7. Nulidad Absoluta Nulidad Relativa
La nulidad absoluta de un contrato opera
ipso iure, de manera automática, pudiendo
declararse de oficio, sin expresa petición
de parte
La nulidad relativa no opera ipso iure, sino
que precisa del ejercicio de una acción
mediante la cual se declare por la
autoridad judicial competente que tal
ineficacia existe.
Se trata de una acción imprescriptible. La acción de nulidad relativa es
prescriptible
Amplia legitimación. Legitimación limitada.
8. • Acto unilateral por voluntad
• Implica la renuncia del derecho
a intentar la acción o de
oponer la excepción de nulidad
relativa, de esta manera es una
renuncia irrevocable
• Puede ser expresa o tácita ya
que no es solo un acto
solemne