1. PROYECTO DE DECLARACION
FUNDAMENTOS:
El 28 de junio del año 2009 se celebraron elecciones para renovación de cargos
legislativos en todo el país. En nuestra Provincia le correspondió renovar las
bancas de diputados provinciales a cinco departamentos: General Belgrano,
Gobernador Dupuy, Junín, Coronel Pringles y La Capital.
Tras la presentación de candidatos de las distintas listas que participarían de la
elección, los apoderados de los distintos partidos, alianzas y frentes pudieron
realizar las impugnaciones que consideraron procedentes, luego se oficializaron
las boletas, y se desarrolló el acto eleccionario con total normalidad, efectuándose
el escrutinio provisorio en las mesas de votación y posteriormente la Secretaría
Electoral con la presencia de fiscales y apoderados procedió a efectuar el
escrutinio definitivo. Todo este proceso que es controlado por el Poder Judicial con
competencia electoral culminó con el acta final que elaboró la Secretaría Electoral
con los resultados finales y definitivos del acto eleccionario, siendo dicha acta
suscripta por los apoderados de los distintos partidos, alianzas y frentes que
participaron de la elección. Como consecuencia de dichos resultados el Tribunal
Electoral Provincial procedió a proclamar a quienes habían resultado elegidos para
ocupar las bancas correspondientes de cada departamento, haciéndoles entrega
de los respectivos diplomas.
El propio juez con competencia electoral emitió oportunamente un
comunicado aclarando que la proclamación de los candidatos electos era un
acto jurídico firme, consentido por los apoderados de las listas que
participaron de la elección y que el término para cualquier tipo de apelación
estaba absolutamente precluido. Esto daba por tierra cualquier argumento que
se pretendiera esgrimir como excusa para negarle al pueblo de los departamentos
Belgrano y Dupuy el elemental derecho a tener en esta Cámara a sus legítimos
representantes.
De lo antedicho queda absolutamente en claro que quienes fueron proclamados
por la Justicia Electoral y recibieron sus respectivos diplomas debían jurar sus
cargos en la Sesión Preparatoria del 07/12/09. Pero para sorpresa de quines
confiamos en la buena fe de los integrantes de la Comisión de Poderes, los
miembros del oficialismo en la misma, se negaron a aceptar los diplomas
absolutamente válidos de los diputados electos de los departamentos General
Belgrano y Gobernador Dupuy, por el sólo hecho de haber tenido los mismos el
atrevimiento insoportable de ganarle las elecciones a las listas patrocinadas por los
hermanos Rodriguez Saa. Y poniendo por encima de sus deberes democráticos,
republicanos y constitucionales, su ciega obediencia a las órdenes de quienes
recrean con estas actitudes un comportamiento mitad monárquico, mitad tiránico,
sólo consiguieron ser la punta de lanza de un nuevo golpe de estado perpetrado
por los hermanos Rodriguez Saa en nuestra Provincia.
Dicho golpe de estado se concretó el 23/06/10 cuando por dieciocho (18) votos a
favor y diecisiete (17) en contra, la Cámara de Diputados (a la que cada día cuesta
más llamarla Honorable), aprobó el aberrante despacho de la Comisión de
Poderes elaborado tras seis meses de arduo estudio, y que en sus escasos
ocho renglones no contiene un solo fundamento legal, jurídico o
constitucional.
¿Hará falta recordar el fallido golpe de estado del año 2002 cuando les ordenaron
a los legisladores del oficialismo sancionar una brutal ley anulando los mandatos
dados por el pueblo? Este golpe de estado fue abortado en la Corte Suprema de
Justicia de la Nación, que al declarar inconstitucional la agraviante Ley de
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2. Caducidad de Mandatos, dejó en ridículo a los legisladores que la habían votado
(algunos de ellos abogados), y quienes debieron haber tenido cuando menos el
decoro de renunciar a las bancas que ocupaban, al quedar en evidencia la
intencionalidad de destruir el sistema democrático.
Es hora de preguntarnos: ¿Vivimos en San Luis en un estado democrático? La
respuesta es No, porque no se respeta la soberanía popular. ¿Vivimos en San Luis
en un estado republicano? La respuesta es No, porque el sometimiento del Poder
Legislativo al Poder Ejecutivo lleva al primero a renunciar a su más importante
obligación constitucional, que es representar al pueblo que los eligió y no a
obedecer órdenes para realizar actos inconstitucionales. ¿Se respeta en San Luis
la soberanía popular? La respuesta es No, porque se le niega al pueblo de dos
departamentos el derecho a que ocupen sus bancas los representantes que
legítimamente eligió. ¿Qué calidad institucional tiene hoy San Luis en el contexto
nacional? La respuesta es que tenemos la peor calidad institucional del país,
es decir que San Luis es la peor provincia argentina por su calidad
institucional, ya que no hay antecedentes de que en otras provincias se niegue el
primer derecho que tiene el pueblo en un sistema democrático, que es el de elegir
y ser elegido.
Mientras el país festejaba el Bicentenario de aquella gloriosa fecha en que el
pueblo se declaró soberano y eligió la Primera Junta de Gobierno de una Patria
que estaba naciendo, en San Luis asistíamos al velorio del sistema
democrático cuya muerte tuvo como autores intelectuales a Adolfo y Alberto
Rodriguez Saa, como partícipes necesarios a los integrantes oficialistas de la
Comisión de Poderes y como autores materiales a los dieciocho (18)
diputados oficialistas que votaron el aberrante despacho de la Comisión de
Poderes.
Se les niega a los legisladores de Belgrano y Dupuy el legítimo derecho a ejercer
la representación que les confirió el pueblo de sus respectivos departamentos,
pero resulta peor aún y de una gravedad institucional insalvable, el hecho de
conculcarle al pueblo de esos departamentos el derecho a elegir libremente a sus
representantes. La burla de la voluntad popular es el peor latrocinio que puede
cometer un legislador.
El Artículo 29.- de la Constitución Nacional establece: “El Congreso no puede
conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores
de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles
sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los
argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta
naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los
formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores
a la patria”.
Aquellos que ocupando una banca y aprovechándose de una mayoría
circunstancial se alzaron contra la voluntad popular por obedecer la orden del
gobernador y de su hermano, renunciado a toda dignidad en el ejercicio de sus
funciones y otorgándoles de esta manera la suma del poder público y las
sumisiones y supremacías por las que el honor de los sanluiseños quedó a su
merced, lo que hicieron fue producir un acto que lleva consigo una nulidad
insanable y que sujeta a los dieciocho (18) diputados oficialistas a la
responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria.
Pero como si todo lo antes mencionado fuera poco en materia de degradación
institucional, avasallamiento de la soberanía popular y conculcación del derecho de
los ciudadanos para elegir libremente a sus representantes, el 25/05/11 (¡¡¡qué
ironía justo en una fecha patria!!!), se publico en el Boletín Oficial y Judicial de
nuestra provincia el decreto Nº 996-MGJyC-2011, mediante el cual se convoca al
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3. electorado de los Departamentos Gobernador Dupuy y Belgrano de la Provincia de
San Luis para el día 23 de octubre de 2011, a fin de que proceda a elegir Dos (2)
Diputados Provinciales Titulares y Dos (2) Diputados Provinciales Suplentes por el
Departamento Gobernador Dupuy y Dos (2) Diputados Provinciales Titulares y Dos
(2) Diputados Provinciales Suplentes por el Departamento Belgrano. Estableciendo
además que los candidatos que resulten electos completarán el mandato del
período de los cargos vacantes por los cuales son elegidos. Es decir que se
pretende hacer una elección para elegir diputados que ya fueron elegidos por el
pueblo y cuyo mandato vence el 09/12/13, con el agravante de que quienes
perdieron la elección hicieron jurar los cargos a los integrantes de la minoría de
ambos departamentos y ahora se pretende convocar solo por dos diputados, de
forma tal que si el oficialismo vuelve a perder igual puede conseguir una banca y
darse el insólito e inédito hecho de que debiendo elegirse tres diputados por un
departamento, un partido pierde las dos elecciones y termina ganando 2 a 1 en
cantidad de diputados. ¿Viveza criolla? ¿Picardía electoral? No, simplemente
estafa a la voluntad popular y anulación definitiva del estado de derecho.
Naturalmente que los cuatro diputados legítimamente elegidos por el pueblo de sus
respectivos departamentos han recurrido al Poder Judicial y están a la espera de
que se haga justicia. Resulta por lo tanto aún más repudiable la actitud del Poder
Ejecutivo de convocar a elecciones para cubrir cargos que están pendientes de
resolución judicial, y que, de existir justicia, les devolverá a quienes fueron elegidos
libremente por los pueblos de Dupuy y Belgrano lo que momentáneamente le han
arrebatado de manera dictatorial, caprichosa e inconstitucional, dieciocho súbditos
de los hermanos Rodriguez Saa, que han preferido poner su permanencia en el
régimen por encima de su propia dignidad.
Por todo lo expuesto,
LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS,
SANCIONA CON FUERZA DE
DECLARACION
Art.1º.- La Honorable Cámara de Diputados expresa su más enérgico repudio a la
convocatoria efectuada por el Poder Ejecutivo Provincial mediante el Decreto Nº
996-MGJyC-2011 para que el electorado de los Departamentos Gobernador Dupuy
y Belgrano de la Provincia de San Luis elija dos (2) diputados provincial titulares y
dos (2) diputados suplentes el día 23 de octubre de 2011.
Art. 2º.- La Honorable Cámara de Diputados vería con agrado que a los efectos de
preservar la paz social de la provincia y de evitar un nuevo avasallamiento de los
derechos constitucionales de los sanluiseños en general y de los ciudadanos de
los Departamentos General Belgrano y Gobernador Dupuy en particular, el Poder
Ejecutivo Provincial derogue en forma inmediata el Decreto 996-MGJyC-2011.
Art. 3º.- La Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de San Luis remitirá a
la Presidencia de la Nación, al Ministerio del Interior, a las Honorables Cámaras de
Diputados y Senadores Nacionales, a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y
a cada uno de los tres poderes de los gobiernos de las otras veintidós provincias
argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, copia de la presente
declaración incluyendo los fundamentos de la misma.
Art. 3º.- La comunicación a que se refiere el Art. 2º.- de la presente Resolución, en
lo correspondiente al Gobierno Federal, tiene por objeto que el mismo evalúe la
necesidad de aplicar lo prescripto en el Art. 6º.- de la Constitución Nacional.
Art. 4º.- De forma.
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