5. Derechos de Autor
conjunto de derechos de carácter
patrimonial y moral, concedido por
ley por el solo hecho de la creación
de una obra
6. por el solo hecho de crear una obra nacen
derechos:
1.exclusivos para el autor:
• puede venderlos, cederlos, etc.
• puede dar permiso a otros para usar la obra
2.temporales
• duran toda la vida del autor + 70 años (RG)
• con la muerte del autor, pasan a sus herederos
20. Contenidos digitales
Contenido creado para Internet:
•Sitios web
•Blogs
•Podcasts, etc.
Contenidos digitalizados:
•Música
•Literatura
•Fotografía, etc.
46. licencias libres
• autorizaciones de uso generales
• condiciones menos restrictivas
• se basan en derechos de autor
• facilitan circulación de obras
(viralidad)
60. Reconocimiento (BY)
(o Atribución)
Reconocer los créditos de la obra y citarla
de la forma especificada por el autor o el
licenciante
El material creado puede ser distribuido,
copiado y exhibido por otros si se muestra al
autor en los créditos.
61. El material original y las obras pueden
ser distribuidos, copiados y exhibidos
mientras su uso no sea comercial
reserva derechos de explotación
comercial a titulares de
derechos
No Comercial (NC)
62. Sin Derivadas (ND)
El material creado por un artista puede ser
distribuido, copiado y exhibido pero no se
puede utilizar para crear una obra derivada
del original.
63. El material creado por un artista puede ser
modificado y distribuido pero bajo la misma licencia
que el material original.
sólo puedes distribuirse la obra derivada bajo una
licencia idéntica
(Incompatible con “Sin Derivadas”, porque supone
la posibilidad de adaptación)
Compartir Igual (SA)
65. Reconocimiento
(CC:BY)
La licencia con mayor amplitud de usos:
•usos comerciales
•adaptaciones
•nuevas obras pueden ser reutilizadas o licenciadas
de cualquier forma
Usos ilimitados mientras se mantenga el
reconocimiento del autor de la obra
originaria
72. ¿y la ley?
licencia CC respeta y no limita las excepciones que la
ley establezca en materia de propiedad intelectual
no puede usarse licencias CC para limitar excepciones
en caso que haya algo no cubierto por la licencia:
reglas generales = derecho de autor
73. ¿si se infringe una
licencia CC?
si vulnero una licencia CC, pierdo la
autorización que concede la misma y se
aplica Ley de Propiedad Intelectual
los usos no permitidos, particularmente los
usos con fines comerciales, se sancionan
bajo la Ley de Propiedad Intelectual.
75. cine-audiovisual
se arrienda, cinepata, los debutantes, producciones
independientes
música
netlabels, noa-noa
prensa
biobio, el mostrador
política
candidatos presidenciales
mundo académico
revistas académicas, cybertesis
90. Cómo usar obras licenciadas
con CC en mi web o blog
1. Escoger la obra
2. Insertarla en la web o blog incluyendo:
• (código para mostrar la obra)
• nombre del autor (reconocimiento), con
enlace a sitio original de la obra
• código de licencia, con enlace al commons
deed correspondiente
94. José Ignacio Gallardo | ONG Derechos Digitales
joseignacio@derechosdigitales.org
Presentación desarrollada por Juan Carlos Lara, liberada con Licencia CC BY-SA
en base a obras anteriories:
CC:BY-SA - Francisco Vera Hott (2009) | CC:BY-SA - Claudio Ruiz (2009)
…todo lo cual no solamente nos convierte en delincuentes por USAR,
Sino también por CREAR. Nuestros actos de CREACIÓN que aprovechan la tecnología,
Pasan simplemente a constituir…
Cuando NO debería verse así.
…En búsqueda de
Tratando de influir y haciendo, aunque no lo parezca,