ORDENANZA N° 2466-2022
Modifica la Ordenanza N° 1693-MML, que regula el Servicio de
Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores
Motorizados o no Motorizados en Lima Metropolitana y Cercado de
Lima.
• Publicada el 25 de mayo del 2022 en el Diario Oficial El Peruano.
• Incorpora y modifica condiciones de operación básicas para la
prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en
vehículos menores.
• Incorpora 02 infracciones a la Tabla de Infracciones de la Ordenanza
1693.
• Incorpora 02 Disposiciones Transitorias Finales a la Ordenanza 1693.
• Fe de erratas publicada el 03 de junio del 2022, corrige el código en la
Tabla de infracciones.
Ordenanza 2466-MML
43.2. En cuanto a los conductores:
(…)
g. La persona jurídica autorizada deberá mantener actualizada la información de conductores que
estén asignados a cada vehículo.
(…)
43.3. En cuanto al vehículo:
(…)
e. Se debe exhibir en cada vehículo habilitado lo siguiente:
(…)
e.2. La placa de rodaje deberá figurar en la parte lateral derecha posterior de la unidad vehicular, con
una dimensión no menor de 35 cm x 25 cm. Asimismo, deberá figurar en la parte superior externa
(techo) con una dimensión no menor de 1,20 m x 60 cm con los números y letras de color negro sobre
un fondo amarillo.”
De las incorporaciones a las condiciones de operación:
• Luego de la publicación de la Fe de erratas, la Tabla de Infracciones se modifica de la siguiente
manera:
De la incorporación de Infracciones:
Décimo Octava.- Facultades a la Gerencia de Movilidad Urbana.
Facúltese temporalmente a la Gerencia de Movilidad Urbana a modificar paraderos temporales sin
aumentar unidades vehiculares y autorizaciones en el Cercado de Lima siempre que respondan a la
necesidad de la prestación de servicio y/o al cumplimiento de las normas sanitarias.
Décimo Novena.- Plazo para cumplimiento de nuevas condiciones.
Se otorga a las personas jurídicas autorizadas el plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la
publicación de la presente Ordenanza, para que cumplan con presentar la información actualizada de
sus conductores y las correspondientes unidades.
Se otorga a los propietarios de los vehículos menores autorizados para el transporte público en Lima
Cercado un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados desde la publicación de la presente
Ordenanza, a efectos que adecuen sus unidades de transporte a las nuevas condiciones.
De la incorporación de las Disposiciones Transitorias Finales:
Estado actual de la prestación del servicio especial en el
Cercado de Lima:
INFORMACIÓN TÉCNICA TOTAL
PARADEROS AUTORIZADOS* 16
EMPRESAS / ASOCIACIONES
AUTORIZADAS
16
FLOTA VEHICULAR OPTIMA* 286
FLOTA VEHICULAR AUTORIZADA 269
*De conformidad con el Plan Regulador vigente.
-Datos actualizados al 09.09.2022
• Acciones desarrolladas por la Subgerencia de Estudios, Regulación y
Seguridad Vial en el marco de la Ordenanza N° 2466-MML.
• El día 07 de julio del 2022 se emitió la Carta Circular N°D0000xx-2022-MML-GMU-
SERSV mediante la cual se comunicaba lo dispuesto por la Ordenanza N°2466-MML a
las personas jurídicas autorizadas a prestar el servicio especial.
• Se creó un registro con la información del los conductores y los vehículos menores
asignados, según lo solicitado por las empresas de transporte.
• Se coordinó con la Subgerencia de Fiscalización del Tránsito, Transporte de Carga y
Vehículos Menores el envío de la información que las personas jurídicas remitan sobre
los conductores para las acciones de fiscalización y control.
• Personas jurídicas que cumplieron con la actualización de la información de sus
conductores.
3
13
DEL TOTAL DE LAS 16 PERSONAS JURÍDICAS AUTORIZADAS
PRESENTADOS NO PRESENTADOS
EMPRESA EXPEDIENTE FECHA
NUMERO DE
CONDUCTORES
SERVICIOS DIOGENES DE LA CRUZ E.I.R.L 102768 28/06/2022 8
CORPORACION DEL TRANSPORTE PERUANO S. A 102472 28/06/2022 6
EMPRESA DE MOTOTAXIS PRIMERO DE SETIEMBRE 116744 20/07/2022 12
• Personas jurídicas que solicitaron paradero temporal.
Nº EMPRESA PARADERO
1 PETYS LOS CONQUISTADORES S.A.C. Z4-P2
2 ESTAMOS CON FS S. A. C. Z8-P4
3 CORPORACION DEL TRANSPORTE PERUANO S. A. Z3-P2
4 SERVICIOS DIOGENES DE LA CRUZ E.I.R.L Z3-P2
5 EMPRESA DE MOTOTAXIS PRIMERO DE SETIEMBRE Z4-P1
6 LI & CA S. A. C. Z8-P5
7 E.T.P. LOS PIONEROS DE PALERMO S. A. C. Z4-P1
*De las 16 personas jurídicas autorizadas, 7 solicitaron paraderos temporales.
• Avance de la evaluación técnica de la SERSV:
Nº EMPRESAS
INSPECCIÓN
DE CAMPO
EVALUACIÓN
TÉCNICA
INFORME
TÉCNICO
CARTA/PEDIDO
DE OPINIÓN SIT
RESOLUCIÓN
GMU
1 PETYS LOS CONQUISTADORES S.A.C. X X X X
2 EMPRESA ESTAMOS CON FS S. A. C. X X X X X
3
CORPORACION DEL TRANSPORTE
PERUANO S. A.
X X X X
4 SERVICIOS DIOGENES DE LA CRUZ E.I.R.L X X X X
5
EMPRESA DE MOTOTAXIS PRIMERO DE
SETIEMBRE
X X
6 LI & CA S. A. C. X X
7 E.T.P. LOS PIONEROS DE PALERMO S. A. C. X X
¡GRACIAS!

NO LO LEAN

  • 1.
    ORDENANZA N° 2466-2022 Modificala Ordenanza N° 1693-MML, que regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados o no Motorizados en Lima Metropolitana y Cercado de Lima.
  • 2.
    • Publicada el25 de mayo del 2022 en el Diario Oficial El Peruano. • Incorpora y modifica condiciones de operación básicas para la prestación del servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores. • Incorpora 02 infracciones a la Tabla de Infracciones de la Ordenanza 1693. • Incorpora 02 Disposiciones Transitorias Finales a la Ordenanza 1693. • Fe de erratas publicada el 03 de junio del 2022, corrige el código en la Tabla de infracciones. Ordenanza 2466-MML
  • 3.
    43.2. En cuantoa los conductores: (…) g. La persona jurídica autorizada deberá mantener actualizada la información de conductores que estén asignados a cada vehículo. (…) 43.3. En cuanto al vehículo: (…) e. Se debe exhibir en cada vehículo habilitado lo siguiente: (…) e.2. La placa de rodaje deberá figurar en la parte lateral derecha posterior de la unidad vehicular, con una dimensión no menor de 35 cm x 25 cm. Asimismo, deberá figurar en la parte superior externa (techo) con una dimensión no menor de 1,20 m x 60 cm con los números y letras de color negro sobre un fondo amarillo.” De las incorporaciones a las condiciones de operación:
  • 4.
    • Luego dela publicación de la Fe de erratas, la Tabla de Infracciones se modifica de la siguiente manera: De la incorporación de Infracciones:
  • 5.
    Décimo Octava.- Facultadesa la Gerencia de Movilidad Urbana. Facúltese temporalmente a la Gerencia de Movilidad Urbana a modificar paraderos temporales sin aumentar unidades vehiculares y autorizaciones en el Cercado de Lima siempre que respondan a la necesidad de la prestación de servicio y/o al cumplimiento de las normas sanitarias. Décimo Novena.- Plazo para cumplimiento de nuevas condiciones. Se otorga a las personas jurídicas autorizadas el plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la publicación de la presente Ordenanza, para que cumplan con presentar la información actualizada de sus conductores y las correspondientes unidades. Se otorga a los propietarios de los vehículos menores autorizados para el transporte público en Lima Cercado un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados desde la publicación de la presente Ordenanza, a efectos que adecuen sus unidades de transporte a las nuevas condiciones. De la incorporación de las Disposiciones Transitorias Finales:
  • 6.
    Estado actual dela prestación del servicio especial en el Cercado de Lima: INFORMACIÓN TÉCNICA TOTAL PARADEROS AUTORIZADOS* 16 EMPRESAS / ASOCIACIONES AUTORIZADAS 16 FLOTA VEHICULAR OPTIMA* 286 FLOTA VEHICULAR AUTORIZADA 269 *De conformidad con el Plan Regulador vigente. -Datos actualizados al 09.09.2022
  • 7.
    • Acciones desarrolladaspor la Subgerencia de Estudios, Regulación y Seguridad Vial en el marco de la Ordenanza N° 2466-MML. • El día 07 de julio del 2022 se emitió la Carta Circular N°D0000xx-2022-MML-GMU- SERSV mediante la cual se comunicaba lo dispuesto por la Ordenanza N°2466-MML a las personas jurídicas autorizadas a prestar el servicio especial. • Se creó un registro con la información del los conductores y los vehículos menores asignados, según lo solicitado por las empresas de transporte. • Se coordinó con la Subgerencia de Fiscalización del Tránsito, Transporte de Carga y Vehículos Menores el envío de la información que las personas jurídicas remitan sobre los conductores para las acciones de fiscalización y control.
  • 8.
    • Personas jurídicasque cumplieron con la actualización de la información de sus conductores. 3 13 DEL TOTAL DE LAS 16 PERSONAS JURÍDICAS AUTORIZADAS PRESENTADOS NO PRESENTADOS EMPRESA EXPEDIENTE FECHA NUMERO DE CONDUCTORES SERVICIOS DIOGENES DE LA CRUZ E.I.R.L 102768 28/06/2022 8 CORPORACION DEL TRANSPORTE PERUANO S. A 102472 28/06/2022 6 EMPRESA DE MOTOTAXIS PRIMERO DE SETIEMBRE 116744 20/07/2022 12
  • 9.
    • Personas jurídicasque solicitaron paradero temporal. Nº EMPRESA PARADERO 1 PETYS LOS CONQUISTADORES S.A.C. Z4-P2 2 ESTAMOS CON FS S. A. C. Z8-P4 3 CORPORACION DEL TRANSPORTE PERUANO S. A. Z3-P2 4 SERVICIOS DIOGENES DE LA CRUZ E.I.R.L Z3-P2 5 EMPRESA DE MOTOTAXIS PRIMERO DE SETIEMBRE Z4-P1 6 LI & CA S. A. C. Z8-P5 7 E.T.P. LOS PIONEROS DE PALERMO S. A. C. Z4-P1 *De las 16 personas jurídicas autorizadas, 7 solicitaron paraderos temporales.
  • 10.
    • Avance dela evaluación técnica de la SERSV: Nº EMPRESAS INSPECCIÓN DE CAMPO EVALUACIÓN TÉCNICA INFORME TÉCNICO CARTA/PEDIDO DE OPINIÓN SIT RESOLUCIÓN GMU 1 PETYS LOS CONQUISTADORES S.A.C. X X X X 2 EMPRESA ESTAMOS CON FS S. A. C. X X X X X 3 CORPORACION DEL TRANSPORTE PERUANO S. A. X X X X 4 SERVICIOS DIOGENES DE LA CRUZ E.I.R.L X X X X 5 EMPRESA DE MOTOTAXIS PRIMERO DE SETIEMBRE X X 6 LI & CA S. A. C. X X 7 E.T.P. LOS PIONEROS DE PALERMO S. A. C. X X
  • 11.