El documento habla sobre secuestro y extorsión en Venezuela. Explica que el secuestro implica privar a alguien de su libertad contra su voluntad por un tiempo, y que existen diferentes tipos como con fines de extorsión o robo. También define la extorsión como obtener algo a través de intimidación o violencia. Luego detalla los tipos de extorsión y cómo los secuestradores eligen a sus víctimas, usualmente aquellos con medios para pagar rescates. Finalmente, resume las penas legales para secuestro y extorsión según
2. EL SECUESTRO
CAPÍTULO III. Art. 3.4
contra de su voluntad durante un tiempo
determinado
TIPOS DE SECUESTRO
•Con fines de extorsión:
•Entre grupos delictivos, o
• Con fines políticos ideológicos
dentro de ellos
•Secuestro por robo:
•Simulado o fraudulento:
•Express:
LIC.YENNY VEGAS
3. LA EXTORSIÓN
Capítulo III. Art. 16
Es lo que se obtiene a través de la
intimidación , violencia
Redes sociales
Tarjetas de
créditos
TIPOS DE EXTORSIÓN
Familiares
LIC.YENNY VEGAS
4. LA ELECCIÓN DE LA VÍCTIMA
Recae en quien tiene medios para pagar fácilmente
un rescate.
• Quienes Son Las Víctimas?
•De Donde Obtiene El Secuestrador La Información?
LIC.YENNY VEGAS
5. Modus operandi
La manera de proceder de una persona o
de un grupo de persona.
Se puede interpretar como el análisis de los esquemas
intelectuales, estrategias y diversas formas utilizadas
comúnmente en la comisión en secuestros, robos y por la
delincuencia organizada.
Fases
1.- Selección y estudio de la víctima
2.- Captura de la víctima
3.- Traslado del secuestrado
4.- Cautiverio y negociación
5.- Liberación.
LIC.YENNY VEGAS
6. LA PENA PARA EXTORSIÓN Y
SECUESTRO
Nueva Ley contra el Secuestro y la Extorsión
Fue publicada en la Gaceta Oficial 39.194 del 05 de
Junio de 2009
Capítulo II
•Secuestros
políticos.art5
(20-30)
•Secuestro
breve Art.6
No mayor de
un día(15-20)
• Secuestro
medios de
transportes
Art.7
(20-25)
• Secuestro para
canje personas
Art.8
Privada de libertad
(10-15)
•Alistamiento forzoso
Art.9
Formar parte de un
grupo (15-20)
•Agravantes
Art.10 (aumentadas
3er parte )
•Secuestro art.3
Prive .
(20-30)
•Secuestro .art.4
Simulación
(5-10)
LIC.YENNY VEGAS
7. EL AUTOCUIDADO
En la medida de lo posible evite dar
información personal, familiar, económica,
profesional o de negocios por teléfono.
Si cuenta con identificador de llamadas,
revise el número proveniente de la llamada.
Si entabla conversación con la persona que
llama trate de identificarla de inmediato.
Minimice su nivel y situación social.
No sea usted factor que informa.
Cambie de ruta a la hora de ir al trabajo,
colegio o al ir para algún lugar de recreación
LIC.YENNY VEGAS
8. FUNDAMENTOS LEGALES
•Derecho a la Vida
Artículo 43
•Derecho a la libertad personal
Artículo 44
•Derecho al Respeto de la
Integridad Física Psíquica y
Moral.
Artículo 46
•Derecho de Protección por
parte del Estado.
Artículo 55
Promulgación de la ley
TÍTULO Artículo 214
CAPÍTULO II.
Artículos 462,
463 Gaceta Oficial 39.194 del
05 de Junio de 2009
• CAPITULO II
Del Secuestro
• CAPITULO III
De la extorsión
LIC.YENNY VEGAS
9. RECOMENDACIONES
Acude ante la agencia del Ministerio Público más cercana y lleva
una identificación oficial.
Exhortamos a la ciudadanía a que denuncia las extorsiones
telefónicas, aun y cuando no logren su cometido, que es
depositarles dinero o abonar tarjetas de saldo a teléfonos
celulares.
•DENUNCIAR
•C.I.C.P.C. 0800-CICPC-24 / 0800-27242-24
División Contra Extorsión y Secuestro:
Correo electrónico:
extorsionysecuestrocicpc@hotmail.com
Denunciaelsecuestro@conasgnb.org
Grupo Antiextorsión y Secuestro de la Guardia
Nacional (CORE2): 0414-4112809 / 0241-
7114448 / *CONAS (*26627) / GAES Carabobo
0414-4112809
TWITTER: @conasgnb
LIC.YENNY VEGAS