CADENA DE CUSTODIA
Marco Legal
CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL (LEY 906/04)
Art. 255: la aplicación de la cadena de custodia es responsabilidad de los servidores públicos que entren
en contacto con los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física.
Los particulares que por razón de su trabajo o por el cumplimiento de las funciones de su cargo, entren en
contacto con EMP y EF, son responsables de su recolección, preservación y entrega a la autoridad
correspondiente
ELEMENTOS GENERALES COMUNES.
La cadena de custodia es la responsabilidad legal que asumen los servidores públicos al tener contacto
con los elementos, materiales probatorios y evidencia física resultado de un evento fortuito, el cual puede
dejar una o varias víctimas.
¿QUIENES INTERVIENEN EN LA CADENA DE CUSTODIA?
Intervienen en la cadena de custodia los particulares que por razón de su trabajo o por cumplimiento de las
funciones propias de su cargo, en especial el personal de los servicios de salud que por cumplir su labor
entre en contacto con elementos, materiales probatorios y evidencia física. Es necesario que ellos se
responsabilicen de la adecuada recolección, preservación y entrega de las evidencias a las autoridades
correspondientes.
 El contexto del manejo del material probatorio y evidencia física ha sido establecido por la fiscalía,
por lo que este es un desarrollo de la misión de la de la misma.
 MISION DE LA FISCALIA: Garantizar el acceso a una justicia oportuna y eficaz, con el fin de
encontrar la verdad dentro del marco del respeto por el debido proceso y las garantías
constitucionales.
 En la resolución número 6394 del 22 de diciembre del 2004, se estableció el: MANUAL DE
PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA DE LA FISCALIA GENERAL DE
LA NACION DE BOGOTA, D.C
DESTINATARIOS DEL MANUAL:
El manual va dirigido a los servidores públicos y particulares que tengan contacto con los elementos, material
de prueba o evidencias físicas, involucrados en el aseguramiento y conservación de las características
originales de los hechos y a su vez realizar un registro de las modificaciones que lleguen a sufrir dichos
elementos desde su recolección hasta su disposición final, identificando y dejando registro de la persona
responsable de cada uno de los pasos por los que transitan las evidencias.
Esto involucra entonces a voluntarios o primeros respondientes que brindan los primeros auxilios a una
víctima de un hecho que se supone fue causado por otra persona, a los cuerpos de rescate, personal médico,
a el personal prehospitalario, al personal de bomberos y a todo aquel que pueda brindar una atención inicial
a las víctimas de un posible atentado terrorista, de un accidente de tránsito, víctima de un deslizamiento,
atrapamiento en una estructura colapsada, víctima de materiales peligrosos entre otros.
MANEJO DEL LUGAR DE LOS HECHOS:
El cual se establece para el personal de la fiscalía y los cuerpos de investigación los cuales tienen dos
obligaciones relacionadas:
 La información que se reciba debe ser completa y precisa; ya que de ello depende la toma de
decisiones sobre la naturaleza y cantidad de recursos que deben utilizarse en el lugar de los hechos.
 De acuerdo lo anterior la necesidad de informar a otras entidades de socorro, personal
prehospitalario, fuerza pública entre otros solicitando apoyo para darle una rápida solución a lo
ocurrido.
En los eventos de escenas relacionadas con la vida e integridad personal, en las cuales se encuentren
personas lesionadas, estas deben ser remitidas a un centro asistencial en la medida en que sea posible sin
ocasionar mas daños al lesionado o si es el caso se debe solicitar la presencia del personal prehospitalario
en el lugar de los hechos, de lo cual deberá quedar constancia en el formato único de entrega de los hechos-
primer respondiente.
MANEJO DE LOS ELEMENTOS MATERIAL DE PRUEBA O EVIDENCIAS PROVINIENTES DE
ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICAS O PRIVADAS.
 CADENA DE MUESTRAS:
 Se puede solicitar guardar muestras biológicas en entidades públicas de salud con el fin de
preservarlas.
 La entidad pública de salud debe garantizar las condiciones adecuadas de seguridad y
preservación de las muestran que se guardan.
 Es responsabilidad de las entidades prestadores de servicios de salud públicas o privadas
entregar los elementos hallados durante los procedimientos médicos y quirúrgicos
practicados a las personas a las cuales se les ha ocasionado un daño en el cuerpo el cual le
afecte su salud como consecuencia de un posible delito ocasionado por otra persona, este
tipo de evidencia debe ser entregado a el personal de la fiscalía.
DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE CUSTODIA
La cadena de custodia debe de garantizar el correcto diligenciamiento del rotulo y los formatos de registro
establecidos en el presente manual.
 EL REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DEBE DILIGENCIARSE EN UN SOLO EJEMPLAR
ORIGINAL SIN COPIAS.
 DE LA ENTREGA DE FORMATO DE EVIDENCIAS SE DEJARÁ CONSTANCIA DE LAS ACTAS
RESPECTIVAMENTE DILIGENCIADAS.

CADENA DE CUSTODIA (1).pdf

  • 1.
    CADENA DE CUSTODIA MarcoLegal CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL (LEY 906/04) Art. 255: la aplicación de la cadena de custodia es responsabilidad de los servidores públicos que entren en contacto con los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física. Los particulares que por razón de su trabajo o por el cumplimiento de las funciones de su cargo, entren en contacto con EMP y EF, son responsables de su recolección, preservación y entrega a la autoridad correspondiente ELEMENTOS GENERALES COMUNES. La cadena de custodia es la responsabilidad legal que asumen los servidores públicos al tener contacto con los elementos, materiales probatorios y evidencia física resultado de un evento fortuito, el cual puede dejar una o varias víctimas. ¿QUIENES INTERVIENEN EN LA CADENA DE CUSTODIA? Intervienen en la cadena de custodia los particulares que por razón de su trabajo o por cumplimiento de las funciones propias de su cargo, en especial el personal de los servicios de salud que por cumplir su labor entre en contacto con elementos, materiales probatorios y evidencia física. Es necesario que ellos se responsabilicen de la adecuada recolección, preservación y entrega de las evidencias a las autoridades correspondientes.  El contexto del manejo del material probatorio y evidencia física ha sido establecido por la fiscalía, por lo que este es un desarrollo de la misión de la de la misma.  MISION DE LA FISCALIA: Garantizar el acceso a una justicia oportuna y eficaz, con el fin de encontrar la verdad dentro del marco del respeto por el debido proceso y las garantías constitucionales.  En la resolución número 6394 del 22 de diciembre del 2004, se estableció el: MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA DE LA FISCALIA GENERAL DE LA NACION DE BOGOTA, D.C DESTINATARIOS DEL MANUAL: El manual va dirigido a los servidores públicos y particulares que tengan contacto con los elementos, material de prueba o evidencias físicas, involucrados en el aseguramiento y conservación de las características originales de los hechos y a su vez realizar un registro de las modificaciones que lleguen a sufrir dichos elementos desde su recolección hasta su disposición final, identificando y dejando registro de la persona responsable de cada uno de los pasos por los que transitan las evidencias. Esto involucra entonces a voluntarios o primeros respondientes que brindan los primeros auxilios a una víctima de un hecho que se supone fue causado por otra persona, a los cuerpos de rescate, personal médico, a el personal prehospitalario, al personal de bomberos y a todo aquel que pueda brindar una atención inicial
  • 2.
    a las víctimasde un posible atentado terrorista, de un accidente de tránsito, víctima de un deslizamiento, atrapamiento en una estructura colapsada, víctima de materiales peligrosos entre otros. MANEJO DEL LUGAR DE LOS HECHOS: El cual se establece para el personal de la fiscalía y los cuerpos de investigación los cuales tienen dos obligaciones relacionadas:  La información que se reciba debe ser completa y precisa; ya que de ello depende la toma de decisiones sobre la naturaleza y cantidad de recursos que deben utilizarse en el lugar de los hechos.  De acuerdo lo anterior la necesidad de informar a otras entidades de socorro, personal prehospitalario, fuerza pública entre otros solicitando apoyo para darle una rápida solución a lo ocurrido. En los eventos de escenas relacionadas con la vida e integridad personal, en las cuales se encuentren personas lesionadas, estas deben ser remitidas a un centro asistencial en la medida en que sea posible sin ocasionar mas daños al lesionado o si es el caso se debe solicitar la presencia del personal prehospitalario en el lugar de los hechos, de lo cual deberá quedar constancia en el formato único de entrega de los hechos- primer respondiente. MANEJO DE LOS ELEMENTOS MATERIAL DE PRUEBA O EVIDENCIAS PROVINIENTES DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD PUBLICAS O PRIVADAS.  CADENA DE MUESTRAS:  Se puede solicitar guardar muestras biológicas en entidades públicas de salud con el fin de preservarlas.  La entidad pública de salud debe garantizar las condiciones adecuadas de seguridad y preservación de las muestran que se guardan.  Es responsabilidad de las entidades prestadores de servicios de salud públicas o privadas entregar los elementos hallados durante los procedimientos médicos y quirúrgicos practicados a las personas a las cuales se les ha ocasionado un daño en el cuerpo el cual le afecte su salud como consecuencia de un posible delito ocasionado por otra persona, este tipo de evidencia debe ser entregado a el personal de la fiscalía. DOCUMENTACION DEL SISTEMA DE CUSTODIA La cadena de custodia debe de garantizar el correcto diligenciamiento del rotulo y los formatos de registro establecidos en el presente manual.  EL REGISTRO DE CADENA DE CUSTODIA DEBE DILIGENCIARSE EN UN SOLO EJEMPLAR ORIGINAL SIN COPIAS.  DE LA ENTREGA DE FORMATO DE EVIDENCIAS SE DEJARÁ CONSTANCIA DE LAS ACTAS RESPECTIVAMENTE DILIGENCIADAS.