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DAFNE DANAEE DIAZ HERRERA, 1966337
ADALBERTO VICENTE RAMIREZ GONZALEZ,
2127234
LA DEUDA
ADUANERA
La Deuda Aduanera se define como la obligación que tiene una
persona física o jurídica de pagar el importe a los derechos de
importación o de exportación aplicables a las mercancías sujetas a
tales derechos, con arreglos a las disposiciones comunitarias
vigentes.
En conclusión, es un impuesto que recae sobre la operación
comercial concreta y no sobre el patrimonio de las personas, por lo
tanto, es un impuesto indirecto.
Deuda Aduanera de Exportación: Se aplica a las mercancías que salen
del territorio aduanero comunitario.
Existen dos tipos de Deuda Aduanera:
*Para esta, se considera como momento de nacimiento de dicha deuda
aduanera al momento en el que tiene lugar la admisión por los servicios de
aduanas de la declaración de exportación o de cualquier otro acto que
tenga los mismos efectos jurídicos que esa admisión, o el momento en que
tiene lugar la salida efectiva de dicha mercancía, cuando la exportación se
realice sin declarar.
Deuda Aduanera de Importación: Se aplica a las mercancías que entran al
territorio aduanero comunitario.
El momento en que tiene lugar la admisión de la declaración de despacho o
cualquier otro acto que tenga los mismos efectos jurídicos de esta admisión
Cuando se produzca la introducción de mercancías.
Cuando se sustraiga la mercancía.
Cuando se deje de cumplir la obligación.
Cuando venza el plazo establecido para la presentación.
En el momento que tiene lugar la destrucción de la mercancía
Cuando sale la mercancía.
Se considera como momento del nacimiento de la deuda aduanera de
importación a:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Los consignatarios de las mercancías una vez aceptada la consignación.
Los viajeros respecto de los efectos que conduzcan.
Los remitentes y los destinatarios de los envíos postales.
Los cargadores de las mercancías a cuyo nombre se halle extendida la
documentación de la exportación.
Los introductores, tenedores o propietarios de las mercancías, así como
las que extraigan del territorio geográfico.
El sujeto pasivo es aquella persona sobre la que recae la obligación
principal de la deuda aduanera. Tienen la consideración de sujetos pasivos:
*El sujeto activo es el Estado.
SUJETO PASIVO
1
2
3
Artículo 35. Para efectos de esta Ley, se entiende por despacho
aduanero el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de
mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de
acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros
establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar ante la
aduana, las autoridades aduaneras y quienes introducen o extraen
mercancías del territorio nacional, ya sea los consignatarios,
destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las
importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los
agentes aduanales o agencias aduanales, empleando el sistema
electrónico aduanero. El Servicio de Administración Tributaria
establecerá mediante reglas, lo procedente en los casos de
contingencias en el sistema electrónico aduanero derivadas de caso
fortuito o fuerza mayor.
DESPACHO ADUANERO
La Deuda Aduanera se define como la obligación que tiene una
persona física o jurídica de pagar el importe a los derechos de
importación o de exportación aplicables a las mercancías sujetas a
tales derechos, con arreglos a las disposiciones comunitarias
vigentes.
En conclusión, es un impuesto que recae sobre la operación
comercial concreta y no sobre el patrimonio de las personas, por lo
tanto, es un impuesto indirecto.
Validación automática
debido a la aplicación
del perfil de riesgo
Se excluye de esta
modalidad a las M o X
que requieran doc de
control previo
AUTOMATICO
Verificación de la
declaración y de
todos los documentos
de acompañamiento y
soporte
Determinar la
correcta declaración
de tributos
DOCUMENTAL
Realizada por un
funcionario en forma
personal.
Reconocimiento de las
mercancías, naturaleza,
origen, condición, peso,
cantidad, medida,
clasificación arancelaria.
Revisión de Declaración,
documentos, e
información registrada
FISICO
DERECHOS EN MATERIA ADUANERA
Por servicios prestados.
Por el tránsito internacional de las mercancías que se indican.
Por inscripciones concesiones y autorizaciones en los siguientes casos: inscripción en el registro de
despacho de mercancias, autorización para someterse al proceso de esamble y fabricación de
vehículos a empresas de industrias automotriz, por la concesión para presentar los servicios de
manejo, almacenaje y custodia de mercancias en el recinto fiscal.
Por almacenaje de mercancias en depósito en aduana, por almacenaje de recinos fiscales y sus
excepciones de acuerdo a los dias que permanezcan en esta condición.
Por derecho de trámite aduanero.
Por el derecho de patente aduanal.
Por análisis de laboratorio.
Por el registro de bancos y entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaiones y fondos
de inversión en el extranjero.
Derechos a pagar en materia aduanera (ley federal de derechos). En materia aduanera se establecen los
siguientes derechos:
En el articulo 144 de la Ley Aduanera se sestablece un catalogo de diversas
facultades conferidas a las autoridades que pueden ejercerse con independencia
de aquellas que son reconocidas en el Código Fiscal de la federación (CFF) y en
otras dispociciones legales.
En la legislación aduanera se reconoce que las autoridades podrán verificar el
cumlimiento de las obligaqciones a cargo de los particulares durante el
reconocimiento aduanero y segundo reconocimiento aduanero de las mercancías,
extendiéndose dicha facultad al momento que estas son transportadas.
Las autoridades fiscales tienen la posibilidad de revisar fisicamente las
mercancías que le son presentadas, asi como la documentación que ampara la
importación, o en su caso, la exportación se éstas.
FACULTADES DE LA
AUTORIDAD ADUANERA
Asi, si las autoridades aduaneras detectan una irregularidad en cualquiera de los
momentos antes referidos, la misma se hace constar por escrito en un acta
circustanciada que para tal efecto se levanta, y se aiende el procedimiento que
en cada caso corresponda en términos de ls articulos 150 a 153 de la Ley
Aduanera.
Una vez levantada el acta circustenciada que señale las irregularidades
dectetadas (acta de hechos y omisiones), la autoridad concederá al particular un
periodo de 10 dias a fin de que ofrezca pruebas y formule alegatos.
Transurrido dicho término y desahogadas las pruebas ofrecidas, se considerará
integrado el expediente y a partir de ese momento la autoridad contara con un
plazo de cuantro meses para dictar la resolución por virtud de la cual se
confirmarán o no las irregularidades previamente detectadas.
En efecto, las facultades de comprobación de la autoridad aduanera son:
El conjunto de actos y atribuciones previstos en las leyes fiscales, llevados acabo
por los entes públicos (autoridades fiscales), con el fin de verificar y comprobar el
cumplimiento de las obligaciónes fiscales de los contribuyentes y en su caso
determinar contribuciones omitidas o los créditos fiscales: facultades que, en su
caso serán, la base de las acciones penales que pudiesen ejercitar.
SUJETOS DE LAS FACULTADES DE
COMPROBACIÓN:
Son sujetos de las facultades de comprobación, los importadores, exportadores,
agente aduanal, las autoridades fiscales y los terceros perjudicados.
Tipos de comprobación
Reconocimiento aduanero.
Verificación de mercancias en transporte.
Visitas domiciliarias
Glosa de documentos.
En materia aduanera tenemos 4 tipos de facultades de comprobación:
GLOSA DE DOCUMENTOS
La glosa de documentos es aquel procedimiento fiscal que lleva acabo la
Administración de Central de Contabilidad y Glosa pertenecientemente a la
Administración General de Aduanas y consiste en la revisión documental y legal
de los pedimientos de importación y exportación, así como sus anexos
presentadas en las aduanas del país, y tiene la finalidad de verificar el
cumplimiento de las obligaciones y formalidades establecidas en la legislación
fiscal y aduanera, además de otros ordenamientos legales, despues de haberse
realizado el despacho aduanero de las mercancías y le hubiera correspondido
desadunamiento aduanero libre.
De las irregularidaes detectadas por las autoridades fiscales únicamente se
levantara un acta de hechos u omisiones, en términos de lo que señala el articulo
152 de la Ley Aduanera.
FRANJA FRONTERIZA
La Ley Aduanera en el articulo 136 define lo que es la franja fronteriza y la zona
fronteriza. Para los efectos de esta ley, se considera como franja fronteriza al
territorio comprendido entre linea divisioria internacional y la linea paralela ubicada
a una distancia de veinte Kilómetros hacia el interior del país.
Es el territorio compredido entre la
línea divisoria inernacional del norte
del país, en el tramo comprendido
entre el límite de la región parcial
del estado de Sonora y el Golfo de
México , así como el municpio
fronterizo de Cananea, de Sonora.
FRANJA FRONTERIZA NORTE.
La zona comprendida por el territorio de 20
Kilómetros paralelo a la linea divisoria
internacional del sur del país, en el tramo
comprendido entre el municipio Unión Juárez y la
desembocadora del río suchiate en el océano
Pacifico, dentro del cual se encuentra ubicada la
Ciudad de Tapachula, Chiapas, con los limites que
geograficamente le corresponden.
FRANJA FRONTERIZA SUR
COLIDANTE CON GUATEMALA.
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  • 1. DAFNE DANAEE DIAZ HERRERA, 1966337 ADALBERTO VICENTE RAMIREZ GONZALEZ, 2127234 LA DEUDA ADUANERA
  • 2. La Deuda Aduanera se define como la obligación que tiene una persona física o jurídica de pagar el importe a los derechos de importación o de exportación aplicables a las mercancías sujetas a tales derechos, con arreglos a las disposiciones comunitarias vigentes. En conclusión, es un impuesto que recae sobre la operación comercial concreta y no sobre el patrimonio de las personas, por lo tanto, es un impuesto indirecto.
  • 3. Deuda Aduanera de Exportación: Se aplica a las mercancías que salen del territorio aduanero comunitario. Existen dos tipos de Deuda Aduanera: *Para esta, se considera como momento de nacimiento de dicha deuda aduanera al momento en el que tiene lugar la admisión por los servicios de aduanas de la declaración de exportación o de cualquier otro acto que tenga los mismos efectos jurídicos que esa admisión, o el momento en que tiene lugar la salida efectiva de dicha mercancía, cuando la exportación se realice sin declarar.
  • 4. Deuda Aduanera de Importación: Se aplica a las mercancías que entran al territorio aduanero comunitario. El momento en que tiene lugar la admisión de la declaración de despacho o cualquier otro acto que tenga los mismos efectos jurídicos de esta admisión Cuando se produzca la introducción de mercancías. Cuando se sustraiga la mercancía. Cuando se deje de cumplir la obligación. Cuando venza el plazo establecido para la presentación. En el momento que tiene lugar la destrucción de la mercancía Cuando sale la mercancía. Se considera como momento del nacimiento de la deuda aduanera de importación a: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
  • 5. Los consignatarios de las mercancías una vez aceptada la consignación. Los viajeros respecto de los efectos que conduzcan. Los remitentes y los destinatarios de los envíos postales. Los cargadores de las mercancías a cuyo nombre se halle extendida la documentación de la exportación. Los introductores, tenedores o propietarios de las mercancías, así como las que extraigan del territorio geográfico. El sujeto pasivo es aquella persona sobre la que recae la obligación principal de la deuda aduanera. Tienen la consideración de sujetos pasivos: *El sujeto activo es el Estado. SUJETO PASIVO
  • 6. 1 2 3 Artículo 35. Para efectos de esta Ley, se entiende por despacho aduanero el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancías al territorio nacional y a su salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento, deben realizar ante la aduana, las autoridades aduaneras y quienes introducen o extraen mercancías del territorio nacional, ya sea los consignatarios, destinatarios, propietarios, poseedores o tenedores en las importaciones y los remitentes en las exportaciones, así como los agentes aduanales o agencias aduanales, empleando el sistema electrónico aduanero. El Servicio de Administración Tributaria establecerá mediante reglas, lo procedente en los casos de contingencias en el sistema electrónico aduanero derivadas de caso fortuito o fuerza mayor. DESPACHO ADUANERO
  • 7. La Deuda Aduanera se define como la obligación que tiene una persona física o jurídica de pagar el importe a los derechos de importación o de exportación aplicables a las mercancías sujetas a tales derechos, con arreglos a las disposiciones comunitarias vigentes. En conclusión, es un impuesto que recae sobre la operación comercial concreta y no sobre el patrimonio de las personas, por lo tanto, es un impuesto indirecto.
  • 8.
  • 9.
  • 10.
  • 11.
  • 12.
  • 13. Validación automática debido a la aplicación del perfil de riesgo Se excluye de esta modalidad a las M o X que requieran doc de control previo AUTOMATICO Verificación de la declaración y de todos los documentos de acompañamiento y soporte Determinar la correcta declaración de tributos DOCUMENTAL Realizada por un funcionario en forma personal. Reconocimiento de las mercancías, naturaleza, origen, condición, peso, cantidad, medida, clasificación arancelaria. Revisión de Declaración, documentos, e información registrada FISICO
  • 14. DERECHOS EN MATERIA ADUANERA Por servicios prestados. Por el tránsito internacional de las mercancías que se indican. Por inscripciones concesiones y autorizaciones en los siguientes casos: inscripción en el registro de despacho de mercancias, autorización para someterse al proceso de esamble y fabricación de vehículos a empresas de industrias automotriz, por la concesión para presentar los servicios de manejo, almacenaje y custodia de mercancias en el recinto fiscal. Por almacenaje de mercancias en depósito en aduana, por almacenaje de recinos fiscales y sus excepciones de acuerdo a los dias que permanezcan en esta condición. Por derecho de trámite aduanero. Por el derecho de patente aduanal. Por análisis de laboratorio. Por el registro de bancos y entidades de financiamiento, fondos de pensiones y jubilaiones y fondos de inversión en el extranjero. Derechos a pagar en materia aduanera (ley federal de derechos). En materia aduanera se establecen los siguientes derechos:
  • 15. En el articulo 144 de la Ley Aduanera se sestablece un catalogo de diversas facultades conferidas a las autoridades que pueden ejercerse con independencia de aquellas que son reconocidas en el Código Fiscal de la federación (CFF) y en otras dispociciones legales. En la legislación aduanera se reconoce que las autoridades podrán verificar el cumlimiento de las obligaqciones a cargo de los particulares durante el reconocimiento aduanero y segundo reconocimiento aduanero de las mercancías, extendiéndose dicha facultad al momento que estas son transportadas. Las autoridades fiscales tienen la posibilidad de revisar fisicamente las mercancías que le son presentadas, asi como la documentación que ampara la importación, o en su caso, la exportación se éstas. FACULTADES DE LA AUTORIDAD ADUANERA
  • 16. Asi, si las autoridades aduaneras detectan una irregularidad en cualquiera de los momentos antes referidos, la misma se hace constar por escrito en un acta circustanciada que para tal efecto se levanta, y se aiende el procedimiento que en cada caso corresponda en términos de ls articulos 150 a 153 de la Ley Aduanera. Una vez levantada el acta circustenciada que señale las irregularidades dectetadas (acta de hechos y omisiones), la autoridad concederá al particular un periodo de 10 dias a fin de que ofrezca pruebas y formule alegatos. Transurrido dicho término y desahogadas las pruebas ofrecidas, se considerará integrado el expediente y a partir de ese momento la autoridad contara con un plazo de cuantro meses para dictar la resolución por virtud de la cual se confirmarán o no las irregularidades previamente detectadas.
  • 17. En efecto, las facultades de comprobación de la autoridad aduanera son: El conjunto de actos y atribuciones previstos en las leyes fiscales, llevados acabo por los entes públicos (autoridades fiscales), con el fin de verificar y comprobar el cumplimiento de las obligaciónes fiscales de los contribuyentes y en su caso determinar contribuciones omitidas o los créditos fiscales: facultades que, en su caso serán, la base de las acciones penales que pudiesen ejercitar.
  • 18. SUJETOS DE LAS FACULTADES DE COMPROBACIÓN: Son sujetos de las facultades de comprobación, los importadores, exportadores, agente aduanal, las autoridades fiscales y los terceros perjudicados. Tipos de comprobación Reconocimiento aduanero. Verificación de mercancias en transporte. Visitas domiciliarias Glosa de documentos. En materia aduanera tenemos 4 tipos de facultades de comprobación:
  • 19. GLOSA DE DOCUMENTOS La glosa de documentos es aquel procedimiento fiscal que lleva acabo la Administración de Central de Contabilidad y Glosa pertenecientemente a la Administración General de Aduanas y consiste en la revisión documental y legal de los pedimientos de importación y exportación, así como sus anexos presentadas en las aduanas del país, y tiene la finalidad de verificar el cumplimiento de las obligaciones y formalidades establecidas en la legislación fiscal y aduanera, además de otros ordenamientos legales, despues de haberse realizado el despacho aduanero de las mercancías y le hubiera correspondido desadunamiento aduanero libre. De las irregularidaes detectadas por las autoridades fiscales únicamente se levantara un acta de hechos u omisiones, en términos de lo que señala el articulo 152 de la Ley Aduanera.
  • 20.
  • 21. FRANJA FRONTERIZA La Ley Aduanera en el articulo 136 define lo que es la franja fronteriza y la zona fronteriza. Para los efectos de esta ley, se considera como franja fronteriza al territorio comprendido entre linea divisioria internacional y la linea paralela ubicada a una distancia de veinte Kilómetros hacia el interior del país. Es el territorio compredido entre la línea divisoria inernacional del norte del país, en el tramo comprendido entre el límite de la región parcial del estado de Sonora y el Golfo de México , así como el municpio fronterizo de Cananea, de Sonora. FRANJA FRONTERIZA NORTE. La zona comprendida por el territorio de 20 Kilómetros paralelo a la linea divisoria internacional del sur del país, en el tramo comprendido entre el municipio Unión Juárez y la desembocadora del río suchiate en el océano Pacifico, dentro del cual se encuentra ubicada la Ciudad de Tapachula, Chiapas, con los limites que geograficamente le corresponden. FRANJA FRONTERIZA SUR COLIDANTE CON GUATEMALA.