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Principios del servicio


Para llevar a cabo un servicio son necesarias las bases fundamentales, es decir, los principios del servicio, los cuales
pueden servir de guía para adiestrar o capacitar a los empleados encargados de esta vital actividad económica, así
como proporcionar orientación de cómo mejorar. Los principios del servicio se dividen en principios básicos del servicio
y principios del servicio al cliente.

Principios básicos del servicio

Los principios básicos del servicio son la filosofía subyacente de este, que sirven para entenderlo y, a su vez, aplicarlo
de la mejor manera para el aprovechamiento de sus beneficios por la empresa.


      1.   Actitud de servicio: Convicción íntima de que es un honor servir.
      2.   Satisfacción del usuario: Intención de vender satisfacción más que productos.
      3.   Dado el carácter transitorio, inmediatista y variable de los servicios, se requiere una actitud positiva, dinámica
            y abierta: esto es, la filosofía de “todo problema tiene una solución”, si se sabe buscar.
      4.   Toda la actividad se sustenta sobre bases éticas: es inmoral cobrar cuando no se ha dado nada ni se va a
            dar.
      5.   El buen servidor es quien se encuentra satisfecho dentro de la empresa, situación que lo estimula a servir
            con gusto a los clientes: no se puede esperar buenos servicios a quien se siente esclavizado, frustrado,
            explotado y respira hostilidad contra la propia empresa.
      6.   Tratando de instituciones de autoridad, se plantea una continuidad que va desde el polo autoritario (el poder)
            hacia el polo democrático (el servicio): en el polo autoritario hay siempre el riesgo de la prepotencia y del
            mal servicio. Cuanto más nos alejemos del primer polo, mejor estaremos.
Principios del servicio al cliente

Existen diversos principios que se deben seguir al llevar a cabo el servicio al cliente, estos pueden facilitar la visión que
se tiene acerca del aspecto más importante del servicio, el cliente.


      1.   Hacer de la calidad un hábito y un marco de referencia.
      2.   Establecer las especificaciones de los productos y servicios de común acuerdo con todo el personal y con los
            clientes y proveedores.
      3.   Sistemas, no sonrisas. Decir “por favor”, "corazón" y “gracias” no le garantiza que el trabajo resulte bien a la
            primera. En cambio los sistemas sí le garantizan eso.
      4.   Anticipar y satisfacer consistentemente las necesidades de los clientes.
      5.   Dar libertad de acción a todos los empleados que tengan trato con los clientes, es decir, autoridad para
            atender sus quejas.
      6.   Preguntar a los clientes lo que quieren y dárselo una y otra vez, para hacerlos volver.
      7.   Los clientes siempre esperan el cumplimiento de su palabra. Prometer menos, dar más.
      8.   Mostrar respeto por las personas y ser atentos con ellas.
      9.   Reconocer en forma explícita todo esfuerzo de implantación de una cultura de calidad. Remunerar a sus
            empleados como si fueran sus socios (incentivos).
      10. Investigar quiénes son los mejores y cómo hacen las cosas, para apropiarse de sus sistemas, para después
            mejorarlos.
      11. Alentar a los clientes a que digan todo aquello que no les guste, así como manifiesten lo que sí les agrada.
      12. No dejar esperando al cliente por su servicio, por que todo lo demás pasará desapercibido por él, ya que
            estará molesto e indispuesto a cualquier sugerencia o aclaración, sin importar
PRINCIPIOS Y NORMAS QUE RIGE EL SECTOR DE
                                 TRANSPORTES

NORMAS SOBRE EL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE


Estas normas se rige por el ministerio de Transporte


      .
DECRETO SUPREMO




058 Aprueba Reglamento Nacional de Vehículos 12.10.03                           12/10/2003

006 Establecen disposiciones referidas a ómnibus ensamblados sobre chasis de    20/02/2004
    vehículos de carga, habilitados para el servicio de transporte
    interprovincial de pasajeros

004 Modifica artículo del DS 006-2004-MTC referente al empadronamiento de       10/02/2005
    vehiculos habilitados para el servicio de transporte interprovincial de
    pasajeros

035 Establecen el Sistema de Control en Garitas de Peaje "Tolerancia Cero"      30/10/2006

036 Dictan medidas adicionales para agilizar el Sistema de Control en Garitas   22/11/2006
    de Peaje "Tolerancia Cero" y modifican cronograma de recarnetización de
    Licencias de Conducir de la Clase A Categorías II Profesional y III
    Profesional Especializado

022 Modifican cronograma de exigibilidad de Certificado de Operatividad para    08/07/2007
    vehículos de transporte de mercancías a que se refiere el DS 004-2007-
    MTC

027 Disponen el reempadronamiento de vehículos quese encuentren inscritos       06/08/2007
    en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas

035 Modifican DS 022-2007-MTC en lo referente a renovaciones de                 30/09/2007
    autorizaciones otorgadas a Entidades Verificadoras por la Dirección
    General de Transporte Terrestre

017 Reglamento Nacional de Administración de Transporte                         22/04/2009

023 Modifican Reglamento Nacional de Administración de Transportes - DS         29/06/2009
    017-2009-MTC

006 Modifica Reglamento Nacional de Administración de Transportes - DS 017-     22/01/2010
    2009-MTC

037 Modifica Reglamento Nacional de Vehículos - DS 058-2003-MTC                 28/07/2010

053 Modifica Reglamento Nacional de Vehículos - DS 058-2003-MTC                 11/11/2010

004 Incorpora Disposición Complementaria Final al Reglamento Nacional de        11/01/2011
    Administración de Transporte, aprobado por DS 017-2009-MTC

009 Modifica Reglamento Nacional de Administración de Transporte - DS 017-      26/02/2011
    2009-MTC
033 Modifica Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado         16/07/2011
    por DS 017-2009-MTC, e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional
    de Vehículos, aprobado por DS 058-2003-MTC y al Reglamento de Placa
    Única Nacional de Rodaje aprobado por DS 017-2008-MTC

040 Decreto Supremo que incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de         31/12/2011
    Administración de Transporte, DS 017-2009-MTC

003 Modifica e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de                  31/03/2012
    Administración de Transporte aprobado por DS 017-2009-MTC

004 Establece Régimen Excepcional para la autorización de la prestación del       03/04/2012
    Servicio de Transporte Terrestre Regular de Personas en los días festivos

006 Modifica e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de                  29/06/2012
    Administración de Transporte, aprobado por DS 017-2009-MTC, y modifica
    el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado
    por DS 025-2008-MTC y DS 004-2012-MTC

010 Modifica e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de                  18/08/2012
    Administración de Transporte, aprobado por DS 017-2009-MTC, y modifica
    el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y
    No Motorizados de Transporte terrestre aprobado por DS 040-2008-MTC y
    establece otras disposiciones


RESOLUCIÓN DIRECTORAL




1803   Modificación de la Directiva 001-2000-MTC/15.18 Registro Especial de       13/10/2000
       Transportistas de Carga de Explosivos de Uso Civil, Insumos y Conexos

2639   Directiva 03-2004-MTC/15 Aplicación Oportuna del Principio de Privilegio   11/06/2004
       de Controles Posteriores

4345   Formato de Certificado de Habilitación Vehicular para Transporte           16/09/2005
       Turistico

4346   Formato de Constancia de Empadronamiento a expedirse de acuerdo a          16/09/2005
       lo dispuesto por el D.S. Nº 006-2004-MTC

1861   Establecen disposiciones aplicables a Entidades de Capacitación            02/04/2006
       autorizadas por la DGCT relativas a la presentación de plan de estudios,
       evaluaciones a conductores y otras informaciones

1860   Aprueban formatos de Certificados de Constatación de Características       03/04/2006
       para vehículos que se oferten a fin de prestar servicios de transporte
       interprovincial de personas o mercancías

2556   Modifican el formato de Tarjeta de Habilitación Genérica                   22/05/2006

4777   Incorporan fecha de viaje en el formato de Hoja de Ruta para el servicio   09/08/2006
       de transportes interprovincial regular de personas

5875   Aprueban formato del Certificado de Operatividad de vehículos que se       09/11/2006
       habiliten para el servicio de transporte de pasajeros por carretera ente
       Tacna y Arica

6475   Aprueban Formato de Récord de Conductor                                    11/11/2006
6653   Establecen Garitas de Peaje Piloto para el funcionamiento del Sistema de   15/11/2006
       Control en Garitas "Tolerancia Cero" y el procedimiento para
       intervención

711    Aprueban nuevo Formato de Control en Garitas "Tolerancia Cero"             15/02/2007

12354 Directiva "Reempadronamiento de vehículos inscritos en el Registro          07/08/2007
      Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros, que prestan servicio de
      transporte interprovincial de pasajeros por carretera"

15403 Establecen disposiciones complementarias para aplicación del DS 037-        30/11/2007
      2007-MTC, que establece el control de los cinturones de seguridad en el
      marco del plan Tolerancia Cero

15288 Aprueban Directiva "Guía Metodologica de Contenido de los Estudios de       06/12/2007
      Impacto Vial" que se presentará al Ministerio den cumplimiento de lo
      dispuesto en el DS 037-2007-MTC

4199   Aprueba Directiva Nº 002-2008-MTC/15 "Directiva queestablece               08/04/2008
       medidas complementarias para el control y monitoreo de unidades
       vehiculares a través de dispositivos de ubicación de conexión
       inalámbrica"

6154   Incorporan información a qeu se contrae Formato dispuesto por RD           01/05/2008
       2809-2005-MTC/15

8444   Modifican Directiva aprobada por RD 4199-2008-MTC/15                       03/07/2008

9225   Establecen medidas complementarias para el cumplimiento de la              08/08/2008
       obligación a cargo de los transportistas del servicio de transporte
       terrestre de inscribir la nómina de conductores capacitados

2304   Aprueban formato de Acta de Control en la que constará los resultados      15/07/2009
       de las acciones de control del inspector de transporte terrestre y será
       empleado en el Sistema de Control de Garitas de Peaje "Tolerancia
       Cero"

2504   Aprueban Formato de Papeletas de Infracción al Tránsito en la Red Vial     25/07/2009
       Nacional y Departamental o Regional

367    Aprueban requisitos mínimos de botiquín que deberán portar los             08/03/2010
       vehículos destinados a los servicios de transporte terrestre de personas
       y mixto de ámbito nacional, regional y provincial, así como de
       mercancías

1011   Modifican RD 367-2010-MTC/15                                               21/04/2010

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       información que debe contener la Tarjeta Única de Circulación"
¿TRATAMIENTO DE IGV COMPRAS EN UNA EMPRESA DE TRANSPORTES DE

                                               SERVICIO PUBLICO?


        el tratamiento de IGV en una empresa de transporte de pasajeros publico, es bien
        sabido que esta exonerado de IGV la venta de pasajes(BOLETO DE VIAJE), pero esta
        gravada con el IGV las encomiendas (BOLETA DE VENTA Y/O FACTURA).

        Sabido esto se hacen compras de combustibles, repuestos, y otros, los cuales estan
        gravados con el IGV.

        como determino que porcentaje de IGV de compras, es para las ventas gravadas,
        puesto que es muy dificil diferenciar que compras se hicieron para el transporte de
        pasajeros y que compras se hicieron para las encomiendas; por que regularmente se
        hace el servicio de pasajeros conjuntamente las encomiendas en un mismo viaje; o
        simplemente considero todo el IGV de compras en su totalidad.

Algunos servicios de transporte se encuentran excluidos del impuesto a las ventas; otros
están gravados a la tarifa general del impuesto a las ventas.

Sobre el respecto, dice el artículo 476 del estatuto tributario [que contempla los servicios
excluidos del impuesto a las ventas] en el numeral 2:

El servicio de transporte público, terrestre, fluvial y marítimo de personas en el
territorio nacional, y el de transporte público o privado nacional e internacional de carga
marítimo, fluvial, terrestre y aéreo. Igualmente, se exceptúan el transporte de gas e
hidrocarburos.

De esta norma se desprende que el transporte público de pasajeros, ya sea terrestre o
marítimo, está excluidos del impuesto a las ventas.

El transporte público o privado de carga, nacional o internacional, ya sea terrestre,
marítima o aérea, está excluido del impuesto a las ventas.

Aquí vemos que el transporte de carga es excluido, tanto si se trata de transporte público
o privado, lo cual no sucede en el transporte de pasajeros.

La norma establece que el transporte público de pasajeros es excluido del Iva, más no se
refiere al transporte privado de pasajeros, luego, hay que concluir que el transporte
privado de pasajeros está gravado con el Iva a la tarifa general.

Respecto al transporte aéreo de pasajeros, está gravado con el impuesto a las ventas,
excepto el prestado en destinos donde no hay transporte terrestre, según lo contempla el
numeral del artículo 20 476 del estatuto tributario:

El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales
donde no exista transporte terrestre organizado.
Así las cosas, el transporte aéreo de personas, tanto nacional como internacional está
gravado con Iva a la tarifa general, con la excepción ya expuesta.

Respecto al Iva en el transporte aéreo, la norma considera tratamientos especiales en los
siguientes casos:

Artículo 421-1.Iva para tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior.
También estarán sujetos al gravamen del IVA los tiquetes aéreos internacionales
adquiridos en el exterior para ser utilizados originando el viaje en el territorio nacional.

Corresponderá a la compañía aérea, al momento de su utilización, liquidar y efectuar el
recaudo del impuesto sobre la tarifa vigente en Colombia para la ruta indicada en el
tiquete.

Artículo 461. Base gravable en servicio de transporte internacional de pasajeros.
En el caso del servicio de transporte internacional de pasajeros de que trata el artículo
476 numeral 6o, el impuesto se liquidará, sobre el valor total del tiquete u orden de
cambio cuando éstos se expidan de una vía solamente y sobre el cincuenta por ciento
(50%) de su valor cuando se expidan de ida y regreso.

Cuando la base gravable esté estipulada en moneda extranjera, será el equivalente en
moneda nacional, con aplicación del tipo de cambio vigente en la fecha de emisión del
tiquete o de la orden de cambio.

        Impuesto vehicular
        :http://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/contenidos/tri_ImpVeh_
        info.aspx

        Las empresas de transporte, por ser personas jurídicas son agentes de retención, de
        conformidad con el artículo 368 del estatuto tributario.

        http://www.gerencie.com/retencion-en-la-fuente-en-empresas-de-
        transporte.html

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DIRECTIVA 02-2015-SERVIR/GPGSC RÉGIMEN DISCIPLINARIO Y PROCEDIMIENTO SANCIONA...
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Directiva 02 2015-regimendiciplinario ley30057leydelserviciocivil
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Principios del servicio y transporte

  • 1. Principios del servicio Para llevar a cabo un servicio son necesarias las bases fundamentales, es decir, los principios del servicio, los cuales pueden servir de guía para adiestrar o capacitar a los empleados encargados de esta vital actividad económica, así como proporcionar orientación de cómo mejorar. Los principios del servicio se dividen en principios básicos del servicio y principios del servicio al cliente. Principios básicos del servicio Los principios básicos del servicio son la filosofía subyacente de este, que sirven para entenderlo y, a su vez, aplicarlo de la mejor manera para el aprovechamiento de sus beneficios por la empresa. 1. Actitud de servicio: Convicción íntima de que es un honor servir. 2. Satisfacción del usuario: Intención de vender satisfacción más que productos. 3. Dado el carácter transitorio, inmediatista y variable de los servicios, se requiere una actitud positiva, dinámica y abierta: esto es, la filosofía de “todo problema tiene una solución”, si se sabe buscar. 4. Toda la actividad se sustenta sobre bases éticas: es inmoral cobrar cuando no se ha dado nada ni se va a dar. 5. El buen servidor es quien se encuentra satisfecho dentro de la empresa, situación que lo estimula a servir con gusto a los clientes: no se puede esperar buenos servicios a quien se siente esclavizado, frustrado, explotado y respira hostilidad contra la propia empresa. 6. Tratando de instituciones de autoridad, se plantea una continuidad que va desde el polo autoritario (el poder) hacia el polo democrático (el servicio): en el polo autoritario hay siempre el riesgo de la prepotencia y del mal servicio. Cuanto más nos alejemos del primer polo, mejor estaremos. Principios del servicio al cliente Existen diversos principios que se deben seguir al llevar a cabo el servicio al cliente, estos pueden facilitar la visión que se tiene acerca del aspecto más importante del servicio, el cliente. 1. Hacer de la calidad un hábito y un marco de referencia. 2. Establecer las especificaciones de los productos y servicios de común acuerdo con todo el personal y con los clientes y proveedores. 3. Sistemas, no sonrisas. Decir “por favor”, "corazón" y “gracias” no le garantiza que el trabajo resulte bien a la primera. En cambio los sistemas sí le garantizan eso. 4. Anticipar y satisfacer consistentemente las necesidades de los clientes. 5. Dar libertad de acción a todos los empleados que tengan trato con los clientes, es decir, autoridad para atender sus quejas. 6. Preguntar a los clientes lo que quieren y dárselo una y otra vez, para hacerlos volver. 7. Los clientes siempre esperan el cumplimiento de su palabra. Prometer menos, dar más. 8. Mostrar respeto por las personas y ser atentos con ellas. 9. Reconocer en forma explícita todo esfuerzo de implantación de una cultura de calidad. Remunerar a sus empleados como si fueran sus socios (incentivos). 10. Investigar quiénes son los mejores y cómo hacen las cosas, para apropiarse de sus sistemas, para después mejorarlos. 11. Alentar a los clientes a que digan todo aquello que no les guste, así como manifiesten lo que sí les agrada. 12. No dejar esperando al cliente por su servicio, por que todo lo demás pasará desapercibido por él, ya que estará molesto e indispuesto a cualquier sugerencia o aclaración, sin importar
  • 2. PRINCIPIOS Y NORMAS QUE RIGE EL SECTOR DE TRANSPORTES NORMAS SOBRE EL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE Estas normas se rige por el ministerio de Transporte . DECRETO SUPREMO 058 Aprueba Reglamento Nacional de Vehículos 12.10.03 12/10/2003 006 Establecen disposiciones referidas a ómnibus ensamblados sobre chasis de 20/02/2004 vehículos de carga, habilitados para el servicio de transporte interprovincial de pasajeros 004 Modifica artículo del DS 006-2004-MTC referente al empadronamiento de 10/02/2005 vehiculos habilitados para el servicio de transporte interprovincial de pasajeros 035 Establecen el Sistema de Control en Garitas de Peaje "Tolerancia Cero" 30/10/2006 036 Dictan medidas adicionales para agilizar el Sistema de Control en Garitas 22/11/2006 de Peaje "Tolerancia Cero" y modifican cronograma de recarnetización de Licencias de Conducir de la Clase A Categorías II Profesional y III Profesional Especializado 022 Modifican cronograma de exigibilidad de Certificado de Operatividad para 08/07/2007 vehículos de transporte de mercancías a que se refiere el DS 004-2007- MTC 027 Disponen el reempadronamiento de vehículos quese encuentren inscritos 06/08/2007 en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas 035 Modifican DS 022-2007-MTC en lo referente a renovaciones de 30/09/2007 autorizaciones otorgadas a Entidades Verificadoras por la Dirección General de Transporte Terrestre 017 Reglamento Nacional de Administración de Transporte 22/04/2009 023 Modifican Reglamento Nacional de Administración de Transportes - DS 29/06/2009 017-2009-MTC 006 Modifica Reglamento Nacional de Administración de Transportes - DS 017- 22/01/2010 2009-MTC 037 Modifica Reglamento Nacional de Vehículos - DS 058-2003-MTC 28/07/2010 053 Modifica Reglamento Nacional de Vehículos - DS 058-2003-MTC 11/11/2010 004 Incorpora Disposición Complementaria Final al Reglamento Nacional de 11/01/2011 Administración de Transporte, aprobado por DS 017-2009-MTC 009 Modifica Reglamento Nacional de Administración de Transporte - DS 017- 26/02/2011 2009-MTC
  • 3. 033 Modifica Reglamento Nacional de Administración de Transporte aprobado 16/07/2011 por DS 017-2009-MTC, e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por DS 058-2003-MTC y al Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje aprobado por DS 017-2008-MTC 040 Decreto Supremo que incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de 31/12/2011 Administración de Transporte, DS 017-2009-MTC 003 Modifica e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de 31/03/2012 Administración de Transporte aprobado por DS 017-2009-MTC 004 Establece Régimen Excepcional para la autorización de la prestación del 03/04/2012 Servicio de Transporte Terrestre Regular de Personas en los días festivos 006 Modifica e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de 29/06/2012 Administración de Transporte, aprobado por DS 017-2009-MTC, y modifica el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por DS 025-2008-MTC y DS 004-2012-MTC 010 Modifica e incorpora disposiciones al Reglamento Nacional de 18/08/2012 Administración de Transporte, aprobado por DS 017-2009-MTC, y modifica el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte terrestre aprobado por DS 040-2008-MTC y establece otras disposiciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL 1803 Modificación de la Directiva 001-2000-MTC/15.18 Registro Especial de 13/10/2000 Transportistas de Carga de Explosivos de Uso Civil, Insumos y Conexos 2639 Directiva 03-2004-MTC/15 Aplicación Oportuna del Principio de Privilegio 11/06/2004 de Controles Posteriores 4345 Formato de Certificado de Habilitación Vehicular para Transporte 16/09/2005 Turistico 4346 Formato de Constancia de Empadronamiento a expedirse de acuerdo a 16/09/2005 lo dispuesto por el D.S. Nº 006-2004-MTC 1861 Establecen disposiciones aplicables a Entidades de Capacitación 02/04/2006 autorizadas por la DGCT relativas a la presentación de plan de estudios, evaluaciones a conductores y otras informaciones 1860 Aprueban formatos de Certificados de Constatación de Características 03/04/2006 para vehículos que se oferten a fin de prestar servicios de transporte interprovincial de personas o mercancías 2556 Modifican el formato de Tarjeta de Habilitación Genérica 22/05/2006 4777 Incorporan fecha de viaje en el formato de Hoja de Ruta para el servicio 09/08/2006 de transportes interprovincial regular de personas 5875 Aprueban formato del Certificado de Operatividad de vehículos que se 09/11/2006 habiliten para el servicio de transporte de pasajeros por carretera ente Tacna y Arica 6475 Aprueban Formato de Récord de Conductor 11/11/2006
  • 4. 6653 Establecen Garitas de Peaje Piloto para el funcionamiento del Sistema de 15/11/2006 Control en Garitas "Tolerancia Cero" y el procedimiento para intervención 711 Aprueban nuevo Formato de Control en Garitas "Tolerancia Cero" 15/02/2007 12354 Directiva "Reempadronamiento de vehículos inscritos en el Registro 07/08/2007 Nacional de Transporte Terrestre de Pasajeros, que prestan servicio de transporte interprovincial de pasajeros por carretera" 15403 Establecen disposiciones complementarias para aplicación del DS 037- 30/11/2007 2007-MTC, que establece el control de los cinturones de seguridad en el marco del plan Tolerancia Cero 15288 Aprueban Directiva "Guía Metodologica de Contenido de los Estudios de 06/12/2007 Impacto Vial" que se presentará al Ministerio den cumplimiento de lo dispuesto en el DS 037-2007-MTC 4199 Aprueba Directiva Nº 002-2008-MTC/15 "Directiva queestablece 08/04/2008 medidas complementarias para el control y monitoreo de unidades vehiculares a través de dispositivos de ubicación de conexión inalámbrica" 6154 Incorporan información a qeu se contrae Formato dispuesto por RD 01/05/2008 2809-2005-MTC/15 8444 Modifican Directiva aprobada por RD 4199-2008-MTC/15 03/07/2008 9225 Establecen medidas complementarias para el cumplimiento de la 08/08/2008 obligación a cargo de los transportistas del servicio de transporte terrestre de inscribir la nómina de conductores capacitados 2304 Aprueban formato de Acta de Control en la que constará los resultados 15/07/2009 de las acciones de control del inspector de transporte terrestre y será empleado en el Sistema de Control de Garitas de Peaje "Tolerancia Cero" 2504 Aprueban Formato de Papeletas de Infracción al Tránsito en la Red Vial 25/07/2009 Nacional y Departamental o Regional 367 Aprueban requisitos mínimos de botiquín que deberán portar los 08/03/2010 vehículos destinados a los servicios de transporte terrestre de personas y mixto de ámbito nacional, regional y provincial, así como de mercancías 1011 Modifican RD 367-2010-MTC/15 21/04/2010 3250 Resuelve Condiciones técnicas adicionales que deben cumplir las 17/11/2010 Entidades Certificadoras de Conformidad de Fabricación, Modificación y Montaje, para expedir el Informe Técnico de Constatación de Remanufactura del motor, parte o pieza usado destinado a un vehículo de transporte terrestre 3530 Aprueba Directiva "Características Técnicas y de Seguridad e 07/01/2011 información que debe contener la Tarjeta Única de Circulación"
  • 5. ¿TRATAMIENTO DE IGV COMPRAS EN UNA EMPRESA DE TRANSPORTES DE SERVICIO PUBLICO? el tratamiento de IGV en una empresa de transporte de pasajeros publico, es bien sabido que esta exonerado de IGV la venta de pasajes(BOLETO DE VIAJE), pero esta gravada con el IGV las encomiendas (BOLETA DE VENTA Y/O FACTURA). Sabido esto se hacen compras de combustibles, repuestos, y otros, los cuales estan gravados con el IGV. como determino que porcentaje de IGV de compras, es para las ventas gravadas, puesto que es muy dificil diferenciar que compras se hicieron para el transporte de pasajeros y que compras se hicieron para las encomiendas; por que regularmente se hace el servicio de pasajeros conjuntamente las encomiendas en un mismo viaje; o simplemente considero todo el IGV de compras en su totalidad. Algunos servicios de transporte se encuentran excluidos del impuesto a las ventas; otros están gravados a la tarifa general del impuesto a las ventas. Sobre el respecto, dice el artículo 476 del estatuto tributario [que contempla los servicios excluidos del impuesto a las ventas] en el numeral 2: El servicio de transporte público, terrestre, fluvial y marítimo de personas en el territorio nacional, y el de transporte público o privado nacional e internacional de carga marítimo, fluvial, terrestre y aéreo. Igualmente, se exceptúan el transporte de gas e hidrocarburos. De esta norma se desprende que el transporte público de pasajeros, ya sea terrestre o marítimo, está excluidos del impuesto a las ventas. El transporte público o privado de carga, nacional o internacional, ya sea terrestre, marítima o aérea, está excluido del impuesto a las ventas. Aquí vemos que el transporte de carga es excluido, tanto si se trata de transporte público o privado, lo cual no sucede en el transporte de pasajeros. La norma establece que el transporte público de pasajeros es excluido del Iva, más no se refiere al transporte privado de pasajeros, luego, hay que concluir que el transporte privado de pasajeros está gravado con el Iva a la tarifa general. Respecto al transporte aéreo de pasajeros, está gravado con el impuesto a las ventas, excepto el prestado en destinos donde no hay transporte terrestre, según lo contempla el numeral del artículo 20 476 del estatuto tributario: El transporte aéreo nacional de pasajeros con destino o procedencia de rutas nacionales donde no exista transporte terrestre organizado.
  • 6. Así las cosas, el transporte aéreo de personas, tanto nacional como internacional está gravado con Iva a la tarifa general, con la excepción ya expuesta. Respecto al Iva en el transporte aéreo, la norma considera tratamientos especiales en los siguientes casos: Artículo 421-1.Iva para tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior. También estarán sujetos al gravamen del IVA los tiquetes aéreos internacionales adquiridos en el exterior para ser utilizados originando el viaje en el territorio nacional. Corresponderá a la compañía aérea, al momento de su utilización, liquidar y efectuar el recaudo del impuesto sobre la tarifa vigente en Colombia para la ruta indicada en el tiquete. Artículo 461. Base gravable en servicio de transporte internacional de pasajeros. En el caso del servicio de transporte internacional de pasajeros de que trata el artículo 476 numeral 6o, el impuesto se liquidará, sobre el valor total del tiquete u orden de cambio cuando éstos se expidan de una vía solamente y sobre el cincuenta por ciento (50%) de su valor cuando se expidan de ida y regreso. Cuando la base gravable esté estipulada en moneda extranjera, será el equivalente en moneda nacional, con aplicación del tipo de cambio vigente en la fecha de emisión del tiquete o de la orden de cambio. Impuesto vehicular :http://www.sat.gob.pe/Websitev8/modulos/contenidos/tri_ImpVeh_ info.aspx Las empresas de transporte, por ser personas jurídicas son agentes de retención, de conformidad con el artículo 368 del estatuto tributario. http://www.gerencie.com/retencion-en-la-fuente-en-empresas-de- transporte.html