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LA FLEXISEGURIDAD

    1. INTRODUCCION

Los términos flexibilidad y seguridad se articulan formando un nuevo neologismo “Flexiseguridad” y que
surge gracias a directrices integradas para el crecimiento y el empleo como “La necesidad de adaptar
la legislación laboral para promover la flexibilidad y la seguridad del empleo y reducir la segmentación
                          1
del mercado de trabajo” siendo parte de la estrategia actual y globalizada de una nueva forma de crear
más empleo y de mejor calidad así como lo plantea el Libro Verde de la UE.
En el mundo económico y empresarial los planes a largo plazo sustentados en un mundo necesitado y
estable, dieron paso a unos planes más cortoplacistas y fundamentados en las necesidades cambiantes
de unos ciudadanos cada vez más saturados en sus necesidades básicas y una economía cada vez más
dependiente energéticamente del petróleo y de los poderes que lo controlan.
Se identifican las combinaciones de instrumentos utilizadas en los países para configurar una estrategia
de Flexiseguridad. Las mismas consisten en interrelacionar la protección en el empleo y la protección
laboral y social. Dichas combinaciones son múltiples en los países desarrollados y también lo son en
América Latina. Reconociendo las diferencias estructurales asociadas a los niveles de desarrollo se
analiza la inserción laboral como determinante importante para la difusión de los beneficios de la
estrategia. Se muestran las limitantes estructurales asociadas al grado de urbanización, de
asalariamiento y a la existencia de una amplia economía informal.
Tradicionalmente se podría decir que ha habido dos formas de ver el mercado laboral, a saber, una que
protege los intereses del trabajador por encima de los de la empresa y otra que defiende más los
intereses de la empresa, que genera más empleo pero deja a los trabajadores bastante desprotegidos.
Aquí es donde entra la Flexiguridad, que se puede caracterizar como una vía intermedia que intenta unir
estas dos partes.

    2.   ORIGENES

La aplicación de la Flexiseguridad, que en este momento se encuentra en pleno apogeo en la Unión
Europea, surgió en Dinamarca, un país nórdico en el que la protección social cobra vida y protagonismo,
aunque también guarda sus lados oscuros guiados por un modelo cada vez más neoliberal, sobre todo
cuando se hace referencia a los emigrantes y a los refugiados. El Gobierno danés descentralizó la política
de empleo y su competencia se encuentra a nivel regional y local.
La palabra Flexiseguridad fue utilizada por primera vez en los Países Bajos tras la reforma de la
legislación laboral en la década de los 90. Sin embargo, la Flexiseguridad no se empezó a conocer en una
escena internacional hasta que se utilizó el término para describir el modelo danés del mercado laboral.
Actualmente es un término muy popular en contextos políticos que se escucha a menudo en los debates
europeos y que ha convertido a Dinamarca en un ejemplo clásico de cómo funciona mejor la
Flexiseguridad.
En la Unión Europea el deseo en la discusión de unir flexibilidad con seguridad ha existido durante
muchos años. Las primeras referencias se situaron en el informe, titulado Papel Verde, Presentado por
la Comisión Europea en 1997. Más adelante en las Cumbres Europeas, particularmente en la Estrategia
de Lisboa de 2000, se vio de nuevo la ambición y la necesidad de encontrar un equilibrio entre la
flexibilidad y la seguridad. A continuación, en noviembre de 2006 la Comisión publicó el Libro Verde
“Modernizar el Derecho Laboral para afrontar los retos del siglo XXI”, que invita a la discusión de en qué
medida los derechos laborales pueden fomentar el concepto de Flexiguridad. Es decir, una discusión
sobre las metas de las políticas de empleo que ya se había formulado en la Estrategia de Lisboa.
Asimismo, en el primer parte del 2006, bajo la presidencia de turno europea de Austria, se hizo un gran
esfuerzo para crear unas estrategias para combinar la flexibilidad con la seguridad. En junio de 2007 la
Comisión publicó una resolución titulada, “Hacia los Principios Comunes de la Flexiguridad” que fue
aprobada por el Parlamento Europeo en el otoño del 2007.




1
 Directrices adoptadas el 12 de julio de 2005 (DO L 205 de 6.8.2005) Consejo de la Unión Europea-
Barcelona
3.   DEFINICION

La necesidad de adaptación y de cambio es una realidad aceptada hoy en día por la mayoría de los
ciudadanos, ante esta necesidad de cambio, se desarrolló el concepto de Flexiseguridad, generalmente
definido como una estrategia integrada destinada a mejorar simultáneamente la flexibilidad y la
seguridad en el mercado laboral. En otras palabras, la Flexiseguridad es un enfoque global del mercado
laboral que combina la flexibilidad de las modalidades contractuales, la seguridad en el empleo (la
garantía de permanecer en el puesto de trabajo o de encontrar otro rápidamente) y una gestión
adaptada de los períodos de transición.
La Flexiseguridad es una nueva forma de concebir las relaciones entre trabajadores y empleadores
basada en una mayor flexibilidad contractual y más acceso a empleos, lo que debe derivar en el
aumento en el nivel de formación e incentivos sociales con el fin de permitir cambios de trabajo con
menos incertidumbre. No se trata solo de tener flexibilidad en la empresa y dar seguridad al trabajador,
ambos necesitan flexibilidad y seguridad para aumentar la competitividad y variar la plantilla laboral de
la empresa, y la seguridad de un marco legal estable.

No existe ninguna definición oficial de la Flexiguridad pero en concreto, se puede definir como una
estrategia integrada para potenciar, al mismo tiempo, la flexibilidad y la seguridad en el mercado
laboral. Inicialmente es importante subrayar que el concepto de Flexiguridad se basa principalmente en
la idea de que las dos dimensiones de la flexibilidad y la seguridad no son contradictorias, sino
complementarias.

             a.   La Flexibilidad

Primera dimension de la Flexiseguridad que hace referencia a los avances logrados (transiciones) en el
curso de la propia vida: del colegio al trabajo, de un empleo a otro, del desempleo o la inactividad al
trabajo y del trabajo a la jubilación. No se limita a la mayor libertad de las empresas para contratar o
despedir y no implica tampoco que los contratos indefinidos deban de quedar obsoletos. Alude a la
progresión de los trabajadores hacia mejores empleos, a la movilidad ascendente y al desarrollo óptimo
del talento. La flexibilidad es característica de una organización del trabajo flexible, capaz de responder
rápida y eficazmente a nuevas necesidades y dominar las capacidades necesarias para aumentar la
producción y es la que facilita la conciliación del trabajo y las responsabilidades privadas. En este sentido
será eficaz si ofrece a los trabajadores los medios necesarios para adaptarse al cambio, permanecer en
el mercado de trabajo y progresar en la vida laboral. La dimensión de Flexibilidad acota una facilidad
para las “transiciones “en el mercado laboral: educación-desempleo-empleo-jubilación. Mayor libertad
de las empresas para contratar y despedir, la obsolescencia de los contratos indefinidos, una
organización del trabajo capaz de dar respuesta rápida a nuevas necesidades productivas y a la
conciliación de la vida familiar.
Pero en esta nueva expresión de la flexibilidad, como principal dimensión estratégica de la flexiguridad,
                                                                   2
se elude notoriamente la temática de la flexibilidad interna , para revalorizar y reforzar aun mas su
vertiente externa, de modo que las empresas puedan encontrar un mejor terreno para recurrir a vías de
empleo que faciliten una organización de trabajo de fácil y rápida respuesta a exigencias económicas y
productivas. Lo que abre a su vez nuevas vías de expresión de la flexibilidad misma y en suma nuevas
respuestas a sus requerimientos.

             b. La Seguridad

La segunda dimension de la flexiguridad se construye sobre un sustrato eminentemente subjetivo e
individualista, y en teoría expresivo de un interés tanto de trabajadores como de empresarios. Así,

2
  Una circunstancia que precisamente destacó el Informe de las autoridades españolas sobre el Libro
Verde, criticando el hecho de que éste no abordara como asunto prioritario el relativo a la flexibilidad
interna en el desarrollo de la relación laboral. Coherentemente, en respuesta a la primera pregunta del
Libro Verde sobre cuáles podrían ser las reformas prioritarias del Derecho laboral, el informe español
apunta a que la “profundización en los mecanismos de flexibilidad interna, siempre preferibles a los
externos (reestructuraciones, deslocalizaciones, etc.) debería ser el modo esencial de alcanzar la tan
deseada flexiseguridad; además, esa flexibilidad interna debe basarse siempre en el dialogo social”.
seguridad para el trabajador de preservar sus posibilidades de entrar, permanecer y progresar en el
empleo a lo largo de su vida laboral; y por otro lado, seguridad para las empresas de preservar y reforzar
su posición en el mercado, la lealtad de su mano de obra, su productividad y la potencial creación de
                                                                    3
empleo dentro de un entorno de incremento de la competitividad . La seguridad consiste en dar a cada
uno las capacidades que le permitan evolucionar en su vida profesional y encontrar un nuevo empleo,
prever indemnizaciones de desempleo adaptadas, con el fin de facilitar los períodos de transición,
aumentar las posibilidades de formación para todos los trabajadores, haciendo especial hincapié en los
trabajadores poco cualificados o de edad avanzada.
El componente seguridad defiende políticas de formación continua a lo largo de toda la trayectoria de la
persona trabajadora para asegurar su “empleabililidad”.

    4.   EJES DE ACTUACION DE LA FLEXISEGURIDAD

La Comisión Europea y los Estados miembros, basándose en la experiencia y en datos obtenidos, han
llegado a un consenso en cuanto a que las políticas de Flexiseguridad pueden concebirse y aplicarse a
                                  4
través de cuatro ejes de actuación :

             a.   Disposiciones contractuales flexibles y fiables gracias a una legislación laboral,
                  convenios colectivos y una organización del trabajo modernos. La puesta en práctica
                  de una legislación estricta de protección de empleo se reduce el número de despidos
                  pero también las posibilidades de reinserción en el mercado laboral tras períodos de
                  desempleo. Del mismo modo estas legislaciones proteccionistas del empleo fomentan
                  con frecuencia el recurso a la utilización de contratos temporales con escasa
                  protección y limitan la progresión a puestos de trabajo de duración indefinida.
             b.   Estrategias globales de aprendizaje permanente a fin de garantizar la adaptabilidad y
                  empleabilidad contínua de los trabajadores, en particular de los más vulnerables. Un
                  sistema de educación de alta calidad, unas amplias competencias esenciales y la
                  inversión continua en el desarrollo de las capacidades aumentan tanto las
                  oportunidades de las empresas de responder adecuadamente al cambio económico
                  como las posibilidades de los trabajadores de seguir empleados o encontrar un nuevo
                  empleo.
             c.   Políticas activas del mercado laboral eficaces que ayuden a las personas a afrontar
                  cambios rápidos, reduzcan los períodos de desempleo y faciliten las transiciones a
                  nuevos puestos de trabajo. Para subsanar las consecuencias negativas que los cambios
                  de empleo pueden tener en los ingresos se precisan sistemas que ofrezcan buenas
                  prestaciones de desempleo, paliando el efecto perjudicial que pudiera entrañar en la
                  intensidad de la búsqueda de un nuevo empleo mediante la implantación de sistemas
                  eficaces de apoyo a la búsqueda de empleo e incentivación del trabajo que garanticen
                  un equilibrio entre los derechos y las obligaciones.
             d.   Sistemas de Seguridad Social modernos que ofrezcan un apoyo a la renta adecuado,
                  fomenten el empleo y faciliten la movilidad en el mercado laboral. Se Incluyen una
                  amplia serie de medidas de protección social (prestaciones de desempleo, pensiones y
                  atención sanitaria) que permiten a las personas conciliar el trabajo con las
                  responsabilidades privadas y personales, como el cuidado de los hijos. Las políticas
                  activas están dirigidas, fundamentalmente, a “mejorar el funcionamiento del mercado
                  laboral a través del incremento de la movilidad y el ajuste laboral facilitando la
                  recolocación de los trabajadores y, en general, capacitando a los mismos en el
                  aprovechamiento de las nuevas oportunidades de empleo existentes como
                                                                                5
                  consecuencia de los cambios técnicos, económicos y sociales” .



3
   Cfr. “Flexicurity Pathways”, Informe del Grupo de Expertos sobre Flexiguridad, presentado en la
Conferencia sobre Flexiguridad, celebrada en Bruselas el 20 de abril de 2007.
4
  La Comisión Europea - “Hacia los principios comunes de la flexiguridad: más y mejor empleo mediante
la flexibilidad y la seguridad”, p. 5.
5
  CES en CIDEC, 2004
5.   PRINCIPIOS DE LA FLEXISEGURIDAD

Los principios comunes tienen como objetivo establecer una referencia útil para lograr unos mercados
de trabajo más abiertos y con mayor capacidad de respuesta, y unos lugares de trabajo más productivos.
Se adopto en la UE ocho puntos de referencia que deberían ayudar a los Estados miembros a establecer
y aplicar estrategias de Flexiguridad que tengan en cuenta sus respectivos desafíos específicos, así como
las oportunidades y circunstancias particulares, con la participación activa de los interlocutores
        6
sociales . Los ochos puntos son como sigue:

             a.   La Flexiseguridad entraña disposiciones contractuales flexibles y fiables, estrategias de
                  aprendizaje permanente globales, políticas activas del mercado laboral eficaces y
                  sistemas de Seguridad Social modernos.

             b.   La Flexiseguridad se sustenta sobre el equilibrio entre derechos y las responsabilidades
                  de los empresarios, los trabajadores, los solicitantes de empleo y las autoridades
                  públicas.

             c.   La Flexiseguridad debería adaptarse a las circunstancias, los mercados de trabajo y las
                  relaciones laborales específicos de cada uno de los Estados miembro.

             d.   La Flexiseguridad debería reducir la brecha abierta entre los que están dentro del
                  mercado laboral y los que están fuera del mismo. Y ello por cuanto los que ahora están
                  dentro necesitan apoyo para preparar las transiciones de un empleo a otro y estar
                  protegidos mientras éstas duren. Los que ahora están fuera- incluidas las personas
                  inactivas, entre las que mujeres, jóvenes y emigrantes están excesivamente
                  representados necesitan puntos de entrada al empleo que les faciliten el acceso al
                  mismo y puntos de apoyo que les permitan progresar hacia unas modalidades
                  contractuales estables.

             e.   Debe promoverse la Flexiseguridad interna en una misma empresa pero también la
                  externa de una empresa a otra. La flexibilidad en la contratación y el despido ha de ir
                  acompañado de seguridad en las transiciones de un empleo a otro. Debe facilitarse la
                  movilidad ascendente, unos lugares de trabajo de elevada calidad dirigidos por
                  personal capaz, una buena organización del trabajo y la mejora continua de las
                  capacidades son alguno de los objetivos de la Flexiseguridad.

             f.   La Flexiseguridad debe apoyar la igualdad de género potenciando la igualdad entre
                  mujeres y hombres en el acceso a empleos de calidad y ofreciendo posibilidades de
                  conciliar la vida laboral y personal, dando las mismas oportunidades a todos.

             g.   La Flexiseguridad requiere un clima de confianza entre las autoridades públicas y los
                  interlocutores sociales en el que todos estén dispuestos a asumir la responsabilidad
                  del cambio y que produzca políticas equilibradas.

             h.   Su aplicación debería contribuir a políticas presupuestarias sólidas y sostenibles desde
                  el punto de vista financiero, a través de una distribución justa de los costes y los
                  beneficios.

    6.   EJEMPLOS RELEVANTES EUROPEOS DE FLEXISEGURIDAD

             a.   Dinamarca: Triangulo de Oro, el mercado laboral danés combina con éxito flexibilidad
                  y seguridad y se caracteriza por una legislación laboral flexible y una protección del
                  puesto de trabajo relativamente baja, ingentes esfuerzos en materia de aprendizaje


6
  La Comisión Europea - “Hacia los principios comunes de la flexiguridad: más y mejor empleo mediante
la flexibilidad y la seguridad”, p. 10-11.
permanente y políticas activas del mercado laboral y un generoso sistema de
                  seguridad social.

             b.   Austria: Sistema de indemnización por despido y Agencia de Intermediación Laboral, la
                  legislación laboral austriaca combina una flexibilidad del mercado laboral
                  relativamente elevada con un nivel medio de prestaciones sociales, acompañada tanto
                  de políticas activas del mercado laboral eficaces como de una fuerte presencia de los
                  agentes sociales. A esto hay que incorporar la Agencia de intermediación laboral,
                  elemento esencial de la flexibilidad.

             c.   Países Bajos: El trabajo temporal, se caracteriza por haber conseguido armonizar la
                  consolidación de los puestos de trabajo a cambio de la moderación salarial,
                  sentándose las bases para el desarrollo de puestos de trabajo a tiempo parcial en el
                  contexto de convenios colectivos.

             d.   Alemania: Prestaciones de desempleo e intensas políticas activas de empleo, su
                  política laboral se caracteriza por unas generosas prestaciones de desempleo y unas
                  intensivas políticas activas de empleo.

             e.   Suecia: Acuerdos de Transición de Carrera, el éxito de este modelo estriba
                  fundamentalmente en los denominados “Acuerdos de Transición de Carrera” que son
                  establecidos como parte de convenios colectivos para apoyar a los trabajadores en el
                  caso de despidos por motivos económicos.

             f.   Irlanda: Acuerdo de los interlocutores sociales “Hacia 2006”, asume los retos de de
                  formación y aprendizaje permanente y que ha conseguido que en la actualidad Irlanda
                  cuente con un mercado laboral flexible, reforzando su inversión en políticas activas del
                  mercado laboral.


BIBLIOGRAFIA


Comisión de las Comunidades Europeas (27-6-2007) Comunicación de la Comisión al Parlamento
Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de Las Regiones “hacia los
principios comunes de la Flexiseguridad: más y mejor empleo mediante la flexibilidad y la seguridad”.

Víctor E. Tokman, MACROECONOMÍA DE DESARROLLO Flexiguridad con informalidad: opciones y
restricciones, Serie 70, División de Desarrollo Económico Santiago de Chile, noviembre de 2008.

Jorge Toyama, Victoria Rosas Chávez, Marta Tostes Vieira, RETOS PENDIENTES PARA IMPLEMENTAR LA
FLEXIGURIDAD EN EL PERÚ Documento de proyecto Comisión Económica para América Latina y el Caribe
(CEPAL).

Dra. Eva Garrido LA NOCIÓN DE “FLEXIGURIDAD” Universitat Pompeu Fabra.

Boletín Informativo CGT Nº 114-Dic. 2007, LA FLEXISEGURIDADA Y EL ORDEN SOCIAL DEL CAPITAL.

Relaciones Laborales Nº 207 Febrero 2007, LA FLEXISEGURIDAD EN LA UNIÓN EUROPEA JoséLluis Gil y
Gil, Profesor Titular de Derecho del Trabajo de la Universidad de Alcalá y miembro del Consejo Asesor de
Sagardoy Abogados.

D. Santos Miguel Ruesga Benito, EL SISTEMA SOCIAL ESPAÑOL EN UN MARCO DE FLEXISEGURIDAD
Análisis comparado de algunas experiencias europeas y lecciones para el caso español. (Capítulos 1- 8)

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Flexiseguridad

  • 1. LA FLEXISEGURIDAD 1. INTRODUCCION Los términos flexibilidad y seguridad se articulan formando un nuevo neologismo “Flexiseguridad” y que surge gracias a directrices integradas para el crecimiento y el empleo como “La necesidad de adaptar la legislación laboral para promover la flexibilidad y la seguridad del empleo y reducir la segmentación 1 del mercado de trabajo” siendo parte de la estrategia actual y globalizada de una nueva forma de crear más empleo y de mejor calidad así como lo plantea el Libro Verde de la UE. En el mundo económico y empresarial los planes a largo plazo sustentados en un mundo necesitado y estable, dieron paso a unos planes más cortoplacistas y fundamentados en las necesidades cambiantes de unos ciudadanos cada vez más saturados en sus necesidades básicas y una economía cada vez más dependiente energéticamente del petróleo y de los poderes que lo controlan. Se identifican las combinaciones de instrumentos utilizadas en los países para configurar una estrategia de Flexiseguridad. Las mismas consisten en interrelacionar la protección en el empleo y la protección laboral y social. Dichas combinaciones son múltiples en los países desarrollados y también lo son en América Latina. Reconociendo las diferencias estructurales asociadas a los niveles de desarrollo se analiza la inserción laboral como determinante importante para la difusión de los beneficios de la estrategia. Se muestran las limitantes estructurales asociadas al grado de urbanización, de asalariamiento y a la existencia de una amplia economía informal. Tradicionalmente se podría decir que ha habido dos formas de ver el mercado laboral, a saber, una que protege los intereses del trabajador por encima de los de la empresa y otra que defiende más los intereses de la empresa, que genera más empleo pero deja a los trabajadores bastante desprotegidos. Aquí es donde entra la Flexiguridad, que se puede caracterizar como una vía intermedia que intenta unir estas dos partes. 2. ORIGENES La aplicación de la Flexiseguridad, que en este momento se encuentra en pleno apogeo en la Unión Europea, surgió en Dinamarca, un país nórdico en el que la protección social cobra vida y protagonismo, aunque también guarda sus lados oscuros guiados por un modelo cada vez más neoliberal, sobre todo cuando se hace referencia a los emigrantes y a los refugiados. El Gobierno danés descentralizó la política de empleo y su competencia se encuentra a nivel regional y local. La palabra Flexiseguridad fue utilizada por primera vez en los Países Bajos tras la reforma de la legislación laboral en la década de los 90. Sin embargo, la Flexiseguridad no se empezó a conocer en una escena internacional hasta que se utilizó el término para describir el modelo danés del mercado laboral. Actualmente es un término muy popular en contextos políticos que se escucha a menudo en los debates europeos y que ha convertido a Dinamarca en un ejemplo clásico de cómo funciona mejor la Flexiseguridad. En la Unión Europea el deseo en la discusión de unir flexibilidad con seguridad ha existido durante muchos años. Las primeras referencias se situaron en el informe, titulado Papel Verde, Presentado por la Comisión Europea en 1997. Más adelante en las Cumbres Europeas, particularmente en la Estrategia de Lisboa de 2000, se vio de nuevo la ambición y la necesidad de encontrar un equilibrio entre la flexibilidad y la seguridad. A continuación, en noviembre de 2006 la Comisión publicó el Libro Verde “Modernizar el Derecho Laboral para afrontar los retos del siglo XXI”, que invita a la discusión de en qué medida los derechos laborales pueden fomentar el concepto de Flexiguridad. Es decir, una discusión sobre las metas de las políticas de empleo que ya se había formulado en la Estrategia de Lisboa. Asimismo, en el primer parte del 2006, bajo la presidencia de turno europea de Austria, se hizo un gran esfuerzo para crear unas estrategias para combinar la flexibilidad con la seguridad. En junio de 2007 la Comisión publicó una resolución titulada, “Hacia los Principios Comunes de la Flexiguridad” que fue aprobada por el Parlamento Europeo en el otoño del 2007. 1 Directrices adoptadas el 12 de julio de 2005 (DO L 205 de 6.8.2005) Consejo de la Unión Europea- Barcelona
  • 2. 3. DEFINICION La necesidad de adaptación y de cambio es una realidad aceptada hoy en día por la mayoría de los ciudadanos, ante esta necesidad de cambio, se desarrolló el concepto de Flexiseguridad, generalmente definido como una estrategia integrada destinada a mejorar simultáneamente la flexibilidad y la seguridad en el mercado laboral. En otras palabras, la Flexiseguridad es un enfoque global del mercado laboral que combina la flexibilidad de las modalidades contractuales, la seguridad en el empleo (la garantía de permanecer en el puesto de trabajo o de encontrar otro rápidamente) y una gestión adaptada de los períodos de transición. La Flexiseguridad es una nueva forma de concebir las relaciones entre trabajadores y empleadores basada en una mayor flexibilidad contractual y más acceso a empleos, lo que debe derivar en el aumento en el nivel de formación e incentivos sociales con el fin de permitir cambios de trabajo con menos incertidumbre. No se trata solo de tener flexibilidad en la empresa y dar seguridad al trabajador, ambos necesitan flexibilidad y seguridad para aumentar la competitividad y variar la plantilla laboral de la empresa, y la seguridad de un marco legal estable. No existe ninguna definición oficial de la Flexiguridad pero en concreto, se puede definir como una estrategia integrada para potenciar, al mismo tiempo, la flexibilidad y la seguridad en el mercado laboral. Inicialmente es importante subrayar que el concepto de Flexiguridad se basa principalmente en la idea de que las dos dimensiones de la flexibilidad y la seguridad no son contradictorias, sino complementarias. a. La Flexibilidad Primera dimension de la Flexiseguridad que hace referencia a los avances logrados (transiciones) en el curso de la propia vida: del colegio al trabajo, de un empleo a otro, del desempleo o la inactividad al trabajo y del trabajo a la jubilación. No se limita a la mayor libertad de las empresas para contratar o despedir y no implica tampoco que los contratos indefinidos deban de quedar obsoletos. Alude a la progresión de los trabajadores hacia mejores empleos, a la movilidad ascendente y al desarrollo óptimo del talento. La flexibilidad es característica de una organización del trabajo flexible, capaz de responder rápida y eficazmente a nuevas necesidades y dominar las capacidades necesarias para aumentar la producción y es la que facilita la conciliación del trabajo y las responsabilidades privadas. En este sentido será eficaz si ofrece a los trabajadores los medios necesarios para adaptarse al cambio, permanecer en el mercado de trabajo y progresar en la vida laboral. La dimensión de Flexibilidad acota una facilidad para las “transiciones “en el mercado laboral: educación-desempleo-empleo-jubilación. Mayor libertad de las empresas para contratar y despedir, la obsolescencia de los contratos indefinidos, una organización del trabajo capaz de dar respuesta rápida a nuevas necesidades productivas y a la conciliación de la vida familiar. Pero en esta nueva expresión de la flexibilidad, como principal dimensión estratégica de la flexiguridad, 2 se elude notoriamente la temática de la flexibilidad interna , para revalorizar y reforzar aun mas su vertiente externa, de modo que las empresas puedan encontrar un mejor terreno para recurrir a vías de empleo que faciliten una organización de trabajo de fácil y rápida respuesta a exigencias económicas y productivas. Lo que abre a su vez nuevas vías de expresión de la flexibilidad misma y en suma nuevas respuestas a sus requerimientos. b. La Seguridad La segunda dimension de la flexiguridad se construye sobre un sustrato eminentemente subjetivo e individualista, y en teoría expresivo de un interés tanto de trabajadores como de empresarios. Así, 2 Una circunstancia que precisamente destacó el Informe de las autoridades españolas sobre el Libro Verde, criticando el hecho de que éste no abordara como asunto prioritario el relativo a la flexibilidad interna en el desarrollo de la relación laboral. Coherentemente, en respuesta a la primera pregunta del Libro Verde sobre cuáles podrían ser las reformas prioritarias del Derecho laboral, el informe español apunta a que la “profundización en los mecanismos de flexibilidad interna, siempre preferibles a los externos (reestructuraciones, deslocalizaciones, etc.) debería ser el modo esencial de alcanzar la tan deseada flexiseguridad; además, esa flexibilidad interna debe basarse siempre en el dialogo social”.
  • 3. seguridad para el trabajador de preservar sus posibilidades de entrar, permanecer y progresar en el empleo a lo largo de su vida laboral; y por otro lado, seguridad para las empresas de preservar y reforzar su posición en el mercado, la lealtad de su mano de obra, su productividad y la potencial creación de 3 empleo dentro de un entorno de incremento de la competitividad . La seguridad consiste en dar a cada uno las capacidades que le permitan evolucionar en su vida profesional y encontrar un nuevo empleo, prever indemnizaciones de desempleo adaptadas, con el fin de facilitar los períodos de transición, aumentar las posibilidades de formación para todos los trabajadores, haciendo especial hincapié en los trabajadores poco cualificados o de edad avanzada. El componente seguridad defiende políticas de formación continua a lo largo de toda la trayectoria de la persona trabajadora para asegurar su “empleabililidad”. 4. EJES DE ACTUACION DE LA FLEXISEGURIDAD La Comisión Europea y los Estados miembros, basándose en la experiencia y en datos obtenidos, han llegado a un consenso en cuanto a que las políticas de Flexiseguridad pueden concebirse y aplicarse a 4 través de cuatro ejes de actuación : a. Disposiciones contractuales flexibles y fiables gracias a una legislación laboral, convenios colectivos y una organización del trabajo modernos. La puesta en práctica de una legislación estricta de protección de empleo se reduce el número de despidos pero también las posibilidades de reinserción en el mercado laboral tras períodos de desempleo. Del mismo modo estas legislaciones proteccionistas del empleo fomentan con frecuencia el recurso a la utilización de contratos temporales con escasa protección y limitan la progresión a puestos de trabajo de duración indefinida. b. Estrategias globales de aprendizaje permanente a fin de garantizar la adaptabilidad y empleabilidad contínua de los trabajadores, en particular de los más vulnerables. Un sistema de educación de alta calidad, unas amplias competencias esenciales y la inversión continua en el desarrollo de las capacidades aumentan tanto las oportunidades de las empresas de responder adecuadamente al cambio económico como las posibilidades de los trabajadores de seguir empleados o encontrar un nuevo empleo. c. Políticas activas del mercado laboral eficaces que ayuden a las personas a afrontar cambios rápidos, reduzcan los períodos de desempleo y faciliten las transiciones a nuevos puestos de trabajo. Para subsanar las consecuencias negativas que los cambios de empleo pueden tener en los ingresos se precisan sistemas que ofrezcan buenas prestaciones de desempleo, paliando el efecto perjudicial que pudiera entrañar en la intensidad de la búsqueda de un nuevo empleo mediante la implantación de sistemas eficaces de apoyo a la búsqueda de empleo e incentivación del trabajo que garanticen un equilibrio entre los derechos y las obligaciones. d. Sistemas de Seguridad Social modernos que ofrezcan un apoyo a la renta adecuado, fomenten el empleo y faciliten la movilidad en el mercado laboral. Se Incluyen una amplia serie de medidas de protección social (prestaciones de desempleo, pensiones y atención sanitaria) que permiten a las personas conciliar el trabajo con las responsabilidades privadas y personales, como el cuidado de los hijos. Las políticas activas están dirigidas, fundamentalmente, a “mejorar el funcionamiento del mercado laboral a través del incremento de la movilidad y el ajuste laboral facilitando la recolocación de los trabajadores y, en general, capacitando a los mismos en el aprovechamiento de las nuevas oportunidades de empleo existentes como 5 consecuencia de los cambios técnicos, económicos y sociales” . 3 Cfr. “Flexicurity Pathways”, Informe del Grupo de Expertos sobre Flexiguridad, presentado en la Conferencia sobre Flexiguridad, celebrada en Bruselas el 20 de abril de 2007. 4 La Comisión Europea - “Hacia los principios comunes de la flexiguridad: más y mejor empleo mediante la flexibilidad y la seguridad”, p. 5. 5 CES en CIDEC, 2004
  • 4. 5. PRINCIPIOS DE LA FLEXISEGURIDAD Los principios comunes tienen como objetivo establecer una referencia útil para lograr unos mercados de trabajo más abiertos y con mayor capacidad de respuesta, y unos lugares de trabajo más productivos. Se adopto en la UE ocho puntos de referencia que deberían ayudar a los Estados miembros a establecer y aplicar estrategias de Flexiguridad que tengan en cuenta sus respectivos desafíos específicos, así como las oportunidades y circunstancias particulares, con la participación activa de los interlocutores 6 sociales . Los ochos puntos son como sigue: a. La Flexiseguridad entraña disposiciones contractuales flexibles y fiables, estrategias de aprendizaje permanente globales, políticas activas del mercado laboral eficaces y sistemas de Seguridad Social modernos. b. La Flexiseguridad se sustenta sobre el equilibrio entre derechos y las responsabilidades de los empresarios, los trabajadores, los solicitantes de empleo y las autoridades públicas. c. La Flexiseguridad debería adaptarse a las circunstancias, los mercados de trabajo y las relaciones laborales específicos de cada uno de los Estados miembro. d. La Flexiseguridad debería reducir la brecha abierta entre los que están dentro del mercado laboral y los que están fuera del mismo. Y ello por cuanto los que ahora están dentro necesitan apoyo para preparar las transiciones de un empleo a otro y estar protegidos mientras éstas duren. Los que ahora están fuera- incluidas las personas inactivas, entre las que mujeres, jóvenes y emigrantes están excesivamente representados necesitan puntos de entrada al empleo que les faciliten el acceso al mismo y puntos de apoyo que les permitan progresar hacia unas modalidades contractuales estables. e. Debe promoverse la Flexiseguridad interna en una misma empresa pero también la externa de una empresa a otra. La flexibilidad en la contratación y el despido ha de ir acompañado de seguridad en las transiciones de un empleo a otro. Debe facilitarse la movilidad ascendente, unos lugares de trabajo de elevada calidad dirigidos por personal capaz, una buena organización del trabajo y la mejora continua de las capacidades son alguno de los objetivos de la Flexiseguridad. f. La Flexiseguridad debe apoyar la igualdad de género potenciando la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso a empleos de calidad y ofreciendo posibilidades de conciliar la vida laboral y personal, dando las mismas oportunidades a todos. g. La Flexiseguridad requiere un clima de confianza entre las autoridades públicas y los interlocutores sociales en el que todos estén dispuestos a asumir la responsabilidad del cambio y que produzca políticas equilibradas. h. Su aplicación debería contribuir a políticas presupuestarias sólidas y sostenibles desde el punto de vista financiero, a través de una distribución justa de los costes y los beneficios. 6. EJEMPLOS RELEVANTES EUROPEOS DE FLEXISEGURIDAD a. Dinamarca: Triangulo de Oro, el mercado laboral danés combina con éxito flexibilidad y seguridad y se caracteriza por una legislación laboral flexible y una protección del puesto de trabajo relativamente baja, ingentes esfuerzos en materia de aprendizaje 6 La Comisión Europea - “Hacia los principios comunes de la flexiguridad: más y mejor empleo mediante la flexibilidad y la seguridad”, p. 10-11.
  • 5. permanente y políticas activas del mercado laboral y un generoso sistema de seguridad social. b. Austria: Sistema de indemnización por despido y Agencia de Intermediación Laboral, la legislación laboral austriaca combina una flexibilidad del mercado laboral relativamente elevada con un nivel medio de prestaciones sociales, acompañada tanto de políticas activas del mercado laboral eficaces como de una fuerte presencia de los agentes sociales. A esto hay que incorporar la Agencia de intermediación laboral, elemento esencial de la flexibilidad. c. Países Bajos: El trabajo temporal, se caracteriza por haber conseguido armonizar la consolidación de los puestos de trabajo a cambio de la moderación salarial, sentándose las bases para el desarrollo de puestos de trabajo a tiempo parcial en el contexto de convenios colectivos. d. Alemania: Prestaciones de desempleo e intensas políticas activas de empleo, su política laboral se caracteriza por unas generosas prestaciones de desempleo y unas intensivas políticas activas de empleo. e. Suecia: Acuerdos de Transición de Carrera, el éxito de este modelo estriba fundamentalmente en los denominados “Acuerdos de Transición de Carrera” que son establecidos como parte de convenios colectivos para apoyar a los trabajadores en el caso de despidos por motivos económicos. f. Irlanda: Acuerdo de los interlocutores sociales “Hacia 2006”, asume los retos de de formación y aprendizaje permanente y que ha conseguido que en la actualidad Irlanda cuente con un mercado laboral flexible, reforzando su inversión en políticas activas del mercado laboral. BIBLIOGRAFIA Comisión de las Comunidades Europeas (27-6-2007) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de Las Regiones “hacia los principios comunes de la Flexiseguridad: más y mejor empleo mediante la flexibilidad y la seguridad”. Víctor E. Tokman, MACROECONOMÍA DE DESARROLLO Flexiguridad con informalidad: opciones y restricciones, Serie 70, División de Desarrollo Económico Santiago de Chile, noviembre de 2008. Jorge Toyama, Victoria Rosas Chávez, Marta Tostes Vieira, RETOS PENDIENTES PARA IMPLEMENTAR LA FLEXIGURIDAD EN EL PERÚ Documento de proyecto Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Dra. Eva Garrido LA NOCIÓN DE “FLEXIGURIDAD” Universitat Pompeu Fabra. Boletín Informativo CGT Nº 114-Dic. 2007, LA FLEXISEGURIDADA Y EL ORDEN SOCIAL DEL CAPITAL. Relaciones Laborales Nº 207 Febrero 2007, LA FLEXISEGURIDAD EN LA UNIÓN EUROPEA JoséLluis Gil y Gil, Profesor Titular de Derecho del Trabajo de la Universidad de Alcalá y miembro del Consejo Asesor de Sagardoy Abogados. D. Santos Miguel Ruesga Benito, EL SISTEMA SOCIAL ESPAÑOL EN UN MARCO DE FLEXISEGURIDAD Análisis comparado de algunas experiencias europeas y lecciones para el caso español. (Capítulos 1- 8)