REGLAMENTO DE ESCALAFON PARA LAS DELEGACIONES Y CENTROS DE TRABAJO
Estructura general I  Articulado (101 artículos) Titulo primero : Disposiciones generales Titulo segundo : De la Comisión de Escalafón Delegacional o de Centro de Trabajo Titulo tercero : De la clasificación y de los derechos escalafonarios Titulo cuarto : De los procedimientos escalafonarios Titulo quinto : De los factores escalafonarios Titulo sexto : De las inconformidades Titulo séptimo : De las excusas y recusaciones Titulo octavo : De las disposiciones complementarias  II Tabuladores para calificar los factores escalafonarios 1.- Disposiciones generales 2.- Valores absolutos de los factores y elementos escalafonarios a) Preescolar y Primaria b) Postprimarias y Niveles Especiales c) No docentes
Escalafón  Es el sistema organizado por los trabajadores de la S.E.V. Miembros de la Sección 32 del S.N.T.E. Para efectuar las promociones de ascenso en forma interina, cambios de adscripción, dobles plazas y demás prestaciones, dentro de una delegación o centro de trabajo
Art. 2°, 3° y 4° Es obligatorio: Delegaciones y Centros de Trabajo No es aplicable: Comisión Estatal Mixta de Escalafón Esta dirigido a: Trabajadores de base e interinos ilimitados de la S.E.V. Miembros de la sección 32 dentro de una delegación o centros de trabajo
Tiempo que debe transcurrir para acceder a un nuevo beneficio  Art.10°  Ascensos  Dobles plazas Incremento de 18 hrs. o más Interinato de más de 3 meses Incremento de 12 a 17 hrs. Cambio de adscripción  Incremento de menos de 12 hrs. 5 años 3 años 2 años
Factores escalafonarios  Art. 11 y 12 Conocimiento Aptitud Disciplina y puntualidad Antigüedad  Participación sindical El derecho escalafonario de cada trabajador se reconoce a través de la calificación de cada uno de los factores escalafonarios
Integración de la Comisión de Escalafón  Art. 14, 15 y 16 Inspector o Director Vicepresidente Secretario General Presidente  Secretario de Escalafón Secretario vocal  vocal vocal  vocal La  Comisión de Escalafón  se nombrará en la asamblea de renovación del Comité Delegacional o del C.T. Y su gestión durará el mismo tiempo que éste.
Atribuciones y competencias.  Art. 19° 1.- Corresponde a la comisión de escalafón: Proveer lo necesario para el ejercicio de los derechos escalafonarios. Convocar a concursos para otorgar cualquier promoción o beneficio. Resolver sobre las solicitudes que se reciban Resolver las inconformidades. Denunciar ante la Sección 32 del S.N.T.E. a quien viole este reglamento.
2.-  Atribuciones del Presidente  Art. 20° a) Representar a la comisión.  b) Convocar a sesiones. c) Autorizar con su firma los documentos  que emita la comisión. d) Requerir a la autoridad correspondiente, la expedición oportuna del crédito escalafonario anual. e) Difundir los catálogos, boletines y dictámenes que emita la comisión.
3.- Atribuciones del Vicepresidente  Art. 21° Proporcionar a la comisión la documentación e información que requiera. Coadyuvar en la difusión de catálogos, boletines y dictámenes que emita la comisión. Autorizar con su firma los catálogos, boletines y dictámenes que emita la comisión. Elaborar y entregar oportunamente los créditos escalafonarios anuales. Otorgar las notas laudatorias a los trabajadores que las merezcan. Cotejar la documentación con valor escalafonario
4.- Atribuciones del Secretario  Art. 22° Integrar y calificar los expedientes escalafonarios. Presentar a la comisión los proyectos de catálogos, boletines y dictámenes. Autorizar con su firma los documentos que emita la comisión. Participar en la difusión de catálogos, boletines y dictámenes.
5.- Atribuciones de los Vocales  Art. 23° Auxiliar al Secretario en la elaboración de catálogos, boletines y dictámenes. Participar en la calificación de expedientes escalafonarios. Auxiliar en la difusión de catálogos, boletines y dictámenes. Autorizar con su firma los documentos que emita la comisión.
Los derechos    escalafonarios   Art. 25°, 26° y 27° Principian  Se suspenden Se pierden  6 meses después de cubrir una plaza inicial (nuevo ingreso) Cuando concurran algunas de las causas señaladas en el Art. 45 de la Ley Fed. de los Trab. al Serv. del Edo. (enfermedad peligrosa, prisión preventiva seguida de sentencia absolutoria o arresto) Cuando se desempeñe un puesto de confianza Por licencia sin goce de sueldo Por cambio de zona o de C.T.  Por renuncia Por abandono de empleo  Por cese originado por sentencia del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje o por resolución de autoridad judicial competente.
Para efectos escalafonarios La antigüedad  Art. 28°   Se empieza a contar Se deducen  Se exceptúan  A partir de la fecha del 1er. nombramiento Los periodos en los que se separe el trabajador de su empleo Los casos que contempla el Art. 43 Fracción VIII de la Ley Fed. de los Trab. al Serv. del Edo.  Comisiones sindicales Promociones temporales Cargos de elección popular
Expediente personal  Art. 31° Documentos entregados personalmente Documentos entregados por autoridades Expediente personal
Catálogo  Art. 35°,38° Son relaciones nominales que contienen ordenadamente la puntuación escalafonaria de los integrantes de una Delegación o C.T.  Relación oficial de plazas de base Los documentos traducidos en puntuación escalafonaria
Datos de los catálogos  Art. 39° R.F.C. Nombre Fecha de ingreso a la SEP o SEV Fecha de ingreso a la zona escolar Fecha de ingreso al C.T. Categoría Clave Puntuación escalafonaria  Firma de conformidad
Art. 40°,41° y 42° Publicación de  Proyectos de Catálogos 1ra. Qna. De Septiembre  Se presenta Las  inconformidades Se realizan las modificaciones al Catálogo definitivo Interposición  de una queja 5 días hábiles 5 días hábiles
Reporte y boletinación de plazas o promociones  Art. 45°, 48° y 49° 5 días hábiles Las autoridades lo reportan a la comisión de escalafón Se genera una vacante o se presenta un beneficio La comisión elabora y expide un boletín  5 días hábiles 3 días hábiles
Boletín  Art. 50° Número y fecha Tipo de promoción Bases del concurso En caso de plazas, mencionar: clave, categoría, turno, tipo de movimiento y especialidad Plazo para presentar solicitudes de concurso
Dictámenes  Art. 54°, 55°,56°, 57°, 58° y 59° Se revisan las solicitudes Se valoran los méritos escalafonarios Se formula un proyecto de dictamen Se estudia, discute y aprueba, en su caso, el proyecto de dictamen Se notifican los dictámenes aprobados a los interesados Se reciben las solicitudes de reconsideración Se aplican los dictámenes En caso de interposición de queja, los dictámenes no serán definitivos
Factores escalafonarios  Art. 62° 2640 2640 Conocimientos 1080 Participación sindical 240 Aptitud 600 Antigüedad  480 Disciplina y puntualidad 240
Conocimientos  Art. 64° Preparación  Titulo específico o Cédula Profesional Certificado de estudios Diploma para el ejercicio de la profesión Titulo no específico, cédula profesional o certificado Otros estudios, para plaza que no requiera título  Mejoramiento profesional y cultural Título Grado académico o estudios de especialización Obras y trabajos de investigación científico-pedagógicos
Aptitud (docentes)  Art. 65° Iniciativa En el ámbito pedagógico Actividades de investigación científico-pedagógicas… Actividades de divulgación científico-pedagógicas… Actividades de complementación del programa de estudios… Fuera del ámbito educacional Actividades creativas… Actividades de divulgación cultural… Laboriosidad   En el aspecto técnico-pedagógico Actividades sobresalientes de carácter educativo En el aspecto social Actividades de carácter extraescolar... Actividades que coadyuven al mejoramiento sindical Eficiencia   En el aspecto educativo Calidad y cantidad de trabajo Técnica y organización del trabajo
Aptitud (no docente)  Art. 68° Iniciativa Simplificación de métodos de trabajo… Actividades de investigación y divulgación… Laboriosidad   Actividades especiales… Actividades que benefician  las buenas relaciones de trabajo. Eficiencia Calidad y cantidad de trabajo Técnica y organización del trabajo
Disciplina  Puntualidad Art. 69° y 70°  La observancia de los reglamentos El acatamiento de órdenes superiores, fundadas en las disposiciones legales vigentes La exactitud y el orden en el trabajo desarrollado Se acreditará mediante formas adecuadas de registro
Antigüedad  Art. 71° Para Delegaciones o C.T. de Preescolar, Primarias, Telesecundarias, Educación Indígena, Educación Especial, Misiones Culturales y CEBAS Antigüedad en el servicio 12 X año Antigüedad en la zona  3 X año Antigüedad en la escuela 1 X año Para Delegaciones o C.T. de Secundarias Generales, Secundarias Técnicas y Educación Física Antigüedad en el servicio 12 X año Antigüedad  en la escuela 4 X año
Participación sindical  Art. 72°, 74° Asambleas Puntualidad  2 Asistencia  2 Permanencia 2 Concentraciones   foráneas   12 Concentraciones locales Asistencia  6 Cuotas   Pagadas en tiempo y forma  12 Pagadas en forma extemporánea  6 Se acreditará con las constancias que, para el efecto, emita la representación sindical, en los últimos 5 años anteriores a la fecha de calificación del expediente escalafonario del trabajador.
Título sexto Revisión Reconsideración  Queja  Inconformidades
Art. 79°, 84°, 86°, 89°, 91° Reconsideración   Inconformidad con el resultado de un dictamen REQUISITOS: Solicitud que contenga: Nombre, domicilio y clave del promovente Especificación del dictamen impugnado Relación de hechos… Aportar elementos de prueba Revisión   Inconformidad con la puntuación del proyecto de catalogo REQUISITOS: Solicitud que contenga: Nombre, domicilio y clave del promovente Especificación del proyecto de catalogo impugnado Relación de hechos… Aportar elementos de prueba  Queja   Inconformidad  con la resolución en relación con los recursos de reconsideración y revisión REQUISITOS: Documento que contenga:  Nombre, domicilio y clave del promovente Especificación del proyecto de catalogo o dictamen impugnado Relación de hechos… Aportar elementos de prueba
Tabulador para calificar los factores escalafonarios de los trabajadores adscritos a las Delegaciones y C.T. de la  Sección  32 del S.N.T.E.  1080 600 480 240 240 2640 480 600 480 120 Conocimientos Preparación Mejoramiento profesional y cultural Aptitud Iniciativa, laboriosidad y eficiencia (contenidas en el crédito escalafonario anual) Otras actividades ( obras publicadas, artículos periodísticos, etc.) Antigüedad Disciplina y puntualidad  (contenidas en el crédito escalafonario anual) Participación   sindical   TOTAL MÁXIMA  FACTOR MÁXIMA  SUBFACTOR FACTOR Y SUBFACTOR
DISPOSICIONES GENERALES  (CONOCIMIENTOS) Original y copia de la documentación Se puntúa el grado más alto de estudios Las materias posteriores al grado de estudios ya computados, se calificarán como tales Pueden obtener la calificación máxima del aspecto conocimientos acumulando estudios regulares o cursos cortos y materias sueltas de cursos cortos Los cursos deberán ser autorizados por la Comisión Estatal Mixta de Escalafón
Valores absolutos de los factores y elementos escalafonarios Preescolar y Primaria Conocimientos  Puntuación máxima: 1080 (valores no acumulables) Puntos 660 700 800 840 940 980 100 1080 Mejoramiento profesional y cultural Certificado completo de Licenciatura de Educ. Prim. o Preesc. Título de Licenciatura de Educ. Prim. o Preesc. Certificado completo de Maestría de Educ. Prim. o Preesc. Título de maestría en Educ. Prim. o Preesc. Certificado completo de Doctorado en Educ. Prim. o Preesc. Título de Doctorado en Educ. Prim. o Preesc. Otros cursos de mejoramiento (*)  Puntuación máxima   (*)  Valores acumulables a cualquier nivel de conocimiento Puntos   100 200 400 480 Preparación   Certificado de Educación Primaria Certificado completo de Educación Secundaria o equivalente Certificado completo de Maestro Normalista de Primaria o de Educadora Título de Maestro Normalista de Primaria o de Educadora
Valores de Materias: Preescolar y Primarias Puntos   60.0000 3.0000 1.5000 100.0000 4.5000 3.9000 6.4000 5.6000 5.6000 4.000 2.0000 4.0000 Certificado, Título o Cédula Profesional de Maestro de Educ. Especial Valor por materia anual Valor por materia semestral Certificado, Título o Cédula Profesional de Lic. En Educación Especial ó Normal Superior Licenciatura en U.P.N. ó U.P.V. (Lic. En Educación Preescolar, Primaria, Educación Básica) Plan 1975 valor por materia Plan 1976 valor por materia Plan 1979 valor por materia Plan 1985 valor por materia Plan 1994 valor por materia Maestría docente (sin exceder los 180 puntos) valor por materia Escuela Normal Superior Valor por materia semestral Valor por materia anual
Valores absolutos de los factores y elementos escalafonarios Postprimarias y Niveles Especiales I. Conocimientos  Puntuación máxima: 1080 (valores no acumulables) Puntos   50 100 160 180 200 400 440 480 Preparación   Certificado de Educación Primaria Certificado completo de Educación Secundaria o equivalente Certificado completo de Bachillerato o vocacional Certificado completo de Profesor de Educ. Prim. de Educadora o equivalente Título de Profesor de Educ. Prim. de Educadora o equivalente Certificado completo de licenciatura  docente o certificado completo de carrera profesional no docente Título de licenciatura docente, título de carrera profesional no docente o certificado de normal superior, normal de especialización, E.S.E.F. de Lic. por T.V. Específico Título de normal superior normal de especialización E.S.E.F. de Lic. por T.V. Específico o certificado de maestría no docente posterior al título de carrera profesional
Puntos  520 800 840 940 980 100 1080 Mejoramiento profesional y cultural Título de maestría no docente posterior al título de carrera profesional Certificado completo de doctorado no docente o certificado de maestría docente Título de doctorado no docente o título de maestría docente Certificado completo de doctorado docente de normal superior o equivalente Titulo de doctorado docente de normal superior o equivalente Otros cursos de mejoramiento (*)  Puntuación máxima  (*) valores acumulables a cualquier nivel de conocimiento
Valores de Materias: Postprimarias y Niveles Especiales Puntos 90.0000 90.0000 15.0000 7.5000 5.0000 16.0000 8.0000 15.0000 15.0000 Una segunda especialidad o un postgrado de la U.P.N. ó U.P.V. Una tercera especialidad (sin exceder los 690 puntos) Maestría Docente Valor por materia anual Valor por materia semestral Valor por materia cuatrimestral Doctorado Docente Valor por materia anual Valor por materia semestral Licenciatura Docente ó Normal Superior 1ra. Especialidad Valor por boleta anual Licenciatura Docente ó Normal Superior en 2da. y 3ra. Especialidad Valor por boleta anual
VALORES ABSOLUTOS DE LOS FACTORES  Y ELEMENTOS ESCALAFONARIOS  NO DOCENTES I. CONOCIMIENTOS Puntuación máxima: 1080 (Valores no acumulables) Profesional no Docente 50 83 100 140 160 Especia li zado 200 300 350 400 480 Aux. de Intendencia 480 Admvos. 200 300 350 480 a) PREPARACION Certificado de Primaria Certificado completo de Carrera Corta: Comercial o Administrativa de 2 años después de la Primaria. Certificado completo de Secundaria o equivalente. Certificado completo de Carrera Corta: Comercial o Administrativa de 4 años después de la Primaria. Certificado o Diploma específico del empleo que desempeña. Certificado completo de Vocacional o Preparatoria Normal de Primaria, Técnico Medio de 5 y 6 años después de la Primaria
Profesional no Docente 240 440 440 480 Especia li zado 720 Aux. de Intendencia 680 780 880 980 Admvos. 720 Titulo de Normal Primaria o equivalente  Certificado completo de Carrera Profesional Docente o no Docente  Título de Carrera Profesional Docente o No Docente. Título de Carrera Profesional específica del empleo que desempeña. b) MEJORAMIENTO PROFESIONAL Y CULTURAL Certificado completo de Carrera Corta: Comercial o Administrativa de 2 años después de Primaria. Certificado completo de Educación Secundaria o equivalente. Certificado completo de Carrera Corta de 4 años después de la Primaria. Certificado completo de Vocacional o Preparatoria, Normal de Primaria o Técnico Medio de 5 y 6 años después de la Primaria.
Profesional no Docente 920 980 100 1080 Especia li zado 780 880 920 980 100 1080 Aux. de Intendencia 100 1080 Admvos. 740 860 900 980 100 1080 Título de Normal Primaria o equivalente en duración. Certificado completo de Carrera Profesional Docente o No Docente  Título de Carrera Profesional Docente o No Docente. Título de Carrera Profesional específica del empleo que desempeña. Certificado completo de Doctorado específico del empleo que desempeña. Título de Doctorado específico del empleo que desempeña. Otros cursos de mejoramiento (*) Puntuación Máxima (*) Valores acumulables a cualquier nivel de conocimiento.
VALORES DE MATERIAS  NO DOCENTES Profesional no Docente 30 16.66 28.36 40 17 33.66 45.36 8.33 16.66 Especia li zado 100 50 90 130 50 100 140 33.33 50 Aux. de Intendencia 100 35 70 100 100 200 80 100 Admvos 100 50 90 130 50 100 140 33.33 50 a) PREPARACION Diploma de Carrera Corta Comercial o Administrativa, que no indique tiempo de escolaridad. Estudios de Carrera Comercial o Administrativa con antecedentes de Secundaria o equivalentes. Con un año de estudios: Con dos años de estudios: Con tres años de estudios: Constancia de estudios parciales de Secundaria o equivalente con antecedentes de Carrera . Comercial de 2 años Con un año de estudios: Con dos años de estudios: Con tres años de estudios: Boleta o Constancia de Estudios de Educación Primaria, por año Escolar. Boleta de estudios de Educación Secundaria. (valor acumulable por año)
Profesional no Docente 30 20 15 1.1 1.6 1.47 2.0 1.78 4.1 Especia li zado 185 123.33 92.5 3.3 5.0 4.41 6.25 5.35 12.5 Aux. de Intendencia 100 66.66 50 6.6 10.0 8.82 12.5 10.71 25.0 Admvos 185 123.33 92.5 3.3 5.0 4.41 6.25 5.35 12.5 Boleta de estudios de Preparatoria, Vocacional, Bachillerato, carrera Técnica o equivalente (plan de dos años). Valor acumulable por año. Boleta de estudios de Preparatoria, Vocacional, Bachillerato, Carrera Técnica o equivalente (plan de tres años). Valor acumulable por año. Boleta de estudios de Educación Normal Primaria o Preescolar (plan de cuatro años o equivalente). Valor acumulable por año. Materia de Secundaria Tecnológica Agropecuaria, Industrial, Pesquera o equivalente. Materia de Secundaria Diurna. Plan 1974 a 1993 (hasta 30). Materia de Secundaria Diurna. Plan 1994 en adelante (hasta 34). Materia de Secundaria Nocturna. Plan 1974 a 1993 (hasta 24). Materia de Secundaria Nocturna. Plan 1994 en adelante (hasta 28). Materia de Secundaria Abierta, debidamente requisitada. Plan 1974 a 1993 (hasta 12)
Profesional no Docente 2.27 1.8 2.2 1.3 1.2 1.8 1.3 3.0 1.5 2.3 1.2 Especia li zado 6.81 11.21 13.7 8.0 7.4 11.21 8.0 18.5 9.736 14.23 7.4 Aux. de Intendencia 13.63 6.0 7.4 4.5 4.0 6.0 4.5 10.0 5.2 7.7 4.0 Admvos 6.81 11.21 13.7 8.0 7.4 11.21 8.4 18.5 9.736 14.23 7.4 Materia de Secundaria Abierta, debidamente requisitada. Plan 1994 en adelante (hasta 22) Materia de Preparatoria Abierta. Plan anterior (hasta 33). Materia de Preparatoria de 3 años. Plan anterior (hasta 27) Materia de Preparatoria de 3 años. Plan anterior (hasta 46) Materia de Preparatoria de 3 años. Plan vigente (hasta 50) Materia de C.C.H. de 3 años (hasta 33). Materia semestral de Vocacional de 3 años  (hasta 44) Materia de Preparatoria o Vocacional de 2 años (hasta 20) Materia de Normal, anterior a 1960 de 3 años (hasta 38) Materia de Normal, posterior a 1960 de 3 años (hasta 26) Materia de Normal, de 4 años 1972 (hasta 50)
Profesional no Docente 1.2 5.6 6.5 6.6 12.0 25.0 11.0 3.5 5.0 4.0 2.0 Especia li zado 7.5 3.0 4.0 4.1 2.5 4.1 2.5 10.0 3.0 4.0 2.0 Aux. de Intendencia 4.0 2.1 2.8 6.0 5.0 4.0 2.0 Admvos 7.5 3.0 4.0 4.1 2.5 4.1 2.5 10.0 5.0 4.0 2.0 Materia de Nivel Medio Superior -Técnico Medio- (hasta 50).  Materia de Nivel Profesional, Licenciatura Docente o No Docente (hasta 46) Materia de Nivel Profesional Especifico - Licenciatura (hasta 35) Materia de Maestría no específica  (hasta 12) Materia de Maestría específica  (hasta 20) Materia de Doctorado no específico (hasta 12). Materia de Doctorado específico (hasta 20) Materia de Dibujo Técnico-Industrial (hasta 3) Idiomas: Materia anual o que no especifique tiempo de escolaridad (hasta 3) Materia de Taquigrafía o Mecanografía (hasta 6) Materia de Ortografía (hasta 3)

Curso de escalafon

  • 1.
    REGLAMENTO DE ESCALAFONPARA LAS DELEGACIONES Y CENTROS DE TRABAJO
  • 2.
    Estructura general I Articulado (101 artículos) Titulo primero : Disposiciones generales Titulo segundo : De la Comisión de Escalafón Delegacional o de Centro de Trabajo Titulo tercero : De la clasificación y de los derechos escalafonarios Titulo cuarto : De los procedimientos escalafonarios Titulo quinto : De los factores escalafonarios Titulo sexto : De las inconformidades Titulo séptimo : De las excusas y recusaciones Titulo octavo : De las disposiciones complementarias II Tabuladores para calificar los factores escalafonarios 1.- Disposiciones generales 2.- Valores absolutos de los factores y elementos escalafonarios a) Preescolar y Primaria b) Postprimarias y Niveles Especiales c) No docentes
  • 3.
    Escalafón Esel sistema organizado por los trabajadores de la S.E.V. Miembros de la Sección 32 del S.N.T.E. Para efectuar las promociones de ascenso en forma interina, cambios de adscripción, dobles plazas y demás prestaciones, dentro de una delegación o centro de trabajo
  • 4.
    Art. 2°, 3°y 4° Es obligatorio: Delegaciones y Centros de Trabajo No es aplicable: Comisión Estatal Mixta de Escalafón Esta dirigido a: Trabajadores de base e interinos ilimitados de la S.E.V. Miembros de la sección 32 dentro de una delegación o centros de trabajo
  • 5.
    Tiempo que debetranscurrir para acceder a un nuevo beneficio Art.10° Ascensos Dobles plazas Incremento de 18 hrs. o más Interinato de más de 3 meses Incremento de 12 a 17 hrs. Cambio de adscripción Incremento de menos de 12 hrs. 5 años 3 años 2 años
  • 6.
    Factores escalafonarios Art. 11 y 12 Conocimiento Aptitud Disciplina y puntualidad Antigüedad Participación sindical El derecho escalafonario de cada trabajador se reconoce a través de la calificación de cada uno de los factores escalafonarios
  • 7.
    Integración de laComisión de Escalafón Art. 14, 15 y 16 Inspector o Director Vicepresidente Secretario General Presidente Secretario de Escalafón Secretario vocal vocal vocal vocal La Comisión de Escalafón se nombrará en la asamblea de renovación del Comité Delegacional o del C.T. Y su gestión durará el mismo tiempo que éste.
  • 8.
    Atribuciones y competencias. Art. 19° 1.- Corresponde a la comisión de escalafón: Proveer lo necesario para el ejercicio de los derechos escalafonarios. Convocar a concursos para otorgar cualquier promoción o beneficio. Resolver sobre las solicitudes que se reciban Resolver las inconformidades. Denunciar ante la Sección 32 del S.N.T.E. a quien viole este reglamento.
  • 9.
    2.- Atribucionesdel Presidente Art. 20° a) Representar a la comisión. b) Convocar a sesiones. c) Autorizar con su firma los documentos que emita la comisión. d) Requerir a la autoridad correspondiente, la expedición oportuna del crédito escalafonario anual. e) Difundir los catálogos, boletines y dictámenes que emita la comisión.
  • 10.
    3.- Atribuciones delVicepresidente Art. 21° Proporcionar a la comisión la documentación e información que requiera. Coadyuvar en la difusión de catálogos, boletines y dictámenes que emita la comisión. Autorizar con su firma los catálogos, boletines y dictámenes que emita la comisión. Elaborar y entregar oportunamente los créditos escalafonarios anuales. Otorgar las notas laudatorias a los trabajadores que las merezcan. Cotejar la documentación con valor escalafonario
  • 11.
    4.- Atribuciones delSecretario Art. 22° Integrar y calificar los expedientes escalafonarios. Presentar a la comisión los proyectos de catálogos, boletines y dictámenes. Autorizar con su firma los documentos que emita la comisión. Participar en la difusión de catálogos, boletines y dictámenes.
  • 12.
    5.- Atribuciones delos Vocales Art. 23° Auxiliar al Secretario en la elaboración de catálogos, boletines y dictámenes. Participar en la calificación de expedientes escalafonarios. Auxiliar en la difusión de catálogos, boletines y dictámenes. Autorizar con su firma los documentos que emita la comisión.
  • 13.
    Los derechos escalafonarios Art. 25°, 26° y 27° Principian Se suspenden Se pierden 6 meses después de cubrir una plaza inicial (nuevo ingreso) Cuando concurran algunas de las causas señaladas en el Art. 45 de la Ley Fed. de los Trab. al Serv. del Edo. (enfermedad peligrosa, prisión preventiva seguida de sentencia absolutoria o arresto) Cuando se desempeñe un puesto de confianza Por licencia sin goce de sueldo Por cambio de zona o de C.T. Por renuncia Por abandono de empleo Por cese originado por sentencia del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje o por resolución de autoridad judicial competente.
  • 14.
    Para efectos escalafonariosLa antigüedad Art. 28° Se empieza a contar Se deducen Se exceptúan A partir de la fecha del 1er. nombramiento Los periodos en los que se separe el trabajador de su empleo Los casos que contempla el Art. 43 Fracción VIII de la Ley Fed. de los Trab. al Serv. del Edo. Comisiones sindicales Promociones temporales Cargos de elección popular
  • 15.
    Expediente personal Art. 31° Documentos entregados personalmente Documentos entregados por autoridades Expediente personal
  • 16.
    Catálogo Art.35°,38° Son relaciones nominales que contienen ordenadamente la puntuación escalafonaria de los integrantes de una Delegación o C.T. Relación oficial de plazas de base Los documentos traducidos en puntuación escalafonaria
  • 17.
    Datos de loscatálogos Art. 39° R.F.C. Nombre Fecha de ingreso a la SEP o SEV Fecha de ingreso a la zona escolar Fecha de ingreso al C.T. Categoría Clave Puntuación escalafonaria Firma de conformidad
  • 18.
    Art. 40°,41° y42° Publicación de Proyectos de Catálogos 1ra. Qna. De Septiembre Se presenta Las inconformidades Se realizan las modificaciones al Catálogo definitivo Interposición de una queja 5 días hábiles 5 días hábiles
  • 19.
    Reporte y boletinaciónde plazas o promociones Art. 45°, 48° y 49° 5 días hábiles Las autoridades lo reportan a la comisión de escalafón Se genera una vacante o se presenta un beneficio La comisión elabora y expide un boletín 5 días hábiles 3 días hábiles
  • 20.
    Boletín Art.50° Número y fecha Tipo de promoción Bases del concurso En caso de plazas, mencionar: clave, categoría, turno, tipo de movimiento y especialidad Plazo para presentar solicitudes de concurso
  • 21.
    Dictámenes Art.54°, 55°,56°, 57°, 58° y 59° Se revisan las solicitudes Se valoran los méritos escalafonarios Se formula un proyecto de dictamen Se estudia, discute y aprueba, en su caso, el proyecto de dictamen Se notifican los dictámenes aprobados a los interesados Se reciben las solicitudes de reconsideración Se aplican los dictámenes En caso de interposición de queja, los dictámenes no serán definitivos
  • 22.
    Factores escalafonarios Art. 62° 2640 2640 Conocimientos 1080 Participación sindical 240 Aptitud 600 Antigüedad 480 Disciplina y puntualidad 240
  • 23.
    Conocimientos Art.64° Preparación Titulo específico o Cédula Profesional Certificado de estudios Diploma para el ejercicio de la profesión Titulo no específico, cédula profesional o certificado Otros estudios, para plaza que no requiera título Mejoramiento profesional y cultural Título Grado académico o estudios de especialización Obras y trabajos de investigación científico-pedagógicos
  • 24.
    Aptitud (docentes) Art. 65° Iniciativa En el ámbito pedagógico Actividades de investigación científico-pedagógicas… Actividades de divulgación científico-pedagógicas… Actividades de complementación del programa de estudios… Fuera del ámbito educacional Actividades creativas… Actividades de divulgación cultural… Laboriosidad En el aspecto técnico-pedagógico Actividades sobresalientes de carácter educativo En el aspecto social Actividades de carácter extraescolar... Actividades que coadyuven al mejoramiento sindical Eficiencia En el aspecto educativo Calidad y cantidad de trabajo Técnica y organización del trabajo
  • 25.
    Aptitud (no docente) Art. 68° Iniciativa Simplificación de métodos de trabajo… Actividades de investigación y divulgación… Laboriosidad Actividades especiales… Actividades que benefician las buenas relaciones de trabajo. Eficiencia Calidad y cantidad de trabajo Técnica y organización del trabajo
  • 26.
    Disciplina PuntualidadArt. 69° y 70° La observancia de los reglamentos El acatamiento de órdenes superiores, fundadas en las disposiciones legales vigentes La exactitud y el orden en el trabajo desarrollado Se acreditará mediante formas adecuadas de registro
  • 27.
    Antigüedad Art.71° Para Delegaciones o C.T. de Preescolar, Primarias, Telesecundarias, Educación Indígena, Educación Especial, Misiones Culturales y CEBAS Antigüedad en el servicio 12 X año Antigüedad en la zona 3 X año Antigüedad en la escuela 1 X año Para Delegaciones o C.T. de Secundarias Generales, Secundarias Técnicas y Educación Física Antigüedad en el servicio 12 X año Antigüedad en la escuela 4 X año
  • 28.
    Participación sindical Art. 72°, 74° Asambleas Puntualidad 2 Asistencia 2 Permanencia 2 Concentraciones foráneas 12 Concentraciones locales Asistencia 6 Cuotas Pagadas en tiempo y forma 12 Pagadas en forma extemporánea 6 Se acreditará con las constancias que, para el efecto, emita la representación sindical, en los últimos 5 años anteriores a la fecha de calificación del expediente escalafonario del trabajador.
  • 29.
    Título sexto RevisiónReconsideración Queja Inconformidades
  • 30.
    Art. 79°, 84°,86°, 89°, 91° Reconsideración Inconformidad con el resultado de un dictamen REQUISITOS: Solicitud que contenga: Nombre, domicilio y clave del promovente Especificación del dictamen impugnado Relación de hechos… Aportar elementos de prueba Revisión Inconformidad con la puntuación del proyecto de catalogo REQUISITOS: Solicitud que contenga: Nombre, domicilio y clave del promovente Especificación del proyecto de catalogo impugnado Relación de hechos… Aportar elementos de prueba Queja Inconformidad con la resolución en relación con los recursos de reconsideración y revisión REQUISITOS: Documento que contenga: Nombre, domicilio y clave del promovente Especificación del proyecto de catalogo o dictamen impugnado Relación de hechos… Aportar elementos de prueba
  • 31.
    Tabulador para calificarlos factores escalafonarios de los trabajadores adscritos a las Delegaciones y C.T. de la Sección 32 del S.N.T.E. 1080 600 480 240 240 2640 480 600 480 120 Conocimientos Preparación Mejoramiento profesional y cultural Aptitud Iniciativa, laboriosidad y eficiencia (contenidas en el crédito escalafonario anual) Otras actividades ( obras publicadas, artículos periodísticos, etc.) Antigüedad Disciplina y puntualidad (contenidas en el crédito escalafonario anual) Participación sindical TOTAL MÁXIMA FACTOR MÁXIMA SUBFACTOR FACTOR Y SUBFACTOR
  • 32.
    DISPOSICIONES GENERALES (CONOCIMIENTOS) Original y copia de la documentación Se puntúa el grado más alto de estudios Las materias posteriores al grado de estudios ya computados, se calificarán como tales Pueden obtener la calificación máxima del aspecto conocimientos acumulando estudios regulares o cursos cortos y materias sueltas de cursos cortos Los cursos deberán ser autorizados por la Comisión Estatal Mixta de Escalafón
  • 33.
    Valores absolutos delos factores y elementos escalafonarios Preescolar y Primaria Conocimientos Puntuación máxima: 1080 (valores no acumulables) Puntos 660 700 800 840 940 980 100 1080 Mejoramiento profesional y cultural Certificado completo de Licenciatura de Educ. Prim. o Preesc. Título de Licenciatura de Educ. Prim. o Preesc. Certificado completo de Maestría de Educ. Prim. o Preesc. Título de maestría en Educ. Prim. o Preesc. Certificado completo de Doctorado en Educ. Prim. o Preesc. Título de Doctorado en Educ. Prim. o Preesc. Otros cursos de mejoramiento (*) Puntuación máxima (*) Valores acumulables a cualquier nivel de conocimiento Puntos 100 200 400 480 Preparación Certificado de Educación Primaria Certificado completo de Educación Secundaria o equivalente Certificado completo de Maestro Normalista de Primaria o de Educadora Título de Maestro Normalista de Primaria o de Educadora
  • 34.
    Valores de Materias:Preescolar y Primarias Puntos 60.0000 3.0000 1.5000 100.0000 4.5000 3.9000 6.4000 5.6000 5.6000 4.000 2.0000 4.0000 Certificado, Título o Cédula Profesional de Maestro de Educ. Especial Valor por materia anual Valor por materia semestral Certificado, Título o Cédula Profesional de Lic. En Educación Especial ó Normal Superior Licenciatura en U.P.N. ó U.P.V. (Lic. En Educación Preescolar, Primaria, Educación Básica) Plan 1975 valor por materia Plan 1976 valor por materia Plan 1979 valor por materia Plan 1985 valor por materia Plan 1994 valor por materia Maestría docente (sin exceder los 180 puntos) valor por materia Escuela Normal Superior Valor por materia semestral Valor por materia anual
  • 35.
    Valores absolutos delos factores y elementos escalafonarios Postprimarias y Niveles Especiales I. Conocimientos Puntuación máxima: 1080 (valores no acumulables) Puntos 50 100 160 180 200 400 440 480 Preparación Certificado de Educación Primaria Certificado completo de Educación Secundaria o equivalente Certificado completo de Bachillerato o vocacional Certificado completo de Profesor de Educ. Prim. de Educadora o equivalente Título de Profesor de Educ. Prim. de Educadora o equivalente Certificado completo de licenciatura docente o certificado completo de carrera profesional no docente Título de licenciatura docente, título de carrera profesional no docente o certificado de normal superior, normal de especialización, E.S.E.F. de Lic. por T.V. Específico Título de normal superior normal de especialización E.S.E.F. de Lic. por T.V. Específico o certificado de maestría no docente posterior al título de carrera profesional
  • 36.
    Puntos 520800 840 940 980 100 1080 Mejoramiento profesional y cultural Título de maestría no docente posterior al título de carrera profesional Certificado completo de doctorado no docente o certificado de maestría docente Título de doctorado no docente o título de maestría docente Certificado completo de doctorado docente de normal superior o equivalente Titulo de doctorado docente de normal superior o equivalente Otros cursos de mejoramiento (*) Puntuación máxima (*) valores acumulables a cualquier nivel de conocimiento
  • 37.
    Valores de Materias:Postprimarias y Niveles Especiales Puntos 90.0000 90.0000 15.0000 7.5000 5.0000 16.0000 8.0000 15.0000 15.0000 Una segunda especialidad o un postgrado de la U.P.N. ó U.P.V. Una tercera especialidad (sin exceder los 690 puntos) Maestría Docente Valor por materia anual Valor por materia semestral Valor por materia cuatrimestral Doctorado Docente Valor por materia anual Valor por materia semestral Licenciatura Docente ó Normal Superior 1ra. Especialidad Valor por boleta anual Licenciatura Docente ó Normal Superior en 2da. y 3ra. Especialidad Valor por boleta anual
  • 38.
    VALORES ABSOLUTOS DELOS FACTORES Y ELEMENTOS ESCALAFONARIOS NO DOCENTES I. CONOCIMIENTOS Puntuación máxima: 1080 (Valores no acumulables) Profesional no Docente 50 83 100 140 160 Especia li zado 200 300 350 400 480 Aux. de Intendencia 480 Admvos. 200 300 350 480 a) PREPARACION Certificado de Primaria Certificado completo de Carrera Corta: Comercial o Administrativa de 2 años después de la Primaria. Certificado completo de Secundaria o equivalente. Certificado completo de Carrera Corta: Comercial o Administrativa de 4 años después de la Primaria. Certificado o Diploma específico del empleo que desempeña. Certificado completo de Vocacional o Preparatoria Normal de Primaria, Técnico Medio de 5 y 6 años después de la Primaria
  • 39.
    Profesional no Docente240 440 440 480 Especia li zado 720 Aux. de Intendencia 680 780 880 980 Admvos. 720 Titulo de Normal Primaria o equivalente Certificado completo de Carrera Profesional Docente o no Docente Título de Carrera Profesional Docente o No Docente. Título de Carrera Profesional específica del empleo que desempeña. b) MEJORAMIENTO PROFESIONAL Y CULTURAL Certificado completo de Carrera Corta: Comercial o Administrativa de 2 años después de Primaria. Certificado completo de Educación Secundaria o equivalente. Certificado completo de Carrera Corta de 4 años después de la Primaria. Certificado completo de Vocacional o Preparatoria, Normal de Primaria o Técnico Medio de 5 y 6 años después de la Primaria.
  • 40.
    Profesional no Docente920 980 100 1080 Especia li zado 780 880 920 980 100 1080 Aux. de Intendencia 100 1080 Admvos. 740 860 900 980 100 1080 Título de Normal Primaria o equivalente en duración. Certificado completo de Carrera Profesional Docente o No Docente Título de Carrera Profesional Docente o No Docente. Título de Carrera Profesional específica del empleo que desempeña. Certificado completo de Doctorado específico del empleo que desempeña. Título de Doctorado específico del empleo que desempeña. Otros cursos de mejoramiento (*) Puntuación Máxima (*) Valores acumulables a cualquier nivel de conocimiento.
  • 41.
    VALORES DE MATERIAS NO DOCENTES Profesional no Docente 30 16.66 28.36 40 17 33.66 45.36 8.33 16.66 Especia li zado 100 50 90 130 50 100 140 33.33 50 Aux. de Intendencia 100 35 70 100 100 200 80 100 Admvos 100 50 90 130 50 100 140 33.33 50 a) PREPARACION Diploma de Carrera Corta Comercial o Administrativa, que no indique tiempo de escolaridad. Estudios de Carrera Comercial o Administrativa con antecedentes de Secundaria o equivalentes. Con un año de estudios: Con dos años de estudios: Con tres años de estudios: Constancia de estudios parciales de Secundaria o equivalente con antecedentes de Carrera . Comercial de 2 años Con un año de estudios: Con dos años de estudios: Con tres años de estudios: Boleta o Constancia de Estudios de Educación Primaria, por año Escolar. Boleta de estudios de Educación Secundaria. (valor acumulable por año)
  • 42.
    Profesional no Docente30 20 15 1.1 1.6 1.47 2.0 1.78 4.1 Especia li zado 185 123.33 92.5 3.3 5.0 4.41 6.25 5.35 12.5 Aux. de Intendencia 100 66.66 50 6.6 10.0 8.82 12.5 10.71 25.0 Admvos 185 123.33 92.5 3.3 5.0 4.41 6.25 5.35 12.5 Boleta de estudios de Preparatoria, Vocacional, Bachillerato, carrera Técnica o equivalente (plan de dos años). Valor acumulable por año. Boleta de estudios de Preparatoria, Vocacional, Bachillerato, Carrera Técnica o equivalente (plan de tres años). Valor acumulable por año. Boleta de estudios de Educación Normal Primaria o Preescolar (plan de cuatro años o equivalente). Valor acumulable por año. Materia de Secundaria Tecnológica Agropecuaria, Industrial, Pesquera o equivalente. Materia de Secundaria Diurna. Plan 1974 a 1993 (hasta 30). Materia de Secundaria Diurna. Plan 1994 en adelante (hasta 34). Materia de Secundaria Nocturna. Plan 1974 a 1993 (hasta 24). Materia de Secundaria Nocturna. Plan 1994 en adelante (hasta 28). Materia de Secundaria Abierta, debidamente requisitada. Plan 1974 a 1993 (hasta 12)
  • 43.
    Profesional no Docente2.27 1.8 2.2 1.3 1.2 1.8 1.3 3.0 1.5 2.3 1.2 Especia li zado 6.81 11.21 13.7 8.0 7.4 11.21 8.0 18.5 9.736 14.23 7.4 Aux. de Intendencia 13.63 6.0 7.4 4.5 4.0 6.0 4.5 10.0 5.2 7.7 4.0 Admvos 6.81 11.21 13.7 8.0 7.4 11.21 8.4 18.5 9.736 14.23 7.4 Materia de Secundaria Abierta, debidamente requisitada. Plan 1994 en adelante (hasta 22) Materia de Preparatoria Abierta. Plan anterior (hasta 33). Materia de Preparatoria de 3 años. Plan anterior (hasta 27) Materia de Preparatoria de 3 años. Plan anterior (hasta 46) Materia de Preparatoria de 3 años. Plan vigente (hasta 50) Materia de C.C.H. de 3 años (hasta 33). Materia semestral de Vocacional de 3 años (hasta 44) Materia de Preparatoria o Vocacional de 2 años (hasta 20) Materia de Normal, anterior a 1960 de 3 años (hasta 38) Materia de Normal, posterior a 1960 de 3 años (hasta 26) Materia de Normal, de 4 años 1972 (hasta 50)
  • 44.
    Profesional no Docente1.2 5.6 6.5 6.6 12.0 25.0 11.0 3.5 5.0 4.0 2.0 Especia li zado 7.5 3.0 4.0 4.1 2.5 4.1 2.5 10.0 3.0 4.0 2.0 Aux. de Intendencia 4.0 2.1 2.8 6.0 5.0 4.0 2.0 Admvos 7.5 3.0 4.0 4.1 2.5 4.1 2.5 10.0 5.0 4.0 2.0 Materia de Nivel Medio Superior -Técnico Medio- (hasta 50). Materia de Nivel Profesional, Licenciatura Docente o No Docente (hasta 46) Materia de Nivel Profesional Especifico - Licenciatura (hasta 35) Materia de Maestría no específica (hasta 12) Materia de Maestría específica (hasta 20) Materia de Doctorado no específico (hasta 12). Materia de Doctorado específico (hasta 20) Materia de Dibujo Técnico-Industrial (hasta 3) Idiomas: Materia anual o que no especifique tiempo de escolaridad (hasta 3) Materia de Taquigrafía o Mecanografía (hasta 6) Materia de Ortografía (hasta 3)