El documento establece las normas y procedimientos de seguridad para realizar trabajos en altura. Se requiere el uso de sistemas de prevención de caídas como arneses, líneas de vida y anclajes certificados a partir de 1.8 metros de altura. Además, exige que los trabajadores tengan certificados médicos anuales y hayan recibido capacitación en rescate. Se especifican también las responsabilidades de supervisores, inspectores y trabajadores, así como los requisitos de documentación, señalización
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2. DS. Nº 055 – 2010 – EM
Artículo 125º: Para realizar trabajos en altura o en distintos
niveles a partir de 1.8 m se usará un sistema de prevención
y detención de caídas, tales como:
- Anclaje - Línea de vida o cuerda de seguridad arnés.
- Además, los trabajadores deberán tener certificados
anuales de suficiencia médica, enfermedades
neurológicas y/o metabólicas que produzcan alteración
de la conciencia súbita.
- Déficit estructural o funcional de miembros superiores e
inferiores, obesidad, trastornos del equilibrio, alcoholismo
y enfermedades psiquiátricas.
3. NORMATIVA
REFERENCIA NORMATIVA
• Resolución 3673 de septiembre 26 de 2008, “Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas”, establecida
por el Ministerio de Protección Social.
• Resolución 0736 de 2009: 16 meses de plazo para certificaciones.
• Resolución 01486 del 4 de junio de 2009 del SENA: Estableció requisitos de entrenadores .
• Resolución 1938 de 2009 modifica la resolución 1486 de 2009 del SENA: Requisitos para ser entrenador
• Circular 070 2009 Ministerio de la Protección Social: Obligaciones empleador, ARP, Universidades pueden
formar, Sanciones.
• Resolución 2291 de 2010, el Ministerio de la Protección Social amplió hasta el30 de Julio de 2012 el plazo para
acreditar la competencia laboral del personal a su cargo que trabaja en alturas.
REFERENCIA NORMATIVA INTERNACIONAL
• ECP-DHS-I-005: Trabajo en alturas.
• OSHA 1926 500 a 503 sub Parte M: Protección Contra Caídas.
• OSHA 1926 450 a 454 Sub Parte L: Andamios
• OSHA 1926 1050 a 1053: Escaleras.
4. PLANIFICACION
El R.D. 2177/2004: Indica que «El trabajo deberá planificarse y supervisarse correctamente, de manera que,
en caso de emergencia, se pueda socorrer inmediatamente al trabajador». El mismo Real Decreto establece
como un punto de la formación que debe recibir el trabajador en altura el conocimiento de las «maniobras de
rescate de personas accidentadas en suspensión»
Una correcta formación en materia de rescate para los trabajadores implicados.
Tener disponibles equipos específicos para el rescate industrial y elementos de anclaje suficientes para
facilitar el acceso en caso de accidente.
Realizar simulacros de emergencia periódicamente para que los operarios sepan lo que tienen que hacer
en caso de accidente.
Incorporar a estos simulacros en la medida de lo posible, aquellos servicios externos que en un momento
dado puedan participar en un rescate.
Ese mismo R.D. 2177/2004 determina que es preciso planificar y supervisar el trabajo de manera que, si hay
una emergencia se pueda socorrer fácilmente al trabajador accidentado. Esa ayuda inmediata será mucho
más eficaz si se tienen disponibles equipos de rescate industrial certificados siguiendo la norma UNE EN
1496.
5. Norma OSHA 29 CFR 1926.500-503
Todo trabajo a una altura mayor a 6’ (1.8 m) debe usarse equipo de protección 1926.501
Todo equipo de protección contra caídas debe ser de material sintético (nylon, poliéster) 1926.502(d)(14).
Resistencia mínima a la rotura del punto de anclaje = 5000 lb.-f (22.2 kN). 1926.502(d)(15)
Máxima fuerza de parada que puede soportar una persona sin sufrir daño:
Con un Arnés con Punto de anclaje en la argolla del pecho = 900 lb-f (4 kN), o menos.
Con un arnés con Punto de anclaje en la argolla de la espalda = 1,800 lb.-f (8kN)
Máx. distancia de caída libre con arnés = 6’(1.8m).
Máx. distancia de caída libre con un arnés, con anclaje en la argolla del pecho = 2’ (0.6m) o menos
(Z359.1 – 2007)
Máx. distancia de desaceleración= 4’ (1.20m).
Peso del usuario: Entre 130 lb (59 Kg) a 310 lb. (140 Kg.), incluyendo su ropa y sus herramientas (ANSI
Z359.1 – 2007)
6. DESIGNACION DEL EQUIPO DE TRABAJO
Jefe inmediato servidor que realiza el
trabajo en altura.
- Facilitar los recursos y realizar los controles
necesarios para que se cumpla con los
procedimientos.
- Verificar mediante controles operativos que
la adquisición de los recursos necesarios
para la operación actual estén totalmente
establecidos.
- Verificar el adecuado diseño e instalación
de los sistemas de prevención y protección
de caídas.
- Asegurar que todo trabajo en altura cuente
con el permiso escrito para trabajos en
altura.
Equipo de seguridad y salud en el trabajo de la oficina
de administración – OA.
- Verificar tanto de forma aleatoria como planificada la
inspección de equipos contra caídas.
- Mantener archivados los formatos de permiso de escrito
para traba en altura.
Servidor que cumple la función de observador de
trabajos en altura.
- Verificar que todo servidor cuente con su EPP
especifico para trabajos en altura antes de comenzar el
trabajo.
- Durante el trabajo verificar que en todo momento se
encuentre conectado mediante su línea de anclaje a un
ponto de anclaje aprobado y certificado.
- Señalizar el área de trabajo y evitar que personas
ajenas se acerquen.
- Llenar el permiso escrito para trabajos en altura.
7. RESPONSABILIDADES
Jefe de la sección de SST:
- Verificar el cumplimiento de los procedimientos.
- Designar y verificar que, únicamente personal
capacitado realice el trabajo en altura.
- Verificar el uso de los equipos, accesorios y equipos
de protección personal y señalización necesaria.
Supervisor SST/Coordinador SST:
- Verificar el cumplimiento del presente procedimiento.
- Instruir al personal que participe en trabajos en altura.
- Coordinar con los supervisores de los contratistas y
unidad, las actividades antes del inicio de las mismas a
fin de determinar la forma mas segura de ejecución.
- Verificar la realización del análisis de trabajo seguro
(ATS) por el personal involucrado en la tarea.
Inspector de SST:
- Verificar la documentación obligatoria para el
desarrollo de la actividad.
- Verificar el buen estado de los equipos, accesorios,
EPP y señalización.
- Verificar que el personal haya sido capacitado en
trabajo en altura.
Supervisor de servicio y contratista:
- Realizar, completar el permiso de trabajo en altura.
- Reportar de inmediato al inspector o supervisor de
SST, cualquier accidente e incidente que se
produzca durante la ejecución de los trabajos.
- Asegurar que el personal haya recibido la inducción
en SST.
- Coordinar con el personal ejecutante las actividades
operativas antes del inicio de las actividades con
anticipación.
Personal:
Asistir a la capacitación, participar en las
actividades de entrenamiento y reentrenamiento
programados por su empresa.
- Completar el formato de Análisis de Trabajo
Seguro (ATS) y el permiso de trabajo.
- Informar sobre cualquier condición de salud que
se observe antes de realizar cualquier tipo de
trabajo de altura.
8. DOCUMENTACION
Ley 29783 (Modificada por Ley 30222 DS N°006-2014-TR)
Artículo 1.- El presente Reglamento desarrolla la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud
en el Trabajo, y tiene como objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales
en el país, sobre la base de la observancia del deber de prevención de los empleadores, el
rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus
organizaciones sindicales.
• y menciona además en el Capítulo III, artículo 32… “La documentación del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe exhibir el empleador es la
siguiente”…..:
• acápite c) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control
(IPERC) L
9. INSPECCION
DS. 024-2016 EM.
Verificación del cumplimiento de los
estándares establecidos en las disposiciones
legales. Es un proceso de observación directa
que acopia datos sobre el trabajo, sus
procesos, condiciones, medidas de protección
y cumplimiento de dispositivos legales en
seguridad.
Los ganchos de las líneas de vida deben ser
compatibles con los puntos de anclaje a los
cuales serán conectados para evitar el
desenganche accidental, 1926.502(d)(5).
En la fase de planeación del trabajo se deben evaluar y
definir los puntos de las estructuras donde se amarrarán los
elementos de detención de caídas. Los puntos de anclaje
deben ser certificados y deben soportar las fuerzas
generadas por una caída, deben contar con una resistencia
mínima de 3.600 libras (15.83 Kilonewtons – 1.607
Kilogramos), si son calculados por una Persona Calificada,
de otra forma, se exigirá una resistencia mínima de 5000
libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg) a cada punto de
anclaje, por persona conectada. No está permitida la
conexión de más de un trabajador a un punto de anclaje fijo.
10. ¿Que debemos inspeccionar?
que exige la Norma ANSI Z359
Se sabe que por encima de 1.8
m el trabajador debe usar
equipo de protección contra
caídas. • Por lo tanto, el
trabajador se coloca su arnés, la
línea de anclaje, pero….qué hay
del punto de donde tiene que
enganchar su línea de anclaje,
bloque retráctil o línea de
restricción de movimiento?
Existe? • Y si existe, será que
este “punto de anclaje” cumple
con los requisitos de resistencia.
Programa de inspección de los sistemas de protección contra caídas, por lo
menos una vez al año, por intermedio de una persona o equipo de personas,
competentes y/o calificadas según corresponda, sea con recursos propios o
contratados. Toda estructura de anclaje utilizada debe tener como mínimo una
resistencia de 5000 libras (22.2 Kilonewtons – 2.272 Kg) por persona conectada.
Todo elemento de un sistema de detención de caídas que sea sometido a
cargas de impacto debe ser inmediatamente sacado de servicio y no debe ser
usado de nuevo, hasta no ser revisado y habilitado por personal competente. El
usuario debe inspeccionar todos los elementos del sistema de detención de
caídas antes de cada uso y descartar aquellos componentes que se encuentren
deteriorados y reportar de inmediato el daño.
11. ¿Que debemos inspeccionar en los equipos,
herramientas, materiales, accesorios y EPP
antes listados?
Se debe observar cuidadosamente cada elemento y verificar
que no tenga: Daño en piezas Defectos o daño en Piezas
faltantes, metálicas: las correas o sogas: cualquier cambio,
señales de cualquier cambio, desgaste, desempalme,
defectos, daño o rajadura, puntas torceduras, nudos,
costuras rotas o mal salidas, distorsión, salidas, abrasión,
aceitado excesivo o funcionamiento de corrosión, daño
partes muy viejas, piezas y uniones químico o muy
desgastadas o muy sucias. mecánicas. desgaste
12. ¿Que debemos inspeccionar en los equipos,
herramientas, materiales, accesorios y EPP
antes listados?
Se debe observar cuidadosamente cada elemento y
verificar que no tenga: Daño en piezas Defectos o
daño en Piezas faltantes, metálicas: las correas o
sogas: cualquier cambio, señales de cualquier cambio,
desgaste, desempalme, defectos, daño o rajadura,
puntas torceduras, nudos, costuras rotas o mal
salidas, distorsión, salidas, abrasión, aceitado excesivo
o funcionamiento de corrosión, daño partes muy
viejas, piezas y uniones químico o muy desgastadas o
muy sucias. mecánicas. desgaste
Anclajes.
Mecanismos de anclaje.
Conectores.
Ganchos de seguridad.
Mosquetones.
Conectores para restricción de caídas.
Conectores para restricción de caídas.
Conectores de posicionamiento.
Conectores para detención de caídas:
Eslingas con absorbedor de energía.
Línea de vida autorretràctiles.
Conectores para transito vertical (freno):
Conectores para líneas de vida fijas en cable de
acero.
Conectores para líneas de vida portátiles en
cuerda.
Líneas de vida:
Líneas de vida horizontales
Líneas de vida verticales:
Líneas de vida verticales fijas
Líneas de vida verticales portátiles
- Arnés de seguridad de cuerpo completo.
13. SEÑALIZACION Y DEMARCACION
Son medidas preventivas las siguientes:
• Programa de protección
• Sistemas de ingeniería: contra caídas. procedimientos control en la fuente para
soportados por persona reducir la exposición o evitar calificada y avalados por el las
caídas (diseño, montaje, responsable del programa de construcción). salud
ocupacional.
• Medidas colectivas de prevención son: Delimitar áreas, señalización de áreas
cumpliendo normas nacionales o internacionales, barandas con las características
exigidas en la resolución 3673, respecto a resistencia, altura, travesaños, verticales,
rodapiés. Si son usadas como restricción de caídas deben ser fijas (se prohíben de
alambre, plástico o manila y además usarlas como punto de anclaje); control de
acceso (con vigilancia, tarjetas de seguridad, permisos de trabajo, sensores o
alarmas y barandas); manejo de desniveles o huecos a través de tapas, escaleras o
rampas
14. BLOQUEO Y MONITOREO
Z 359.3-2007 Requisitos de Seguridad para
Sistemas de Posicionamiento & Restricción de
Movimiento.
ANSI/ASSE Z359.13-2013 Absorbedores Personales de Energía
y Líneas con absorbedor de Energía.
1.1.1 Esta norma establece los requisitos para el desempeño,
diseño, marca, calificaciones, instrucciones, inspección,
mantenimiento y remoción del servicio de líneas absorbedoras de
energía y abosorbedores de energía personal para los usuarios
dentro del rango de capacidad de 130 a 310 libras (59 - 140 kg. )
3.1.1. Clasificación: Los absorbedores de energía pueden
clasificarse en:
3.1.1.1 “6 ft FF”, diseñados para una caída libre máxima de 1,8
m, para usuarios entre 59 y 140 Kg.
3.1.1.2 “12 ft FF”, diseñados para una caída libre de hasta 3,6 m,
y usuarios entre 59 y 140 Kg
En los lugares donde definitivamente no sea
posible eliminar el peligro de trabajo en altura
o no se tengan los adecuados controles en la
fuente y se labore por encima de 1,50 m del
nivel inferior, se utilizará un sistema de
detención de caídas. Un sistema de detención
de caídas de altura garantiza la parada segura
de una caída, de forma que la distancia de
caída del cuerpo sea mínima, la fuerza de
frenado no provoque lesiones corporales y
que la postura final del usuario le permita ser
rescatado. Deben seleccionarse de acuerdo a
las condiciones de la tarea y los
procedimientos como ascenso, descenso,
detención de caídas, posicionamiento,
izamiento, transporte de personal, salvamento
y rescate
15. BLOQUEO Y MONITOREO
Z359.3-2007 Requisitos de Seguridad para
Sistemas de Posicionamiento & Restricción de
Movimiento.
Requisitos que deben cumplir los elementos de un sistema de
detención de caídas:
Anclajes
Mecanismos de Anclaje
Conectores
Ganchos de seguridad
Mosquetones
Conectores para restricción de caídas
Conectores de Posicionamiento
Conectores para detención de caídas: •Eslingas con
absorbedor de energía •Líneas de vida autorretráctiles
Conectores para Tránsito Vertical (freno): •Conectores para
líneas de vida fijas en cable de acero • Conectores para
líneas de vida portátiles en cuerda
Líneas de vida: •Líneas de vida horizontales •Líneas de vida
verticales: o Líneas de vida verticales fijas o Líneas de vida
verticales portátiles
Arnés de seguridad de cuerpo completo
16. PROTECCION Y EJECUCION DE TRABAJO
Soluciones para la Protección de Caída de
Trabajadores en riesgo. Importancia de los
puntos de anclaje y su certificación según
Normas ANSI Z359:2007