1. TÍTULO IV. DE LA ORGANIZACIÓN DE TÍTULO IV. DE LA ORGANIZACIÓN DE
LOS ESTUDIOS.
LOS ESTUDIOS.
Artículo 26º
Artículo 26º
Habrá un reglamento general, o si se
estima
conveniente,
reglamentos
especiales para cada grado académico y
título
profesional,
los
cuales
necesariamente deberán ceñirse a la
reglamentación general de la Universidad
sobre la materia.
Habrá un reglamento general, o si se
estima
conveniente,
reglamentos
especiales para cada grado académico y
título
profesional,
los
cuales
necesariamente deberán ceñirse a la
reglamentación general de la Universidad
sobre la materia.