GUACANEME Y ASOCIADOS LTDA RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN SESIÓN III
DEFINICIÓN Es la salida de mercancías del territorio aduanero nacional con destino a otro país. También se considera exportación, la salida de mercancías a una zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios. Art. 1. Decreto 2685/99 
MODALIDADES 1. 3. 2. 4. 5. EXPORTACIÓN DEFINITIVA EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO REEXPORTACIÓN REEMBARQUE
MODALIDADES 6. 8. 7. 9. 10. EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL EXPORTACIÓNES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS EXPORTACIÓN DE MENAJES PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACVIÓN Art. 263. Decreto 2685/99
EXPORTACIÓN DEFINITIVA 1. “ Es la modalidad de exportación que regula la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas, del territorio aduanero nacional para su uso o consumo definitivo en otro país; así como a una Zona Franca Industrial de Bienes y Servicios ”. Art. 263. Decreto 2685/99 DEFINICIÓN
EXPORTACIÓN DEFINITIVA 1. ELEMENTOS  ESENCIALES AUTORIZACIÓN  DE EMBARQUE CERTIFICACIÓN  DE EMBARQUE DECLARACIÓN DE EXPORTACIÓN DEFINITIVA
EXPORTACIÓN DEFINITIVA 1. PROCEDIMIENTO Registro Nacional de exportadores Vistos buenos Presentación de solicitud de Autorización de Embarque (SAE). Validación  (SAE). Ingreso a zona primaria aduanera (ZPA) Certificación Selectividad Asignación Fecha y Número definitivo
a. Registro Nacional de Exportadores: Ante la Dirección General de Comercio Exterior. Sirve tanto para exportación de bienes como de servicios. Diligenciar Forma 001, sin costo. En:  www.mincomex.gov.co Link:  Trámites y operaciones.   Es anual (Inscripción-Renovación). PROCEDIMIENTO
a. Registro Nacional de Exportadores: Es obligatoria de manera previa a la exportación, si se quieren  los siguientes beneficios: Devolución de IVA y  retención en la fuente. Financiación Bancoldex. Plan Vallejo PROCEDIMIENTO
Cuando sean requeridos: ICA INVIMA MINSALUD  MINAMBIENTE Previos a la exportación, tanto para el país vendedor como para el país comprador. b. Vistos Buenos PROCEDIMIENTO
Es el trámite con el cuál se inicia una  exportación. Se presenta ante la Administración de Aduanas donde se encuentre la mercancía. Documentos soporte. Se autoriza cuando se asigna el número y fecha al declarante. Vigencia de 1 Mes. c. Presentación y validación  de solicitud de autorización de embarque (SAE) PROCEDIMIENTO
Documento a través del cual se acredita la operación que dio lugar a la exportación, los cuales deben conservarse mínimo 5 años. Vistos Buenos o permisos. Mandato (SIA o apoderado). Documentos Soporte de la solicitud de autorización de embarque PROCEDIMIENTO
EMBARQUE Es la operación de cargue en el medio de transporte de la mercancía que va a ser exportada. PROCEDIMIENTO
CLASES DE EMBARQUE: EMBARQUE ÚNICO: Con Datos Definitivos Con Datos Provisionales EMBARQUES FRACCIONADOS: Con   Datos Definitivos Con Datos Provisionales EMBARQUE GLOBAL CON CARGUES PARCIALES. PROCEDIMIENTO
d. Ingreso a Zona Primaria Aduanera Aceptada la Solicitud Aduanera de Embarque, la mercancía debe ingresar a la ZPA. “ Se entiende por ZPA aquel lugar del territorio aduanero nacional habilitado por la Aduana para la realización de las operaciones materiales de recepción, almacenamiento y movilización de mercancías que entran o salen del país, donde la autoridad aduanera ejerce sin restricciones su potestad de control y vigilancia”. PROCEDIMIENTO
e. Selectividad Por el sistema informático se determina el tipo de inspección: Documental Física PROCEDIMIENTO
f. Certificación de Embarque Transmisión información del manifiesto de carga: Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al embarque de la mercancía. Entregar los Manifiestos de Carga dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al embarque de la mercancía. PROCEDIMIENTO
g. Declaración de exportación (DEX) Realizados los trámites anteriores la Autorización de Embarque, se convierte en DEX. Este trámite deberá surtirse dentro de los 15 días siguientes a la recepción del Manifiesto de Carga.  PROCEDIMIENTO
Costos Aduaneros en Origen PROCEDIMIENTO
“ Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para transformación, elaboración o reparación en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios” . 2. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO Definición
La Aduana señalará el término de permanencia de la mercancía en el exterior, de conformidad con la solicitud presentada por el exportador. Documento en que conste que la mercancía va a ser objeto de un proceso de elaboración, transformación o reparación en el exterior. 2. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO Elementos esenciales:
“ Es la modalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una finalidad específica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna ”. Art. 297.Decreto 2685/99 3. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO Definición
Se tramitará como exportación definitiva con datos definitivos y como envío único. Se exceptúa el deterioro normal Documento en el que conste el contrato que dio lugar a la exportación. Elementos esenciales: 3. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
“ Es la modalidad que regula la salida definitiva del territorio aduanero nacional, de mercancías que estuvieron sometidas a una modalidad de importación temporal o a la modalidad de transformación o ensamble ”. 4. REEXPORTACIÓN Definición
Bienes que han sido sometidos a importaciones temporales. Embarque único con datos definitivos al embarque. Documentos soporte: Declaración de Importación y mandato. Arts. 303, 304 y 305. Decreto 2685/99 Elementos esenciales: 4. REEXPORTACIÓN
“ Es la modalidad que regula la salida del territorio aduanero nacional de mercancías procedentes del exterior que se encuentren en almacenamiento y respecto de las cuales no haya operado el abandono legal ni hayan sido sometidas a ninguna modalidad de importación ”. Art. 306. Decreto 2685/99 5. REEMBARQUE Definición
No haya operado abandono legal ni ninguna modalidad de importación. No se autoriza sustancias químicas controladas por el Consejo Nacional de Estupefacientes. Garantía por el valor de los tributos aduaneros. 5. REEMBARQUE Elementos esenciales:
“ Podrán ser objeto de exportación por esta modalidad, los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares americanos y requieran ágil entrega a su destinatario” . 6. EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES Definición
Valor no superior a US$ 1.000. La realizan empresas expresamente autorizadas por la DIAN. Envíos de correspondencia:   Cartas, tarjetas postales, impresos, inclusive las impresiones en relieve para uso de ciegos y los envíos fono postales. Paquetes postales:   Son paquetes enviados por la red de correos con un peso no superior a 2 kilos. Envíos urgentes:   Toda mercancía que requiere un despacho expreso a través de empresas de mensajería especializada. 6. EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES Elementos esenciales:
Deberá presentarse en el formulario Declaración Simplificada de Exportación. Se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la DIAN mediante resolución . 7. EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
El monto no puede ser superior a US $10.000 anuales. Los productos sujetos a vistos buenos deberán cumplir con ese requisito al momento de presentar la Declaración Simplificada. Se puede optar por un programa de exportación de muestras sin valor comercial. 7. EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL Elementos esenciales:
“ Las exportaciones de muestras sin valor comercial realizadas directamente por la Federación Nacional de Cafeteros o por Proexport, no estarán sujetas al monto establecido por la legislación aduanera” . Art. 319 Decreto 2685/99 7. EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
“ Serán objeto de esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos ”. Art. 322. Decreto2685/99 8. EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS Definición
Constituyen documentos soporte:  la Declaración Simplificada de Exportación, el pasaporte y el tiquete de viaje. No estarán comprendidos los objetos personales que lleven consigo los viajeros que salgan del territorio aduanero nacional.  Elementos esenciales: 8. EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS
“ Serán objeto de esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en el país que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el exterior ”. Art. 326. Decreto 2685/99 9. EXPORTACIÓN DE MENAJES Definición
La Declaración Simplificada de Exportación deberá presentarse y suscribirse por el propietario del menaje o la persona autorizada. Presentar ante la Aduana las mercancías con una relación en que se señale su cantidad y descripción.  9. EXPORTACIÓN DE MENAJES Elementos esenciales:
“ Es la operación mediante la cual un residente en el exterior compra materias primas a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y exportar el bien manufacturado a partir de dichas materia primas, según las instrucciones que reciba del comprador externo” . Art.329. Modificado. Art. 29, Decreto 1232 de 2001. 10. PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN Definición
PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN La entrega por parte del productor de materias primas o insumos al productor del bien final se considera una exportación. El productor del bien final las recibe a título de importación temporal. El plazo máximo para exportar el bien final es de seis (6) meses. Este plazo podrá ser prorrogado por la Aduana , por una sola vez y hasta 3 meses más, previa justificación del interesado. Elementos esenciales:
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

Exportacion

  • 1.
    GUACANEME Y ASOCIADOSLTDA RÉGIMEN DE EXPORTACIÓN SESIÓN III
  • 2.
    DEFINICIÓN Es lasalida de mercancías del territorio aduanero nacional con destino a otro país. También se considera exportación, la salida de mercancías a una zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios. Art. 1. Decreto 2685/99 
  • 3.
    MODALIDADES 1. 3.2. 4. 5. EXPORTACIÓN DEFINITIVA EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO REEXPORTACIÓN REEMBARQUE
  • 4.
    MODALIDADES 6. 8.7. 9. 10. EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL EXPORTACIÓNES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS EXPORTACIÓN DE MENAJES PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACVIÓN Art. 263. Decreto 2685/99
  • 5.
    EXPORTACIÓN DEFINITIVA 1.“ Es la modalidad de exportación que regula la salida de mercancías nacionales o nacionalizadas, del territorio aduanero nacional para su uso o consumo definitivo en otro país; así como a una Zona Franca Industrial de Bienes y Servicios ”. Art. 263. Decreto 2685/99 DEFINICIÓN
  • 6.
    EXPORTACIÓN DEFINITIVA 1.ELEMENTOS ESENCIALES AUTORIZACIÓN DE EMBARQUE CERTIFICACIÓN DE EMBARQUE DECLARACIÓN DE EXPORTACIÓN DEFINITIVA
  • 7.
    EXPORTACIÓN DEFINITIVA 1.PROCEDIMIENTO Registro Nacional de exportadores Vistos buenos Presentación de solicitud de Autorización de Embarque (SAE). Validación (SAE). Ingreso a zona primaria aduanera (ZPA) Certificación Selectividad Asignación Fecha y Número definitivo
  • 8.
    a. Registro Nacionalde Exportadores: Ante la Dirección General de Comercio Exterior. Sirve tanto para exportación de bienes como de servicios. Diligenciar Forma 001, sin costo. En: www.mincomex.gov.co Link: Trámites y operaciones. Es anual (Inscripción-Renovación). PROCEDIMIENTO
  • 9.
    a. Registro Nacionalde Exportadores: Es obligatoria de manera previa a la exportación, si se quieren los siguientes beneficios: Devolución de IVA y retención en la fuente. Financiación Bancoldex. Plan Vallejo PROCEDIMIENTO
  • 10.
    Cuando sean requeridos:ICA INVIMA MINSALUD MINAMBIENTE Previos a la exportación, tanto para el país vendedor como para el país comprador. b. Vistos Buenos PROCEDIMIENTO
  • 11.
    Es el trámitecon el cuál se inicia una exportación. Se presenta ante la Administración de Aduanas donde se encuentre la mercancía. Documentos soporte. Se autoriza cuando se asigna el número y fecha al declarante. Vigencia de 1 Mes. c. Presentación y validación de solicitud de autorización de embarque (SAE) PROCEDIMIENTO
  • 12.
    Documento a travésdel cual se acredita la operación que dio lugar a la exportación, los cuales deben conservarse mínimo 5 años. Vistos Buenos o permisos. Mandato (SIA o apoderado). Documentos Soporte de la solicitud de autorización de embarque PROCEDIMIENTO
  • 13.
    EMBARQUE Es laoperación de cargue en el medio de transporte de la mercancía que va a ser exportada. PROCEDIMIENTO
  • 14.
    CLASES DE EMBARQUE:EMBARQUE ÚNICO: Con Datos Definitivos Con Datos Provisionales EMBARQUES FRACCIONADOS: Con Datos Definitivos Con Datos Provisionales EMBARQUE GLOBAL CON CARGUES PARCIALES. PROCEDIMIENTO
  • 15.
    d. Ingreso aZona Primaria Aduanera Aceptada la Solicitud Aduanera de Embarque, la mercancía debe ingresar a la ZPA. “ Se entiende por ZPA aquel lugar del territorio aduanero nacional habilitado por la Aduana para la realización de las operaciones materiales de recepción, almacenamiento y movilización de mercancías que entran o salen del país, donde la autoridad aduanera ejerce sin restricciones su potestad de control y vigilancia”. PROCEDIMIENTO
  • 16.
    e. Selectividad Porel sistema informático se determina el tipo de inspección: Documental Física PROCEDIMIENTO
  • 17.
    f. Certificación deEmbarque Transmisión información del manifiesto de carga: Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al embarque de la mercancía. Entregar los Manifiestos de Carga dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al embarque de la mercancía. PROCEDIMIENTO
  • 18.
    g. Declaración deexportación (DEX) Realizados los trámites anteriores la Autorización de Embarque, se convierte en DEX. Este trámite deberá surtirse dentro de los 15 días siguientes a la recepción del Manifiesto de Carga. PROCEDIMIENTO
  • 19.
    Costos Aduaneros enOrigen PROCEDIMIENTO
  • 20.
    “ Es lamodalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para transformación, elaboración o reparación en el exterior o en una Zona Franca Industrial de Bienes y de Servicios” . 2. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO Definición
  • 21.
    La Aduana señalaráel término de permanencia de la mercancía en el exterior, de conformidad con la solicitud presentada por el exportador. Documento en que conste que la mercancía va a ser objeto de un proceso de elaboración, transformación o reparación en el exterior. 2. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO Elementos esenciales:
  • 22.
    “ Es lamodalidad de exportación que regula la salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas del territorio aduanero nacional, para atender una finalidad específica en el exterior, en un plazo determinado, durante el cual deberán ser reimportadas sin haber experimentado modificación alguna ”. Art. 297.Decreto 2685/99 3. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO Definición
  • 23.
    Se tramitará comoexportación definitiva con datos definitivos y como envío único. Se exceptúa el deterioro normal Documento en el que conste el contrato que dio lugar a la exportación. Elementos esenciales: 3. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA REIMPORTACIÓN EN EL MISMO ESTADO
  • 24.
    “ Es lamodalidad que regula la salida definitiva del territorio aduanero nacional, de mercancías que estuvieron sometidas a una modalidad de importación temporal o a la modalidad de transformación o ensamble ”. 4. REEXPORTACIÓN Definición
  • 25.
    Bienes que hansido sometidos a importaciones temporales. Embarque único con datos definitivos al embarque. Documentos soporte: Declaración de Importación y mandato. Arts. 303, 304 y 305. Decreto 2685/99 Elementos esenciales: 4. REEXPORTACIÓN
  • 26.
    “ Es lamodalidad que regula la salida del territorio aduanero nacional de mercancías procedentes del exterior que se encuentren en almacenamiento y respecto de las cuales no haya operado el abandono legal ni hayan sido sometidas a ninguna modalidad de importación ”. Art. 306. Decreto 2685/99 5. REEMBARQUE Definición
  • 27.
    No haya operadoabandono legal ni ninguna modalidad de importación. No se autoriza sustancias químicas controladas por el Consejo Nacional de Estupefacientes. Garantía por el valor de los tributos aduaneros. 5. REEMBARQUE Elementos esenciales:
  • 28.
    “ Podrán serobjeto de exportación por esta modalidad, los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes siempre que su valor no exceda de mil dólares americanos y requieran ágil entrega a su destinatario” . 6. EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES Definición
  • 29.
    Valor no superiora US$ 1.000. La realizan empresas expresamente autorizadas por la DIAN. Envíos de correspondencia: Cartas, tarjetas postales, impresos, inclusive las impresiones en relieve para uso de ciegos y los envíos fono postales. Paquetes postales: Son paquetes enviados por la red de correos con un peso no superior a 2 kilos. Envíos urgentes: Toda mercancía que requiere un despacho expreso a través de empresas de mensajería especializada. 6. EXPORTACIÓN POR TRÁFICO POSTAL Y ENVÍOS URGENTES Elementos esenciales:
  • 30.
    Deberá presentarse enel formulario Declaración Simplificada de Exportación. Se consideran muestras sin valor comercial aquellas mercancías declaradas como tales, cuyo valor FOB total no sobrepase el monto que señale la DIAN mediante resolución . 7. EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
  • 31.
    El monto nopuede ser superior a US $10.000 anuales. Los productos sujetos a vistos buenos deberán cumplir con ese requisito al momento de presentar la Declaración Simplificada. Se puede optar por un programa de exportación de muestras sin valor comercial. 7. EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL Elementos esenciales:
  • 32.
    “ Las exportacionesde muestras sin valor comercial realizadas directamente por la Federación Nacional de Cafeteros o por Proexport, no estarán sujetas al monto establecido por la legislación aduanera” . Art. 319 Decreto 2685/99 7. EXPORTACIÓN DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL
  • 33.
    “ Serán objetode esta modalidad de exportación las mercancías nacionales o nacionalizadas que lleven consigo los viajeros que salgan del país y que deseen reimportarlas a su regreso en el mismo estado, sin pago de tributos ”. Art. 322. Decreto2685/99 8. EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS Definición
  • 34.
    Constituyen documentos soporte: la Declaración Simplificada de Exportación, el pasaporte y el tiquete de viaje. No estarán comprendidos los objetos personales que lleven consigo los viajeros que salgan del territorio aduanero nacional. Elementos esenciales: 8. EXPORTACIONES TEMPORALES REALIZADAS POR VIAJEROS
  • 35.
    “ Serán objetode esta modalidad de exportación los menajes de los residentes en el país que salen del territorio aduanero nacional para fijar su residencia en el exterior ”. Art. 326. Decreto 2685/99 9. EXPORTACIÓN DE MENAJES Definición
  • 36.
    La Declaración Simplificadade Exportación deberá presentarse y suscribirse por el propietario del menaje o la persona autorizada. Presentar ante la Aduana las mercancías con una relación en que se señale su cantidad y descripción. 9. EXPORTACIÓN DE MENAJES Elementos esenciales:
  • 37.
    “ Es laoperación mediante la cual un residente en el exterior compra materias primas a un productor residente en Colombia, disponiendo su entrega a otro productor también residente en el territorio aduanero nacional, quien se obliga a elaborar y exportar el bien manufacturado a partir de dichas materia primas, según las instrucciones que reciba del comprador externo” . Art.329. Modificado. Art. 29, Decreto 1232 de 2001. 10. PROGRAMAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN Definición
  • 38.
    PROGRAMAS ESPECIALES DEEXPORTACIÓN La entrega por parte del productor de materias primas o insumos al productor del bien final se considera una exportación. El productor del bien final las recibe a título de importación temporal. El plazo máximo para exportar el bien final es de seis (6) meses. Este plazo podrá ser prorrogado por la Aduana , por una sola vez y hasta 3 meses más, previa justificación del interesado. Elementos esenciales:
  • 39.
    MUCHAS GRACIAS PORSU ATENCIÓN