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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL
CHATARREO DE UNIDADES VEHICULARES
DEL ÁREA DE INFLUENCIA DEL COSAC 1
CONTENIDO
1. ANTECEDENTES ................................................................................................................. 3
2. OBJETIVO ............................................................................................................................. 5
3. MARCO LEGAL..................................................................................................................... 5
4. ALCANCES............................................................................................................................ 6
5. DEFINICIONES.................................................................................................................... 6
6. MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - MML ............................................ 8
7. EMPRESA DE DESGUACE Y CHATARREO.................................................................. 9
8. EMPRESA CERTIFICADORA.......................................................................................... 11
9. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE CHATARREO DE UNIDADES
VEHICULARES DEL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA LÍNEA 1 DEL SETMLC........ 12
10. PROCEDIMIENTOS.................................................................................................... 12
1. ANTECEDENTES
La Municipalidad Metropolitana de Lima ha venido aplicando distintas medidas
con el fin de mejorar el sistema de transporte urbano en la ciudad. Una de estas
medidas ha sido la ejecución e implementación del Corredor Segregado de Alta
Capacidad I (Cosac I) o El Metropolitano, el cual constituye un esquema de BTR
- buses de tránsito rápido y masivo - que une los distritos de los conos sur y
norte de la ciudad.
Como parte de las medidas que garanticen las condiciones de operación de El
Metropolitano, la municipalidad consideró necesario aplicar el Plan de Chatarreo
de Vehículos de Transporte Público. Este plan tendría como meta retirar en un
primer momento y de forma progresiva los vehículos de transporte público que
operan en rutas que se superponen con la ruta troncal y rutas alimentadoras de
El Metropolitano.
En Noviembre del 2009, la Gerencia de Transporte Urbano, mediante convenio
de colaboración institucional que suscrito entre la Municipalidad Metropolitana de
Lima y el instituto Metropolitano Protransporte de Lima – Protransporte, realizó el
estudio de Racionalización de rutas dentro del área de intangibilidad del Cosac I,
donde se determinó 179 rutas que operan en la indicada área.
Mediante Acuerdo Nº 075-2011, correspondiente a la Sesión de Directorio Nº
020-2011 del 21.10.2011, se aprobó la conformación de una Comisión Especial
encargada de diseñar el proceso de chatarreo vehicular, proponiendo los
lineamientos aplicables al tanto al fondo de chatarreo del COSAC I, como a
cualquier otro fondo que proponga la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 022-2011, de fecha
28.11.2011, se aprobó la implementación de un Plan Piloto para la ejecución de
fideicomisos de chatarreo, que comprende un total de 16 unidades,
reconociéndose a los participantes del programa, un bono de chatarreo
conforme a lo recomendado por la Empresa Apoyo Consultoría través de su
estudio denominado “Propuesta de Implementación del Plan de Chatarreo para
Vehículos de Transporte Público” de noviembre de 2011. El mencionado Plan,
con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 03-2012 de fecha
01.02.2012, se autorizó ampliarlo a un total 100 (cien) vehículos.
Con fecha 05.01.2012, mediante Acuerdo correspondiente a la Sesión de
Directorio Nº 01-2012, se creó el Proyecto Especial Corredores
Complementarios, a fin de que PROTRANSPORTE pueda desarrollar: (i)
Mitigación Social, (ii) Chatarreo y (iii) Adecuación de Operadores al COSAC II y
Corredores Complementarios.
Que, mediante Ordenanza Nº 1595, de fecha 27.03.2012, la Municipalidad
Metropolitana de Lima aprueba la “Ordenanza que regula las disposiciones
aplicables a los programas de chatarreo de vehículos de transporte de personas
que implemente la Municipalidad Metropolitana de Lima”, disponiéndose además
la creación del Programa de Chatarreo y encargándosele al Instituto
Metropolitano de Protransporte de Lima y a la Gerencia de Transporte Urbano de
la Municipalidad Metropolitana de Lima la ejecución de este programa..
Con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 010-2012, de fecha
10.05.2012, se aprueba modificar el acuerdo mediante el cual se aprobó el
Proyecto Especial de PROTRANSPORTE del 05.01.2012, disponiendo que a
partir del 22.04.2012 se transferencia el Programa de Chatarreo Vehicular a la
Gerencia Comercial de la entidad.
Así mismo, con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 022-2012,
de fecha 30.10.2012, se aprueba dejar sin efecto a la fecha la Comisión Técnica
de Chatarreo, constituida en la Sesión de Directorio Nº 20-2011 del 21.10.2011,
quedando por tanto, las funciones de la misma a cargo del Programa de
Chatarreo en la Gerencia Comercial del Instituto Metropolitano de Protransporte
de Lima.
Con fecha 16.02.2012, la AATE, adjudicó a la empresa Consultora DEUMAN
SAC el desarrollo del Estudio denominado: “Plan de Chatarreo de Vehículos de
Transporte Público de Pasajeros en el Área de Influencia de la Línea 1 del
Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao”. Resultado del Estudio
se definió que la implementación del Plan de Chatarreo significaría la salida de
3,660 vehículos de transporte público, es decir, 2,066 Camionetas Rurales,
1,236 Microbuses y 358 Omnibuses que deberían destinarse al chatarreo. El
Estudio también sugirió la participación de la Municipalidad Metropolitana de
Lima - MML como entidad ejecutora del Plan de Chatarreo.
En junio del 2012, APOYO CONSULTORIA S.A.C. presentó el estudio
“Propuesta de implementación del Plan de Chatarreo para vehículos de
transporte público” El objetivo de este estudio es elaborar una estrategia para la
implementación del Plan de Chatarreo que permita retirar en un primer momento,
y de forma progresiva, los vehículos de transporte público que operan en rutas
que se superponen con las rutas troncales y alimentadoras de El Metropolitano,
en el que indicaba una serie de lineamientos a aplicar.
Finalmente, Protransporte has formulado un PIP: “Mejoramiento de la calidad del
aire mediante el retiro de vehículos de transporte público de pasajeros en el área
de influencia de la troncal del COSAC, Provincia de Lima - Lima”, cuyo objetivo
central es: reducir el nivel de emisiones contaminantes producto del transporte
público de pasajeros dentro del área de influencia de la troncal del COSAC. Lo
cual se logrará mediante el retiro de unidades vehiculares obsoletas del servicio
de transporte público, planteándose el retiro definitivo de las vehículos de
transporte público de pasajeros que se superponen o cruzan a la troncal del
COSAC, es decir de aquellas mayores de 20 años mediante el desguace y
chatarreo de los vehículos, en un número de 513 unidades.
2. OBJETIVO
Establecer los procedimientos administrativos y técnicos que permitan:
 Gestionar el retiro definitivo del vehículo a ser chatarrizado, del
Registro de Propiedad Vehicular y del Sistema Nacional de Tránsito;
 Anular su tarjeta de circulación, retiro del vehículo del padrón
vehicular de la empresa y reducir la capacidad de flota de la empresa
de transportes en la ruta correspondiente; y
 Regular el procedimiento técnico para efectuar el proceso de
desguace y chatarreo de la unidad vehicular bajo condiciones óptimas
de seguridad, protección ambiental y calidad de servicio, según la
normativa vigente.
3. MARCO LEGAL
 Ordenanza Nº 954, Establece los Lineamientos de política Municipal
de Transporte Público Urbano para el área metropolitana.
 Ordenanza Nº 1595, que aprueba disposiciones aplicables a los
programas de chatarreo de vehículos de transporte de personas que
implemente la Municipalidad Metropolitana de Lima
 Decreto Supremo Nº 213-2007- EF, que crea el Régimen Temporal de
Renovación del Parque Automotor para fomentar el cambio de matriz
energética.
 Decreto Supremo Nº 052-2008-MTC, modifica el Art. 7º del D.S Nº
213-2007-EF.
 Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, aprueba el Reglamento del
Régimen Temporal para Renovación del Parque Automotor de
vehículos Diesel.
 Resolución Directoral Nº 035-2008-MTC/16, aprueban Directiva que
regula el Tratamiento Final de los Residuos Generados por el Proceso
de Chatarreo de Vehículos.
 Resolución Directoral Nº 8078-2008-MTC/15, aprueban Directiva que
regula el tratamiento final de los artículos desguazados de los
vehículos acogidos a la Renovación de Vehículos.
 Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos
 Ley N° 29177, del Programa Especial de incentivos para la sustitución
de los Omnibuses ensamblados sobre chasis de camión del Servicio
de Transporte Terrestre Interprovincial de pasajeros.
 Decreto Supremo N° 020-2008-MTC, que aprueba el Reglamento del
Programa Especial de incentivos para la sustitución de los Omnibuses
ensamblados sobre chasis de camión del Servicio de Transporte
Terrestre Interprovincial de pasajeros.
 Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, aprueba el Reglamento de la
Ley Nº 27314.
 Decreto Legislativo Nº 1065, que modifica la Ley Nº 27314, Ley
General de Residuos Sólidos.
 Resolución Directoral N° 035-2008-MTC/16, aprueban Directiva que
regula el Tratamiento Final de Residuos Sólidos Generados por el
Proceso de Chatarreo de Vehículos.
 Resolución Directoral N° 8078-2008-MTC/15, aprueban Directiva que
regula el Tratamiento de los artículos desguazados de los vehículos
acogidos a la renovación de vehículos.
4. ALCANCES
Comprende desde el trámite de retiro definitivo de las unidades
vehiculares que serán materia del proceso de desguace y chatarreo del
Registro de Propiedad Vehicular y del Sistema Nacional de Tránsito,
hasta la emisión del Certificado de Desguace y Chatarreo de Vehículos,
incluyendo la comercialización de la chatarra y residuos reciclables
producto de este proceso.
5. DEFINICIONES
 PROTRANSPORTE: Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de Lima.
 ALMACENAMIENTO: Operación de acumulación temporal de residuos
sólidos y líquidos en condiciones técnicas como parte del sistema de
manejo hasta su disposición final.
 BENEFICIARIO: Persona natural o jurídica que tiene la condición de
propietario de una o más unidades vehiculares destinadas a la
prestación del servicio de transporte de personas y que han sido
declaradas aptas para el Chatarreo.
 CENTRO DE DESGUACE Y CHATARREO DE VEHÍCULOS: Instalación
que cuenta con la infraestructura y equipos necesarios para el
desguace y chatarreo de vehículos.
 CERTIFICADO DE DESGUACE Y CHATARREO DE VEHÍCULOS:
Documento emitido por la Entidad Certificadora del proceso de
chatarreo de vehículos, mediante el cual se acredita que un vehículo
determinado ha sido sometido al proceso de chatarreo.
 CITV: Certificado de Inspección Técnica Vehicular.
 CPIV: Certificado Policial de Identificación Vehicular.
 CHATARREO: Procedimiento llevado a cabo por el Centro de
Desguace y Chatarreo de Vehículos que consiste en desguazar,
deshacer y desintegrar físicamente un vehículo, así como destruir
todos los elementos componentes del mismo hasta convertirlos en
chatarra.
 DIGESA: Dirección General de Salud Ambiental, es el órgano técnico-
normativo en los aspectos relacionados al saneamiento básico, salud
ocupacional, higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente.
 DIROVE: División de Robo de Vehículos de la Policía Nacional del Perú
– PNP.
 EMPRESA CERTIFICADORA DEL PROCESO DE CHATARREO
VEHICULAR: Persona Jurídica encargada de la verificación y
certificación del inventario de componentes, partes y piezas; y las
condiciones de operatividad de las unidades vehiculares al momento
de su ingreso en el centro de desguace y chatarreo, así como que
estas hayan sido destruidas conforme al procedimiento establecido.
También certifican que el proceso de comercialización de la chatarra y
residuos reciclables se hayan realizado conforme a las condiciones de
la subasta pública.
 EMPRESA DE CHATARREO: Persona jurídica autorizada por DIGESA,
como Empresa Comercializadora de Residuos Sólidos encargada de
realizar el proceso de chatarreo de vehículos.
 EMPRESA COMERCIALIZADORA DE RESIDUOS SÓLIDOS U
OPERADOR/EC-RS: Persona jurídica que presta servicios de residuos
sólidos mediante una o varios mediante una o varias de las siguientes
actividades: limpieza de vías y espacios públicos, recolección y
transporte, transferencia, tratamiento o disposición final de residuos
sólidos.
 EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE RESIDUOS SÓLIDOS/EPS-
RS: Persona jurídica que presta servicios de residuos sólidos
mediante una o varias de las siguientes actividades: limpieza de vías
y espacios públicos, recolección y transporte, transferencia,
tratamiento o disposición final de residuos sólidos.
 EMPRESA SIDERURGICA: Persona jurídica de carácter técnico
metalúrgico, que se dedica a la fabricación y comercialización de
productos de acero.
 GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO - GTU: Es la Gerencia de
Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima que
tiene por finalidad de ejecutar la política de administración, desarrollo
y control del Servicio Público de Transporte Público de pasajeros, y el
tránsito en Lima Metropolitana.
 MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS: Toda actividad técnica operativa de
residuos sólidos que involucra manipuleo, acondicionamiento,
transporte, transferencia, tratamiento, disposición final o cualquier
otro procedimiento técnico operativo utilizado desde la generación
hasta la disposición final.
 MML: Municipalidad Metropolitana de Lima entidad ejecutora del Plan
de Chatarreo.
 Propietario del vehículo: Personal natural o jurídica propietario de una
unidad vehicular.
 PROCESO DE CHATARREO: Es el proceso de desguace y chatarreo de
unidades vehiculares de transporte público, hasta la comercialización
de la chatarra y los residuos reciclables obtenidos del proceso.
 RECICLAJE: Toda actividad que permite reaprovechar un residuo
sólido mediante un proceso de transformación para cumplir su fin
inicial u otros fines.
 RECUPERACIÓN: Toda actividad que permita reaprovechar partes de
sustancias o componentes que constituyen residuo sólido.
 RESIDUOS RECICLABLES: Componentes, partes y piezas recuperados
del vehículo que pueden ser reciclados.
 RELLENO SANITARIO: Instalación destinada a la disposición sanitaria
y ambientalmente segura de los residuos NO PELIGROSOS en la
superficie o bajo tierra, basados en los principios y métodos de la
Ingeniería Sanitaria y Ambiental.
 RELLENO SEGURIDAD: Instalación destinada a la disposición sanitaria
y ambientalmente segura de los residuos PELIGROSOS en la
superficie o bajo tierra, basados en los principios y métodos de la
Ingeniería Sanitaria y Ambiental.
 SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito
 SUNARP: Superintendencia Nacional de los Residuos Públicos.
 SUBASTA PÚBLICA: Acto público convocado por la empresa de
chatarreo para la comercialización de la chatarra y residuos
reciclables.
6. DEL INSTITUTO METROPOLITANO PROTRANSPORTE DE
LIMA
Las principales funciones de PROTRANSPORTE respecto al proceso de
chatarreo de unidades vehiculares de transporte público son:
 Administrar directamente o a través de terceros el proceso de
chatarreo de vehículos del área de influencia del COSAC 1.
 Contratar los servicios de la empresa de desguace y chatarreo y de la
empresa certificadora.
 Elaborar una base de datos del Patrón de unidades vehiculares de
transporte público que circulan en el área influencia del COSAC 1
registradas ante la Gerencia de Transporte Urbano GTU, un software
para la interacción de la base de datos y una plataforma web 2.0
para la difusión, interacción con el propietario de vehículo y realizar
una inscripción preliminar.
 Verificar y controlar que la unidad vehicular en proceso de
chatarrización figure bloqueada en el “Aplicativo de Control de
Unidades Vehiculares a Chatarrizar”.
 Verificar ante el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP, el
retiro definitivo de la unidad vehicular, así como la entrega por parte
del propietario de las dos placas de rodaje del vehículo a chatarrizar.
 Verificar ante la Gerencia de Transporte Urbano, la baja de la Unidad
Vehicular en el Patrón de Transporte Urbano de la GTU y la baja de la
Tarjeta de Circulación correspondiente.
 Recibir, registrar, escanear y archivar la Constancia de entrega de
unidad vehicular y Conformidad de estado operativo y el Certificado
de Desguace y Chatarreo de Vehículos.
 Fiscalizar el proceso de Desguace y Chatarreo vehicular a través de la
empresa Certificadora.
 Realizar el pago a la empresa de desguace y chatarreo y de la
empresa certificadora, por los servicios realizados, de conformidad
con el contrato de locación de servicios suscrito.
 Verificar la vigencia de todos los registros, permisos, autorizaciones
y licencias, creadas o por crear, tanto de la empresa de desguace y
chatarreo, así como de la certificadora.
7. EMPRESA DE DESGUACE Y CHATARREO
El 28 de enero de 2010 PROTRANSPORTE celebró un contrato de locación de
servicios La empresa de desguace y chatarreo que se encargue del Proceso
de Chatarreo debe estar constituida como una empresa jurídica a efectos de
brindar servicios como empresa comercializadora de residuos sólidos (EC-
RS).
La EC-RS debe estar inscrita en el Registro respectivo que administra la
DIGESA y contar con Licencia de Funcionamiento Municipal.
Respecto a la infraestructura y equipamiento, el centro de desguace y
chatarreo debe contar lo siguiente:
Infraestructura física:
 Zona de recepción y almacenamiento temporal
En la zona de recepción se verifica las condiciones del estado operativo
de la unidad vehicular a través de una lista de chequeo y documentación
administrativa pre establecida. Luego el vehículo es conducido por sus
propios medios a la zona de almacenamiento temporal donde queda a la
espera de su turno para iniciar el Proceso de Chatarreo.
Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón.
La zona de almacenamiento temporal debe contar con una instalación de
red de drenaje hacia la trampa de grasas y aceites.
 Zona de descontaminación
En esta zona se realiza la extracción del todos los materiales y fluidos de
carácter peligroso del vehículo.
Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón.
Además la zona de descontaminación debe contar con una instalación de
red de drenaje hacia la trampa de grasas y aceites.
 Zona de desmontaje y almacenamiento temporal
En la zona de desmontaje se realiza el desguace del vehículo y la
extracción de sus componentes los cuales son almacenados en la zona
de almacenamiento temporal según su categoría.
Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón y
contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y
aceites.
 Zona de almacenamiento de vehículos descontaminados
En esta zona se ubicará el vehículo descontaminado y desguazado a la
espera de la etapa de compactación.
Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón y
contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y
aceites.
 Zona de compactación
En esta zona se ubicará las partes del vehículo que se encuentran dentro
de la categoría I, listo para ser compactado.
Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón y
contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y
aceites.
 Área administrativa
Esta área comprende los siguientes espacios:
- Oficina de Administración de la Gestión de la Base de Datos
- Oficinas o ambientes para el personal directivo, técnico y
administrativo
- Vestidores para el personal técnico
- Servicios higiénicos para el personal que labora y/o visitantes
- Área de estacionamiento para el personal administrativo
Equipamiento Mecánico:
 Balanza
 Montacargas
 Cizalla hidráulica
 Compactadora
 Retroexcavadora con tijera
Respecto al equipo técnico, éste debe estar compuesto, al menos de, un
(01) Ingeniero Ambiental o afines con experiencia en seguridad, higiene
ocupacional y gestión de residuos; un (01) Ing. Mecánico o afines con
experiencia en desguace y reciclado de material ferroso; dos (02)
Operadores con experiencia en el manejo de la maquinaria pesada; cuatro
(04) Operarios con experiencia en desguace de maquinaria y dos (02)
técnicos en metal mecánica o mecánica automotriz.
Además la empresa debe contar con un Manual de Operaciones que
establezca los procesos y procedimientos para efectuar el servicio de
desguace y chatarreo de vehículos, incluyendo la comercialización de la
chatarra y residuos reciclables obtenidos del proceso. Esto con la finalidad
de garantizar un manejo sanitario y ambientalmente adecuado y así
minimizar los potenciales impactos negativos que puedan ocurrir en el
proceso, tal como lo establece la normativa vigente.
Las principales funciones de la empresa de desguace y chatarreo son:
 Emitir y suscribir la Constancia de entrega de Unidad Vehicular y
Conformidad del Estado Operativo.
 Ejecutar el Proceso de Chatarreo de acuerdo a las etapas y
procedimientos establecidos en el Manual de Operaciones aprobado
por la MML.
 Implementar las medidas y/o acciones necesarias tendientes a
minimizar yo potenciar los impactos ambientales que resulten como
consecuencia de la actividad a desarrollar.
 Brindar las facilidades a la empresa certificadora a fin de que pueda
cumplir con las labores de verificación del proceso.
 Suscribir, conjuntamente con la empresa Certificados del proceso de
chatarreo de vehículos, el Certificado de Desguace y Chatarreo de
Vehículos.
 Cumplir con las especificaciones técnicas de la chatarra.
 Convocar subastas públicas para la comercialización de la chatarra y
residuos reciclables
 Emitir a la MML mensualmente un informe que contenga como
mínimo los siguientes ítems:
- El Número de vehículos que han sido desguazados, indicando el
tipo de unidad vehicular (ómnibus, microbús o camioneta rural).
- El total de las partes resultantes producto del desmontaje según la
categoría I, II y III; expresado en toneladas.
- El nombre, numero de RUC de la Empresa con quien ha
comercializado las partes del vehículo referidas a las Categorías I
y II, indicando las toneladas comercializadas.
- El nombre, número de RUC y Registro de DIGESA de la Empresa
Prestadora de Servicio de Residuos Sólidos, responsable de la
disposición de las partes del vehículo referidas a la Categoría III y
IV, incluyendo el detalle de las partes entregadas.
8. EMPRESA CERTIFICADORA
La empresa certificadora que se encargue de verificar y certificar el
proceso de chatarreo de las unidades vehiculares en el centro de
desguace y chatarreo debe estar constituida como empresa con
personería jurídica dedicada a la certificación de procesos industriales o
calidad vinculadas al sector automotor.
Las principales funciones de la empresa certificadora son:
 Verificar y certificar las condiciones de Estado Operativo en el
momento del ingreso de una unidad vehicular al Centro de Desguace
y Chatarreo, según los dispuesto en el presente Manual.
 Suscribir la Constancia de Entrega de Unidad Vehicular y Conformidad
de Estado Operativo.
 Verificar que el proceso de desguace y chatarreo de la unidad
vehicular se ha efectuado de acuerdo al Manual de Operaciones de la
empresa de desguace y chatarreo.
 Certificar a través de la emisión y suscripción de los certificados de
Desguace y Chatarreo de Vehículos el cumplimiento de las
disposiciones contenidas en el presente Manual, teniendo en cuenta
lo siguiente:
- Para el caso de los residuos que pueden ser reciclados, estos
deberán ser comercializados, según sea el caso.
- Para el caso de los materiales ferrosos (chatarra) estos serán
comercializados a empresas siderúrgicas.
- Para el caso de materiales que ya no puedan ser reciclados,
deberá procederse a su disposición final a un Relleno Sanitario o
Relleno de Seguridad según sea el caso, de acuerdo a la
normativa ambiental vigente.
 Acreditar la validez de los datos reportados en los informes
mensuales que la empresa de desguace y chatarreo entrega a LA
MML.
9. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE CHATARREO DE UNIDADES
VEHICULARES DEL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA LÍNEA 1
DEL SETMLC
El sistema de Desguace y Chatarreo de Vehículos de Transporte Público
tiene seis actores principales, los cuales son: El propietario del vehículo,
AATE, MML, GTU, la empresa de desguace y chatarreo; y la empresa
certificadora.
En este acápite se describe el proceso que se debe seguir desde que la
Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima le
proporciona la Base de Datos a la MML, la cual contiene, entre otras datos,
las placas de los vehículos entre 15 y 35 años antigüedad, hasta la acción
en que la empresa de Desguace y Chatarreo ejecuta el servicio.
El presente modelo considera la contratación, por parte de la MML, de una
empresa de desguace y chatarreo, para que se encargue de efectuar el
proceso de chatarreo de las unidades de transporte público a cambio de una
retribución económica.
La empresa seleccionada deberá efectuar su trabajo de acuerdo al contrato
suscrito con la MML; así como también al Manual de Operaciones aprobado
por la MML.
Con la finalidad que la MML efectúe la transferencia vehicular del propietario
del vehículo a la AATE, ésta instalará un aplicativo en su sistema
informático, de tal manera que pueda acceder y verificar en la base de
datos las placas de los vehículos entre 15 y 35 años de antigüedad que la
GTU tiene registradas en su local institucional.
10. PROCEDIMIENTOS
A continuación se describe el procedimiento a seguir:
PRODEMIENTO DE CHATARREO DE VEHÍCULOS
Paso Responsable Actividad Documento
Inscripción Preliminar al Plan de Chatarreo
1 Propietario del
vehículo
Acude a la página web del Plan de
Chatarreo para realizar una inscripción
preliminar.
En el sistema de registro deberá
consignar los siguientes datos:
 Nombre del propietario (s)
 Dirección Legal
 Teléfono
 Célular
 DNI
 Número de Tarjeta de Circulación
 Número de Tarjeta de propiedad.
 Antigüedad del Vehículo
 Tipo de Combustible
 Línea de Transporte
Si esta dentro del Padrón, podrá
seleccionar una fecha y hora para una
cita con la MML. El sistema generará un
documento de cita.
De no estar en el Padrón, no será posible
acogerse al Plan de Chatarreo.
Documento de cita con
la MML.
Gestión Administrativa en la MML
2 MML
Transferencia
Vehicular
Acude a la MML, en la fecha y hora fijada
en la cita, con la siguiente
documentación:
Referencia al vehículo:
- Tarjeta original de identificación
vehicular otorgada por la SUNARP.
- Certificado NEGATIVO de Gravamen
del Vehículo otorgado por la SUNARP, a
la fecha.
- Certificado de Identificación Vehicular
otorgado por la DIPROVE.
- SOAT vigente
- Tarjeta de Circulación – Autorización
de Ruta otorgada por la GTU.
Referida al propietario de la unidad
vehicular, deben considerar lo siguiente:
Si es Persona Jurídica
- D.N.I. del Representante Legal.
- Vigencia de Poder del Representante
Legal otorgado por la SUNARP, no
menor a tres meses y que acredite
facultades para la transferencia de la
unidad vehicular.
Si es persona Natural
- Soltero: D.N.I. del Propietario
- Casado: D.N.I. del Propietario y
cónyuge.
Certificado de
Conformidad de
Documentación.
Reporte digital de
unidades vehiculares
en proceso de
transferencia a la
AATE.
La MML verifica los documentos y si el
propietario cumple con toda la
documentación emite por triplicado un
Informe Técnico Favorable declarando el
Vehículo Apto, entregando un ejemplar
al Beneficiario y otro a la empresa
certificadora, a fin que esta última
programe la fecha y hora para la entrega
física del Vehículo Apto, en el local de la
Empresa de Chatarreo. También pone en
conocimiento de la Gerencia de
Transporte Urbano (GTU) el ingreso del
vehículo al Plan.
Si el propietario no cumple con los
documentos, se le informará para que
pueda subsanarlos.
Gestión Administrativa en la Centro de Desguace y Chatarreo
3 Propietario del
vehículo
Acude al Centro de Desguace y
Chatarreo vehicular, llevando:
- La Unidad vehicular en condiciones
de Estado Operativo. Es decir que
transite por sus propios medios,
como si estuviera dando servicio de
transporte público y que los
componentes esenciales del vehículo
estén funcionalmente aptos.
- Los documentos originales
mencionados anteriormente.
El técnico de la empresa de Chatarreo
verifica las condiciones de estado
operativo de la unidad vehicular,
mediante la Lista de Chequeo (Anexo 1);
y documentación requerida.
Si el vehículo cumple con las condiciones
de estado operativo y/o documentación
requerida, el técnico procede a tomar
fotos de la parte derecha, izquierda,
delantera y posterior de la unidad
vehicular.
Luego, se entrega al propietario la
“Constancia de Entrega de Unidad
Vehicular y Conformidad de Estado
Operativo”. Ver Anexo 2.
Finalmente, se efectúa el retiro de las
dos placas de rodaje de la unidad
vehicular y se las entrega al
representante de la MML.
Constancia de Entrega
de Unidad Vehicular y
Conformidad de
Estado Operativo.
Constancia de entrega
de placas de rodaje.
Finalmente, se entrega al
beneficiario las Placas de Rodaje, la
Tarjeta de Propiedad en original, y el
inventario de piezas y partes del
vehículo, con lo que el beneficiario
realizará en la SUNARP, el trámite
de Retiro Definitivo de Circulación de
la Unidad.
Gestiones Administrativas para el Registro del Vehículo en SUNARP
4 Propietario Acude a la SUNARP, llevando lo
siguiente:
- Carta solicitando el Retiro definitivo del
vehículo.
- Las dos Placas de Rodaje.
Finalmente, la SUNARP Inscribe el retiro
definitivo del vehículo.
Carta solicitando el
Retiro definitivo del
vehículo.
Ficha vehicular con la
inscripción del retiro
definitivo del vehículo.
Gestiones Administrativas ante AATE y GTU
5 MML Una vez que el beneficiario entrega a la
MML el Titulo donde se encuentra
inscrita la Baja de Circulación Definitiva
del Vehículo, la MML procede a tramitar
ante la AATE la entrega del cheque que
contiene el incentivo económico
correspondiente.
Solicitud de emisión de
pago del incentivo
económico.
Proceso de Chatarreo de Unidades Vehiculares
6 Empresa de
Desguace y
Chatarreo
Y
Empresa
Certificadora
La empresa de desguace y chatarreo en
presencia de la empresa certificadora
realiza las siguientes actividades:
- Pesa la unidad vehicular con todas sus
partes.
- Registra el peso de la unidad vehicular.
- Autoriza la conducción de la unidad
vehicular a la zona de almacenamiento
temporal.
- Procede al Proceso de Chatarreo
vehicular de acuerdo a su Manual de
Operaciones.
- Clasifica las partes vehiculares de
acuerdo a las categorías establecidas.
Ver Anexo 3.
- Convoca a subasta pública la
comercialización de la chatarra y
residuos reciclables.
La empresa certificadora, certifica que el
proceso de chatarreo de la unidad
vehicular se ha efectuado de acuerdo al
Manual de Operaciones de empresa de
desguace y chatarreo. Luego emite el
Certificado de Desguace y Chatarreo de
Vehículos (Ver Anexo 04) el cual es
remitido a la MML.
Certificado de
Desguace y Chatarreo
de los Vehículos.
Gestión Administrativa en MML
8 MML
A la recepción del Certificado de
Chatarreo enviado por la Empresa
Certificadora, se procede a enviarlo a
GTU-MML para que disponga la
modificación de la Ficha Técnica de la
Ruta y la pérdida del cupo del vehículo
chatarreado.
Finalmente, la MML registra, escanea y
archiva el Certificado de Desguace y
Chatarreo de Vehículos.
Ficha de Registro de
Certificado de
Desguace.
ANEXOS
Anexo 1
Lista de Chequeo Partes Funcionales de la Unidad
Vehicular
Partes Si No Partes Si No
Motor Caja de cambios
Culata Cardan
Alternador Corona
Arranque Suspensión delantera
Carburador Suspensión posterior
Bomba de Inyección Caja de dirección
Distribuidor Aros (Nº…)
Turbo cargador Llantas (Nº…)
Múltiple de admisión Válvulas de freno (4)
Múltiple de escape Chasis
Compresor de aire Carrocería
Bomba de agua Batería
Anexo Nº 2
CONSTANCIA DE ENTREGA DE UNIDAD
VEHICULAR Y CONFORMIDAD DE ESTADO
OPERATIVO
Constancia Nº…………….
…………Consignar nombre o razón o denominación social de la Empresa de
Desguace y Chatarreo Vehicular, representada por…………………………………..…..
identificado con DNI Nº ……………………., luego de revisar la unidad vehicular
entregada
DEJA CONSTANCIA QUE:
El propietario del
vehículo…………………………………………………………………………………….., ha cumplido
con la entrega física de la Unidad Vehicular que presenta los siguientes
datos:
 Número de Placa:
 Marca:
 Modelo:
 Número de Tarjeta de Propiedad:
 Número del Motor:
 Número de Serie:
La misma que se encuentra en Estado Operativo, de acuerdo a la siguiente
Lista de chequeo:
Lista de Chequeo Partes Funcionales de la
Unidad Vehicular
Partes si no Partes si no
Motor Caja de cambios
Culata Cardan
Alternador Corona
Arranque Suspensión delantera
Carburador Suspensión posterior
Bomba de Inyección Caja de dirección
Distribuidor Aros (Nº…)
Turbo cargador Llantas (Nº…)
Múltiple de admisión Válvulas de freno (4)
Múltiple de escape Chasis
Compresor de aire Carrocería
Bomba de agua Batería
Fotografía frontal del
vehículo tomada dentro del
local del Centro de Desguace
y Chatarreo, mostrando la
placa del vehículo, con fecha
y hora en que fue tomada.
Fotografía frontal del
vehículo tomada dentro del
local del Centro de Desguace
y Chatarreo, mostrando la
placa del vehículo, con fecha
y hora en que fue tomada.
Fotografía frontal del
vehículo tomada dentro del
local del Centro de Desguace
y Chatarreo, mostrando la
placa del vehículo, con fecha
y hora en que fue tomada.
Fotografía frontal del
vehículo tomada dentro del
local del Centro de Desguace
y Chatarreo, mostrando la
placa del vehículo, con fecha
y hora en que fue tomada.
Se expide la presente Constancia para el Control de Entrega y la
Conformidad del Estado Operativo de las Unidades Vehiculares destinadas al
Chatarreo.
Lima, _________ de __________________ del 2012
Firma en señal de conformidad:
EJEMPLAR 1: Propietario
EJEMPLAR 2: MML
EJEMPLAR 3: Centro de Desguace y
Chatarreo Vehicular.
(Firma del Representante Legal de la
Empresa de Desguace y Chatarreo
Vehicular)
(Firma del supervisor de la Empresa
Certificadora del Proceso de Chatarreo)
Anexo Nº 3
Clasificación de las partes vehiculares de acuerdo a las siguientes Categorías:
Categoría I. Partes destinados a la Fundición
Partes Clasificación Encargado
Motor No peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Chasis No peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Carrocería No peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Caja de velocidad No peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Transmisión ejes y
cardan
No peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Aros No peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Partes metálicas del
Radiador de agua
No Peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Partes metálicas del
Alternador – motor de
arranque, bomba de
inyección y carburador
No Peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Partes metálicas del
Compresor de aire y
turbo automotriz
No Peligroso Empresa Siderúrgica
(Fundición)
Categoría II. Partes destinados al Reciclaje (Residuos Reciclables)
Partes Clasificación Encargado
Batería Peligroso Empresa Comercializadora
de Residuos
(EC-RS)
Aceites (aceite de motor,
aceites de caja de
cambios, aceites del
diferencial, fluidos de la
suspensión hidráulica,
fluidos de la dirección)
Peligroso Empresa Comercializadora
de Residuos
(EC-RS)
Cableado eléctrico
(Recuperación del cobre)
No Peligroso Empresa Comercializadora
de Residuos
(EC-RS)
Componentes metálicos
no férreos (acero, zinc,
cobre, etc)
No Peligroso Empresa Comercializadora
de Residuos
(EC-RS)
Categoría III. Residuos sólidos destinados al Relleno Sanitario
Partes Clasificación Encargado
Asientos de fibra de vidrio No Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Llantas No Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Vidrios No Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Micas No Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Categoría IV. Residuos destinados al Relleno de Seguridad
Partes Clasificación Encargado
Trapos impregnados con
hidrocarburos
Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Latas, envases y bidones
contaminados con
hidrocarburos
Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Líquidos retenidos en la
etapa de
descontaminación y del
sistema de trampa de
grasas
Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Filtros solventes Peligroso Empresa Prestadora de
Servicios de Residuos
sólidos (EP-RS)
Anexo 4
CERTIFICADO DE DESGUACE Y CHATARREO DE
VEHICULOS
Certificado N° _____________
Empresa de Desguace y Chatarreo vehicular
Ubicación Centro de desguace y Chatarreo
_____________ (Consignar nombre o razón o denominación social de la
Empresa Certificadora del Proceso de Chatarreo Vehicular).
CERTIFICA:
Luego de haber efectuado la inspección técnica del siguiente vehículo que
será sometido al proceso de chatarreo, tal como figura en la Constancia de
entrega de unidad vehicular y Conformidad de estado operativo N°
____________.
I Datos del propietario del vehículo:
1. Titular o
propietario
II Datos del vehículo
3. Placa 8. N° de Motor
4. Marca 9. Combustible
5. Modelo 10. N° Asientos /
Pasajeros
6. Año de
fabricación
11. Peso Neto (kg.)
7. VIN / N° de
Serie
12. Peso bruto
vehicular (kg.)
Mediante el presente documento se certifica que:
1. El vehículo de placa de rodaje N° ____________, materia de
inspección, ha sido desguazado y desintegrado hasta convertirlo en
chatarra.
2. Los procedimientos efectuados durante el desguace y desintegración
vehicular han cumplido con lo establecido en el Manual de Operaciones
de la Empresa de Desguace y Chatarreo.
3. Se ha cumplido con las medidas sanitarias y ambientales adecuadas
en todos los procedimientos realizados en el desguace y chatarreo de
unidades vehiculares.
Se expide el presente documento en la ciudad de Lima, a los ________ del
mes de _________ del __________.
Firma en señal de conformidad:
EJEMPLAR 1: MML
EJEMPLAR 2: Empresa de Desguace y
Chatarreo Vehicular
EJEMPLAR 3: Empresa Certificadora.
(Firma del supervisor de la Empresa
Certificadora del Proceso de Chatarreo)
(Firma del Representante Legal del
Empresa de Desguace y Chatarreo
Vehicular)

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Manual chatarreo lima

  • 1. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL CHATARREO DE UNIDADES VEHICULARES DEL ÁREA DE INFLUENCIA DEL COSAC 1
  • 2. CONTENIDO 1. ANTECEDENTES ................................................................................................................. 3 2. OBJETIVO ............................................................................................................................. 5 3. MARCO LEGAL..................................................................................................................... 5 4. ALCANCES............................................................................................................................ 6 5. DEFINICIONES.................................................................................................................... 6 6. MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA - MML ............................................ 8 7. EMPRESA DE DESGUACE Y CHATARREO.................................................................. 9 8. EMPRESA CERTIFICADORA.......................................................................................... 11 9. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE CHATARREO DE UNIDADES VEHICULARES DEL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA LÍNEA 1 DEL SETMLC........ 12 10. PROCEDIMIENTOS.................................................................................................... 12
  • 3. 1. ANTECEDENTES La Municipalidad Metropolitana de Lima ha venido aplicando distintas medidas con el fin de mejorar el sistema de transporte urbano en la ciudad. Una de estas medidas ha sido la ejecución e implementación del Corredor Segregado de Alta Capacidad I (Cosac I) o El Metropolitano, el cual constituye un esquema de BTR - buses de tránsito rápido y masivo - que une los distritos de los conos sur y norte de la ciudad. Como parte de las medidas que garanticen las condiciones de operación de El Metropolitano, la municipalidad consideró necesario aplicar el Plan de Chatarreo de Vehículos de Transporte Público. Este plan tendría como meta retirar en un primer momento y de forma progresiva los vehículos de transporte público que operan en rutas que se superponen con la ruta troncal y rutas alimentadoras de El Metropolitano. En Noviembre del 2009, la Gerencia de Transporte Urbano, mediante convenio de colaboración institucional que suscrito entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y el instituto Metropolitano Protransporte de Lima – Protransporte, realizó el estudio de Racionalización de rutas dentro del área de intangibilidad del Cosac I, donde se determinó 179 rutas que operan en la indicada área. Mediante Acuerdo Nº 075-2011, correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 020-2011 del 21.10.2011, se aprobó la conformación de una Comisión Especial encargada de diseñar el proceso de chatarreo vehicular, proponiendo los lineamientos aplicables al tanto al fondo de chatarreo del COSAC I, como a cualquier otro fondo que proponga la Municipalidad Metropolitana de Lima. Con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 022-2011, de fecha 28.11.2011, se aprobó la implementación de un Plan Piloto para la ejecución de fideicomisos de chatarreo, que comprende un total de 16 unidades, reconociéndose a los participantes del programa, un bono de chatarreo conforme a lo recomendado por la Empresa Apoyo Consultoría través de su estudio denominado “Propuesta de Implementación del Plan de Chatarreo para Vehículos de Transporte Público” de noviembre de 2011. El mencionado Plan, con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 03-2012 de fecha 01.02.2012, se autorizó ampliarlo a un total 100 (cien) vehículos. Con fecha 05.01.2012, mediante Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 01-2012, se creó el Proyecto Especial Corredores Complementarios, a fin de que PROTRANSPORTE pueda desarrollar: (i) Mitigación Social, (ii) Chatarreo y (iii) Adecuación de Operadores al COSAC II y Corredores Complementarios. Que, mediante Ordenanza Nº 1595, de fecha 27.03.2012, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba la “Ordenanza que regula las disposiciones aplicables a los programas de chatarreo de vehículos de transporte de personas que implemente la Municipalidad Metropolitana de Lima”, disponiéndose además
  • 4. la creación del Programa de Chatarreo y encargándosele al Instituto Metropolitano de Protransporte de Lima y a la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima la ejecución de este programa.. Con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 010-2012, de fecha 10.05.2012, se aprueba modificar el acuerdo mediante el cual se aprobó el Proyecto Especial de PROTRANSPORTE del 05.01.2012, disponiendo que a partir del 22.04.2012 se transferencia el Programa de Chatarreo Vehicular a la Gerencia Comercial de la entidad. Así mismo, con Acuerdo correspondiente a la Sesión de Directorio Nº 022-2012, de fecha 30.10.2012, se aprueba dejar sin efecto a la fecha la Comisión Técnica de Chatarreo, constituida en la Sesión de Directorio Nº 20-2011 del 21.10.2011, quedando por tanto, las funciones de la misma a cargo del Programa de Chatarreo en la Gerencia Comercial del Instituto Metropolitano de Protransporte de Lima. Con fecha 16.02.2012, la AATE, adjudicó a la empresa Consultora DEUMAN SAC el desarrollo del Estudio denominado: “Plan de Chatarreo de Vehículos de Transporte Público de Pasajeros en el Área de Influencia de la Línea 1 del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao”. Resultado del Estudio se definió que la implementación del Plan de Chatarreo significaría la salida de 3,660 vehículos de transporte público, es decir, 2,066 Camionetas Rurales, 1,236 Microbuses y 358 Omnibuses que deberían destinarse al chatarreo. El Estudio también sugirió la participación de la Municipalidad Metropolitana de Lima - MML como entidad ejecutora del Plan de Chatarreo. En junio del 2012, APOYO CONSULTORIA S.A.C. presentó el estudio “Propuesta de implementación del Plan de Chatarreo para vehículos de transporte público” El objetivo de este estudio es elaborar una estrategia para la implementación del Plan de Chatarreo que permita retirar en un primer momento, y de forma progresiva, los vehículos de transporte público que operan en rutas que se superponen con las rutas troncales y alimentadoras de El Metropolitano, en el que indicaba una serie de lineamientos a aplicar. Finalmente, Protransporte has formulado un PIP: “Mejoramiento de la calidad del aire mediante el retiro de vehículos de transporte público de pasajeros en el área de influencia de la troncal del COSAC, Provincia de Lima - Lima”, cuyo objetivo central es: reducir el nivel de emisiones contaminantes producto del transporte público de pasajeros dentro del área de influencia de la troncal del COSAC. Lo cual se logrará mediante el retiro de unidades vehiculares obsoletas del servicio de transporte público, planteándose el retiro definitivo de las vehículos de transporte público de pasajeros que se superponen o cruzan a la troncal del COSAC, es decir de aquellas mayores de 20 años mediante el desguace y chatarreo de los vehículos, en un número de 513 unidades.
  • 5. 2. OBJETIVO Establecer los procedimientos administrativos y técnicos que permitan:  Gestionar el retiro definitivo del vehículo a ser chatarrizado, del Registro de Propiedad Vehicular y del Sistema Nacional de Tránsito;  Anular su tarjeta de circulación, retiro del vehículo del padrón vehicular de la empresa y reducir la capacidad de flota de la empresa de transportes en la ruta correspondiente; y  Regular el procedimiento técnico para efectuar el proceso de desguace y chatarreo de la unidad vehicular bajo condiciones óptimas de seguridad, protección ambiental y calidad de servicio, según la normativa vigente. 3. MARCO LEGAL  Ordenanza Nº 954, Establece los Lineamientos de política Municipal de Transporte Público Urbano para el área metropolitana.  Ordenanza Nº 1595, que aprueba disposiciones aplicables a los programas de chatarreo de vehículos de transporte de personas que implemente la Municipalidad Metropolitana de Lima  Decreto Supremo Nº 213-2007- EF, que crea el Régimen Temporal de Renovación del Parque Automotor para fomentar el cambio de matriz energética.  Decreto Supremo Nº 052-2008-MTC, modifica el Art. 7º del D.S Nº 213-2007-EF.  Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC, aprueba el Reglamento del Régimen Temporal para Renovación del Parque Automotor de vehículos Diesel.  Resolución Directoral Nº 035-2008-MTC/16, aprueban Directiva que regula el Tratamiento Final de los Residuos Generados por el Proceso de Chatarreo de Vehículos.  Resolución Directoral Nº 8078-2008-MTC/15, aprueban Directiva que regula el tratamiento final de los artículos desguazados de los vehículos acogidos a la Renovación de Vehículos.  Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos  Ley N° 29177, del Programa Especial de incentivos para la sustitución de los Omnibuses ensamblados sobre chasis de camión del Servicio de Transporte Terrestre Interprovincial de pasajeros.  Decreto Supremo N° 020-2008-MTC, que aprueba el Reglamento del Programa Especial de incentivos para la sustitución de los Omnibuses ensamblados sobre chasis de camión del Servicio de Transporte Terrestre Interprovincial de pasajeros.  Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27314.  Decreto Legislativo Nº 1065, que modifica la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Sólidos.
  • 6.  Resolución Directoral N° 035-2008-MTC/16, aprueban Directiva que regula el Tratamiento Final de Residuos Sólidos Generados por el Proceso de Chatarreo de Vehículos.  Resolución Directoral N° 8078-2008-MTC/15, aprueban Directiva que regula el Tratamiento de los artículos desguazados de los vehículos acogidos a la renovación de vehículos. 4. ALCANCES Comprende desde el trámite de retiro definitivo de las unidades vehiculares que serán materia del proceso de desguace y chatarreo del Registro de Propiedad Vehicular y del Sistema Nacional de Tránsito, hasta la emisión del Certificado de Desguace y Chatarreo de Vehículos, incluyendo la comercialización de la chatarra y residuos reciclables producto de este proceso. 5. DEFINICIONES  PROTRANSPORTE: Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de Lima.  ALMACENAMIENTO: Operación de acumulación temporal de residuos sólidos y líquidos en condiciones técnicas como parte del sistema de manejo hasta su disposición final.  BENEFICIARIO: Persona natural o jurídica que tiene la condición de propietario de una o más unidades vehiculares destinadas a la prestación del servicio de transporte de personas y que han sido declaradas aptas para el Chatarreo.  CENTRO DE DESGUACE Y CHATARREO DE VEHÍCULOS: Instalación que cuenta con la infraestructura y equipos necesarios para el desguace y chatarreo de vehículos.  CERTIFICADO DE DESGUACE Y CHATARREO DE VEHÍCULOS: Documento emitido por la Entidad Certificadora del proceso de chatarreo de vehículos, mediante el cual se acredita que un vehículo determinado ha sido sometido al proceso de chatarreo.  CITV: Certificado de Inspección Técnica Vehicular.  CPIV: Certificado Policial de Identificación Vehicular.  CHATARREO: Procedimiento llevado a cabo por el Centro de Desguace y Chatarreo de Vehículos que consiste en desguazar, deshacer y desintegrar físicamente un vehículo, así como destruir todos los elementos componentes del mismo hasta convertirlos en chatarra.  DIGESA: Dirección General de Salud Ambiental, es el órgano técnico- normativo en los aspectos relacionados al saneamiento básico, salud ocupacional, higiene alimentaria, zoonosis y protección del ambiente.  DIROVE: División de Robo de Vehículos de la Policía Nacional del Perú – PNP.  EMPRESA CERTIFICADORA DEL PROCESO DE CHATARREO VEHICULAR: Persona Jurídica encargada de la verificación y certificación del inventario de componentes, partes y piezas; y las condiciones de operatividad de las unidades vehiculares al momento de su ingreso en el centro de desguace y chatarreo, así como que
  • 7. estas hayan sido destruidas conforme al procedimiento establecido. También certifican que el proceso de comercialización de la chatarra y residuos reciclables se hayan realizado conforme a las condiciones de la subasta pública.  EMPRESA DE CHATARREO: Persona jurídica autorizada por DIGESA, como Empresa Comercializadora de Residuos Sólidos encargada de realizar el proceso de chatarreo de vehículos.  EMPRESA COMERCIALIZADORA DE RESIDUOS SÓLIDOS U OPERADOR/EC-RS: Persona jurídica que presta servicios de residuos sólidos mediante una o varios mediante una o varias de las siguientes actividades: limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte, transferencia, tratamiento o disposición final de residuos sólidos.  EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE RESIDUOS SÓLIDOS/EPS- RS: Persona jurídica que presta servicios de residuos sólidos mediante una o varias de las siguientes actividades: limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte, transferencia, tratamiento o disposición final de residuos sólidos.  EMPRESA SIDERURGICA: Persona jurídica de carácter técnico metalúrgico, que se dedica a la fabricación y comercialización de productos de acero.  GERENCIA DE TRANSPORTE URBANO - GTU: Es la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima que tiene por finalidad de ejecutar la política de administración, desarrollo y control del Servicio Público de Transporte Público de pasajeros, y el tránsito en Lima Metropolitana.  MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS: Toda actividad técnica operativa de residuos sólidos que involucra manipuleo, acondicionamiento, transporte, transferencia, tratamiento, disposición final o cualquier otro procedimiento técnico operativo utilizado desde la generación hasta la disposición final.  MML: Municipalidad Metropolitana de Lima entidad ejecutora del Plan de Chatarreo.  Propietario del vehículo: Personal natural o jurídica propietario de una unidad vehicular.  PROCESO DE CHATARREO: Es el proceso de desguace y chatarreo de unidades vehiculares de transporte público, hasta la comercialización de la chatarra y los residuos reciclables obtenidos del proceso.  RECICLAJE: Toda actividad que permite reaprovechar un residuo sólido mediante un proceso de transformación para cumplir su fin inicial u otros fines.  RECUPERACIÓN: Toda actividad que permita reaprovechar partes de sustancias o componentes que constituyen residuo sólido.  RESIDUOS RECICLABLES: Componentes, partes y piezas recuperados del vehículo que pueden ser reciclados.  RELLENO SANITARIO: Instalación destinada a la disposición sanitaria y ambientalmente segura de los residuos NO PELIGROSOS en la superficie o bajo tierra, basados en los principios y métodos de la Ingeniería Sanitaria y Ambiental.  RELLENO SEGURIDAD: Instalación destinada a la disposición sanitaria y ambientalmente segura de los residuos PELIGROSOS en la
  • 8. superficie o bajo tierra, basados en los principios y métodos de la Ingeniería Sanitaria y Ambiental.  SOAT: Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito  SUNARP: Superintendencia Nacional de los Residuos Públicos.  SUBASTA PÚBLICA: Acto público convocado por la empresa de chatarreo para la comercialización de la chatarra y residuos reciclables. 6. DEL INSTITUTO METROPOLITANO PROTRANSPORTE DE LIMA Las principales funciones de PROTRANSPORTE respecto al proceso de chatarreo de unidades vehiculares de transporte público son:  Administrar directamente o a través de terceros el proceso de chatarreo de vehículos del área de influencia del COSAC 1.  Contratar los servicios de la empresa de desguace y chatarreo y de la empresa certificadora.  Elaborar una base de datos del Patrón de unidades vehiculares de transporte público que circulan en el área influencia del COSAC 1 registradas ante la Gerencia de Transporte Urbano GTU, un software para la interacción de la base de datos y una plataforma web 2.0 para la difusión, interacción con el propietario de vehículo y realizar una inscripción preliminar.  Verificar y controlar que la unidad vehicular en proceso de chatarrización figure bloqueada en el “Aplicativo de Control de Unidades Vehiculares a Chatarrizar”.  Verificar ante el Registro de Propiedad Vehicular de la SUNARP, el retiro definitivo de la unidad vehicular, así como la entrega por parte del propietario de las dos placas de rodaje del vehículo a chatarrizar.  Verificar ante la Gerencia de Transporte Urbano, la baja de la Unidad Vehicular en el Patrón de Transporte Urbano de la GTU y la baja de la Tarjeta de Circulación correspondiente.  Recibir, registrar, escanear y archivar la Constancia de entrega de unidad vehicular y Conformidad de estado operativo y el Certificado de Desguace y Chatarreo de Vehículos.  Fiscalizar el proceso de Desguace y Chatarreo vehicular a través de la empresa Certificadora.  Realizar el pago a la empresa de desguace y chatarreo y de la empresa certificadora, por los servicios realizados, de conformidad con el contrato de locación de servicios suscrito.  Verificar la vigencia de todos los registros, permisos, autorizaciones y licencias, creadas o por crear, tanto de la empresa de desguace y chatarreo, así como de la certificadora.
  • 9. 7. EMPRESA DE DESGUACE Y CHATARREO El 28 de enero de 2010 PROTRANSPORTE celebró un contrato de locación de servicios La empresa de desguace y chatarreo que se encargue del Proceso de Chatarreo debe estar constituida como una empresa jurídica a efectos de brindar servicios como empresa comercializadora de residuos sólidos (EC- RS). La EC-RS debe estar inscrita en el Registro respectivo que administra la DIGESA y contar con Licencia de Funcionamiento Municipal. Respecto a la infraestructura y equipamiento, el centro de desguace y chatarreo debe contar lo siguiente: Infraestructura física:  Zona de recepción y almacenamiento temporal En la zona de recepción se verifica las condiciones del estado operativo de la unidad vehicular a través de una lista de chequeo y documentación administrativa pre establecida. Luego el vehículo es conducido por sus propios medios a la zona de almacenamiento temporal donde queda a la espera de su turno para iniciar el Proceso de Chatarreo. Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón. La zona de almacenamiento temporal debe contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y aceites.  Zona de descontaminación En esta zona se realiza la extracción del todos los materiales y fluidos de carácter peligroso del vehículo. Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón. Además la zona de descontaminación debe contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y aceites.  Zona de desmontaje y almacenamiento temporal En la zona de desmontaje se realiza el desguace del vehículo y la extracción de sus componentes los cuales son almacenados en la zona de almacenamiento temporal según su categoría. Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón y contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y aceites.  Zona de almacenamiento de vehículos descontaminados En esta zona se ubicará el vehículo descontaminado y desguazado a la espera de la etapa de compactación. Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón y contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y aceites.
  • 10.  Zona de compactación En esta zona se ubicará las partes del vehículo que se encuentran dentro de la categoría I, listo para ser compactado. Esta zona debe estar cubierta de pavimento impermeable de hormigón y contar con una instalación de red de drenaje hacia la trampa de grasas y aceites.  Área administrativa Esta área comprende los siguientes espacios: - Oficina de Administración de la Gestión de la Base de Datos - Oficinas o ambientes para el personal directivo, técnico y administrativo - Vestidores para el personal técnico - Servicios higiénicos para el personal que labora y/o visitantes - Área de estacionamiento para el personal administrativo Equipamiento Mecánico:  Balanza  Montacargas  Cizalla hidráulica  Compactadora  Retroexcavadora con tijera Respecto al equipo técnico, éste debe estar compuesto, al menos de, un (01) Ingeniero Ambiental o afines con experiencia en seguridad, higiene ocupacional y gestión de residuos; un (01) Ing. Mecánico o afines con experiencia en desguace y reciclado de material ferroso; dos (02) Operadores con experiencia en el manejo de la maquinaria pesada; cuatro (04) Operarios con experiencia en desguace de maquinaria y dos (02) técnicos en metal mecánica o mecánica automotriz. Además la empresa debe contar con un Manual de Operaciones que establezca los procesos y procedimientos para efectuar el servicio de desguace y chatarreo de vehículos, incluyendo la comercialización de la chatarra y residuos reciclables obtenidos del proceso. Esto con la finalidad de garantizar un manejo sanitario y ambientalmente adecuado y así minimizar los potenciales impactos negativos que puedan ocurrir en el proceso, tal como lo establece la normativa vigente. Las principales funciones de la empresa de desguace y chatarreo son:  Emitir y suscribir la Constancia de entrega de Unidad Vehicular y Conformidad del Estado Operativo.
  • 11.  Ejecutar el Proceso de Chatarreo de acuerdo a las etapas y procedimientos establecidos en el Manual de Operaciones aprobado por la MML.  Implementar las medidas y/o acciones necesarias tendientes a minimizar yo potenciar los impactos ambientales que resulten como consecuencia de la actividad a desarrollar.  Brindar las facilidades a la empresa certificadora a fin de que pueda cumplir con las labores de verificación del proceso.  Suscribir, conjuntamente con la empresa Certificados del proceso de chatarreo de vehículos, el Certificado de Desguace y Chatarreo de Vehículos.  Cumplir con las especificaciones técnicas de la chatarra.  Convocar subastas públicas para la comercialización de la chatarra y residuos reciclables  Emitir a la MML mensualmente un informe que contenga como mínimo los siguientes ítems: - El Número de vehículos que han sido desguazados, indicando el tipo de unidad vehicular (ómnibus, microbús o camioneta rural). - El total de las partes resultantes producto del desmontaje según la categoría I, II y III; expresado en toneladas. - El nombre, numero de RUC de la Empresa con quien ha comercializado las partes del vehículo referidas a las Categorías I y II, indicando las toneladas comercializadas. - El nombre, número de RUC y Registro de DIGESA de la Empresa Prestadora de Servicio de Residuos Sólidos, responsable de la disposición de las partes del vehículo referidas a la Categoría III y IV, incluyendo el detalle de las partes entregadas. 8. EMPRESA CERTIFICADORA La empresa certificadora que se encargue de verificar y certificar el proceso de chatarreo de las unidades vehiculares en el centro de desguace y chatarreo debe estar constituida como empresa con personería jurídica dedicada a la certificación de procesos industriales o calidad vinculadas al sector automotor. Las principales funciones de la empresa certificadora son:  Verificar y certificar las condiciones de Estado Operativo en el momento del ingreso de una unidad vehicular al Centro de Desguace y Chatarreo, según los dispuesto en el presente Manual.  Suscribir la Constancia de Entrega de Unidad Vehicular y Conformidad de Estado Operativo.  Verificar que el proceso de desguace y chatarreo de la unidad vehicular se ha efectuado de acuerdo al Manual de Operaciones de la empresa de desguace y chatarreo.
  • 12.  Certificar a través de la emisión y suscripción de los certificados de Desguace y Chatarreo de Vehículos el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Manual, teniendo en cuenta lo siguiente: - Para el caso de los residuos que pueden ser reciclados, estos deberán ser comercializados, según sea el caso. - Para el caso de los materiales ferrosos (chatarra) estos serán comercializados a empresas siderúrgicas. - Para el caso de materiales que ya no puedan ser reciclados, deberá procederse a su disposición final a un Relleno Sanitario o Relleno de Seguridad según sea el caso, de acuerdo a la normativa ambiental vigente.  Acreditar la validez de los datos reportados en los informes mensuales que la empresa de desguace y chatarreo entrega a LA MML. 9. DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA DE CHATARREO DE UNIDADES VEHICULARES DEL ÁREA DE INFLUENCIA DE LA LÍNEA 1 DEL SETMLC El sistema de Desguace y Chatarreo de Vehículos de Transporte Público tiene seis actores principales, los cuales son: El propietario del vehículo, AATE, MML, GTU, la empresa de desguace y chatarreo; y la empresa certificadora. En este acápite se describe el proceso que se debe seguir desde que la Gerencia de Transporte Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima le proporciona la Base de Datos a la MML, la cual contiene, entre otras datos, las placas de los vehículos entre 15 y 35 años antigüedad, hasta la acción en que la empresa de Desguace y Chatarreo ejecuta el servicio. El presente modelo considera la contratación, por parte de la MML, de una empresa de desguace y chatarreo, para que se encargue de efectuar el proceso de chatarreo de las unidades de transporte público a cambio de una retribución económica. La empresa seleccionada deberá efectuar su trabajo de acuerdo al contrato suscrito con la MML; así como también al Manual de Operaciones aprobado por la MML. Con la finalidad que la MML efectúe la transferencia vehicular del propietario del vehículo a la AATE, ésta instalará un aplicativo en su sistema informático, de tal manera que pueda acceder y verificar en la base de datos las placas de los vehículos entre 15 y 35 años de antigüedad que la GTU tiene registradas en su local institucional. 10. PROCEDIMIENTOS A continuación se describe el procedimiento a seguir:
  • 13. PRODEMIENTO DE CHATARREO DE VEHÍCULOS Paso Responsable Actividad Documento Inscripción Preliminar al Plan de Chatarreo 1 Propietario del vehículo Acude a la página web del Plan de Chatarreo para realizar una inscripción preliminar. En el sistema de registro deberá consignar los siguientes datos:  Nombre del propietario (s)  Dirección Legal  Teléfono  Célular  DNI  Número de Tarjeta de Circulación  Número de Tarjeta de propiedad.  Antigüedad del Vehículo  Tipo de Combustible  Línea de Transporte Si esta dentro del Padrón, podrá seleccionar una fecha y hora para una cita con la MML. El sistema generará un documento de cita. De no estar en el Padrón, no será posible acogerse al Plan de Chatarreo. Documento de cita con la MML. Gestión Administrativa en la MML 2 MML Transferencia Vehicular Acude a la MML, en la fecha y hora fijada en la cita, con la siguiente documentación: Referencia al vehículo: - Tarjeta original de identificación vehicular otorgada por la SUNARP. - Certificado NEGATIVO de Gravamen del Vehículo otorgado por la SUNARP, a la fecha. - Certificado de Identificación Vehicular otorgado por la DIPROVE. - SOAT vigente - Tarjeta de Circulación – Autorización de Ruta otorgada por la GTU. Referida al propietario de la unidad vehicular, deben considerar lo siguiente: Si es Persona Jurídica - D.N.I. del Representante Legal. - Vigencia de Poder del Representante Legal otorgado por la SUNARP, no menor a tres meses y que acredite facultades para la transferencia de la unidad vehicular. Si es persona Natural - Soltero: D.N.I. del Propietario - Casado: D.N.I. del Propietario y cónyuge. Certificado de Conformidad de Documentación. Reporte digital de unidades vehiculares en proceso de transferencia a la AATE.
  • 14. La MML verifica los documentos y si el propietario cumple con toda la documentación emite por triplicado un Informe Técnico Favorable declarando el Vehículo Apto, entregando un ejemplar al Beneficiario y otro a la empresa certificadora, a fin que esta última programe la fecha y hora para la entrega física del Vehículo Apto, en el local de la Empresa de Chatarreo. También pone en conocimiento de la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) el ingreso del vehículo al Plan. Si el propietario no cumple con los documentos, se le informará para que pueda subsanarlos. Gestión Administrativa en la Centro de Desguace y Chatarreo 3 Propietario del vehículo Acude al Centro de Desguace y Chatarreo vehicular, llevando: - La Unidad vehicular en condiciones de Estado Operativo. Es decir que transite por sus propios medios, como si estuviera dando servicio de transporte público y que los componentes esenciales del vehículo estén funcionalmente aptos. - Los documentos originales mencionados anteriormente. El técnico de la empresa de Chatarreo verifica las condiciones de estado operativo de la unidad vehicular, mediante la Lista de Chequeo (Anexo 1); y documentación requerida. Si el vehículo cumple con las condiciones de estado operativo y/o documentación requerida, el técnico procede a tomar fotos de la parte derecha, izquierda, delantera y posterior de la unidad vehicular. Luego, se entrega al propietario la “Constancia de Entrega de Unidad Vehicular y Conformidad de Estado Operativo”. Ver Anexo 2. Finalmente, se efectúa el retiro de las dos placas de rodaje de la unidad vehicular y se las entrega al representante de la MML. Constancia de Entrega de Unidad Vehicular y Conformidad de Estado Operativo. Constancia de entrega de placas de rodaje.
  • 15. Finalmente, se entrega al beneficiario las Placas de Rodaje, la Tarjeta de Propiedad en original, y el inventario de piezas y partes del vehículo, con lo que el beneficiario realizará en la SUNARP, el trámite de Retiro Definitivo de Circulación de la Unidad. Gestiones Administrativas para el Registro del Vehículo en SUNARP 4 Propietario Acude a la SUNARP, llevando lo siguiente: - Carta solicitando el Retiro definitivo del vehículo. - Las dos Placas de Rodaje. Finalmente, la SUNARP Inscribe el retiro definitivo del vehículo. Carta solicitando el Retiro definitivo del vehículo. Ficha vehicular con la inscripción del retiro definitivo del vehículo. Gestiones Administrativas ante AATE y GTU 5 MML Una vez que el beneficiario entrega a la MML el Titulo donde se encuentra inscrita la Baja de Circulación Definitiva del Vehículo, la MML procede a tramitar ante la AATE la entrega del cheque que contiene el incentivo económico correspondiente. Solicitud de emisión de pago del incentivo económico. Proceso de Chatarreo de Unidades Vehiculares 6 Empresa de Desguace y Chatarreo Y Empresa Certificadora La empresa de desguace y chatarreo en presencia de la empresa certificadora realiza las siguientes actividades: - Pesa la unidad vehicular con todas sus partes. - Registra el peso de la unidad vehicular. - Autoriza la conducción de la unidad vehicular a la zona de almacenamiento temporal. - Procede al Proceso de Chatarreo vehicular de acuerdo a su Manual de Operaciones. - Clasifica las partes vehiculares de acuerdo a las categorías establecidas. Ver Anexo 3. - Convoca a subasta pública la comercialización de la chatarra y residuos reciclables. La empresa certificadora, certifica que el proceso de chatarreo de la unidad vehicular se ha efectuado de acuerdo al Manual de Operaciones de empresa de desguace y chatarreo. Luego emite el Certificado de Desguace y Chatarreo de Vehículos (Ver Anexo 04) el cual es remitido a la MML. Certificado de Desguace y Chatarreo de los Vehículos.
  • 16. Gestión Administrativa en MML 8 MML A la recepción del Certificado de Chatarreo enviado por la Empresa Certificadora, se procede a enviarlo a GTU-MML para que disponga la modificación de la Ficha Técnica de la Ruta y la pérdida del cupo del vehículo chatarreado. Finalmente, la MML registra, escanea y archiva el Certificado de Desguace y Chatarreo de Vehículos. Ficha de Registro de Certificado de Desguace.
  • 18. Anexo 1 Lista de Chequeo Partes Funcionales de la Unidad Vehicular Partes Si No Partes Si No Motor Caja de cambios Culata Cardan Alternador Corona Arranque Suspensión delantera Carburador Suspensión posterior Bomba de Inyección Caja de dirección Distribuidor Aros (Nº…) Turbo cargador Llantas (Nº…) Múltiple de admisión Válvulas de freno (4) Múltiple de escape Chasis Compresor de aire Carrocería Bomba de agua Batería
  • 19. Anexo Nº 2 CONSTANCIA DE ENTREGA DE UNIDAD VEHICULAR Y CONFORMIDAD DE ESTADO OPERATIVO Constancia Nº……………. …………Consignar nombre o razón o denominación social de la Empresa de Desguace y Chatarreo Vehicular, representada por…………………………………..….. identificado con DNI Nº ……………………., luego de revisar la unidad vehicular entregada DEJA CONSTANCIA QUE: El propietario del vehículo…………………………………………………………………………………….., ha cumplido con la entrega física de la Unidad Vehicular que presenta los siguientes datos:  Número de Placa:  Marca:  Modelo:  Número de Tarjeta de Propiedad:  Número del Motor:  Número de Serie: La misma que se encuentra en Estado Operativo, de acuerdo a la siguiente Lista de chequeo: Lista de Chequeo Partes Funcionales de la Unidad Vehicular Partes si no Partes si no
  • 20. Motor Caja de cambios Culata Cardan Alternador Corona Arranque Suspensión delantera Carburador Suspensión posterior Bomba de Inyección Caja de dirección Distribuidor Aros (Nº…) Turbo cargador Llantas (Nº…) Múltiple de admisión Válvulas de freno (4) Múltiple de escape Chasis Compresor de aire Carrocería Bomba de agua Batería Fotografía frontal del vehículo tomada dentro del local del Centro de Desguace y Chatarreo, mostrando la placa del vehículo, con fecha y hora en que fue tomada. Fotografía frontal del vehículo tomada dentro del local del Centro de Desguace y Chatarreo, mostrando la placa del vehículo, con fecha y hora en que fue tomada. Fotografía frontal del vehículo tomada dentro del local del Centro de Desguace y Chatarreo, mostrando la placa del vehículo, con fecha y hora en que fue tomada. Fotografía frontal del vehículo tomada dentro del local del Centro de Desguace y Chatarreo, mostrando la placa del vehículo, con fecha y hora en que fue tomada.
  • 21. Se expide la presente Constancia para el Control de Entrega y la Conformidad del Estado Operativo de las Unidades Vehiculares destinadas al Chatarreo. Lima, _________ de __________________ del 2012 Firma en señal de conformidad: EJEMPLAR 1: Propietario EJEMPLAR 2: MML EJEMPLAR 3: Centro de Desguace y Chatarreo Vehicular. (Firma del Representante Legal de la Empresa de Desguace y Chatarreo Vehicular) (Firma del supervisor de la Empresa Certificadora del Proceso de Chatarreo)
  • 22. Anexo Nº 3 Clasificación de las partes vehiculares de acuerdo a las siguientes Categorías: Categoría I. Partes destinados a la Fundición Partes Clasificación Encargado Motor No peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Chasis No peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Carrocería No peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Caja de velocidad No peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Transmisión ejes y cardan No peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Aros No peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Partes metálicas del Radiador de agua No Peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Partes metálicas del Alternador – motor de arranque, bomba de inyección y carburador No Peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición) Partes metálicas del Compresor de aire y turbo automotriz No Peligroso Empresa Siderúrgica (Fundición)
  • 23. Categoría II. Partes destinados al Reciclaje (Residuos Reciclables) Partes Clasificación Encargado Batería Peligroso Empresa Comercializadora de Residuos (EC-RS) Aceites (aceite de motor, aceites de caja de cambios, aceites del diferencial, fluidos de la suspensión hidráulica, fluidos de la dirección) Peligroso Empresa Comercializadora de Residuos (EC-RS) Cableado eléctrico (Recuperación del cobre) No Peligroso Empresa Comercializadora de Residuos (EC-RS) Componentes metálicos no férreos (acero, zinc, cobre, etc) No Peligroso Empresa Comercializadora de Residuos (EC-RS) Categoría III. Residuos sólidos destinados al Relleno Sanitario Partes Clasificación Encargado Asientos de fibra de vidrio No Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS) Llantas No Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS) Vidrios No Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS)
  • 24. Micas No Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS) Categoría IV. Residuos destinados al Relleno de Seguridad Partes Clasificación Encargado Trapos impregnados con hidrocarburos Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS) Latas, envases y bidones contaminados con hidrocarburos Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS) Líquidos retenidos en la etapa de descontaminación y del sistema de trampa de grasas Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS) Filtros solventes Peligroso Empresa Prestadora de Servicios de Residuos sólidos (EP-RS)
  • 25. Anexo 4 CERTIFICADO DE DESGUACE Y CHATARREO DE VEHICULOS Certificado N° _____________ Empresa de Desguace y Chatarreo vehicular Ubicación Centro de desguace y Chatarreo _____________ (Consignar nombre o razón o denominación social de la Empresa Certificadora del Proceso de Chatarreo Vehicular). CERTIFICA: Luego de haber efectuado la inspección técnica del siguiente vehículo que será sometido al proceso de chatarreo, tal como figura en la Constancia de entrega de unidad vehicular y Conformidad de estado operativo N° ____________. I Datos del propietario del vehículo: 1. Titular o propietario II Datos del vehículo 3. Placa 8. N° de Motor 4. Marca 9. Combustible 5. Modelo 10. N° Asientos / Pasajeros 6. Año de fabricación 11. Peso Neto (kg.) 7. VIN / N° de Serie 12. Peso bruto vehicular (kg.)
  • 26. Mediante el presente documento se certifica que: 1. El vehículo de placa de rodaje N° ____________, materia de inspección, ha sido desguazado y desintegrado hasta convertirlo en chatarra. 2. Los procedimientos efectuados durante el desguace y desintegración vehicular han cumplido con lo establecido en el Manual de Operaciones de la Empresa de Desguace y Chatarreo. 3. Se ha cumplido con las medidas sanitarias y ambientales adecuadas en todos los procedimientos realizados en el desguace y chatarreo de unidades vehiculares. Se expide el presente documento en la ciudad de Lima, a los ________ del mes de _________ del __________. Firma en señal de conformidad: EJEMPLAR 1: MML EJEMPLAR 2: Empresa de Desguace y Chatarreo Vehicular EJEMPLAR 3: Empresa Certificadora. (Firma del supervisor de la Empresa Certificadora del Proceso de Chatarreo) (Firma del Representante Legal del Empresa de Desguace y Chatarreo Vehicular)