Este documento presenta información sobre una reunión de trabajo de direcciones de educación primaria en mayo de 2013. El objetivo era contribuir a fortalecer el trabajo educativo y mejorar los resultados en la prueba ENLACE de 2013. Se proporcionan recomendaciones para alumnos, padres y escuelas previo y durante el examen. También se presentan indicadores sobre los resultados de Coahuila en ENLACE comparados con los nacionales, así como metas futuras para la entidad.
1. +
Reunión de Trabajo de
Direcciones de Educación
Primaria Mayo 2013
Subsecretaría de Educación
Básica
RUMBO A
ENLACE 2013
2. •Contribuir a fortalecer el trabajo
realizado por nuestra estructura
educativa con dos finalidades:
generar condiciones favorables para la
aplicación y mejorar nuestros resultados en
ENLACE 2013.
•Socializar información relevante sobre
actividades a realizar en la última etapa del
ciclo escolar 2012-2013.
Propósitos de la reunión
3. UNIVERSO A APLICAR
A Estudiantes de 3ºa 6º grados de Primaria y,
1º,2º y 3º grados de Secundaria.
ASIGNATURAS
Español, Matemáticas y Formación Cívica y
Ética.
QUÉ EVALÚA
Conocimientos y habilidades.
ENLACE SÍ CUENTA
5. INDICADORES
SITUACIÓN DEL
INDICADOR EN
COAHUILA
VALOR
NAL.
ESTADO LÍDER METAS PARA COAHUILA
VALOR LUGAR EDO VALOR 2013 2014 2015 2016 2017
102.-
Porcentaje de nivel bueno
y excelente en
Matemáticas en la prueba
ENLACE en educación
primaria (2011-2012).
40.5 24 44.3 Sonora 57.4 43.80 57
103.-
Porcentaje de nivel bueno
y excelente en Español en
la prueba ENLACE en
educación primaria
(2011-2012).
40.3 19 41.8 Sonora 54.1 43.24 55
112.-
Porcentaje de nivel bueno
y excelente en
Matemáticas en la prueba
ENLACE en educación
secundaria 2011-2012.
17.6 22 20.3 Guerrero 29.7 19.08 25
113.-
Porcentaje de nivel bueno
y excelente en Español en
la prueba ENLACE en
educación secundaria
2011-2012.
22.8 7 20.7 Chiapas 25.6 24.24 30
6. +
Recomendaciones
Antes del examen (alumnos)
Estudiar en casa.
Elegir un ambiente apropiado para estudiar
(limpio, despejado, iluminado y ventilado, sin
distractores).
Organizar los materiales que se utilizarán.
Estudio individual planificado.
Planificar un horario de estudio y respetarlo.
Repasar aprendizajes que no han sido
consolidados.
7. +
Planear temas de estudio de manera sencilla y
repasarlos.
Se sugiere 50 minutos de estudio y 10 minutos de
descanso.
Aprovechar los períodos de descanso en
actividades relajantes.
Evitar el abuso de la televisión y los videojuegos.
8. +
Previo al examen
Padres de Familia
Asegúrese que su hijo duerma bien la noche
anterior.
Garantizar que su hijo lleve al examen lápiz
n° 2 ó 2 ½ ó HB y borrador.
Llegar puntualmente a la escuela.
Motivar a sus hijos y apoyarlos en su
preparación antes del examen.
Incentivarlos para que sus hijos den su mayor
esfuerzo.
9. + El día del examen:
Alumnos
No maltratar la hoja de respuesta ni ensuciarla.
Comprender el contenido antes de cada respuesta.
Estar tranquilo y si algo se olvida no desesperarse y
seguir adelante.
Tomarse su tiempo para resolver el examen.
Si se corrige una respuesta asegurarse de borrarla
bien.
Procurar contestar todas las preguntas.
Escuelas
Hacer revisiones generales poniendo atención a los
temas de bajo dominio detectados en exámenes
semestrales.
10. +
Se excluyen los resultados de alumnos que contesten
menos del 50% de las preguntas.
La suma de los 3 puntajes obtenidos (Español,
Matemáticas y Formación Cívica y Ética) se divide entre
la suma de alumnos evaluados en cada una de las tres
asignaturas.
Se excluyen los centros escolares con más del 30% de
alumnos detectados con resultados poco confiables.
Se excluyen las escuelas cuyo porcentaje de alumnos
que presenten es menor al 80% de su matricula.
Recuerda:
16. +
Premios
Beca anual de $1,500.00 mensuales por 12 meses para
21 niños que obtengan los más altos puntajes por grado
escolar y por categoría (urbano, urbano marginado y
rural).
Viaje Cultural a la Cd. de México o al interior del estado
para el mejor grupo o grupos.
Computadoras de escritorio para el mejor grupo de 6°
de primaria y 3° de secundaria (se entrega a los
alumnos).
Un estímulo económico de $100,000.00 para las
escuelas que logren el puntaje más alto.
17. ACUERDO número 685 por el que se modifica el
diverso número 648 por el que se establecen normas
generales para la evaluación, acreditación, promoción
y certificación en la educación básica.
18. ACUERDO NUMERO 200
POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS DE EVALUACIÓN DEL
APRENDIZAJE EN EDUCACIÓN PRIMARIA, SECUNDARIA Y
NORMAL.
(Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de
septiembre de 1994)
JOSE ANGEL PESCADOR OSUNA, Secretario de Educación
Pública
ACUERDO NUMERO 499
POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO NUMERO 200 POR EL
QUE SE ESTABLECEN NORMAS DE EVALUACION DEL
APRENDIZAJE EN EDUCACION PRIMARIA, SECUNDARIA Y
NORMAL
20 de octubre de 2009.- El Secretario de Educación Pública,
Alonso José Ricardo Lujambio Irazábal.
ARTICULO UNICO.-
Se reforman los
Artículos 7o. y 8o.
del Acuerdo
número 200
19. ACUERDO NUMERO 648
POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA
EVALUACION, ACREDITACION, PROMOCION Y CERTIFICACION
EN LA EDUCACION BASICA
JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, Secretario de Educación
Pública (17 de agosto de 2012)
ACUERDO NÚMERO 685
POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO NÚMERO 648 POR EL
QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA
EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN, PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN
EN LA EDUCACIÓN BÁSICA.
20. CONSIDERANDO
Que el 17 de agosto de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo
número 648 por el que se establecen normas generales para la
evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica;
Que no obstante que en su artículo Quinto Transitorio el referido Acuerdo estableció su
revisión y, en su caso, actualización al año de su entrada en vigor, a partir de su
implementación se han detectado algunas situaciones que de no corregirse, repercutirán
negativamente en los educandos y por tanto, en el sistema educativo nacional;
Que no obstante que el 19 de agosto de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la
Federación el Acuerdo número 592 por el que se establece la articulación de la educación
básica, se debe reconocer que dicha articulación aún se encuentra en proceso de
consolidación;
Que el proceso educativo debe atender y responder a las peculiaridades y necesidades de
desarrollo que requieren los alumnos, en cada uno de los niveles que comprende la
educación básica, de acuerdo a sus distintas edades. En este sentido, es menester
reformular los criterios que serán empleados para evaluar el desempeño de los alumnos
que cursan la educación preescolar, así como aquellos empleados para determinar la
promoción de grado en los primeros tres años de la educación primaria, y
Que la emisión del Certificado de Educación Básica prevista en el Acuerdo 648, no debe
ser obstáculo para que los educandos que finalizan el sexto año de primaria cuenten con el
Certificado de Educación Primaria, documento que les permitirá comprobar legalmente
haber cursado todos los grados de dicho nivel educativo;
Que en razón de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente
21. ARTICULO UNICO.-
Se reforman los
, 15o., en su numeral
y se adiciona un
párrafo al artículo así
como un artículo al
Acuerdo número 648 por
el que se establecen
normas generales para la
evaluación, acreditación,
promoción y certificación
en la educación básica,
para quedar como sigue:
artículos
7o.
15.2
5o.
17 Bis
22. ARTICULO UNICO.-
Se reforman los
, 15o., en su numeral
y se adiciona un
párrafo al artículo así
como un artículo al
Acuerdo número 648 por
el que se establecen
normas generales para la
evaluación, acreditación,
promoción y certificación
en la educación básica,
para quedar como sigue:
artículos
7o.
15.2
5o.
17 Bis
“Artículo 5o.-Cartilla de
Educación Básica:
a) …
b) …
En el caso de la educación
preescolar, y una vez que el
alumno concluya dicho nivel
educativo, en la Cartilla de
Educación Básica se deberá
asentar la leyenda: “CONCLUYO
SU EDUCACION PREESCOLAR”.
….
….
….
23. ARTICULO UNICO.-
Se reforman los
, 15o., en su numeral
y se adiciona un
párrafo al artículo así
como un artículo al
Acuerdo número 648 por
el que se establecen
normas generales para la
evaluación, acreditación, p
romoción y certificación
en la educación
básica, para quedar como
artículos
7o.
15.2
5o.
17 Bis
Artículo 7o.- En la educación
preescolar, la evaluación del
desempeño del alumno es
exclusivamente cualitativa, por lo
que el docente, con base en las
evidencias reunidas durante el
proceso educativo, únicamente
anotará en la Cartilla de Educación
Básica, sus observaciones y
recomendaciones para que los
padres de familia o tutores
contribuyan a mejorar el desempeño
de sus hijos o pupilos, sin emplear
para ello ningún tipo de clasificación
o referencia numérica.
24. ARTICULO UNICO.-
Se reforman los
, 15o., en su numeral
y se adiciona un
párrafo al artículo así
como un artículo al
Acuerdo número 648 por
el que se establecen
normas generales para la
evaluación, acreditación,
promoción y certificación
en la educación básica,
para quedar como sigue:
artículos
7o.
15.2
5o.
17 Bis
25. Artículo 15.- …
15.1.- …
15.2.- Segundo periodo: educación primaria.
Grado Escolar Criterio de Acreditación Criterios de Promoción de Grado
Primero
La acreditación de
los grados primero,
segundo y tercero
de la educación
primaria se
obtendrá por el
solo hecho de
haberlos cursado.
El alumno que concluya un grado
escolar en este periodo, será
promovido al siguiente grado.
En el supuesto de que un alumno de
segundo o tercer grado no haya
alcanzado los aprendizajes
correspondientes, podrá permanecer
en ese grado por otro ciclo escolar.
Esta determinación podrá adoptarse
por el docente, por una sola vez,
cuando el educando obtenga un
promedio de grado inferior a 6.0.
Segundo
Tercero
Un alumno cursa o concluye cuando no es dado de
baja sea de manera regular o irregular
La no
promoción
en 1°
26. ARTICULO UNICO.-
Se reforman los
, 15o., en su numeral
y se adiciona un
párrafo al artículo así
como un artículo al
Acuerdo número 648 por
el que se establecen
normas generales para la
evaluación, acreditación, p
romoción y certificación
en la educación
básica, para quedar como
artículos
7o.
15.2
5o.
17 Bis
27. Artículo 17 Bis.- Certificado de Educación Primaria:
Al concluir los estudios de educación primaria, de
conformidad con los requisitos establecidos en el
plan y los programas de estudios, la autoridad
educativa competente expedirá el Certificado de
Educación Primaria. Este Certificado podrá expedirse
en versión impresa o electrónica y deberá sujetarse a
los estándares de contenido, diseño y seguridad que
al efecto establezca la Secretaría de Educación
Pública del Gobierno Federal en las normas de
control escolar aplicables.”
28. TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al
presente Acuerdo.
TERCERO.- Durante el ciclo escolar 2012-2013, y a partir del lapso
estimado de evaluación, comprendido entre los meses de diciembre y
marzo, en las Cartillas de Educación Básica destinadas a evaluar el
desempeño de los alumnos que cursan la educación preescolar, deberá
omitirse el ubicar al alumno en alguno de los niveles de desempeño
indicados en las mismas.
CUARTO.- Antes del inicio del ciclo escolar 2013-2014, la Secretaría de
Educación Pública del Gobierno Federal, en coordinación con las
autoridades locales y demás instancias competentes expedirá las
disposiciones correspondientes para la evaluación, acreditación,
promoción y certificación de la educación básica.
México, D.F., a 2 de abril de 2013.- El Secretario de Educación Pública,
Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.
29. QUINTO.- Transcurrido un año
de la entrada en vigor del
presente Acuerdo, será revisado
por la Secretaría de Educación
Pública del Gobierno Federal en
coordinación con las
autoridades educativas locales, a
efecto de evaluar su aplicación y,
en su caso, publicar en el Diario
Oficial de la Federación las
actualizaciones
correspondientes.
30. Artículo 18.- Certificado de Educación Básica: Al concluir los
estudios del tipo básico, de conformidad con los requisitos
establecidos en el plan y los programas de estudio, la
autoridad educativa competente expedirá el Certificado de
Educación Básica. Este Certificado podrá expedirse en versión
impresa o electrónica y deberá sujetarse a los estándares de
contenido, diseño y seguridad que al efecto establezca la
Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal en las
normas de control escolar aplicables. El promedio que se
registre en el Certificado de Educación Básica, será el
resultado de sumar los promedios finales de los niveles de
primaria y secundaria, y dividirlo entre dos. Al registrarse este
promedio se debe utilizar un número entero y un decimal, sin
redondear.
31. Artículo 15.- Criterios de acreditación de
grado o nivel educativo.
15.2.- Segundo periodo: educación primaria.
33. +
Calendario escolar: Garantizar su cumplimiento para
obtener el logro de los propósitos y metas educativas
establecidos en el Plan y Programas de Estudio.
Ceremonias de clausura de cursos: Realizarlas durante la
semana del 1 al 5 de julio, en las instalaciones escolares
con la presencia de todos los alumnos y la comunidad
educativa en general. En las mismas, se entregarán los
certificados de conclusión de estudios de primaria y
educación básica.
34. +
Entrega de documentación: deberá entregarse la cartilla
debidamente requisitada a todos los alumnos, así como el
certificado de estudios y expediente personal, sin
restricción de ninguna índole.
Entrega de certificados de educación primaria y
certificados de educación básica: Aplicar las disposiciones
técnicas y legales, enmarcadas en el Acuerdo 648 y el
modificatorio 685, por el que se establecen normas
generales para la evaluación, acreditación, promoción y
certificación en la educación básica.
.
35. +
Bodegas de Resguardo: En los municipios del estado que
cuenten con este servicio deberán resguardarse los
bienes de los centros educativos; la recepción de los
mismos se efectuará de acuerdo al calendario
establecido en la correspondiente circular.
• Girar instrucciones a las instituciones a su cargo para
que prevean el resguardo de sus bienes, igualmente
informarles de la posible sanción que procede en caso
de no acatar dicha disposición, en estricto apego a lo
dispuesto en los Artículos 52, 56 y 62 de la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos Estatales
y Municipales del Estado de Coahuila de Zaragoza.
36. +
Programar la realización de la Semana de Educación del
1al 5 de julio de 2013 (actividades complementarias y
cocurriculares).
Diseñar y entregar el calendario y las actividades de inicio
de curso 2013-2014 a las diferentes figuras de la
estructura educativa, para su conocimiento y
cumplimiento.
Entregar la documentación de fin de cursos, que a través
de Educación Básica se solicite a los niveles para la
planeación del próximo ciclo escolar.