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RESOLUCION MINISTERIAL N° 001101
La Paz, 3 de enero de 2001
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que es competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes normar la gestión
educativa en el marco de la Ley 1565, leyes conexas y sus decretos reglamentarios.
SE RESUELVE:
Aprobar las siguientes instrucciones para la organización de la gestión escolar 2001 en
concordancia con el Reglamento de Administración y Funcionamiento de unidades
educativas de nivel Inicial, Primaria y Secundaria.
1) DISPOSICIONES GENERALES
1.Calendario escolar
Las labores escolares, en aplicación de la Resolución Suprema 216609, se iniciarán el lunes
5 de febrero del presente año, en todo el territorio nacional.
Los directores distritales de educación, recogiendo la opinión de las juntas escolares, de
núcleo y distritales, aprobarán el calendario escolar más apropiado para su distrito con un
mínimo de 200 días hábiles de clases, tomando en cuenta las características
socioeconómicas y culturales, los períodos de siembra y cosecha, las condiciones
ecológicas y climáticas locales. El período de reforzamiento será posterior a los 200 días de
cIpmes, en lento eettS dirigido Cotioemente e loa alumnos con bajo rendimiento. Este periodo
tendrá una duración de al menos quince días efectivos de trabajo.
Sólo se reconocen como feriados escolares los feriados oficiales nacionales y
departamentales establecidos por las disposiciones legales correspondientes.
Hasta el 15 de enero, los directores distritales de educación harán conocer al director
departamental Seduce el calendario del distrito, para que proceda a publicarlo en los medios
de comunicación local el 24 de enero del ario 2001. Antes de la conclusión de la gestión
2001, los directores distritales deberán presentar el calendario escolar de la gestión 2002.
2. Inscripciones (matricula)
Las inscripciones escolares en las unidades educativas públicas y privadas se iniciarán a
más tardar el día lunes 15 de enero en todo el territorio nacional. La organización,
cronograma y duración de las inscripciones será publicada por cada dirección distrital.
1
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Requisitos para la inscripción
Para los niños que ingresan por primera vez al Sistema Escolar sea al prekinder, kinder o al
primer año del nivel primario:
• Certificado de nacimiento o carnet de identidad (en el medio rural, a falta de estos
documentos, cualquier otro que acredite la identidad del niño o del padre o tutor).
• Cumplir al 31 de marzo de 2001:
4 años para ingresar al primer año del segundo ciclo nivel inicial (pre-kinder)
5 años para ingresar al segundo año del segundo ciclo del nivel inicial (kinder)
6 años para ingresar al primer año del nivel primario
Para el ingreso al kinder no es requisito haber asistido al prekinder. Para el ingreso al primer
año del nivel primario tampoco es requisito haber asistido al kinder.
La imposibilidad de la presentación de los documentos exigidos para la inscripción no será
motivo, en ningún caso, de exclusión del niño. En los lugares donde no existe oficina de
Registro Civil, las juntas escolares deberán solicitar al MECyD que tramite el envío de una
brigada móvil por parte de la Corte Nacional Electoral. Los padres o tutores tendrán plazo
de tres meses para presentar el documento que exige la inscripción. En caso de no hacerlo,
la inscripción no tendrá carácter oficial y los niños no podrán recibir la Libreta Escolar.
Los niños que continúan sus estudios en la misma unidad educativa no requieren
nueva inscripción. El director de la unidad educativa es responsable de inscribirlos
en forma automática.
En caso de que un estudiante cambie de unidad educativa, la Libreta Escolar, con las
firmas y sellos señalados, certificará la aprobación del curso anterior al que postula y no será
necesario otro tipo de certificado.
Las inscripciones deben ser registradas en un libro destinado exclusivamente para tal fin
que será firmado por el director de la unidad educativa y refrendado por el director distrital.
Cualquier otro tipo de registro no tendrá valor legal.
La matricula escolar o inscripción es gratuita en los establecimientos educativos
públicos del pais, en sus niveles inicial, primario y secundario. El funcionario que
efectúe cobros indebidos deberá devolver los montos cobrados y será pasible a un
descuento de cinco días de haber.
3. Las libretas escolares
De acuerdo a la Resolución Ministerial No. 455198, a partir de la gestión 1999, la
Libreta Escolar oficial es el único documento que certifica las calificaciones de todo
estudiante, sea éste de unidad educativa pública o privada. Por lo tanto, no se debe
exigir a los estudiantes la presentación de certificados de notas correspondientes a 1999 y
2000.
La Libreta Escolar tendrá un precio de Bs. 2,50 (dos bolivianos con cincuenta centavos). Su
costo será cancelado por cada estudiante en las unidades educativas privadas y por el
Estado para los estudiantes de las unidades educativas públicas. No podrá cobrarse el
derecho a libreta en las unidades educativas públicas y en caso de hacerlo, el director de la
2
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(bviVerin ate (gichiracijn,4/1ara y__TOorte,s
unidad educativa deberá devolver los montos cobrados y será pasible a un descuento de
cinco días de haber.
Las unidades educativas privadas podrán extender sus propias hojas de calificaciones para
las evaluaciones trimestrales. A fin de año deberán vaciar obligatoriamente esta información
en la Libreta Escolar oficial para que tenga validez legal, sin que signifique ningún costo
adicional a los interesados.
4. Directores de unidades educativas
Para la designación de directores de unidades educativas en caso de acefalías producidas
por renuncias, destituciones, jubilaciones y otros, el director distrital deberá seleccionar al
sustituto de entre los docentes que aprobaron el examen nacional para directores de
unidades educativas en febrero de 1998 o el examen para directores de unidades de
convenio en octubre de 1999, respetando el orden de las listas emitidas que corresponde al
puntaje obtenido (el primer nombre tiene el puntaje más alto y el último el más bajo). Deberá
darse preferencia a los maestros que hubiesen trabajado en la unidad educativa o residan
en la comunidad.
La formación del docente deberá corresponder al nivel de la unidad educativa; es decir que
si se trata de una unidad de nivel primario, el director debe ser profesor con formación en
educación primaria; si es una unidad de secundaria, debe ser maestro con formación para
educación secundaria. El director de una unidad que tenga primaria y secundaria deberá ser
maestro de secundaria.
5. Asesores pedagógicos
En aplicación del artículo 2 del D.S. 25255, los cambios y transferencias de asesores
pedagógicos se procesarán únicamente en el mes de enero de cada año.
Los directores distritales emitirán un memorándum para cada asesor pedagógico antiguo o
nuevo acreditado por el MECyD, a través de la Dirección General de Coordinación Técnica
del VEIPS, con la identificación de todas las unidades educativas que deben atender, de
acuerdo a la circular DGCT / 134 / 00.
Aquellos asesores pedagógicos que sean designados sin cumplir con las normas existentes
no serán incorporados en la planilla y el perjuicio causado será exclusiva responsabilidad del
director distrital.
6. Programas operativos anuales
Los programas operativos anuales (POA) de todas las direcciones distritales y
departamentales de los Seduca deben ser elaborados en base a los proyectos educativos de
unidad y de núcleo y orientados al cumplimiento de los siguientes objetivos:
1. Fortalecer la capacidad institucional del Sistema Educativo Nacional.
2. Mejorar la formación y las condiciones de trabajo del personal docente.
3. Consolidar los avances pedagógicos de la Reforma Educativa y extenderlos
progresivamente a todas las unidades educativas públicas y privadas.
4. Promover una participación activa de la ciudadanía, particularmente de los padres
de familia.
3
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7. Conformación de núcleos educativos
El núcleo es una forma de organización de las unidades educativas para elevar la cobertura
y mejorar la calidad del Servicio Escolar Público. El núcleo debe funcionar como una red de
servicios complementarios, de acuerdo a las normas para la organización de núcleos.
Los directores distritales en coordinación con los gobiernos municipales y apoyo de los
directores de los Seduce deben ajustar la conformación de núcleos en todos los distritos
educativos del país durante la gestión 2001.
La organización de todas las unidades educativas en núcleos es requisito para participar en
los concursos de Proyectos Educativos de Núcleo (PEN).
8. Sistema de Información Educativa (SIE)
Durante la gestión 2001 se realizarán dos operativos de recolección de información
estadística de las unidades educativas:
1er. operativo: posterior al periodo de inscripciones escolares (marzo - abril);
2do operativo. al cierre de la gestión escolar (noviembre-diciembre).
El MECyD, a través de la Unidad de Información y Análisis del Viceministerio de Educación
Inicial, Primaria y Secundaria (VEIPS), realizará auditorías para comprobar la veracidad de
los datos que envíen las direcciones distritales. En cumplimiento del D.S. 25255, el director
de unidad educativa que envíe información falsa será destituido del cargo.
9. Proyecto Educativo de Núcleo (PEN)
En la gestión 2001 se completará la intervención para la elaboración de proyectos
educativos de núcleo en los 314 municipios del país. Para esta gestión quedan 24
municipios en los que se desarrollarán proyectos educativos de núcleo y concursos para su
co-financiamiento con recursos del Programa de Reforma Educativa y de los gobiernos
municipales.
El Proyecto Educativo de Núcleo es un instrumento que permite a la comunidad educativa
plantear soluciones a los problemas específicos y atender las necesidades tanto de índole
pedagógica como de infraestructura y equipamiento escolar, para mejorar la calidad del
aprendizaje de los niños Por lo tanto, es un instrumento de planificación de cada gestión
escolar.
Los pasos para elaborar el Proyecto Educativo de Núcleo son:
a) organización de un equipo de gestión en cada núcleo;
b) elaboración de un diagnóstico del núcleo;
o) prlorizeolán de necesidades ;
d) definición del objetivo general del proyecto;
e) elaboración del plan de acción de cada unidad educativa del núcleo en el que se definen
objetivos específicos, actividades y tareas, recursos, cronograma y responsabilidades; y
f) presupuesto del proyecto.
Las direcciones distritales de educación de los municipios seleccionados deben realizar las
.... .. siguientes actividades:
4
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a) difundir la convocatoria para la elaboración y presentanción de los proyectos educativos
a los maestros, juntas escolares y juntas de núcleo;
b) organizar, dirigir, coordinar, evaluar y controlar las actividades para la elaboración y
ejecución de los proyectos educativos de núcleo; y
c) coordinar con el Gobierno Municipal la planificación y evaluación de la inversión
municipal en educación.
El VEIPS apoyará con asistencia técnica a los directores y maestros de los núcleos que
inicien la elaboración de sus proyectos educativos, además, distribuirá oportunamente las
normas, reglamentos e instrumentos necesarios para que las direcciones distritales puedan
desarrollar estas actividades en las jurisdicciones municipales correspondientes.
Los comités municipales de educación y los equipos de gestión deben supervisar la
ejecución de los proyectos educativos de núcleo de acuerdo a lo planificado.
Los núcleos de los distritos que aún no elaboraron su PEN podrán presentarlo a inicio o final
del segundo semestre para su respectivo cofinanciamiento.
10. Programa Municipal de Educación (PROME)
Para apoyar la elaboración y desarrollo de los PEN, el MECyD, a través de las unidades del
VEIPS, apoyará técnica y financieramente a los gobiernos municipales de todos los
municipios donde se desarrollen los PEN, en la elaboración del Programa Municipal de
Educación (PROME) que permite al Gobierno Municipal:
• Planificar, ejecutar y evaluar las acciones en el ámbito educativo, en coordinación con al
Dirección Distrital y las juntas educativas;
• Planificar la asignación de fondos a través del cofinanciamiento y/o donaciones;
• Concretar las acciones educativas a través de los PEN
11. Distribución de materiales
Cada dirección distrital de educación habilitará un "centro de distribución de materiales" para
entregar los materiales de la Reforma Educativa directamente a los directores de núcleo y
directores o encargados de unidades educativas con los instrumentos de control de salida,
entrega y recepción.
La dirección departamental de cada SEDUCA debe realizar el seguimiento, control y
evaluación de la distribución de los materiales educativos.
La Unidad de Edición, Publicaciones y Logística de Medios Educativos del Viceministerio de
Educación Inicial, Primaria y Secundaria (VEIPS), realizará auditorías para comprobar la
veracidad de los reportes que envíen las direcciones distritales.
12. Sistema de medición de la calidad educativa
En cumplimiento de los artículos 9° y 22° del D.S. 25232, los servicios departamentales de
educación y las direcciones distritales deberán apoyar la realización de los operativos
nacionales que ejecutará el SIMECAL.
El Sistema de Medición de la Calidad Educativa, SIMECAL, ejecutará las siguientes
actividades durante la gestión 2000.
5
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Actividad
Mes
Evaluación de maestros del primer ciclo para el bono de
actualización/ ascenso de categoría en el escalafón. Febrero
Prueba de aptitud académica para estudiantes de cuarto de
secundaria.
Septiembre
Operativo nacional: aplicación de pruebas sexto de primaria a
escuelas que están en el programa de transformación.
Aplicación de pruebas a tercer año de primaria en escuelas que
están aplicando la modalidad bilingüe.
Octubre
II) CONSOLIDACIÓN DE LOS AVANCES PEDAGÓGICOS DEL PROGRAMA DE
REFORMA EDUCATIVA Y GENERALIZACIÓN A TODAS LAS UNIDADES EDUCATIVAS.
Los núcleos educativos en el Programa de Transformación Curricular y los que se
incorporen, contarán con el apoyo de un asesor pedagógico para trabajar de la siguiente
manera:
1. Educación Inicial
Cada Servicio Departamental de Educación aplicará el plan de generalización de la
educación inicial según sus posibilidades en coordinación con el Programa Nacional de
Atención al Niño y Niña menor de 6 años (PAN).
Los niños que ingresen al 2° ciclo del nivel inicial deberán trabajar con el nuevo currículo y
enfoque de la Reforma Educativa, los maestros con apoyo de los asesores pedagógicos
deberán planificar competencias en base a aquellas definidas en este ciclo, partiendo de un
diagnóstico de los aprendizajes de los niños al inicio de la gestión.
La Unidad de Edición, Publicaciones y Logística de Medios Educativos distribuirá los
siguientes documentos relacionados a Educación Inicial:
• Políticas de Educación Inicial a los nuevos núcleos.
• Guía para trabajar proyectos de aula en el nivel inicial
2. Educación Primaria
a) Primer ciclo (aprendizajes básicos)
Los niños que ingresan al 1 er., 2do. y 3er. año del primer ciclo del nivel primario trabajarán
con el nuevo currículo y enfoque de la Reforma Educativa por lo que los maestros deberán
planificar por competencias en base a aquellas definidas para el 1er. ciclo.
Los maestros del 1 er. año deben:
• realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños al inicio de la gestión,
• comenzar a trabajar con los módulos 1 de lenguaje y matemática,
s utilizar 2 a 3 módulos por área de aprendizaje, por año,
......___:_,• reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje,
6
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< f(i27 Vrrio aie c(1)9chicari¿n , 4i/Cti ro y 9e/wrte4
• organizar a los niños en grupos,
• utilizar las bibliotecas de aula,
• aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes.
Los maestros de 2do. y 3er. año que no han trabajado anteriormente con módulos, deben:
• realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños, específico para definir los
módulos con los que comenzarán a trabajar,
• utilizar 2 a 3 módulos por área de aprendizaje, por año,
• reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje,
• organizar a los niños en grupos,
• utilizar las bibliotecas de aula,
• aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes.
b) Segundo ciclo (aprendizajes esenciales)
Los niños del cuarto, quinto y sexto años de primaria se incorporarán a la transformación
curricular de la siguiente manera:
Los maestros de Ato. año deben:
▪ realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños para definir con qué módulos
iniciarán su trabajo
• planificar por competencias en base a aquellas definidas para el segundo ciclo,
• reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje,
• organizar a los niños en grupos,
• utilizar las bibliotecas de aula,
• aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes.
Los maestros de Sto y 6to año deben:
• realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños,
• planificar por competencias en base a aquellas definidas para el segundo ciclo,
• reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje,
• organizar los niños en grupos,
• utilizar las bibliotecas de aula,
• aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes.
3. Materiales de apoyo
La Unidad de Edición, Publicaciones y Logística de Medios Educativos entregará los
siguientes materiales de apoyo al maestro para poner en práctica la nueva propuesta
curricular.
• Guías didácticas de lenguaje, matemática, ciencias de la vida y tecnologia, y expresión y
creatividad para el 1 er y 2do ciclo.
• Boletines "Jeroata" del No. 1 al 10 sobre los siguientes temas: planificación con módulos
1er ciclo; los módulos como herramienta ler ciclo; planificación por unidades de
aprendizaje 2do ciclo; proyectos de aula 2do ciclo; apoyos para el desarrollo curricular;
cómo hacernos amigos del error; la investigación escolar; y las preguntas en la práctica
escolar.
• Indicadores de evaluación del primer y segundo ciclo.
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(Íi9r€Ve) lo (8Wileaty¿2?, Otibirct y Tytorb.,4
A las unidades educativas con modalidad bilingüe se les entregará, además, los siguientes
materiales de castellano como segunda lengua:
• Guía de enseñanza de segunda lengua para el ler y 2do ciclo.
• Cuarenta láminas
• Dos antologías literarias y cuatro cassettes.
• Gulas para trabajar con láminas.
• Seis libros de formato grande.
4. Educación Especial
La Unidad de Desarrollo Curricular del VEIPS, difundirá para su aplicación:
• las adaptaciones curriculares para los alumnos con necesidades educativas especiales;
• la política de integración de niños con necesidades educativas especiales a la modalidad
regular; y
• las gulas de orientaciones didácticas para trabajar con niñas y niños con problemas
motores, dificultades en el lenguaje, discapacidad visual y dificultades da audición en los
niveles de educación inicial y primario.
El cumplimientc de las presentes disposiciones por parte de las direcciones
departamentales y distritales del Seduca será considerado en la evaluación anual del
desempeño
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
IP'1114Arnali Anaya )aldln Tito Hoz de Vila Q.
VICEMINISTRÓ -1/EIPS MINISTRO
8

R.m.001.2001

  • 1.
    [-",4v-az• .(6:2,(Verfo• Cra(ficarián, 4z/biray .9)(04.)-Yte,i RESOLUCION MINISTERIAL N° 001101 La Paz, 3 de enero de 2001 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que es competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes normar la gestión educativa en el marco de la Ley 1565, leyes conexas y sus decretos reglamentarios. SE RESUELVE: Aprobar las siguientes instrucciones para la organización de la gestión escolar 2001 en concordancia con el Reglamento de Administración y Funcionamiento de unidades educativas de nivel Inicial, Primaria y Secundaria. 1) DISPOSICIONES GENERALES 1.Calendario escolar Las labores escolares, en aplicación de la Resolución Suprema 216609, se iniciarán el lunes 5 de febrero del presente año, en todo el territorio nacional. Los directores distritales de educación, recogiendo la opinión de las juntas escolares, de núcleo y distritales, aprobarán el calendario escolar más apropiado para su distrito con un mínimo de 200 días hábiles de clases, tomando en cuenta las características socioeconómicas y culturales, los períodos de siembra y cosecha, las condiciones ecológicas y climáticas locales. El período de reforzamiento será posterior a los 200 días de cIpmes, en lento eettS dirigido Cotioemente e loa alumnos con bajo rendimiento. Este periodo tendrá una duración de al menos quince días efectivos de trabajo. Sólo se reconocen como feriados escolares los feriados oficiales nacionales y departamentales establecidos por las disposiciones legales correspondientes. Hasta el 15 de enero, los directores distritales de educación harán conocer al director departamental Seduce el calendario del distrito, para que proceda a publicarlo en los medios de comunicación local el 24 de enero del ario 2001. Antes de la conclusión de la gestión 2001, los directores distritales deberán presentar el calendario escolar de la gestión 2002. 2. Inscripciones (matricula) Las inscripciones escolares en las unidades educativas públicas y privadas se iniciarán a más tardar el día lunes 15 de enero en todo el territorio nacional. La organización, cronograma y duración de las inscripciones será publicada por cada dirección distrital. 1
  • 2.
    AY? ((in f:14 21/(7.WeM1CaCM-21 4z/ tara y TyugyAi Requisitos para la inscripción Para los niños que ingresan por primera vez al Sistema Escolar sea al prekinder, kinder o al primer año del nivel primario: • Certificado de nacimiento o carnet de identidad (en el medio rural, a falta de estos documentos, cualquier otro que acredite la identidad del niño o del padre o tutor). • Cumplir al 31 de marzo de 2001: 4 años para ingresar al primer año del segundo ciclo nivel inicial (pre-kinder) 5 años para ingresar al segundo año del segundo ciclo del nivel inicial (kinder) 6 años para ingresar al primer año del nivel primario Para el ingreso al kinder no es requisito haber asistido al prekinder. Para el ingreso al primer año del nivel primario tampoco es requisito haber asistido al kinder. La imposibilidad de la presentación de los documentos exigidos para la inscripción no será motivo, en ningún caso, de exclusión del niño. En los lugares donde no existe oficina de Registro Civil, las juntas escolares deberán solicitar al MECyD que tramite el envío de una brigada móvil por parte de la Corte Nacional Electoral. Los padres o tutores tendrán plazo de tres meses para presentar el documento que exige la inscripción. En caso de no hacerlo, la inscripción no tendrá carácter oficial y los niños no podrán recibir la Libreta Escolar. Los niños que continúan sus estudios en la misma unidad educativa no requieren nueva inscripción. El director de la unidad educativa es responsable de inscribirlos en forma automática. En caso de que un estudiante cambie de unidad educativa, la Libreta Escolar, con las firmas y sellos señalados, certificará la aprobación del curso anterior al que postula y no será necesario otro tipo de certificado. Las inscripciones deben ser registradas en un libro destinado exclusivamente para tal fin que será firmado por el director de la unidad educativa y refrendado por el director distrital. Cualquier otro tipo de registro no tendrá valor legal. La matricula escolar o inscripción es gratuita en los establecimientos educativos públicos del pais, en sus niveles inicial, primario y secundario. El funcionario que efectúe cobros indebidos deberá devolver los montos cobrados y será pasible a un descuento de cinco días de haber. 3. Las libretas escolares De acuerdo a la Resolución Ministerial No. 455198, a partir de la gestión 1999, la Libreta Escolar oficial es el único documento que certifica las calificaciones de todo estudiante, sea éste de unidad educativa pública o privada. Por lo tanto, no se debe exigir a los estudiantes la presentación de certificados de notas correspondientes a 1999 y 2000. La Libreta Escolar tendrá un precio de Bs. 2,50 (dos bolivianos con cincuenta centavos). Su costo será cancelado por cada estudiante en las unidades educativas privadas y por el Estado para los estudiantes de las unidades educativas públicas. No podrá cobrarse el derecho a libreta en las unidades educativas públicas y en caso de hacerlo, el director de la 2
  • 3.
    .cil?yrt,F4/«.. a ale,cfflo/ima. (bviVerin ate (gichiracijn,4/1ara y__TOorte,s unidad educativa deberá devolver los montos cobrados y será pasible a un descuento de cinco días de haber. Las unidades educativas privadas podrán extender sus propias hojas de calificaciones para las evaluaciones trimestrales. A fin de año deberán vaciar obligatoriamente esta información en la Libreta Escolar oficial para que tenga validez legal, sin que signifique ningún costo adicional a los interesados. 4. Directores de unidades educativas Para la designación de directores de unidades educativas en caso de acefalías producidas por renuncias, destituciones, jubilaciones y otros, el director distrital deberá seleccionar al sustituto de entre los docentes que aprobaron el examen nacional para directores de unidades educativas en febrero de 1998 o el examen para directores de unidades de convenio en octubre de 1999, respetando el orden de las listas emitidas que corresponde al puntaje obtenido (el primer nombre tiene el puntaje más alto y el último el más bajo). Deberá darse preferencia a los maestros que hubiesen trabajado en la unidad educativa o residan en la comunidad. La formación del docente deberá corresponder al nivel de la unidad educativa; es decir que si se trata de una unidad de nivel primario, el director debe ser profesor con formación en educación primaria; si es una unidad de secundaria, debe ser maestro con formación para educación secundaria. El director de una unidad que tenga primaria y secundaria deberá ser maestro de secundaria. 5. Asesores pedagógicos En aplicación del artículo 2 del D.S. 25255, los cambios y transferencias de asesores pedagógicos se procesarán únicamente en el mes de enero de cada año. Los directores distritales emitirán un memorándum para cada asesor pedagógico antiguo o nuevo acreditado por el MECyD, a través de la Dirección General de Coordinación Técnica del VEIPS, con la identificación de todas las unidades educativas que deben atender, de acuerdo a la circular DGCT / 134 / 00. Aquellos asesores pedagógicos que sean designados sin cumplir con las normas existentes no serán incorporados en la planilla y el perjuicio causado será exclusiva responsabilidad del director distrital. 6. Programas operativos anuales Los programas operativos anuales (POA) de todas las direcciones distritales y departamentales de los Seduca deben ser elaborados en base a los proyectos educativos de unidad y de núcleo y orientados al cumplimiento de los siguientes objetivos: 1. Fortalecer la capacidad institucional del Sistema Educativo Nacional. 2. Mejorar la formación y las condiciones de trabajo del personal docente. 3. Consolidar los avances pedagógicos de la Reforma Educativa y extenderlos progresivamente a todas las unidades educativas públicas y privadas. 4. Promover una participación activa de la ciudadanía, particularmente de los padres de familia. 3
  • 4.
    rJ filiicr. a(4.fflaiivza. (65?(Ve n'o ale (glaruct49. -6(iitez,ya y 009trei 7. Conformación de núcleos educativos El núcleo es una forma de organización de las unidades educativas para elevar la cobertura y mejorar la calidad del Servicio Escolar Público. El núcleo debe funcionar como una red de servicios complementarios, de acuerdo a las normas para la organización de núcleos. Los directores distritales en coordinación con los gobiernos municipales y apoyo de los directores de los Seduce deben ajustar la conformación de núcleos en todos los distritos educativos del país durante la gestión 2001. La organización de todas las unidades educativas en núcleos es requisito para participar en los concursos de Proyectos Educativos de Núcleo (PEN). 8. Sistema de Información Educativa (SIE) Durante la gestión 2001 se realizarán dos operativos de recolección de información estadística de las unidades educativas: 1er. operativo: posterior al periodo de inscripciones escolares (marzo - abril); 2do operativo. al cierre de la gestión escolar (noviembre-diciembre). El MECyD, a través de la Unidad de Información y Análisis del Viceministerio de Educación Inicial, Primaria y Secundaria (VEIPS), realizará auditorías para comprobar la veracidad de los datos que envíen las direcciones distritales. En cumplimiento del D.S. 25255, el director de unidad educativa que envíe información falsa será destituido del cargo. 9. Proyecto Educativo de Núcleo (PEN) En la gestión 2001 se completará la intervención para la elaboración de proyectos educativos de núcleo en los 314 municipios del país. Para esta gestión quedan 24 municipios en los que se desarrollarán proyectos educativos de núcleo y concursos para su co-financiamiento con recursos del Programa de Reforma Educativa y de los gobiernos municipales. El Proyecto Educativo de Núcleo es un instrumento que permite a la comunidad educativa plantear soluciones a los problemas específicos y atender las necesidades tanto de índole pedagógica como de infraestructura y equipamiento escolar, para mejorar la calidad del aprendizaje de los niños Por lo tanto, es un instrumento de planificación de cada gestión escolar. Los pasos para elaborar el Proyecto Educativo de Núcleo son: a) organización de un equipo de gestión en cada núcleo; b) elaboración de un diagnóstico del núcleo; o) prlorizeolán de necesidades ; d) definición del objetivo general del proyecto; e) elaboración del plan de acción de cada unidad educativa del núcleo en el que se definen objetivos específicos, actividades y tareas, recursos, cronograma y responsabilidades; y f) presupuesto del proyecto. Las direcciones distritales de educación de los municipios seleccionados deben realizar las .... .. siguientes actividades: 4
  • 5.
    'cJ fl/i4ca_.-)4o/1.1,,la viste ri‹,d' (gWacarián, - óultrlra y _ktortr4 a) difundir la convocatoria para la elaboración y presentanción de los proyectos educativos a los maestros, juntas escolares y juntas de núcleo; b) organizar, dirigir, coordinar, evaluar y controlar las actividades para la elaboración y ejecución de los proyectos educativos de núcleo; y c) coordinar con el Gobierno Municipal la planificación y evaluación de la inversión municipal en educación. El VEIPS apoyará con asistencia técnica a los directores y maestros de los núcleos que inicien la elaboración de sus proyectos educativos, además, distribuirá oportunamente las normas, reglamentos e instrumentos necesarios para que las direcciones distritales puedan desarrollar estas actividades en las jurisdicciones municipales correspondientes. Los comités municipales de educación y los equipos de gestión deben supervisar la ejecución de los proyectos educativos de núcleo de acuerdo a lo planificado. Los núcleos de los distritos que aún no elaboraron su PEN podrán presentarlo a inicio o final del segundo semestre para su respectivo cofinanciamiento. 10. Programa Municipal de Educación (PROME) Para apoyar la elaboración y desarrollo de los PEN, el MECyD, a través de las unidades del VEIPS, apoyará técnica y financieramente a los gobiernos municipales de todos los municipios donde se desarrollen los PEN, en la elaboración del Programa Municipal de Educación (PROME) que permite al Gobierno Municipal: • Planificar, ejecutar y evaluar las acciones en el ámbito educativo, en coordinación con al Dirección Distrital y las juntas educativas; • Planificar la asignación de fondos a través del cofinanciamiento y/o donaciones; • Concretar las acciones educativas a través de los PEN 11. Distribución de materiales Cada dirección distrital de educación habilitará un "centro de distribución de materiales" para entregar los materiales de la Reforma Educativa directamente a los directores de núcleo y directores o encargados de unidades educativas con los instrumentos de control de salida, entrega y recepción. La dirección departamental de cada SEDUCA debe realizar el seguimiento, control y evaluación de la distribución de los materiales educativos. La Unidad de Edición, Publicaciones y Logística de Medios Educativos del Viceministerio de Educación Inicial, Primaria y Secundaria (VEIPS), realizará auditorías para comprobar la veracidad de los reportes que envíen las direcciones distritales. 12. Sistema de medición de la calidad educativa En cumplimiento de los artículos 9° y 22° del D.S. 25232, los servicios departamentales de educación y las direcciones distritales deberán apoyar la realización de los operativos nacionales que ejecutará el SIMECAL. El Sistema de Medición de la Calidad Educativa, SIMECAL, ejecutará las siguientes actividades durante la gestión 2000. 5
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    .(-)4e/u/iiÑea ole,o/blia. < (651(Verioni( Mirare¿n, e;dtura y (-_YeArr4i Actividad Mes Evaluación de maestros del primer ciclo para el bono de actualización/ ascenso de categoría en el escalafón. Febrero Prueba de aptitud académica para estudiantes de cuarto de secundaria. Septiembre Operativo nacional: aplicación de pruebas sexto de primaria a escuelas que están en el programa de transformación. Aplicación de pruebas a tercer año de primaria en escuelas que están aplicando la modalidad bilingüe. Octubre II) CONSOLIDACIÓN DE LOS AVANCES PEDAGÓGICOS DEL PROGRAMA DE REFORMA EDUCATIVA Y GENERALIZACIÓN A TODAS LAS UNIDADES EDUCATIVAS. Los núcleos educativos en el Programa de Transformación Curricular y los que se incorporen, contarán con el apoyo de un asesor pedagógico para trabajar de la siguiente manera: 1. Educación Inicial Cada Servicio Departamental de Educación aplicará el plan de generalización de la educación inicial según sus posibilidades en coordinación con el Programa Nacional de Atención al Niño y Niña menor de 6 años (PAN). Los niños que ingresen al 2° ciclo del nivel inicial deberán trabajar con el nuevo currículo y enfoque de la Reforma Educativa, los maestros con apoyo de los asesores pedagógicos deberán planificar competencias en base a aquellas definidas en este ciclo, partiendo de un diagnóstico de los aprendizajes de los niños al inicio de la gestión. La Unidad de Edición, Publicaciones y Logística de Medios Educativos distribuirá los siguientes documentos relacionados a Educación Inicial: • Políticas de Educación Inicial a los nuevos núcleos. • Guía para trabajar proyectos de aula en el nivel inicial 2. Educación Primaria a) Primer ciclo (aprendizajes básicos) Los niños que ingresan al 1 er., 2do. y 3er. año del primer ciclo del nivel primario trabajarán con el nuevo currículo y enfoque de la Reforma Educativa por lo que los maestros deberán planificar por competencias en base a aquellas definidas para el 1er. ciclo. Los maestros del 1 er. año deben: • realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños al inicio de la gestión, • comenzar a trabajar con los módulos 1 de lenguaje y matemática, s utilizar 2 a 3 módulos por área de aprendizaje, por año, ......___:_,• reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje, 6
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    ("4 1/1/ira ale,( 0.4.21(<7. < f(i27 Vrrio aie c(1)9chicari¿n , 4i/Cti ro y 9e/wrte4 • organizar a los niños en grupos, • utilizar las bibliotecas de aula, • aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes. Los maestros de 2do. y 3er. año que no han trabajado anteriormente con módulos, deben: • realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños, específico para definir los módulos con los que comenzarán a trabajar, • utilizar 2 a 3 módulos por área de aprendizaje, por año, • reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje, • organizar a los niños en grupos, • utilizar las bibliotecas de aula, • aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes. b) Segundo ciclo (aprendizajes esenciales) Los niños del cuarto, quinto y sexto años de primaria se incorporarán a la transformación curricular de la siguiente manera: Los maestros de Ato. año deben: ▪ realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños para definir con qué módulos iniciarán su trabajo • planificar por competencias en base a aquellas definidas para el segundo ciclo, • reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje, • organizar a los niños en grupos, • utilizar las bibliotecas de aula, • aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes. Los maestros de Sto y 6to año deben: • realizar un diagnóstico de los aprendizajes de los niños, • planificar por competencias en base a aquellas definidas para el segundo ciclo, • reconfigurar sus aulas y trabajar con rincones de aprendizaje, • organizar los niños en grupos, • utilizar las bibliotecas de aula, • aplicar los lineamientos de evaluación y los instrumentos correspondientes. 3. Materiales de apoyo La Unidad de Edición, Publicaciones y Logística de Medios Educativos entregará los siguientes materiales de apoyo al maestro para poner en práctica la nueva propuesta curricular. • Guías didácticas de lenguaje, matemática, ciencias de la vida y tecnologia, y expresión y creatividad para el 1 er y 2do ciclo. • Boletines "Jeroata" del No. 1 al 10 sobre los siguientes temas: planificación con módulos 1er ciclo; los módulos como herramienta ler ciclo; planificación por unidades de aprendizaje 2do ciclo; proyectos de aula 2do ciclo; apoyos para el desarrollo curricular; cómo hacernos amigos del error; la investigación escolar; y las preguntas en la práctica escolar. • Indicadores de evaluación del primer y segundo ciclo. 7
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    -?.7---?<0(171/ira ale A.)/ivia (Íi9r€Ve)lo (8Wileaty¿2?, Otibirct y Tytorb.,4 A las unidades educativas con modalidad bilingüe se les entregará, además, los siguientes materiales de castellano como segunda lengua: • Guía de enseñanza de segunda lengua para el ler y 2do ciclo. • Cuarenta láminas • Dos antologías literarias y cuatro cassettes. • Gulas para trabajar con láminas. • Seis libros de formato grande. 4. Educación Especial La Unidad de Desarrollo Curricular del VEIPS, difundirá para su aplicación: • las adaptaciones curriculares para los alumnos con necesidades educativas especiales; • la política de integración de niños con necesidades educativas especiales a la modalidad regular; y • las gulas de orientaciones didácticas para trabajar con niñas y niños con problemas motores, dificultades en el lenguaje, discapacidad visual y dificultades da audición en los niveles de educación inicial y primario. El cumplimientc de las presentes disposiciones por parte de las direcciones departamentales y distritales del Seduca será considerado en la evaluación anual del desempeño Regístrese, comuníquese y cúmplase. IP'1114Arnali Anaya )aldln Tito Hoz de Vila Q. VICEMINISTRÓ -1/EIPS MINISTRO 8