2. ….Este Proyecto Distrital tiene como propósito generar
conciencia en las escuelas sobre las condiciones de
vida de las personas con discapacidad en lo que hace a
la accesibilidad al medio físico, cultural y social,
desterrando de esta manera mucho de los prejuicios
enraizados en la sociedad que se fundan en el
desconocimiento acerca de aquello que las personas
con capacidades diferentes pueden realizar y cuales
son sus necesidades.
3. ¿Balcarce, es una ciudad que tiende a la
accesibilidad universal?
¿Qué se puede hacer para conseguir una ciudad
más amable para todos?
4. Plantear fórmulas de participación activa en las
diferentes comunidades educativas.
Bajo la modalidad de aprendizaje en servicio, brindar la
posibilidad de profundizar los conocimientos acerca de las
necesidades que enfrentan las personas con discapacidad y
que asumiendo un rol protagónico, los alumnos realicen
acciones concretas en pos de la integración.
De este modo no sólo se atiende a las necesidades de la
comunidad sino que se contribuye a mejorar la calidad del
aprendizaje académico y formación personal en valores para
la participación ciudadana responsable.
5. OBJETIVOS
Informar y concientizar a la Comunidad Educativa
sobre las ventajas de la Accesibilidad.
Promover acciones de difusión para la integración de
los sectores vulnerables.
Propiciar un cambio de una acción reactiva a una
acción proactiva.
6. CAMBIO DE PARADIGMA
El “entorno, producto y servicio accesible”, “la atención
adecuada al ciudadano” y estar “concientizado” son los
pilares fundamentales para lograr una
ACCESIBILIDAD UNIVERSAL.
La diversidad como la norma en lugar de la excepción.
7. LEY PROVINCIAL DE EDUCACION
Nº 13.688
Artículo 40°.
La Dirección General de Cultura y Educación, en el
marco de las leyes Nacional 26.061 y Provincial 13.298,
establece los procedimientos y recursos
correspondientes para asegurar el derecho a la
educación y la integración escolar, favorecer la
inserción social de las personas con discapacidades,
temporales o permanentes…….
Con este propósito dispondrá las medidas necesarias
para garantizar:
……la accesibilidad física de todos los edificios
escolares.
8. Legislación
Constitución Nacional, Art. 75, inc. 23
Ley Nacional 22.431/81
Ley Nacional 24.314/94
Decreto reglamentario de la Ley Nº 24.314, 914/97 y su
Modificatoria 467 /98
Convención Internacional sobre los Derechos de las
personas con Discapacidad, ratificado por nuestro país
Ley Nº 26.378.
Ley Provincial Nº 10502. Régimen Jurídico Básico e
Integral para las Personas Discapacitadas.
Ordenanza Municipal de Reglamento de edificación
87/87 (en modificación).
9. Sugerencias
Charla introductoria. Proyección videos disparadores.
“Ponerse en el lugar del otro”- role-playing
Entrevistas
Relevamiento en el barrio de la comunidad educativa
de los problemas de accesibilidad.
Visitas a organismos públicos, privados, escuelas,
instituciones, espacio públicos, comercios, etc.
10. RESPONSABLES
Municipio de Balcarce
Dirección de Discapacidad
Jefatura Distrital, Profesora María Teresa Adobatti