Pena de muerte en
Mexico
¿Qué es la pena de
muerte?
La pena de muerte, pena capital o ejecución
consiste en provocar la muerte a un condenado
por parte del Estado, como castigo por un delito
establecido en la legislación; los delitos por los
cuales se aplica esta sanción suelen
denominarse delitos capitales.
Pena de muerte en Mexico
En México, la Constitución General en su
articulo 22 capitulo uno, prevé la pena de
muerte en los siguientes casos: "traidor a la
patria en guerra extranjera, parricidio
homicidio con alevosía premeditación y
ventaja, al incendiario, plagiario
(secuestrador), el salteador de caminos, el
pirata y los reos de delitos graves del orden
militar" (Cortina, 2002). Sin embargo esto no
se aplica, en consecuencia no existe. Ya que
para "delitos gravísimos, en su lugar se ha
colocado la privación de la libertad por un
numero considerable de años"(Márquez,
2002).
Objetivo o fin de la pena de
muerte
-Teorías absolutas, afirman que la pena se justifica a
si misma y no es un medio para otros fines.
-Teorías relativas, sostienen que la pena es un medio
para obtener fines ulteriores y se dividen a su vez en
teoría relativa de la prevención general; es decir, que
la pena será entendida como un propósito de
prevención para los demás; y teoría relativa de la
represión especial, la pena se impone y surte efecto
en el delincuente.
-Teorías mixtas, respalda la prevención general
mediante la retribución justa.
En este orden de ideas, la pena para la mayoría de
los pensadores juristas tienen como fin último la
justicia y la defensa social.
Ignacio Villalobos sostiene que la pena para que sea
eficaz, deberá ser: intimatorio, por lo que será
aflictiva; ejemplar, por lo que debe ser publica;
correctiva, por lo que deberá disponer de medios
curativos; educativa y de adaptación; eliminatoria y
justa.
Opinion de la CNDH
El castigo de la pena de muerte es injusto e
inaceptable pues el respeto a la vida debe prevalecer
como valor fundamental, independientemente de la
responsabilidad penal que se le impute a una
persona, indicó la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos.
En el marco de la conmemoración del Día Mundial
contra la Pena de Muerte, la CNDH dijo que este tipo
de penas imposibilita la corrección de errores que se
pudieran cometer durante el proceso judicial, reportó
Notimex.
De acuerdo con el ombudsman nacional, Raúl
Plascencia Villanueva, se ha demostrado que la
aplicación de la pena de muerte no inhibe la comisión
de delitos.
Señaló que la forma más apropiada de abatir los
altos índices de violencia, es a través de la estricta
aplicación de la ley, así como del respeto a los
derechos humanos consagrados en la Constitución y
los tratados internacionales de los que México es
parte.
La pena de muerte, señala jurista
de la SCJN
En el mundo avanza la sensibilidad para abolir la pena
de muerte ya que de unos años a la fecha surgió la
suspensión de ejecuciones, ya que está comprobado
que ésta no es factor de contención real de la
delincuencia y mucho menos de supresión de la
delincuencia, afirmó el jurista Sergio García Ramírez.
El experto indicó que en México este tema ya no suscita
grandes o graves controversias, porque desapareció de
los artículos 14 y 22 de nuestra Constitución.
García Ramírez puntualizó que los países la
suspendieron para observar si a falta de ella crece la
inseguridad o se multiplican los delitos.
Relató que bianualmente hay reuniones en la Asamblea
de Naciones Unidas para deliberar sobre la abolición y
para que los países se pronuncien a propósito de ella, e
informó que el 18 de diciembre de 2014, en la última
Asamblea, 117 países se pronunciaron en favor de la
moratoria de la pena de muerte, 38 estuvieron en contra,
de los cuales 13 fueron de América y 34 se abstuvieron.
Diputado calificado de misógino propone pena de muerte
a feminicidas
“Necesitamos ser firmes en el castigo a estos
crímenes (los feminicidios), porque aquél que
atenta contra su origen, también se está
negando un futuro. Y efectivamente quien
atenta contra una mujer merece que le
arranquen la vida”, dijo justo cuando los
reflectores apuntan a su persona por haber
organizado hace una semana una pasarela
de modelos para contratar edecanes para el
Legislativo.
Moreno Merino confirmó que para frenar la
violencia feminicida debería impulsarse
desde la Mesa Directiva el endurecimiento de
las penas para este delito.
Conclusion
La pena de muerte dentro de nuestro país estaría llena de
increíbles injusticias impartidas por el estado, ya que aún,
siendo el presente se han mostrado ejemplos de falta de
capacidad y falta de compromiso a la hora de dictar
sentencias por parte del gobierno. Parte de la gente que es
llamada culpable, ocupa un estrecho lugar que no le
corresponde a raíz propia, pues, siendo que actualmente,
nuestras leyes y nuestros poderes judiciales no imparten un
buen trabajo y mucho menos da un buen resultado; ya que
inclusive se ha dado a conocer que todo se mueve con
dinero; siendo así que la pena de muerte es realmente
discriminatoria
Referencias
3 Cfr. Ovalle Fabela, José. “la pena de muerte”. Revista
de Derechos humanos. No. 13. Sonora, México. Comisión
Estatal de Derechos Humanos. Verano 1996. p. 180.
Gabriel Mario Santos Villarreal. (2009). La Pena de
muerte es la solución para disminuir la delincuencia.
México: Centro de documentación, información y análisis.
Olga Islas de González Mariscal. (2011). Pena de muerte
en México. México: Institutode Investigaciones Jurídicas.
Luisa Fernanda González Saúl. (2009). La Pena de
muerte. México: Porrúa

Pena de muerte

  • 1.
    Pena de muerteen Mexico
  • 2.
    ¿Qué es lapena de muerte? La pena de muerte, pena capital o ejecución consiste en provocar la muerte a un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos por los cuales se aplica esta sanción suelen denominarse delitos capitales.
  • 3.
    Pena de muerteen Mexico En México, la Constitución General en su articulo 22 capitulo uno, prevé la pena de muerte en los siguientes casos: "traidor a la patria en guerra extranjera, parricidio homicidio con alevosía premeditación y ventaja, al incendiario, plagiario (secuestrador), el salteador de caminos, el pirata y los reos de delitos graves del orden militar" (Cortina, 2002). Sin embargo esto no se aplica, en consecuencia no existe. Ya que para "delitos gravísimos, en su lugar se ha colocado la privación de la libertad por un numero considerable de años"(Márquez, 2002).
  • 4.
    Objetivo o finde la pena de muerte -Teorías absolutas, afirman que la pena se justifica a si misma y no es un medio para otros fines. -Teorías relativas, sostienen que la pena es un medio para obtener fines ulteriores y se dividen a su vez en teoría relativa de la prevención general; es decir, que la pena será entendida como un propósito de prevención para los demás; y teoría relativa de la represión especial, la pena se impone y surte efecto en el delincuente. -Teorías mixtas, respalda la prevención general mediante la retribución justa. En este orden de ideas, la pena para la mayoría de los pensadores juristas tienen como fin último la justicia y la defensa social. Ignacio Villalobos sostiene que la pena para que sea eficaz, deberá ser: intimatorio, por lo que será aflictiva; ejemplar, por lo que debe ser publica; correctiva, por lo que deberá disponer de medios curativos; educativa y de adaptación; eliminatoria y justa.
  • 5.
    Opinion de laCNDH El castigo de la pena de muerte es injusto e inaceptable pues el respeto a la vida debe prevalecer como valor fundamental, independientemente de la responsabilidad penal que se le impute a una persona, indicó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. En el marco de la conmemoración del Día Mundial contra la Pena de Muerte, la CNDH dijo que este tipo de penas imposibilita la corrección de errores que se pudieran cometer durante el proceso judicial, reportó Notimex. De acuerdo con el ombudsman nacional, Raúl Plascencia Villanueva, se ha demostrado que la aplicación de la pena de muerte no inhibe la comisión de delitos. Señaló que la forma más apropiada de abatir los altos índices de violencia, es a través de la estricta aplicación de la ley, así como del respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución y los tratados internacionales de los que México es parte.
  • 6.
    La pena demuerte, señala jurista de la SCJN En el mundo avanza la sensibilidad para abolir la pena de muerte ya que de unos años a la fecha surgió la suspensión de ejecuciones, ya que está comprobado que ésta no es factor de contención real de la delincuencia y mucho menos de supresión de la delincuencia, afirmó el jurista Sergio García Ramírez. El experto indicó que en México este tema ya no suscita grandes o graves controversias, porque desapareció de los artículos 14 y 22 de nuestra Constitución. García Ramírez puntualizó que los países la suspendieron para observar si a falta de ella crece la inseguridad o se multiplican los delitos. Relató que bianualmente hay reuniones en la Asamblea de Naciones Unidas para deliberar sobre la abolición y para que los países se pronuncien a propósito de ella, e informó que el 18 de diciembre de 2014, en la última Asamblea, 117 países se pronunciaron en favor de la moratoria de la pena de muerte, 38 estuvieron en contra, de los cuales 13 fueron de América y 34 se abstuvieron.
  • 7.
    Diputado calificado demisógino propone pena de muerte a feminicidas “Necesitamos ser firmes en el castigo a estos crímenes (los feminicidios), porque aquél que atenta contra su origen, también se está negando un futuro. Y efectivamente quien atenta contra una mujer merece que le arranquen la vida”, dijo justo cuando los reflectores apuntan a su persona por haber organizado hace una semana una pasarela de modelos para contratar edecanes para el Legislativo. Moreno Merino confirmó que para frenar la violencia feminicida debería impulsarse desde la Mesa Directiva el endurecimiento de las penas para este delito.
  • 8.
    Conclusion La pena demuerte dentro de nuestro país estaría llena de increíbles injusticias impartidas por el estado, ya que aún, siendo el presente se han mostrado ejemplos de falta de capacidad y falta de compromiso a la hora de dictar sentencias por parte del gobierno. Parte de la gente que es llamada culpable, ocupa un estrecho lugar que no le corresponde a raíz propia, pues, siendo que actualmente, nuestras leyes y nuestros poderes judiciales no imparten un buen trabajo y mucho menos da un buen resultado; ya que inclusive se ha dado a conocer que todo se mueve con dinero; siendo así que la pena de muerte es realmente discriminatoria
  • 9.
    Referencias 3 Cfr. OvalleFabela, José. “la pena de muerte”. Revista de Derechos humanos. No. 13. Sonora, México. Comisión Estatal de Derechos Humanos. Verano 1996. p. 180. Gabriel Mario Santos Villarreal. (2009). La Pena de muerte es la solución para disminuir la delincuencia. México: Centro de documentación, información y análisis. Olga Islas de González Mariscal. (2011). Pena de muerte en México. México: Institutode Investigaciones Jurídicas. Luisa Fernanda González Saúl. (2009). La Pena de muerte. México: Porrúa