Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2001 sobre el equipo de protección personal. Establece los requisitos para la selección, uso y manejo del equipo de protección personal en los centros de trabajo para proteger a los trabajadores. Define las obligaciones del patrón como proveer el equipo adecuado, capacitar a los trabajadores y verificar su uso, así como las obligaciones de los trabajadores de usar el equipo correctamente y notificar daños.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 sobre el equipo de protección personal. Establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen el equipo de protección adecuado a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el trabajo. También describe las obligaciones de los patrones y trabajadores con respecto al uso, mantenimiento y disposición del equipo de protección personal. Finalmente, incluye indicaciones e instrucciones que los patrones deben proporcionar a los traba
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-033-STPS-2015, la cual establece las condiciones de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados con el objetivo de proteger la integridad física y salud de los trabajadores. La norma aplica a todos los centros de trabajo donde se realicen dichos trabajos y especifica las obligaciones de patrones y trabajadores, la clasificación y análisis de riesgos de los espacios, los requerimientos administrativos y medidas de seguridad, planes de emer
Este documento establece la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004 sobre la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo en México. Se describen los considerandos y procesos que llevaron a la creación de esta norma, incluyendo su revisión y aprobación por parte de varios comités. La norma define términos clave, establece las obligaciones de los patrones y trabajadores, y especifica los requisitos para la constitución, organización
Este documento presenta el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo de México. Establece disposiciones generales y las obligaciones de patrones y trabajadores para garantizar condiciones seguras y saludables. Incluye seis títulos que cubren temas como condiciones de seguridad, higiene, organización de seguridad e higiene laboral, protección a mujeres embarazadas y menores, vigilancia e inspecciones, y disposiciones transitorias. El objetivo es prevenir accidentes y enfermedades
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999, la cual establece las condiciones de seguridad e higiene que deben tener los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo. La norma define términos clave y establece las obligaciones de los patrones y trabajadores para garantizar áreas de trabajo seguras. También especifica los requisitos de seguridad para elementos estructurales, techos, paredes, pisos, escaleras y más. El objetivo final es prevenir riesgos a
Este documento trata sobre seguridad industrial y salud ocupacional. Cubre 10 temas clave como marco legal, normas laborales, accidentabilidad, relación entre seguridad e higiene industrial, agentes ambientales y peligros mecánicos, consecuencias de riesgos no controlados, clasificación de riesgos, fallas humanas y preparación para emergencias. El objetivo es capacitar sobre conceptos básicos de seguridad para prevenir accidentes y enfermedades ocupacionales.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011 sobre la constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo en México. Establece que cada comisión debe estar integrada por representantes de los trabajadores y del patrón, y define sus obligaciones. Además, especifica los requisitos para la realización de recorridos de verificación, investigación de accidentes, y capacitación de los miembros de las comisiones.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 sobre el equipo de protección personal. Establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen el equipo de protección adecuado a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el trabajo. También describe las obligaciones de los patrones y trabajadores con respecto al uso, mantenimiento y disposición del equipo de protección personal. Finalmente, incluye indicaciones e instrucciones que los patrones deben proporcionar a los traba
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-033-STPS-2015, la cual establece las condiciones de seguridad para realizar trabajos en espacios confinados con el objetivo de proteger la integridad física y salud de los trabajadores. La norma aplica a todos los centros de trabajo donde se realicen dichos trabajos y especifica las obligaciones de patrones y trabajadores, la clasificación y análisis de riesgos de los espacios, los requerimientos administrativos y medidas de seguridad, planes de emer
Este documento establece la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004 sobre la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo en México. Se describen los considerandos y procesos que llevaron a la creación de esta norma, incluyendo su revisión y aprobación por parte de varios comités. La norma define términos clave, establece las obligaciones de los patrones y trabajadores, y especifica los requisitos para la constitución, organización
Este documento presenta el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo de México. Establece disposiciones generales y las obligaciones de patrones y trabajadores para garantizar condiciones seguras y saludables. Incluye seis títulos que cubren temas como condiciones de seguridad, higiene, organización de seguridad e higiene laboral, protección a mujeres embarazadas y menores, vigilancia e inspecciones, y disposiciones transitorias. El objetivo es prevenir accidentes y enfermedades
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999, la cual establece las condiciones de seguridad e higiene que deben tener los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo. La norma define términos clave y establece las obligaciones de los patrones y trabajadores para garantizar áreas de trabajo seguras. También especifica los requisitos de seguridad para elementos estructurales, techos, paredes, pisos, escaleras y más. El objetivo final es prevenir riesgos a
Este documento trata sobre seguridad industrial y salud ocupacional. Cubre 10 temas clave como marco legal, normas laborales, accidentabilidad, relación entre seguridad e higiene industrial, agentes ambientales y peligros mecánicos, consecuencias de riesgos no controlados, clasificación de riesgos, fallas humanas y preparación para emergencias. El objetivo es capacitar sobre conceptos básicos de seguridad para prevenir accidentes y enfermedades ocupacionales.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011 sobre la constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo en México. Establece que cada comisión debe estar integrada por representantes de los trabajadores y del patrón, y define sus obligaciones. Además, especifica los requisitos para la realización de recorridos de verificación, investigación de accidentes, y capacitación de los miembros de las comisiones.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 sobre sistemas de protección y dispositivos de seguridad en maquinaria y equipo en centros de trabajo. Establece requisitos para el análisis de riesgos, programas de seguridad, mantenimiento y capacitación, así como obligaciones de patrones y trabajadores para prevenir accidentes. También especifica protectores y dispositivos de seguridad requeridos en maquinaria y equipo para proteger la salud de los trabajadores.
Este documento establece las normas de seguridad para maquinaria y equipo en centros de trabajo en México. Detalla las obligaciones de patrones y trabajadores para garantizar la seguridad, como realizar evaluaciones de riesgos, proporcionar capacitación y equipo de protección personal, e instalar dispositivos de seguridad en maquinaria. También describe los procedimientos para la evaluación de conformidad con la norma por organismos acreditados.
Este documento presenta información sobre el marco legal en materia de seguridad y salud ocupacional en México. Explica aspectos clave de la Ley Federal del Trabajo, las Normas Oficiales Mexicanas y las normas internacionales ISO 9000 e ISO 18000 sobre sistemas de gestión de calidad y seguridad y salud ocupacional. También describe conceptos como accidentes de trabajo, enfermedades laborales e incapacidades temporales y permanentes reguladas en la legislación mexicana.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014 sobre el manejo y almacenamiento de materiales. Establece las condiciones de seguridad y salud que deben cumplirse en los centros de trabajo para evitar riesgos a los trabajadores durante estas actividades. Incluye definiciones de términos técnicos, obligaciones de patrones y trabajadores, y lineamientos sobre el uso de maquinaria y el almacenamiento manual de materiales. La norma fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización
El documento discute la fundamentación jurídica de la seguridad e higiene en México. Se citan varias fracciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establecen la responsabilidad de los patrones por accidentes laborales y enfermedades profesionales, y su obligación de cumplir con leyes de higiene y seguridad. También menciona algunas leyes federales como la Ley Federal del Trabajo que definen obligaciones de trabajadores y patrones.
UNIDAD 2 MARCO LEGAL ADMINISTRACIÓN DE LA SALUDGenesis Acosta
Este documento presenta información sobre el marco legal de la salud y seguridad ocupacional en México. Explica la Ley Federal del Trabajo y las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las cuales regulan aspectos como la seguridad en edificios, maquinaria, sustancias químicas y otros riesgos laborales. También define conceptos como accidentes de trabajo, enfermedades laborales e incapacidades derivadas de los riesgos ocupacionales.
Este documento aprueba el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad Agraria en Argentina. Establece las responsabilidades de los empleadores y trabajadores agrícolas para garantizar condiciones de higiene y seguridad. También describe los roles de las aseguradoras de riesgos laborales en la prevención de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo agrícola. El reglamento consta de varios títulos que abordan temas como servicios, maquinaria, protección personal y capacitación.
Comentarios al nuevo reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería a...saulsr
El documento presenta un análisis comparativo del nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería aprobado por el D.S N° 024-2016-EM con la normativa anterior. Se señala que la nueva norma omite alinearse completamente con la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo y duplica la regulación. Entre los principales cambios introducidos están la inclusión de actividades de cierre de minas en su ámbito de aplicación, mayor claridad en la aplicación a contratistas y la elim
El documento presenta una lista de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) relacionadas con la seguridad y salud ocupacional. Describe cinco categorías de NOM: 1) normas de seguridad, 2) normas de salud, 3) normas de organización, 4) normas específicas y 5) normas de calidad de productos de seguridad. Cada categoría incluye una lista de NOM específicas con sus objetivos principales. El documento proporciona información sobre el marco regulatorio de seguridad y salud en México.
Este documento presenta un cuestionario sobre seguridad e higiene industrial en las unidades II y III. Consiste en 7 preguntas sobre la importancia de la legislación en esta área, las leyes más relevantes como la LFT y el artículo 123 constitucional, y las funciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. El estudiante responde cada pregunta detallando los aspectos clave de las leyes y su contribución a la normatividad de seguridad e higiene laboral.
Este documento presenta una lista de las normas legales vigentes en Argentina relacionadas con la salud y seguridad en el trabajo, organizadas en diez secciones temáticas. Incluye leyes, decretos y resoluciones sobre aspectos generales, construcción, agro, minería, servicios de salud y seguridad laboral, exámenes médicos, sustancias peligrosas, equipos de protección, programas de fiscalización e instrumentos de la OIT ratificados por el país. El objetivo es brindar información actualizada sobre la normativa aplicable en
La Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 establece requisitos de seguridad para maquinaria y equipo utilizados en centros de trabajo. Requiere que los patrones realicen un análisis de riesgos, implementen un programa de seguridad, capaciten a los trabajadores y provean equipo de protección. También especifica requisitos para el mantenimiento seguro de maquinaria, incluyendo bloqueo de energía y señalización. Los trabajadores deben usar el equipo de protección, reportar riesgos y cu
Este documento presenta un protocolo de inspección en materia de seguridad e higiene para la industria del calzado. El protocolo describe el marco jurídico y las normas aplicables, así como los procesos de fabricación de calzado típicos. También establece criterios para la emisión de órdenes de inspección y la revisión del propio protocolo. El objetivo es identificar las normas aplicables a las empresas del sector para verificar el cumplimiento de la normatividad laboral en seguridad e higiene.
Esta norma establece las funciones y actividades que deben realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo en México para prevenir accidentes y enfermedades laborales. Define términos clave como centro de trabajo y personal ocupacionalmente expuesto. Detalla las obligaciones de los patrones de designar responsables de seguridad, elaborar diagnósticos de riesgos, y establecer programas y procedimientos de seguridad. También cubre la evaluación de cumplimiento y vigilancia de la norma.
Esta norma oficial mexicana establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen equipo de protección personal adecuado para los trabajadores. Define equipo de protección personal y establece las obligaciones de los patrones y trabajadores con respecto a la identificación de riesgos, selección, uso, mantenimiento y disposición del equipo. Además, proporciona una guía de referencia para la selección del equipo de protección personal.
NORMA Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y...BIOPOWER
La Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008 establece las condiciones de seguridad que deben cumplir los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo para prevenir riesgos a los trabajadores. Entre los requisitos principales se incluyen mantener orden y limpieza en todas las áreas, delimitar claramente las zonas de trabajo, circulación y riesgo, y verificar anualmente las instalaciones para identificar y reparar cualquier condición insegura. El patrón es responsable de conservar las inst
Este documento establece los requisitos mínimos para el uso y manejo adecuado del equipo de protección personal en los centros de trabajo de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008. Describe las obligaciones de los patrones y trabajadores, e identifica y selecciona el equipo apropiado dependiendo del puesto y riesgos laborales. También incluye referencias a otras normas y una bibliografía relevante.
Este documento proporciona información y fórmulas útiles para quienes sustentarán el Examen General para el Egreso de la Licenciatura en Ingeniería Mecánica Eléctrica. Incluye fórmulas y conceptos clave sobre áreas, momentos de inercia, esfuerzos y deformaciones debidos a cargas axiales, torsión, flexión, así como sobre procesos de manufactura, calidad, operación de sistemas electromecánicos, ingeniería de control, mecánica de fluidos y sistemas eléct
Este documento establece los requisitos mínimos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen equipo de protección personal a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el lugar de trabajo. Describe 8 categorías principales de equipo de protección, incluida la protección para la cabeza, ojos, oídos, vías respiratorias, manos, pies, cinturones de seguridad y ropa protectora. También cubre consideraciones generales como la capacitación a trabajadores y supervisores en el uso correcto
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 sobre el equipo de protección personal. Establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen el equipo de protección adecuado a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el trabajo. También describe las obligaciones de los patrones y trabajadores con respecto al uso, mantenimiento y capacitación sobre el equipo de protección personal.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 sobre sistemas de protección y dispositivos de seguridad en maquinaria y equipo en centros de trabajo. Establece requisitos para el análisis de riesgos, programas de seguridad, mantenimiento y capacitación, así como obligaciones de patrones y trabajadores para prevenir accidentes. También especifica protectores y dispositivos de seguridad requeridos en maquinaria y equipo para proteger la salud de los trabajadores.
Este documento establece las normas de seguridad para maquinaria y equipo en centros de trabajo en México. Detalla las obligaciones de patrones y trabajadores para garantizar la seguridad, como realizar evaluaciones de riesgos, proporcionar capacitación y equipo de protección personal, e instalar dispositivos de seguridad en maquinaria. También describe los procedimientos para la evaluación de conformidad con la norma por organismos acreditados.
Este documento presenta información sobre el marco legal en materia de seguridad y salud ocupacional en México. Explica aspectos clave de la Ley Federal del Trabajo, las Normas Oficiales Mexicanas y las normas internacionales ISO 9000 e ISO 18000 sobre sistemas de gestión de calidad y seguridad y salud ocupacional. También describe conceptos como accidentes de trabajo, enfermedades laborales e incapacidades temporales y permanentes reguladas en la legislación mexicana.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014 sobre el manejo y almacenamiento de materiales. Establece las condiciones de seguridad y salud que deben cumplirse en los centros de trabajo para evitar riesgos a los trabajadores durante estas actividades. Incluye definiciones de términos técnicos, obligaciones de patrones y trabajadores, y lineamientos sobre el uso de maquinaria y el almacenamiento manual de materiales. La norma fue aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización
El documento discute la fundamentación jurídica de la seguridad e higiene en México. Se citan varias fracciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establecen la responsabilidad de los patrones por accidentes laborales y enfermedades profesionales, y su obligación de cumplir con leyes de higiene y seguridad. También menciona algunas leyes federales como la Ley Federal del Trabajo que definen obligaciones de trabajadores y patrones.
UNIDAD 2 MARCO LEGAL ADMINISTRACIÓN DE LA SALUDGenesis Acosta
Este documento presenta información sobre el marco legal de la salud y seguridad ocupacional en México. Explica la Ley Federal del Trabajo y las Normas Oficiales Mexicanas emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las cuales regulan aspectos como la seguridad en edificios, maquinaria, sustancias químicas y otros riesgos laborales. También define conceptos como accidentes de trabajo, enfermedades laborales e incapacidades derivadas de los riesgos ocupacionales.
Este documento aprueba el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Actividad Agraria en Argentina. Establece las responsabilidades de los empleadores y trabajadores agrícolas para garantizar condiciones de higiene y seguridad. También describe los roles de las aseguradoras de riesgos laborales en la prevención de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo agrícola. El reglamento consta de varios títulos que abordan temas como servicios, maquinaria, protección personal y capacitación.
Comentarios al nuevo reglamento de seguridad y salud ocupacional en minería a...saulsr
El documento presenta un análisis comparativo del nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería aprobado por el D.S N° 024-2016-EM con la normativa anterior. Se señala que la nueva norma omite alinearse completamente con la Ley N° 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo y duplica la regulación. Entre los principales cambios introducidos están la inclusión de actividades de cierre de minas en su ámbito de aplicación, mayor claridad en la aplicación a contratistas y la elim
El documento presenta una lista de Normas Oficiales Mexicanas (NOM) relacionadas con la seguridad y salud ocupacional. Describe cinco categorías de NOM: 1) normas de seguridad, 2) normas de salud, 3) normas de organización, 4) normas específicas y 5) normas de calidad de productos de seguridad. Cada categoría incluye una lista de NOM específicas con sus objetivos principales. El documento proporciona información sobre el marco regulatorio de seguridad y salud en México.
Este documento presenta un cuestionario sobre seguridad e higiene industrial en las unidades II y III. Consiste en 7 preguntas sobre la importancia de la legislación en esta área, las leyes más relevantes como la LFT y el artículo 123 constitucional, y las funciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. El estudiante responde cada pregunta detallando los aspectos clave de las leyes y su contribución a la normatividad de seguridad e higiene laboral.
Este documento presenta una lista de las normas legales vigentes en Argentina relacionadas con la salud y seguridad en el trabajo, organizadas en diez secciones temáticas. Incluye leyes, decretos y resoluciones sobre aspectos generales, construcción, agro, minería, servicios de salud y seguridad laboral, exámenes médicos, sustancias peligrosas, equipos de protección, programas de fiscalización e instrumentos de la OIT ratificados por el país. El objetivo es brindar información actualizada sobre la normativa aplicable en
La Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 establece requisitos de seguridad para maquinaria y equipo utilizados en centros de trabajo. Requiere que los patrones realicen un análisis de riesgos, implementen un programa de seguridad, capaciten a los trabajadores y provean equipo de protección. También especifica requisitos para el mantenimiento seguro de maquinaria, incluyendo bloqueo de energía y señalización. Los trabajadores deben usar el equipo de protección, reportar riesgos y cu
Este documento presenta un protocolo de inspección en materia de seguridad e higiene para la industria del calzado. El protocolo describe el marco jurídico y las normas aplicables, así como los procesos de fabricación de calzado típicos. También establece criterios para la emisión de órdenes de inspección y la revisión del propio protocolo. El objetivo es identificar las normas aplicables a las empresas del sector para verificar el cumplimiento de la normatividad laboral en seguridad e higiene.
Esta norma establece las funciones y actividades que deben realizar los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo en México para prevenir accidentes y enfermedades laborales. Define términos clave como centro de trabajo y personal ocupacionalmente expuesto. Detalla las obligaciones de los patrones de designar responsables de seguridad, elaborar diagnósticos de riesgos, y establecer programas y procedimientos de seguridad. También cubre la evaluación de cumplimiento y vigilancia de la norma.
Esta norma oficial mexicana establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen equipo de protección personal adecuado para los trabajadores. Define equipo de protección personal y establece las obligaciones de los patrones y trabajadores con respecto a la identificación de riesgos, selección, uso, mantenimiento y disposición del equipo. Además, proporciona una guía de referencia para la selección del equipo de protección personal.
NORMA Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, Edificios, locales, instalaciones y...BIOPOWER
La Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008 establece las condiciones de seguridad que deben cumplir los edificios, locales, instalaciones y áreas de los centros de trabajo para prevenir riesgos a los trabajadores. Entre los requisitos principales se incluyen mantener orden y limpieza en todas las áreas, delimitar claramente las zonas de trabajo, circulación y riesgo, y verificar anualmente las instalaciones para identificar y reparar cualquier condición insegura. El patrón es responsable de conservar las inst
Este documento establece los requisitos mínimos para el uso y manejo adecuado del equipo de protección personal en los centros de trabajo de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008. Describe las obligaciones de los patrones y trabajadores, e identifica y selecciona el equipo apropiado dependiendo del puesto y riesgos laborales. También incluye referencias a otras normas y una bibliografía relevante.
Este documento proporciona información y fórmulas útiles para quienes sustentarán el Examen General para el Egreso de la Licenciatura en Ingeniería Mecánica Eléctrica. Incluye fórmulas y conceptos clave sobre áreas, momentos de inercia, esfuerzos y deformaciones debidos a cargas axiales, torsión, flexión, así como sobre procesos de manufactura, calidad, operación de sistemas electromecánicos, ingeniería de control, mecánica de fluidos y sistemas eléct
Este documento establece los requisitos mínimos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen equipo de protección personal a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el lugar de trabajo. Describe 8 categorías principales de equipo de protección, incluida la protección para la cabeza, ojos, oídos, vías respiratorias, manos, pies, cinturones de seguridad y ropa protectora. También cubre consideraciones generales como la capacitación a trabajadores y supervisores en el uso correcto
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 sobre el equipo de protección personal. Establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen el equipo de protección adecuado a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el trabajo. También describe las obligaciones de los patrones y trabajadores con respecto al uso, mantenimiento y capacitación sobre el equipo de protección personal.
La NOM-017-STPS-2008 establece las obligaciones del patrón y los trabajadores para la selección, uso y manejo del equipo de protección personal. El patrón debe identificar los riesgos laborales, determinar el equipo necesario, proporcionarlo y capacitar a los trabajadores en su uso correcto. Los trabajadores deben utilizar el equipo de acuerdo a la capacitación. La norma también indica los procedimientos para el uso, revisión, limpieza y disposición final del equipo de protección personal.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 sobre el equipo de protección personal. Establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen el equipo de protección adecuado a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el trabajo. También describe las obligaciones de los patrones y trabajadores con respecto al uso, mantenimiento y disposición del equipo de protección personal. Además, presenta definiciones clave y referencias a otras normas relacionadas.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 sobre el equipo de protección personal en los centros de trabajo. Establece las obligaciones del patrón como identificar los riesgos laborales, determinar el equipo de protección necesario, proporcionarlo a los trabajadores, capacitarlos en su uso adecuado y supervisar que lo utilicen. También define términos como equipo de protección personal y disposición final. La norma aplica a todos los centros de trabajo en México donde se requiera este tipo de equipo para
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2008 sobre el equipo de protección personal en los centros de trabajo. Establece los requisitos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen el equipo de protección adecuado a los trabajadores, así como las obligaciones de los trabajadores para usarlo correctamente. También incluye indicaciones para el uso, mantenimiento y disposición final del equipo de protección personal de acuerdo con las recomendaciones de los fabricantes.
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositiv...BIOPOWER
NORMA Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999, Sistemas de protección y dispositivos de seguridad en la maquinaria y equipo que se utilice en los centros de trabajo.
La Norma Oficial Mexicana NOM-004-STPS-1999 establece las condiciones de seguridad y los sistemas de protección para prevenir riesgos en el uso de maquinaria y equipo en centros de trabajo. Obliga a los patrones a realizar un estudio de riesgos, desarrollar un programa de seguridad e higiene, y asegurarse de que los trabajadores reciban capacitación y que existan procedimientos para emergencias. También especifica requisitos para protectores, dispositivos de seguridad, y unidades de verificación de
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004 sobre la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo. Establece lineamientos como la integración de las comisiones, con al menos un trabajador y el patrón para centros con menos de 15 trabajadores, y un coordinador, secretario y vocales acordados por el patrón y sindicato para centros con 15 o más trabajadores. También define obligaciones como proporcionar capacitación y atender re
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la clasificación del riesgo de incendio, obligaciones de patrones y trabajadores, condiciones para prevención de incendios, planes de emergencia, brigadas contra incendio, capacitación, y vigilancia del cumplimiento de la norma. Define términos clave relacionados con equipos contra incendio, combustibles, fuego
Este documento establece los requisitos mínimos para que los patrones seleccionen, adquieran y proporcionen equipo de protección personal a los trabajadores para protegerlos de los riesgos en el trabajo. Incluye las obligaciones de los patrones y trabajadores, así como indicaciones para el uso, mantenimiento y disposición del equipo.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2000 sobre el sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo. Establece los requisitos mínimos para dicho sistema, incluyendo las obligaciones de los patrones y trabajadores, y los sistemas de identificación, capacitación y comunicación. Además, define términos clave como sustancias químicas peligrosas, riesgos, peligros, y provee ap
La NOM-002-STPS-2010 establece los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo en México. Incluye definiciones clave como "agente extintor", "brigada contra incendio" y "equipo contra incendio", así como obligaciones del patrón y trabajadores. También cubre temas como planes de emergencia, simulacros, capacitación y verificación del cumplimiento de la norma.
La NOM-002-STPS-2010 establece los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo en México. Incluye definiciones clave como "agente extintor", "brigada contra incendio" y "equipo contra incendio", así como obligaciones del patrón y trabajadores. También cubre temas como planes de emergencia, simulacros, capacitación y verificación del cumplimiento de la norma.
NORMA DE SEGURIDAD PARA TRABAJO EN ALTURASprofeta287
1) El documento presenta un proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-009-STPS-1999 sobre condiciones de seguridad para realizar trabajos en altura.
2) El proyecto amplía el alcance de la norma para incluir más equipos y sistemas para trabajos en altura.
3) También incorpora nuevos requisitos sobre exámenes médicos, planes de emergencia, capacitación y evaluación del cumplimiento de la norma.
Norma oficial-mexicana-nom-034-stps-2016-condiciones-de-seguridad-para-el-acc...EX ARTHUR MEXICO
Recuerda que este 18 de septiembre entra en vigor la NOM-034-STPS-2016, Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo (NOM), prevé las condiciones para salvaguardar la integridad física y salud de los subordinados aludidos, y para el ingreso y desempeño de sus tareas.
Este documento presenta información sobre indicadores económicos como el tipo de cambio del dólar y tasas de interés en México. También incluye una encuesta sobre la nueva imagen de la página web del Diario Oficial de la Federación. Además, presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-023-STPS-2012 sobre condiciones de seguridad y salud en minas subterráneas y a cielo abierto.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la clasificación de riesgos de incendio, obligaciones de patrones y trabajadores, planes de emergencia, brigadas contra incendios, capacitación, y equipos de protección. Además, incluye definiciones clave y referencias a otras normas relacionadas con la seguridad contra incendios.
Este documento presenta la Norma Oficial Mexicana NOM-002-STPS-2010 sobre condiciones de seguridad para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo. Establece requisitos como la clasificación de riesgos de incendio, obligaciones de patrones y trabajadores, planes de emergencia, brigadas contra incendios, capacitación, y equipos de protección. Además, incluye definiciones clave y referencias a otras normas relacionadas con la seguridad contra incendios. La norma es de aplicación oblig
1) La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de México publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-023-STPS-2012 para establecer los requisitos mínimos de seguridad y salud en el trabajo en minas subterráneas y a cielo abierto.
2) La norma aplica a todos los centros de trabajo mineros, exceptuando aquellos relacionados con petróleo, gas natural, carbón y minerales radiactivos.
3) La norma incluye definiciones técnicas, obligaciones del patrón
El documento describe dos normas oficiales mexicanas (NOM) relacionadas con la seguridad y salud ocupacional: la NOM-019-STPS, que establece los requisitos para la constitución e integración de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, y la NOM-017-STPS, que establece los requisitos mínimos para la selección y uso del equipo de protección personal por parte de los trabajadores. El documento explica los objetivos y requisitos clave de ambas normas.
1. Lunes 5 de noviembre de 2001 DIARIO OFICIAL 25
SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
NORMA Oficial Mexicana NOM-017-STPS-2001, Equipo de protección personal-Selección, uso y manejo en los
centros de trabajo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo
y Previsión Social.
CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los
artículos 16 y 40 fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523 fracción I,
524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3o. fracción XI, 38, fracción II, 40 fracción VII, 41, 43 a
47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización; 3o., 4o., y 101 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente
de Trabajo; 3o., 5o. y 22 fracciones I, XIII y XV del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 24 de mayo de 1994, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial
Mexicana NOM-017-STPS-1993, Relativa al equipo de protección personal para los trabajadores en los
centros de trabajo;
Que esta dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio, primer párrafo del
Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la referida
norma oficial mexicana, las cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el
ordenamiento reglamentario mencionado;
Que con fecha 26 de septiembre de 2000, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la
Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el
Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, el
Anteproyecto de Modificación de la presente Norma Oficial Mexicana, y que el citado Comité lo consideró
correcto y acordó que se publicara como proyecto en el Diario Oficial de la Federación;
Que con objeto de cumplir con lo dispuesto en los artículos 69-E y 69-H de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo, el Anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria, la que dictaminó favorablemente en relación al mismo;
Que con fecha 23 de febrero de 2001, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y de lo previsto en el
artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Proyecto de Modificación de la presente Norma Oficial Mexicana, a efecto de que, dentro de los
siguientes 60 días naturales a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité
Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral;
Que habiendo recibido comentarios de siete promoventes, el Comité referido procedió a su estudio y
resolvió oportunamente sobre los mismos, publicando esta dependencia las respuestas respectivas en el
Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2001, en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47
fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;
Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de
Normalización de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente Laboral, otorgó la aprobación respectiva, se expide la
siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-017-STPS-2001, EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL-
SELECCION, USO Y MANEJO EN LOS CENTROS DE TRABAJO
INDICE
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones
5. Obligaciones del patrón
6. Obligaciones de los trabajadores que usen equipo de protección personal
2. 26 DIARIO OFICIAL Lunes 5 de noviembre de 2001
7. Procedimientos para el equipo de protección personal
8. Unidades de verificación
Apéndice A: Análisis de riesgos para determinar el equipo de protección personal
9. Vigilancia
10. Bibliografía
11. Concordancia con normas internacionales
1. Objetivo
Establecer los requisitos para la selección, uso y manejo de equipo de protección personal, para proteger a
los trabajadores de los agentes del medio ambiente de trabajo que puedan dañar su salud.
2. Campo de aplicación
Esta Norma aplica en todos los centros de trabajo del territorio nacional en que se requiera el uso de
equipo de protección personal para atenuar riesgos y proteger al trabajador.
3. Referencias
Para la correcta interpretación de esta Norma, deben consultarse las siguientes normas oficiales
mexicanas y normas mexicanas vigentes, o las que las sustituyan.
NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos
conducidos en tuberías.
NOM-018-STPS-2000, Sistema para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias
químicas peligrosas en los centros de trabajo.
NOM-113-STPS-1994, Calzado de protección.
NOM-115-STPS-1994, Cascos de protección-Especificaciones, métodos de prueba y clasificación.
NOM-116-STPS-1994, Seguridad-Respiradores purificadores de aire contra partículas nocivas.
NOM-052-ECOL-1993, Que establece las características de los residuos peligrosos, el listado de los
mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.
NMX-S018-SCFI-2000, Productos de seguridad-Guantes de hule para uso eléctrico-Especificaciones y
métodos de prueba.
NMX-S039-SCFI-2000, Productos de seguridad-Guantes de protección contra sustancias químicas-
Especificaciones y métodos de prueba.
4. Definiciones
Para efectos de la presente Norma Oficial Mexicana se establecen las siguientes definiciones:
4.1. Autoridad del trabajo; autoridad laboral: las unidades administrativas competentes de la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, que realicen funciones de inspección en materia de seguridad e higiene en el
trabajo y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal, que actúen en auxilio de
aquéllas.
4.2. Equipo de protección personal (EPP): conjunto de elementos y dispositivos de uso personal,
diseñados específicamente para proteger al trabajador contra accidentes y enfermedades que pudieran ser
causados con motivo de sus actividades de trabajo. En caso de que en el análisis de riesgo se establezca la
necesidad de utilizar ropa de trabajo con características específicas, ésta será considerada equipo
de protección personal.
5. Obligaciones del patrón
5.1. Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma
le obligue a elaborar o poseer.
5.2. Determinar el EPP requerido en cada puesto de trabajo, de acuerdo al análisis de riesgos a los que
están expuestos los trabajadores, en las actividades de rutina, especiales o de emergencia que tengan
asignadas, de acuerdo a lo establecido en el Apéndice A.
3. Lunes 5 de noviembre de 2001 DIARIO OFICIAL 27
5.3. Dotar a los trabajadores del EPP determinado en el Apartado A.2, garantizando que el mismo
cumpla con:
a) atenuar el contacto del trabajador con los agentes de riesgo;
b) en su caso, ser de uso personal;
c) estar acorde a las características y dimensiones físicas de los trabajadores.
5.4. Comunicar a los trabajadores los riesgos a los que están expuestos y el EPP que deben utilizar.
5.5. Verificar que el EPP que se proporcione a los trabajadores cuente, en su caso, con la contraseña
oficial de un organismo de certificación, acreditado y aprobado en los términos de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización, que certifique su cumplimiento con las normas oficiales mexicanas y, en su caso,
con las normas mexicanas correspondientes en vigor.
5.5.1 En caso de no existir organismo de certificación, se debe solicitar al fabricante o proveedor que le
proporcione la garantía por escrito de que el EPP cumple con dichas normas.
5.5.2 En caso de no existir norma oficial mexicana o norma mexicana, solicitar al fabricante o proveedor la
garantía por escrito de que el EPP cubre los riesgos para los cuales está destinado.
5.6. Entregar a los trabajadores que usen EPP, los procedimientos para su uso, limitaciones, reposición y
disposición final, revisión, limpieza, mantenimiento y resguardo, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo 7.
5.7. Proporcionar a los trabajadores la capacitación y adiestramiento necesarios para aplicar los
procedimientos establecidos en el Capítulo 7.
5.8. Verificar que durante la jornada de trabajo, los trabajadores utilicen el EPP asignado, de acuerdo al
procedimiento establecido en el Capítulo 7.
5.9. Identificar y señalar las áreas en donde se requiera el uso obligatorio de EPP, de acuerdo a lo
LEGA01
establecido en la NOM-026-STPS-1998 y, en su caso, en la NOM-018-STPS-2000.
6. Obligaciones de los trabajadores que usen equipo de protección personal
6.1. Participar en la capacitación y adiestramiento, que el patrón proporcione, de acuerdo a los
procedimientos establecidos para el uso de EPP.
6.2. Utilizar el EPP proporcionado por el patrón, siguiendo los procedimientos establecidos.
6.3. Revisar las condiciones del EPP al iniciar, durante y al finalizar el turno de trabajo. En caso de detectar
daño o mal funcionamiento en el mismo, notificarlo al patrón para su reposición.
7. Procedimientos para el equipo de protección personal
Los procedimientos para el EPP, deben basarse en las recomendaciones, instructivos, procedimientos o
manuales del fabricante, proveedor o distribuidor del equipo y contener, al menos, lo establecido en los
Apartados 7.1 y 7.2.
7.1. Uso, limitaciones y reposición.
7.1.1. Uso y limitaciones:
a) el uso correcto del EPP, señalando sus limitaciones o restricciones;
b) el ajuste del EPP, cuando así lo requiera.
7.1.2. Reposición:
a) el reemplazo del EPP cuando genere o produzca alguna reacción alérgica al trabajador, o las
acciones para minimizar este efecto;
b) el reemplazo del EPP por uno nuevo cuando la vida media útil llegue a su fin, o se detecte que sufra
cualquier deterioro que ponga en peligro la salud o la vida del trabajador.
7.2. Revisión, limpieza, mantenimiento y resguardo.
7.2.1. Revisión:
a) la revisión del EPP antes, durante y después de su uso;
b) el reporte al patrón de cualquier daño o mal funcionamiento del EPP.
4. 28 DIARIO OFICIAL Lunes 5 de noviembre de 2001
7.2.2. Limpieza:
a) que la limpieza y, en su caso, la descontaminación o desinfección del equipo, después de cada
jornada de uso, se realice de acuerdo con las instrucciones o recomendaciones del fabricante
o proveedor;
b) que la limpieza del EPP sea efectuada en el centro de trabajo, ya sea por el trabajador usuario o por
alguna otra persona designada por el patrón.
7.2.3. Mantenimiento:
a) que aquellos equipos que en su revisión muestren algún deterioro, sean reemplazados o reparados
inmediatamente;
b) que si se reemplazan partes dañadas, se haga con refacciones de acuerdo a las recomendaciones
del fabricante o proveedor.
7.2.4. Resguardo:
a) que el EPP que no presente daños o mal funcionamiento después de su uso, se almacene en
recipientes, si así lo establecen las recomendaciones del fabricante o proveedor;
b) que su resguardo se haga en forma separada de los equipos nuevos y en un lugar que esté alejado
de áreas contaminadas, protegidos de la luz solar, polvo, calor, frío, humedad o sustancias químicas,
de acuerdo a las recomendaciones del fabricante o proveedor.
7.2.5. Disposición final: cuando un EPP se encuentre contaminado con sustancias químicas peligrosas o
agentes biológicos y no sea posible descontaminarlo, se debe determinar si es residuo peligroso de acuerdo a
lo establecido en la NOM-052-ECOL-1993. En caso de ser así, se debe proceder a su disposición final de
acuerdo a lo establecido en la normatividad en la materia.
8. Unidades de verificación
8.1. El patrón puede contratar, para tener resultados con reconocimiento oficial, una unidad de verificación
acreditada y aprobada, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, para verificar o
evaluar el grado de cumplimiento con la presente Norma, en los Apartados del 5.2 al 5.9.
8.2. Los dictámenes de las unidades de verificación a que hace referencia el párrafo anterior, deben
consignar la siguiente información:
a) datos del centro de trabajo verificado:
1) nombre, denominación o razón social;
2) domicilio completo;
b) datos de la unidad de verificación:
1) nombre, denominación o razón social;
2) domicilio completo;
3) número de aprobación otorgado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
4) número consecutivo de identificación del dictamen;
5) fecha de la verificación;
6) clave y nombre de las normas verificadas;
7) resultado de la verificación;
8) lugar y fecha de la firma del dictamen;
9) nombre y firma del representante legal;
10) vigencia del dictamen.
5. Lunes 5 de noviembre de 2001 DIARIO OFICIAL 29
8.3. La vigencia de los dictámenes favorables emitidos por las unidades de verificación será de dos años,
mientras no sean modificados los procedimientos y condiciones de operación.
APENDICE A
ANALISIS DE RIESGOS PARA DETERMINAR EL EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
Se deben seguir una serie de pasos que permitan determinar el EPP que requiere cada trabajador para
desempeñar sus actividades, con el objeto de prevenir accidentes y enfermedades de trabajo.
A.1 Puestos de trabajo. Se deben relacionar en un listado, todos los puestos de trabajo del centro
de trabajo.
A.2 Actividades por puesto. Describir las actividades desarrolladas por cada puesto de trabajo.
A.3 Riesgo tipo. Identificar y relacionar los riesgos tipo presentes en cada actividad del respectivo centro
de trabajo. En la Tabla A1 se presentan algunos de los riesgos tipo y su descripción.
TABLA A1
RIESGO TIPO
NOMBRE DESCRIPCION
Golpeado contra Contacto con algún objeto fijo
Golpeado por Contacto con algún objeto móvil
Caída de objetos
Proyección de partículas
Caída del mismo nivel Parado o caminando
Caída a diferente nivel Parado o caminando
Caída de alturas
Atrapado entre Un objeto móvil
Un objeto móvil y otro objeto fijo
Dos objetos móviles
Atrapado en Lugares cerrados
Lugares abiertos
Contacto con sustancias Salpicaduras con sustancias químicas (corrosivos,
reactivos, irritantes, tóxicos, inflamables)
Por agentes biológico infecciosos
Contacto con objetos peligrosos Tuberías de vapor o de alta temperatura
Electricidad
Partes descubiertas en movimiento
Partes con bordes filosos
Soldadura
Enganchado a un objeto que sobresale Puntas
Ganchos
Pieza en maquinaria en movimiento
Exposición a agentes químicos Humos
Vapores
Gases
Polvos
Otros
Exposición a agentes físicos Ruido
Temperaturas extremas
Radiaciones
Otros
Exposición a agentes biológicos Microorganismos
Otros
A.4. Región anatómica.
6. 30 DIARIO OFICIAL Lunes 5 de noviembre de 2001
En cada actividad para el correspondiente puesto de trabajo, se debe determinar la región anatómica
expuesta a cada riesgo tipo. En la Tabla A2 se presentan las regiones anatómicas y algunos EPP que pueden
servir de guía.
TABLA A2
DETERMINACION DEL EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
CLAVE Y REGION ANATOMICA CLAVE Y EPP
1) Cabeza A) casco contra impacto
B) casco dieléctrico
C) cofia
D) otros
2) Ojos y cara A) anteojos de protección
B) goggles
C) pantalla facial
D) careta para soldador
E) gafas para soldador
F) otros
3) Oídos A) tapones auditivos
B) conchas acústicas
C) otros
4) Aparato respiratorio A) respirador contra partículas
B) respirador contra gases y vapores
C) respirador desechable
D) respirador autónomo
E) otros
5) Extremidades superiores A) guantes contra sustancias químicas
B) guantes para uso eléctrico
C) guantes contra altas temperaturas
D) guantes dieléctricos
E) mangas
F) otros
6) Tronco A) mandil contra altas temperaturas
B) mandil contra sustancias químicas
C) overol
D) bata
E) otros
7) Extremidades inferiores A) calzado de seguridad
B) calzado contra impactos
C) calzado dieléctrico
D) calzado contra sustancias químicas
E) polainas
F) botas impermeables
G) otros
8) Otros A) arnés de seguridad
B) equipo para brigadista contra incendio
C) otros
7. Lunes 5 de noviembre de 2001 DIARIO OFICIAL 31
A.5. Relacionar en una tabla los puestos de trabajo con sus correspondientes regiones anatómicas y con el
EPP requerido. La Tabla A3 relaciona las regiones anatómicas y los EPP con las claves enunciadas en la
Tabla A2.
TABLA A3
EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL POR PUESTO DE TRABAJO
PUESTO EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
1 2 3 4 5 6 7
A B C A B C D E A B A B C A B C D E A B C A B C D
9. Vigilancia
La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría del Trabajo
y Previsión Social.
10. Bibliografía
10.1. Ley Federal del Trabajo, artículos 512, 512-D, 512-F y 527.
10.2. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997.
10.3. Organización Internacional del Trabajo, Reglamento Tipo de Seguridad en los Establecimientos
Industriales, para guía de los gobiernos y la industria, Capítulo XIV Reglas de la 225 a 235, equipos de
protección personal, Ginebra, 1950.
11. Concordancia con normas internacionales
Esta Norma Oficial Mexicana no concuerda con ninguna norma internacional, por no existir referencia
alguna al momento de su elaboración.
TRANSITORIOS
ARTICULO PRIMERO.- La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los ciento ochenta días
naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
ARTICULO SEGUNDO.- Durante el lapso señalado en el artículo anterior, los patrones cumplirán con la
Norma Oficial Mexicana NOM-017-STPS-1993, Relativa al equipo de protección personal para los
trabajadores en los centros de trabajo, o bien realizarán las adaptaciones a sus procedimientos para observar
las disposiciones de la presente Norma Oficial Mexicana y, en este último caso, las autoridades del trabajo
proporcionarán a petición de los patrones interesados, asesoría y orientación para instrumentar su
cumplimiento, sin que los patrones se hagan acreedores a sanciones por el incumplimiento de las normas
en vigor.
ARTICULO TERCERO.- Con la entrada en vigor de la presente Norma se cancelan las normas oficiales
mexicanas NOM-029-STPS-1993, Seguridad-Equipo de protección respiratoria-Código de seguridad para la
identificación de botes y cartuchos purificadores de aire y NOM-030-STPS-1993, Seguridad-Equipo de
8. 32 DIARIO OFICIAL Lunes 5 de noviembre de 2001
protección respiratoria-Definiciones y clasificación, publicadas en el Diario Oficial de la Federación los días
14 de abril y 15 de marzo de 1994, respectivamente.
México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil uno.- El Secretario del Trabajo
y Previsión Social, Carlos María Abascal Carranza.- Rúbrica.