Este documento resume las principales características del Código de Minería de Bolivia de 1997, el cual establece que las concesiones mineras son consideradas una forma de propiedad privada. Sin embargo, algunas propuestas recientes sugieren reglamentar el código de una manera que podría desnaturalizarlo y poner en peligro el desarrollo minero del país. El documento argumenta que cualquier reglamentación debe respetar la naturaleza jurídica de las concesiones mineras y no restringir indebidamente la actividad minera para cumplir
Contrato de asociación minas bolivar y porco comibol illapa saErbol Digital
Alteran el año de un contrato y causan pérdida de $us20 millones a Bolivia
El primer contrato firmado en 2012 después de la nacionalización de Colquiri contempla como “fecha efectiva” de inicio del acuerdo el 1 de octubre de 2011, el mismo contrato, pero aprobado por el Legislativo en abril de 2013, registra como año de inicio el 2012 en lugar de 2011.
http://erbol.com.bo/noticia/economia/12122013/alteran_el_ano_de_un_contrato_y_causan_perdida_de_us20_millones_bolivia
http://erbol.com.bo/
Este documento describe las modificaciones realizadas al Reglamento de Seguridad Minera de Chile de 1985. Se introducen cambios en la definición de términos clave, el alcance de aplicación y las funciones del Servicio Nacional de Geología y Minería en relación a la seguridad en la industria minera. El objetivo es actualizar la normativa para mejorar la protección de la vida e integridad de los trabajadores mineros y las instalaciones.
Este documento contiene información sobre un decreto con fuerza de ley que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código Civil de Chile y otras leyes relacionadas. El decreto unifica estas leyes bajo un solo texto legal y establece su entrada en vigencia el 17 de febrero de 2012.
1) El documento discute la relación conflictiva entre la minería y la propiedad de tierras agrícolas en el Perú.
2) La legislación peruana ha evolucionado para limitar las posibilidades del Estado de expropiar tierras para la minería y aumentar las protecciones de los propietarios de tierras.
3) Esto ha llevado a conflictos entre empresas mineras e inversionistas que buscan acceder a tierras para la minería y los propietarios de tierras agrícolas.
Este documento contiene información sobre un decreto con fuerza de ley que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código Civil de Chile y otras leyes relacionadas. El decreto unifica estas leyes bajo un solo texto legal y provee notas al margen para indicar el origen de cada norma. El documento también incluye el texto completo del decreto con fuerza de ley.
Este documento presenta partes de la Ley de Minería de Bolivia. Establece que los recursos minerales en el suelo y subsuelo del país pertenecen al pueblo boliviano y son administrados por el Estado. Define las actividades mineras como cateo, prospección, exploración y explotación. También establece principios como la prioridad de la industrialización minera, la seguridad jurídica para los inversionistas, y la protección del medio ambiente y los derechos laborales.
Independientemente de que las leyes secundarias utilicen indiscriminadamente el término “concesión”, lo cierto es que cuando es utilizado por la ley, deberá atenderse a su sentido técnico, esto es, aplicado para aquellas actividades que son exclusivas del Estado, por ser de interés general, pero que éste decide otorgarlas a un tercero.
La ley establece disposiciones generales sobre la minería y metalurgia en Bolivia. Declara que los recursos minerales pertenecen al pueblo boliviano y establece principios como la función económica y social de la minería, la sustentabilidad, y la protección del medio ambiente y pueblos indígenas. Además, clasifica las diferentes actividades mineras e industriales y establece la estructura institucional para regular el sector minero.
Contrato de asociación minas bolivar y porco comibol illapa saErbol Digital
Alteran el año de un contrato y causan pérdida de $us20 millones a Bolivia
El primer contrato firmado en 2012 después de la nacionalización de Colquiri contempla como “fecha efectiva” de inicio del acuerdo el 1 de octubre de 2011, el mismo contrato, pero aprobado por el Legislativo en abril de 2013, registra como año de inicio el 2012 en lugar de 2011.
http://erbol.com.bo/noticia/economia/12122013/alteran_el_ano_de_un_contrato_y_causan_perdida_de_us20_millones_bolivia
http://erbol.com.bo/
Este documento describe las modificaciones realizadas al Reglamento de Seguridad Minera de Chile de 1985. Se introducen cambios en la definición de términos clave, el alcance de aplicación y las funciones del Servicio Nacional de Geología y Minería en relación a la seguridad en la industria minera. El objetivo es actualizar la normativa para mejorar la protección de la vida e integridad de los trabajadores mineros y las instalaciones.
Este documento contiene información sobre un decreto con fuerza de ley que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código Civil de Chile y otras leyes relacionadas. El decreto unifica estas leyes bajo un solo texto legal y establece su entrada en vigencia el 17 de febrero de 2012.
1) El documento discute la relación conflictiva entre la minería y la propiedad de tierras agrícolas en el Perú.
2) La legislación peruana ha evolucionado para limitar las posibilidades del Estado de expropiar tierras para la minería y aumentar las protecciones de los propietarios de tierras.
3) Esto ha llevado a conflictos entre empresas mineras e inversionistas que buscan acceder a tierras para la minería y los propietarios de tierras agrícolas.
Este documento contiene información sobre un decreto con fuerza de ley que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código Civil de Chile y otras leyes relacionadas. El decreto unifica estas leyes bajo un solo texto legal y provee notas al margen para indicar el origen de cada norma. El documento también incluye el texto completo del decreto con fuerza de ley.
Este documento presenta partes de la Ley de Minería de Bolivia. Establece que los recursos minerales en el suelo y subsuelo del país pertenecen al pueblo boliviano y son administrados por el Estado. Define las actividades mineras como cateo, prospección, exploración y explotación. También establece principios como la prioridad de la industrialización minera, la seguridad jurídica para los inversionistas, y la protección del medio ambiente y los derechos laborales.
Independientemente de que las leyes secundarias utilicen indiscriminadamente el término “concesión”, lo cierto es que cuando es utilizado por la ley, deberá atenderse a su sentido técnico, esto es, aplicado para aquellas actividades que son exclusivas del Estado, por ser de interés general, pero que éste decide otorgarlas a un tercero.
La ley establece disposiciones generales sobre la minería y metalurgia en Bolivia. Declara que los recursos minerales pertenecen al pueblo boliviano y establece principios como la función económica y social de la minería, la sustentabilidad, y la protección del medio ambiente y pueblos indígenas. Además, clasifica las diferentes actividades mineras e industriales y establece la estructura institucional para regular el sector minero.
Este resumen proporciona la información clave del documento en 3 oraciones:
1. Un locatario demandó a su locador por consignación de alquileres bajo la Ley 11.157 que reducía compulsivamente los alquileres, mientras que el locador alegó la inconstitucionalidad de dicha ley.
2. La Corte Suprema revocó el fallo a favor del locatario y declaró inconstitucional el régimen cuestionado, argumentando que la ley alteraba derechos patrimoniales adquiridos bajo legislación anterior.
Este documento presenta un decreto con fuerza de ley que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código Civil de Chile. El decreto contiene 33 artículos que definen conceptos legales clave como ley, interpretación de la ley, parentesco, consanguinidad y afinidad. Además, establece las normas para la promulgación, publicación y efectos de las leyes chilenas.
La propiedad de los yacimientos de hidrocarburos uv (1)Maximiliano Neites
Este documento analiza la propiedad de los yacimientos de hidrocarburos en Argentina y su relación con las potestades nacionales y provinciales tras la reforma constitucional de 1994. Discuten los antecedentes históricos del dominio originario de los recursos naturales y su incorporación en el artículo 124 de la Constitución Nacional. También examinan el reparto de potestades públicas en materia de hidrocarburos entre la Nación y las Provincias, y la naturaleza y alcance de los derechos de los particulares sobre
La limitación al arbitraje en diversas leyes parece haber sido ocasionada por el caso del contratista COMMISA contra PEMEX. En dicho procedimiento, el demandante interpuso, de manera paralela al arbitraje, un amparo con la finalidad de obtener la suspensión de la rescisión administrativa y la declaración de la inconstitucionalidad de la rescisión unilateral del contrato por parte de PEMEX. Las leyes secundarias de la Reforma Energética son un paso importante para permitir las mejores prácticas internacionales en lo que se refi
Este documento presenta una denuncia formal contra la Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner y/o contra aquel que resulte responsable por la posible comisión de delitos al sancionar el Decreto 929/2013. Se alega que el decreto viola las leyes 17.319 y 26.197 sobre hidrocarburos y beneficia indebidamente a la empresa Chevron en la explotación del yacimiento Vaca Muerta. También se denuncia que el decreto no consultó a los pueblos originarios que habitan la zona, en contra
Este documento presenta la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública de El Salvador. Establece la creación de la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones (UNAC) para establecer políticas y procedimientos, y las Unidades de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales (UACI) en cada institución pública para llevar a cabo las adquisiciones y contrataciones. También define los objetivos, ámbito de aplicación y exclusiones de la ley.
Este documento presenta el resumen de un caso judicial sobre la constitucionalidad de un decreto de necesidad y urgencia que modificó una ley de seguros. La asociación de consumidores demandó la inconstitucionalidad del decreto alegando que violaba varios derechos constitucionales. La Cámara Nacional de Apelaciones falló a favor de la demanda. El gobierno apeló la decisión ante la Corte Suprema.
La ley de arrendamientos urbanos regula los contratos de alquiler en España. Introduce varias novedades como establecer un plazo mínimo de 5 años para los contratos de vivienda y mecanismos de prórroga tácita. También regula los procesos judiciales relacionados y permite recurrir decisiones ante el Tribunal Supremo. Respecto a contratos antiguos, mantiene diferencias entre vivienda y locales comerciales y establece plazos de resolución. El objetivo es potenciar el mercado de alquiler como altern
Este documento proporciona un resumen de los trámites y servicios relacionados con armas de fuego, explosivos y pirotecnia que ofrece la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos de la Secretaría de la Defensa Nacional. Se dividen los trámites en dos secciones: la sección de explosivos, que incluye permisos para la compra, almacenamiento y consumo de explosivos y pirotecnia; y la sección de fabricación y comercialización, que incluye permisos para la compraventa
Introducción
El interés por el litio en los salares se inicia en la década de 1960, en el marco de su utilización en la fabricación de bombas de Hidrógeno en la década precedente.
Organismos del Estado, conjuntamente con una empresa privada Foote Minerals, actual Rockwoo, inician exploraciones en la década de 1970. La primera normativa legal del Estado de Chile Referente al litio fue dictada en 1976 al ser incluido como sustancia de “interés nuclear” en la ley Orgánica de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, CChEN.
Para mayor información, nos puedes encontrar en:
+569 8139 3599
+562 2813 2646
contacto@bbsc.cl
www.bbsc.cl
Los Principios Regístrales. Definición de cada uno de los principios que rigen nuestro sistema. Aplicación y fundamentaciòn legal. Principio de inscripción: conceptos, clases, tipos y efectos. Rogación. Prioridad. Especialidad. Consecutividad. Legalidad. Legitimidad. Fe Pública. Publicidad. Principios de la Administración Publica aplicables a los registros y notarias en Venezuela (LOAP).
El documento define diferentes tipos de contratos y procesos relacionados con las contrataciones del Estado, como remates, ventas, permutas, arrendamientos y donaciones. También explica que los yacimientos de hidrocarburos pertenecen a la nación y describe los procesos de licencia para la identificación, exploración y explotación de estas áreas. Finalmente, distingue entre decretos gubernativos y ministeriales en cuanto a su emisión y autoridad.
En virtud de Ley con fecha 4 de febrero de 1858, se facultó al Órgano Ejecutivo para que
este nombrara la comisión ad-hoc responsable de redactar el nuevo Código Civil, misma que redactó el
presente cuerpo normativo, en franca armonía con la Legislación Española que en la época regía al
país, dando como resultado la emisión del Decreto Ejecutivo de Fecha 23 de agosto de 1859 que
incorporó al ordenamiento jurídico los 2435 artículos comprendidos en los 44 títulos de que constaban
los cuatro libros del código en mención, ordenándose por Decreto Ejecutivo de fecha 10 de abril de
1860, el día 1 de mayo del mismo año como fecha oficial para su publicación en cada uno de los
pueblos, villas y ciudades de El Salvador, según consta en la Gaceta Oficial número 85, tomo 8, de
fecha 14 de abril de 1860.
Este documento describe las características de los contratos administrativos en comparación con los contratos civiles. Explica que, a diferencia de los contratos civiles donde existe igualdad entre las partes, en los contratos administrativos la administración tiene ciertos privilegios como modificar o terminar los contratos. También establece que mientras los elementos esenciales para la validez de ambos tipos de contratos son los mismos, los contratos administrativos persiguen fines públicos distintos a las contraprestaciones de las partes como en los contratos
Este documento contiene una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia sobre la demanda de inconstitucionalidad parcial del artículo 2229 del Código Civil. La norma permite al deudor pagar anticipadamente un préstamo solo si no se han pactado intereses. El demandante argumenta que esto viola principios constitucionales como el acceso a la vivienda y la libre competencia. La Corte analiza la teoría de la imprevisión y normas sobre créditos hipotecarios. Finalmente, condiciona la exequibilidad de la norm
El documento discute varios aspectos clave del procedimiento administrativo en Bolivia. Explica que los administrados, tanto los comparecientes como los terceros no comparecientes, pueden ser representados en el procedimiento. También describe qué son los derechos subjetivos y los intereses legítimos de los administrados, y cómo estos les dan legitimación para participar en el procedimiento. Por último, analiza otros temas como la pluralidad de interesados y la figura de los gestores o tramitadores.
Sobre Los principios regístrales: Definición de cada uno de los principios que rigen nuestro sistema. Aplicación y fundamentación legal. Principios de Inscripción: Concepto, clases, tipos y efectos Rogación. Prioridad. Especialidad. Consecutividad. Legalidad. Legitimidad. Fe Pública. Publicidad.
Este documento describe la aprobación y publicación de un reglamento para regular el régimen de condominio de inmuebles en el estado de Morelos, México. El reglamento establece las bases para la administración de condominios y promueve la armonía entre condóminos. También define los derechos y obligaciones de los condóminos y ocupantes de unidades condominiales.
El documento describe un caso judicial sobre la aplicación de la Ley 11.741 de 1933 en Argentina, la cual estableció moratorias e intereses máximos para préstamos hipotecarios durante la crisis económica. Oscar Avico demandó a Saúl de la Pesa para que se apliquen los beneficios de esta ley. El juez falló a favor de Avico pero fue revocado en apelación, declarando la ley inconstitucional. La Corte Suprema analiza si la ley viola las garantías constitucionales de propiedad y si el Congreso puede regular contratos pre
Este documento es la Ley de Minería de El Salvador. Regula la exploración, explotación, procesamiento y comercialización de recursos minerales en el país. Establece que los yacimientos minerales son propiedad del Estado y que otorga licencias y concesiones para su explotación. También define las diferentes fases de la actividad minera y establece las entidades competentes para regular el sector, como el Ministerio de Economía y la Dirección de Hidrocarburos y Minas.
Este documento describe la evolución de la legislación minera en Perú a través de los años. Comienza con el Código de Minería de 1900 que derogó toda la normatividad minera previa. Luego, el Código de Minería de 1950 introdujo innovaciones importantes como calificar la industria minera de utilidad pública. Posteriormente, el Decreto Ley No 18880 de 1971 enfatizó el rol del Estado en la industria minera y estableció monopolios estatales. Finalmente, el Decreto Legislativo No 109 de 1981 permitió
Este documento proporciona un resumen de la evolución de la legislación minera en Perú desde 1900 hasta 1981. Comienza con un breve resumen del Código de Minería de 1900 y luego describe las principales innovaciones introducidas por el Código de Minería de 1950. Posteriormente, analiza el Decreto Ley No 18880 de 1971, el cual enfatizó el papel del Estado en la industria minera. Finalmente, examina las modificaciones realizadas por el Decreto Legislativo No 109 de 1981, incluyendo permitir la hipoteca de den
Este resumen proporciona la información clave del documento en 3 oraciones:
1. Un locatario demandó a su locador por consignación de alquileres bajo la Ley 11.157 que reducía compulsivamente los alquileres, mientras que el locador alegó la inconstitucionalidad de dicha ley.
2. La Corte Suprema revocó el fallo a favor del locatario y declaró inconstitucional el régimen cuestionado, argumentando que la ley alteraba derechos patrimoniales adquiridos bajo legislación anterior.
Este documento presenta un decreto con fuerza de ley que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código Civil de Chile. El decreto contiene 33 artículos que definen conceptos legales clave como ley, interpretación de la ley, parentesco, consanguinidad y afinidad. Además, establece las normas para la promulgación, publicación y efectos de las leyes chilenas.
La propiedad de los yacimientos de hidrocarburos uv (1)Maximiliano Neites
Este documento analiza la propiedad de los yacimientos de hidrocarburos en Argentina y su relación con las potestades nacionales y provinciales tras la reforma constitucional de 1994. Discuten los antecedentes históricos del dominio originario de los recursos naturales y su incorporación en el artículo 124 de la Constitución Nacional. También examinan el reparto de potestades públicas en materia de hidrocarburos entre la Nación y las Provincias, y la naturaleza y alcance de los derechos de los particulares sobre
La limitación al arbitraje en diversas leyes parece haber sido ocasionada por el caso del contratista COMMISA contra PEMEX. En dicho procedimiento, el demandante interpuso, de manera paralela al arbitraje, un amparo con la finalidad de obtener la suspensión de la rescisión administrativa y la declaración de la inconstitucionalidad de la rescisión unilateral del contrato por parte de PEMEX. Las leyes secundarias de la Reforma Energética son un paso importante para permitir las mejores prácticas internacionales en lo que se refi
Este documento presenta una denuncia formal contra la Presidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner y/o contra aquel que resulte responsable por la posible comisión de delitos al sancionar el Decreto 929/2013. Se alega que el decreto viola las leyes 17.319 y 26.197 sobre hidrocarburos y beneficia indebidamente a la empresa Chevron en la explotación del yacimiento Vaca Muerta. También se denuncia que el decreto no consultó a los pueblos originarios que habitan la zona, en contra
Este documento presenta la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública de El Salvador. Establece la creación de la Unidad Normativa de Adquisiciones y Contrataciones (UNAC) para establecer políticas y procedimientos, y las Unidades de Adquisiciones y Contrataciones Institucionales (UACI) en cada institución pública para llevar a cabo las adquisiciones y contrataciones. También define los objetivos, ámbito de aplicación y exclusiones de la ley.
Este documento presenta el resumen de un caso judicial sobre la constitucionalidad de un decreto de necesidad y urgencia que modificó una ley de seguros. La asociación de consumidores demandó la inconstitucionalidad del decreto alegando que violaba varios derechos constitucionales. La Cámara Nacional de Apelaciones falló a favor de la demanda. El gobierno apeló la decisión ante la Corte Suprema.
La ley de arrendamientos urbanos regula los contratos de alquiler en España. Introduce varias novedades como establecer un plazo mínimo de 5 años para los contratos de vivienda y mecanismos de prórroga tácita. También regula los procesos judiciales relacionados y permite recurrir decisiones ante el Tribunal Supremo. Respecto a contratos antiguos, mantiene diferencias entre vivienda y locales comerciales y establece plazos de resolución. El objetivo es potenciar el mercado de alquiler como altern
Este documento proporciona un resumen de los trámites y servicios relacionados con armas de fuego, explosivos y pirotecnia que ofrece la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos de la Secretaría de la Defensa Nacional. Se dividen los trámites en dos secciones: la sección de explosivos, que incluye permisos para la compra, almacenamiento y consumo de explosivos y pirotecnia; y la sección de fabricación y comercialización, que incluye permisos para la compraventa
Introducción
El interés por el litio en los salares se inicia en la década de 1960, en el marco de su utilización en la fabricación de bombas de Hidrógeno en la década precedente.
Organismos del Estado, conjuntamente con una empresa privada Foote Minerals, actual Rockwoo, inician exploraciones en la década de 1970. La primera normativa legal del Estado de Chile Referente al litio fue dictada en 1976 al ser incluido como sustancia de “interés nuclear” en la ley Orgánica de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, CChEN.
Para mayor información, nos puedes encontrar en:
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Los Principios Regístrales. Definición de cada uno de los principios que rigen nuestro sistema. Aplicación y fundamentaciòn legal. Principio de inscripción: conceptos, clases, tipos y efectos. Rogación. Prioridad. Especialidad. Consecutividad. Legalidad. Legitimidad. Fe Pública. Publicidad. Principios de la Administración Publica aplicables a los registros y notarias en Venezuela (LOAP).
El documento define diferentes tipos de contratos y procesos relacionados con las contrataciones del Estado, como remates, ventas, permutas, arrendamientos y donaciones. También explica que los yacimientos de hidrocarburos pertenecen a la nación y describe los procesos de licencia para la identificación, exploración y explotación de estas áreas. Finalmente, distingue entre decretos gubernativos y ministeriales en cuanto a su emisión y autoridad.
En virtud de Ley con fecha 4 de febrero de 1858, se facultó al Órgano Ejecutivo para que
este nombrara la comisión ad-hoc responsable de redactar el nuevo Código Civil, misma que redactó el
presente cuerpo normativo, en franca armonía con la Legislación Española que en la época regía al
país, dando como resultado la emisión del Decreto Ejecutivo de Fecha 23 de agosto de 1859 que
incorporó al ordenamiento jurídico los 2435 artículos comprendidos en los 44 títulos de que constaban
los cuatro libros del código en mención, ordenándose por Decreto Ejecutivo de fecha 10 de abril de
1860, el día 1 de mayo del mismo año como fecha oficial para su publicación en cada uno de los
pueblos, villas y ciudades de El Salvador, según consta en la Gaceta Oficial número 85, tomo 8, de
fecha 14 de abril de 1860.
Este documento describe las características de los contratos administrativos en comparación con los contratos civiles. Explica que, a diferencia de los contratos civiles donde existe igualdad entre las partes, en los contratos administrativos la administración tiene ciertos privilegios como modificar o terminar los contratos. También establece que mientras los elementos esenciales para la validez de ambos tipos de contratos son los mismos, los contratos administrativos persiguen fines públicos distintos a las contraprestaciones de las partes como en los contratos
Este documento contiene una sentencia de la Corte Constitucional de Colombia sobre la demanda de inconstitucionalidad parcial del artículo 2229 del Código Civil. La norma permite al deudor pagar anticipadamente un préstamo solo si no se han pactado intereses. El demandante argumenta que esto viola principios constitucionales como el acceso a la vivienda y la libre competencia. La Corte analiza la teoría de la imprevisión y normas sobre créditos hipotecarios. Finalmente, condiciona la exequibilidad de la norm
El documento discute varios aspectos clave del procedimiento administrativo en Bolivia. Explica que los administrados, tanto los comparecientes como los terceros no comparecientes, pueden ser representados en el procedimiento. También describe qué son los derechos subjetivos y los intereses legítimos de los administrados, y cómo estos les dan legitimación para participar en el procedimiento. Por último, analiza otros temas como la pluralidad de interesados y la figura de los gestores o tramitadores.
Sobre Los principios regístrales: Definición de cada uno de los principios que rigen nuestro sistema. Aplicación y fundamentación legal. Principios de Inscripción: Concepto, clases, tipos y efectos Rogación. Prioridad. Especialidad. Consecutividad. Legalidad. Legitimidad. Fe Pública. Publicidad.
Este documento describe la aprobación y publicación de un reglamento para regular el régimen de condominio de inmuebles en el estado de Morelos, México. El reglamento establece las bases para la administración de condominios y promueve la armonía entre condóminos. También define los derechos y obligaciones de los condóminos y ocupantes de unidades condominiales.
El documento describe un caso judicial sobre la aplicación de la Ley 11.741 de 1933 en Argentina, la cual estableció moratorias e intereses máximos para préstamos hipotecarios durante la crisis económica. Oscar Avico demandó a Saúl de la Pesa para que se apliquen los beneficios de esta ley. El juez falló a favor de Avico pero fue revocado en apelación, declarando la ley inconstitucional. La Corte Suprema analiza si la ley viola las garantías constitucionales de propiedad y si el Congreso puede regular contratos pre
Este documento es la Ley de Minería de El Salvador. Regula la exploración, explotación, procesamiento y comercialización de recursos minerales en el país. Establece que los yacimientos minerales son propiedad del Estado y que otorga licencias y concesiones para su explotación. También define las diferentes fases de la actividad minera y establece las entidades competentes para regular el sector, como el Ministerio de Economía y la Dirección de Hidrocarburos y Minas.
Este documento describe la evolución de la legislación minera en Perú a través de los años. Comienza con el Código de Minería de 1900 que derogó toda la normatividad minera previa. Luego, el Código de Minería de 1950 introdujo innovaciones importantes como calificar la industria minera de utilidad pública. Posteriormente, el Decreto Ley No 18880 de 1971 enfatizó el rol del Estado en la industria minera y estableció monopolios estatales. Finalmente, el Decreto Legislativo No 109 de 1981 permitió
Este documento proporciona un resumen de la evolución de la legislación minera en Perú desde 1900 hasta 1981. Comienza con un breve resumen del Código de Minería de 1900 y luego describe las principales innovaciones introducidas por el Código de Minería de 1950. Posteriormente, analiza el Decreto Ley No 18880 de 1971, el cual enfatizó el papel del Estado en la industria minera. Finalmente, examina las modificaciones realizadas por el Decreto Legislativo No 109 de 1981, incluyendo permitir la hipoteca de den
El documento discute las aporías legales que enfrenta la minería en Chile relacionadas con el medio ambiente, normas laborales, tributarias, comerciales y de propiedad. Revisa la evolución histórica de la legislación minera chilena desde la época colonial hasta la actualidad, incluyendo hitos como la Chilenización de la minería en 1965, la Nacionalización del cobre en 1971 y la Constitución de 1980 que estableció un régimen de propiedad privada sobre los yacimientos mineros.
Este documento describe la evolución de la legislación chilena sobre la regularización de la pequeña propiedad raíz desde 1939 hasta la promulgación del Decreto Ley No 2.695 en 1979. Inicialmente, la Ley No 6.382 de 1939 permitió la regularización de predios rurales menores a cierto valor. Leyes y decretos posteriores ampliaron el alcance a predios urbanos y redujeron los requisitos. El DL No 2.695 culminó esta evolución al establecer un sistema que privilegiaba al poseedor material sobre el poseedor
Pronunciamiento por el Proyecto de Reforma a la Ley de Minería en EcuadorCrónicas del despojo
La Asamblea Constituyente de Ecuador aprobó en 2008 el Mandato Minero que pretendía recuperar la soberanía sobre los recursos mineros y prohibir la minería en zonas de agua. Sin embargo, la ley de minería de 2009 aprobada por el Congreso contradice este mandato y favorece la expansión minera. La propuesta de reforma a la ley de minería de 2013 viola la Constitución al no realizar una consulta previa a los pueblos indígenas y al permitir la minería en cualquier parte del territorio sin considerar otros
Este documento es la Ley 692 de 2001, también conocida como el Código de Minas de Colombia. Establece las disposiciones generales sobre la propiedad estatal de los recursos minerales, el derecho a explorar y explotar minas, y los tipos de títulos mineros permitidos como la concesión minera. También define conceptos clave como mina, mineral, materiales de construcción y salinas.
Contrato borrador de Asociación minas Bolivar y Porco Comibol IllapaAlfredo Zaconeta
El contrato suscrito fue aprobado en las instancias del directorio de la COMIBOL, la Asamblea Legislativa Plurinacional y promulgada por el exvicepresidente Álvaro García Linera, pero, las observaciones de orden retroactivo, no fueron subsanadas lo que inviabilizó la aplicación plena del contrato.
Este documento describe el marco legal para la propiedad de bienes inmuebles por parte de extranjeros en México. Explica las leyes y decretos clave como la Ley Orgánica del Artículo 27 Constitucional de 1925, el Decreto de 1944 que requiere permisos para que extranjeros adquieran bienes, y la Ley de Inversión Extranjera de 1993 que modificó algunas restricciones. También cubre temas como las zonas prohibidas para extranjeros a lo largo de fronteras y costas, y los requisitos
Este documento describe el marco legal para la propiedad de bienes inmuebles por parte de extranjeros en México. Explica las leyes y decretos clave como la Ley Orgánica del Artículo 27 Constitucional de 1925, el Decreto de 1944 que requiere permisos para que extranjeros adquieran bienes, y la Ley de Inversión Extranjera de 1993 que modificó algunas restricciones. También cubre temas como las zonas prohibidas para extranjeros a lo largo de fronteras y costas, y los requisitos
Este documento presenta un resumen de tres oraciones del proyecto de ley de Minería y Metalurgia remitido por el presidente Evo Morales al presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional. El proyecto de ley establece una nueva estructura institucional para el sector minero de acuerdo con la Constitución, cambia el régimen minero a contratos administrativos, y define principios como la igualdad entre los actores mineros productivos aunque con algunas diferencias.
Este documento describe las sustancias minerales que no son susceptibles de concesión minera en Chile según la Constitución y el Código de Minería. Estas incluyen hidrocarburos, litio y yacimientos en zonas de importancia para la seguridad nacional, los cuales pueden ser explotados directamente por el Estado. También presenta los requisitos para ejercer la facultad de investigación minera mediante cateo y cavado en diferentes tipos de terrenos.
7 concesion minera y la propiedad de los recursos hmaJoel Palacios
El documento discute la propiedad de los recursos minerales en el Perú. Sostiene que: 1) Los yacimientos minerales son una riqueza de la Nación que el Estado administra a través de concesiones mineras; 2) La historia del derecho en el Perú muestra que desde el derecho romano tardío se ha diferenciado la propiedad del suelo de la de los yacimientos minerales debajo de él, y que esta tradición se ha mantenido en el derecho peruano; 3) Las actuales constitución y leyes peruanas
U iii iv limitaciones legales y protección a la propiedad J R POZZOrammsteinruben
1. El documento discute las limitaciones legales a la propiedad y cómo la servidumbre es una de esas limitaciones reconocidas por el Código Civil. 2. Explica que la propiedad no es un derecho absoluto sino que está sujeta a restricciones y limitaciones por razones de utilidad pública. 3. También cubre cómo la Constitución y la ley venezolana reconocen el derecho de expropiación por parte del Estado por causas de utilidad pública.
Este documento discute la necesidad de actualizar la legislación minera de Panamá. Resalta que un informe del IGF identificó debilidades como la desactualización del marco legal minero de Panamá, especialmente del Código de Recursos Minerales. También analiza un fallo de la Corte Suprema que declaró inconstitucional un contrato minero, señalando que el fallo no tuvo en cuenta decretos legales anteriores sobre minería.
Este documento resume lo siguiente:
1) Define el derecho de hidrocarburos como la ciencia que regula las actividades relacionadas con el petróleo y el gas natural.
2) Explica que los objetivos de la ley de hidrocarburos venezolana son regular dichas actividades y mejorar la participación económica de la nación.
3) Establece que las actividades primarias de hidrocarburos son reservadas al Estado venezolano de acuerdo a la constitución y que la propiedad de los yacimientos pertenece al Estado
Este documento contiene 5 observaciones y propuestas de reforma a la Ley de Minería, la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador y la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno. Las observaciones se refieren a temas como el pago de regalías mineras, la cesión o transferencia de derechos mineros, la regularización de mineros artesanales, los contratos de operación minera con mineros artesanales, y la preservación de la ciudad de Zaruma como patrimonio cultural. El documento propone modificaciones leg
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Hipólito Yrigoyen presentó un discurso al Congreso Nacional en favor de una nueva legislación sobre la propiedad y explotación de las riquezas petroleras. Argumentó que el Estado debe tener el derecho de vigilar la explotación de los yacimientos petrolíferos y participar en los beneficios para asegurar su uso racional y evitar su agotamiento rápido. También propuso estudiar las leyes de otros países petroleros como Estados Unidos, Rusia y Rumania para dictar una legislación que permita el desarrollo de la industria petrolera en
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1. ENCUENTRO MINERO METALURGICO LATINOAMERICANO
2000
“NORMAS JURIDICO – LEGALES MINERAS EN BOLIVIA”
TEDDY CUENTAS BASCOPÉ
Agradezco a los organizadores de este importante evento por permitirnos
compartir esta tribuna con nuestro muy apreciado Dr. Oscar Bonifaz, para
referirnos, desde nuestras particulares ópticas, a una temática que siempre
ofrece interés cual es de la normatividad legal regulatoria de la actividad
minera.
Quiero comenzar expresando que el Código de Minería promulgado en
fecha 17 de marzo de 1997, mediante Ley No. 1777, ha sido mencionado
en dos eventos internacionales, el primero propiciado por la Rocky
Mountain Mineral Law Foundation, en Santiago, Chile, 1997 y , el segundo
en el Congreso Internacional de Legislación Minera, en Lima – Perú en
1999, como el código de minería más avanzado de América Latina y el
Caribe.
Tan importante mención se debe al enorme esfuerzo que ha significado
dotar al país de un instrumento eficaz de política de desarrollo minero, que
supere las viejas concepciones propias de un modelo de proteccionismo
estatal que calificada a la minería como de carácter “estratégico” entendido
éste como un principio por el que únicamente la empresa minera estatal
(COMIBOL) tenía acceso expedito e irrestricto a los recursos minerales a
objeto de que cumpla su principal rol productivo, sin limitaciones, pero con
los resultados crónicamente deficitarios harto conocidos.
Bajo ese contexto, el régimen de la seguridad jurídica de los titulares
privados constituía un objetivo secundario.
La nueva legislación minera que antes de la promulgación del nuevo
Código comenzó por el levantamiento de las reservas fiscales, descongeló
extensas áreas mineralizadas del territorio del país permitiendo que fueran
los sujetos derecho privado, individuales o colectivos, nacionales o
extranjeros, sin discriminación, quienes asumieran los retos de una minería
moderna, intensiva en el uso de capital, tecnología de punta, manejo
gerencial de proyectos de largo plazo, acceso a las fuentes de
financiamiento y mercados de minerales y métales.
2. El nuevo Código de Minería, que sustituyó íntegramente el Código
anterior, sin la menor pretensión de perfección ni infalibilidad, optó por
importantísimas innovaciones entre las que destacan la adopción de un
sistema de concesión única en base a una nueva unidad de medida
propiciatoria de la exploración de áreas extensas; la eliminación del
requisito de acreditar trabajos para el mantenimiento del derecho
concesionario; la eliminación de las diligencias demarcatorias; la
eliminación de las varias causas de caducidad y nulidad restringiéndolas
únicamente a la falta de pago de patentes, en el primer caso, y a la
prohibición constitucional de la adquisición de derechos por extranjeros
dentro de los 50 Km. De las fronteras internacionales y la obtención de
derechos concesionarios por funcionarios públicos comprendidos en las
incompatibilidad establecidas por el propio Código, en el segundo caso,
Del mismo modo, el Código optó por un procedimiento ágil, sencillo y
transparente del carácter puramente administrativo para la obtención de
concesiones.
Por otra parte, el nuevo Código caracterizó adecuadamente la naturaleza
jurídica de la concesión minera como un derecho real e inmueble, distinto
al de la propiedad del suelo aunque ambas pertenezcan a una misma
persona, otorgado con carácter indefinido y susceptible de la realización de
cualquier acto de administración y de disposición, incluida la sucesión
hereditaria, en el marco de las regulaciones del Código Civil.
De esta manera, la concesión minera es también susceptible de hipoteca y
sus productos, equipos e instalaciones, de todas las medidas cautelares
emergentes de un crédito.
Tal caracterización jurídica supone una verdadera incorporación del
derecho constituido por el Estado en el patrimonio del particular a sola
condición del pago de una patente minera anual pagada por adelantado,
como único requisito de mantenimiento del derecho, desechando el viejo
amparo por el trabajo que, a más de ser un simple resabio del pasado
superado ya hace mucho tiempo en varias legislaciones de la región como
es el caso de Chile, se constituía en la fuente de actos de discrecionalidad
administrativa cuando no de corrupción.
Es importante recalcar, que tal naturaleza jurídica de la concesión mineraa,
emerge del precepto constitucional contenido en el Art. 136º de la C.P.E.
que, a diferencia de la generalidad de las cartas constitucionales de la
región, que atribuyen al Estado un dominio absoluto, inalienable e
3. imprescriptible respecto de los recursos naturales, consagra el carácter
originario de dicho dominio estatal.
El precepto constitucional señalado, caracteriza el régimen jurídico
aplicable a la minería en el marco de la doctrina de libertada de minas,
denominada española aunque de remoto origen germánico.
Dicha doctrina, inviste al Estado de un dominio radical o eminente de
carácter público no patrimonial, general y permanente, que se traduce en un
“alto poder de administración” por cuya virtud constituye a favor de un
particular una propiedad efectiva y plena, sólo sujeta a la condición
resolutoria del pago de una patente minera.
A partir del referido enunciado constitucional, la Carta Magna Boliviana
otorga al concesionario minero las garantías inherentes a la propiedad
privada individual o colectiva y al derecho fundamental de dedicarse a
actividades industriales lícitas como la minería.
Es importante advertir, en consecuencia, que configurada de esta manera su
naturaleza jurídica no debe llamar a equívoco el término de “concesión”
que pudiera ser entendida como de carácter eminentemente administrativo,
supeditada a la celebración de un contrato con el Estado, otorgada por un
período de tiempo limitado y destinado a la satisfacción de algún servicio
público.
En rigor, por tanto, habida consideración de las características jurídicas
mencionadas, la concesión minera es una verdadera propiedad, término con
el que la designaba, sin eufemismo, el Código Saavedra de 1925 y el
mismo modo como se denomina a la propiedad agraria obtenida también
por acto administrativo del Estado a favor de los particulares, previo el
cumplimiento de las formalidades establecidas por ley.
Lo precedentemente expuesto demuestra que desde el punto de vista legal
el régimen jurídico que regula la realización de actividades mineras en
Bolivia otorga plena seguridad jurídica a los titulares privados de derechos
mineros y por disposición del propio Código de Minería, tales derechos y
sus correspondientes obligaciones son extendidos a quienes ejerzan
posesión legal en virtud de una relación contractual.
No obstante la claridad conceptual de lo que implica legal y doctrinalmente
el dominio del Estado y la naturaleza jurídica de la concesión minera en
Bolivia, un Seminario llevado a cabo recientemente en Oruro y en el que se
habrían establecido las “bases para una supuesta reglamentación que
4. requeriría nuestro Código de Minería”, alude en su punto 4º , a que el
otorgamiento de una concesión minera no implicaría traslación del dominio
del Estado a favor del particular, quién sólo sería dueño de las sustancias
minerales extraídas.
Si la pretensión de una “reglamentación” parte del desconocimiento de los
conceptos fundamentales expuestos, a título de “reglamentar” el Código, en
verdad, se lo desnaturalizaría al punto, que dejaría de ostentar su condición
de ser el más avanzado de la región.
Por otra parte y sin entrar en el análisis pormenorizado de las sugerencias
de reglamentación, es de vital importancia referirse un aspecto que si no es
adecuadamente encarado, puede constituirse en el Talón de Aquiles del
desarrollo minero no solo boliviano sino regional.
Nos referimos a la vigencia e incorporación del Convenio No 169 de la
O.I.T. en las disposiciones regulatorias de la actividad minera.
En el caso de Bolivia, dicho Convenio, por tratarse de un Acuerdo
Internacional fue ratificado mediante Ley de la República No. 1257 de 11
de julio de 1.991, y es por tanto de obligatorio e inexcusable cumplimiento
como parte integrante de la normatividad boliviana y su contexto y
enunciados se encuentran reconocidos por la propia Constitución Política
en su Art. 171º .
Tal acuerdo, conforme lo establece su Art. 2º, obliga a los gobiernos
suscribientes a desarrollar una acción coordinada y sistemática con miras a
proteger los derechos de los pueblos indígenas, mediante medidas que
aseguren a los miembros de dichos pueblos gozar, en pie de igualdad, de
los derechos y oportunidades que la legislación nacional otorga a los demás
miembros de la población.
Dichos pueblos, de acuerdo a lo determinado por el numeral 2 del Art. 8º,
tienen el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias
siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales
definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos
internacionalmente reconocidos.
Lo anterior supone que el respeto de los derechos que corresponden a los
pueblos indígenas, no es ni debe ser incompatible con los derechos de los
demás miembros de la población ni con lo explícitamente establecido por la
normativa jurídica nacional.
5. El parágrafo 2º del Art. 15º del referido Convenio, obliga a los gobiernos a
establecer procedimientos de consulta con los pueblos interesados a fin de
determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados antes de
emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de
los recursos existentes en sus tierras.
De lo anterior, fluye claramente, que el Convenio no se refiere
exclusivamente a las actividades de prospección o explotación mineras,
sino que tiene carácter general para todas las actividades económicas que
incluyan tales labores.
Sin embargo, en Bolivia, entre las “sugerencias de reglamentación”
mencionadas, se alude a que dicha disposición, determinaría que “previa a
toda concesión minera” sería necesario consultar y establecer las
condiciones en las que esas organizaciones culturales serían tomadas en
cuenta, para lo cual se sugiere con carácter de urgencia un trabajo conjunto
de superintendencias agrarias y forestales, mineras, cámaras y asociaciones
mineras y pueblos indígenas.
Según el criterio de los propugnadores de la iniciativa de “reglamentación”,
es de suponer que no se debería otorgar ninguna concesión en tanto no se
defina la forma de participación de dichas organizaciones.
De plasmarse tal iniciativa, podría quedar congelada indefinidamente la
aplicación del mejor código de minería de la región, en perjuicio de las
propias comunidades indígenas que para su desarrollo requieren de la
generación de actividades económicas en las áreas donde se encuentran
asentadas.
No quepa la menor duda que el Convenio No. 169 requiere de una
reglamentación que establezca los mecanismos de consulta y participación,
empero, pretender que sea una reglamentación del Código de Minería la
que defina tales mecanismos, significaría cargas únicamente sobre el sector
minero una reglamentación que por esencia es de carácter general y no
particular del área minera.
Por otra parte, resulta un contrasentido inadmisible, declarar por una parte
que el desarrollo minera es un imperativo nacional y que debe lograrse un
alto grado de competitividad internacional; y por otra, sugerir, a título de
“reglamentación” el no otorgamiento de ninguna concesión en tanto no se
reglamente el referido Convenio.
6. No otra cosa significa confundir, espero no deliberadamente, otorgamiento
de una concesión con programa de prospección o explotación. Una cosa es
el derecho y otra muy distinta es la actividad.
La iniciación de faenas mineras, está supeditada a la obtención de la
correspondiente licencia ambiental y corresponderá a ése ámbito
determinar el grado de impacto y el establecimiento de los grados de
participación de los pueblos indígenas, pero en ningún caso, optar por el no
otorgamiento de concesiones.
A lo anterior se añade un proyecto de decreto supremo por el que se
pretendería otorgar exclusividad a las comunidades indígenas y originarias
para la explotación de minerales no metálicos, lo que implicaría convertir,
por decreto, en industriales mineros a personas tradicionalmente dedicadas
a la agricultura, lo cual, atenta nuevamente contra la conceptualización
moderna del desarrollo minero consistente en otorgar plena seguridad
técnica y jurídica a los industriales mineros, nacionales o extranjeros, sin
discriminación, y propiciar una explotación racional de los recursos
minerales, bajo el principio de desarrollo sostenible y respecto del medio
ambiente.
Para terminar, se impone una reflexión: Si el denodado esfuerzo por
desarrollar nuestro potencial mineralógico para convertirlo efectivamente
en uno de los principales pilares de nuestra economía, particularmente en
cuanto concierne al occidente del país, lo desnaturalizamos sin la
imprescindible visión de futuro de nuestra minería habremos cometido otro
de los tantos errores que, como en el caso del litio, pesarán impunemente
sobre la conciencia nacional.
Gracias...