3. A la vista de esta indefinición del término en la legislación, hay que acudir a lo que determinan los
jueces y los tribunales en sus sentencias para delimitarlo, en este sentido, la Audiencia Provincial
de Barcelona4 ya señaló que no existe un concepto legal de plagio y sí numerosas sentencias del
Tribunal Supremo que coinciden a la hora de delimitar el concepto, no dejando lugar a dudas en
cuanto a los casos que estarían incluidos y los que no lo estarían, si bien habría unos casos
intermedios que habría que “dilucidar con más detalle(Soto Rodríguez, 2012).