Seguro que estás al tanto de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, pero... ¿qué pasa con los animales? Pues ellos también tienen una Declaración, entérate de cómo es.
Enfermería
En esta presentación quise dar a conocer que en nuestra carrera nos preocupamos también por el medio en el que vivimos y como lo tenemos que llevar.
La declaración, proclamada el 15 de octubre de 1978, fue aprobada por la
Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Enfermería
En esta presentación quise dar a conocer que en nuestra carrera nos preocupamos también por el medio en el que vivimos y como lo tenemos que llevar.
La declaración, proclamada el 15 de octubre de 1978, fue aprobada por la
Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
2. Los Derechos de los Animales
Seguramente has escuchado acerca de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos. Pero …. ¿existe tal cosa
como la Declaración Universal de los Derechos de los
Animales?
3. ¡Pues sí la hay!
En septiembre de 1977, La liga Internacional de los Derechos
de los Animales, se reunió en Londres para proclamar la
Declaración Universal de los Derechos de los Animales. En
esta presentación le echaremos un vistazo a cada uno de
estos 14 derechos.
4. Todos los animales nacen iguales ante la vida y
tienen los mismos derechos a la existencia.
Artículo 1
6. Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos
crueles. Si es necesaria la muerte de un animal, ésta
debe ser instantánea, indolora y no generadora de
angustia.
Artículo 3
8. Todo animal perteneciente a una
especie que viva tradicionalmente en
el entorno del Hombre tiene derecho a
vivir y a crecer al ritmo y en las
condiciones de vida y libertad que
sean propias de su especie.
Toda modificación de dicho
ritmo o dichas condiciones que
fuera impuesta por el Hombre
con fines mercantiles es
contraria a dicho derecho.
Artículo 5
9. Artículo 6
Todo animal que el Hombre ha escogido como
compañero, tiene el derecho a que la duración de su vida
sea conforme a su longevidad. El abandono de un animal
es un acto cruel y degradante.