gon. metio a la consIderacIón del Cuerpo Consultivo Agrano, zález Segovia 3.-Darío Jurado Segovia, 4.-Gabriela el que emitió y aprobó su dictamen en sesión celebrada Arellano de Villalba, S.-J. Ascención Cárdenas Rodrí• el día 11 de abril de 1978; y guez, 6.-Exiquia Carrillo Vda. de Meza, 7. Francisco ::)egovia Quiñonez, 8.-Emiliano González Moreno, 9.• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• Teodoro Villalba, 10.-Ciria Franco de Meza, l1.-Ra• cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trámi• faela J. Quiñonez de Segovia, i2.-María de la Cruz tes prevlstos en los artlculos 426 42<) 430 431 v de. Herrera, 13.-Altagracia Moreno de Romero y 14.• má~ relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria; José Flore~ Sánchez; .c~nsecuentemente, expídanse sus' habIéndose comprobado por las constancias que obran correspondIentes CertIficados de Derechos Agrarios que en antecedentes, que los ejidatarios y sus herederos los acredite como eiidatarios del poblado de Que se han incurrido en la causa de privación de derechos trata. agrano~ y ~uce~onos d que se rehere el artIculu í;; fraccib!l l, de la propia Ley. por haber abandonado TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a el cultIVO personal de las unidades de dotación por la privación de derechos agrarios y nuevas adjudica. más de dos años consecutivos; que quedaron oportu. ciones de unidades de dotaCIón, en el ejido del poblado namen~e. ~otificados .los eiidatarios y sucesores SUle• denominado "LA ESPERANZA", Municipio de El Ro• t?S a lUI~lO; y que, fmalmente, se siguieron los poste• deo, del Estado de Durango, en el "Diario Oficial" de riores tramItes legales, es procedente privarlos de sus la Federación y en el PeriódICO Oficial del Gobierno derec;hos agrari?s. y sucesorios, y cancelar los corres• de esa Entidad Federativa, inscríbase y háganse las pondientes CertifIcados de Derechos Agrarios. anotaciones correspondientes en el Registro Agrario Nacional; notifíquese y ejecútese. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesi• nos señalados, según constancias que corren agregadas Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la al eX{lediente, han venido cultivando las unidades de Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco dotaCIón por más de dos años ininterrumpidos y ha. días del mes de diciembre de mil novecientos setenta biéndose propuesto el reconocimiento de sus dérechos y ocho.-El PreSidente Constitucional de los Esta. agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de dos Unidos MeXicanos, José López Portillo.-Rúbrica. Ejidatarios celebrada el 17 de julio de 1975 de acuerdo -Cúmplase: El Secrétario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo Con'O.-Rúbnca. - con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción IlI' 86 200 y demás aplicables de la misma Ley procede reco~ noc~r sus derechos agrarios; y con fundamento en el ArtIculo 69 de la mencionada Ley, expedir sus Certifi· cados correspondIentes. RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios Y nuevas adJudicaciones de unidades de do~ en el ejido del poblado denominado Ixtula y Zem.• Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu• bo, Municipio de Huasca de Ocampo, Hgo. (Re" los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma tracia con el lIÚD1ero 3657). Agraria, se resuelve: Al margen un sello con el Escudo Nacional, que PRIMERO. -Se decreta la privación de derechos dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• agrarios en el ejido del poblado denominado "LA ES· forma Agraria. PERANZA", Municipio de El Rodeo, del Estado de Durango, por haber abandonado el cultivo personal de VISTO para resolver el expediente relativo a la priva• las unidades de dotación por más de dos años conse• ción de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones cutivos, a los CC.: l.-Albino Flores, 2.-Andrés Gon. de unidades de dota"ción, en el ejido del poblado zález. 3.-Francisco Moreno, 4.-JerÓnimo Villalba, 5. denominado "IXTULA y ZEMBO", Municipio de -:Ascención Cárdenas, 6.-JesÚs Heredia, 7.- Miguel Huasca de Ocampo, del Estado de Hidalgo; y VIlla, 8. -Arturo González, 9. -Desiderio Villalba, 10. -Manuel Meza, H.-Severo Segovia, 12.-Matías Fran. RESULTANDO PRlMERO.-Consta en el expedien- co R., 13.-Antolín Moreno v i4.-Juan Pablo Flores. te la segunda convocatoria de fecha 20 de iulio ~or la mism.a razón se privan de sus derechos agra• de 1976, para la Asamblea General Extraordinaria de nos sucesonos a los Ce.: l.-Manuel Flores 2.• Ejidatarios, relativa a la privación de derechos agra· Anastacia Flores, 3.-José González, 4.-Ascención Nie• rios y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se ves de Moreno. S.-Jesús Moreno Nieves, 6.-Adolfo citan en el primer punto resolutivo de esta Resolu. Moreno Nieves. 7.-Vicente Moreno Nieves. 8.-Francis. ción, por haber abandonado el cultivo nersonal de las
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    D t A.S! o . o PIe J A L Lll1e~ 21 de enero' de 1979 ~a@s:, de dotación por más de dos años consecúti. B.-Felipe Víllegas, 9' :.....José Vargas, 10.-Vicente Var• ;~ asa~blea que tuvo veriflcatlvo el 2.7 de ju. gas, 1l.-María de Jesús Hernández, 12.-Prisciliano ~~ )9t6, en la que se propuso reconocer derechos Vargas, B.-Julia MOctezuma V 14 :""'LucIana AgUJJar. ~~~~: y, adjudicar las unidades d'e dofación de re• Por la mIsma razón se privan de liUS derechos sucéso• f.«en~iª.: a, los campesinos que l~s iJan venido cufti• rios agrallos a los CC .. 1 -Soledad García. 2.-Per- ~r más de dos años ipinterrqmpdos S .que 'se ~fecto Casañas, 3.-4.sldro'--Vargas; 4:"':"Apolonio Vargas, mCÜ;a:A ,<?o el segundo punto resolutivo de' la pres~pte S "":Elrén Vargas, 6.. ..:...üamIlo Vargas' y 7.-Rafael Varo .R#SoluClon, gas. En c.onsecuencia, se cancelan los Certificados de Derechos Agrarios que respectivamente se les expidie• ...~RlfsliLTANDO SEGUNDO.-La documentación se ron a los eJidatanos sancionados, números: 710542, remiU(1l.4.1a Comisión Agraria MIxta y, dicho organis. '710543, 710547, 710549, 710550~ 710551, 710553, 710554, mo; .lliltiÍlCó el 5 de octubre de 1976 a los ejidatarios y 710556, 710557, 710558, 710563, 110564 y 710566. sl:1 ces?res afectados, para que comparecieran a la Au' dIencla de Pruebas y Alegatos; Im~ma que &e llevó a SEGUN1JO.-Se reconocen derechos agrarios y se :caoo.' eL22 de octubre de 1976, en la que l>e comprobó ad jUdlCan las umdades de dotación, de referenCIa, por p!SJlmente la procedencia para la pnvaClón de dere• "el1lrlas cultivando por más de dos años minterrumpI• ~~ agtlclrios Y sucesorios a los ejidatarios propuestos; 'dos, cn el eJIdo del poblado "IXTULA y ZEMBU", ~...:~~>nf()rm}dad c0!1 lo dispuesto por los artículos 426, ,Mumc¡pio de Huasca de Ocampo, del Estado de Hi. 431J~ Y demas relatIVOS de la Ley Federal de Reforma dalgo, a los CC.: l.-José García 20., 2.-Felipe V1lJe. Agraria. La C<?misi?n Agraria MIxta opinó que es pro· García Salinas, S.-Juan Sánchez Vargas, 4.-EspiridIón gas Moreno, 3.-Luciano López Jarillo, 6.-Marganta .c~_~e!lre)a pnvaClOn de sus derechos agrarios a los .datanbs y sucesores que se señalan, y el reconOCI• Vargas. 7 -J. Cristin0 Vargas, 8 - Lorenzo Vill~gas ~ Moreno, 9.-Ciro Vargas Olier, 1O.-José Vargas Her· :r-J.eltlQ que propone la Asamblea General Extraordina• nández, 11.-J. Concepción Vargas, 12.-Sotero Vargas •<le-- Ejidatarios. Casañas, 13.-Ma. del Carmen García y 14.-Samuel Vargas Agullar; consecuentemente, expídanse sus ca· . lÜ~SULTANDO TERCERO.-El expediente relativo rrel>pondIentes Certificados de Derechos Agrarios .que ~ ;ttJ,r}1ado a la Secretaría de la Reforma Agraria, 10l> acredite como ejidatarios del poblado de que se 'J;)i~CIO!l. general ~e Derechos Agrarios, la que hizo trata. " pna~ li;~U!Ion. del mIsmo; y comprobo la legalidad de J.~tPotlf¡cacIOnes y constancias presentadas en este TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a 11:11 QP; ,por 10 que se turnó al Vocal Consultivo Agra• la pnvHClón de derechos agrarios y nuevas adjudica. ~w~~<?!,respondie~te, con la opinión de que fuera apro_ cione~ de umdade~ de dotaCIón, en el ejIdo del poblada por estar mtegrado correctamente; quien a su de "lXTULA y ZEMBO", Munic i p i o de Huasca de tpj t~P9r :haberlo encolltrado ajustado al procedimien• Ocampo, del Estado de Hidalgo, en el "Diario Oficial" .a:e..:I"ev, lo SometIó a la consideración del Cuerpo de la Federación y, en el Periógico Qficial del Gobierno . ,§U)tilo Agrario, el que emitIó y aprobó su di'cta• de esa EntIdad Fede'ratJva, Illscríbase y háganse' las ln,efr' ,en. sesIón celebrada el 19 de julio de 1977; y 'ailOtaclOnes correspondientes c¡:nel RegIstro Agrano . Nacional; notifíquese y ejecutese. CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente juL c¿Q cQriyativo se ha seguido de acuerdo con los trámi- Dada en el PalacIO del Poder Ejecutivo ele la ,;t,- ~preVJs.tos en Jos artículos 426, 429, 430, 431 v de• Unión, en México, DlstrÍto Federal, a los cinco días :ffi !: ~e1atlvQs de la Ley Federal de Reforma Agralla; del mcs de dicIembre de mí! noveCIentos setenta' y • 'ñ~se comprobado, por,las constancias que obran ocho.-El Presidente Constltucu;>nal.de los Estados UIlI• .. L 5n imtecedentes, que los eildatarios y sus heredt;t'os dos MeXIcanos, José López PortlUo.-Rúbrica.-Cúm• nNt~incurrido en la causa de privadón de dt;rech05 pIase: El Secretario de la Reforma Agraria. Antonio flgról{io€ v SUCf'~orio~ a Que se refiere el artículo 85 Toledo Corro.-RÚbrica. ~~~Ojpl .'r: <l 'Jp18 Ley, por haber abandonado St"m!~v.(¡ p~r"", .le tas unldades de dotación por mas de dos ailus consecutivos; que quedaron oportu· 'l1<mJente notificados los ejidatarios y sucesores suje- R~SOLUCION lobre privación de deneho. aarll10s y 19!i'.álé juicio; V que, finalmente, se siguieron los pos- . n~evas ItdJudicH¡;lones dQ' unldacte. 'el. dotación, ell 1Alic.r.es trÁmites legales¡ es procedente privarlos de el ejido del 19bJ¡ido d'ett<mdnado Veft.lJIu.to Cárr4n. ~"et:~hos agrarios V sucesorios, V cancelar los ..co· Z¡t ("ntes El GrinlJo), .. Munlchtio de' T.C!, Nay. E~ndientes Certificados de Derechos Agrarios. (Registrada co~' el n~mel'O 3664). ' !);ij,;,I , __ CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos .. Al margen u~ sello c~Jiel E,scudo N~cIOnal, que señalados, según constancias que corren agregadas al dIce: Estados Umdos MexIcanos,.....:.secretana de la Re• expediente, han venido cultivando las unidades de do. forma Agraria. ,tació por más de dos años ininterrumpidos; y ha• !4,jft1 '~propue~to el reconocimiento de sus derechos VISTO para resolver el ex}?edienterelativo. a .la ~riva­ os" por la Asamblea General Extraordinaria de ción de derechos agrarIOS y' nuevas adJudIcaCIOnes !4tji&tarios celebrada el 27 de. julio de 1976, de unidades de dotacióI1,' en el eiido del poblado de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72 Frac· denominado "VENUSTIANO CARRANZA (ANTES ción IJI; 86, 200 y demás aplicables de la misma Ley, EL GRINGO)", MuniCIpio de Teplc. del Estado de '.}!!l"o'é.ede reconocer sus derechos agrarios; y con funda• Nayarit; y - . oimellto, en el Artículo 69 de J¡t mencionada Ley, expedir sus Certificados correspondientes. RESULTANDO PRIMERO.-Por oficio número: 'Z182/586 de fecha 18 de abril de 01975,. el C. Delegado ,BSlr ,lQ,~"puesto y con fundamento en los artículos de la Secretaría de la Reforma A1!rarIa en el Ellt~d? ~~"nd<>nados, de la Ley Federal de Reforma Agra- a~ Nayarit, sol!cit9 a la .comlsIóh Agra!1a Mi"t,., InI• ,gi~""I" 'resuelve: ' clara JUICIO pnvatIvo de' derechos agranos y suceso• , rios en contra de los eiidatarios que se citan en el "PRIMERO.-Se decreta la privación' de' -derechos primer punto resoluflVO de la' presente -Resaludó!,; por e ~grarios en el ejido del poblado denominado "IXTULA naber abandonado el cultivo personal 'de las umdades ':-(',l~BO'" Munkipio de Huasca de Ocampo, del Es- , éle dotación por más de dos -aüos' consecutivos, y cons• ~o e, Hidalgo, por haber abandonado el cultivo pero ta en el expediente la se,aunda convoeatoria -de fecha . ' ..dé l¡i~ llilldades de dotación por mas de dos años 30 de marzo de 1975, vel Acta de 'la Asamblea qene.ral 1:.Q~Jlec4tivos, a los. CC~:' 1.~Pablo García, 2 -~Román Extraordlllaria de Ef¡datarios, QU~ tuvo veriflclltlvo 'ltóiates; .l.-Antonio Sanchez, 4.-Andrés Garda, 5.• el 8 de abril de 1975, en la que se f'rop~so re!=ono~~r Román Casañas, 6.-Pedro Casañas. -7.-Lino Vargas. derechos agrarios v ad;údiear -las uhida~, de c!otatlon
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    tunes 22 deeJJ«O ele 1979 81&&10 OPICIAL de referencia, a los campesinos que las han venido cultivando por más de dos años ininterrumpidos y • derechos sucesorios agrarios, a los CC. 1.-Mari$fta C~~ 2.-Vidal Cruz, 3.-Feliciano Cruz, 4.-Pablo C~i que se indican en el segundo punto resolutivo de la 5.-María Cruz, 6.-Maurilia González, 7.-J. Guadalu· presente Resolución. pe Cruz, 8.-Gregoria Hernández, 9.-Francisco Hemá& dez, IO.-Rosa Alvarez, H.-Teresa Andrade, 12.-María RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se del Carmen Hernández, 13.-Eusebia Hernández, 14.• remitió a la Comisión Agraria Mixta y, dicho organis• Teodora Guzmán, IS.-Paulina Martínez, 16.-Natalia mo, notificó el 2 de julio de 1975, a los ejidatarlos y García, 17.-Octaviano Ramírez, 18.-1. Jesús Ramí'reZ. sucesores afectados, para que comparecieran a la Au• 19.-Manuel Ramírez, 20.-Ramón Ramírez, 21.-Igna· diencia de Pruebas y Alegatos; misma que se llevó a cía Ramírez, 22.-Rafaela Ramírez, 23.-María Aseen.. cabo el 18 de julio de 197::>, en la que se comprobó le• ción Moreno, 24.-J. Natividad Ramírez, 2S.-Rafael galmente la procedencia para la prIVaCIÓn de derechos Ramírez, 26.-Aurelia Ramírez, 27.-María Ramírez, 28. agrarios y sucesorios a los ejidatarios propuestos; de -María Guadalupe Ramírez, 29.-Hermelinda ~ conformidad con lo dispuesto por los artículos 426. y 30.-Pedro Tiznado. 427, 430 Y demás relativos de la Ley Federal de Re• forma Agraria. La Comisión AgrarIa Mixta opinó que En consecuencia, se cancelan los Certificados de es procedente la privacion de sus derechos agrarios a Derechos Agrarios que respectivamente se les e;pidie• los ejidatarios y sucesores que se señalan, y el reco• ron a los ejidatarios sancionados, números: 728987 nocimiento l1ue prooone la Asamblea General Extra• 728988, 729010, 729011, 729012, 729016, 729018, 729G22: ordinaria de Ejidatarios. 729033, 729035, 729036, 729037, 729041, 729042, 729043 Y 729044. RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, Di• SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se rección General de Derechos Agrarios, la que hIZO una adjudican las unidades de dotación, de referencia, por revisión del mismo, y comprobó la legalidad de las venidas cultivando por más de dos años inint~i­ notificaciones y constancias presentadas en este jUicIO; dos, en el ejidO del poblado "VENUSTIANO CARRAN· por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario co• ZA (ANTES EL GRINGO)", Municipio de Tepic. del rrespondIente, con la opinión de que tuera aprobado Estado de Nayarit, a los CC. l.-Gregorio Cruz Ver• por estar integrado correctamente; quien a su vez, por gara, 2.-Delfina Cruz González, 3.-Daniel HernáI1det haberlo encontrado ajustado al procedimIento de ley, Padilla, 4.-Lucía Hernández de Reyes, 5.-Miguel Ce• lo sometIÓ a la conSIderación del Cuerpo Consultivo lis Bermúdez 6.-Gabino Maniarrez Bermúdez, 7.-Jo• Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen en seSIón sé Manjarrez Bermúdez, 8.-Roberto Martínez Manía• celebrada el 22 de junio de 1978; y rrez, 9.-Manuel Villanueva Marin, lO.-Guillermo To• rres Cruz, n.-Antonio Bermúdez Alonso, i2.-GuaJ;la• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• lupe Frías Biemela, B.-Soledad Bermúdez Vda. d. cio prIvatIvo se ha seguIdo ae acuerdo con los trámi• Sánchez, 14.-Juana Ruvalcaba Pineda, iS.-María Lui• tes previstos en los artículos 426, 427, 429, 430, 431 Y sa Zavala Reyes y 16.-Primitivo Zavala Bermúdez; demás relatIvos de la Ley Federal de Reforma Agra• consecuentemente, expídanse sus correspondientes cer• rIa; habIéndose comprobado, por las constancias que tificados de Derechos Agrarios que los acredite como obran en antecedentes, que los ejidatarios y su!> here• ejidatarios del poblado de que se trata. deros han mcurrido en la causa de privación de dere• chos agrarios y sucesorios a que se refiere el artículo TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a 85 fracción 1, de la propia ley, por haber abandol1ado la privac1ón de derechos agrarios y nuevas adjudica• el cultivo personal de las unidades de dotación por ciones de unidades de dotación, en el ejido del pb~ más de dos años consecutivos; que quedaron oportu• do de "VENUSTIANO CARRANZA (ANTES EL GIUN• namente notificados los ejidatarios y sucesores sUJe• GO)", Municipio de Tepic, del Estado de Nayarit, en tos a JUIcio; y que, finalmente, se siguieron los poste• el "Diario OfIcial" de la Federación y en el Periódico riores trámItes legales; es procedente privarlos de sus Oficial del Gobierno de esa Entidad Federativa; ins• derechos agrarios y sucesorios, y cancelar los corres• críbase v háganse las anotaciones correspondientes en pondientes Certificados de Derechos Agrarios. el Registro Agrario Nacional; notitiquese y ejecútese. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos Dada en el Palacio del Poder ,Ejecutivo de la señalados, según constancias que corren agregadas al Unión, en México, Distrito Federal, a los cinco ctias del expediente, han venido cultivando las unidades de do• mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho.• tación por más de dos años ininterrumpidos; y ha• El Presidente Constitucional de los Estados Unidos biéndose propuesto el reconOCImiento de sus derechos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.-CútnJ)1~: agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio toledo EJidatarios celebrada el 8 de abril de 1975, de acuer• Corro.-Rúbrica. do con lo dispuesto por los artículos 72 fracción III, 86, 200 Y demás aplicables de la misma ley, procede reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento en el artículo 69 de la mencionada ley, expedir sus ACUERDO sobre inafectablHdad agrícola, relativo al certificados correspondientes. predio rústico Sin Nombre, ubicado en el Muatd• pio de Villa Unión, Coah. (Registrado> con ~1 flú. Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos mero 3685). ya mencionados de ia Ley Federal de Reforma Agra• ria, se resuelve: Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos forma Agraria. agrarios en el ejido del poblado denominado "VENUS• TIANO CARRANZA (ANl'ES EL GRINGO)". MunICIpIO VISTO para resolver el expediente de inafectabilidad de Tepic, del Estado de Nayarit, por haber abandona• agrícola, relativo al predio rústico "SIN NOMBRE", do, el clltivo personal de l.as unidades de dotaci~n por ubicado en el Municipio de Villa Unión, Estado éle mas de dos años consecutIvos, a los CC. l.-Hehodoro Cruz, 2.-Federico Cruz, 3.-Eustaquio G ó m e z, 4.• Coahuila. propiedad de la C. Rosa Iseta Lira de Elías Hernández, S.-Pablo Hernández. 6.-Juan Man· Segura; y jarrez, 7.-Alberto Manjarrez, 8.-Eusebio Martínez, 9. -Miguel Rodríguez, lO.-Ricardo Ramírez, H.-Octa• RESULTANDO PRIMERO.-Que la C. Rosa lsela viano Ramírez. I2.-Carlos Ramírez, 13.-Basilio Sán• Lira de Segura, en su carácter de propietaria, por Cll• chez, 14.-Aurelio Tiznado, I5.-Jorge Zavala y 16.-1. crito de fecha 20 de enero de 1975, dirigido al secreta· Refugio Zavala. Por la misma razón se nrivan de su!' no de la Reforma Agraria, por conducto de la Dele¡a-
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    .~ __________________ D_I.A_R I_O__ __ O_P_I_L~t.~_t_L_UD~~ ~ d~e_.~ ~~ 1.~ ____ ____ __ •.2~ __ ci6n del Ramo en la citada Entidad Federativa, solici• OUINTO.-Publíquese el presente AcueMo, :por el t6 la declaratoria de inafectabtlidatl· agrloola y la. tx• que se deélata la lnaf~etabilidácl _trftola del predio rus• l'edici6n del certificado resJ'ectivo 1'4ta el predio men• tieo "SIN NOMBRE", ubicado en el Municilno de Villa cionado, el que tiene una sup~rfieie de 12-00:.00 HiS_, de Unión, Estad6 de COáhuila, en el "Diario Oficial" de la temporal, equivalentes a 6-00-00 Has., de riego te6ricb, Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del dentro de las siguientes colindancias: Al NOrte, pro• Estado referido, inscrfbase en el Registro Agrario Na• piedad de Roberto Treviño; al' Sur, propiedades de Ma• cional y expídase el certificado respectivo. nuel de J. Lira y Roberto Trevitío; al Este, propiedad de Roberto Trevifío y al Oeste, propiedad de Estela Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, Santos. en México, Distrito Federal, a los seis días del Dl~ de diciembre de mil nOvecieI'ltos setenta y Oého.-EI Pr~ RESULTANDO SEGUNtlO.-Que la promovente sidente Constitucional de los Estados Unidos Mexica• acreditó su derecho de propiedad sobre el inmueble de nos, José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Se• referencia, mediante copia certificada del contrato pri• cretario de la Reforma Agraria, Antouio Toledo Corro. vado de compraventa, ratificado ante la fe de Carlos -Rúbrica. Avilés, juez único local en funciones de Notario Públi• co por Ministerio de Ley, cOn ejercicio en la ciudad de Villa Unión, Coahuila; el 26 de agosto de 1968; mscnto • . en el Registro Público de la Propiedad de Piedras Ne• RESOLUCION sobre prlvacJÓft de derechCI .,:rufos ., gras, Coahuila; bajO la partida número 44097, Tomo 122, nueva adjudicación de tUddad de dotación, en el Libro I, Sección de la Propiedad, el 19 de noviembre ejlde del 1!J(Iblado denomJ, . . , S'-- Mula lIoyo~ de 1968; y acompañó los planos de ley. &0, Municipio de San Martín Texaaelucu, PQe. (Re. gistrada con el número 3666). CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Di r e c:: ci6n General de Inafectaeilidad Agrícola, Ganadera y Agro• Al margen un sello con el Escudo Nacional, que pecuaria y el Cuerpo Consultivo Agrario, realizados los dice: Estados Unidos M¡xicanos.-Seeretaría de la Re• estudios correspondientes y con base en la opinión re• forma Agraria. glamentaria emitida por la Delegación Agraria ,con fe• cha 17 de febrero de 1975, llegaron a la conclusión de VISTO para resolver el expediente relativo a la priva• que el predio referido por sus características, constitu• ción de derechos agrarios y nueva adjudicación. de ye una auténtica pequeña propiedad agrícola en explo- unidad de dotaci6n, t!n el ejido del poblado deno• . tación. - minado "STA. MARIA MOYOTZINGO", Municipio de San Martín Texmelucan, del Estado de Puebla; y CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de que han quedado satisfechos los requisitos que esta• RESULTANDO PRIMERO.-Por oficio número 5047 blecen los artículos 249, 250, 257 párrafo primero, 258 de fecha 30 de junio de 1976, el C. Delegado de la Se• párrafo primero, 353 y 354 de la Ley Federal de Re• cretaria de la Reforma Agraria en el Estado de Puebla, forma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21 al 27 solicitó a la Comisión Agraria Mixta, iniciara juicio pri• y demás relativos del Reglamento de Inafectabilidad vativo de derechos agrarios, en contra del ejidatario Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo dispuesto que se cita en el primer punto resolutivo de esta Reso• por los artículos 27 fracción XV de la Constituci6n lución, por haber abandonado el cultivo personal de la P('}lítica de la República, 8 y 20. Transitorio de la Ley unidad de dotación por más de dos años consecutivos Federal de Reforma Agraria, el ·suscrito Presidente y consta en el expediente la segunda c('}nvocatoria de ConstItucional de los Estados Unidos MeXIcanos. tiene fecha 20 de agosto de 1975 y el acta de la asamblea a bIen dictar el siguiente general extraordinaria de ejidatatios, que tuvo verifi• ACUERDO: cativo el 30 de agosto 'tIe 1975, en la que se t>ropuso reconocer derechos agrarios y adjUdicar la unIdad de PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec• dotación de referencia, al campesino que la ha venido tos de dotaci6n, ampliación o creaci6n de Nuevos Cen• cultivando por, más de dos años ininterrumpidos y que -tros de Población Ejidal, la superficie de 12-00-00 Has., se indica en el segundo punto resolutivo de la presente (DOCE HECTAREAS) de temporal, equivalentes a Resolución. ' - "6-00-00 Has., (SEIS HECTAREAS) de riego teórico, que RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se int~gran el prediO rustico "SIN NOMBRE", ubicado en remiti6 a la Comisión Agraria Mixta y, dicho ortanis• 'SI Municipio de Villa Unión, Estado de Coahuila, pro. mo, notificó el 22 de julio de 1976, al ejitlatario afecta• piedad de Rosa Isela Lira de Segura, con las colindan• do, para qUE! compareciera a la audiencia de pruebas cias que se indican en el primer Resultando. y alegatos, misma que se llevó a cabo el 6 de agasto de 1976, en la que se comprobó legalmente la proce• - SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de dencia para la privación de derechos agrarios al ejida• dnafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de tario propuesto; de conformidad con lo dispuesto !'()r los a,t08 que se precisan en el Artículo 53 de la Ley los artículos 426, 427, 430 v demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar de• Federal de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mix• rechos sobre terrenoS ejidales o comunales, se estad. ta opinó que as proeedente la privación de sus derechos a lo dispuesto en dicho precepto jurídico. agrarios al ejidatario que se señala y el reconocimiento que propone la Asamblea General Extraordinaria de . TERCERO.-Si la beneficiaria pO$teriorrnente ad• Ejidatarios. . qUIere otro predio rustico por sucesión, 1S0ciedad con• yugal, 5éciedad mercantil, copropiédad o cualquier otra RESULTANDO TERCERO.-EI expediente rel¡¡tivo ti~ará las diligencias necesarias paar señalar ¡ f~rma legal, la Secretaría de la Reforma Agraria prac• detel'• ll'unar los excedentes de la pequeña propieda mafee• fue turnado a la SecretAría de la Reforma Agraria, Di• rección Géneral d~ Derechos Agrarios, la qué hizG U1'1& revisi6n del mismo, y comprObó la legalidad de las table y destinarlos a satisfacer necesidades agrarias notificaciones y constancias p~entadas en este juicio; eOl'lforme a la Ley. , por lo que se turnó al Vocal tonsultivó Agrario corres• pondiénte, con la opinión de que fuera attrohac!o p&r CUARTO.-EI certificado de il'lafectabiliClad C$Sar' estar integracio correttamente; ~uien a $U vez, por ha• e>rt sus eféctos automáticamente ctll1'1do .su titular &u- berlo encontrad.o ajustado al procedimieI'ltó de Ley, I~ 1~rice, induzca, permita o petsonalmente siembre, culo' someti6 a la c()nsideraci6n cIel Cuetl'o ConsultivO Agra• 'tlve o. coseche en su predio mariFlla, amapola o rio, el que emiti6 y aprobó su dictamen en sesión cele• 'QUall!lwer otro estul'efaqente. . brada el 30 de maY9 de 1978; y
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    CONSm!lANDO mM!RO.-Que elpresente jui• diee: &ta4cs Utlid.os Mexieues.-$t!:tretarla de la )te. do jmvativo st ha seJUid~ de acudo ~D lés tráfttites forma A,raria. p~istM e los artteulos 426, 427, 429, 430, 431 Y demá4 r!lltivM de II Ley Federal de 1t~fbrma Agraria; hal:9iéft· VISTO para res$lver el expMiente de bWectahifuiad iose ebm:f'!robado, pOr las co:tlStaI'lcias que obran en afI'Ícola, relativo al predio rústico denominado antecedentes, que el ejidatario ha incurrido en la cau· "CHINCHIS "8lUVAS", ubicado en el Municipio de ... de. privatión de derechos agrarios a que se refiere el Namiquipa, Estado de Chihuahua, propiedad del articulé 85 frAcción I, de la propia ley, por haber C. José Luis GGnzález Neira; y abandonado el cultivo personal de la unidad de dota· dén tIOr mlf; de dos afios consecutivos; que quedó opar· R.ESULTANDO PR.IMERO.-Oue el C. Jos' Luis tunarntftt~ Mtificado, el ejidatario sujeto a juicio; y Gó!l.Zález Neira, en .u carácter de p~tario, pOr es• fl1,lé, finalmente, se siguieron los p05ttriores trámites mto de fecha 4 de octubre de 1973, dirigido al enton• 14pl.s, procede privarlo de ws derechos agrarios y ces Jefe del Departamento de Asuntos A¡rarios y (Jo. ca11celar el correspondiente Certificado de Derechos lollizaeión, hoy secretario de la Reforma ~a, ~ Agrarios. conducto de la IJelegación del Ramo en la Clta4a. !ñti. dad Federativa, solicit6 la declaratoria de inafeetal;i• CONSIDERANDO SEGUNDO.-Q u e el campesino lidad agrícola y la expedición del certificado respecti. ae1alado, ae3Ú1l constancias tlue COrren agregadas al vo para el predio mencionado, el que tiene una super• éltJ!)eltieDte, ha venido cultivando la unidad de dotación ficie de 101-17-51 Has., de las cuales 4()..()(}.Q0 Has., son pár más de dos M.OS ininterrumpilios; y habiéndose de rielO y 61-17-51 Has., de temporal, equivalentes a p~to el reconocimiento de sus derechos agrarios 70-58-75 Has., de riego teórico, dentro de las si¡uientes por la Asamblea General Extraordinaria de Ejidatarios, colindancias: Al Norte, Lote Núm. 3. propiedad de celebrada ~l 30 de agósto de 1975, de acuerdo Cón lo Efrén Nevárez lAya; al Sur, predio "El Mirador", pro• dist'ue$to por los artículos 72 fracción III; 200 Y demás piedad de Ana Wiebe de Telcherob; al Oriente, predio apbcaeles dt la misma ley, procede reconocer sus dere• "El Picacho", propiedad de Romelia R. de González y chós agrarios; y con fundamento en el artículo 69 de al Poniente, Colonia Babícora. la mencionada ley, expedir su certificado correspon· diente. RESULTANDO SEGUNDO.-Oue el promovente acreditó sU derecho de propiedad sobre el il'lmueble de Por lo expuesto, y con fundamento en los artículos referencia, mediante Escritura Pública No. 1060, de ya mencionados de la Ley Federal de Reforma Agra· fecha 18 de enero de 1969, otorgada ante la fe del Lic. ria, se resuelve: Feliciano Vidales Macouzet, Notario Público No. 10 con ejercicio en la Cd. de Chihuahuá, Chihuahua; ins• PRIME'RO.-Se decreta la privación de derechos crita bajo el No. 75, a folios 139, volumen 115, Sección agrarios en el ejido del poblado denominado ··STA. Primera, del Registro Público de la Propiedad de Gue• MARIA MOYOTZINGO", Municipio de San Martín Tex· rrero, Chihuahua, el 20 de febrero de 1969; y acompa• melucan, del Estado de Puebla, por haber abandonado ñó los planos de ley. el cultivo personal de la unidad de dotación por más de dos años consécutiv05, al C. Luis Tiempo Mota. En CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge• consecuencia, se cancela el certificado de derechos agra· neral de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y A~ rios que sé le expidió al ejidAtario sancionado, núme• cuaria y el Cuerpo Consultivo Agrario, realizadOs 1M ro: 1597307. estudios correspondientes y con base en la Ol'iniÓl'l re• ¡lamentaria emitida por la DelegáciÓD ~a con fe• SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se cha 24 de enero de 1974, llegarón a la conc1usí6n d6 adjudica la unidad de dotación de referencia, por ve• que el predio referido por Sil..O; características, constitu• nírla cultivando por más de d~ años ininterruml'idos, ye una auténtica pequefia propiedad agrícOla en eipl&• en el ejido del poblado de "STA. MARIA MOYOTZIN. tación. 00" Municipio de San Martín Texmelucan, del Estado CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de de ~bla, al C. Jesús Alonso Sánchez; consecuente• que han quedado satisfechos los requisitos que esta• mente, expidase su correspondiente Certificado de De• blecen lós artículos 249, 250, 257 párrafo primero, 251 rechos A¡rarios, que lo acredite como eiidatario del párrafo primero, 353 y 354 de la Léy Federal dé Rtl~ poelado de que se trata. AgrAria, así como los artículos 6, 9, 13. 21 al Z1 Y de• más rtlativos del R.egIamento de Inafectáhilidad Agri• TEJ..CER.O.-Publíquese esta Resolución, relativa a cola y Ganadera; de conformidad con lo dispuesto 1'01' la priyación de de~chos agrat1!'l'S y nueva adjudicación los artículos 27 fracción XV de la Constituci6n Ptlfti. de umdad de dotaCIón, en el ejIdo del poblado denomi. ca de la República, 8 y 20. Transitorio de la Ley Fede• nado "STA. MARIA MOYOTZINGO", Municipio de San ral de Refbrma Agraria, el suscrito Presidente CGnsti• .Martín Texmelucan, del Estado de Puebla, en el "Diario tucional de los Estados Unidos Mexicanos, tiene a bien oacial" de la Federación y en el Periédico Oficial del dictar el siguientf Gobierno de esa Entil!lad Federátiva; inscríbase y há• gaMfl las anotaciones correspondientes en el Re21stro ACUERDO: Airario Nacional; notifíquese y ejecútese. PRIMERO.-St declara inafectablepara 10$ ef«i• ~ en ~l ~alacio del Poder Ejecutivo de la Unión, tos de dotación, anIp'liación o creación de N~vos ca... en M&ico, Distnto Federal, a 106 cinco dias del mes de t1"O$ ¡fe Población E]idal, la superficie de 101-11-51 Mas., ~ciembre de .mil. novecientos setenta y ocho.-El Pre- (CIENTO UNA HECTAREAS, DIECISIETE AR!4S, 51dente ConstltucIonal de los Estados Unidos Mexica• CINCUENTA Y UNA CENTIAR.!AS) de las cuales nos, JGIIé López i»CJrtillo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Se• 40-lJO.OO Has., (CUAR.ENTA HECTAREAS) son ~ rie($ ~tario de II R.efol1'l'1a Agraria, AntoJÜo Toledo Con:o. y 61-17-51 Has., (SESENTA Y UNA HECTAJtEAS, Dr¡· -lú'briea e. _ CISIETE. AREAS, CINCUENTA Y UNA CENTIAlt.1A.S) de tempt!ral, equivalente!! a 70-58-75 Has. (SETENTA HECTAREAS, CINCUENTA Y OCHO AJt.EAS, SEttN· ACUUDO .obre ~ UfteoIa, relativo al TA y CINCO CENTt.AJ.EAS) de rieto teérico, que il,lte• tndIó rdsdco ~o CbIilehls Brana, ubf,. gran el prMio rústiC0 den.,minado "CBINCHI6 BU• C!It.dct en el MlUlJclplo eJe Naudqulpa, Cbfh. (Regi... VAS", ubiea40 en el Mwúcipio de Namiquija, Estado trt.do coa el lllbltéro 3é86). ~e Chihuah1.lA, propiedad de José Luis González Neira, eón las eolind.ancias que Se indican en el prin1er I.e• Al lUlWta Wl _ne ema -el Escuda Nadoaal, que aultedo.
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    DIARIO OFIC1JlL Lunes22 de enero de 1979 SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de ina• RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se fectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de los remitió a la Comisión A~raria Mixta v. dicho Orga• actos qUe se precisan en el artículo 53 de la Ley Fe• nismo, notificó el día 4 de agosto de 1975, a los ejida• deral de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar de• l<trIOS y ~uc<:sole~ atectado~, para que cumpaleue.an rechos sobre terrenos ejidales o comunales, se estará a la AudIenCia de Pruebas v Alé'gato<;: misma Que ,e a lo dispuesto en dicho precepto jurídico. llevó a cabo el 20 de agosto de 1975, en la que se c~!llprobo legalmente la pJOcedencla para la prIva• TERCERO.-Si el beneficiario posteriormente ad• c!on de derechos agranos y sucesorios a los ejIdata• quiere otro predio rústico por sucesión, sociedad con• nos propuestos; de conformidad con lo dispuesto por yugal, sociedad mercantil, copropiedad o cu,alquier otra los Artículos 426, 430 V demás relativos de la Ley forma legal, la Secretaría de la Reforma Agraria prac• Fe.deral 4e Reforma Agrana. La Comisión Agraria ticará las diligencias necesarias para señalar y deter• MIxta opmó Q,ue es procedchte la privación de sus derechos agrarIOS a los ejidatarlos y sucesores que se i.>:.inar los excedentes de la pequeña propiedad inafecta• señalan y. el reconocimiento que propone la Asamblea ble y destinarlos a satisfacer necesidades agrarias con• General Extraordinaria de Fhdatarios. forme a la ley. RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo CUARTO.-El certificado de inafectabilidad cesará ~e t1.!ffia~~ a la Secretaría de la Reforma Agra• en sus efectos automáticamente cuando su titular auto• n.a, DIrecclO~. geperal de Derechos Agrarios, la que rice, induzca, permita o personalmente siembre culti• hIZO una reVISlOn del mIsmo, y comprobó la legalidad ve o coseche en su predio mariguana, amapola ó cual• de las notificaciones y comtancias presentadas en este quier otro estupefaciente. juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• rio correspondiente, con la opinión de que fuera apro• QUINTO.-PubIíquese el presente Acuerdo, por el bado por estar llltegrado correctamente; quien a su qUe se declara la inafectabilidad agrícola del predio vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento rústico denominado "CHINCHIS BRAVAS" ubicado en de Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Con• el Municipio de Namiquipa, Estado de Chihuahua en el sultivo A2:ra r io, el alle ('mitió v anroh6 "l1 rl ,., <,men "D!a.rio Oficial': de la Federación y en el Periódico en sesión celebrada el 29 de noviembre de 1977; y OfICIal del GobIerno del Estado referido inscríbase en el Regi.stro Agrario Nacional y expídase' el certificado CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• respecÍlvo. cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá• mites preVIstos en los ArtícuLos 426 429, 430, 431 Y D~~o en ~l P~lacio del Poder Ejecutivo de la Unión, demás relativos de la Ley Federal d~ Reforma Agra~ en Mexlco, DIstrito Federal, a los seis días del mes de ria; habiéndose comprobado por las constancIas que d,iciembre de .mil. novecientos setenta y ocho.-EI Pre• obran en antecedentes, que los ejidatarios y sus he• SIdente ConstltuclOnal de los Estados Unidos Mexica• rederos han incurrido en la causa de privación de nos, José Lóp¡,z PortilIo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Se• derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el Ar• - cret~rit? de la Reforma Agraria, Antonio Toledo Corro. tículo 85, Fracción 1, de la propia Ley, por haber -Rubnc;.;. abandonado el cultivo personal de las unidades de dotación por más de dos años consecutivos; que que• daron oportunamente notificados los ejidatarios y su• RESOI,velON !;f'hre "rlvación de ifer"!chOIl a,..ratio'l v cesores sujetos a juicio; y que, finalmente, se sigUIe• nuevas adjudicaciones -de unidades de dotación ron los posteriores trámites legales, es procedente y reconocimiento de derechos agrarios en el ejid~ privarlos de sus derechos agrarios y sucesorios, y del poblado denominado El Ranchit~, Municipio cancelar los correspondientes Certificados de Derechos de Cosala, Sin. Registrada con el número 3382). Agrarios. . Al margen un ~ello con el Escudo Nacional. que CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos dIce: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• señalados, según constancias que corren agregadas al forma AQ'raria. expediente, han venido cultivando las unidades de do• tación por más de dos años ininterrumpidos, y ha• VISTO. para resolver el e'lCpediente relativo a la pri• biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos V:1rJ()" de (lQrp('ho~ a"r;¡rio~ v nuevas ldillrlkacir¡• agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de nes de unidades de dotación y reconocimiento de Ejidatarios celebrada el 2 de mayo de 1974, de acuer• derechos a~rarios, en el ejido del poblado deno• do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción IJI; mmado "EL RANCHITO", Municipio de Cosala, del 74 Fracción n, 200 y demás aplicables de la misma Ley, Estado de Sinaloa; y procede reconocer sus derechos agrarios; y con fun~ damento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, ex• ttP~rrl1' NDO PIHMFRO -lr¡fI~ta "r¡ el e ... n"rljt"'1- pedir sus Certificados correspondientes. te la segunda convocatoria de fecha 24 de abril de 1974, para la Asamblea General Extraordinaria de Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu• E;iidatarios, relatIva a la privación de derechos agra• los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma r!os y sucesorios, en contra de los ejidatarios que se Agraria, se resuelve: CItan en el primer punto resolutivo de esta Resolución por haber abandonado el cultivo personal' de las uni. PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos ~hrl,,~ rln df'hri,'.'1 nor rn"~ nI' rlos afír,s ron~p"lItiv('~' agrarios en el ejido del poblado denominado "EL RAN• a,amblea que tuvo verificativo el 2 de mayo de CHITO", Municipio de Cosala, del E,tado de Sinaloa, 1974, en 1,1 nne se propu,o reconocer derecho.;; agr~· por haber abandonado el cultivo personal de las uni~ rios V adjudIcar la~ unidades de dotación de refe• dades de dotación por más de dos años COll'iecutivos, rencia, a los campe~inos que las han venido cultivando a los CC. l.-Calixto Cárdenas. 2.-Cipriano Cárdenas, por rn-'¡s el p r'1~ 8ño~ inintl'rrllTYl"idos V qut" ,e inc1i• 3.-Santana Cárdenas, 4.-JesÚs Castañeda, S.-Jesús can en el segundo punto resolutivo y se reconozcan Castañeda Jr., 6.-Reynaldo Castañeda, 7.-Agustín Ce• derechos agrarios a Jos campesinos que se citan en el breros. 8.-Florencio Cebreros, 9.-Gregorio Cebreros, tercer punto resolutivo, va Que han venido cultivando 10 -Angel García, ll.-Aurelio García, 12 -Bernabé unidades de dot2.ción por más de dos años ininterrum• García, 13 .-Guillermo García, 14 -Manuel García, 15. pirlr¡s V aue con e<;to no se rehasa el número de bene• -Nicolasa Lechuga 16 -David Lizárraga, 17. -Guada• rr:,.r',,<; T'''r h Rf'~olJlción Precirlenri"l de dotl'lción tupe Madero, 18. - Alfonso Martínez, 19. - Eugenio cl~ p¡;rlr, de fprh" 24 de f)18rZO de 1937, pTlblicada en Mendoza, 20.-Antonio Rojo M., 21.-Francisco Sara• el "ni'lrio Oficial" de la Federación el 17 de iunio bia V., 22.-Trinidad Sarabia, 23 -Candelario Urrea, de 1937. 24.-Loreto Urrea. 25.-Silveria Urrea, 26. - Doloret
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    Lunes 22 deenero de 1979 BIA"IO OPICIAL García, 27.-Pablo Lizárraga y 28.-José Sarabia. Por Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo d. la la misma ra:z;ón se privan de sus derechos sucesorios Unión, en México, Distrito Federal, a los veintidós días agrarios a los CC. 1.-Cleofa6 Castañeda, 2.-Ramón del mes de noviembre de mil novecientos setenta y Castañeda, 3.-Ricardo Castañeda. 4.-Santos Cárde• ocho.-El Presidente Constitucional de los Estados nas, S.-Francisco Meza, 6.-Rita Meza, 7.-Micaela Unidos Mexicanos, Jo-' López PortIIIo.-ltúbrica._ Meza, S.-Ernesto Cebreros, 9.-Margarita Cebreros, Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, Ano lO.-Cleofas González, ll.-Crescencio Cebreros, 12. tonio Toledo Cono.-ltúbrjca. -Pablo Cebreros, 13.-Isaura Urrea, 14.-Manuel Gar• cía, 15.-Guadalupe Garda. 16.-Virginia Lizárraga, ., • 17. - Tiburcia García, 18. -Faustina Martínez, 19. -Se• RESOLUCIQN sobre privación de clerechos agrarios bastián Urrea, 20.-Manuel Urrea, 21.-Lucrecia Oc.hoa, y nuevq adjudicaeloJw de UDlcI. . de dotactón, 22.-Rigoberto Lizárraga, Z3.-Librada García, 24.• en el ejklo del pobIawlo deaomiDado La ~ Heriberto Lizárraga, 25.-Aurelia Madero, 26.-Nativi· Municipio de Linares, N. L (Registrada con el nú. dad Martínez, 27.-Hilaria VilIaseñor, 28.-José Rojo, mero 3697), i 29.-Natividad Rojo, 30.-Lucinda Cebrero:s, 31.-Jor• ge Urrea, 32.-Rosa Urrea, 33.-Rosario Urrea, 34.• Al margen un sello con el Escudo Nacional, qu' Juan FiguerQa, 35.-Trinidad Figueroa, 36.-Felícitas dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la RI't< Medina, 37.-Miguel Lizárraga y 38.-José Lizárraga.. forma Agraria. ~n consecuencia, se cancelan los Certificados de De• rechos Agrarios qlle respectivamente se les expidieron VISTO para resolver el expediente relativo a la pri. a los ejidatarios sancionados. números 124817. 124818, v~cion de derechos agrarios y nuevas adjudIca• 124820, 124822, 124823, 124824, 124825, 124826, 124827, ClOnes de unidades de dotacion en el ejido del 124829, 124830, 124831, 124833, 124834. 124835, 124836, poblado denominado "LA ESCONDIDA", Municipio 124838, 124839, 124841, 124843, 124845, 124847, 124848, de Linares, del Estado de Nuevo León; y 124850, 124851, 124855. 124856 Y 124859. RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien. SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se te la segunda convocatoria de fecha 16 de febrero adjudican las unidades de dotación de referencia, por de 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de venirlas cultivando por más de dos año ininterrumpi• Ejidatarios, relativa a la privación de derechos agrarios dos, en el ejido del poblado de "EL RANCHITO", Mu• y sucesorios en contra de los ejidatarios que se citan nicipio de CosaIa, del E~tado de Sinaloa, a los CC. 1. en el primer punto resolutivo de esta ReSQlución, por -Encarnación RueIas Sánchez, 2.-Pedro Cárdenas Sa• haber abandonado el cultivo personal de las unidades rabia, 3 -Raúl Gan'la MarlÍne7. 4.-05car Carneas Sa• de dotación por más de dos años consecutivos; asam. rabia, S.-Antonio Castañeda Cebreros, 6. - Roberto blea que tuvo verificativo el 23 de febrero de 1975 en Castañeda Cárdenas 7 -Domingo Castañeda Madero, la que se propuso reconocer derechos agrarios y' ed~ S.-Epifanio Castañeda Cebreros, 9.-Alberto Castañe• judicar las unidades de dotación de referencia, 8 los da Cebreros, IO.-JesÚs Castañeda Cebreros, 11.-Can• campesinos que las han venido cultivando por más delario Celis Ramos I2.-Servando Zazueta Félix, 13. de dos años ininterrumpidos y que se indican en el -Bernardo Madero 'Barraza, 14.-Miguel García Cas• segundo punto resolutivo de la presente Resolución. tañeda, Is.-Antonio Urrea Rojo, 16.-Ricardo Urrea Rojo, 17.-José Luis Martínez Madero, lB.-Arturo RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se Rojo Montenegro, 19.-José Aco~ta Ochoa, 20.-Ger• remitió a la Comisión Agraria Mixta v. dicho Organis• mán Maduefío Urrea, 21 -FranCISCO Urrea Cebreros, mo, notificó el 17 de abril de 1975, a los eiidata. 22.-Camilo Castañeda Madero, 23.-Julio Urrea Ba• ríos y sucesores afectados, para que comparecieran naza. 24.-He 1¡ouoro G"rCÍa Ca~tañeda, 25 -Pf'dro a la Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma que se González Mendoza, 26.-Ubaldo Barrara Urrea, 27.• llevó a cabo el 7 de mayo de 1975, en la que se Arcenio Martínez Garda v 28.-Adán Garda Barraza: comprobó lel!;almente la procedencia para la privación consecuentemente, expídanse sus correspondientes Cer• de derechos agrarios v sucesorios a los ejidatarios pro. tificados de Derechos Agrarios, que los acredite como puestos; de conformidad con lo dispuesto por los Ar. ejidatarios del poblado de que se trata. tÍCulos 426. 430 V demás relativos de la Ley Federal de Reforma Agraria. La Comisión Agraria Mixta opinó Que TERCERO.-Se reconocen derechos agrarios por es procedente la privación de sus derechos a¡zrarios venir cultivando unidades de dotación por más de dos a los ejidatarios y sucesores que se señalan, y el reco• años ininterrumpidos. en el eiido del poblado de "EL nocimientú que propone la Asamblea General Extraor• RANCHITO , Municir>io de Cosala. del Estado de Si• dinaria de Ejidatarios. . naloa, a los CC. 1.-Rubén Urrea Beltrán. 2 -Reynal• do Castañeda Madero. 3,-Javier Urrea Beltrán, 4.• RE$ULTANDO TERCE!'RO.-EI expediente relativd Lorenzo Celis Ramos, 5 -Natividad Madero Barraza, fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agra• 6.-Ignacio Ca·<;tañeda Cebreros, 7 -José Manuel Quin• ria, Dirección General de Derechos Agrarios. la que tero Ramos. 8.-Ennque Martíne7. Madero. 9.-Agus. hizo una revisión del mismo, y comprobó la legali. tín Silva Madero. lO.-Migue] Fmnco Bustamante, 11. dad de las notificaciones y collBtancias presentadas en -Antelmo Urrea Sarabia. 12 -Ricardo Lechuga Ce· breros v 13. -Candelario Rojo Montenegro; consecuen• este jUicIO; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agrario correspondiente. COn la opinión de que fuera temente. expídaseles sus correspondiente'! Certifica• aprobado por ('<;tar integrado correctamente; quien a dos de Derechos Agrarios, que los acrediten como eji• su vez por haberlo encontrado ajustado al procedi. datarÍos del poblado de que se trata. En la inteli~en­ miento de Ley. lo sometió a la consideración del Cuero da de que con esto no se reha~a el número de bene• po Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dic• ficiado", con la Resolución Pre<;idenciaI de dn+"''''.sn tamen en sesión celebrada el día 25 de abril de 1978; y de ejido. CONSlPERANDO PRlMERO.-Oue el presente iui. CUARTO.-Publíquese esta Re<;01uci6n, relativa a la cio privativo se ha seguido de aClnm,lo con los- trámites privación de derechos agrarios v nuevas adjudicacio• previstos en Jos Artículos 426, 429, 430, 431 Y demás nes de unidades de dotación v reconocimiento de de• relativo<; de la Lev federal de Refonna Agraria; ha• rechoq agrario~, en el eiido del noblado de "EL RAN• biéndose comprobado, por las constanci<l<¡ que obran CHITO', Municinío de Cosala del Estado de Sinafoa, en antecedentes, que los ejidatarios V sus herederos en el "Diariq Oficial" de la Federadón V en el Perió• han illcurrido en la causa de privación de derechos agra• d'co .ofidal dt;l Gohif'rno Uf' e.;a Entidad Federativa; rios v sucesorios a que se refiere el Artículo 85 Frac• inscnbase. y haganst' la .. anotaciones correspondientes ción l, de la propia Lev, llor hab0r abAndonado el cul. en el Reglstro Agrario Nacional: notifíquese y ejecú• tivo personal de las unidades de dotación por más tese. de dos años consecutivos; que quedaron oportunamen-
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    'OJA.JO OFICIAL Lunes 22 de enero de 1979 te notificados los ejidatarios y sucesores sujetos a Municipio de Linares, del Estado de Nuevo León a juicio; y que, finalmente, se siguieron los posteriores l<;ls CC. l.-Crescencio Cortez Ramírez, 2.-Pablo BlÍce• trámites legales, es procedente privarlos de sus dere• no Meza, 3.-Elías Tovar Tovar, 4.-Pedro Ramírez chos agrarios y sucesorios, y cancelar los correspon• Meza, S.-Arturo Ramírez Carrillo 6.-José Robles Ca• dientes Certificados de Derechos Agrarios. rrillo, Yáñez, 7.-Ignacio Carrillo '1., 8.-Ma. de Jesús G~)JlZalez Ier~a, 9.;-Servando Murillo MedelIín. 10.• CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos RIcardo Ramlrez Gamez, 11.-J. Santos Ramírez Gámez seña1ados, según constancias que corren agregadas al l~.-:-Ma. C;oncepción Ramírez Rodríguez, 13.-Ramór{ expediente, han venido cultivando las unidades de dota• ~al~nas Gom~z. 14.-Abel Martínez Salazar ,15.-Féhx ción por más de dos años ininterrumpidos, y ha• Salu:tas Hernandez, 16.-Lino Soto Hernández, I7.-Raúl biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos Munllo Hernández, I8.-Ramona Castro Gallegos 19- agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de Dominga García Jiménez, 20.-J. Santa Ana Alvarez A. Eiid'ltqrio,> celehrada el 23 de febrero de 1975. de 21:-María. Martínez G., 22.-José Alonso Toyar Z., 23.~ acuerdo ~on lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción RIta Ramlrez R., 24.-Francisco Martínez Martínez 25 lII; 86, 2UU y üema!> apl¡¡;ables de la mIsma Ley, -J. Guadalupe Martínez Salazar, 26.-Cnstina Car~ill¿ L., 27.-J. Luis Medellín Ramírez, 28.-Teresa Eliseno Por lo expuesto v con fundamento en los Artículos M., 29.-Miguel Cerda Alejo, 30.-Pedro Martínez Váz• y~ mencionados, de -la ley Federal de Reforma Agra• quez, 31.-Jo~quín Martínez Carranza y)2.-Crescencio na, se resuelve: Cortez GarcIa; consecuentemente expldanse sus co• rrespondi~ntes Certlfi~ados. de Derechos Agranos que . PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos lo~ acredlte como eJldatanos del poblado de que se agrarios en el ejido del poblado denominado "LA ES• trata. CONDlDA", Municipio de Linares, del Estado de Nue· vo -León, por haber abandonado el cultivo personal TERCERO.-Publíquese esta Resolución relativa a de las unidades de dotación por más de dos años la prIVaCIÓn de derechos agranos y nuevas ad judIca· cons'eétitivos, a los CC. l.-Ramón Alvarez, 2.-Loren· ClOnes .de unidades de dotaClón, en el ejido del poblado zo Meza, 3.-Víctor Tovar, 4.-Rosalio Tovar, 5.-Ar· denommado "LA ESCONDIDA", Municipio de LIllares, nulfo C~rrill<?, 6.-Refugio Navarro, 7.-MarÍa López, del Estado de Nuevo León en el "DIano Oficial" de 8.-Roman Vazquez, 9.-Cavetano Tovar, lO.-Feliciano la Federacion v en el Penodlco OlIelal del GobIerno Toyar, ~1.-MIguel Rodríguez, 12.-Luciano Ramírez, 13. de esa Entidad Federativa, inscríbase v háganse las -OctaYlaI~O Ramírez, 14.-Valentina Balderas, IS.-Vi• anotaciones correspondientes en el Registro AI""'U10 cente Salmas, 16.-Francisco Martínez, 17.-Anastacio Nacional; notifíquese y ejecutese. Juatcz, I8.-José María Ramirez, 19.-Mauricio Rami• réz: 20:-Pedro AIyarez, 21.-Proquinto Hernández, 22.- , Dada en el Palacio del Poder E jecutivo de la Juhán rOyar, 23.-José Medellín, 24.-Eusebio Cerda 25. Unión, en MéXICO. DIstnto Federal, a los seIS días del -Cecilia Salinas. 26.-Paulín Ramírez, 27.-Santos 'To• mes de dlClembre de mI! novecientos setenta y ocho.• rres, -28.-Aurelio Meza, 29.-Brígido Cerda, 30.-Juan El PreSidente Constitucional de los Estados Ul1ldos NaYarro, 31.-Antomo Alvarado v 32.-Pedro Alvarel.. Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase: El Secretano de la RefOlma Agraria, Antonio Toledo - ~or la ffilsn,la razón se privan de ~us derechos agra• nos suce<;onos a los CC. l.-Vicenta Martínez 2,-Vi· Corro.-Rubrica. cente' Alvarez, 3.-Francisco Alvarez 4.-RamÓn Alva· rezo -S.-Aurelio Aly,arel, 6.-Facunda 1lya1'ez, 7.-Guada• lupe. Alvarez, 8.-Felícitas Toyar, 9.-Abdón Meza, 10.• R~t~ Revna Tovar, H.-Ignacio Tovar, 12.-Ma. Luisa RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios Tm'ar, 13.-Ji,lamta Tovar, 14.-Bernarda Toyar, 15.• y nuevas adjudicaciones de IInidades de dotación, Ignacio Carnllo, 16.-Petra López, 17.-María Gonzalez en el ejido del poblado denominado Presa de los 18.-:Gua~alupe Vázquez, W-Teodoro Vázquez, 20.~ Fresnos. Municipio de Mina, N. L. (Registrada con Ofeha Vazquez,. 2L-Eulaha Vargas, 22.-Trinidad To• el número 3696), var, 23.-Franclsco Tovar, 24.-Gorgoma Tovar 25.• Virginia Pérez, 26.-Pedro Toyar, 27.-Guadalupe Oroz· . Al margen un sello con el Escudo Nacional. que co,,28.-Anastacia Rodríguez, 29.-Ascención Ramírez dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• 30,-Maria Luisa Alvarez, 3L-Carlos Herrera Balderas: forma Agraria. 32.-Romana Gómez, 33.-Guadalupe Salazar, 34.-Abel Martínez, 35.-Guadalupe Martínez, 36.-Modesta Alva• VISTO para resolver el expediente relativo a la pri• r1!d.o.37.-Alfonso Juárez, 38.-Mario Juárez, 39.-María vación de derechos agranos y nuevas ad judlCa· Ema . Juárez, 40.-María Luisa Juárez, 41.-Mana de dones de unidades de dotación, en el elido del Je~ús Zamora, 42.-José Angel Ramírez, 43.-Juan Ra• poblado denominado "PRESA DE LOS FRESNOS", mlrez, 44.-Alejandra Ramírez, 45.-Dominga Rivera, 46. Municipio de Mim~, del Estado de Nuevo León; V -Juana. Aguíllón, 47.-Concepción Zamora, 48.-Carlos Toyar, 49.-Margarita Cerda, 50.-Miguel Cerda. RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien- te la segunda convocatoria de fecha 18 de agosto de '51.-Teresa Morado, 52.-Ma. Luisa Salinas 53.-Tri· 1975, para la Asamblea General Extraordinaria de E p• nidad Hernández, 54.-Carlota Navejar, 55.-Micaela Ro• dataríos, relativa a la privación de derechos agranos dr~uez, 56.:-María Hernández, 57.-Julio Navarro, 58.• y sucesorios, en contra de 105 t:jidatarios que se citan Lmsa Carnllo, 59.-José Alvarado, 60.:-Luis Alvarado, en el primer punto resolutivo de esta Resolución pOI." 61.-Juan Alvarado, 62.-Felipa Alvarado, 63.-María Al· haber abandonado el cultivo personal de las unidades varado, 64.-Rosalva Alvarado, 65.-01ga Alvarado, 66.• de dotación por mas de dos años consecutivos; asam• María Luisa Alvarado v 67.-Tomás Ah'arado:En con~e­ blea que tuvo verificativo el 26 de agosto de 1975, en c!1encia, se cancelan los Certificados de Derechos Agra· la que se propuso reconocer derechos agranos y all• nos que respectivamente 'le les expidieron a los eji· judicar las unidades de dotación de referencia, a los datados sancionados. números: 946874, 946893. 946913, campesinos que las han venido cultivando por más 946915, 946876. 946895, 946884, 946919 946911 946911 ., de dos años ininterrumpidos y que se indican en el 946906, 946902, 946899, 946918, 946908' 946885' 946917: " segundo punto resolutivo de la presente Resolución. 946901, 946904, 946873, 946883, 946914: 946892: 946880, .. 946807, 946903, 946910. 946894, 946879, 946896, 946870 Y .RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se 946875. remitió a la Comislon Agraria Mixta y, dicho Orga• nismo, nottficó el 19 de septílO'mbre de 1975, a los eíi· S1=?GUNDO.-<;;e recnnlJr",n (I"r<;,chn<; aOT¡lfi()¡; V ~e dataríos v Sl1cesores afccl8do". para que compare• adjudican las unidades de dotación, de .referencia., por CIeran a la Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma venirlas cultivando por más de dos años ininterrum• que se llevó a cabo el 15 de octubre de 1975, en pidos. en el ejido del poblado de "LA ESCONDIDA". la Que se comprobó legalmente la procedencia nara
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    Lunes ,(.J. ae enero ae 1":J J ':J DIAK1'U U.l~IAl 31 la. privación de derechos agrarios y sucesorios a los 19,-Daniel Mata, 20.-V. Zamarrón, 21.-Alvina Delga• eJldatanos propuestos; de coníormldad COI! lo dis• do, 21-Mana Carreón, 23 -Juana Nava. 24.-José Na• puesto pur los Al tlculos 426, 430 Y demas relatJ'os va ,25.-Jo!>é Martmez, 26.-Mana Torres, 27.-Joscla de la Ley Federal de Reforma Agraria. La Comisión MartíricL, 28.- Julia Nava, 29.-Juana Torres, 3O.-A. Agrana Mixta opmo que es procedente la pnvación .Hracamomes, 31.-A. Larreón, 32 -lVlarganto Can eón, de sus derechos agrarios a los eJidatarios y suceso• 33.-María Carreón, 34.-LuClO Garcla, 35.-D. Martínez, res que se señalan, y el reconocimiento q~e propone 36.-A. Garua, 37.-Apoloma Robles, 38.-Angela Mata, la A~amblea General Extraordmaria de Ejldatanos. 39.-JesÚs López, 40.-María S" 41.-M. Hernandez, 42. -Tnmdad Lopez, 43.-E. Montelongo, 44.-LuCIO Mon• RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo telongo, 45.-1sáuro López, 46.-Manuel Guar y 47.• fue turnado a la Secretaría de la Reforma Agraria, Guadalupe López. En consecuenCIa, se cancelan los Dirección General de Derechos Agrarios, la que hIZO Certlhcados de Derechos Agrarios que respectlvamen-• una revisión del mismo. y comprobó la legalidad de te se le~ expidieron a los eJidatarios sanCIOnados, nú• las notibcaclOnes y constancias presentadas en este meros: 164654, 164636, 16464U, 164642, 164647, 164648, •• juiclO, por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• 164651, 164656, 164657, 164658, 164661, 164662. 164003, no correspondiente, con la opinión de que tuera apro• 164635, 104641, 164643, 164644, 164645, 164646, 164649, bado por estar mtegrado correctamente; quien a su 104650, 164652, 164653, 164655 Y 164659. vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Con• SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se SUltiVO Agrario, el que emitió y aprobó su dictamen adjudican las umdades de dotaCión de reterencia, por en sesIón celebrada el 30 de agosto de 1977; y venirlas cultivando por mas de dos años mmterrum• pidos, en el ejido del poblado "PRESA DE LOS FRES• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• NOS", MUruCipIO de Mma, del Estado de Nuevo León, cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá• a los CC. l.-José Angel Pérez RodngueL, 2.-Franclsco lilltes previstos en los Articulos 426, 429, 430 431 Y Villarreal E~cobedo~ 5.-Mauro Reyna Amaro, 4.-Juan de mas r~lativos de la Ley Federal de Retormá Agra• Hernández Lopez, :>.-Deltmo Guel López, Ó.-AlltuUiG na, habIendm.e comprobado, por las constanCias que Vl11arreal Escobedo, 7.-Juan de DiOS Ramírez VIlla• obran en antecedentes, que los e]idatarios y sus he• rreal, 8.-TIburclO Pérez VÜlarreal, 9.-Gabmo Reyna rederos han mcurndo en la causa de privación de Amaro, 10.-Juan VIllaneal Escobedo. 11.-Rubéll Vi11a• del echos agranos y sucesorios a que se refiere el rreal Escobedo, 12.-RIgoberto Vlllarreal Escobedo y Articulo 85 Fracción l, de la propia Ley, por haber 13.-Jose Regmo GarcIa; consecuentemente, expídanse abandonado el CUltIVO personal de las unidades de sus corresponCllentes CeI tJtICado~ de Derechos Agranos dotación por má~ de dos años consecutIVos; que que• que los acredite como eJidatanos del poblado Ile que UMun oportunamente notiticados los ejidatanos " su. se trata, y el relatlvo a la Umdad Agncola Industrial cesores sujetos a jUicio; y que, finalmente. se sigUie• para la MUJer, misma que se turmara en la Ullldad ron los posteriores trámites legales; e~ procedente de dotdclOn que perteneCiÓ al titular pnvado AlbIllO pi Ivarlos de sus derechos agranos y sucesonos, y can• Nava; a~imlsmo se dedaran 11 umdade!> de dotacJOn celar los correspondientes Certificados de Derechos "acantes para postenormente ser adJudIcadas. Agrarios. TERCERO.-Pubhquese esta ResolUCIón, relatIva a CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos la pnvación de derecho!> agrarios) nuevas adJudica• señalados, según constancias que corren agregadas al ClOnes de umdades de dotación, en el eJido del po• e-..ped¡ente, han venido cultivando las unidades de do• blado de "PRESA DE LOS FRESNOS", MUillCipIO de tación por más de dos años imnterrumpidos, y ha• Mma, del Estado de Nuevo León, en el "Diano OfIcial" bIéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos de la FedelaCión y en el Penódlco OfiCial del GobIerno agranos por la Asamblea General Extraordinaria de de esa Entidad Federativa; mscríbase y háganse las E Jldatanos celebrada el 26 de agosto de 1975, de acuer• anotaciones correspondientes en el Registro AgrarIO do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción NaCIonal; notItíquese y eJecutese. nI; 84, 104, 200 y demás aplicables de la misma Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; y con Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la fundamento en el Artículo 69 de la menCiOnada Ley, Unión, en MéXICO, Distnto Federal, a lu~ seis días t:XPCdll sus Certificados correspondientes. del mes de diciembre de mil novecientos setenta V ocho.-El Presidente ConstItucional de los Estados Por lo expuesto y con fundamento en los Artículos Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.• ya menclOnados de la Ley Federal de Reforma Agra• Cúmplase: El Secretano de la Reforma AgrarIa, An• tonio Toledo Corro.-Rúbnca. - na, se resuelve: PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos agranos en el ejido del poblado denominado "PRESA DE LOS FRESNOS", MuniCipio de Mina, del Estado de RESOLUCION sobre privación de dereChOS eranos Nuevo León, por haber abandonado el cultivo perso• y nuevas adjudicaciones de un,idades de dota~, nal de las unidade~ de dotación por más de dos años en el ejido del pobhtdo denominado Vista HeriJlo. consecutivos, a los CC. l.-Andres Cruz, 2.-Tomás Gon• sa, Munkipio de Matamoros, Tam. (Registrada con zález, 3.-Marcelino Martínez, 4.-José Nava, S.-Ismael el número 3702). Cruz, 6 -Natividad Guel, 7.-Félix Hernández, S.-Sa• blllo Peña, 9.-Hlpólito Rodnguez, 10.-Domingo Zúñiga, Al margen un sello con el Escudo Nacional, que 11 -Damel Mata, 12.-Manuel Zavala, 13.-Damasio Ló• dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• pez, 14.-Paula Ecobedo, 15.-Ursulo Martínez, 16.• forma Agraria. Albmo Nava, 17.-J. Santos Rodríguez, I8.-Delfino Bra• camontes, 19.-Pedro Carreón, 20.-Juan García, 21.• VISTO para resolver el expediente relativo a la -pri• Gregono Galván, 22.-Jorge López, 23.-Alberto Hernán• vación de derechos agrarios y nuevas adjudica• dez, 24,-Cástulo Montelongo y 25.-Porfirio López. Por ciones de unidades de dotació~ en el ejido del la misma razón se privan de sus derechos sucesorios poblado denominado "VISTA HJ:.RMOSA", Munici• agrarios a los CC. l.-Jesús Cruz, 2.-Eusebia Nava, 3. pio de Matamoros, del Estado de Tamaulipas; y -Candelario González, 4.-Benito González, S.-Ruperto Martínez, 6.-Cayetana Nava, 7.-Lorenza Rayna, 8.- RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• Mauriho Cruz, 9.-Manuel Cruz, lO.-Guadalupe Contre- te la segunda convocatoria de fecha 22 de julio de 1975, ras, n.-Lucio Guel, 12.-Eligas Guel, 13.-Toribio Her- para la Asamolea General Extraordinaria de Ejidata• nández, 14.-Alfonsa Molina, 15.-José Hernández, 16.- - nos, relativa a la 'privación de derechos agrarios y Agapita Del2ado. 17.-C. Rodríguez. lS.-Felipa Robles, . iUC~Qr~o~.·en contra de los ejidatarios que se citaD . . • _ " t " ...
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    DIARIO OFICIAr; Lunes22 Cle enero é:le 1979 el primer punto resolutivo de esta Resolución, por ha• -Jo5é TIspinoza Torres, 3.--CeJia Mancha Sáenz, 4.• ber abandonado el cultivo personal de las unidades Leonardo Rodríguez Hernández, S.-Pedro Martínez San• de dotación por más de dos años consecutivos· asam• tillana, 6.-Federico Agmrre Reta, 7.-Rafael Montes blea que tuvo verificativo el 30 de julio de Í975 , en Garcia, B.-Felipe Zertuche Tamez, 9.-Jorge Torres P~, la gue se proJ?uso reconocer derechos agrarios y ad• lomares, 1O.-FrancIsco Sánchez Garza, H.-Ignacio judicar las urudades de dotación de referencia a los TrevIño Salís, I2.-JesÚs Garza Rivera. B.-LUIS Gu• campesinos que las han venido cultivando por más tiérrez Buentello, 14.-Manano Sánchez Carrizales, 15. de dos años ininterrumpidos y que se indican en el -P/Óspero García Cerda, 16.-PatriclO Villafranco Cruz, segundo punto resolutivo de la presente Resolución. 17.---Alberto Sánchez C., y lB.-Pablo Sánchez. Por la misma razón se privan de sus derechos sucesorios agra• RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se rios a Jos CC. 1.-Leonor Hetnández, 2.-Dolores Le• r~mitiÓ a .I~ ,Comisión A~raria Mixta y, dicho Orga• dezma Molina, 3.-PIedad Mernández, 4.-Guadalupe DIsmo, notIflco el 4 de septIembre de 1975, a los ejidata• Martíne7, S.-Juana T. Rodríguez, 6.-Gilberto Montes rios y sucesores afectados, para que comparecieran a la García, 7.-VirglllIa García, B.-Elodia Saldaña, 9.-Fe• Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma que se llevó lIf.e -Zertuche Sal daña, 1O.-Marcos Saucedo Esparza, a cabo el 23 de septiembre de 1975, en la que se compro• l.-GabrIel Torres Saucedo, I2.-Luis Angel GutIérrez, bó legalmente la procedencia para la privación de dere• 13.-Eleazar Sánchez Carrizales y 14.-Isabel del Río chos agrari9s y sucesori~s a los ejidatarios propuesto; Navarro. En con!.ecuenCIa, se cancelan los CertifIcados de conformIdad con lo dIspuesto por los Artículos 426 de Derechos Agrarios que respectivamente se les ex• 430 Y demás relativos de la Ley Federal de Re: pidieron a Jos ejidatanos sancionados, números: •.•• forma Agraria. La Comi~ión Agraria Mixta opinó que 1057934, 105793B, 1057940, 1057941, 1057950, 105B959, •• , es pr~ceden~e la privación de sus derechos agrarios a 1057962, 1057969, 1057970, 1057942, 1057946, 1057954, •••• los .e.J~datanos V sucesores que se señalan, y el reco• 1057943, 1057944 y 1057966. . / nOCImIento que propone la Asamblea General Extraor• dinaria de Ejidatarioli. SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se adjudican las unidades de dotación de referencia, por RESULTANDO TERCERO.-El expediente relativo venirlas cultivando por más <le dos años ininterrum• fI" tl!rna~~ a la Secretaría de la Reforma Agra• pidos, eH el ejIdo del poblado "VISTA HERMOSA", n.a, DIreccIo~. General ~e Derechos Agrarios, la que Municipio de Matamoros, del Estado de Tamaulipas, a hIZO una .r:eyIsI~n del mIsmo, v comprobó la legalidad los CC. l.-Petra Zamora García, 2.-Armando Torres ge. l!ls notIfIcacIones V constancias presentadas en este Rodríguez, 3.-Juan Lunar Tostado, 4.-Pantale6n Rodrí• J!-IlCIO; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra• guez Hernández. S.-José Sánchez CarrizaJes, 6.-Gua• no correspondiente, con la opinión de que fuera apro• dalupe Aguirre Barocio, 7.-Rafael Armendáriz Bno• bado por estar integrado correctamente; quien a su vez, nes B.-Rosa Lunar Tostado, 9.-Guadalupe Hernández por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de Morales, 1O.-Guadalupe Ríos Dávila, 1l.-Isabel Mar• Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo Consul• tínez Sánchez, 12.-AnIta Robles Carrizales, 13.-Guada• tivC? Agrario, el que emitió V aprobó su dictamen en lupe Hernández Vda. de Gutiérrez, 14.-María Santos seSIón celebrada el 19 de julio de 1977; y Pecina Ramírez, 15.-Roberto García del Río, 16.-Fran• cisco de la Cruz Arjona, 17.-Cecilia García Alrnanza V lB.-Isaac Sánchez Cerda; consecuentemente, expídanse cONSIDERANDO PRIMERO .-Que el presente jui• sus correspondiente!. Certificados de Derechos Agrarios cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá• que los acredite como ejidatarios del poblado de que mites previstos en los artÍCulos 426, 429, 430 43 se trata. Y demás relativos de la Ley Federal de Reforma 'Agra• ria; habiéndose comprobado, por las constancias qué TERCERO.-Publíquese esta -Resolución, relativa obran en antecedentes, que los ejidatarios y SUS he• a la pnvaclón de derechos agr~rios y nut;yas adJudi• rederos han incurrido en la causa de privación de caciones de UnIdades de dotacIon, en el ejido del po• derechos agrarios y sucesorios a que se refiere el Ar• blado "VISTA HERMOSA", MunicipIO de Matamoros, tÍCulo 85 Fracción t de la propia Ley, por haber aban• del Estado de Tamaulipas, en el "Diario Oficial" de donado el cultivo personal de las unidades de dotación la Federa("lón y en el Periódico Oficial del Gobierno por más de dos años consecutivos; que quedaron opor• de esa Entidad Federativa, inscríbase y háganse las anotaciones correspondientes en el Registro Agrario Na• tunamente notificados los ejidatarios y sucesores su• cional; notifíquese y ejecútese. jetos a juicio; y que, finalmente, se siguieron los posteriores trámites legales; es procedente privarlos Dada en el Palacio del Podet Ejecutivo de la Unión, de sus derechos agrarios y sucesorios, y cancelar los en México, Distrito Federal, a los seis días del correspondientes Certificados de Derechos Agrarios. mes de diciembre de mil novecientos setenta y ocho. -El Presidente Constitucional de los Estados Unidos CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos Mexicanos, José López PortilIo.-Rúbrica.--CÚmplase: sefialados, según constancias que corren agregadas al El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo expediente, han venido cultivando las unidades de do• Corro.-Rúbrica. tación por más de dos años ininterrumpidos; y ha• biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechoe agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de Ejidatarios celebrada el 30 de iulio de 1975, de • acuerdo con 10 dispuesto por los Artículos 72 Fracción RESOLUCION sobre privación de derechos agrario. IIJ, 86, 200 y demás aplicables de la misma Lev. pro• , y nuevas adjudicaciones de' unidadC's de dotación, cede reconocer sus derechos agrarios; V con funda• en el ejido del poblado denornlnádo Rincón de mento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expetH• Rublos, Municipio de Ciudad Hldalgu, Mich. (R. sus Certificados correspondientes. gistrada con el número 3694). , Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu• Al margen un sello con el Escudo Nacional, que los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma dice: Estados Unidos Mexicanos.-Se~etatía de la Reo Agraria, se resuelve: forma Agraria. PRIMERO.-rSe decreta la privaci6n de derechos VISTO. para resolver el expe~iente relativo a ~a pri• agrarios en el ~jido del poblado denominado "VISTA vaCIón de derechos agranos y nuevas adJudica• HERMOSA", Muniqpio de Matamoros, del Estado de ciones de unidades de dotación, en ~l eUdo dC;l Tamaulipas, por haber abandonado el cultivo nersonal poblado denominado "RINCON DE RUnIOS ,MunI• de las unidades de dotación, por más de dos afios cipio de Ciudad Hidalgo, del Estado de Michoa• c;o¡¡secutiVOI. a loa CC. 1.-SUverio Jiménez Caaiano_ 2. cAn; y
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    Lunes 22 deenero de 1979 DIARIO ePlel&r; RBSULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• ~ado de Michoacán, por haber abandonado el cultivo te la convocatoria de lecha 20 de agosto de 1975, para personal de las lIDldades de dotación por más de dos la Al>amblea General Extraordmaria de Ejidatarios, re• años consecutivos a los CC. l.-Apoionia Cruz, 2.• lativa a la pnvación de dt:rechos agrafIos y suceso• Apolinar Hernández, 3.-Vicente Juárez, 4.-EpItania riul> en contra de los ejldatanos que se citan en el González, S.-Antonio Luna, 6.-Luciano Osnaya y 7.• prnner punto re:-.olutlvo de esta Resolución, por ha. Marciano Galván. Por la misma razón se pnvan de ber abandonado el cultIVO personal de las unidades de sus derechos sucesorios agrarios a los CC. l.-Graclela dotación por más de dos años consecutivos; asamblea Avilez González, 2.-Ma. Dolores Garduño, 3.-Rosa LI• que tuvo veriticativo el 30 de agosto de 1975, en la zarna, 4.-Bernardino Juárez LIzama, 5.-Ma. Trillldad que se propuso reconocer derechos agrarios y adjudi• Martínez, 6.-Estela Luna Martínez, y 7.-Ma. Guada• car las unidades de dotación de referencia, a los cam• lupe Luna. En consecuenCIa, se cancelan los Ceruti• pesino~ que las han vemdo cultivan.do por más de dos cados de Derechos Agranos que respectivamente se años ininterrumpIdos y que ~e mdlcan en el seglIDdo les expidieron a los eJldatarios sancionados, númt:rus; punto resolutn'o de la presente Resolución. 1165673, 1165693, 1165b94, 1165695, 1165697, lloS6,),) y 1165691. RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se remitió a la Comisión Agrana Mixta y, dicho Orga• SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se Dlsmo, notifIcó el 6 de octubre de 1975, a los ejidata• adjudican las lIDidades de dotaCión de reterenCIa. por río!> y sucesores afectados, para que compareCIeran a venirlas cultIVando por más de dos años mmterrum• la Audiencia de Pruebas y Alegatos; misma que se J2idos, en el ejido del poblado de "RINCON DE RU• llevó a cabo el 27 de octubre de 1975, en la que se BIOS", MlIDIClpio de CIUdad Hidalgo, del Estado de wmprobó legalmente la procedenCIa para la privación Michoacán, a los CC. l.-Benito González Flore~, 2.• de derechos agranos Y SULe~ono~ a los ejidatarios pro• Abel Parra Rubio, 3.-José Juárez Lizama, 4.-Etelvma puestos' 'de conformidad con lo dIspuesto por los Ar• González F., S.-Jaime Luna Abad, 6.-Jost:tma Dlaz tículos '426 430 Y demás relativos de la Ley Federal Suárez y 7.-Jalme Aguilar PadIlla; consecuentemente, de Reforma Agraria. La ComlSlón Agraria Mixta opi• expídanse sus correspondientes Certihcados de Dere• nó que es procedente la pnvación de sus derechos chos Agrarios, que los acredIte como e)ldatarios del agranos a los ejldatanos y suce!>ores que se señalan, poblado de que se trata. y el reconoCImiento que propone la Asamhlea General 'Extraordmana de E¡Idatarios. TERCERO.-Publíquese esta Resolución, relativa a la privación de derechos agrarios y nuevas ad¡udlca• RESULTANDO TERCERO.-EI expediente relativo ciones de unidades de dotaCión, en el e¡ldo del pobla• fue turnado a la Secletaría de la Reforma Agraria, do de "RINCON DE RUBIOS", Municipio de CIudad Hi• DIreCCión General de Derechos Agrarios, la que hizo dalgo, del Estado de Michoacán, en el "DIario Oficial" una reviSIón del mIsmo, V comprobó la legalidad de de la Federación y en el Periódico Oficial de esa En• las notlÍlcaclOnes y constancIas presentadas en este jui• tidad Federativa; inscríbase y háganse las anotacIOnes CIO' por lo que se turnu al Vocal Consultivo Agrario correspondientes en el Registro Agrario NaCIOnal; no• correspondIente, con la opimón de que fuera aprobado tifíquese y ejecútese. por estar mtegrado correctamente; qUien a su vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimiento de Ley, Dada en el Palacio del Poder Ejecutivo de la lo sometIó a la con~lderación del Cuerpo Consultivo Unión... en MéXICO, Distrito Federal, a los seis días del Agrano el que emitIÓ y aprobó su dictamen en se• mes oe diciembre de mil novecientos setenta y ocho.• SlOn ceiebrada el 22 de jumo de 1978; y El Presidente Constitucional de los Estados Umdos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbrica.-Cúmplase: - CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui• El Secretario de la Reforma Agraria, Antonio Toledo cio privativo se ha segUido de acuerdo con los trámi• Corro.-Rúbrica. tes previstos en los Artículos 426, 429. 430, 431 y <;le• más relativos de la Ley Federal de Reforma AgrarIa; habiéndose comprobado, por las constancias que obran en antecedentes, que los ejidatarios y sus herederos RESOLUCION sobre privación de derechos agrarios y han mcurrido en la causa de privaCIón de derechos nuevas adjudicaciones de unidades de dotación, en agrarios y sucesorios a que se refiere el Artículo 85 el ejido del poblado denominado Cuajilote y Ce• Fracción 1, de la propia Ley .. por haber ab~donado rro Gordo, Municipio de Coayuca, Pue. (Registra. el cultivo personal de las lIDldades de dotaCIón por da con el número 3701). más de dos años consecutivos; que quedaron oportu• namente notificados los ejidatarios y sucesores sujetos Al margen lID sello con el Escuoo Nacional, que a_ juicio; y que, fmalmente, se siguiero~ los posterio• dice: Estados Unido" Mexicanos.-Secretaría de la Re• res trámites legales; es procedente pnvarlos de sus forma Agraria. derechos agrarios y sucesonos, y cancelar los corres• pondientes Certificados de Derechos Agrarios. CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos ViSTO para resolver el expediente relativo a la priva• señalados según constancias que corren agregadas al ción de derechos agrarios y nuevas adjudicaciones expedIenté, han venido cultivando las lIDidades de de unidades de dotación. en el eiido del poblado dotación por más de dos años ininterrumpidos, y ha• denominado "CUAJILOTE y CERRO GORDO", biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos Municipio de Coayuca, del Estado de Puebla; y , agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de l Elldatarios celebrada el 30 de agosto de 1975, de acuer• RESULTANDO PRlMERO.-Consta en el expedien- do con lo dispuesto por los Artículos 72 Fracción IlI. ¡e la convoc'atoria de fecha 10. de mayo de 1975, 86,200 Y demas aplicables de la misma Ley, procede para la Asamblea General Extraordinaria de Eiidata• reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento en ríos, relativa a la privación de derechos agrarios y su• el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus Cer• cesorios, en contra de los eiidatarios que se citan en tihcados correspondientes. el primer punto resolutivo de esta Resolución. por ha• ber abandonado el cultivo personal de las unidades de Por lo expuesto y con fundamento en los Ar• dotación por más de dos años consecutivos ~samblea tículos ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma que tuvo verificativo el 12 de mayo de 1975, t'TI la que Agraria. se resuelve: se propuso reconocer derechos agrarios y adiurlicar las unidades de dotación de referencia, a los caI,lPesinos PRIMERO.-Se decreta la privación de derechos que las han venido cultivando por más de el os años agrarios en el ejido del poblado denominado "RlNOON ininterrumpidos y que Se indican en el seguncJ o plIDto DE RUBIOS" _ Municioio de Ciudad Hidqo. del Es- resolutivo de la oresente Resolución.
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    34 RiStJ~TAN:tJO SIGtJNDO.-I.e IIQCI.D)G,tt,.. !.m l. Martfne, R., 2.--Clau4io Santia,Cil <;"Q.Uq, l.-VÍl;~ remitió a la C9misi9n Afraria Mixta y&.o.Qi~~ QJ ,ani.• na ,.,tillo, 4.......Qill;JertQ iantia.", Ca$uUf(" 5.-41• • mo, n9tifi~ el 11 4,c '¡9itO 4' 1,15, a lI.t' ,ji. $anti.¡o Ca~tillo, Cí.-Petra (,J"pu, 1.-.I~.n.,i14~ ~tar19~ Y ~lJcCSGlr.s -.t'~tadQs, ~ra '11.1, C;QmpV4¡;l,• 'astille¡¡ Galipu, a.-JIi1.••f i na C.,tilll~ G.tile, '.-alvÚl tan lit la Au4itnda 4e Pl'1.l,)a, y Altp:tQs, milm¡, QuC CastIllo Gaspar, lQ.-!.t,1.Ülcrta (,J'$9$l' &amír", U.• se' 11,'9 • ,,JO ,1 2' 4. a¡Q$t9 4, 1~75, en la qlle ~. (;~probó le¡alrnonte la ptoctdenda para 1, priv.ci~n file d~l'Cch9$ .¡rariGls y sucesQriljlS • los ciic;l,t,riQS ,.ro• '.1' Juana Ramíro:~, 12.-Cat~üina f"il¡lspar R,wrQ, U.-M.• Ca1(itIl19 Castill9, 14.-V-.I.na C.,UIIQ, 15.~lvtrí. Calitillo Ca$tillo, lCl.-Jo~efina CutiUQ c..tm"" 17.-.Jir.. 'pueSto, de conf9rmidad con lo du¡puesto ~r l~s .'1'- nestma CastIllo Ca~tlllo, l$.-,l:¡lDdina NelrIfl'Q$, 1' ..... · tú;u!o, 426, 430 Y demás relativos .;le l. Ley Feder.J LUIS Cosullo Ne~nero:s, 20.-Fellpa CasUUy .N.¡~ de Reforma A~raria. La ComisiÓn Axrftia Mixt, opinó 21.-Alberta Ctl~tillo Nellrerr,ls, 22.-EmUlt~nQ i«unQ9 que es PtQcedente la 9rivlilciQn d, sus' d«rechos UI'• <.iaspar, 23.-Felipa Gaspilr, 24.-Alulitin Mun40 0..- nQs a los ejidatarios y $UCiSQreS que se seftalan. y ~I recl)nocirniento Que propone la Asamblea ~neral Ex• traordinaria de Ejidataríos. par, 25.-Ruperta Mundo G~spl:lr, 26.-Zlfn,ilia Mun4~ Gaspal, 27.-Paula Mundl,l Gailipar, 2S.-MartintlfiQ tillo GonláJez, 29.-Nauvldad Gonzále;¡;, 30.-JQtl Cas• e,,• tillo GOllzóde;¡;, 31.-Santiaílu CastillQ G~nzálft, 32.-1.• RESULTANDO TERCERQ.-El expediente rehltivo mael (.¡¡tülo Gonzá!e;¡;, 33.-J)Qmitila t:lstillQ G~l'U:l­ .fue turnliQo a la Secretaría de la Reforma A_ratia. :Dj• ll!:.r:, 34.-Reyna Clilstillu GOl1zález, 35.-Plmunclf,l G.~pr rección General 4e Derechos A¡rlilrios. la filue hi:l:Q una .kamíre:.r:, 3Cl.-Ricarda Rlilmírcrz, 37.-FQrtinfi,) C'$tiH9, r~visión gel mismo, y com~rQbQ la lela}ilil.a 1St las 3$.-PlácIQól CastillQ, 39.-Victoria CutHlJ, 4Q.-...Acr;IJ," n~tificaciQne$ y constancias Jilrelientadas en .st. juicio; na Castillu, 41.-Antelma t:astillo.. 42.-8al"in. Q».,tt', PQr lo Q.lJe ~e turnQ al Vocal Consultivo Agrario Cf,lrI1'$• 43.-Pe4ro Cam.eh QnQftc. 44.-Lenaflila t;am.m ~ PQIl4'liente, con la opinión de que tuera apr~bad.Q Jilor fr" 45.-Sara Camach (,)nQta. 46.-An·rlina Cam,cm esWr ime,rado ~orrectam,nt,; quien a su vez. ¡;lor ha• OnQtr~, "H.-JaVIer C.~till(,l M¡,mti$inQIi, 4 .-l!n4ra MQn.. .b~rlo Cllcontra4iQ ajustad.o al pIVceoitnicnto 4t Ley. lo tCllinlil1i Guro.;¡;, 4Y.-CristQbal CliIstilllil MQnt.liil'l.~$, $Q. sometIó a la consideración del Cut1ll0 C6,lnsultivo A¡.yra• -SvebQ CutlllQ MontesInQs. 51.-Hetmehn4a " ••tiU(¡) ,ril), el que emitió y GtproOó su dictamen tn sC$Ión cele• MontesInQ:> y 52.-Au;la CutillQ Monfasinr,¡,. ln c:t)n• lillllda el 22 de noviemQre ae1977; y secuenCUl, lie cancelan los Certihca4QIl 4e 1)tr.r;h~ AllIrarios que respectivamente ,e le, expidierw • I~. . CQNSI.o.ERAN.DO PRIMERO.--Que el ¡;u'osente iui• iJllilatanos sanclOna(lOs., números: 1134014, 1134015, ..• cio jlrh'ativo s, ha $c~uidO ac Ir;uerdo CQn lQ~ trámites 1134016, 1134020, 1134022, 113402~, 11~4Ql7, 113402*, .•• previstoli en lo~ Artículos 42(;. 429. 430, 431 v oamás re• 1134029, 1134030, 1134046, 1134047. 1134048 Y 113403Q. I¡ltivQS d.e la .LeY Federal c;le Reforma Agraria; h,bién• SEGUNDQ.-Se reCr,lnOcen derechl,ls agrariQs Y ~ lilQ$e comprobad.o, por las clmstanciaJi que obran en al;ljudican unidades de dot.cu~n de refer~nc~, pl¡lr antectc1entes. que los eiidatarÍOs y sus hel'f4ero$ han venirlas cultivandQ por más de dOI! .tíos inintlfl'.tlOl• incurrido en la causa de prIvación de derechos alfarIOS pidas, en €I ejido del pobl¡¡.dQ "CUAJILOT~ y CEIl~Q y sucesorios a que se refiere el ArtículQ 85 FracciÓn 1, GORDO". MumciPlo dI!! Cuayuca, del Estac;lo .;le l»u.• de la propia Ley, por haber abandonado el cultivo per• bla, a los Ce.: l.~DQminga Romiílm~ Huerta, 2.-11 ... sonal ¡;le las unidades de dotación por más de dos años jandro RamÍrez Torralba, 3.-Alberto Castillo F1Qres. consecutivos que ,!ucdaron oportunamente nQtificados 4.-Fidel Castillo Ramírez, 5.-Agustín Castillo Oa'plar. los ejidatariQs y !¡uc~ore$ suietos a iuicio y que. final• 6.-Carmen Bartolomé Marcial. 7.-Vir¡inia Castillo Sg• mente¡ s~ siauieron los posterio~s trámites leaales; es oerano, 8.-Vlda! Castillo Castillo, 9.-Guillerrng k~ proceQcnte privarlos de sus derechos alrarios V suceso• mano Cabrera, 10.-Enedina RamÍrez Torraloa 11.• rios, V cancelar los correspondientes Certificados de Aarón Ca¡tilIo Casti'llo, 12.-FaustinQ Ramfrex twral" .$ Derlechos Agrarios. ba, B.-Félix Cam~cho Carr.loso y 14.-earles k$Qrl• guez Guevara; consecuentemente. expídan5e sus cerrw$• CONSIDERANDO SEGUNOO.-Que los campesinos PQndientes Certificados de Derechos Agrarios que ¡". señalados, se¡ún constancias que CQrren a¡re.a¡;las al acredite cgmo ejidatarios del poblado de que le trata. expediente, han venido cultivandQ la$ unidad'" de do• ir. ta~i(¡ll 'Por mb de dQS ininterrumJllil;lus; y habi'én• TERCERO.-Publíqut!:se esta ResQludón, télativa a dl,)se propl.lesto el tcconocimitnto de sus "ereehos a~ra. la privación de derechQs a¡rarios y nuevas at1u4!{2l• ríos por la Asamblea General ExtraQntinana de Elida• clones ¡Je umdado¡¡ de ¡JQtaciQn, en 01_ cjifl'O éel tari~s, celebrada el 12 de mayo de 197~, fole acuer40 bla¡;lo r.le "CTJAJtLOTE y CeRRO GORJJO", Mloll1ie o -e~n lo Qispuesto por los Artículos 72, FracciQn III; de Coayuca, del E.tado de Puebla, en el "J)ltri~ - '86, 200 Y de111Íls .plicables 4e la misma Ley, proce• cial" c.ie la Fec.icraciÓn Y en .1 P.riQ4i~ (i)fldal ... -de recQnocer sus detechqs asratios; y con fundamento Gobierno de esa Entidad Federativa; itU¡crl~~ '! ·en el Artículo 69 de la mencionada Ley, expedir sus h'gan.e las aDQta<:ionl. corn:,pCim4ientts en ,1 !t.. . . -Certificados correspondientes. tro Agrario Nacionai; notifíqU~iI' y ejecút.... : Por lo expuesto y lO:9n funCilatllehto en los Articulo. ya mcnciona4os de la Ley Feliteral de 1teforma A.ra• Dada en el Palacio del Poder Bjecutivo 1ft J. Unión. en México, Diltrito Federal, a lo. "i. !Uas 4e1 mes de Qiciemgre de mil DQveciltntli;ls ..teDta y ~~.­ tia, se resuelve: El Pniidente Cc,lDltitucional de lQI lbta~tJ Ii~ .nI - wal.... . PRIMERO.-Se decreta la privación de derechQs MexicanQ" JcMé LópeE PwtfIII;~.-Rvbrlg., ' se: a¡rari9li en el ejido del pobla"" aenominalilfi) "CUA• El Sec;retario rote la kefCí>rma Airaría. ADtoolu . . . J·.LLOTE y CeRRO GOIlt>o", Municipio de Coayuca, C9rro.-!t.úbrka. del E.tado de Puebla, por haQer abandont40 el cul• tivo personal de las unidades de "o!'ación plilt mj, de dos años consecutives, a l~ ce.: l.-Arcadi~ Mar• dSOLUCION prlYMI4u de ...... ~1 nueva. alljudhlao1ones de d. _ _ _ tínez Castillo, 2.-Juli4n .a.rtQl~mé Cestillo 3.-Mar• ,arito Santialo Castillo, •.-:Eliseo Castillo Ctstillo, 5. Y confirmación de de...chO$ ~, . . el 1t,j148 -David Gaspar Castillo, 6.-PeUpe Bartolomf Gaspar, del poblado deneminado Las BaJ.Tall~, AlQákl.. 'l.-Juan Castillo Oaspat, S.-ElpiQio Castilk> Hernin• pio de IxtsftdlUtltllúl., Put. (R.sttttMII. . . el ·MartíDez, 11.-leÑrlno C4.,.r dez, 9......I~c;io Mudo López, 10.-Inocencio CastlllQ ltivera, 12.-tl9naclafio Castillo 1liveta, 13.-Ptimo Ca1'li.~ V,re y 14.......¡Q• Dllm.ro 3595). Al maricn ~ sdl" CQn el E:lcut.io Na'¡onal, t¡u. tel C•• tillo Santiai9. Por la dlkDle ~ le priVaD 41": ¡.ta49. TJtli4.w MWQ&J;lQ.........~ •• la ..... -.51.1$ 4eteches au.aerl$i ~s • lel CC.: l~etl MtIla AC1'atía.
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    agrariO$ por laAsamblea Qtncral Elxtraordinaria de VI$TO para tWlflvU el upe41,ntt teiati"1f • la priva· Eji4atariQlh oel,braQa ,1 2S de ~to Qe 1975, d. ~e ch~• mi..... 4. ción .. Qtrt@~, ...,lfilfl, .arwIPs V DI,l4'" .4,j1ol4í~~1l•• 4oafti~ y wn~rqh 4t 4 ~ .1 e1149 4.1 pt¡II~9 ~~o ... n" ac;1,erQQ 99n llil 4i.,p...to pyr lo. AtUlOulQI 72 i'rlf,C;<;ioo 1 y 111; lQO y 4.cmá1 Ilplic.loIl.. <le la mi.Ul& l.diy, liII'fXectl$ rOCQl1QCer SU$ .;lt~ aJlVi.9$, y <:Qn fun. "I..AS¡, .A1Ut.ANCAS", Manitlipilll 4. 'IxtaClrnutitlín. Gitnento en el ~t1culo 69 de la mencio.naQa .Ley, o&• del .r:.s1;tclQ 4e Puebla; y pe4ir SU$ Certificados corresponc¡lientfi. RESULTANDO PkIM¡RO.-CQn,ta en ,1 .xpe41en· Por lo expUO$to Y CI¡lD fund.&rnfiln"Q -.Jl los artf~ulos te la cQnvQc.tQm~ de fecha 17 lit alllllsto <le 1975, ya mencionaQQs. ele la Ley '.tlter..l t:le R.fortIla A¡r&• para la Astm'blQ Gentral ExtraonUn~i. 4e Bjidata• rit, se resuelve: no~, relativa a la privacIÓl'l O, oertc:bQs a¡r,riQ" en contra 4e los .jid.tariQs que se citan en el primer PRIMBRO.-Se aecreta la privaciQn d.e aerechQs punt«¡) rtsolutivQ 4e ,SUl Resolucil)n, por hal;ler al,lan• aararios, en el ejido del poblac;lo t.lenonlinl.QQ "LAS donado el cultivo p.r¡¡Q1'lal el. la. W1i4a4es 4. 4Qta• :8ARRANúAS", Municipio de Ixtacatnaxtitlán, ael Es• ción por l'tlil ~ 401 ~s <:onsecl,ltivQS; as.m_l". Q.u.e tf,(lQ de Puebla; por haber aban4Qnado el cultivQ per• tUVIi> vtriflcativo el 2S I1t ~.tQ ae 19'75, en l. Q,lt sonal de las unidades Q.e dotaciw por más de dos ce.: las unid".. Q.e 41ilwciQn 4, se proplt9 ~noeer 41recflQ$ .,ranQS y a4judicu referenftia, a lQ$ ca$.• pesinos que 1.. han veniQQ cllltiVtncSQ p(¡Ir rn., de efi,Qi cQo••cutivQs, a lQS 1.-Juan Ro. Góm_, 2.• 'rlatlCiscQ Guca, 3.-R'YDI.l40 Garda. 4.-.Tosé :a.yes. S.-A¡UIin 1.Qfle%, ~.-oUliQ j.g~., 7~-.Tlfsé f.glQ, s. l.ios aflQ$ inint.rrulrrpl~, y que .e iDiUcan en .1 -.1o$t Fl.QrenclQ. 9.-.ttUto .KQd.l18*, 1Q...~..Gl.D:utrcin• segundo punt", resolutlvQ. y se CQnftrmen lQs 4,~q$ ciQ aodr~. 1l.-Cátld.i4Q llqd.r1i1*, U-PQrfirio S9- agrariQ$ Qe é tjidatariQ$ del censo !;lúi<;Q Qtnefici. lanCil, 13.-:f1élIx $erraDliI, 14.-Antel Strr~lil, lS.-Cu- c:los cm 1. Rtnoll.c:ión 'rt$ici~cíll O. fecha 1Q 4. OQ• 4.elari~ VtJefa, 16.-A¡I.'ún Valira. 17.-Cirtlo Lile., v¡tmbre 4. 1948, pu~hcar.l en .1 "Di"rio Oflci,l" 4, l~.-PiQtlicio Carrnona, 19.-Sabina Ou:ca. le.-J'.~ la Fed.rtcii)n .1 10 4e ft,rerQ 4e 1949, qui.ne~ ,. Galc., 21.-Pedro Gl,UriIán. 22.-J1,lan LÓJez, 2~.-FrQy­ encuentran en la actuali4a1i cultiv~~ 5U' unid.tqO$ lín LQpu, 24.-Ernillljl ~ÓpiZ, 25,-1osé JSemabé, 26.• d4 d.~tac1QI1 y qut se in4ic:t1'l ,n el tctW pUfltQ rtsQ• lulJll N1Qr~IlQ, 27.-~f"l Rcxitiiltl, 28.-Juan Ror.it1- lutivo 4, la presonte lltsQ}lción. cuez, 29.-I~ RodrÍlltJ 2Q., 30.-.Plat9tl ~rrano, 31. -LCQnar40 Valen., 32:-Felipe Valcn~ y 33.-1.auro Va• R!SULTANDO S!OtlNDO.-r... aocumentacíón S(I lera. remitió a la Coml$Íón Agraria Mixta v c:licho orl~nís­ mo, notificQ el 15 4e septiembre O, 19'75, a los cii~­ SEGUNDO.-Se reconocen derechos auarios y 5e tanos afecta(,os, para que cQmparlllcieran a I~ Auclicm· ac;ljuc;lican las unidades (,le dotaciGn cle refenncia, por cía de Pruebas y Ale¡atQs; misma que se llcevó a cabo venirlas cultivando por más ¡je dos años mmterrutnpi• el 30 de septiembre de 1975, en la que se comprobó dos, en el ejido del pOblado de "LAS aAR1U.NCAS", legalmente la procedencia para la privación de de re• Municipio cle Ix.tacamwttitlán, del Estado de Puebla, Ch0S agrarios a los ejldatarlos propuestos; de cQnfor• a los Ce.: l.-Federico Gasea Gimarez, 2.-Constanti· midac:l con lo dispuesto por lo!; ArtículOIl 426, 430 Y no Gasca Moreno, 3.-Pedro Gazca Moreno, 4.-Apo• demás relativos de la Ley Federal de Reforma A.ra• lina Alvarado Cruz, 5.-Seferino L6pez Rodríguez, ó. ria. La Comisión Agraria Mixta opinó que es proce• -Ricarda López Gasea, 7.-Guadalupe Gimare& Guz• dente la privación de sus derechos agrarios a los mán, 8.-Zenón Gasea Valera, 9.-Eduard.o l.(¡pez Mu• ejidatarlo$ que se set'íalan, y el rtconocimientq que reno, 10.-Lucio R<Xlri¡Juez López, 11.-klfael Rodrí• prQPc¡¡ne la Asaml;llea General Extraordinaria de Ejil1a• ,uez M.rqul!Z, 12.-Victntt Gasea MoretlQ, B.-Félix tarios. Gimarez Guzmán, 14.-Pascual Serrano Mora, 15.-En• riq,l.le Gasca Morono, 16.-Eleuterio Valera (.ópcz 17. RESULTANDO TERCEllO.-El expediente relativo -Hermeneiildo Gimar.z Casca, 1S.-Vicente LQ~ez aor• fue turntclo a la Secrlltatia de la llefQrma A¡raria, nánuez, 19..:...José Gasca Valera, 20.-Manuel LQpu l.ó• pez, 21.-NicéforQ Glamán LQPta, 22.-.TO$é Mortno U. ti- Dirección General I.i, OerechQs ASrarios, la que hizo una revt$i~ dol mismo, y comprobó 1, l...Mad l'1e pH, 23......F.lix Lópu ROd.tígulZ, 24.-lsililr9 LQpcz Mo- las notif1~clomt$ 'y cQnstanc:i.s prtK1ltaQts en "te jui• 1'Ono, 25.-:t>Qtoteo Gatea LQPez, 26.-T.lédoro Mol'1&• cio; pqr 19 Que 5. turn~ tl VOcal C!i'n'llti'~ ",~rio oo· nQ ·l.ópoz, 27.-Darío Gltrhin l.(,pe~, 2S.-PUar RQdrf· rrespon4i~t~, wn la o~intón de que f1.teta .probado IYClZ Ramfr8z, 19.-Fortino R.oloirl¡ue: LQpez, 30.-Fran· )¡lor estar _In.do cljlrrt<,;ttmft1tt; a su 1ft, por cisco- S4t'rano Mota. 31.-ManueI a,rn'nl.ie:~_ Moreno, ha~rlCjl .neQtl~dQ aju,tadg al p~en'tfil 4. Ley, lQ ll.-Lui$ Mortho Zá!nQra y 33.-Ad..laicla Hernánw sotnetiQ a la <;:On$ideración del CllftllQ C1)tl'ulúW? Atra• Mortno; cQnsecuentemente, expídattse SI.1S correspon• no. el Que emitió v liprohó 811 (Hrt"men en seSIón (;C. "'ientes Certificad.os de perechos Agrarios, que los acre• lebrada el 29 de noviembre de 1977; y d.ite como cjidatarios a.l poblad.o d. que se trata, CON$ItlEMNDO PRIMEllO.-Qut .1 Jilt'tscntt jui• TeRCEllO.-Se confirman lOi geredlos aarlll'1os ciQ priVlltivo le ha .elluido de acuerdo CQll-IQ8 trAmi• ~e 6 ejid.atarios del censo básico. benefiQadQs en 18 tes previstos en lo. artículos 426, 429. 430; 431 y 4e· keilQlución Presidencitl de facba 10 de oovieml¡)re ele más relativos de la Lev Fe4eral de Reform., A.-raria; 1948, publú:al1a ep el "Diario Oficial" de la Pedera· 'labiéndose comprobauo. l)nr las constanQÍls que tl1:lran ciQn ellO de febrcrQ de 1949 quienes se encuentran én antecedentes, que los eUdat&rios han incurrioo en en la actUlliloiad cultivan40 sus unic1a<ks c1e c;lotacilm, la causa el. privación de derechos a¡t..-ios a qUe se a los ce.: l.-Pedro Abad, 2,.-Luis Cuca l-Migy.el refiere .1 ArtíCUlo $5. Fracción 1, de la propia I.ey, Gazca. 4.-FranciscQ RQdrí¡uez Már'luex, S.-Trinidad dadéS de dotación ¡;IQr m" por haber aban4ona4Q el cultivo personal d. las uni• d. dQS IlAQS gon*utiVQI; Que '1ut4aron QJ)ortu11amettt. notificados len eiidata• Lucas y 6.-Jesús Sllit1a~~ en .1 eJido del poblado 4enominado "LAS BARMNCAS". MunicipiQ de Ixtaca· mUtitlán, tltl !stad.Q de Puebla; cot.l~ntemtnte, ex dos suietQs a iuicio; y que, finalmente. -" liIiauietQn pí4anse a sus llQmbm los CQrres~n4ientelll ~rtiftca los post.rior.s ttimites l~litllles; 8S 'PI'Qcccfmw privar• dos de Derechos Agrarios que los acrediten como eji los ele sus derechos agrarios. .;latarios del poblado de que se trata. CONSlD!kANt>O SEGUNDO.-Que los ~pesinQS CUA1TO....... Publ1Queslt esta Reiolu~iQn, relativa a ~eñaladQI, ,e~ cQns~tias- que ~m:n' ~la9as al la ?ri~i~ 1.1. derechos agrariolll y nuevas a4juaica, ~,-;~e~ient.. han tf!n~d.o wltivan~~· la..' 1,lhi4t_ 4. gq. lOi'ilDes 4. 1.Uii;ade, <le ootaciCín y c;Qllfimató:iqn dI '.acóh lIor m', fle 41$ afqs InInt4rtlmJ11tSq.,: v bt• ~_"~h<;l$ ,,~n~s. en·d eiidQ del pqbl¡¡td.Q de "LAS QiétuiOie P:toDl.leSto el ~tQ de "'" ~ ~CAi". Mun.icipio ele bteoetQaxtitláD., del Ei-
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    36 DIAJlIO OFICIAl - LUDes 22 de enero de 1979 t~o de Puebla. en el "Diario Oficial" de la Federa• rio correspondiente, con la opinión de que fuera apro• ción y en el Penódico Oficial del Gobierno de esa bado por estar integrado correctamente; quien a su Entidad Federativa; inscríbase y háganse las anotacio• vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimien• nes correspondientes en el Registro Agrario Nacional; to de Ley, lo sometió a la consideración del Cuerpo notifíquese y ejecútese. Consultivo Agrario, el que emitió y aprobó su dIcta• men en sesión celebrada el 30 de mayo de 1978; y Dada en el Palacio del Poder E.iecutfvo de la Unión, en México, Distrito Federal, a los tteinta días CONSIDERANDO PRIMERO.-Que el presente jui· del mes de noviembre de mil novecientos setenta cio privativo se ha seguido de acuerdo con los trá· y ocho.-EI Presidente Constitucional de los Esta• mites previstos en los Artículos 426, 429, 430, 431 y de• dos Unidos Mexicanos, José López Portillo.-Rúbnca. más relativos de la Ley Federal de Reforma Agrana; Cúmplase: El Secretario de la Reforma Agraria, Anto• habiéndose comprobado, por las constancias que obran • Toledo Corro.-Rúbrica. en antecedentes, que los ejidatarios han incurrido en la causa de privación de derechos agrarios a que se • refiere el Artículo 85, Fracción 1, de la propia Ley, por haber abandonado el cultivo personal de las uni· BESOLUCION sobre privación de derechos agrarios dades de dotación por más de dos años consecuti• y nuevas adjUdicaciones de unidades de dotación y vos; que quedaron oportunamente notificados los ejj· amftrm.aclón de derechos agrarios en el ejido del datarios sujetos a juicio; y que, finalmente, se si• poblado denominado Paredones, Munlci¡Jio de Cu• guieron los posteriores trámites legales; es procedent. Hacán, Sin. (Registrada con el número 3599). privarlos de sus derechos agrarios. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que CONISIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesinos dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretaría de la Re• señalados, según constancias que corren agregadas al forma Agraria. expediente, han venido cultivando las unidades de dotación por más de dos años ininterrumpidos; y ha· VISTO para resolver el expediente relativo a la pri• biéndose propuesto el reconocimiento de sus derechos vación de derechos agrarios y nuevas adjudicacio• agrarios por la Asamblea General Extraordinaria de nes de unidades de dotación y confirmación de Ejidatarios, celebrada el 28 de septiembre de 1974, de derechos agrarios en el ejido del poblado deno• acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 72, Frac> minado "PAREDONES", Municipio de Culiacán, del ciones 1 y III; 200 y demás aplicables de la misma Estado de Sinaloa; y Ley, procede reconocer sus derechos agrarios; y con fundamento en el Artículo 69 de la mencionada Ley, RESULTANDO PRIMERO.-Consta en el expedien• expedir sus Certificados correspondientes. te la segunda convocatoria de fecha 20 de septiembre de 1974, para la Asamblea General Extraordinaria de Ejidatatios, relativa a la privación de derechos agra• Por lo expuesto y con fundamento en los Artícu• rios, en contra de los ejidatarios que se citan en el los ya mencionados, de la Ley Federal de Reforma primer punto resolutivo de esta Resolución, por haber Agraria, se resuelve: abandonado el cultivo personal de las unidades de dotación por más de dos años consecutivos; asam• blea que tuvo verificativo el 28 de septiembre de 1974, PRIMERO.-Se decreta la privación de derechÓs en la que se propuso reconocer derechos agrarios y agrarios en el ejido del poblado denominado "PARE• adjudicar las umdades de dotación de referencia a DONES", Municipio de Culiacán, del Estado de Sina· los campesinos que las han venido cultivando por más loa, por haber abandonado el cultivo personal de las de dos años ininterrumpidos y que se indican en el unidades de dotación por más de dos años consecu• segundo punto resolutivo y se confirmen los derechos tivos, a los CC.: l.-Isabel Beltrán, 2.-Luis Beltrán, agrarios de 7 ejidatarios del censo básico más la 3.-Esteban Beltrán, 4.-Isabel Beltrán Jr., S.-Alfonso Parcela Escolar, beneficiados en la Resolución Presi· Beltrán, 6.-Wenceslao Beltrán, 7.-Lorenzo Acosta, 8. dencial de dotación de ejido, de fecha 8 de septiembre -Lucas Acosta, 9.-Nicolás Acosta, lO.-Isabel Flores. de 1954, publicada en el "Diario Oficial" de la Fe• H.-Martín Pérez, 12.-Porfirio Avendaño, B.-floren• deración de fecha 11 de iunio de 1955, quienes se tino Avendaño, l4.-Guadalupe Beltrán, 15.-Juan Acos• enCllentran en la actualidad cultivando sus unidades ta S., 16.-Guadalupe Acosta, 17.-8antos Esquerra, lB. de dotación y que se indica en el tercer punto reso• -Esteban Ochoa, 19.-Joaquín Ozuna. 20.-Ignacio Cár• lutivo de la presente Resolución. denas, 21.-María Acosta Vda. de Moreno y 22.-Su• sano Cázares. RESULTANDO SEGUNDO.-La documentación se remitió a la Comisión Agraria Mixta v, dicho Orga• nismo, notificó el 15 de marzo de 1975, a los ejida• SEGUNDO.-Se reconocen derechos agrarios y se tarios afectados para que comparecieran a la Au• adjudican las unidades de dotación de referencia, por diencia de Pruebas V Ale!!atos; misma que se Jlevó a venirlas cultivando por más de dos años ininterrum• cabo el 8 de abril de 1975. en la que se comprobó pidos, en el ejido del poblado "PAREDONES", Muni· legalmente la procedencia para la privación de dere• cipio de Culiacán. del Estado de Sinaloa, a los CC.: cho~ agrarios a los eiidatarios propuestos de confor• l.-Loreto Báez Ozuna, 2.-José Beltrán Beltrán, 3.• midad con lo disnuesto nor lo~ Artículo~ 426, 410 V Cándido Campaña Rodriguez, 4.-Miguel García GÓmez. dl"más relativos de la Ley Federal de Reforma Agrn• S.-Juan Gárate Rivera, 6.-Eustaauio León Lauderos, ria. La Comisión Agraria Mixta opinó oue e~ proce• 7.-Juan Hernández Acosta, 8.-Margarito Hernández dente la privación de sus derechos agrarios a los Acosta, 9.-Tomás Zamora Parra, 1O.-Valentín García etidatarios que se señalan, v el reconocimiento oue Valenzuela, 1l.-8amuel Ozuna Melchor, 12.-Juan Ozu• J'lTonOnf' la Asamblea General Extraordinaria de Eji• na Me1chor, 13.-Lorenzo Acosta Ansntlo, 14.-Jesús Cam• datario~. pafia Rodríguez. 15.-Eustaquio Gámez Peñ~ñuri, !6. -Lucio Campaña Vázquez. 17.-Leopoldo Anas Gutu5- RESUT TANDO TERCERO.-EI e~"ediente relativo rrez, 18.-David Manuel Arias Gutiérrez, 19.-José Acos• 1'11e turnadn a la Secrptaría de la ]?pforma A!!rllrla, ta Martínez, 20.-Warles Fahur Valenzuela. 21.-Manuel mrf'cción de nerecho~ A!!rarios, la QUe bf70 r.enf~ral Beltrán Beltrán v 22.-Rafaela Me1chor Beltrán; con• 1'"1 rp"i~ión del mismo " comnrohó la le!!alidad de secuentemente, expídanse sus corre¡;nondientes Certi~ 1.,~ "ntificadones v constllncia~ nrpselltadas en e~te fkado¡; de Derecho¡; Agrarios que 10<; acredite como juicio; por lo que se turnó al Vocal Consultivo Agra- ejidatarios del poblado de que se trata.
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    - L.unes 22de· enero de 1979 DIARIO OFICIAL l'ERCERO.-Se confirman los derechos agrarios de 7 ejldatarios dél censo' baslcó, ,bcuet)c¡ado:, en la Resolución_ rresid~I!ci¡ll ~ ~9iadón' ~e eF~o, de lecha' diencia de Pruebas y Alegatos; misma que s~ IJ~vq,~ cabo 'el 11 de' m<1yo de 1976, en la que se t:op:rpr~' legalmente. la procedencia para la privaqón, ,de.. AJ!l:t!J~ 8, de septiembre d~ 1954, pubh,:ada .en el 'Dlano 011- clfOS 'a~~ano-,;, a lqS" 'eJldararlOs propu~stos; ge .0ñh-ox;,-: clal" de la FederáciÓll el '11' de' JÜDío de 1955,' qUIenes mldad con 'lo' dbpues10 por los Articulos 426, .,3Q ,'Y.' se encuentran en la aCJuahdac( cúLtú'ando sus Ulllda• demás relatlvos de la Ley Federal de Reforma' Aghtl des de dotaclón, a los cc,: l.-Juan Aco~ta, 2 -"Juan na. La ComISIón Agraria MIxta opmó que es pwce• Acosta Jr.. 3.-Ramón Acosta, :4.-Pedro Acosta, 5.• dente la pllvaClon de sus derecho!> agrario~: cli:.!lo~, Loreto Ozuna, Ó -Mamlél Dzuna y 7.-Henberto Ozu• eíldatanos que se señalan, y el reconocimiento ~~ na, en el ejIdo del 'póblado denominado "PAREDO• propone la A~amblea General Extraordinaria de' J;:::rr.. NES", Municipio de CuJiacán, del 'Estado de Smaloa; ualarlOS. copsecuentemenie, eXpídáIÍse a sus nombres los eOlles• pondientes Certificados de Dérecnos Agraflos que los acredIte como ejldatáriós" del poblado de que se trata, RESULTANDO TERCERO.-EI expedienté';ielativer y el relativo a la' Paicel~ ESéolar:., fue turnado a la Secretaría de la l<.etorma Agrana, DIrección General de Derechos Agranos, la que hizo CUARTO.-Publíquese ésta' Ré~oluclón, ' relativa a una revlsión del mismo, y comprobó la lega¡i.d~~ la pnvación de dere¡;hos, agrarios y nuevas aq ludlca• las .ríotihcationes y constancias presentadas ,~én_ -e~W c ones de unidades de dotación 'y, contirmación ,de JUIcio; por lo qúe se turhó al Vocal LonsultivD :a¡ra• derechos agrarios 'en' er .ejIdo del. póblado de "PARE· no correspondlente, con la opinión de que fuer~ ,allro• DONES", Municipio' de CuTiacán, ,liél Estado de Sina: bado por estar mtegrado correctamente; qul~n, 'a''- su loa, en el "Diario Oficial" 'de 'la FeoeraClón y en el vez, por haberlo encontrado ajustado al procedimi'en• Periódico Oficial del GobiernQ' de esa Entidad Fede• to de Ley, lo sometió a la consideraciÓn d~l .~uerpo rativa, inscríbase y háganse' las anotaclO,nes corres· Consultivo Agrano, el que emitió y aprobó su .di(;JiV' pondíentes en el Registro Agrarió Nácional, notitíquese men en sesi'Ón celebrada el 3 de noviembre de 1977~ y ejecútese. Dada en el Palacio del Poder' EjeCutivo de la CONSIDERANDO PRlMERO.-Que el presente jat-' Unión, en MéXICO, Distrito E'éderal: a los treinta días' cio privatlvo se ha segUido de acuerdo con "íos" trá• del mes de novlemhre de fnU 'n(l7¡;1C1<'Il!o' «"",1!:1 rmtes previ:;tos en los Artículos 426, 429, 430, -431 ~y'-de­ ocho ....... El Presidente' Constit1.lCionaf 'de' Jos Estados más' relativos de la Ley Federal de Rerorma A~na; Unidos MexicanoS,' JpS' " t.cJOez. Pgctillo,-RúbriCa.• harriéndose coml'relbado, por las constancias q,ité 'óMan Cúmplase: El Secretari~ :dé 'fa Re~otma Agraria, An· en antecedentes, que los ejldatarlos han incumifu:' en tonto Toledo CQq·o.-::-Rubrtca: ' la causa de pnvaclón de derechos agrados a, que. se refiere er Artículo 85, FraCCión l, de la propía-' ley,_ por háber abandonado' Jos trabajOS colectIVOs' ® :la~; trerras del ejido por más de dos anos con~eci:ltH'lJ~;~ RESOLUCI~N sobre prlyáción, recPlKlClmiénto y con• qUe quedaron oportunamente notlficados lo~ .¿/idtittt;.:l flrmactón de derechOli a¡rai'toll,' el1 el ejido del po• nós S'ujetos a juicio y que, tinalmente, se slglRed;nl blado denominado Los Coyotes,' MunicIpio de La• lós pos.teriores trámites legales es proct'dente prív1'it?I ~aro Cárdenas, Mlch. (Reglstrad9 con el número los de', sus derechos agrarios. 3600). Al margen un sello con el Escudo Nacionál, que CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que los campesino@.:' dice: Estados Unidos Mexlcanos.-Secretaría de la Re• señalados, según constancias que corren agregadas; ai-' forma Agraria. expediente, han venido trabajando colectivamenté':!¡$' tierraS del ejido por más de dos afias iniílterl"ll'rTF':: VISTO para resolver el, expediente relativo a la pri• pidos, y habiéndose propuesto el reconocimlento ,Q(f' vación, reconocimieJlto' y coñftrlÚa1:ión de derechos sus derechos alfadOS por la Asamblea GeneraJ RKt!'a-: agrarios, en el ejido del poblado denominado "LOS ordinaria de R. ¡datarios, celebrada el 28 de é'nel'O d.'" COYOTES"¡ Municipio', d~ t;ázaro Cárdenas, del Es• 1976, de acuér o con lo dispuesto por los ArtJ~l.lO$,: tado de M choacán;, y, 72, Fráccione~ 1 y III; 200 y demás aplicables' de 1 ::. .. t ' mis)11i1 Ley, procede reconocer sus derechos agrarl<J'c RESULTANDO 'PRIME.RO.-Coñsta en el expedien• y con, fun~amento en el Artículo 69 de la méncióna4il;'=' te la segunda convocatoria dé' fe-clia 20 de enero de Ley,' expedIr sus Certificados correspondientes. 1976,para la Asamblea General Extraordinaria de Eji• datarios, relativa a la privación de derechos agrarios, en contra de los ejldatarios qUe se citan en el pri• Por lo expuesto y con fundamento en los Airlcu· mer punto resolutivo de esta Resolución, por haber lUS ya menclOnados, de la Ley Federal de Reforl1't1r: abandonado los trabajos colectivbs dé las tierras del Agraria, se resuelve: ejido por más de dos' ai'íos 'cons'ecl1tivos; asamblea que tuvo verificatil'q el 28. de enero cl~ 1976, en la que c;e propuso reconocer del'cchos- agrarios a los campe, PJUMERO..-St decreta la privación de derecha. sinos que han venid6, trabajando' colectivamente lal agrm:los -en el eJido del poblado denominado' "LOS' tierras del ejido por má!!l de dns aftos ininterrumpi, COYOTES", Munleipio de Lázaro Cárdenas, de:t "EifI• dos y que se mdlcan en el 'segul'ltlo punto resolutivo, do de Michoacán, por haber abandonado los traba1M: y se confirman los' dereéhos agranos de 23 ei1data• coléCtlvO!l 'de las tierras del ejido por mA$' delitJ" ríos del censo básico más, la Parcela Escolar, benefi. añOI ~nlecutivos, a los CC,: l.-Rubén Ibllrra' Á:,¡,l' ciados en la Resolución Presidencial 4e 22 de'octubre -Crisóforo (Jarcia, l-Refuglo García, 4.-OI!nm-o ;JlllPi de, 1965, publicada eñ el (1)jario OOdal" de ta 'Fede• tez L., "5.-"Itpifanio Valdovinos, 6.-1. Cruz-' Ant•• raCÍ"ón el 30 de óctilbre'; de 196.5, 'qítienes se encuen• P., '7.~ET>ifanio Cárdenas, 8.-Pablo Rosales S.' il;.::.; tran en la actuaÍldad lrábajando- colectivamente las Rodrigo Rosales S., lO.-Julio Paniagua S., 11.-B~ tierras di! ejido y t¡W se éitaif 'en '~1 t~rcer punto lo Ibarra M" lZ.-Casimiro Ibarra M., 13.-Alej(j Ro• resolutivo de la présente Re!ilQiuClofi~ ", sales h, 14,-Agrinino Franco c., 15.--Rullén."rrai'cía p" 16.....Presentllci6n Rivera, l?-AntonIo Cahl"era b..,. RESULTANDO SItGUND0.':"'La, documentación se 18,-Antonio Franco C., 19.-Isllae 'Franco C"lO.-t.o1 remitló a la Comisión Agraria Mixta' y dicno Or.a• renzo Franco C" 21.-1. ConeeJ)ción tbtlrra 22 .....J Cruz niemo, notlñoó ef día 20 de 'ábrjl áe 1976, a los eji• Pa'la~u, 23.-1. fléUx Jacabo Jl" 24.-J. Cruz ,Ra~lé"!' datadoi afectados., para· que comparecieran a la Au- R.. 25.-José Jacabo Maclel. l6_Procopio lWsa1es, 1'(
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    38 DIARIO OFICIAL Lunes 22 de enero de 19~ -Marín Rosales R., 28.-Valdomero Rosales R., 29.• ACUERDO sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo a los Pedro Campos M., 30.-Emeterio Guevara, 31.-AdoIfo predios rústicos denominados El Nopal y El Hui• Rosales R., 32.-Catalino Rosales. 33.-Domingo Rosa• zache, ubicados en el Municipio de Tlahuelilpan. les y 34.-Eladio Rosales. Hgo. (Registrado con el número 3630). Al margen un sello con el Escudo Nacional, que ~EGUNDO.-Se reconocen derecnos agrarios, por dice: Estados Umdos Mexicanos.-Secretaría de la Re• venir trabajando colectivamente las tierras por más forma Agraria. de dos años ininterrumpidos, en el ejido del poblado de "LOS COYOTES", Mumcipio de Lázaro Cárdenas. VISTO para resolver el expediente de Inafectabilidad del Estado de Michoacán, a los CC.: l.-JÓsé Franco Agrícola, relatIVO a los predIOS rústicos denomi• Paniagua, 2.-AntIOco Ramírez Paniagua, 3.-Leonardo nados "EL NOPAL" Y "EL HUIZACHE", ubIcados Maldonado Sánchez, 4.-José Paniagua Gómez, 5.-An• en el MUlllcipIO de Tlahuehlpan, Estado de HIdal• tioco Ramírez Suazo, 6.-Simón Vázquez Pamagua, 7. go, propiedad de los CC. Sllvino, Fausto, Rosalba -Martín Maldonado Estrada, 8.-Ventura Camacho Ca• y Orlanda López Lugo; y rreño, 9.-Rafael Vázquez Vázquez, 10.-Salvador Fran• co Maldonado, I1.-Hipólito Ibarra Paniagua, 12.-Teo• RESULTANDO PRIMERO.-Que la C. Avelina Lu• dora Maclal Angeles, B.-Leobardo Camacho Valdovi• go Vda. de López en su carácter de representante nos, 14.-Vivlana Valdovinos Ruiz, 15.-DlOnicio Vázquez legal de los CC. Silvino, Fausto, Rosalba y Orlanda L., I6.-Ma. Jesús Suazo Paniagua, 17.-Librada Fran• López Lugo, por escrito de fecha 5 de septiembre de co Espino, I8.-José Maldonado Sánchez, 19.-JesÚs Mal• 1973, dirigldo al entonces Jefe del Departamento de donado Sánchez, 20.-José Ramírez Suaz~, 21.-San• Asuntos Agranos y Cololllzación, hoy Secretario de tlago Rosales Suazo, 22.-Irene lbarra Pamagua, 23.• la Reforma Agrana, por conducto de la Delegación Pablo Díaz TapIa, 24.-Pedro Díaz Galeana, 25.-Dona• del Ramo en la citada EntIdad Federativa, solicitó ciano Rosales Suazo, 26.-Aureliano Valdovinos Ruiz, la declaratoria de Inafectabilidad Agrícola y la expe• 27.-Socorro Vázquez Lombeda, 28.-Felipe Valdovinos dici6n del certificado respectivo para los predios men• Ruiz, 29.-Faustmo Franco Paniagua, 30.-Jorge Franco cionados, los que tienen una superfIcie de 3-32-00 Has., Maldonado, 31.-Atanacla Rosales Suazo, 32.-J. Ascen• de nego, dentro de las sigUIentes colindancias: Al ción Franco Cabrera, 33.-Gilberto Maldonado Alva• Norte, predIO "La Parada", propiedad de los promo• rez y 34.-José Vázquez García; consecuentemente, ex• ventes; al Sur, propIedad de Teodoro Maqueda y Cí• pídanse sus correspondIentes Certificados de Derechos fIlo Sánchez; al Oriente, canal de riego y camino y al Agrarios, que los acrediten como eJldatarios del po• Poniente, predio "La Parada", propiedad de los pro• blado de que se trata. moven1es. RESULTANDO SEGUNDO. - Que la promovente TERCERO.-Se confirman los derechos agrarios de acreditó el derecho de propIedad de sus representa• 23 e]ldalanos del censo básIco. benefic,iados en la Re• dos sobre el inmueble de referencia, mediante Es• SolucIón Presidencial de 22 de octubre de 1965, y cntura Privada de compra-venta de fecha 29 de enero publIcada en el "Diario OtICIal" de la Federación el de 1944, ratificada ante la fe de José Ramírez V., Juez 30 de octubre de 1965. quienes se encuentran en la ConCIliador, en funciones de Notario Público por Mi• actualidad trabajando colectIvamente las tIerras del nisterio de Ley, con ejercicIO en Tlahuelilpan de Ocam• ejIdo, a los Ce.: l.-Zacarías Franco, 2.-Manuel An• po, Hgo., con fecha 29 de mayo de 1944; inscrita en geles Pamagua, 3.-Pablo Angeles P., 4.-Serapio Fran• el Registro Público de la Propiedad de Tula de Allen• co Cabrera, S.-Alejandro Rosales S., 6.-Wenceslao Ro· de. Hgo., bajo el número 342, a fojas 88 vuelta; Sec• sales López, 7.-Cleto Ibarra Ayala, 8.-Eleuteno Iba• ción V el 15 de junio de 1944; y llcompañó los pla• rra P., 9.-FelicJano Ibarra R., 1O.-Filiberto Pania- nos de Ley. gua V., 11.-J. Salomé Ibarra P., I2.-Raúl Ibarra Pa• niagua, B.-María Blasa Rosales R.. I4.-Antonio Ro• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge• sales P., I5.-Hilada Chávez L., 16.-Aurora Aguirre neral de Inafectabilidad Agrícola, Ganadera y Agro• Ramírez, 17.-Juan Espino Paniagua, 18.-Antonio Es• pecuaria y el Cuerpo Consultivo Agrario, realizados pino P., 19.-Teódulo Chávez E., 20.-Mónico López los estudios correspondientes y con base en la opi• Rosales, 21.-Febronio López P., 22.-Isaac Paniagua nión reglamentaria emitida por la Delegación Agraria Meza y 23.-Pilar Jacobo R., en el ejido del poblado con fecha 6 de septiembre de 1973, llegaron a la con• denominado "LOS COYOTES", Municipio de Lázaro clusión de que los predios referidos por sus caracte• Cárdenas, del Estado de Michoacán; consecuentemen• rísticas, constituyen una auténtica pequeña propiedad te, expídanse a sus nombres los correspondientes Cer• agrícola en explotación. tificados de Derechos Agrarios que los acrediten co• mo ejidatarios del poblado de que se trata, y el rela• CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de tivo a la Parcela Escolar. que han quedado satisfechos los requisitos que es• tablecen los Artículos 249, 250, 257 Párrafo Primero, 258 Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de CUARTO.-PubIíquese esta Resolución, relativa a Reforma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21 la privación, reconocimiento y confirmación de dere• al 27 y demás relativos del reglamento de Inafectabi. chos agrarios en el ejido del poblado de "LOS CO• lidad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo YOTES", MUhicipio de Lázaro Cárdenas, del Estado dispuesto por los Artículos 27, Fracción XV, de la de Michoacán, en el "Diario Oficial" de la Federación Constitución Política de la República. S y 20. Transi• y en el Periódico Oficial del Gobierno de esa En• torio de la Ley Federal de Reforma Agraria, el sus-• tidad Federativa; inscribase y háganse las anotacio• crito Presidente Constitucional de los Estados Unidos ·nes correspondientes en el Registro Agrario Nacional; Mexicanos, tiene a bien dictar el siguiente notifíquese y ejecútese. ACUERDO Dada en el palacio del Poder Ejecutivo de la PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec- Unión, en México, Distrito Federal, a los treinta días tos de dotación, ampliación o creación de Nuevos del mes de noviembre de mil novecientos setenta y Centros de Población Eiidat la superficie de 3-32-00 ocho.-EI Presidente Constitucional de los Estados Has. (TRES HECTAREAS, TREINTA Y DOS AREAS) Unidos Mexicanos, José López PortUlo.-Rúbrica.• de riego que integran los predios rusticos denomina• Cúmplase: El Secretario de la Reforma Airaría. Aa• dos "EL' NOPAL" V "EL HUIZACHE", ubicados en el tDnto Toledo Corro.-Rúbrica. Municioio de Tlahueliloan. Estado de Hidalgo, propie-
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    Lunes 22 deenero de 1979 DIARIO OFICIAL d~d de Silvino, Fausto, Rosalba y Orlanda López Lugo, González"; al Noroeste, ejido definitivo "Providencia" :on las colindancias qut: s<, mdlc~n en el primer Re- y al Sureste, propiedad. de Ernesto Longo y Mario Gar- 1ol1Itan~o. 1.Í.t Treviño. SEGlJNOO.-Si al amparo d~ la declaratoria de RESULTANDO SEGUNOO.--Que los promoventes Inafectabilidad de que se trata, sObreVlfllera alguno de acreditaron su derecho de propiedad sobre el inmue• los actos que se precisan en el Artículo 53 de la Ley ble de referencia, mediante Escritura Pública número Federal de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar 65, de fecha 9 de agostQ de 1965, otorgada ante la fe dc:ré¡;hos sobre tet'renos ejidales o comunales, se e~­ de la Licenciada Laura MartÚlel. ChanOna, Notario Pú• ~¡mí a lo dispuesto en dicho precepto jurídico. blico con eJercicio en Huixtla, Chiapas; inscrita bajo el número 259, Libro 2, Sección 1 del Registro ¡rú· TERCERO.-.8i los beneficiarios postenormente ad• blico de la Propledad de Huixtla, Chiapas, el 9 de no• quieren otro predIo rústico por sucesión, SOCIedad con• Viembre de 1965; y acompañaron los planos de Ley. XUial, sociedad mercantil, copropiédad o cualquier otra IQrIDa le¡a1, la Secretaría de la Reforma Agraria prac• CONSIDERANDO PRIMERO.-Que la Dirección Ge• ticará las dili.encias necesarias para sefíalar y deter• neral de Inafectabilidad A¡ríCGla, Ga11adera y A¡ro• minar los excedentes de la peqUefia propiedad ina• pecuaria y el Cuerpo Consultivo A¡rario, teillizaiiIQs fectable y d,stinatlos a satisfacer nl!!cesidades agra• los estudios correspondientes y con base en la opi• fias conforme a la Ley. nión reglamentaria emitida por la DelegaciW Agraria con fecha 18 de octubre de 1974, negaron a la con• CUARTO.-El certificado de lnafectabilidad cesará clusión de que el predio referido por sus caracte• en sUS efectos automáticamente cuando sus titulares, nstlcas, constitUYe una auténtica pequefía propiedad autQricen, induzcan, permitan o personalmente siem• agrÍCola en explotación, br,n, cultiven o cosechltn en su predio mariguana, ama• pl,lla o cualquier otro estupefaciente. CONSIDERANDO SEQUNDO.-Que en virtud de que han quedado satisfechos los ngulsitQS qlo1e es• tablecen los Artículos 249, 250, 2.57 PáITafo Primero, QUINTO.-Publíquese el )?resente Acuerdo, por el 258 Párrafo Primero, 353 y 354 de la Ley Federal de que se declara la lnafectabíhdad Agrícola de los _pre• Reforma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21 dios rú,ticos denominados "El NOPAL" 't, "EL HUI• al 27 y demás relativos del reglamento de lnafectabi• ZACHE", ubicados en el Municipio de flahuelilpan, lidad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo Estado de Hidalgo, en el "Diarlo Oficial" de la Fe• dispuesto por los Artículos 27, -Fracción XV, de la deración y en el Periódico Oficial del Gobierno del Constitución Política de la República, 8 y ~o. Trans¡• Estado referido, inscríbase en el Registro Agrario tono de la Ley Federal de Reforma Agrana, el sus• Nacional y expídase el certificado respectivo. crito Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, tiene a bien dictar el siguiente Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión, en México, Distrito Federal, a Jos cuatro días ACUERDO del mes de diciembre de mil novecientos setenta V ocho.-El Praídente Constitucional de los Estados PRIMERO.--Se declara inafectable para los efec• Unidos Mexicanos, J_ López PortWo.-Rúbrica.• tos de dotación, ampliación o creación de Nuevos - Cúmplase: El Secretario de la Reforma Airaría, Aa• Centros de Población Ejidal, la superficie de 63-20-00 *.....In ToliIdo Corro.-Rúbrica. Has. (SESENTA Y TRES HECTAREAS, VEINtE AREAS) de las cuales l84JO.OO Has. (DIBClOCHO HEC• TAREAS) de temporal y. 45-20-00 Has. (CUARENTA Y CINCO HECTAREAS, VEINtE AREAS) de agostadero AC1JEJlDO sobre InafeetabWdad A¡ricola, relativo al de mala calidad ~uivalentes a 14-65-00 Has. (CATOR• precito niltko ~o Unda Viste y su Anexo CE HECTAREAS, SBSENtA y CINCO ARBAS) de rie• Rodrt¡uez Brto"', ubicado en el Municipio de go teórico, que integran el predio rústico den&minado VIDa ComaItltlán, Chis. (Re¡lstrado con el número "LINDA VISTA Y SU ANE~O RODRIGUEZ BRlONES", 3629). ubicado en el Municipio de Villa Comaltitlán, Estado de Chiapas, propiedad de Benjamín, CrescenciQ, V~ Al marien un sello con el Escudo Nacional, que gilio, Epitacio y Jorge González Pérez, con las colin• dice: Estados Unidos Mexicanos.-Secretarfa de la Re• dancías que se indican en el primer Resultando . forma Agraria. SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de VIST~ara resolver el expediente de lnafectabilidad Inafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de A cola, relativo al predio rústico denominado los actos que se precisan en el ArtfcÚQ S3 de la Ley ti INDA VISTA Y SU ANEXO RODRIGUEZ BRIo. Federal de Reforma Agrana, que pudiera perjudicar NES" ubicado en el Municipio de Villa Comalti• derechos sobre terrenos ejidales o comunales,' se es• tlán, Estado de Chiapas l propiedad de los CC. Ben• tará a lo dispuesto en dicho precepto jurídico. jamín~ Crescencio, Vírgillo, Epitacio y Jorge Gon• zález rérez; y TERCERO.-8i los beneficiarios pOSteriormente acl- 4uieren otro predio rustico por sucesión, IOCitda.cl con• RESULtANDO PRIMERO_Que IOl! CC. Benjamín, yugal, sociedad mercantil, coptol'ied.d o cua1q_ otra Crese.neio, Virgili0, Epitacio y Jorge González Pérez, forma legal, la Secretaría de la Refortna Agraria -prac• en ,su carácter de pr<?}'ietarios, por eScrito de fecha ticará las diligencias ñeeeaarias para sefialar y deter• 29 Qe marzo de 1974, dirigido al entonces Jefe del De• minar los excedentes de la ~quefta propiedad ina• partatilento de Asuntos Agrarios y Colonización, hoy fectable y destinarlos -a satisfacer necesida4es aata• Secretario de la Reforma Agraria, por conducto de la rias' confurme a la Ley. Delegación del Ramo en la citada Entidad Federa• tiva, solicitaron la declaratoria de Inafectabilidad CUARTO.-El certificado de InatectabUidad cesará Agrícola y la expedición del certificado respectivo pa• en sus efectos automáticatnente cuando sus titulares, ra el predio mencionado, el que tiene una superficie autoricen, induz~an, permitan o pérSOÍlalmente siem• de 63-20.00 Has. de las cuales 18-00..00 Has. son de bren, cultiven o cosechen en su -predio mariguana, ama• teJ!lporal y .45-2G.OO Has., son de agostadero' de mala pola o cualquier otro estupefaCiente. calIdad, eqUIvalentes a 14-65-00 Has., de riego teórico. dentro de lªs $il!lientes colindancias: Al Noreste, ejido QUINTO.-Publíquese ~ln/Y:!lmte Acuerdo, por el definitivo "PJ:oV1dencia", al Suroeste, predio "Abundio que Se declara la Inaftcta, A¡r1coJa del Predio
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    40 DIARIO Op·ICIAL Lunes 22 de enero de 1979 ' rustico denominado "LINDA VISTA Y SU ANEXO RO dusión de que el predio referido por sus caracterís• DRIGUEZ BRIONES", ubil:ado en el MunicIpio de Vi• ticas,' constituye una auténtica pequeña propiedad lla Comaltitlán, Estado de Chrapas, en el "Diario Ofi• agrícola en explotaCIón. cial" de la Federación y en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado referido, inscríbase en 'el Re• gistro AgrariO NacIOnal y expídase el cerl'iticado res• CONSIDERANDO SEGUNDO.-Que en virtud de pectIvo. que han quedado satIsfechos los requiSItos que es• tablecen los Artículos 249, 250, 257 Párrato Primero, 258 Párrato Pnmero, 353 y 354 de la Ley Federal de Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Reforma Agraria, así como los artículos 6, 9, 13, 21 Unión, en México, Distrito Federal, a los cuatro días al 27 y demás relativos del reglamento de Inafectabi• del mes de dicIembre de mil novecientos setenta y lIJad Agrícola y Ganadera; de conformidad con lo ocho.-El Presidente Constltucional de los Estados dIspuesto por los Artículos 27, Fracción XV, de la Umdos MexIcanos, José López Portillo.-Rúbrica.• Constitución Pohtica de la RepúblIca, 8 y 20. Transi• Cúmplase: El SecIetarlO de la Reforma Agraria, An• tOriO de la Ley Federal de Reforma Agraria, el sus• - tonio Toledo Corro.-Rúbnca. cnto PreSIdente Constitucional de los Estados Unidos Mell.lCanOS, tIene a bIen dictar el siguiente ACUERDO ACUERDO sobre Inafectabilidad Agrícola, relativo al predio rústico denominado Fracción San Juan de PRIMERO.-Se declara inafectable para los efec• La Vaquería, ubicado en el Municipio de Saltillo, tos de dotaCIón, ampliación o creación de Nuevos Coah. (Registrado con el número 3625). Centros de Población EJIdal, la superÍlcIe de 15-34..QO Has. (QUINCE HECTAREAS, TREINTA y CUATRO AREAS) de temporal, equivalente a 7-67·00 Has. (SIE• Al margen un sello con el Escudo Nacional que TE HECTAREAS, SESENTA y SIETE AREAS) de dice: Estadus Ul1Jdu~ MexIcano~.-Secretaría de la Re• 1 íego teónco, que integran el predio rústico denomi• forma AgrarIa. nado "FRACCION SAN JUAN DE LA VAQUERIA", ubIcado en el MuniCIpio de Saltillo, Estado de Coa• hUIla, propIedad de María Teresa Pérez de Lucio, con VISTO para resolver el expedIente de Inafectabilidad las colindancias que se mdican en el primer Resul· Agrícola, relatIVO al predio rústico denominado tanda. "f<RACCION SAN JUAN DE LA VAQUERIA", ubi• cado en el MuniCIpio de Sal tillo, Estado de Coa· hUlla. propiedad de la C. María Teresa Pérez de SEGUNDO.-Si al amparo de la declaratoria de LuClo; y Inafectabilidad de que se trata, sobreviniera alguno de los actos que se precisan en el Artículo 53 de la Ley Federal de Reforma Agraria, que pudiera perjudicar RESULTANDO PRIMERO.-Que la C. María Te• derechos sobre terrenos ejidales o comunales, se es• resa Pérez de Lucio, en su carácter de propietaria, tará a 10 dIspuesto en dIcho precepto jurídico. por escnto de tc,-'ha 7 de enero ,de 1975, dingido al Secretario de la RetOI ma Agl al la, por conducto de la I DelegaCIón del Ramo en Id citada Entidad Federa· TERCERO.-Si la beneficiaria posteriormente ad• tiva, solicitó la declaI atoría de Inafe-ctablhdad Agrícola qUiere otro predio rústico por suceSión, sociedad con• y la expedición del certlticado respectivo para el pre• yugal, sociedad mercantil, copropiedad o cualqu!er otra dio mencionado, el que tIene una superficie de 15-34-00 forma legal, la Secretaría de la Reforma Agrana prac• Has., de temporal, eqUl'alente~ a 7·67-00 Has" de riego ticará las diligenCIas necesarias para señalar y deter• teórico, dentro de lils SI?U!entt'5 colindancias: Al No• mmar los excedentes de la pequeña prQPIedad inafec• reste, predios de Catarina Vázquez de Lucio V Edu• table y destmarlos a satisfacer necesidades agrarias wiges Valdez de LUCIO, Carretera Derramadero-Salti• cc.uforme a la Lev. - lIo de por medio v predIO de Cleotilde Gana López; al Sur. ejido San Juan de la Vaquería; al Suroeste, ejido San Juan de la Vaquería y al Noroeste, predio CUARTO.-El Certificado de Inafectabilidad cesará de Juan Belmares. en sus efectos automáticamente cuando su titular au· torice, induzca, permita o personalmente siembre, cul• tIve o coseche en su predio mariguana, amapola o RESULTANDO SEGUNDO - Que la prom avente cualQuier otro estupefaciente. acreditó su derecho de propiedad sobre el inmueble de referencia, mediante copia fotostática certificada del Contrato Privado de Compra·venta, de lecha 31 de QUINTO,-Publíquese el presente Acuerdo, por el julio de 1965, ratificado en la mi~ma fecha de su otor• que se declara la Inafectabilidad Agrícola de) predio gamiento, ante la fe del LIC. Eduardo L. Garza, No• rústico denominado "FRACCION SAN JUAN DE LA tario Público, con ejercicio en la Ciudad de SaltilJo, VAQUERIA", ubicado en el Municipio de Saltillo, Es• Coahuila: inscrito bajo el No 49706 folios 380 a 382, tado de Coahuila, en el "Diario Oficial" de la Fede• Volumen 234, Libro 1, Sección de la Propiedad del ración v en el Periódico Oficial del Gobierno del Es• Registro Público de la Propiedad de Saltillo, Coahuila, tado referido,' inscríbase en el Registro Agrario Na• el 17 de agosto de 1965; y acompañó los planos de cional y expídase el Gertificado respectivo. Ley_ Dado. en el Pal~cio del Poder E jecutivo de la CONSIDERANDO PRJMERO.-Que la Dirección Ge• Unión,- en' México, Distrito Federal, a los cuatro días neral de Tnafectahilidad Agrícola, Ganadera v Agro• del mes de diciembre de mil novecientos setenta V pecuaria V el Cuerpo Con~ultivo Agrario, realizados ocho:-EI Presidente Constitucional de los Estados los estudios correspondientes V con base en la opi• Unidos Mexicano!>, J~ López PortUIo.-Rúbrica• nión reglamentaria emitida por la Dele~ación Agraria Cúmplase: El Secretário de la Reforma Airaria, la-• QOa f~ " '" .nero de 1975. llegaron a 1& lX)llo. toD1o Toledo Corro.-Rúbrica.