El documento describe los diferentes órganos intermedios del Consejo de Administración de la Bolsa Mexicana de Valores, incluyendo comités de auditoría, prácticas societarias, admisión de miembros, listado de valores de emisoras, vigilancia, disciplinario, normativo, técnico de metodologías de índices y tecnología. Además, explica brevemente el proceso de oferta pública y colocación de valores en el mercado primario de la bolsa mexicana.
2. órganos intermedios del Consejo
de Administración
Como parte de una filosofía de administración y
control corporativo basada en la existencia de
órganos colegiados y de puestos directivos que
participen en la administración y toma de
decisiones más informadas, la Bolsa Mexicana de
Valores ha establecido los siguientes órganos
intermedios del Consejo de Administración, los
cuales sirven como apoyo para el desempeño de
sus actividades en el mercado de valores.
5. COMITÉ DE AUDITORÍA
El Comité de Auditoría es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad para
desempeñar las funciones en materia de
auditoría a que se refiere la Ley del Mercado de
Valores y coordinar las actividades tendientes a
la correcta evaluación de riesgos de la
Sociedad y de las personas morales que controle,
con la colaboración de auditoría interna, las
áreas involucradas y, en su caso, el apoyo de
asesores externos.
6. El Comité de Auditoría tiene como
principales facultades las siguientes:
1. Dar opinión al Consejo de Administración
sobre los asuntos que le competan conforme a la
Ley del Mercado de Valores y disposiciones
generales que emanen de la misma.
2. Evaluar el desempeño de la persona moral que
proporcione los servicios de auditoría externa, así
como analizar el dictamen, opiniones, reportes o
informes que elabore y suscriba el auditor
externo.
7.
3. Discutir los estados financieros de la Sociedad
con las personas responsables de su elaboración
y revisión, y con base en ello recomendar o no al
Consejo de Administración su aprobación.
4. Informar al propio Consejo la situación que
guarda el sistema de control interno y auditoría
interna de la Sociedad o de las personas morales
que ésta controle, incluyendo las irregularidades
que, en su caso, detecte.
8. COMITÉ DE PRÁCTICAS
SOCIETARIAS
El Comité de Prácticas Societarias es un órgano
delegado del Consejo de Administración de la
Sociedad para desempeñar las actividades en
materia de prácticas societarias que establece la
Ley del Mercado de Valores, asimismo analizará y
evaluará las operaciones en las que la
Sociedad tenga un conflicto de interés.
9. El Comité de Prácticas Societarias tiene
además las siguientes facultades:
1. Aprobar, en su caso, la compensación del
Presidente del Consejo de Administración de la
Sociedad, y el esquema de compensación del
Director General y del Director General
Adjunto, en el entendido que la función de
aprobar la retribución integral del Director
General de la Sociedad, así como las políticas
para la designación y retribución integral de los
demás directivos relevantes.
10.
2. Determinar las políticas de compensación que
deberá guardar la Sociedad en su estructura
organizacional, con base en la situación de
mercado.
3. Evaluar periódicamente al Director General y
demás directivos relevantes.
4. Realizar consultas que, en su caso, deban
hacerse a terceros expertos independientes, a fin
de adoptar cualesquier decisiones que sean
requeridas.
11.
5. Presentar al Consejo de Administración y ala
Asamblea de Accionistas un reporte respecto de
sus actividades en materia de compensaciones, al
menos anualmente, cuando se les solicite, o
cuando, a su juicio, ameriten hacerse del
conocimiento del Consejo y de la Asamblea de
Accionistas.
12. COMITÉ DE ADMISIÓN DE
MIEMBROS
El Comité de Admisión de Miembros es un órgano
delegado del Consejo de Administración de la
Sociedad, cuyo objeto es evaluar y, en su caso,
aprobar la admisión de cualquier intermediario
financiero que pretenda operar a través de los
sistemas de negociación de la Sociedad en
términos de lo previsto por la Ley del Mercado de
Valores.
13. COMITÉ DE LISTADO DE VALORES
DE EMISORAS
El Comité de Listado de Valores de Emisoras
(antes Comité de Inscripción de Valores) es un
órgano delegado del Consejo de Administración
de la Sociedad, cuyo objeto es evaluar y, en su
caso, aprobar la admisión y listado de valores de
emisoras en la Sociedad, en los términos
previstos en la Ley del Mercado de Valores.
14. COMITÉ DE VIGILANCIA
El Comité de Vigilancia es un órgano delegado
del
Consejo
de
Administración
de
la
Sociedad, cuyo objeto consiste en coordinar las
funciones de vigilancia del mercado a cargo de la
Sociedad,
incluyendo
la
integración
e
investigación de los casos de presuntas
violaciones a las normas autorregulatorias que
emita la Sociedad, a las disposiciones de su
Reglamento Interior y demás ordenamientos de
la Bolsa Mexicana de Valores, cometidas por las
personas
obligadas
conforme
a
tales
disposiciones.
15. COMITÉ DISCIPLINARIO
El Comité Disciplinario es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad para el
ejercicio de sus facultades disciplinarias y, por
ende, conocer y resolver sobre los casos de
presuntas
violaciones
a
las
Normas
Autorregulatorias que emita la Sociedad, a las
disposiciones de su Reglamento Interior y demás
ordenamientos de la Bolsa Mexicana de Valores.
16. COMITÉ NORMATIVO
El Comité Normativo es un órgano delegado del
Consejo de Administración de la Sociedad, para
el ejercicio de sus facultades normativas y, por
ende, establecer y mantener actualizado un
marco normativo de carácter autorregulatorio.
17. COMITÉ TÉCNICO DE
METODOLOGÍAS DE ÍNDICES
El Comité Técnico de Metodologías de Índices es
un órgano auxiliar de la Sociedad, para
analizar, determinar y aprobar las metodologías
de cálculo y revisión de los indicadores de
mercado de la Bolsa Mexicana de Valores, así
como
sus
procedimientos
y
reglas
de
mantenimiento
18. Comité de Tecnología
El Comité de Tecnología es un órgano de apoyo
del Consejo de Administración, cuyo objeto es
primordialmente desempeñar las actividades
consultivas y de asesoría en materia tecnológica.
19. PARTICIPACIÓN EN EL MERCADO
Para realizar la oferta pública y colocación
de los valores, la empresa acude a una
casa de bolsa que los ofrece (mercado
primario) al gran público inversionista en
el ámbito de la Bolsa Mexicana. De ese
modo, los emisores reciben los recursos
correspondientes a los valores que fueron
adquiridos por los inversionistas.
20. La Bolsa Mexicana de Valores es el lugar físico
donde se efectúan y registran las operaciones
que hacen las casas de bolsa. Los inversionistas
compran y venden acciones e instrumentos de
deuda
a
través
de
intermediarios
bursátiles, llamados casas de bolsa. Es muy
importante recalcar que la Bolsa Mexicana no
compra ni vende valores.
21. IMPORTANCIA DE LA BOLSA
DENTRO DEL PAÍS
La Bolsa Mexicana ha
fomentado el desarrollo
de México, ya que, junto
a las instituciones del
sector financiero, ha
contribuido a canalizar
el
ahorro
hacia
la
inversión
productiva,
fuente del crecimiento y
del empleo en el país.
22. MONITOREO DE MERCADO
Vigilancia de Mercado es el área de la Bolsa
Mexicana de Valores, encargada de monitorear y
vigilar el cumplimiento de las obligaciones a
cargo de las emisoras, los intermediarios y sus
operadores establecidas en el Reglamento
Interior
de
la
Institución,
investigando,
documentando
y
presentando
ante
los
distintos
órganos
disciplinarios de la Bolsa, cualquier acto o hecho
que presuntamente constituya un incumplimiento
a la normatividad vigente.
23.
Entre otras actividades, da seguimiento al
comportamiento de las cotizaciones de los
valores que operan en el Mercado de
Capitales, asegurando que los participantes del
mercado
cuenten
con
información
clara, veraz, suficiente y oportuna, misma que
difunden las Emisoras a la Bolsa mediante
Eventos Relevantes, buscando proveer de mayor
transparencia al Mercado.
En los plazos establecidos por la CNBV,
conjunción con las demás áreas de
Bolsa, lleva a cabo la revisión y evaluación
los Requisitos de Mantenimiento de
Inscripción.
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