Informe sobre el Bono Verde en el Parque Eólico Arauco
RESOLUCIÓN 76/14 SUPLEMENTO ZONA PARA JUBILADOS
1. Donar órganos, donar sangre, es donar vida.
“Las Islas Malvinas, Sándwich y Georgias
Del Sur Son Argentinas”
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
Punta Alta, 21 de Abril de 2.014
Año 2.014
Corresp. Expte. GEN-07/13
Resolución Nº 76/14
VISTO
Que el Concejo Deliberante ha intervenido en distintas oportunidades en
problemáticas que afectan al Personal Civil de la Armada Argentina, y
CONSIDERANDO
Que dada la incidencia socio - económica que tiene en nuestro distrito, el
personal civil de la Fuerza Armada hace que en muchas oportunidades sus
problemáticas o reclamos no constituyan solamente un reclamo sectorial o gremial,
sino que terminan convirtiéndose en reclamos de toda la comunidad, ya que en forma
directa o indirecta tiene incidencia en la economía de nuestro Distrito, por ser la mayor
fuente laboral existente.
Que con fecha 24 de noviembre de 2011 se aprobó la Comunicación Nº26/11,
mediante la cual se le solicitaba al Ministerio de Defensa de la Nación una serie de
respuestas relacionadas con el suplemento de zona fría, que se deja de percibir una
vez que el agente civil deja de prestar servicios en forma activa en la Armada.
Que desde el Ministerio de Defensa de la Nación no se recibió ningún tipo de
respuesta a la mencionada comunicación pese al tiempo transcurrido.
Que la falta de respuestas a esos requerimientos genera cierto malestar,
incertidumbre e inquietud sobre todo entre los trabajadores civiles que están pronto a
acogerse a los beneficios de la jubilación.
Que con fecha 1 de julio de 2004 se firmó la Resolución Nº 782/04 mediante la
cual se asignaba el suplemento de Zona, previsto en el artículo 18, apartado 2º, inciso
g de la reglamentación al Estatuto para el Personal Civil de las Fuerzas Armadas
aprobado por Decreto Nº 2355/73, al personal civil de las Fuerzas Armadas que
revista en la Armada Argentina….
Que esta Resolución vino a remediar una injusticia y un trato desigual con
otros trabajadores que percibían este Suplemento. Pero que lamentablemente lo
jubilados del personal civil de las Fuerzas Armadas pierden hasta el más mínimo
porcentaje de este suplemento al dejar de ser trabajadores en actividad
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCION
ARTICULO 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales se dirige al Sr.
Ministro de Defensa de la Nación Argentina, a los efectos de solicitarle se evalué la
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel/Fax: 02932-422002 (Int. 113/174) - Email: hcdrosales@argentina.com
2. Donar órganos, donar sangre, es donar vida.
“Las Islas Malvinas, Sándwich y Georgias
Del Sur Son Argentinas”
Coronel de Marina Leonardo Rosales
Presidencia
posibilidad de incorporar un porcentaje del Suplemento de Zona otorgado mediante
Resolución Nº 782/04 del Ministerio de Defensa, en los haberes del personal jubilado
del Área Naval Puerto Belgrano y Arsenal Aeronaval Comandante Espora
ARTÍCULO 2º: Adjuntar a la presente copia de Comunicación Nº 26/11/04 que fuera
aprobada por el H.C.D. de Coronel Rosales
ARTICULO 3º: Remitir copia de la presente Resolución a Presidencia de la Nación, y
a las Cámaras Legislativas de la Nación
ARTÍCULO 4º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal Hecho,
Archívese.
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL
DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA ALTA
A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE ABRIL AÑO DOS MIL CATORCE.
Gfl.
Honorable Concejo Deliberante – Partido Coronel de Marina Leonardo Rosales
Ciudad de Punta Alta - Provincia de Buenos Aires – C.P. 8109
Tel/Fax: 02932-422002 (Int. 113/174) - Email: hcdrosales@argentina.com