El documento habla sobre las licencias Creative Commons. Explica que la licencia CommonsDeed permite al creador aprovechar al máximo los métodos de difusión masiva y controlar cómo otros usuarios usan su trabajo. Luego describe las cuatro licencias principales de Creative Commons - Atribución, No Comercial, Sin Derivar, y Compartir Igual - y da ejemplos de cómo funciona cada una.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
1. UNIVERSIDAD TECNICA PARTICULAR DE LOJA
La Universidad Católica de Loja
NOMBRE: Franco Bolívar Jiménez Peña
DOCENTE: Carina Elisabet Jaramillo Loyola
MATERIA: Computacion
FECHA: 30 de Enero del 2013
Licencias de CreativeCommons
A mi blog yo colocaría la licencia CommonsDeed, ya que esta licencia es la única
en donde el cliente puede aprovechar al máximo los métodos de difusión masiva y
reservar el control del empleo por parte de otros usuarios.
Permite alentar a otros colegasa construir nuevos tema a partir del propio o a
mejorar el mismo, proveerse del rédito que supone que otros hagan referencia al
autor original.
Permiten mantener diferentes opciones de la misma licencia:
El formato que se usa es bastante general (más informal y menos legal).
En cuanto al formato legal, esta cuenta con terminología eminentemente técnica.
El formato digital está diseñado para ser fácilmente tratado con métodos
informáticos.
Con estas licencias se está formando parte y co laborando con una nueva línea de
pensamiento, referido a Copyright, arte e Internet.
Cada creador elije las condiciones con las que desea permitir que otros accedan y
usen su obra. Dichas condiciones se detallan a continuación:
2. Atribución: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar
el trabajo patentado y todos los derivados del mismo. Pero dando siempre
testimonio de la autoría del mismo.
Ejemplo: Josué publica su fotografía con Licencia de Atribución, porque desea que
el mundo emplee su fotografía, dejando constancia que es suya. Vero encuentra
esta fotografía en Internet y desea incorporarla a la página de inicio de su web.
Vero coloca esta fotografía y claramente indica que Josué es la propietario.
No Comercial: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y
ejecutar el trabajo patentado y todos los derivados del mismo, pero únicamente
con propósitos no comerciales.
Ejemplo: Vero publica su fotografía con licencia No comercial. Josué incorpora una
parte de la fotografía de Vero en parte de un póster. Josué no estaría autorizado a
vender ese póster sin la autorización de Vero.
Sin derivar: Esta opción permite a otros copiar, distribuir, mostrar y ejecutar
solo copias literales del trabajo patentado, no estando autorizado ningún tercero a
realizar trabajos derivados del mismo.
Ejemplo: Josué graba su canción con una Licencia de No derivación del trabajo.
Diego No podría tomar parte de esta obra para incorporarla a otra suya o realizar
modificaciones sobre la misma, sin la autorización de Josué.
Compartir igual: Esta licencia permite a otros realizar trabajos derivados
pero únicamente bajo una licencia idéntica. Este tipo de licencia, únicamente aplica
a obras derivadas.