Rojas Ruisz María Esther
Educación Inicial
“Derechos del Autor”
La tecnología digital permite la transmisión y la
utilización en forma digital a través de redes
interactivas de todos esos materiales protegidos. La
transmisión de textos, de sonidos, de imágenes y de
programas informáticos en Internet es ya habitual,
pero también lo puede ser la transmisión de obras
audiovisuales, como películas. Las materias protegidas
por el derecho de autor y los derechos conexos, que
abarcan el ámbito de la información y de los productos
de entretenimiento, constituyen una parte importante
de los materiales valiosos del comercio electrónico.
Derechos del Autor
La propia naturaleza de las redes digitales plantea otro
problema, cuando una obra se transmite de un punto a otro, o
cuando se pone a disposición del público, muchas partes
participan en la transmisión, por ejemplo, las empresas que
proporcionan acceso a Internet o servicios en línea. Lo
anterior, genera la pregunta sobre la responsabilidad de esos
proveedores de servicio, que participan en la transmisión o en
la comunicación al público de materiales proporcionados por
terceros que infringen el derecho de autor o los derechos
conexos, ya sea cuando el propio proveedor de servicios está
involucrado en actos no autorizados de reproducción o
comunicación al público o cuando se le encuentra responsable de
contribuir o hacer posible que otro cometa la infracción.
1.- Software comercial: El Software comercial es el que es distribuido
por medio de la comercialización tradicional de los productos, en
tiendas tanto virtuales como en tiendas comunes o por medio de
catálogos o cualquier otro medio de comercialización tradicional y es
distribuido con ánimo de lucro.
2.- Freeware: Este tipo de software viene siendo gratuito para el usuario,
quien es libre de instalarlo y utilizarlo, así como de realizar las
reproducciones que desee sin necesidad de que sea autorizado por el
autor de esa obra. Dentro de este tipo de licenciamiento puede ser que
esté condicionada su gratuidad al cumplimiento de ciertos requisitos,
por parte del usuario del software o ciertas limitaciones del usuario.
3.- Shareware: Este tipo de licencia se ha vuelto muy común en la
actualidad, ya que es el que otorga al usuario la posibilidad de probar el
producto por un tiempo determinado, y si al usuario le interesa y le
sirve el producto, debe de adquirirlo y si no lo hace, debe de desinstalar
y eliminar el programa de su ordenador.
Tarea 10
Tarea 10

Tarea 10

  • 1.
    Rojas Ruisz MaríaEsther Educación Inicial “Derechos del Autor”
  • 2.
    La tecnología digitalpermite la transmisión y la utilización en forma digital a través de redes interactivas de todos esos materiales protegidos. La transmisión de textos, de sonidos, de imágenes y de programas informáticos en Internet es ya habitual, pero también lo puede ser la transmisión de obras audiovisuales, como películas. Las materias protegidas por el derecho de autor y los derechos conexos, que abarcan el ámbito de la información y de los productos de entretenimiento, constituyen una parte importante de los materiales valiosos del comercio electrónico.
  • 3.
    Derechos del Autor Lapropia naturaleza de las redes digitales plantea otro problema, cuando una obra se transmite de un punto a otro, o cuando se pone a disposición del público, muchas partes participan en la transmisión, por ejemplo, las empresas que proporcionan acceso a Internet o servicios en línea. Lo anterior, genera la pregunta sobre la responsabilidad de esos proveedores de servicio, que participan en la transmisión o en la comunicación al público de materiales proporcionados por terceros que infringen el derecho de autor o los derechos conexos, ya sea cuando el propio proveedor de servicios está involucrado en actos no autorizados de reproducción o comunicación al público o cuando se le encuentra responsable de contribuir o hacer posible que otro cometa la infracción.
  • 4.
    1.- Software comercial:El Software comercial es el que es distribuido por medio de la comercialización tradicional de los productos, en tiendas tanto virtuales como en tiendas comunes o por medio de catálogos o cualquier otro medio de comercialización tradicional y es distribuido con ánimo de lucro. 2.- Freeware: Este tipo de software viene siendo gratuito para el usuario, quien es libre de instalarlo y utilizarlo, así como de realizar las reproducciones que desee sin necesidad de que sea autorizado por el autor de esa obra. Dentro de este tipo de licenciamiento puede ser que esté condicionada su gratuidad al cumplimiento de ciertos requisitos, por parte del usuario del software o ciertas limitaciones del usuario. 3.- Shareware: Este tipo de licencia se ha vuelto muy común en la actualidad, ya que es el que otorga al usuario la posibilidad de probar el producto por un tiempo determinado, y si al usuario le interesa y le sirve el producto, debe de adquirirlo y si no lo hace, debe de desinstalar y eliminar el programa de su ordenador.