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PLAN DE TUTORÍA, ORIENTACIÓN EDUCATIVA
Y CONVIVENCIA ESCOLAR 2024
PLAN DE TUTORÍA, ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y CONVIVENCIA ESCOLAR 2023
I. DATOS GENERALES
I.1. UGEL : MORROPÓPN
I.2. Institución educativa : N° 14642
I.3. Director (a) :
I.4. Sub directora :
I.5. Coordinador de Tutoría
I.6. Red
Nº NOMBRES Y APELLIDOS CARGO
1 Lic. Pedro Palomino Castro Presidente (Director)
2 Lic. Lucero Bazán Muñoz Coordinador(a) TOE y responsable
3 Lic. Carmen Salcedo Paucar Responsables de Convivencia escolar
4 Lic. Jhakelin Ricse Alarcón Responsables de Inclusión
5 Est. Luna Sánchez Ernesto Representante del municipio escolar (*)
II. MARCO LEGAL
 Constitución Política del Perú.
 Ley Nº 28044. Ley General de Educación.
 Ley Nº 29994. Ley de Reforma Magisterial.
 Ley Nº 27337. Ley que aprueba el nuevo Código de los niños y adolescentes.
 Ley Nº 28628. Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia.
 Ley Nº 29719. Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones
Educativas.
 Ley Nº 29260. Ley de la política de Estado y sociedad frente a la violencia escolar.
 Ley Nº 29973. Ley General de la Persona con Discapacidad.
 Ley Nº 29988. Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y
administrativo de instituciones educativas.
 Ley N° 30364 Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los
integrantes del grupo familiar.
 Ley Nº 30772 Ley que promueve la atención educativa integral de los estudiantes en
condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio de la Educación Básica.
 DS Nº 004-2006-ED. Reglamento de la Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de las
asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas.
 DS Nº 002-2014-MIMP. Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la persona con
discapacidad.
 DS Nº 010-2012-ED. Reglamento de la Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin
violencia en las Instituciones Educativas.
 DS Nº 011-2012-ED. Que aprueba el reglamento de la Ley General de Educación.
 DS Nº 004-2013-ED. Que aprueba el reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.
 D.S. N° 004-2018-MINEDU. Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la
Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes.
 RS Nº 001-2017-ED. Proyecto Educativo Nacional al 2021, la educación que queremos para el
Perú.
 RM Nº 519-2013-ED. Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes
contra la violencia ejercida por el personal de las Instituciones Educativas.
 RM Nº 281-2016-MINEDU Norma que aprueba el Currículo Nacional de la Educación Básica.
 R.M. Nº 396-2018-MINEDU "Escritorio Limpio 2018".
 R.M. Nº 600-2018-MINEDU, que aprueba las disposiciones para la implementación de las
semanas de lucha contra la anemia en las II.EE. y programas educativos de la Educación
Básica.
 RVM Nº 0067-2011-ED. Normas y orientaciones para la organización, implementación y
funcionamiento de los Municipios Escolares.
 RD Nº 0343-2010-ED. Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación
Educativa en las DRE, UGEL e II.EE.
 RSG Nº 2079-2014-MINEDU. Normas para la contratación de Promotores de Tutoría y
Orientación Educativa en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular.
 DIRECTIVO Nº 002-2006-VMGP/DITOE. “Normas para el desarrollo de las acciones y
funcionamiento de las defensorías escolares del niño y del adolescente (DESNA) en las
instituciones educativas”.
 RVM Nº 273-2020-MINEDU. Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2021 en
Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica.
 RVM N°212-2020 –MINEDU. “Lineamientos de Tutoría y Orientaciones Educativa Para la
Educación Básica”.
III. FUNDAMENTACIÓN
Las actividades propuestas en el presente plan de TOECE responden a las distintas situaciones
problemáticas priorizadas en nuestra institución educativa, considerando que:
“LA TUTORÍA SE DEFINE COMO LA INTERACCIÓN ENTRE EL DOCENTE TUTOR Y EL
ESTUDIANTE QUE SE SUSTENTA EN UN VÍNCULO AFECTIVO, QUE BUSCA PROMOVER EL
BIENESTAR Y FORTALECER LAS COMPETENCIAS SOCIO AFECTIVAS Y COGNITIVAS DE LAS
Y LOS ESTUDIANTES. ESTO SE LOGRA ACOMPAÑÁNDOLOS Y ORIENTÁNDOLOS EN SUS
DIFERENTES NECESIDADES PERSONALES Y SOCIALES EN UN CLIMA DE CONFIANZA Y
RESPETO. POR OTRO LADO, LA TUTORÍA BUSCA TAMBIÉN PREVENIR SITUACIONES DE
RIESGO QUE VULNEREN LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE Y QUE PODRÍAN AFECTAR SU
DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL”.
Por lo tanto, es necesario fortalecer la práctica pedagógica con los enfoques transversales: de derecho,
inclusivo o de atención a la diversidad, intercultural, igualdad de género, ambiental, orientación al bien
común y búsqueda de la excelencia. (CNEB)
El presente plan de TOECE se desarrollará en tres dimensiones, siendo la primera:
Gestión de la Tutoría, que considera actividades de planificación de las acciones de TOECE desde
los instrumentos de gestión de las II.EE. hasta los Planes de TOE institucional y de aula.
La segunda dimensión es la Orientación Educativa, que considera acciones de capacitación,
acompañamiento y monitoreo dirigido a los Directivos y Docentes. Asimismo, promoverá el desarrollo
de actividades dirigidas a las y los estudiantes para la promoción de estilos de vida saludable, en el
marco de una convivencia armoniosa. (R.M. Nº 0343-2010 y D.S. Nº 0042018)) Considerando así la
tercera dimensión, Gestión de la Convivencia Escolar ejecutada a través de la promoción de la
convivencia escolar, prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes y atención de la
violencia contra niñas, niños y adolescentes. (RM N°712 -2018-MINEDU)
IV. OBJETIVOS
4.1 Objetivo General:
Implementar la tutoría y orientación educativa en la institución educativa N° 2043 SANGARARÁ
mediante la planificación, ejecución y evaluación de actividades de Tutoría, Orientación Educativa y
Gestión de la Convivencia escolar dirigidas a brindar una educación integral de los estudiantes de
acuerdo al contexto en que nos encontremos.
4.2 Objetivos Específicos:
 Desarrollar acciones de planificación, ejecución y evaluación en Gestión de la Tutoría para
garantizar la convivencia escolar democrática, participativa, inclusiva e intercultural en la
Institución Educativa.
 Desarrollar acciones de Orientación Educativa mediante el fortalecimiento de la tutoría grupal
e individual como un espacio de interacción y reflexión continua entre docentes y estudiantes
para prevenir situaciones de riesgo en la institución educativa.
 Implementar los lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la
Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes en la institución educativa (D.S.
N° 004-2018-MINEDU)
V. NORMATIVIDAD DE LA TUTORÍAY ORIENTACIÓN EDUCATIVA:
*RVM Nº 273-2020-MINEDU MINEDU Normas y orientaciones para el desarrollo del Año Escolar
2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”
Compromiso 5: “Gestión de la convivencia escolar”
La gestión de la convivencia escolar tiene como finalidad motivar y crear relaciones armoniosas entre
todos los integrantes de la comunidad educativa, como fundamento para el ejercicio de una ciudadanía
democrática e intercultural, una valoración positiva de la diversidad, equidad y la eliminación de toda
forma de violencia y discriminación contra los y las estudiantes.
Considerando el contexto actual, la implementación de los Lineamientos para la Gestión de la
Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia contra niñas, niños y adolescentes
debe considerar, como mínimo, los siguientes elementos:
6.6.2. Actuación frente a situaciones de violencia en el hogar contra niñas, niños y adolescentes
En el contexto actual de educación a distancia, las II.EE. pueden tomar conocimiento de la ocurrencia
de un hecho de violencia contra los estudiantes en sus hogares. Ante ello, se deben seguir las
siguientes acciones:
 El director comunica inmediatamente el presunto hecho a la línea 100 del MIMP para que este
realice las acciones correspondientes
 Se establece una comunicación virtual (mensaje de correo, llamada telefónica, video llamada) conel
responsable de convivencia y/o tutor para que, de manera conjunta elaboren, un acta sobre el
caso detectado y las acciones desarrolladas para la atención.
 Se identifica a un miembro de la familia cercano al estudiante que no esté involucrado en la situación de
violencia para orientarlo a realizar la denuncia respectiva.
 Se brindan todas las facilidades necesarias para que el estudiante continúe su proceso educativo.
 Adicionalmente, el responsable de convivencia y/o tutor puede considerar realizar llamadas
telefónicas al hogar para conocer sobre la situación del estudiante.
6.6.2.1. Red de protección para la prevención y atención de la violencia escolar A fin de garantizar
la protección de las y los estudiantes, así como la implementación de acciones para la prevención de
la violencia, las II.EE. deben conformar una red de apoyo institucional con aliados estratégicos. Esta
red debe ser promovida por el responsable que asuma las funciones del Comité de TOE. Algunos de
los aliados estratégicos con los que la Institución educativa puede trabajar de manera articulada son
los siguientes:
6.6.3. Atención oportuna de situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes Tiene
por objetivo intervenir efectiva y oportunamente sobre los hechos de violencia detectados en el ámbito
escolar, los cuales pueden presentarse de las siguientes formas: (i) entre estudiantes, (ii) del personal
de la IE contra estudiantes, y (iii) por personas del entorno familiar o cualquier otra persona ajena a la
IE, tanto en condiciones de educación presencial como educación a distancia.
El representante que asuma las funciones del Comité de TOE tiene como función coadyuvar en las
acciones de atención efectiva y oportuna de los casos de violencia escolar, de acuerdo a los protocolos
establecidos en el Anexo 03 de los Lineamientos para la Gestión de la
Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes.
Todo caso de violencia del que la IE tenga conocimiento debe ser anotado en el Libro de Registro de
Incidencias y reportado en el portal SÍSEVE. En el caso de ocurrir durante la fase de educación a
distancia, se debe reportar directamente en el portal SÍSEVE, para posteriormente ser ingresado en el
Libro de Registro de Incidencias, una vez se reanude el servicio educativo presencial. Asimismo, se ha
implementado la línea telefónica gratuita (SÍSEVE 0800-76888), que incluye además una línea de
mensajería por WhatsApp (991410000), a través de la cual se brinda contención y consejería ante un
caso de violencia escolar, así como orientación para el reporte, la atención y el registro de lo actuado
por la escuela ante los casos de violencia escolar.
El directivo y los responsables de convivencia escolar de las II.EE. están obligados a guardar la
confidencialidad respecto a los datos personales que consignen en el Libro de Registro de Incidencias,
así como en el portal del SÍSEVE. Asimismo, deben garantizar la seguridad de dicha información
evitando su alteración, tratamiento o acceso no autorizado. Toda atención de un hecho de violencia
escolar debe considerar de manera primordial el bienestar, el respeto a sus derechos, así como el
desarrollo integral de las y los estudiantes involucrados. Ante casos de violencia de personal de la IE
contra un estudiante, el directivo debe informar a las entidades competentes para que, de ser el caso,
se inicie el proceso administrativo disciplinario (en las UGEL) y/o el proceso judicial correspondiente.
Los protocolos de atención oportuna se encuentran disponibles en el portal del SÍSEVE:
http://www.siseve.pe/web/.
*DS Nº 011-2012-ED (Artículo 39, aprueba el Reglamento General de Educación)
Es responsabilidad del Director de la IE. garantizar la creación e implementación de los Comités TOE,
así como establecer que todos los docentes realicen labores de orientación, formación y
acompañamiento de los estudiantes, a fin de prevenir situaciones que vulneren los derechos de los
estudiantes.
TUTORIA Y ORIENTACION EDUCATIVA *RSG N° 0014 – 2019 RESPONSABILIDADES Y
FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA
Elaborar, ejecutar y evaluar un Plan de Tutoría y Orientación Educativa y Convivencia Escolar en
función al diagnóstico de las necesidades e intereses de los estudiantes, de acuerdo con las
particularidades de las modalidades, niveles educativos y ciclos de los servicios educativos, teniendo
en cuenta los Proyectos Educativo Local, y Regional si lo hubiera.
Participar en la elaboración, actualización, implementación, y evaluación de los Instrumentos de
Gestión de la Institución Educativa garantizando la implementación de la Tutoría y Orientación
Educativa y Convivencia Escolar.
Asegurar el desarrollo de la tutoría individual y grupal, en espacios seguros y según las necesidades
de orientación.
Desarrollar actividades de orientación a las familias a nivel de institución educativa y de aula.
Coadyuvar en el desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna en caso de violencia escolar
y otras situaciones vulneración de derechos, considerando las orientaciones y protocolos de atención
y seguimientos propuestos por el sector.
Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI), la UGEL u otras instituciones, el desarrollo
de actividades formativas, preventivas y promocionales relacionadas con la Tutoría y Orientación
Educativa y Convivencia Escolar.
Promover durante el año escolar las reuniones de trabajo colegiado y Grupos de Inter aprendizaje de
TOE para planificar y evaluar las acciones con los tutores en materia de Tutoría y Orientación Educativa
y Convivencia Escolar.
Reunirse por lo menos una vez por bimestre con las tutoras y los tutores para evaluar y planificar las
acciones de la TOE y los planes tutoriales de aula, con la participación de los docentes y auxiliares de
educación.
Difundir y promover el uso de los materiales educativos relacionados a la TOE, Convivencia Escolar y
temas afines.
Promover, convocar y articular acciones con instituciones públicas y privadas con el fin de consolidar
una red de apoyo a la Tutoría y Orientación Educativa y a la promoción de la Convivencia Escolar,
acciones de prevención y atención de la violencia.
Elaborar, actualizar y evaluar las normas de convivencia, asegurando su incorporación en el
Reglamento Interno y su difusión a todos los integrantes de la comunidad educativa.
Asegurar la afiliación de la Institución Educativa al SISEVE, la actualización periódica de los datos del
responsable y el registro de los casos de violencia escolar.
Garantizar el ejercicio de la disciplina basada en un enfoque de derechos, sin ningún tipo de castigo
físico ni humillante.
RESPONSABILIDADES DEL COORDINADOR DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA
a. Convocar y presidir las reuniones del Comité de TOE.
b. Velar por el cumplimiento de las funciones del Comité TOE.
c. Promover en la institución educativa el desarrollo de acciones tutoriales
FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR
 En coordinación con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa planificar, organizar y velar
por el desarrollo de las acciones relacionadas a la convivencia escolar.
 Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la IE. y promover su
cumplimiento.
 Promover y velar para que las medidas disciplinarias no vulneren los derechos de los
estudiantes.
 Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes en los registros
escritos de comportamiento (anecdotario y agendas escolares).
 Promover medios alternativos para la solución de conflictos, como negociación, mediación y
consenso.
 Recepcionar y canalizar las iniciativas de la comunidad educativa dirigidas a mejorar la
disciplina escolar.
RESPONSABILIDADES DE LOS TUTORES CON LOS ESTUDIANTES
 Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, a fin de contribuir a su formación
integral.
 Elaborar e implementar el Plan Tutorial de Aula, el cual será flexible y responderá al diagnóstico de
necesidades e intereses de los estudiantes. Asimismo, deberá diseñar, desarrollar y evaluarlas
sesiones de tutoría.
 Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica
escolar.
 Promover la realización periódica de Asambleas Escolares de Aula.
 Informar oportunamente al director de toda situación, hecho o acontecimiento que vulnere los
derechos de los estudiantes, para que se tomen las medidas pertinentes.
 Registrar en la ficha acumulativa personal del estudiante. Los aspectos más relevantes de su
proceso formativo, teniendo en cuenta que su uso se limita al ámbito escolar y debe emplearse
con reserva y respeto por el estudiante.
 Coordinar con el director y los padres de familia el apoyo a los estudiantes que requieran
atención especializada, para su derivación oportuna a las instituciones o servicios pertinentes.
 Revisar las agendas escolares de manera periódica, verificando que este firmada por el PPFFo
apoderado, las inasistencias justificadas e injustificadas, tardanzas, de los estudiantes,
citaciones, comunicados y otros.
CON LOS PADRES DE FAMILIA
 Promover y organizar la realización de al menos dos reuniones durante el año con los padresde
familia de su sección, para desarrollar las escuelas de familias y tratar temas relacionados
con la orientación de los estudiantes.
 Desarrollar la atención individual y grupal de familias entrevistándose con los padres de familiade
los estudiantes que lo soliciten o lo requieran.
 Coordinar con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa la realización de actividades de
Escuela de Padres, talleres, jornadas informativas.
CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR DEMOCRÁTICA
*LEY Nº 27337 “Ley que aprueba el nuevo código de los niños y adolescentes”
Art. 14.- El niño y el adolescente tienen derecho a la educación. Ningún niño o adolescente debe
ser discriminado en un centro educativo, por su condición de discapacidad ni por causa del estado civil
de sus padres. La niña o la adolescente embarazada o madre, no debe ser impedida de iniciar o
proseguir sus estudios.
La autoridad educativa adoptará las medidas del caso para evitar cualquier forma de discriminación.
Art. 16.- A ser respetados por sus educadores. El niño y el adolescente tiene derecho a ser
respetados por sus educadores y a cuestionar sus criterios valorativos, pudiendo recurrir a instancias
superiores si fuera necesario.
Art. 18.- Ala protección por los Directores de los centros educativos. Los Directores de los centros
educativos comunicarán a la autoridad competente los siguientes casos:
a. Maltrato físico, psicológico, de acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los alumnos; b.
Reiterada repitencia y deserción escolar;
c. Reiteradas faltas injustificadas
d. Consumo de sustancias tóxicas;
e. Desamparo y otros casos que impliquen violación de los derechos del niño y adolescente.;
f. Rendimiento escolar de niños y adolescentes trabajadores; y
g. Otros hechos lesivos.
Art. 19.- Modalidades y horarios escolares para el trabajo. El Estado garantiza modalidades y
horarios escolares especiales que permitan a los niños y adolescentes que trabajan asistir
regularmente a sus centros de estudio. Los directores de los centros educativos pondrán atención para
que el trabajo no afecte su asistencia y su rendimiento escolar e informarán periódicamente a la
autoridad pertinente competente acerca del nivel de rendimiento de los estudiantes trabajadores.
Art. 24.- Deberes.
Son deberes de los niños y adolescente:
 Respetar y obedecer a sus padres o los responsables de su cuidado, siempre que sus órdenes no
lesionen sus derechos o contravengan las leyes;  Estudiar satisfactoriamente;
 Cuidar, en medida de sus posibilidades, a sus ascendientes en su enfermedad y ancianidad;
 Prestar su colaboración en el hogar, de acuerdo a su edad;
 Respetar la propiedad pública y privada;
 Conservar el medio ambiente;
 Cuidar su salud personal;
 No consumir sustancias psicotrópicas;
 Respetar las ideas y los derechos de los demás, así como las creencias religiosas distintas de las
suyas;
 Respetar a la Patria, sus leyes, símbolos y héroes.
Art. 74. Deberes y derechos de los padres.
Son deberes y derechos de los padres que ejercen la Patria Potestad:
 Velar por su desarrollo integral;
 Proveer su sostenimiento y su educación;
 Dirigir su proceso educativo y capacitación para el trabajo conforme a su vocación y aptitudes;
 Darles buenos ejemplos de vida y corregirlos moderadamente. Cuando su acción no bastare
podrán recurrir a la autoridad competente;
 Tenerlos en su compañía y recurrir a la autoridad si fuere necesario para recuperarlos;
 Representarlos en los actos de la vida civil mientras no adquieran la capacidad de ejercicio y la
responsabilidad civil;
 Recibir ayuda de ellos atendiendo a su edad y condición y sin perjudicar su atención; Art.75.
Suspensión de la Patria Potestad.
La Patria Potestad se suspende en los siguientes casos:
 Por darles órdenes, consejos o ejemplos que los corrompan;
 Por permitirles la vagancia o dedicarlos a la mendicidad;
 Por maltratarlos física o mentalmente;
 Por negarse a prestarles alimentos
*LEY Nº 29719:” Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas”
Art. 13.- De los procedimientos y medidas correctivas
Los procedimientos y medidas correctivas para atender situaciones de violencia y acoso entre
estudiantes deben estar establecidos en el Reglamento Interno de cada institución educativa y respetar
los derechos de las y los estudiantes, en el marco de la Convención de los Derechos del Niño y el
Código del Niño y Adolescente.
Art. 14.- Criterios aplicables a los procedimientos.
Los procedimientos deben contribuir a la Convivencia Democrática en la institución educativa los que
deben garantizar la equidad y el respeto hacia las y los estudiantes, bajo las siguientes premisas:
a) Cualquier integrante de la comunidad educativa debe informar oportunamente, bajo
responsabilidad, al Director o la Directora, o quien haga sus veces, de los casos de violencia y acoso
entre estudiantes y acoso entre estudiantes. La presente acción no exime de recurrir a otras
autoridades de ser necesario.
b) El Director o Directora, el equipo responsable u otro integrante mayor de edad de la comunidad
educativa, bajo responsabilidad, adoptará inmediatamente las medidas necesarias para detener los
casos de violencia y acoso entre estudiantes.
c) El Director o la Directora, en coordinación con el equipo responsable de la Convivencia
Democrática, convocará, luego de reportado el hecho, a los padres de familia o apoderados de las y
los estudiantes víctimas, agresores y espectadores, para informarles lo ocurrido y adoptar las medidas
de protección y de corrección.
Estas medidas incluyen el apoyo pedagógico y el soporte emocional a las y los estudiantes víctimas,
agresores y espectadores.
d) Los padres de familia o apoderados de las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores
asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a la Convivencia Democrática en la
institución educativa.
e) Es responsabilidad de las autoridades educativas, adoptar las medidas de protección para
mantener la reserva y confidencialidad relacionadas a la identidad e imagen de los estudiantes
víctimas, agresores y espectadores.
f) El Director o Directora de la institución educativa, en coordinación con los padres de familia o
apoderados, derivará a las y los estudiantes que requieran una atención especializada a los
establecimientos de salud, las Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente (DEMUNA) u otras
instituciones según sea el caso que brinden las prestaciones necesarias que salvaguarden el bienestar
de las y los estudiantes. En aquellos lugares donde no existiesen estos servicios se recurrirá a las
instituciones comunales públicas o privadas
g) El equipo responsable de la Convivencia Democrática realizará el seguimiento de las medidas
de protección, las medidas correctivas y los compromisos adoptados por los padres de familia y las y
los estudiantes víctimas, agresores y espectadores
h) El equipo responsable de la Convivencia Democrática, en coordinación con el Director,
acompañará a las familias de las y los estudiantes víctimas y agresores solicitando informes a las
instituciones que participen de la atención especializada.
Art. 15.- Criterios aplicables a las medidas correctivas
Para los fines del presente Reglamento, todas las medidas correctivas dirigidas a los estudiantes deben
ser:
 Claras y oportunas
 Reparadoras y formativas
 Respetuosas de la etapa de desarrollo de las y los estudiantes.
 Pertinentes al desarrollo pedagógico.
 Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de las y los estudiantes.
 Proporcionales a la falta cometida
 Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las condiciones y
necesidades de las y los estudiantes.
 Respetuosas de los derechos de los niños, niñas adolescentes y los derechos humanos.
 Relacionadas con la promoción de la Convivencia Democrática.
 Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado anímico de quienes
apliquen las medidas correctivas.
Art. 16.- Objetivo de las medidas correctivas
Las medidas correctivas deben permitir que las y los estudiantes puedan reflexionar y aprender de la
experiencia vivida, para lo cual es necesario contar con la participación y compromiso de las madres,
padres de familia y apoderados, a fin de contribuir a su formación integral y a la Convivencia
Democrática en la institución educativa.
Art. 17.- Prohibiciones
Está prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de violencia, trato cruel, inhumano o
degradante, incluidos los castigos físicos y humillantes, así como cualquier otra sanción que pueda
poner en peligro la salud y el desarrollo integral de las y los estudiantes.
*DECRETO SUPREMO N° 004-2018-MINEDU “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia
Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”
8.1. Líneas de acción
• A fin de facilitar su planificación e implementación, la gestión de la convivencia en la institución
educativa se ejecuta a través de las siguientes tres líneas de acción:
a. Promoción de la convivencia escolar. Es el fomento, fortalecimiento y reconocimiento de
relaciones democráticas a nivel de toda la institución educativa.
Se trata de promover modos de relación basados en el buen trato, que aporten a la formación integral
de los y las estudiantes, así como al logro de sus aprendizajes.
Para este propósito se exige el compromiso de todos los integrantes de la comunidad educativa. Entre
sus actividades principales se encuentran la elaboración concertada de las normas de convivencia, la
promoción de la participación democrática teniendo en cuenta las características y necesidades
específicas de cada estudiante, el desarrollo de habilidades socioemocionales en adultos, niñas, niños
y adolescentes, la implementación de estrategias de disciplina con enfoque de derechos, entre otras.
En ámbitos rurales o de pueblos indígenas andinos y amazónicos, quienes se encuentren a cargo de
la promoción de la convivencia escolar, deben conocer las costumbres y las formas de gestionar los
conflictos dentro de las comunidades; las escalas de sanciones y los criterios para que en dicho
ámbito los hechos se tornen inaceptables. Asimismo, procuran conocer la gestión de la justicia dentro
del ámbito comunal y, de ser posible, obtener el reglamento comunal u otro instrumento que regule las
relaciones sociales dentro de las comunidades.
b. Prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Es la intervención que se
anticipa a las situaciones de violencia que puedan presentarse en la institución educativa o fuera de
ella, mediante la implementación de acciones preventivas de acuerdo a las necesidades propias de su
contexto. Está dirigida a toda la comunidad educativa, especialmente a quienes se encuentran frente
a una mayor exposición a la violencia directa o potencial. Se sostiene en el establecimiento de una red
de aliados estratégicos con capacidad de actuación y soporte frente a las situaciones de violencia que
puedan presentarse
En ámbitos rurales o de pueblos indígenas andinos y amazónicos, las acciones de prevención incluyen
la articulación y la sensibilización con las autoridades comunales a fin de colocar en la agenda comunal
la difusión de dichas acciones por medio de las asambleas comunales. Las autoridades comunales
juegan un rol complementario a la Asociación de Padres de Familia (APAFA) y juntos participan del
sistema educativo comunal, en el marco del respeto a los derechos fundamentales.
c. Atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Es la intervención oportuna,
efectiva y reparadora sobre los hechos de violencia detectados en el ámbito escolar los cuales pudieran
darse:
- Entre las y los estudiantes.
- Del personal de la institución educativa pública o privada hacia las y los estudiantes. - Por
familiares o cualquier otra persona.
• En contextos de pueblos indígenas andinos y amazónicos, la implementación de la gestión de la
convivencia escolar considera la participación activa y permanente de la representación indígena
legítimamente reconocida a nivel comunal y territorial (por cuenca, río, distrito u otra forma de
agrupación).
8.2. Gestión de la convivencia escolar
8.2.1. Instrumentos de gestión de la institución educativa
Los instrumentos de gestión de la institución educativa se encuentran señalados en el artículo 137 del
Reglamento de la Ley General de Educación. Sin perjuicio de ello, dichos instrumentos consideran lo
siguiente:
 El Proyecto Educativo Institucional (PEI) considera la promoción de la convivencia escolar
democrática, así como la prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes y la
atención de casos relacionados a ella.
 Estos componentes son incorporados en el diagnóstico o análisis situacional y en los objetivos
estratégicos o de gestión que forman parte del documento.
 El Proyecto Curricular Institucional (PCI) considera entre sus contenidos aquellos relacionados ala
convivencia escolar.
 El Reglamento Interno incluye las Normas de Convivencia de la institución educativa en un
capítulo denominado “Normas de Convivencia”, el cual reemplaza el capítulo referente a las
normas de disciplina. Son difundidas a todos los integrantes de la comunidad educativa a través
de medios físicos o digitales.
 El Plan Anual de Trabajo (PAT) incluye las actividades relacionadas a la gestión de la convivencia de
acuerdo al Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar.
8.2.2. Normas de convivencia de la institución educativa
Las Normas de Convivencia de la institución educativa mantienen total coherencia con la legislación
vigente, especialmente con las normas que rigen al Sector Educación.
El Comité de Tutoría y Orientación Educativa, como órgano responsable de la gestión de la convivencia
escolar, lidera el proceso de elaboración, actualización y validación de las Normas de Convivencia, con
el propósito de garantizar lo siguiente:
a. El respeto de los derechos humanos y de lo establecido en la Constitución, la Ley General de
Educación, el Código de los Niños y Adolescentes, y el resto de normas que forman parte de la Base
Normativa de los presentes Lineamientos.
b. Un proceso participativo y consensuado, que considere las características y necesidades de
cada estudiante en la elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, incorporando así las
necesidades, opiniones e intereses de todos los integrantes de la comunidad educativa, sea
directamente o a través de sus representantes legítimos.
c. La fundamentación de las Normas de Convivencia en el diagnóstico o análisis situacional de la
institución educativa que forma parte del PEI.
d. La adecuación de las Normas de Convivencia a la etapa del desarrollo, tomando en cuenta las
características específicas de las y los estudiantes.
e. La aprobación de las Normas de Convivencia mediante resolución directoral de la institución
educativa.
f. La incorporación de las Normas de Convivencia en el Reglamento Interno de la institución
educativa como un capítulo denominado “Normas de Convivencia”, que reemplaza el capítulo referente
a las normas de disciplina.
g. La difusión permanente de las Normas de Convivencia a todos los integrantes de la comunidad
educativa.
h. La evaluación y/o actualización periódica de las Normas de Convivencia, como parte de las
acciones de planificación del año escolar.
En el caso de la Educación Básica Especial, cuando no cuenten con un Comité de Tutoría y Orientación
Educativa, los docentes de aula son responsables de liderar el proceso de elaboración o actualización
de las Normas de Convivencia, brindando las garantías necesarias para el desarrollo adecuado del
proceso.
8.2.3. Normas de convivencia del aula
• Al inicio del año escolar, cada docente de aula, tutor o tutora dedica las primeras sesiones a la
elaboración de las Normas de Convivencia de su aula.
Para su elaboración es necesario tener en cuenta lo siguiente:
a. Promover la participación de sus estudiantes, en un ambiente democrático, respetuoso e inclusivo,
con igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, respeto y valoración a las diferencias
culturales y lingüísticas.
b. Emplear un estilo de redacción en sentido positivo, con lenguaje sencillo y en primera persona del
plural, y redactar las normas en español y en lengua originaria, si fuera el caso. Asimismo,
considerar la adaptación al sistema de comunicación que el estudiante en condición de discapacidad
utiliza.
c. Considerar la etapa del desarrollo y las características específicas de los y las estudiantes.
d. Adecuar las normas a las necesidades específicas de las y los estudiantes del aula.
e. Considerar las competencias y capacidades del Currículo Nacional vigente.
f. Mantener coherencia con las Normas de Convivencia de la institución educativa.
8.2.4. Participación de niñas, niños y adolescentes
• La participación activa y efectiva de todos los niños, niñas y adolescentes se enmarca en los
derechos humanos garantizados por la Convención sobre los Derechos del Niño y es promovida a
todo nivel en la institución educativa, de acuerdo a un enfoque de derechos y de ciclo de vida.
Esta participación se da a través de actividades de carácter cultural, artístico, científico tecnológico,
deportivo y/o recreativo u otros espacios e iniciativas de participación. Toda forma de organización
estudiantil es aprobada por el director o directora de la institución educativa y es respetuosa del
Reglamento Interno, especialmente del capítulo sobre las Normas de Convivencia.
• Con respecto a la participación estudiantil, el Comité de Tutoría y Orientación Educativa, tiene
las siguientes tareas:
 Promover, impulsar y acompañar agrupaciones o iniciativas de participación estudiantil que
trabajen de forma independiente o que busquen adherirse a una organización estudiantil ya
existente.
 Favorecer la participación equitativa de las y los estudiantes, así como de estudiantes con
discapacidad, migrantes, indígenas y afroperuanos, evitando la reproducción de estereotipos.
 Velar por el correcto funcionamiento de las organizaciones y los diversos espacios de
participación estudiantil de acuerdo a los principios de la convivencia escolar.
 Garantizar que las decisiones y acuerdos generados en los espacios de participación estudiantil sean
considerados de manera relevante en aquellos aspectos de la gestión escolar que les
competan y afecten.
• En concordancia con una convivencia escolar democrática, los espacios de participación
deben:
 Velar por que la representatividad refleje la diversidad cultural, étnica, condición de
discapacidad u otros que caractericen a la institución educativa.
 Promover los principios de interculturalidad, inclusión y no discriminación.
 Vigilar la transparencia y legitimidad de los procesos de elección de sus representantes.
 Garantizar el cumplimiento de las decisiones tomadas con el acuerdo de sus integrantes.
 Realizar los aportes y ajustes necesarios a sus procedimientos de acuerdo a las Normas de
Convivencia de la institución educativa.
8.3. Prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes
8.3.1. Prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes
Se realiza a través de acciones preventivas, dirigidas a estudiantes que se encuentran expuestos a la
ocurrencia de situaciones de violencia, enfatizando sobre las causas de estas situaciones.
Las acciones preventivas pueden tener como objetivo a un grupo de estudiantes, un aula o un nivel,
según corresponda. En ocasiones excepcionales podrían involucrar a la totalidad de estudiantes de la
institución educativa.
• Las acciones preventivas abordan todo tipo de violencia que atente contra la integridad física,
psicológica o sexual de las niñas, niños y adolescentes, tanto los tipos de violencia que ocurren dentro
como fuera de la institución educativa.
• Las acciones preventivas pueden desarrollarse en los siguientes momentos:
 Dentro del horario escolar; durante la hora de tutoría o en los momentos de reflexión que los
docentes de las áreas curriculares puedan promover.
 Fuera del horario escolar; donde puedan tomar la forma de jornadas que se realizan en un solo
momento o talleres que pueden tener varias sesiones. Las acciones pueden estar dirigidas a
las y los estudiantes, a sus familias u a otras personas responsables de su cuidado.
 Como parte de las actividades de integración que se realicen en la institución educativa (ferias,
actuaciones, jornadas familiares, actividades deportivas o en fechas emblemáticas, etc.).
El diseño, implementación y evaluación de las acciones preventivas frente a la violencia contra niñas,
niños y adolescentes se encuentran a cargo del responsable de convivencia de la institución educativa,
quien cuenta con el apoyo del coordinador de tutoría y los tutores o tutoras de los y las estudiantes a
quienes van dirigidas. En el caso de las instituciones educativas del ámbito rural esta responsabilidad
podrá ser extendida a la red educativa. De igual modo, en el caso de las
Formas de Atención Diversificadas, esta responsabilidad puede ser extendida al director o
directora y/o al responsable de las residencias estudiantiles. En caso fuera necesario, se podrá solicitar
asistencia técnica a la UGEL correspondiente.
• En caso se considere pertinente, las acciones preventivas podrán ser implementadas con el apoyo
de los servicios locales vinculados con la temática de niñez y adolescencia, con organizaciones
representativas que forman parte de la comunidad local u otras organizaciones de la sociedad civil,
siempre en concordancia con el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar de la
institución educativa.
8.3.2. Atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes
• Para efectos de los presentes Lineamientos, la atención de casos de violencia se circunscribe a
aquellos que afecten a las y los estudiantes. En tal sentido, los casos de violencia pueden darse:
a. Entre estudiantes.
b. Del personal de la institución educativa pública o privada hacia uno o varios estudiantes.
c. Por un miembro de la familia u otra persona que no pertenezca a una institución educativa. • El
director o directora de la institución educativa, a través del Comité de Tutoría y Orientación
Educativa, coadyuva en la atención oportuna de los casos de violencia contra las y los estudiantes
en el marco de los Protocolos para la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes.
El proceso de atención y seguimiento de casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes en la
institución educativa se realiza a través de los siguientes pasos:
a. Acción: son las medidas adoptadas por la institución educativa para atender los casos de
violencia detectados y proteger a todos los niños, niñas y adolescentes involucrados.
b. Derivación: es la comunicación con un servicio externo especializado de atención de la
violencia o el traslado de la víctima y/o el agresor (de ser una niña, niño y adolescente), si se estima
necesario.
c. Seguimiento: es el acompañamiento y la supervisión del bienestar de todos los o las
estudiantes (atención psicológica, acompañamiento pedagógico, soporte emocional, etc.) así como la
restauración de la convivencia afectada y la verificación del cese de todo tipo de agresión.
d. Cierre: es la finalización de la atención del caso cuando se hayan cumplido todos los pasos
previos.
Debe garantizarse la continuidad educativa de la o del estudiante, así como su protección y acogida.
• Todo caso de violencia escolar del que se tenga conocimiento es anotado en el Libro de Registro de
Incidencias y reportado en el portal SÍSEVE. El reporte da inicio al proceso de atención y seguimiento,
el cual sigue las pautas indicadas en los Protocolos para la Atención de la Violencia Contra Niñas,
Niños y Adolescentes. No se registran en el SÍSEVE los casos de violencia cometida por un miembro
de la familia u otra persona que no pertenezca a una institución educativa.
• El director o directora de la institución educativa asume la responsabilidad de comunicar a la
UGEL respectiva y a cualquier otra autoridad competente (Policía Nacional del Perú, Ministerio Público
y otras instituciones especializadas que tienen a su cargo servicios de atención a casos de violencia)
las situaciones de violencia realizadas por el personal de la institución educativa hacia los estudiantes.
• Ante la detección de situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes por parte de un
familiar u otra persona que no pertenezca a una institución educativa, es responsabilidad del personal
de la institución educativa informar inmediatamente al director o directora, para que este realice la
denuncia ante la autoridad competente (Policía Nacional del Perú, Ministerio Público o Poder
Judicial). En caso el director o directora omita cumplir con su responsabilidad, le corresponde al
personal de la institución educativa que detectó la situación violencia, realizar la denuncia ante la
autoridad competente, en cumplimiento del artículo 15 del Decreto Supremo N° 009- 2016-MIMP.
• El director o directora de la institución educativa brinda las facilidades al personal del Centro
Emergencia Mujer (CEM), Servicio de Atención Urgente (SAU) y la Defensoría Municipal del Niño y
del Adolescente (DEMUNA) para el desarrollo de sus funciones en el abordaje de la violencia contra
niñas, niños y adolescentes, siempre y cuando estas no comprometan sus responsabilidades.
• El Centro Emergencia Mujer (CEM), el Servicio de Atención Urgente (SAU) y la Defensoría
Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) facilita a la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) de la UGEL, la información sobre un presunto
hecho de violencia contra una niña, niño o adolescente cometido por el personal de la institución
educativa, para fines del proceso administrativo disciplinario, en el marco de la Ley Nº 29733, Ley de
Protección de Datos Personales y su Reglamento, debiendo guardar reserva y confidencialidad sobre
la información que se le brinda y haciendo uso adecuado de la misma, bajo responsabilidad.
8.3.3. Libro de registro de incidencias
• Toda institución educativa pública y privada cuenta con un Libro de Registro de Incidencias,
donde se anotarán las situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar
comunicadas por los docentes, auxiliares, familiares, estudiantes u otros integrantes de la comunidad
educativa. Su contenido describe de manera clara y precisa los pasos seguidos en la atención de cada
uno de los casos, de conformidad con lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 29719, Ley que
promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, (véase Anexo 05).
• El Libro de Registro de Incidencias forma parte del acervo documentario de la institución
educativa, y la información que contiene es de carácter confidencial.
• El director o directora de la institución educativa es responsable de mantener actualizado el
Libro de Registro de Incidencias, y de garantizar su uso adecuado. De considerarlo necesario, puede
delegar esta función al responsable de convivencia.
8.3.4. Portal SÍSEVE
• El SÍSEVE (www.siseve.pe) es una aplicación virtual a través de la cual las instancias de gestión
educativa descentralizada brindan seguimiento a los casos de violencia contra niñas, niños y
adolescentes en el entorno escolar mediante un trabajo colaborativo e interconectado. El reporte de
casos permite la consolidación y el manejo de información actualizada sobre la situación de este tipo
de violencia en las instituciones educativas, así como su tratamiento a nivel regional y nacional.
• Los reportes en el portal SÍSEVE pueden ser realizados por cualquier persona que haya sido
víctima, testigo o tenga conocimiento de un hecho de violencia contra niñas, niños y adolescentes en
el entorno escolar, previa afiliación al portal SÍSEVE.
• Para el caso de la DRE, UGEL y de las instituciones educativas públicas y privadas, la afiliación
al portal SÍSEVE es obligatoria y es realizada por el director o directora. La responsabilidad de su
administración en la DRE y UGEL puede derivarse a quien se considere pertinente, mientras que, en
el caso de la institución educativa, la administración del SÍSEVE estará a cargo del responsable de
convivencia.
• El responsable del SÍSEVE se encuentra a cargo del seguimiento y el registro de las acciones
tomadas frente a cada caso reportado en el portal SÍSEVE. Los datos de los o las responsables del
SÍSEVE de la DRE, UGEL y de las instituciones educativas se mantienen siempre actualizados en el
portal SÍSEVE, a fin de facilitar el seguimiento de los casos.
• La información contenida en el portal SÍSEVE es confidencial, a fin de garantizar su seguridad
y el adecuado desenvolvimiento de las acciones. La identidad del reportante solo puede ser conocida,
bajo responsabilidad, por los especialistas del Ministerio de Educación a cargo de la administración del
portal SÍSEVE.
• Las instituciones educativas que tengan limitaciones de acceso a Internet, determinan la
periodicidad con la que se actualizará la información en el portal SÍSEVE e informan de ello a la UGEL
correspondiente.
XI. Anexos
Anexo 01: Orientaciones para la construcción de las Normas de Convivencia y las medidas correctivas.
Anexo 02: Orientaciones para la prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Anexo
03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Anexo 04: Sobre las
denuncias en caso de violencia ejercida por el personal de la institución educativa.
Anexo 05: Características y formatos del Libro de Registro de Incidencias. Anexo 06:
Formato único de denuncia de casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes.
RVM Nº 0022-2007-ED
Aprueba las “Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso
adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana,
Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”.
*DIRECTIVA Nº 001-2006-VMG/DITOE, Normas para el desarrollo de la Campaña de sensibilización y
promoción “Tengo Derecho al Buen Trato” que incluye a la Convivencia Escolar Democrática.
MUNICIPIO ESCOLAR
RVM Nº0067-2011-ED,” Normas y orientaciones para la Organización, Implementación y
Funcionamiento de los Municipios Escolares, que forman parte integrante de la presente resolución.
VI. EL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA:
6.1. Como órgano responsable de la gestión de la convivencia escolar, lidera el proceso de
elaboración, actualización y validación de las Normas de Convivencia, con el propósito de garantizar lo
siguiente:
a. El respeto de los derechos humanos y de lo establecido en la Constitución, la Ley General de
Educación, el Código de los Niños y Adolescentes, y el resto de normas que forman parte de la Base
Normativa de los presentes Lineamientos.
b. Un proceso participativo y consensuado, que considere las características y necesidades de
cada estudiante en la elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, incorporando así las
necesidades, opiniones e intereses de todos los integrantes de la comunidad educativa, sea
directamente o a través de sus representantes legítimos
c. La fundamentación de las Normas de Convivencia en el diagnóstico o análisis situacional de la
institución educativa que forma parte del PEI.
d. La adecuación de las Normas de Convivencia a la etapa del desarrollo, tomando en cuenta las
características específicas de las y los estudiantes.
e. La aprobación de las Normas de Convivencia mediante resolución directoral de la institución
educativa.
f. La incorporación de las Normas de Convivencia en el Reglamento Interno de la institución
educativa como un capítulo denominado “Normas de Convivencia”
g. La difusión permanente de las Normas de Convivencia a todos los integrantes de la comunidad
educativa.
h. La evaluación y/o actualización periódica de las Normas de Convivencia, como parte de las
acciones de planificación del año escolar.
6.2. EQUIPO QUE CONFORMA EL COMITÉ DE TUTORÍA
 Director : Lic. Pedro Palomino Castro
 Coordinador de tutoría : Lic. BAZAN MUÑOZ Lucero
 Responsable de convivencia escolar : Lic. SALCEDO PAUCAR Carmen
 y SISEVE
 Representante de Inclusión : Lic. RICSE ALARCON Jhakelin
 Representante de PPFF : Sra. ALBA ROMERO Ana
 Representante del Municipio Escolar : LUNA SANCHEZ Ernesto
DOCENTES TUTORES: poner nombres con número de profesores nombrados y
contratados, según cuadro de horas
N° DOCENTES TUTORES GRADO - SECCION
01 SALCEDO PAUCAR, Carmen Rosa 1° “A”
02 BAZAN MUÑOZ, Lucero Alessandra 1° “B”
03 RICSE ALARCON, Jhakelin Kris 1° “C”
04 JULCA RIOS, Roberto 2° “A”
05 LAZO ANCCO, Teófila 2° “B”
06 ATENCIO MORALES, Patricia 2° “C”
07 BORGES VALENCIA, Jessica 3° “A”
08 TAMAYO HERRERA Anderson 3° “B”
09 ROSAS TASAYCO, Roberto 3° “C”
10 CHUQUIPUL DE VASQUEZ, Roció 4° “A”
11 ANYAIPOMA CANDIOTI, María 4° “B”
12 ROJAS SANTILLAN, Bernardina 4° “C”
13 QUISPE RUIZ, Ricardo 4° “D”
14 SANCHEZ RUEDA, Margarita 5° “A”
15 VALLEJOS YANAMANGO, Raquel 5° “B”
16 ALVARADO MORÓN, Doris Esvelia 5° “C”
17 TATAJE ROSALES, Ana Elizabeth 5° “D”
18 CAJACHAGUA CRESPO, Roció 6° “A”
19 TERRONES SALAS, Vicky Rocío 6° “B”
20 PALCO CARHUANAMBO, Margarita 6° “C”
6.3. DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA
• En el marco del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que Promueve
la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas, el Comité de Tutoría y
Orientación Educativa es uno de los órganos responsables de la convivencia escolar en la
institución educativa pública. Por lo tanto, entre sus miembros cuenta con un responsable de
convivencia.
• En relación a la gestión de la convivencia escolar, el Comité de Tutoría y Orientación
Educativa tiene las siguientes responsabilidades:
7.1. GESTIÓN DE TUTORÍA Responsables
Cronogram
M A M J J A S O N D
Inserción de la Tutoría en los instrumentos de Gestión.
PEI, PCI, PAT y RI.
Dirección
Comité de TOE
X
Elaboración del Plan de Tutoría, Orientación Educativa
y Convivencia Escolar Institucional.
Comité de TOE
X
Elaboración del Plan Tutorial del Aula. Coordinador de TOE y
Tutores
X X
Conformación del Comité de TOE 2023 y formalización
con su R.D.
Director X
7.2. ORIENTACIÓN EDUCATIVA Responsables M A M J J A S O N D
Elaboración de carpeta tutorial y sesiones de TOE por
sección.
Coordinador TOE y
Tutores
X X X X X X X X X X
Tutoría Grupal: Planificación y ejecución de Talleres y
campañas relacionadas al buen trato, violencia
familiar, derechos humanos entre otros. (RM N° 272-
2018-MINEDU)
1° TALLER CON PPFF 28 DE ABRIL TEMA “EL BUEN
TRATO” PONENTE: MILUSKA DE LA TORRE
2°TALLER CON PPFF 25 DE AGOSTO TEMA “VIOLENCIA
FAMILIAR” PONENTES DEPARTAMENTO PSICOLOGIA
UCV.
3. TALLER 28 DE SEPTIEMBRE SOPORTE EMOCIONAL
A LOS DOCENTES “PRESERVAR LAS BUENAS
RELACIONES ENTRE DOCENTES” PONENTES
DEPARTAMENTO PSICOLOGIA UCV.
4° TALLER CON PPFF 13 DE OCTUBRE TEMA
“MANEJO DE LAS EMOCIONES” PONENTE
PSICOLOGA DE LA POSTA DE SANGARARA
5° PROGRAMA PREVENTIVO DEL 16 AL 20 DE
OCTUBRE CON LOS ESTUDIANTES DE 4° GRADO “B”
TURNO MAÑANA Y 6° GRADO “C” TURNO TARDE.
PONENTE PONENTES DEPARTAMENTO PSICOLOGIA
UCV.
6. TALLER CON PPFF 15 TEMA “MALTRATO INFANTIL”
PONENTES DEPARTAMENTO PSICOLOGIA UCV.
Comité TOE y
docentes Tutores
X
X
X
X
X
X
Tutoría Individual: Elaboración de un cronograma de
atención semanal a estudiantes.
Docentes tutores
X X X X X X X X X X
Fortalecimiento de competencias a tutores (Reunión
de Intercambio de Experiencias, talleres,
capacitación, etc.)
Aliados estratégicos y
Comité de TOE
Ugel 04
X X
Sistematización de las acciones de TOE. (Informes y
anexos)
Dirección y Comité de
TOE
X
7.3. GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR Responsables M A M J J A S O N D
Elaboración de material informativo de las normas de
convivencia de nuestra institución educativa.
Comité de TOE X
Implementación del D.S. N° 004-2018-MINEDU.
“Lineamientos para la Gestión de la Convivencia
Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia
Contra Niñas, Niños y Adolescentes”.
Director y Comité de
TOE
X X X X X X X X X X
Ejecución de actividades con familias (talleres,
encuentros familiares, escuela de familia, entre
otros) RVM Nº 220-2019-MINEDU.
¿Cómo puedo ayudar a mis hijos en sus aprendizajes?
¿Cómo educar hijos exitosos?
ENCUENTROS:
1°JORNADA CON PADRES DEL 17 DE ABRIL AL 21 DE
ABRIL LAS JORNADAS SE REALIZARÁN EN EL HORARIO
DE EDUACION FISIA.
2°JORNADA CON PADRES DEL 25 AL 29 DE
SEPTIEMBRE, LAS JORNADAS SE REALIZARÁN EN EL
HORARIO DE EDUCACION FISICA.
Comité de TOE
X
X
Registro de casos de violencia escolar en el Cuaderno
de Incidencias y la Plataforma del SISEVE. (Ley Nº
29719)
Director y
responsable de
convivencia escolar.
X X X X X X X X X X
Organización y ejecución de actividades de
participación estudiantil (Municipios Escolares)
Director y comité de
TOE
X X
Atención oportuna de situaciones de violencia contra
niñas, niños y adolescentes.
Director y comité de
TOE
X X X X X X X X X X
a. Planificar, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y
Convivencia Escolar, de acuerdo a las particularidades del nivel y la modalidad educativa.
b. Elaborar o actualizar las Normas de Convivencia de la institución educativa.
c. Fomentar el establecimiento de alianzas y relaciones de cooperación con instituciones
públicas y privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo para la promoción de la
convivencia escolar y acciones de prevención y atención de la violencia.
d. Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI) u otras organizaciones de la
institución educativa, el desarrollo de actividades formativas y preventivas relacionadas a la
gestión de la convivencia escolar
e. Coadyuvar al desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna de los casos de
violencia escolar considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento
propuestos por el Sector.
f. Asegurar que la institución educativa esté afiliada al SÍSEVE y actualice periódicamente
los datos del responsable de la institución educativa.
g. Promover la publicación, en formato físico y/o virtual, de un boletín informativo de las
Normas de Convivencia y las acciones que se realizarán durante el año en relación a la
gestión de la convivencia escolar, que comprenda lo señalado en el artículo 13 de la Ley N°
29719, Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas.
VII. ACTIVIDADES
7.4. ORIENTACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS DE GESTIÓN Nº 5: “GESTIÓN DE LA
CONVIVENCIA ESCOLAR” (RVM Nº 712-2018-MINEDU)
N° PRÁCTICAS CLAVES DE LAS
II.EE.
ACTIVIDADES PROPUESTAS A LAS II.EE.
1 Fortalecer los espacios de
participación democrática y
organización de la IE o programa,
promoviendo relaciones
interpersonales positivas entre los
miembros de la comunidad
educativa.
 Asistencia a las capacitaciones para directivos y comité de docentes
TOECE en normatividad vigente y estrategias de prevención, detección,
atención y derivación de casos de violencia escolar convocadas por la
UGEL 04.
 Conformación del Comité de TOE en la I.E.
 Elección de municipios escolares. Entre octubre y noviembre.
2 Elaboración articulada, concertada
y difusión de las normas de
convivencia
 Reformulación del Reglamento Interno.
 Monitoreo y seguimiento del cumplimiento de los acuerdos de
convivencia en la Institución Educativa a cargo del equipo directivo.
 Elaboración de material informativo de los acuerdos de convivencia en
las IE (Ley Nº 29719. Ley que promueve la convivencia sin violencia en
las Instituciones Educativas).
3 Implementación de acciones de
prevención de la violencia con
estudiantes, familias y personal de
la IE o programa
 Buen inicio del año escolar (marzo del 2023) Planificación de TOECE.
 Talleres vivenciales, charlas, capacitaciones, con estudiantes, familias y
personal de la IE para la promoción de la convivencia, la prevención y
atención de la violencia escolar
 Elaboración del Plan TOECE en la IE y el cronograma de actividades.
 Desarrollo de talleres, capacitación a directivos y docentes sobre
gestión de la Tutoría y Orientación Educativa en la IE.
 Promoción del acompañamiento al estudiante y familias en el marco de
la TOE. Seguimiento a las acciones de Tutoría individual.
4 Atención oportuna de situaciones
de violencia contra niñas, niños y
adolescentes de acuerdo a los
protocolos vigentes.
 Capacitación, seguimiento y acompañamiento a docentes sobre
implementación de los protocolos vigentes para la atención
oportuna en situaciones de violencia escolar.
 Orientaciones para la protección de los estudiantes (DS N° 0042018-
MINEDU) “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la
Prevención y la Atención de la violencia Contra Niñas, Niños y
Adolescentes”.
5
Establecimiento de una red de
protección para la prevención y
atención de la violencia escolar.
 Articulación de acciones con la Mesa de TOECE UGEL 04.
 Difusión de las acciones de la Mesa de TOECE a las II.EE.
 Establecimiento de alianzas con las instituciones integrantes de la
Mesa de TOECE a las II.EE.
 Ejecución de al menos 3 actividades con las familias en las II.EE.
TEMAS SUGERIDOS PARA EL AÑO ESCOLAR 2023
ABRIL EL BUEN TRATO
MAYO SOY TOLERANTE ANTE LAS
DIFERENCIAS
JUNIO ME VALORO COMO SOY – AUTOESTIMA
JULIO CONOCIENDO LAS COSTUMBRES Y
TRADICIONES DE MI COMUNIDAD
AGOSTO IDENTIFICANDO PELIGROS DE LAS
REDES SOCIALES
SETIEMBRE BASTA DEL BULLING, RESPETO Y NO
DISCRIMINACION
OCTUBRE ME PONGO EN EL LUGAR DEL OTRO -
LA EMPATÍA
NOVIEMBRE PREVENCION DE LA VIOLENCIA
DICIEMBRE TRABAJAMOS EN EQUIPO –
COMPAÑERISMO
VIII. RECURSOS
HUMANOS MATERIALES ECONÓMICOS
Directivos
Coordinadores
Coordinadores de convivencia escolar
Integrantes del comité de tutoría
Tutores
Padres de familia
Personal administrativo
Promotor de TOE
Aliados estratégicos
PC
Laptop
Multimedia
Carpetas
Fichas
Útiles de escritorio
Celulares
Internet
Donaciones
Recursos propios
IX. EVALUACIÓN
La evaluación se realizará a través de un análisis del desarrollo de las actividades ejecutadas
que permitirá descubrir si los objetivos planteados se han cumplido o no, lo que reforzará los
logros y ayudará a superar las dificultades y culminará con la elaboración de un informe que
será socializado en la jornada de reflexión y en la rendición de cuentas al final del año.
Lic. Pedro Palomino Castro Lic. Indira Vera Llanos Lic. BAZAN MUÑOZ Lucero
Director Sub Directora Coordinador de TOE
Lic. SALCEDO Carmen Lic. Ricse Alarcón Jhakelin
Responsable de Convivencia Responsable de Inclusión
Escolar y SISEVE

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  • 1. PLAN DE TUTORÍA, ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y CONVIVENCIA ESCOLAR 2024
  • 2. PLAN DE TUTORÍA, ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y CONVIVENCIA ESCOLAR 2023 I. DATOS GENERALES I.1. UGEL : MORROPÓPN I.2. Institución educativa : N° 14642 I.3. Director (a) : I.4. Sub directora : I.5. Coordinador de Tutoría I.6. Red Nº NOMBRES Y APELLIDOS CARGO 1 Lic. Pedro Palomino Castro Presidente (Director) 2 Lic. Lucero Bazán Muñoz Coordinador(a) TOE y responsable 3 Lic. Carmen Salcedo Paucar Responsables de Convivencia escolar 4 Lic. Jhakelin Ricse Alarcón Responsables de Inclusión 5 Est. Luna Sánchez Ernesto Representante del municipio escolar (*) II. MARCO LEGAL  Constitución Política del Perú.  Ley Nº 28044. Ley General de Educación.  Ley Nº 29994. Ley de Reforma Magisterial.  Ley Nº 27337. Ley que aprueba el nuevo Código de los niños y adolescentes.  Ley Nº 28628. Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia.  Ley Nº 29719. Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.  Ley Nº 29260. Ley de la política de Estado y sociedad frente a la violencia escolar.  Ley Nº 29973. Ley General de la Persona con Discapacidad.  Ley Nº 29988. Ley que establece medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas.  Ley N° 30364 Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.  Ley Nº 30772 Ley que promueve la atención educativa integral de los estudiantes en condiciones de hospitalización o con tratamiento ambulatorio de la Educación Básica.  DS Nº 004-2006-ED. Reglamento de la Ley Nº 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas.  DS Nº 002-2014-MIMP. Reglamento de la Ley Nº 29973, Ley General de la persona con discapacidad.  DS Nº 010-2012-ED. Reglamento de la Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas.  DS Nº 011-2012-ED. Que aprueba el reglamento de la Ley General de Educación.  DS Nº 004-2013-ED. Que aprueba el reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.  D.S. N° 004-2018-MINEDU. Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes.  RS Nº 001-2017-ED. Proyecto Educativo Nacional al 2021, la educación que queremos para el Perú.  RM Nº 519-2013-ED. Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por el personal de las Instituciones Educativas.  RM Nº 281-2016-MINEDU Norma que aprueba el Currículo Nacional de la Educación Básica.  R.M. Nº 396-2018-MINEDU "Escritorio Limpio 2018".  R.M. Nº 600-2018-MINEDU, que aprueba las disposiciones para la implementación de las semanas de lucha contra la anemia en las II.EE. y programas educativos de la Educación Básica.  RVM Nº 0067-2011-ED. Normas y orientaciones para la organización, implementación y funcionamiento de los Municipios Escolares.
  • 3.  RD Nº 0343-2010-ED. Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa en las DRE, UGEL e II.EE.  RSG Nº 2079-2014-MINEDU. Normas para la contratación de Promotores de Tutoría y Orientación Educativa en las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular.  DIRECTIVO Nº 002-2006-VMGP/DITOE. “Normas para el desarrollo de las acciones y funcionamiento de las defensorías escolares del niño y del adolescente (DESNA) en las instituciones educativas”.  RVM Nº 273-2020-MINEDU. Orientaciones para el desarrollo del año escolar 2021 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica.  RVM N°212-2020 –MINEDU. “Lineamientos de Tutoría y Orientaciones Educativa Para la Educación Básica”. III. FUNDAMENTACIÓN Las actividades propuestas en el presente plan de TOECE responden a las distintas situaciones problemáticas priorizadas en nuestra institución educativa, considerando que: “LA TUTORÍA SE DEFINE COMO LA INTERACCIÓN ENTRE EL DOCENTE TUTOR Y EL ESTUDIANTE QUE SE SUSTENTA EN UN VÍNCULO AFECTIVO, QUE BUSCA PROMOVER EL BIENESTAR Y FORTALECER LAS COMPETENCIAS SOCIO AFECTIVAS Y COGNITIVAS DE LAS Y LOS ESTUDIANTES. ESTO SE LOGRA ACOMPAÑÁNDOLOS Y ORIENTÁNDOLOS EN SUS DIFERENTES NECESIDADES PERSONALES Y SOCIALES EN UN CLIMA DE CONFIANZA Y RESPETO. POR OTRO LADO, LA TUTORÍA BUSCA TAMBIÉN PREVENIR SITUACIONES DE RIESGO QUE VULNEREN LOS DERECHOS DEL ESTUDIANTE Y QUE PODRÍAN AFECTAR SU DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL”. Por lo tanto, es necesario fortalecer la práctica pedagógica con los enfoques transversales: de derecho, inclusivo o de atención a la diversidad, intercultural, igualdad de género, ambiental, orientación al bien común y búsqueda de la excelencia. (CNEB) El presente plan de TOECE se desarrollará en tres dimensiones, siendo la primera: Gestión de la Tutoría, que considera actividades de planificación de las acciones de TOECE desde los instrumentos de gestión de las II.EE. hasta los Planes de TOE institucional y de aula. La segunda dimensión es la Orientación Educativa, que considera acciones de capacitación, acompañamiento y monitoreo dirigido a los Directivos y Docentes. Asimismo, promoverá el desarrollo de actividades dirigidas a las y los estudiantes para la promoción de estilos de vida saludable, en el marco de una convivencia armoniosa. (R.M. Nº 0343-2010 y D.S. Nº 0042018)) Considerando así la tercera dimensión, Gestión de la Convivencia Escolar ejecutada a través de la promoción de la convivencia escolar, prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. (RM N°712 -2018-MINEDU) IV. OBJETIVOS 4.1 Objetivo General:
  • 4. Implementar la tutoría y orientación educativa en la institución educativa N° 2043 SANGARARÁ mediante la planificación, ejecución y evaluación de actividades de Tutoría, Orientación Educativa y Gestión de la Convivencia escolar dirigidas a brindar una educación integral de los estudiantes de acuerdo al contexto en que nos encontremos. 4.2 Objetivos Específicos:  Desarrollar acciones de planificación, ejecución y evaluación en Gestión de la Tutoría para garantizar la convivencia escolar democrática, participativa, inclusiva e intercultural en la Institución Educativa.  Desarrollar acciones de Orientación Educativa mediante el fortalecimiento de la tutoría grupal e individual como un espacio de interacción y reflexión continua entre docentes y estudiantes para prevenir situaciones de riesgo en la institución educativa.  Implementar los lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes en la institución educativa (D.S. N° 004-2018-MINEDU) V. NORMATIVIDAD DE LA TUTORÍAY ORIENTACIÓN EDUCATIVA: *RVM Nº 273-2020-MINEDU MINEDU Normas y orientaciones para el desarrollo del Año Escolar 2020 en Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica” Compromiso 5: “Gestión de la convivencia escolar” La gestión de la convivencia escolar tiene como finalidad motivar y crear relaciones armoniosas entre todos los integrantes de la comunidad educativa, como fundamento para el ejercicio de una ciudadanía democrática e intercultural, una valoración positiva de la diversidad, equidad y la eliminación de toda forma de violencia y discriminación contra los y las estudiantes. Considerando el contexto actual, la implementación de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia contra niñas, niños y adolescentes debe considerar, como mínimo, los siguientes elementos: 6.6.2. Actuación frente a situaciones de violencia en el hogar contra niñas, niños y adolescentes En el contexto actual de educación a distancia, las II.EE. pueden tomar conocimiento de la ocurrencia de un hecho de violencia contra los estudiantes en sus hogares. Ante ello, se deben seguir las siguientes acciones:  El director comunica inmediatamente el presunto hecho a la línea 100 del MIMP para que este realice las acciones correspondientes  Se establece una comunicación virtual (mensaje de correo, llamada telefónica, video llamada) conel responsable de convivencia y/o tutor para que, de manera conjunta elaboren, un acta sobre el caso detectado y las acciones desarrolladas para la atención.  Se identifica a un miembro de la familia cercano al estudiante que no esté involucrado en la situación de violencia para orientarlo a realizar la denuncia respectiva.  Se brindan todas las facilidades necesarias para que el estudiante continúe su proceso educativo.  Adicionalmente, el responsable de convivencia y/o tutor puede considerar realizar llamadas telefónicas al hogar para conocer sobre la situación del estudiante. 6.6.2.1. Red de protección para la prevención y atención de la violencia escolar A fin de garantizar la protección de las y los estudiantes, así como la implementación de acciones para la prevención de la violencia, las II.EE. deben conformar una red de apoyo institucional con aliados estratégicos. Esta red debe ser promovida por el responsable que asuma las funciones del Comité de TOE. Algunos de los aliados estratégicos con los que la Institución educativa puede trabajar de manera articulada son los siguientes: 6.6.3. Atención oportuna de situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes Tiene por objetivo intervenir efectiva y oportunamente sobre los hechos de violencia detectados en el ámbito escolar, los cuales pueden presentarse de las siguientes formas: (i) entre estudiantes, (ii) del personal de la IE contra estudiantes, y (iii) por personas del entorno familiar o cualquier otra persona ajena a la IE, tanto en condiciones de educación presencial como educación a distancia. El representante que asuma las funciones del Comité de TOE tiene como función coadyuvar en las acciones de atención efectiva y oportuna de los casos de violencia escolar, de acuerdo a los protocolos establecidos en el Anexo 03 de los Lineamientos para la Gestión de la
  • 5. Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes. Todo caso de violencia del que la IE tenga conocimiento debe ser anotado en el Libro de Registro de Incidencias y reportado en el portal SÍSEVE. En el caso de ocurrir durante la fase de educación a distancia, se debe reportar directamente en el portal SÍSEVE, para posteriormente ser ingresado en el Libro de Registro de Incidencias, una vez se reanude el servicio educativo presencial. Asimismo, se ha implementado la línea telefónica gratuita (SÍSEVE 0800-76888), que incluye además una línea de mensajería por WhatsApp (991410000), a través de la cual se brinda contención y consejería ante un caso de violencia escolar, así como orientación para el reporte, la atención y el registro de lo actuado por la escuela ante los casos de violencia escolar. El directivo y los responsables de convivencia escolar de las II.EE. están obligados a guardar la confidencialidad respecto a los datos personales que consignen en el Libro de Registro de Incidencias, así como en el portal del SÍSEVE. Asimismo, deben garantizar la seguridad de dicha información evitando su alteración, tratamiento o acceso no autorizado. Toda atención de un hecho de violencia escolar debe considerar de manera primordial el bienestar, el respeto a sus derechos, así como el desarrollo integral de las y los estudiantes involucrados. Ante casos de violencia de personal de la IE contra un estudiante, el directivo debe informar a las entidades competentes para que, de ser el caso, se inicie el proceso administrativo disciplinario (en las UGEL) y/o el proceso judicial correspondiente. Los protocolos de atención oportuna se encuentran disponibles en el portal del SÍSEVE: http://www.siseve.pe/web/. *DS Nº 011-2012-ED (Artículo 39, aprueba el Reglamento General de Educación) Es responsabilidad del Director de la IE. garantizar la creación e implementación de los Comités TOE, así como establecer que todos los docentes realicen labores de orientación, formación y acompañamiento de los estudiantes, a fin de prevenir situaciones que vulneren los derechos de los estudiantes. TUTORIA Y ORIENTACION EDUCATIVA *RSG N° 0014 – 2019 RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA Elaborar, ejecutar y evaluar un Plan de Tutoría y Orientación Educativa y Convivencia Escolar en función al diagnóstico de las necesidades e intereses de los estudiantes, de acuerdo con las particularidades de las modalidades, niveles educativos y ciclos de los servicios educativos, teniendo en cuenta los Proyectos Educativo Local, y Regional si lo hubiera. Participar en la elaboración, actualización, implementación, y evaluación de los Instrumentos de Gestión de la Institución Educativa garantizando la implementación de la Tutoría y Orientación Educativa y Convivencia Escolar.
  • 6. Asegurar el desarrollo de la tutoría individual y grupal, en espacios seguros y según las necesidades de orientación. Desarrollar actividades de orientación a las familias a nivel de institución educativa y de aula. Coadyuvar en el desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna en caso de violencia escolar y otras situaciones vulneración de derechos, considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimientos propuestos por el sector. Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI), la UGEL u otras instituciones, el desarrollo de actividades formativas, preventivas y promocionales relacionadas con la Tutoría y Orientación Educativa y Convivencia Escolar. Promover durante el año escolar las reuniones de trabajo colegiado y Grupos de Inter aprendizaje de TOE para planificar y evaluar las acciones con los tutores en materia de Tutoría y Orientación Educativa y Convivencia Escolar. Reunirse por lo menos una vez por bimestre con las tutoras y los tutores para evaluar y planificar las acciones de la TOE y los planes tutoriales de aula, con la participación de los docentes y auxiliares de educación. Difundir y promover el uso de los materiales educativos relacionados a la TOE, Convivencia Escolar y temas afines. Promover, convocar y articular acciones con instituciones públicas y privadas con el fin de consolidar una red de apoyo a la Tutoría y Orientación Educativa y a la promoción de la Convivencia Escolar, acciones de prevención y atención de la violencia. Elaborar, actualizar y evaluar las normas de convivencia, asegurando su incorporación en el Reglamento Interno y su difusión a todos los integrantes de la comunidad educativa. Asegurar la afiliación de la Institución Educativa al SISEVE, la actualización periódica de los datos del responsable y el registro de los casos de violencia escolar. Garantizar el ejercicio de la disciplina basada en un enfoque de derechos, sin ningún tipo de castigo físico ni humillante. RESPONSABILIDADES DEL COORDINADOR DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA a. Convocar y presidir las reuniones del Comité de TOE. b. Velar por el cumplimiento de las funciones del Comité TOE. c. Promover en la institución educativa el desarrollo de acciones tutoriales FUNCIONES DEL RESPONSABLE DE CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR  En coordinación con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa planificar, organizar y velar por el desarrollo de las acciones relacionadas a la convivencia escolar.  Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la IE. y promover su cumplimiento.  Promover y velar para que las medidas disciplinarias no vulneren los derechos de los estudiantes.  Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes en los registros escritos de comportamiento (anecdotario y agendas escolares).  Promover medios alternativos para la solución de conflictos, como negociación, mediación y consenso.  Recepcionar y canalizar las iniciativas de la comunidad educativa dirigidas a mejorar la disciplina escolar. RESPONSABILIDADES DE LOS TUTORES CON LOS ESTUDIANTES  Acompañar el proceso de desarrollo de los estudiantes, a fin de contribuir a su formación integral.  Elaborar e implementar el Plan Tutorial de Aula, el cual será flexible y responderá al diagnóstico de necesidades e intereses de los estudiantes. Asimismo, deberá diseñar, desarrollar y evaluarlas sesiones de tutoría.  Facilitar la integración de los estudiantes en su grupo-clase y en el conjunto de la dinámica escolar.  Promover la realización periódica de Asambleas Escolares de Aula.  Informar oportunamente al director de toda situación, hecho o acontecimiento que vulnere los derechos de los estudiantes, para que se tomen las medidas pertinentes.  Registrar en la ficha acumulativa personal del estudiante. Los aspectos más relevantes de su proceso formativo, teniendo en cuenta que su uso se limita al ámbito escolar y debe emplearse con reserva y respeto por el estudiante.  Coordinar con el director y los padres de familia el apoyo a los estudiantes que requieran atención especializada, para su derivación oportuna a las instituciones o servicios pertinentes.
  • 7.  Revisar las agendas escolares de manera periódica, verificando que este firmada por el PPFFo apoderado, las inasistencias justificadas e injustificadas, tardanzas, de los estudiantes, citaciones, comunicados y otros. CON LOS PADRES DE FAMILIA  Promover y organizar la realización de al menos dos reuniones durante el año con los padresde familia de su sección, para desarrollar las escuelas de familias y tratar temas relacionados con la orientación de los estudiantes.  Desarrollar la atención individual y grupal de familias entrevistándose con los padres de familiade los estudiantes que lo soliciten o lo requieran.  Coordinar con el Comité de Tutoría y Orientación Educativa la realización de actividades de Escuela de Padres, talleres, jornadas informativas. CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR DEMOCRÁTICA *LEY Nº 27337 “Ley que aprueba el nuevo código de los niños y adolescentes” Art. 14.- El niño y el adolescente tienen derecho a la educación. Ningún niño o adolescente debe ser discriminado en un centro educativo, por su condición de discapacidad ni por causa del estado civil de sus padres. La niña o la adolescente embarazada o madre, no debe ser impedida de iniciar o proseguir sus estudios. La autoridad educativa adoptará las medidas del caso para evitar cualquier forma de discriminación. Art. 16.- A ser respetados por sus educadores. El niño y el adolescente tiene derecho a ser respetados por sus educadores y a cuestionar sus criterios valorativos, pudiendo recurrir a instancias superiores si fuera necesario. Art. 18.- Ala protección por los Directores de los centros educativos. Los Directores de los centros educativos comunicarán a la autoridad competente los siguientes casos: a. Maltrato físico, psicológico, de acoso, abuso y violencia sexual en agravio de los alumnos; b. Reiterada repitencia y deserción escolar; c. Reiteradas faltas injustificadas d. Consumo de sustancias tóxicas; e. Desamparo y otros casos que impliquen violación de los derechos del niño y adolescente.; f. Rendimiento escolar de niños y adolescentes trabajadores; y g. Otros hechos lesivos. Art. 19.- Modalidades y horarios escolares para el trabajo. El Estado garantiza modalidades y horarios escolares especiales que permitan a los niños y adolescentes que trabajan asistir regularmente a sus centros de estudio. Los directores de los centros educativos pondrán atención para que el trabajo no afecte su asistencia y su rendimiento escolar e informarán periódicamente a la autoridad pertinente competente acerca del nivel de rendimiento de los estudiantes trabajadores. Art. 24.- Deberes. Son deberes de los niños y adolescente:  Respetar y obedecer a sus padres o los responsables de su cuidado, siempre que sus órdenes no lesionen sus derechos o contravengan las leyes;  Estudiar satisfactoriamente;  Cuidar, en medida de sus posibilidades, a sus ascendientes en su enfermedad y ancianidad;  Prestar su colaboración en el hogar, de acuerdo a su edad;  Respetar la propiedad pública y privada;  Conservar el medio ambiente;  Cuidar su salud personal;  No consumir sustancias psicotrópicas;  Respetar las ideas y los derechos de los demás, así como las creencias religiosas distintas de las suyas;  Respetar a la Patria, sus leyes, símbolos y héroes. Art. 74. Deberes y derechos de los padres. Son deberes y derechos de los padres que ejercen la Patria Potestad:  Velar por su desarrollo integral;  Proveer su sostenimiento y su educación;  Dirigir su proceso educativo y capacitación para el trabajo conforme a su vocación y aptitudes;  Darles buenos ejemplos de vida y corregirlos moderadamente. Cuando su acción no bastare podrán recurrir a la autoridad competente;  Tenerlos en su compañía y recurrir a la autoridad si fuere necesario para recuperarlos;  Representarlos en los actos de la vida civil mientras no adquieran la capacidad de ejercicio y la responsabilidad civil;  Recibir ayuda de ellos atendiendo a su edad y condición y sin perjudicar su atención; Art.75. Suspensión de la Patria Potestad.
  • 8. La Patria Potestad se suspende en los siguientes casos:  Por darles órdenes, consejos o ejemplos que los corrompan;  Por permitirles la vagancia o dedicarlos a la mendicidad;  Por maltratarlos física o mentalmente;  Por negarse a prestarles alimentos *LEY Nº 29719:” Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas” Art. 13.- De los procedimientos y medidas correctivas Los procedimientos y medidas correctivas para atender situaciones de violencia y acoso entre estudiantes deben estar establecidos en el Reglamento Interno de cada institución educativa y respetar los derechos de las y los estudiantes, en el marco de la Convención de los Derechos del Niño y el Código del Niño y Adolescente. Art. 14.- Criterios aplicables a los procedimientos. Los procedimientos deben contribuir a la Convivencia Democrática en la institución educativa los que deben garantizar la equidad y el respeto hacia las y los estudiantes, bajo las siguientes premisas: a) Cualquier integrante de la comunidad educativa debe informar oportunamente, bajo responsabilidad, al Director o la Directora, o quien haga sus veces, de los casos de violencia y acoso entre estudiantes y acoso entre estudiantes. La presente acción no exime de recurrir a otras autoridades de ser necesario. b) El Director o Directora, el equipo responsable u otro integrante mayor de edad de la comunidad educativa, bajo responsabilidad, adoptará inmediatamente las medidas necesarias para detener los casos de violencia y acoso entre estudiantes. c) El Director o la Directora, en coordinación con el equipo responsable de la Convivencia Democrática, convocará, luego de reportado el hecho, a los padres de familia o apoderados de las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores, para informarles lo ocurrido y adoptar las medidas de protección y de corrección. Estas medidas incluyen el apoyo pedagógico y el soporte emocional a las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores. d) Los padres de familia o apoderados de las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a la Convivencia Democrática en la institución educativa. e) Es responsabilidad de las autoridades educativas, adoptar las medidas de protección para mantener la reserva y confidencialidad relacionadas a la identidad e imagen de los estudiantes víctimas, agresores y espectadores. f) El Director o Directora de la institución educativa, en coordinación con los padres de familia o apoderados, derivará a las y los estudiantes que requieran una atención especializada a los establecimientos de salud, las Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente (DEMUNA) u otras instituciones según sea el caso que brinden las prestaciones necesarias que salvaguarden el bienestar de las y los estudiantes. En aquellos lugares donde no existiesen estos servicios se recurrirá a las instituciones comunales públicas o privadas g) El equipo responsable de la Convivencia Democrática realizará el seguimiento de las medidas de protección, las medidas correctivas y los compromisos adoptados por los padres de familia y las y los estudiantes víctimas, agresores y espectadores h) El equipo responsable de la Convivencia Democrática, en coordinación con el Director, acompañará a las familias de las y los estudiantes víctimas y agresores solicitando informes a las instituciones que participen de la atención especializada. Art. 15.- Criterios aplicables a las medidas correctivas Para los fines del presente Reglamento, todas las medidas correctivas dirigidas a los estudiantes deben ser:  Claras y oportunas  Reparadoras y formativas  Respetuosas de la etapa de desarrollo de las y los estudiantes.  Pertinentes al desarrollo pedagógico.  Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de las y los estudiantes.  Proporcionales a la falta cometida  Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las condiciones y necesidades de las y los estudiantes.  Respetuosas de los derechos de los niños, niñas adolescentes y los derechos humanos.  Relacionadas con la promoción de la Convivencia Democrática.  Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado anímico de quienes apliquen las medidas correctivas.
  • 9. Art. 16.- Objetivo de las medidas correctivas Las medidas correctivas deben permitir que las y los estudiantes puedan reflexionar y aprender de la experiencia vivida, para lo cual es necesario contar con la participación y compromiso de las madres, padres de familia y apoderados, a fin de contribuir a su formación integral y a la Convivencia Democrática en la institución educativa. Art. 17.- Prohibiciones Está prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de violencia, trato cruel, inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y humillantes, así como cualquier otra sanción que pueda poner en peligro la salud y el desarrollo integral de las y los estudiantes. *DECRETO SUPREMO N° 004-2018-MINEDU “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes” 8.1. Líneas de acción • A fin de facilitar su planificación e implementación, la gestión de la convivencia en la institución educativa se ejecuta a través de las siguientes tres líneas de acción: a. Promoción de la convivencia escolar. Es el fomento, fortalecimiento y reconocimiento de relaciones democráticas a nivel de toda la institución educativa. Se trata de promover modos de relación basados en el buen trato, que aporten a la formación integral de los y las estudiantes, así como al logro de sus aprendizajes. Para este propósito se exige el compromiso de todos los integrantes de la comunidad educativa. Entre sus actividades principales se encuentran la elaboración concertada de las normas de convivencia, la promoción de la participación democrática teniendo en cuenta las características y necesidades específicas de cada estudiante, el desarrollo de habilidades socioemocionales en adultos, niñas, niños y adolescentes, la implementación de estrategias de disciplina con enfoque de derechos, entre otras. En ámbitos rurales o de pueblos indígenas andinos y amazónicos, quienes se encuentren a cargo de la promoción de la convivencia escolar, deben conocer las costumbres y las formas de gestionar los conflictos dentro de las comunidades; las escalas de sanciones y los criterios para que en dicho ámbito los hechos se tornen inaceptables. Asimismo, procuran conocer la gestión de la justicia dentro del ámbito comunal y, de ser posible, obtener el reglamento comunal u otro instrumento que regule las relaciones sociales dentro de las comunidades. b. Prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Es la intervención que se anticipa a las situaciones de violencia que puedan presentarse en la institución educativa o fuera de ella, mediante la implementación de acciones preventivas de acuerdo a las necesidades propias de su contexto. Está dirigida a toda la comunidad educativa, especialmente a quienes se encuentran frente a una mayor exposición a la violencia directa o potencial. Se sostiene en el establecimiento de una red de aliados estratégicos con capacidad de actuación y soporte frente a las situaciones de violencia que puedan presentarse En ámbitos rurales o de pueblos indígenas andinos y amazónicos, las acciones de prevención incluyen la articulación y la sensibilización con las autoridades comunales a fin de colocar en la agenda comunal la difusión de dichas acciones por medio de las asambleas comunales. Las autoridades comunales juegan un rol complementario a la Asociación de Padres de Familia (APAFA) y juntos participan del sistema educativo comunal, en el marco del respeto a los derechos fundamentales. c. Atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Es la intervención oportuna, efectiva y reparadora sobre los hechos de violencia detectados en el ámbito escolar los cuales pudieran darse: - Entre las y los estudiantes. - Del personal de la institución educativa pública o privada hacia las y los estudiantes. - Por familiares o cualquier otra persona. • En contextos de pueblos indígenas andinos y amazónicos, la implementación de la gestión de la convivencia escolar considera la participación activa y permanente de la representación indígena legítimamente reconocida a nivel comunal y territorial (por cuenca, río, distrito u otra forma de agrupación). 8.2. Gestión de la convivencia escolar 8.2.1. Instrumentos de gestión de la institución educativa Los instrumentos de gestión de la institución educativa se encuentran señalados en el artículo 137 del Reglamento de la Ley General de Educación. Sin perjuicio de ello, dichos instrumentos consideran lo siguiente:
  • 10.  El Proyecto Educativo Institucional (PEI) considera la promoción de la convivencia escolar democrática, así como la prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes y la atención de casos relacionados a ella.  Estos componentes son incorporados en el diagnóstico o análisis situacional y en los objetivos estratégicos o de gestión que forman parte del documento.  El Proyecto Curricular Institucional (PCI) considera entre sus contenidos aquellos relacionados ala convivencia escolar.  El Reglamento Interno incluye las Normas de Convivencia de la institución educativa en un capítulo denominado “Normas de Convivencia”, el cual reemplaza el capítulo referente a las normas de disciplina. Son difundidas a todos los integrantes de la comunidad educativa a través de medios físicos o digitales.  El Plan Anual de Trabajo (PAT) incluye las actividades relacionadas a la gestión de la convivencia de acuerdo al Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar. 8.2.2. Normas de convivencia de la institución educativa Las Normas de Convivencia de la institución educativa mantienen total coherencia con la legislación vigente, especialmente con las normas que rigen al Sector Educación. El Comité de Tutoría y Orientación Educativa, como órgano responsable de la gestión de la convivencia escolar, lidera el proceso de elaboración, actualización y validación de las Normas de Convivencia, con el propósito de garantizar lo siguiente: a. El respeto de los derechos humanos y de lo establecido en la Constitución, la Ley General de Educación, el Código de los Niños y Adolescentes, y el resto de normas que forman parte de la Base Normativa de los presentes Lineamientos. b. Un proceso participativo y consensuado, que considere las características y necesidades de cada estudiante en la elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, incorporando así las necesidades, opiniones e intereses de todos los integrantes de la comunidad educativa, sea directamente o a través de sus representantes legítimos. c. La fundamentación de las Normas de Convivencia en el diagnóstico o análisis situacional de la institución educativa que forma parte del PEI. d. La adecuación de las Normas de Convivencia a la etapa del desarrollo, tomando en cuenta las características específicas de las y los estudiantes. e. La aprobación de las Normas de Convivencia mediante resolución directoral de la institución educativa. f. La incorporación de las Normas de Convivencia en el Reglamento Interno de la institución educativa como un capítulo denominado “Normas de Convivencia”, que reemplaza el capítulo referente a las normas de disciplina. g. La difusión permanente de las Normas de Convivencia a todos los integrantes de la comunidad educativa. h. La evaluación y/o actualización periódica de las Normas de Convivencia, como parte de las acciones de planificación del año escolar. En el caso de la Educación Básica Especial, cuando no cuenten con un Comité de Tutoría y Orientación Educativa, los docentes de aula son responsables de liderar el proceso de elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, brindando las garantías necesarias para el desarrollo adecuado del proceso. 8.2.3. Normas de convivencia del aula • Al inicio del año escolar, cada docente de aula, tutor o tutora dedica las primeras sesiones a la elaboración de las Normas de Convivencia de su aula. Para su elaboración es necesario tener en cuenta lo siguiente: a. Promover la participación de sus estudiantes, en un ambiente democrático, respetuoso e inclusivo, con igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, respeto y valoración a las diferencias culturales y lingüísticas. b. Emplear un estilo de redacción en sentido positivo, con lenguaje sencillo y en primera persona del plural, y redactar las normas en español y en lengua originaria, si fuera el caso. Asimismo, considerar la adaptación al sistema de comunicación que el estudiante en condición de discapacidad utiliza. c. Considerar la etapa del desarrollo y las características específicas de los y las estudiantes. d. Adecuar las normas a las necesidades específicas de las y los estudiantes del aula. e. Considerar las competencias y capacidades del Currículo Nacional vigente. f. Mantener coherencia con las Normas de Convivencia de la institución educativa.
  • 11. 8.2.4. Participación de niñas, niños y adolescentes • La participación activa y efectiva de todos los niños, niñas y adolescentes se enmarca en los derechos humanos garantizados por la Convención sobre los Derechos del Niño y es promovida a todo nivel en la institución educativa, de acuerdo a un enfoque de derechos y de ciclo de vida. Esta participación se da a través de actividades de carácter cultural, artístico, científico tecnológico, deportivo y/o recreativo u otros espacios e iniciativas de participación. Toda forma de organización estudiantil es aprobada por el director o directora de la institución educativa y es respetuosa del Reglamento Interno, especialmente del capítulo sobre las Normas de Convivencia. • Con respecto a la participación estudiantil, el Comité de Tutoría y Orientación Educativa, tiene las siguientes tareas:  Promover, impulsar y acompañar agrupaciones o iniciativas de participación estudiantil que trabajen de forma independiente o que busquen adherirse a una organización estudiantil ya existente.  Favorecer la participación equitativa de las y los estudiantes, así como de estudiantes con discapacidad, migrantes, indígenas y afroperuanos, evitando la reproducción de estereotipos.  Velar por el correcto funcionamiento de las organizaciones y los diversos espacios de participación estudiantil de acuerdo a los principios de la convivencia escolar.  Garantizar que las decisiones y acuerdos generados en los espacios de participación estudiantil sean considerados de manera relevante en aquellos aspectos de la gestión escolar que les competan y afecten. • En concordancia con una convivencia escolar democrática, los espacios de participación deben:  Velar por que la representatividad refleje la diversidad cultural, étnica, condición de discapacidad u otros que caractericen a la institución educativa.  Promover los principios de interculturalidad, inclusión y no discriminación.  Vigilar la transparencia y legitimidad de los procesos de elección de sus representantes.  Garantizar el cumplimiento de las decisiones tomadas con el acuerdo de sus integrantes.  Realizar los aportes y ajustes necesarios a sus procedimientos de acuerdo a las Normas de Convivencia de la institución educativa. 8.3. Prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes 8.3.1. Prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes Se realiza a través de acciones preventivas, dirigidas a estudiantes que se encuentran expuestos a la ocurrencia de situaciones de violencia, enfatizando sobre las causas de estas situaciones. Las acciones preventivas pueden tener como objetivo a un grupo de estudiantes, un aula o un nivel, según corresponda. En ocasiones excepcionales podrían involucrar a la totalidad de estudiantes de la institución educativa. • Las acciones preventivas abordan todo tipo de violencia que atente contra la integridad física, psicológica o sexual de las niñas, niños y adolescentes, tanto los tipos de violencia que ocurren dentro como fuera de la institución educativa. • Las acciones preventivas pueden desarrollarse en los siguientes momentos:  Dentro del horario escolar; durante la hora de tutoría o en los momentos de reflexión que los docentes de las áreas curriculares puedan promover.  Fuera del horario escolar; donde puedan tomar la forma de jornadas que se realizan en un solo momento o talleres que pueden tener varias sesiones. Las acciones pueden estar dirigidas a las y los estudiantes, a sus familias u a otras personas responsables de su cuidado.  Como parte de las actividades de integración que se realicen en la institución educativa (ferias, actuaciones, jornadas familiares, actividades deportivas o en fechas emblemáticas, etc.). El diseño, implementación y evaluación de las acciones preventivas frente a la violencia contra niñas, niños y adolescentes se encuentran a cargo del responsable de convivencia de la institución educativa, quien cuenta con el apoyo del coordinador de tutoría y los tutores o tutoras de los y las estudiantes a quienes van dirigidas. En el caso de las instituciones educativas del ámbito rural esta responsabilidad podrá ser extendida a la red educativa. De igual modo, en el caso de las Formas de Atención Diversificadas, esta responsabilidad puede ser extendida al director o directora y/o al responsable de las residencias estudiantiles. En caso fuera necesario, se podrá solicitar asistencia técnica a la UGEL correspondiente. • En caso se considere pertinente, las acciones preventivas podrán ser implementadas con el apoyo de los servicios locales vinculados con la temática de niñez y adolescencia, con organizaciones representativas que forman parte de la comunidad local u otras organizaciones de la sociedad civil,
  • 12. siempre en concordancia con el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar de la institución educativa. 8.3.2. Atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes • Para efectos de los presentes Lineamientos, la atención de casos de violencia se circunscribe a aquellos que afecten a las y los estudiantes. En tal sentido, los casos de violencia pueden darse: a. Entre estudiantes. b. Del personal de la institución educativa pública o privada hacia uno o varios estudiantes. c. Por un miembro de la familia u otra persona que no pertenezca a una institución educativa. • El director o directora de la institución educativa, a través del Comité de Tutoría y Orientación Educativa, coadyuva en la atención oportuna de los casos de violencia contra las y los estudiantes en el marco de los Protocolos para la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes. El proceso de atención y seguimiento de casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes en la institución educativa se realiza a través de los siguientes pasos: a. Acción: son las medidas adoptadas por la institución educativa para atender los casos de violencia detectados y proteger a todos los niños, niñas y adolescentes involucrados. b. Derivación: es la comunicación con un servicio externo especializado de atención de la violencia o el traslado de la víctima y/o el agresor (de ser una niña, niño y adolescente), si se estima necesario. c. Seguimiento: es el acompañamiento y la supervisión del bienestar de todos los o las estudiantes (atención psicológica, acompañamiento pedagógico, soporte emocional, etc.) así como la restauración de la convivencia afectada y la verificación del cese de todo tipo de agresión. d. Cierre: es la finalización de la atención del caso cuando se hayan cumplido todos los pasos previos. Debe garantizarse la continuidad educativa de la o del estudiante, así como su protección y acogida. • Todo caso de violencia escolar del que se tenga conocimiento es anotado en el Libro de Registro de Incidencias y reportado en el portal SÍSEVE. El reporte da inicio al proceso de atención y seguimiento, el cual sigue las pautas indicadas en los Protocolos para la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes. No se registran en el SÍSEVE los casos de violencia cometida por un miembro de la familia u otra persona que no pertenezca a una institución educativa. • El director o directora de la institución educativa asume la responsabilidad de comunicar a la UGEL respectiva y a cualquier otra autoridad competente (Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y otras instituciones especializadas que tienen a su cargo servicios de atención a casos de violencia) las situaciones de violencia realizadas por el personal de la institución educativa hacia los estudiantes. • Ante la detección de situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes por parte de un familiar u otra persona que no pertenezca a una institución educativa, es responsabilidad del personal de la institución educativa informar inmediatamente al director o directora, para que este realice la denuncia ante la autoridad competente (Policía Nacional del Perú, Ministerio Público o Poder Judicial). En caso el director o directora omita cumplir con su responsabilidad, le corresponde al personal de la institución educativa que detectó la situación violencia, realizar la denuncia ante la autoridad competente, en cumplimiento del artículo 15 del Decreto Supremo N° 009- 2016-MIMP. • El director o directora de la institución educativa brinda las facilidades al personal del Centro Emergencia Mujer (CEM), Servicio de Atención Urgente (SAU) y la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) para el desarrollo de sus funciones en el abordaje de la violencia contra niñas, niños y adolescentes, siempre y cuando estas no comprometan sus responsabilidades. • El Centro Emergencia Mujer (CEM), el Servicio de Atención Urgente (SAU) y la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) facilita a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para Docentes (CPPADD) de la UGEL, la información sobre un presunto hecho de violencia contra una niña, niño o adolescente cometido por el personal de la institución educativa, para fines del proceso administrativo disciplinario, en el marco de la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, debiendo guardar reserva y confidencialidad sobre la información que se le brinda y haciendo uso adecuado de la misma, bajo responsabilidad. 8.3.3. Libro de registro de incidencias • Toda institución educativa pública y privada cuenta con un Libro de Registro de Incidencias, donde se anotarán las situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar comunicadas por los docentes, auxiliares, familiares, estudiantes u otros integrantes de la comunidad educativa. Su contenido describe de manera clara y precisa los pasos seguidos en la atención de cada uno de los casos, de conformidad con lo señalado en el artículo 11 de la Ley N° 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas, (véase Anexo 05). • El Libro de Registro de Incidencias forma parte del acervo documentario de la institución educativa, y la información que contiene es de carácter confidencial.
  • 13. • El director o directora de la institución educativa es responsable de mantener actualizado el Libro de Registro de Incidencias, y de garantizar su uso adecuado. De considerarlo necesario, puede delegar esta función al responsable de convivencia. 8.3.4. Portal SÍSEVE • El SÍSEVE (www.siseve.pe) es una aplicación virtual a través de la cual las instancias de gestión educativa descentralizada brindan seguimiento a los casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar mediante un trabajo colaborativo e interconectado. El reporte de casos permite la consolidación y el manejo de información actualizada sobre la situación de este tipo de violencia en las instituciones educativas, así como su tratamiento a nivel regional y nacional. • Los reportes en el portal SÍSEVE pueden ser realizados por cualquier persona que haya sido víctima, testigo o tenga conocimiento de un hecho de violencia contra niñas, niños y adolescentes en el entorno escolar, previa afiliación al portal SÍSEVE. • Para el caso de la DRE, UGEL y de las instituciones educativas públicas y privadas, la afiliación al portal SÍSEVE es obligatoria y es realizada por el director o directora. La responsabilidad de su administración en la DRE y UGEL puede derivarse a quien se considere pertinente, mientras que, en el caso de la institución educativa, la administración del SÍSEVE estará a cargo del responsable de convivencia. • El responsable del SÍSEVE se encuentra a cargo del seguimiento y el registro de las acciones tomadas frente a cada caso reportado en el portal SÍSEVE. Los datos de los o las responsables del SÍSEVE de la DRE, UGEL y de las instituciones educativas se mantienen siempre actualizados en el portal SÍSEVE, a fin de facilitar el seguimiento de los casos. • La información contenida en el portal SÍSEVE es confidencial, a fin de garantizar su seguridad y el adecuado desenvolvimiento de las acciones. La identidad del reportante solo puede ser conocida, bajo responsabilidad, por los especialistas del Ministerio de Educación a cargo de la administración del portal SÍSEVE. • Las instituciones educativas que tengan limitaciones de acceso a Internet, determinan la periodicidad con la que se actualizará la información en el portal SÍSEVE e informan de ello a la UGEL correspondiente. XI. Anexos Anexo 01: Orientaciones para la construcción de las Normas de Convivencia y las medidas correctivas. Anexo 02: Orientaciones para la prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Anexo 03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Anexo 04: Sobre las denuncias en caso de violencia ejercida por el personal de la institución educativa. Anexo 05: Características y formatos del Libro de Registro de Incidencias. Anexo 06: Formato único de denuncia de casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes. RVM Nº 0022-2007-ED Aprueba las “Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, el Uso adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”. *DIRECTIVA Nº 001-2006-VMG/DITOE, Normas para el desarrollo de la Campaña de sensibilización y promoción “Tengo Derecho al Buen Trato” que incluye a la Convivencia Escolar Democrática. MUNICIPIO ESCOLAR RVM Nº0067-2011-ED,” Normas y orientaciones para la Organización, Implementación y Funcionamiento de los Municipios Escolares, que forman parte integrante de la presente resolución. VI. EL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA: 6.1. Como órgano responsable de la gestión de la convivencia escolar, lidera el proceso de elaboración, actualización y validación de las Normas de Convivencia, con el propósito de garantizar lo siguiente: a. El respeto de los derechos humanos y de lo establecido en la Constitución, la Ley General de Educación, el Código de los Niños y Adolescentes, y el resto de normas que forman parte de la Base Normativa de los presentes Lineamientos. b. Un proceso participativo y consensuado, que considere las características y necesidades de cada estudiante en la elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, incorporando así las necesidades, opiniones e intereses de todos los integrantes de la comunidad educativa, sea directamente o a través de sus representantes legítimos c. La fundamentación de las Normas de Convivencia en el diagnóstico o análisis situacional de la institución educativa que forma parte del PEI.
  • 14. d. La adecuación de las Normas de Convivencia a la etapa del desarrollo, tomando en cuenta las características específicas de las y los estudiantes. e. La aprobación de las Normas de Convivencia mediante resolución directoral de la institución educativa. f. La incorporación de las Normas de Convivencia en el Reglamento Interno de la institución educativa como un capítulo denominado “Normas de Convivencia” g. La difusión permanente de las Normas de Convivencia a todos los integrantes de la comunidad educativa. h. La evaluación y/o actualización periódica de las Normas de Convivencia, como parte de las acciones de planificación del año escolar. 6.2. EQUIPO QUE CONFORMA EL COMITÉ DE TUTORÍA  Director : Lic. Pedro Palomino Castro  Coordinador de tutoría : Lic. BAZAN MUÑOZ Lucero  Responsable de convivencia escolar : Lic. SALCEDO PAUCAR Carmen  y SISEVE  Representante de Inclusión : Lic. RICSE ALARCON Jhakelin  Representante de PPFF : Sra. ALBA ROMERO Ana  Representante del Municipio Escolar : LUNA SANCHEZ Ernesto DOCENTES TUTORES: poner nombres con número de profesores nombrados y contratados, según cuadro de horas N° DOCENTES TUTORES GRADO - SECCION 01 SALCEDO PAUCAR, Carmen Rosa 1° “A” 02 BAZAN MUÑOZ, Lucero Alessandra 1° “B” 03 RICSE ALARCON, Jhakelin Kris 1° “C” 04 JULCA RIOS, Roberto 2° “A” 05 LAZO ANCCO, Teófila 2° “B” 06 ATENCIO MORALES, Patricia 2° “C” 07 BORGES VALENCIA, Jessica 3° “A” 08 TAMAYO HERRERA Anderson 3° “B” 09 ROSAS TASAYCO, Roberto 3° “C” 10 CHUQUIPUL DE VASQUEZ, Roció 4° “A” 11 ANYAIPOMA CANDIOTI, María 4° “B” 12 ROJAS SANTILLAN, Bernardina 4° “C” 13 QUISPE RUIZ, Ricardo 4° “D” 14 SANCHEZ RUEDA, Margarita 5° “A” 15 VALLEJOS YANAMANGO, Raquel 5° “B” 16 ALVARADO MORÓN, Doris Esvelia 5° “C” 17 TATAJE ROSALES, Ana Elizabeth 5° “D” 18 CAJACHAGUA CRESPO, Roció 6° “A” 19 TERRONES SALAS, Vicky Rocío 6° “B” 20 PALCO CARHUANAMBO, Margarita 6° “C”
  • 15. 6.3. DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÓN EDUCATIVA • En el marco del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas, el Comité de Tutoría y Orientación Educativa es uno de los órganos responsables de la convivencia escolar en la institución educativa pública. Por lo tanto, entre sus miembros cuenta con un responsable de convivencia. • En relación a la gestión de la convivencia escolar, el Comité de Tutoría y Orientación Educativa tiene las siguientes responsabilidades: 7.1. GESTIÓN DE TUTORÍA Responsables Cronogram M A M J J A S O N D Inserción de la Tutoría en los instrumentos de Gestión. PEI, PCI, PAT y RI. Dirección Comité de TOE X Elaboración del Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar Institucional. Comité de TOE X Elaboración del Plan Tutorial del Aula. Coordinador de TOE y Tutores X X Conformación del Comité de TOE 2023 y formalización con su R.D. Director X 7.2. ORIENTACIÓN EDUCATIVA Responsables M A M J J A S O N D Elaboración de carpeta tutorial y sesiones de TOE por sección. Coordinador TOE y Tutores X X X X X X X X X X Tutoría Grupal: Planificación y ejecución de Talleres y campañas relacionadas al buen trato, violencia familiar, derechos humanos entre otros. (RM N° 272- 2018-MINEDU) 1° TALLER CON PPFF 28 DE ABRIL TEMA “EL BUEN TRATO” PONENTE: MILUSKA DE LA TORRE 2°TALLER CON PPFF 25 DE AGOSTO TEMA “VIOLENCIA FAMILIAR” PONENTES DEPARTAMENTO PSICOLOGIA UCV. 3. TALLER 28 DE SEPTIEMBRE SOPORTE EMOCIONAL A LOS DOCENTES “PRESERVAR LAS BUENAS RELACIONES ENTRE DOCENTES” PONENTES DEPARTAMENTO PSICOLOGIA UCV. 4° TALLER CON PPFF 13 DE OCTUBRE TEMA “MANEJO DE LAS EMOCIONES” PONENTE PSICOLOGA DE LA POSTA DE SANGARARA 5° PROGRAMA PREVENTIVO DEL 16 AL 20 DE OCTUBRE CON LOS ESTUDIANTES DE 4° GRADO “B” TURNO MAÑANA Y 6° GRADO “C” TURNO TARDE. PONENTE PONENTES DEPARTAMENTO PSICOLOGIA UCV. 6. TALLER CON PPFF 15 TEMA “MALTRATO INFANTIL” PONENTES DEPARTAMENTO PSICOLOGIA UCV. Comité TOE y docentes Tutores X X X X X X Tutoría Individual: Elaboración de un cronograma de atención semanal a estudiantes. Docentes tutores X X X X X X X X X X Fortalecimiento de competencias a tutores (Reunión de Intercambio de Experiencias, talleres, capacitación, etc.) Aliados estratégicos y Comité de TOE Ugel 04 X X Sistematización de las acciones de TOE. (Informes y anexos) Dirección y Comité de TOE X
  • 16. 7.3. GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR Responsables M A M J J A S O N D Elaboración de material informativo de las normas de convivencia de nuestra institución educativa. Comité de TOE X Implementación del D.S. N° 004-2018-MINEDU. “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”. Director y Comité de TOE X X X X X X X X X X Ejecución de actividades con familias (talleres, encuentros familiares, escuela de familia, entre otros) RVM Nº 220-2019-MINEDU. ¿Cómo puedo ayudar a mis hijos en sus aprendizajes? ¿Cómo educar hijos exitosos? ENCUENTROS: 1°JORNADA CON PADRES DEL 17 DE ABRIL AL 21 DE ABRIL LAS JORNADAS SE REALIZARÁN EN EL HORARIO DE EDUACION FISIA. 2°JORNADA CON PADRES DEL 25 AL 29 DE SEPTIEMBRE, LAS JORNADAS SE REALIZARÁN EN EL HORARIO DE EDUCACION FISICA. Comité de TOE X X Registro de casos de violencia escolar en el Cuaderno de Incidencias y la Plataforma del SISEVE. (Ley Nº 29719) Director y responsable de convivencia escolar. X X X X X X X X X X Organización y ejecución de actividades de participación estudiantil (Municipios Escolares) Director y comité de TOE X X Atención oportuna de situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes. Director y comité de TOE X X X X X X X X X X a. Planificar, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar, de acuerdo a las particularidades del nivel y la modalidad educativa. b. Elaborar o actualizar las Normas de Convivencia de la institución educativa. c. Fomentar el establecimiento de alianzas y relaciones de cooperación con instituciones públicas y privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo para la promoción de la convivencia escolar y acciones de prevención y atención de la violencia. d. Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI) u otras organizaciones de la institución educativa, el desarrollo de actividades formativas y preventivas relacionadas a la gestión de la convivencia escolar e. Coadyuvar al desarrollo de acciones de prevención y atención oportuna de los casos de violencia escolar considerando las orientaciones y protocolos de atención y seguimiento propuestos por el Sector. f. Asegurar que la institución educativa esté afiliada al SÍSEVE y actualice periódicamente los datos del responsable de la institución educativa. g. Promover la publicación, en formato físico y/o virtual, de un boletín informativo de las Normas de Convivencia y las acciones que se realizarán durante el año en relación a la gestión de la convivencia escolar, que comprenda lo señalado en el artículo 13 de la Ley N° 29719, Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas. VII. ACTIVIDADES 7.4. ORIENTACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS DE GESTIÓN Nº 5: “GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR” (RVM Nº 712-2018-MINEDU) N° PRÁCTICAS CLAVES DE LAS II.EE. ACTIVIDADES PROPUESTAS A LAS II.EE.
  • 17. 1 Fortalecer los espacios de participación democrática y organización de la IE o programa, promoviendo relaciones interpersonales positivas entre los miembros de la comunidad educativa.  Asistencia a las capacitaciones para directivos y comité de docentes TOECE en normatividad vigente y estrategias de prevención, detección, atención y derivación de casos de violencia escolar convocadas por la UGEL 04.  Conformación del Comité de TOE en la I.E.  Elección de municipios escolares. Entre octubre y noviembre. 2 Elaboración articulada, concertada y difusión de las normas de convivencia  Reformulación del Reglamento Interno.  Monitoreo y seguimiento del cumplimiento de los acuerdos de convivencia en la Institución Educativa a cargo del equipo directivo.  Elaboración de material informativo de los acuerdos de convivencia en las IE (Ley Nº 29719. Ley que promueve la convivencia sin violencia en las Instituciones Educativas). 3 Implementación de acciones de prevención de la violencia con estudiantes, familias y personal de la IE o programa  Buen inicio del año escolar (marzo del 2023) Planificación de TOECE.  Talleres vivenciales, charlas, capacitaciones, con estudiantes, familias y personal de la IE para la promoción de la convivencia, la prevención y atención de la violencia escolar  Elaboración del Plan TOECE en la IE y el cronograma de actividades.  Desarrollo de talleres, capacitación a directivos y docentes sobre gestión de la Tutoría y Orientación Educativa en la IE.  Promoción del acompañamiento al estudiante y familias en el marco de la TOE. Seguimiento a las acciones de Tutoría individual. 4 Atención oportuna de situaciones de violencia contra niñas, niños y adolescentes de acuerdo a los protocolos vigentes.  Capacitación, seguimiento y acompañamiento a docentes sobre implementación de los protocolos vigentes para la atención oportuna en situaciones de violencia escolar.  Orientaciones para la protección de los estudiantes (DS N° 0042018- MINEDU) “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”. 5 Establecimiento de una red de protección para la prevención y atención de la violencia escolar.  Articulación de acciones con la Mesa de TOECE UGEL 04.  Difusión de las acciones de la Mesa de TOECE a las II.EE.  Establecimiento de alianzas con las instituciones integrantes de la Mesa de TOECE a las II.EE.  Ejecución de al menos 3 actividades con las familias en las II.EE. TEMAS SUGERIDOS PARA EL AÑO ESCOLAR 2023 ABRIL EL BUEN TRATO MAYO SOY TOLERANTE ANTE LAS DIFERENCIAS JUNIO ME VALORO COMO SOY – AUTOESTIMA JULIO CONOCIENDO LAS COSTUMBRES Y TRADICIONES DE MI COMUNIDAD AGOSTO IDENTIFICANDO PELIGROS DE LAS REDES SOCIALES SETIEMBRE BASTA DEL BULLING, RESPETO Y NO DISCRIMINACION OCTUBRE ME PONGO EN EL LUGAR DEL OTRO - LA EMPATÍA NOVIEMBRE PREVENCION DE LA VIOLENCIA DICIEMBRE TRABAJAMOS EN EQUIPO – COMPAÑERISMO
  • 18. VIII. RECURSOS HUMANOS MATERIALES ECONÓMICOS Directivos Coordinadores Coordinadores de convivencia escolar Integrantes del comité de tutoría Tutores Padres de familia Personal administrativo Promotor de TOE Aliados estratégicos PC Laptop Multimedia Carpetas Fichas Útiles de escritorio Celulares Internet Donaciones Recursos propios IX. EVALUACIÓN La evaluación se realizará a través de un análisis del desarrollo de las actividades ejecutadas que permitirá descubrir si los objetivos planteados se han cumplido o no, lo que reforzará los logros y ayudará a superar las dificultades y culminará con la elaboración de un informe que será socializado en la jornada de reflexión y en la rendición de cuentas al final del año. Lic. Pedro Palomino Castro Lic. Indira Vera Llanos Lic. BAZAN MUÑOZ Lucero Director Sub Directora Coordinador de TOE Lic. SALCEDO Carmen Lic. Ricse Alarcón Jhakelin Responsable de Convivencia Responsable de Inclusión Escolar y SISEVE